clase riesgos electricos

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    RAMO: RIESGOS ELECTRICOS

    DOCENTE: MIGUEL ANGEL DAUROS VARGAS

    INACAP 2014 1 SEMESTRE

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    AREAS TEMATICAS

    1.- PREVENCION DE RIESGOS Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

    2.- EVALUACIN Y CONTROL DE LOS RIESGOS

    3.- RIESGOS ELCTRICOS EN BAJA TENSIN

    4.- MTODOS DE CONTROL DE RIESGOS ELCTRICOS

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    DESCRIPCION DE LA ASIGNATURA

    EL OBJETIVO ES EL ESTABLECER LA IMPORTANCIA DE LA PREVENCIN DE RIESGOS ELCTRICOS, COMO AS TAMBIN ANALIZAR LA ELECTRICIDAD COMO FUENTE PRIMARIA DE RIESGO

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    EVALUACIONES

    6 TEST DE EVALUACION

    3 CERTAMENES DE EVALUACION

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    FUNDAMENTOS DE LA

    PREVENCIN DE RIESGOS

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    ES UNA TECNICA QUE TIENE POR FINALIDAD DETECTAR, EVALUAR Y

    CONTROLAR LOS RIESGOS Y LOS PELIGROS DE ACCIDENTES

    QUE ES LA PREVENCION DE RIESGOS?

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    DEFINICIONES

    RIESGO: POSIBILIDAD DE OCURRENCIA DE UN ACONTECIMIENTO NO DESEADO

    PELIGRO: ES CUALQUIER COSA QUE TENGA EL POTENCIAL DE PRODUCIR LESIONES O DAOS

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    IDENTIFIQUEN LOS RIESGOS/PELIGROS DE LA IMAGEN

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    PRINCIPALES DISCIPLINAS DE PREVENCION DE RIESGOS

    SEGURIDAD EN EL TRABAJO

    HIGIENE INDUSTRIAL

    SALUD OCUPACIONAL

    ERGONOMIA

    PSICOLOGIA

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    SEGURIDAD INDUSTRIAL

    La seguridad industrial acta sobre el entorno fsico del trabajador, con el fin de eliminar o reducir las situaciones peligrosas o inseguras que pueden aparecer ejerciendo el trabajo. Se trata de analizar las condiciones de trabajo, la identificacin y control de los factores de riesgo asociados al lugar y la superficie de trabajo, las herramientas, las mquinas, la electricidad, los incendios, el almacenamiento, manipulacin y trasporte, la sealizacin y el mantenimiento

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    HIGIENE INDUSTRIAL

    Es la ciencia de la identificacin, evaluacin y control de aquellos factores o agentes ambientales, originados por el puesto de trabajo o presentes en el mismo, que pueden causar enfermedad, disminucin de la salud o el bienestar, o incomodidad o ineficiencia significativa entre los trabajadores o los restantes miembros de la comunidad (definicin de la American Industrial Higiene Association, 1980). Se trata de efectuar una serie de controles ambientales de agentes fsicos, qumicos y/o biolgicos que estn presentes o amenacen a una persona.

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    SALUD OCUPACIONAL

    Mediante la epidemiologa (tcnica utilizada para el conocimiento de la frecuencia y distribucin de los problemas de salud en una comunidad), la vigilancia de la salud (realizacin de reconocimientos mdicos) y la educacin sanitaria (modificacin d conductas negativa, as como formar e informar; se trata de detectar precozmente las alteraciones de la salud que puedan producir las situaciones laborales, as como la promocin de la salud, la curacin de las enfermedades y la rehabilitacin.

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    ERGONOMIA

    La Ergonoma est formada por un conjunto de tcnicas cuyo objetivo es la adecuacin entre el trabajo y la persona. Sus objetivos son seleccionar la tecnologa ms adecuada al personal disponible, controlar el entorno del puesto de trabajo, detectar los riesgos de fatiga fsica y mental, analizar los puestos de trabajo para disear los programas adecuados de formacin, optimizar la relacin entre el personal y la tecnologa, favorecer el inters del trabajador por su tarea.

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    PSICOLIGIA

    Se encarga del estudio de la conducta interpersonal o interaccin humana, entendiendo por interaccin la influencia entre individuos o entre grupos.

    El concepto de Factores Psicosociales se refiere a factores de las condiciones de trabajo, como la realizacin de la tarea y la organizacin del trabajo y su interaccin con las caractersticas individuales de las personas que trabajan, sus actitudes, capacidades, personalidad.

    As como tambin se refiere a la interaccin entre las exigencia laborales y extralaborales como por ejemplo, el compaginar la vida profesional con la familiar.

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    CLASIFIQUE SEGN CORRESPONDA

    INSTALACION DE PROTECCION DE POLEA DE MOTOR

    TEST DE TRABAJO BAJO PRESION

    ESTUDIO DE POSTURAS DE TRABAJO

    MEDICION DE RUIDO

    EXAMENES OCUPACIONALES

    INSTALACION DE PUESTA A TIERRA

    SEGURIDAD INDUSTRIAL

    HIGUIENE INDUSTRIAL

    SALUD OCUPACIONAL

    ERGONOMIA

    PSICOLOGIA

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    DEFINICION DE ACCIDENTE DEL TRABAJO

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    LEY 16.744 ESTABLECE NORMAS SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

    Artculo 5 Para los efectos de esta ley se entiende por accidente del trabajo toda lesin que una persona sufra a causa o con ocasin del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.

    Son tambin accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitacin y el lugar del trabajo.

    Exceptense los accidentes debidos a fuerza mayor extraa que no tenga relacin alguna con el trabajo y los producidos intencionalmente por la vctima.

    La prueba de las excepciones corresponder al organismo administrador..

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    LEY 16.744 ESTABLECE NORMAS SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

    Artculo 7 Es enfermedad profesional la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesin o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.

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    DEFINICION TECNICA DE ACCIDENTE DEL TRABAJO

    Acontecimiento no deseado que se presenta de forma brusca e inesperada, aunque normalmente evitable, que interrumpe la normal continuidad del trabajo y puede causar lesin a las personas o daos a la propiedad

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    PIRAMIDE DE ACCIDENTABILIDAD

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    MODELO DE CAUSALIDAD DE PERDIDAS

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    FACTORES PERSONALES

    Falta de informacin sobre Normas de Trabajo.

    Dificultades provenientes del aprendizaje.

    Usar criterios inapropiados para la ejecucin.

    Evidenciar falta de inters preventivo.

    Carencias para la identificacin de riesgos.

    Mala comprensi6n de las instrucciones.

    No advertir falta de autorizacin para una operacin.

    Subestimar condiciones potenciales de riesgo.

    Uso inadecuado de mquinas y herramientas.

    Interpretacin equivocada de indicadores.

    Fallas de discernimiento.

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    FACTORES PERSONALES

    Capacidad Fsica Inadecuada

    Capacidad mental inadecuada

    Tensin Fsica

    Tensin Mental

    Falta de Conocimiento

    Falta de Habilidad

    Motivacin inadecuada

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    FACTORES DEL TRABAJO

    Liderazgo o Supervisin Inadecuada

    Ingeniera inadecuada

    Compras inadecuadas

    Mantenimiento inadecuado

    Herramientas y Equipos inadecuados

    Estndares de Trabajo inadecuados

    Uso y desgaste excesivo

    Abuso o mal uso

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    MODELO DE CAUSALIDAD DE PERDIDAS

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    ACCION SUB ESTANDAR O INSEGURA

    Operar equipos sin autorizacin

    No sealar o advertir

    No asegurar adecuadamente

    Operar a velocidad inadecuada

    Usar un equipo defectuoso

    Cargar en forma inadecuada

    Levantamiento inadecuado

    Posicin inadecuada para realizar la tarea

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    CONDICION SUBESTANDA O INSEGURA

    Protecciones o barreras inadecuadas

    EPP inadecuado o defectuoso

    Herramientas, equipos, inadecuados

    Congestin, espacio restringido

    Ambiente explosivo

    Ruido, polvo, excesivo

    Exposicin a radiaciones

    Exposicin a Temperatura

    Iluminacin inadecuada

    Ventilacin inadecuada

    Otras condiciones ambientales

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    LEY 16.744 ESTABLECE NORMAS SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

    Artculo 7 Es enfermedad profesional la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesin o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.

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    QUE FACTORES INFLUYEN EN UNA ENFERMEDAD

    PROFESIONAL?

    LA CONCENTRACINDEL AGENTE CONTAMINANTE EN EL AMBIENTE DE TRABAJO

    EL TIEMPO DE EXPOSICIN

    LAS CARACTERSTICAS PERSONALES DE CADA INDIVIDUO

    LA RELATIVIDAD DE LA SALUD

    LA PRESENCIA DE VARIOS AGENTES CONTAMINANTES AL MISMO TIEMPO

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    TIPOS DE AGENTES

    FISICO: Ruido, Temperatura, Vibraciones, Ergonmicos

    QUIMICO (liquido, solido, gaseoso): Corrosivos, Irritantes, Asfixiante, Cancergeno

    BIOLOGICO: Virus, Bacterias , Hongos

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    AGENTES FSICOS

    Los agentes fsicos son manifestaciones de la energa que pueden causar daos a las personas

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    AGENTES QUMICOS

    Un agente qumico es cualquier elemento o compuesto qumico, por s solo o mezclado, tal como se presenta en estado natural o es producido, utilizado o vertido (incluido el vertido como residuo) en una actividad laboral, se haya elaborado o no de modo intencional y se haya comercializado o no.

    Existen millones de productos qumicos, y muchos de ellos son peligrosos para nuestra salud. Podemos encontrarlos en forma de sustancias simples (Ej. gasolina, cloro, cido sulfrico, amianto, etc.) o mediante mezclas o disoluciones de dos o ms sustancias llamados, tambin, preparados.

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    AGENTES BIOLGICOS

    La exposicin a agentes biolgicos surge del entorno laboral, cuando dicha actividad no implica la manipulacin, ni el trabajo en contacto directo o el uso deliberado del agente biolgico. Se relaciona con actividades laborales donde se est en contacto con muestras biolgicas como en laboratorios clnicos, veterinarios, de diagnstico, y de investigacin; con animales o sus productos; con unidades de eliminacin de residuos; con instalaciones depuradoras de aguas residuales, entre otros.

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    LEY 16.744 ESTABLECE NORMAS SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y

    ENFERMEDADES PROFESIONALES

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    OBJETIVOS DE LA LEY

    Prevenir Accidentes del trabajo y Enfermedades profesionales Con el propsito de evitar que ocurra el accidente o se contraiga la Enfermedad Profesional

    Otorgar prestaciones mdicas para restituir al trabajador en lo posible, TODA su capacidad de trabajo.

    Otorgar prestaciones econmicas para Repara la prdida de la capacidad de GANANCIA del trabajador y sus derecho-habitantes

    Rehabilitar al trabajador para devolver en todo o en parte sus capacidad de ganancia.

    Reeducar.al afectado para darle posibilidades de desempear un nuevo oficio o profesin, considerando su capacidad residual de

    trabajo

    Reubicar al afectado se le asigna un puesto de trabajo adecuado a su condicion actual.

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    PRESTACIONES ECONOMICAS

    SUBSIDIO Es el beneficio que reemplaza la renta de actividad y que se paga en dinero al trabajador, durante todo el tratamiento hasta que se recupera y es dado de alta.

    La base de clculo para la determinacin del monto del subsidio considera el promedio de la remuneracin imponible de los tres meses anteriores al inicio de la Licencia Mdica, con deduccin de las cotizaciones previsionales (AFP, IPS y SALUD) y de los impuestos correspondientes a dicha remuneracin.

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    PRESTACIONES ECONOMICAS

    INDEMNIZACIN Si un trabajador sufre la disminucin de su capacidad de ganancia a causa de un Accidente o Enfermedad Profesional, el IST lo indemnizar en una suma de dinero que corresponda de acuerdo al grado de incapacidad determinada en la evaluacin mdica, en un rango que va desde un 15% a un 37,5%. Este beneficio se pagar por una sola vez. La base del clculo para la determinacin de la indemnizacin, considera el promedio de la remuneracin imponible de los seis meses anteriores a la fecha del siniestro, para el caso de los accidentes del trabajo, y en el caso de las enfermedades profesionales los seis meses anteriores a la fecha de resolucin con deduccin del incremento establecido en el DL 3.501 y ampliado de acuerdo al artculo 26 de la Ley 16.744.

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    PRESTACIONES ECONOMICAS

    PENSIN Si un trabajador sufriere una disminucin en su capacidad de ganancia, determinada por una evaluacin mdica en un rango superior a un 40%, el IST lo pensionar en una suma de dinero equivalente al grado de incapacidad determinada. La base del clculo del beneficio es similar a la que se utiliza para las indemnizaciones. Si el accidente o enfermedad produjere la muerte del trabajador, el Instituto de Seguridad del Trabajo deber constituir la pensin de viudez para su cnyuge y pensin de orfandad para sus hijos. La base del clculo del beneficio de pensin de supervivencia es igual a la que se utiliza para las indemnizaciones. El IST pagar mensualmente los beneficios de pensiones en conformidad a lo dispuesto en la Ley 16.744 hasta que el beneficiario cumpla 65 aos de edad en el caso de los hombres y 60 aos de edad en el caso de las mujeres.

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    COMBINACION DE PRESTACIONES ECONOMIAS

    SUBSIDIO: En caso de Incapacidad Temporal del accidentado.

    SUBSIDIO ms INDEMNIZACIN O PENSIN: En caso de Invalidez Parcial del accidentado.

    SUBSIDIO ms PENSIN: En caso de Invalidez Total del accidentado.

    SUBSIDIO ms PENSIN: En caso de Gran Invalidez del accidentado.

    PENSIN DE SUPERVIVENCIA: En caso de Muerte del accidentado.

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    QU ES UN ORGANISMO ADMINISTRADOR DEL

    SEGURO?

    La Ley N 16.744 encomend la gestin de este seguro social a entes pblicos (Cajas de Previsin, hoy fusionadas en el Instituto de Normalizacin Previsional; Servicio de Salud) y a entidades del sector privado (Mutualidades de Empleadores y Empresas con Administracin Delegada). En todo caso y cualquiera que sea la naturaleza del Organismo Administrador, se otorgan idnticos beneficios a todos los afiliados al sistema.

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    FINANCIAMIENTO DEL SEGURO

    Cotizacin Bsica general equivalente al 0,95% de las remuneraciones imponibles de los trabajadores, de cargo del empleador

    Cotizacin Adicional Diferenciada: Es aquella que se paga de acuerdo a la actividad econmica de cada empresa de acuerdo a su Riesgo Presunto. Flucta entre 0 y 3,4%, de acuerdo al DS N 110.

    No obstante, es posible que las empresas experimenten alzas o rebajas en sta segn la siniestralidad efectiva que presenten, segn las disposiciones establecidas por el DS N 67. Esta cotizacin considera que no todas las empresas tienen la misma probabilidad de accidentes, ni de ocurrir estos, la misma cantidad ni gravedad, en consecuencia es ms probable que algunas empresas hagan uso del seguro en comparacin con otras, y se incurrira en una falta de equidad al exigir el mismo aporte a las empresas.

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    EJEMPLO

    LA GRAN MINERA DEL COBRE DEBIERA PAGAR

    0,95% (BASICA) + 3.4% (DIFERENCIADA) (MAX. 6.8) = 4.35%

    DEL SUELDO IMPONIBLE DE CADA UNO DE SUS TRABAJADORES.

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    ADMINISTRACION DEL SEGURO

    Seguro de accidentabilidad

    Administracin Privada

    Administracin delegada

    Administracin Estatal

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    DECRETO N40 APRUEBA REGLAMENTO SOBRE

    PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES

    El presente reglamento norma la correcta aplicacin del titulo VII, contenidas en la ley 16744 y el artculo 184 del cdigo del trabajo, sobre el seguro social contra accidentes en el trabajo y enfermedades Profesionales.

    Adems indica al servicio de salud respectivo como el ente fiscalizador de las mutualidades o empresas administradoras del seguro. Las mutualidades de empleadores y las empresas de administracin Delegada son los encargados de imponer el cumplimiento de todas las reglamentaciones en materia de seguridad e higiene de trabajo

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    DECRETO N40 APRUEBA REGLAMENTO SOBRE

    PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES

    TITULO I (ARTS.1-2)

    Disposiciones Generales

    Establece las normas que regirn la aplicacin del Ttulo VII, sobre Prevencin de Riesgos Profesionales y de las dems disposiciones sobre igual materia contenidas en la ley 16.744

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    DECRETO N40 APRUEBA REGLAMENTO SOBRE

    PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES

    TITULO II (ARTS. 3-7)

    De las Mutualidades de Empleadores y Empresas de Administracin Delegada

    Las Mutualidades de Empleadores estn obligadas a realizar actividades permanentes de prevencin de riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

    Las Mutualidades debern disponer de suficiente personal especializado, contratado a tiempo completo, para asegurar que efecten una prevencin satisfactoria en todas las empresas asociadas. Se entender cumplida esta condicin cuando a dicho personal le corresponda una proporcin promedia individual no superior a 80 empresas

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    DECRETO N40 APRUEBA REGLAMENTO SOBRE

    PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES

    TITULO III (ARTS. 8-11) De los Departamentos de Prevencin de Riesgos

    Se entender por Departamento de Prevencin de Riesgos Profesionales a aquella dependencia a cargo de planificar, organizar, asesorar, ejecutar, supervisar y promover acciones permanentes para evitar accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

    Toda empresa que ocupe ms de 100 trabajadores deber contar con un Departamento de Prevencin de Riesgos Profesionales, dirigido por un experto en la materia

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    DE LOS DEPARTAMENTOS DE PREVENCION DE RIESGOS

    Esta estructura estar encabezada por dos tipos de profesionales dependiendo de la cantidad de trabajadores y de la cotizacin adicional genrica (mientras mayor sea, mas riesgos contiene el rubro de la empresa), y esto tambin determina si la prestacin de servicios ser a tiempo parcial o completo. Las categoras son las siguientes:

    a) Expertos profesionales con un post-titulo en prevencin de riesgos.

    b) Ingenieros en prevencin de riesgos.

    c) los tcnicos de prevencin titulados en una institucin de ed. Superior reconocido por el estado.

    Estos debern estar inscritos en los registros del servicio nacional de salud segn el articulo 65 de la ley 16.744.

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    TIEMPO DE ATENCION DEL EXPERTO EN DIAS

    N TRABAJADORES

    COTIZACION GENERICA

    0 A 0,85 % 1,70% 2,55% 3,40%

    101-200 1 1 1,5 2

    201-300 1,5 2 2,5 3

    301-400 2 2,5 3 3,5

    401-500 2,5 3 3,5 4

    501-750 3 T.C. T.C. T.C.

    751-1000 4 T.C. T.C. T.C.

    MAYOR A 1000 T.C. T.C. T.C. T.C.

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    DECRETO N40 APRUEBA REGLAMENTO SOBRE

    PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES

    TITULO IV (ARTS. 12-13)

    De las estadsticas de accidentes

    Los Departamentos de Prevencin de Riesgos de las empresas estn obligados a llevar estadsticas completas de accidentes y de enfermedades profesionales, y computarn como mnimo la tasa mensual de frecuencia y la tasa semestral de gravedad de los accidentes del trabajo

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    DECRETO N40 APRUEBA REGLAMENTO SOBRE

    PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES

    TITULO V (ARTS. 14-20)

    De los reglamentos internos

    Toda empresa o entidad estar obligada a establecer y mantener al da un reglamento interno de seguridad e higiene en el trabajo, cuyo cumplimiento ser obligatorio para los trabajadores. La empresa o entidad deber entregar gratuitamente un ejemplar del reglamento a cada trabajador

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    DECRETO N40 APRUEBA REGLAMENTO SOBRE

    PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES

    TITULO VI (ARTS. 21-24)

    DE LA OBLIGACION DE INFORMAR DE LOS RIESGOS PREVISIONLABORALES

    Artculo 21. Los empleadores tienen obligacin de informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entraan sus labores, de las medidas preventivas y de los mtodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a la actividad de cada empresa.

    Especialmente deben informar a los trabajadores acerca de los elementos, productos y sustancias que deban utilizar en los procesos de produccin o en su trabajo, sobre la identificacin de los mismos (frmula, sinnimos, aspecto y olor), sobre los lmites de exposicin permisibles de esos productos, acerca de los peligros para la salud y sobre las medidas de control y de prevencin que deben adoptar para evitar tales riesgos.

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    DS N 54 APRUEBA REGLAMENTO PARA LA

    CONSTITUCION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITES PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD

    Es obligacin en toda empresa, faena, sucursal o agencia en que trabajen ms de 25 personas se organizarn

    Comits Paritarios de Higiene y Seguridad, compuestos por representantes patronales y representantes de los

    trabajadores

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    DS N 54 APRUEBA REGLAMENTO PARA LA

    CONSTITUCION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITES PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD

    COMPOSICION Y

    ORGANIZACION DE LOS COMITES

    6

    REPRESENTANTES

    PATRONALES

    6

    REPRESENTANTES

    DE LOS

    TRABAJADORES

    1 EXPERTO EN

    PREVENCION DE

    RIESGOS POR DERECHO

    PROPIO

    3 TITULARES

    3 SUPLENTES

    3 TITULARES

    3 SUPLENTES 1 ASESOR

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    REQUISITOS DE LOS REPRESENTANTES

    DE LOS TRABAJADORES

    Tener ms de 18 aos.

    Saber leer y escribir.

    Pertenecer 1 ao como mnimo a la empresa.

    Curso de orientacin en prevencin de riesgos.

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    FUNCIONES DEL COMIT PARITARIO

    Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilizacin de los elementos de proteccin.

    Vigilar el cumplimiento, tanto de parte de la empresa como de los trabajadores, de las medidas de prevencin de riesgos.

    Investigar las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa.

    Decidir si el accidente o la enfermedad profesional se debi a negligencia inexcusable del trabajador o no.

    Indicar la adopcin de todas las medidas de higiene y seguridad que sirven para la prevencin de riesgos profesionales.

    Cumplir las dems funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador.

    Promover la realizacin de cursos de adiestramiento, destinados a la capacitacin profesional de los trabajadores.

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    FUNCIONAMIENTO DEL COMITE

    Reuniones ordinarias

    Reuniones extraordinarias

    Qurum de funcionamiento

    Acta de reunin

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    PLANIFICACION DEL COMIT PARITARIO

    Fijar da y hora

    Preparar tabla

    Citar oportunamente

    Disponer lugar de reunin

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    RESPONZABILIDADES DE LOS MIENBROS DEL

    COMITE PRESIDENTE - Disponer el lugar de reunin. - Dirigir la reunin. - Ejecutar las acciones que le encomiende el Comit. - Preparar la tabla y el horario de la reunin. - Revisar y firmar las actas junto con el secretario. - Representar el Comit ante la Empresa y el organismo administrador.

    SECRETARIO - Llevar libro de actas. - Preparar el acta de cada reunin y firmar junto al presidente. - Distribuir actas a la Gerencia, ficheros de trabajadores y organismo administrador. - Informar sobre el avance de acuerdos tomados. - Llevar archivo del Comit. - Citar a reuniones a los miembros del Comit y personas invitadas.

    DIRECTORES - Asistir a las reuniones del Comit. - Ejecutar las acciones que le encomiende el Comit. - Recibir las sugerencias de los trabajadores. - Informar a los trabajadores de los acuerdos tomados por el Comit respecto de las sugerencias recibidas.

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    INVESTIGACION DE ACCIDENTES

    PRE-CONTACTO CONTACTO POST-CONTACTO

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    INVESTIGACION DE ACCIDENTES

    PRE-CONTACTO CONTACTO POST-CONTACTO

    PROTECCION PREVENCION REPARACION

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    ACCIONES INMEDIATAS DESPUES DEL ACCIDENTE.

    Rescatar al personal lesionado o en peligro, prestar primeros auxilios, comunicar y trasladar.

    Eliminar o controlar las prdidas adicionales.

    Identificar los elementos de evidencia presentes en el lugar del accidente.

    Preservar las evidencias recogidas, para un examen posterior ms detallado.

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    Se define las fuentes de evidencias en:

    Personas;

    Posiciones relativas;

    Partes y componentes;

    Papeles o documentacin.

    RECOPILACION DE EVIDENCIAS.

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    ENTREVISTA.

    Persona lesionada.

    Persona directamente involucrada en el caso o con ms control sobre la situacin accidental.

    Testigos presenciales.

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    INSPECCIONES DEL LUGAR DEL INCIDENTE/ACCIDENTE.

    Condiciones de los materiales;

    Condiciones de maquinarias;

    Condiciones de las instalaciones;

    Otras condiciones.

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    ENTREVISTA AL LESIONADO O PERSONA CON MAS CONTROL SOBRE LA PROPIEDAD.

    Al ridculo.

    A prdida de prestigio o crear una mala impresin.

    A sanciones disciplinarias, prdida de empleo.

    A la reposicin de elementos deteriorados.

  • www.inacap.cl

    TECNICAS DE UNA ENTREVISTA EFECTIVA.

    Identificacin de causas y no buscar culpables.

    Que exprese qu sucedi y cmo, sin interrumpirle.

    Hacer preguntas para completar el relato.

    Verificar que Ud. entendi, repitindole lo sucedido.

    Solicitar aprobacin del trabajador.

    Pedir soluciones al mismo trabajador afectado.

    Estudie medios para evitar la repeticin del accidente.

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    RECOPILACION DE ANTECEDENTES Y ANALISIS DEL INCIDENTE/ACCIDENTE.

    Antecedentes y anlisis del accidente deben ser lo ms preciso posible.

    La participacin de los trabajadores en la elaboracin de medidas preventivas aporta al Supervisor la oportunidad de entregar instrucciones sobre el hecho y las medidas que en conjunto pueden determinarse.

    Se debe practicar un Seguimiento sobre las recomendaciones de las causas para asegurar el control de stas y evitar la repeticin.

  • www.inacap.cl

    INFORME DE INVESTIGACION INCIDENTE/ACCIDENTE.

    Identificacin.

    Descripcin del incidente/accidente.

    Anlisis de las causas del incidente/accidente.

    Evaluacin del problema.

    Recomendaciones.

    Observaciones.

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    UNIDAD N 3 :

    RIESGOS ELCTRICOS DE BAJA

    TENSIN

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    RIESGOS ELCTRICO

    Es la probabilidad de que una persona sufra un determinado dao originado por el uso de la energia electrica

    ELECTRICIDAD

    Es un agente fsico presente en todo tipo de materia que bajo ciertas condiciones especiales se manifiesta como una diferencia de potencial entre dos puntos de dicha materia.

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    CLASIFICACIN DE LA ELECTRICIDAD

    Corriente continua: Tensin, intensidad de

    corriente y resistencia no varan. Corriente alterna: Tensin y corriente varan en

    forma peridica a lo largo del tiempo. Corriente alterna monofsica: 220V; 50 Hz. Corriente alterna trifsica: 380V; 50 Hz.

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    NIVELES DE TENSIN

    Muy baja tensin (MBT): Corresponde a las tensiones hasta 50 V. en

    corriente continua o iguales valores eficaces entre fases en corriente

    alterna.

    Baja tensin (BT): Corresponde a tensiones por encima de 100 V., y

    hasta 1000 V, en corriente continua o iguales valores eficaces entre

    fases en corriente alterna.

    Media tensin (MT): Corresponde a tensiones por encima de 1000 V. y

    hasta 60000 V. inclusive.

    Alta tensin (AT): Corresponde a tensiones por encima de 60000 V.

    Tensin de seguridad: En los ambientes secos y hmedos se

    considerar como tensin de seguridad hasta 24 V. respecto a tierra.

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    Con paso de corriente por el cuerpo: Muerte por fibrilacin ventrcular.

    Muerte por asfixia.

    Asfixia y paro respiratorio

    Tetanizacin muscular.

    Quemaduras internas y externas (mortales o no).

    Bloqueo renal por efectos txicos de las quemaduras.

    Embolias por efecto electroltico en la sangre.

    Lesiones fsicas secundarias por cadas, golpes, etc.

    Sin paso de corriente por el cuerpo: Quemaduras directas por arco elctrico, proyecciones de partculas,

    etc.

    Lesiones oftalmolgicas por radiaciones de arcos elctricos (conjuntivitis, cegueras)

    Lesiones debidas a explosiones de gases o vapores iniciadas por

    arcos elctricos.

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    TIPOLOGIA DE RIESGOS ELECTRICOS

    Contacto Elctrico Directo

    Cuando entramos en

    contacto con algn

    elemento que habitualmente

    est en tensin.

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    TIPOLOGIA DE RIESGOS ELECTRICOS

    Contacto Elctrico Indirecto

    Cuando entramos en contacto

    con algn elemento que

    accidentalmente est en

    tensin.

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    PASO DE CORRIENTE ELECTRICA

    Corriente elctrica: flujo de electrones que atraviesan un material conductor uniendo dos sitios de diferente concentracin elctrica (diferencia de potencial), desde un punto de mayor concentracin (polo positivo) a un punto de menor concentracin (polo negtativo).

    TRAYECTO: El dao depende del trayecto que la corriente recorre por el cuerpo.

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    PERCEPCION DE PASO DE LA ELECTRICIDAD POR EL

    CUERPO

    Menos de 0,5 mA: sin respuesta

    0,5 a 2 mA: umbral de percepcin.

    2 a 10 mA: Contracciones musculares.

    10 a 25 mA: contracciones musculares con predominio de los grupos flexores, riesgo de tetanizacin respiratoria.

    25 a 80 mA: fibrilacin ventricular y tetanizacin respiratoria reversible.

    Ms de 80 mA a 4 A: fibrilacin ventricular y tetanizacin respiratoria generalmente irreversible

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    RIESGOS DE LA ELECTRICIDAD

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    CASOS DE ELECTROCUCION

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    DISTANCIAS DE SEGURIDAD

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    MEDIDAS DE SEGURIDAD

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    PROTECCIONES ELCTRICAS HABITUALES

    INSTALACIONES

    Sobrecargas Efecto Trmico Interruptor

    Corto circuitos Efecto Magntico Magnotermico

    PERSONAS

    Defectos a tierra Efecto inductivo Diferencial

    + Puesta a tierra

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    Procesos industriales donde se produzca una friccin continuada de materiales aislantes o aislados.

    ELECTRICIDAD ESTTICA

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    ELECTRICIDAD DOMICILIARIA

    La electricidad domestica es tambin conocida como energa domiciliaria o energa residencial y se define como la corriente alterna que es utilizada para el suministro de la energa elctrica en las residencias.

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    ELECTRICIDAD INDUSTRIAL

    A diferencia de la domiciliaria que es monofsica (un cable con tensin y uno neutro) y de 220 voltios (en EE UU 110 V), la industrial es trifsica y en Sudamrica es de 380 voltios y tiene 3 cables con tensin desplazada 120 cada una de la siguiente, esto favorece el uso de motores elctricos ya que desde la usina llega como un campo rotativo.

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    EFECTOS DE LA ELECTRICIDAD SOBRE EL CUERPO

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    CHOQUE ELECTRICO

    El choque elctrico se produce cuando una persona entra en contacto con el circuito elctrico, convirtindose en parte de l.

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    ACCIDENTES PROVOCADOS POR CIRCULACIN DE CORRIENTE A TRAVS DEL CUERPO

    Accidentes derivados del contacto de la persona con la electricidad cuando sta circula a travs de su cuerpo:

    La persona entra en contacto con el conductor energizado (polo positivo)en un rea donde no existe aislacin (cable "pelado").

    La persona entra en contacto con los conductores positivo y negativo(comnmente se conoce como hacer puente").

    La persona toma contacto con partes metlicas, carcasa de equipos, maquinarias y electrodomsticos que se encuentran energizados, debido a fallas de aislacin.

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    CAUSA DE LOS ACCIDENTES

    Las causas de los accidentes del trabajo se explican porque la persona comete acciones inseguras o porque en el ambiente laboral hay condiciones inseguras que favorecen la aparicin de un accidente. Entre las acciones inseguras podemos encontrar las siguientes:

    Intervenir un trabajo elctrico sin contar con la autorizacin necesaria.

    Utilizar herramientas inadecuadas.

    Cometer actos temerarios, tales como trabajar en circuitos energizados.

    No usar elementos de proteccin personal

    Uso inadecuado de los equipos y sistemas elctricos

    Sobrecargar el circuito

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    Entre las condiciones inseguras podemos encontrar las siguientes:

    Uniones defectuosas, sin aislamiento

    Enchufes deteriorados

    Equipos defectuosos

    Falta de conexin a tierra.

    Circuitos sobrecargados.

    Uso de instalaciones provisorias como definitivas.

    Conexiones fraudulentas ("colgarse" a la red elctrica pblica).

    Instalaciones elctricas no reglamentarias (fuera de norma).

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    DEFINICIONES

    Umbral de percepcin: esto se refiere a la corriente de contacto que puede soportar una persona.

    Tetanizacin muscular: es el estado de contraccin permanente de un msculo.

    Asfixia por paro respiratorio: la contraccin de los msculos responsables de los movimientos respiratorios producida por la tetanizacin provoca la paralizacin respiratoria y finalmente la asfixia.

    Fibrilacin ventricular: cuando el corazn es atravesado por una corriente elctrica de determinada magnitud, el movimiento de ste se hace arrtmico y desordenado, dando origen a la paralizacin de la circulacin sangunea.

    Paro cardiaco: el corazn deja de funcionar debido a la contraccin de los msculos de trax

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    FACTORES QUE AFECTAN EN EL DAO

    El organismo humano puede soportar tan slo una pequea cantidad de corriente elctrica. Dada esta premisa, si se sobrepasa tal lmite, sobrevienen graves trastornos musculares, cardacos y respiratorios que pueden costar la vida a la persona afectada.

    Resistencia del individuo al paso de la corriente: la piel seca del ser humano ofrece resistencia al paso de la corriente elctrica. Pero la piel hmeda pierde esta capacidad casi por completo.

    Trayecto de la corriente por el organismo: la corriente elctrica al circular por el cuerpo puede afectar rganos vitales (cerebro, corazn, pulmones, riones, etc.), con fatales consecuencias.

    Voltaje o tensin de corriente: a mayor voltaje, mayor fuerza, y por lo tanto ms peligro para las personas.

    Tiempo de contacto: a mayor tiempo de contacto pasa ms corriente por el organismo y ms severos sern los daos.

    Intensidad de corriente: el organismo humano slo puede soportar pequeas cantidades de corriente elctrica.

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    MEDIDAS BASICAS DE PREVENCION

    Es de suma importancia entender que a pesar de que creamos que tenemos controlado el riesgo en el uso de la energa elctrica, siempre hay probabilidad de que ocurra un accidente, cuyas consecuencias no podemos predecir. En atencin a ello, tome en cuenta las siguientes Recomendaciones bsicas:

    Normalizacin: tanto el diseo de la instalacin elctrica como la ejecucin del trabajo debe ceirse a la legislacin vigente de servicios elctricos.

    Mantencin: inspeccin peridica del sistema elctrico y reparacin oportuna.

    Personal: los electricistas deben ser capacitados en su labor especfica y en prevencin de riesgos. Adems, deben estar dotados de herramientas, materiales y elementos apropiados.

    Supervisin: los trabajos elctricos deben supervisarse a objeto de verificar que se cumplen las normas y procedimientos establecidos.

    Sealizacin: informar los trabajos y sealizar (en los tableros) con tarjetas de seguridad a fin de evitar la accin de terceros, los cuales podran energizar sectores intervenidos

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    QU LE SUCEDE A LA PERSONA QUE ENTRA EN CONTACTO CON LA ELECTRICIDAD?

    Una persona que entra en contacto con la electricidad puede ser proyectada o quedar atrapada. En ambos casos la ayuda que podamos prestar al accidentado va a ser crucial. No obstante, tal como ya lo explicamos, usted no debe ayudar si no est preparado para hacerlo, porque cualquier accin incorrecta que cometa va a provocar un nuevo accidente en el que usted se vea involucrado, sobre todo pensando en la situacin en que el accidentado haya quedado atrapado por la corriente elctrica.

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    CMO RESCATAR A UNA PERSONA QUE HA SUFRIDO UN ACCIDENTE POR CONTACTO CON ENERGA ELCTRICA?

    Si una persona est atrapada porque ha sufrido un accidente por contacto con energa elctrica, usted debe actuar de la siguiente forma:

    Cortar la energa elctrica

    Si no es posible cortar la electricidad, se debe alejar a la vctima mediante algn elemento aislante, como madera, goma, plstico, etc.