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CHILPANCINGO, GUERRERO, MARTES 2 DE MAYO DE 2006 DIARIO DE LOS DEBATES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE GUERRERO PRESIDENTE Diputado Alejandro Luna Vázquez Año I Segundo Periodo Ordinario LVIII Legislatura Núm. 8 SESIÓN PÚBLICA CELEBRADA EL 2 DE MAYO DE 2OO6 SUMARIO ASISTENCIA ORDEN DEL DÍA ACTAS DE LA SESIÓN ANTERIOR COMUNICADOS Oficio suscrito por el diputado Ernesto Fidel Payán Cortinas, presidente de la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación, mediante el cual informa el acuerdo tomado por los diputados integrantes de la citada Comisión, con motivo del expediente formado por la solicitud de licencia por tiempo indefinido, del ciudadano Francisco Bautista Alarcón, regidor del Honorable Ayuntamiento del municipio de Leonardo Bravo, Guerrero. Solicitando sea archivado el citado expediente como asunto total y definitivamente concluido y sea descargado de la relación de asuntos pendientes de esa Comisión Oficio firmado por el licenciado Eduardo Montaño Salinas, presidente del Honorable Ayuntamiento del municipio de Ometepec, Guerrero, con el que remite el Plan Municipal de Desarrollo 2005-2008 Oficio suscrito por el licenciado Jaime Peralta Ahota, secretario particular del presidente del Honorable Ayuntamiento del municipio de Zitlala, Guerrero, con el que remite el Plan Municipal de Desarrollo 2005-2008 Oficio suscrito por el diputado José Luis Canales de la Vega, presidente del Honorable Congreso del Estado de Chihuahua, por el que remite el acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo Federal, para que en uso de sus atribuciones constitucionales, presente iniciativa de decreto ante la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a fin de modificar el artículo tercero transitorio del Presupuesto de Egresos de la federación, para el ejercicio fiscal 2006 CORRESPONDENCIA Oficio suscrito por el licenciado José Luis Barroso Merlín, oficial mayor del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, con el que informa de la recepción del escrito suscrito por los ciudadanos Damián Fierros Olivares y Eliud Lorenzo Díaz, presidente y secretaria, respectivamente, de la Asociación de Relaciones Culturales, A.C., por el que comunican la situación de las actividades relacionadas con el pág. 3 pág. 4 pág. 6 - - pág. 8 - pág. 7 - pág. 8 - pág. 9

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CHILPANCINGO, GUERRERO, MARTES 2 DE MAYO DE 2006

DIARIO DE LOS DEBATESDEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE GUERRERO

PRESIDENTE

Diputado Alejandro Luna Vázquez

Año I Segundo Periodo Ordinario LVIII Legislatura Núm. 8

SESIÓN PÚBLICA CELEBRADA EL2 DE MAYO DE 2OO6

SUMARIO

ASISTENCIA

ORDEN DEL DÍA

ACTAS DE LA SESIÓNANTERIOR

COMUNICADOS

Oficio suscrito por el diputadoErnesto Fidel Payán Cortinas,presidente de la Comisión deAsuntos Políticos y Gobernación,mediante el cual informa elacuerdo tomado por los diputadosintegrantes de la citada Comisión,con motivo del expedienteformado por la solicitud delicencia por tiempo indefinido,del ciudadano Francisco BautistaAlarcón, regidor del HonorableAyuntamiento del municipio deLeonardo Bravo, Guerrero.Solicitando sea archivado el citadoexpediente como asunto total ydefinitivamente concluido y seadescargado de la relación de asuntospendientes de esa Comisión

Oficio firmado por el licenciadoEduardo Montaño Salinas,presidente del HonorableAyuntamiento del municipio deOmetepec, Guerrero, con el queremite el Plan Municipal deDesarrollo 2005-2008

Oficio suscrito por el licenciadoJaime Peralta Ahota, secretarioparticular del presidente delHonorable Ayuntamiento delmunicipio de Zitlala, Guerrero, conel que remite el Plan Municipalde Desarrollo 2005-2008

Oficio suscrito por el diputadoJosé Luis Canales de la Vega,presidente del Honorable Congresodel Estado de Chihuahua, por elque remite el acuerdo por elque se exhorta al titular delPoder Ejecutivo Federal, paraque en uso de sus atribucionesconstitucionales, presente iniciativade decreto ante la Cámara deDiputados del Honorable Congresode la Unión, a fin de modificar elartículo tercero transitorio delPresupuesto de Egresos de lafederación, para el ejerciciofiscal 2006

CORRESPONDENCIA

Oficio suscrito por el licenciadoJosé Luis Barroso Merlín,oficial mayor del HonorableCongreso del Estado Libre ySoberano de Guerrero, con elque informa de la recepción delescrito suscrito por los ciudadanosDamián Fierros Olivares y EliudLorenzo Díaz, presidente ysecretaria, respectivamente, dela Asociación de RelacionesCulturales, A.C., por el quecomunican la situación de lasactividades relacionadas con el

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CÁMARA DE DIPUTADOS DIARIO DE LOS DEBATES NÚM. 8 02 DE MAYO, DE 2006 2

Museo Tierra Caliente, en elmunicipio de Ajuchitlán delProgreso, Guerrero

INICIATIVAS

De decreto por el que se reformael artículo 43 de La ConstituciónPolítica del Estado Libre ySoberano de Guerrero, suscritapor el diputado José LuisRamírez Mendoza. Solicitandodar lectura a la misma

De decreto por el que se reformay adicionan el artículo 1º y 10 dela Constitución Política delEstado Libre y Soberano deGuerrero, suscrita por el diputadoFelipe Ortíz Montealegre.Solicitando dar lectura a la misma

De decreto por el que sereforman diversos artículos dela Ley número 51: Estatuto delos Trabajadores al Servicio delEstado, de los municipios y delos Organismos Públicos,Coordinados y Descentralizadosdel Estado, suscrita por elDiputado José Luis RamírezMendoza. Solicitando dar lecturaa la misma

De decreto que deroga la Leypara la Protección de los Derechosy Desarrollo de los Menores enel Estado de Guerrero, y crea laLey para la Protección de losDerechos y Desarrollo de lasNiñas, Niños y Adolescentes delEstado de Guerrero, suscrita porel diputado Humberto QuintilCalvo Memije. Solicitando darlectura a la misma

PROPUESTAS DE LEYES,DECRETOS Y ACUERDOS

Primera lectura del dictamen devaloración previa que recae ala denuncia de ju ic io deresponsabilidad administrativaregistrado bajo el número JRA/

LVIII/002/2006, promovido porlos ciudadanos Delfino AlarcónBello y Nicolás Bello Díaz,presidente y síndico procuradordel Honorable Ayuntamiento delmunicipio de Mochitlán, Guerrero,en contra del ciudadano IsaíasLópez Sánchez, expresidentedel Honorable Ayuntamiento delmunicipio de Mochitlán, Guerrero

Primera lectura del dictamende valoración previa que recaea la denuncia de juicio deresponsabilidad administrativaregistrado bajo el número JRA/LVIII/003/2006, promovido porlos ciudadanos Delfino AlarcónBello y Nicolás Bello Díaz, ensu calidad de presidente y síndicoprocurador, respectivamente, delHonorable Ayuntamiento delmunicipio de Mochitlán, Guerrero

Primera lectura del dictamende valoración previa que recaea la denuncia de juicio políticoregistrado bajo el número JP/LVIII/004/2006, promovido porlos ciudadanos Crisóforo NavaBarrios, Sergio Mota Sánchez,Ignacio García Muñíz, FélixDircio Abraján, Publio Lópezdel Moral y María GuadalupeHernández Nava, en contra delos ciudadanos Ignacio RendónRomero, Elizabeth Vega Abarcay José Martín Rayo Sánchez,auditor general del Estado,auditora especial de la AuditoríaGeneral del Estado y contralorgeneral del Estado

Primera lectura del dictamen conproyecto de acuerdo parlamentariopor el que se exhorta a losmunicipios que aún no cuentancon un área específica que atiendadirectamente la problemática queenfrenta la juventud guerrerense,a que en la medida de susposibilidades presupuestarias,creen dentro de su estructuraorgánica municipal, un espacio

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CÁMARA DE DIPUTADOS DIARIO DE LOS DEBATES NÚM. 8 02 DE MAYO, DE 2006 3

de expresión, integración yorientación juvenil

Primera lectura del dictamen conproyecto de acuerdo parlamentariopor el que el Pleno de la QuincuagésimaOctava Legislatura del HonorableCongreso del Estado, solicita altitular del Poder Ejecutivo Federal,para que a través de la Secretaríade la Reforma Agraria, resuelvaa la brevedad y conforme a susatribuciones, lo conducente entorno al conflicto que prevalececon los comuneros de Moyotepec

Propuesta de punto de acuerdosuscrita por los diputadosintegrantes de la Comisión deSeguridad Pública, por el que seexhorta al gobernador constitucionaldel Estado para que proporcioneuna explicación detallada ypormenorizada de los recursosaprobados que serían utilizadospara la capacitación adecuadade los cuerpos policiacos y unincremento al salario de losmismos. Así mismo, se exhortaal ejecutivo del Estado y a lostitulares de los honorablesayuntamientos, para que diseñeny apliquen programas paraerradicar la inseguridad, laviolencia y la delincuencia quepadece el Estado y que losrecursos del ramo 33 fondo IV,sean aplicados estrictamentepara la seguridad pública de losmunicipios

Propuesta de acuerdo parlamentariosuscrita por los diputadosintegrantes de la fracciónparlamentaria del Partido de laRevolución Democrática, por elque se exhorta al titular de laProcuraduría General de laRepública para que de manerainmediata dé una explicación aeste Honorable Congreso, demanera fundada y motivadasobre la consignación de losciudadanos Eduardo Rocha

López, José Guadalupe Salazar,Miguel Ángel Huerta Castrejón,Salvador Medina Olivares, JoséLuis Valenzuela Barrón y JorgeSalas Rodríguez. Solicitando sediscuta y se apruebe en estasesión como asunto de urgentey obvia resolución

CLAUSURA Y CITATORIO

Presidencia del diputadoAlejandro Luna Vázquez

ASISTENCIA

El Presidente:

Solicito a la diputada María Guadalupe PérezUrbina, pasar lista de asistencia.

La secretaria María Guadalupe PérezUrbina:

Albarrán Mendoza Esteban, Alvarado ArroyoFermín Gerardo, Álvarez Angli Arturo, AñorveOcampo Flor, Bajos Valverde José Jorge,Cabañas López Bertín, Calvo Memije HumbertoQuintil, Carabias Icaza Alejandro, Dolores FloresSergio, Farías Silvestre Germán, García GutiérrezRaymundo, García Martínez Aurora Martha,García Meléndez Benito, García Rojas JessicaEugenia, Hernández García Rey, LópezRodríguez Abelina, Lührs Cortés Erika Lorena,Luna Gerónimo Ignacio, Luna VázquezAlejandro, Miranda Salgado Marino, Mora PatiñoRossana, Organiz Ramírez Marco Antonio,Ortega Jiménez Bernardo, Ortiz MontealegreFelipe, Payán Cortinas Ernesto Fidel, PereaPineda José Guadalupe, Pérez Urbina MaríaGuadalupe, Pineda Ménez Víctor Fernando,Ponce Guadarrama Abraham, Ramírez MendozaJosé Luis, Ramírez Terán Ma. de Lourdes,Ramos Cabrera Noé, Ramos del Carmen Mario,Reyes Torres Carlos, Rodríguez Otero JuanJosé Francisco, Salgado Romero Wulfrano,Solorio Almazán Ramiro, Torreblanca GarcíaJaime, Tovar Tavera Raúl, Zalazar RodríguezMarcos.

Se informa a la Presidencia la asistencia de 39diputadas y diputados a la presente sesión.

Servido, diputado presidente.

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El Presidente:

Gracias, diputada secretaria.

Esta Presidencia informa que solicitaronpermiso para faltar a la presente sesión previajustificación los diputados René González Justo,Alejandro Carabias Icaza, Fernando José IgnacioDonoso Pérez, Mario Arrieta Miranda y MartínMora Aguirre y para llegar tarde el diputadoSocorro Sofío Ramírez Hernández.

Con fundamento en el artículo 30 fracción IIde la Ley Orgánica del Poder Legislativo delEstado número 286, y con la asistencia de 39diputadas y diputados se declara quórum legal yválidos los acuerdos que en esta sesión se tomen,por lo que siendo las 17 horas con 5 minutos, seinicia la presente sesión.

ORDEN DEL DÍA

El Presidente:

Con fundamento en el artículo 30, fracciónIII, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo envigor, me permito proponer el siguiente proyectode Orden del Día, por lo que solicito al diputadosecretario José Luis Ramírez Mendoza, se sirvadar lectura al mismo.

El secretario José Luis Ramírez Mendoza:

<<Segundo Periodo Ordinario.- Primer Año.-LVIII Legislatura>>

Primero.- Actas:

Lectura y aprobación, en su caso, del acta dela sesión, celebrada por el Pleno de laQuincuagésima Octava Legislatura al HonorableCongreso del Estado Libre y Soberano deGuerrero, el día jueves 27 de abril del 2006.

Segundo.- Comunicados:

a) Oficio suscrito por el diputado ErnestoFidel Payán Cortinas, presidente de la Comisiónde Asuntos Políticos y Gobernación, mediante elcual informa el acuerdo tomado por los diputadosintegrantes de la citada Comisión, con motivo delexpediente formado por la solicitud de licenciapor tiempo indefinido, del ciudadano FranciscoBautista Alarcón, regidor del Honorable

Ayuntamiento del municipio de Leonardo Bravo,Guerrero. Solicitando sea archivado el citadoexpediente como asunto total y definitivamenteconcluido y sea descargado de la relación deasuntos pendientes de esa Comisión.

b) Oficio firmado por el licenciado EduardoMontaño Salinas, presidente del HonorableAyuntamiento del municipio de Ometepec,Guerrero, con el que remite el Plan Municipal deDesarrollo 2005-2008.

c) Oficio suscrito por el licenciado JaimePeralta Ahota, secretario particular del presidentedel Honorable Ayuntamiento del municipio deZitlala, Guerrero, con el que remite el PlanMunicipal de Desarrollo 2005-2008.

d) Oficio suscrito por el diputado José LuisCanales de la Vega, presidente del HonorableCongreso del Estado de Chihuahua, por el queremite el acuerdo por el que se exhorta al titulardel Poder Ejecutivo Federal, para que en uso desus atribuciones constitucionales, presenteiniciativa de decreto ante la Cámara de diputadosdel Honorable Congreso de la Unión, a fin demodificar el artículo tercero transitorio delPresupuesto de Egresos de la federación, para elejercicio fiscal 2006.

Tercero.- Correspondencia:

a) Oficio suscrito por el licenciado José LuisBarroso Merlín, oficial mayor del HonorableCongreso del Estado Libre y Soberano deGuerrero, con el que informa de la recepción delescrito suscrito por los ciudadanos DamiánFierros Olivares y Eliud Lorenzo Díaz, presidentey secretaria, respectivamente, de la Asociaciónde Relaciones Culturales, A.C., por el quecomunican la situación de las actividadesrelacionadas con el Museo Tierra Caliente, en elmunicipio de Ajuchitlán del Progreso, Guerrero.

Cuarto.- Iniciativas:

a) De decreto por el que se reforma el artículo43 de La Constitución Política del Estado Librey Soberano de Guerrero, suscrita por el diputadoJosé Luis Ramírez Mendoza. Solicitando darlectura a la misma.

b) De decreto por el que se reforma yadicionan el artículo 1º y 10 de la Constitución

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Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero,suscrita por el diputado Felipe Ortíz Montealegre.Solicitando dar lectura a la misma.

c) De decreto por el que se reforman diversosartículos de la ley número 51: Estatuto de losTrabajadores al Servicio del Estado, de losmunicipios y de los organismos públicos,coordinados y descentralizados del Estado,suscrita por el diputado José Luis RamírezMendoza. Solicitando dar lectura a la misma.

d) De decreto que deroga la Ley para laProtección de los Derechos y Desarrollo de losMenores en el Estado de Guerrero y crea la Leypara la Protección de los Derechos y Desarrollode las Niñas, Niños y Adolescentes del Estadode Guerrero, suscrita por el diputado HumbertoQuintil Calvo Memije. Solicitando dar lectura ala misma.

Quinto.- Propuestas de leyes, decretos yacuerdos:

a) Primera lectura del dictamen de valoraciónprevia que recae a la denuncia de juicio deresponsabilidad administrativa registrado bajo elnúmero JRA/LVIII/002/2006, promovido porlos ciudadanos Delfino Alarcón Bello y NicolásBello Díaz, presidente y síndico procurador delHonorable Ayuntamiento del municipio deMochitlán, Guerrero, en contra del ciudadanoIsaías López Sánchez, expresidente delHonorable Ayuntamiento del municipio deMochitlán, Guerrero.

b) Primera lectura del dictamen de valoraciónprevia que recae a la denuncia de juicio deresponsabilidad administrativa registrado bajo elnúmero JRA/LVIII/003/2006, promovido porlos ciudadanos Delfino Alarcón Bello y NicolásBello Díaz, en su calidad de presidente y síndicoprocurador, respectivamente, del HonorableAyuntamiento del municipio de Mochitlán,Guerrero.

c) Primera lectura del dictamen de valoraciónprevia que recae a la denuncia de juicio políticoregistrado bajo el número JP/LVIII/004/2006,promovido por los ciudadanos Crisóforo NavaBarrios, Sergio Mota Sánchez, Ignacio GarcíaMuñíz, Félix Dircio Abraján, Publio López delMoral y María Guadalupe Hernández Nava, encontra de los ciudadanos Ignacio Rendón

Romero, Elizabeth Vega Abarca y José MartínRayo Sánchez, auditor general del Estado,auditora especial de la Auditoría General delEstado y contralor general del Estado.

d) Primera lectura del dictamen con proyectode acuerdo parlamentario por el que se exhortaa los municipios que aún no cuentan con un áreaespecífica que atienda directamente laproblemática que enfrenta la juventudguerrerense, a que en la medida de susposibilidades presupuestarias, creen dentro desu estructura orgánica municipal, un espacio deexpresión, integración y orientación juvenil.

e) Primera lectura del dictamen con proyectode acuerdo parlamentario por el que el Pleno dela Quincuagésima Octava Legislatura delHonorable Congreso del Estado, solicita al titulardel Poder Ejecutivo Federal, para que a travésde la Secretaría de la Reforma Agraria resuelvaa la brevedad y conforme a sus atribuciones, loconducente en torno al conflicto que prevalececon los comuneros de Moyotepec.

f) Propuesta de punto de acuerdo suscrita porlos diputados integrantes de la Comisión deSeguridad Pública, por el que se exhorta algobernador constitucional del Estado para queproporcione una explicación detallada ypormenorizada de los recursos aprobados queserían utilizados para la capacitación adecuadade los cuerpos policiacos y un incremento alsalario de los mismos. Así mismo, se exhorta alejecutivo del Estado y a los titulares de loshonorables ayuntamientos, para que diseñen yapliquen programas para erradicar la inseguridad,la violencia y la delincuencia que padece elEstado y que los recursos del ramo 33 fondo IV,sean aplicados estrictamente para la seguridadpública de los municipios.

g) Propuesta de acuerdo parlamentariosuscrita por los diputados integrantes de lafracción parlamentaria del Partido de laRevolución Democrática, por el que se exhortaal titular de la Procuraduría General de laRepública para que de manera inmediata dé unaexplicación a este Honorable Congreso, de manerafundada y motivada sobre la consignación de losciudadanos Eduardo Rocha López, JoséGuadalupe Salazar, Miguel Ángel HuertaCastrejón, Salvador Medina Olivares, José LuisValenzuela Barrón y Jorge Salas Rodríguez.

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Solicitando se discuta y se apruebe en esta sesión,como asunto de urgente y obvia resolución.

Sexto.- Clausura:

a) De la sesión.

Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, martes02 de mayo de 2006.

Servido, diputado presidente.

El Presidente:

Gracias, diputado secretario.

Esta Presidencia solicita a la diputadasecretaria María Guadalupe Pérez Urbina,informe para los efectos de lo dispuesto en elsegundo párrafo del artículo 173 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo del Estado deGuerrero, si en el transcurso de la lectura delproyecto de Orden del Día se registró la asistenciade algún diputado.

La secretaria María Guadalupe PérezUrbina:

Se informa a la Presidencia que se registró laasistencia de un diputado, con los que se hace untotal de 42 asistentes.

Servido diputado presidente.

El Presidente:

Gracias, diputada secretaria.

Se somete a consideración de la Asambleapara su aprobación el proyecto de Orden del Díade antecedentes, los que estén por la afirmativasírvanse manifestarlo en votación económicaponiéndose de pie.

En contra.

Abstenciones.

Se aprueba por unanimidad de votos el Ordendel Día de referencia.

ACTAS

En desahogo del primer punto del Orden del

Día, Actas, en mi calidad de presidente, mepermito proponer a la Plenaria la dispensade la lectura del acta de la sesión celebradapor el Pleno de la Quincuagésima OctavaLegislatura al Honorable Congreso delEstado de Guerrero, el día jueves 27 de abrildel 2006, signada bajo el inciso “a”, envirtud de que la misma fue distribuida conantelación a los coordinadores de lasfracciones parlamentarias y representantesde partido.

Se somete a consideración de la Asambleapara su aprobación la propuesta presentadapor esta Presidencia, en el sentido de que sedispense la lectura del acta de la sesión deantecedentes, los que estén por la afirmativa,sírvanse manifestarlo en votación económica,poniéndose de pie.

En contra.

Abstenciones.

Se aprueba por unanimidad de votos ladispensa de la lectura del acta de la sesión dereferencia, dispensada que ha sido la lectura dela sesión de antecedentes, esta Presidenciasomete a la consideración de la Plenaria para suaprobación su contenido, los que estén por laafirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, poniéndose de pie.

En contra.

Abstenciones.

Se aprueba por unanimidad de votos elcontenido del acta de la sesión celebrada el díajueves 27 de abril del 2006.

Se hace del conocimiento del Pleno que ladiputada Erika Lorena Lührs Cortés presentóuna propuesta de acuerdo parlamentario lacual fue retirada ya que se giró a las comisionesde Gobierno y de Presupuesto y CuentaPública.

COMUNICADOS

En desahogo del segundo punto del Ordendel Día, Comunicados, solicito a la diputadasecretaria María Guadalupe Pérez Urbina, sesirva dar lectura al oficio suscrito por el

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CÁMARA DE DIPUTADOS DIARIO DE LOS DEBATES NÚM. 8 02 DE MAYO, DE 2006 7

diputado Ernesto Fidel Payán Cortinas, signadobajo el inciso “a”.

La secretaria María Guadalupe PérezUrbina:

Honorable Congreso del Estado.

Sección: Presidencia.

Oficio número: LVIII/1ER/CAPIG/079/2006.

Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, abril del2006.

Ciudadanos Diputados Secretarios de laComisión Permanente del Honorable Congresodel Estado.- Presentes.

En el expediente formado con motivo de lasolicitud del oficio suscrito por el ciudadanoFrancisco Bautista Alarcón, regidor delHonorable Ayuntamiento del municipio deLeonardo Bravo, Guerrero, en el que remite aesta Soberanía, solicitud de licencia por tiempoindefinido a su cargo de regidor propietario, losciudadano diputados integrantes de la Comisiónde Asuntos Políticos y Gobernación aprobamosun acuerdo que a la letra dice:

Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, marzo22 de 2006.

Visto el oficio LVIII/1ER/OM/DPL/604/2006de fecha 29 de marzo de 2006, suscrito por ellicenciado José Luis Barroso Merlín, oficialmayor del Honorable Congreso del Estado Librey Soberano de Guerrero, en el cual remite porinstrucciones de la Presidencia de la MesaDirectiva a la Comisión de Asuntos Políticos yGobernación para su atención correspondiente,el oficio número 028/2006, firmado por elciudadano Francisco Bautista Alarcón, regidorpropietario del municipio de Leonardo Bravo,Guerrero, en el que remite a esta Soberaníasolicitud de licencia por tiempo indefinido alcargo y funciones de regidor propietario. confecha 6 de abril del presente se presentó acomparecer ante el diputado Ernesto Fidel PayánCortinas, presidente de la Comisión de AsuntosPolíticos y Gobernación y dos testigos deasistencia.

El ciudadano Francisco Bautista Alarcón,

quien se identifica con su credencial confotografía, con número de folio 17313528manifestando en este acto que no ratifica susolicitud de licencia por tiempo indefinido defecha 22 de marzo del 2006, en el que solicitalicencia por tiempo indefinido al cargo de regidorpropietario del Honorable Ayuntamiento delmunicipio de Leonardo Bravo, Guerrero.

Que el artículo 90 de la Ley Orgánica delMunicipio Libre del Estado Libre y Soberano deGuerrero, concede a los integrantes delAyuntamiento de solicitar licencia para separarsedel cargo y funciones por causa justificada, siendoprerrogativa del servidor público desistirse a solicitarcuando ha sido concedida su reincorporación alcargo y funciones correspondiendo al Congresodel Estado resolver, así pues el ciudadano FranciscoBautista Alarcón, al no ratificar su solicitud delicencia por tiempo indefinido al cargo de regidorpropietario del Honorable Ayuntamiento delmunicipio de Leonardo Bravo, Guerrero, hadecidido desistirse de la misma.

Por lo que la Comisión de Asuntos Políticos yGobernación, acuerda, se declara sin materia lasolicitud de licencia por tiempo indefinido delciudadano Francisco Bautista Alarcón, al cargoy funciones de regidor propietario del HonorableAyuntamiento del municipio de Leonardo Bravo,Guerrero, en consecuencia archívese el presenteexpediente como asunto totalmente concluido.

Por las consideraciones antes vertidas,comuníquese al Pleno del Honorable Congresodel Estado. Cúmplase.

Así lo acordaron los ciudadanos diputadosintegrantes de la Comisión de Asuntos Políticosy Gobernación de la Quincuagésima OctavaLegislatura al Honorable Congreso del EstadoLibre y Soberano de Guerrero, que firman paradebida constancia legal. Conste.

En cumplimiento a lo ordenado por el acuerdoreferido, solicito a usted respetuosamente,instruya a la Oficialía Mayor, para que elpresente expediente, sea descargado de losasuntos pendientes de esta Comisión Legislativa.

Atentamente.El Presidente de la Comisión de Asuntos

Políticos y Gobernación.Diputado Ernesto Fidel Payán Cortinas.

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CÁMARA DE DIPUTADOS DIARIO DE LOS DEBATES NÚM. 8 02 DE MAYO, DE 2006 8

Servido, diputado presidente.

El Presidente:

Gracias, diputada secretaria.

Esta Presidencia toma conocimiento delacuerdo de antecedentes e instruye a la OficialíaMayor para que lo remita al archivo de estePoder Legislativo, como asunto total ydefinitivamente concluido.

Así mismo para que sea descargado de larelación de asuntos pendientes de la Comisión deAsuntos Políticos y Gobernación.

En desahogo del inciso “b” del segundo puntodel Orden del Día, solicito al diputado secretarioJosé Luis Ramírez Mendoza, se sirva dar lecturaal oficio firmado por el licenciado EduardoMontaño Salinas, presidente del HonorableAyuntamiento del municipio de Ometepec,Guerrero.

El secretario José Luis Ramírez Mendoza:

Con gusto, compañero presidente.

Diputado Carlos Reyes Torres, Presidente dela Comisión de Gobierno del Honorable Congresodel Estado de Guerrero.- Presente.

Por medio del presente envío a usted el Plande Desarrollo Municipal 2005-2008, que esteHonorable Cabildo de nuestro municipio aprobóel día 8 de marzo del año en curso, este plan seránuestra herramienta rectora para el buenejercicio de nuestro gobierno municipal.

Anexo una copia certificada del acta desesión de cabildo, donde se analizo y se aprobóel plan, así mismo adjunto el plan en formatoimpreso y disco compacto.

Sin más por el momento, le envío un cordialsaludo.

Atentamente.Licenciado Eduardo Montaño Salinas.Presidente Municipal Constitucional del

Honorable Ayuntamiento del Municipio deOmetepec, Guerrero.

Servido, señor presidente.

El Presidente:

Gracias, diputado secretario.

Esta Presidencia con fundamento en el artículo30 fracción IV, turna el Plan de DesarrolloMunicipal a la Auditoría General del Estado,para los efectos legales conducentes.

En desahogo del inciso “c” del segundo puntodel Orden del Día, solicito a la diputada secretariaMaría Guadalupe Pérez Urbina, se sirva darlectura al oficio suscrito por el licenciado JaimePeralta Ahota, secretario particular del presidentedel Honorable Ayuntamiento del municipio deZitlala, Guerrero.

La secretaria María Guadalupe PérezUrbina:

Honorable Ayuntamiento Constitucional deZitlala, Guerrero, 2005-2008.

Dependencia : Secretaría Particular.

Oficio: 0621/2006.

Asunto: Contestación de oficio.

Zitlala, Guerrero, a 11 de abril del 2006.

Ciudadano Diputado Carlos Reyes Torres,Presidente de la Comisión de Gobierno.- Presente.

Mediante el presente, envío por instruccionesdel ciudadano ingeniero Nahúm García Castro,presidente municipal Constitucional de Zitlala,Guerrero, a la instancia que dignamente representa,copia del Plan de Desarrollo Municipal y Bandode Policía y Buen Gobierno 2005-2008, comoinstrumento normativo que fundamenta el actuarde nuestra administración municipal y así darcumplimiento a las atribuciones contenidas en losartículos 38 y 61 de la Ley Orgánica del MunicipioLibre del Estado de Guerrero, vigente.

Sin otro particular, hago propicia la ocasiónpara enviarle un saludo cordial.

Atentamente.Sufragio Efectivo. No Reelección.El Secretario Particular del Ciudadano

Presidente.Jaime Peralta Ahota.

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CÁMARA DE DIPUTADOS DIARIO DE LOS DEBATES NÚM. 8 02 DE MAYO, DE 2006 9

Servido, diputado presidente.

El Presidente:

Gracias, diputada secretaria.

Esta Presidencia con fundamento en el artículo30 fracción IV turna el Plan de DesarrolloMunicipal a la Auditoría General del Estado,para los efectos legales conducentes.

En desahogo del inciso “d” del segundo puntodel Orden del Día, solicito al diputado secretarioJosé Luis Ramírez Mendoza, se sirva dar lecturaal oficio suscrito por el diputado José LuisCanales de la Vega, presidente del HonorableCongreso del Estado de Chihuahua.

El secretario José Luis Ramírez Mendoza:

Con gusto, señor presidente.

Ciudadano Diputado Presidente del HonorableCongreso del Estado, Plaza Primer Congreso deAnáhuac, sin número, Chilpancingo, Guerrero.

Anexo a la presente, me permito enviarlecopia de acuerdo número 156/062PO aprobadoen sesión celebrada el día de la fecha, medianteel cual la Sexagésima Primera Legislatura delHonorable congreso del Estado, solicita demanera respetuosa al titular del Poder EjecutivoFederal para que en uso de sus atribucionesexclusivas que le concede la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexicanos, presenteiniciativa de decreto ante la Cámara de Diputadosdel Honorable Congreso de la Unión, para modificarel artículo 3º transitorio del presupuesto de egresosde la federación para el ejercicio fiscal 2006.

Sin otro particular por el momento, le reiterola seguridad de mi atenta consideración.

Atentamente.Sufragio Efectivo. No Reelección.El Presidente del Honorable Congreso del Estado.

Diputado José Luis Canales de la Vega.

Servido, diputado presidente.

El presidente:

Gracias diputado secretario.

Esta Presidencia con fundamento en el artículo30 fracción IV turna el acuerdo de antecedentesa la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública,para los efectos legales conducentes.

CORRESPONDENCIA

En desahogo del tercer punto del Orden del Día,correspondencia, solicito a la diputada secretariaMaría Guadalupe Pérez Urbina, se sirva dar lecturaal oficio suscrito por el licenciado José Luis BarrosoMerlín, oficial mayor del Honorable Congreso delEstado, signado bajo el inciso “a”.

La diputada María Guadalupe PérezUrbina:

Honorable Congreso del Estado.

Area: Oficialía Mayor.

Oficio número: LVIII/U1ER/OM/DPL/798/2006.

Asunto: se informa recepción de escrito.

Chilpancingo de los Bravo Guerrero, martes2 de mayo del 2006.

Ciudadanos Diputados Secretarios de laMesa Directiva del Honorable Congreso delEstado.- Presentes.

Mediante el presente, me permito informar austedes que con fecha 26 de abril del 2006, se recibióen esta Oficialía Mayor, el escrito suscrito por losciudadanos Damián Fierro Solibares y Eliuth LorenzoDíaz, presidente y secretaria respectivamente de laAsociación de Relaciones Culturales, AsociaciónCivil, por el que comunican la situación de lasactividades relacionadas con el museo Tierra Caliente,en el municipio de Ajuchitlán del Progreso, Guerrero.

Escrito que agrego al presente y se hace delconocimiento, para los efectos procedentes.

Atentamente.Licenciado José Luis Barroso Merlín.Oficial Mayor.

Servido, diputado presidente.

El Presidente:

Gracias, diputada secretaria.

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Esta Presidencia con fundamento en el artículo30 fracción IV turna el escrito de antecedentesa la comisión de Desarrollo Social, para losefectos legales conducentes.

INICIATIVAS

En deshago del cuarto punto del Orden delDía, iniciativas, se concede el uso de la palabraal diputado José Luis Ramírez Mendoza, parapresentar una iniciativa de decreto, signada bajoel inciso “a”.

El diputado José Luis Ramírez Mendoza:

Con su permiso, señor presidente.

Compañeros diputados.

Ciudadanos Diputados Integrantes de la MesaDirectiva del Honorable Congreso del EstadoLibre y Soberano de Guerrero.- Presente.

El suscrito diputado José Luis RamírezMendoza, integrante de la Fracción Parlamentariadel Partido de la Revolución Democrática, enuso de las facultades que me confieren losartículos 50, fracción II, de la Constitución Políticadel Estado Libre y Soberano de Guerrero, y 126fracción II, de la Ley Orgánica del PoderLegislativo en vigor, me permito presentariniciativa de Decreto de Reforma al artículo 43de la Constitución Política del Estado Libre ySoberano de Guerrero, al tenor de la siguiente:

Me permito presentar la siguiente iniciativade decreto por el que se reforma el artículo 43 dela Constitución Política del Estado Libre ySoberano de Guerrero, para quedar de la siguientemanera:

Artículo 43. El gobernador del Estado deberáenviar al Congreso local un informe suscritopormenorizado del estado que guarda laAdministración Pública de la Entidad, para sutrámite Constitucional conforme a lo siguiente:

Numero uno: Durante los primeros cincoaños de ejercicio, el informe será enviado en lasegunda quincena de marzo, el cual deberácorresponder al año natural inmediato anterior.En la segunda quincena de abril se llevará a cabouna sesión solemne en el Congreso del Estado,a la que asistirá el Gobernador del Estado para

dar lectura al informe de gobierno enviado conantelación.

Numero dos: Respecto del último año naturalde mandato del Gobernador, el informe seráenviado al Congreso en la primera semana delmes de marzo del año natural inmediato siguiente,en el que se incluirá también lo referente a losúltimos meses de enero y febrero de su ejercicio.El Gobernador del Estado asistirá a la sesiónsolemne que se llevará a cabo en el Congreso delEstado en la tercera semana de marzo, para darlectura al informe de gobierno enviado.

Numero tres: En la sesión hará uso de lapalabra un diputado por cada una de las fraccionesparlamentarias y representaciones partidistasque concurran representadas en el HonorableCongreso del Estado, para expresar susplanteamientos. Esta intervención se realizaráen orden descendiente en razón del número dediputados que conformen cada una de aquellas,sin exceder de quince minutos.

Numero cuatro: Para responder a losplanteamientos que sobre el informe de gobiernoformulen los diputados, el gobernador del Estadopodrá auxiliarse del Secretario de Gobierno y delos Secretarios de Despacho, sin perjuicio de lapresentación de sus respectivas memorias desus competencias y las requeridas comparecencias.

Número cinco: El Presidente del Congresocontestará el informe en términos generales, ysu discurso será acordado por la legislatura confundamento en el informe enviado por elGobernador con antelación. Sin el menoscabodel análisis y discusión que sobre el informerealicen los diputados.

Numero seis: A la sesión será invitado unrepresentante del Jefe del Estado Mexicano, parapronunciar un mensaje alusivo en los términos delartículo 74, fracción VIII, de esta Constitución.

TRANSITORIOS.

Primero.- Publíquese el presente decreto dereforma en el Periódico Oficial del Gobierno delEstado para que surta sus efectos legales.

Segundo.- El presente decreto entrará envigor al día siguiente de su publicación en elPeriódico Oficial del Gobierno del Estado.

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Tercero.- Este decreto al momento de entraren vigor, deroga el vigente artículo 43 de laConstitución Política del Estado Libre y Soberanode Guerrero.

Chilpancingo, Guerrero, a 27 de marzo del2006

Muchas gracias señor presidente.

El Presidente:

Esta Presidencia toma conocimiento de lainiciativa de antecedentes y con fundamento en elartículo 30 fracción IV y 129 de nuestra LeyOrgánica en vigor, turna la iniciativa de decretopor el que se reforma el artículo 43 de la Constitucióndel Estado Libre y Soberano de Guerrero a laComisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos,para los efectos de lo dispuestos en los artículos86 y 132 de la Ley Orgánica del Poder Legislativoen el Estado.

En desahogo del inciso “b” del cuarto puntodel Orden del Día, se concede el uso de lapalabra al diputado Felipe Ortiz Montealegre,para que de lectura a una iniciativa de decreto.

El diputado Felipe Ortíz Montealegre:

Señoras diputadas señores diputados.

Con el permiso de la Mesa Directiva, enlengua mixteca.

Ciudadanos Diputados Secretarios de la MesaDirectiva del Honorable Congreso del Estado.-Presentes.

El suscrito diputado Felipe Ortíz Montealegre,integrante de la Fracción Parlamentaria delPartido de la Revolución Democrática,perteneciente a esta Legislatura y en atencióna las facultades que me confieren los artículos50 fracción II de la Constitución Política delEstado; 126 fracción II; 149; y 170 fraccionesIII y IV de la Ley Orgánica del Poder Legislativodel Estado de Guerrero vigente, me permitopresentar para su análisis, discusión y emisióndel dictamen correspondiente, la siguienteiniciativa de decreto por el que se reforman yadicionan los artículos 1 y 10 de la ConstituciónPolítica del Estado Libre y Soberano de Guerrero,bajo la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Abordar tópicos como el indigenismo no esuna tarea fácil, y, más aún cuando existe de éstey hay problemas tales como, integra unamulticulturalidad coexistente en una sociedadcomo la nuestra.

A partir de 1994 se empieza a construir unaconciencia nacional de que en nuestro territorioexisten pueblos originarios, con particularidadesmuy propias, como su lenguaje, aspecto físico,forma de organización, social y de gobierno.Circunstancias que hasta la fecha habían pasadodesapercibidas para los tres poderes de esteEstado de Guerrero.

Es menester hacer hincapié, que, en elterritorio, hacían presencia más de cien culturasindígenas u originarias, que durante la largaopresión por la corona española poco a pocofueron siendo exterminadas, no obstante, de queellas eran las propietarias originarias del territorionacional.

Después de 1521, con la llegada de losespañoles y la imposición de su gobierno, losindígenas fueron víctimas de sobre explotación,injusticias y lamentablemente esclavitud; estascircunstancias motivaron el saqueo de la riquezanacional durante más de 300 años.

Cabe señalar que para el movimientoindependentista de 1810, quien fue uno de lossectores álgidos, importantes y determinantespara lograr tal fin, fueron los indígenas, quienescon su lucha y carácter contribuyeron a forjaruna nación independiente de la corona española,con identidad propia; pese a ello, las circunstanciasde marginación y pobreza siguieron subsistiendo,al grado, que fueron ignoradas sus carencias porlos gobiernos en turno de esa época.

En la Revolución Mexicana de 1910,nuevamente hace su aparición la razaindígena, aportando su esfuerzo, ideológico,político y militar, para la reconstrucción delpaís que ellos añoraban; sin embargo talactuar no es tomado en cuenta, imperandoen ese momento la marginación y el olvidode quienes controlaban al terr i tor iomexicano. Reiteraciones que vinieron adesembocar en luchas ideológicas y comoconsecuencia en levantamientos armados.

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En el proceso de construcción nacional, losindígenas han aportado su parte; la cuestión esque los gobiernos en turno no les hancorrespondido. Sin duda, el parteaguas de lasituación de los pueblos indígenas y los gobiernosfue el movimiento indígena, enarbolado por elEjercito Zapatista de Liberación Nacional(EZLN) en 1994; y ha sido el punto de partidapara reivindicar a los pueblos indígenas.

La reivindicación indígena en México está enboga y no en forma de quimera, más bien, es unarealidad porque no podemos soslayar la existenciade la multiculturalidad, la cual, se funda en laexistencia de 62 culturas indígenas distribuidas alo largo y ancho del territorio nacional.

El movimiento indígena en México, seconstruyó entre muchas causas por el olvido enque se han encontrado inmersos por más de 500años, así también, coadyuvaron, algunosinstrumentos normativos, como es el caso delConvenio 169 de la Organización Internacionaldel Trabajo (OIT); y desde luego, los Acuerdosde San Andrés Larrainzar, firmado porautoridades federales y los indígenas.

Lo anterior, dio pauta para que el Congreso dela Unión, iniciara actividades encaminadas a lareforma constitucional en materia indígena; esasí, que en agosto del año 2001 se lograparcialmente una reforma, la cual tenía como premisaproteger y garantizar los derechos fundamentales delos pueblos y comunidades indígenas en la ConstituciónFederal, leyes secundarias y en las Constitucioneslocales; sin embargo, no se cumplió con lasexpectativas esperadas que tendrían como fin saldarla deuda pendiente con los pueblos indígenas y lasociedad mexicana.

Por otro lado, en un estado democrático, esnecesario que los gobiernos reconozcan la pluralidadcultural. Como muestra de ello, en otros países, elestatus de los indígenas es diferente, por ejemplo,en Canadá se hablan dos idiomas y los esquimalestienen un territorio propio; en España vascos,catalanes y gallegos, entre otros, cuentan conparlamentos y gobiernos propios; que en Nicaragualos Miskitos tienen territorio y parlamento; en esesentido, en más de una docena de paísessudamericanos existen legislaciones indígenas.

En el caso de México, país federalista; a lospueblos que hablan otras lenguas y tienen culturas

diversas de la mayoría se les pretende tratarcomo un grupo vulnerable que requiere atencióndel Estado; y gran parte de eso se refleja en lareforma del año 2001.

En tal virtud, en nuestro estado de Guerrero,es necesario que se empiece a construir laantesala de la reforma en materia indígena; porla obvia razón de que éste tiene una riquezamulticultural, reflejada con el 17 por ciento (529,780 personas) de la población del estado deGuerrero, misma que se encuentra esencialmenteen la zona de la montaña y en menor medida enla costa chica. Datos según, el Consejo Nacionalde Población (CONAPO) de 2000.

Como es del conocimiento general, la poblaciónindígena en nuestra entidad, se compone decuatro culturas o pueblos indígenas, mismos queson:

212,000 Nahuas, es decir, el 40 por ciento dela población indígena en el Estado, 148,000Mixtecos (Naa Sávi), es decir, el 28 por ciento116,000 Tlapanecos (Me´ Phaa), es decir, el 22por ciento, 47,500 Amuzgos (Ñomndáa), esdecir, el 9 por ciento

Además de estas culturas, no podemossoslayar, los demás grupos indígenas que pordiversas razones se encuentran asentados ennuestro territorio, y mucho menos, olvidarnos delos Afromestizos o afroamericanos que de igualmanera conforman una cultura distinta que haexistido y resistido durante mucho tiempo.

La construcción nacional de México hastahoy, ha estado orientada en el proceso dehomogeneización, que consiste en que todas ytodos tengamos una visión única de la realidadsocial, pero en nuestro país, y por ende, ennuestra entidad es difícil, porque cada gruposocial, cada cultura, concibe y tiene una visióndistinta de la realidad.

Obviamente, las normas son necesarias parala convivencia social, pero estas disposicionesdeben ser creadas, tomando en consideración, elmodus vivendi, la cosmovisión y la racionalidad delos grupos y culturas; pues sería incongruente; queotros, que no conocen y que no viven en el gruposocial, impongan disposiciones de manera unilateral,sin tomar en cuenta a los afectados o beneficiadosdirectos de las normas que nos ocupan.

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En este orden de ideas, las normas no sonestáticas, siempre cambian, eso se debe por lasdiferentes interacciones, emergencias, causas ydiversas experimentaciones sociales durante,años, siglos y milenios.

El tema indígena en el estado de Guerrero, esy deberá ser retomada por las y los diputados deesta Quincuagésima Octava Legislatura, sentandoprecedentes que traigan como consecuencia, elcumplimiento de la responsabilidad que ha recaídoen cada uno de nosotros por mandato soberanode la sociedad guerrerense.

En nuestras manos está orientar y detonar lareivindicación indígena de nuestra Entidad, puesla presencia de la Multiculturalidad, se observacon la existencia de los tlapanecos (Me´ Phaa),mixtecos (naa´ savi), nahuas (o mexicanos)amuzgos y afroamericanos; ante tal circunstancia,por respeto a su diferencia, es una responsabilidadlegal, política, moral, cultural y ética cumplircon el mandato constitucional federal,particularmente con lo asentado en el segundoartículo transitorio del decreto que reformó elnumeral 2 de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, emitido el 14 deagosto de 2001, por el cual se instruye a laslegislaturas de los estados, reglamentar en losordenamientos de la materia lo referente a lacuestión indígena.

Esta Honorable Quincuagésima OctavaLegislatura tiene la oportunidad de comenzarese proceso que estriba en una verdaderaconstrucción nacional, donde en un mundocoexistan muchos mundos, los más y los menos,los indígenas, los afroamericanos; es decir, todasy todos por el bien de Guerrero.

Por lo anteriormente expuesto y fundado en elartículo 50, fracción II de la Constitución Políticadel Estado; 126 fracción II; 149; y 170 fraccionesIII y IV, y demás relativos y aplicables de la LeyOrgánica del Poder Legislativo del Estado deGuerrero vigente, me permito presentar aconsideración de esta Soberanía la siguiente:

Iniciativa de decreto por el que se reforman yadicionan los artículos 1 y 10 de la ConstituciónPolítica del Estado Libre y Soberano de Guerrero.

Artículo Primero.- Se reforman y adicionanlos artículos 1 y 10 de la Constitución Política del

Estado Libre y Soberano de Guerrero, paraquedar como sigue:

Articulo 1.- ……, las cuales podránsuspenderse en los casos y condiciones que ellasmismas establecen.

Queda prohibida toda discriminación motivadapor origen étnico o cultural, genero, edad,capacidades diferentes, condición social,condiciones de salud, religión, ideología,preferencia, estado civil o cualquier otra queatenté contra la dignidad humana y tenga porobjeto anular o menoscabar los derechos ylibertades de las personas. La ley respectivadeterminará lo anterior.

Artículo 10.- Son habitantes del Estado deGuerrero todas las personas que radiquen en suterritorio.

El estado de Guerrero, tiene una composiciónmulticultural, sustentada en la existencia de lossiguientes pueblos indígenas: Náhuatl, Mixteco(Naa Savi), Tlapaneco (Me´ Phaa), amuzgos;asimismo, de las comunidades y pueblosafroamericanos y otros pueblos indígenas que seencuentren radicados en el territorio por cualquiercircunstancia.

Esta constitución protegerá y promoverá lasformas de organización social, política, económicay cultural de los pueblos y comunidades señaladasen el párrafo anterior. También se garantizará elacceso pleno de la justicia tomando en consideraciónsu cultura, usos, prácticas y tradiciones.

Los derechos de estos pueblos y comunidadesserán protegidos y regulados por la leyreglamentaria correspondiente, así como lasdemás leyes, en sus respectivos ámbitos decompetencia, y serán garantizados por las autoridadesestatales, municipales y autoridades tradicionales.

Articulo Segundo.- Se deroga el segundopárrafo del artículo 10, de la Constitución Políticadel Estado Libre y Soberano de Guerrero, paraque dar como sigue:

Artículo 10.-::::::::::::::::::::::::::::(se deroga).

TRANSITORIOS

Primero.- El presente decreto entrará en

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vigor al día siguiente de su publicación en elPeriódico Oficial del Gobierno del Estado.

Segundo.- Al entrar en vigor estas reformas,esta Legislatura deberá realizar eventosacadémicos, consultas y otras acciones quecoadyuven en el proceso de formulación de lainiciativa de Ley de Derechos y Cultura de losPueblos Indígenas del Estado de Guerrero; asítambién, se hagan las adecuaciones pertinentesen las leyes secundarias correspondientes.

Tercero.- El titular del Poder Ejecutivo delEstado de Guerrero dispondrá que el texto integrodel presente decreto, se traduzca en las cuatrolenguas indígenas (Náhuatl, Mixteco, Tlapanecoy Amuzgo) atendiendo a las variantes dialectaleso lingüísticas de las anteriores mencionadaslenguas.

AtentamenteDiputado Felipe Ortíz Montealegre, Diputado

Integrante de esta Quincuagésima OctavaLegislatura.

Dado en el Salón de Sesiones de la LVIIILegislatura del Honorable Congreso del Estado.Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, a los 26días del cuarto mes del año 2006, claro que estainiciativa esta fechada con fecha anterior.

Es cuanto señores y señoras diputados.

El Presidente:

Esta Presidencia toma conocimiento de lainiciativa de antecedentes y con fundamento enel artículo 30 fracción IV y 129 de nuestra LeyOrgánica en vigor turna la iniciativa de decretopor el que se reforma y adiciona el artículo 1 y 10de la Constitución Política del Estado Libre ySoberano de Guerrero a la Comisión de EstudiosConstitucionales y Jurídicos, para los efectos delo dispuesto en los artículos 86, 132 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo del Estado.

En desahogo del inciso “c” del cuarto puntodel Orden del Día, se concede el uso de lapalabra al diputado José Luis Ramírez Mendoza,para que de lectura a una iniciativa de decreto.

El diputado José Luis Ramírez Mendoza:

Gracias, diputado presidente.

Con el permiso de todos los diputados.

Ciudadanos Diputados Secretarios de la MesaDirectiva del Honorable Congreso del Estado deGuerrero.- Presentes.

El suscrito diputado José Luis RamírezMendoza, integrante de la fracción parlamentariadel Partido de la Revolución Democrática de laQuincuagésima Octava Legislatura delHonorable Congreso del Estado Libre y Soberanode Guerrero; en uso de las facultades que meconfieren los artículos 50 fracción II, de laConstitución Política del Estado Libre y Soberanode Guerrero, y 126 fracción II, de la Ley Orgánicadel Poder Legislativo del Estado de Guerrero envigor, me permito someter a la consideraciónde esta Soberanía Popular, la Iniciativa dedecreto por el que se reforman los artículos 95,96, 97 y 98 de la Ley 51, Estatuto de losTrabajadores al Servicio del Estado, de los Municipiosy de los Organismos Públicos. Coordinados yDescentralizados del Estado en vigor.

Y con fundamento en lo dispuesto del artículo47 fracción I y 50 fracción II de la ConstituciónPolítica del Estado Libre y Soberano de Guerrero;8 fracción I de la Ley Orgánica del PoderLegislativo número 286 en vigor, presento lasiguiente:

INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUESE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 95, 96, 97Y 98 DE LA LEY NÚMERO 51, ESTATUTODE LOS TRABAJADORES AL SERVICIODEL ESTADO, DE LOS MUNICIPIOS YDE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS.COORDINADOS Y DESCENTRALIZADOSDEL ESTADO EN VIGOR.

Artículo Único.- Se reforman los artículos 95,96, 97 y 98 de la Ley número 51, Estatuto de losTrabajadores al Servicio del Estado, de losMunicipios y de los Organismos Públicos.Coordinados y Descentralizados del Estado envigor, para que dar como sigue:

Artículo 95.- El Tribunal de Arbitraje delEstado, para hacer cumplir sus resoluciones,convenios o laudos, podrá imponer multas decien hasta doscientos días de salarios mínimosvigentes en la entidad.

En caso de omisión a lo ordenado, la multa se

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incrementará en un cincuenta por ciento más, enrazón de la última impuesta en el caso.

Artículo 96.- Las multas se harán efectivaspor la Dirección General de Hacienda y Economíadel Estado, para lo cual el Tribunal de Arbitrajegirará el oficio correspondiente, y esta informaráa dicho Tribunal al haber hecho efectiva lamulta, señalando los datos relativos que acreditensu cobro.

Artículo 97.- El Tribunal de Arbitraje, tiene laobligación de promover la eficaz e inmediataejecución de los laudos y, a ese efecto, dictaratodas las medidas necesarias para su cumplimiento.

Cuando se trate de laudos que condenen elpago de una cantidad líquida, consecuencia deljuicio laboral, ordenará el embargo de bienes.

No serán embargables aquellos bienes quesean de uso común, los destinados por el Estadoa un servicio público.

Artículo 98.- Para la ejecución de laudos, elTribunal de Arbitraje, emitirá auto de ejecucióny comisionará a un actuario para que asociadode la parte que obtuvo se constituyan en eldomicilio de la demandada y la requiera para quecumpla la resolución, convenio o laudo,apercibiéndola que de no hacerlo, se procederáconforme a lo dispuesto en los artículos 95, 96 y97 de esta Ley.

TRANSITORIOS

Primero.- En términos del artículo 53 de laConstitución Política del Estado Libre y Soberanode Guerrero, remítase el presente decreto alGobernador del Estado, para los efectos legalesconducentes.

Segundo.- El presente decreto entrará envigor al día siguiente de su publicación en elPeriódico Oficial del Gobierno del Estado.

Tercero.- Publíquese el presente decreto dereforma en el Periódico Oficial del Estado.

Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, abril 27del 2006.

Respetuosamente.Diputado José Luis Ramírez Mendoza.

Muchas gracias, señor presidente.

El Presidente

Esta Presidencia toma conocimiento de lainiciativa de antecedentes, y con fundamento enel artículo 30 fracción IV y 129 de nuestra LeyOrgánica en vigor, turna la iniciativa de decretopor la que se reforman diversos artículos de laLey Número 51 Estatutos de los Trabajadores alServicio del Estado de los Municipios y delos Organismos Públicos Coordinados yDescentralizados del Estado, a la Comisión dedesarrollo Económico y Trabajo, para los efectosde los dispuesto en el artículo 86 y 132 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo del Estado.

En desahogo del inciso “d” del cuarto puntodel Orden del Día, se concede el uso de lapalabra al diputado Humberto Quintil CalvoMemije, para que dé lectura a una iniciativa dedecreto.

El diputado Humberto Quintil CalvoMemije:

Muchas gracias, señor presidente.

Compañeras y compañeros legisladores.

Con fundamento en el artículo 50 fracción IIde la Constitución Política del Estado Libre ySoberano de Guerrero y de los artículos 137 y170 fracción IV de la Ley Orgánica del PoderLegislativo del Estado de Guerrero y demásfacultades conferidas por el marco jurídicoaplicable, someto a consideración de estaHonorable Asamblea, la siguiente iniciativa deley que deroga la Ley para la Protección de losDerechos y Desarrollo de los Menores en elEstado de Guerrero y crea la Ley para laProtección de los Derechos y Desarrollo de lasNiñas, Niños y Adolescentes del Estado deGuerrero.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El grupo poblacional conformado por niñas,niños y adolescentes, es uno de los másvulnerables de la sociedad. En este sentido, lanecesidad de legislar para que sus derechossean respetados es vital. Las normas jurídicasdeben disponer que niñas, niños y adolescentes,tienen derecho a la satisfacción de sus

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necesidades de alimentación, salud, educación ysano esparcimiento para su desarrollo integral,así como garantizar un tratamiento penaladecuado.

La Ley para la Protección de los Derechos deNiñas, Niños y Adolescentes tiene como principalobjeto garantizar que sus derechos seanrespetados, para lo cual es necesaria laparticipación de los organismos públicos, de lasorganizaciones sociales y de la sociedad engeneral, así fomentar su desarrollo pleno dentrode un entorno favorable.

Los organismos internacionales como laOrganización de las Naciones Unidas a travésde la UNICEF han establecido parámetros quenos permiten identificar los rangos de edad deuna persona hasta que alcanza su edad adulta ygoza de los derechos de ser un ciudadano. Segúnestos criterios, se considera como niños a aquellosindividuos que tienen hasta doce años, mientrasque la adolescencia se ubica en el rango de losdoce a los dieciocho años. Esta diferenciación esimportante, ya que permiten hacer unaclasificación para diseñar mejores políticaspúblicas dirigidas a las niñas, niños y adolescentes.

Dentro de las resoluciones establecidas en laConvención Internacional sobre los derechos deniñas, niños y adolescentes, organizada por laUNICEF en el año 2000, se establece quecuando se haga referencia a las personasmenores de 18 años se denominarán niñas, niñosy adolescentes, una de las razones por las cuales,se propone cambiar el título de la actual ley,eliminando las posibilidades del uso de términosdespectivos o peyorativos como podría ser el de“menores”.

Cuando se habla de niñas y niños, todostenemos claro de qué se hace mención; sinembargo, los adolescentes se encuentranfuera del marco jurídico estatal, ya que noexisten normas que los incluyan. El propioconcepto de adolescencia encierra parte desu explicación, una persona que tiene entredoce y dieciocho años “adolece”, por lo tanto,es de suma importancia atender de maneraespecial sus necesidades y no sumarleademás, la falta de atención, la ausencia deuna orientación adecuada, permitiéndoleencontrar alternativas que le permitandesarrollarse sanamente.

Cuando se habla del futuro de nuestro país lagran mayoría de nosotros volteamos a mirar atodos los niños y niñas, pero no nos preocupamospor nuestros adolescentes, cuando menos nocomo tal, sino que simplemente los metemos alcatálogo de menores de edad, sin diferenciar susnecesidades específicas. La adolescencia es laetapa de la vida más difícil de cualquier persona,los conflictos más importantes que se enfrentanen esta edad es la búsqueda de un lugar en lafamilia y la sociedad, el adolescente está en unproceso de formación de su identidad, la cualdeterminará su futuro como adulto.

Los adolescentes requieren de un tratodiferenciado con respecto a la niñez y a losadultos, elemento que se ha descuidado, dándosesólo esfuerzos de manera aislada. Es momentode reconocer que los adolescentes son parte delfuturo de nuestro país, pero también que formanparte de nuestro presente. No hay que olvidar,que la descomposición social es consecuencia,en parte, de una adolescencia previa que noencontró alternativas suficientes ni adecuadas asus problemáticas.

Es necesario, desde luego, hablar de laeducación, de la salud, de la sexualidad, de larecreación y de la cultura de las y los adolescentespara instrumentar políticas públicas específicas,que les permitan gozar de los beneficios yprerrogativas que les corresponden.

Es nuestro deber adecuar la legislación yvigilar que las leyes estatales en la materia nosean letra muerta. En la actualidad, este grupopoblacional aún es víctima de un sinnúmero dearbitrariedades, sus derechos no son respetados,carecen de los elementos básicos que lespermitan alcanzar un desarrollo pleno y nocuentan con los mecanismos y las institucionesadecuadas para su atención, problema quecomienza en una deficiente legislación y terminacon precarias u obsoletas políticas públicas.

Los problemas del niño y la niña comienzandesde su gestación. De acuerdo al informeelaborado por el Gobierno Federal en el marcode los 10 años de la Cumbre Mundial a favor dela Infancia, para el año 2000, 46 mujeres murieronpor cada cien mil nacidos vivos por causasrelacionadas con el embarazo, parto y puerperio,además 42 mil niños y niñas mueren antes decumplir su primer año de vida por enfermedades

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que son fáciles de prevenir y curar, no obstanteen el documento se reconoce que se registranmenos muertes de las que ocurren. El mismoinforme muestra que prevalecen niveles gravesde desnutrición, lo que especialistas aseguran seconcentra principalmente en las zonas rurales yen particular en las indígenas.

Por otro lado, una vez nacidos, niñas y niñossufren la falta de servicios básicos como agua(en las áreas rurales, por ejemplo, sólo el 32 porciento tiene acceso a este servicio) o drenaje (el27 por ciento de la población total no cuenta coneste servicio). El informe citado señala que latasa de analfabetismo es del 10 por ciento de lapoblación. Por otro lado, el 25 por ciento de losalumnos inscritos no llegan a quinto año deprimaria, aunque, para el caso de los hogares deextrema pobreza en áreas rurales casi un 40 porciento de las niñas no estudian y sólo un 60 porciento de niñas y niños indígenas que asisten a laescuela la concluyen oportunamente. Ademásson numerosos los señalamientos sobre la bajacalidad de educación.

Niñas, niños y adolescentes mexicanos vivenexpuestos a una gran cantidad de peligros yamenazas contra su vida: para el DIF Nacionalexisten 20 mil niños explotados sexualmente;140 mil niños, niñas y adolescentes viven ytrabajan en las calles de 100 ciudades de laRepública; 36 mil niños han sido deportados enla frontera norte en un año. Otras fuentes indicanque casi el 17 por ciento de niñas y niñosmexicanos trabajan y de éstos un millón lo hacencomo jornaleros agrícolas.

La pobreza es el factor que más interviene enlas condiciones en que sobreviven niñas, niños yadolescentes en México. El Informe Regionalde las Américas (UNICEF, 2000) señala queMéxico fue uno de los dos países que durante ladécada de vigencia de la Convención de losDerechos de la Infancia experimentarondescensos en el ingreso per cápita y un aumento del9 por ciento en el porcentaje de hogares viviendobajo la línea de la pobreza (2 dólares al día).

Es necesario contar con nuevas leyes quemotiven al gobierno y a nosotros los legisladoresa promover iniciativas para legislar a favor de laprotección de los derechos de la niñez y laadolescencia, armonizando otras leyes a losprincipios derivados de este nuevo marco legal.

Esta tarea implica además dar una ampliadifusión de sus derechos, contemplados desdehace años en la Convención de los Derechos delNiño de la ONU y de los instrumentos legalesque se han derivado de este acuerdo. Ademásde capacitar a los funcionarios públicos para quecuenten con herramientas para generar accionesacordes a dichos instrumentos internacionales.

Además de reformar la legislación primariaes necesario hacer lo propio con las leyes ycódigos complementarios para que los derechosse efectiven. En este sentido, lo importante esrealizar reformas legislativas transversales eintegrales, en donde lo señalado por las leyesgenerales y la constitución se mandate en lasleyes de educación, salud, violencia intrafamiliar,etc.; además de imponer sanciones a quienesviolenten los derechos de las niñas, niños yadolescentes.

Esta reforma propone obligaciones concretaspara los padres, para quienes ejerzan la patriapotestad o la tutela de niñas, niños y adolescentes,así como garantizar su protección por parte delas instituciones públicas y privadas. Prevétambién, en aquellos casos en que los padres seencuentren en proceso de divorcio o esténseparados, la responsabilidad de ambos paravelar por el cuidado de los hijos.

Por otro lado, la capacitación y la especializaciónen el cuidado de niñas y niños durante la primerainfancia es fundamental, por ello, se plantea quelas personas, distintas a los familiares directos,que tengan a su cargo el cuidado de estosinfantes cumplan con los requisitos establecidospor esta Ley.

El papel del Estado es fundamental paravigilar que se cumpla a cabalidad con el respetoa los derechos de niñas, niños y adolescentes, eneste sentido, se propone la Ley, la creación de unConsejo Estatal para la Protección de losDerechos de Niñas, Niños y Adolescentes, cuyoobjetivo será dar certidumbre a lo establecidopor esta Ley.

Además, se mandata que las niñas, niños yadolescentes que padezcan algún tipo dediscapacidad deben recibir un trato adecuado,que les permita realizar actividades propias de suedad, medio social y que contribuya a que integrenal entorno familiar, social, educacional y laboral.

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El respeto y la inclusión de la diversidadcultural es un elemento fundamental de la sociedadmexicana, por lo tanto, esta reforma estipula quelas niñas, niños y adolescentes que pertenezcana un grupo indígena originario del Estado, tendránderecho a disfrutar libremente de su lengua,cultura, usos, costumbres, religión, recursos yformas específicas de su organización social.

De igual manera, se señala que los menoresinfractores deben recibir un trato distinto al de unadulto, priorizando el respeto a sus garantíasconstitucionales. Por lo que se les garantizará:que no sean sometidos a torturas inhumanas odegradantes; a no ser privados de su libertad demanera ilegal; y que cuando sean privados de sulibertad se compruebe el motivo. Aunado a loanterior, se obliga a que las personas encargadasde dictar sentencia a los menores infractoressean especializadas en la materia; considerandoque en ningún caso las niñas y los niños puedenser privados de su libertad, sólo los adolescentes.

En los procedimientos a los que se someta auna o un adolescente que presuntamente hayainfringido la ley penal, se deberán respetar todaslas garantías procesales dispuestas en laConstitución Política de los Estados UnidosMexicanos.

De igual forma, una o un adolescente quecometa una falta administrativa, al considerarsecomo una infracción menor, quedará sujeto a lacompetencia de las instituciones especializadasen este tipo de conductas, las cuales deberánasistirlo, sin desvincularlo de sus familias y sinprivarlo de su libertad.

Los asuntos que involucren a niñas, niños yadolescentes son fundamentales para el futurode nuestro Estado y de México, por lo que, desdeeste Congreso debemos procurar otorgarpresupuestos y mandatar acciones para que elEjecutivo estatal y las dependencias públicasinvolucradas, instrumenten acciones preventivasy políticas públicas de corto, mediano y largoplazo, para atender de manera integral a estesegmento de la población.

Estimados diputados: el mes de abril esconsiderado como el día del niño y de la niña, elcual debiera hacerse extensivo también a losadolescentes, propuesta que en su momentorealizaré en esta Tribuna. Por lo tanto no sólo en

este mes les festejemos, regalémosles una leysuficiente y adecuada para que vele por susderechos e impulse su desarrollo. Por ello, lespido toda su solidaridad para que cuanto antesvotemos de manera favorable este proyecto.

No olvidemos que aunque ellos no hayanvotado, también son nuestros representados.

En tal virtud, es que someto a su consideraciónla presente iniciativa con proyecto de decreto.

Único.- Se abroga la ley para la protección ydesarrollo de los menores en el estado deGuerrero, establecida el 4 de diciembre del año2001 y se aprueba la Ley para la Protección delos Derechos y Desarrollo de las Niñas, Niños yAdolescentes en el Estado de Guerrero, paraquedar de la siguiente manera:

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Primero.- La presente Ley entrará en vigor alos treinta días hábiles siguientes a su publicaciónen el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

Segundo.- Se abroga la Ley para protecciónde los menores del Estado de Guerrero publicadoen el Periódico Oficial del Gobierno del Estadode fecha 9 de enero de 2002.

Tercero.- Lo relativo a la tutela, la patriapotestad, reconocimiento, alimentos, investigaciónde la paternidad y adopción se regirán deconformidad a lo establecido en el Código Civily Procesal Civil del Estado vigentes.

Cuarto.- La Procuraduría de la Defensa deNiñas, Niños y Adolescentes, tendrá la estructuraorgánica que determine el reglamento interiordel Sistema Estatal para el Desarrollo Integralde la Familia, considerando su disponibilidadpresupuestal.

Quinto.- Los asuntos del Consejo deProtección de Menores iniciados conanterioridad a la vigencia de la presente Ley,continuarán tramitándose conforme a lasdisposiciones legales vigentes en el momentoen que fueron iniciados.

Sexto.- El Comité Estatal de Seguimiento,Vigilancia y Aplicación de los Derechos deNiñas, Niños y Adolescentes adecuará en un

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término que no exceda de 30 días su ReglamentoInterior a esta Ley.

Séptimo.- Quedan derogadas todas lasdisposiciones legales que se opongan a la presenteLey.

Muchas gracias, por su atención.

Obvio, no leo la ley, la cual será pasadaseguramente a la Comisión de Justicia y de laJuventud.

Muchas, gracias.

El Presidente:

Esta Presidencia toma conocimiento de lainiciativa de antecedentes y con fundamento enel artículo 30 fracción IV y 129 de la nuestra LeyOrgánica en vigor, turna la iniciativa de decretoque deroga la Ley para la Protección de losDerechos y el Desarrollo de los Menores enel Estado de Guerrero, que crea la Ley parala Protección de los Derechos y Desarrollode las Niñas, Niños y Adolescentes del Estadode Guerrero, a las Comisiones Unidas deJusticia y de Asuntos de la Juventud, para losefectos de lo dispuesto en el artículo 86, 132de la Ley Orgánica del Poder Legislativo delEstado.

PROPUESTAS DE LEYES, DECRETOSY ACUERDOS

En desahogo del quinto punto del Orden delDía, propuestas de leyes, decretos y acuerdos,solicito al diputado secretario José Luis RamírezMendoza, se sirva dar primera lectura al dictamende valoración previa que recae a la denuncia dejuicio de responsabilidad administrativaregistrado bajo el número JRA/LVIII/002/2006,promovido por los ciudadanos Delfino AlarcónBello y Nicolás Bello Díaz, presidente y síndicoprocurador del Honorable Ayuntamiento delmunicipio de Mochitlán, Guerrero, en contradel ciudadano Isaías López Sánchez, expresidentedel Honorable Ayuntamiento del municipio deMochitlán, Guerrero, signado bajo el inciso“a”.

El secretario José Luis Ramírez Mendoza:

Con gusto, señor presidente.

Ciudadanos Secretarios del HonorableCongreso del Estado.- Presentes.

Los suscritos diputados integrantes de laComisión Instructora en funciones de Comisiónde Examen Previo de la Quincuagésima OctavaLegislatura del Honorable Congreso del EstadoLibre y Soberano de Guerrero, en uso de lasfacultades que nos confieren los artículos 47fracción XXXVII, 110, 111 y 115 de laConstitución Política local, en correlación conlos artículos 46, 49 fracción XXIV, 75, 162 ytercero transitorio de la Ley Orgánica del PoderLegislativo en vigor; y 1, 2, 3, 4 y 50 de la Ley deResponsabilidades de los Servidores Públicosdel Estado de Guerrero vigente.

Emitimos el dictamen de valoración previacorrespondiente a la denuncia de procedimientode responsabilidad administrativa registrado bajoel número JRA/LVIII/002/2006 promovido porlos ciudadanos Delfino Alarcón Bello y NicolásBello Díaz, presidente y síndico procuradorrespectivamente, del Honorable Ayuntamientodel municipio de Mochitlán, Guerrero, en contradel ciudadano Isaías López Sánchez, ex-presidente del citado Ayuntamiento, al tenor delos siguientes resultandos y considerandos.

CONSIDERANDOS

Primero.- Que esta Comisión Instructora enfunciones de Comisión de Examen Previo, escompetente para conocer y emitir el presentedictamen de valoración previa de conformidadcon lo dispuesto en los artículos 47 fracciónXXXVII, 110, 111 y 115 de la ConstituciónPolítica local, en correlación con los artículos 46,49 fracción XXIV, 75, 162 de aplicación análogay tercero transitorio de la Ley Orgánica delPoder Legislativo en vigor; y 4 de la Ley deResponsabilidades de los Servidores Públicosdel Estado de Guerrero vigente.

Segundo.- Que con fecha 1 de marzo del2006, mediante oficio número LVIII/1ER/OM/DPL/498/2006, el oficial mayor del HonorableCongreso del Estado, licenciado José LuisBarroso Merlín, por instrucciones de laPresidencia de la Mesa Directiva de la ComisiónPermanente de la Quincuagésima OctavaLegislatura del Honorable Congreso del Estado,turnó a esta Comisión para su análisis, desahogode procedimiento y emisión del respectivo

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dictamen, el escrito de denuncia de responsabilidadadministrativa de fecha 17 de febrero de 2006,promovido por los ciudadanos Delfino AlarcónBello y Nicolás Bello Díaz, presidente y síndicoprocurador respectivamente, del HonorableAyuntamiento del municipio de Mochitlán,Guerrero, en contra del ciudadano Isaías LópezSánchez, ex-presidente del citado Ayuntamiento,al tenor de los siguientes

Tercero.- Aduce la parte denunciante, entreotros, los siguientes argumentos:

1.- Como se observa de la constancia deelección, los suscritos recién comenzamos laadministración del municipio de Mochitlán, y elpresidente saliente era el ciudadano Isaías LópezSánchez, tal como se observa del acta de entregarecepción de fecha 1° de diciembre del 2005 quese adjunta a la presente como anexo 3.

2.- Es el caso que, el día 9 de febrero de 2006,a las 11:48 horas un actuario nos notificó unaresolución de fecha 8 de febrero de 2006, emitidapor la Gerencia Estatal en Guerrero de la ComisiónNacional del Agua, que determinaba imponeruna multa al municipio de Mochitlán, por lacantidad de $234,046.80, por el hecho de estarextrayendo el agua que suministra a laCabecera Municipal de Mochitlán, en la partealta del río “El Molino”, en el punto denominado“Boca del Molino”, en virtud de no contar conun título de concesión para extraer dichasaguas superficiales, tal como se observa delacta de notificación y de la mencionadasentencia que exhibimos a la presente comoanexos 3 y 4.

3.- Sucede que al enterarnos de dicha sancióneconómica tan grave, nos dimos a la tarea deinvestigar al respecto, puesto que el mencionadodenunciado sustrajo de manera indebida y sinautorización del Cabildo, la documentaciónrelacionada a dicho asunto entre otrosdocumentos oficiales, y así fue como descubrimosque el indiciado de referencia tenía conocimientode dicha problemática, desde antes del día 4 deenero del 2005, pero no atendía eso, por lo queincurrió en una omisión grave porque inclusive elpresidente de la unidad de riego de Mochitlán, ledijo al mencionado denunciado que respetara eluso y disfrute a la concesión que tienen, tal comose observa del mencionado escrito de la citadafecha que se exhibe como anexo 5.

4.- Ahora bien, como se desprende de loscitados memoriales, se observa que el denunciadode referencia, por razón del cargo de PresidenteMunicipal que ostentaba, tenía pleno conocimientodel acto que estaba cometiendo, y que con elloestaba involucrando el patrimonio y los interesesde la entidad municipal que ahora representamos,y aún cuando hubo avisos entre ellos del escritode fecha 4 de enero del 2005, no lo evitó, y en esemismo año pero hasta el 1° de marzo, es decir,casi 3 meses después de que se le estabaadvirtiendo de los actos perjudiciales que estabarealizando el denunciado, la Comisión Nacionaldel Agua, realizó una visita de verificación, talcomo se observa del resultado 1 del veredicto defecha 8 de febrero de 2006, y de ahí fue como sedescubrió la construcción que había hecho elindiciado para extraer agua para la población deMochitlán, así es como esto se deduce entoncesque Isaías López Sánchez, desde el mes deenero del 2005, pudo haber evitado que elAyuntamiento y el municipio de Mochitlán fueramultado con la cantidad de $234,046.80, queequivale a 5,001 días de salario, ya que como seobserva de la mencionada resolución, fue hastael 1° de marzo de ese mismo año cuando se hizouna visita de verificación y en donde se constatóque se estaba extrayendo agua superficial sinque tuviera una concesión para ello.

Abundando que, como se desprende delcontenido de la resolución de mérito, la actituddel denunciado de actuar de manera negligentefue tal, que inclusive omitió dar contestación alrequerimiento que le hizo la citada dependenciafederal desde el 28 de octubre del 2005, comoaparece en el fallo referido, y eso tambiéntrascendió al resultado que ahora perjudicatanto al patrimonio del municipio, como a lamisma población de Mochitlán, porque hubo lapresunción de que es cierto lo que se le imputabaal municipio por el acto ordenado por eldenunciado, además de que sucede que aúncuando se pague la multa impuesta, se debedemoler la obra que capta el agua que sedistribuye a la población, y ello hace que seagrave aún más el problema que ocasionó eldenunciado, porque no previó de manera dolosael gran daño generalizado que está ocasionandosu negligencia, y lo peor es que el municipio deMochitlán no podrá soportar el daño patrimonialque está a punto de pagar, porque elrequerimiento y embargo que se haga paracubrir la multa, es inminente.

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Por tal motivo, y apoyados con las pruebasantes señaladas, se demuestra que el denunciadoincurrió en una falta de responsabilidadadministrativa, porque no puso el empeñonecesario ni tomó la debida precaución para nocausar daños y perjuicios al municipio en general,porque a sabiendas de lo que estaba realizandosin contar con una concesión, no lo evitó pudiendohacerlo, y eso es lo que provoca que se actualicesu conducta a lo que señala la Ley deResponsabilidades, siendo procedente por elloque sea castigado conforme a derecho, y tambiénpedimos el resarcimiento de los daños y perjuiciospor la cantidad que con motivo de su actitudnegligente provocó, puesto que desatendiótambién lo previsto en una ley federal”.

Cuarto.- De conformidad al artículo 75 de laLey Orgánica del Poder Legislativo vigente deaplicación análoga, esta Comisión Instructoraen funciones de Comisión de Examen Previo,realizó el análisis de la procedencia de la denunciapresentada, estudio del cual se desprende que deacuerdo a lo establecido en el cuarto párrafo delartículo 111 de la Constitución Política del Estado,cualquier ciudadano bajo su más estrictaresponsabilidad y mediante la presentación deelementos de prueba podrá formular denunciaante el Congreso del Estado respecto de lasconductas a las que se refiere el mismo artículo,estando entre ellas las sanciones administrativasa los servidores públicos por los actos u omisionesque afecten la legalidad, honradez, lealtad,imparcialidad y eficiencia que deban observaren el desempeño de sus empleos, cargos ocomisiones; sin embargo, la misma Constituciónen su artículo 115 señala que la Ley sobreResponsabilidades Administrativas de losServidores Públicos determinará sus obligacionesa fin de salvaguardar la legalidad, honradez,lealtad, imparcialidad y eficacia en el desempeñode sus funciones, empleos, cargos y comisiones;las sanciones aplicables por los actos y omisionesen que incurra, así como los procedimientos ylas autoridades para aplicarlas. Derivada deesta facultad constitucional, la Ley deResponsabilidades de los Servidores Públicosvigente en el Estado, establece en su artículo 50ºque se transcribe: “El Tribunal Superior de Justiciadel Estado establecerá los órganos y sistemaspara identificar, investigar y determinar lasresponsabilidades derivadas del incumplimientode las obligaciones establecidas en el artículo 46,así como para aplicar las sanciones establecidas

en el presente capítulo, respecto de los servidorespúblicos pertenecientes al Poder Judicial, en lostérminos que la Ley Orgánica del Poder Judicialprevea.- Lo propio harán conforme a la legislaciónrespectiva el Congreso del Estado y losayuntamientos.” Ahora bien, tomando enconsideración que el pedimento se fundamentaen el incumplimiento a la fracción l del artículo 46de la Ley de Responsabilidades de los ServidoresPúblicos, se concluye que no es el HonorableCongreso del Estado el órgano competente parallevar a cabo el procedimiento de responsabilidadadministrativa que solicita la parte denunciante,toda vez que de conformidad a la Leyreglamentaria del Título Décimo Tercero de laConstitución Política Local, le corresponde alAyuntamiento (el Cabildo en Pleno), lainstauración del procedimiento y en su caso, laimposición de las sanciones disciplinarias, conexcepción de la económica, cuyo monto seasuperior a cien veces el salario mínimo generalvigente en la región. Actualizándose en elpresente asunto la aplicación del artículo 4º delordenamiento jurídico citado, que textualmentedice: “Los procedimientos para la aplicación desanciones a que se refieren los artículos 112,113, 114 y 115 Constitucionales, se desarrollaránautónomamente, según su naturaleza y por la víaprocesal que corresponda, debiendo lasautoridades a que alude el artículo anterior turnarlas denuncias a quien deba conocer de ellas...”,es decir, esta Soberanía debe turnar la presentedenuncia al Honorable Ayuntamiento delmunicipio de Mochitlán, Guerrero, autoridad quees competente para conocer de ella; y porcuanto hace a la sanción económica, de resultarésta, quedan a salvo sus derechos para que loshagan valer en la vía y forma correspondiente yante la instancia respectiva.

Por otra parte, y no obstante la remisión de ladenuncia al órgano competente, la ComisiónDictaminadora se permite puntualizar dossituaciones importantes: primera, el servidorpúblico denunciado Isaías López Sánchez, fungiócomo presidente del Honorable Ayuntamientodel municipio de Mochitlán, Guerrero, durante elperíodo constitucional 2002-2005; y segunda,que el artículo 75 de la Ley de Responsabilidadesde los Servidores Públicos establece el términode la prescripción para la aplicación de lassanciones por parte del superior jerárquico, elcual consiste en un año contado a partir del díasiguiente a aquél en que se hubiera incurrido en

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la responsabilidad; aunado a ello, el último párrafodel artículo 116 de la Constitución Política delEstado Libre y Soberano de Guerrero, refiere:“…La Ley señalará los casos de prescripción dela responsabilidad administrativa tomando encuenta la naturaleza y consecuencia de los actosy omisiones a que hace referencia la fracción IIIdel artículo 111. Cuando dichos actos u omisionesfuesen graves, los plazos de prescripción noserán inferiores a tres años”.

Por lo anteriormente expuesto esta ComisiónInstructora en funciones de Comisión de ExamenPrevio, resuelven:

Primero.- Este Honorable Congreso del Estadono es competente para conocer y resolver elpedimento del procedimiento de responsabilidadadministrativa en contra del ciudadano IsaíasLópez Sánchez, ex-presidente del HonorableAyuntamiento del municipio de Mochitlán, Guerrero,promovido por los ciudadanos Delfino AlarcónBello y Nicolás Bello Díaz, presidente y síndicoprocurador respectivamente, del HonorableAyuntamiento del municipio de Mochitlán, Guerrero.

Segundo.- Con fundamento en los artículos 4y 50 de la Ley de Responsabilidades de losServidores Públicos del Estado de Guerrero,número 674, túrnese el escrito y sus anexos alHonorable Ayuntamiento del municipio deMochitlán, Guerrero, Autoridad que escompetente para conocer de ella.

Tercero.- Sométase el presente dictamen aconsideración del Pleno del Honorable Congresodel Estado, para su aprobación.

Cuarto.- Notifíquese el presente dictamen ala parte denunciante.

Así lo resolvieron y firmaron los integrantesde la Comisión Instructora en Funciones deComisión de Examen Previo de la QuincuagésimaOctava Legislatura al Honorable Congreso delEstado de Guerrero, a los 18 días del mes de abrildel 2006.

Diputada Abelina López Rodríguez, Presidenta.-Diputado Noé Ramos Cabrera, Secretario.-Diputado Juan José Francisco Rodríguez Otero,Vocal.- Diputado Arturo Álvarez Angli, Vocal.-Diputado Ernesto Fidel Payán Cortinas, Vocal.Todos con firma.

Es todo, señor presidente.

Gracias, diputado secretario.

El Presidente:

Gracias, diputado secretario.

El presente dictamen de valoración previaqueda de primera lectura y continúa con sutrámite legislativo.

En desahogo del inciso “b” del quinto puntodel Orden del Día, solicito a la diputada secretariaMaría Guadalupe Pérez Urbina, se sirva darprimera lectura dictamen de valoración previaque recae a la denuncia de juicio deresponsabilidad administrativa registrado bajo elnúmero JRA/LVIII/003/2006, promovido porlos ciudadanos Delfino Alarcón Bello y NicolásBello Díaz, en su calidad de presidente y síndicoprocurador, respectivamente, del HonorableAyuntamiento del municipio de Mochitlán,Guerrero.

La secretaria María Guadalupe PérezUrbina:

Honorable Congreso del Estado.

JRA/LVIII/003/2006.

Se emite dictamen de Valoración Previa.

Ciudadanos Secretarios de la Mesa Directivadel Honorable Congreso del Estado.- Presentes.

Los suscritos diputados integrantes de laComisión Instructora en funciones de Comisiónde Examen Previo de la Quincuagésima OctavaLegislatura al Honorable Congreso del EstadoLibre y Soberano de Guerrero, en uso de lasfacultades que nos confieren los artículos 47fracción XXXVII, 110, 111 y 115 de laConstitución Política del Estado, en correlacióncon los artículos 46, 49 fracción XXIV, 75, 162y tercero transitorio de la Ley Orgánica delPoder Legislativo en vigor; y 1, 2, 3, 4 y 50 de laLey de Responsabilidades de los ServidoresPúblicos del Estado de Guerrero vigente.

Emitimos el dictamen de valoración previacorrespondiente a la denuncia de juicio deresponsabilidad administrativa registrado bajo el

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número JRA/LVIII/003/2006 promovido por losciudadanos Delfino Alarcón Bello y NicolásBello Díaz, presidente y síndico procuradorrespectivamente, del Honorable Ayuntamientodel municipio de Mochitlán, Guerrero, en contradel ciudadano Isaías López Sánchez, ex-presidente del Honorable Ayuntamiento delmunicipio de Mochitlán, Guerrero, bajo lossiguientes considerandos y resultandos.

CONSIDERANDOS

Primero.- Que esta Comisión Instructora enfunciones de Comisión de Examen Previo escompetente para conocer y emitir el presentedictamen de valoración previa, de conformidadcon lo dispuesto con los artículos 47 fracciónXXXVII, 110, 111 y 115 de la ConstituciónPolítica del Estado en correlación con los artículos46, 49 fracción XXV, 75, 162 de aplicaciónanáloga y tercero transitorio de la Ley Orgánicadel Poder Legislativo en vigor; y 4 de la Ley deResponsabilidades de los Servidores Públicosdel Estado de Guerrero en vigor.

Segundo.- Que con fecha quince de marzo dedos mil seis, mediante oficio número LVIII/1ER/OM/DPL/535/2006, el oficial mayor delHonorable Congreso del Estado, licenciado JoséLuis Barroso Merlín, por instrucciones del Plenode la Quincuagésima Octava Legislatura alHonorable Congreso del Estado, turnó a estaComisión para su análisis, desahogo delprocedimiento y emisión del respectivo dictamen,el escrito de fecha veintiocho de febrero de dosmil seis, suscrito por los ciudadanos DelfinoAlarcón Bello y Nicolás Bello Díaz, en sucalidad de presidente y síndico procuradorrespectivamente, del Honorable Ayuntamientodel municipio de Mochitlán, Guerrero, por el quesolicitan el inicio del procedimiento deResponsabilidad Administrativa en contra delciudadano Isaías López Sánchez, ex-presidentedel Honorable Ayuntamiento del municipio deMochitlán, Guerrero.

Tercero.- Aducen los denunciantes, lossiguientes argumentos:

1.- Como se observa de las constancias deelección que adjuntamos a la presente, lossuscritos iniciamos por ley a presidir elAyuntamiento de Mochitlán, a partir del 1° dediciembre del 2005, en donde el saliente presidente

municipal Isaías López Sánchez, tenía comoobligación el de realizar sus funciones con ladebida responsabilidad, y no dejar problemas almunicipio de Mochitlán.

2.- Es el caso que, el día 20 de febrero de2006, a las 9:30 horas un actuario nos notificó delrequerimiento de pago que ordenaba el Tribunalde Conciliación y Arbitraje del Estado, por lacantidad de $594,816.20, por concepto de unlaudo condenatorio, que dejó sin resolver derivadodel expediente laboral número 227/2003, que losciudadanos Inocencio Espíritu Jiménez, LuzAdriana Bello Bautista y otros, promovieron encontra del Ayuntamiento de Mochitlán, tal comose observa del acta de requerimiento queexhibimos a la presente como anexo 3.

Como se aprecia de la citada acta derequerimiento de pago, al no haber contado conel numerario para cubrir dicho adeudo, seprocedió a embargar bienes propiedad delmunicipio que representamos, consistente en elpresupuesto que recibe el Ayuntamiento deMochitlán, y el actuario formalizó el embargo alhaberlo trabado.

3.- Sucede que dicho acontecimiento no lodesconocíamos, y por esa razón desde el 25 denoviembre del 2005, se le dijo al indiciado dereferencia que procediera a solventar el adeudode referencia que en aquél entonces era de$564,120.35, pero al momento de requerirnos,por los salarios caídos que se siguen generando,aumentó más de $30,000.00, y por ello es que nosrequirieron y embargaron la cantidad de$594,813.20, y para evitar que se nos afectara elpresupuesto es que le dijimos a tiempo queincluyera tales adeudos en el presupuesto para elaño 2006, pero no lo hizo, y ni atendió eseproblema laboral, aún cuando pudo haberlo hechopara evitar el daño patrimonial que ahora se lehace al municipio de Mochitlán, tal como seobserva del mencionado escrito de la citadafecha que se exhibe como anexo 4.

4.- Ahora bien, como se desprende de loscitados memoriales, se observa que el denunciadode referencia, por razón del cargo de presidentemunicipal que ostentaba, tenía pleno conocimientodel acto que estaba cometiendo, y que con elloestaba involucrando el patrimonio y los interesesde la entidad municipal que ahora representamos,y aun cuando hubo avisos entre ellos del escrito

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de fecha 25 de noviembre del 2005, no lo evitó,y sucede que el día 20 de febrero del 2006; esdecir, casi 3 meses después de que se le estabaadvirtiendo de los actos perjudiciales que estabarealizando el denunciado, el actuario del Tribunalde Conciliación Arbitraje, realizó el requerimientode pago y trabó formal embargo sobre lasparticipaciones tanto estatales como federalesque le corresponden al municipio de Mochitlán,tal como se observa del acta levantada por elcitado funcionario.

Y así es como con esto se deduce entoncesque el denunciado Isaías López Sánchez, desdeel mes de noviembre del 2005, pudo haberevitado que el Ayuntamiento y el municipio deMochitlán fuera embargado con la cantidad de$594,813.20, pero sobre todo que desde mesesantes él ya tenía conocimiento de que habíaproblemas laborales que él originó, puesto quepor el número del expediente y el año queaparece registrado, se inició el juicio durante elperiodo que estuvo gobernando el denunciado,así es que se desprende que él originó elproblema.

Abundando que, como se desprende delcontenido del escrito de fecha 25 de noviembredel 2005, la actitud del abandono del serviciopúblico, así como el hecho de que no haberseabstenido de poner la máxima diligencia paraevitar causar daños fue tal, que el citado indicadoinclusive omitió dar contestación a la invitaciónque le hizo de que solventara dichos problemaslaborales, porque de lo contrario no se hubieraembargado el presupuesto del municipio, y esotambién trascendió al resultado que ahoraperjudica tanto al patrimonio del municipio, comoa la misma población de Mochitlán, porquesucede que ahora el presupuesto que recibirá elcabildo será inferior o prácticamente nada, porquemensualmente recibe menos de $600,000.00,numerario que se utiliza para pagar la luz, sueldos,gasolina, papelería, teléfono, etcétera y con elcitado embargo no habrá liquidez para cubrirtales gastos por el embargo que se ha hecho, yello hace que se agrave aún más el problema queocasionó el denunciado, porque no previó demanera dolosa el gran daño generalizado queestá ocasionando su negligencia, porque inclusiveel alumbrado público no podrá cubrirse, lo quepuede generar la comisión de actos ilícitos a lapoblación, y lo peor es que el municipio deMochitlán no podrá soportar el daño patrimonial

que está a punto de pagar, porque ya se efectuóel embargo sobre el patrimonio del municipio.

Por tal motivo, y apoyados con las pruebasantes señaladas, se demuestra que el denunciadono desempeñó con eficiencia su cargo, puestoque no cumplió con la máxima diligencia elservicio encomendado, ni se abstuvo de realizarlas omisiones que ahora están causandodeficiencia en el servicio, porque inclusive conlas invocadas pruebas se aprecia que hizo un usoindebido del cargo, contraviniendo así lo previstoen la fracción I, del artículo 46 de la Ley deResponsabilidades de los Servidores Públicosdel Estado, porque a sabiendas de los problemaslaborales y del monto de su condena, no lo evitópudiendo hacerlo, y eso es lo que provoca que seactualice su conducta a lo que señala la Leycitada, siendo procedente por ello que seacastigado conforme a derecho, y también pedimosel resarcimiento de los daños y perjuicios por lacantidad que con motivo de su actitud negligenteprovocó, puesto que desatendió también loprevisto en la ley federal.”

Cuarto.- De conformidad con el artículo 75 dela Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estadoen vigor de aplicación análoga, esta ComisiónInstructora en funciones de Comisión de ExamenPrevio, realizó el análisis de la procedencia de ladenuncia presentada, estudio del cual sedesprende que de acuerdo a lo establecido en elcuarto párrafo del artículo 111 de la ConstituciónPolítica del Estado, cualquier ciudadano bajo sumás estricta responsabilidad y mediante lapresentación de elementos de prueba, podráformular denuncia ante el Congreso del Estadorespecto de las conductas a las que se refiere elmismo artículo, estando entre ellas las sancionesadministrativas a los servidores públicos por losactos u omisiones que afecten la legalidad,honradez, empleos, cargos o comisiones; sinembargo, la Constitución en su artículo 115señala que la Ley de ResponsabilidadesAdministrativas de los Servidores Públicos,determinará sus obligaciones a fin desalvaguardar la legalidad, honradez, lealtad,imparcialidad y eficacia en el desempeño de susfunciones, empleos, cargos y comisiones; lassanciones aplicables por los actos y omisionesen que incurra, así como los procedimientos ylas autoridades para aplicarlas. Derivada deesta facultad constitucional, la Ley deResponsabilidades de los Servidores Públicos

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vigente en el Estado, establece en su artículo 50que se transcribe: “El Tribunal Superior deJusticia del Estado, establecerá los órganos ysistemas para identificar, investigar ydeterminar las responsabilidades derivadas delincumplimiento de las obligaciones establecidasen el artículo 46, así como para aplicar lassanciones establecidas en el presente capítulo,respecto de los servidores públicos pertenecientesal Poder Judicial prevea.- Lo que harán conformea la legislación respectiva el Congreso del Estadoy los ayuntamientos.”

Lo anterior es así, puesto que el sistema deresponsabilidades de los servidores públicosdescansa en un principio de autonomía, conformeal cual para cada tipo de responsabilidad seinstituyen órganos, procedimientos, supuestos ysanciones propias, no obstante que algunas deestas coincidan desde el punto de vista material,como ocurre tratándose de las sancioneseconómicas aplicables tanto a la responsabilidadpolítica, a la administrativa o penal. Por tanto, sise atiende a la naturaleza de las infracciones oresponsabilidades administrativas y a los finesperseguidos por su sanción, se infiere que tantoel procedimiento como la sanción deben seradministrativos, de manera que, por regla general,es al superior jerárquico del servidor públicoinfractor, o a un órgano específico del propionivel de gobierno, al que incumbe corregir lasirregularidades cometidas a fin de preservar elcorrecto y eficiente servicio público que debeprestarse en la dependencia u organismo a sucargo, por lo que también corresponde a ellossustanciar el procedimiento administrativo deresponsabilidades y emitir la sanción respectivasiendo competente la autoridad administrativaque conforme a la distribución de competenciasentre los sujetos encargados de la aplicación dedicha ley, tenga la atribución de imponerla, deacuerdo con los criterios relativos a la gravedadde la infracción, monto del daño causado ydemás circunstancias previstas en la propialegislación.

Ahora bien, tomando en cuenta de que elpedimento se fundamenta en el incumplimientoa la fracción I del artículo 46 de la Ley deResponsabilidades de los Servidores Públicos,se concluye que el Honorable Congreso delEstado, no es el órgano competente para conocery llevar a cabo el procedimiento de responsabilidadadministrativa que solicita la parte denunciante,

toda vez que de conformidad a la leyreglamentaria del Titulo Décimo Tercero de laConstitución Política local, le corresponde alAyuntamiento, es decir al Cabildo en Pleno, lainstauración del procedimiento y en su caso, laimposición de sanciones disciplinarias, conexcepción de la económica, cuyo monto seasuperior a cien veces el salario mínimo generalvigente en la región.

De lo anteriormente expuesto y de acuerdo alartículo 4 de la Ley de Responsabilidades de losServidores Públicos, establece que “losprocedimientos para la aplicación de sancionesa que se refieren los artículos 112, 113, 114 y 115constitucionales, se desarrollarán autónomamente,según su naturaleza y por la vía procesal quecorresponda, debiendo las autoridades a quealude el artículo anterior turnar las denuncias aquien deba conocer de ellas…” entonces, estadenuncia deberá ser turnada al HonorableAyuntamiento del municipio de Mochitlán,Guerrero, autoridad que es competente paraconocer del caso, y por cuanto hace a la sancióneconómica, de resultar ésta, quedan a salvo susderechos para que los hagan valer en la vía yforma correspondiente y ante la instanciarespectiva. En vista de que los promoventes, elpresidente y síndico procurador del mencionadoAyuntamiento, no son directamente losresponsables de los problemas laboralesocasionados por al anterior presidente municipal,esto se sostiene así en razón de que a quien se leinstruyó el procedimiento laboral, es a la personamoral denominada Honorable Ayuntamiento delmunicipio de Mochitlán, Guerrero, a través dequien legalmente lo representa y no al servidorpúblico que hoy es denunciado.

Aunado a lo anterior, el artículo 75 de la Leyde Responsabilidades de los Servidores Públicosy el último párrafo del artículo 116 de laConstitución Política local, establecen la figurade la prescripción para la aplicación de lassanciones por parte del servidor público, consistenen un año contado a partir del día siguiente aaquél en que se hubiera incurrido en laresponsabilidad y cuando dichos actos uomisiones fuesen graves, los plazos deprescripción no serán inferiores a tres años.”

Por lo anteriormente expuesto esta ComisiónInstructora en funciones de Comisión de ExamenPrevio, resuelven:

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Primero.- Este Honorable Congreso delEstado no es competente para conocer y resolverel pedimento del procedimiento de ResponsabilidadAdministrativa en contra del Ciudadano IsaíasLópez Sánchez, expresidente del HonorableAyuntamiento del municipio de Mochitlán,Guerrero, en términos del considerando cuartodel presente dictamen.

Segundo.- Con fundamento en los artículos 4y 50 de la Ley de Responsabilidades de losServidores Públicos del Estado de Guerrero,número 674, túrnese el escrito y sus anexos alHonorable Ayuntamiento del municipio deMochitlán, Guerrero, Autoridad que escompetente para conocer de ella.

Tercero.- Sométase el presente dictamen aconsideración del Pleno del Honorable Congresodel Estado, para su aprobación.

Cuarto.- Comuníquesele el presente dictamena la parte denunciante.

Así lo resolvieron y firmaron los integrantesde la Comisión Instructora en funciones deComisión de Examen Previo de la QuincuagésimaOctava Legislatura al Honorable Congreso delEstado de Guerrero, a los 18 días del mes de abrildel 2006.

Diputada Abelina López Rodríguez, Presidenta.-Diputado Noé Ramos Cabrera, Secretario.-Diputado Juan José Francisco Rodríguez Otero,Vocal.- Diputado Arturo Álvarez Angli, Vocal.-Diputado Ernesto Fidel Payán Cortinas, Vocal.Todos con firma.

Servido, diputado presidente.

El Presidente:

Gracias, diputada secretaria.

El presente dictamen de valoración previaqueda de primera lectura y continúa con sutrámite legislativo.

En desahogo del inciso “c” del quinto puntodel Orden del Día, solicito al diputado secretarioJosé Luis Ramírez Mendoza, se sirva dar primeralectura dictamen de valoración previa que recaea la denuncia de juicio político registrado bajo elnúmero JP/LVIII/004/2006, promovido por los

ciudadanos Crisóforo Nava Barrios, Sergio MotaSánchez, Ignacio García Muñíz, Félix DircioAbraján, Publio López del Moral y MaríaGuadalupe Hernández Nava, en contra de losciudadanos Ignacio Rendón Romero, ElizabethVega Abarca y José Martín Rayo Sánchez,auditor general del Estado, auditora especial dela Auditoría General del Estado y contralorgeneral del Estado.

El secretario José Luis Ramírez Mendoza:

Ciudadanos Secretarios de la Mesa Directivadel Honorable Congreso del Estado.- Presentes.

Los suscritos diputados integrantes de laComisión Instructora en funciones de Comisiónde Examen Previo de la Quincuagésima OctavaLegislatura al Honorable Congreso del EstadoLibre y Soberano de Guerrero, en uso de lasfacultades que nos confieren los artículos 47fracción XXXVII, 107 fracción cuarta, párrafosegundo; 110, 111 y 112 de la ConstituciónPolítica del Estado, en correlación con los artículos8 fracción XXXVIII, 46, 49 fracción XXV, 75,162, 166 y tercero transitorio de la Ley Orgánicadel Poder Legislativo del Estado de Guerreronúmero 286 y 12 de la Ley de Responsabilidadesde los Servidores Públicos del Estado de Guerreronúmero 674.

Emitimos el presente dictamen de valoraciónprevia correspondiente a la denuncia de juiciopolítico registrado bajo el número JP/LVIII/004/2006 promovido por los ciudadanos CrisóforoNava Barrios, Sergio Mota Sánchez, IgnacioGarcía Muñiz, Félix Dircio Abraján, Publio LópezDel Moral y María Guadalupe Hernández Nava,integrantes del Comité del Frente Ciudadano deApango, Guerrero; en contra de los ciudadanosIgnacio Rendón Romero, Elizabeth VegaAbarca y José Martín Rayo Sánchez, AuditorGeneral del Estado, Auditora Especial de laAuditoría General del Estado y Contralor Generaldel Estado, respectivamente, bajo los siguientesresultandos y considerandos.

RESULTANDOS

Primero.- Que mediante escrito de fecha 21de marzo de 2006, recibido en esta Soberanía el22 de marzo de 2006, los ciudadanos CrisóforoNava Barrios, Sergio Mota Sánchez, IgnacioGarcía Muñiz, Félix Dircio Abraján, Publio López

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Del Moral y María Guadalupe Hernández Nava,integrantes del Comité del Frente Ciudadano deApango, Guerrero; presentaron denuncia deJuicio Político en contra de los ciudadanos IgnacioRendón Romero, Elizabeth Vega Abarca y JoséMartín Rayo Sánchez, Auditor General delEstado, Auditora Especial de la Auditoría Generaldel Estado y Contralor General del Estado,respectivamente.

Segundo.- Que mediante escrito de fecha 23de marzo de 2006, recibido en esta Soberanía el24 del mismo mes y año, los ciudadanos CrisóforoNava Barrios, Sergio Mota Sánchez, IgnacioGarcía Muñiz, Félix Dircio Abraján, Publio LópezDe Moral y María Guadalupe Hernández Nava,ratificaron su escrito de denuncia a que serefiere el resultando primero.

Tercero.- Que el licenciado José Luis BarrosoMerlín, oficial mayor del Honorable Congresodel Estado, por oficio número LVIII/1ER/OM/DPL/596/2006, de fecha 29 de marzo de 2006,en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 163de la Ley Orgánica del Poder Legislativo envigor, hizo del conocimiento del Pleno el escritode denuncia y ratificación referido en losresultandos primero y segundo respectivamente.

Cuarto.- Que con fecha 29 de marzo de 2006,mediante oficio número LVIII/1ER/OM/DPL/609/2006, el oficial mayor del HonorableCongreso del Estado, licenciado José LuisBarroso Merlín, por instrucciones de laPresidencia de la Mesa Directiva del HonorableCongreso del Estado, turnó a la ComisiónInstructora en funciones de Comisión de ExamenPrevio, la denuncia de Juicio Político y suratificación para su análisis y emisión delrespectivo dictamen.

CONSIDERANDOS

Primero.- Que la Comisión Instructora enfunciones de Comisión de Examen Previo, escompetente para conocer y emitir el presentedictamen de Valoración Previa de conformidadcon lo dispuesto por los artículos 47 fracciónXXXVII, 107 fracción IV párrafo segundo, 110,111 y 112 de la Constitución Política del EstadoLibre y Soberano de Guerrero, en correlacióncon los artículos 8 fracción XXXVIII, 46, 49fracción XXV, 75, 162, 166 y Tercero Transitoriode la Ley Orgánica del Poder Legislativo del

Estado de Guerrero número 286, y 12 de la Leyde Responsabilidades de los Servidores Públicosdel Estado de Guerrero número 674.

Segundo.- Que el denunciante en su escritode denuncia aduce:

1.- Con fecha dieciocho de abril de dos milcinco, el auditor general del Estado, recibió lasolicitud donde el Frente Ciudadano, le solicitabaal contralor general, informara sobre elresarcimiento de la cantidad de $ 11,095,204.70(once millones noventa y cinco mil doscientoscuatro pesos 70/100 M.N), cantidad que sedesprendía de la notificación que la mismaAuditoria General notificó al expresidenteJustiniano Hernández Parra, quien antecedió enel cargo al C. Antonio Viliulfo Morales Iglesias,mediante oficio numero AGE/0085/03, en el cualle informaba que no comprobaba la cantidad de$5,274,000.00 (cinco millones doscientos setentay cuatro mil pesos 00/100 M.N.) y del oficio defecha nueve (9) de octubre del año dos mil uno(2001) en donde la Contraloría General delEstado, le notifico al ciudadano JustinianoHernández Parra, que tenía el monto porcomprobar mismo que ascendía a la cantidad de$6,600,254.00 (seis millones seiscientos mildoscientos cincuenta y cuatro pesos 00/100)pero se da el caso que no se sabe dónde quedódicha cantidad y si la Auditoria General delEstado, así como la Contraloría del Estadorealizaron o no acciones legales para sancionara los responsables de la malversación o desvióde fondos públicos.

2.- De nueva cuenta el día ocho de agosto delaño dos mil cinco (2005), el auditor generalinformó de manera verbal en audienciaconcebida a los integrantes del frente ciudadanoque había entregado al Congreso del Estado enel año 2004, el informe correspondiente para quese iniciara el procedimiento de resarcimiento delos recursos económicos que no solventaba el ExPresidente municipal Justiniano HernándezParra.

Sin embargo de igual forma a la fecha no setiene conocimiento si se llevó a caboprocedimiento alguno tendiente al resarcimientode los recursos económicos no comprobados,por lo que se tiene la sospecha de que poromisión en que han caído los servidores públicosencargados de la Fiscalización de los Recursos

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Públicos dicho caso a quedado en la impunidadfavoreciendo con ello al expresidente JustinianoHernández Parra y ocasionando con ello gravesperjuicios a los intereses públicos fundamentalesde la colectividad.

3.- El día veintisiete de septiembre del añopróximo pasado, la propia Auditoría Generalemitió un acuerdo en el que establece lo siguiente:

ACUERDO

Artículo Primero.- Se autoriza a la licenciadaen contaduría Elizabeth Vega Abarca, auditoraespecial de este órgano de fiscalización superior,promueva ante la Dirección General deAsuntos Jurídicos el respectivo procedimientoadministrativo resarcitorio, en contra de laspersonas que resulten como presuntosresponsables del Honorable Ayuntamiento deMártir de Cuilapan, Guerrero, por la Comisión delas irregularidades administrativas previstas porel artículo 62 fracciones I y II de la Ley deFiscalización Superior del Estado, numero 564. -- - - - -

Artículo Segundo.- Se instruye a la AuditoraEspecial a cargo de la licenciada en contaduríaElizabeth Vega Abarca, promueva tantas ycuantas diligencias sean necesarias, a fin deacreditar en el procedimiento administrativo queal respecto se instruya, los daños y perjuicioscausados a la hacienda publica o al patrimoniodel Honorable Ayuntamiento de Mártir deCuilapan, Guerrero, por incumplir con lasolventación de observaciones, e irregularidadesasentadas en el pliego de observaciones descritoen los considerandos de referencia. - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Como es de observarse y no obstante elacuerdo emitido por la Auditoria General delEstado en el cual se autoriza a la licenciada encontaduría Elizabeth Vega Abarca, AuditoraEspecial, para realizar todas las diligencias quesean necesarias para el resarcimiento de losrecursos económicos malversados en contra dequienes resulten responsables, pero es el caso deque en la actualidad la Auditora Especial aomitido cumplir con sus obligaciones que comoservidora publica la propia ley le impone y no arealizado los procedimientos administrativos paralograr el resarcimiento de los recursoseconómicos que en su oportunidad fueron

malversados y desviados, ocasionando con ellouna grave afectación al patrimonio del HonorableAyuntamiento de Mártir de Cuilapan, Guerrero.

Así mismo el auditor general del Estado, antesu actitud pasiva y actos de omisión al norequerir a la auditora especial, siendo esta susubalterna el informe de los avances y resultadosde las acciones realizadas con motivo de lacomisión que le fue encomendada este tambiéncaen en responsabilidad por ser él directamenteresponsable del buen despacho de los asuntosque se ventilan ante la dependencia del cual estitular, ocasionando con ello graves perjuicios nosolo al patrimonio del municipio de Mártir deCuilapan sino que también a la Hacienda Publica.

Por otro lado, el contralor general del Estado,también a caído en la omisión de cumplir con susobligaciones ya que nada ha hecho por fincarresponsabilidades oficiales a los expresidentesmunicipales multicitados, ya que no se tieneinformación si se practicó alguna auditoria alpresupuesto ejercido en el año dos mil cuatro alHonorable Ayuntamiento municipal de Mártirde Cuilapan, Guerrero y cuales fueron losresultados y si se aplicó alguna sanción y en queconsiste al ciudadano Antonio Viliulfo MoralesIglesias, expresidente municipal y otros en elexpediente que se le integro en la citadacontraloría bajo el numero CGE/DGNP/058/2004.

Tercero.- De conformidad en lo dispuesto porel artículo 111 de la Constitución Política local,6 y 7 de la Ley Responsabilidades de los ServidoresPúblicos, del Estado de Guerrero, para laprocedencia del juicio político deben reunirse lossiguientes elementos: a).- Ser servidor públicoen los términos del artículo 112 de la ConstituciónPolítica Local; b).- La existencia de una conductaya sea por acción o por omisión por parte delservidor público; y c).- Que tal conducta redundeen perjuicio de los intereses públicos fundamentaleso de su buen despacho.

Previo al análisis de los requisitos deprocedencia, es menester analizar en primerlugar los requisitos de admisión que debe llenarla denuncia de juicio político y que se señalan enel citado artículo 12, a saber: a) la denunciapuede ser presentada por cualquier ciudadanobajo su más estricta responsabilidad; b) ladenuncia debe de ir acompañada por elementos

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de prueba; c) dicha denuncia deberá formularsepor escrito ante el Congreso del Estado; y, d)presentada la denuncia deberá ser ratificadadentro de los tres días hábiles. Respecto alcumplimiento de los elementos antes descritos,se tiene que la denuncia fue presentada por losciudadanos Crisóforo Nava Barrios, Sergio MotaSánchez, Ignacio García Muñiz, Félix DircioAbraján, Publio López Del Moral y MaríaGuadalupe Hernández Nava, por escrito ante elCongreso del Estado con fecha 22 de marzo de2006, y ratificada el día 23 del mismo mes y año,cumpliéndose en consecuencia el requisito deadmisión señalado bajo el inciso a); sin embargo,con respecto al marcado bajo el inciso b), setiene que la denuncia presentada no vieneacompañada por ningún elemento de prueba quesustente y funde y, por ende, que permita elanálisis y la valoración de las conductasimputables a los servidores públicos, recuérdeseel artículo 111 fracción I párrafo segundo de laConstitución Política del Estado Libre y Soberanode Guerrero y el artículo 7 de la Ley deResponsabilidades de los Servidores Públicosdel Estado, establecen que no procede el juiciopolítico por la mera expresión de las ideas, tal esel caso en el presente asunto donde losdenunciantes no ofrece ninguna probanzaque permita presumir las conductas yconsecuentemente la probable responsabilidadque se les atribuye a los servidores públicosdenunciados. Al no reunirse uno de los requisitosde admisión, se hace innecesario entrar al análisisde los restantes marcados bajo los incisos c) yd). Por otra parte, no obstante no estar satisfechouno de los cuatro requisitos de admisión, estaComisión a fin de esclarecer el asunto, se permiterealizar un análisis de los elementos para laprocedencia de la denuncia de juicio político. Deconformidad al artículo 75 de la Ley Orgánicadel Poder Legislativo vigente, en correlación conel artículo 12 de la Ley de Responsabilidades delos Servidores Públicos del Estado, esta ComisiónInstructora en funciones de Comisión de ExamenPrevio, realizó el análisis de la procedencia de ladenuncia presentada, de la que se desprende quede conformidad a los artículos 111 de laConstitución Política del Estado, y 6 de la Ley deResponsabilidades de los Servidores Públicosdel Estado para que un juicio sea procedente sedeben reunir los siguientes elementos: a) Serservidor público en los términos del artículo 112de la Constitución Política local; b) La existenciade una conducta ya sea por acción u omisión por

parte del servidor público; c) Que tal conductaredunde en perjuicio de los intereses públicosfundamentales o de su buen despacho. El primerelemento se encuentra parcialmente satisfecho,toda vez que por cuanto hace a la AuditoraEspecial de la Auditoría General del Estado, nose considera sujeto de juicio político al no estarcontemplada dentro de los servidores públicosque señala el mencionado artículo 112 de laConstitución Política local; en cambio, el auditorgeneral del Estado y el contralor general delEstado sí son de los servidores públicosenunciados en los artículos 107 y 112 de laConstitución Política local, el primero de losnombrados en el 2do párrafo de la fracción IVdel artículo 107 del citado ordenamiento, queseñala: “ El Congreso del Estado designará altitular del órgano de fiscalización superior, por elvoto de la mayoría de sus integrantes. La Leydeterminará el procedimiento para su designación.Dicho titular durará en su encargo ocho años ypodrá ser nombrado nuevamente por una solaocasión; así mismo con la votación requeridapara su nombramiento, podrá ser removidoexclusivamente por las causas graves que la Leyseñale o por las causas y conforme a losprocedimientos previstos en el Titulo DécimoTercero de esta Constitución.»; mientras que elsegundo de los señalados, en el artículo 112 de lamencionada Constitución Política local, que ensu primer párrafo establece “Podrán ser sujetosde juicio político los diputados al Congreso delEstado, los Magistrados del Tribunal Superior deJusticia, los Jueces de Primera Instancia y dePaz, los consejeros de la Judicatura Estatal, losmagistrados del Tribunal Electoral; los consejeroselectorales del Consejo Estatal Electoral; lossecretarios del despacho auxiliares del titularEjecutivo y consejero jurídico del Poder Ejecutivo;los coordinadores, el contralor general del Estado,el procurador general de justicia, los presidentesmunicipales, los síndicos procuradores y losregidores, así como los directores generales osus equivalentes de los organismos descentralizados,empresas de participación estatal mayoritaria,sociedades o asociaciones asimiladas a éstas, yfideicomisos públicos estatales,” tal como seconstata con la información que obra en elarchivo general de este Congreso del Estado.

Con respecto a los elementos marcados enlos incisos b) y c) “la existencia de una conducta,ya sea por acción u omisión por parte del servidorpúblico” y “que tal conducta redunde en perjuicio

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de los intereses públicos fundamentales o de subuen despacho”, el artículo 12 de la Ley deResponsabilidades de los Servidores Públicosdel Estado señala que cualquier ciudadano puedeformular denuncias por escrito ante el Congresodel Estado por las conductas a que se refiereel artículo 7 de la misma Ley, enunciándose enlas ocho fracciones de este artículo lossupuestos de actos u omisiones que redundanen perjuicio de los intereses públicosfundamentales y de su buen despacho. En elcaso que nos ocupa, los denunciantes en suescrito inicial manifiestan que la razón para elinicio del juicio político en contra del auditorgeneral del Estado y contralor general delEstado son las irregularidades cometidas ensu función, relacionándolo con la fracción VIdel artículo 7 de la Ley de Responsabilidadesde los Servidores Públicos del Estado, que a laletra dice:

VI.- Cualquier infracción a la Constitucióno a las leyes, cuando cause perjuicios gravesal Estado, a uno o varios municipios delmismo de la sociedad, o motive algún trastornoen e l func ionamiento normal de lasInstituciones.”

Sin embargo, del análisis integral de la denunciano se desprende cuales son las conductas,como los propios denunciantes mencionan ensu escrito, solo presuponen y sospechan de queel actuar de los denunciados ha ocasionadograves perjuicios a los intereses públicosfundamentales de la colectividad, sin que conello se traduzca en una infracción a laConstitución o a las leyes, o incluso, quemotivara algún trastorno en el funcionamientonormal de las instituciones, máxime que talesaseveraciones no se encuentran robustecidascon algún elemento de prueba que las hagacreíbles, puesto que el juicio político no procedepor la mera expresión de ideas; en este caso, nobasta el invocar los supuestos del artículo 7 dela Ley de Responsabilidades de los ServidoresPúblicos del Estado, debe señalarse el acto uomisión atribuible y debe demostrarse conelementos de prueba suficientes que haganprobable su existencia y la probableresponsabilidad de los denunciados.

Concluyendo de las constancias que hasta elmomento obran en el expediente, no sedemuestra la existencia de un acto por acción

o por omisión por parte del auditor general delEstado y contralor general del Estado, enconsecuencia, no hay tales conductas que seadecuen a la fracción antes aludida por losdenunciantes, por ello, se concluye que nose reúne el elemento marcado en el inciso b)de los requisitos de procedencia de ladenuncia.

Por lo expuesto y con las constancias quehasta el momento obran en el expediente aconsideración de esta Comisión no se reúnenlos requisitos de procedencia a que hacereferencia el artículo 12 en correlación con losartículos 6 y 7 de la Ley de Responsabilidadesde los Servidores Públicos del Estado; por todoello

Primero.- No se admite y se declaraimprocedente la denuncia de juicio políticopresentada por los ciudadanos Crisóforo NavaBarrios, Sergio Mota Sánchez, Ignacio GarcíaMuñiz, Félix Dircio Abraján, Publio López DeMoral y María Guadalupe Hernández Nava,en contra del auditor general del Estado,auditora especial de la Auditoría General delEstado y contralor general del Estado, por lovertido en el considerando tercero del presentedecreto.

Segundo.- Por lo tanto no ha lugar a laincoación del procedimiento.

Tercero.- Sométase el presente dictamen a laconsideración del Pleno del Honorable Congresodel Estado, para su aprobación.

Cuarto.- Notifíquese en forma personal elpresente dictamen a la parte denunciante.

Quinto.- Archívese el presente expedientecomo asunto totalmente concluido.

Así lo resolvieron y firmaron los integrantesde la Comisión Instructora en funciones deComisión de Examen Previo de la QuincuagésimaOctava Legislatura al Honorable Congreso delEstado de Guerrero, a los 07 días del mes de abrildel 2006.

Diputada Abelina López Rodríguez,Presidenta.- Diputado Noé Ramos Cabrera,Secretario.- Diputado Juan José FranciscoRodríguez Otero, Vocal.- Diputado Arturo

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Álvarez Angli, Vocal.- Diputado ErnestoFidel Payán Cortinas, Vocal. Todos conrúbrica.

Servido, diputado presidente.

El Presidente:

Gracias, diputado secretario.

El presente dictamen de valoración previaqueda de primera lectura y continúa con sutrámite legislativo.

En desahogo del inciso “d” del quinto puntodel Orden del Día, solicito a la diputadasecretaria María Guadalupe Pérez Urbina,dar primera lectura del dictamen con proyectode acuerdo parlamentario por el que se exhortaa los municipios que aún no cuentan con unárea específica que atienda directamente laproblemática que enfrenta la juventudguerrerense, a que en la medida de susposibilidades presupuestarias, creen dentrode su estructura orgánica municipal, unespacio de expresión, integración y orientaciónjuvenil.

La secretaria María Guadalupe PérezUrbina:

Se emite dictamen con proyecto de acuerdoparlamentario.

Ciudadanos Diputados Secretarios de la MesaDirectiva del Honorable Congreso del Estado deGuerrero.- Presentes.

A los integrantes de la Comisión de Asuntosde la Juventud, nos fue turnada la propuesta depunto de acuerdo parlamentario por el cual seexhorta a los 81 Ayuntamientos que conformanel estado de Guerrero, a que en la medida de susposibilidades presupuestales creen un áreaespecífica que brinde atención, oriente y ayudea la juventud en nuestra entidad a integrarse ala vida pública social y productiva en susmunicipios, presentada por el diputado EstebanAlbarrán Mendoza, para los efectos legalesconducentes, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 8 de febrero de 2006, el

diputado Esteban Albarrán Mendoza, en uso delas facultades que le confieren los artículos 127,cuarto párrafo y 170, fracción V de la LeyOrgánica del Poder Legislativo del Estadode Guerrero Número 286, presentó a laPlenaria la propuesta de punto de acuerdoparlamentario, por el cual, se exhorta a los81 ayuntamientos que conforman el estadode Guerrero, a que en la medida de susposibilidades presupuestales, creen un áreaespecífica que brinde atención, oriente yayude a la juventud de nuestra entidad, aintegrarse a la vida pública, social yproductiva en sus municipios.

Que con fecha 9 de febrero de 2006, ensesión ordinaria, el Pleno de la QuincuagésimaOctava Legislatura al Honorable Congreso delEstado Libre y Soberano de Guerrero, tomóconocimiento de la referida propuesta de puntode acuerdo parlamentario, turnándola a laComisión de Asuntos de la Juventud para losefectos legales conducentes.

Que en acato al mandato de la Presidencia dela Mesa Directiva del Honorable Congreso delEstado, el licenciado José Luis Barroso Merlín,oficial mayor del Honorable Congreso delEstado de Guerrero, mediante oficio númeroLVIII/IER/OM/DPL/476/2006, fechado el 24de febrero de 2006 y recibido el 27 del mismomes y año, remitió dicha propuesta de punto deacuerdo a la Comisión de Asuntos de laJuventud.

Que el diputado Esteban Albarrán Mendoza,en la exposición de motivos de su propuesta,señala:

Primero.- Que del total de la población conla que cuenta el estado de Guerrero, 27 porciento de ésta, corresponde a jóvenes cuyasedades fluctúan entre los 12 y los 29 años,constituyendo poco más de la cuarta parte delos habitantes.

Segundo.- Que este segmento de la población,los jóvenes, se encuentran en desventaja, debidoa la falta de oportunidades para su desarrollo, yesto se agudiza en los centros poblacionales dela zona rural, en donde existen pocas fuentes yalternativas de empleo, insuficiencia deinstituciones educativas de todos los niveles,instalaciones deportivas y espacios recreativos.

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Tercero.- Que la juventud es una etapamuy importante en la vida de todo serhumano, en donde se definen patrones deconducta social , económica, laboral ,profesional y cultural, entre otros, y porende, debe contarse con los instrumentosnecesarios, que brinden la orientaciónadecuada a los jóvenes.

Cuarto.- Que de los 81 municipios con losque cuenta el Estado, en sólo 16 de ellos,existe dentro de su estructura orgánica, unespacio o unidad administrativa que atiendelos problemas relacionados con los jóvenes,que les brinda la oportunidad de participar enla vida pública municipal en todos sus aspectos,sus inquietudes en todos los rubros sociales,económicos, políticos, de empleo, salud,deportes, recreación, educación, entre otros.

Cinco.- Que derivado del punto anterior, esnula o inexistente, la creación de programas,planes y políticas públicas que conlleven aldesarrollo integral de los jóvenes, brindándolesasí, mejores oportunidades de participar en rubrosde su interés.

Seis.- Que por lo anterior, es importante queen los honorables ayuntamientos en donde nose cuente con un espacio apropiado que seencargue de atender lo relacionado en materiade la juventud, que se analice, de acuerdo a ladisponibilidad presupuestaria, la posibilidad deque se instale una unidad administrativa, y deesta forma se apoye e impulse el desarrollointegral de las y los jóvenes en el aspectolaboral, educativo, cultural y recreativo, loscuales son necesarios para su desarrollo comociudadanos.

Siete.- Dicha unidad administrativa estaríabajo la vigilancia de la regiduría, su correspondienteo la que para tal efecto acuerde el Cabildo delHonorable Ayuntamiento, misma que tendráfunciones específicas para atender los citadosasuntos de la juventud.

Ocho.- Que por lo anterior, seguro de quecon la presente propuesta, estaríamosaportando un importante instrumento para quelos jóvenes de nuestro Estado, toda vez quecomo anteriormente se señaló, existenmunicipios en donde no hay áreas en particularque le den la atención que requieren, y con una

unidad administrativa, existen mayoresposibilidades de que se logre su pleno desarrollointegral.

Que con fundamento en lo dispuesto por losartículos 46, 47, 48, 49, fracción XXIII, 73,fracción II, 86, 87, 132 y 133 de la Ley Orgánicadel Poder Legislativo número 286 y demásrelativos y aplicables a la materia, la Comisión deAsuntos de la Juventud, tiene plenas facultadespara emitir el dictamen respectivo.

Que los diputados integrantes de la ComisiónDictaminadora, al realizar un análisisexhaustivo a la citada propuesta de acuerdoparlamentario, consideramos que por lasrazones anteriormente expuestas y tomando encuenta la realidad que vive la juventudguerrerense, y conscientes de la falta o carenciade espacios de expresión, de integración,deportivos, laborales, educativos, culturales,entre otros, que conforman la problemática a laque se enfrenta este segmento de la población,coincidimos, en la necesidad y urgencia decrear e integrar en cada una de lasadministraciones municipales donde no secuente con un área para dicho fin, una unidadadministrativa que de respuesta a las inquietudesy atienda a los jóvenes, por lo que estimamosprocedente la propuesta de acuerdoparlamentario.

Por lo anteriormente expuesto y confundamento en lo dispuesto por los artículos 8,fracción I y 127, párrafo cuarto de la LeyOrgánica del Poder Legislativo del Estadonúmero 286, la Comisión de Asuntos de laJuventud somete a consideración de la Plenariael siguiente:

PUNTO DE ACUERDOPARLAMENTARIO

Primero.- Se exhorta a los municipios queaún no cuentan con un área específica queatienda directamente la problemática queenfrenta la juventud guerrerense, a que en lamedida de sus posibilidades presupuestarias,creen dentro de su estructura orgánicamunicipal, un espacio de expresión, integracióny orientación juvenil.

Segundo.- Las funciones, derechos yobligaciones que adquiera la recién creada

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instancia administrativa municipal, seránreguladas y estarán bajo la supervisión de laregiduría cuyas funciones, estén más cercanasal contacto con los jóvenes, su correspondienteo la que determine el Cabildo del HonorableAyuntamiento, y que corresponda.

Tercero.- Las nuevas unidades administrativasde atención a la juventud, podrán bajo lasupervisión de la regiduría correspondiente,proponer programas, acciones y tareas,dentro del marco legal que les rige, y enconcordancia con las instancias municipales,estatales y federales necesarias, buscar lasalternativas suficientes, para enfrentar lasdemandas y necesidades de la población encomento.

TRANSITORIOS

Primero.- El presente acuerdo parlamentariosurtirá efectos a partir de su aprobación.

Segundo.- Comuníquese a los honorablesayuntamientos de los municipios que integran elestado de Guerrero, para su conocimiento generaly efectos legales procedentes.

Tercero.- Publíquese el presente acuerdoparlamentario, en el Periódico Oficial delGobierno del Estado para su conocimientogeneral.

Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, 24 deabril de 2006.

Atentamente.Los Integrantes de la Comisión de Asuntos

de la Juventud.Diputado Esteban Albarrán Mendoza,

Presidente.- Diputada Rossana Mora Patiño,Secretaria.- Diputado Marcos Zalazar Rodríguez,Vocal.- Diputado Noé Ramos Cabrera, Vocal.-Diputado Marino Miranda Salgado, Vocal.

Servido, diputado presidente.

El Presidente:

Gracias, compañera diputada.

El presente dictamen con proyecto de acuerdoqueda de primera lectura y continúa con sutrámite legislativo.

En desahogo del inciso “e” del quinto puntodel Orden del Día, solicito al diputado secretarioJosé Luis Ramírez Mendoza, se sirva dar primeralectura al dictamen con proyecto de acuerdoparlamentario por el que el Pleno de laQuincuagésima Octava Legislatura delHonorable Congreso del Estado, solicita al titulardel poder ejecutivo federal para que a través dela Secretaría de la Reforma Agraria, resuelva ala brevedad y conforme a sus atribuciones loconducente en torno al conflicto que prevalececon los comuneros de Moyotepec.

El secretario José Luis Ramírez Mendoza:

Con gusto, señor presidente.

Ciudadanos Secretarios de la Mesa Directivadel Honorable Congreso del Estado.- Presentes.

A los suscritos diputados integrantes de lasComisiones Unidas de Desarrollo Social yde Salud de este Honorable Congreso delEstado de Guerrero, nos fue turnada unapropuesta de punto de acuerdo parlamentarioen relación con el conflicto que existe en lacomunidad de Moyotepec, municipio deMalinaltepec, Guerrero, presentada por ladiputada Flor Añorve Ocampo, integrantede la fracción parlamentaria del PartidoRevolucionario Institucional, para los efectosconducentes y

CONSIDERANDOS

Que con fecha 31 de enero del año en cursola diputada Flor Añorve Ocampo, integrantede la fracción parlamentaria del PartidoR e v o l u c i o n a r i o I n s t i t u c i o n a l d e l aQuincuagésima Octava Legislatura delHonorable Congreso del Estado Libre ySoberano de Guerrero, en uso de las facultadesconferidas en el artículo 127 fracción IV y 170fracción V de la Ley Orgánica del PoderLegislativo del Estado de Guerrero número286, presentó una propuesta de punto de acuerdoparlamentario en relación con el conflicto queexiste en la comunidad de Moyotepec, municipiode Malinaltepec, Guerrero.

Que en sesión de fecha 31 de enero del añoen curso, el Pleno de esta QuincuagésimaOctava Legislatura, tomó conocimiento de lareferida propuesta, turnándola a las Comisiones

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Unidas de Desarrollo Social y de Salud, para losefectos legales conducentes.

Que en acato al mandato de la Presidencia dela Mesa Directiva del Honorable Congreso delEstado, la licenciada Sáez Guadalupe PavíaMiller, oficial mayor del Honorable Congreso delEstado, por oficio número LVIII/1ER/OM/DPL/304/2006, remitió la referida propuesta, a lasComisiones Unidas de Desarrollo Social y deSalud.

Que entre las consideraciones de la Propuestade acuerdo parlamentario la diputada Flor AñorveOcampo, señala las siguientes:

Que la desigualdad y la discriminación nopueden ser consentidas ni solapadas por lasinstituciones del Estado. Que en uso de estaTribuna para levantar la voz a favor de 100familias que carecen de los mínimosindispensables para subsistir. Este Congresono puede mantenerse ajeno al conflicto que sevive en Moyotepec. No puede darse la espaldaa esos niños y niñas que perdieron la vida acausa de la falta de alimento y abrigo; nopodemos darle a los niños y niñas, a lasmujeres y hombres que están viviendo enc o n d i c i o n e s d e p o b r e z a e x t r e m a yvulnerabilidad.

Que no basta con emprender algunasacciones, es necesario que estas seaneficientes y suficientes. Si un niño muere porfalta de atención, por no tener oportunamentelo mínimo indispensable, es que la negligenciay la injusticia social han triunfado.

Por ello, es que este Congreso no debe nipuede quedarse al margen. En este sentido, esque someto a la consideración de estaAsamblea el presente”

Que con fundamento en lo dispuesto por losartículos 46, 47, 48 fracciones XIV y XV, 64fracción III, 65 fracción I y II, 86, 87, 132 y133 de la Ley Orgánica del Poder Legislativonúmero 286 y demás relativos y aplicables a lamateria, las Comisiones de Desarrollo Socialy de Salud, tienen plenas facultades paraemitir el dictamen respectivo.

Que del análisis que las ComisionesDictaminadoras realizaron a la propuesta

presentada, la consideraron procedente, debidoa que en el estado de Guerrero, el conflictoque existe en estas comunidades como la deMoyotepec debido a la marginación, lapobreza, la regularización de la tierra, la faltade programas de asistencia social así comolos servicios de salud, han originado queentre los mismos pobladores, por la falta deestos servicios se agudicé aun más esteconflicto, por lo que consideramos de maneraurgente la aplicación de los diferentesprogramas tanto federales como estatales,para dar solución ha este conflicto que seorigino en Moyotepec y una respuestafavorable a las familias de estas Comunidadesque tanta falta le hacen.

Por lo anteriormente expuesto y confundamento en lo dispuesto por losartículos 8 fracción I y 127 párrafo cuartode la Ley Orgánica del Poder Legislativoen vigor, los integrantes de la ComisionesUnidades de Desarrollo Social y de Salud,presentamos ante esta Plenaria la siguientepropuesta de:

ACUERDO PARLAMENTARIO

Primero.- El Pleno de la QuincuagésimaOctava Legislatura del Honorable Congresodel Estado, solicita al Titular del PoderEjecutivo Federal, para que a través de laSecretaría de la Reforma Agraria resuelva ala brevedad y conforme a sus atribuciones, loconducente en torno al conflicto queprevalece con los comuneros de Moyotepec.

Segundo.- Se exhorta al Titular Ejecutivodel Estado, para que a través de las Secretaríasde Desarrollo Social y de Salud, en el ámbitode sus competencias, pongan en marcha losprogramas y acciones emergentes, con elobjeto de que las familias que fuerondesalojadas de Moyotepec, reciban los apoyoscorrespondientes, así como de satisfacer susnecesidades de alimentación y abrigo y seatiendan los problemas sanitarios en aras deevitar brotes epidémicos y controlar lasenfermedades existentes.

TRANSITORIOS

Primero.- El presente acuerdo parlamentario,surtirá efectos a partir de su expedición.

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Segundo.- Comuníquese el presente acuerdoparlamentario, al Titular del Poder EjecutivoFederal y al Poder Ejecutivo del Estado, asícomo a las dependencias que se mencionanen el presente acuerdo para su conocimientoy efectos legales procedentes.

Tercero.- Publíquese en el Periódico Oficialdel Gobierno del Estado, para los efectosprocedentes.

Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, a 27 deabril del 2006.

Atentamente.Los Integrantes de las Comisiones Unidas

de Desarrollo Social y de Salud.Diputada Flor Añorve Ocampo, Presidenta.-

Diputado Fernando José Ignacio Donoso Pérez,secretario.- Diputado Juan José FranciscoRodríguez Otero, vocal.- Diputado MarinoMiranda Salgado, Vocal.- Diputada MaríaGuadalupe Pérez Urbina, Vocal.- DiputadoJaime Torreblanca García.- Presidente.-Diputado Raúl Tovar Tavera, Secretario.-Diputado Humberto Quintil Calvo Memije,Vocal. Todos con rúbrica.

Servido, señor presidente.

El Presidente:

Gracias, diputado secretario.

El presente dictamen con proyecto de acuerdo,queda de primera lectura y continúa con sutrámite legislativo.

En desahogo del inciso “f” del quinto puntodel Orden del Día, se concede el uso de lapalabra al diputado Raymundo García Gutiérrez,para que dé lectura a una propuesta de acuerdoparlamentario.

El diputado Raymundo García Gutiérrez:

Con su permiso, diputado presidente de laMesa Directiva.

Ciudadanos Diputados Secretarios delHonorable Congreso del Estado Guerrero.-Presente.

El que suscribe, diputado Raymundo García

Gutiérrez, integrante de la QuincuagésimaOctava Legislatura del Honorable Congresodel Estado Libre y Soberano de Guerrero, anombre de los ciudadanos diputados HumbertoCalvo Memije, Marcos Zalazar Rodríguez, JaimeTorreblanca García y Juan José FranciscoRodríguez Otero, integrantes de la Comisión deSeguridad Pública, en uso de las facultadesconferidas en los numerales 127 PárrafoTercero, 170 fracción V de la Ley número 286que nos rige, me permito someter a estaSoberanía propuesta de punto de acuerdo, bajola siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOS

Que la situación de inseguridad y violencia noha disminuido, y por lo contrario, suman ya 66 losasuntos relevantes que han consternado al Estadoy a sus habitantes. La mayoría de estosacontecimientos están relacionados con delitosde índole federal.

Que la actuación de los responsables de laprocuración de justicia y de la seguridadpública en el Estado, merecen todo nuestroreconocimiento, respeto y apoyo.

Que no recomendamos su relevo ni loconsideramos conveniente, debido a que ladelincuencia y el hampa tradicionalmenteaprovechan esos cambios para cometermayores ilícitos y la sociedad misma recienteestos movimientos con incertidumbre.

Que los buenos resultados de los encargadosde los respectivos despachos, no han tenido elresultado esperado, mayormente por la falta deuna oportuna recepción de recursos para:contratar y capacitar al personal a su cargo ypara la adquisición de los equipos y armamentosuficiente y adecuado.

Que con en la comparecencia de los citadosfuncionarios ante esta Comisión, el pasado 13de febrero, se estableció el compromiso porparte de esta Comisión y de los diputados nointegrantes de la misma que asistieron a dichareunión, en el sentido de apoyar sus trámites ygestiones ante las instancias correspondientes,para la obtención de los recursos de los rubroscitados.

Que para el Poder Ejecutivo, debe tener el

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carácter de prioritario e inmediato, el suministrode los apoyos, recursos y peticiones, que atales efectos le hagan los responsables yacitados.

Que el Ejecutivo Estatal, debe actuar yejercer con mayor oportunidad y eficaciaante las ins tanc ias federa les , en e lcumplimiento de los compromisos, entregade los recursos económicos para el Estado,en e spec i a l l o s de s t i nados a e s to smenesteres.

Que se ejerza mayor control por parte delEstado y los municipios, en el manejo de losrecursos que se asignan a las tareas a quenos hemos referido, para que éstos no seanaplicados a cubrir necesidades distintas a lasde seguridad pública.

Que la colaboración entre el GobiernoEstatal y los Ayuntamientos, no sólo se dépara la adquisición de más y mejor equipo enapoyo al sector policíaco, es importante quese establezcan mecanismos reales decoordinación entre los cuerpos policíacosestatales y municipales a fin de disminuir losíndices de violencia y delincuencia que sepresentan en nuestro Estado.

Que el titular del Ejecutivo del estadosolicite el apoyo, de manera inmediata, delGobierno Federal bajo el esquema delprograma México Seguro para que la PolicíaFederal Preventiva actúe en aquellos casosque estén relacionados con la delincuenciaorganizada.

Por lo anteriormente expuesto, estaComisión acordó en su sesión del pasado 27 deabril del presente año, someter a consideraciónde la plenaria el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO:

Primero.- Se hace un exhorto al ciudadanoGobernador Constitucional del Estado para queproporcione una explicación detallada ypormenorizada de los recursos ya aprobadosque serían utilizados para la capacitaciónadecuada de los mismos y un incremento en elsalario de los cuerpos policíacos, policíainvestigadora ministerial y agentes del MinisterioPúblico.

Segundo.- Exhortar al Ejecutivo del Estado ya los titulares de los Honorables Ayuntamientos,para que diseñen y apliquen un programa decoordinación entre sus respectivos cuerpospolicíacos, con el objetivo de erradicar lainseguridad, la violencia y la delincuenciaque padece nuestro Estado y que los recursosdel ramo 33 fondo IV sean aplicadosestrictamente para la seguridad pública enlos municipios.

Tercero.- Exhortar al titular del Ejecutivodel Estado para que solicite el apoyo delGobierno Federal en el combate a lainseguridad y la violencia que se vive en elEstado, bajo el esquema del programa MéxicoSeguro.

TRANSITORIOS

Primero: El presente punto de acuerdoparlamentario, surtirá efectos a partir de suaprobación.

Segundo: Comuníquese al Titular del Ejecutivodel Estado, para los efectos procedentes, asícomo a los presidentes municipales de losHonorables Ayuntamientos de la Entidad.

Tercero: Publíquese en el Periódico Oficialdel Gobierno del Estado, para el conocimientogeneral.

Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, a 2 demayo del 2006.

Integrantes de la Comisión de Seguridad delHonorable Congreso del Estado de Guerrero.

Diputado Humberto Quintil Calvo Memije,Presidente.- Diputado Raymundo GarcíaGutiérrez, Secretario.- Diputado MarcosZalazar Rodríguez, Vocal.- Diputado JaimeTorreblanca García, Vocal.- Diputado JuanJosé Francisco Rodríguez Otero, Vocal. Todoscon rúbrica.

Es todo diputado presidente.

El presidente:

Esta Presidencia con fundamento en elartículo 30 fracción IV de la ley Orgánica elPoder Legislativo en vigor, turna la presentepropuesta de acuerdo parlamentario a las

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Comisiones Unidas de Presupuesto y CuentaPública y de Seguridad Pública, para los efectoslegales conducentes.

Esta Presidencia informa a Plenaria que todavez que se cuenta con la informacióncorrespondiente de la Procuraduría General dela República, se retira del Orden del Día lapropuesta de acuerdo parlamentario signadabajo el inciso “g” del quinto punto y se instruyea la Oficialía Mayor, distribuya dichainformación a los compañeros y compañerasdiputadas.

CAUSURA Y CITATORIO

El Presidente (a las 19:39 horas):

Solicito a los diputados y público asistente,ponerse de pie.

En desahogo del sexto punto del Orden delDía, no habiendo otro asunto que tratar, siendolas 19 horas con 39 minutos del día martes 2 demayo del 2006, se clausura la presente sesióny se cita a los ciudadanos diputados y diputadaspara el día jueves 4 de mayo del año en curso

COORDINACIONES PARLAMENTARIAS

Dip. Carlos Reyes TorresPartido de la Revolución Democrática

Dip. Abraham Ponce GuadarramaPartido Revolucionario Institucional

Dip. Benito García MeléndezPartido Acción Nacional

Dip. Mario Ramos del CarmenPartido Convergencia por la Democrácia

REPRESENTACIONES DE PARTIDO

Dip. Rey Hernández GarcíaPartido del Trabajo

Dip. Arturo Álvarez AngliPartido Verde Ecologista de México

Oficial MayorLic. José Luis Barroso Merlín

Director del Diario de los DebatesPedro Alberto Rodríguez Dimayuga

en punto de las 11 horas para celebrar sesión.

Domicilio del H. Congreso del Estado:Trebol Sur Sentimientos de la Nación S/N, Col, Villa Moderna.

Chilpancingo, Guerrero.C.P. 39074, Tel. (7) 47-1-38-69