certificacion - oam · 2017-11-28 · de construcción; los demás juguetes de construcción....

6
1 Www.oam.com.mx CERTIFICACION

Upload: others

Post on 01-Jun-2020

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: CERTIFICACION - OAM · 2017-11-28 · de construcción; los demás juguetes de construcción. Asignación de cupo anual (Artículo Quinto). Se adiciona la fórmula por la que la Secretaría

1

Www.oam.com.mx

CERTIFICACION

Page 2: CERTIFICACION - OAM · 2017-11-28 · de construcción; los demás juguetes de construcción. Asignación de cupo anual (Artículo Quinto). Se adiciona la fórmula por la que la Secretaría

2

Www.oam.com.mx

INDICE

04 ANTEPROYECTO COFEMER……..

03 CUOTA COMPENSATORIA………...

05 TEMA DE INTERES………………….

SABIAS QUE………………….……..... 06

Page 3: CERTIFICACION - OAM · 2017-11-28 · de construcción; los demás juguetes de construcción. Asignación de cupo anual (Artículo Quinto). Se adiciona la fórmula por la que la Secretaría

3

http://www.oam.com.mx/boletines/

CUOTA COMPENSATORIA

La Secretaría de Economía publicó en el D.O.F. del 21/11/2017 la Resolu-

ción citada al rubro, cuya entrada en vigor será al día siguiente de su pu-

blicación, como a continuación se detalla:

Productos: Aceros planos recubiertos.

03

oam.com.mx

45-2017 47

Fracción arancelaria

7210.30.01, 7210.30.99, 7210.41.01, 7210.41.99, 7210.49.01, 7210.49.02,

7210.49.03, 7210.49.04, 7210.49.99, 7210.61.01, 7210.70.01, 7210.70.99,

7212.20.01, 7212.20.02, 7212.20.99, 7212.30.01, 7212.30.02, 7212.30.99,

7212.40.03, 7212.40.99, 7225.91.01, 7225.92.01, 7226.99.01 y 7226.99.02, y

al amparo de la Regla Octava por las fracciones arancelarias 9802.00.01,

9802.00.02, 9802.00.03, 9802.00.04, 9802.00.06, 9802.00.07, 9802.00.10,

9802.00.13, 9802.00.15 y 9802.00.19, o por cualquier otra,

Países de origen

República Popular China y del Taipéi Chino

Tipo de Resolución

Resolución por la que se resuelve el recurso administrativo de revocación.

Resolución de la auto-

ridad

Se precisa en términos específicos la cuota compensatoria definitiva determi-

nada a las importaciones provenientes de Baoshan (punto 498 inciso b de la

Resolución Final del 05/06/2017). Por lo que dicha cuota compensatoria

se establece en un monto de 0.1874 dólares por kilogramo para las impor-

taciones provenientes de Baoshan.

Nota: La cuota anterior para las importaciones provenientes de Baoshan era

de 22.22%

Anteceden-tes

D.O.F. 05/06/2017 Resolución final de la investigación antidumping.

Page 4: CERTIFICACION - OAM · 2017-11-28 · de construcción; los demás juguetes de construcción. Asignación de cupo anual (Artículo Quinto). Se adiciona la fórmula por la que la Secretaría

4

http://www.oam.com.mx/boletines/

ANTEPROYECTO COFEMER

Anteproyecto COFEMER: "Acuerdo por el que se da a conocer

el cupo y mecanismo de asignación para importar juguetes y

productos de bebé".

Hacemos de su conocimiento que se encuentra en revisión ante la COFEMER el Ante-

proyecto citado al rubro, el cual prevé su entrada en vigor el 1 de enero de 2018 y

concluirá su vigencia el 31 de diciembre de 2020.

A continuación, les damos a conocer las modificaciones contempladas en el presente

Anteproyecto en relación con su similar vigente (DOF 23/03/2015), el cual concluirá

su vigencia el próximo 31 de diciembre.

Cupos para importar juguetes (Artículo Primero).

Se adiciona la fracción arancelaria 9503.00.11, correspondiente a Juegos o surtidos

de construcción; los demás juguetes de construcción.

Asignación de cupo anual (Artículo Quinto).

Se adiciona la fórmula por la que la Secretaría de Economía asignará el cupo anual

para empresas productoras mixtas, que son las que combinan producción directa y

producción como tercero de un productor indirecto.

Solicitudes de asignación (Artículo Sexto).

• Se adiciona al requisito de adjuntar el reporte emitido por Contador Público Externo, la

obligación de declarar los datos de los productores, cuando se de el supuesto de que la em-

presa productora se hubiera desempeñado como productor tercero.

• Se adiciona al requisito de presentación de reporte anual de producción y ventas, la in-

formación que deberá desglosar el informe cuando se trate de empresas mixtas.

• Se adiciona el plazo en el que la Dirección General de Comercio Exterior emitirá el oficio

de asignación de cupo, el cual será dentro de los 4 días hábiles siguientes a la presentación

de la solicitud debidamente requisitada.

04

oam.com.mx

45-2017 47

Page 5: CERTIFICACION - OAM · 2017-11-28 · de construcción; los demás juguetes de construcción. Asignación de cupo anual (Artículo Quinto). Se adiciona la fórmula por la que la Secretaría

5

http://www.oam.com.mx/boletines/

TEMA DE INTERES

Anuncia SAT facilidades para implementación de nueva

factura electrónica.

El SAT dio a conocer en su portal de internet un comunicado de prensa, mediante el

cual informa sobre diversas facilidades para la implementación de la nueva versión

3.3 del CFDI, las cuales se detallan a continuación:

Se amplía el periodo de convivencia opcional de la nueva versión 3.3 del CFDI , por

lo que los contribuyentes podrán continuar emitiendo CFDI´s en la versión 3.2 hasta

el 31 de diciembre del 2017. A partir del 1 de enero del 2018, la única versión válida

será 3.3.

La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será op-

cional hasta el 31 de marzo del 2018.

El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vi-

gor el 1 de julio del 2018.

Hasta el 30 de junio de 2018, en caso de que exista un posible error o discrepancia al

registrar la clave de unidad de medida y/o clave de producto o servicio, no se consi-

derará infracción.

En los próximos días se estarán publicando los ajustes a las disposiciones fiscales

correspondientes para reflejar las facilidades aquí descritas.

Para mayor referencia, en el siguiente link podrán consultar el comunicado de prensa

emitido por el SAT:

https://www.gob.mx/sat/prensa/com2017_125?platform=hootsuite

05

oam.com.mx

45-2017 47

Page 6: CERTIFICACION - OAM · 2017-11-28 · de construcción; los demás juguetes de construcción. Asignación de cupo anual (Artículo Quinto). Se adiciona la fórmula por la que la Secretaría

6

Exportaciones mexicanas crecen 13.2% anual

Regresar al indice

06

oam.com.mx

http://www.oam.com.mx/boletines/

45-2017 47

En octubre de este año, las exportaciones de

mercancías de México aumentaron 13.2% res-

pecto a igual mes del año pasado, el más alto

para un mismo mes desde 2012, con lo que

hilaron 12 meses con alzas a tasa anual.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía

(Inegi) informó que en octubre pasado las im-

portaciones de mercancías mostraron un avan-

ce de 16.3% respecto al mismo mes de 2016,

su mayor alza para un mes similar desde 2012

y su sexto aumento anual consecutivo.

Con ello, la balanza comercial de mercancías

de México reportó un déficit comercial de dos

mil 066 millones de dólares (mdd), saldo que

se compara con el déficit de 898 mdd observa-

do en el décimo mes de 2016.

Con este saldo, para los primeros 10 meses

del año la balanza comercial presentó un défi-

cit de 11 mil 117 mdd, de acuerdo informa-

ción oportuna de comercio exterior.

El organismo precisó que el valor de las expor-

taciones de mercancías en octubre de este año

fue de 36 mil 901 mdd, con un incremento

anual de 13.2%, resultado del crecimiento de

13% en las exportaciones no petroleras y de

16.5% en las petroleras.

Por tipo de mercancías, en octubre aumenta-

ron las agropecuarias y pesqueras que subie-

ron 24.2%, las manufactureras en 12.6%, y las

exportaciones extractivas en 10.5%, en su com-

paración anual.

En el periodo enero-octubre de 2017, el valor

de las exportaciones totales alcanzó 336 mil

189 mdd, lo que significó un avance anual de

9.7%, la cual se originó de alza de 9.1% en las

exportaciones no petroleras y de 20.9% en las

petroleras.

Por otra parte, el INEGI reportó que el valor de

las importaciones de mercancías en el décimo

mes del año se ubicó en 38 mil 967 mdd, lo

que representó un aumento anual de 16.3%,

cifra que se originó de alzas de 14.1% en im-

portaciones no petroleras y de 40.1% en las

petroleras.

Al considerar las importaciones por tipo de

bien, se registraron tasas anuales de 18% en

las importaciones de bienes de consumo, de

17% en las de bienes de uso intermedio y de

9.2% en las de bienes de capital.

El instituto resaltó que en el periodo enero-

octubre de este año, el valor de las importacio-

nes totales sumó 347 mil 307 mdd, monto su-

perior en 8.7% respecto a lo reportado en igual

periodo de 2016. A su interior, las importacio-

nes no petroleras crecieron 6.6% a tasa anual y

las petroleras subieron en 33.2 por ciento.