cidh

1
Olivares Marin Leonardo Corte Interamericana de Derechos Humanos El caso que escogí fue uno contencioso, es decir que el juicio que emitió la corte al final debe ser acatado por el Estado. El Estado en este caso es Panamá y recibió una demanda por parte de los pueblos indígenas kuna de madungandí y emberá de bayano y sus miembros. El problema es que el Estado de Panamá en los años setentas quizo hacer una planta hidroeléctrica y esta inundo los terrenos vecinos, uno de los cuales era territorio de los pueblos indígenas. Se hicieron convenios con estos pueblos para trasladarlos e indemnizarlos, pero por más que pasaba el tiempo nunca se les daba un territorio delimitado. Turistas (o colonos como los llaman los indígenas) se metían en sus territorios ocasionando faltas a la ecología del lugar. Los indígenas recurrieron a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para que su caso fuera resuelto y una vez por todas reclamar las tierras que les pertenecen. El Estado de Panamá presentó varias objeciones como que no se habían agotado todos los recursos internos legales del Estado, pero la corte no lo tomó en cuenta debido a que la objeción no se había presentado de manera correcta. También se presentó el ratione temporis. Esta objeción si pasó debido a que varias indemnizaciones que se debieron haber pagado fueron negociadas antes de la creación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Al final la corte interamericana encontró culpable al Estado de Panamá y estableció una serie de actos que Panamá deberá realizar. Uno es la demarcación legal de los territorios indígenas, ya que dentro de la carta constitutiva establece el derecho inherente de poseer tierras los pueblos indígenas. También, las diferentes indemnizaciones las tiene que pagar el Estado de Panamá, menos las que fueron declaradas como ratione temporis. Bibliografía http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/resumen_284_esp.pdf

Upload: leonardo-olivares-marin

Post on 29-Sep-2015

3 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

derechos humanos

TRANSCRIPT

  • OlivaresMarinLeonardo

    CorteInteramericanadeDerechosHumanosEl caso que escog fue uno contencioso, es decir que el juicio que emiti la corte al final

    debe ser acatado por el Estado. El Estado en este caso es Panam y recibi una

    demanda por parte de los pueblos indgenas kuna de madungand y ember de bayano

    y sus miembros. El problema es que el Estado de Panam en los aos setentas quizo

    hacer una planta hidroelctrica y esta inundo los terrenos vecinos, uno de los cuales

    era territorio de los pueblos indgenas. Se hicieron convenios con estos pueblos para

    trasladarlos e indemnizarlos, pero por ms que pasaba el tiempo nunca se les daba un

    territorio delimitado. Turistas (o colonos como los llaman los indgenas) se metan en

    sus territorios ocasionando faltas a la ecologa del lugar. Los indgenas recurrieron a la

    Corte Interamericana de Derechos Humanos para que su caso fuera resuelto y una vez

    portodasreclamarlastierrasquelespertenecen.

    El Estado de Panam present varias objeciones como que no se haban

    agotado todos los recursos internos legales del Estado, pero la corte no lo tom en

    cuenta debido a que la objecin no se haba presentado de manera correcta. Tambin

    se present el ratione temporis. Esta objecin si pas debido a que varias

    indemnizaciones que se debieron haber pagado fueron negociadas antes de la

    creacindelaCorteInteramericanadeDerechosHumanos.

    Al final la corte interamericana encontr culpable al Estado de Panam y

    estableci una serie de actos que Panam deber realizar. Uno es la demarcacin

    legal de los territorios indgenas, ya que dentro de la carta constitutiva establece el

    derecho inherente de poseer tierras los pueblos indgenas. Tambin, las diferentes

    indemnizaciones las tiene que pagar el Estado de Panam, menos las que fueron

    declaradascomorationetemporis.

    Bibliografa

    http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/resumen_284_esp.pdf