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02/02/15 EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE UNIDAD COMPRAS – AREA ABASTECIMIENTO CIRCULAR N° 3 LICITACIÓN PUBLICA N° 2.988 --- La Empresa Provincial de la Energía, comunica que el lugar de apertura de la Licitación Pública n° 2988 LMT 33KV VILLA MINETTI – GREGORIA PEREZ DE DENIS (EL NOCHERO)” se llevará a cabo en las oficinas de la comuna de la Localidad de Santa Margarita, sita en Fray Mamerto Esquiu s/n, el día 10/02/2015 a las 11.00 horas.- Los sobres conteniendo las propuestas económicas se recibirán “sin excepción ” hasta el día hábil anterior a la fecha de apertura, en nuestras oficinas de calle 1ra Junta 2558 – 1º Piso (3000) Santa Fe DEVOLVER A: EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA Primera Junta 2558 – Piso 1 – Of. 7 3000 SANTA FE --Recibí circular n° 3 de la Licitación Pública n° 2988 LMT 33KV VILLA MINETTI – GREGORIA PEREZ DE DENIS (EL NOCHERO)”.- ---------------------------------- ---------------------------------- LUGAR Y FECHA FIRMA Y SELLO Primera Junta 2558 – 1º Piso – (3000) Santa Fe Tel/Fax: (0342) 4505849 – 4505848 – 4505854

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02/02/15

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE UNIDAD COMPRAS – AREA ABASTECIMIENTO

CIRCULAR N° 3

LICITACIÓN PUBLICA N° 2.988

--- La Empresa Provincial de la Energía, comunica que el lugar de apertura de la Licitación Pública n° 2988 “LMT 33KV VILLA MINETTI – GREGORIA PEREZ DE DENIS (EL NOCHERO)” se llevará a cabo en las oficinas de la comuna de la Localidad de Santa Margarita, sita en Fray Mamerto Esquiu s/n, el día 10/02/2015 a las 11.00 horas.- Los sobres conteniendo las propuestas económicas se recibirán “sin excepción” hasta el día hábil anterior a la fecha de apertura, en nuestras oficinas de calle 1ra Junta 2558 – 1º Piso (3000) Santa Fe

DEVOLVER A: EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA Primera Junta 2558 – Piso 1 – Of. 7 3000 SANTA FE --Recibí circular n° 3 de la Licitación Pública n° 2988 “LMT 33KV VILLA MINETTI – GREGORIA PEREZ DE DENIS (EL NOCHERO)”.- ---------------------------------- ---------------------------------- LUGAR Y FECHA FIRMA Y SELLO

Primera Junta 2558 – 1º Piso – (3000) Santa Fe Tel/Fax: (0342) 4505849 – 4505848 – 4505854

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EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE OBRA E-363: “LMT 33 kV Villa Minetti-Gregoria Pérez de Denis”

UNIDAD PROYECTOS – AREA PROYECTOS – GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA 1

I N D I C E G E N E R A L Nº Descripción folios

TOMO I 1. DATOS DE LA APERTURA…................................................................................... 2. MEMORIA DESCRIPTIVA......................................................................................... 3. PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES (P.U.B. Y C.)................................. 4. PLIEGO COMPLEMENTARIO AL P.U.B. Y C......................................................... 5. ANEXO M.O.S.P.Y V................................................................................................... 6. PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES....................................... 7. RES. N° 494/09 SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO…………………….. 8. RES. N° 19/2011 – API CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO FISCAL…………… 9. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS............................................................................... 10. DATOS TÉCNICOS GARANTIZADOS...................................................................... 11. PLANOS ………………………………………………………………...................... 12. DESGLOSE DE FORMACIÓN DE PRECIOS............................................................. 13. CRONOGRAMA DE INVERSIONES......................................................................... 14. CARTA PRESENTACION DE LA PROPUESTA....................................................... 15. FORMULARIO Y PLANILLA DE PROPUESTA (ORIGINAL)................................ 16. FORMULARIO Y PLANILLA DE PROPUESTA (DUPLICADO)............................

Gustavo Alberdi
EJEMPLAR SIN VALOR
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EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE.

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DATOS DE LA APERTURA

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EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

OBRA E-363: “LMT 33 kV Villa Minetti-Gregoria Pérez de Denis” PRESUPUESTO OFICIAL: $ 34.173.131,55 (Pesos: Treinta y Cuatro Millones Ciento Setenta y Tres Mil Ciento Treinta y Uno con 55/100), INCLUYE I.V.A. APERTURA:

Fecha: 10/02/2015 Hora: 11:00 Lugar: Comuna de Villa Minetti - M. Moreno s/Nº Villa Minetti - Santa Fe

Garantía de oferta 1%. $ 341.731,31 (Pesos: Trescientos Cuarenta y Un Mil Setecientos

Treinta y Uno con 31/100), INCLUYE I.V.A.

Valor del Pliego: $ 42.363,39 (Pesos: Cuarenta y Dos Mil Trescientos Sesenta y Tres

39/100), I.V.A. NO INCLUIDO.

Gustavo Alberdi
EJEMPLAR SIN VALOR
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MEMORIA DESCRIPTIVA.

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MEMORIA DESCRIPTIVA

La presente Licitación tiene por objeto realizar la contratación de los trabajos y provisiones

necesarias para la construcción de la línea de alimentación en 33 kV entre las Localidades de Villa Minetti y Gregoria Pérez de Denis en el Noroeste Provincial.

Se proyecta realizar la construcción de una línea aérea en 33 kV con un recorrido de 40.300 metros y un tramo subterráneo de 950 m (Medidas aproximadas).

Esta línea se conectará a la SET MT 33/13,2 kV Villa Minetti, donde se instalará un reconectador en las barras de 33 kV.

Las características de la línea son las siguientes: simple terna disposición en triángulo en 33 kV vano máximo de cálculo 90 metros. El conductor de energía será de Al/Ac sección 95/15 mm2 y se empleará un conductor de protección de Ac Go 7 hilos sección 35 mm2. El cable subterrráneo será XLPE 3x1x185 mm2 Al. Los aisladores serán cerámicos tipo Line Post según norma ANSI C29.7 Clase 57-3 para las estructuras de suspensión y las estructuras de retención utilizarán cadenas de aisladores cerámicos MN12 (U70BL). Las estructuras en su totalidad serán construidas con columnas de hormigón armado.

Esta obra permitirá satisfacer la demanda de potencia de importantes industrias de la zona.

Todo material necesario para la construcción de la presente obra, según lo detallado en las Especificaciones Técnicas Particulares y Planilla de Propuesta, será a cargo del Contratista.

Las fundaciones fueron calculadas con parámetros geotécnicos estimados, en virtud que al momento de elevación del Pliego el Estudio Suelos contratado se encontraba en plena etapa de ejecución.

Este pliego se desglosa en los siguientes rubros:

RUBRO A: Provisión de materiales y equipos electromecánicos.

RUBRO B: Montaje de materiales y equipos electromecánicos.

RUBRO C: Obras Civiles.

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PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES

CAPITULO I

CONCEPTOS GENERALES

ARTICULO 1 - Objeto del Pliego. El presente pliego establece las bases y condiciones a que se ajustará la licitación, adjudicación, contratación, ejecución y recepción de las obras públicas, sin perjuicio de las bases y condiciones complementarias y especificaciones técnicas para cada obra.

ARTICULO 2 - Denominaciones-Significado. A los efectos de la aplicación de este Pliego y todo otro documento contractual de la obra, se emplearán las siguientes denominaciones: ESTADO: Provincia de Santa Fe.

PODER EJECUTIVO: Es el órgano de Gobierno que ejerce la representación de la Provincia.

MINISTERIO: Ministerio de Obras y Servicios Públicos.

LEY: La de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe.

ADMINISTRACIÓN: Conjunto de los Órganos del Estado.

REPARTICION: Órgano de la Administración que tiene a su cargo todo lo relacionado con la obra.

SUPERIORIDAD: Autoridad máxima de la Repartición.

INSPECTOR: Funcionario encargado del contralor y vigilancia de los trabajos. PROPONENTE: Persona física o jurídica que formula la oferta. ADJUDICATARIO: Proponente a quien se adjudica la obra.

CONTRATISTA: Adjudicatario obligado a ejecutar la obra.

SUB-CONTRATISTA: Persona física o jurídica auxiliar, con quien el Contratista contrata determinados trabajos de la obra.

REPRESENTANTE TECNICO EN OBRA: Representante del Contratista encargado de la conducción de la obra. DIRECTOR TECNICO DE LA EMPRESA: Responsable técnico de la Empresa.

ARTICULO 3 - Conocimiento de Antecedentes. Quien concurre a la licitación de una Obra Pública no podrá alegar en caso alguno, falta o deficiencia de conocimiento de la Ley, su Decreto Reglamentario y de este Pliego y el solo hecho de concurrir implica el perfecto conocimiento y comprensión de las cláusulas, como asimismo de los lugares donde la obra debe ejecutarse, de sus condiciones de los precios de los materiales, fletes, medios de transporte, derechos aduaneros, impuestos nacionales, provinciales y municipales, de las condiciones de trabajo, aprovisionamiento de materiales y mano de obra, naturaleza de los terrenos, régimen de los cursos de agua, agua de construcción, condiciones climáticas y otras condiciones locales. No se admitirá reclamo que se relacione con alguna de estas cláusulas. Tampoco se podrá alegar en ningún caso, desconocimiento o mala interpretación de las bases y condiciones complementarias y especificaciones adicionales para cada obra, de los planos y demás elementos de la documentación aprobada para las obras, de ninguna Ley, Reglamento o Disposición inherente a Obras Públicas o que con ellas tengan atingencia.

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ARTICULO 4 - Adquisición de las Bases de Licitaciones - Documentaciones. Todo interesado en concurrir a una Licitación, debe adquirir en lugar indicado en el aviso, con una anticipación de cuarenta y ocho (48) horas como mínimo, un ejemplar completo del Legajo de Obra, el que será entregado por el precio que en cada caso se fije en las bases y condiciones complementarias, extendiéndose el recibo en forma a nombre del adquirente, con expresa constancia del domicilio.

ARTICULO 5 - Capacidad y Habilitación. La capacidad y habilitación de las personas que se presenten a Licitaciones de Obras Públicas, están regidas por las disposiciones del Registro de Licitadores de Obras Públicas.

ARTICULO 6 - Bases y Condiciones Complementarias. Debe contener entre sus cláusulas, las siguientes:

1) Objeto del contrato, con una descripción somera de los trabajos a realizar y el sistema de contratación adoptada.

2) Identificación de todos los elementos que constituyen el proyecto.

3) Importe del Presupuesto Oficial de la Licitación.

4) Plazo para la ejecución de los trabajos. 5) Precio de la adquisición del Legajo de Obra. 6) Régimen para el reconocimiento de las variaciones de Costos.

7) Detalle de los Ítems del Presupuesto de la Licitación con las especificaciones pertinentes.

8) Régimen de acopio.

9) Condiciones exigidas para el Director Técnico de la Empresa y el Representante Técnico de la Obra.

10) Equipo mínimo exigido para la Obra.

11) Porcentaje de retenciones en garantía a constituir para la obra.

12) Anticipo de fondos cuando la Administración lo autorice. 13) Normas para fijar nuevos precios, en caso de alteración de Contrato, en las condiciones previstas en la Ley. 14) Sección o Secciones del Registro de Licitadores donde debe estar inscripto el Proponente.

15) Cualquier otra cláusula complementaria que tengan por objeto establecer condiciones de contratación.

ARTICULO 7 - Orden de Prelación. En caso de discrepancia de los documentos del Proyecto, primará el orden siguiente:

1) Planos de la obra licitada incluidos en el Legajo.

a) De detalle. b) De conjunto.

2) Pliegos.

a) Bases y Condiciones Complementarias.

b) Especificaciones Técnicas Particulares. c) Único de Bases y Condiciones.

d) Especificaciones Técnicas Generales.

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3) Presupuesto Oficial.

Si la discrepancia apareciera en un mismo plano entre la dimensión apreciada a escala y la expresada en cifras, primará esta última salvo que el error fuera evidente.

ARTICULO 8 - Informaciones Suplementarias. Las dudas que pudieran originarse en los planos, cómputos métricos, pliegos y demás elementos del legajo, por parte de los interesados en formular propuestas, deberán plantearse por escrito a la Repartición, solicitando concretamente la aclaración que estimen necesarias, lo que podrán hacer hasta (7) días hábiles antes de la fecha fijada para abrir la propuesta y la Repartición comunicará a todos los adquirentes del Pliego, al domicilio consignado en el recibo del mismo, el resultado de la consulta, por lo menos cuarenta y ocho (48) horas antes de la mencionada fecha.

ARTICULO 9 - Cómputo de los Plazos. Cuando este Pliego no exprese lo contrario, todos los plazos establecidos serán computados en días calendarios.

CAPITULO II

LICITACION Y ADJUDICACION

ARTICULO 10 - Lugar y Fecha de Presentación de las Ofertas. Deberán ser presentadas en el lugar que se indique en el aviso de Licitación, en horas hábiles de oficina, hasta el día y hora fijado para la apertura del acto.

Cuando sin expresa habilitación de día y hora, se hubiere fijado para el acto un día feriado o cuando con posterioridad al llamado a Licitación se declare feriado o se acuerde asueto, el acto tendrá lugar el siguiente día hábil a la misma hora.

No serán tenidas en cuenta aquellas propuestas que lleguen por correo o cualquier otro medio con posterioridad al acto de apertura, aún cuando se justifique con el matasellos u otro elemento haberse despachado a tiempo.

ARTICULO 11 - Domicilio del Proponente. El proponente deberá constituir domicilio especial en la provincia.

ARTICULO 12 - Presentación. Para presentarse a una Licitación y para que sea válida su concurrencia, el Proponente debe depositar por sí o interpósita persona en la oficina donde aquella deba verificarse, hasta el día y hora establecido para el respectivo acto, en sobre cerrado, todos los documentos que se exigen en el artículo siguiente. Esta presentación podrá hacerse también por correo o cualquier otro medio sin responsabilidad alguna para la Repartición por demora o extravío de cualquier origen.

En ningún caso el sobre de presentación tendrá membrete, ni inscripción alguna que identifique al Proponente y llevará como única leyenda la siguiente:

Licitación de .............(nombre de la obra)...............a verificarse el día ........................... 20 .... a las........... en ................. calle.......................Nº.............Santa Fe.

ARTICULO 13 - Documentos para la Presentación. Los documentos que deben incluirse en el sobre de presentación son los siguientes:

1º) Garantía de la propuesta consistente en el uno por ciento (1%) del importe del Presupuesto Oficial de la Obra que se licite y que en el caso de existir dos (2) o más presupuestos oficiales, por

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haberse previsto alternativas, se tomará sobre aquel de mayor importe, debiendo ser constituida por algunas de las siguientes formas:

a) En dinero efectivo: única y exclusivamente mediante una operación del "Depósito en Garantía" a la orden de la EPE, cuenta Varios N° 443/06 que deberá realizarse en el Nuevo Banco de Santa Fe SA, para constancia de lo cual el banco emitirá el correspondiente certificado.

b) Fianza solidaria de una institución bancaria a satisfacción de la comitente.

c) Mediante póliza de seguro de caución, que se encuadre en la reglamentación que establezca la Superintendencia de Seguros de la Nación. Las Garantías de Oferta deberán extender su vigencia hasta la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de ofertas, incluyendo además el período de prórroga de este plazo, cuando las condiciones de licitación prevean la posibilidad de extender este plazo.

No serán rechazadas las ofertas, cuando por error el monto de la garantía presentada fuere inferior al que corresponda por una diferencia que no supere el 0,5% (cero coma cinco por ciento) del importe correcto. Se intimará en este caso, al proponente a cubrir o suplir la diferencia en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles. No cumplimentada esa intimación en tiempo y forma, se dará por desestimada la oferta.

2º) La documentación a que se refiere el Artículo 4) , visada por el Proponente y Director Técnico.

3º) Certificado de habilitación para la licitación de la obra, objeto del llamado, expedido por el Registro de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia.

4º) Certificados de pago de los tributos fiscales que establezca el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias.

5º) Antecedentes de la Empresa primordialmente en obras del tipo de la licitada, que permita deducir que el Proponente podrá construirla.

6º) La declaración de que para cualquier cuestión que se suscite, se acepta la jurisdicción de la justicia ordinaria de la capital de la Provincia.

7º) Sobre-Propuesta: Debidamente cerrado, dentro del sobre presentación, conteniendo únicamente la propuesta con que el interesado se presenta a la Licitación y el análisis de precio de los ítems del Presupuesto Oficial que la justifique, cuando su presentación sea exigida por el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias de la Obra, y llevará por leyenda: Propuesta de..............(nombre de la Empresa).....................................

8º) El Plan de Trabajo y los planes de inversiones y de acopio cuando se lo solicite en el Pliego Complementario proyectados para llevar a cabo las obras.

9º) Detalle del equipo que dispone, o el que arrendará para realizar la Obra conforme al plan de trabajos previsto de acuerdo con lo exigido en el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias.

10º) Declaración de que el proponente conoce el lugar y las condiciones en que se ejecutará la Obra.

11º) Recibo que acredite haber adquirido el Legajo antes de la Licitación. 12º) Las aclaraciones, modificaciones o complementaciones de los documentos de Licitación que la Repartición hubiere notificado a los interesados.

13º) Sellado de Ley de la Propuesta.

14º) Otras formalidades que determinan los Pliegos de Bases y Condiciones Complementarias. El incumplimiento de los requisitos exigidos por los incisos 1 y 7, será causa de rechazo de la oferta en el mismo acto de apertura por las Autoridades que lo presidan. La omisión de los requisitos exigidos por los restantes incisos podrá ser

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suplida dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas de clausurado el acto, transcurrido el cual sin que haya sido subsanada, será rechazada la propuesta.

ARTICULO 14 - Propuesta. La propuesta se presentará por duplicado, redactado en idioma castellano, sin raspadura, enmienda, entrelinea o testado que no se hubieren salvado formalmente al final, e ineludiblemente en las planillas entregadas a tal fin por la Repartición. Será colocado en el Sobre-Propuesta conjuntamente con el análisis del precio, si correspondiere y debidamente firmada por el Proponente y el Director Técnico de la Empresa en todas sus hojas, con el sellado de ley que corresponda.

En caso de licitarse la obra por el sistema de “Unidad de Medidas y Precios Unitarios” el proponente detallará en dichas planillas los precios unitarios que cotiza para cada ítem y total correspondiente a la propuesta.

El Director Técnico deberá poseer título profesional de la especialidad de la Obra que determina el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias y estar habilitado por el Consejo de Ingenieros de la Provincia de Santa Fe.

ARTICULO 15 - Mantenimiento de la Oferta. El proponente debe mantener su oferta durante el plazo fijado en el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias. Las propuestas que resulten más convenientes a criterio de la Administración quedan automáticamente prorrogadas por un término igual a la mitad del establecido originalmente. A tal fin la Repartición lo comunicará oportunamente a los oferentes seleccionados.

ARTICULO 16 - Acto de Licitación. El Acto de Licitación se verificará en la oficina que se habilite especialmente al efecto en el día y hora establecido, con asistencia del funcionario que lo presida, demás autoridades y de todas las personas que deseen concurrir al mismo. Quienes invoquen representación deberán acreditar su personería mediante poderes otorgados en la forma que establece el Artículo 10) del Decreto 10204/58, o el que lo sustituya.

ARTICULO 17 - Apertura de los Sobres de Presentación. El día de la Licitación y a la hora fijada, bajo la presidencia del señor Ministro o Subsecretario del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, el titular de la Repartición o funcionario formalmente autorizado con un Representante de Contaduría General de la Provincia, o Contaduría del Ministerio de Obras y Servicios Públicos o de la Repartición autárquica en su caso, se anunciará el número de las propuestas recibidas e inmediatamente se procederán a abrir, en presencia de los interesados que concurran al acto, en primer lugar, todos los sobres de presentación mencionando los documentos que se acompañan.

Terminado el examen de las presentaciones, se oirán las observaciones que tengan que formular los proponentes, sus representantes autorizados o los funcionarios actuantes.

ARTICULO 18 - Apertura de los Sobres de Propuesta. Los "Sobre-Propuesta" correspondientes a las presentaciones que llenen los requisitos establecidos, quedan de hecho incluidos en la licitación y serán abiertos, dándose lectura de las propuestas en presencia de los concurrentes. Terminada la lectura, los proponentes o representantes autorizados o los funcionarios actuantes podrán formular las observaciones que crean necesarias.

ARTICULO 19 - Observaciones. Las observaciones que se formulen durante el acto de Apertura de la Licitación deberán ser concretas y concisas, en forma verbal, sin admitirse discusión sobre ellas, ajustadas estrictamente a los hechos o documentos cuestionados y realizadas en el momento que se observan.

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ARTICULO 20 - Acta. De todo lo ocurrido durante el acto de la licitación se labrará acta la que previa lectura, será firmada por los funcionarios actuantes y los asistentes que quieran hacerlo, en la que se dejará constancia de las observaciones que se formulen y de las decisiones que adopte el Presidente.

Los proponentes tendrán derecho a dejar sentado en acta las observaciones que a su criterio sean procedentes y podrán impugnar el acto o cualquiera de las propuestas, dentro del término de las cuarenta y ocho (48) horas contados a partir de la hora de cierre del acto de apertura. La impugnación debe ser fundada y por escrito y será resuelta juntamente con la adjudicación.

Los oferentes que deseen impugnar ofertas dentro del procedimiento licitatorio en el que participen, deberán realizar un depósito en pesos igual al 2‰ (dos por mil) del presupuesto oficial de la licitación. El pago se efectuará en el Nuevo Banco de Santa Fe SA a la orden de la EPE, en la cuenta que se indique en los pliegos y la constancia del mismo se presentará en forma conjunta con el escrito de impugnación. El depósito será reintegrado al oferente impugnante en el caso que la Empresa haga lugar a la impugnación, dentro de los (30) días de dictado el acto administrativo que lo resuelva.

ARTICULO 21 - Aprobación de la Licitación y Adjudicación de los Trabajos. Cumplido los trámites administrativos que correspondan, la Superioridad juzgará en definitiva la aprobación de la licitación y adjudicará los trabajos al proponente que hubiera formulado la oferta más conveniente. La Superioridad puede, si no las estima conveniente, rechazar todas las propuestas, sin que esto dé derecho a reclamo de ninguna naturaleza a los proponentes. Igualmente, si el Acto de Licitación hubiere tenido vicios o si hubieran violado por parte de los funcionarios, las disposiciones establecidas en este Pliego, la Superioridad declarará nula la Licitación.

CAPITULO III

CONTRATACION

ARTICULO 22 - Contrato. Resuelta la adjudicación y notificada al adjudicatario, éste debe presentarse dentro de los treinta (30) días subsiguientes para suscribirse el correspondiente contrato.

ARTICULO 23 - Depósito en Garantía del Contrato. Dentro de los veinte (20) días de la notificación de la adjudicación y previo a la firma del contrato, el adjudicatario debe garantizar el cumplimiento de sus compromisos con un monto no inferior al cinco (5) por ciento del importe contractual.

ARTICULO 24 - Documentos del Contrato. Forman parte integrante de todo contrato que se celebre para la ejecución de las obras, los siguientes documentos:

1º) El presente Pliego.

2º) El Pliego de Especificaciones Técnicas Generales.

3º) El Pliego de Bases y Condiciones Complementarias.

4º) El Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares.

5º) La propuesta aceptada y el acto administrativo de adjudicación. 6º) Los planos de conjunto y de detalle de la obra, planillas y demás elementos ilustrativos integrantes del Legajo de la Licitación.

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7º) Las aclaraciones, normas o instrucciones complementarias de los documentos de licitación que la Administración hubiera hecho conocer por escrito a los interesados, antes de la fecha de apertura.

ARTICULO 25 - Documentos Complementarios del Contrato. Se considera documentación complementaria a la siguiente:

1º) Las Actas que las partes suscriban a los fines de la ejecución del contrato.

2º) Las Ordenes de Servicio.

3º) Las Notas de Pedido.

4º) El Plan de Trabajos y los Planes de Inversión y de Acopios cuando fueren requeridos, todos debidamente aprobados. 5º) Los planos complementarios que la Repartición entregue durante la ejecución de la obra y los preparados por el Contratista.

6º) Alteraciones de las condiciones de contrato debidamente autorizadas.

ARTICULO 26 - Firma del Contrato. El contrato será suscrito por el adjudicatario y por aquellos funcionarios que tengan la facultad de adjudicar.

Toda la documentación agregada al expediente de obra que integre el contrato, deberá ser firmada por el adjudicatario en el acto de suscribirlo. El adjudicatario firmará el número de ejemplares que le exija la Repartición.

ARTICULO 27 - Documentación para el Contratista. Una vez firmado el contrato se entregará al contratista, sin cargo una copia del mismo y dos copias autorizadas de la documentación contractual. Si el contratista necesitara más ejemplares de esta documentación, se le proveerá al precio que establezca la Repartición teniendo en cuenta el gasto producido.

ARTICULO 28 - Transferencia del Contrato. Firmado el contrato, el Contratista no podrá transferirlo ni cederlo en todo o en parte a otra persona o entidad, ni asociarse para su cumplimiento. Ello podrá autorizarse excepcionalmente y en casos plenamente justificados, siempre que el nuevo Contratista reúna por lo menos iguales condiciones y solvencia técnica, financiera y moral.

ARTICULO 29 - Sub-Contrato. El Contratista no podrá subcontratar la totalidad de las obras y solo podrá hacerlo parcialmente, previa autorización escrita de la Repartición. A ese efecto el Contratista pedirá por escrito dicha autorización, en cuya solicitud dará el nombre del Sub-Contratista, la forma de subcontratación y las referencias de aquél, debiendo ser de probada capacidad a juicio exclusivo de la Repartición, de acuerdo a la naturaleza de los trabajos.

La autorización de la Repartición para subcontratar obras no exime al Contratista de ninguna de las obligaciones y de las responsabilidades emanadas de su contrato, ni crea para la Repartición obligación alguna para con el Sub-Contratista, quién sin embargo estará sometido al régimen de la Inspección. La responsabilidad derivada de las obras subcontratadas le corresponderá al Contratista, como sí las hubiere efectuado directamente, sin perjuicio de las comunicaciones al Registro de Licitadores por el comportamiento del Sub-Contratista en la obra.

CAPITULO IV

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INSPECCION DE OBRAS

ARTICULO 30 - Inspección de los Trabajos. La Repartición ejercerá la inspección, vigilancia y contralor de los trabajos por intermedio del personal que designe al efecto y que dentro de la jerarquía que se establezca constituirá la Inspección de Obras.

ARTICULO 31 - Inspector de Obra. El Jefe de la Inspección será representante de la Repartición en las obras. Estará a su cargo el control y supervisión de las mismas y ante él deberá reclamar el Contratista por las indicaciones y órdenes del personal auxiliar de la Inspección.

ARTICULO 32 - Atribuciones de la Inspección. La Inspección tiene a su cargo el control y vigilancia de todo lo relativo al desarrollo de los trabajos y en todo momento libre acceso a los obradores, depósitos y oficinas del Contratista, para revisar la documentación pertinente, materiales acopiados y trabajos realizados o en ejecución, a fin de verificar el cumplimiento de las condiciones del contrato, caso contrario, efectuará las observaciones e impartirá instrucciones, las que deben ser acatadas por el Contratista.

ARTICULO 33 - Dirección de los Trabajos. La Inspección tendrá a su cargo la dirección de los trabajos, pudiendo variar el orden en que deben ejecutarse las obras, cuando las circunstancias, a juicio de ella, requieren modificar el Plan de Trabajos presentado por el Contratista.

ARTICULO 34 - Registro de Actas. Llevará un registro de actas, que se destinará al asiento de las que se labren en cada etapa de la obra, del cumplimiento sucesivo del Contratista a las exigencias del contrato y los convenios específicos que se concierten entre la Inspección y el Contratista.

ARTICULO 35 - Libro de Ordenes de Servicio. Las relaciones entre la Inspección y el Contratista se mantendrán por medio de Ordenes de Servicio, que emitirá la Inspección y que se extenderán en el libro de Ordenes de Servicio, el que provisto por el Contratista, se llevará encuadernado por quintuplicado y foliado. Toda enmienda o raspadura deberá ser debidamente salvada.

El Contratista está obligado a recibir y firmar en obra las Ordenes de Servicio que le emitan, pudiendo en su caso manifestar su protesta al pie de aquella, de estimar que la misma excede los términos del contrato.

ARTICULO 36 - Acatamiento. Es obligación del Contratista acatar de inmediato las Ordenes de Servicio que se le impartan, así como las instrucciones y observaciones que le formule la Inspección, quedando a salvo su derecho de reclamar ante la Repartición en los casos que corresponda. En ningún caso podrá el Contratista resistir las órdenes, ni suspender parcial o totalmente los trabajos.

ARTICULO 37 - Divergencia Durante la Ejecución de los Trabajos. En caso de existir divergencia con relación a una Orden de Servicio para obtener la revocación de la misma, el Contratista debe exponer ante la Repartición, por escrito y dentro de los diez (10) días subsiguientes de notificada la orden, las razones en que fundamenten su disconformidad.

Vencido el término establecido precedentemente, la Orden de Servicio no cuestionada quedará firme e indiscutible sin lugar a reclamos posteriores de ninguna naturaleza. Cuando el Contratista dejara de cumplir con alguna orden de la Inspección y no manifestara expresamente su divergencia con la misma, el Inspector podrá proceder a la paralización de la obra comunicando de inmediato la novedad a la Repartición, a los fines que hubiere lugar. El tiempo de paralización no se descontará del plazo previsto para la ejecución de la obra.

ARTICULO 38 - Libro de Pedidos.

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El Contratista proveerá el Libro de Pedidos, mediante el cual se comunicará con la Inspección cuando deba realizar cualquier tipo de consulta relativa a las obras, o contestar Ordenes de Servicio. Dicho libro deberá reunir las mismas formalidades que el libro de Ordenes de Servicio.

CAPITULO V

EL CONTRATISTA, SUS REPRESENTANTES Y SU PERSONAL

ARTICULO 39 - Presencia del Contratista en las Obras. El Contratista o su Representante Técnico, tiene la obligación de permanecer en las obras durante todas las horas de trabajo, para recibir, atender, y hacer ejecutar las instrucciones, observaciones u órdenes que imparta la Inspección.

ARTICULO 40 - Representante del Contratista. El Contratista presentará por escrito a la Inspección el nombre de la persona o personas que lo representen en distintos sitios o secciones en que se subdividirá el trabajo.

Una vez reconocidos estos Representantes Técnicos, quedarán autorizados para recibir las Ordenes de Servicio que extienda la Inspección y firmar recibo de las mismas, estando el Contratista por ese solo hecho, obligado a su cumplimiento.

La presencia y el reconocimiento oficial de estos representantes no elimina ni disminuye las responsabilidades y obligaciones del Contratista. El Pliego de Bases y Condiciones Complementarias de las obras podrá exigir que esta representación sea permanente y desempeñada por un profesional con título habilitante.

ARTICULO 41 - Personal del Contratista. El Contratista sólo empleará operarios competentes en su respectiva especialidad y en suficiente número, para que la ejecución de los trabajos sea regular y prospere en la medida necesaria al estricto cumplimiento del contrato.

Aún cuando la disciplina del trabajo corresponde al Contratista, la Inspección podrá ordenar a éste el retiro de la obra, de todo el personal que por incapacidad, mala fe, insubordinación, mala conducta o cualquier otra falta, perjudique la buena marcha de los trabajos.

Estas órdenes serán apelables ante la Repartición, cuya resolución debe acatarse inmediatamente.

ARTICULO 42 - Seguridad, Higiene y Accidentes de Trabajos. El Contratista está obligado a dar cumplimiento a todas las disposiciones de las Leyes de Accidentes de Trabajo y de Seguridad e Higiene y su Reglamentación y todas aquellas disposiciones que sobre el particular se dicten en el futuro.

Así mismo será responsable de cualquier accidente que ocurra a su personal, haciendo suyas las obligaciones que de ella deriven, de acuerdo a lo que establece la legislación citada.

Es rigurosamente obligatorio para el Contratista tener en las obras un botiquín, suficientemente provisto con los medicamentos y útiles de curación que se requieran para los casos de accidentes o indisposiciones transitorios que puedan ocurrir a su personal.

ARTICULO 43 - Salarios de los Obreros. El Contratista no podrá abonar a sus obreros salarios inferiores a los establecidos oficialmente, debiendo entenderse que los mismos se liquidarán por la jornada legal de trabajo. En el obrador y un lugar bien destacado, se colocará una copia de la lista de jornales que se abonan en la obra, y de las condiciones que fija el laudo correspondiente para tales trabajos.

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El Contratista debe dar especial cumplimiento a todas las leyes tanto Provinciales como Nacionales, que legislan la prestación de trabajo, entendiéndose que todas las erogaciones que ellas representan están incluidas en su oferta.

ARTICULO 44 - Jornales y Comprobantes de Pagos de Leyes Sociales. El Contratista debe mantener al día el pago del personal empleado en la obra, abonar íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinen la jornada legal de trabajo, siendo motivo de suspensión del pago de los certificados en trámite, la falta de cumplimiento de dichas obligaciones. El cumplimiento de lo establecido será comprobado y documentado en cada caso por la Inspección, al extender el correspondiente certificado de obra. El Contratista deberá presentar a requerimiento de la Inspección, el comprobante de pago de las leyes sociales, cada vez que le sea solicitado.

ARTICULO 45 - Parte de los Trabajos. El primer día hábil de la semana o quincena según lo establezcan los pliegos, el Contratista remitirá a la Repartición, con la firma del sobrestante o Inspector de Obra, un parte en el que se hará constar los trabajos realizados en la semana o quincena anterior, con la indicación de equipos, lugares donde se trabaje y cantidades de obras ejecutadas clasificadas por Items del Contrato.

La Repartición establecerá el formulario para la presentación de estos partes y la inobservancia de esta disposición podrá ser penada con multa según lo establece el Artículo 80 de este Pliego.

ARTICULO 46 - Documentación en Obra. El Contratista conservará en la obra copia ordenada de todos los documentos del contrato, a los efectos de facilitar el debido contralor e inspección de los trabajos que se ejecuten.

CAPITULO VI

EJECUCION DE LOS TRABAJOS

ARTICULO 47 - Plazo Para la Ejecución de las Obras. El Contratista realizará totalmente los trabajos materia del contrato, dentro del plazo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias. Todo plazo de ejecución se entiende contado a partir de la fecha de la primera Acta de Replanteo parcial o total o del Acta de Iniciación de los trabajos según sea pertinente. El Contratista será responsable de toda demora en la ejecución de las obras, salvo prueba en contrario a cargo del mismo.

ARTICULO 48 - Interpretación de Planos y Especificaciones. El Contratista es responsable de la correcta interpretación de los planos para la realización de la obra y responderá de los defectos que puedan producirse durante la ejecución o conservación de la misma, hasta la recepción definitiva. Cualquier deficiencia o error que comprobare en el proyecto o en los planos, debe comunicarlo a la Repartición antes de iniciar los trabajos.

ARTICULO 49 - Replanteo de las Obras. El replanteo total o parcial será efectuado en forma conjunta entre la Repartición y el Contratista. Debe ser realizado dentro de los diez (10) días de firmado el Contrato y el Contratista tendrá que formalizar sus observaciones en igual término a partir del acto de replanteo.

Es obligación del Contratista por sí o por sus representantes en obra, participar en las operaciones de replanteo y en caso que no lo hiciera, se le dará expresamente por conforme con las actuaciones de la Inspección, no admitiéndose sobre el particular reclamo alguno de ninguna naturaleza, que interpusiera posteriormente. Las operaciones de replanteo serán efectuadas prolijamente,

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estableciendo marcas, mojones o puntos de referencias, que el Contratista, está obligado a conservar a su cargo y bajo a su exclusiva responsabilidad.

Al terminar las operaciones de replanteo total o parcial, se labrará acta, en la que se hará constar:

1º) Lugar y fecha del acto.

2º) Denominación y ubicación de las obras a ejecutar. 3º) Nombre de los actuantes.

4º) Todo otro antecedente que la Inspección crea oportuno incluir (cantidades, cómputos, croquis).

5º) Observaciones que el Contratista estime necesario formular sobre las operaciones del replanteo.

6º) El acta deberá ser firmada por el Inspector y el Contratista o su Representante expresamente autorizado y el Director Técnico de obra.

Todos los gastos que origine el replanteo, tanto de personal como de materiales, útiles u otros, será por exclusiva cuenta del Contratista. Si ocurriera el extravío de señales o estacas y fuera menester repetir las operaciones de replanteo, el Contratista deberá pagar además de los nuevos gastos, el importe proveniente de los gastos de movilidad, viáticos, sueldos y jornales de los empleados de la Repartición que tengan que intervenir.

ARTICULO 50 - Iniciación de los Trabajos. Extendida el primer Acta de replanteo, el Contratista debe iniciar los trabajos dentro de los diez (10) días subsiguientes, bajo los apercibimientos y penalidades que este pliego establece. En caso de no ser necesario el replanteo, el plazo será de veinte (20) días desde la fecha de la firma del Contrato.

ARTICULO 51 - Obrador. En oportunidad de labrarse el Acta de Replanteo o de Iniciación de los Trabajos, se fijará el lugar de ubicación del obrador, el que estará cercado; todo en forma adecuada a la naturaleza de los trabajos. El obrador debe estar permanentemente custodiado; fuera de horario de trabajo permanecerá cerrado y de noche convenientemente iluminado. La Inspección tendrá en todo momento, libre acceso al mismo.

ARTICULO 52 - Calidad y Control de los Materiales. En todas las obras se utilizarán materiales de primera calidad, en buen estado que deberán ajustarse estrictamente a las exigencias que sobre los mismos se determinen en las especificaciones técnicas.

La Inspección aprobará o rechazará dichos materiales según corresponda de acuerdo a los resultados de los ensayos, a tal efecto tendrá amplias facultades para inspeccionarlos o ensayarlos en cualquier momento y lugar durante la preparación, almacenamiento y utilización. Los materiales que habiendo sido aprobados, se tornaran por cualquier causa inadecuados para el uso en obra, no se permitirá su utilización.

El Contratista a pedido de la Inspección, facilitará los medios necesarios para la toma de muestras de materiales y entregará sin cargo alguno la de los materiales a emplear en obra.

ARTICULO 53 - Abastecimiento de Materiales y Utiles - Métodos de Trabajo. El Contratista tendrá siempre en la obra la cantidad de materiales que a juicio de la Repartición se necesite para la buena marcha de aquella. No podrá utilizar en otros trabajos ninguna parte de estos abastecimientos sin autorización de la Inspección.

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Estará también obligado a usar métodos y equipos que a juicio de la Inspección aseguren la calidad satisfactoria de la obra y su terminación dentro del plazo fijado en el Contrato. Si en cualquier momento, antes de iniciarse los trabajos, o durante el curso de los mismos, los métodos, materiales y equipos adoptados por el Contratista, parecieran ineficaces o inadecuados a juicio de la Inspección, ésta podrá ordenar que los perfeccione o reemplace por otros más eficaces.

Sin embargo, el hecho de que la Inspección nada observe sobre el particular, no exime al Contratista de la responsabilidad que le concierne por la mala calidad de la obra ejecutada o la demora en terminarla.

ARTICULO 54 - Sistemas Patentados. Si en la ejecución de la obra el Contratista adoptara sistemas o procedimientos patentados, debe presentar anticipadamente a la Inspección, los permisos que lo autoricen a emplear dichos sistemas o procedimientos.

El contratista será el único responsable de los reclamos o juicios que se promoviere a la Administración por uso indebido de patentes.

Si el uso de un elemento de cualquier naturaleza le fuera prohibido, deberá de inmediato reemplazarlo por otro de igual eficacia y calidad. Si la Repartición lo considerase conveniente, podrá exigir el mantenimiento del elemento patentado y será obligación del Contratista hacerse cargo de las gestiones y gastos que correspondan para su empleo.

En caso de incumplimiento de estas disposiciones por parte del Contratista, la Inspección efectuará las gestiones y gastos necesarios con cargo al depósito de garantía del Contratista.

ARTICULO 55 - Obras Ocultas. El Contratista debe solicitar en tiempo oportuno, la aprobación de los materiales y obras cuya calidad y cantidad no se puedan comprobar posteriormente, por pertenecer a trabajos que deben quedar ocultos.

Todo cómputo y detalle especial que se refiera a los mismos, debe registrarse en la respectiva acta.

ARTICULO 56 - Vicios de los Materiales y Obras. Ante la sospecha de vicios no visibles de materiales u obras la Inspección podrá, ordenar la demolición, desarme o desmontaje y las reconstrucciones necesarias, para cerciorarse del fundamento de su sospecha. Si los defectos fueran comprobados, los gastos originados por tal motivo estarán a cargo del Contratista, en caso contrario serán abonados por la Repartición.

Si los vicios se manifiestan en el transcurso del plazo de garantía el Contratista deberá reparar o cambiar las obras defectuosas, en el plazo que le señale la Repartición. Transcurrido el mismo, dichos trabajos podrán ser ejecutados por la Repartición a costa de aquél, formulándole el cargo correspondiente. En ambos casos los importes se tomarán del fondo de reparo o de los certificados pendientes.

ARTICULO 57 - Trabajos Rechazados. La Inspección rechazará todos los trabajos en cuya ejecución no se hayan empleado los materiales especificados y aprobados, cuya mano de obra sea defectuosa o que no tengan las formas, dimensiones o cantidades especificadas en el pliego respectivo y en los planos del proyecto.

Es obligación del Contratista demoler todo trabajo rechazado y reconstruirlo de acuerdo a lo que contractualmente se obligó, por su exclusiva cuenta y costo, sin derecho a reclamo alguno ni a prórroga del plazo contractual, sin perjuicio de las sanciones que le fueran aplicables.

ARTICULO 58 - Trabajos Nocturnos. Las obras podrán ser ejecutadas tanto de día como de noche, de acuerdo con los horarios que establecen las leyes sobre trabajo, pero ningún trabajo nocturno podrá ser realizado sin previo conocimiento de la Inspección.

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En caso de efectuarse trabajos nocturnos, el lugar de la obra debe ser suficientemente iluminado para seguridad del personal y buena ejecución de los trabajos. En cualquier caso, se considera que los gastos inherentes a los trabajos efectuados durante la noche, están incluidos en los precios unitarios contratados.

Toda excepción al régimen común de trabajo (prolongación de jornada normal, trabajos nocturnos, en días domingo o festivos, trabajo continuado o por equipo) debe ser autorizado en todos los casos por la Inspección.

ARTICULO 59 - Señalamiento y Protección. Es obligación del contratista señalar de día con letreros y banderas reglamentarias y por la noche con luces de peligro, toda interrupción u obstáculo en la zona de tránsito de la obra donde exista peligro, y en las excavaciones colocar protecciones adecuadas. Además tomará las medidas de protección necesarias en todas aquellas partes de la obra donde puedan producirse accidentes. El Contratista será el único responsable de los accidentes que se produzcan y se comprueben hayan ocurrido por causa de señalamiento o protección deficiente.

Todas las disposiciones contenidas en este artículo son de carácter permanente mientras dura la ejecución de las obras

ARTICULO 60 - Daños a Personas y Propiedades. El Contratista tomará oportunamente todas las disposiciones y precauciones necesarias para evitar daños al personal de la obra, a esta misma y a terceros, ya sea por maniobra en el obrador, por acción de las máquinas herramientas u otras causas relacionadas con la ejecución de los trabajos. El resarcimiento de los perjuicios que no obstante se produjeran, correrá por exclusiva cuenta del Contratista. Esta responsabilidad subsistirá hasta que se verifique la finalización de la obligación contractual.

ARTICULO 61 - Marcha de los Trabajos. El Contratista ajustará sus tareas al Plan de Trabajo presentado. En caso de atraso en su cumplimiento, la Inspección ordenará su intensificación, el Contratista debe acatar sin discusión las órdenes que se le impartan.

Las demoras en la ejecución de los trabajos darán lugar a la aplicación de las sanciones que este pliego establece.

ARTICULO 62 - Relaciones con otros Contratistas. El contratista debe facilitar la marcha simultánea y sucesiva de los trabajos ejecutados por él y de los que la Administración decida realizar directamente o por intermedio de otros contratistas, debiendo cumplir las indicaciones que en tal sentido formule la Inspección respecto al orden de ejecución de los trabajos.

Además está obligado a unir en forma apropiada su obra a la de los demás contratistas, ajustándose a las indicaciones que se le imparta y al espíritu de los planos y especificaciones.

Permitirá además a los otros contratistas el uso de andamios, montacargas, energía eléctrica u otros elementos, cuyo uso común resulten indispensables para la mejor marcha de la obra, previo los convenios que a tales efectos se realicen. En caso de discrepancia entre las partes, se someterá la cuestión al arbitraje de la Repartición. Si el Contratista experimenta demoras o fuera entorpecida la marcha de sus trabajos, por falta, o negligencia, o atraso de otros contratistas, deberá dar inmediatamente cuenta del hecho a la Inspección para que ésta tome las determinaciones que hubiere lugar.

En principio, la vigilancia general de las obras estará a cargo del Contratista principal.

ARTICULO 63 - Permisos Previos.

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El Contratista tendrá a su exclusivo cargo y costo la realización de los trámites y obtención de permisos ante Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales y Comunales, en nombre de la Repartición que resulten necesarios con motivo de la ejecución de la Obra.

Los mismos deberán gestionar con la antelación suficiente para no afectar el plan de trabajos.

ARTICULO 64 - Suspensión de los Trabajos. Si para efectuar modificaciones en las obras en curso de ejecución, o por otra causa, la Inspección juzgase necesario suspender temporalmente toda o parte de la realización de las obras contratadas, comunicará por escrito la orden correspondiente al Contratista, procediéndose a la medición de la obra ejecutada en la parte a que alcance la suspensión, labrándose acta del resultado.

Si la suspensión de la obra excede los treinta (30) días, al término de ese plazo, se librarán los certificados por el trabajo realizado a satisfacción, sin perjuicio del derecho del Contratista al reclamo por daños y perjuicios que la suspensión ocasione. Previa conformidad de la Inspección, el Contratista podrá suspender la marcha de los trabajos durante el periodo de licencia anual del personal, sin que por ello dé lugar a ampliación del plazo contractual.

ARTICULO 65 - Prórroga para la Ejecución de la Obra. El Contratista podrá solicitar prórroga del plazo para la ejecución de la Obra hasta diez (10) días antes del vencimiento del plazo contractual, la que será otorgada siempre que demuestre que la demora se ha producido por causas que no le son imputables.

A los efectos del otorgamiento de dicha prórroga, se tomarán en consideración especialmente las siguientes causas:

a) Encomienda de trabajos adicionales imprevistos importantes, que demanden mayor tiempo para la ejecución de la Obra. b) Demora comprobada en la aprobación o entrega de instrucciones sobre el proyecto de la Repartición.

c) Lluvias, vientos, caminos intransitables u otras derivadas de condiciones climáticas adversas, de acuerdo a lo que fije el Pliego Complementario de cada Repartición.

d) Causas fortuitas evidentes, como ser: incendios, huelgas, epidemias, y en general causas que, sin impedir forzosamente la actividad de la obra, la interrumpan o disminuyan.

e) Dificultades para la obtención de la mano de obra necesaria o de los materiales exigidos por los pliegos, a juicio de la Repartición.

ARTICULO 66 - Finalización de Obra. El Contratista finalizará los trabajos cuando la obra esté completamente ejecutada de acuerdo a los términos del contrato. La Inspección dejará constancia de la finalidad de la obra, en el Libro de Actas.

CAPITULO VII

MEDICION, CERTIFICACION Y PAGO

ARTICULO 67 - Medición de la Obra. En el libro de Actas se detallarán las mediciones de los trabajos que se practiquen en la obra.

El Representante Técnico de la obra está obligado a asistir a las mediciones parciales y a la medición final, a fin de dar su conformidad expresa a los cómputos establecidos en las mismas. Su inasistencia será considerada como aceptación de las mediciones efectuadas por la Inspección

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No se computarán las estructuras que por cualquier motivo modifiquen el proyecto, si éstas no han sido previas y debidamente autorizadas en cuyo caso se hará constar los antecedentes que así lo demuestren. En caso de que el Contratista no estuviere conforme con el juicio de la Inspección, respecto a los trabajos o mediciones de la obra ejecutada, deberá exponer sumariamente en el cómputo respectivo, los motivos su divergencia, los que deberá ampliar y fundar por escrito en el término improrrogable de diez (10) días.

Si el Contratista no se presentare dentro de dicho término, deberá entenderse que desiste de su divergencia y renuncia a todo derecho sobre su reclamo, no admitiéndose ulterior protesta. A los efectos de la certificación mensual, se procederá a la medición de las obras realizadas en el mes, dentro de los primeros ocho (8) días del mes siguiente.

ARTICULO 68 - Medición de Estructuras Ocultas. En el libro de actas se detallarán las mediciones de los trabajos que deban quedar ocultos a medida que se vayan ejecutando. Estos detalles que se acompañarán con los croquis que se crean necesarios para su perfecta interpretación, serán firmados por la Inspección y el Contratista. Para proceder a la liquidación de dichos trabajos, los valores consignados en el libro de actas serán los únicos a considerar.

ARTICULO 69 - Certificados de las Obras. Las obras serán certificadas mensualmente por la Repartición. Si durante el mes no se hubiere ejecutado una cantidad apreciable de obra, o cuando lo solicitare el Contratista, la Repartición podrá postergar la certificación de los trabajos.

Los certificados serán acumulativos y tendrán el carácter de documentos provisorios, de pago a cuenta, sujeto a las variaciones que produzca la liquidación final.

El Contratista proveerá oportunamente los formularios destinados a la confección de los certificados.

ARTICULO 70 - Fondo de Reparo. De cada certificado mensual, excluido los acopio, se deducirá el importe del cinco por ciento del valor del mismo, salvo que el Pliego de Condiciones Complementarias establezca un porcentaje mayor. Estas deducciones se retendrán y constituirán el "Fondo de Reparo" como garantía de la buena ejecución de los trabajos, hasta la fecha de recepción definitiva de los mismos. Este fondo podrá ser sustituido, a pedido del Contratista según lo establece la reglamentación de la Ley.

ARTICULO 71 - Garantías (Intereses). Las garantías constituidas en cualquiera de las formas previstas en el presente Pliego de propuesta, de contrato, y Fondo de Reparo, no devengarán intereses.

CAPITULO VIII

RECEPCION DE OBRA

ARTICULO 72 - Plano Conforme a Obra. Cuando el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias de la obra lo exija, el Contratista presentará al terminar los trabajos y antes de la Recepción Provisoria, los planos completos conforme a la obra realizada, para su aprobación.

ARTICULO 73 - Prueba de las Obras. Terminadas las obras y antes de recibirlas provisionalmente, la Inspección efectuará las pruebas que establezca el pliego correspondiente. El Contratista suministrará por su exclusiva cuenta, el personal y los elementos necesarios para efectuar estas pruebas.

Si después de diez (10) días de recibida la orden respectiva, el Contratista no tuviera preparados los elementos para hacerlas, se hará pasible de la aplicación de las multas establecidas en este Pliego, sin perjuicio de que la Repartición las haga ejecutar por su cuenta, afectando el gasto a las sumas pendientes de pago que el Contratista tuviere.

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ARTICULO 74 - Recepción. Finalizadas las obras de acuerdo al contrato y siempre que no hubiere observaciones por parte de la Inspección, la Repartición extenderá dentro de los treinta (30) días de ser solicitada por el Contratista, el Acta de Recepción Provisional de la obra, que deberá suscribir conjuntamente con el Contratista o su representante autorizado.

La recepción parcial de la obra se efectuará cuando existan trabajos terminados que constituyen una unidad, que en sí llene la función para la cual ha sido proyectada y puedan ser libradas al uso. Si las obras no estuvieren ejecutadas correcta y estrictamente de acuerdo a los planos, especificaciones técnicas, y órdenes dadas por la Inspección, se diferirá su recepción provisional hasta que se corrijan los defectos que presenten. Si el Contratista no procediera a ello en el plazo que al efecto se le fije; la Repartición podrá hacerlo por cuenta de aquél, afectándose el gasto a las sumas que estuvieran pendiente de pago, sin que ello le dé derecho a reclamo alguno.

En el acta de recepción, se dejará expresa constancia de la fecha de terminación de los trabajos, y será a referéndum de la Superioridad.

ARTICULO 75 - Plazo de Conservación y Garantía. Entre la recepción provisional y la definitiva, correrá el plazo de conservación y garantía, durante el cual el Contratista es responsable de la conservación de las obras y de las reparaciones requeridas por defectos o desperfectos provenientes de la mala calidad o ejecución deficiente de los trabajos.

Se exceptúan de las presentes obligaciones los efectos resultantes del uso indebido de la obra.

ARTICULO 76 - Recepción Definitiva. Transcurrido el plazo de conservación y garantía establecido, tendrá lugar la recepción definitiva que se efectuará

con las mismas formalidades que la provisional, previa comprobación del buen estado de la obra y verificación de su

correcto funcionamiento, a cuyo efecto se realizarán las pruebas que la Repartición estima necesarias, pudiendo

repetir las establecidas para la recepción provisional. De las Actas de recepción deberá entregarse al Contratista una

copia autenticada.

CAPITULO IX

MULTAS

ARTICULO 77 - Multas. Además de las penalidades de otro orden establecidas por este Pliego, o por los demás documentos del contrato, se impondrán multas por las causas especificadas en los artículos siguientes. La imposición de las penalidades establecidas en este capítulo, no impide la aplicación de otras que estuvieran en el mismo o en otro documento del contrato.

Déjase establecido que a los efectos del cálculo de multas previstas en este Pliego y demás documentos del contrato, debe interpretarse como monto contractual, al importe de las obras contratadas mas su actualización, conforme a su régimen de variaciones de costo.

ARTICULO 78 - Mora en la Iniciación de los Trabajos. Si el Contratista no iniciare los trabajos dentro de los diez (10) días de la fecha del acta de Replanteo Inicial, o de los veinte (20) días de la firma del contrato, si aquella no fuere necesaria, incurrirá en una multa equivalente en el medio por mil (1/2/00) del importe del contrato por cada día de demora en iniciar las obras, considerándose que éstas han dado comienzo cuando la Inspección extienda la constancia respectiva en el libro de actas.

La multa que se aplique por demora en la iniciación de los trabajos, no autoriza al Contratista a tener por prorrogado el plazo de la obra por el número de días correspondientes a aquélla. Sólo se incluirán en el cómputo del plazo contractual, las prórrogas y ampliaciones concedidas.

ARTICULO 79 - Mora en la Terminación de los Trabajos. Si el Contratista no diera total y correcta terminación de los trabajos dentro del plazo contractual, incurrirá en una multa equivalente al 1/2 %o medio por mil del importe del contrato por cada día de atraso en la terminación de obra.

ARTICULO 80 - Faltas e Infracciones.

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Si el Contratista cometiera faltas o infracciones a este Pliego o a los demás pliegos o a las órdenes escritas de la Inspección y Resoluciones de la Repartición, se hará pasible a la imposición de multas que podrán variar del 1/2 al 10 por mil del monto del contrato, según la importancia de la infracción a exclusivo juicio de la Repartición y siempre que no se trate de casos explícitamente contemplados en otros artículos. Estas multas podrán ser reiteradas diariamente hasta el cese de la infracción.

ARTICULO 81 - Procedimiento para la Aplicación de Multas. Producido un caso de aplicación de multas, la Inspección comunicará el hecho a la Superioridad, proponiendo en forma fundada la aplicación de la multa correspondiente. La Repartición previo estudio, resolverá lo pertinente. Toda multa impuesta será hecha efectiva del primer certificado de pago que se extienda al Contratista, y si el importe de éste no alcanzara a cubrirla, deberá ser completado de los sucesivos certificados, u otros créditos pendientes.

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PLIEGO COMPLEMENTARIO AL PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES

CAPITULO I CONCEPTOS GENERALES

ARTICULO N° 1: OBJETO DEL PLIEGO COMPLEMENTARIO: El presente pliego establece las bases y condiciones complementarias a que se ajustará la licitación, adjudicación, contratación, ejecución, recepción, inspección y todo otro procedimiento asociado directa o indirectamente para el suministro y/o provisión de la obra pública y todos los requerimientos propios a la misma, cuyas especificaciones se detallan por separado.

ARTICULO N° 2 - DENOMINACIONES - SIGNIFICADO: A los efectos de la aplicación de este Pliego y todo otro documento contractual de la obra, se emplearán las siguientes denominaciones:

MINISTERIO: Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda - MOSPyV.

EPE: Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe – LEY ORGANICA N° 10014/87

INSPECCION: Funcionarios de la EPE encargados de la supervisión contractual de la Obra.

OFERENTE: Persona física o jurídica que formula la Oferta.

DIRECTOR TECNICO DE LA OBRA: Representante del Contratista encargado de la conducción de la obra.

ARTICULO N° 3: PRORROGA DE APERTURA: Se podrá prorrogar el día y hora del Acto de Apertura a exclusivo juicio de la EPE según lo establecido en el Art. N° 10 del Pliego Único de Bases y Condiciones (PUBC), por razones de huelga, otras causas de fuerza mayor o razones de servicio. En todos los casos citados el Acto se efectuará el primer día hábil siguiente, a la misma hora.

Si el cese de la causa que origina la postergación, no pudiera conocerse con certeza, se dispondrá por acto administrativo del licitante la suspensión del Acto, y posteriormente se comunicará la fecha de la nueva apertura en forma pública y a cada adquirente del Pliego Licitatorio.

A pedido escrito de las dos terceras partes de los adquirentes del Pliego Licitatorio, se podrá postergar el Acto de Apertura a exclusivo juicio del licitante por no más de treinta (30) días corridos. En caso de que los dos tercios de la cantidad de adquirentes de pliego, no resultara un número entero, la cantidad a considerar será el número inmediato superior. ARTICULO N° 4: PEDIDOS DE ACLARACION: Se efectúan en el lugar fijado para la apertura de la presente licitación y en horas hábiles del licitante.

Las consultas de tipo verbal referidas a la presentación de la oferta, podrán ser requeridas hasta un (1) día hábil antes de la fecha fijada para la apertura. Las consultas que sean solicitadas por escrito deberán efectuarse con una anticipación de no menos de diez (10) días hábiles antes de la fecha de apertura. El licitante podrá emitir aclaraciones hasta cinco (5) días hábiles antes de la fecha de apertura, y serán puestas en conocimiento por escrito a todos los adquirentes de los pliegos.

Las Normas, Especificaciones y/u otras características técnicas requeridas podrán ser solicitadas, ampliadas y/o consultadas directamente en el lugar que se determine en el Pliego de Bases y

Condiciones Particulares de la presente Licitación.

Se deberán considerar como documentación propia de la presente licitación además de la incluida y/o citada en la misma; a la Ley de Contabilidad de la Provincia, Ley de Obras Públicas y Reglamentación del Registro de Licitadores de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Santa Fe.

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Las consultas no implicarán bajo ningún concepto postergar los plazos estipulados para cada instancia o los propuestos en la oferta. ARTICULO N° 5: MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA: La presentación de una propuesta, lleva implícita la obligación de mantenerla válida por un plazo mínimo de sesenta (60) días, contados a partir del día de apertura de la Licitación.

ARTICULO N° 6: SECCIÓN DEL REGISTRO DE LICITADORES: Los proponentes deberán acreditar su inscripción en el Registro de Licitadores de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Santa Fe, habilitados para la especialidad fijada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares; como así también haber ejecutado Obras de características similares a la que es objeto este Legajo.

ARTICULO N° 7: INTERPRETACION DE LAS BASES DE LICITACION: Aún cuando en la descripción de los suministros y trabajos que serán a cargo del Contratista se hubieran omitido detalles necesarios para la terminación de las tareas licitadas, las obras deberán entregarse completamente terminadas de acuerdo con las reglas de la técnica y conforme con los fines a que estén destinadas. El costo de estos elementos no detallados, el de trabajos secundarios, o de aquellos propios de la obra cotizada, así como el de los bienes o servicios cuya provisión esté expresamente solicitada en este Pliego, se considerarán incluidos en el precio cotizado.

Se considerará al Oferente no sólo como comerciante, industrial o intermediario sino como profesional experimentado en la índole de los trabajos y suministros que se licitan, y por lo tanto responsable total de la Obra y de su correcto funcionamiento. Tendrá la obligación de indicar toda observación que a su juicio comprometa el fin u objetivos pretendidos por esta E.P.E.

CAPITULO II LICITACION Y ADJUDICACION

ARTICULO Nº 8: FORMA, ORDEN Y CONTENIDO DE LA PRESENTACIÓN:

Por sobre lo establecido en el Articulo N° 13 del PUByC, se observará lo siguiente:

I) FORMALIDADES GENERALES:

I.1) Las ofertas deberán ser presentadas en original y dos copias en el lugar indicado para la Apertura, hasta el día y hora que se fije; según lo especificado en la hoja de encabezamiento del presente legajo:

I.2) Formato básico en Tamaño IRAM A4; conformándose en tomos de unas 200 hojas útiles foliadas, utilizándose separadores interiores indicando el contenido que lo sucede.

I.3) Cada tomo estará broquelado y/o reunido mediante sistema que permita la manipulación de las hojas sin necesidad de desarmado. Se rotulará " ORIGINAL", "DUPLICADO", etc. según corresponda en la tapa, con el número identificatorio de cada tomo.

1.4) El primer tomo llevará como encabezamiento un índice general de Tomos y Folios.

1.5) Las copias deberán tener exacta e igual foliación respecto del original.

1.6) Todas las hojas del original de la documentación presentada deberán estar firmadas por el Proponente y el Director Técnico de la Empresa que cotiza, quien deberá poseer título profesional, estar inscripto y habilitado por el Consejo de Ingenieros de la Provincia de Santa Fe o el Colegio Profesional que corresponda, para proyectar y/o conducir obras del tipo que se licitan. II) ORDEN y CONTENIDO DEL SOBRE PRESENTACION: La documentación e información a incluir dentro del Sobre Presentación es la que se detalla seguidamente, la que se deberá presentar siguiendo el mismo orden con que se expone el detalle de su contenido:

II.1) Información general del proponente

II.1.a) Nombre o razón social. domicilio, teléfono, telefax, etc. Debiéndose constituir domicilio legal en la ciudad de Santa Fe

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II.1.b) Nombre del representante legal e instrumento que lo acredite como tal con poderes suficientes para obligar a la firma.

II.1.c) Contrato de Sociedad de la Firma; que en caso de Unión Transitoria de Empresas se incluirá además el proyecto de contrato de asociación, donde consten los porcentajes de participación de cada una de las firmas que la conformarán.

II.1.d) Esquema de organización de la Firma. Para el caso de UTE se presentará el esquema de organización de c/u de las empresas que la constituyen, debiendo estar expresamente indicado el Director Técnico de la proponente.

II.2) Garantía de Oferta: Para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones, el Proponente presentará una garantía por un valor equivalente al uno por ciento (1 %) del importe del Presupuesto Oficial de la Obra en cuyo monto ya se incluye el IVA, en alguna de las formas que se establece a continuación a opción del Oferente o del Adjudicatario:

II.2.a) Dinero efectivo, única y exclusivamente mediante una operación de “Depósito en Garantía” que deberá realizarse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., para constancia de lo cual el Banco emitirá el correspondiente certificado.

II.2.b) Fianza solidaria de una Institución bancaria a satisfacción del Comitente

II.2.c) Mediante Póliza de Seguro de Caución que se encuadre en la reglamentación que establezca la Superintendencia de Seguros de la Nación. La Garantía de Oferta deberá mantener su vigencia hasta la fecha de vencimiento del Plazo de Mantenimiento de Oferta, a la cual se adicionará el período de prórroga, cuando por Pliego Complementario se prevea la posibilidad de extender este plazo. Las Garantías de Contrato deberán extender su vigencia, hasta la fecha de vencimiento de las obligaciones del Contrato. No serán rechazadas las Ofertas, cuando por error, el monto de la garantía presentada fuese inferior al que corresponda por una diferencia que no supere el 0,5% (cero coma cinco por ciento) del importe correcto. Se intimará en este caso al Proponente a cubrir o suplir la diferencia en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles. No cumplimentada esta intimación en tiempo y forma se dará por desestimada la Oferta.

II.3) Certificado de habilitación del Registro de Licitadores (PUBC art.13-3)

II.4) Constancia de pago del Impuesto a los Ingresos Brutos y aportes Ley 5110.

II.5) Copia de la Factura de adquisición del Pliego y sellado de la Propuesta (PUBC art.13-11 y 13-13)

II.6) Declaración de conocimiento del lugar de ejecución de las obras (PUBC art.13-10)

II.7) Aceptación de la justicia ordinaria de la Provincia de Santa Fe (PUBC art.13-6)

II.8) Declaración Jurada Decreto-Ley 17250/67: Los proponentes deberán presentar declaración jurada de haber dado cumplimiento al pago de contribuciones, aportes y toda otra forma de tributo a las Cajas Nacionales de Previsión según lo establece el Decreto Ley 17250/67 y su decreto reglamentario Nº 4547/67.

II.9) Antecedentes empresariales completos (PUBC art.13-5), o en su defecto, nómina del equipo humano a afectar en las Obras, indicando antecedentes profesionales y técnicos (con aclaración de títulos, especialidades y experiencia en la ejecución de Obras del mismo tipo a la Licitada) que permita deducir que el Oferente podrá construirla.

II.10) Detalle de equipo a afectar en obra (PUBC art.13-9): El Oferente presentará con su propuesta la lista de equipos que pondrá a disposición de la obra, indicando expresamente si dicho equipamiento es propio o arrendado. Este equipamiento, de acuerdo a la previsión del Art. 13 Apartado 9 del PUBC, deberá satisfacer las necesidades de simultaneidad de realización de trabajos previstos en el Plan de trabajos y tendrá como mínimo la dotación que se detalla en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

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En obra se emplearán solamente equipos y herramientas en buenas condiciones de uso y aptos para el trabajo requerido, debiendo ser aprobados por la Inspección de Obras. La permanencia del equipo en obra estará regulada por el Art. 47 de la Ley N° 5188/60 y su Decreto Reglamentario. Se podrá ordenar a la Contratista que acelere el ritmo de ejecución de los trabajos mediante refuerzos y/o sustitución de los equipos afectados a la obra, cuando el originalmente previsto resulte insuficiente para dar total terminación a las obras dentro del plazo convenido, a solo juicio de la Inspección de Obras.

II.11) Materiales, elementos y equipos ofrecidos: Sólo podrán ser nuevos, sin uso y de primera calidad, exigiéndose que sean reconocidos en el momento de su aprovisionamiento como los que, la tecnología actual califica de mejores o más adecuados para los fines y usos a los que se destinarán.

Deberán responder estrictamente a los Materiales Normalizados por la E.P.E. , a las normas vigentes en la materia y a las que se requieran en esta Licitación Pública. No se admitirán prototipos ni modelos experimentales de producción no continuada y/o no librados a la libre comercialización. Es imprescindible que la oferta incluya marcas, características, especificaciones técnicas, folletos descriptivos y todo otro detalle o información relevante de lo cotizado.

Ante la falta total o parcial de los Datos Técnicos Garantizados que, obligatoriamente se deben presentar en las ofertas, la EPE fijará a su exclusivo criterio las características que deberán cumplimentar los Materiales, elementos y equipos, pudiendo incluso fijar dos (2) marcas entre las que tendrá que optar el Contratista. No se admitirá la presentación de los Datos luego de finalizado el Acto de Apertura.

Si para un mismo elemento o equipo, el proponente ofreciera dos (2) o más marcas, queda entendido que la E.P.E. tiene el derecho a elegir una de ellas, a su exclusivo criterio. Ello no otorgará derecho a la Contratista a percibir mayores costos o diferencias de precios imputable a la diferencia de valores que pudieran tener los elementos o equipos ofrecidos de una y otra marca, como tampoco a solicitar ampliación del plazo de ejecución derivado de este hecho.

Durante la etapa de estudio de las ofertas y cuando se lo solicite, los oferentes deberán proveer protocolos de ensayo efectuados únicamente en laboratorios reconocidos en el ámbito nacional o internacional, y quedará a exclusivo criterio de la E.P.E. él aceptarlos. No se aceptarán para este caso, protocolos de ensayo que estén realizados con posterioridad a la fecha de apertura de la presente licitación, ni aquellos que posean una antigüedad mayor a cinco (5) años.

Se podrá solicitar listado de usuarios de los equipos o materiales ofrecidos, debiendo ser posible la consulta de los mismos en cuanto a obtener información ampliatoria sobre dichos elementos. Se podrá requerir garantía del fabricante de la provisión respecto al abastecimiento de repuestos por un plazo no inferior a diez (10) años, y/o garantía de funcionamiento por no menos de un (1) año, y/o asistencia técnica por un plazo no menor a seis (6) meses; ajustables a criterio exclusivo del licitante.

II.12) Requisitos exigidos según Anexo Resolución N° 128/00 del MOSPyV

II.13) Pliego a la venta y aclaraciones (PUBC art. 13-2 y 13-12)

II.14) Sobre Propuesta

III) ORDEN y CONTENIDO DEL SOBRE PROPUESTA

III.1) Carta Presentación de la Propuesta

III.2) Planilla de Propuesta (PUBC art.14)

El incumplimiento de los requisitos exigidos por los puntos II.2 y II.14, será causa de rechazo de la Oferta en el mismo Acto de Apertura por parte de las autoridades que la presiden. La omisión de los requisitos exigidos por los restantes puntos, excepto el II.11, podrá ser suplida dentro del término de dos (2) días hábiles de clausurado el acto, transcurrido el cual sin que haya sido subsanada, será rechazada la Oferta.

ARTICULO N° 9: COTIZACION: Las cotizaciones se efectuarán sobre la Planilla de Propuesta que forma parte del legajo suministrado por la Empresa, siendo las formalidades a tener en cuenta, las siguientes:

1) Atento a la vigencia de la Ley Nacional N° 23928 - de Convertibilidad, se anula toda cláusula que contravenga lo establecido en la misma. La cotización de los precios deberá realizarse en pesos.

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2) En razón de que esta Empresa Provincial de Energía se encuentra inscripta ante la Dirección General Impositiva como Responsable Inscripto en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), bajo el número de CUIT 30-54578816-7 las cotizaciones deberán discriminar el precitado gravamen. El no cumplimiento con lo dispuesto en este inciso, dará lugar a interpretar que las cotizaciones ya incluyen el Impuesto al Valor Agregado.

3) El precio cotizado incluye la provisión, ensayo de materiales, transporte, montaje, obras y ensayos finales como asimismo cualquier otro gasto o inversión necesarios para la entrega de la obra en condiciones de buen estado de funcionamiento.

4) El Oferente cotizará obligatoriamente en el "Planilla de Propuesta" que a tal efecto se entrega. En caso de inutilización de la Planilla citada, los adquirentes del legajo podrán solicitar un nuevo ejemplar contra devolución del primitivo. 5) El cambio de esta Planilla de Propuesta por fotocopia o por hoja, con o sin membrete, distinta a la oficial entregada por la E.P.E. será causa de rechazo de la oferta en el mismo Acto de Apertura. 6) La formulación de un único DESCUENTO ESPECIAL, se considerará válida únicamente si ha sido formulada al dorso de la Planilla de Propuesta. El texto que informe este descuento deberá ser rubricado por la o los responsables de la firma Oferente.

Deberá expresarse como porcentaje global de disminución respecto de los precios de la Oferta Básica.

Los descuentos ofrecidos que se condicionen a alternativas de equipos y/o materiales, quedan a consideración y juicio exclusivo del licitante. Los descuentos condicionados a alternativas de obra, de forma de pago u otras situaciones no explícitamente contempladas en la presente Licitación no serán tenidos en cuenta.

7) En el caso que el sistema de contratación adoptado sea por "Ajuste Alzado", el monto de la oferta será el precio Unico y Total que se especifique en la "Planilla de Propuesta".

8) En el caso que el sistema de contratación sea por “Unidad de Medida y Precios Unitarios”; la unidad de medida está debidamente detallada en la “Planilla de Propuesta" y el oferente deberá cotizar precio unitario por cada ítem de dicha Planilla; tales precios constituirán su oferta básica y serán aplicados al cómputo métrico de aquella, lo que permitirá obtener el precio total.

Cuando en la oferta se verificasen errores en las operaciones aritméticas, la EPE efectuará las correcciones correspondientes tomando como válido el precio unitario propuesto. Si como consecuencia de estas correcciones se modificara el monto total de la oferta, el valor corregido será el considerado a todos los efectos.

ARTICULO N° 10: IMPUGNACIÓN: Todos los Oferentes tienen derecho a impugnar cualquiera de las Ofertas dentro del término de las cuarenta y ocho (48) horas contados a partir de la hora de cierre del acto de apertura. La impugnación debe ser fundada y por escrito y será resuelta juntamente con la Adjudicación.

Los Oferentes que deseen impugnar ofertas dentro del procedimiento licitatorio en el que participen, deberán realizar un depósito en pesos igual al 2 ‰ (dos por mil) del Presupuesto Oficial de la Licitación.

El pago se efectuará en la Cuenta Corriente N° 443/06 Sucursal 599 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. a la orden de la EPE, debiendo presentar la constancia de pago en forma conjunta con el escrito de impugnación.

El depósito será reintegrado al Oferente impugnante en el caso que la Empresa haga lugar a la impugnación, dentro de los treinta (30) días de dictado el acto administrativo que lo resuelva.

ARTICULO N° 11: ESTUDIO DE LAS OFERTAS: Respecto a todas las ofertas recibidas, incluyendo las propuestas alternativas, la E.P.E. efectuará los estudios y análisis comparativos que crea convenientes, utilizando él o los métodos que estime necesarios para identificar la oferta más ventajosa, o aquella que a

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su exclusivo criterio justifique su adjudicación en base a conveniencias de orden técnico, de servicio o económicas que la E.P.E. considere determinantes, aunque la oferta adjudicada no sea necesariamente la de menor precio.

Se podrá requerir la ampliación de la información suministrada por el Proponente, o cualquier otra que necesite para el mejor estudio de la propuesta dentro del plazo que se señale al efecto. Vencido el mismo, sin que el Proponente cumpla el requerimiento, se considerará como una retracción tácita del Proponente y en consecuencia facultará al licitante a disponer la pérdida del depósito de garantía de la Propuesta o a tramitar la ejecución de la fianza correspondiente.

ARTICULO N° 12: MEJORA DE OFERTAS: Si entre las Ofertas admitidas hubiere dos o más cotizaciones que, a criterio de la EPE, fueran consideradas igualmente convenientes, que las diferencias comparativas de precios entre esas ofertas no fuesen mayores al tres por ciento (3 %) y que sean evaluadas como más ventajosas que las restantes, se llamará a mejora de precios entre esos Oferentes exclusivamente.

Idéntico criterio se empleará cuando se presente la condición de que la empresa que haya realizado la mejor oferta no sea de origen provincial y corresponda la aplicación de lo establecido en los Artículos 3, 4 y 5 de la Ley Provincial N° 12105/03 (Compre Santafesino), para aquellos proveedores que hayan cumplimentado con los requisitos necesarios para registrar su adhesión a la citada Ley, en el Registro Único de Proveedores de la EPE. En caso de presentarse las dos condiciones, el llamado a Mejora de Ofertas se hará en forma conjunta.

La respuesta al pedido de mejora de precios se concretará mediante una nueva presentación. A tal efecto se fijará plazo para la presentación de la mejora de precios, estableciéndose además fecha y hora de apertura, lo que se comunicará formalmente a dichos Oferentes.

ARTICULO N° 13: INTERPRETACION DEL PRECIO COTIZADO: Cuando el sistema de contratación sea por “Unidad de Medida y Precios Unitarios” se tendrá en cuenta lo siguiente:

A todos los efectos que hubiere lugar se reconocerá como precio cotizado para cada ítem, el transcripto por el Oferente en el Planilla de Propuesta. El mismo incluye además de lo expresamente detallado, toda actividad o provisión menor necesaria para la correcta terminación de las tareas o provisión indicadas.

Si fuera necesario desagregar los precios cotizados de cada Item, se considerará únicamente la siguiente forma general de cálculo:

Precio del ítem: P

Precio del material : M (si correspondiera , s/ítem)

Precio de mano de obra: Mo (si correspondiera , s/ítem)

Gastos Generales: Gg = 0,10 (M+Mo) (si correspondiera , s/ítem)

Beneficios: B = 0,10 (M+Mo) (si correspondiera , s/ítem)

P = M + Mo + Gg + B = (M+Mo) + 0,10 (M+Mo) + 0,10 (M+Mo)

P = 1,20 (M+Mo)

(M+Mo) = 0,8333 P

* Lo descripto no es válido cuando el sistema de contratación sea por “Ajuste Alzado”.

ARTICULO N° 14: ERRORES: El Oferente será responsable por los errores formales que pudieran existir en las cifras volcadas en los “Planilla de Propuesta”. Sin perjuicio de ello se tendrá en cuenta que cuando se indiquen valores en números y letras, y en caso de que existan discrepancias se tomará como correcto el indicado en letras.

CAPITULO III CONTRATACION

ARTICULO N° 15: SISTEMA DE CONTRATACION: Se establece en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, observándose en un todo lo establecido por la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe N° 5188/60 y sus modificatorias.

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ARTICULO N° 16: GARANTIA CONTRACTUAL: El Adjudicatario deberá constituir dentro de los veinte (20) días contados a partir de la fecha de comunicación de la adjudicación, una garantía que avale el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del importe adjudicado. Esta garantía podrá formalizarse mediante las formas consideradas por el Artículo N° 8 de este Pliego en sus incisos II.2.a) a II.2.c).

ARTICULO N° 17: FIRMA DEL CONTRATO: La firma del contrato, se llevará a cabo de acuerdo a lo establecido en los artículos 22, 23, 24, 25, 26 y 27 del PUByC. El contrato respectivo se firmará dentro de los 30 (treinta) días a partir de ser notificada la adjudicación en el lugar que fijará La EPE. Sin embargo el Adjudicatario deberá concurrir en forma inmediata a la sede de la EPE para informarse y presentar en término los recaudos necesarios para la confección del mismo bajo pena de que si su falta de diligencia causare retardo en la celebración del contrato se hará pasible de las medidas dispuestas en el Art. N° 38 de la Ley de Obras Públicas y su Decreto Reglamentario.

CAPITULO IV EL CONTRATISTA, SUS REPRESENTANTES Y SU PERSONAL

ARTICULO N° 18: PERSONAL EMPLEADO: Será obligación del Contratista, previo a la iniciación de la Obra, presentar la nómina del personal empleado, discriminando en dicha nómina el personal estable y el transitorio. Será su obligación además comunicar a la Inspección toda alta y/o baja de personal que se produzca. El personal empleado en la Obra deberá reunir condiciones de idoneidad y competencia, conforme lo establece el P.U.B.C. en su Art. N° 41.

Los jornales abonados por la Contratista a su personal en la presente Obra, no podrán ser inferiores a los establecidos por el Convenio Laboral de aplicación. Corresponderá comunicar a la Inspección con la suficiente antelación, la fecha de pago de los jornales. Será asimismo obligación del Contratista presentar a la Inspección una copia de las planillas de pago del personal empleado en la Obra, debidamente conformadas por dicho personal. Se entregarán mensualmente y con anterioridad a la emisión del certificado correspondiente.

ARTICULO N° 19: SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO: Se deja expresa constancia de la obligatoriedad del cumplimiento de lo prescrito por la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo Nº.19587/72, su Decreto Reglamentario N° 351/79 y de lo prescrito por el Decreto N° 911/96 de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Reglamento para la Industria de la Construcción y la Resolución N° 231/96 (S.R.T.) que reglamenta los artículos N° 9, 17 y 20 del precitado, a su vez complementario de la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo.

El/los Contratistas presentarán un Plan de Seguridad, Programa de Acción y Memoria Descriptiva donde se establezcan los riesgos potenciales y las medidas de prevención a adoptar, siguiendo en todo momento lo establecido en la Legislación vigente y/o la que sustituya, incluyendo datos del profesional que brindará las prestaciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo requeridas en el Capítulo 3 del Decreto 911/96. El/los Contratistas serán los únicos responsables por todos los daños que pudiera ocurrir a los materiales, equipos, instrumentos, accesorios etc., durante la ejecución de la obra, causados por robos, incendios, negligencia del personal, etc. Además el/los Contratistas estarán obligados a señalar y proteger convenientemente el lugar de los trabajos a fin de evitar daños o accidentes a personas u objetos. Todos los seguros de material de la obra durante el montaje hasta su recepción provisional, estarán a cargo del Contratista. El personal del Contratista está obligado a usar en todo momento los elementos de protección adecuados. La ropa de trabajo tendrá grabado la denominación de la Empresa Contratista. La inscripción debe ser visible y de tamaño adecuado para ser leída a una distancia de 3 metros.

Todo el personal del Contratista debe disponer en forma permanente de carnet plastificado que identifique, Nombre, Apellido, Empresa Contratista, Dirección y Teléfono de la Misma, cargo que desempeña el portador, foto color del portador, Grupo Sanguíneo y detalle de remedios y/o elementos que originan alergias al portador.-

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No se admitirá ningún tipo de justificaciones por la falta de los elementos requeridos.-

ARTICULO N° 20: SEGUROS: El Contratista deberá presentar antes del inicio de Obra la siguiente documentación: 1) Certificado de no-acción, emitido y firmado por la Aseguradora de Riesgos de Trabajo del contratista. 2) Certificado de aseguramiento nominativo, emitido por la misma Aseguradora, y que se constituye en el

único personal que podrá trabajar con motivo del contrato. Deberá incluirse en la misma la totalidad del personal empleado en la misma, sea este administrativo u obrero, o revista en carácter permanente, eventual o temporario. Es obligación de la Contratista mantener debidamente actualizada la presente documentación.

3) Inicio de Obra, firmado por la misma Aseguradora.

4) Copia del Legajo Técnico de la Obra, firmado en original por el responsable de seguridad de la Contratista. Para el caso del personal de empresas Subcontratistas, deberán cumplimentarse los mismos requisitos, previo al inicio de sus tareas, siendo responsabilidad del contratista el cumplimiento de este cometido. El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos autorizará a la Empresa, previo apercibimiento, a paralizar la ejecución de las obras o su inicio, hasta tanto no se cumplan en su totalidad los requisitos, corriéndole efectivamente el plazo fijado en el artículo 23°".

El Contratista estará obligado a contratar con compañías aseguradoras que actúen bajo el control de la Superintendencia de Seguros de la Nación. Se deberá asegurar la totalidad del personal obrero empleado en las obras, inclusive el de los subcontratistas, contra todo riesgo que corresponda a siniestros por accidentes de trabajo, incluyendo cobertura total para asistencia médica y farmacéutica. Será obligación del contratista presentar dentro de los treinta (30) días de iniciada la Obra, una Póliza de Seguro contra accidentes de Trabajo completa, que cubra la totalidad del personal empleado en la misma, sea este administrativo u obrero, o revista en carácter de permanente, eventual o temporario. El Contratista deberá tener asegurados durante todo el tiempo de ejecución de la obra, la totalidad de los rodados afectados a la misma, con póliza específica del automotor que contemple como mínimo, responsabilidad civil sin límites por daños a terceros con sus bienes y/o en las personas o pasajeros transportados. Por todos los riesgos específicos que genere la obra, la contratista tomará un seguro de "construcción y montaje - todo riesgo" en forma tal que la E.P.E. tenga absoluta indemnidad respecto a cualquier siniestro que pudiera ocurrir como consecuencia de la ejecución de los trabajos, como así también de la realización de las pruebas de confiabilidad, hasta la recepción provisoria. Los gastos que originen la contratación de los seguros mencionados, será a cargo del Contratista, quien acreditará fehacientemente el cumplimiento de sus obligaciones en este sentido, dentro de los diez (10) días de la fecha de suscripción del Acta de Replanteo, debiendo presentar constancia del pago de las respectivas pólizas. Si las pólizas se abonan en cuotas, esto debe ser comunicado formalmente, informando además el Plan de pagos, de la póliza que corresponda, en oportunidad de la presentación de la misma. Se deberán además presentar los comprobantes de cancelación de cada una de ellas, en las fechas previstas en el mencionado Plan. No podrá modificarse y/o cancelarse ninguna póliza de seguro sin previa autorización escrita del licitante, cláusula que deberá incorporarse en el seguro contratado. Todas las pólizas que correspondan, deberán ser entregadas a la Inspección con anterioridad a la iniciación de la tarea o cobertura amparada por la misma.

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El Contratista deberá tomar a su cargo las franquicias de los seguros que contrate, y deberán ser tomados con una cláusula de ajuste a satisfacción del tomador. El incumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones de contratar los seguros que correspondan y que deberá tomar a su cargo el Contratista, autoriza al licitante a la contratación directa del seguro en las condiciones requeridas en el presente Pliego. El importe de la contratación será descontado en forma inmediata de cualquier suma que tenga al cobro el Contratista.

ARTICULO N° 21: TITULO HABILITANTE DEL DIRECTOR TECNICO EN OBRA: El/los Director/es Técnico/s de la/s empresa/s contratista/s de Obra, tomarán a su cargo las funciones y responsabilidades a que refiere el artículo 13º del Pliego Único de Bases y Condiciones, para lo cual deberá poseer título habilitante según las Leyes de Incumbencias Profesionales vigentes y estar autorizados para el ejercicio profesional en la Provincia de Santa Fe por el Consejo de Ingenieros o Colegio Profesional que corresponda, estando debidamente acreditado mediante constancia de matriculación y el certificado de incumbencias del título habilitante del profesional propuesto.

El/los profesional/es que sea/n propuesto/s, deberá/n acreditar suficiente experiencia en el tipo de obra que se trata, mediante la presentación de sus antecedentes profesionales, los que tendrán el carácter de declaración jurada.

Todo reemplazo de/los Director/es Técnico/s deberá ser efectivamente notificado/s a la Inspección de la Obra y designado/s su/s reemplazante/s, para lo cual se deberá dar cumplimiento con lo establecido en este artículo.

ARTICULO N° 22: DESIGNACION DEL REPRESENTANTE TECNICO EN OBRA: Previo a la iniciación del replanteo de la Obra, el/los contratista/s deberá/n designar los profesionales de las distintas especialidades integrantes de la misma, los que ejercerán las funciones de Representantes Técnicos de la Obra, según lo especificado en el artículo 40º del Pliego Único de Bases y Condiciones.

Dichos representantes deberán poseer título habilitante según las Leyes de incumbencia Profesionales vigentes y estar autorizados para el ejercicio profesional en la Provincia de Santa Fe por el Consejo de Ingenieros o Colegio Profesional que corresponda, lo cual deberá ser debidamente acreditado mediante la constancia de matriculación y el certificado de incumbencias del título habilitante del profesional propuesto.

ARTICULO N° 23: PERMANENCIA EN OBRA DEL/LOS REPRESENTANTE/S TECNICO/S: Es obligación del/los representante/s técnico/s permanecer en la obra durante las horas de trabajo en las que sé esten ejecutando tareas de su especialidad. Solamente podrá/n ausentarse por causas debidamente justificadas e informadas a la Inspección de la Obra, quien tomará debida constancia y obrará en consecuencia.

En casos en que se prevean ausencias prolongadas, la Contratista deberá designar el/os reemplazante/s para cubrir las funciones que quedarán acéfalas, trámite que se formalizará con por lo menos dos (2) días de anticipación a la fecha del efectivo abandono de la Obra; tiempo en el cual la Inspección de la Obra deberá informar su aceptación o producir las observaciones que considere pertinentes.

ARTICULO N° 24: CUMPLIMIENTO DE LEYES Nº. 2429 y 4114: Previo al inicio del replanteo de la obra y el tiempo de la designación del/los Directores Técnicos de la/s Contratista/s, como de su/s Representante/s Técnico/s, se deberán elevar a la Inspección de Obras, las Ordenes de Trabajo o los Comprobantes Legales establecidos por el Consejo de Ingenieros o el Colegio Profesional que corresponda y mediante los cuales se formaliza la encomienda de los trabajos profesionales pertinentes; todo ello de conformidad con las Leyes Provinciales N° 2429 y 4114 y de todas otra disposiciones legales modificatorias o complementarias de las mismas.

Si dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de producida la Recepción Provisoria de la Obra, el Contratista no presenta la constancia de cumplimiento que se hace referencia en el párrafo anterior, el Organismo actuante informará a los Colegios Profesionales que correspondan tal incumplimiento.- El incumplimiento por parte del Contratista de lo antes citado, será causal del no otorgamiento de la Recepción Definitiva de la Obra.

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CAPITULO V EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

ARTICULO N° 25: PLAZO DE EJECUCION: Según lo establecido por los artículos 47º y 49º del Pliego Único de Bases y Condiciones, el Contratista entregará las obras objeto de la presente licitación, completamente terminadas y listas para su habilitación en el plazo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, contado a partir de la fecha de la primera Acta de Replanteo de la Obra o del Acta de Iniciación de los Trabajos, lo que ocurra primero.

ARTICULO N° 26: EQUIPO MINIMO: El Contratista presentará obligatoriamente a la Inspección la lista de equipos que pondrá a disposición de la obra, indicando expresamente si dicho equipamiento es propio o arrendado. La Inspección de Obras aprobará o rechazará el Equipo a su solo juicio.

Este equipamiento mínimo, de acuerdo a la previsión del Art. 13º - Apartado 9º del Pliego Único de Bases y Condiciones, deberá satisfacer las necesidades de simultaneidad de realización de trabajos en el Plan de Trabajos y tendrá como mínimo la dotación que se determina en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares: Este equipamiento mínimo no es excluyente y deberá satisfacer las necesidades de simultaneidad de realización de trabajos previstas en el plan de avances de obras. ARTICULO N° 27: NORMAS: Los materiales, equipos, instalaciones y métodos constructivos estarán sujetos estrictamente al cumplimiento de las siguientes normas y de acuerdo con el orden de prelación que se anuncian:

1) Especificaciones Técnicas Particulares del Pliego.

2) Especificaciones Técnicas Normales de esta EPE.

3) CIRSOC 201.

4) Normas IRAM.

5) Normas NIME.

6) Normas VDE. 7) Normas IEC.

8) Normas del país de origen en el caso de equipos y/o materiales importado

ARTICULO N° 28: PRESENTACIÓN DEL PLAN DE TRABAJOS: Una vez notificado el Contratista, de la firma del Contrato, deberá confeccionar el Plan de Trabajos a la fecha de dicha notificación y meses calendario del año, debiendo ser presentado el mismo para su aprobación dentro de los diez (10) días hábiles administrativos de esa fecha. Si dentro del plazo de quince (15) días administrativos no se le formulara observación alguna, el plan quedará consentido y en caso de ser observado, el Contratista presentará nuevamente el Plan corregido en el mismo plazo establecido originalmente, sin que ello implique una dilación en la iniciación de la Obra.

El plan así elaborado se utilizará para controlar y efectuar el seguimiento de la ejecución completa de la obra incorporándose al contrato con carácter de documento oficial. Será utilizado como instrumento legal para determinar el cumplimiento de ejecución de los trabajos. En caso de requerirse el reajuste del Plan, éste deberá ser presentado por el Contratista en el término que se le fije.

En la confección del Plan, se tendrá en cuenta que las Obras deberán realizarse en jornadas diurnas de duración acorde con la legislación vigente. Si debieran ejecutarse trabajos insalubres, los mismos podrán efectuarse en dos (2) turnos diarios de labor.

ARTICULO N° 29: PRORROGA EN EL PLAZO DE EJECUCION: Con relación al inc. c) del Art. N° 65 del PUBC, las variaciones climáticas y sus consecuencias adversas darán lugar a prórrogas en el plazo de ejecución de los trabajos. Las lluvias acaecidas durante el plazo de ejecución darán derecho al Contratista a solicitar dicha prórroga, siempre y cuando las precipitaciones superen el promedio mensual de los últimos cinco (5) años por cada mes, tratados en forma independiente uno de otros. Tal información podrá requerirse de algún ente oficial de la zona que designe la inspección.

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Se confeccionará un Acta suscrita por la inspección de Obra y el representante Técnico del Contratista en donde se establecerá claramente el mes que corresponda, que días se superaron la media mensual, cuales son los días posteriores en los cuales llovió y no se pudieron ejecutar trabajos y cuantos días de prórroga en el plazo contractual correspondería otorgar.

ARTICULO N° 30: TRABAJOS Y PROVISIONES A CARGO DEL CONTRATISTA: El Contratista tendrá a su cargo la provisión, transporte y colocación en Obra de todos los materiales, como así también la mano de Obra y todo el personal necesario para la realización correcta y completa de la Obra contratada, el empleo a su costa de todos los implementos, planteles y equipos para la ejecución de los trabajos, el alejamiento del material sobrante de las excavaciones o rellenos, y cualquier otra provisión, trabajo o servicio detallado en la documentación contractual o que sin estar expresamente indicado en la misma, sea necesario efectuar para que las obras queden total y correctamente terminadas, de acuerdo con su fin y con todas las reglas del arte del buen construir.

El Contratista proveerá la movilidad y los elementos para la Inspección que se requieran y estén descriptas en las Especificaciones Técnicas Particulares.

ARTICULO N° 31: CARTEL DE OBRA: Dentro de los treinta (30) días de la firma del Contrato el Contratista colocará en los lugares que indique la Inspección, carteles de obra con las características, cantidad, dimensiones y leyendas que se indican en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

La conservación del cartel es responsabilidad de la Contratista por lo que en caso de producirse deterioros, o cualquier accidente, deberá repararlo y/o repintarlo. Producida la Recepción Provisoria, será desmantelado y entregado en los depósitos de la E.P.E. que indique la Inspección de Obras.

Los gastos inherentes al cumplimiento de este artículo deberán ser considerados en Gastos Generales.

ARTICULO N° 32: COORDINACION DE OBRAS EJECUTADAS EN LA VIA PUBLICA: Una vez notificado el Contratista de la orden de iniciación de las Obras, deberá coordinar la realización de la misma con la Autoridad Municipal o Comunal que corresponda, a los efectos de coordinar su avance con obras o tareas proyectadas o en ejecución por otros Organismos Nacionales, Provinciales o Municipales. El objetivo de esta coordinación es el de reducir al mínimo posible los inconvenientes a causar a la población que utilice la vía pública en la que se efectúen los trabajos.

Asimismo, y como consecuencia de la mencionada coordinación, introducirá en el Plan de Trabajos las modificaciones que se impongan, lo que deberá ser realizado juntamente con la adaptación de dicho Plan a la fecha de la Orden de Iniciación y a los meses calendarios, tal como lo estipula el Articulo N° 28 del presente pliego.

Durante el zanjeo, tendido de cables, posterior tapado de zanjas, restitución de veredas y calzadas, apertura de fosas para fundaciones y ejecución de fundaciones, cruce de vías férreas, de cables de telecomunicaciones, caños de gas, instalaciones de Obras Sanitarias, cruce de rutas, etc. y limpieza de los lugares de trabajo; según corresponda, el Contratista deberá observar rigurosamente todas las ordenanzas policiales, municipales, provinciales y nacionales relacionadas con la seguridad y orden de los trabajos.

El Contratista será el único responsable por todos los accidentes, daños y perjuicios causados por la inadecuada seguridad de los trabajos o por la inobservancia de las ordenanzas citadas, siendo su obligación estar bien enterado de las exigencias de las mismas.

Así entonces, el Contratista responderá civil y penalmente por cualquier daño que pudieran provocarse a las cosas o a las personas emergentes del incumplimiento de la obligación precedente o reclamos de orden Público (Municipal, Provincial o Nacional) o Privado.

Si pese a esto la E.P.E. fuera obligada a reconocer daños y perjuicios en juicio contra ella por incumplimiento del Contratista, le cargará a este los gastos descontándolos de acreencias que tenga a percibir el Contratista o ejecutará garantías o le reproducirá a él las acciones legales. ARTICULO N° 33: TRAMITES Y PERMISOS: Estarán a cargo del Contratista las gestiones necesarias que le permitan la ejecución de las obras, en tiempo y forma tal que se cumpla el Plan de Trabajos propuesto.

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Todos lo trámites a efectuar y derechos a pagar ante autoridades locales con motivo de la ejecución de las obras y su habilitación serán por cuenta del Contratista, el que además los efectuará oportunamente, de modo de no afectar la normal marcha de los trabajos.

Al finalizar los mismos, entregará a la E.P.E. el certificado final de obra comunal - municipal y los planos aprobados por los distintos organismos si correspondiere (FERROCARRILES-TELEFONO-AGUA-GAS-ETC)

Durante la ejecución de las obras se levantará un Acta de Daños a terceros como consecuencia de la ejecución de los trabajos, la que será registrada y tramitada por la Inspección de la Obra en caso de ser necesario el reconocimiento.

ARTICULO N° 34: INSTALACIONES AFECTADAS POR LAS OBRAS: El Contratista gestionará ante las Empresas y Organismos correspondientes, la remoción de aquellas instalaciones que imposibiliten u obstaculicen el trabajo. Para ello solicitará la remoción de las mismas con una anticipación adecuada para no alterar el Plan de Trabajo aprobado. En ningún caso el Contratista podrá remover o trasladar instalaciones sin autorización del comitente.

Cuando tales instalaciones puedan permanecer en su sitio, el Contratista tomará todas las precauciones necesarias para no dañarlas durante la ejecución de los trabajos. El Contratista será responsable de todo desperfecto que les causare, debiendo entenderse directamente con el perjudicado para justipreciar y abonar el importe del daño causado. No se abonará suplemento alguno sobre los precios contratados a causa de las precauciones de los trabajos provisionales a que obligue la presencia de tales impedimentos.

ARTICULO N° 35: TRABAJOS CERCA O SOBRE INSTALACIONES EN SERVICIO: El Contratista a los fines de la cotización y posterior ejecución de los trabajos, deberá tener en cuenta cuando la naturaleza de las obras objeto de esta licitación, exijan trabajar sobre o próximo a instalaciones en servicio, por lo que deberá programar y coordinar el ritmo y secuencia de los trabajos a los efectos de entorpecer lo mínimo posible la normal y eficaz prestación del Servicio Eléctrico tanto en cantidad como en calidad.

En consecuencia y, a los efectos de evitar cortes innecesarios, el Contratista deberá arbitrar los medios apropiados para disponer equipos aptos y personal capacitado para trabajar en lugares próximos a instalaciones energizadas y/o directamente trabajar bajo tensión. Los cortes que indefectiblemente se deban efectuar, se deberán programar previamente con la Inspección y estar autorizados por ésta.

El Contratista no podrá efectuar cortes por su cuenta y si pese a esta prohibición los hiciera en forma intencional o no, la EPE derivará a él todo reclamo que le formulen los usuarios, sean pérdidas o lucros cesantes, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponderle.

El Contratista responderá directamente por los daños causados a la EPE y/o clientes, por su impericia o negligencia en la ejecución de la Obra.

ARTICULO N° 36: DEPOSITO DE LOS MATERIALES EN OBRA: El Contratista proveerá los depósitos necesarios para el acopio de los materiales que a juicio de la Inspección requieran estar al abrigo de los agentes climáticos. Los traslados que puedan sufrir dichos depósitos, por exigirlos el proceso constructivo de la obra, correrán por cuenta exclusiva del Contratista.

ARTICULO N° 37: ENERGIA ELECTRICA Y AGUA: En el caso que el Contratista prevea utilizar equipos de construcción accionados eléctricamente, deberán verificar sobre la posibilidad de obtener la energía eléctrica en los lugares donde se requiera, ya que si ello no resultara posible, deberán contar con los equipos propios para su generación.

Aún en el caso de ser factible su obtención, el Contratista deberá prever los equipos necesarios para asegurar la continuidad de la provisión de la energía eléctrica, siendo de su absoluta responsabilidad toda eventualidad que incida en la ejecución de la obra, no pudiendo aducirse como causal de interrupción de las tareas o de prórroga del plazo contractual los cortes de energía eléctrica, bajas de tensión, etc.

El consumo de energía eléctrica necesaria para el funcionamiento del obrador estará a cargo del Contratista, debiendo este ultimo solicitar formalmente el suministro en la oficina comercial de la EPESF que corresponda a la jurisdicción en la que se emplaza el obrador, cumplimentando todas las reglamentaciones vigentes de la EPESF. El servicio de agua deberá ser gestionado y provisto por el Contratista.

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Las instalaciones y conexiones que deban construirse para obtener estos servicios correrán por cuenta y cargo exclusivo del Contratista, como así también los consumos que ambos servicios demanden.

Todos los costos originados por estos servicios serán incluidos en los Gastos Generales del Contrato.

ARTICULO N° 38: ENSAYOS DE MATERIALES Y/O EQUIPOS: El licitante tendrá derecho a inspeccionar y ensayar en fábrica y/o laboratorios propios o independientes, a su exclusivo criterio, los materiales y equipos a proveer por el Contratista tendientes a verificar que cumplan con las Especificaciones Técnicas indicadas en este Pliego y los Datos Técnicos Garantizados en la Oferta y comprobar la calidad de la materia prima empleada.

Cuando el resultado del primer ensayo sea negativo y por consiguiente los materiales y/o equipos resultaren rechazados, o aquel no se hubiese concretado por causas no imputables al licitante, el Contratista se hará cargo de todos los gastos que insuma la Inspección para repetir los ensayos e inspecciones a realizar en fábrica o en laboratorios independientes, tales como viáticos, sueldos, pasajes, estadías, honorarios, etc.

Será obligación del Contratista convenir con la Inspección el programa de ensayos de los materiales y/o equipos a efectuar en fábrica o en laboratorios independientes, comunicando con una antelación no menor de doce (12) días la fecha de realización.

En caso de inspección y/o ensayos en fábrica la E.P.E. podrá contrastar el instrumental de medición a utilizar, exigiendo la sustitución o complementación que estime adecuadas, en caso de comprobarse deficiencias en el mismo.

El rechazo de los materiales y/o equipos no dará derecho a la Contratista en ningún caso, a prórrogas en los períodos de acopio y/o ejecución. En caso de que el licitante no ejerciera el derecho de inspeccionar y ensayar los materiales y/o equipos, igualmente está obligado el Contratista a ensayarlos, comunicando los resultados y entregando los protocolos respectivos, teniendo el licitante diez (10) días de plazo para aceptar los materiales o rechazarlos.

Excepto los gastos que origine la Inspección únicamente en territorio de la República Argentina (sueldos, viáticos, pasajes, honorarios, etc.), todos los otros costos que insuman los ensayos de materiales o equipos en fábrica y/o laboratorios independientes correrán por exclusiva cuenta y cargo de la Contratista, debiendo suministrar el personal y los elementos auxiliares que sean necesarios para todas las pruebas que indique la Inspección.

ARTICULO N° 39: TERMINACION DE LOS TRABAJOS: Para poder considerar terminados los trabajos, la Contratista deberá demostrar la aptitud de puesta en servicio de la Obra mediante la ejecución de los ensayos de Obra. Al respecto la EPE designará una comisión para verificar las pruebas de puesta en servicio y efectuará las observaciones a los ensayos que estime corresponder. De no surgir inconvenientes se labrará el acta de ensayo de obra entre la Contratista y la mencionada Comisión.

Además efectuará a su cargo la reparación de veredas, pavimentos, construcciones e instalaciones que hubieran sido afectadas por la Obra, a satisfacción de la Inspección.

Así también, dentro del plazo contractual, la Contratista deberá efectuar, a su exclusivo cargo, la limpieza de la Obra y el retiro de las zonas adyacentes de todos los sobrantes y desechos de materiales de cualquier especie. Igual procedimiento se seguirá con aquéllas construcciones provisorias, a excepción de aquellas que sean consideradas por la Inspección como necesarias durante cierto lapso del período de Garantía, cumplido el cual la Contratista procederá en la forma ya indicada.

Los materiales provenientes de demoliciones y/o desmontaje de instalaciones existentes que la Contratista debe recuperar y/o remover conforme lo determinen las Especificaciones Técnicas Particulares, deberán ser acondicionados, clasificados, inventariados y transportados por cuenta y cargo de la Contratista hasta el depósito más próximo de la EPE, trabajos que se harán con la intervención de la Inspección.

En todos los casos, estos trabajos se considerarán incluidos en el plazo de ejecución.

La Contratista será responsable por la pérdida, extravío, hurto, deterioro, etc. de dichos materiales.

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En las remociones de materiales que afecten bienes de terceros (paredes, veredas, alambrados, etc.), el Contratista extremará cuidados a efectos de no producir daños, y si éstos se produjeran, deberán ser reparados al estado original del bien afectado. CAPITULO VI MEDICION, CERTIFICACION Y PAGO

ARTICULO N° 40: CERTIFICACION DE ACOPIO DE MATERIALES Y MONTAJE: La remisión de materiales y equipos a la obra deberá posibilitar el cumplimiento normal del Plan de Trabajos aprobado. Para la certificación se seguirá el siguiente criterio:

A) Item que comprende provisión de materiales exclusivamente: el Contratista tendrá derecho a la certificación de la totalidad los materiales acopiados en la obra, hasta cubrir el total que surja de aplicar los porcentajes de acopio para cada Item respecto al precio global cotizado, que se indica en la hoja de Presupuesto Oficial, con su respectiva división por Items.

Será condición previa a la certificación de los materiales acopiados: que los mismos respondan estrictamente a la Especificaciones Técnicas, que hayan superado satisfactoriamente los ensayos que correspondan y que se encuentren depositados en obra, excepto aquellos que la Inspección considere en función de sus características, que pueden entregarse bajo otras condiciones.

Extendidos los certificados de acopio, los materiales pasan a ser propiedad de la E.P.E. y la Contratista asume el carácter de depositaria de dichos bienes, tomando a su cargo la custodia y conservación de los mismos hasta la fecha de Recepción Provisoria de la Obra., a excepción de aquéllos que sean requeridos por la E.P.E.. En este caso la Contratista entregará el material solicitado mediante suscripción del correspondiente Acta. Si se comprobase que algún material acopiado y certificado no puede incorporarse a la obra por acusar defectos, o se hubiera tornado inadecuado una vez incorporado a la misma, la Contratista queda obligada a reponerlo a su exclusivo cargo.

B) Montaje: Los montajes se certificarán conforme a la obra ejecutada y en base al valor que surja de la aplicación de los porcentajes estipulados para cada Item, que componen el 100 % del Presupuesto Oficial, sobre la base del precio global contratado.

C) Items que comprenden Provisión y Montaje de Material: El acopio de los materiales correspondientes a estos Items no serán objeto de certificación; ésta se concretará cuando se produzca su incorporación en el proceso de ejecución de obra correspondiente. Los materiales deberán responder estrictamente a las Especificaciones Técnicas.

ARTICULO N° 41: MEDICION: La medición se efectuará dentro del plazo y en la forma establecida en los Artículos 67º, 68º y 69º del Pliego Unico de Bases y Condiciones, y el Art. 66º de la Ley 5188/60.

Para que la obra ejecutada durante el mes sea objeto de certificación, deberá tener un valor no inferior al 20 % de la relación entre el monto de contrato y el plazo de ejecución, según:

MONTO MINIMO A CERTIFICAR = 0,2 x (MONTO CONTRATO / PLAZO EJECUCION)

La medición de obra se efectuará tomando como unidad de medida la que para cada ítem se especifica en la Planilla de Cómputo Oficial y como precio del mismo el que resulte de aplicar los porcentajes de distribución por Items sobre el monto contratado por el total de la Obra. Para los ítems que hayan sido ejecutados parcialmente, la medición se efectuará mediante el prorrateo porcentual de los mismos.

A los efectos de certificar la obra ejecutada se cerrará el último día de cada mes la medición de los trabajos realizados. Al efectuarse la medición se dejará constancia de la fecha y ubicación, como así también de las divergencias producidas y todo otro hecho digno de mención.

ARTICULO N° 42: CERTIFICADO DE OBRA: La E.P.E. expedirá los certificados de obra correspondientes, dentro de los treinta (30) días posteriores al último día del mes de ejecutados los trabajos o de la fecha de finalización de los mismos.

Las planillas de cómputos deben ser suministradas por el Contratista, como así también las planillas que la Inspección crea necesario para el mejor ordenamiento y control técnico - contable. Estas deberán ser aprobadas por la Inspección y se realizarán de acuerdo al modelo que indique la misma.

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ARTICULO N° 43: CERTIFICACION CONFORME AL CRONOGRAMA DE INVERSIONES: La certificación se emitirá en base al Cronograma de Inversiones definido por la E.P.E. para la Obra, no pudiendo certificarse de manera que los porcentajes acumulados de ejecución de obra sean superiores en más de un diez por ciento (10 %) a los previstos en dicho Cronograma. En caso de que la obra certificada en un mes, acumulada a las certificaciones anteriores, superara el porcentaje de exceso admitido anteriormente, el excedente no será certificado en ese mes y podrá ser considerado en los certificados que se emitan en el mes siguiente.

ARTICULO N° 44: VARIACIONES DE COSTOS: De acuerdo a lo establecido por la Ley Nacional N° 23928/91 y Decreto Reglamentario N° 529/91, puestos en vigencia mediante Decreto Provincial N° 2264/91, para la presente Obra no se contempla el reconocimiento de variaciones de costos a que refiere el Artículo 82º de la Ley N° 5188/60.

ARTICULO Nº 45: FORMA DE PAGO: El pago de la obra, se efectuará mediante certificados mensuales que serán cancelados a los 60 días, contados a partir del último día del mes al que correspondan los trabajos certificados.

De acuerdo a lo dispuesto en los Decretos Nº 3277/90 y N° 3419/95 y la Resolución N° 481/11 del Ministerio de Economía de la Provincia, todos los pagos a terceros ajenos al Estado Provincial, cuyos importes superen los treinta y cinco mil pesos ($ 35.000), se realizarán mediante cheque cruzado especial, designando en el cruzamiento: "Banco de Santa Fe S.A.- para ser acreditado únicamente en la cuenta del/los titulares a cuya orden está extendido".

ARTICULO N° 46: MORA EN EL PAGO - LIQUIDACION DE INTERESES: La mora en el pago dará derecho al proveedor o contratista a percibir hasta el momento de efectivo pago, por la cantidad de días en mora, intereses que se calcularán en base al promedio simple de la Tasa BADLAR por Depósitos a Plazo Fijo en Pesos para el Total de Bancos Informantes que publica el Banco Central de la República Argentina durante el período incurrido en mora. Esta tasa promedio será aplicada mediante un sistema de interés simple al monto de la obligación caída en mora y multiplicada por el período de tiempo en mora, conforme la siguiente fórmula:

Interés Moratorio = 365

** 1 d

n

T

M

n

i

i

Donde:

M: Monto de la obligación caída en mora. Ti: Tasa BADLAR por Depósitos a Plazo Fijo en Pesos para el Total de Bancos informantes, en % nominal anual

para el día “i”. n: Cantidad de Tasas BADLAR publicadas por el Banco Central para el período en que la obligación cayó

en mora. d: Cantidad de días en mora, desde el día del vencimiento de la obligación hasta el día de su pago.

En el recibo del capital por parte del acreedor, el mismo deberá efectuar la reserva por el reclamo de intereses, de lo contrario quedará extinguida la obligación por parte de esta Empresa.

Efectuada la reserva, la gestión de liquidación y pago de los intereses deberá iniciarse expresamente y por escrito dentro del plazo máximo de treinta (30) días siguientes a la fecha de que el cobro bajo reserva se hubiera efectuado, vencido el cual quedará extinguido todo derecho de cobro por parte del acreedor.

Los intereses moratorios que prevé este Artículo deberán liquidarse y abonarse dentro de los treinta (30) días de solicitados, caso contrario serán de aplicación sobre las sumas reclamadas, las mismas normas que se establecen en el presente.

ARTICULO N° 47: FONDO DE REPARO: Se formará de acuerdo a lo previsto en el Art. N° 70 del PUByC. El importe a descontar será el cinco por ciento (5 %) del monto de todo certificado de obra excluidos los montos de los Items correspondientes a provisiones exclusivamente, el que se reintegrará una vez aprobada la Recepción Definitiva de la Obra.

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Estas retenciones podrán ser sustituidas según lo previsto en el Artículo 8, inciso II.2.e) del presente Pliego.

ARTICULO N° 48: AUMENTOS, SUPRESIONES Y MODIFICACIONES: A los efectos de justipreciar los aumentos, supresiones o modificaciones de la Obra que hubiere que convenir se tendrá en cuenta lo establecido en el Art. N° 61 de la Ley N° 5188/60 de Obras Públicas.

Cuando por motivo de la aplicación de los artículos N° 61 y 62 de la Ley 5188/60 resulte necesario fijar nuevos precios y no se llegare a un acuerdo sobre los mismos, los trabajos deberán ser ejecutados obligatoriamente por el Contratista, a quien se le reconocerá nuevos precios, los que se determinarán de acuerdo a los siguientes criterios:

a) Materiales: Se fijará de acuerdo al precio de plaza tomando el promedio de dos (2) cotizaciones como mínimo, salvo el caso de fabricantes exclusivos en cuyo caso se tomará el precio por él suministrado.

b) Mano de obra: Se establecerá teniendo en cuenta el tiempo de ejecución y cuadrillas tipo a exclusivo juicio del licitante.

c) Toda otra provisión complementaria y/o servicio de incidencia directa será a exclusivo juicio del licitante.

d) Gastos Generales: A la suma de costos que surja de considerar los puntos a), b) y c) precedentes, se les aplicará el diez por ciento (10 %).

e) Beneficios: A la suma de costos que surja de considerar los puntos a), b),c) y d) precedentes, se les aplicará el diez por ciento (10 %).

ARTICULO N° 49: SUMAS ABONADAS EN EXCESO O EN DEFECTO: En caso de que se hubiese extendido Certificado de Obra por importes superiores a los que realmente correspondían, el licitante tendrá derecho a exigir del Contratista los intereses correspondientes a las sumas abonadas en exceso, desde la fecha en que se hizo efectivo el pago hasta la fecha de descuento.

Los intereses serán calculados con el mismo procedimiento determinado en el presente Pliego, y se deducirán conjuntamente con el capital de los primeros créditos que tenga a percibir el Contratista. De ocurrir la situación contraria, monto de certificado inferior al que correspondiera, se aplicará en forma inversa el mecanismo anterior.

ARTICULO N° 50: MEDICION TOTAL: Para efectuar la medición total y el cómputo y presupuesto correspondiente, se considerará un plazo que como máximo se extenderá hasta treinta (30) días corridos siguientes a la firma del Acta de Recepción Provisional, en un todo de acuerdo al límite impuesto por el Decreto Reglamentario de la Ley N° 5188/60 para el Art. N° 76.

ARTICULO N° 51: LIBRO DE ACTAS: El registro de actas a que se refiere el artículo N° 34 del P.U.B. y C. se hará por quintuplicado, en un libro provisto por el Contratista.

ARTICULO N° 52: FOTOGRAFIAS: Mensualmente y durante todo el transcurso de la obra, el Contratista presentará fotografías digitales de los principales aspectos de la construcción a fin de mostrar el avance de los trabajos. Se presentarán en cantidad suficiente y dispondrán de fecha y títulos de los acontecimientos. Las fotografías se entregarán a la Inspección de Obras en archivos magnéticos en soporte CD y por duplicado.

CAPITULO VII RECEPCION DE OBRA

ARTICULO N° 53: PLANOS CONFORME A OBRA: Dentro de los diez (10) días posteriores al cumplimiento del plazo contractual de Obra, incluidas sus prórrogas, la/s contratista/s de obra presentará/n a la Inspección (2) copias de los planos conforme a las obras ejecutadas.

Dichos planos deberán ser aprobados dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a su presentación y así deberá ser notificado por la Inspección de Obra. Cumplido dicho plazo la/s Contratista/s podrá considerar aprobados sus planos y dentro de los noventa (90) días posteriores a los aludidos, deberá presentar todos los planos conforme a Obra mediante archivos magnéticos en disquetes 3,5”, compatibles y editables mediante AUTOCAD 2000 y/o versión actualizada de Autodesk. A manera de respaldo también se entregará copia de los referidos archivos grabados en un (1) CD.

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Conjuntamente con los archivos magnéticos se entregarán cuatro (4) copias de todos los planos conforme a obras y de la documentación técnica (catálogos, folletos, manuales, etc.) de los materiales instalados, todo debidamente firmados por el/los Director/es Técnico/s de la Contratista/s y convenientemente encarpetados.

Los planos a presentar refieren a todas las instalaciones construidas a través de la presente Obra y aquellas existentes vinculadas directamente con la Obra ejecutada. Esto último será determinado por la Inspección de Obra.

El incumplimiento de estos requerimientos será penalizado según lo establecido en el Art. N° 80 del P.U.B. y C.

ARTICULO N° 54: PLAZO DE CONSERVACION Y GARANTIA: El plazo a que refiere el Art. N° 75 del PUBC será el establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, contado a partir de la fecha de Recepción Provisoria, más el tiempo que durante este período sea necesario para efectuar reparaciones por causas imputables al Contratista. Las reparaciones a efectuar por el Contratista durante el período de garantía comprenderán la provisión de materiales, transporte y/o montaje por deterioros o destrucciones causadas por vicios constructivos, de fabricación o de montaje, las que serán a su exclusivo cargo.

La falta de cumplimiento del Contratista de las obligaciones que les imponen los artículos 51º y 53º, autoriza a esta EPE para adoptar las medidas previstas por el artículo 77º de la Ley de Obras Públicas.

ARTICULO N° 55: PRUEBA DE LAS OBRAS: Los procedimientos a aplicar para dar cumplimiento a las pruebas y ensayos de las obras, tanto las que correspondan a aquellas a llevarse a cabo durante el plazo de ejecución como las que se realicen una vez concluidos los trabajos, están determinados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares como así también en las Especificaciones Técnicas Particulares que forman parte del pliego de licitación de esta Obra.

ARTICULO N° 56: RECEPCION DE LA OBRA: Cumplido el plazo contractual y satisfechas las pruebas y ensayos, la EPE designará una Comisión a los efectos de recibir la Obra, la que lo hará en forma provisoria y luego definitiva, al cumplirse el plazo de conservación y garantía. CAPITULO VIII INSPECCION DE OBRA ARTICULO N° 57: ELEMENTOS PARA LA INSPECCION DE LA OBRA: Cuando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares lo exija, el Contratista deberá entregar los elementos necesarios para la Inspección de la Obra, para su uso durante el lapso de ejecución de la misma.

Las obligaciones emergentes del presente artículo no estarán sujetas a pago directo alguno, y su costo deberá incluirse dentro de los Gastos Generales de la Propuesta. AREA LOGISTICA.- EPESF

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ANEXO

REQUISITOS A CUMPLIR POR LAS EMPRESAS OFERENTES EN FORMA OBLIGATORIA

CONJUNTAMENTE CON LA PROPUESTA. SEGÚN RESOLUCIÓN Nº 128

DEL 10/04/00 DEL M.O.S.P. Y V.

1) Capacidad de Producción Mensual: La Capacidad de Producción mensual dada por el promedio del período de doce meses consecutivos de mejor producción dentro de los últimos 8 años deberá ser igual o mayor al cociente entre el monto del presupuesto oficial y el plazo de la obra en meses.

Capacidad de Producción Mensual = Monto Presupuesto Oficial Plazo de Obra (meses)

Para determinar la capacidad de producción se deberá completar la planilla que como cuadro N° 1 se adjunta al presente. Deberán acompañar a este cuadro los comprobantes que acrediten lo declarado (copias fiel de certificados o facturas de obras). En caso de que el Licitante sea una UTE, si las obras que denuncia como antecedentes los hubiera contratado como tal, con la misma integración, podrá acreditar la información como perteneciente a ella para esta Licitación. Para los antecedentes aportados por los miembros de la Asociación que hubieran sido ejecutados por otra Asociación en la que él fue miembro, se computará el valor de contrato ponderado por el porcentaje de participación del miembro en la UTE constructora de la obra declarada. A los efectos de su aplicación, la capacidad de producción mensual resultante de una UTE, será la suma de las capacidades de producción mensual de cada una de las Empresas. 2) Capacidad Económico Financiera: (a ) Patrimonio neto: El patrimonio neto correspondiente a la empresa o grupo de empresas en caso de conformación de UTE, determinado en función del último estado contable debidamente certificado, no deberá ser inferior al 25 % del Presupuesto Oficial de la Obra anualizado. En el caso de UTE el patrimonio neto se computará como la suma de los patrimonios netos de cada empresa. Ninguna empresa podrá tener una partición porcentual en la UTE superior a la que le permita su patrimonio neto en relación al patrimonio neto total exigido para el oferente por cien. (b) Disponibilidad financiera:

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El licitante deberá demostrar que posee o tiene acceso a activos líquidos; activos reales libres de gravámenes, lineas de crédito y otros medios financieros suficientes para hacer frente al flujo de fondos necesarios para ejecutar la obra. El oferente deberá garantizar activos líquidos que cumplan con lo siguiente

AL > a x M.O. P.O.

Donde: A.L. Activo Líquido. M.O. Monto de Obra. P.O. Plazo de Obra. a Coeficiente variable de 0,70 a 1,50 de acuerdo a la importancia de la Obra. 3) Concepto de la oferente: La Repartición requerirá al Registro de Licitadores de Obras Públicas el concepto de las empresas oferentes siendo condición indispensable que el mismo merezca como mínimo la calificación de bueno, tanto en el concepto general como en el de cumplimiento de los plazos contractuales. 4) Experiencia del contratista o subcontratista reconocido: Si la magnitud o características especiales del tipo de obra de que se trate lo justifica, se deberán incorporar a los pliegos aquellos requisitos específicos a cumplimentar por los oferentes en lo que se refiere a: - antecedentes de obras de la empresa - antecedentes de su personal directores, representantes, etc, - disponibilidad de equipos especiales, etc. - Otros

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LICITACIÓN PÚBLICA N° ___________ OBRA E-200/3: E.T. CRESPO Y VINCULACIONES ELÉCTRICAS. OFERENTE: ____________________________________________________________________________________________________ Las obras que se detallen deben haberse realizado dentro de los últimos ocho (8) años. Período seleccionado desde ......../......../........ hasta ......./......../........

COMITENTE OBRA MONTO

CONTRACTUAL

MONTO FACTURADO EN DOCE (12) MESES CONSECUTIVOS DE OBRAS (2)

NOMBRE DOMICILIO DENOMINACION UBICACION 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 PARCIAL SUBTOTAL

TOTAL

(2) – Indicar por renglón el monto de certificación mensual con valores básicos de contrato. El Parcial será la suma certificada en el período seleccionado con valores básicos de Contrato.

Cuadro N° 1

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PIEGO DE BASES Y

CONDICIONES PARTICULARES

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

CAPITULO I

CONCEPTOS GENERALES

ARTICULO No 1: OBJETO DEL PLIEGO PARTICULAR: El presente pliego establece las condiciones particulares a que se ajustará la licitación, de la obra OBRA E-363: “LMT 33 kV Villa Minetti-Gregoria Pérez de Denis”, y cuyo objeto se establece en la Memoria Descriptiva.

ARTICULO N° 2: PEDIDOS DE ACLARACIÓN:

Los referidos a Las Normas, Especificaciones y/u otras características técnicas requeridas podrán ser solicitadas, ampliadas y/o consultadas directamente en:

UNIDAD PROYECTOS: Galería Garay - San Martín 2365 - 10° Piso - 3000 Santa Fe Teléfonos (0342) 450.5781 / 82 - Fax (0342) 450.5788

UNIDAD NORMAS: Galería Garay - San Martín 2365 - 4° Piso - 3000 Santa Fe Teléfonos (0342) 450.5613 / 08 - Fax (0342) 450.5617

Con referencia a la Obra Civil, para todo aspecto de la misma que no esté contemplado en el presente pliego, tendrán vigencia las “Especificaciones Técnicas Generales para la Ejecución de Obras Civiles”, ETN N° 40/2000 de la EPE.

ARTICULO Nº 3: SECCIÓN DEL REGISTRO DE LICITADORES: Los proponentes deberán estar habilitados para la especialidad:

200 – Electromecánica, Comunicaciones y Electrónica

Subespecialidad: 210 - Ingeniería Eléctrica.

ARTÍCULO Nº 4: SISTEMA DE CONTRATACIÓN:

Esta Obra se contratará por el Sistema de Unidad de Medida y Precios Unitarios.

ARTICULO Nº 5: CUMPLIMIENTO DE LEYES Nº. 2429 y 4114: Una vez que el Comitente haya reconocido y aprobado oficialmente el/los Representante/s Técnico/s, lo cual le será notificado fehacientemente al Contratista; éste último deberá presentar dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación y previo al

inicio de la Obra, las Ordenes de Trabajo o los Comprobantes Legales establecidos por el Colegio Profesional que corresponda, mediante los cuales se formaliza la encomienda de los trabajos profesionales pertinentes; todo ello de conformidad con las Leyes Provinciales N° 2429 y 4114; Resolución N° 366/03 del MOSPyV y de toda otra Norma Legal modificatoria o complementaria de las mismas.

Si llegada la instancia contractual de darle formal inicio a la Obra, el Contratista no hubiera cumplido aun con la obligación a su cargo, el Comitente suspenderá dicho inicio y le aplicará a éste la sanción correspondiente a “Mora en la Iniciación”, durante el plazo que el Contratista tarde en cumplir probadamente su obligación, sin perjuicio de informar el incumplimiento en tiempo y forma al Colegio Profesional que corresponda.

En el caso de que el Proyecto de Obra éste a cargo del Contratista, los planos y la Documentación Técnica a presentar para la ejecución de los trabajos, deberá estar con firma y sello aclaratorio del/os Profesional/es responsable/s, debidamente VISADOS por los Colegios correspondientes.

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Finalizada la Obra, el Contratista deberá presentar los comprobantes suficientes que acrediten que no adeuda concepto alguno en cuanto al total cumplimiento de la obligación; caso contrario, el Comitente diferirá la Recepción Provisional de la Obra hasta tanto se verifique la condición antedicha, sin perjuicio9 de disponer de la Obra a todos los efectos, lo cual no generará derecho alguno a favor de la Contratista.

El incumplimiento de éstos requerimientos será penalizado según lo establecido en el artículo 80 del PÚBC.

Para la presente Obra se tendrán en cuenta las tareas de Proyecto Completo y Conducción Técnica a que refiere el artículo correspondiente al Representante Técnico en Obra de este Pliego Complementario.

ARTÍCULO N° 6: INTERPRETACIÓN DE LA PROPUESTA Y SU APLICACIÓN: Los precios de las ofertas estarán sujetos a los términos de la Ley 12046 de la Provincia de Santa Fe, y sus decretos reglamentarios y resoluciones que así complementen, modifiquen o perfeccionen las Normas citadas. A todos los efectos, se considerarán exclusivamente los índices que publica el Ministerio de Obras, Servicio Públicos y Vivienda, a través de la Dirección de Variaciones de Costos, tomando como base para su aplicación, las Disposiciones obrantes en la Legislación citada precedentemente.

Para la aplicación de los procedimientos a los precios de oferta, previstos en las normas citadas en el párrafo anterior, se tomará en cuenta la desagregación de componentes de costos. No se considerarán procedimientos que no hubiesen sido iniciados y solicitados expresamente por los Contratistas. Toda mora aplicable a los procedimientos para la aplicación de las Normas citadas en el párrafo anterior, será imputable a los Contratistas, no dando derecho a resarcimiento alguno por ellas, salvo las que correspondiesen una vez aprobados los pedidos formulados según los procedimientos establecidos por la Empresa.

ARTICULO Nº 7: FORMA DE PAGO: Por vigencia de lo dispuesto en el Decreto Provincial N° 3277/90, todos los pagos a terceros ajenos al Estado Provincial, cuyos importes superen los Cinco Mil Pesos ($ 5.000), se realizarán mediante cheque cruzado especial, designando en el cruzamiento: “Nuevo banco de Santa Fe S.A.- para ser acreditado únicamente en la cuenta del/los titulares a cuya orden está extendido”.

Para ser efectivo el cobro de sus acreencias, el Contratista deberá dar cumplimiento a lo requerido en el Decreto Provincial N° 224/02 y sus modificatorias.

ARTICULO Nº 8: SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO: Previo al replanteo de la Obra el Contratista deberá cumplir en un todo la siguiente Legislación:

1. Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19587/72 y su Decreto Reglamentario N° 351/79.

2. Ley Nacional de Riesgos de trabajo (L.R.T.) N° 24557/95 y su Decreto Reglamentario N° 351/79.

3. Decreto Nacional N° 911/96 (Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción)

4. Resoluciones de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) N° 231/96 (reglamentaria de los artículos 9, 17 y 20 del Decreto N° 911/96), 51/97, 35/98 y 319/99.

5. Reglamento General de Seguridad para trabajos y maniobras en instalaciones eléctricas de la Empresa.

6. Resolución EPE N° 020/04 “Normas Reglamentarias Mínimas de Higiene y Seguridad en el Trabajo para las Empresas que como Contratistas o Subcontratistas realicen obras o presten servicios en al ámbito de la EPESF”.

7. Toda Norma inherente a Higiene y Seguridad o Riesgos en el Trabajo, con aplicación al momento de ejecución de las Obras o Servicios.

Dicha Legislación estará disponible y podrá ser consultada directamente en la UNIDAD HIGIENE Y SEGURIDAD de ésta Empresa, sito en la ciudad de Santa Fe.

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El o los Profesionales intervinientes deberán ajustarse a las Disposiciones establecidas por los Colegios Profesionales que correspondan; en conformidad con las Leyes Provinciales N° 2429 y 4114; Resolución N° 366/03 del MOSPyV y de toda otra norma legal modificatoria o complementaria de las mismas.

Los planos la Documentación Técnica a presentar dentro de la planificación y Control de programas de Higiene y Seguridad de los Trabajos, deberán estar con firma y sello aclaratorio del/os Profesional/es responsable/s, debidamente VISADOS por los Colegios correspondientes.

El incumplimiento de éstos requerimientos será penalizado según lo establecido en el Artículo 80 del PÚBC.

ARTICULO Nº 9: PLAZO DE EJECUCIÓN: Se fija en 10 (Diez) meses.

ARTICULO Nº 10: EQUIPO MÍNIMO: El equipamiento mínimo puesto a disposición de la Obra será el siguiente: El equipamiento mínimo puesto a disposición de la Obra será el siguiente: - Retroexcavadora. - Camiones para transporte de materiales en cantidad y capacidad suficientes. - Una (1) hormigonera de 500 litros. - Una (1) hormigonera de 300 litros. - Tractor, acoplados y alzaprimas de capacidad adecuada para traslado de estructuras. - Hidrogrúas y grúas de capacidad adecuada para el montaje de las estructuras. - Equipo completo adecuado para el tendido de conductores y cables de guardia (guinche, frenadora, roldanas, etc. de calidad y cantidad suficiente) - Tanque de agua de 5000 l como mínimo. - Equipo topográfico completo. - Bombas de agua para achique. - Vibradores de inmersión. - Megóhmetros de 500 y 5000 Voltios. - Telurímetro para medición de resistividad y resistencia de puesta a tierra. - Moldes normalizados para probetas de hormigón. - Escaleras metálicas de 3 y 6 m. - Equipo de seguridad (cascos, cinturones, guantes, zapatos, carteles indicadores, etc.) según reglamentación vigente para todo el personal afectado. - Galpón de chapa o container, desarmable para albergar el pañol de herramientas. - Taller de herrería y electromecánica aptos para los montajes a realizar. - Grúa de capacidad adecuada para montaje de los equipos - Camiones para transporte de material en cantidad y capacidad suficiente. - Carro porta bobinas de conductores aptos para esta Obra. - Llave dinamométrica. - Pértiga aislada de 5 metros. - Cable extra flexible de Cu con aislación en PVC de 185 mm2. y 10 metros de largo con grapería de bronce

para la pat. - Multímetro para verificar los circuitos de corriente. - Fuente de corriente para verificar los sistemas de protección (inyección primaria y secundaria de corriente). - Detector de tensión hasta 40 kV. - Banquito aislante hasta 40 kV.

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- Nivel Láser Este equipamiento mínimo no es excluyente y deberá satisfacer las necesidades de simultaneidad de realización de trabajos previstas en el plan de avances de obras.

ARTICULO Nº 11: CARTEL DE OBRA: La Contratista proveerá e instalará Dos (2) carteles de obra.

Los mismos serán del TIPO 3 según se indica en la ETN 39.

ARTICULO Nº 12: CALCULOS Y PLANOS DEL PROYECTO EJECUTIVO: Los planos que conforman el Pliego de Licitación, se consideran orientativos, por lo que el Contratista deberá elaborar la documentación técnica que se detalla en el artículo correspondiente, de conformidad a los lineamientos del proyecto que define la obra, y a lo que se determine de común acuerdo con la Inspección de Obra.

Toda documentación escrita de cualquier índole que deba presentar el Contratista deberá estar redactada en idioma castellano, exceptuándose de esta obligación a los catálogos y folletos ilustrativos.

Los planos que integran la presente documentación deberán ser adecuados por el Contratista a las características de los elementos y equipos que en definitiva resulten adjudicados, los que deberán ser aprobados por la EPE previo a la ejecución de los trabajos y recepción de materiales.

Para la ejecución de los planos su usarán los formatos A2 y A3 según corresponda y en las memorias descriptivas el formato A4, correspondientes a la Norma IRAM 4504.

Para proceder a ejecutar los ensayos de recepción de fábrica, el montaje en obra y las obras civiles, el Contratista deberá tener ineludiblemente toda la documentación técnica aprobada, caso contrario no se le certificarán los trabajos y/o provisiones hasta tanto no se cumpla dicho requisito.

La documentación técnica que el Contratista debe presentar será analizada por la EPE y como conclusión del estudio, se calificará en una de las siguientes formas:

Código 1 : Aprobada

Código 2: Aprobada con observaciones

Código 3: Rechazada.

Las entregas de cálculos y/o planos serán presentadas por triplicado y deberán estar firmadas y selladas en todos sus folios por el Representante Técnico.

En los planos que conforman el Proyecto Ejecutivo deben constar las marcas comerciales y modelos de todos los equipos que se incorporan a la obra, sean estos provisión de la EPE o a cargo del Contratista. En este último caso deberán corresponder al equipamiento presentado en la Oferta.

Una copia de cada documento calificado será devuelto al Contratista, pudiendo consultar éste a la EPE sobre aspectos y directivas generales tendientes a facilitar la aprobación de aquellos que hubiesen sido rechazados.

La EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA se reserva un plazo de diez (10) días corridos para el estudio, calificación y devolución al Contratista de la documentación técnica presentada. A su vez la Contratista dispone de diez (10) días corridos para presentar la documentación corregida.

Los plazos deberán medirse entre la fecha de presentación y la fecha de devolución de la documentación.

Para la documentación aprobada con observaciones, no será necesario una nueva presentación hasta la entrega del proyecto ejecutivo.

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Ante la nueva presentación la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA, se reserva un plazo para dar respuesta, de diez (10) días corridos; entendiéndose que de subsistir las observaciones, el Contratista se hará pasible de una multa a fijar según el Art. 80º del Pliego Único de Bases y Condiciones.

ARTICULO Nº 13: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A PRESENTAR POR EL CONTRATISTA:

El Contratista presentará dentro de los diez (10) de la firma del contrato, un Cronograma de presentación de cálculos y planos, debiendo tener presente para su elaboración, que previo a la ejecución de cualquier trabajo, deben estar aprobados por esta E.P.E. los cálculos y planos.

Se completará la totalidad de la documentación mencionada, dentro de los 90 días de la firma del Acta de Replanteo.

A) Planos del Campo de Acometida a Barras de 33 kV.

- Planos de malla de puesta a tierra - Detalles constructivos - Planta General. - Vistas y Cortes. - Planos de montaje de todos los aparatos y equipos. - Cámaras y Cañeros. - Detalle de los enclavamientos electromecánicos y memoria descriptiva de los mismos.

- Cálculo y Planos de fundaciones de soportes de aparatos. Escala 1:20.

B) Planos correspondientes a la L.M.T. 33 kV

-Cálculo de fundaciones

-Detalles constructivos

- Planilla Distribución Piquetes, con dimensiones Fundaciones, etc.

B) Planos Electromecánicos

- Estructuras.

- Traza General y Planimetrías, con detalles de perfiles transversales.

- Cálculos pormenorizados en detalle de las estructuras

- Planos de detalle tendido C.A.S.

- Planos de detalle montaje descargadores de media tensión y cajas terminales de cable subterráneo.

- Planos de detalle de las puestas a tierra.

- Planos de detalles de armado de las estructuras

C) Cálculos Mecánicos.

- Cálculo de conductores e hilo de guarda.

- Cálculo de soportes y estructuras.

GENERALES.

Se agregará todo otro plano aclaratorio que sea necesario para la correcta interpretación de la ejecución de la Obra.

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ARTÍCULO Nº 14: CRONOGRAMA DE PRESENTACION DE CALCULOS Y PLANOS; Dentro de los diez (10) días corridos contados a partir de la fecha de firma del contrato, la Contratista deberá presentar a la Inspección, por duplicado, un Cronograma de las entregas de cálculos y planos.

Al vencimiento de dicho plazo el Proyecto Ejecutivo debe quedar completamente determinado a juicio de la E.P.E., con lo cual se define totalmente las provisiones y montajes a ejecutar.

Las entregas que se programen deberán constituir a juicio de la Inspección, conjuntos coherentes, metódicos y progresivos de la marcha del proyecto. La Inspección aprobará, observará o rechazará el Cronograma de entrega de la documentación a que refiere el presente artículo, en un plazo no mayor de diez (10) días corridos contados a partir de la fecha de presentación. El no cumplimiento del Cronograma hará pasible a la Contratista de una multa que se fijará de acuerdo a lo dispuesto en el Art. Nº 80 del P.U.B.C.

ARTICULO Nº 15: TRAMITES Y PERMISOS: Estarán a cargo del Contratista las gestiones necesarias para la obtención en nombre de la EPE de todos los permisos de paso ante VIALIDAD, FERROCARRIL, TELEFONO, MUNICIPALIDADES/COMUNAS u otros Organismos Públicos y Privados si correspondiera. La excepción será ante PARTICULARES, cuya tramitación quedará a cargo de la EPE.

Las firmas de los formularios de permisos de paso deberán estar certificados por Escribano Público o Funcionario Judicial competente.

En caso que esta EPE haya cumplimentado dichas tramitaciones con antelación al inicio de las gestiones por parte del Contratista, se procederá a realizar el descuento correspondiente a los pagos de derechos, aranceles, etc., de cada uno de los organismos.

ARTICULO Nº 16: ENSAYOS DE MATERIALES Y/O EQUIPOS: En caso de realizarse los ensayos fuera del país, como consecuencia de la provisión de material de origen extranjero, el Contratista se hará cargo de todos los gastos que demande el traslado (ida y vuelta) desde la ciudad de Santa Fe más todos los gastos de estadía, seguros de accidentes, etc., de dos inspectores de la Gerencia de Ingeniería de la EPE.

ARTICULO Nº 17: PLAZO DE CONSERVACIÓN DE GARANTÍA: Se fija en doce (12) meses.

ARTICULO Nº 18: PRUEBA DE LAS OBRAS: La Contratista efectuará los ensayos de prueba de obra, para lo cual suministrará personal idóneo y equipos adecuados, dentro de los diez días corridos posteriores a la fecha de terminación de los trabajos.

Tanto el personal, como los aparatos y elementos necesarios para las pruebas, deberán reunir las condiciones de cantidad y calidad exigibles para estos casos, a juicio de la Inspección.

La cantidad y descripción de las pruebas está prevista en las Especificaciones Técnicas Particulares.

Una vez concluidos todos los ensayos de prueba de obra a satisfacción de la comisión designada al efecto, se labrará el Acta de Ensayo la que deberá ser firmada por el Conductor Técnico del Contratista y la Comisión designada por la EPE.

ARTICULO No 19: DECRETO PCIAL. N° 0195/2006: Se establece como requisito de admisibilidad para las empresas que pretendan presentarse como oferentes en licitaciones públicas y privadas, concurso de precios y contrataciones directas de obras públicas, la inexistencia de antecedentes de rescisión de contratos de obra pública por culpa de la empresa, por el lapso de dos años anteriores a la fecha de publicación del llamado o del acto de convocatoria si fuera otra metodología que no contenga publicidad.

ARTICULO No 20: ELEMENTOS PARA LA INSPECCIÓN DE LA OBRA: Los elementos mencionados a continuación, serán entregados para su uso a los efectos de controlar la marcha de los trabajos.

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Oficina para la inspección: Desde la iniciación del replanteo y hasta la Recepción Provisoria de la obra, el/los Contratista/s pondrán a disposición de la inspección y con carácter permanente lo siguiente:

-Un (1) local para oficina ubicado en la zona de la obra, de dimensiones adecuadas y no inferior a 40 m2, con un (1) aire acondicionado Frío-Calor de potencia acorde para su correcto funcionamiento, baño privado instalado con agua fría y caliente

Todos los gastos que demande dicha oficina tales como alquiler, impuestos, limpieza, energía eléctrica, agua corriente, gas, etc, corren por cuenta y cargo del Contratista.

El equipamiento para uso de la inspección de la obra en éste local será:

-Dos (2) escritorios de madera o chapa de 1,50 x 0,80 x 0,80 m, con cajoneras. -Un (1) armario de madera o chapa (Nº 14) de 1,80 x 0,90 x 0,45 m con dos puertas corredizas, tres estantes graduales y cerradura a tambor. -Seis (6) sillas metálicas cromadas con asientos y respaldos tapizados. -Una (1) Notebook totalmente compatible, con la siguiente configuración mínima:

Procesador Intel Core 2 Duo, 3 GHz, o similar – 2 Gb RAM. Grabadora de DVD y CD Disco Rígido 250 GB Monitor LCD LED de 14 plg. Tarjeta de red, placa de video, mouse óptico e inalambrico, teclado en español, -puertos USB Sistema operativo Microsoft Windows última versión.

-Una (1) Impresora chorro de tinta formato A4, incluyendo la provisión de cartuchos de tinta y hojas A4.

El mantenimiento de este elemento durante el plazo de la Obra estará a cargo del Contratista. Producida la Recepción Definitiva el equipamiento provisto será devuelto en el estado que se encuentre.

La obligación emergente del presente artículo no estará sujeta a pago directo alguno, y su costo debe incluirse dentro de los gastos generales de la propuesta.

-Movilidad para la Inspección: Es obligación del Contratista hacer entrega dentro de los veinte (20) días corridos de la firma del contrato, en el Edificio de la E.P.E. sitio en calle San Martín Nº 2365, Dpto. Obras por Contrato, de la ciudad de Santa Fe, de un (1) vehículo pick up (2) puertas, motor gasolero, cilindrada mínima 3000 cm3, equipado con aire acondicionado montado en fábrica, asegurado y modelo cero Km, o con una antigüedad no mayor a un (1) años, a partir del momento de la firma del contrato, a exclusivo juicio de la inspección.

El vehículo llevará pintado el siguiente texto:

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DEPARTAMENTO OBRAS POR CONTRATO

S A N T A F E

El grabado de las inscripciones correrá por cuenta y cargo del Contratista, el cual deberá ser realizado con las técnicas del buen arte, (en las puertas delanteras).

Se deberá proveer una caja metálica con las herramientas adecuadas para efectuar una reparación de emergencia, además de las balizas, botiquín, matafuegos y todo otro elemento exigido por la legislación vigente.

La unidad será devuelta a la Empresa Contratista al producirse la Disposición de aceptación de la Recepción Definitiva, y en el estado en que se encuentre, sin que sea admitido ningún tipo de reclamo al respecto.

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Será obligación del Contratista abrir una cuenta corriente en un Taller Mecánico de la ciudad de Santa Fe, para cubrir los gastos directos de mantenimiento y reparación de la movilidad, y en Estaciones de Servicios de la misma ciudad como así también en el lugar de la obra, para cubrir los gastos de lubricantes, filtros, lavado y engrase general del vehículo.

Los gastos de combustibles serán a cargo de la E.P.E.; estando el Contratista obligado a pagar por su cuenta y directamente a los proveedores todos los gastos de lubricación, filtros, lavados generales del vehículo, cubiertas, reparaciones y todos aquellos comunes y ordinarios para mantener al automotor en buen estado de conservación y uso durante el tiempo del comodato, así como los gastos de patente y tributos fiscales, nacionales, provinciales, municipales y/o comunales y que graven al automotor. También el Contratista se obliga a realizar todas las tramitaciones de seguro, que cubra todos los riesgos referentes al vehículo, terceros y transportados, el que deberá estar vigente a la fecha de entrega del mismo y durante todo el comodato hasta la Recepción Definitiva de la Obra.

Si por razones de mantenimiento o reparación debiera retirarse la unidad del servicio, por mas de 48 hs., el Contratista deberá entregar otra unidad en buen estado de uso y similar a la retirada en comodidad y seguridad, durante el intervalo de tiempo que el vehículo titular esté detenido.

Para resolver cualquier cuestión de accidentes, incendios, hurtos, etc, se aplicarán las disposiciones del Código Civil referentes a los Contratos de Comodatos. Por tal motivo, el Contratista deberá extender las autorizaciones para el uso del vehículo, necesarias, de acuerdo con las reglamentaciones vigentes.

La obligación emergente del presente artículo no estarán sujeto a pago directo alguno, y su costo deberá incluirse dentro de los gastos generales de la propuesta.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES

A-OBRA E-363: “LMT 33 kV Villa Minetti - Gregoria Perez de Denis ”

Contempla la construcción de una LMT 33 kV disposición en triángulo, vano máximo de cálculo 90 metros, distancia máxima entre retenciones de 3.000 metros, con conductor de energía de Al/Ac 95/15 mm2, conductor de protección de AcGo 35 mm2 y soportes de HºAº centrifugados y obras complementarias, según se detalla en las ETP.

B-Objeto de las Presentes Especificaciones.

Las presentes Especificaciones Técnicas tienen por objeto determinar el alcance de la oferta y de los trabajos a realizar.

La documentación técnica contenida en el legajo tiene carácter de anteproyecto, en base al cuál en Contratista confeccionará el Proyecto Ejecutivo que presentará a la consideración de esta E.P.E.

El Contratista deberá proveer todos los materiales, realizar el montaje y entregar las instalaciones en condiciones de marcha industrial en un todo de acuerdo a las reglas de la técnica y el buen arte.

C-Especificaciones Comunes a Diversos Ítems.

El Contratista realizará el proyecto ejecutivo de las instalaciones de acuerdo a las presentes Especificaciones Técnicas, Reglamentaciones AEA de Líneas Exteriores de Media y Alta Tensión ( Última Edición) y Reglamentación EPE ETN 160.

Los Oferentes están obligados a tomar conocimiento de las características de las instalaciones y del lugar en que se desarrollarán los trabajos (Art. 13-10 del PUByC), no aceptándose reclamos de sobreprecio, imprevistos, errores o falta de información por lo que queda a disposición de los mismos la consulta de toda documentación técnica relativa a las instalaciones existentes (planos, circuitos eléctricos, etc.). Estará a cargo de la Empresa Contratista la extracción y/o poda de los arboles que se encuentren en la franja de servidumbre de la L.M.T. a construir, en un todo de acuerdo a las reglamentaciones vigentes.

Estas especificaciones, las Especificaciones Técnicas Particulares, los planos que las acompañan, son complementarios y los especificado en uno de ellos, debe considerarse como exigido en todos. En caso de contradicciones, regirá lo establecido en el artículo 7° del Pliego Único de Bases y Condiciones.

El Contratista tendrá en cuenta que en la zona existen líneas y redes primarias y secundarias de distribución que se encuentran en servicio, razón por la cual cuando deban realizarse cortes a efectos de ejecutar trabajos, en zonas con tensión, aquellos deberán efectuarse en horas y días de menor consumo, particularmente en días no hábiles, para lo cual se programarán con la debida antelación con la Inspección de Obras, solicitando autorización por escrito.

Todos los materiales provisión del Contratista y a incorporar en esta obra serán nuevos y sin uso. El oferente presentará, debidamente conformadas, planillas de datos técnicos garantizados en las que se consignarán la marca y datos característicos, como así también amplios folletos ilustrativos de cada elemento cotizado.

En caso de que no se consignen varias marcas, se entiende que la EPE tiene el derecho de elegir los elementos a incorporar a la obra

La no presentación de las planillas de datos técnicos garantizados será motivo de rechazo de la oferta a solo criterio de ésta E.P.E.

Desde el punto de vista del montaje y provisión, se tendrán en cuenta las siguientes indicaciones:

a) Se deberán suministrar e instalar todos los elementos necesarios para el correcto funcionamiento de las obras de esta Licitación. A tal fin y teniendo en cuenta que el equipamiento es provisión de la Contratista y se desconocen sus marcas y modelos, no se reconocerán costos adicionales

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por elementos que involuntariamente hayan sido omitidos en los planos de montaje y/o descripción del suministro y en el Formulario de Presentación de Propuestas.

b) El montaje de los equipos se deberá realizar respetando el orden indicado en los planos de montaje, esquema unifilar, plantas y cortes.

c) El proceso de cincado para la morsetería y componentes (de la aislación, conductor de energía y conductores de guardia) será según las Normas IRAM-NIME 20.022 Anexo D. Para el resto del material ferroso expuesto a la intemperie, el cincado responderá a la Norma NIME 3025. En ambos casos la protección anticorrosiva será por inmersión en caliente.

d) Todos los materiales provisión del Contratista y a incorporar en esta obra serán nuevos y sin uso. El Contratista obligatoriamente garantizará datos técnicos en planillas que por duplicado se adjuntan, los que deberán presentar con su Oferta. Deberán satisfacer los datos consignados en la Planilla de Datos Técnicos Garantizados, las presentes Especificaciones y las Especificaciones Técnicas de Adquisición.

e) Para los fines de cálculos y provisión de materiales y/o equipos, el sistema se considerará rígidamente puesto a tierra.

f) Las tareas que impliquen desenergización de instalaciones en servicio serán planificadas cuidadosamente por el Contratista, quien las ejecutará en tiempo y forma una vez aprobados por la inspección de obra y la Sucursal Centro.

g) Los ensayos de recepción de los equipos y materiales provistos por el Contratista serán por cuenta y cargo del mismo, estando sus costos incluidos en el Ítem respectivo de la provisión.

h) Los planos que integran este Pliego serán considerados rectores, debiendo el Contratista realizar los planos ejecutivos. La aprobación de los planos por parte de la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA no libera al Contratista de la responsabilidad que le cabe como proyectista ejecutivo de la obra en cuestión. Los planos de conexionado deberán ser ejecutado por el Contratista, respetando las normas correspondientes.

i) En la puesta a tierra de toda la instalación deben considerarse las Normas IEEE Std 80-00 y especificaciones de este Pliego.

j) Todos los materiales y equipos que son provisión de la EPE deberán ser inspeccionados y verificados por el Contratista en presencia de la Inspección de Obra. A partir de su entrega, el Contratista será responsable por los daños que pudieran experimentar debido al transporte, montaje, fallas de funcionamiento, errores de interpretación, etc. y estarán a su cargo los gastos de reparación para dejarlos en perfectas condiciones de uso. En tal caso no se reconocerán prórrogas del plazo contractual y de incurrir en mora por tal motivo se aplicarán las sanciones previstas en el Pliego.

D-RELEVAMIENTO TOPOGRAFICO

a) 01.00.- Relevamiento topográfico

b) Relevamiento plamialtimétrico:

c) Comprende el relevamiento plamialtimétrico desde el T1 al T2 en el extremo norte de la línea según plano de traza general provisto

d) Tareas a ejecutar

e) El levantamiento topográfico consiste en relevar todo los tipos de obstáculos topográficos sobre la línea de eje del electroducto y se deberá tener en cuenta los obstáculos topográficos que se encuentre a 30.00 m hacia ambos lados de este eje de traza.

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f) El relevamiento planimetrico consiste en relevar altimétricamente las diferencias de nivel del terreno distante 100.00 m una de otra con el fin de tener un panorama certero del perfil del terreno de forma de calcular las catenarias del los conductores

g) Se deberá materializar sobre todos los alambrados que se crucen el eje de la traza con estacas de madera dura y pintar los alambrados que se crucen. La limpieza superficial de todo el predio destinado a la ejecución de las obras.

h) Georreferenciación de TERMINALES y VERTICES

i) Replanteo.

j) Este subítem incluirá todas las tareas de replanteo de las estructuras y elementos que componen la obra al iniciar la construcción y en su prosecución hasta la finalización del mismo.

k) Se deberá contar con los instrumentos, equipos, herramientas y personal necesario para realizar las operaciones de replanteo, alineación, nivelación, etc.

l) Se verificarán todos los permisos de paso y de construcción antes de proceder al replanteo de las obras.

m) Se deberá mantener en perfecto estado y convenientemente identificadas las marcas, mojones y puntos fijos que definan los niveles, los ejes de replanteo y posición exacta de la totalidad de las estructuras, de la siguiente forma se determinara el eje de traza y cuatro estacas de alineación de estructura.

n) Una vez terminada esta etapa de la obra se procederá si lo exige el pliego se podrá iniciar los trabajos de mensura de SAE.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES

CONSIDERACIONES GENERALES

1-OBJETO: La presente especificación técnica tiene por objeto determinar el alcance de la oferta y de los trabajos a realizar. Salvo que en el presente Pliego se indique expresamente que algunos elementos o trabajos son provisión de la EPE, el Contratista deberá proveer todos los materiales objetos de la presente obra y entregar las instalaciones en condiciones de marcha industrial, en un todo de acuerdo a las reglas de la técnica y del buen arte.

2-CARACTERÍSTICAS DE LA LÍNEA: La línea, cuya construcción se licita, vinculará eléctricamente la E.T. 33/13,2 kV Villa Minetti con la Planta Desmotadora de Algodón a construir próxima a la Localidad de Gregoria Perez de Denis, sitas en el norte Provincial. Será de simple terna, disposición Triangular (Dos Conductores al mismo nivel) con un tramo coplanar vertical en la zona urbana de Villa Minetti e hilo de guarda en todo su recorrido. La acometida a la estación de media tensión en Villa Minetti se realizará con cable subterráneo. Tensión nominal: 33 kV. Tensión máxima de servicio 36 kV. Tendrá 1 (Uno) conductor por fase de Al/Ac 95/15 mm2 de sección. Con 1 (Uno) conductor de protección contra descargas atmosféricas de acero cincado de 35 mm2 de sección. Los aisladores serán de porcelana, tipo Line Post para estructuras de suspensión hasta 4° y a rótula MN12 (U70 BL) para estructuras de retención, angulares y terminales. Vano máximo a considerar será de 90 metros. El cable subterráneo será de XLPE de Aluminio 185 mm2 con pantalla de Cu de 50 mm2. La altura mínima de los conductores sobre el suelo será según lo especificado por la ETN 160: zona Urbana/Suburbana, 8,50 m y zona Rural 6,50 m. A los fines de verificar la altura libre de los conductores se tomará como temperatura máxima de operación de los conductores 80 °C. Estructuras: Las estructuras de suspensión serán de postes de H°A° pretensados y centrifugado o vibrado s/corresponda con ménsulas de A°G° y aisladores tipo Line Post. Las estructuras de Retención, angulares y terminales serán de postes, ménsulas y crucetas de HºAº pretensado y centrifugado o vibrado s/corresponda con cadenas de aisladores cerámicos MN12, de acuerdo a planos, según IRAM 1605 y ETN 160. Morsetería apta para trabajos bajo tensión.

3-UBICACIÓN DE LA LÍNEA, RECORRIDO, PLANIALTIMETRIA: La ubicación y recorrido se indican en los planos que acompañan el presente pliego de especificaciones técnicas. Longitud total aproximada : 40.300 m de línea aérea y 1000 m Cable Subterráneo. La nueva línea a construir se conectará a las barras de 33 kV en la SET MT 33/13,2 kV Villa Minetti, donde se instalará un reconectador y dos seccionadores, uno con cuchillas de puesta a tierra y descargadores de sobretensión. Desde las barras de 33 kV hasta la estructura terminal T1 se instalará una terna de cable subterráneo unipolar de Aluminio de 185 mm2 de sección, tipo XLPE categoría I y terminales de cable del tipo termocontraíbles. Desde el terminal T1 y hasta la estructura de Retención V1 la línea aérea será coplanar Vertical.

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A partir de la Estructura V1 y hasta el terminal T2 la línea aérea será disposición Triangular. Todas las estructuras a utilizar serán construidas mediante el empleo de columnas, ménsulas, crucetas y vínculos adecuados de hormigón armado cuya resistencia deberá calcularse y verificarse según lo definido en la ETN 160. Las cadenas de aisladores a utilizar en las estructuras de retención serán formadas por aisladores cerámicos a rótula tipo MN 12, de 4 (cuatro) unidades. En las estructuras de suspensión serán cerámicos tipo Line Post según norma ANSI C29.7 Clase 57-3. La morsetería a utilizar será apta para trabajos bajo tensión. El diseño y la construcción de la LMT 33 kV responderá a las norma ETN 160 de la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe. El Contratista deberá realizar todos los trámites y arreglos necesarios y tomar todas las precauciones debidas para el tendido de los conductores en los cruces de la línea sobre rutas, ferrocarriles, caminos, líneas de energía eléctrica de alta y baja tensión, líneas telefónicas, telegráficas u otros obstáculos.

4-PROYECTO DEFINITIVO: Los planos que forman parte del presente pliego, se incorporan solamente a título ilustrativo debiendo el Oferente y eventualmente el Contratista hacerse cargo de las modificaciones que pudieran surgir a causa de omisiones y/o errores de dichos planos. Luego de la firma del contrato, el Contratista presentará, para aprobación por parte de la Empresa Provincial de la Energía, un proyecto definitivo completo, según se especifica más adelante. Previamente, la Contratista deberá realizar y presentar para aprobación en Unidad Proyectos, Área Proyectos, un estudio de suelos realizado en la zona de la línea de media tensión a construir.

Para el cálculo de la línea se tendrá en cuenta la ETN 160 y normas relacionadas. Deberá cumplirse con la disposiciones de las “Normas Técnicas y de Procedimientos para el proyecto y ejecución de obras electromecánicas en las cercanías de otros servicios públicos”.

5-VERIFICACIÓN Y PUESTA EN TENSIÓN: Previo a la puesta en tensión, la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA revisará la línea junto con el Contratista disponiendo éste el personal y equipos necesarios para toda rectificación que deba realizarse. Cumplida esta tarea, se efectuarán los ensayos de la manera indicada en el Rubro B.

6 – METODO DE ORGANIZACIÓN DE LAS TAREAS:

El oferente deberá presentar junto con la oferta un Plan de Trabajos pormenorizado que respetará los plazos finales que menciona el adjunto al Pliego y la Metodología con que propone realizar las tareas, como así también un detalle de equipos y herramientas, y detalle del personal y grado de capacitación que prevé utilizar.

El Representante Técnico de la Obra designado por el Contratista deberá permanecer en el lugar de los trabajos durante la realización de los mismos, sin excepción.

Para los trabajos que supongan la desenergización de las líneas existentes, el Representante Técnico de la Contratista deberá coordinar con el Inspector de Obra designado por la EPE tanto la consignación de la LMT y BT que pudieran verse afectadas por los trabajos.

Los trabajos se iniciarán una vez que dichas instalaciones se encuentren debidamente consignadas y entregadas por el Inspector al Contratista, no pudiendo éste bajo ningún concepto comenzar cualquier tipo de tareas en las instalaciones si no están cumplimentados los pasos anteriores por el Inspector de Obra, siendo éste el Responsable de la Licencia otorgada por el EPESFE al solicitarse la puesta Fuera de Servicio de la instalación.

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El Contratista será responsable de todas las medidas de seguridad necesarias, solicitar eventuales señalizaciones o cortes en rutas, permisos, etc. Estas tramitaciones deberán ser presentadas al Inspector con la debida antelación al inicio de los trabajos involucrados.

Una vez concluidas las tareas del día, la LMT deberá quedar disponible para su puesta en servicio.

RUBRO A: PROVISIÓN DE MATERIALES El Contratista proveerá todos los elementos que se detallan a continuación, cumpliendo los requisitos que se describen a continuación. Las unidades de medida y respectivas cantidades de cada uno de los ítems y sub-ítems se encuentran detalladas en la Planilla de Cotización.

ÍTEM 1 ESTRUCTURAS DE HORMIGÓN ARMADO

Cantidad: Según Cómputo de planilla de Cotización Items 1-1, 1-2, 1-3, 1-4, 1-5, 1-6 y 1-7.

Este Ítem comprende la provisión completa, incluyendo la carga, transporte, seguros y descarga en piquetes de los elementos premoldeados para la construcción de las estructuras.

La Contratista deberá proveer estructuras con postes, ménsulas y vínculos completos de acuerdo a las presentes especificaciones, planillas del formulario de propuesta y planilla de Datos Garantizados y cálculos y planos del proyecto definitivo aprobado.

En el presente Pliego se adjuntan planos ilustrativos de los tipos de estructuras que además deberán cumplir con las Especificaciones que siguen.

Estructuras de Suspensión y Angulares hasta 4º: serán monopostes, de Hormigón Armado, pretensado, vibrado o centrifugado, respondiendo a las Normas IRAM 1605 y al reglamento CIRSOC correspondiente. Deberán ser aptas para colocar ménsulas de AºGº y aisladores tipo Line Post, según planos y soporte del cable de guardia, asegurando un ángulo de protección de los conductores de 30°. Estructuras Terminales, Retención y Angulares más de 4º: serán bi o triposte, de Hormigón Armado, pretensado, vibrado o centrifugado, respondiendo a las Normas IRAM 1605 y al reglamento CIRSOC correspondiente, con vínculos y ménsulas de hormigón armado y vibrado para soporte de los conductores y del cable de guardia, asegurando un ángulo de protección de los conductores de 30°. Los cálculos mecánicos se realizarán de acuerdo a las especificaciones de la ETN 160 de la Empresa Provincial de la Energía. En cuanto a las características y ensayos de ménsulas y crucetas se regirá por las Normas IRAM. En las estructuras de Retención, Angulares o Terminales, las ménsulas de los conductores y cable de guardia se construirán de hormigón armado vibrado, debiéndose colocar caños de hierro cincados soldados a la armadura de las ménsulas, en los extremos de las mismas, para los estribos o péndulos según el caso. Los coeficientes de seguridad para el caso de cargas normal y extraordinarias serán 2,50 (Dos Con Cincuenta centésimas) y 2 (Dos) respectivamente. En las estructuras que tengan previstos ganchos, para la sujeción del cable de guardia o los conductores, los mismos estarán construidos con barra de acero de 16 mm. de diámetro como mínimo y cincados. El Oferente deberá llenar las planillas de Datos Garantizados que se adjuntan en el presente Pliego. Especificación Complementaria a las Normas IRAM 1605. Esta especificación y las Normas IRAM 1605 deberán ser tenida en cuenta para la fabricación de las estructuras de hormigón licitadas en el presente Pliego. Condiciones Generales. Cálculo de las Estructuras.

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El Contratista presentará para aprobación ante la E.P.E. y previo al inicio de la construcción del poste, ménsulas y vínculos, planos de las armaduras, con la verificación analítica de las secciones y las tensiones, para las cargas requeridas por la línea objeto del presente Pliego. Esto deberá realizarse para cada tipo de estructura. Las cargas de rotura mínimas exigidas se indican en los planos correspondientes, debiendo la contratista efectuar el cálculo y verificación correspondiente. No se aceptarán reclamos de costos adicionales si los cálculos del proyecto final arrojan valores superiores. Control de Calidad. El Contratista someterá a aprobación por parte de la E.P.E. el Cronograma de ensayos y controles que responderán a las Normas en vigencia. El costo de los mismos correrá por su cuenta y no se le reconocerá adicional alguno. El control de calidad se efectuará mediante el autocontrol que lleva el propio fabricante y la Inspección de Obras en fábrica. Para ello, el Contratista tramitará el libre acceso a fábrica y a todos los procesos de fabricación. El fabricante llevará un libro, en el que se registren, por separado, los controles realizados sobre cada uno de los materiales a emplearse en la fabricación de los postes, ménsulas y vínculos. A los agregados se les hará un examen petrográfico con el objeto de determinar si contienen constituyentes reactivos conocidos, según Normas IRAM 1605. Las probetas serán examinadas una vez terminado el ensayo a fin de identificar los productos de la reacción álcali-árido según lo especificado en la Norma IRAM 1650. Instalaciones mínimas del fabricante. Además de los locales necesarios para almacenar debidamente protegidos de la humedad y los agentes agresivos, tanto el cemento como los áridos y armaduras, el fabricante deberá contar con las siguientes instalaciones y equipos: 1. Naves de hormigonado y moldeo: permanentemente protegidos de la intemperie.

2. Instalaciones para la clasificación, lavado de áridos y para la dosificación en peso de todos los componentes del hormigón, excepto el agua que podrá dosificarse en volumen. 3. Equipamiento para el amasado: Este deberá proporcionar una mezcla íntima y homogénea de la masa de hormigón. Esta homogeneidad se comprobará mediante el cono de Abrahams. Se autoriza el empleo de dosificadoras automáticas y de hormigones preparados en plantas ajenas a la fábrica, siempre que cumplan los requisitos establecidos. 4. Instalaciones de curado: La fábrica deberá poseer las instalaciones adecuadas para el curado de las piezas, para que estas alcancen la resistencia necesaria en plazos previstos. 5. Laboratorio: La fábrica deberá contar con un laboratorio debidamente equipado para poder efectuar los distintos ensayos exigidos, tanto sobre los distintos materiales, como sobre el hormigón fresco y las piezas terminadas. 6. Dispositivos de tensado : Estos deberán ejercer su acción de modo gradual, sin producir variaciones bruscas de tensión. Disposiciones de orden constructivo de las armaduras. Armaduras Inertes. - Queda prohibido el empleo de distintos tipos de acero en una misma estructura. - No se permitirá bajo ningún concepto y será motivo de rechazo la disminución de la sección de las barras longitudinales o transversales por causa de la soldadura. - Los bloquetes de puesta a tierra de todas las estructuras serán de bronce y deberán unirse a la armadura longitudinal mediante soldadura de cordón y o por puntos, según la Norma IRAM 1585.

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- Para que las partes externas de las armaduras, sean principales o no y sus ataduras, queden protegidas mediante los recubrimientos mínimos exigidos se utilizarán separadores o soportes de mortero o material plástico. No podrán utilizarse separadores metálicos ni de madera. El recubrimiento mínimo para postes, ménsulas y vínculos será de veinte (20) milímetros. - Empalmes de armaduras: Si la Inspección de Obras lo considera necesario podrá solicitar ensayos del tipo de soldadura propuesta y examen de las soldaduras. - En las secciones de menos de cinco (5) barras no se aceptarán empalmes. - Se aceptará como máximo Tres (3) empalmes por barra longitudinal, siempre que cumplan con lo establecido en el Reglamento CIRSOC. - El número y disposición de los empalmes deberán figurar en los planos y demás documentos del proyecto, que debe presentar el Contratista. - En toda unión soldada, la naturaleza de la soldadura será uniforme, no tendrá discontinuidades, poros ni otros defectos similares. - Los empalmes de barras, por soldadura, se harán de acuerdo a lo establecido en el Reglamento CIRSOC. Marcado y Designación. Los postes llevarán gravado en bajo relieve y de modo que sean legibles cuando el poste esté empotrado, las indicaciones siguientes: a) La marca del fabricante. b) La longitud nominal, en metros. c) La carga de rotura nominal en daN, precedida de la letra R. d) Los diámetros nominales de la cima y de la base en centímetros. e) La letra P indicando pretensado. f) La fecha de fabricación. g) El sello IRAM, cuando el fabricante haya merecido el derecho de usarlo. Las ménsulas y crucetas llevarán gravado en bajo relieve y de modo que sean legibles cuando estén fijadas, las indicaciones siguientes: a) La marca del fabricante. b) El largo nominal, en metros. c) La carga de rotura nominal en daN, precedida de la letra R. d) Fecha de fabricación. e) Una designación en código que precise la estructura y posición a que pertenece. Armaduras para hormigón pretensado. Los alambres y barras para hormigón pretensado responderán a las Normas IRAM - IAS U500 - 517. Para el caso de cordones de 2 ó 3 alambres será de aplicación la Norma IRAM - IAS - 500 - 79. Control de productos semielaborados. Resistencia del hormigón: Podrá limitarse a la realización de los ensayos a compresión, a la edad de veintiocho (28) días de las piezas. Para ello, se moldearán diariamente cuatro (4) probetas durante el hormigonado. Llevando un registro por numeración y fecha. Cuando las piezas fabricadas con este hormigón hayan alcanzado la edad de veintiocho (28) días se ensayarán dos, conservándose las otras dos en previsión que el resultado de las primeras no sea aceptable. La resistencia promedio, verificada según Normas IRAM 1546 no será menor de 300 kg/cm2, referida a probetas de 15 cm. de diámetro y 30 cm. de altura.

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No se admitirá el empleo de aditivos acelerantes de fragüe bajo ningún concepto. Inspección de productos elaborados. La Inspección de Obras controlará que al sacarse del molde, la estructuras no presenten zonas con desprendimientos de hormigón o zonas donde la armadura no esté recubierta ya sea en su cara externa o interna. Además deberá constatarse tipo de cemento y su correspondiente marcación para su posterior identificación. De comprobarse alguna de las anomalías citadas la estructura será rechazada por la Inspección, prohibiéndose su reparación. Los postes llevarán inscritos sus características según denominación indicada en bajo relieve, a una altura aproximadamente de 3,5 m. contado a partir de la base. Embalajes y Transportes. La Inspección de Obras controlará la carga de los postes para su transporte en fábrica y la descarga en obra. El acopio de las estructuras, tanto en fábrica como en obra deberá cumplir con requisitos mínimos para lograr su conservación. Estos son: 1. En ningún momento estarán en contacto directo con el suelo y especialmente en obra se deberá prever el efecto de posibles inundaciones. 2. Los puntos de apoyo serán tres (3), como mínimo. 3. En todo momento se deberá conservar rectilíneo el eje de la estructura. 4. Toda estructura que sufra daños imputables al Contratista será rechazada al solo juicio de la Inspección de la Obra. El Oferente deberá llenar las planillas de Datos Garantizados que se adjuntan en el presente Pliego.

ÍTEM 2 CONDUCTOR DE ENERGÍA Y CABLE DE PROTECCIÓN LÍNEA AÉREA

Los cables de energía se suministrarán convenientemente embalados en carretes de madera y rotulados, cumpliendo con lo indicado en la Norma IRAM 9590. El largo de los cables en cada carrete será el mayor posible compatible con el peso y volumen que hagan factible su transporte y manipuleo. Este Ítem comprende la carga, transporte, seguros, descarga y perfecto almacenamiento en obra o deposito previsto para tal fin según recomendaciones del fabricante, de todas las bobinas de cables necesarias para el tendido de la línea.

SUB ITEM 2.1: CONDUCTOR DE ENERGÍA:

Cantidad: 127.033 m (Un Ciento Veintisiete Mil Treinta y Tres metros).

Cable de aluminio-acero 95/15 mm2 de sección nominal, en un todo de acuerdo a la Norma IRAM 2187, con un diámetro exterior aproximado de 13,6 mm, y una formación de 26x2.15mm/7x1,67 hilos. En la zona de amarre del conductor al aislador, se colocarán para protección del conductor varillas preformadas (Preform Rods) de aleación de Aluminio. El Oferente deberá llenar las planillas de Datos Garantizados que se adjuntan en el presente Pliego.

SUB ITEM 2.2: CONDUCTOR DE PROTECCIÓN:

Cantidad: 42.344 m (Cuarenta y Dos Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro metros).

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El cable de Protección será de acero cincado de 35 mm2 de sección nominal, en un todo de acuerdo a la Norma IRAM 722 y 777, con un diámetro exterior aproximado de 7,5 mm, y una formación de 1x7 hilos. La resistencia a la rotura de los alambres será de 120 daN/mm2, torsión hacia la derecha, cincado tipo “B” pesado. EL cable de protección se suministrará convenientemente embalado en carretes de madera y rotulados, cumpliendo con lo indicado en la Norma IRAM 9590. El largo de los cables en cada carrete será el mayor posible compatible con el peso y volumen que hagan factible su transporte y manipuleo. El cálculo mecánico de los conductores, cable de guarda y estructuras, se realizará de acuerdo a las especificaciones de la ETN 160. El Oferente deberá llenar las planillas de Datos Garantizados que se adjuntan en el presente Pliego.

Manguitos de empalme: Tanto para el conductor como para el cable de guarda: Serán del tipo a compresión hexagonal, y responderán a la Norma IRAM 2433 y 2434. Para el cable de guarda serán de acero inoxidable y para el conductor estarán constituidos por dos piezas, un manguito de acero para el alma y otro de aluminio para todo el conductor.

No dañarán ni debilitarán al elemento empalmado y no se producirá deslizamiento de dicho elemento ni rotura del manguito con una fuerza de tracción inferior al 95% de la carga de rotura del conductor . La conductibilidad eléctrica y la corriente que cada empalme debe soportar no serán menores que las de un tramo de igual longitud sin unión, estos requisitos se comprobarán en los ensayos de muestras de empalmes. Los manguitos de aluminio estarán provistos de dos agujeros para la introducción de la grasa conductora inhibidora, con sus correspondientes tapones de aluminio para sellado, antes de someter al manguito a la compresión. La grasa conductora inhibidora de corrosión responderá a la NIME 1004. Este Ítem comprende la carga, transporte, seguros, descarga y perfecto almacenamiento en obra o deposito previsto para tal fin según recomendaciones del fabricante, de todas las bobinas de cables necesarias para el tendido de la línea.

ÍTEM 3 AISLADORES CERAMICOS

-En las estructuras de Suspensión, serán de porcelana, tipo Line Post, con perno corto incluido. Modelo ALP 57-3S de FAPA o similar.

Los aisladores Line Post se sujetarán a las ménsulas de A°G° mediante pernos provistos de un dispositivo autotrabante que impida el aflojamiento de los mismos.

Tensión nominal 33 kV. Tensión máxima de servicio 36 kV.

-En las estructuras de retención, angulares y terminales, serán cadenas de 4 aisladores a rótula MN12 de porcelana.

Contrariamente a lo establecido en la ETN 160, las cadenas para soportes de retención, angulares y terminales, estarán integradas por 4 (Cuatro) aisladores cada una. Se dispondrá doble cadena de 4 (Cuatro) aisladores cada una, en los cruces de Rutas Nacionales y Provinciales y de Ferrocarril.

Su construcción y ensayos deberán responder a la ETN 010 de ésta EPE, Normas IRAM de construcción y ensayos, de acoplamientos y herrajes, de cincado por inmersión en caliente, y norma complementarias que sean de aplicación.

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Los aisladores a utilizar serán de porcelana color marrón o gris, respondiendo a las normas IRAM 2235, 2234-1 y 2234-2. Para los casos en que sea necesario sujetar puentes de conexión se utilizarán aisladores de montaje rígido triple campana a los efectos de evitar contactos a tierra o entre fases.

Los aisladores de montaje rígido y los pernos correspondientes deberán trabajar con un tiro horizontal no superior al 33 % de su carga de rotura completa para la hipótesis en las cuales se verifica la tensión mecánica máxima de los conductores.

Para el caso de las cadenas de aisladores deberán trabajar con un tiro de tracción no superior al 40 % de su carga crítica para la hipótesis en la cual se verifique la máxima tensión de los conductores.

La superficie será lisa, sin rugosidades, de color uniforme, la vitrificación otorgará una terminación lisa y brillante.

La caperuza será de fundición maleable, libre de defectos como fisuras, rechupes, grietas, inclusiones y porosidades que afecten su uso.

El badajo será de acero forjado de alta resistencia, manteniendo una alineación exacta. La superficie no presentará rebabas, rugosidades ni bordes irregulares de modo de evitar atascamiento en su alojamiento.

Las chavetas de seguro serán de bronce fosforoso u otro material resistente e inoxidable aprobado y deberán impedir la separación accidental de las unidades de las cadenas.

En el caso de ser necesario cadenas de aisladores de suspensión simple para sostener puentes de conexión las mismas estarán formadas por tres (3) elementos, las cadenas de retención simple se formarán con cuatro (4) aisladores.

Embalaje

Los aisladores se entregarán embalados en cajones de madera sunchados.

El embalaje asegurara la inmovilidad de los aisladores y le brindará una protección suficiente para su transporte y manipuleo.

En cada cajón se colocarán seis (6) aisladores acoplados, con sus pasadores insertados.

Adicionalmente se entregará, debidamente embalados el 10% de la cantidad total de pasadores.

Todos los aisladores llevarán grabada en forma indeleble y legible la designación del fabricante y el año de fabricación

SUB ITEM 3.1: AISLADORES PARA SUSPENSION LINE POST:

Cantidad: 1.361 (Un Mil Trescientos Sesenta y Uno)

Dentro de la Provisión se ha considerado un adicional del 5 % en la cantidad de aisladores Line Post, para ser utilizados como repuesto, los mismos deberán ser entregados en el lugar que la Inspección de Obra designe.

SUB ITEM 3.2: AISLADORES PARA CADENA DE RETENCION MN12:

Cantidad: 552 (Quinientos Cincuenta y Dos).

El Oferente deberá llenar las planillas de Datos Garantizados que se adjuntan en el presente Pliego.

ÍTEM 4: ACCESORIOS DE LOS AISLADORES, MORSETERIA PARA CONDUCTORES Y CABLE DE GUARDA Y MENSULAS SOPORTE DE AISLADORES LINE POST

Están incluidos dentro de este Ítem, todos los elementos constitutivos de los aisladores Line Post y cadenas de aisladores, para sujetarlas de las ménsulas y/o crucetas así como también para tomar a los cables.

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El Oferente y eventualmente el Contratista deberá presentar el diseño tentativo para fijación de los aisladores a las estructuras y de los conductores no reconociéndose variación de costos si el proyecto ejecutivo resultase diferente.

SUB ITEM 4.1: ACCESORIOS DE LOS AISLADORES DE SUSPENSIÓN PARA CONDUCTOR DE ENERGÍA:

Cantidad: 1.361 (Un Mil Trescientos Sesenta y Uno).

Comprenderá al dispositivo de fijación del conductor y demás elementos. Responderán a las exigencias de la Norma IRAM-NIME 20022. La suspensión incluirá varillas amortiguadoras preformadas de 1,40 metros de longitud, con puntas redondeadas para evitar efluvios.

SUB ITEM 4.2: ACCESORIOS DE LOS AISLADORES DE RETENCIÓN PARA CONDUCTOR DE ENERGÍA:

Cantidad: 138 (Un Ciento Treinta y Ocho).

Serán del tipo apropiado para este fin y de acuerdo a las recomendaciones de cada fabricante para el conductor y sus tensiones mecánicas de trabajo. Comprenderán, desde los estribos hasta la morsa de retención. Todo el conjunto responderá a las exigencias de la Norma IRAM-NIME 20022. La morsa de retención será antimagnética, del tipo a cable pasante. Las dimensiones generales serán las indicadas en el plano de morsetería para conductor. Los prolongadores a utilizar serán del tipo fijo y diseñados de acuerdo con el tipo de cadenas de retención a proveer.

Mantenimiento bajo tensión:

La morsetería en general deberá estar diseñada a los fines de poder efectuar el mantenimiento a distancia mediante el empleo de pértigas estando la línea energizada en condiciones de servicio.

El Oferente presentará una memoria descriptiva y planos con detalles de los elementos propuestos como ser chavetas de las juntas órbitas, horquillas con badajo, etc., demostrando en forma específica su especial utilización.

SUB ITEM 4.3: ACCESORIOS DE SUSPENSIÓN PARA CONDUCTOR DE PROTECCIÓN:

Cantidad: 432 (Cuatrocientos Treinta y Dos).

Los accesorios que correspondan al cable de guardia, responderán igualmente a las condiciones impuestas por la norma IRAM-NIME 20022.

En los soportes de suspensión lineal las morsas serán del tipo de balancín, y en los de suspensión angular del tipo colgante y permitirán el deslizamiento del cable para una carga del 50 % del tiro máximo de servicio del mismo.

La Contratista solicitará al fabricante de la morsetería la cupla con que debe apretarse los caballetes de sujeción del cable para cumplir con este requisito.

SUB ITEM 4.4: ACCESORIOS DE RETENCIÓN PARA CONDUCTOR DE PROTECCIÓN:

Cantidad: 46 (Cuarenta y Seis).

En los soportes de retención, las morsas serán del tipo de retención a cable pasante y en la provisión estarán incluidos además los estribos, pernos y demás accesorios que correspondan.

Las dimensiones generales deberán ser indicadas en el plano de morsetería para cable de guardia.

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El Oferente deberá llenar las planillas de Datos Garantizados que se adjuntan en el presente Pliego.

SUB ITEM 4.5: MENSULAS SOPORTE DE AISLADORES LINE POST:

Cantidad: 1.361 (Un Mil Trescientos Sesenta y Uno).

Quedan incluidas en este Ítem la provisión de las Ménsulas Soporte de los aisladores Line Post, Galvanizadas por inmersión en caliente y las abrazaderas para su fijación a la estructura de H°A°. ITEM 5: PUESTA A TIERRA

Cantidad: 480 (Cuatrocientos Ochenta).

Las presentes especificaciones técnicas valen para:

Puesta a tierra soporte suspensión.

Puesta a tierra soporte de suspensión angular.

Puesta a tierra soporte retención.

Puesta a tierra soporte de retención angular.

Puesta a tierra soportes terminales.

El contratista suministrará todos los materiales necesarios para las puestas a tierra de las estructuras nuevas cumpliendo con lo descrito en las presentes especificaciones y en la ETN 160.

Características de los principales materiales a utilizar:

- Conductor de acero recubierto en cobre (tipo A-30 Norma IRAM 2467) de 50 mm2 de sección nominal, diámetro total 9 mm, formación 7 alambres de 3 mm cada uno, resistencia eléctrica máxima de 1,30 ohm/km a 20 °C.

- Jabalina de acero recubierta de cobre (según IRAM 2309/01), de sección circular de 16,20 mm de diámetro y de tres (3) metros de largo, con un revestimiento mínimo de cobre de 0,25 mm de espesor.

- Morseto bifilar de fundición maleable cincado, para cable de acero de 50 mm2 de sección.

- Cable de acero cincado de 50 mm2 de sección nominal, de características similares al cable de guardia.

El Oferente deberá llenar las planillas de Datos Garantizados que se adjuntan en el presente Pliego.

Las puestas a tierra para las estructuras se harán mediante el empleo de jabalinas de acero cobreado tipo Coperweld o similar, de longitud mínima 3 metros y diámetro de 16,2 mm, las mismas serán conectadas a la estructura por medio de un cable de acero recubierto en cobre.

Dicho cable deberá ser entero sin uniones intermedias y la conexión entre el mismo y la jabalina se hará mediante Sistema de Compresión en Frío según Norma IEEE 837– 89. Para tal fin se exigirá una herramienta de compresión hidráulica con una capacidad de compresión mínima de 12 Tn. Los elementos conectores estarán debidamente identificados.

Tanto la conexión entre conductor de guardia y la armadura de la columna de H°A° y los herrajes de las cadenas de aisladores y la armadura de la columna de H°A°, se efectuarán con cable de AcGo del mismo tipo del cable de guardia. Estas conexiones forman parte del sistema de puesta a tierra de las estructuras.

En todas las puestas a tierra de las cadenas de aisladores de suspensión se dejará una longitud de conductor de AcGo aproximadamente 15 cm más largo a los efectos de que posterior a la conexión con el péndulo soporte de la cadena de aisladores, sea abierto (destrenzado) y puesto en posición vertical, con el propósito de formar un anti-pájaro en el extremo de las ménsulas.

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En los casos de estructuras formadas por más de una columna, se deberán colocar una jabalina por cada una de las columnas. En dichos casos se deberá prestar especial cuidado a que tanto el cable de protección, herrajes y armaduras de toda la estructura estén equipotenciados y puestos a tierra correctamente. Ver detalles de PAT en planos adjuntos. El Oferente deberá llenar las planillas de Datos Garantizados que se adjuntan en el presente Pliego.

ITEM 6 VINCULACION ELÉCTRICA SUBTERRÁNEA

Comprende la provisión del cable subterráneo, las botellas terminales intemperie y descargadores. ITEM 6.1 CAS XLPE 33 KV AL 1X185 MM2

Cantidad: 3.300 m (Tres Mil Trescientos metros)

El cable será subterráneo, unipolar, responderá a la Norma IRAM 2178 y 2179, con las siguientes características: Tensión Nominal: 33 kV, Cat. I, campo radial. Conductor: de Aluminio electrolítico de 185 mm² de sección. Capa de homogeneización interna y externa: extruida, constituida por polímero reticulable semiconductor. Capa Aislante: Polietileno reticulado extruido (XLPE) Pantalla Metálica: 50 mm² Cu. Envoltura: Extruida de PVC, resistente a la humedad y agentes atmosféricos, con excelentes características mecánicas, de espesor mínimo de 3 mm, que deberá poder quitarse con facilidad sin producir daños..

Se proveerán 3 (Tres) tramos de idéntica longitud (Uno por cada fase de la terna) y no presentarán empalmes en su recorrido. La oferta incluirá folletos del cable con sus características.

Vinculará la línea aérea desde el campo de acometida a barras de 33 kV de la Estación transformadora de Media Tensión 33/13,2 de la Localidad de Villa Minetti hasta el terminal T1 (Debiendo atravesar mediante tuneleo el camino de acceso a la localidad), según se especifica en los planos correspondientes. Todos los cruces de Calles, Caminos y/o Rutas deberán hacerse con cañeros de PVC extrarreforzado de 4 plg. de diámetro según ETN 98. ITEM 6.2 TERMINAL TERMOCONTRAÍBLE EXTERIOR Y ACCESORIOS

Cantidad : 6 (Séis)

Serán del tipo termocontraíble, para exterior y cables unipolares con aislación seca (para 33 kV) y conductor de 185 mm² de Aluminio, aptos para reconstruir todas las características mecánicas y eléctricas del cable descripto anteriormente.

Deberán responder a las siguientes Normas: VDE 0278, ECER C81 e IRAM 2178. ITEM 6.3 DESCARGADOR DE SOBRETENSIONES, EXTERIOR, DE OXIDO DE ZINC, 30 KV, 10 KA

Cantidad: Seis (6)

El suministro deberá responder a la E.T.N. 12b de la E.P.E. y planilla de Datos Técnicos Garantizados.

Tipo Estación, Sin contador de descargas.

Corresponde a la protección del cable subterráneo de 33 kV de acometida a la SET MT 33 kV Crespo.

Se montarán sobre estructuras soporte adecuadas, en ambos extremos del cable subterráneo. ITEM 7: RECONECTADOR 33 KV - 630 A - 12,5 KA

Cantidad: 1 (Uno).

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El equipo deberá responder a la ETN 170a, normas IEC 62271-111, ANSI C37.60. y a la Planilla de Datos Técnicos Garantizados que se adjunta.

También se deberán tener en cuenta las Normas IRAM 2051, 2208, 2209 y 2216, referentes a Interruptores de Corriente Alterna para Tensiones Mayores de 1 kV, en todo lo que los

reconectadores se asimilen a éstos y la Norma IRAM 2211 en lo que corresponde para niveles de aislación.

La unidad de medición y protección electrónica debe cumplir con la Norma IEC 60255. ITEM 8: SECCIONADORES 33 KV - 630 A -

El suministro deberá responder a la Norma IEC 60129 y Planillas de Datos Técnicos Garantizados adjunta.

Deberá proveerse para montaje exterior, disposición polos paralelos, dos columnas por polo (Una giratoria), brazos articulados y contacto deslizante, con comando local con contactos auxiliares y enclavamiento electromecánico.

Serán instalado en el campo de acometida a barras de 33 kV a construir en la ET 33/13,2 kV Villa Minetti y su ubicación exacta será indicada por la inspección de la Obra.

SUB ITEM 8.1: SECCIONADOR TRIPOLAR ROTATIVO, COMANDO MANUAL, SIN CUCHILLA DE PAT:

Cantidad: 1 (Uno).

Este seccionador poseerá comando manual, sin cuchillas de puesta a tierra. Corresponde a la acometida a barras de 33 kV, lado barras.

SUB ITEM 8.2: SECCIONADOR TRIPOLAR ROTATIVO, COMANDO MANUAL, CON CUCHILLA DE PAT:

Cantidad: 1 (Uno).

Este seccionador poseerá comando manual y cuchillas de puesta a tierra. Corresponde a la acometida a barras de 33 kV, lado Cable Subterráneo. ITEM 9: MATERIALES PARA LA CONSTRUCCION DEL CAMPO DE ACOMETIDA A BARRAS DE 33 KV

Comprende todos los materiales necesarios para la correcta ejecución y puesta en funcionamiento del campo de acometida a barras de 33 kV de la ET 33/13,2 kV Villa Minetti.

El oferente presentará obligatoriamente con su oferta, un listado de precios unitarios de cada uno de los materiales que se suministran en este ítem.

Los principales elementos a tener en cuenta son (La enumeración siguiente no es taxativa, debiendo el Contratista efectuar la totalidad de las provisiones y trabajos necesarios para que el campo de acometida a Barras de 33 kV quede en condiciones de ser librado al servicio): AISLADOR SOPORTE DE BARRAS DE 33 KV

Cantidad: 3 (Tres).

El suministro deberá responder a la norma IRAM 2288, E.T.N. N° 15 y a la Planilla de Datos Técnicos Garantizados adjunta.

Será del tipo columna, de un solo cuerpo de porcelana.

Corresponde al montaje del campo de acometida a barras de 33 kV se utilizarán como soporte de conductores de energía en su transición a cable subterráneo.

Serán montados sobre estructura soporte de H°A°, conjuntamente con los descargadores de sobretensión, según se indica en planos de planta.

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ESTRUCTURAS SOPORTE DE APARATOS DE 33 KV

Cantidad: 3 (Tres).

Comprende el suministro en obra de todos los elementos de HºAº que conforman las mismas, para el montaje del equipamiento de 33 kV, según planos de montaje. La cotización se efectuará globalmente, incluyendo los bloquetes de bronce para la puesta a tierra de los aparatos.

En caso que los aparatos de playa ofrecidos demanden una modificación en las dimensiones y diseños de las estructuras, el contratista presentará en los plazos previstos por el Pliego, y con la anticipación necesaria para cumplir con el Plan de Trabajos, memorias de cálculos, planos de proyecto y planilla de doblado de hierro.

Todos los postes soportes de aparatos serán pretensados y centrifugados, con coeficiente de seguridad 2,5. según Normas IRAM 1605. Las bandejas soporte de aparatos serán pretensadas vibradas. En lo demás, las estructuras seguirán lo indicado en las ETN 08.

El Contratista deberá presentar memoria de cálculo, planos de armaduras y detalles previstos por el fabricante de los soportes de aparatos (postes y bandejas).

Comprende la provisión total de las estructuras soporte de aparatos (postes y bandejas) para el nivel 33 kV: Seccionadores y Aisladores soporte de conductores. CONDUCTORES DE ENERGÍA, CABLE DE GUARDA, MORSETERÍA Y ACCESORIOS.

Cantidad: Global.

Corresponde a los cables de energía, el conductor de guarda para protección, morsetería y accesorios necesarios para realizar la conexión entre equipos de playa y barras de potencia en el nivel de 33 kV del campo de entrada de línea a construir.

-El cable de energía será de Aluminio con alma de acero, de sección nominal 240/40 mm2, según Norma IRAM 2187, se utilizará para las acometidas de líneas, barras de potencia, bajadas de barras al equipamiento y conexión entre equipos de playa en el nivel de 33 kV.

-El cable de guarda será de acero galvanizado de sección nominal 50 mm2, 19 hilos, con galvanizado tipo “B” pesado según norma IRAM 722.

-La morsetería deberá responder al material normal (TN) de esta EPE.

Comprende toda la morsetería de playa, tanto la necesaria para la conexión a barra de las distintas bajadas, como las que corresponden a la interconexión entre aparatos.

La morsetería garantizará una fijación segura sin dañar el conductor. Las uniones cobre-aluminio se harán a través de conductores bimetálicos cuando corresponda. POSTE PARA SOPORTE HILO DE GUARDA.

Cantidad: 1 (Uno).

Poste de HºAº pretensado y centrifugado, tendrá una longitud total de 8,00 metros y una altura libre de 7,20 metros con coeficiente de seguridad de 2,5, según Norma IRAM 1586.

Corresponde a la protección atmosférica del campo de acometida a barras de 33 kV, según planos de planta y cortes. SISTEMA DE PUESTA A TIERRA

Cantidad: Global.

Incluye la provisión de los materiales necesarios para ejecutar la puesta a tierra del campo de acometida a barras de 33 kV objeto de la presente licitación: cables, morsetería, jabalinas, P.A.T. equipos, P.A.T. soportes, etc., la cual deberá conectarse a la malla de P.A.T. existente.

Se extenderá la malla de tierra existente, en la zona del campo de acometida de 33 kV a construir y se conectará con la malla existente como mínimo en tres puntos.

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La ampliación de la malla será ejecutada con conductor desnudo, de cobre cableado, de una sección de 70 mm2, a una profundidad de 1,00 m. (Como mínimo 20 m de conductor de Cu 70 mm2 enterrado formando una malla). La disposición exacta será indicada por la inspección de la Obra.

Las normas a considerar para el cálculo de la malla de puesta a tierra serán las IRAM 2281, 2309 y 2315 y además las especificaciones particulares de éste Pliego.

Se deberá tener en cuenta para el suministro todas las bajadas de los equipos y estructuras, partes metálicas, mallas metálicas de las estructuras, conductores enterrados, puestas a tierra de los cercos perimetrales, etc.

Se considerará que la resistencia total de dispersión de la malla con los electrodos en paralelo no debe superar los 0,5 ohm, siendo los valores de resistencia de paso y de contacto los indicados en las respectivas normas.

Si es necesario disminuir la resistencia total de puesta a tierra del conjunto, se considerará la incorporación de electrodos verticales en cantidad suficiente, tipo Copperweld, de 16,2 mm de diámetro y 6,00 metros de longitud según se indica en el plano de malla de p.a.t., debiendo responder a la Norma IRAM 2309 vigente.

Si al hincar estos electrodos se encontraran obstáculos subterráneos, se reemplazarán por perforaciones de la misma profundidad de un diámetro de 150 mm., en cuyo interior se instalará un cable de cobre de 100 mm2 de sección, en cuyo extremo irá unido un electrodo de cobre macizo de 20 mm de diámetro por dos metros (2 m) de largo por medio de soldadura cupro-aluminotérmica. La perforación luego deberá ser rellenada.

Por cada electrodo se deberá instalar una cámara de inspección de hormigón premoldeado con tapa, de acuerdo a lo indicado en el plano respectivo.

Cada jabalina a colocar deberá conectarse a tres ramas distintas de la malla de puesta a tierra, mediante conductor de Cu desnudo de 70 mm2 según IRAM 2004.

Para las bajadas se empleará conductor de Cu desnudo de 70 mm2 según IRAM 2004.

Las conexiones entre las bajadas y la malla de puesta a tierra, se efectuarán mediante el sistema de compresión en frío. La norma de aplicación será la IEEE std 837.

Los morsetos de puesta a tierra serán de bronce según detalle de plano.

La disposición es la indicada en el plano general, el de detalle y los planos de montaje de equipos y/o estructuras.

La morsetería será de bronce, abulonada y no se aceptarán uniones entre metales distintos donde se presenten cuplas galvánicas (Cu-Zn) para lo cual se utilizará la correspondiente morsetería bimetálica.

Previo a la medición y certificación, la Contratista deberá tener aprobado el proyecto de detalle completo donde figure el cómputo de los materiales correspondientes al presente Ítem y la incidencia en por ciento de cada uno de ellos.

Se empleará el sistema de compresión en frío como método de unión entre cable y cable de la malla, utilizando para tal fin pinza hidráulica de 12 tn como mínimo. La norma de aplicación será la IEEE std 837. CABLE PARA SERVICIOS AUXILIARES.

Cantidad: Global.

El suministro es a cargo del Contratista y deberá responder a las ETN 016, 017 y 018.

Comprende el cableado de SS.AA. de baja tensión de los equipos a instalar en playa.

A los efectos de la cantidad de cables a suministrar, se deberá tener en cuenta en el cómputo un diez por ciento (10%) de cables de reserva.

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No se reconocerán mayores costos por no ser suficientes las cantidades de cables previstos en la oferta para la completa y perfecta terminación de la obra contratada, salvo que hubiera modificaciones del anteproyecto, solicitados por esta EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA.

Los cables de potencia, aislación 1 kV, estarán aislados en PVC del tipo antillama y deberán tener las secciones adecuadas a las funciones que desempeñan.

Los cables de fuerza motriz e iluminación serán elegidos de forma tal que la caída de tensión no sea mayor del 5% y que pueda resistir la corriente nominal en forma permanente.

Deberán igualmente estar dimensionados para soportar las corrientes de cortocircuito que se presenten en cada caso.

Las secciones de los cables deberán responder perfectamente a las necesidades mínimas en su utilización.

Los cables se montarán ordenadamente.

Cada cable llevará en sus extremos una marca sobre la vaina y a su vez cada conductor será individualizado en sus extremos mediante una marcación de obleas de aluminio con impresiones bajo relieve.

RUBRO B - MONTAJE El Contratista tendrá a su cargo el montaje de la totalidad de los elementos que integran la obra. El montaje debe realizarse guardando las normas que imponen las presentes especificaciones, la ETN 160 y las reglas del buen arte de la construcción. El Contratista utilizará, sin costos adicionales todo el equipo necesario a satisfacción de la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA, para la construcción, puesta en funcionamiento y ensayos de la línea, de tal manera que ésta en su conjunto quede en perfectas condiciones de estabilidad, seguridad y explotación comercial.

ÍTEM 1 ESTRUCTURAS DE H°A°

Cantidad: Global.

Este Ítem corresponde a la mano de obra necesaria para el montaje de los materiales a que hace referencia el ítem 1 del Rubro A. comprende el izado, armado y sellado en la fundación que corresponda (según proyecto ejecutivo y demás directivas). Para el montaje de las estructuras, el Contratista utilizará equipos y maquinaria adecuados a las condiciones del terreno en todo el recorrido del trazado teniendo en cuenta la zona de trabajo, deberá hacerse cargo de los permisos municipales que pudieran corresponder para los eventuales cortes y podas de árboles. Igualmente de las interrupciones del tránsito vehicular. No se reconocerán costos adicionales ni prórrogas especiales por esta causa.

Las bases serán revisadas a fin de verificar su estado, previo a la colocación del soporte. Previo a la colocación de cada uno de los soportes se deberá verificar el perfecto estado previo de las bases. También previo al montaje de cada estructura, se deberán sellar convenientemente los extremos superiores de las columnas a los efectos de evitar la entrada de insectos.

Por otra parte antes del izado de las estructuras también se deberá asegurar que el hoyo de la base esté libre de desechos, materiales o tierra y sin presencia de agua. Este cuidado se mantendrá hasta el momento del sellado.

La posición de los postes se asegurará mediante suplementos metálicos y/o cuñas de madera dura, antes del vertido del asiente y relleno.

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En las estructuras multipostes, se verificará la correcta inserción de vínculos y crucetas antes de hormigonados los postes. No se admitirá el picado ni golpeado de ningún elemento para posibilitar el montaje. Los encofrados para el sellado de crucetas, ménsulas y vínculos estarán construidos por cepos de madera dura o metálicos y fondos o moldes de chapa de espesor suficiente para evitar deformaciones. No se aceptará el uso de moldes que al solo juicio de la Inspección, estén en mal estado. Para el sellado se empleará hormigón simple utilizando una (1) mezcla de una parte de cemento, dos (2) partes de arena (módulo de fineza entre 2,3 y 3,1) y 4,5 partes de piedra partida granítica (tamaño máximo nominal 12,5 mm). Con una relación agua-cemento no superior a 0,65. El llenado se hará de manera que la mezcla ocupe todo el vacío del huelgo, para lo cual se asegurará su perfecto asentamiento y compactación. No se admitirá el mezclado a mano, debiendo emplearse hormigonera de capacidad adecuada. No se admitirá el mezclado a mano; debiendo emplearse hormigonera de capacidad adecuada. Para el montaje de las estructuras, el Contratista utilizará equipos y maquinaria adecuados a las condiciones del terreno en todo el recorrido del trazado. No se reconocerán costos adicionales ni prórrogas especiales por esta causa. Una vez montadas, las estructuras deberán permanecer en posición vertical después del tendido de conductores, con una tolerancia de cincuenta (50) mm. de desviación del eje en la cima para las estructuras simples y dobles, y de cien (100) mm. para las estructuras triples. La tolerancia máxima de posición de vínculos será + 0,10 m. y la de ménsulas y crucetas de + 0,02 m. En el montaje de estructuras dobles, una vez dada la inclinación correspondiente se procederá al montaje de los vínculos asegurándose la perfecta nivelación de cepos y demás elementos utilizados para tal fin y al sellado de los mismos con hormigón según lo especificado. No se permitirá el montaje de las estructuras con las cadenas de aisladores ya colocadas. Durante el tendido, no se exigirá a los postes y ménsulas, esfuerzos superiores a aquellos para los cuales están diseñados, debiéndose arriostrar los mismos de común acuerdo con la Inspección, cuando ello resulte necesario. Cada estructura llevará pintados carteles de numeración y uno de peligro. Deberá lograrse una ejecución que asegure la inalterabilidad de la leyenda y dibujo con el transcurso del tiempo. La numeración se hará a la altura de 4,5 m sobre el nivel del suelo en el frente y contrafrente de la estructura en sentido longitudinal de la línea. Los números serán de color negro sobre fondo blanco con una altura de 300 mm y un ancho de 50 mm.

Después del montaje deberán limpiarse las estructuras y el lugar, de cualquier materia extraña o pintura.

ITEM 2: CONDUCTOR DE ENERGÍA, AISLADORES Y ACCESORIOS

Cantidad Global

Este Ítem corresponde a la mano de obra necesaria para el tendido y montaje de los materiales a que hace referencia el ítem 2.1, 3.1, 3.2, 4.1 y 4.2 del Rubro A.

Los conductores y cable de guarda serán tensados desde carretes convenientemente colocados en posición fija sobre los caballetes asegurados contra cualquier desplazamiento. Cada equipo de tendido estará provisto con un freno adecuado para asegurar que los cables estén perfectamente en tensión. El factor de seguridad del equipo deberá ser mayor de 4. El Contratista deberá tener todo su equipo de trabajo en perfectas condiciones de uso. Se deberá tener especial cuidado en que mientras se tiran los conductores y cables de guardia, no se pongan en contacto con el suelo o con cualquier obstáculo, tales como instalaciones, paredes, alambrados, árboles, etc.

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Las ubicaciones de las estaciones de tendido y de frenado serán analizadas y definidas en conjunto con la Inspección bajo las siguientes pautas: a - Se tenderá por tramos. b - Se evitará esfuerzos impropios en las estructuras. c - No se podrá usar como retención a las estructuras de suspensión. d - Se arriendarán con cable de acero las estructuras de los extremos del tramo a tender. Procedimientos: Se tenderá primero el conductor superior y así sucesivamente. Colocadas las roldanas en las estructuras se pasará la cordina de acero, la que se unirá por su extremo al cable de guardia o conductor. Dando movimiento simultáneo al tambor motor y a los rolos, el cable irá pasando por las roldanas hasta llegar al otro extremo. Este proceso será coordinado y controlado desde tres lugares: máquina de tiro, frenadora y punta del cable. La tensión del tendido se ajustará a un valor que asegure una altura libre que evite contacto con el suelo y obstáculos como árboles, líneas de alumbrado, alambrados, etc. Se cuidará no sobrepasar en ningún caso la tensión de flechado de cada tramo y evitar la formación de canastas o aberturas de los cables durante el tendido. Donde deban salvarse obstáculos se instalarán protecciones o soportes que eviten el roce mecánico y/o el contacto o acercamiento se trata de líneas con tensión eléctrica. La superficie de deslizamiento de los cables sobre esas protecciones serán de madera blanda y cantos redondeados. Para los cruces de ferrocarril y ruta nacional el Contratista deberá montar estructuras temporales que aseguren una altura mínima durante el tendido. Podrán los conductores y cables de guardia posarse sobre el suelo únicamente cuando no estén en movimiento. Asimismo, se evitará que los cables enreden, se retuerzan o se dañen por frotamiento o de cualquier otra manera . Sin embargo, si ocurre cualquier daño, deberá informarse a la Inspección, quien decidirá si la parte dañada será reparada o cortada. En caso de dañarse solamente los alambres de la capa exterior del conductor, éste podrá ser reparado mediante manguitos de reparación, de tipo aprobado, previa conformidad de la Inspección. No se colocará ningún manguito de reparación dentro de los 9 m. de distancia de una morsa de suspensión o de retención del conductor. Ajuste de flechas y tensiones. El Contratista efectuará el tensado de los conductores de acuerdo con la tabla de valores de tensiones y flechas que esa Contratista elabore, previa aprobación de esta E.P.E. Para el cálculo de flechas y tensiones debe tenerse presente que la flecha del cable de guardia no debe superar el 90% de la flecha del conductor para el estado de temperatura media anual, y para cualquier otro estado, la flecha del cable de guardia no debe sobrepasar la de los conductores de energía. La temperatura durante el flechado se controlará con un termómetro con una apreciación de 1 °C. El termómetro será suspendido a más de 4 m. del suelo y expuesto a las condiciones ambientales del momento (viento, sol, etc.), quedando bajo esas condiciones no menos de 15 minutos (estabilización), antes de proceder a leer. El bulbo del termómetro estará ubicado en la cavidad practicada en un trozo de un metro de longitud al que previamente se le retirará parte del alma de acero. Para asegurar un buen contacto del bulbo con el conductor se rellenarán los espacios con limadura de hierro y aluminio.

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La lectura de temperatura se hará cada una hora. Las medidas de las flechas inmediatamente después del tendido del conductor, tendrán una tolerancia de más o menos dos por ciento (2%). La flecha de cualquier conductor individual no podrá variar en más de 5 cm. con respecto a la flecha media de los otros del mismo vano. La distancia mínima reglamentaria al suelo no tendrá tolerancia negativa. La operación de tender los conductores entre dos estructuras de retención, debe preferentemente completarse durante los momentos en que ocurren pocos cambios de temperatura y sin viento, de cualquier manera, durante esa operación, los conductores no podrán someterse a un esfuerzo de tracción mayor que el máximo admisible a la temperatura correspondiente. Después de tender los conductores a la tensión inicial y antes de fijarlos a las morsas de suspensión será necesario dejar pasar un tiempo suficiente para permitir el deslizamiento de los mismos a fin de uniformar flechas y tensiones en los distintos vanos. Deberá cuidarse especialmente que el centro del blindaje preformado de alambres de aluminio, que cubre los conductores en todas las morsas de suspensión se encuentre exactamente en el centro de las mismas con las cadenas de aisladores suspendidas en posición vertical. El control de las flechas se realizará mediante instrumento óptico exacto, descartándose el reglaje con dinamómetro. Dicho instrumento lo proveerá el Contratista, debiendo verificar la Inspección, en cada caso, las lecturas efectuadas y su comprobación con los valores de las tablas de tensado. Las distancias libres entre conductores y suelo y obstáculos, así como entre conductores y soporte se verificarán durante la ejecución del trabajo y luego al recepcionar la línea. Si en alguno de estos casos no se cumpliera, se procederá a efectuar las rectificaciones que corresponda. La flecha y ángulos de inclinación del puente de conexión, entre cadenas de retención, será la estipulada en la ETN 160, respecto de la cara inferior de la ménsula. Todos los morsetos bifilares que resulten necesarios serán provistos por el Contratista y su costo estará incluido en el de tendido. Se utilizarán tres (3) morsetos como mínimo para cada puente.

Manipuleo del conductor. El Contratista será responsable del manipuleo adecuado a fin que no se produzcan deterioros de los mismos.

Ejecución de Empalmes. Al efectuar el empalme de los conductores, deberá tenerse especial cuidado en que al cortar los alambres de aluminio de las varias capas de cable, no llegue a dañarse el alma de acero, para lo cual, deberán usarse herramientas apropiadas. Los manguitos de empalme del tipo a compresión se instalarán conforme con las instrucciones especiales del fabricante. Deberán tomarse extremas precauciones a fin que las superficies de contacto de los conductores y las superficies interiores de los manguitos de aluminio estén perfectamente limpias antes de insertar el conductor dentro del manguito, utilizando a tal efecto un cepillo de acero adecuado. Tanto el cordón de acero como el manguito de acero deberán también estar bien limpios y sin grasa u otros compuestos. Las dos extremidades del cable de acero, deberán estar en contacto una con otra dentro del manguito y en la mitad del mismo. Antes de hacer correr el manguito de aluminio a su posición definitiva, deberán cubrirse con un compuesto especial aprobado las extremidades de los cables que se insertarán dentro del manguito, debiendo éste quedar centrado en el medio del empalme.

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Antes de comprimir el manguito de aluminio, deberá inyectarse el compuesto especial aprobado hasta que fluya por los extremos del manguito y luego colocar los tapones de aluminio en los agujeros por donde se inyectó el compuesto. Todo empalme de conductores debe ser presenciado por la Inspección durante la operación. En la ejecución de los empalmes deberá cuidarse, que no se produzcan sobretemperaturas. No se permite el uso de soldaduras ni calentamientos para efectuar empalmes. Los empalmes definitivos se realizarán con manguitos a compresión utilizando las herramientas y procedimientos indicados por los proveedores. Cuando se produzcan cortes de hasta tres (3) alambres de la última capa o se hayan dañado severamente hasta seis (6) alambres de la última capa se colocará un manguito de reparación. Si el corte o deterioro del conductor es importante, al solo juicio de la Inspección, deberá cortarse el tramo averiado y empalmar (esta solución se adoptará siempre que no halla otro empalme en el mismo cable del mismo tramo). No se permitirá que los empalmes definitivos pasen por poleas, por lo que durante el tendido se utilizarán empalmes provisorios con técnicas y materiales aceptados por la Inspección. No se permitirá más de un empalme por cable en cada tramo de tendido. No se permiten empalmes sometidos a tracción en los siguientes casos: a) En los tramos entre soportes de retención de menos de tres (3) vanos, salvo específica aprobación en contrario, ni dentro de los 9m de una morsa de suspensión o de retención. b) En los vanos de cruce de rutas y ferrocarriles. Además de lo indicado más arriba, para los empalmes del tipo a compresión deberán también cubrirse el conductor con el compuesto especial aprobado, en las partes que estarán dentro de las morsas, manguitos de reparación y conectores.

MONTAJE DE AISLADORES Y ELEMENTOS DE FIJACIÓN Los aisladores y accesorios serán manipulados con el cuidado y precauciones debidas para que no sufran daños. Todo aislador que en el momento del montaje presente grietas, fisuras o fracturas, no se instalará. Las cadenas de aisladores completas, serán izadas hasta su punto de sujeción en los soportes, una vez que estos estén completamente montados en su posición definitiva. Todas las superficies de contacto entre caperuza y rótula serán levemente cubiertas con grasa aprobada. Debe verificarse que las chavetas de seguro estén colocadas en cada aislador así como en los lugares requeridos de los accesorios de las cadenas y debidamente expandidas. Todos los pernos y bulones deberán llevar las chavetas de seguro con la correspondiente arandela. Las cadenas se montarán de manera que las chavetas y tuercas queden enfrentando a la estructura para posibilitar el mantenimiento. Además, las roscas deberán ser cubiertas con grasa antes del montaje.

ITEM 3: CONDUCTOR DE PROTECCIÓN Y ACCESORIOS

Cantidad Global

Este Ítem corresponde a la mano de obra necesaria para el tendido y montaje de los materiales a que hace referencia el ítem 2.2, 4.3 y 4.4 del Rubro A.

ÍTEM 4 PUESTA A TIERRA Y MEDICION

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Cantidad Global

Este Ítem corresponde a la mano de obra necesaria para el tendido y montaje de los materiales a que hace referencia el ítem 5 del Rubro A.

El Contratista tendrá a su cargo la instalación de las puestas a tierra, las que responderán a lo indicado en planos adjuntos. La jabalina se colocará verticalmente a 0,50 metros de la fundación hasta que su extremo superior quede a 0,60 metros bajo el nivel del terreno. El hincado de la misma se realizará con martinete apropiado, con el objeto de no producir deterioros en el extremo superior durante su colocación en el terreno. Una vez concluido el hincado de la jabalina se procederá a efectuar las soldaduras cupro-aluminotérmicas de interconexión. Por ningún motivo se permitirá el hincado de jabalinas con interconexiones ya efectuadas. Las mediciones de control de las resistencias de tierra de estructuras estarán a cargo del Contratista, quien las realizará en presencia de la Inspección y solo se llevarán a cabo durante períodos de clima estable, como mínimo después de cinco (5) días a partir de la última lluvia aislada. El Oferente describirá en la oferta el método que utilizará para la medición del valor de la resistencia de puesta a tierra de las estructuras, como también los instrumentos a emplear, marca, modelo, etc. El Contratista, una vez ejecutadas las puestas a tierra de las estructuras, solicitará a la Inspección de Obras la aprobación del instrumental para efectuar la medición de las mismas. La Inspección de Obras establecerá un plan de mediciones de estructuras en base a las características del terreno. La medición de las resistencias de puesta a tierra debe efectuarse preferentemente con un instrumento de alta frecuencia. En este caso, la resistencia de puesta a tierra no debe superar 5 Ohm. Se aceptarán valores superiores de hasta el 20% del valor anterior en un 10% de la totalidad de las estructuras excluyendo las estructuras próximas a Estaciones Transformadoras. Las condiciones para aceptar resistencias mayores que el valor especificado son las siguientes: a) Cuando los valores de la resistencia de puesta a tierra de las estructuras anterior y posterior sean inferiores a 5 Ohm. b) Cuando el valor medio de un tramo de retención no sea superior a 5 Ohm. Para las estructuras próximas a Estaciones Transformadoras, los valores máximos serán de 5 Ohm, no permitiéndose en ningún caso superar esos valores. Si los terrenos fueran rocosos, debe consultarse con la Inspección de Obras para la determinación del valor a obtener de la resistencia de puesta a tierra. Cuando se efectúe la medición con instrumento de alta frecuencia, no es necesario desconectar el cable de guardia de la estructura .

Si la medición se efectúa con instrumentos de baja frecuencia, debe desconectarse el cable de guardia de la estructura.

Si no se cumpliese con el valor requerido, deberán colocarse las jabalinas que resulten necesarias, convenientemente alejadas entre sí (mínimo 4 metros) y conectadas en paralelo, o prolongarse los conductores contrapuestos, según el caso.

Antes de adoptar alguna otra solución, el Contratista requerirá la aprobación de la Gerencia Departamental de Ingeniería a través de la Inspección de Obras. No se permitirá mejorar la resistencia de la tierra con material aditivo al terreno, cualquiera sea su composición química. La parte del cable Ac-Cu, que quede a la vista y el morseto de conexión a la estructura, serán pintados con pintura negra al solo efecto de evitar vandalismo.

ITEM 5 VINCULACIÓN ELÉCTRICA SUBTERRÁNEA

Cantidad: Global

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EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE

OBRA E-363: “LMT 33 kV Villa Minetti-Gregoria Pérez de Denis”

Unidad Proyectos - Área Proyectos - Gerencia de Infraestructura 25

Este Ítem corresponde a la mano de obra y materiales menores necesarios para el tendido y montaje de los materiales a que hace referencia el ítem 6 del Rubro A.

Comprende las tareas necesarias para el montaje del cable subterráneo de 33 kV de acometida a la E.T. de M.T. de la localidad de Crespo y la acometida (Cable Subterráneo) de la LMT 13,2 kV a la E.T. 132/33 kV Crespo para alimentación del transformador de SS.AA., en su nueva ubicación, elementos de vinculación eléctrica entre el cable y línea aérea, seccionadores fusibles, protección mecánica del cable y elementos de fijación y conexionado al Transformador de SS.AA.

El montaje del cable subterráneo se realizará en disposición coplanar horizontal y en un todo de acuerdo a las ETN 098 y 040 y reglamentaciones vigentes del Municipio local.

Se deberá considerar solamente:

- Tendido del conductor. Las tareas de Replanteo; Sondeos; Rotura de veredas; Excavación de zanjas; Túneles para cruces de calles y rutas; Cruces de ferrocarriles y otras instalaciones; Colocación de arena; Protección de los cables mediante colocación de ladrillos; Relleno y compactado de zanjas y túneles, Reparación de albañales y de otras cañerías deterioradas; Reposición de pavimentos y veredas a su estado original; Limpieza; serán consideradas en el Rubro C obras Civiles

Este Ítem contemplará la provisión de la protección mecánica de los cables, que se realizará con caños de acero galvanizado, en la subida del soporte terminal T1 de la línea aérea, hasta una altura de 4 m.

En la acometida del cable subterráneo a la línea aérea se colocaran seccionadores unipolares a cuchillas. Quedando incluido en este Ítem la provisión de estos seccionadores y los materiales menores para el montaje.

En el terminal T1 se colocaran descargadores de sobretensión para protección del cable de 33 kV.

Queda incluido también la provisión y montaje de todos los materiales menores que fueran necesarios para la correcta ejecución de éste ítem.

ITEM 6: RECONECTADOR Y SECCIONADORES

Cantidad: Global.

Este Ítem corresponde a la mano de obra y materiales menores necesarios para el correcto tendido y montaje de los materiales a que hace referencia el ítem 7, 8.1 y 8.2 del Rubro A.

El reconectador se instalará sobre un soporte tipo poste de acuerdo a ETN 170a.

Los seccionadores se montarán sobre soportes formados por poste+bandeja de H°A° de acuerdo a planos. ITEM 7: MATERIALES PARA LA CONSTRUCCION DEL CAMPO DE ACOMETIDA A BARRAS DE 33 KV

Cantidad: Global.

Este Ítem corresponde a la mano de obra y materiales menores necesarios para el correcto montaje de los materiales a que hace referencia el ítem 9 del Rubro A.

Todas las estructuras de hormigón armado deben incluir el montaje de los accesorios tales como cable de bajada a tierra, abrazaderas, bulones de anclaje, etc.

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Queda incluido en este Ítem el montaje del cableado para proporcionar los servicios auxiliares de los equipos a montar. Los cables deberán conectarse en ambos extremos, debidamente señalizados e irán tendidos en cañeros que incluyen cámaras.

Queda incluido en éste ítem los materiales y mano de obra necesarios para la ejecución de las cámaras y cañeros según se describe en plano de planta.

ITEM 8: ENSAYOS Y PUESTA EN TENSIÓN

Cantidad: Global.

Los realizara el Contratista, con personal y equipos propios, pero supervisado por La Comisión de Ensayos designada al efecto. El Contratista dentro de los Dos (2) primeros meses de firmado el contrato, presentará para aprobación ante la Inspección de Obra, un Programa de Ensayos de Puesta en Servicio. Una vez aprobados, el Contratista suministrará en calidad de borradores para la ejecución de los ensayos, tres (3) copias por cada planilla de cada protocolo. Cuando los ensayos hayan concluido, el Contratista hará la presentación definitiva que consistirá en un (1) juego de originales y tres (3) juegos de copias debidamente encarpetados con separadores por protocolo e índice. Para la confección de los programas de ensayo se usará el formato A4 de la Norma IRAM 4504. Estos, para la etapa de aprobación consistirán de las siguientes partes: 1- CARATULA. Es la primer hoja con el rótulo normalizado de la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA y además contendrá un logotipo del Contratista y la indicación expresa de la obra que se trata. 2- MEMORIA DESCRIPTIVA. Es común para todos los grupos de ensayos de un protocolo y describe el procedimiento y/o rutinas que deben respetarse en la realización de los ensayos y verificaciones. 3- PLANILLAS. Necesarias para consignar los resultados de todos los ensayos y verificaciones con indicación de: título del ensayo; circuito a conectar; instrumento y fórmulas a utilizar; tablas para anotar las mediciones; planillas de controles visuales, mecánicos y eléctricos; rayados para hacer gráficos; escalas; espacio para anotar el número de protocolo a que corresponde la hoja; número de ítem que se asigne a ese ensayo o verificación dentro del protocolo; secuencia de maniobras y resultados esperados; posiciones de otros elementos que se relacionan con el ensayo en cuestión; comentarios y observaciones y toda otra información que resulte necesaria o de interés para realizar el ensayo o interpretar los resultados. 4- PLANILLA DE OBSERVACIONES. Será usada para consignar las observaciones habidas; por tanto debe indicar además el número de protocolo a que pertenece, el ítem del mismo y la fecha en que fue hecha la observación. Los ensayos de rutina a realizar con la recepción en fábrica de todos los materiales formaran parte de los protocolos de ensayo a presentar para aprobación, por tanto los protocolos pueden subdividirse en protocolos de ensayos de recepción y para ensayos de puesta en servicio. Además de lo precedentemente expuesto para cada aparato, se confeccionarán protocolos de ensayos para las pruebas de conjunto de los campos de salida del cable subterráneo en ambos extremos. De igual modo deberá entenderse, a todos sus efectos, que el Contratista con la aprobación que recibe de la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA no transfiere su responsabilidad, siendo por lo tanto, único responsable de la puesta en servicio, del buen funcionamiento de las instalaciones y de la calidad de los componentes suministrados. Una vez finalizados los trabajos a juicio de la Inspección, el Contratista, bajo la supervisión de la Comisión designada para presenciar esos ensayos, efectuará las pruebas de puesta en funcionamiento.

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El Contratista deberá contar con los aparatos, herramientas necesarias y personal idóneo para realizar las pruebas de puesta en servicio.

Línea de Media Tensión 33 kV:

Se realizaran como mínimo los siguientes ensayos, previo a la puesta en servicio: - Medición de la resistencia de p.a.t. - Verificación de flechas. - Verificación de alturas libres. - Comprobación de los valores de apriete de la morsetería. - Verificación de la aislación de la línea. - Comprobación de la secuencia de fases. - Ensayo de rigidez dieléctrica: En la L.M.T. 33kV se hará mediante la aplicación de corriente continua durante el lapso de 15 minutos, según lo especificado en las recomendaciones de la I.E.C. en sus publicaciones 141-1/1976 y 502/1978. Antes y después de este ensayo se realizará la medición de la resistencia de aislación con megger de 5000 y 2.500 Volts. Previo a la realización del ensayo se dispondrá la instalación en forma conveniente, para evitar la aplicación de corriente continua a los descargadores de sobretensión, etc. El Contratista presentará una memoria detallando la metodología aplicada, resultados, conclusiones y recomendaciones. Una vez cumplimentados los ensayos en forma satisfactoria se normalizará la instalación y se procederá a la marcha de confiabilidad para lo cual la misma será librada al servicio normal, no debiéndose producir fallas inherentes a la instalación en cuestión, por un período de treinta (30) días corridos. De suscitarse fallas propias a la instalación, el Contratista procederá a la reparación de las mismas a su exclusivo cargo, como también será responsable del daño infligido a instalaciones existentes. Reparadas las fallas se reiniciará la marcha de confiabilidad, no contemplándose el tiempo transcurrido hasta la falla, esto es, se deberán reiniciar cumpliéndose treinta (30) días corridos sin fallas. Cumplida la marcha industrial de confiabilidad se procederá a la Recepción Provisoria de las Instalaciones.

Campo de Acometida a Barras de 33 kV en ET Villa Minetti:

- Para todos los aparatos, dispositivos y máquinas:

-Controles visuales y dimensiones. -Controles mecánicos. -Controles eléctricos. -Aislación como conjunto y de cada componente. -Funcionamiento. -Continuidad y coincidencia de fases. -Grupo de conexión. -Distancias eléctricas. -Medición de la resistencia de propagación, tensión de paso y de contacto de la malla de puesta a tierra. -Puesta a tierra. - Verificar y Controlar.

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EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE

OBRA E-363: “LMT 33 kV Villa Minetti-Gregoria Pérez de Denis”

Unidad Proyectos - Área Proyectos - Gerencia de Infraestructura 28

-Enclavamientos mecánicos. -Enclavamientos electromecánicos. -Enclavamientos eléctricos. -Cabezal de comando. -Circuito de comando y telecomando. -Circuito de señalización y teleseñalización. Circuito de protección. -Circuito de alarmas y telealarmas. -Circuito de sincronización y telesincronización. -Radios de curvatura de cables. -Tiempos de operación. -Secuencia o simultaneidad de operación. -Distancias eléctricas. -Resistencia de contactos. -Polaridad de TV y TC. -Contraste de instrumentos y relés. -Ensayos de campo. -Relevamiento de placas características y carteles. Esta lista no incluye los ensayos de rutina que debieron realizarse sobre los aparatos suministrados, como así tampoco cubre el caso de excepción, cuando los equipos se envíen a obra sin haber sido ensayados o aprobados éstos en su totalidad:

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Obra: E – 363

Pliego de Especificaciones Técnicas Página 1 de 19

RUBRO C OBRAS CIVILES “OBRA CIVIL LMT 33kV. VILLA MINETTI – GREGORIA PEREZ de DENIS”

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES

INDICE

GENERALIDADES. Folio Nº

ESTUDIO DE SUELOS. Folio Nº

C.1. REPLANTEO, LIMPIEZA Y PREPARACION DEL TERRENO. Folio Nº

C.1.1. ZONA DE ACCESO, PODA, TALA Y TRASLADOS. Folio Nº

C.1.2. MATERIALIZACIÓN DE LA TRAZA. Folio Nº

C.1.3. LIMPIEZA Y PREPARACIÓN DEL TERRENO. Folio Nº

C.2. FUNDACIONES. Folio Nº

C.2.1. EXCAVACIONES PARA FUNDACIONES. Folio Nº

C.2.2. FUNDACIONES EN BLOQUE. Folio Nº

C.2.2.1. PARA CAMPO DE ACOMETIDA A BARRA DE 33 KV. E.T. VILLA MINETTI Folio Nº

C.2.2.2. PARA LÍNEA DE TRANSMISIÓN EN 33 KV. Folio Nº

C.3. OBRAS CIVILES PARA TENDIDO DE CABLE SUBTERRANEO. Folio Nº

C.3.1. EXCAVACIONES. Folio Nº

C.3.2. RELLENO Y COMPACTACIÓN. Folio Nº

C.4. MENSURAS DE SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA DE ELECTRODUCTO Folio Nº

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Obra: E – 363

Pliego de Especificaciones Técnicas Página 2 de 19

GENERALIDADES. El conjunto de tareas que se describen en este Rubro serán efectuadas por el Contratista a su exclusivo costo, incluyendo materiales, mano de obra, transporte y otros gastos que se consideren necesarios.

La descripción será considerada enumerativa, no taxativa. La Contratista considerado un especialista en este tipo de obras, deberá prever y efectuar todas las tareas, operaciones y proveer los materiales necesarios para dejar las obras completamente terminadas, en condiciones de uso de acuerdo a las reglas del arte y a satisfacción de la Inspección de Obra.

El Contratista ejecutará a su exclusivo cargo aquellas obras adicionales provisorias o definitivas y la apertura de alambrados, cuando ello sea imprescindible para llevar a buen término los trabajos.

Deberá contar con la autorización de los propietarios y tomará a su cargo la señalización, las obras de protección y seguridad, y el cierre o reposición de alambrados; adoptando en este caso las precauciones que eviten el paso de animales por las aberturas.

Será el único responsable por los accidentes que se produzcan por causas vinculadas con la ejecución de las obras como así también por los daños ocasionados a los bienes y/o personas.

Igualmente la presencia de agua temporaria o permanente en el lugar de las obras puede obligar al Contratista a adoptar algunas precauciones y ejecutar obras provisorias y/o complementarias a su exclusivo cargo.

No se admitirán reclamos de ninguna naturaleza en causas provocadas por estas contingencias que se considerarán comprendidas en la Propuesta presentada.

El proyecto Ejecutivo de esta obra presentará fundaciones tipo monobloque de hormigón armado, similares a las que se adjuntan en el presente Pliego, que deberán ser calculadas por el Contratista, considerándose incluidos los honorarios profesionales por dichas tareas en el presupuesto oficial.

Los trabajos se realizarán en general en un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas ETN 160 “CONDICIONES PARA EL CÁLCULO Y DISEÑO DE LÍNEAS DE MEDIA Y ALTA TENSIÓN” u otra normativa vigente en el momento de la ejecución de la Obra.

ESTUDIO DE SUELOS.

Con la demarcación de la traza tentativa se ubicaron puntos para la realización de un Estudio de Suelos de acuerdo con las condiciones indicadas en la Especificación Técnica ETN 160 vigente, de esta EPESF, el que estará a disposición del Contratista de la obra.

Se realizaron trece (13) sondeos, habiéndose elegido los puntos en función a singularidades topográficas y vértices de la traza en una profundidad de seis (6,00) metros.

El muestreo fue proyectado en la forma establecida por las normas, obteniéndose con ellos en el laboratorio, los límites de Atterberg, granulometría y clasificación de suelos según el Sistema Unificado de Casagrande, humedad y densidad natural.

Asimismo en el Ensayo de Penetración Estándar (Terzaghi) se determinó a profundidades regulares, la tensión admisible σt y el coeficiente de compresibilidad vertical y horizontal. Las profundidades adoptadas como cota de fundaciones directas son las recomendadas en el estudio de suelos realizado.

La Contratista podrá efectuar por su cuenta y a su cargo nuevos estudios y perforaciones, si lo considera necesario a fin de verificar la calidad del suelo de fundación y consecuentemente, confirmar tipo y dimensiones de la fundación, tipo de cemento a utilizar en los hormigones, medidas de protección, etc. Estos estudios que deberán ser puestos a consideración de la Inspección para su aprobación, se ejecutarán de modo tal que la marcha de las obras no se vea entorpecida.

El Contratista adoptará las medidas necesarias para asegurar el normal cumplimiento del Plan de Trabajos y evitar desviaciones que provoquen una extensión del plazo contractual por este motivo.

C.1. REPLANTEO, LIMPIEZA Y PREPARACIÓN DEL TERRENO.

El replanteo de la traza de la línea responderá a los planos de proyecto que forman parte de este Pliego, al igual que la ubicación de las distintas estructuras. En un todo de acuerdo con las ETN Nº 160 de esta EPESF.

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Obra: E – 363

Pliego de Especificaciones Técnicas Página 3 de 19

Teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley Provincial Nº 10742/92 y el trazado de la Línea, la "Zona de Electroducto" para esta Obra queda definida de la siguiente manera:

CONFIGURACION ZONA RURAL:

SIMPLE TERNA: de 4,08 metros como zona de restricción máxima a ambos lados del eje de la LMT, con una franja adicional de restricción limitada de 3,00 m. a ambos lados.

Total de Restricción:…………………………………………………….. 14,16 m.

CONFIGURACION ZONA URBANA y/o SUBURBANA:

SIMPLE TERNA: de 3,00 metros como zona de restricción máxima a ambos lados del eje de la LMT.

Total de Restricción:…………………………………………………….. 6,00 m.

C.1.1. ZONA DE ACCESO, PODA, TALA Y TRASLADOS.

El eje de la línea a replantear definirá una franja de trabajo que tendrá un ancho mínimo de cuatro (4) metros. En toda esta franja se efectuará el talado y poda de árboles, arbustos, etc.

Esta picada se extenderá a lo largo de su recorrido y se efectuará previo al estaqueado de manera que la alineación de los piquetes pueda realizarse mediante su visualización directa y se facilite el acceso para la ejecución de las obras.

El Contratista gestionará del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio de la Provincia o el organismo que correspondiera, la autorización pertinente para la poda y tala de los árboles afectados por la obra en la zona de Electroducto.

En la "Zona de Electroducto" la Contratista tendrá a su exclusivo cargo la poda o tala de árboles de manera que no sobrepasen una altura de cuatro metros con treinta centímetros (4,30 m); como así también el traslado, demolición o desmontaje de molinos, antenas, mástiles, soportes y todo obstáculo que dificulte el normal desarrollo de la obra.

Esta exigencia se extiende a las zonas adyacentes del Electroducto cuando por su altura y ubicación, los árboles e instalaciones en caso de caída no guarden una distancia igual o mayor a dos (2) metros respecto a los conductores no declinados.

El mantenimiento de las condiciones exigidas precedentemente se extenderá hasta la Recepción Definitiva de la Obra.

Los materiales y deshechos provenientes de estas tareas serán retirados del lugar de la Obra, conforme a instrucciones que imparta la Inspección de la Obra. Queda prohibida su combustión en el lugar mencionado o sus adyacencias.

El Contratista y la EPESF levantarán un acta de daños producidos en los inmuebles afectados como consecuencia de la ejecución de las Obras.

Cuando estos daños estén originados en negligencia o impericia del Contratista, los gastos y cualquier otra consecuencia derivada, serán soportados por éste a su exclusivo cargo.

C.1.2. MATERIALIZACIÓN DE LA TRAZA.

El replanteo de los piquetes se hará mediante estacas de madera dura de 75 x 75 x 400 mm. pintadas y numeradas de acuerdo con la ubicación dada en los planos de proyecto.

Estos piquetes cuya ubicación corresponde a cada una de las estructuras previstas, guardarán las distancias a líneas de edificación, alambrados u otros obstáculos que permitan ejecutar las fundaciones sin necesidad de adoptar precauciones especiales y/o ejecutar obras complementarias.

Para la demarcación de los piquetes que definirán el posicionamiento de cada base, los valores de medición lineales dados en los planos podrán redondearse en 0,50 metros y los angulares al minuto sexagesimal. Cualquier diferencia que se verifique con relación a los planos, será considerada por el Contratista con la Inspección de la Obra a fin de acordar una solución; y los datos se recogerán para luego volcar a los planos conforme a obra.

Se tendrá en cuenta la necesidad de señalizar debidamente la ubicación de los piquetes en las zonas comprometidas del trazado.

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Obra: E – 363

Pliego de Especificaciones Técnicas Página 4 de 19

Se deberá asegurar la perfecta alineación de los piquetes ubicados entre estructuras de retención y/o desvío, no admitiéndose un error de alineación mayor al 0,02 % de la semisuma de los vanos adyacentes.

Junto con la alineación de los piquetes de cada centro de estructura, se materializará con estacas adicionales el eje longitudinal en las estructuras de suspensión y retención en recta, y la de ambos ejes en las estructuras de desvío; en este caso siguiendo la bisectriz del ángulo de declinación.

El replanteo de las excavaciones tomará como base este trazado de ejes.

C.1.3. LIMPIEZA Y PREPARACIÓN DEL TERRENO.

Este ítem comprende la extracción de veintiún (21) árboles de porte grande que interfieren con la traza de la línea y el desmalezado del piquete donde se ejecutarán las obras en un área circundante al mencionado de dieciséis (16) metros cuadrados.

Previo a la ejecución de las excavaciones y a la construcción de las fundaciones, el Contratista realizará la preparación del terreno; procederá a su nivelación si ello fuera necesario, teniendo en cuenta las condiciones de drenaje superficial y cuidando de no dejar zonas deprimidas que puedan afectar la estabilidad de las estructuras.

Los terrenos sobre los que se ejecutarán las obras deberán ser preparados para tal fin, ejecutando los trabajos de limpieza y desagües superficiales necesarios. Se realizará además la erradicación y desarraigo de árboles que interfieran con la traza de la línea. El relleno de bajos y pozos podrá ser exigido por la Inspección en aquellas zonas bajas y zanjas situadas dentro del recinto de las obras.

De ser necesario, en las zonas anegadas se ejecutarán aquellas obras complementarias y/o provisorias que posibiliten el acceso al lugar de emplazamiento de las bases para su ejecución y mantengan la zona de hormigonado libre de anegamiento. Asegurará la eliminación de las aguas facilitando su evacuación a los lugares vecinos que puedan recibirla, garantizando su escurrimiento.

En el caso que sea necesario, se ejecutará un relleno de suelo para el traslado de Equipos pesados al lugar de emplazamiento de la torre. El Contratista deberá asegurar deberá asegurar, durante el tiempo de ejecución de la Obra, el mantenimiento de los accesos y su correcto balizamiento.

El Contratista será responsable exclusivo de todo daño y/o perjuicio que pudiera ocasionar a Terceros.

La Cotización se realizará de acuerdo a lo especificado en la Planilla de Propuesta e incluye además la provisión de materiales y mano de obra, así como cualquier otro trabajo que sin estar taxativamente expresado deba ser realizado para la correcta ejecución de estas tareas.

C.2. FUNDACIONES.

C.2.1. EXCAVACIONES PARA FUNDACIONES.

Este ítem incluye toda extracción de suelo u otro material que sea necesario para la ejecución de las fundaciones de las estructuras de la Línea a construir. Además, comprende de corresponder, la extracción, relleno, compactado y el posterior retiro del material sobrante.

Las excavaciones se realizarán por procedimientos mecánicos, completando el perfilado y terminación de las mismas de manera manual, con o sin agotamiento de napa según corresponda, debiendo permanecer el terreno circundante en su estado natural, sin alteraciones. En el caso de las excavaciones a ejecutar en la E.T. de Villa Minetti para la construcción de las fundaciones de aparatos, las mismas se realizarán de manera manual en virtud al reducido espacio existente.

Las excavaciones deberán tener el fondo perfectamente nivelado y compactado. Si hubiera exceso en las excavaciones tendrán que ser rellenadas en la forma y con el tipo de material que indique la Inspección, pudiendo adoptar entre hormigón simple, suelo cemento o Relleno de Densidad Controlada (RDC). Cualquiera sean los volúmenes de sobreexcavación estarán a cargo exclusivo del Contratista tanto los trabajos de rellenamiento y/o compactación como los costos de los materiales necesarios.

El trabajo será conducido de manera que transcurra el menor lapso posible entre la excavación y el llenado de estructuras. El fondo de las excavaciones será nivelado, apisonado y, en el caso de comprobarse fallas locales o variaciones de la calidad del terreno de fundación, se procederá a su saneamiento.

En caso de inundación o exceso de excavación se deberá restablecer la cota de apoyo, como así la estabilidad de los taludes de acuerdo a lo que indique la Inspección de la Obra.

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Obra: E – 363

Pliego de Especificaciones Técnicas Página 5 de 19

Si al efectuarse la excavación surgiera agua, se deberán tomar los recaudos para eliminar ésta y efectuar la depresión de la napa mediante bombas que permitan continuar con los trabajos de manera normal.

En áreas anegadas se deberá ejecutar un recinto alrededor del piquete, de manera tal que mediante el achique con bombas de capacidad adecuada permita realizar las tareas de excavación y hormigonado del mismo.

Se deberán adoptar todas las precauciones necesarias para preservar la estabilidad de los frentes de las excavaciones. El derrumbe de material que ocurriere dentro de las mismas, deberá ser retirado y los vacíos correspondientes a éstos rellenados por alguna de las formas indicadas precedentemente.

De no ser posible mantener la verticalidad de las paredes por desmoronamiento o falta de cohesión del suelo, el Contratista propondrá a la Inspección para su aprobación, el procedimiento o método constructivo que permita asegurar las mejores condiciones para el hormigonado y la estabilidad de la fundación.

Los excedentes de las excavaciones para las fundaciones en la medida que sean necesarios y resulten aptos, podrán ser empleados en obra siempre que sean de una calidad aceptable para su uso.

El material resultante de la excavación será retirado de la obra y estará a cargo de la contratista.

La Cotización se realizará de acuerdo a lo especificado en la Planilla de Propuesta e incluye además la provisión de materiales y mano de obra, así como cualquier otro trabajo que sin estar taxativamente expresado deba ser realizado para la correcta ejecución de estas tareas.

C.2.2. FUNDACIONES EN BLOQUE.

C.2.2.1. PARA CAMPO DE ACOMETIDA A BARRA DE 33 KV. E.T. VILLA MINETTI.

Este subítem comprende la ejecución de las fundaciones Tipo Monobloque de hormigón armado e incluye la provisión de materiales y mano de obra, así como cualquier otro trabajo que sin estar taxativamente expresado deba ser realizado para la correcta ejecución de estas tareas.

La EPE de Santa Fe a efectos de predimensionar las fundaciones asumió los parámetros del Estudio Geotécnico realizado en la zona, que estará a disposición de la Contratista.

Las bases a ejecutar son cinco (5) en total, las que a continuación se detallan:

Una fundación para Poste Hilo de Guarda.

Una fundación para aisladores soporte y descargadores.

Dos fundaciones para soporte seccionador.

Una fundación para soporte reconectador.

C.2.2.2. PARA LÍNEA DE TRANSMISIÓN EN 33 KV.

Este subítem comprende la ejecución de las fundaciones Tipo Monobloque de hormigón armado e incluye la provisión de materiales y mano de obra, así como cualquier otro trabajo que sin estar taxativamente expresado deba ser realizado para la correcta ejecución de estas tareas.

Conforme a las singularidades encontradas y nuevos estudios de suelos que pueden realizarse en un todo de acuerdo a lo expresado anteriormente, podrán introducirse modificaciones en el tipo y medidas de las fundaciones previstas en el Pliego, las que deberán contar con la correspondiente aprobación de la EPE de Santa Fe.

Las dimensiones responderán a la capacidad portante del terreno, previéndose un espesor mínimo de pared de 0,20 m. Para ello se ha considerado un vacío de empotramiento tronco cónico cuyas dimensiones quedan así determinadas:

E = Profundidad de empotramiento: 0,10 x altura del poste.

d = Diámetro en la base del huelgo: diámetro poste en la base + 0,10 m.

D = Diámetro superior del huelgo: d + 2 (E x 0,025).

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Obra: E – 363

Pliego de Especificaciones Técnicas Página 6 de 19

En caso que las dimensiones del molde sean tales que alteren el diámetro del huelgo de manera que el espesor de pared resultante sea inferior a 0,20 m., se incrementará el lado de la base que corresponda hasta alcanzar dicho espesor mínimo.

No se reconocerán diferencias en el volumen de la fundación que puedan surgir por esta causa, certificándose los valores teóricos.

Los hierros que se utilizarán como armaduras de refuerzo se limpiarán cuidadosamente de manera de asegurar que queden libres de polvo, barro, escamas sueltas de herrumbre, grasas, aceites, pinturas, y toda otra sustancia capaz de reducir la adherencia con el hormigón.

La EPE de Santa Fe a efectos de predimensionar las fundaciones asumió los parámetros del Estudio Geotécnico realizado en la zona, que estará a disposición de la Contratista.

El Contratista deberá llevar, sujeto a verificación de la Inspección como control, planos y planillas que indiquen, para cada fundación que se realice, lo siguiente:

Clase de suelo encontrado durante las excavaciones (discriminando los diferentes estratos).

Tipo de fundación ejecutada.

Cota de nivel de la napa (si existe).

Fecha de ejecución de la fundación.

Materiales utilizados, dosificación, asentamiento según el cono de Ábrams y resistencia.

Temperatura ambiente.

Medidas especiales adoptadas.

Dificultades principales encontradas.

Moldeo de probetas con numeración coincidente para cada piquete.

Posteriormente los planos y planillas confeccionados serán considerados parte integrante de la documentación conforme a obra.

HORMIGONES: DISPOSICIONES GENERALES.

Todos los hormigones a utilizar en la construcción de las cimentaciones, se detallarán en los planos del proyecto y en las especificaciones anexas a dicha documentación.

Todos los hormigones a emplear en la construcción de la obra deberán cumplir con las especificaciones que se detallan en el Reglamento CIRSOC Nº 201 y sus Anexos y en las Normas IRAM IAS que se detallan en el CAPITULO 1 del citado reglamento, o con las especificaciones especiales detalladas en el presente Pliego en reemplazo o complementando los del Reglamento CIRSOC Nº 201:2005.

MATERIALES.

En todos los casos los materiales a emplearse estarán en un todo de acuerdo con lo especificado en el Proyecto de reglamento CIRSOC 201:2005 y Anexos.

Las principales exigencias y recomendaciones se detallan a continuación:

Cementos.

Para la ejecución de las estructuras de hormigón se utilizarán cementos que cumplan con los requisitos especificados, para su tipo, en la Norma IRAM 50000:2000.

Cuando se requieran cementos con propiedades especiales, los mismos deberán cumplir la Norma IRAM 50001:2000.

En una misma pieza o elemento estructural no se permitirá el empleo de cementos de diferentes tipos o marcas.

El cemento será suministrado en bolsas que se protegerán durante su transporte y almacenamiento, conservándose en su envase original hasta el momento de su empleo.

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El almacenamiento se realizará en locales o depósitos limpios, secos o bien ventilados, capaces de protegerlas contra la acción de la intemperie, de la humedad del suelo y de las paredes y de cualquier otra acción que pueda alterar o reducir su calidad.

Al momento de su utilización se encontrará en perfecto estado pulverulento y tendrá una temperatura menor de 70 ºC.

Agregados.

Serán de materiales pétreos procedentes de préstamos naturales o de trituración de rocas.

Los áridos se almacenarán y emplearán en forma tal de evitar la segregación de partículas, la contaminación con sustancias extrañas y el mezclado de áridos de distintos tamaños máximos y granulometrías.

En caso de acopiarse en sectores determinados de la traza de la línea o en piquete, se evitarán los lugares anegados o inundables. En todos los casos la cantidad de áridos disponible en cada piquete será suficiente para asegurar el hormigonado de cada base en forma continua y sin interrupciones.

Cuando los agregados provengan de canteras de rocas basálticas o de yacimientos que las contengan, los mismos deben ser sometidos a evaluaciones para determinar su potencial alterabilidad por presencia de arcillas expansivas, según la Norma IRAM 1519:1982.

Cuando los agregados contengan minerales capaces de reaccionar con los álcalis, será de aplicación lo establecido en el apartado 2.2.9 del Reglamento CIRSOC 201:2005.

Del material acopiado, el manto de áridos que está en contacto con el suelo y sirve de capa de asiento y limpieza, no podrá ser empleado en la preparación de la mezcla.

Queda expresamente prohibido el manipuleo y transporte de áridos mediante métodos, procedimientos y uso de equipos que produzcan la rotura, desmenuzamiento o segregación de las partículas que los constituyen.

Con la debida anticipación, la Contratista pondrá a consideración de la Inspección, muestras de los agregados que propone utilizar y protocolos de los ensayos especificados en el Reglamento CIRSOC 201: 2005.

Para los agregados finos:

Apartado 3.2.3.3 (Sustancias perjudiciales).

Apartado 3.2.3.4. (Materia Orgánica).

Para los agregados gruesos.

Apartado 3.2.4.3 (Sustancias perjudiciales).

Apartado 3.2.4.5 (Desgaste Los Ángeles).

Apartado 3.2.4.6 (Partículas lajosas y elongadas).

La realización de los ensayos y los gastos que ello demande, se ajustarán a lo establecido por el Pliego Complementario de Bases y Condiciones Generales. La EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA se reserva el derecho de efectuar todas las comprobaciones necesarias o solicitar nuevos ensayos.

En caso de un excesivo contenido de suelos, arcillas o materiales pulverulentos, el árido será prolijamente lavado.

Todo material que no cumpla con las condiciones especificadas en el Reglamento CIRSOC 201:2005 será rechazado por la Inspección y deberá ser retirado de la obra por cuenta y cargo de la Contratista.

Finos

El árido fino estará compuesto por arena natural de partículas redondeadas o por una mezcla, en proporciones adecuadas, de arena natural de partículas redondeadas y arena de trituración de partículas angulosas, éstas últimas en un porcentaje menor o igual al 30%.

La arena de partículas angulosas se obtendrá por trituración de gravas (canto rodado) o de rocas sanas y durables, que cumplan los requisitos de calidad especificados para los áridos gruesos de peso normal para hormigones de cemento Pórtland.

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El árido fino estará constituido por partículas limpias, duras, estables, libres de películas superficiales y de raíces y restos vegetales, yeso, anhidrita, pirita y escorias. Además no contendrá otras sustancias nocivas que puedan perjudicar al hormigón o las armaduras.

Tampoco contendrá más del treinta por ciento (30%) en peso de carbonato de calcio en forma de partículas.

En ningún caso se emplearán finos que hayan estado en contacto con aguas que contengan sales solubles o que presenten restos de cloruros o sulfatos.

En el momento de su medición para incorporarla a la mezcla, el contenido de humedad superficial de la arena será tenido en cuenta a fin de evitar desviaciones en la relación agua - cemento establecida en la dosificación aprobada.

Gruesos.

El árido grueso estará constituido por grava (canto rodado), grava partida, roca partida, o por una mezcla de dichos materiales.

Las partículas que lo constituyan serán duras, limpias, resistentes, estables, libres de películas superficiales y de raíces y restos vegetales, yeso, anhidrita, pirita, escorias, ni otras sustancias perjudiciales que puedan dañar el hormigón o la armadura.

No deberá contener cantidades excesivas de partículas en forma de lajas o de agujas. El contenido de carbonato de calcio en forma de partículas tendrá las siguientes limitaciones en peso:

15% para agregados de tamaño nominal de 13,2 mm.

5% para agregados de tamaño nominal de 26,5 mm.

2% para agregados de tamaño nominal de 37,5 mm.

En ningún caso se emplearán áridos gruesos que hayan estado en contacto con aguas que contengan sales solubles o restos de cloruros o sulfatos.

Granulometría.

Los áridos deberán tener una curva granulométrica continua, bien graduada y comprendida entre los límites especificados en las Tablas 3.3 (página 45) y 3.5 (página 49) del Reglamento CIRSOC 201:2005 para los agregados fino y grueso respectivamente.

El módulo de finura del agregado fino no podrá ser inferior a 2,3 ni superior a 3,1.

El tamaño máximo nominal del agregado grueso será menor que ¾ del menor recubrimiento horizontal o vertical de las barras que componen la armadura resistente de la fundación.

El árido que no cumpla con lo especificado para curvas granulométricas o bien que las mismas sean discontinuas, podrá corregirse con el aporte de otros yacimientos.

Aditivos.

Los aditivos a utilizar en la elaboración de hormigones y morteros pueden estar en estado líquido o pulverulento y deben cumplir con los requisitos establecidos en la Norma IRAM 1663.

El uso de cualquier tipo de aditivo para el hormigón deberá contar con la expresa autorización escrita de la Inspección, teniendo para ello la Contratista que presentar un certificado del fabricante del producto donde conste si contiene cloruros, fluoruros o nitratos especificando las cantidades de cada una, como así también todos los componentes que lo constituyen. En las mezclas para estructuras de hormigón armado y en las de hormigón simple en las que queden incluidas piezas o cañerías de acero o de acero galvanizado, no se debe usar cloruro de calcio o aditivos que contengan cloruros, fluoruros o nitratos.

Cuando la temperatura ambiente durante el hormigonado supere los 30 ºC, se podrán utilizar aditivos que sean fluidificantes o superfluidificantes y retardadores del tiempo de fragüado. Estos aditivos permiten compensar la aceleración del fragüado producida por la mayor temperatura del hormigón, pero no son de aplicación para resolver otros efectos térmicos desfavorables para lo cual se adoptarán las recomendaciones dadas en el artículo 5.12 del CIRSOC 201:2005.

En el hormigonado en presencia de agua, además de las precauciones que deberán adoptarse para impedir el anegamiento de las excavaciones, se incorporará a la mezcla preparada de la manera

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indicada en “Hormigones” para esta circunstancia, un aditivo incorporador de aire en las proporciones que indique el fabricante.

En los casos en que el hormigón deba estar en contacto con suelos agresivos o agua de inundación o napa freática que contengan sulfatos u otros componentes químicos también agresivos, además de los recaudos citados en el párrafo anterior, se emplearán cementos especiales según se especifica en “Cemento” y en el Reglamento CIRSOC 201:2005.

Para el curado del hormigón de las fundaciones, especialmente del tipo zapatas por quedar más expuestas, se emplearán membranas de efectividad probada.

Con su oferta, el Proponente presentará folletos que permitan conocer el tipo y marca de aditivos que propone utilizar. El costo de los aditivos, ya sea aceleradores o retardadores de fragüe, como así también las membranas de curado se lo considerará incluido en el precio cotizado, por lo que no habrá lugar a reclamos de la Contratista por este motivo.

Aceros

Se utilizará acero de dureza natural (ADN 420) cuyas características responderán a la Norma IRAM-IAS-U-500-528. En caso de utilizar mallas de acero soldadas para estructuras deberán cumplir con Norma IRAM-IAS-U-500-06

La Inspección podrá exigir muestras, protocolos de ensayos, certificado de fabricación, nota de despacho y todo otro dato relevante que estime de interés para garantizar su origen y calidad.

Para autorizar su uso, las barras a emplear deberán estar limpias, libres de polvo, herrumbre, escamas, pintura, aceite u otras sustancias extrañas.

Agua de Amasado.

El agua empleada para mezclar y curar el hormigón o para lavar los áridos cumplirá con los requisitos establecidos en la norma IRAM 1601:1986. El agua proveniente de la red de agua potable se considera apta.

El Contratista deberá presentar protocolos de ensayos, indicando además su origen y lugar de procedencia para conocimiento y aprobación de la Inspección.

La EPESF podrá requerir antes y durante la ejecución de las obras, muestras de agua a fin de verificar su calidad en cualquier momento.

Hormigones.

El hormigón a emplear será de clase H – 20 de acuerdo a la clasificación del reglamento CIRSOC 201:2005. y tendrá una resistencia especificada a la compresión a la edad de 28 días de 20 MPa.

Las proporciones de cada material que la Contratista propone utilizar, se determinarán experimentalmente mediante estudios y ensayos previos a través de algún método conocido basado en la relación agua - cemento de la mezcla.

Estos estudios y la dosificación serán determinados por una fuente de reconocida autoridad y experiencia en el tema a fin de asegurar los resultados deseados.

La mezcla que se proponga ha de garantizar una resistencia especificada a la compresión (f´c) de 20 (Mpa.) a los veintiocho (28) días sobre probetas cilíndricas preparadas y ensayadas según lo establecido en las Normas IRAM 1524 y 1546. Las proporciones de cada material se determinarán en peso por metro cúbico de hormigón elaborado.

El Contratista presentará la dosificación propuesta para su aprobación, con no menos de treinta (30) días de anticipación al hormigonado, y en función de los materiales con que cuenta para la ejecución de las obras. En ningún caso el contenido de cemento podrá ser inferior a 300 kg. por metro cúbico de hormigón.

Esta dosificación deberá contemplar una consistencia plástica de acuerdo a la denominación del Reglamento CIRSOC 201:2005.

En caso de presencia de agua en la excavación durante el hormigonado, la cantidad mínima de cemento a utilizar en la mezcla será de 330 kg. por metro cúbico.

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Como parte del análisis y propuesta de dosificación el Contratista presentará debidamente certificados los datos de laboratorio obtenidos de cada uno de los materiales a utilizar.

Comprenderá como mínimo:

1. Contenido de agua de la mezcla expresado en dm3/m3 o kg/m3 de hormigón y en dm3/pastón o en kg/pastón.

2. Cantidad de agua neta a ingresar a la hormigonera, en función a los distintos valores de humedad que presenten los agregados.

3. Tipo, características y procedencia de los agregados a emplear.

4. Cantidad de los agregados de cada fracción y procedencia, expresada en kg/m3.

5. Tipo, marca y procedencia del cemento y los aditivos.

6. Cantidad de cemento y adiciones, si las hubiere, expresada en kg/m3.

7. Dosis de cada uno de los aditivos a incorporar al hormigón, expresada en kg/m3.

8. Razón agua/cemento o agua/material cementicio, expresada en masa.

9. Resistencia media a obtener con la dosificación.

10. Consistencia del hormigón fresco.

11. Masa de la unidad de volumen del hormigón fresco, expresada en kg/m3.

Junto con estos datos, el Contratista presentará el protocolo de los ensayos realizados sobre muestras de hormigón ejecutado conforme al dosaje que se propone.

Hormigonado.

Para la elaboración del hormigón "in situ" se emplearán hormigoneras mecánicas con una capacidad mínima de 500 litros.

En caso de emplearse unidades "Mixer" para la elaboración de la mezcla, la Contratista ajustará los procedimientos a las indicaciones dadas por la Inspección de la Obra, y al Reglamento CIRSOC 201:2005 - Capítulos 5.

El tiempo máximo de mezclado no debe superar para ningún equipo los 5 minutos.

Queda expresamente PROHIBIDA la mezcla a mano.

El hormigonado de cada fundación se hará en una sola etapa. No podrá ser suspendido por ningún motivo, no admitiéndose por lo tanto cortes ni juntas de trabajo.

El hormigón se colará desde una altura no mayor de 1,5 metros para evitar la segregación; su compactación se logrará únicamente con el empleo de vibradores de inmersión.

Las fundaciones deberán prever los alojamientos necesarios para la puesta a tierra, en un todo de acuerdo con el proyecto electromecánico.

En la cara superior y en sentido transversal a la línea, será alojado un caño de PVC flexible de 19 mm. de diámetro interior, a fin de permitir la instalación futura de la puesta a tierra. Tendrá un recubrimiento mínimo de 0,50 m respecto de la cara superior en la salida lateral, y el otro extremo se ubicará sobre esta cara a 0,05 m. del hueco previsto para el empotramiento del poste.

Para la ejecución del noyo de empotramiento del poste se utilizarán encofrados metálicos.

Las secciones utilizadas para su construcción serán las necesarias para evitar su deformación durante el proceso de hormigonado. El encofrado será de forma troncocónica para facilitar su extracción. Para evitar la adherencia del hormigón al molde se utilizarán desmoldantes adecuados de marca y calidad reconocidas.

El diámetro máximo de los moldes en cada base tendrá en cuenta que el espesor mínimo de las paredes del bloque no debe ser inferior a 20 cm. en ningún caso. El volumen del hueco que alojará el poste no se considera como volumen de la fundación.

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Se evitarán desmoronamientos de suelos de los costados de las excavaciones durante el hormigonado. En caso que se produzcan se suspenderá el llenado o colado y se tomarán las medidas correctivas que determine la Inspección.

Conforme lo establece la Reglamentación vigente, en el fondo de la excavación se extenderá una capa de 5 cm. de hormigón de limpieza de la misma calidad que el hormigón del elemento de fundación, por lo tanto la excavación se profundizará también en 5 cm.

El costo de esta capa será incluido en el precio del hormigón estructural cotizado, por lo que bajo ningún pretexto será computado ni reconocido por separado.

Al coronamiento de cada fundación se deberá dar una adecuada terminación en forma de punta de diamante, con pendiente comprendida entre el 3 y el 5 por ciento a fin de obtener un buen drenaje. Esta conformación será obtenida en la última fase del hormigonado a fin de asegurar la adherencia, efectuando su terminación con regla y fratás.

En las zonas urbanizadas esta terminación responderá a las características propias de cada acera, tomando en general como cota la cara superior de las fundaciones - 5 cm., quedando recubierta de césped, piso de baldosas, etc., de acuerdo al caso.

Sobre la mezcla aún fresca, las bases serán numeradas e identificadas con el número de piquete dado en los planos del proyecto.

Las armaduras serán atadas en todos sus cruces, estarán libres de óxidos y sus empalmes y/o soldaduras adecuadamente realizados. Serán mantenidas en posición, entre sí mediante separadores metálicos y los recubrimientos se obtendrán utilizando tacos de hormigón (ravioles); en todos los casos se respetará la cantidad de armadura, diámetro y separación y recubrimiento especificados en los planos del proyecto.

Los métodos de trabajo, los equipos, la limpieza de la excavación antes y durante el hormigonado, el abatimiento de napas si hubiese, la compactación del suelo si fuese necesaria, la colocación de encofrado y armaduras de acuerdo a planos y operaciones de hormigonados, estarán sujetas a la aprobación de la Inspección.

Si bien en los planos de la planialtimetría serán delimitadas las zonas consideradas inundables al momento de efectuarse los estudios, el Oferente tendrá en cuenta que, a los fines de determinar la variante de hormigonado que corresponderá ejecutar, se tomará como base el estado real del terreno al momento de la ejecución de las bases.

Si la fundación es rechazada por no cumplir con lo descripto en el inciso “Ensayos”, la Contratista procederá a construir a su exclusivo cargo una nueva base en la posición que indique la Inspección de la Obra.

También tomará a su cargo la demolición de la base rechazada, hasta una profundidad de 1 metro, rellenando luego con suelo compactado y retirando el material sobrante.

A las exigencias y recomendaciones dadas en la presente especificación tanto para las mezclas como para el hormigonado, se agregarán aquellas que sean de aplicación según el Reglamento CIRSOC 201:2005.

Completado el hormigonado de cada fundación, deberá transcurrir un período no menor a los veintiún (21) días, salvo disposición en contrario de la Inspección de la Obra, para proceder al montaje de las estructuras.

Sellado de huecos y señalización.

Los huecos dejados en las bases para el empotramiento de los postes serán sellados con tapas removibles lo suficientemente resistentes para soportar el peso de personas, animales o vehículos que puedan transitar sobre la base.

Las bases ubicadas en lugares donde sea menester, a juicio de la Inspección, indicar su posicionamiento, se señalizarán con estacones de madera dura o de hormigón de 0,08 x 0,08 metros de sección enterrados que se elevarán no menos de 0,60 metros sobre el nivel del terreno o del pelo del agua en áreas anegadas.

Ensayos.

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Los ensayos que se describen en este capítulo serán de aplicación en todas las variantes de hormigón que se presenten.

Deben tenerse en cuenta las directivas del Reglamento CIRSOC 201:2005 respecto a la elaboración, preparación de la mezcla en tiempo frío y caluroso, hormigonado, curado, ensayos y toda otra recomendación que sea de aplicación.

a) La verificación de la consistencia del hormigón propuesto según lo prescripto en el punto “Hormigones”, se hará con el cono de Ábrams, atendiendo a lo especificado sobre el particular en la Tabla 5.1 del Reglamento CIRSOC 201:2005.

Para el control correspondiente, a la salida de la hormigonera se extraerá una (1) muestra de mezcla por cada pastón que determine la Inspección, admitiéndose en los resultados la tolerancia contemplada en la Tabla 5.2 del Reglamento CIRSOC 201:2005 para la consistencia de diseño.

Excedida esta tolerancia se producirá el rechazo del pastón, quedando prohibido su uso como parte de la estructura.

b) Después de superar satisfactoriamente esta prueba a los efectos de comprobar la calidad del hormigón propuesto, se extraerán muestras del mismo durante el proceso de llenado de las bases, y se confeccionarán probetas cilíndricas preparadas para ser ensayadas siguiendo los lineamientos del Pliego Complementario de Bases y Condiciones Generales, en un todo de acuerdo con lo establecido por las Normas IRAM 1524 y 1546 y según el siguiente detalle:

Se extraerán tres (3) probetas por cada base ejecutada con un máximo de seis (6) pastones o por cada mixer descargado.

Para bases ejecutadas con más de seis (6) pastones, se adicionará una (1) probeta por cada dos (2) pastones adicionales o fracción de dos (2).

Podrá la Inspección, de estimarlo necesario, requerir testigos adicionales para someterlos a ensayos.

Se considerará que todo el hormigón evaluado posee la resistencia especificada para el Modo de Control 2, si se cumplen las siguientes dos condiciones:

a) f´cm3 ≥ f´ci + 5 Mpa

b) f´ci ≥ f´c

Siendo:

f´cm3 = Resistencia media móvil de tres ensayos consecutivos.

f´ci = Resistencia de rotura de cada probeta perteneciente a una base.

f´c = Resistencia especificada

Cuando para la ejecución de las bases se prevea la utilización de aditivos, los tiempos de curado de las probetas y las características de los ensayos, tendrán en cuenta esta circunstancia.

De no alcanzarse durante los ensayos los valores expresados, la fundación será rechazada, procediéndose de la manera indicada en inciso Hormigonado.

A los fines de la evaluación de resultados, cada base será considerada como una unidad estructural, independiente de los demás.

La Cotización se realizará de acuerdo a lo especificado en la Planilla de Propuesta e incluye además la provisión de materiales y mano de obra, así como cualquier otro trabajo que sin estar taxativamente expresado deba ser realizado para la correcta ejecución de estas tareas.

C.3. OBRAS CIVILES PARA TENDIDO DE CABLE SUBTERRANEO

C.3.1. EXCAVACIONES

Antes de iniciar las excavaciones, el Contratista deberá tomar conocimiento de los tendidos existentes en el subsuelo de la traza, (cables de energía, gas, agua, cloacas, etc.), los que han sido estudiados, pero no se indican en la planimetría correspondiente. Para tal fin deberá solicitar esa información en los organismos competentes.

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El Contratista deberá realizar todas las tramitaciones necesarias ante los Organismos Públicos y/o Privados involucrados, abonando de corresponder los aranceles fijados a tal efecto. No se podrán realizar excavaciones sin dichos permisos, los que no serán motivo de justificación para solicitar ampliación del plazo de obra.

Las zanjas para la colocación de los cables se ejecutarán en la traza indicada en el plano correspondiente, que forma parte de este pliego, de acuerdo a las tipologías establecidas en la ETN 098 (Planos Nº 4 y 6).

La excavación se realizará con maquinarias adecuadas, tomando las precauciones necesarias a efectos de evitar deterioros a todo tipo de instalaciones subterráneas existentes, las que no deberán interrumpir sus prestaciones a causa de esta Obra.

La Inspección de Obras podrá autorizar, a su exclusivo juicio, el empleo de excavaciones manuales donde las características de la zona de trabajo así lo requieran.

El Contratista deberá reparar a su costo y cargo, todos los daños que causara a las instalaciones existentes, ya sean públicas o privadas, y que pudieran ocurrir hasta la recepción provisoria.

La reparación se efectuará de inmediato luego de producido el perjuicio, siguiendo estrictamente las normas técnicas que tenga en vigencia el propietario o prestador responsable de la instalación dañada, el cual podrá destacar un agente inspector que fiscalizará las tareas de reparación, o bien encomendará a personal técnico propio dicha tarea. En esta última alternativa, los costos facturados por el propietario o prestador que realizó la reparación, estarán a cargo del Contratista.

La Inspección tendrá facultades para suspender los trabajos objeto de esta licitación hasta obtener la conformidad del propietario afectado por el deterioro, sin que ello signifique otorgar derechos al Contratista de modificar los plazos establecidos.

La profundidad de zanjeo será controlada mediante nivel óptico a los efectos de mantener la mayor horizontalidad y paralelismo posible de los cables.

Si durante la ejecución de obra debieran modificarse las profundidades de las excavaciones por razones singulares no contempladas en el proyecto, se tendrá que amortiguar dicho punto anguloso con pendientes no superiores al 10%, debiendo el Contratista comunicar este hecho a la inspección.

Todas las sobre excavaciones laterales y/o en profundidad, respecto a las medidas establecidas en la ETN 098, que se ejecutaren sin contar con la previa autorización escrita de la Inspección, serán a cargo del Contratista, sin que pueda reclamar reconocimiento alguno, ni siquiera ampliación del plazo de Obra.

Las sobre excavaciones en profundidad, serán rellenadas con arena gruesa compactada a todo lo ancho de la excavación o con Relleno de Densidad Controlada (RDC) en los lugares que presenten dificultad de acceso de los equipos de compactación.

Los cruces de calles, caminos, rutas o ferrocarriles se deberán hacer mediante tuneleras o a “cielo abierto” según lo fijen las reglamentaciones vigentes de cada Organismo, contando con la autorización previa del ente correspondiente.

En caso de hacerse a “cielo abierto”, en ningún momento se cortará totalmente el tránsito vehicular, utilizándose la cantidad de chapones necesarios de longitud y espesor adecuado, debiendo el Contratista ejecutar el zanjeo por tramos parciales, a determinar por las autoridades municipales y/o comunales, con la conformidad de la Inspección.

Se deberá proceder al relleno, compactación y habilitación provisoria antes de comenzar la excavación de los tramos complementarios de cada cruce.

El Contratista deberá tomar las precauciones necesarias para mantener seco el recinto de todas las excavaciones, ya que estará a su cargo y correrá por su cuenta la reparación de todos los daños que pudieran ocurrir por lluvias, filtraciones, desmoronamientos, etc., hasta la recepción provisoria de los trabajos.

El Contratista deberá contar con un equipo adecuado de bombeo, que le permita deprimir el nivel de agua por debajo de la cota de excavación, en todos aquellos casos que la Inspección y/o la correcta ejecución de los trabajos lo hagan necesario. El sistema de bombeo a emplear no deberá producir ablandamiento del fondo de la excavación, sifonaje, socavaciones o cualquier alteración que pueda comprometer la estabilidad de las excavaciones y obras de terceros linderas.

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El Contratista deberá asegurar en todo momento la estabilidad de las zanjas; por lo tanto deberán preverse todos los medios necesarios que permitan contar con una entibación confiable.

La conservación del material proveniente de las excavaciones hasta el relleno y compactación de las zanjas se efectuará cumpliendo estrictamente con las ordenanzas municipales vigentes; en caso de no existir reglamentación al respecto este material se conservará en recintos construidos con tablones de espesor y capacidad adecuada, de forma tal de evitar su dispersión.

Estos depósitos provisorios se ubicarán de manera de evitar perturbar el tránsito vehicular y accesos a edificaciones.

Durante él zanjeo, posterior tapado de zanjas y limpieza de los lugares de trabajo, el Contratista deberá observar rigurosamente todas las Ordenanzas policiales, municipales, provinciales y nacionales relacionadas con la seguridad y orden de los trabajos.

El Contratista será el único responsable por todos los accidentes, daños y perjuicios causados por la inadecuada seguridad de los trabajos o por la inobservancia de las ordenanzas citadas, siendo su obligación estar perfectamente informado de las exigencias de las mismas. Además el Contratista estará obligado a señalizar y proteger convenientemente el lugar de los trabajos durante el día con carteles que permitan su visibilidad en forma permanente y de noche con balizas eléctricas o a baterías a fin de evitar daños o accidentes a personas u objetos de terceros.

Todos los seguros a tal fin, como también la vigilancia de todo tipo de material de la obra durante el montaje hasta su recepción provisional estarán a cargo del Contratista.

El Proyecto contempla dos tipologías de tendido a saber:

Cable en vereda directamente enterrado con cobertura de ladrillos como protección mecánica colocados transversalmente a lo largo del conductor de acuerdo al Plano Nº 4 de la ETN 098.

Cable dentro de ductos plásticos de PVC reforzados en cruces de caminos y rutas nacionales, provinciales o comunales de acuerdo al Plano Nº 6 de la ETN 098. Si el camino o ruta está pavimentado, la excavación para la colocación de los cañeros se realizará mediante la utilización de tunelera. La misma metodología constructiva se empleará para los cruces ferroviarios.

La Cotización se realizará de acuerdo a lo especificado en la Planilla de Propuesta e incluye además la provisión de materiales y mano de obra, así como cualquier otro trabajo que sin estar taxativamente expresado deba ser realizado para la correcta ejecución de estas tareas.

C.3.2. RELLENO Y COMPACTACIÓN.

Luego de efectuado el tendido de los cables, accesorios y elementos de protección mecánica (ladrillos y/o capa de arena según los casos), el Contratista procederá a rellenar las excavaciones con el mismo material extraído (libre de escombro, piedras, materia orgánica), en capas sucesivas de 0,15 metros de espesor máximo, con humedad óptima, compactando cada capa por separado hasta lograr una densidad del terreno a total satisfacción de la Inspección, como mínimo similar a la que poseía antes de iniciar los trabajos.

Se desechará, como material de relleno, todo suelo vegetal que sea extraído de las excavaciones, como así mismo el suelo saturado como consecuencia de precipitaciones pluviales.

En el caso de encontrarse zonas de terreno con densidad natural y plasticidad inaceptable para ser utilizados como material de relleno, o que a juicio de la Inspección pudieran causar asentamiento y/o desplazamientos de la instalación, el Contratista deberá rellenar las excavaciones con suelo de calidad no inferior a la A-4 (denominación AASHTO) compactado a una densidad no inferior al 90 % de la densidad máxima obtenida en un ensayo Proctor STANDART. En este caso, los materiales, personal, equipos, y ensayos necesarios, serán a cargo y costo del Contratista.

Dada la extensión de la obra, en caso de suceder lo precedentemente enunciado, se deberá realizar un (1) ensayos (campaña y laboratorio) de comprobación en dicha zona, cuyo costo se considerará incluido en el respectivo ítem de relleno y compactación de las excavaciones.

La compactación deberá realizarse manualmente, con pisones adecuados a criterio de la Inspección con el mayor cuidado posible de forma de evitar daños en las instalaciones existentes.

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El Contratista deberá reparar en forma inmediata, a su costo y cargo, todos los daños que causare a las instalaciones existentes, ya sean públicas o privadas, y que pudieran ocurrir durante esta instancia de la obra, siguiendo los mismos lineamientos expresados para excavaciones.

Si a juicio de la Inspección, el material extraído durante las excavaciones no fuera suficiente en cantidad o calidad para el relleno y compactación posteriores al tendido de los cables y accesorios, el Contratista procederá a la provisión y transporte al lugar de la obra donde se requiera, a su exclusivo costo y cargo.

Terminados los trabajos de tapado de zanjas y ejecución de cruces y, en su caso, reparación de contrapisos, veredas y pavimentos, el Contratista procederá sin demora a la limpieza del lugar de trabajo, transportando, si así fuera necesario, toda la tierra y escombros sobrantes, hasta los vaciaderos Municipales debidamente autorizados, considerando todos los gastos originados por esta causa incluidos en el respectivo Ítem.

La Cotización se realizará de acuerdo a lo especificado en la Planilla de Propuesta e incluye además la provisión de materiales y mano de obra, así como cualquier otro trabajo que sin estar taxativamente expresado deba ser realizado para la correcta ejecución de estas tareas.

C.4. MENSURAS DE SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA DE ELECTRODUCTO

Objeto

La Especificación describe los requisitos que deberán cumplir él o los profesionales de la Agrimensura para realizar los trabajos de:

Mensura para Servidumbre Administrativa de Electroducto de la L.M.T. 33 kV, según se indica en los planos adjuntos.

Generalidades

Los planos de Mensura de parcelas deberán ejecutarse según normas especificadas en la Ley de Catastro y Reglamentaciones vigentes en la provincia de Santa Fe.

Además de toda la información solicitada, si correspondiera, en él o los planos deberán estar georreferenciada, la o las parcelas afectadas, con coordenadas de vértices y puntos de interés de la misma, en un todo de acuerdo a lineamientos que efectuará el Catastro Provincial, en especial la vigencia del Decreto Nº 872/2001 y la Resolución SCIT Nº 015/2002.

La EPE de Santa Fe, pondrá a disposición del o los Profesionales y a pedido de estos, los antecedentes mínimos necesarios para la ejecución de los trabajos.

Previo a la presentación al Catastro Provincial, se deberá presentar la correspondiente documentación al Área Proyectos – Unidad Proyectos a los efectos de efectuar su control y aprobación.

Leyes de aplicación

Serán de aplicación para las mensuras a ejecutar, la Ley Provincial Nº 10.742 /92 de Servidumbre Administrativas de Electroductos y la Resolución Nº 0156 del 28/05/1993 de esta EPESF, como así también toda otra Normativa vigente en el momento de la contratación.

En la ejecución de las mensuras, las mismas deberán cumplir con los requisitos exigidos en las disposiciones legales aplicables, respetando los criterios administrativos establecidos en el SCIT (Servicio Catastral de Información Territorial), ante el cual deberán inscribirse las mensuras definitivas.

Alcance

El Contratista deberá:

- Recopilar los antecedentes necesarios para la correcta ejecución de las tareas.

- Confeccionar un croquis catastral con todas las propiedades que se mensuran.

- Tramitar hasta obtener la aprobación de los planos de la mensura ante los organismos correspondientes.-

- Toda otra documentación que pueda facilitar la tarea y a la EPE.-

- En la presente Especificación se indican las restricciones y limitaciones de dominio sobre la franja de servidumbre.

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La EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE autorizará por escrito al Contratista para efectuar las consultas y pedidos de informes ante los organismos oficiales correspondientes, en su nombre y representación, como si se tratara de la EPE.

Antecedentes

El Contratista deberá analizar y compilar los antecedentes existentes en los catastros, registro de propiedad y toda otra repartición que sea necesario consultar acerca de las propiedades afectadas.-

El Contratista efectuará el estudio dominial y catastral actualizado de cada una de las propiedades y verificará el domicilio real y legal de los titulares de dominio.-

El Contratista será responsable de dejar claramente indicadas todas las restricciones que pudieran afectar a la parcela en virtud de leyes, decreto y ordenanzas vigentes.-

En caso particular de existencia de leyes que regulan hidráulicamente a la región, se deberá proceder a la acotación de la superficie afectada, dejándose reflejada esta circunstancia en el detalle de las superficies afectadas.

Tareas a ejecutar en el terreno

- Replantear la franja de servidumbre, según datos aportados por la EPESF.-

-Realizar las mensuras parciales de servidumbre de Electroducto.-

Esta tarea se efectuará teniendo en cuenta que de las mensuras de las propiedades afectadas deberá obtenerse el plano debidamente aprobado por el SCIT - Santa Fe.

-El Contratista además relevará en un croquis las mejoras existentes en cada lote, con indicación de distancias al eje de la traza de piquetes, tomando la posición de los alambrados, construcciones (si las hubiere), molinos, mangas de ganado, etc. En todos los casos se deberá indicar la altura del objeto al nivel del suelo.

Tareas a ejecutar en gabinete

El Contratista presentará a la EPE un (1) croquis catastral y los planos de mensura aprobados de cada una de las parcelas afectadas por la traza del Electroducto, haciendo constar en cada uno de ellos lo siguiente:

A - Croquis catastral de conjunto de propiedades mensuradas, en escala (1: 10.000) en el que se indicará el trazado y franja de servidumbre de toda la línea, la que será identificada mediante la numeración de las estructuras existentes.

Además deberá contener la siguiente información: la nomenclatura según título y catastro correspondiente indicando, partido, circunscripción, sección, manzana (chacra o quinta) número de las parcelas y nombre y apellido del propietario o de los propietarios. Parte de esta información se podrá presentar en planilla Adjunta.

También deberán figurar las rutas y caminos de acceso próximos a la traza.

Este croquis se entregará terminado dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha del acta de replanteo.-

B - Planos de Mensura parcial de todas las fracciones mensuradas, realizadas de acuerdo con las normas vigentes establecidas por el SCIT.

En cada uno deberá constar la siguiente información:

-Tensión de la línea y denominación de la misma.

- Distancias parciales del ancho a cada lado del eje de la línea y longitud del tramo.

- Ancho total de la zona del Electroducto.

- Ángulos que forma el eje de la línea en todos los extremos del tramo, con los lados de la parcela afectada.

- Distancias existentes entre el punto donde el eje de la línea corta al lado de la parcela y el punto esquinero más próximo, en ambos extremos de la línea

- Nomenclatura parcelaria, tanto de la parcela afectada como de los linderos.

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-.Croquis según título.

- Croquis de ubicación - tendrá en lo posible la más completa toponimia y/o los suficientes datos y referencias para su rápida y fácil ubicación.

- En los casos en que por el tamaño de la parcela, sea necesario dibujarla a escala pequeña, se indicará en el dibujo la zona de servidumbre en forma esquemática, dejando para un detalle a mayor escala la especificación de las medidas angulares, lineales y demás datos.

- Cuadro demostrativo de las superficies afectadas, discriminando las zonas de media y máxima seguridad.

- Restricciones (esta leyenda deberá contar en todos los casos):

“De acuerdo al Art. 3º de la Ley 10742/91 y Resolución Nº 0156/93 de la EPE se establece que en la zona de máxima seguridad, no se podrá realizar ningún tipo de construcción ni deberá existir árboles, molinos, antenas y mástiles de altura superior a (3) tres metros. En la zona de seguridad media, se permitirán construcciones de una planta, sin balcones ni terrazas accesibles”.-

Estas restricciones deben figurar en las escrituras traslativas de dominio.

Tratándose de parcelas linderas de un mismo titular de dominio y/o suficientemente cercanas (por ejemplo dentro de la misma manzana) deberán representarse en un solo plano, en concordancia con las normas del SCIT.

Los planos de Mensuras de parcelas deberán ejecutarse en escalas convenientemente legibles y según normas puntualizadas al respecto por el catastro provincial, las que también deberán ser respetadas en cuanto a su formato.-

C - El Contratista deberá efectuar el relevamiento y la acotación de todos los lugares que presenten accidentes naturales (arroyos, arboledas, etc.) y artificiales (rutas vías férreas, líneas aéreas, etc.) comprendidas dentro de la zona afectada por el Electroducto.-

Las cotas serán referidas al eje de la traza y a la estructura más cercana, o al límite de la parcela objeto de la mensura.-

Dichos “accidentes” serán graficados en los planos de acuerdo a la nomenclatura cartográfica usual, acotando su altura máxima.-

En los casos que correspondan, se indicarán los piquetes dentro del predio con su identificación, distancias entre los mismos de los piquetes extremos y al linde de la parcela, además deberá graficarse un detalle de la base de cada torre o estructura y se relacionará con el eje de la traza; además se indicará expresamente la superficie parcial afectada computando por separado, sin deducirla de la superficie total afectada.-

Se indicarán los lados alambrados, directamente relacionados con la mensura de la zona de Electroducto y toda otra circunstancia de interés para el fin perseguido.-

En los casos que así lo requiera la Inspección de la EPESF el Contratista deberá adelantar copias de las mensuras de zonas de Electroducto que se están confeccionando y/o tramitando.-

Tolerancias

Deberán cumplirse con todas las tolerancias y los requisitos comunes para las mensuras particulares, según lo especificado en la Ley de catastro y reglamentaciones vigentes en la provincia.

Documentación a presentar

La Contratista presentará a la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe, la documentación integrada por:

1 – Original y dos (2) copias Listado en forma correlativa de las parcelas afectadas a Servidumbre Administrativa de Electroducto, con los datos catastrales más relevantes: propietario, domicilio, Nº de PII, Nº de plano de mensura, etc.

2 - Original y dos (2) copias Traza General Georreferenciada con el conjunto de propiedades mensuradas debidamente identificadas, en escala (1:10.000).

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3 - Tres (3) copias del plano de mensura aprobadas por el Catastro Provincial, de cada uno de los planos de mensura parciales aprobados, de las fracciones de terreno de las propiedades afectadas por la servidumbre de la línea.

4 - Dos (2) copias del plano de mensura visada por el Catastro Provincial, de cada uno de los planos de mensura parciales aprobados, de las fracciones de terreno de las propiedades afectadas por la servidumbre de la línea.

5 - Archivos magnéticos de los planos de mensura, en disquetes 3,5” y / o a manera de respaldo en un (1) CD ROM, compatibles y editables mediante AUTOCAD 14 y/o versión actualizada de Autodesk.

6 - Generar con Módulo Site de esta EPESF, la Traza del electroducto Georreferenciada con la ubicación de las parcelas afectadas, con coordenadas de vértices y puntos de interés de la misma. Se pondrá a disposición del o los profesionales intervinientes la información necesaria para la ejecución de estas tareas.

Toda la documentación se entregará debidamente encarpetada y caratulada.

Prioridad en la ejecución de las mensuras

La Contratista deberá establecer dentro de su esquema de trabajo, distintas prioridades que deberán cumplirse en toda la línea.

Prioridad 1:

Confección, diligenciamiento y aprobación de los planos de mensuras de zona de electroducto en aquellas parcelas afectadas por la traza de la línea donde se encuentran mejoras susceptibles de ser demolidas (molinos, silos, viviendas o estructuras, cualquiera sea su índole).

Prioridad 2:

Confección, diligenciamiento y aprobación de los planos de mensuras, en todos los predios en que sus propietarios se hubieran declarado oponentes a la construcción de la línea.

Prioridad 3:

Confección diligenciamiento y aprobación de los planos de mensuras, en los predios declarados con servidumbre onerosa.

Prioridad 4:

Confección, diligenciamiento y aprobación de los planos de mensuras, en los predios declarados con servidumbre gratuita.

Plazo de entrega

Para la entrega a la E.P.E. de las mensuras del electroducto, la Contratista complementará los siguientes requisitos:

- Para las parcelas involucradas en las prioridades 1 y 2, la Contratista preparará toda la documentación completa y acorde con las exigencias de los respectivos organismos oficiales, dentro de los treinta (30) días de haber sido solicitada a diligenciamiento por la E.P.E.; los ejemplares con las constancias de aprobación deberán obrar en poder de esta E.P.E., dentro de las setenta y dos (72) horas de otorgada la referida aprobación.

- En los restantes casos, la Contratista podrá efectuar trámites por tandas en los que se involucran las mensuras de las parcelas prioridades 3 y 4, en un plazo de entrega que estará dentro de los noventa días (90) días de haber sido solicitado el trabajo por la E.P.E. de santa Fe.

La documentación necesaria para la aprobación de mensura deberá presentarse en forma completa y acorde con las exigencias de los Organismos Oficiales.

Ancho de Servidumbres

Los anchos establecidos por la Disposición Nº ……. del …./…./201 de la Gerencia de Infraestructura de esta EPESF para la Obra E-363 “LMT 33 kV Villa Minetti-Gregoria Pérez de Denis”, son:

CONFIGURACION ZONA RURAL:

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SIMPLE TERNA: de 4,08 metros como zona de restricción máxima a ambos lados del eje de la LMT, con una franja adicional de restricción limitada de 3,00 m. a ambos lados.

Total de Restricción:…………………………………………………….. 14,16 m.

CONFIGURACION ZONA URBANA y/o SUBURBANA:

SIMPLE TERNA: de 3,00 metros como zona de restricción máxima a ambos lados del eje de la LMT.

Total de Restricción:…………………………………………………….. 6,00 m.

Informe Periódico Avance de los Trabajos

Quincenalmente se deberá entregar un informe sobre el estado de los trabajos, en relación con el cronograma propuesto; como así mismo una copia simple de las mensuras que ya hayan sido dibujadas para el respectivo control ejercido por la EPESF.

Apoyo de la EPESF

A los efectos de facilitar los trabajos, la EPESF pondrá a disposición del Contratista, la documentación que se detalla, la que tendrá carácter meramente ilustrativo, debiendo la Contratista verificar su exactitud, quedando en consecuencia bajo su responsabilidad las diferencias que pudieran contener:

a) Catastro Geométricos Parcelarios, de las zonas a mensurar.-

b) Planilla con los datos catastrales y dominiales de las parcelas afectadas a mensurar.

Acceso a propiedades

Previo al comienzo de los trabajos y con anticipación, el Contratista, solicitará las acreditaciones que le permiten el acceso a las propiedades en nombre de la EPESF (si lo cree necesario). Debiendo solicitar autorización previa a cada uno de los propietarios de los predios afectados para el ingreso a la propiedad; comunicando a la Inspección de inmediato, dificultad que se produjera en ese sentido, quienes en nombre de la EPESF intervendrán para dar solución al problema en forma conjunta, buscándose en todos los casos mantener la mejor relación posible con todos los propietarios; siendo el Contratista único responsable de cualquier trasgresión y/o conflicto que pudiera producir tanto en el ingreso como durante el período en que se ejecute el trabajo de campo.

Cotización y certificación

En su oferta, el Contratista deberá considerar los costos que se originan con la realización de los trabajos de la presente especificación, teniendo en cuenta además los generados por los sellados de Ley.

La certificación se realizará por plano, de mensura entregado y aprobado según lo indique la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE.

La Cotización se realizará de acuerdo a lo especificado en la Planilla de Propuesta e incluye además la provisión de materiales y mano de obra, así como cualquier otro trabajo que sin estar taxativamente expresado deba ser realizado para la correcta ejecución de estas tareas.

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Ing. Daniel BRIZUELA.

AREA PROYECTOS Ing. Ariel BONASSI.

UNIDAD PROYECTOS Ing. Angel ARGAÑARAZ.

JEFATURA PROYECTOS OBRAS CIVILES. Arq. Guillermo GIJENA.

PROYECTO DE INGENIERIA CIVIL Y CONFECCION DEL PLIEGO Ing. Pedro BARBA.

CAD TCN. Sebastián CORTI.

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DATOS TÉCNICOS GARANTIZADOS

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DATOS TECNICOS GARANTIZADOS

La Planilla de Datos Técnicos Garantizados se debe considerar como parte de la presente Especificación Técnica. En ella se indican valores SOLICITADOS por el Comitente y valores GARANTIZADOS por el Oferente. La columna de los valores GARANTIZADOS se completará como valor garantizado, independientemente que figure algún valor SOLICITADO y su omisión, presentación incorrecta o incompleta, podrá ser causal de rechazo de la oferta. En caso que el dato no sea compatible con el producto ofrecido, el Oferente marcará un trazo horizontal en la columna GARANTIZADOS, de no hacerlo se considerará omitido y no dará derecho a reclamos ante homologaciones que se hagan de oficio o rechazo de la oferta.

En caso de ofrecer dos (2) o más marcas de un mismo equipamiento, presentará una (1) planilla de Datos Técnicos Garantizados para cada marca ofrecida, tomándose como modelo las planillas adjuntas en este pliego.

El Oferente deberá completar con los datos ofrecidos utilizando obligatoriamente las planillas adjuntas y deberá presentar además folletos y catálogos. No se aceptarán datos garantizados confeccionados en otro tipo de planillas.

Cabe consignar que los materiales deberán responder a las Normas que se especifiquen en este Pliego, tanto en su fabricación como en los ensayos correspondientes, tomándose como mínimos los valores que especifiquen dichas Normas si los datos garantizados no lo superan, aunque no sean observados estos últimos en el proceso de adjudicación, el Contrato o durante la ejecución de la Obra.

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ORDENAMIENTO ESTRUCTURAS DE H°A°. CONDUCTOR DE AL/AC 95/15 mm2. CABLE DE GUARDA

ACCESORIOS PARA CONDUCTOR Y CABLE DE GUARDA. ACCESORIOS PARA CADENA DE RETENCION PARA CONDUCTOR. JABALINA DE PUESTA A TIERRA. CABLE PARA CONEXION A JABALINA. CABLE PARA CONEXION A SISTEMA DE PUESTA A TIERRA. AISLADORES DE RETENCIÓN. AISLADORES SUSPENSIÓN LINE POST.

SOLDADURA CUPROALUMINOTERMICA

CONECTORES DE PUESTA A TIERRA.

CABLE SUBTERRANEO 33 KV.

TERMINALES PARA CABLE SUBTERRANEO. RECONECTADOR 33 kV SECCIONADOR 33 KV

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ESTRUCTURA DE Hº Aº

DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO 11

Características Generales 1 - Fabricante 2 – Normas 3 - Método de Fabricación 4 - Resistencia característica del hormigón 5 - Recubrimiento mínimo a estribos 6 - Fisuras máximas p/carga de fisuración (20% rotura) 7 - Fisura máxima p/carga abertura de fisura (30% rotura)

Mpa

mm

mm

mm

IRAM 1605

Centrifugado

25

15

0,05

0.1

Santa Fe,.......................................................

........................................................ ....................................................... Firma Representante Técnico Firma Representante Legal

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CONDUCTOR DE ALUMINIO CON ALMA DE ACERO

DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO Proveedor

País de fabricación Marca. Normas a las que responde. Material. Sección nominal. Formación Diámetro del alambre. Diámetro del cable Sección real del cable

mm2

hilos

mm

mm

mm2

* * *

IRAM 2187 ETN 49 Al/Ac

95/15

26/7

13,6

109,7

Peso del cable Módulo de elasticidad Coeficiente de dilatación térmica Coeficiente de dilatación térmica del Al. Resistencia a la tracción. Tensión máx. adm. en el estado de T.m.a. Tensión máx. adm.a la temp. de trabajo Resistividad eléctrica a 20 ºC Resistencia eléctrica en corriente contínua a 20 ºC Resistencia eléctrica en corriente alterna a 20 ºC

kg/km

daN/mm2

°C-1

°C-1

daN/mm2

daN/mm2

daN/mm2

ohm/mm2 m ohm/km

ohm/km

380,5

7700

1,89x10-5

2,39x10-5 * 6

12

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DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO

Calor específico del alambre de aluminio Calor específico del alambre de acero

Cal/gr ºC

Cal/gr ºC

* *

Coeficiente de variación de la resistencia eléctrica con la temperatura del conductor. Temperatura del conductor en régimen permanente. Intensidad de corriente nominal. Temperatura del conductor en régimen de cortocircuito. Carga de rotura mínima. Longitud del cable de cada carrete. Peso aproximado de los carretes cargados con el largo de fabricación. Dimensiones del carrete. Parte del aluminio. Número de alambres. Número de capas Sección transversal total. Carga mínima de rotura a la tracción de los alambres de aluminio. Alma de acero. Número de alambres. Diámetro de cada alambre. Diámetro nominal del alma. Sección transversal total

1/ºC

ºC

Amp.

ºC

daN

m

daN

mm2

daN/mm2

mm

mm

mm2

* *

* *

2500

*

* *

*

*

* *

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DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO

Carga mínima de rotura a la tracción de los alambres de acero cincado. Folletos/catálogos

daN/mm2

si

Santa Fe,.......................................................

........................................................ ....................................................... Firma Representante Técnico Firma Representante Legal.

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PLANILLAS DE DATOS GARANTIZADOS DEL CABLE DE GUARDA

Nº DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARANTIZADO 1 Fabricante 2 Marca 3 Material Z n pesado 4 Norma IRAM 722/666 5 Sección nominal mm2 35 6 Sección real transversal mm2 34.37 7 Diámetro exterior del cable mm 7.5 8 Diámetro de los hilos mm 2.5 9 Formación hilos 7 10 Peso aproximado kg/km 276 11 Tensión específica de rotura de los hilos daN/mm2 110-125 12 Carga de rotura mínima del cable daN 2750 13 Módulo de elasticidad inicial daN/mm2 14 Módulo de elasticidad final daN/mm2 15 Coeficiente dilatación térmica. ºC-1 11 x10 -6 16 Calor específico Cal/gr ºC 17 Densidad del acero gr/C m3 18 Coef. variación resistencia con la temperatura ºC-1 19 Resistividad eléctrica mm2/m 20 Resistencia eléctrica a la temperatura ºC con

corriente

21 Temperatura máxima del cable con la que no se modifiquen sus propiedades físicas ºC

22 Longitud en cada bobina m 23 dimensiones de la bobina:

a) Díametro b) Ancho

m

m

IRAM 9590/03.87

24 Peso bruto de la bobi na aproximado (para long. nominal)

kg

Lugar y fecha ....................................................................

............................................................ ....................................................................

Firma del Representante Técnico Firma del proponente

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PLANILLAS DE DATOS GARANTIZADOS DE ACCESORIOS PARA CONDUCTOR Y CABLE DE GUARDIA

Nº DESCRIPCION UNIDAD

SOLICITADO GARANTIZADO

1 Fabricante 2 Normas de ensayos 3 Empalme a compresión hexagonal para

conductor Al/Ac

3.1 Modelo. 3.2 Carga mínima rotura daN 3.3 Características del material empleado p/

empalmar el alma de acero

3.4 Características del material empleado p/ empalmar la cubierta de aluminio.

3.5 Plano de los elementos que componen el empalme debidamente acotado

Adjuntar

3.6 Se deberá adjuntar una descripción de la metología de la ejecución de empalme.

4 Empalme a compresión hexagonal para el cable de acero

4.1 Modelo 4.2 Carga mínima de rotura daN 4.3 Características del material 4.4 Planos de dimensiones Adjuntar 5 Manguito a compresión hexagonal para la

reparación del conductor

5.1 Características del material 5.2 Carga mínima de rotura daN 5.3 Plano de dimensiones Adjuntar

Santa Fe,.......................................................

........................................................ ....................................................... Firma Representante Técnico Firma Representante Legal.

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ACCESORIOS PARA CADENA DE RETENCION PARA CONDUCTORES

DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO Fabricante

Marca Procedencia Normas de Ensayos Longitud del conjunto completo s/aisladores. Peso total del conjunto completo s/aisladores Longitud total de la cadena, incluidos los aisladores Carga mínima de rotura de la cadena Plano acotado de la cadena completa. Protección superficial de las partes ferrosas Espesor del revestimiento de protección.

Morsa de retención. Modelo Tipo (grado de articulación) Materiales que la constituyen (indicar norma a que corresponde y su designación normalizada por ella). Metodología de construcción. Peso de la morsa completa Carga de deslizamiento mínima (y par de apriete respectivo)

mm

daN

mm

mm

daN

s/Esp.Tec.

s/MN y TC

70

adjuntar

Zn.en Caliente

s/IRAM

triple

s/MN y TC

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UNIDAD DE PROYECTOS-AREA PROYECTOS-GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA 12

DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO Par de apriete de los bulones de los

caballetes p/distintas cargas de deslizamiento Carga de rotura a la tracción

kN

70

Plano de detalle correctamente acotado de la morsa y los distintos elementos que la componen Accesorios de la cadena Estribo - Modelo Características del material. Metodología de la construcción Peso Carga de rotura a la tracción Grado de dureza Plano de detalles, acotado Anillo con badajo- Modelo Características del Material Metodología de la Construcción Peso Carga de rotura a la tracción Plano de detalles, acotado. Orbita - Modelo. Características del Material Metodología de la construcción Peso

daN.

kN

daN

kN

daN

adjuntar

MN y TC

70

adjuntar

70

adjuntar

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DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO Carga de rotura a la tracción Plano de detalle, acotado. Anillo - Modelo Características del Material. Metodología de la construcción. Peso.

kN

daN

70

adjuntar

Carga de rotura a la tracción Plano de detalles, acotado Prolongador - Modelo Características del material Metodología de la construcción. Peso Carga de rotura a la tracción Plano de detalles, acotado Balancín - Modelo Características del material Metodología de la construcción. Peso Carga de rotura a la tracción Plano de detalles, acotado Anillos de protección-modelo Tipo

kN

daN

kN

daN

kN

70

adjuntar

MN y TC

70

adjuntar

70

adjuntar

Características del material

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DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO Metodología de la construción. Peso Plano de detalles, acotado

dN

adjuntar

Santa Fe,....................................................... ........................................................ ....................................................... Firma Representante Técnico Firma Representante Legal.

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AISLADORES DE RETENCION A ROTULA

DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO

UN ELEMENTO Fabricante Marca Procedencia Modelo (designación de fábrica) Material Clase nominal s/IEC Norma de fabricación Norma de ensayo Longitud de la cadena Diámetro de la campana Diámetro del perno Paso Distancia de fuga Distancia de arco Tensión resistida bajo lluvia de frecuencia industrial. Tensión de contorneo bajo lluvia de frecuencia industrial. Tensión resistida en seco de frecuencia industrial. Tensión de contorneo en seco Tensión resistida de impulso (onda kV 1,2/50 µseg) Tensión resistida de impulso (onda

mm

mm

mm

mm

mm

kVef

kVef

kVef

kVef

kV cresta

S-22 (MN12)

Porcelana

U70 BL

IRAM 2235

IRAM/IEC

254

16

146

292

220

40

45

70

80

110

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DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO positiva 1,2/50 µseg) Tensión resistida de impulso (onda negativa 1,2/50 µseg) Tensión de perforación en aceite, mínima Carga mecánica de trabajo Carga mecánica de rotura (tracción) mín Carga electromecánica mínima Carga de rotura electromecánica con el 90 % de la tensión de contorneo en seco Capacidad electrostática Cincado de partes metálicas según Norma IRAM 20022

kV cresta

kV cresta

kVef

kN

kN

kN

kN

pF

------

120

125

110

2.650

70

70

70

15

S/Norma IRAM 20022

Dibujo de dimensiones Color del plato CADENA COMPLETA DE RETENCIÓN Carga mecánica de trabajo de cada cadena Número de unidades de una cadena Número de unidades para transposición Número de unidades para cruces Curvas de distribución de la tensión de la cadena Tensión resistida de impulso (onda kV 1,2/50 µseg) Tensión de descarga con onda de impulso 1,2/50 µseg -Onda Positiva -Onda Negativa Tensión de descarga a frecuencia industrial, bajo lluvia.

daN

---

kVcresta

kVcresta kVcresta

kVef

Acompañar folleto

5.300

33 kV=1x4

----

33 kV=2x4

adjuntar

814

905 905

395

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DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO Tensión de descarga a frecuencia industrial, en seco. Tensión resistida de frecuencia industrial, bajo lluvia. Tensión resistida de frecuencia industrial, en seco. Dibujo de dimensiones.

kVef

kVef

kVef

564

344

500

Acompañar folleto

Santa Fe,.......................................................

........................................................ ....................................................... Firma Representante Técnico Firma Representante Legal

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AISLADORES SUSPENSIÓN LINE POST 33 kV

DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO

Fabricante Marca Procedencia Modelo (designación de fábrica) Material Clase nominal s/IEC Norma de fabricación Norma de ensayo Tensión Nominal Altura total del Aislador Radio de garganta superior Radio de garganta lateral Diámetro total Diámetro del perno Distancia de fuga Distancia de arco en seco Altura de entrante en la base para traba del perno Tensión resistida bajo lluvia de frecuencia industrial. Tensión resistida de impulso (onda kV 1,2/50 µseg) Carga mecánica mínima de flexión

kV

mm

mm

mm

mm

mm

mm

mm

mm

kVef

kV cresta

kN

Porcelana

IRAM/IEC

IRAM/IEC

36

720

70

170

10

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DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO Cincado de partes metálicas según Norma IRAM 20022

pF

S/Norma IRAM 20022

Peso (kg) Dibujo de dimensiones

Acompañar folleto

Santa Fe,.......................................................

........................................................ ....................................................... Firma Representante Técnico Firma Representante Legal

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JABALINAS DE PUESTA A TIERRA

DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO 1

Jabalinas para estructuras. 1- Fabricante. 2- Norma. 3- Material. 4- Denominación. 5- Diámetro. 6- Largo

mm

m

IRAM 2309

Ac/Cu.

Jl-18L

16,20 3

Santa Fe,.......................................................

........................................................ ....................................................... Firma Representante Técnico Firma Representante Legal.

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CABLE PARA CONEXIÓN A JABALINA

DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO

1 Fabricante 2 Norma 3 Material 4 Construcción. 5 Diámetro del conductor 6 Sección transversal normal 7 Masa unitaria 8 Resistencia eléctrica máxima a 20 ºC

mm

mm

kg/m

ohm/km

IRAM 2467

Ac/Cu

7 x 3.00 9

49,49

0,406

1,30

Santa Fe,.......................................................

........................................................ ....................................................... Firma Representante Técnico Firma Representante Legal

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7 - CABLE PARA CONEXION A SISTEMAS DE PUESTA A TIERRA

DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO

1 – Fabricante 2 - Norma 3 - Material 4 - Construcción. 5 - Diámetro del cordón 6 - Sección transversal normal 7 - Masa unitaria

mm

mm2

kg/m

IRAM 722

Ac/Galvanizado

1 x 19 9

48,26

Santa Fe,.......................................................

........................................................ ....................................................... Firma Representante Técnico Firma Representante Legal

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CONECTORES DE PUESTA A TIERRA

DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO

1 2 3

MORSETO DE BRONCE PARA CONEXIÓN A BLOQUETE 1 - Fabricante 2 - Designación 3 - Material 4 - Recubrimiento 5 - Para usar con cable MORSETO BIFILAR DE BRONCE PARA CONEXIÓN A BLOQUETE 1 - Fabricante 2 - Designación 3 - Material 4 - Recubrimiento 5 - Para usar con cable TERMINAL A COMPRESION 1 - Fabricante 2 - Designación 3 - Material 4 - Recubrimiento 5 - Para usar con cable 6 - Diámetro ojal

mm

Bronce

Estaño

Cu 50 mm2

Bronce

Cincado

Cu 120 mm2

Bronce

Cincado

Cu 70 mm2

Santa Fe,.......................................................

........................................................ ....................................................... Firma Representante Técnico Firma Representante Legal

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CABLE SUBTERRÁNEO 33 kV.

DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO 1 2 3 4 5 6 7 8 9

Marca Tipo Tensiones nominales (Uo/U) Tensión máxima Categoría Norma de fabricación y ensayo Número de conductores y sección nominal. ARMADURA Diámetro exterior aproximado. Radio mínimo de curvatura Masa aproximada Temperatura máxima de operación normal. CONDUCTORES Sección nominal Material Forma Clase Tipo Número de alambres Diámetro aproximado del Conductor Resistencia eléctrica en cc a 20ºC

kV

kV

N x mm2

mm

m

kg/km

ºC

mm2

mm

Ohm/km

* *

19/33

36 I

IRAM 2178

1 x 185 * * * *

185

Aluminio * * * * * *

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DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO

10

11

12

13

CAPAS DE HOMOGENEIZACION Interna: Material Espesor promedio mínimo Espesor mínimo absoluto Resistividad máxima a 20 ºC Resistividad máx. a máxima temperatura de operación normal. Externa: Material Espesor promedio mínimo Resistividad máxima a 20 ºC Resistividad máx. a máxima temperatura de operación normal AISLACION Material Espesor promedio mínimo Antes de envejecer: Resistencia mínima a la tracción Alargamiento de rotura mínimo Después de envejecer: Resistencia a la tracción, variación máxima Alargamiento a la rotura, variación máxima. Alargamiento permanente máximo PANTALLA METALICA Material Sección nominal Resistencia máxima en cc a 20ºC Formación REVESTIMIENTO INTERNO Material Tipo Espesor

mm mm

Ohm.cm

Ohm.cm

mm Ohm.cm

Ohm.cm

mm

N/mm2 %

%

%

%

mm2

Ohm/km

mm

* * * * * * * * * * * * * *

Cu 50 * * * * *

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DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO

14

15

16

ARMADURA Material Número de flejes Espesor nominal de cada fleje Masa de cinc. ENVOLTURA EXTERIOR Material Tipo Espesor promedio mínimo Antes de envejecer: Resistencia mínima a la tracción Alargamiento de rotura, mínimo Después de envejecer: Resistencia mínima a la tracción Resistencia a la tracción, variación máxima. Alargamiento de rotura mínimo. Alargamiento a la rotura variación máxima. INTENSIDAD DE CORRIENTE ADMISIBLE. Un cable multipolar o una terna de cables unipolares separados 9 cm, con temperatura del terreno de 25 ºC.

mm g/m2

mm

N/mm2 %

N/mm2

% %

A

NO * * * * * * * * * * * * * *

17

ACONDICIONAMIENTOS Largo de fabricación. Tolerancia por largo. Tolerancia total. Acondicionado en Folletos/catálogos

m % %

* * *

carretes

Si

Santa Fe,.......................................................

........................................................ ....................................................... Firma Representante Técnico Firma Representante Legal

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TERMINAL Y EMPALME DE CABLE DE POTENCIA.

DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARANTIZADO 1 2 3 4 5 6 7 8 9

Marca Características Fabricante Tipo a) Largo. b) Normal c) Interior d) Intemperie Tensión nominal. Item 7.3 Rubro A Parte II a) Permanente b) Sobrecarga c) Cortocircuito Rigidez dieléctrica a frecuencia nominal. Sellado. a) Con resina moldeada b) Con boquilla c) Sin sellado Conector a) A compresión b) De identación Folletos/catálogos

kV ºC ºC ºC

kV

*

Termocontraíble * * * * Si

33 * * * * * *

Si *

Si

Santa Fe,.......................................................

........................................................ ....................................................... Firma Representante Técnico Firma Representante Legal

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PLANILLA DE DATOS TECNICOS GARANTIZADOS SECCIONADOR TRIPOLAR 33 KV – POLOS ROTATIVOS

DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARANTIZADO 1 Características generales 1 Fabricante * 2 Marca * 3 Modelo (designación de fábrica) * 4 Año del diseño del modelo * 5 Normas de fabricación y ensayos IEC 60129 6 Tipo solicitado

a) Tipo b) Disposición de polos c) Posición de montaje e) Cuchillas Principales d) Accionamiento de: . Cuchillas principales . Cuchillas de tierra

TE

PP-2C horizontal

Brazo Articula-do y contacto deslizante

lm lm

7 Temperatura máxima de contactos con In y temperatura ambiente de 40ºC

ºC 75

8 Tiempo máximo de apertura de las cuchillas principales

s *

9 Tiempo máximo de cierre de las cuchillas principales

s *

2 Tiempo máximo de cierre de las cuchillas principales

*

1 Tensión nominal de red kV 33 2 Tensión máxima para el

Equipamiento kV 36

3 Corriente nominal en servicio continuo

A 630

4 Frecuencia nominal de la red Hz 50 5 Rigidez electrodinámica kAcr 6 Corriente admisible de corta

duración (1 seg) kA 12,5

7 Corriente admisible de corta duración (3 seg)

A *

8 Resistencia de los contactos principales

Ohm *

3 Niveles de aislación * 1 Tensiones de prueba a frecuencia

industrial durante un minuto bajo lluvia:

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DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARANTIZADO -Entre bornes de un mismo polo -Entre polo y tierra

kV kV

100 70

2 Tensión resistida a impulso atmosférico 1,2/50 s 1-cerrado parte activa contra tierra 2-abierto entrada/salida

kV kV

170 195

4 1 2 3 4

Sistema auxiliar de accionamiento y control Tensión auxiliar en CC Tensión auxiliar máxima admitida Tensión auxiliar mínima admitida Tensión auxiliar en CA

V V V V

n/c

Consumos eléctricos - Circuito de accionamiento - Calefactores - Bobina de enclavamiento

W W W

n/c

5 Contactos auxiliares de cuchillas principales -Cantidad de contactos normalmente abiertos (NA) -Cantidad de contactos normalmente cerrados

10

10

6 Contactos auxiliares de cuchillas de p. a t. -Cantidad de contactos normalmente abiertos (NA) -Cantidad de contactos normalmente cerrados (NC)

6 6

---

----

7 Selector local – distancia * 8 Bobina de enclavamiento de

cuchillas principales *

9 Enclavamiento entre comando a distancia y manual

*

10 Bobina enclavamiento cuchilla de p. a t.

*

11 Enclavamiento mecánico directo entre cuchillas principales y de tierra

*

5 Aspectos constructivos 1 Peso Kg * 2 Distancia entre polos mm * Dimensiones *

-Alto -Ancho -Largo

mm mm mm

* * *

3 Tratamientos superficiales

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DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARANTIZADO -Partes metálicas del polo

-Varillajes de mando -Gabinete de mando principal -Gabinete de comando cuchillas de p.a t. -Soporte

* * * * *

6 1 Folletos o catálogos SÍ 2 Plano de dimensiones y

características generales SI

3 Plano eléctrico funcional del sistema de accionamiento y auxiliares

*

4 Protocolo de ensayos de un seccionador igual al ofrecido

*

*: La columna de los valores GARANTIZADOS se completará como valor garantizado, independientemente que figure algún valor SOLICITADO

SANTA FE,...................................................... .......................................................................... ...................................................................... Firma Representante Técnico Firma Representante Legal

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EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FEGERENCIA DE INFRAESTRUCTURA-AREA PROYECTOS-UNIDAD P ROYECTOOBRA E-363: “LMT 33 kV Villa Minetti-Gregoria Pérez de Denis”

6-1Vinculación Electrica Subterránea - C.S. XLPE 33 kV Al 1x185mm2 Pantalla Cu 50 mm2

m 3300

5 Puesta a tierra N° 480

4-5 Mensula soporte de Aisladores Line Post N° 1361

4-4 Accesorios de retención para conductor de protección N° 46

4-3 Accesorios de suspensión para conductor de protección N° 432

4-2Accesorios de los aisladores de retención para conductor deenergía

N° 138

4-1Accesorios de los aisladores de suspensión para conductor deenergía

N° 1361

3-2 Aisladores Cerámicos para cadenas de retencion MN 12 N° 552

3-1 Aisladores Cerámicos para suspensión Line Post N° 1361

2-2Conductor de Protección de Acero Galvanizado 35mm2 desección nominal

m 42344

2-1 Conductor de energía de Al/Ac 95/15 mm2 de sección nominal m 127033

1-7 Estructuras de Hormigón Armado: Terminales N° 2

1-6 Estructuras de Hormigón Armado: Retención Angular 90° N° 2

1-5 Estructuras de Hormigón Armado: Retención Angular 65-70° N° 2

1-4 Estructuras de Hormigón Armado: Retención Angular 30-35° N° 2

1-3 Estructuras de Hormigón Armado: Retención Angular 15-25° N° 6

1-2 Estructuras de Hormigón Armado: Retención En Línea N° 10

RUBRO A: PROVISION DE MATERIALES

1-1 Estructuras de Hormigón Armado: Suspensiones N° 4 32

PLANILLA DE PROPUESTA

ITEM DESCRIPCION

Uni

dad

Can

tidad Precio por unidad

cotizado [+IVA]

Precio total+IVA

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EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FEGERENCIA DE INFRAESTRUCTURA-AREA PROYECTOS-UNIDAD P ROYECTOOBRA E-363: “LMT 33 kV Villa Minetti-Gregoria Pérez de Denis”

RUBRO A: PROVISION DE MATERIALES

PLANILLA DE PROPUESTA

ITEM DESCRIPCION

Uni

dad

Can

tidad Precio por unidad

cotizado [+IVA]

Precio total+IVA

TOTAL RUBRO A:

TOTAL RUBRO B:

8 Ensayo y puesta en tensión Gl 1

7Materiales para la construcción del campo de acometida a barrasde 33 kV

Gl 1

6 Reconectador y Seccionadores Gl 1

5 Vinculación eléctrica subterránea Gl 1

4 Puesta a tierra y medición Gl 1

3 Conductor de Protección y accesorios GL. 1

2 Conductor de Energía, aisladores y accesorios GL. 1

RUBRO B: MONTAJE

1 Estructuras de H°A° Gl. 1

9Materiales para la construcción del campo de acometida a barrasde 33 kV

Gl 1

8-2Seccionador tripolar rotativo 33 kV 630 A - Comando Manual -Con Cuchillas de PAT

N° 1

8-1Seccionador tripolar rotativo 33 kV 630 A - Comando Manual -Sin Cuchillas de PAT

N° 1

7 Reconectador 33 kV 630 A 12,5 kA N° 1

6-3Vinculación Electrica Subterránea - Descargador Sobret. ExteriorOZn 30 kV 10 kA

N° 6

6-2Vinculación Electrica Subterránea - Terminal termocontraibleexterior para C.S. XLPE Al 1x185 mm2

N° 6

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