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CEIP RICARDO CAMPILLO (SANTOMERA)

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CEIP RICARDO CAMPILLO (SANTOMERA)

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Í N D I C E

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO Y SU ENTORNO

Situación y titularidad Identificación Denominación Zona de influencia Adscripción a Secundaria

CARACTERÍSTICAS FÍSICAS El aula de clase

SEÑAS DE IDENTIDAD

Señas educativas Confesionalidad Valores democráticos Lengua de aprendizaje Coeducación

OBJETIVOS GENERALES

Educación en Valores Ámbito pedagógico Ámbito administrativo Ámbito humano y convivencial Adecuación de los objetivos generales de las etapas

METODOLOGÍA

Principios generales de nuestra metodología ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

Elementos personales Elementos Colegiados Apoyos externos Horario escolar

MATERIAL DIDÁCTICO

Generales del centro Materiales específicos Textos y materiales

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES

Actividades Generales Programas Institucionales Biblioteca

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DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS. El Colegio Público de Educación Infantil y Primaria “Ricardo Campillo” de

Santomera, en su condición de Centro Público de Educación, declara su

carácter abierto y respetuoso con todas las normas y principios que inspiran

nuestra Constitución.

En su funcionamiento y organización, se define como un Centro que tiene

como objetivos:

o Fomentar los valores y principios que hagan posible la educación

integral de sus alumnos y alumnas.

o Educar en la libertad, en la justicia, el pluralismo, la tolerancia y el

respeto a las diferencias entre los pueblos y entre las personas.

o Desarrollar la responsabilidad y el espíritu crítico del alumnado y

el conocimiento científico de los múltiples aspectos de la realidad.

o Propugnar la aplicación de los principios psicopedagógicos,

sociológicos y morales que exige una educación completa de todo

el alumnado, y la atención a la diversidad.

o Relacionarse directamente con el entorno, dar respuesta a las

diferentes necesidades que éste plantee y recoger las

aportaciones culturales que el entorno pueda ofrecer.

o Defender de la libertad de cátedra que reconoce la Constitución,

entendiendo por tal el derecho del profesorado a exponer, sin

adoctrinar, su visión de la asignatura y su deber de respetar

opiniones diferentes a las suyas.

o Fomentar la convivencia entre los miembros de la comunidad

educativa.

CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO Y SU ENTORNO

SITUACIÓN Y TITULARIDAD

El Colegio Público RICARDO CAMPILLO, es un centro dependiente de

la Consejería de Educación, Juventud y Deportes , situado en la Carretera de

Abanilla, número 2, de la localidad de Santomera, provincia de Murcia.

Comenzó a funcionar en el curso 1983 - 84, segregado del Colegio

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Ntra. Sra del Rosario, en la aulas (RAM) que pertenecían al C.P. Ntra. Sra. del

Rosario junto al Instituto y en aulas habilitadas.

DATOS DE IDENTIFICACIÓN

Número de Código: 30010413

DENOMINACIÓN

Su denominación provisional fue C.P. nº 2, pasando posteriormente a

llamarse oficialmente C.P. “RICARDO CAMPILLO”, tras la propuesta del

Ayuntamiento de Santomera al M.E.C.

Este nombre corresponde a un maestro de esta localidad cuya

biografía se resume a continuación:

Don Ricardo Campillo González nació el 23 de marzo de 1881en

una casa de la antigua plaza de los Tres Hermanos de esta localidad

de Santomera, hijo de Don Ricardo Justo Campillo Moratón y Doña

María González Villaescusa.

Fue alumno del maestro Puig Valera y por iniciativa suya cursó los

estudios de Magisterio y tras su triunfo en sucesivas oposiciones,

ocupó los más altos cargos de su carrera profesional. Fue

pensionado para estudiar las organizaciones docentes en Europa,

por la Junta de Ampliación de Estudios, junto a un grupo de los más

destacados pedagogos de la época.

Dedicó todo su entusiasmo a la Asociación Nacional del Magisterio

Primario, siendo su Secretario General cuando residía en Madrid.

Fue el fundador y director durante varios años del bisemanario “El

Magisterio Nacional”, que defendía los genuinos derechos de los

maestros.

Colaboró con centenares de artículos literarios y pedagógicos en

diversos diarios y revistas.

Cumplido el centenario de su nacimiento, el Ayuntamiento de

Santomera acordó ponerle su nombre a este grupo escolar.

ZONA DE INFLUENCIA

La zona de influencia de este Centro está determinada por la Consejería

de Educación y el Ayuntamiento de Santomera, expuesta en el tablón de

anuncios de la secretaría del colegio.

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El municipio de Santomera ha presentado estos últimos años un

importante crecimiento demográfico, debido entre otras causas al número de

familias que se instalan a vivir en Santomera, en primer lugar por la inmigración

que sigue en aumento y también porque muchas familias han tenido que

regresar con los abuelos debido a la crisis. Su población tiene un nivel cultural

y económico medio o medio-bajo, estando una parte dedicada al sector

agrícola, fundamentalmente inmigrantes, otra al sector servicios

correspondiente a la industria derivada de la agricultura, otras industrias

instaladas en la localidad, comercios y otra parte azotada por el paro.

El alumnado es mayoritariamente nacional en Primaria, pero en estos

últimos años en Infantil ha aumentado mucho el alumnado inmigrante, sobre

todo el marroquí, teniendo un 56,9% de alumnado inmigrante en Infantil y un

40,7% en Primaria, haciendo una media del Centro del 44,9%. Tenemos

alumnado de 13 nacionalidades distintas.

ADSCRIPCIÓN AL INSTITUTO DE SECUNDARIA

Este Centro se encuentra adscrito al IES Poeta Julián Andúgar y al IES

Octavio Carpena Artés.

CARACTERÍSTICAS FÍSICAS.

El Centro está formado por tres pabellones y un patio de recreo,

albergando en ellos las siguientes dependencias:

Pabellón A

• 12 aulas de clase

• 1 aula de música

• 1 biblioteca

• 3 tutorías

• 1 aula de ordenadores

• 1 aula de religión

• 2 aula de PT, 1 aula de AL, 1 aula de Compensatoria y 1

aula de apoyo.

• Dependencias jurídicas y de administración.

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Pabellón B

• 6 aulas de clase

• 1 aula de música

• 1 aula de psicomotricidad.

• 1 aula de religión

• 1 aula de PT/AL

Pabellón C

• Comedor Escolar

• 1 tutoría

Patio:

• Dos pistas polideportivas

• Aseos del alumnado

• Material de E.F.

• 6.500 m2 de patio para juego

EL AULA

Entendiendo el aula el lugar donde se desarrolla la mayor parte de la

actividad escolar, deberá de ser tratada con toda atención. No es un sitio donde

se van acumulando posters, dibujos, murales, etc. y donde éstos están

permanentemente expuestos en las paredes, sino que el entorno ha de reflejar

la actividad que se está realizando. El ambiente físico que rodee al

alumnado debe de ser agradable, ordenado y limpio.

SEÑAS DE IDENTIDAD

SEÑAS EDUCATIVAS

1. El Colegio “Ricardo Campillo” de Santomera, se declara defensor y promotor

de las libertades individuales y colectivas, y por lo tanto pluralista y

democrático. Pretende favorecer la convivencia y educar en el respeto a la

expresión de todas las opiniones y actitudes que no vayan en contra de los

principios democráticos.

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2. La gestión del Centro se regirá, de acuerdo con la ley, por los principios

democráticos expresados en este proyecto educativo.

3. El Centro reconoce las diferencias entre las personas y rechaza los

prejuicios que tienen su origen en dichas diferencias. Evitará cualquier tipo

de discriminación por razón de raza, religión, sexo, nacionalidad o cualquier

otra circunstancia personal.

4. El Centro considera el diálogo, la responsabilidad y la tolerancia como los

únicos medios para la solución de los conflictos. Pretende fomentar el

desarrollo de estos valores en los ámbitos personal, social y en la educación

por la paz en el mundo.

5. El Centro procurará que los alumnos y alumnas adquieran unas actitudes

que posibiliten una sociedad más sana; para ello es necesario educar en la

responsabilidad ante la propia salud y en el compromiso de respetar el

entorno y de mejorar el medio ambiente en general.

6. El Centro quiere favorecer un tipo de enseñanza en la que prevalezca la

relación con la realidad; que desarrolle el espíritu critico y la creatividad; que

mantenga el equilibrio entre la instrucción meramente técnica de las

asignaturas y la formación humana.

7. Los métodos didácticos, cualesquiera que se utilicen, deben fomentar el

papel activo del alumnado y el trabajo en equipo.

8. El Centro fomentará la incorporación a la práctica educativa de una cultura

evaluadora, rigurosa y actualizada, de los alumnos, de las enseñanzas y del

funcionamiento de los diversos órganos del Colegio.

CONFESIONALIDAD:

Entendemos que los alumnos deben estar abiertos a la situación de

cambio que experimenta la sociedad, educándoles en la justicia y en la libertad.

Nuestro colegio se manifiesta ACONFESIONAL y respetuoso con todas

las creencias religiosas o ausencias de las mismas.

Igualmente se manifiesta libre de cualquier tendencia ideológica o

política determinada. De acuerdo con este pluralismo, toda persona que trabaje

en el colegio evitará la más mínima labor de propaganda en su interior.

Serán los padres, o en su caso los tutores legales del niño/a, los

encargados de realizar la elección de la enseñanza religiosa que desean que

se le imparta a su hijo/a o la opción de Valores Sociales y Cívicos.

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VALORES DEMOCRÁTICOS:

El Colegio “Ricardo Campillo” de Santomera, se declara defensor y

promotor de las libertades individuales y colectivas, y por tanto pluralista y

democrático

Este centro en primer lugar manifiesta que su labor educativa respeta

fundamentalmente los Derechos Humanos, de donde se desprende que la

Educación ha de ser pluralista, respetando las convicciones religiosas, morales

e ideológicas de los alumnos, siendo el profesor neutral en el acto educativo,

no adoctrinando al alumnado y rechazando todo tipo de dogmatismo.

La educación en este centro ha de fomentar los valores democráticos,

comenzando por fomentar el respeto a los demás, con sus afinidades y

diferencias, por medio del diálogo constructivo entre todos, profesores,

alumnos, y familia, procurando siempre llegar a un consenso entre todos los

elementos de la comunidad educativa.

Estos valores se desarrollan en toda actividad educativa, según los

niveles y la maduración de los alumnos, aunque pueden realizarse actividades

concretas que busquen la comprensión y afirmación de estos valores en el

alumnado que se han de desarrollar en todos los ámbitos de la convivencia a

lo largo de toda su vida.

Consideramos, además. que es fundamental hacer comprender a los

niños que los valores que supone la Democracia y el Pluralismo no son valores

lejanos y ajenos, dado que nosotros vivimos en un país donde estos conceptos

están incluidos en nuestras leyes, sino que éstos suponen unas actitudes y

comportamientos acordes con estas ideas en nuestro entorno más próximo,

amigos, familia, escuela...

LENGUA DE APRENDIZAJE:

En nuestro colegio se utiliza el castellano como primera y única lengua

de aprendizaje. A partir el curso 13-14 somos centro Bilingüe de Inglés.

COEDUCACIÓN:

La línea educativa del Centro se dirige a eliminar las diferencias de

sexo respetando siempre la individualidad, potenciando la intercomunicación de

todos los miembros de la Comunidad Escolar (padres, profesorado y

alumnado) para la eliminación de roles y estereotipos sociales de carácter

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sexista. Se educará activamente en la igualdad entre los sexos.

Se cuidará el lenguaje, oral y escrito, como medio fundamental para

aprender en igualdad, evitando la generalización del masculino y las diferencias

en las interacciones verbales con alumnos y alumnas.

El equipo docente ha de actuar incluyendo en su actividad educativa

actitudes positivas ofertando un modelo sin prejuicios, flexible y reflexivo, desde

un prisma de colaboración con las familias y evitando la colisión de valores

ante las actitudes discriminatorias.

OBJETIVOS GENERALES - propósitos y finalidades

EDUCACIÓN EN VALORES

1.- Libertades individuales y colectivas

• Educar al alumnado en el respeto a la persona, en sus derechos y

deberes.

• Inculcar los valores de responsabilidad, tolerancia y justicia como

generadores de una buena convivencia.

• Respetar todas las creencias religiosas o la ausencia de las mismas,

considerando que el centro en cuanto a institución, se declara

aconfesional.

• Utilizar el lenguaje de forma no discriminatoria.

• Impulsar las actitudes básicas del diálogo: expresar ideas y escuchar.

• Potenciar el conocimiento y ejercicio de las normas de educación y

convivencia.

2.- Educación para la Paz

• Difundir información y desarrollar valores que contribuyan a una

Educación por la Paz.

3.- Coeducación

• Crear las condiciones adecuadas para favorecer la convivencia entre

los distintos sexos.

• Potenciar un régimen de integración en el que no se produzca

discriminación por razón de raza y sexo.

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• Educar al alumnado en el respeto a sus diferencias y en la valoración

positiva y enriquecedora de su variedad.

4.- Educación para la Salud y Medio Ambiente

• Proporcionar al alumnado criterios que les permitan valorar un medio

natural frente a otro degradado.

• Conocer el medio natural que nos rodea e implicar al alumnado en

actividades de defensa y conservación del medio ambiente y la

naturaleza.

• Educar en el respeto y cuidado de lo público y personal.

• Promover el buen uso de todos los materiales del centro.

ÁMBITO PEDAGÓGICO

Objetivos educativos y de aprendizaje:

• Favorecer procesos de aprendizaje significativos para que los

alumnos/as aprendan a aprender.

• Potenciar una enseñanza activa en la que se desarrolle la iniciativa y la

creatividad, erradicando el autoritarismo.

• Incorporar en las Programaciones Didácticas objetivos y contenidos

relacionados con el entorno próximo al alumno/a.

• Dotar a los alumnos/as de la capacidad para resolver situaciones nuevas

y experimentar lo aprendido en el aula.

• Tender a una enseñanza cada vez más individualizada teniendo en

cuenta el ritmo de cada alumno/a.

• Fomentar el espíritu crítico y la participación activa: representantes del

curso, asambleas, etc.

• Evitar el adoctrinamiento y la intransigencia en los procesos de

aprendizaje

• Adecuar los medios materiales del Centro a las necesidades educativas.

ÁMBITO ADMINISTRATIVO.

• Se organizará y gestionará el Centro de forma democrática, impulsando la

participación de todos sus componentes.

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• Potenciar los cauces de información y de participación en el Centro de todos

los estamentos.

• Gestionar consensuadamente los recursos económicos del Centro.

• Organizar adecuadamente los espacios y materiales del Centro.

• Administrar los recursos existentes de forma democrática.

• Se colaborará con las diversas instituciones de la localidad, municipales,

provinciales y autonómicas y en los asuntos relacionados con la educación

ÁMBITO HUMANO Y CONVIVENCIAL.

• Conseguir el respeto y la observancia de:

Las Normas de Funcionamiento.

Decreto de Derechos y Deberes del alumnado.

• Promover el conocimiento del Reglamento de Régimen Interno y su

aplicación.

• Fomentar el respeto a las personas y medio que nos rodea

• Impulsar las actitudes básicas del diálogo: expresar y escuchar.

• Potenciar los medios para que las relaciones entre los distintos estamentos

que componen la comunidad educativa se desarrollen en colaboración.

ADECUACIÓN DE LOS OBJETIVOS GENERALES DE LAS ETAPAS

Se organizarán actividades docentes de acuerdo con los currículos

oficiales de educación infantil y educación primaria y en consonancia con los

respectivos proyectos curriculares.

Se prestará especial atención a la coordinación y coherencia

pedagógica entre todas las etapas de enseñanza que se impartan en el Centro

y entre los distintos niveles que las forman, revisando anualmente la

adecuación de los objetivos generales de cada una de las etapas.

Se fomentará el trabajo en equipo de los maestros de un mismo ciclo,

garantizando la coordinación entre los mismos.

METODOLOGÍA

Debemos tener en consideración a la hora de establecer los principios

marco de nuestra metodología que cualquier situación de aprendizaje está

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sometida a un gran número de variables entre las que podemos destacar:

• La edad de los alumnos y alumnas.

• La homogeneidad o heterogeneidad del grupo-clase.

• Los conocimientos anteriores.

• El grado de motivación.

• La experiencia del profesorado.

• Los recursos de que se disponen.

Por tanto más que establecer una línea metodológica estricta y rígida

buscaremos el equilibrio y la complementariedad de métodos diversos.

Los métodos didácticos, cualesquiera que se utilicen, deben de

fomentar el papel activo del alumnado y el trabajo en equipo.

PRINCIPIOS GENERALES DE NUESTRA METODOLOGÍA

• Buscaremos un enfoque metodológico INTEGRADOR, que propicie la

utilización de unos métodos u otros en función de las necesidades de los

diferentes momentos de la etapa, de las distintas tareas y situaciones, de la

diversidad del alumnado, de los diferentes tipos de agrupamientos, etc.

• La consecución de los aprendizajes significativos puede llegar

especialmente a través de la utilización de métodos de carácter INDUCTIVO

que partiendo de hechos y realidades concretas próximas a la experiencia

del alumnado, le ayuden a formular leyes generales a través de la

constatación y manipulación de los hechos observables, y en ocasiones, por

medio de métodos DEDUCTIVOS que, siguiendo el proceso mental inverso,

también pueden favorecer la intervención activa del alumnado en la

construcción de su propio conocimiento.

• Metodología CONSTRUCTIVA: la actividad constructiva del alumno es el

factor decisivo en la realización de los aprendizajes escolares. Es el alumno

o la alumna quien, en último término, modifica y reelabora los esquemas de

conocimiento, construyendo su propio aprendizaje. En este proceso el/la

profesor/a actuará como guía y mediador para facilitar la construcción de

aprendizajes significativos que permiten establecer relaciones entre los

conocimientos y experiencias previas y los nuevos contenidos.

• Metodología PARTICIPATIVA: Se concede especial relieve a las actividades

grupales, la planificación y ejecución de tareas en grupo, la toma de

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decisiones en conjunto, etc. para favorecer la cooperación, el intercambio y

confrontación de opiniones y el talante no discriminatorio.

• Metodología ACTIVA: Es necesario fomentar en el alumno y la alumna una

actitud curiosa, critica e investigadora que, mediante la comunicación y el

trabajo, se convertirá en la base de su formación y de la adquisición de los

aprendizajes.

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

ELEMENTOS PERSONALES:

* El Profesorado

El profesorado es el emisor de mensajes y generador de significados

para todo el grupo de alumnos/as.

Cada grupo de alumnos/as tendrá un profesor/a tutor/a, que será el

primer enlace para comunicación con la familia, y el más directamente

responsable de las acciones que se tienen que dirigir a su grupo de alumnos, a

los restantes docentes y a los padres.

El profesorado, según su adscripción a los puestos de trabajo

correspondientes, se distribuyen de la siguiente manera:

- Profesores/as de Infantil

- Profesores/as de Lengua Inglesa.

- Profesor/a de Lengua Francesa.

- Profesores/as de Educación Primaria.

- Profesores/as de Educación Física.

- Profesor/a de Música.

- Profesor/a de Pedagogía Terapéutica.

- Profesor/a de Audición y Lenguaje.

- Orientador/a a tiempo parcial (1 día semana)

- Profesor/a de Educación Compensatoria.

- Profesores/as de Religión Católica.

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Personal no docente

- Conserje.

- Administrativo/a tiempo parcial (media semana)

ELEMENTOS COLEGIADOS

Los órganos unipersonales y colegiados potenciarán los cauces de

información y participación del centro, gestionando los recursos del Centro.

EL funcionamiento de estos órganos, está recogido en la normativa

vigente y en el R.R.I. de este Centro:

.Consejo Escolar.

.Claustro de Profesores/as.

.Equipo Directivo.

.Comisión de Coordinación Pedagógica.

.Equipos de Tramo/Nivel.

.Asociación de Madres/Padres de Alumnos.

APOYOS EXTERNOS:

Para la mejor consecución de los fines establecidos en este proyecto, se

potenciarán las relaciones con los Servicios Sociales y Educativos del

Municipio y con otras instituciones locales o regionales, teniendo el apoyo de:

- CPR (Centro de Profesores y Recursos).

- EOEP (Equipo de Orientación Educativa y

Psicopedagógica).

- Ayuntamiento de Santomera.

- Centro de Salud de Santomera

- Protección Civil

- Asociaciones culturales y deportivas de la localidad.

HORARIO ESCOLAR

Las actividades lectivas del alumnado se distribuirán en el siguiente

horario

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Meses de septiembre y junio:

Sesión de 9 a 13 horas

Resto de meses:

Sesión continua de 8:30 a 13:30 horas

Actividades de tarde de 16:00 a 18:00 horas.

La PGA de cada año fijará el horario que se destinará a actividades del Centro.

Utilización del centro e instalaciones fuera del horario escolar

Siempre que no sea utilizado en primera instancia por alumnado y/o

profesorado del Centro, se realizará de acuerdo con la normativa vigente.

La utilización de los locales e instalaciones deberá tener como objetivo

la realización de actividades educativas, culturales, deportivas u otras de

carácter social, siempre que no contradigan los objetivos Generales de la

educación y respeten los principios democráticos de convivencia de este

Centro.

MATERIAL DIDÁCTICO

Está compuesto por todo el material proveniente de la Consejería.,

adquisiciones del centro, donaciones de la A.M.P.A o Instituciones y que se

encuentra a disposición de la comunidad educativa. Este material se encuentra

en las distintas dependencias y/o almacenes para el uso del mismo.

GENERALES DEL CENTRO

Materiales de aula

Biblioteca de centro y aula

Música

Audiovisuales

Deportivo

OTROS MATERIALES:

Informáticos de gestión

Fotocopiadora

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Multicopista

Encuadernadora

TEXTOS Y MATERIALES DEL ALUMNADO

Anualmente se expondrán en el tablón de anuncios de la Secretaría

una lista con los textos y materiales que utilice el alumnado cada curso, que se

corresponderán con los textos que el Claustro ha incluido en los respectivos

proyectos curriculares de etapa, en el apartado de recursos.

Anualmente, el profesorado evaluará los textos y materiales utilizados

en la práctica docente.

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES

Las actividades extraescolares y aquellas que se realizan en el centro

fuera de la disciplina habitual del aula constituyen un medio importante para la

formación integral de nuestros alumnos y alumnas.

En la programación de las mismas, se procurará que sean lo más

variadas y completas posibles.

Podrán organizarse por parte del centro, por parte de la A.M.P.A. o por

asociaciones y organizaciones que, sin ánimo de lucro, lo soliciten y sean

aprobadas por el Consejo Escolar.

Se tendrán de forma general, sin menoscabo de las que en un

momento determinado establezca el Consejo Escolar, las siguientes

consideraciones para la realización de las actividades complementarias y

extraescolares organizadas por el Centro:

• Todas las actividades deberán contar con al menos un responsable que

elaborará un breve informe con los objetivos de la misma, curso y alumnos

implicados, fecha y gasto previsible.

• Con antelación suficiente se dará cuenta de la realización de cada actividad

a la Jefatura de Estudios, a fin de que pueda efectuarse con tiempo los

ajustes de horario pertinentes y para evitar acumulación de actividades en

una misma época.

• A lo largo del curso se llevarán a cabo sólo las actividades que estén

programadas, incluidas en la P.G.A., salvo aquellas que por su peculiaridad

surjan de modo imprevisto y tengan interés manifiesto.

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• Tendrán una especial preferencia, en caso de concurrencia, las actividades

que tengan relación con el desarrollo de los llamados ejes transversales:

educación para la paz, educación para la igualdad de oportunidades entre

los sexos, la educación ambiental, la educación sexual, la educación para la

salud, la educación del consumidor y la educación vial.

• Ante cualquier actividad que implique desplazamiento, se facilitará al

alumnado participante un impreso de autorización, el cual deberá ser

devuelto debidamente firmado por el padre/madre o tutor legal; sin dicho

requisito los alumnos no podrán participar en dicha actividad.

• Cuando la realización de la actividad sea realizada fuera del Centro y

conlleve la no cumplimentación del tiempo de descanso reglamentado entre

las sesiones de mañana y tarde, el alumnado no asistirá a clase esa tarde.

• El número de profesores que asista puede ser superior al de grupos, cuando

las circunstancias de salida lo aconsejen.

ACTIVIDADES PROGRAMADAS

ACTIVIDADES GENERALES

ACTIVIDAD FECHA CICLO COLABORA

Día de la Constitución

6 de diciembre

Todos

AMPA

Ayuntamiento

Festival de Navidad

Diciembre

Todos

AMPA.

Ayuntamiento

Día de la Paz

30 de Enero

Todos

AMPA

Carnaval

Viernes

víspera carnaval

Todos.

AMPA

Ayuntamiento

Gallineta

Inicio Vacaciones Semana Santa

Todos

AMPA

Ayuntamiento

Protección Civil

Gymkana

Fin de curso

Todos

AMPA

Ayuntamiento

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Viajes de Estudios

Programación anual

A determinar por cada Tamo

Conoce tu Asamblea

según convocatoria

6º curso

Ayuntamiento

Asamblea Regional

Deporte Escolar

según convocatoria y programación

Ayuntamiento

C. Deportes.

PROGRAMAS INSTITUCIONALES

PROGRAMA COLABORA- ORGANIZA

Educación Vial

Ayuntamiento - Jefatura de Tráfico

Educando en Justicia

Consejería de Educación, Juventud y Deportes

BIBLIOTECA

La Biblioteca del centro se encuentra instalada en una dependencia del

pabellón “A”. Tiene una sección volúmenes para el profesorado y otra para el

alumnado y cuenta con 2.800 volúmenes aproximadamente.

Funciona en calidad de préstamo, tanto para la formación de Biblioteca

de aula como de préstamo personal. Junto con el profesorado encargado,

colaboran otros profesores.

Existe en esa instalación un ordenador con conexión a Internet y un

programa de promoción de Biblioteca y animación a la lectura.

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PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL EN EDUCACIÓN INFANTIL: Objetivos:

1.-Crear un ambiente cálido y seguro donde poder afrontar el

conocimiento gradual del medio y adquirir los recursos que les permitan

acceder a él, respetándolo y valorándolo.

2.- Que los niños y niñas acepten y respeten a cada uno de sus

compañeros, aprovechando sus diferencias individuales para su propio

enriquecimiento, respetando la diversidad.

3.- Conseguir una actitud de atención y de interés en todas las

actividades.

4.- Colaborar en actividades cotidianas de: alimentación, reposo, salud,

higiene creando hábitos saludables.

5.- Plantear interrogantes y problemas a partir de sus experiencias

cotidianas aplicando imaginación y creatividad.

Nuestra aproximación metodológica de equipo es: Globalizadora,

estableciendo conexiones entre los conocimientos previos y los nuevos

aprendizajes, por lo tanto, contribuirá a realizar un aprendizaje significativo.

Nuestra actuación se concreta en los siguientes aspectos:

- Seremos guías, no instructores.

- Actuaremos de forma coordinada y coherente en el Ciclo.

- Colaboraremos con las familias durante el curso escolar.

Utilizaremos como recursos metodológicos la interacción y el juego para

conseguir el proceso de socialización y establecer vínculos afectivos.

La Jefe de Estudios se reunirá con los Tutores de Infantil al menos una

vez al trimestre, antes de las sesiones de evaluación.

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PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL EN EDUCACIÓN PRIMARIA: - Continuar el control de rendimiento de los alumnos y toda la información que

podamos obtener sobre su situación personal y familiar.

- Atender a la disciplina y dinámica del grupo, revisando las normas de

convivencia de aula elaboradas por todo el grupo a principios de curso y que se

revisarán cuando lo consideremos oportuno. Tratamos de favorecer la

autoestima de cada alumno/a y su integración en el grupo.

- Seguir la evolución de los alumnos de forma continua, como venimos

haciendo, informando de su rendimiento y posibles dificultades de aprendizaje,

dándoles soluciones.

- Mantener el buen clima en el aula y atender a la dinámica del grupo-clase.

- Informar a los padres en las fechas señaladas en las reuniones conjuntas y

visitas periódicas de la trayectoria de los alumnos, implicándoles en todo lo

relacionado con la estancia del niño en el colegio.

- Insistirles en la necesidad de su colaboración para conseguir hábitos en los

niños/as..

- En relación con los compañeros tratamos de conseguir una estrecha

colaboración entre los tutores del ciclo tomando acuerdos en las reuniones.

- Coordinarnos en la enseñanza de las distintas áreas tratando de utilizar

métodos adecuados, amenos y actuales para evitar al máximo el fracaso

escolar. Completando el conocimiento del medio con experiencias en el

laboratorio y actividades extraescolares programas.

- Apuntar cualquier observación sobre la marcha del curso y los materiales

curriculares que estamos utilizando.

Las normas de funcionamiento y disciplina del centro.

- Explicarles las funciones y tareas del tutor/a, fijando un plan de

colaboración y trabajo de mutuo apoyo.

- Analizar con el resto del profesorado las dificultades, deficiencias y

problemas de los alumnos, buscando los asesoramientos y apoyos

necesarios.

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- Promover y coordinar actividades que fomenten la convivencia,

integración y participación de los alumnos en la vida del centro y del

entorno.

- Transmitir a los profesores todas aquellas informaciones sobre el

alumnado que les puedan ser útiles para el desarrollo de sus tareas

docentes, evaluadoras y orientadoras.

- Preparar, coordinar y moderar las sesiones de evaluación.

- Estimular la colaboración de las familias en relación con el trabajo

escolar de los alumnos.

- Planificar y organizar las reuniones generales de padres.

- Mantener contactos personalizados mediante entrevistas con los

alumnos y las familias.

- Informar a los alumnos sobre su marcha escolar y orientarles

académica y vocacionalmente.

- Ser el hilo de unión entre el coordinador de ciclo y el grupo de

profesores de sus alumnos.

Para poder llevar a cabo esta programación la acción tutorial necesita recurrir a

estas estrategias:

- Recabar información sobre los antecedentes escolares y la situación

personal, familiar y social de los alumnos.

- Conocer la situación de cada alumno/a en el grupo, en el centro y en su

entorno familiar y social, e intervenir para favorecer su integración.

- Conocer la dinámica interna del grupo e intervenir, en caso necesario,

para recomponer dicha dinámica.

Los bloques en torno a los que se estructurará el trabajo tutorías serán los

siguientes:

- Técnicas de estudio y metodología de trabajo.

- Desarrollo y maduración personal.

- Convivencia y desarrollo social.

- Pautas y modelos de comportamiento en el aula y en los distintos

medios sociales.

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CURSO: 2018/2019 Nº de CÓDIGO: 30010413

CENTRO: CEIP RICARDO CAMPILLO - SANTOMERA 1. OBJETIVOS

La finalidad del Plan de Atención a la Diversidad es facilitar la inclusión

de las medidas de atención a la diversidad en la organización general del

centro escolar desde los principio de calidad, equidad e igualdad de

oportunidades, normalización, integración e inclusión escolar, igualdad entre

mujeres y hombres, compensación educativa, accesibilidad universal y

cooperación de la comunidad educativa conforme establece el artículo 2.1 del

Decreto 359/2.009, de 30 de octubre.

Objetivo 1.- Conseguir, en el mayor grado posible, la adquisición de las

competencias básicas, especialmente en las áreas de Lenguaje y Matemáticas.

Objetivo 2.- Mejorar el nivel de éxito escolar del alumnados del centro,

intentando llegar al 90% como mínimo.

Objetivo 3.- Mantener el porcentaje actual de absentismo y abandono escolar,

inferior al 1%, en colaboración con los Servicios Sociales del Ayuntamiento de

Santomera.

2. ACTUACIONES GENERALES Y MEDIDAS ORDINARIAS Y

ESPECÍFICAS

2.1. ACTUACIONES GENERALES

* Aplicación del Programa Regional de Absentismo y Abandono Escolar

(PRAE).

* Programas y actividades para la prevención, seguimiento y control del

absentismo y abandono escolar, a través del agente tutor designando por el

Ayuntamiento de Santomera.

* Los programas y actividades en colaboración y coordinación con las distintas

administraciones públicas, instituciones, organismos o asociaciones de nivel

estatal, autonómico o local.

* La articulación de mecanismos para ofrecer apoyo psicológico al alumnado

víctima del maltrato, abusos, violencia de género o violencia escolar o cualquier

otra circunstancia que lo requiera, así como la realización de programas

preventivos.

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* La organización de los grupos de alumnos, la utilización de los espacios, la

coordinación y el trabajo conjunto entre los distintos profesionales del centro y

los colaboradores y agentes externos al centro.

* La organización y coordinación entre el personal docente y entre éstos y el

personal de atención educativa complementaria u otro personal externo que

interviene con el alumnado.

* Los programas, planes o proyectos de innovación e investigación educativas

que favorezcan una respuesta inclusiva a la diversidad del alumnado.

2.2. MEDIDAS ORDINARIAS

Siguiendo la Resolución de 17 de diciembre de 2012, de la Dirección

General de Planificación y Ordenación Educativa por la que dictan

orientaciones para la atención educativa del alumnado que presenta

dificultades de aprendizaje, es su punto 5.3, de entre el catálogo de medidas

establecidas en el artículo 4 de la Orden de 4 de junio de 2010 por la que se

regula el Plan de Atención a la Diversidad de los centros públicos y privados

concertados, se considerarán prioritarias las siguientes medidas ordinarias,

que este centro hace suyas tanto para Educación Infantil y Primaria:

a) La adecuación de los elementos del currículo a las características y

necesidades del alumnado

b) La graduación de las actividades.

c) El refuerzo y apoyo curricular de contenidos trabajados en clase,

especialmente en las materias de carácter instrumental.

d) Los desdobles y agrupamientos flexibles de grupos.

e) El apoyo en el grupo ordinario.

f) La inclusión de las tecnologías de la información para superar o

compensar las dificultades de aprendizaje.

Si bien estas medidas quedan completadas por otras más concretas

para cada una de las etapas y que a continuación se detallan.

2.2.1.- EDUCACIÓN INFANTIL

1. El aprendizaje por proyectos.

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El trabajo por proyectos se basa en una concepción constructivista del

aprendizaje, donde la intervención pedagógica va encaminada a promover el

aprendizaje significativo de los niños y niñas de manera intencional y reflexiva.

Plantea el conocimiento como una elaboración activa por parte de los

niños y niñas y no como la mera recepción pasiva de una serie de datos.

Plantea los contenidos como experiencias.

2. El autoaprendizaje o aprendizaje autónomo.

En el aprendizaje autónomo es él o ella quien construye el conocimiento

y nadie puede sustituirle en esa tarea, basándose en las habilidades y

conocimientos previos que poseen. Aquí es importante la labor del profesor

como mediador entre el conocimiento y el niño.

Por ello consideramos que es en Educación Infantil donde debe

promoverse un primer nivel de reflexión sobre las actividades que promueven

este tipo de aprendizaje.

El equipo de Educación Infantil trabaja a través de proyectos, que son

propuestas educativas que surgen de los propios intereses y/o necesidades de

los alumnos/as.

Tratamos de proporcionar a los/as alumnos/as problemas para que ellos

mismos busquen la mejor solución. Para ello utilizamos cualquier situación que

se produzca en la vida diaria de la clase: conflictos, experiencias que nos

plantean, objetos que aportan de casa, etc.

3. Aprendizaje por descubrimiento.

El aprendizaje por descubrimiento se produce cuando el docente le

presenta todas las herramientas necesarias al alumno/a para que éste

descubra por sí mismo lo que desea aprender.

En nuestro trabajo diario de aula se dan tres tipos de aprendizaje por

descubrimiento:

-Partiendo de ejemplos particulares llegar a conclusiones más

generales.

-Partiendo de una generalización, los niños llegan a premisas más

particulares.

-Cuando el niño compara o relaciona elementos particulares y saca

unas conclusiones comunes en algún aspecto de ellas.

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4. La Enseñanza Multinivel.

Consiste en que el profesorado planifique el proceso de enseñanza-

aprendizaje de todo el alumnado teniendo en cuenta la diversidad de

conocimientos previos, capacidades, culturas e intereses que se encuentran en

un aula inclusiva. Esta educación insta al profesor a planificarse diversos

métodos de presentación, práctica y evaluación para dar respuesta a la

diversidad de necesidades del alumnado.

Dentro de un mismo nivel se planifican todas las tareas que se quieren

llevar a cabo, teniendo en cuenta los distintos niveles y ritmos de actividad, la

capacidad de atención y escucha, los tiempos de actividad y descanso, etc. En

función de la capacidad de cada uno, exigimos en un mismo trabajo diferentes

cosas, tenemos en cuenta también el tiempo que necesita cada uno, la ayuda

que requiere, es decir, adecuamos la programación individualizando la

enseñanza, de manera que consigamos un desarrollo completo de las

diferentes capacidades en todos los alumnos/a.

5. El trabajo por rincones.

Se trata de una forma de organizar los espacios, los materiales y las

tareas que se llevan a cabo en Educaron Infantil. El número de rincones y sus

nombres varía a lo largo del curso. Hay rincones que mantenemos a los largo

del curso (rincón d matemáticas, de lenguaje, de plástica, de la biblioteca…) y

otros que creamos o modificamos en función de los intereses de los alumnos o

del proyecto que se esté desarrollando.

6. Los grupos interactivos.

Nuestra fuente de aprendizaje es la interacción tanto con los objetos que

nos rodean como con otros sujetos.

La interacción es fuente de aprendizaje, porque hace que el sujeto

explicite sus conocimientos, sus ideas, argumentos, contraste, comente,

responda, analice…

7. La elección de materiales y actividades.

Los materiales son las herramientas que utilizan tanto los docentes

como los/as alumnos/as en el desarrollo de proceso de E/A. Deben cumplir

diferentes funciones: motivarlos, ejercitar destrezas, actuar como guía de un

proceso, entre otras.

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Las actividades son un requisito para el desarrollo del aprendizaje.

Todos los/as alumnos/as deben de observar, manipular y experimentar y esa

es la base de la actividad en Educación Infantil.

8. La tutoría entre iguales.

Consiste en la distribución de roles donde un/a alumno/a es designado

como tutor/a y otro como tutorado. El primero de ellos tiene como función la de

ayudar, guiar, corregir… y tantas otras como le asigne el docente.

Los trabajos pueden ser diversos: lectura o escritura de diferentes

textos, situaciones puntuales, interacción entre alumnos de diferente nivel, ciclo

o incluso etapa.

9. Los desdoblamientos del grupo.

Consiste en dividir la clase en dos grupos, que realizan simultáneamente

actividades o tareas distintas, en espacios distintos normalmente y con

maestras distintas.

Se realizan en dos horas consecutivas, donde se reparten los

alumnos/as, unos están con la maestra realizando actividades por ejemplo de

lectoescritura y los otros con la maestra de apoyo realizando psicomotricidad. A

la sesión siguiente cambian los alumnos/as para realizar la misma actividad.

10. La utilización flexible de espacios y tiempos en la labor docente.

El ambiente es un agente educativo de primer orden, por ello, debe

responder a las necesidades fisiológicas, de autonomía, de movimiento, de

socialización, afectivas así como de descubrimiento, exploración y

conocimiento. Debe favorecer y permitir la actividad lúdica.

Nuestros tiempos están totalmente delimitados a través de rutinas.

Atendiendo a las necesidades fisiológicas y a la edad de nuestro alumnado.

11. La inclusión de las tecnologías de la información y la

comunicación en el trabajo diario de aula.

Iniciamos al alumnado en la utilización de instrumentos tecnológicos

como el ordenador, la cámara de fotos, como reproductor de imagen y sonido,

los cuales son elementos que ponen la sociedad a nuestro alcance y que

debemos usar como medios para recibir y dar información.

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También se utilizan las proyecciones audiovisuales, para favorecer la

adquisición de contenidos educativos. Al contar con un ordenador por aula y

con conexión a Internet, utilizamos el acceso a la red para ampliar

conocimientos sobre los proyectos a trabajar.

Siempre tenemos en cuenta la importancia de que nuestros alumnos

tomen conciencia desde las edades más tempranas de la necesidad de un uso

moderado y adecuado de los medios audiovisuales e informáticos.

12. Las redes de colaboración y coordinación del profesorado para

el diseño de proyectos, programaciones y para el seguimiento y

evaluación del alumnado.

Los docentes del ciclo se reúnen periódicamente (quincenalmente) para

tratar aspectos cuniculares y metodológicos que afectan al ciclo, al mismo

tiempo, semanalmente los maestros de nivel se reúnen para programar

actividades y su proceso de E/A.

Para la evaluación y el seguimiento se reúne el equipo de nivel una vez

al trimestre para valorar la evolución del alumno en cada una de las áreas de

aprendizaje.

13. Medidas preventivas del PRAE.

Campañas de sensibilización, información y motivación entre los

escolares, actuaciones de acogida y adaptación del alumnado recién

incorporado o que se reincorpore al centro, detección y valoración, fomentar la

coordinación de los equipos educativos en torno a los procesos de

escolarización y de enseñanza – aprendizaje, adecuación de la oferta curricular

del CEIP a la diversidad del alumnado escolarizado (contenidos significativos,

metodologías activas, agrupamientos flexibles, diferentes organización del

tiempo, promoción de la acción tutorial (cohesión del grupo, relaciones

positivas, identificación del alumnado con el CEIP y las relaciones con las

familias), programación y desarrollo de actividades que favorezcan el tiempo de

permanencia en el CEIP, así como que propicien la conciliación de la vida

familiar y escolar (programas de acompañamiento, programas de extensión del

tiempo escolar, actividades extraescolares, de ocio y tiempo libre, etc.),

desarrollo de actuaciones que garanticen el acceso a los servicios

complementarios, con especial referencia al uso del transporte y del comedor

escolar.

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2.2.2.- EDUCACIÓN PRIMARIA

1. El aprendizaje por tareas.

En el área de Lengua extranjera, inglés, o alguna actividad del área de

Lengua, esta medida tiene cabida cuando le pedidos a los alumnos diferentes

tareas, para desarrollar algo material como finalidad de la tarea.

Por ejemplo, si quiero trabajar las partes del cuerpo con los alumnos,

primero comienzo con tareas simples como aprender una poesía, luego realizar

un mural con las parte del cuerpo, cuentan los huesos más importantes, lo

miden, entre otras para alcanzar el objetivo final que es construir un esqueleto

móvil.

2. El aprendizaje autónomo, o también llamado autoaprendizaje.

Ante una tarea, actividad o nuevo aprendizaje al alumno se le dan los

medios para que alcance el aprendizaje.

Por ejemplo, ante una situación problemática un aprendizaje de

conocimiento del medio, los alumnos desconocen ciertos conceptos que son

necesarios para desarrollar unas actividades y el maestro les ha enseñado

como entrar en Internet, o buscar en una enciclopedia o ir a la biblioteca a

solucionar sus dudas para alcanzar el nuevo aprendizaje.

3. El aprendizaje por descubrimiento: basado en problemas,

proyectos de investigación, etc.

Propuesto por los/as maestros/as se quiere trabajar sobre un tema de

cualquier área del ciclo o del nivel, por lo tanto, los docentes motivan al

alumnado ante este hecho, haciéndoles partícipes de su propio aprendizaje,

para ello les pueden pedir información de sus casas o enseñarles de dónde

pueden extraer información (biblioteca del centro, de la localidad, Internet…)

sobre un aspecto en concreto del tema o sobre el tema en general.

Por ejemplo: Trabajar sobre un personaje famoso, si biografía, sus

obras…

4. El contrato didáctico pedagógico.

Contrato comunicado a los padres y aceptado por ellos.

5. La enseñanza multinivel.

Aplicar la enseñanza multinivel implica asumir la individualización, la

flexibilidad y la inclusión de todos los alumnos. Teniendo unos objetivos

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mínimos comunes utilizamos distintos métodos y estrategias de manera flexible

para lograr el aprendizaje de todos los alumnos.

6. La organización de contenidos por centros de interés.

Todas las unidades didácticas giran en torno a diferentes centros de

interés (intentando dar respuesta a las necesidades e intereses naturales de

los alumnos) todos ellos están interrelacionados en las diferentes áreas de

aprendizaje ya que así favorecemos el desarrollo global e íntegro del alumno/a.

Por ejemplo: Sobre un tema del centro, el carnaval, girarán toda una

serie de aprendizajes relacionados con este evento en todas las áreas.

7. Los grupos interactivos.

Se utilizan los grupos de otros niveles para favorecer el aprendizaje de

los más pequeños. Por ejemplo, los más mayores les leen a los más pequeños.

8. La graduación de las actividades.

Se realizarán diferentes tipos de actividades que tendrán grados de

dificultad dependiendo de las peculiaridades del alumnado yendo de menor a

mayor complejidad.

9. La elección de materiales y actividades.

La elección del material se realizará entre el docente y los alumnos

atendiendo a la naturaleza del nuevo contenido a trabajar, teniendo siempre en

cuenta el objetivo principal de la actividad.

En relación a la selección de las actividades, será el docente quién los

elija y deben tener como objetivo principal la comprensión del contenido.

Ambos aspectos están muy relacionados y se deben de tener en cuenta

en cualquier propuesta de aprendizaje, ya que de la buena selección de

materiales y actividades se conseguirá el óptimo proceso de E/A.

Por ejemplo: Para desarrollar un concepto del área de conocimiento, se

deberá elegir el material adecuado, el mapa, minerales, entre otros y realizar

actividades significativas para alcanzar el contenido.

10. El refuerzo y apoyo curricular de contenidos trabajados en

clase, especialmente en las materias de carácter instrumental.

Se realizará adaptándonos siempre al ritmo y al estilo de aprendizaje de

cada alumno. Ajustando la modalidad de apoyo que consideramos más

beneficiosa, (dentro del aula ordinaria, apoyo individual y/o apoyo colectivo).

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Con vistas a ofrecer la respuesta más integrada y optimizada posible en el

proceso de E/A.

11. El apoyo en el grupo ordinario, siendo éste al profesorado, al

alumnado o al grupo-aula.

Se realizan apoyos dentro del aula y fuera de ella.

12. La tutoría entre iguales.

Se trata de un aprendizaje cooperativo entre alumnos de diferentes

niveles de competencias curricular, en donde siempre cada uno de ellos tutor y

tutorado deben de tener un objetivo establecido previamente por el maestro. El

alumno tutor orienta en su aprendizaje a su tutorado pero también el tutor debe

de obtener un beneficio de este proceso.

13. La utilización flexible de espacios y tiempos en la labor

docente.

La organización y utilización adecuada de estos dos factores son de gran

influencia en la creación de hábitos en el alumnado y en el desarrollo de

actitudes positivas hacia la escuela. La utilización de la biblioteca, el aula de

informática, la distribución del horario o la gestión de los espacios comunes son

aspectos importantes para favorecer la identificación de los alumnos con el

centro, el desarrollo de actitudes positivas hacia el aprendizaje y la adquisición

de hábitos de autonomía tendiendo a la diversidad de actividades y recursos

que nos proporciona el centro, la organización del espacio y del tiempo será

flexible, puesto que tanto uno como otro se adaptarán a las diferentes formas

de trabajar o abordar las diferentes unidades didácticas de las áreas

curriculares, a las diferencias en el ritmo de aprendizaje, a las posibles

dificultades, así como también al aprovechamiento de diferentes situaciones o

contextos (salidas, festividades, etc.). Más concretamente tendremos en

cuenta:

• Organización del espacio en aula-grupo (según la tarea, tipo de

agrupamiento, etc.).

• Criterios de utilización de los espacios comunes (biblioteca, aula de

informática, etc.).

• Espacios y horarios para las actividades de diversidad o refuerzo.

• Horario general del centro.

• Horario del profesorado.

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• Salidas y actividades comunes a todo el centro o a determinados grupos

o niveles.

• Temporalización de la programación.

• Temporalización de la unidad didáctica.

Espacios destacados dentro del centro:

• El aula.

• La biblioteca del centro para trabajos de investigación individuales o

grupales que favorezcan e incentiven los procedimientos de búsqueda y

consulta de información.

• El aula de música.

• El patio.

• El aula de informática para el uso de los recursos educativos en este

soporte.

14. La inclusión de las tecnologías de la información y la

comunicación en el trabajo diario de aula.

Consideramos muy importante y necesario en la sociedad actual donde

las TICs, ocupan un lugar tan relevante, su acercamiento y conocimiento para

todo el alumnado, independientemente de las características de éste, ya que

con ello pretendemos una mejor preparación e integración.

Para ello se utilizará la pizarra digital (bien el aula o en la sala plumier),

el uso de los ordenadores del aula; y actividades como la búsqueda de

información.

15. Las redes de colaboración y coordinación del profesorado

para el diseño de proyectos, programaciones y para el seguimiento y

evaluación del alumnado.

Los docentes del ciclo se reúnen periódicamente (quincenalmente) para

tratar aspectos curriculares y metodológicos que afectan al ciclo, al mismo

tiempo, semanalmente los maestros de nivel se reúnen para programar

actividades y su proceso de E/A.

Para la evaluación y el seguimiento se reúne el equipo de nivel una vez

al trimestre para valorar la evolución del alumno en cada una de las áreas de

aprendizaje.

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16. Uso de expresión corporal y gestos para la mayor

comprensión de los conceptos (Uso TPR: Total Phisical Response).

Un ejemplo sería subir la mano, tocar la pierna, uso de objetos (Realia):

dame la goma, etc.

17. Medidas Preventivas del PRAE.

Campañas de sensibilización, información y motivación entre los

escolares, actuaciones de acogida y adaptación del alumnado recién

incorporado o que se reincorpore al centro, detección y valoración, fomentar la

coordinación de los equipos educativos en torno a los procesos de

escolarización y de enseñanza – aprendizaje, adecuación de la oferta curricular

del CEIP a diversidad del alumnado escolarizado (contenidos significativos,

metodologías activas, agrupamientos flexibles, diferentes organización del

tiempo, promoción de la acción tutorial (cohesión del grupo, relaciones

positivas, identificación del alumnado con el CEIP y las relaciones con las

familias), programación y desarrollo de actividades que favorezcan el tiempo de

permanencia en el CEIP, así como que propicien la conciliación de la vida

familiar y escolar (programas de acompañamiento, programas de extensión del

tiempo escolar, actividades extraescolares, de ocio y tiempo libre, etc.),

desarrollo de actuaciones que garanticen el acceso a los servicios

complementarios, con especial referencia al uso del transporte y del comedor

escolar, realización, al inicio y al final de cada curso escolar, de reuniones

prescriptivas de coordinación y traspaso de información entre los equipos

directivos, así como entre los profesores implicados de los servicios de

orientación (EOEP y DO) con vistas a la adecuada escolarización del alumnado

en el tránsito entre las etapas educativas, de Ed. Primaria a Ed. Secundaria,

asimismo se realizará esta coordinación en el traspaso de información cuando

se produzca cambio de centro del alumnado.

18. Otras.

- Utilización de la música como apoyo al resto de las disciplinas.

- Participación amplia en el deporte escolar. Esto favorece además de

fomentar el ejercicio físico, el contacto con alumnos de otros centros.

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2.3. MEDIDAS ESPECÍFICAS

Todos aquellos programas, organizativos y curriculares de tratamiento

personalizado para que el alumnado con necesidad específica de apoyo

educativo (necesidades educativas especiales, dificultades específicas de

aprendizaje -trastorno de déficit de atención con hiperactividad, dislexia de

desarrollo, inteligencia límite-, altas capacidades, incorporación tardía al

sistema educativo, condiciones personales que supongan desventaja e historia

escolar que suponga desigualdad inicial) y que no hayan obtenido respuesta

educativa a través de las medidas de apoyo ordinario pueda alcanzar el

máximo desarrollo de las competencias básicas y los objetivos de la etapa.

2.3.1. ETAPA DE EDUCACIÓN INFANTIL

2.3.1.1.- ADAPTACIONES CURRICULARES INDIVIDUALES.

Las realizarán el profesor tutor y los maestros del equipo docente que impartan

el área o materia, asesorados por los maestros de apoyo especializado (PT,

AL) y por el orientador del EOEP. Suponen la modificación de los contenidos y

la metodología propia de la etapa de Educación Infantil.

Finalidad.

Que los alumnos implicados puedan alcanzar el máximo nivel en las

competencias básicas y los objetivos de la etapa de Educación Infantil,

mejorando su desarrollo personal, social y cognitivo.

Alumnos destinatarios:

- Una alumna (NRE 7749255) acnee con Retraso Mental Medio (EI

4 años).

- Una alumna (NRE 7749065) acnee con Retraso Mental ligero (EI

4 años).

- Un alumno (NRE 7435783) acnee con Retraso Mental ligero y

TGD no especificado.

Organización de recursos internos y externos.

- Personales: Tutor, PT, AL, Orientador.

- Materiales: aula ordinaria, aulas de PT y AL, espacio del orientador.

- Entrevistas: una inicial y otra final con la familia cuando se realice la

evaluación o revisión psicopedagógica.

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o Elaborada la AC, el profesor tutor informará de la misma a la

familia en entrevista personal procurando que los miembros de la

misma se impliquen en su desarrollo.

o Al principio de cada trimestre, el profesor/a tutor/a, informará en

entrevista personal a la familia de los objetivos por materias que

centrarán el trabajo durante los tres próximos meses.

o Al final de cada trimestre, el profesor/a tutor/a, informará en

entrevista personal a la familia de los resultados por materias que

centraron el trabajo durante los tres últimos meses.

Seguimiento, revisión y evaluación.

- Para coordinar el seguimiento, el orientador y los maestros de apoyo

especializado mantendrán reuniones periódicas con el profesor tutor y

con el jefe de estudios.

- El seguimiento y revisión de la adaptación curricular individual los

realizarán los maestros del equipo docente asesorados por el

profesorado de apoyo especializado.

- La evaluación de la medida se realizará en el Equipo de Apoyo a la

Diversidad.

2.3.1.2.- FLEXIBILIZACIÓN DE LOS AÑOS DE ESCOLARIDAD.

Finalidad.

Para los acneaes supone permanecer un año más en la etapa de Educación

Infantil, para los de altas capacidades intelectuales promocionar uno o más

niveles educativos. Favoreciendo así, la integración socioeducativa del

alumnado.

Alumno destinatario.

No hay alumnado.

Organización de recursos internos y externos.

- Personales: Tutor, Orientador, Director del centro, Inspector.

- Materiales: aula.

- Entrevistas: Se mantendrán dos entrevistas, inicial y final, con la familia

cuando se realice la evaluación psicopedagógica con el fin de informarle sobre

los objetivos conseguidos por el alumno y su pase a Educación Primaria.

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Seguimiento, revisión y evaluación.

- Para coordinar el seguimiento, el Jefe de Estudios y profesorado de apoyo

especializado mantendrán reuniones periódicas con el tutor.

- El seguimiento y evaluación de la medida se realizarán en el Equipo de

Apoyo a la Diversidad al finalizar el curso escolar.

2.3.1.3. PROGRAMA DE APOYO ESPECÍFICO DE PEDAG.

TERAPÉUTICA

Finalidad.

Que los alumnos puedan alcanzar el máximo nivel en las competencias

básicas y los objetivos de la etapa de Educación Infantil, mejorando su

desarrollo personal, social y cognitivo.

Alumnado destinatario.

Alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo que tienen

adaptación curricular individual no significativa.

Nº NIVEL: NRE TIPOLOGÍA/FECHA

INGRESO.

N.C.C. ADAPTACIÓN

CURRICULAR

1 4 años 7749255 Retraso Mental medio

- Significativa

2 4 años 7749065 Retraso Mental ligero

- Significativa

3 5 años 7435783 Retraso Mental ligero

- Significativa

Organización de recursos internos y externos.

1. Personales: P.T., Prof. Tutores, Jefe de Estudios y Orientador.

2. Materiales: Espacio del profesor de P.T.

3. Entrevistas: El profesor de P.T. y tutores/as mantendrán reuniones

periódicas e individuales con los padres de cada uno de los alumnos a

los que atiende.

Seguimiento, revisión y evaluación.

El seguimiento, revisión y evaluación de estos programas se concluirá en el

Equipo de atención a la Diversidad.

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2.3.1.4. PROGRAMA DE APOYO ESPECÍFICO DE AUDICIÓN Y

LENGUAJE

Finalidad.

Que el alumnado implicado pueda alcanzar el máximo nivel en las

competencias básicas del área de la audición y del lenguaje de la etapa de

Educación Infantil.

Alumnado destinatario.

Alumnos con necesidades especificas de apoyo educativo en el área de la

audición y lenguaje.

Nº NIVEL NRE TIPOLOGÍA/FECHA

ING. OTRAS MEDIDAS

ESPECÍFICAS.

1. 3 años 999675

Retraso en el desarrollo del lenguaje expresivo y dificultades de atención

e impulsividad

-

2. 4 años 7749255 Retraso Mental medio PT y fisio (indirecto)

3. 4 años 7749065 Retraso Mental ligero PT y fisio (indirecto)

4. 5 años 7435783 Retraso Mental ligero PT

Organización de recursos internos y externos.

Personales: A.L., profesorado del equipo pedagógico.

Materiales: aula de audición y lenguaje, aulas ordinarias, material específico

para la rehabilitación del lenguaje, ordenador y programas informáticos

específicos.

Al principio de cada trimestre, se convoca a las familias, se les informa de los

objetivos principales de trabajo y se les implica en la consecución de aquellos

en los que es posible su participación. Al final del trimestre, se les vuelve a

convocar para informarles de los logros obtenidos y se les dan orientaciones

para el siguiente periodo de trabajo.

Seguimiento, revisión y evaluación.

El seguimiento, revisión y evaluación de estos programas se concluirá en el

equipo de Atención a la Diversidad.

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2.3.1.5. PROGRAMA DE APOYO ESPECÍFICO DEL

FISIOTERAPEUTA.

Finalidad.

Que los alumnos atendidos por el fisioterapeuta puedan alcanzar el máximo

nivel en las competencias básicas y los objetivos del área de desarrollo motor

de la etapa de Educación Infantil.

Alumnado destinatario.

- Una alumna de 4 años (7749255). De manera indirecta.

- Una alumna de 4 años (7749065). De manera indirecta.

Organización de recursos internos y externos.

- Recursos personales: fisioterapeuta, tutora, maestro de educación física, jefe

de estudios, orientador y familia.

- Recursos materiales: gimnasio y materiales de fisioterapia. Se programan

sesiones trimestrales de seguimiento. Además se dan orientaciones a padres y

maestros.

- Se programan sesiones trimestrales de seguimiento. Además se dan

orientaciones a la familia.

- El orientador informará al profesorado y familia sobre las evaluaciones

practicadas al alumnado.

Seguimiento, revisión y evaluación.

- Para coordinar el seguimiento la jefe de estudios mantendrá reuniones

periódicas con la profesora tutora.

- El seguimiento de la evolución de la niño la realizará el fisioterapeuta,

contando con información de los maestros del equipo docente y de las familias.

- La evaluación de la medida se realizará en el Equipo de Atención a la

Diversidad.

2.3.1.6. PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y

CONTROL DE LOS CEIPS DEL PROGRAMA DE ABSENTISMO Y

ABANDONO ESCOLAR PRAE.

ANEXO XV

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El tutor controla las faltas de asistencia, entrevistas a la familia, solicita

colaboración, intenta obtener compromisos y registra los acuerdos adoptados

Se soluciona No se soluciona

El jefe de estudios convoca (ANEXO IV) a la familia, les informa de las

consecuencias de la situación, pide colaboración y registra (ANEXO V) los

acuerdos adoptados.

Se soluciona No se soluciona

El tutor abre expediente (ANEXO VII) de absentismo. PTSC/Técnico municipal

realiza informe técnico e intervención socioeducativa (ANEXO VIII). PTSC/ Jefe

de estudios efectúa seguimiento del caso hasta su cierre.

Se soluciona No se soluciona

El director (ANEXO IX) del CEIP solicita por escrito la intervención de los

servicios municipales, actuando coordinadamente.

Se soluciona No se soluciona (Se continúa con el

protocolo de derivación)

Finalidad.

Prevenir y detectar lo más tempranamente posible el absentismo escolar, así

como las causas que lo generan; garantizar la asistencia al centro educativo

del alumnado, que siendo menor de edad, se encuentra cursando el segundo

ciclo de la Educación Infantil..

Alumnado destinatario.

Todo el alumnado del segundo ciclo de EI..

Organización de recursos internos y externos.

Personales: tutor, familia, PTSC, jefe de estudios y director.

Materiales: Registros de faltas de absentismo, registros, informes técnicos, etc.

La organización y funcionamiento vienen establecidos en el protocolo expuesto

más arriba.

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Seguimiento, revisión y evaluación.

Los previstos en el Protocolo de intervención, seguimiento y control del CEIP

del PRAE.

2.3.1.7 PROTOCOLO DE DERIVACIÓN ENTRE ADMINISTRACIONES

DEL PROGRAMA REGIONAL DE ABSENTISMO ESCOLAR (PRAE)

(No ha funcionado el protocolo de intervención, seguimiento y control del

CEIP)

Se inician las actuaciones conjuntas entre PTSC/Jefe de estudios y Técnicos

del Ayuntamiento: Plan Individual de Intervención Socioeducativa. (ANEXO XI).

Se soluciona No se soluciona

El director del CEIP deriva (ANEXO XII) el caso a la Comisión Municipal de

Absentismo y Abandono Escolar.

Se soluciona No se soluciona

El Presidente de la Comisión Municipal o responsable de los Servicios

Municipales, ante la sospecha de negligencia en la atención educativa del

menor, deriva (ANEXO XIII) el caso al Programa PRAE, Consejería de

Educación, e informa a los padres mediante comunicación (ANEXO XIV).

Se soluciona No se soluciona

Remisión del caso a la Dirección General con competencias en materia de

protección de menores, ante la sospecha de situación de desprotección infantil,

y Ministerio Fiscal a través de la Mesa Regional de Absentismo y Abandono

Escolar.

Finalidad.

Prevenir y detectar lo más tempranamente posible el absentismo escolar, así

como las causas que lo generan; garantizar la asistencia al centro educativo

del alumnado, que siendo menor de edad, se encuentra cursando el segundo

ciclo de EI..

Alumnado destinatario.

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Alumnos afectados por absentismo escolar a los que ya se le ha aplicado el

siguiente paso “El tutor abre expediente (ANEXO VII) de absentismo.

PTSC/Técnico municipal realiza informe técnico e intervención

socioeducativa (ANEXO VIII). PTSC/ Jefe de estudios efectúa seguimiento

del caso hasta su cierre” sin éxito

Organización de recursos internos y externos.

Personales: PTSC, jefe de estudios, técnicos municipales, miembros de la

comisión municipal de absentismo y abandono escolar, director, personal

pertinente de la Consejería de Educación, personal pertinente de la Dirección

General con competencias en materia de protección de menores, padres …

Materiales: plan individual de intervención (PTSC)

Seguimiento, revisión y evaluación.

Los previstos en el Protocolo de derivación entre administraciones del PRAE.

2.3.2. ETAPA DE EDUCACIÓN PRIMARIA

2.3.2.1. ADAPTACIONES CURRICULARES INDIVIDUALES

SIGNIFICATIVAS (ACIS).

Las realizarán el profesor tutor y los maestros del equipo docente que impartan

el área o materia, asesorados por los maestros de apoyo especializado ( PT,

AL, …) y por el orientador del EOEP. Implican la eliminación de objetivos,

contenidos y criterios de evaluación de la etapa de Educación Primaria.

Finalidad.

Que el alumnado implicado pueda alcanzar el máximo nivel en las

competencias básicas y los objetivos de la etapa de Educación Primaria,

mejorando su desarrollo personal, social y cognitivo.

Alumnado destinatario.

• Un alumno (6303643), con acnee derivado discapacidad psíquica ligera.

• Una alumna (2907724), con acnee derivada de psicosis (6º EP).

• Un alumno (4686408), con acnee derivado de posible TGD o Tea

(3ºEP).

• Una alumna (7458131), con acnee derivado de Discapacidad psíquica

ligera (5º EP).

• Una alumna (6401202), con acnee derivado de Discapacidad Mental

Límite y trastorno grave de la conducta (5º EP).

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• Un alumno (1917203), con acnee derivado de Discapacidad intelectual

ligera (6º EP).

Nº NIVEL: NRE TIPOLOGÍA/FECHA

INGRESO.

N.C.C. ADAPTACIÓN CURRICULAR:

1. 2º EP 6303643 discapacidad

psíquica ligera 1º/2º A. C.

Significativa

2. 3º E.P. 4686408 Posible TGD o TEA 2º/3º A. C.

Significativa

3. 5º E.P. 7458131 Disc. Psíquica ligera 3º A. C.

Significativa

4. 5º EP 6401202 Límite y trastorno

grave de la conducta.

2º/3º A. C.

Significativa

5. 6º E.P. 2907724 psicosis 4º/5º A. C. Significativa.

6.

6º E.P.

1917203 Discapacidad

intelectual ligera 3º/4º A. C.

Significativa.

Organización de recursos internos y externos.

- Personales: tutor, PT, AL, y orientador.

- Materiales: aula ordinaria, aulas de PT y AL y espacio del orientador.

- Entrevistas: Una inicial y otra final con la familia cuando se realice la

evaluación psicopedagógica.

- Elaborada la ACIS, el profesor tutor informará de la misma a la

familia en entrevista personal procurando que los miembros de la

misma se impliquen en su desarrollo.

- Al principio de cada trimestre, el profesor/a tutor/a, informará en

entrevista personal a la familia de los objetivos por materias que

centrarán el trabajo durante los tres próximos meses, intentando que

se comprometan en su logro.

- Al final de cada trimestre, el profesor/a tutor/a informará en entrevista

personal a la familia sobre los resultados (por materias) que

centraron el trabajo durante los tres últimos meses.

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Seguimiento, revisión y evaluación.

- Para coordinar el seguimiento, el orientador y los maestros de apoyo

especializado mantendrán reuniones periódicas con los maestros

tutores y con la Jefa de estudios.

- El seguimiento y revisión de las adaptaciones curriculares individuales

significativas (ACIS) los realizarán los maestros del equipo docente

asesorados por el profesorado de apoyo especializado.

- La evaluación de la medida se realizará en el Equipo de Atención a la

Diversidad.

2.3.2.2. ADAPTACIONES CURRICULARES INDIVIDUALES NO

SIGNIFICATIVAS (ACINS)

Las realizarán el profesor tutor y los maestros del equipo docente que impartan

el área o materia, asesorados por los maestros de apoyo especializado (PT,

AL,…) y por el orientador del EOEP. Implican la eliminación de objetivos,

contenidos y criterios de evaluación de la etapa de Educación Primaria.

Finalidad.

Que el alumnado implicado pueda alcanzar el máximo nivel en las

competencias básicas y los objetivos de la etapa de Educación Primaria,

mejorando su desarrollo personal, social y cognitivo.

Alumnado destinatario.

Alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo que tienen

adaptación curricular individual no significativa (ACInS).

Nº NIVEL: NRE TIPOLOGÍA/FECHA

INGRESO. N.C.C.

ADAPTACIÓN CURRICULAR:

1. 1º EP 6909872 Retraso Mental ligero

1º No Significativa

2. 1º EP 6740796 Retraso Mental ligero

1º No Significativa

3. 1º EP 6739043 Retraso Mental límite

1º No Significativa

4. 1º EP 6739002 Retraso Mental límite y Retraso

simple del lenguaje 1º No Significativa

5. 1º EP 6303620 Límite y TEL 1º No Significativa

6. 3º EP 5467905 TEA 3º No Significativa

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7. 3º EP

5487717 Discapacidad

mental límite. TEL 3º No Significativa

8. 3º EP 6358131 Inteligencia límite 3º No Significativa

9. 3º EP 5632934 Inteligencia límite 3º No Significativa

10. 4ºEP 7681848 Trastorno espectro

autista. TGD no especificado

4º No Significativa

11. 4º EP

6395224

Retraso mental ligero 4º No Significativa

12. 4º EP 4410036 Retraso grave del

lenguaje 4º No Significativa

13. 5º EP

4328646 Posible trastorno de

Asperger 5º No Significativa

14. 5º EP 4065783 Capacidad mental límite.

5º No Significativa

15. 5º EP 4334014 TDAH 5º No Significativa

16. 4º EP 4327589 Capacidad mental

límite. 4º No Significativa

17. 4º EP 4328582 Dificultad de aprendizaje. 4º No Significativa

18. 6º EP 6379043 Inteligencia límite 4º/5º/6º No Significativa

19. 6º EP 2903707 TEL 4º/5º No Significativa

20. 6º EP 2888375 TDAH 6º No Significativa

21. 6º EP 2888384 TDAH 5º/6º No Significativa

22. 6º EP 2888385 Dislexia fonológica 6º No significativa

23. 6º EP 2888364 Dislexia 6º No Significativa

Organización de recursos internos y externos.

- Personales: PT., profesorado del equipo pedagógico.

- Materiales: aula de PT. y aula ordinaria. Material específico para la

rehabilitación en pedagogía terapéutica, como ordenador y programas

adaptados a su nivel de competencia currricular y objetivos a conseguir

durante el presente curso.

- Entrevistas: Al principio de cada trimestre, se convoca a las familias, se

les informa de los objetivos principales de trabajo y se les implica en la

consecución de aquellos en los que es posible su participación. Al final

del trimestre, se les vuelve a convocar para informarles de los logros

obtenidos y se les dan orientaciones para el siguiente periodo de trabajo.

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Seguimiento, revisión y evaluación.

El seguimiento, revisión y evaluación de estos programas se concluirá en el

Equipo de Atención a la Diversidad.

2.3.2.3. ADAPTACIONES CURRICULARES INDIVIDUALES NO

SIGNIFICATIVAS (ACINS) ALUMNADO DE ALTAS HABILIDADES

En este curso no tenemos alumnado de Altas Habilidades.

Los objetivos y organización de los recursos, así como su seguimiento y

revisión se encuentran especificados en el Proyecto de Altas Capacidades.

Objetivos:

- Dar oportunidades a este alumnado para que puedan profundizar o

desarrollar el currículum ordinario.

- Desarrollar el aprendizaje autónomo.

- Potenciar la autocrítica y la autoevaluación.

- Desarrollar su curiosidad natural

- Enseñarles a identificar y aceptar sus cualidades y limitaciones

- Fomentar las relaciones personales

Organización de recursos internos y externos:

- Personales: El recurso fundamental es toda la comunidad educativa,

entiendo como tal el alumnado, el profesorado, el personal del equipo de

apoyo (maestro de PT, de AL, orientador), el equipo directivo, las familias y

otros profesionales.

- Materiales: Material deportivo, pedagógico y de oficina, material de

psicomotricidad, juegos de mesa, tangram, periódicos, ordenadores, juegos

de construcción, Scabble, Scatergories, observatorios meteorológicos,

terrarios, acuarios, minerales

Seguimiento, revisión y evaluación.

La evaluación del proyecto se llevará a cabo de tres formas:

- Durante el desarrollo de las actividades:

Se irá llevando un control de cada aspecto del desarrollo del Proyecto a

través de la CCP, las reuniones de ciclo o las juntas de evaluación.

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- Al final de cada actividad, mes o trimestre:

Los responsables de cada actividad harán un balance de los que se ha

hecho y cómo se ha hecho.

- Al final de curso:

Se elaborará con carácter de memoria un dossier con todo lo realizado y

su calificación. El documento servirá de punto de partida para la

realización del Proyecto para el siguiente curso.

2.3.2.4. PROGRAMA DE APOYO ESPECÍFICO DE PEDAGOGÍA

TERAPÉUTICA.

Finalidad.

Que los alumnos puedan alcanzar el máximo nivel en las competencias

básicas y los objetivos de la etapa de Educación Primaria, mejorando su

desarrollo personal, social y cognitivo.

Alumnado destinatario.

Alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo que tienen

adaptación curricular individual significativa y no significativa.

Nº NIVEL: NRE TIPOLOGÍA/FECHA

INGRESO. N.C.C. ADAPTACIÓN

CURRICULAR:

1. 3º E.P. 4686408 Posible TGD o TEA 2º/3º A. C.

Significativa

2. 5º E.P. 7458131 Disc. Psíquica ligera 3º A. C.

Significativa

3. 5º EP 6401202 Límite y trastorno

grave de la conducta.

2º/3º A. C. Significativa

4. 6º E.P. 2907724 psicosis 4º/5º A. C. Significativa.

5.

6º E.P.

1917203 Discapacidad

intelectual ligera 3º/4º A. C.

Significativa.

6. 2º EP 6303643 Discapacidad mental ligera

2º A. C. Significativa.

7. 1º EP 6909872 Retraso Mental

ligero 1º No Significativa

8. 1º EP 6740796 Retraso Mental 1º No Significativa

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ligero

9. 1º EP 6739043 Retraso Mental límite

1º No Significativa

10. 1º EP 6739002 Retraso Mental límite y Retraso

simple del lenguaje 1º No Significativa

11. 1º EP 6303620 Límite y TEL 1º No Significativa

12. 3º EP 5467905 TEA 3º No Significativa

13. 3º EP

5487717 Discapacidad

mental límite. TEL 3º No Significativa

14. 3º EP 6358131 Inteligencia límite 3º No Significativa

15. 3º EP 5632934 Inteligencia límite 3º No Significativa

16. 4ºEP 7681848 Trastorno espectro

autista. TGD no especificado

4º No Significativa

17. 4º EP

6395224

Retraso mental ligero 4º No Significativa

18. 4º EP 4410036 Retraso grave del

lenguaje 4º No Significativa

19. 5º EP

4328646

Posible trastorno de Asperger 5º No Significativa

20. 5º EP 4065783 Capacidad mental límite.

5º No Significativa

21. 5º EP 4334014 TDAH 5º No Significativa

22. 4º EP 4327589 Capacidad mental límite.

4º No Significativa

23. 6º EP 6379043 Inteligencia límite 4º/5º/6º No Significativa

24. 6º EP 2903707 TEL 4º/5º No Significativa

25. 6º EP 2888375 TDAH 6º No Significativa

26. 6º EP 2888384 TDAH 5º/6º No Significativa

27. 6º EP 2888385 Dislexia fonológica 6º No significativa

Organización de recursos internos y externos.

1. Personales: P.T., Prof. Tutores, Jefe de Estudios y Orientador.

2. Materiales: Espacio del profesor de P.T.

3. Entrevistas: El profesor de P.T. y tutores/as mantendrán reuniones

periódicas e individuales con los padres de cada uno de los alumnos a los

que atiende.

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Seguimiento, revisión y evaluación.

El seguimiento, revisión y evaluación de estos programas se concluirá en el

Equipo de atención a la Diversidad.

2.3.2.5. PROGRAMA DE APOYO ESPECÍFICO DE AUDICIÓN Y

LENGUAJE

Finalidad.

Que el alumnado implicado pueda alcanzar el máximo nivel en las

competencias básicas del área de la audición y del lenguaje de la etapa de E.P.

Alumnado destinatario.

Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en el área de

audición y lenguaje.

Nº NIVEL: NRE TIPOLOGÍA/FECHA

INGRESO.

OTRAS MEDIDAS ESPECÍFICAS

1. 1º EP 6739035 Dislalia -

2. 1º EP 6739040 Déficit en el lenguaje expresivo

-

3. 1º EP 6738709 Dislalia -

4. 1º EP 6909872 Retraso Mental

ligero P.T.

5. 1º EP 6740796 Retraso Mental

ligero P.T.

6. 1º EP 6739043 Retraso Mental

límite P.T. y Fisio

7. 1º EP 6739002 Retraso Mental límite y Retraso

simple del lenguaje P.T.

8. 1º EP 6303620 Límite y TEL P.T.

9. 2º EP 6303643 Discapacidad mental ligera P.T.

10. 3º E.P. 4686408 Posible TGD o TEA P.T.

11. 3º E.P. 5487316 Dislalia - 12. 3º E.P. 5487355 Dislalia -

13. 3º EP 5467905 TEA P.T.

14. 3º EP

5487717 Discapacidad

mental límite. TEL P.T.

15. 3º EP 6358131 Inteligencia límite P.T.

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16. 3º EP 5632934 Inteligencia límite P.T.

17. 4ºEP 7681848 Trastorno espectro

autista. TGD no especificado

P.T.

18. 4º EP 4410036 Retraso grave del

lenguaje P.T.

19. 4º EP 4327589 Capacidad mental

límite. P.T.

20. 5º EP 6401202 Límite y trastorno

grave de la conducta.

P.T.

21. 6º E.P. 2907724 psicosis P.T.

22.

6º E.P.

1917203 Discapacidad

intelectual ligera P.T.

23. 6º EP 6379043 Inteligencia límite P.T. 24. 6º EP 2903707 TEL P.T. 25. 6º EP 2888375 TDAH P.T. 26. 6º EP 2888364 Dislexia -

27. 6º E.P. 5653013 Disfemia -

28. 6º E.P. 4065794 Disfemia -

Organización de recursos internos y externos.

Personales: A.L., profesorado del equipo pedagógico.

Materiales: aula de audición y lenguaje, aulas ordinarias, material específico

para la rehabilitación del lenguaje, ordenador y programas informáticos

específicos.

Al principio de cada trimestre, se convoca a las familias, se les informa de los

objetivos principales de trabajo y se les implica en la consecución de aquellos

en los que es posible su participación. Al final del trimestre, se les vuelve a

convocar para informarles de los logros obtenidos y se les dan orientaciones

para el siguiente periodo de trabajo.

Seguimiento, revisión y evaluación.

El seguimiento, revisión y evaluación de estos programas se concluirá en el

Equipo de Atención a la Diversidad.

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2.3.2.6. PROGRAMA DE APOYO ESPECÍFICO DEL

FISIOTERAPEUTA.

Finalidad.

Que los alumnos atendidos por el fisioterapeuta puedan alcanzar el máximo

nivel en las competencias básicas y los objetivos del área de desarrollo motor

de la etapa de Educación Infantil.

Alumnado destinatario.

- Un alumno de 1º de primaria (NRP 6739043) recibe sesiones de

fisioterapia.

Organización de recursos internos y externos.

- Recursos personales: fisioterapeuta, tutora, maestro de educación física, jefe

de estudios, orientador y familia.

- Recursos materiales: gimnasio y materiales de fisioterapia. Se programan

sesiones trimestrales de seguimiento. Además se dan orientaciones a padres y

maestros.

- Se programan sesiones trimestrales de seguimiento. Además se dan

orientaciones a la familia.

- El orientador informará al profesorado y familia sobre las evaluaciones

practicadas a la niña.

Seguimiento, revisión y evaluación.

- Para coordinar el seguimiento la jefe de estudios mantendrá reuniones

periódicas con la profesora tutora.

- El seguimiento de la evolución de la niña la realizará el fisioterapeuta,

contando con información de los maestros del equipo docente y de las familias.

- La evaluación de la medida se realizará en el Equipo de Atención a la

Diversidad.

2.3.2.7. PROGRAMA DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA

Finalidad

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◊ Orientar en la elaboración, seguimiento y evaluación del Proyecto

Educativo, de las Programaciones Docentes y del Plan de Atención a la

Diversidad, conjuntamente con el claustro, para atender a la diversidad

social y cultural, para que se hagan posibles los principios de

interculturalidad y compensación educativa.

◊ Colaborar, con los maestros del centro, en relación con el proceso

de E/A para la atención al alumnado con necesidades de compensación

educativa.

◊ Atender y actuar con este alumnado para darle una respuesta

educativa adaptada a sus necesidades.

◊ Asesorar y elaborar materiales curriculares necesarios para dar

respuesta a la diversidad del alumnado que pertenece al programa.

◊ Implicar activamente a las familias en aspectos fundamentales

dentro del proceso de enseñanza-aprendizaje de sus hijos/as.

◊ Establecer canales de comunicación para informar

periódicamente a las familias de las diferentes tareas realizadas y de los

resultados obtenidos.

Alumnado destinatario

Alumnado que, previa evaluación curricular recogida en el informe

pedagógico correspondiente, presente dos años o más de desfase entre su

nivel de competencia curricular y el nivel en el que se encuentre escolarizado.

Nº NRE CURSO TIPOLOGÍA

1. 7335710 1º EP Alumnado inmigrante con desconocimiento de la lengua de instrucción.

2. 7336716 1º EP Alumnado inmigrante con desconocimiento de la lengua de instrucción.

3. 6739004 1º EP Alumnado inmigrante con desconocimiento de la lengua de instrucción.

4. 7484822 1º EP Alumnado inmigrante con desconocimiento de la lengua de instrucción.

5. 6739034 1º EP Alumnado inmigrante con desconocimiento de la lengua de instrucción.

6. 6739038 1º EP Alumnado inmigrante con desconocimiento de la lengua de instrucción.

7. 6739044 1º EP Alumnado inmigrante con desconocimiento de la lengua de instrucción.

8. 6313765 2ºA Alumnado inmigrante con desconocimiento de la lengua de instrucción.

9. 7900002 2º EP Alumnado inmigrante con desconocimiento de

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la lengua de instrucción.

10. 7977754 2º EP Alumnado de integración tardía al sistema educativo español.

11. 7797082 2ºB Alumnado inmigrante con desconocimiento de la lengua de instrucción.

12. 7486952 2ºB Alumnado inmigrante con desconocimiento de la lengua de instrucción.

13. 6303650 2ºB Alumnado inmigrante con desconocimiento de la lengua de instrucción.

14. 7788084 3ºB Alumnado inmigrante con desconocimiento de la lengua de instrucción.

15. 7962454 3º EP Alumnado de integración tardía al sistema educativo español.

16. 4836890 3º EP

Alumnado de compensación educativa. Alumnado en desventaja socio-educativa. Minoría étnica o cultural (con desfase curricular).

17. 7366718 4ºA

Alumnado de compensación educativa. Alumnado en desventaja socio-educativa. Minoría étnica o cultural (con desfase curricular).

18. 7787953 4ºA

Alumnado de compensación educativa. Alumnado en desventaja socio-educativa. Minoría étnica o cultural (con desfase curricular).

19. 6358128 4ºA

Alumnado de compensación educativa. Alumnado en desventaja socio-educativa. Minoría étnica o cultural (con desfase curricular).

20. 4804541 4ºB

Alumnado de compensación educativa. Alumnado en desventaja socio-educativa. Minoría étnica o cultural (con desfase curricular).

21. 7900001 4º EP Alumnado inmigrante con desconocimiento de la lengua de instrucción.

22. 7387735 4º EP

Alumnado de compensación educativa. Alumnado en desventaja socio-educativa. Minoría étnica o cultural (con desfase curricular).

23. 7965713 5º EP Alumnado de integración tardía al sistema educativo español.

24. 7798687 5ºB Alumnado inmigrante con desconocimiento de la lengua de instrucción.

25. 7484829 6ºA Alumnado inmigrante con desconocimiento de la lengua de instrucción.

26. 6006900 6ºA Alumnado de compensación educativa. Alumnado en desventaja socio-educativa.

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Minoría étnica o cultural (con desfase curricular).

27. 2888369 6ºB

Alumnado de compensación educativa. Alumnado en desventaja socio-educativa. Minoría étnica o cultural (con desfase curricular).

Medidas específicas desarrolladas en el centro.

- Los programas de compensación educativa, dirigidos al alumnado que,

previa evaluación curricular recogida en el informe pedagógico

correspondiente, presente dos o más años de desfase entre su nivel de

competencia curricular y el del curso en el que se encuentre efectivamente

escolarizado, realizándose el apoyo específico fuera del aula ordinaria en

agrupamientos flexibles.

Organización de recursos externos e internos.

Personales:

- Tutores: Todos los docentes del centro, tanto maestros/as especialistas

como maestros/as tutores/as, están implicados en el desarrollo del proceso de

E/A de los alumnos/as que pertenecen al Programa de Educación

Compensatoria, ya que en sus respectivas materias están implicados en darles

una respuesta ajustada a sus necesidades.

- Maestra/o de Educación Compensatoria: Están implicados/as en el

desarrollo del programa dentro del centro, así como del funcionamiento de la

medida organizativa, para atender a los/as alumnos/as de incorporación tardía

y que presentan serias carencias lingüísticas para desarrollar de manera

normalizada su proceso educativo.

- Orientador: Está implicado en la supervisión de los informes pedagógicos de

los alumnos/as que están inscritos en el programa; así como de la evaluación,

seguimiento y revisión del PAD.

Materiales:

- Realización de los informes pedagógicos entre los tutores y la maestra de

Educación Compensatoria, para dar una respuesta ajustada a sus

necesidades, bajo la supervisión de la jefatura de estudios y el orientador del

centro.

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- El trabajo se realizará dentro del Aula de Compensatoria, a través de

agrupamientos flexibles del alumnado adscrito al programa.

- Los materiales utilizados serán los propios del alumno dependiendo de su

nivel de competencia curricular, asignados a través de la evaluación inicial

realizada; así como todos aquellos que se encuentran en el aula a disposición

de todos los docentes del centro.

Familias:

Entre los aspectos que vamos a destacar con las familias de estos/as

alumnos/as destacamos:

- Implicar activamente a las familias en aspectos fundamentales dentro del

proceso de enseñanza-aprendizaje de sus hijos/as.

- Fomentar la valoración positiva por parte de los padres de la promoción

académica de sus hijos/as, así como su participación en la escuela.

- Se mantendrá con ellos una entrevista cuando se haya realizado la

evaluación inicial del alumno y se les informará sobre su incorporación al

programa, el material que va a utilizar el alumno/a, entre otros aspectos.

- También se les llamará para informarles sobre lo que van a trabajar durante el

trimestre y cuales han sido los resultados de ese trabajo realizado por sus

hijos/as. Todas las reuniones realizadas con los padres de los alumnos

adscritos al programa de compensatoria, se realizarán con el tutor y con la

maestra de compensatoria; podrían ser invitados el orientador y la jefa de

estudios siempre y cuando sea necesario, así como un traductor para aquellos

padres que desconozcan el castellano o no tengan la suficiente competencia

comunicativa.

- Para evaluar a los alumnos del Programa, los tutores deberán tener en cuenta

las anotaciones de la maestra de compensatoria sobre la evolución de los

alumnos adscritos al programa, teniendo en cuenta que ellos deberán ser

evaluados según su nivel de competencia curricular para no desmotivarlos,

aunque en su boletín las puntuaciones sean desfavorables. Por tanto, se

realizará un boletín adjunto donde se vea el progreso del alumno y eso será

explicado a los padres.

Seguimiento, revisión y evaluación.

Para coordinar el seguimiento el Jefe de Estudios junto con el maestro de

educación Compensatoria mantendrán reuniones periódicas con los tutores

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para realizar el seguimiento del PAD, centrado en la medida específica del

Programa de Educación Compensatoria.

El seguimiento y evaluación de la medida específica se realizará en el seno del

Equipo de Apoyo a la Diversidad.

Los informes pedagógicos realizados por los tutores y la maestra de Educación

Compensatoria están en el expediente del alumno; donde se recogerán los

aspectos curriculares importantes de su escolaridad.

3. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE ATENCIÓN A

LA DIVERSIDAD

La CCP realizará, a lo largo del curso escolar, el seguimiento oportuno.

Para realizar el seguimiento, la CCP contará con la información necesaria del

equipo directivo, de los diferentes órganos de coordinación docente (equipos

de ciclo a través de los coordinadores de etapa) , entre ellos el orientador del

EOEP Murcia 1, quien a su vez incorporará la información proporcionada por el

personal docente y de atención educativa complementaria que desarrolle las

medidas y programas específicos (PT, AL, fisioterapeuta y PTSC), a través del

Equipo de Atención a la Diversidad.

La CCP informará al Claustro de Maestros y al Consejo Escolar sobre

el desarrollo, aplicación y resultados obtenidos de las medidas adoptadas en el

PAD.

Corresponde al Claustro de Maestros analizar y valorar el desarrollo

del PAD.

El Equipo Directivo realizará el correspondiente informe de evaluación

relativo a la aplicación, desarrollo y propuestas de mejora del Plan de Atención

de la Diversidad.

El informe de evaluación pasará a formar parte de la memoria anual

del centro escolar, que será aprobada por el Consejo Escolar.

El Servicio de Inspección de Educación supervisará y evaluará el

desarrollo y resultados del PAD.

R E V I S I Ó N.

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Corresponde a la CCP, al inicio de cada curso escolar, realizar la

modificación del PAD, de acuerdo con las propuestas y conclusiones recogidas

en el informe de evaluación realizado en el curso escolar anterior.

La redacción de las modificaciones y propuestas de mejora, así como

la incorporación de nuevas actuaciones y medidas al PAD, corresponde al

Equipo de Apoyo a la Diversidad (Comisión Específica) del centro escolar.

Una vez elaboradas las modificaciones en el PAD, el equipo directivo

lo incluirá en la PGA.

NOTA FINAL.

Las partes esenciales de los planes de actuación del orientador, de los

maestros especialistas en Audición y Lenguaje y Pedagogía Terapéutica y de

la profesora de Educación Compensatoria están recogidas entre los anteriores

programas y medidas específicas de atención a la diversidad; motivo por el que

los mencionados planes no se incorporarán a la P.G.A. este curso escolar. No

obstante, elaborados, se encuentran en poder del Equipo Directivo del centro

escolar.

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Este documento, el Plan de Convivencia, ha sido elaborado teniendo como base el Decreto n.º 16/2016, de 9 de marzo, por el que se establecen las normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

El desarrollo de este Plan se ha llevado a cabo teniendo en cuenta el artículo 3 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, BORM 11 de marzo), en el que nos indica los apartados que debe contener, al menos, el Plan de Convivencia.

ÍNDICE

Objetivos que se pretenden conseguir con el desarrollo del plan

2. Actividades programadas y tareas para conseguir el objetivo de “Fomentar un buen clima de convivencia”

2.1. Tareas del equipo directivo 2.2. Tareas del profesorado 2.3. Tareas de los tutores 2.4. Tareas de los alumnos y alumnas 2.5. Tareas de las madres y padres 2.6. Tareas de los/las ordenanzas 2.7. Tareas del orientador o de la orientadora 2.8. Tareas del profesorado técnico de servicios a la comunidad 2.9. Tareas del personal de administración y servicios 2.10. Tareas del coordinador de Convivencia 2.11. Tareas de la comisión de Convivencia 3. Procedimientos preventivos y de resolución pacífica de conflictos 3.1. Acuerdos y contratos de convivencia 3.2. La Mediación escolar 3.3. Prevención de la violencia de género, igualdad y no discriminación 3.4. Otras medidas preventivas o reeducativas del centro

4. Normas de convivencia y conducta. (derechos-deberes, normas, tipificación, resolución pacífica conflictos)

4.1. Los derechos y deberes de los alumnos. 4.2. Normas de convivencia 4.2.1. Normas de estudio 4.2.2. Normas de respeto al docente 4.2.3. Normas de puntualidad 4.2.4. Normas sobre trato personal 4.2.5. Normas de comunicación a familias

4.2.6. Prohibiciones sobre suplantaciones, falsificaciones y sustracciones de documentos en la vida académica

4.2.7. Normas acerca de la salud y riesgos personales 4.2.8. Normas de instalaciones y materiales 4.2.9. Normas de uso de teléfonos y otros dispositivos 4.2.10. Normas sobre asunción de las correcciones 4.2.11. Normas acerca de indumentaria, higiene y alimentación 4.2.11.1. Normas de indumentaria 4.2.11.2. Normas de higiene 4.2.11.3. Normas de alimentación 4.3. Tipificación de las conductas contrarias a las normas de convivencia. 4.4.1. Tipificación de las faltas leves 4.4.2. Tipificación de las faltas graves 4.4.3. Tipificación de las faltas muy graves 4.4.- Medidas correctoras aplicables en caso de incumplimiento.

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4.5.1. Medidas correctoras aplicables en caso de falta leve 4.5.2. Medidas correctoras aplicables en caso de falta grave 4.5.3. Medidas correctoras aplicables en caso de falta muy grave 5. Procedimiento específico de actuación para prevenir e intervenir acoso, maltrato y agresión. 5.1. Protocolos de actuación ante situaciones de acoso, maltrato o agresión 5.2. Protección a las victimas 6. Procedimiento de evaluación. 6.1. Procedimiento de evaluación por el Claustro 6.2. Procedimiento de evaluación por el Consejo Escolar del centro 7. Anexos

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1.OBJETIVOS

Los Objetivos del Plan de Convivencia son los siguientes:

1.- Fomentar un clima de convivencia bajo los principios de nuestra ley

Orgánica de Educación: transmisión y puesta en práctica de valores que

favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática,

la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que

ayuden a superar cualquier tipo de discriminación.

2.- Implicar a todos los miembros de la comunidad educativa en:

a) La creación de un clima escolar adecuado.

b) El cumplimiento de las normas de convivencia.

c) Los procesos y acciones que ayuden a prevenir, evitar y resolver

pacíficamente los conflictos de convivencia que tengan lugar en el centro.

3.- Regular las normas de convivencia que han de observarse en el centro.

4.- Impulsar relaciones fluidas y respetuosas entre los distintos sectores de la

Comunidad Educativa.

5.- Promover en las aulas climas de respeto mutuo en el desarrollo de los

procesos de enseñanza y aprendizaje.

6.- Promover medidas y actuaciones de carácter preventivo de los conflictos.

7.- Establecer procedimientos de resolución pacífica de conflictos a través de

acuerdos y compromisos de convivencia o mediante el uso de la mediación

escolar.

8.- Garantizar las acciones disciplinarias necesarias en su caso para el

cumplimiento de las normas del centro.

9.- Colaborar con otras administraciones o instituciones para favorecer la

mejora de la convivencia en el centro.

2. ACTIVIDADES PROGRAMADAS Y TAREAS PARA

CONSEGUIR EL OBJETIVO “FOMENTAR UN BUEN CLIMA DE

CONVIVENCIA”

2.1.TAREAS DEL EQUIPO DIRECTIVO

EL DIRECTOR

El director favorecerá la convivencia en el centro; garantizará la mediación

en la resolución de los conflictos, que se aplicará cuando la considere la vía

más adecuada, e impondrá las medidas correctoras que correspondan al

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alumnado, en cumplimiento de la normativa vigente, sin perjuicio de las

competencias atribuidas al Consejo Escolar.

Igualmente, impulsará la colaboración con las familias, con instituciones y

con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentará

un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas

actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los

alumnos y alumnas.

Es quien valorará la gravedad de las conductas o hechos cometidos,

quien decidirá la iniciación y resolución de los procedimientos preventivos o

correctivos previstos en norma y quien supervisará el cumplimiento efectivo de

las medidas preventivas o correctoras impuestas a los alumnos en los términos

en que estas hayan sido adoptadas.

Podrá delegar en los profesores, tutores y Jefe de Estudios la

competencia para imponer las medidas correctoras.

El acuerdo del director por el que delegue las facultades correctoras

podrá realizarse con carácter genérico y permanente a principios de cada curso

para su público conocimiento por los miembros de la comunidad educativa, sin

perjuicio de poder revocar la delegación o de avocar para sí el conocimiento de

algún asunto concreto.

EL JEFE DE ESTUDIOS

El jefe de estudios es el responsable directo, junto con el director, de la

aplicación de las normas de convivencia y conducta. Por ello, llevará control de

las actuaciones llevadas a cabo por los alumnos contra las normas de

convivencia, así como de las medidas correctoras impuestas, debiendo

informar de ellas, a los padres o representantes legales de los alumnos si estos

son menores de edad

El jefe de estudios, por delegación del director y bajo su supervisión podrá

imponer las medidas que se lleven a cabo en el centro, procurando siempre

que el clima de convivencia no se vea alterado.

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2.2. TAREAS DEL PROFESORADO

Todo docente, en el ejercicio de su autoridad, es responsable de propiciar

un buen clima de convivencia que permita el correcto desarrollo de las

actividades educativas organizadas por el centro y el mantenimiento, dentro del

aula, de las normas de conducta establecidas para llevar a cabo el proceso

educativo. Por ello, tendrá el deber de hacer que se respeten las normas de

convivencia del centro y de prevenir y corregir, en el ámbito de sus

competencias, cualquier comportamiento que, cometido por el alumnado,

atente o contravenga las mismas.

El claustro de profesores tendrá conocimiento de la resolución de

conflictos y la imposición de medidas correctoras, y velará para que estas se

atengan a la normativa vigente. Asimismo, podrá proponer medidas e

iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

Los profesores son los responsables, en primera instancia, de la

prevención de conflictos y del respeto a las normas de convivencia y conducta,

y contribuirán a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de

respeto, tolerancia, de participación y de libertad, para fomentar en los alumnos

los valores de la ciudadanía democrática.

El docente, en el desempeño de sus funciones, tendrá derecho a:

a) Gozar del respeto y consideración hacia su persona por parte del

alumnado, los padres o representantes legales y demás miembros de la

comunidad educativa.

b) Desarrollar su tarea en un clima de orden, disciplina y convivencia que

facilite el ejercicio de su labor docente, en el que sean respetados sus

derechos y los del alumnado.

c) Contar con la colaboración de los padres o representantes legales para

el cumplimiento de las normas de convivencia y para el reconocimiento de su

autoridad.

d) Tomar decisiones rápidas, proporcionadas y eficaces en el marco de

las normas de convivencia del centro, que le permitan mantener el ambiente

adecuado tanto en las actividades lectivas como en el resto de actividades

complementarias que se desarrollan por parte de los centros, así como para

investigar los hechos que lo perturben.

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e) Disfrutar de la adecuada protección jurídica en el desarrollo de sus

funciones docentes.

f) Obtener apoyo por parte de la Administración educativa.

2.3. TAREAS DE LOS TUTORES.

Los tutores coordinarán a los profesores que impartan docencia al grupo

de alumnos de su tutoría y serán los intermediarios entre profesores, alumnos y

padres cuando existan situaciones conflictivas que alteren la convivencia en el

centro.

2.4. TAREAS DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS.

Las señaladas como deberes en la normativa:

a) Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según

sus capacidades.

b) Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las

escolares y complementarias.

c) Seguir las directrices del profesorado.

d) Asistir a clase con puntualidad.

e) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en

la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro, respetando el

derecho de sus compañeros a la educación y la autoridad y orientaciones del

profesorado.

f) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y

morales, y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la

comunidad educativa.

g) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del

centro educativo.

h) Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y

materiales didácticos.

i) Respetar al profesor en el ejercicio de sus funciones, respetar su

autoridad y cumplir las normas y seguir las pautas establecidas por el profesor

para hacer posible la organización del aula, el trabajo sistemático y la mejora

del rendimiento.

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2.5. TAREAS DE LAS MADRES Y PADRES.

En cuanto están representados en el Consejo Escolar, podrá este

órgano:

a) Permitirles conocer la resolución de conflictos y velar por que se atengan

a la normativa vigente.

b) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el

centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no

discriminación, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la

violencia de género.

c) A instancias de los padres implicados y ante medidas correctoras

adoptadas por el director por faltas contra las normas convivencia del centro,

tipificadas como graves o muy graves podrá revisar la decisión adoptada y

proponer, en su caso, medidas oportunas.

d) Además, a todos los padres o tutores legales de los alumnos, como

primeros y principales responsables de la educación de sus hijos o pupilos les

corresponde:

• Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en

caso de dificultad, para que sus hijos o pupilos cursen las enseñanzas

obligatorias y asistan regularmente a clase.

• Proporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos y las

condiciones necesarias para el progreso escolar.

• Estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les

encomienden.

• Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en

virtud de los compromisos educativos que los centros establezcan con

las familias, para mejorar el rendimiento de sus hijos.

• Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, en

colaboración con los profesores y los centros.

• Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro, la

autoridad y las indicaciones u orientaciones educativas del profesorado.

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• Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad

educativa.

2.6. TAREAS DE LOS Y LAS ORDENANZAS.

Atenderán las funciones propias de sus puestos de trabajo de acuerdo a

su nivel y categoría durante las horas de funcionamiento del centro.

2.7. TAREAS DEL ORIENTADOR Y ORIENTADORA.

Los orientadores educativos, en el marco de sus funciones,

desempeñarán las siguientes actuaciones dirigidas a la mejora de la

convivencia escolar:

a) Asesoramiento al profesorado en la reducción y extinción de

problemas de comportamiento y en estrategias de prevención de los mismos.

b) Diseño de planes de actuación específicos para la mejora de la

convivencia, dirigidos al alumnado que presente alteraciones graves de

conducta.

c) Colaboración con la jefatura de estudios en la adecuación del plan

de acción tutorial al plan de convivencia del centro, impulsando y programando

dentro del mismo la realización de actividades que favorezcan un buen clima

de convivencia escolar, y la prevención y resolución pacífica de conflictos.

2.8. TAREAS DEL PROFESORADO TÉCNICO DE SERVICIOS A LA

COMUNIDAD.

Los profesores técnicos de servicios a la comunidad realizarán las

funciones propias de su especialidad relacionadas con la convivencia escolar,

desarrollando actuaciones específicas de mediación y seguimiento del

alumnado y sus familias.

2.9. TAREAS DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.

Atenderán las funciones propias de sus puestos de trabajo de acuerdo a

su nivel y categoría durante las horas de funcionamiento del centro.

2.10. TAREAS DEL COORDINADOR DE CONVIVENCIA.

El coordinador de Convivencia (si existiera), en colaboración con el Jefe

de Estudios, canalizará los ámbitos de prevención de conflictos, los procesos

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de mediación para la resolución pacífica de estos, así como la supervisión y el

seguimiento de los alumnos que hayan incumplido las normas de convivencia.

2.11. TAREAS DE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA.

El Consejo Escolar podrá constituir a inicios de cada curso una Comisión

de Convivencia para realizar el seguimiento del Plan de convivencia y de la

resolución de conflictos disciplinarios, o nombrar, a propuesta del director, a un

Coordinador de Convivencia.

La Comisión de Convivencia de formarse, estará constituida por el

Director, que será su presidente, el Jefe de Estudios, un profesor y un padre o

madre, elegidos por y entre los representantes de cada sector en el Consejo

Escolar del centro.

3. PROCEDIMIENTOS PREVENTIVOS Y DE RESOLUCIÓN

PACÍFICA DE CONFLICTOS.

El centro establecerá a inicios de curso, para evitar o impedir la comisión

de conductas contrarias a las normas de convivencia, medidas educativas de

carácter preventivo dirigidas a:

a) La potenciación de un adecuado clima de convivencia en el centro.

b) El desarrollo de contenidos y habilidades en las programaciones de las

diferentes materias para garantizar la promoción de valores cívicos y

democráticos.

c) La planificación del aprendizaje para la resolución pacífica y dialogada

de los conflictos entre el alumnado del centro.

d) La formación del personal del centro, y en su caso, de los componentes

de los equipos de mediación, o de la Comisión de convivencia, para el

correcto ejercicio de sus funciones y actuaciones en materia de

convivencia escolar.

e) La coordinación entre el centro, las familias y las instituciones públicas

competentes para la adopción de medidas preventivas y educativas.

f) El diseño del plan de acción tutorial, con objetivos y contenidos

concretos sobre convivencia escolar; habilidades sociales; educación en

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valores y aprendizajes que orienten las relaciones personales hacia la

prevención de la violencia y la resolución pacífica de los conflictos.

Las medidas que se establezcan serán razonables, adecuadas y

proporcionadas y serán respetuosas con la integridad física y moral de los

alumnos, con su dignidad personal y con el derecho al libre desarrollo de la

personalidad.

Tanto el director o directora, así como los docentes en quienes deleguen

o tengan competencias para imponer medidas preventivas o correctoras,

procurarán solucionar los problemas de convivencia del centro mediante alguna

de las vías establecidas en cada curso como alternativas a los procedimientos

correctivos establecidos en el presente decreto, evitando, en la medida de lo

posible, recurrir a los mismos.

3.1. ACUERDOS Y CONTRATOS DE CONVIVENCIA.

El centro promoverá compromisos educativos entre las familias y el propio

centro en los que se consignen las actividades que padres, profesores y

alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico

de alumnos que lo precisen.

En esos casos, se podrán establecer acuerdos o contratos de convivencia

que contendrán, de forma clara y precisa, los compromisos, exigencias y

obligaciones asumidos por las familias y los alumnos cuyo comportamiento

disruptivo o perturbador atente contra la convivencia en el centro o dificulte su

propio proceso educativo y el de sus compañeros. El proceso se llevará a cabo

por iniciativa del tutor, con la supervisión del jefe de estudios, que velará por su

efectivo cumplimiento, y con el visto bueno del director, que deberá determinar

la conveniencia del acuerdo. El incumplimiento de los compromisos asumidos

podrá suponer la aplicación de otras medidas educativas que este plan

contemple.

En aquellos casos en que, además del acuerdo de convivencia, ya se

hubiera iniciado un procedimiento de aplicación de medidas correctoras, y

siempre que el director del centro lo considere conveniente, se podrá

interrumpir provisionalmente la tramitación de dicho procedimiento o acordar la

terminación convencional del mismo, procediendo al archivo de las

actuaciones.

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3.2. LA MEDIACIÓN ESCOLAR.

La mediación escolar se utilizará como estrategia educativa para

solucionar los conflictos entre las personas que integran la comunidad escolar,

ya sea de forma exclusiva o complementaria con otras medidas que puedan

adoptarse en cumplimiento de la legislación vigente. El director decidirá en qué

casos resulta conveniente el uso de los procesos de mediación.

Este curso participaremos en el Programa de Mediación Municipal y

también en el Proyecto Educando en Justicia de la Consejería de Educación,

Juventud y Deportes.

3.3. PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO, IGUALDAD Y NO

DISCRIMINACIÓN.

Se adoptarán las medidas precisas para asegurar que los Consejos

Escolares impulsen la adopción de medidas educativas que fomenten la

igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

Se organizarán campañas de concienciación coordinadas por Jefatura

de Estudios.

En esas campañas anuales extenderemos las ideas de:

• No minimizar la gravedad de las agresiones entre iguales que se

producen en la escuela, evitando:

� Considerarlas como inevitables.

� Creer que son problemas que deben aprender a resolver sin que

los adultos intervengan, para hacerse más fuertes, para “curtirse”.

� La idea de que “si no devuelves los golpes que recibes, los demás

pensarán que eres un cobarde”.

• La existencia normalizada de la diversidad evitando estereotipos

sexistas que hagan a cualquiera sentirse en minoría, sentirse percibido como

diferente, tener un problema, destacar por una cualidad diferente, ser elegido

como víctima de acoso (a través de motes, aislamiento...).

• Ayudar con todos los medios a las víctimas en todo lo necesario

para salir de la situación evitando el apoyo implícito que el agresor tendría de

no darse esa respuesta de ayuda manifiesta y contundente a la víctima.

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• Contrarrestar la idea de que el profesorado solo tiene la función

exclusiva de impartir una determinada materia en un horario específico.

• Potenciar la idea que el profesorado tiene que afrontar con rigor

las situaciones que conduzcan a la violencia desde una perspectiva de

ciudadanía democrática, que enseñara a los alumnos a coordinar con eficacia

derechos y deberes.

• Contrarrestar la publicidad que utilice la imagen de la mujer con

carácter vejatorio o discriminatorio.

• Potenciar un tratamiento de la mujer conforme con los principios y

valores constitucionales, erradicando en los tablones del centro todo enfoque

favorecedor de situaciones de desigualdad de las mujeres

• Promover las informaciones que garanticen en todo caso la

objetividad informativa de la violencia sobre la mujer defendiendo la libertad y

dignidad de las mujeres víctimas de violencia incluyendo el respeto en el

tratamiento gráfico de las informaciones.

3.4. OTRAS MEDIDAS PREVENTIVAS O REEDUCATIVAS DEL

CENTRO.

• Películas que propicien este tema.

• Análisis de noticias.

• Estudio de comportamientos sexistas en el centro, fuera y dentro de las

aulas.

4. NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA (DERECHOS-

DEBERES, NORMAS, TIPIFICACIÓN, RESOLUCIÓN PACÍFICA

CONFLICTOS)

4.1. LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS.

DEBERES:

Son deberes básicos de los alumnos:

a) Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según

sus capacidades.

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b) Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las

escolares y complementarias.

c) Seguir las directrices del profesorado.

d) Asistir a clase con puntualidad.

e) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en

la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro, respetando el

derecho de sus compañeros a la educación y la autoridad y orientaciones del

profesorado.

f) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y

morales, y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la

comunidad educativa.

g) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del

centro educativo.

h) Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y

materiales didácticos.

Todos los alumnos, así como sus padres o representantes legales, están

obligados a respetar al profesor en el ejercicio de sus funciones, a respetar su

autoridad y a cumplir las normas y seguir las pautas establecidas por el

profesor para hacer posible la organización del aula, el trabajo sistemático y la

mejora del rendimiento.

DERECHOS:

Todos los alumnos disfrutarán de los derechos básicos recogidos en el

artículo 6.3 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, sin más distinciones que

las derivadas de su edad y del nivel que estén cursando, conforme a las

normas de convivencia y conducta establecidas por el centro.

a) A recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo

de su personalidad.

b) A que se respeten su identidad, integridad y dignidad personales.

c) A que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y

reconocidos con objetividad.

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d) A recibir orientación educativa y profesional.

e) A que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones

religiosas y sus convicciones morales, de acuerdo con la Constitución.

f) A la protección contra toda agresión física o moral.

g) A participar en el funcionamiento y en la vida del centro, de

conformidad con lo dispuesto en las normas vigentes.

h) A recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las

carencias y desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural,

especialmente en el caso de presentar necesidades educativas especiales, que

impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo.

i) A la protección social, en el ámbito educativo, en los casos de

infortunio familiar o accidente.

Los centros favorecerán igualmente el ejercicio del derecho de

asociación de los alumnos y facilitarán el derecho de reunión de los mismos

reconocidos por los artículos 7 y 8 de la citada ley.

Cuando no se respeten los derechos de los alumnos o cuando cualquier

miembro de la comunidad educativa impida el efectivo ejercicio de los mismos

y, sin perjuicio de la aplicación de los mecanismos de reacción que frente a su

vulneración arbitra el presente decreto, el director adoptará las medidas que

procedan conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, previa audiencia de

los interesados y consulta, en su caso, a otros órganos del centro, dando

posterior comunicación al consejo escolar.

4.2. NORMAS DE CONVIVENCIA.

4.2.1. NORMAS DE ESTUDIO.

1. Facilitar con sus actos el estudio de los compañeros y el desarrollo de

las actividades del centro.

2. Traer el material necesario para las actividades del centro.

3. Esforzarse en realizar las actividades indicadas por el profesor.

4.2.2. NORMAS SOBRE TRATO PERSONAL.

4. Preservar la integridad, intimidad y dignidad de todo personal del centro

en las relaciones que se tengan de trato y acción.

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5. Dispensar la consideración que se merece un docente, otro alumno o

demás personal del centro, incluido los encargados de actividades que

se realicen en el centro en cuanto lenguaje y actos.

6. Dispensar la consideración que se merece a todo docente, alumno o

demás personal del centro, en cuanto a sus características relacionadas

con el sexo, raza, etnia, creencia o discapacidad.

4.2.3. NORMAS DE PUNTUALIDAD, ACCESO Y SALIDA.

7. Al centro se accede y sale por la puerta de acceso en los momentos

establecidos.

8. Ser puntual. En caso de llegar tarde, es el personal del centro el que

acompaña al alumno/a a su aula.

9. Los comienzos de las clases y de cualquier actividad en el centro es la

hora prevista oficialmente (9:00 h. en los meses de septiembre y junio,

así como el mismo día de vacaciones de Navidad y Semana Santa.

8:30 h el resto del año) y solo se considera demora o ausencia

justificada aquellas que sean documentadas por padres.

10. A la hora de entrada, hacer uso de la fila.

4.2.5. NORMAS DE COMUNICACIÓN A FAMILIAS.

11. Entregar al padre/madre o tutor/a las comunicaciones que se les

entregue desde el centro.

4.2.6. NORMAS DE SUPLANTACIONES, FALSIFICACIONES Y

SUSTRACCIONES DE DOCUMENTOS EN LA VIDA ACADÉMICA.

12. Entregar los trabajos que se le indican, de aprendizaje y evaluación,

como resultado de su esfuerzo personal y no copiándolos en ningún

sentido de otros ya elaborados.

13. Acceder a ficheros, documentación y dependencias que se le autorice

por escrito.

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14. Nunca suplantar la personalidad en actos de cualquier índole

relacionados con la vida del centro, ni falsificar ni sustraer documentos

académicos de cualquier índole.

4.2.7. NORMAS ACERCA DE LA SALUD Y RIESGOS.

15. No consumir, ni poseer ni vender en el recinto del centro, alrededores o

durante actividades complementarias, alcohol, drogas, sustancias

perjudiciales para la salud ni objetos peligrosos para la integridad

personal.

4.2.8. NORMAS DE INSTALACIONES Y MATERIALES.

16. El uso del material, instalaciones y documentos de las dependencias

que se visiten en actividades complementarias ha de hacerse con

cuidado.

17. El uso del material, instalaciones y documentos del centro ha de

realizarse con extremo cuidado.

18. El material que no es de uno ha de utilizarse con permiso de su

propietario.

19. La organización y uso de las instalaciones en donde se desarrollen las

actividades del centro estará a cargo de los profesores responsables,

las mismas tendrán que ser cumplidas evitando deterioro alguno.

20. Los recursos que se empleen mientras se desarrollen las actividades

del centro estarán bajo la organización de los profesores responsables,

las instrucciones de uso han de ser cumplidas evitando deterioro alguno

en el material.

4.2.9. NORMAS DE USO DE TELÉFONOS Y OTROS

DISPOSITIVOS.

21. No se permite el uso de teléfonos móviles u otros dispositivos, salvo

autorización docente.

22. No se puede grabar sin autorización, a través de cualquier medio,

imágenes o comentarios que guarden relación con la vida escolar.

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23. Está prohibida la grabación, publicidad o difusión de agresiones, actos

violentos o que tengan un componente sexual, humillaciones que

guarden relación con la vida escolar o que atenten contra miembros de

la comunidad educativa.

4.2.10. NORMAS SOBRE ASUNCIÓN DE LAS

CORRECCIONES

24. Considerar y asumir una corrección impuesta como una medida para

modificar su conducta.

25. Cumplir las medidas correctoras impuestas.

4.2.11. NORMAS DE INDUMENTARIA, HIGIENE Y

ALIMENTACIÓN.

26. Promover el cumplimiento de las normas del centro.

27. Respetar las normas del centro.

4.2.11.1. NORMAS DE INDUMENTARIA.

28. La forma de vestir no puede atentar objetivamente contra los derechos y

la sensibilidad de los demás, incluyendo prendas claramente religiosas

(velo islámico) ni suponer un peligro para la salud y la seguridad

personal o la de otras personas.

4.2.11.2. NORMAS DE HIGIENE.

29. Asearse diariamente el cuerpo.

30. Lavarse las manos antes de comer y después de utilizar los servicios

sanitarios.

31. Mantener las uñas, ropa y calzado limpios.

32. Arrojar los desperdicios y basuras solamente en los sitios destinados o

adecuados para ello.

33. Aplicarse las vacunas y medicamentos que requiera para prevenir

enfermedades o restablecer la salud.

34. Abstenerse de venir a la Institución cuando tenga afecciones de

cualquier tipo (cuando tenga fiebre…)

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4.2.11.3. NORMAS DE ALIMENTACIÓN.

35. La comida en el centro ha de realizarse en los tiempos de descanso y

de recreo.

36. Los alimentos tomados en el centro deben ser aquellos que no pongan

en peligro la salud del alumno/a.

37. Los lugares autorizados para tomarse el bocadillo, nunca en las aulas

(salvo autorización docente), deben dejarse limpios.

38. Masticar chicles o comer caramelos están prohibidos en clase salvo

autorización docente por necesidad aconsejada.

4.3. TIPIFICACIÓN DE LAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS

NORMAS DE CONVIVENCIA.

Las conductas contrarias a las normas de convivencia se clasifican en

faltas leves, graves y muy graves.

4.3.1. TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS LEVES.

Se consideran faltas leves contra las normas de convivencia en el centro

las siguientes conductas, cuando por su entidad no llegaran a tener la

consideración de faltas graves o muy graves:

a) Las faltas injustificadas de puntualidad o de asistencia a clase.

b) Las conductas que puedan impedir o dificultar a sus compañeros el

ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber del estudio, el

comportamiento disruptivo y los actos que perturben el desarrollo

normal de las actividades del centro.

c) La asistencia reiterada a clase sin el material necesario.

d) La negativa a esforzarse por realizar las actividades de aprendizaje

indicadas por el profesor

e) La negativa a trasladar a sus padres o tutores la información del

centro dirigida a ellos.

f) Copiar o plagiar en los exámenes y trabajos o ejercicios de

evaluación de los compañeros.

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g) El uso, sin autorización, de teléfonos móviles y otros dispositivos

electrónicos en las aulas u otras dependencias del centro.

h) Los actos de indisciplina, desobediencia, incorrección o

desconsideración hacia el profesor o demás personal del centro.

i) La desconsideración, insultos o agresiones entre compañeros,

cuando por su entidad no sean consideradas graves.

j) Los daños leves causados en las instalaciones o el material del

centro, así como el deterioro de las condiciones de limpieza e

higiene del mismo.

k) Los daños leves causados en los bienes o pertenencias de los

miembros de la comunidad educativa, así como la apropiación

indebida de material escolar de escaso valor.

l) La incitación o estímulo a la comisión de una falta leve contra las

normas de convivencia del centro.

m) El incumplimiento de las normas establecidas por el centro en

cuanto a indumentaria, higiene, alimentación, horarios y uso de

instalaciones y recursos, así como aquellas otras establecidas en

sus normas de convivencia y conducta.

4.3.2. TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS GRAVES.

Se consideran faltas graves contra las normas de convivencia en el centro

las siguientes conductas, cuando por su entidad no llegaran a tener la

consideración de faltas muy graves:

a) La comisión de una falta leve tras haber sido corregido el alumno

durante el curso por la comisión de tres faltas leves.

b) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la

comisión de faltas leves contra las normas de convivencia, salvo que el

incumplimiento se deba a causas ajenas al propio alumno, o, en su caso, la

negativa a cumplir los acuerdos alcanzados en el proceso de mediación escolar

o en los contratos de convivencia.

c) La grabación o difusión, sin autorización, a través de teléfonos

móviles o de cualquier otro medio, soporte o dispositivo electrónico o

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telemático, de imágenes o comentarios que guarden relación con la vida

escolar.

d) Los actos graves de indisciplina, incorrección o desconsideración,

injuria u ofensa contra el personal del centro o encargado de las actividades

extraescolares o servicios complementarios.

e) Las amenazas, insultos o actos violentos entre compañeros que

no causen un daño grave

f) Los actos de falta de respeto, amenazas, insultos, coacciones o

agresión cometidos contra el profesorado, cuando por su entidad y

circunstancias no sean considerados como muy graves, así como aquellos que

pudieran causar grave perjuicio a la integridad, dignidad o a la salud personal

de cualquier miembro de la comunidad educativa.

g) Copiar en los exámenes, trabajos o pruebas de evaluación,

consultando o plagiando los trabajos o ejercicios de otros alumnos, u

obteniendo, en el caso de los exámenes y pruebas de evaluación, información

de libros de texto, apuntes o dispositivos electrónicos o telemáticos

h) La suplantación de personalidad en actos de la vida académica y

la falsificación o sustracción de pruebas de evaluación, documentos

académicos, boletines de calificaciones o cualquier otro documento de

notificación a los padres o representantes legales, en el caso de alumnos

menores de edad.

i) El acceso indebido o sin autorización a ficheros, documentación y

dependencias del centro.

j) Los daños graves causados en los documentos, locales o

materiales del centro, transporte escolar, instalaciones donde se desarrollen

actividades complementarias o extraescolares, o en los bienes de otros

miembros de la comunidad educativa, así como la sustracción de los mismos.

k) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad

personal de los miembros de la comunidad educativa, así como la introducción

en el centro de objetos peligrosos.

l) El consumo dentro del recinto del centro, en los alrededores o en

el desarrollo de actividades complementarias o extraescolares de alcohol,

drogas y de cualquier tipo de sustancias perjudiciales para la salud.

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m) Las conductas tipificadas como leves contra las normas de

convivencia del centro, si concurren circunstancias de colectividad o publicidad

intencionada por cualquier medio.

n) La incitación o el estímulo a la comisión de una falta grave contra

las normas de convivencia.

4.3.3. TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS MUY GRAVES.

Se consideran faltas muy graves contra las normas de convivencia en el

centro las siguientes conductas:

a) La comisión de una falta grave tras haber sido corregido el

alumno durante el curso por la comisión de dos faltas graves.

b) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la

comisión de faltas graves contra las normas de convivencia, salvo que el

incumplimiento se deba a causas ajenas al propio alumno.

c) Las amenazas, insultos y agresiones o actos violentos entre

compañeros que causen un daño grave, así como los actos que atenten

gravemente contra la integridad, intimidad o dignidad de los compañeros o

demás miembros de la comunidad educativa.

d) Los actos graves de agresión, insultos, amenazas o actitudes

desafiantes cometidos hacia los profesores y demás personal del centro, así

como el acoso físico o moral, realizado por cualquier vía o medio, contra los

miembros de la comunidad educativa."

e) Las vejaciones, humillaciones, discriminaciones u ofensas muy

graves contra cualquier miembro de la comunidad educativa, que tengan como

origen o consecuencia una discriminación o acoso basado en el sexo,

orientación o identidad sexual, o un origen racial, étnico, religioso, de creencias

o de discapacidad, o que se realicen contra el alumnado más vulnerable por

sus características personales, sociales o educativas "

f) La grabación, publicidad o difusión, a través de teléfono móvil o

de cualquier otro medio, soporte o dispositivo electrónico o telemático, de

agresiones, actos que tengan un componente sexual, humillaciones o actos

violentos, que guarden relación con la vida escolar o que atenten contra la

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intimidad, el honor, la integridad o dignidad de algún miembro de la comunidad

educativa.

g) Los daños muy graves causados en los documentos, locales o

materiales del centro, transporte escolar, instalaciones donde se desarrollen

actividades complementarias o extraescolares, o en los bienes de otros

miembros de la comunidad educativa.

h) La venta en el centro de sustancias perjudiciales para la salud, o

la incitación de su consumo a otros alumnos, así como la incitación al uso de

objetos peligrosos para la integridad personal de los miembros de la comunidad

educativa.

i) La posesión o venta de sustancias estupefacientes.

4.4. MEDIDAS CORRECTORAS APLICABLES EN CASO DE

INCUMPLIMIENTO.

4.4.1. MEDIDAS CORRECTORAS APLICABLES EN CASO DE

FALTA LEVE.

Las faltas leves contra las normas de convivencia en el centro podrán

ser corregidas con hasta dos de las siguientes medidas educativas:

a) Situar temporalmente al alumno en un lugar determinado dentro

del aula o enviarlo al espacio, que, en su caso, pueda tener habilitado el centro

en su plan de convivencia.

b) Realización de actividades de aprendizaje e interiorización de

pautas de conductas correctas.

c) Amonestación por escrito, con posterior comunicación a los

representantes legales, en caso de los menores de edad.

d) Comparecencia inmediata ante la jefatura de estudios o el director

del centro.

e) Retirada del teléfono móvil o del dispositivo electrónico que haya

sido utilizado por el alumno, de forma no autorizada, que será custodiado en

las condiciones establecidas en las normas de funcionamiento del centro hasta

que sus padres o representantes legales lo recojan en el mismo.

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f) Privación del tiempo de recreo por un periodo máximo de cinco

días lectivos. Durante ese tiempo el alumno permanecerá debidamente

atendido.

g) Realización en casa de tareas educativas o actividades de

carácter académico para el alumno.

h) Realización, dentro de la jornada escolar y durante un máximo de

cinco días lectivos, de tareas específicas dirigidas a mejorar las condiciones de

limpieza e higiene del centro como fórmula de reparación del daño causado a

las dependencias o material del centro, o de cualquier miembro de la

comunidad educativa.

i) Realización de un curso o taller de habilidades sociales

programado por el centro para aquellos alumnos que requieran esta medida

reeducativa.

j) Suspensión del derecho a participar en alguna actividad

extraescolar o complementaria que tenga programada el centro, previo informe

del profesor encargado de su desarrollo y una vez oído el alumno y sus padres

o representantes legales, si es menor de edad.

k) Cambio de grupo por un periodo máximo de cinco días lectivos.

l) Realización de tareas educativas en el aula de convivencia, o en

el lugar determinado por el centro en su plan de convivencia, durante un

máximo de cinco días lectivos.

m) Realización, fuera del horario lectivo y durante un máximo de

cinco días, de una tarea o un servicio a la comunidad educativa como fórmula

de reparación del daño causado. Esta medida deberá comunicarse

previamente a los padres o representantes legales en el caso del alumnado

menor de edad.

Las faltas leves contra las normas de convivencia serán corregidas por la

dirección del centro que, de acuerdo con lo dispuesto en las normas de

convivencia y conducta del centro, podrá delegar en las personas que se

indican a continuación:

a) Los profesores, oído el alumno, y dando cuenta al tutor y a

jefatura de estudios, para la imposición de las medidas previstas en las letras

a), b), c), d), e) y f) del número anterior.

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b) El tutor, tras oír al alumno, a la persona que, en su caso, haya

presenciado los hechos, y dando cuenta a jefatura de estudios, para la

imposición de las mismas medidas que el profesor, y, además, para las

previstas en las letras g) y h) del número anterior.

c) El jefe de estudios, tras oír al alumno y su profesor o tutor, para la

imposición de las mismas medidas que el profesor y el tutor, y además, para

las previstas en las letras i), j), k), l) y m) del número anterior.

4.4.2. MEDIDAS CORRECTORAS APLICABLES EN CASO DE

FALTA GRAVE.

Las faltas graves contra las normas de convivencia en el centro podrán

ser corregidas, con alguna de las medidas previstas para las faltas leves, o con

una de las siguientes medidas educativas:

a) Cambio de grupo por un periodo máximo de quince días lectivos.

b) Realización de tareas educativas en el aula de convivencia del

centro, o en su defecto en el lugar que se determine, durante un

máximo de quince días lectivos.

c) Realización, fuera del horario lectivo y durante un máximo de

quince días, de una tarea o un servicio a la comunidad educativa

como fórmula de reparación del daño causado. Esta medida

deberá comunicarse previamente a los padres o representantes

legales en el caso del alumnado menor de edad.

d) Suspensión del derecho a participar en determinadas actividades

extraescolares o complementarias que tenga programada el centro

en los tres meses siguientes a la comisión de la falta grave contra

las normas de convivencia.

e) Suspensión del derecho a la utilización del transporte escolar del

centro durante un periodo máximo de quince días lectivos, cuando

la conducta contraria haya sido cometida en el transporte escolar,

siempre que en función de la edad o de la existencia de transporte

público alternativo el alumno no se viera imposibilitado de acudir al

centro.

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f) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por

un periodo máximo de quince días lectivos. Durante la impartición

de estas clases el alumno deberá permanecer en el centro

efectuando los trabajos académicos que se le encomienden, por

parte del profesorado responsable del área, materia o módulo

afectado, para evitar la interrupción en el proceso formativo. El jefe

de estudios organizará la atención al alumno al que le haya sido

impuesta esta medida correctora, según lo dispuesto en las normas

de funcionamiento.

g) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo

comprendido entre uno y quince días lectivos. Durante el tiempo

que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los trabajos

académicos que determine el equipo docente de su grupo de

referencia, para evitar la interrupción en el proceso formativo. Las

normas de convivencia y conducta del centro determinarán los

mecanismos que posibiliten un adecuado seguimiento de dicho

proceso, especificando el horario de visitas al centro del alumno y

garantizando siempre el derecho del alumno a realizar las pruebas

de evaluación o exámenes que se lleven a cabo durante los días

que dure la suspensión.

La dirección del centro impondrá las medidas correctoras previstas en el

apartado anterior, pudiendo delegar en el jefe de estudios la imposición de las

medidas correctoras previstas en las letras a), b), c) y d) del mismo.

Para la aplicación de las medidas correctoras por faltas graves contra las

normas de convivencia se seguirá el procedimiento establecido.

4.4.3. MEDIDAS CORRECTORAS APLICABLES EN CASO DE

MUY GRAVE.

Las faltas muy graves contra las normas de convivencia y conducta en el

centro podrán ser corregidas, con alguna de las medidas previstas para las

faltas leves y graves, o con una de las siguientes medidas correctoras:

a) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un

periodo comprendido entre dieciséis y treinta días lectivos. Durante el tiempo

que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los trabajos académicos que

determine el profesorado que le imparte docencia, para evitar la interrupción en

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el proceso formativo. Las normas de convivencia y conducta del centro

determinarán los mecanismos que posibiliten un adecuado seguimiento de

dicho proceso, especificando el horario de visitas al centro del alumno y

garantizando siempre el derecho del alumno a realizar las pruebas de

evaluación o exámenes que se lleven a cabo durante los días que dure la

suspensión.

b) Suspensión del derecho a la utilización del transporte escolar del

centro durante todo el curso académico, cuando la conducta contraria haya

sido cometida en el transporte escolar, siempre que en función de la edad o de

la existencia de transporte público alternativo el alumno no se viera

imposibilitado de acudir al centro.

c) Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares

o complementarias durante todo el curso académico.

d) Cambio de centro, cuando se trate de un alumno de enseñanza

obligatoria.

e) Expulsión del centro.

La conducta tipificada como “Las vejaciones, humillaciones,

discriminaciones u ofensas muy graves contra cualquier miembro de la

comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una

discriminación o acoso basado en el sexo, orientación o identidad sexual,

o un origen racial, étnico, religioso, de creencias o de discapacidad, o que

se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características

personales, sociales o educativas” llevará asociada, como medida

correctora la expulsión, temporal o definitiva, del centro.

La medida correctora de expulsión o cambio de centro, se acordará con

carácter excepcional, una vez agotadas todas las medidas adoptadas para el

alumno en aplicación del plan de convivencia del centro, o cuando concurran

circunstancias que la hagan necesaria. El director del centro deberá exponer

las razones que, a su juicio, justifican o exigen que el alumno sea trasladado o

expulsado del mismo y motivar, en su resolución, la necesidad de la medida.

Cuando se imponga la medida de expulsión o cambio de centro a un

alumno de enseñanza obligatoria, se informará a la comisión de escolarización

correspondiente para que procure al mismo un puesto escolar en otro centro

docente. En el supuesto de que un alumno haya sido corregido con la medida

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de cambio o expulsión del centro, no se volverá a escolarizar en el mismo

centro o centros en los que se le aplicó esta medida en el plazo de los doce

meses siguientes a su aplicación.

Cuando el alumno cambie voluntariamente de centro antes del

cumplimiento de la medida correctora que le haya sido impuesta, deberá

terminar de cumplir la misma en el nuevo centro, salvo que la medida

correctora impuesta fuera el cambio de centro. A tal fin se acompañará, con los

documentos básicos de evaluación, un informe con las medidas educativas que

estén pendientes de cumplir, salvaguardando los datos del alumno que exijan

confidencialidad o sean objeto de privacidad o protección.

5. PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO DE ACTUACIÓN PARA

PREVENIR E INTERVENIR ACOSO, MALTRATO Y AGRESIÓN.

5.1. PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE

ACOSO, MALTRATO O AGRESIÓN.

El centro aplicará, ante cualquier situación de presunto acoso escolar,

maltrato o agresión el protocolo de actuación establecido por la Administración

educativa. Protocolos AVE. Protocolos de Apoyo inmediato y coordinado a

Víctimas Escolares.

Este protocolo incluirá tanto las actuaciones y medidas específicas a

desarrollar para identificar las situaciones antes referidas (acoso) y los

procedimientos de intervención, como las medidas de urgencia que el director,

o persona en quien delegue, podrá adoptar tanto para garantizar la inmediata

seguridad del alumno acosado, agredido o maltratado, como para prevenir y/o

evitar nuevas agresiones, o situaciones de acoso, garantizando su seguridad,

protección y continuidad de su aprendizaje en las mejores condiciones.

En dicho protocolo se establecerán las medidas educativas que podrán

recibir tanto el alumnado agredido, como el alumnado agresor, así como el tipo

de intervención que se requiera en cada situación.

Cuando la gravedad de los hechos lo aconseje se requerirá el

asesoramiento e intervención del Equipo de Orientación Educativa y

Psicopedagógica Específico de Convivencia Escolar y la ayuda de aquellos

órganos, servicios, unidades, instituciones locales o agentes sociales que

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consideren oportunos, en cumplimiento de la legislación vigente en materia de

convivencia escolar y de protección de menores.

En los casos de agresiones maltrato o agresión al personal del centro se

actuará de acuerdo con protocolo específico de actuación establecido por la

Administración educativa para los supuestos de agresiones que los docentes y

el resto del personal del centro pudieran sufrir en el desarrollo o desempeño de

sus funciones. Además, se adoptarán las medidas oportunas para garantizar la

debida protección y asistencia jurídica en estos supuestos.

5.2. PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS.

El centro adoptará cuantas medidas sean necesarias para garantizar el

derecho a la educación y la seguridad, integridad y dignidad personal de las

víctimas de abuso sexual, acoso, maltrato o agresión, así como de cualquier

situación que pueda atentar contra su dignidad o integridad física o moral, aun

cuando se produzca fuera del ámbito escolar, debiendo primar siempre el

interés de la víctima, sobre cualquier otra consideración, en el tratamiento de

estas situaciones, dentro del marco de la legislación vigente sobre derechos de

la infancia, protección jurídica de los menores y responsabilidad penal de estos,

y conforme al protocolo específico de actuación que se haya establecido por

las Administraciones públicas competentes.

Las situaciones descritas en el apartado anterior, en atención a su

gravedad o relevancia, serán comunicadas inmediatamente a la Dirección

General competente en materia de convivencia escolar, y al Ministerio Fiscal, a

los servicios sociales o de protección de menores, o a los organismos que

procedan cuando la víctima se pueda encontrar una situación de indefensión o

desprotección.

Se podrá solicitar la ayuda e intervención de los servicios municipales,

regionales o estatales que proceda para prestar a las víctimas y a sus familias

el apoyo psicológico, sanitario o social que, en su caso, pudieran precisar.

Se demandará de la administración regional asesoramiento para prestar

especial atención a los alumnos víctimas del terrorismo para que éstos reciban

la ayuda necesaria para realizar adecuadamente sus estudios.

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Se le solicitará a la administración regional la escolarización inmediata

de las alumnas o alumnos que se vean afectados de actos de violencia de

género o acoso escolar.

6. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DEL PLAN.

6.1. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN POR EL CLAUSTRO.

2 EVALUACIÓN DE LAS MEDIDAS DE CONCILIACIÓN apartados grupo de

discusión cuestionario documentos

.Alumnos con compromiso en centro y en casa. .Cierre positivo .Sin resultado .Problemas en los conciliadores .Problemas de coordinación. .Propuestas de mejora curso siguiente.

Con selección de alumnos que la aceptaron y también con quienes no la aceptaron, sus tutores y el equipo de convivencia

A todos los alumnos/as que han intervenido A los profesores

Resumen al Claustro, AMPA y Consejo Escolar

3 EVALUACIÓN DE ACUERDOS EDUCATIVOS Y SOCIALES apartados grupo de discusión cuestionario documentos

.Acuerdos realizados.

.Desacuerdos observados.

.Acuerdos en casa y en centro .Familias intervinientes .Problemas de coordinación entre responsables .Propuestas de mejora curso siguiente

Con selección de alumnos implicados y sus tutores con el equipo de convivencia

A todos los alumnos/as que han intervenido A los profesores

Resumen al Claustro, AMPA y Consejo Escolar

4 EVALUACIÓN DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS apartados grupo de discusión cuestionario documentos

.Adoptadas por tipología.

.Nº de Reincidentes.

.Problemas en los protocolos .Lugares .Momentos .Por curso Problemas de coordinación enre responsables .Propuestas de mejora curso siguiente

Jefatura de estudios, selección de tutores.

A todos los alumnos/as afectados de forma voluntaria A los profesores implicados A familias afectadas

Resumen al Claustro, AMPA y Consejo Escolar

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5 EVALUACIÓN DE LAS CAMPAÑAS PROMOVIDAS apartados grupo de discusión cuestionario documentos

-Realizadas. -Problemas. -Propuestas.

Los promotores, los ejecutores y selección de destinatarios

A una muestra de alumnos, padres y profesores

Resumen al Claustro, AMPA y Consejo escolar

Lectura de los resúmenes de los distintos aspectos, propuestas de cada

uno de ellos

1 EVALUACIÓN DE LAS MEDIDAS DE CONCILIACIÓN

2 EVALUACIÓN DE ACUERDOS EDUCATIVOS Y SOCIALES

3 EVALUACIÓN DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS

4 EVALUACIÓN DE LAS CAMPAÑAS PROMOVIDAS

6.2. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN POR EL CONSEJO

ESCOLAR DEL CENTRO.

Lectura de los resúmenes de los distintos aspectos, con las aportaciones

del claustro.

El Consejo Escolar recibirá del director un análisis de la coordinación

mantenida entre los sectores diferentes de la comunidad educativa para

establecer propuestas de profundización en la misma.

A la luz de las conclusiones de todos los ámbitos se establecerán las

líneas generales para el siguiente curso en cada uno de ellos.

7. ANEXOS

1. Parte por faltas LEVES

2. Informe del profesor hechos constatados.

3. Comunicaciones.

3.1. Comunicación faltas GRAVES.

3.2. Comunicación faltas MUY GRAVES.

4. Designación de Instructor en hechos constatados.

5. Propuesta Resolución Instructor.

6. Resolución Director por faltas GRAVES y MUY GRAVES.

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7. Resolución Director ante propuesta CONSEJO ESCOLAR.

8. Designación de Instructor ante hechos No constatados.

9. Actuaciones Instructor para esclarecimiento.

10. Propuesta Resolución instructor.

11. Resolución Director por faltas GRAVES y MUY GRAVES.

12. Resolución Director tras propuesta CONSEJO ESCOLAR.

13. Medidas provisionales.

14. Petición de centro.

PARTE DE MEDIDAS CORRECTORAS POR FALTAS LEVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA ANEXO 1

ALUMNO/A: GRUPO: PROFESOR: FECHA: ASIGNATURA: HORA: Descripción de los hechos:

TIPIFICACIÓN DE LOS HECHOS FALTAS LEVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA (Art. 29 del Decreto 16/2016) a) Las faltas injustificadas de puntualidad

o de asistencia a clase. �

b) Las conductas que puedan impedir o dificultar a sus compañeros el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber del estudio, el comportamiento disruptivo y los actos que perturben el desarrollo normal de las actividades del centro.

c) La asistencia reiterada a clase sin el material necesario. �

d) No esforzarse por realizar las actividades de aprendizaje indicadas por el profesor.

e) No trasladar a sus padres o representantes legales la información del centro dirigida a ellos.

f) El uso, sin autorización, de teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos en las aulas u otras dependencias del centro.

g) Los actos de indisciplina, desobediencia, incorrección o desconsideración hacia el profesor o demás personal del centro, cuando por su entidad no sean considerados graves.

h) La desconsideración, insultos o agresiones entre compañeros, cuando por su entidad no sean consideradas graves.

i) Los daños leves causados en las instalaciones o el material del centro, así como el deterioro de las condiciones de limpieza e higiene del mismo.

j) Los daños leves causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la comunidad educativa, así como la apropiación indebida de material escolar de escaso valor.

MEDIDAS CORRECTORAS (Hasta un máximo de dos) MEDIDAS CORRECTORAS ANTE FALTAS LEVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA (Art. 30 del Decreto 16/2016) MEDIDAS CORRECTORAS A APLICAR POR EL PROFESOR 0 TUTOR a) Situar temporalmente al alumno en un lugar determinado dentro del aula

o enviarlo al espacio, que, en su caso, pueda tener habilitado el centro en su plan de convivencia.

b) Realización de actividades de aprendizaje e interiorización de pautas de conductas correctas. �

c) Amonestación por escrito, con posterior comunicación a los representantes legales, en caso de los menores de edad. �

d) Comparecencia inmediata ante la jefatura de estudios o el director del centro. �

e) Retirada del teléfono móvil o del dispositivo electrónico que haya sido utilizado por el alumno, de forma no autorizada, que será custodiado en las condiciones establecidas en las normas de funcionamiento del centro hasta que sus padres o representantes legales lo recojan en el mismo.

f) Privación del tiempo de recreo por un periodo máximo de cinco días lectivos. Durante ese tiempo el alumno permanecerá debidamente atendido.

MEDIDAS CORRECTORAS A APLICAR POR EL TUTOR g) Realización en casa de tareas educativas o actividades de carácter

académico para el alumno. �

h) Realización, dentro de la jornada escolar, y durante un máximo de 5 días lectivos, de tareas específicas dirigidas a mejorar las condiciones de limpieza e higiene del centro como fórmula de reparación del daño causado a las dependencias o material del centro, o de cualquier miembro de la comunidad educativa.

MEDIDAS CORRECTORAS A APLICAR POR EL JEFE DE ESTUDIOS i) Realización de un curso o taller de habilidades sociales programado por

el centro para aquellos alumnos que requieran esta medida reeducativa. �

j) Suspensión del derecho a participar en alguna actividad extraescolar o complementaria que tenga programada el centro, previo informe del profesor encargado de su desarrollo y una vez oído el alumno y sus padres o representantes legales, si es menor de edad.

k) Cambio de grupo por un periodo máximo de cinco días lectivos. �

l) Realización de tareas educativas en el aula de convivencia, o en el lugar determinado por el centro en su plan de convivencia, durante un máximo de cinco días.

m) Realización, fuera del horario lectivo y durante un máximo de cinco días, de una tarea o un servicio a la comunidad educativa como fórmula de reparación del daño causado. Esta medida deberá comunicarse

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k) La incitación o estímulo a la comisión de una falta leve contra las normas de convivencia del centro.

l) El incumplimiento de las normas establecidas por el centro en cuanto a indumentaria, higiene, alimentación, horarios y uso de instalaciones y recursos, así como aquellas otras establecidas en sus normas de convivencia y conducta.

� FECHA DE APLICACIÓN Y DURACIÓN DE LA MEDIDA CORRECTORA:

previamente a los padres o representantes legales en el caso del alumnado menor de edad.

_____________, ____ de __________________ de ________

Profesor/a

� Titular � Guardia

Fdo.:

Jefe de Estudios Fdo.:

RECIBÍ: Alumno/a Fdo.: Nombre: Fecha:

Padre/Madre/ Representante legal Fdo.: Nombre: Fecha:

Anexo 2

INFORME DEL PROFESOR/A ANTE LA COMISIÓN DE FALTAS GRAVES O MUY

GRAVES

CON HECHOS CONSTATADOS

(Artículo 36.2 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

D./Dña. ................................................................................, habiendo estado presente en el ejercicio de sus funciones como Profesor/a del Centro .............................................................................. de ................................. (localidad), durante la comisión de los hechos que se describen a continuación, al amparo de los establecido en el artículo 6 de la Ley 1/2013, de 15 de febrero, de Autoridad Docente de la Región de Murcia y a efectos de lo dispuesto en el artículo 36.2 del Decreto 162016, de 9 de marzo, emite el siguiente informe en relación con los hechos cometidos por el alumno o alumna ............................................................................, matriculado/a en ..... curso de................... (etapa educativa) del citado centro, según se detallan a continuación:

HECHOS: ........................................................................................................................

...........................................................................................................................................

..........................................................................................................................................

...........................................................................................................................................

..........................................................................................................................................

PERSONAS IMPLICADAS: .............................................................................................

LUGAR: ............................................................................................................................

CIRCUNSTANCIAS: .........................................................................................................

TESTIGOS: ......................................................................................................................

ACTUACIONES REALIZADAS: (análisis de documentos, fotografías, informaciones

recabadas, etc.)

Esta notificación, además, ha sido practicada por Teléfono, SMS o E-mail

con fecha, ____________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016)

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...........................................................................................................................................

...........................................................................................................................................

Y para que conste, a efectos de declarar probados los hechos que se describen y la autoría de estos, firmo el presente Informe en .............. , a .... de …...... de 20..

PROFESOR/A

Fdo.: ..................................

ANEXO 3.1

COMUNICACIÓN DE INICIO DE EXPEDIENTE POR FALTAS GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA

ALUMNO/A: GRUPO:

PROFESOR: FECHA: ASIGNATURA: HORA: Descripción de los hechos:

TIPIFICACIÓN DE LOS HECHOS FALTAS GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

(Art. 32 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

a) La comisión de una falta leve tras haber sido corregido el alumno durante el curso por la comisión de tres faltas leves.

b) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la comisión de faltas leves contra las normas de convivencia, salvo que el incumplimiento se deba a causas ajenas al propio alumno, o, en su caso, la negativa a cumplir los acuerdos alcanzados en el proceso de mediación escolar o en los contratos de convivencia..

c) La grabación o difusión, sin autorización, a través de teléfonos móviles o de cualquier otro medio, soporte o dispositivo electrónico o telemático, de imágenes o comentarios que guarden relación con la vida escolar.

d) Los actos graves de indisciplina, incorrección o desconsideración, injuria u ofensa contra el personal del centro o encargado de las actividades extraescolares o servicios complementarios.

e) Las amenazas, insultos o actos violentos entre compañeros que no causen un daño grave

f) Los actos de falta de respeto, amenazas, insultos, coacciones o agresión cometidos contra el profesorado, cuando por su entidad y circunstancias no sean considerados como muy graves, así como aquellos que pudieran causar grave perjuicio a la integridad, dignidad o a la salud personal de cualquier miembro de la comunidad educativa

g) Copiar en los exámenes, trabajos o pruebas de evaluación, consultando o plagiando los trabajos o ejercicios de otros alumnos, u obteniendo, en el caso de los exámenes y pruebas de evaluación, información de libros de texto, apuntes o dispositivos electrónicos o telemáticos

h) La suplantación de personalidad en actos de la vida académica y la falsificación o sustracción de pruebas de evaluación, documentos académicos, boletines de calificaciones o cualquier otro documento de notificación a los padres o representantes legales, en el caso de alumnos menores de edad.

i) El acceso indebido o sin autorización a ficheros, documentación y dependencias del centro.

j) El consumo dentro del recinto del centro, en los alrededores o en el desarrollo de actividades complementarias o extraescolares de alcohol, drogas y de cualquier tipo de sustancias perjudiciales para la salud.

k) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad

POSIBLES MEDIDAS CORRECTORAS MEDIDAS CORRECTORAS ANTE FALTAS GRAVES

CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA (Art. 33 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

A RESOLVER POR EL JEFE DE ESTUDIOS O EL DIRECTOR

a) Cambio de grupo por un periodo máximo de quince días lectivos.

b) Realización de tareas educativas en el aula de convivencia del centro, o en su defecto en el lugar que se determine, durante un máximo de quince días lectivos.

c) Realización, fuera del horario lectivo y durante un máximo de quince días, de una tarea o un servicio a la comunidad educativa como fórmula de reparación del daño causado. Esta medida deberá comunicarse previamente a los padres o representantes legales en el caso del alumnado menor de edad.

d) Suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias que tenga programada el centro en los tres meses siguientes a la comisión de la falta grave contra las normas de convivencia. A RESOLVER SOLAMENTE POR EL DIRECTOR

e) Suspensión del derecho a la utilización del transporte escolar del centro durante un periodo máximo de quince días lectivos, cuando la conducta contraria haya sido cometida en el transporte escolar, siempre que en función de la edad o de la existencia de transporte público alternativo el alumno no se viera imposibilitado de acudir al centro.

f) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un periodo máximo de quince días lectivos. Durante la impartición de estas clases el alumno deberá permanecer en el centro efectuando los trabajos académicos que se le encomienden, por parte del profesorado responsable del área, materia o módulo afectado, para evitar la interrupción en el proceso formativo. El jefe de estudios organizará la atención al alumno al que le haya sido impuesta esta medida correctora, según lo dispuesto en las normas de funcionamiento

g) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo comprendido entre uno y quince días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los trabajos académicos que determine el equipo docente de su grupo de referencia, para evitar la

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personal de los miembros de la comunidad educativa, así como la introducción en el centro de objetos peligrosos.

l) Los daños graves causados en los documentos, locales o materiales del centro, transporte escolar, instalaciones donde se desarrollen actividades complementarias o extraescolares, o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa, así como la sustracción de los mismos.

m) Las conductas tipificadas como leves contra las normas de convivencia del centro, recogidas en el artículo 29, si concurren circunstancias de colectividad o publicidad intencionada por cualquier medio.

n) La incitación o el estímulo a la comisión de una falta grave contra las normas de convivencia.

interrupción en el proceso formativo. Las normas de convivencia y conducta del centro determinarán los mecanismos que posibiliten un adecuado seguimiento de dicho proceso, especificando el horario de visitas al centro del alumno y garantizando siempre el derecho del alumno a realizar las pruebas de evaluación o exámenes que se lleven a cabo durante los días que dure la suspensión.

APLICACIÓN DE MEDIDAS PROVISIONALES (Art. 39 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo):

NOTIFICADO: RECIBÍ:

Director/a Fdo.: Nombre: Fecha:

Alumno/a Fdo.: Nombre: Fecha:

Padre/Madre/ Representante legal Fdo.: Nombre: Fecha:

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha,

________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

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Anexo 3.2 COMUNICACIÓN DE INICIO DE EXPEDIENTE

POR FALTAS MUY GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA

ALUMNO/A: GRUPO: PROFESOR: FECHA: ASIGNATURA: HORA: Descripción de los hechos:

TIPIFICACIÓN DE LOS HECHOS

FALTAS MUY GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA (Art. 34 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

a) La comisión de una falta grave tras haber sido corregido el alumno durante el curso por la comisión de dos faltas graves.

b) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la comisión de faltas graves contra las normas de convivencia, salvo que el incumplimiento se deba a causas ajenas al propio alumno.

c) Las amenazas, insultos y agresiones o actos violentos entre compañeros que causen un daño grave, así como los actos que atenten gravemente contra la integridad, intimidad o dignidad de los compañeros o demás miembros de la comunidad educativa.

d) Los actos graves de agresión, insultos, amenazas o actitudes desafiantes cometidos hacia los profesores y demás personal del centro, así como el acoso físico o moral, realizado por cualquier vía o medio, contra los miembros de la comunidad educativa.

e) Las vejaciones, humillaciones, discriminaciones u ofensas muy graves contra cualquier miembro de la comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una discriminación o acoso basado en el sexo, orientación o identidad sexual, o un origen racial, étnico, religioso, de creencias o de discapacidad, o que se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas.

f) La grabación, publicidad o difusión, a través de teléfono móvil o de cualquier otro medio, soporte o dispositivo electrónico o telemático, de agresiones, actos que tengan un componente sexual, humillaciones o actos violentos, que guarden relación con la vida escolar o que atenten contra la intimidad, el honor, la integridad o dignidad de algún miembro de la comunidad educativa.

g) Los daños muy graves causados en los documentos, locales o materiales del centro, transporte escolar, instalaciones donde se desarrollen actividades complementarias o extraescolares, o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa.

h) La venta en el centro de sustancias perjudiciales para la salud, o la incitación de su consumo a otros alumnos, así como la incitación al uso de objetos peligrosos para la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.

i) La posesión o venta de sustancias estupefacientes.

POSIBLES MEDIDAS CORRECTORAS

MEDIDAS CORRECTORAS ANTE FALTAS MUY GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

(A RESOLVER SOLAMENTE POR EL DIRECTOR) (Art. 35 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

a) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo comprendido entre dieciséis y treinta días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los trabajos académicos que determine el profesorado que le imparte docencia, para evitar la interrupción en el proceso formativo. Las normas de convivencia y conducta del centro determinarán los mecanismos que posibiliten un adecuado seguimiento de dicho proceso, especificando el horario de visitas al centro del alumno y garantizando siempre el derecho del alumno a realizar las pruebas de evaluación o exámenes que se lleven a cabo durante los días que dure la suspensión.

b) Suspensión del derecho a la utilización del transporte escolar del centro durante todo el curso académico, cuando la conducta contraria haya sido cometida en el transporte escolar, siempre que en función de la edad o de la existencia de transporte público alternativo el alumno no se viera imposibilitado de acudir al centro.

c) Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares o complementarias durante todo el curso académico.

d) Cambio de centro, cuando se trate de un alumno de enseñanza obligatoria.

e) Expulsión del centro (solamente en enseñanzas no obligatorias).

APLICACIÓN DE MEDIDAS PROVISIONALES (Art. 39 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo):

NOTIFICADO: RECIBÍ:

Director/a Fdo.: Nombre: Fecha:

Alumno/a Fdo.: Nombre: Fecha:

Padre/Madre/ Representante legal Fdo.: Nombre: Fecha:

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha,

___________________

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Anexo 4

DESIGNACIÓN DE INSTRUCTOR ANTE HECHOS CONSTATADOS POR FALTAS

GRAVES O MUY GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

(Artículo 36.3 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

D./ Dña. ………………………………………………………..…… queda

designado/a intructor/ instructora del expediente que con fecha ………..…… se

acuerda incoar al alumno/a D/Dña.

…………………………………………………………………. de ……….. (curso) de

…..…….. (nivel/ etapa educativa).

A efectos de lo indicado en el artículo 46.2 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo,

esta designación se comunica al alumno/a mayor de edad o a su padre/ madre/

representante legal, en ….......................................... (localidad) , a.... de …...... de 20..

EL DIRECTOR/ LA DIRECTORA

Fdo.: ..................................

Enterados:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O REPRESENTANTE LEGAL (si el alumno es mayor de edad) (si el alumno es menor de edad)

Fdo.:............................................................

Fdo.:..................................................................

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha,

________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

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Anexo 5

PROPUESTA DE RESOLUCION DEL INSTRUCTOR ANTE HECHOS

CONSTATADOS

(FALTAS GRAVES O MUY GRAVES)

(Artículo 36.4 del Decreto 16/2016, de 9 marzo)

D./Dña. ................................................................................, designado/a INSTRUCTOR/A, por acuerdo del director del centro, de fecha ………, en el expediente de medidas correctoras instruido al alumno/a ............................................................................, matriculado/a en ........ curso de...................... (nivel/etapa educativa), visto el informe emitido por el profesor/a D./ Dña. ........................................................., con fecha …………., en relación con los hechos que se detallan a continuación, ocurridos el día ……..…….. , en el que figura como responsable el alumno/ la alumna ………………………………………………, del curso ………., ante la comisión de faltas graves o muy graves y de las medidas correctoras que se podrían imponer, le comunica lo siguiente

HECHOS PROBADOS

DESCRIPCIÓN (se relatan los hechos, sin transcribir su tipificación): ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………

TIPIFICACIÓN: Los anteriores hechos han de ser encuadrados dentro de la/s letra/s x) del artículo 32 o 34 del Decreto 16/2016 de 9 de marzo, en la/s que se establece/n como falta/s grave o muy grave/s contra las normas de convivencia: “………………. …” (transcribir la/s conducta/s tipificada/s copiándola/s literalmente). CIRCUNSTANCIAS PALIATIVAS O ACENTUANTES (SI LAS HUBIERE): …………………….…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

MEDIDA CORRECTORA: Al amparo de lo dispuesto en la letra x) del artículo 33 o 35 del citado Decreto 16/2016 de 9 de marzo se propone imponer la medida correctora de “………………. …” (transcribir la medida correctora descrita en la letra correspondiente)

Esta propuesta podrá ser contestada por ud. mediante comparecencia personal en el centro, o por escrito, en el plazo de dos días lectivos, para formular alegaciones y proponer aquellos medios de prueba que en el ejercicio de su derecho de defensa considere oportuno para tratar de desvirtuar la presunción de veracidad de los hechos que impugna, en calidad de alumno o alumna mayor de edad, o de Padre/ Madre/ Representante legal del alumno/a.

EL INSTRUCTOR

Fdo-: ……………………………………

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Enterado/a:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O REPRESENTANTE LEGAL

(si el alumno es mayor de edad) (si el alumno es menor de edad)

Fdo.:............................................................

Fdo.:..................................................................

OPCIONAL PARA EL ALUMNO/A: El alumno o alumna reconoce su

responsabilidad en los hechos constatados, y firma su conformidad, en

presencia de su Padre/Madre/Representante legal:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O REPRESENTANTE

LEGAL

Fdo.:..............................................Fdo.:......................................................

............

En....................., ..... de................. de 20.......

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha,

________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

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Anexo 6

RESOLUCION DEL DIRECTOR (O JEFE DE ESTUDIOS)

ANTE HECHOS CONSTATADOS (FALTAS GRAVES O MUY GRAVES)

(Artículo 36.5 del Decreto 16/2016, de 9 marzo)

D./Dña. ..............................................................., director/a o jefe/a de estudios del centro, visto el informe emitido por el profesor/a instructor/a D./ Dña. ............................................................., con fecha …………., en relación con el expediente de medidas correctoras instruido al alumno/a ............................................................................, matriculado/a en ........ curso de...................... (nivel/etapa educativa), ante la comisión de faltas graves o muy graves,

CONSIDERANDO

1º.- Que el día … de …………… de 20….. se desarrollaron los siguientes hechos probados (se relatan los hechos, sin transcribir su tipificación): ……………………………….……...………….………. …………….....................................................................................................................................

2º .- Que los anteriores hechos han de ser encuadrados dentro de la/s letra/s x) del artículo 32 o 34 del Decreto 16/2016 de 9 de marzo, en la/s que se establece/n como falta/s grave o muy grave/s contra las normas de convivencia: “………………. …” (se transcriben la/s conducta/s tipificada/s copiándola/s literalmente).

3º.- Que existen/ (o bien) no existen circunstancias paliativas o acentuantes (se detallan, si las hubiere) ……………………………………………………………………………………………..

4º.- Que alumno/a (o sus tutores legales) al serle/s notificada su imputación ha/n formulado, en síntesis, las siguientes alegaciones…………………………………….……………….. y realizan la siguiente propuesta ………………………………………………………………………………….…/ (o bien) no han formulado alegaciones.

RESULTANDO

1º.- Que el director del centro, al amparo de lo previsto en el artículo 132.f) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación es competente para imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos (añadir, en su caso) y en virtud de lo dispuesto en el artículo 33.2 del Decreto 16/2016 de 9 de marzo, ha delegado en el jefe de estudios la competencia para imponer las medidas correctoras previstas en las letras a, b, c y d del apartado 1 del mismo. 2º.- Que, en relación con las alegaciones efectuadas no procede/ (o bien) procede tomarlas en consideración dado que ……………………………………………………………………..………../ (o bien) Que no se han formulado alegaciones.

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Por cuanto antecede, RESUELVE:

Imponer al alumno …………………………………... la medida correctora de ………………………………..., (añadir, en su caso) que surtirá efecto desde el día … hasta el día …, debiendo realizar los trabajos académicos que determine el equipo docente de su grupo de referencia durante el tiempo que dure la suspensión, para evitar la interrupción en el proceso formativo // (o bien) Declarar la no existencia de responsabilidad del alumno/a en los hechos, al estimar las alegaciones presentadas, según el artículo 38 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá presentar reclamación, ante el Consejo Escolar del centro, en el plazo de dos días lectivos a partir del siguiente en que se produjo la notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 40.2 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, en relación con las competencias que el artículo 127.f) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, atribuye a este órgano colegiado.

En....................., a ........ de................. de 20.......

DIRECTOR DEL CENTRO (JEFE DE ESTUDIOS)

Fdo.: ..................................

JUSTIFICANTE DE NOTIFICACIÓN:

RECIBÍ:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O TUTOR/A LEGAL DEL

ALUMNO

FIRMA: ............................................................ FIRMA:

................................................................

NOMBRE: ........................................................ NOMBRE:

............................................................

FECHA: ........................................................... FECHA:

...............................................................

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha,

________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

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Anexo 7

RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR ANTE PROPUESTA DEL CONSEJO ESCOLAR

POR HECHOS CONSTATADOS (FALTAS GRAVES O MUY GRAVES)

(Artículo 40.2 del Decreto 16/2016, de 9 marzo)

Vista la propuesta efectuada por el Consejo Escolar del centro, de fecha ………, en relación con la resolución del expediente de medidas correctoras instruido al alumno ................................, matriculado en ...... curso de ....... (nivel/ etapa educativa),

Resultando

1º.- Que con fecha ….. se dictó Resolución por el Director (o bien, cuando se trate de medidas correctoras previstas en las letras a, b, c y d del apartado 1 del artículo 32) / por el Jefe de Estudios, por delegación del director, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33.2 del Decreto 16/2016 de 9 de marzo, por la que se imponía la medida correctora de .... 2º.- Que al amparo de lo que establece el artículo 40 del Decreto 16/2016 de 9 de marzo, con fecha …, el alumno (o sus tutores legales) han presentado reclamación ante el Consejo Escolar alegando ……………………………………………………………………………….. 3º.- Que el Consejo Escolar del centro, reunido en sesión extraordinaria el día …, a la vista de los informes incorporados al expediente y de las alegaciones contenidas en la reclamación, considera que no procede/ (o bien) procede estimar la reclamación presentada dado que ….. (indicar los motivos en los que ha basado su decisión), y en consecuencia realiza la siguiente propuesta: □ Ratificar la resolución de fecha… por la que se impone la medida correctora de... □ Modificar la resolución de fecha… por la que se impone la medida correctora

de..., y aplicar, en sustitución, la siguiente medida … 4º.- Que el director, conforme a lo establecido en el artículo 40.2 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, es competente para valorar la propuesta formulada por el Consejo Escolar, y tras analizar los argumentos en que se fundamenta, ha decidido desestimar/ (o bien) ratificar dicha propuesta, dado que ……… (motivar la decisión)

Considerando

1º.- Que a la vista de los informes incorporados al expediente, resulta probado que el alumno/a ……………… es responsable de los siguientes hechos: (se relatan los hechos, sin transcribir su tipificación)………………….…………………………………………… 2º.- Que los hechos realizados por el alumno han de ser encuadrados dentro de la/s letra/s x) del artículo 32 o 34 del Decreto Decreto 16/2016, de 9 de marzo, en la/s que se establece/n como falta/s grave o muy grave/s contra las normas de convivencia: “………………” (transcribir la/s conducta/s tipificada/s copiándola/s literalmente del texto legal). 3º.- Que en la gradación de la medida correctora a imponer se ha considerado que

□ no concurren circunstancias atenuantes/agravantes.

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□ concurren las siguientes circunstancias atenuantes/agravantes… (indicar cuáles).

4º.- Que al amparo de lo dispuesto en la letra x) del artículo 33 o 35 del citado Decreto 16/2016, de 9 de marzo, procede imponer la medida correctora de “………………. …” (transcribir la medida correctora descrita en la letra correspondiente)

Por cuanto antecede, RESUELVE Imponer al alumno …………………………………... la medida correctora

de ………………………………..., (añadir, en su caso) que surtirá efecto desde el día … hasta el día …, debiendo realizar los trabajos académicos que determine el equipo docente de su grupo de referencia durante el tiempo que dure la suspensión, para evitar la interrupción en el proceso formativo.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, conforme a lo dispuesto en el artículo 40.3 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 10.1.a) y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Potestativamente, podrá presentar recurso de reposición ante el director del centro, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

(O bien, cuando la medida impuesta sea la de cambio o expulsión del centro) Contra la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.3 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección General con competencias en ordenación académica en el plazo de un mes a contar desde la fecha de su notificación.

En....................., a ...... de................. de 20.....

DIRECTOR DEL CENTRO (JEFE DE ESTUDIOS)

Fdo.: ..................................

RECIBÍ:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O TUTOR/A LEGAL

DEL ALUMNO

FIRMA: ............................................................ FIRMA:

................................................................

NOMBRE: ........................................................ NOMBRE:

............................................................

FECHA: ........................................................... FECHA:

...............................................................

Anexo 8

DESIGNACIÓN DE INSTRUCTOR ANTE HECHOS NO CONSTATADOS POR

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha,

________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

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FALTAS GRAVES O MUY GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE

CONVIVENCIA

(Artículo 37.1 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

D./ Dña. ………………………………………………………..…… queda

designado/a intructor/ instructora del expediente que con fecha ………..…… se

acuerda incoar al alumno/a D/Dña.

…………………………………………………………………. de ……….. (curso) de

…..…….. (nivel/ etapa educativa).

A efectos de lo indicado en el artículo 46.2 del Decreto 16/2016, de 9 de

marzo, esta designación se comunica al alumno/a mayor de edad o a su padre/

madre/ representante legal, en ….......................................... (localidad) , a.... de

…...... de 20.. EL DIRECTOR/ LA DIRECTORA

Fdo.: ..................................

Enterados:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O REPRESENTANTE LEGAL (si el alumno es mayor de edad) (si el alumno es menor de edad)

Fdo.:...................................

Fdo.:...........................................................

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Anexo 9

ACTUACIONES DEL INSTRUCTOR PARA EL ESCLARECIMIENTO DE HECHOS NO CONSTATADOS ANTE FALTAS GRAVES O MUY GRAVES

CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA (Art. 37.2 Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

En ….…………. (Localidad y lugar), el .... de ................. de 20…, previamente citado, comparece para prestar declaración en el expediente de medidas correctoras abierto con fecha ..... de ............. de 20…, que es informado del motivo de su comparecencia,

□ D./ Dña. ………………….…. , en calidad de testigo de los hechos que se están investigando

□ El alumno/ ……………………..….…. (añadir, si es menor de edad), acompañado de sus padres o representantes legales, D. ………………………………. y Dña. ………………

Se le informa del motivo de su comparecencia y se le pregunta lo siguiente:

PREGUNTA: ……………………………………………………………………………

RESPUESTA: ..………………………………………………………………………..

Se harán cuantas preguntas se consideren de interés para el esclarecimiento

de los hechos, y deberá formularse como última la siguiente:

PREGUNTA: ¿Tiene algo más que alegar?

RESPUESTA: ..............................................................................................................

Leída la presente declaración por el declarante, la encuentra ajustada a lo manifestado.

....................., ..... de ................. de 20…

El instructor/a (o tutor) El alumno/a El/La representante legal del alumno

Fdo.: ….…………. Fdo.: ….…………. Fdo.: ….………….

El alumno o alumna reconoce su responsabilidad en los hechos, y

firma su conformidad, en presencia de su Padre/Madre/Representante legal:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O REPRESENTANTE LEGAL

Fdo.:....................................

Fdo.:..................................................................

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Anexo 10

PROPUESTA DE RESOLUCION DEL INSTRUCTOR ANTE HECHOS NO

CONSTATADOS

(FALTAS GRAVES O MUY GRAVES)

(Artículo 37.3 del Decreto 16/2016, de 9 marzo)

D./Dña. ................................................................................, designado/a INSTRUCTOR/A, por acuerdo del director del centro, de fecha ………, en el expediente de medidas correctoras instruido al alumno/a ............................................................................, matriculado/a en ........ curso de...................... (nivel/etapa educativa), ante la comisión de faltas graves o muy graves y las medidas correctoras que se podrían imponer, le comunica lo siguiente

HECHOS PROBADOS

DESCRIPCIÓN (se relatan los hechos, sin transcribir su tipificación): ……………………………………………………............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

TIPIFICACIÓN: Los anteriores hechos han de ser encuadrados dentro de la/s letra/s x) del artículo 32 o 34 del Decreto 16/2016 de 9 de marzo, en la/s que se establece/n como falta/s grave o muy grave/s contra las normas de convivencia: “………………. …” (transcribir la/s conducta/s tipificada/s copiándola/s literalmente). CIRCUNSTANCIAS PALIATIVAS O ACENTUANTES (SI LAS HUBIERE): …………………….……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………...

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

MEDIDA CORRECTORA: Al amparo de lo dispuesto en la letra x) del artículo 33 o 35 del citado Decreto 16/2016 de 9 de marzo se propone imponer la medida correctora de “………………. …” (transcribir la medida correctora descrita en la letra correspondiente)

Esta propuesta podrá ser contestada por el padre/ la madre/ los representantes legales del alumno/a menor de edad mediante comparecencia personal en el centro, o por escrito, en el plazo de diez días lectivos, para formular alegaciones y proponer aquellos medios de prueba que en el ejercicio de su derecho de defensa considere oportuno para tratar de desvirtuar la presunción de veracidad de los hechos que impugna, en calidad de alumno o alumna mayor de edad, o de Padre/ Madre/ Representante legal del alumno/a.

EL INSTRUCTOR

Fdo-: ……………………………………

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Enterado/a:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O REPRESENTANTE LEGAL (si el alumno es mayor de edad) (si el alumno es menor de edad)

Fdo.:..........................................

Fdo.:..................................................................

(OPCIONAL PARA EL ALUMNO/A) El alumno o alumna reconoce su

responsabilidad en los hechos constatados, y firma su conformidad, en

presencia de su Padre/ Madre/ Representante legal, según el artículo 37.2 del

Decreto 16/2016, de 9 de marzo:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O REPRESENTANTE LEGAL

Fdo.:............................................

Fdo.:..................................................................

(OPCIONAL PARA PADRE/ MADRE/ REPRESENTANTE LEGAL) El alumno o

alumna mayor de edad, o el padre/ la madre/ su representante legal para los

alumnos/as menores de edad, renuncian a presentar alegaciones, según el

artículo 37.5 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O REPRESENTANTE LEGAL

Fdo.:............................................................Fdo.:...................................................

...............

En....................., ..... de................. de 20.......

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha,

________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

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Anexo 11

RESOLUCION DEL DIRECTOR (O JEFE DE ESTUDIOS) ANTE HECHOS NO CONSTATADOS (FALTAS GRAVES O MUY GRAVES)

(Artículos 37.6, 37.7 y 38 del Decreto 16/2016, de 9 marzo)

D./Dña. ..............................................................., director/a o jefe/a de estudios del centro, visto el informe emitido por el profesor/a instructor/a D./ Dña. ............................................................., con fecha …………., en relación con el expediente de medidas correctoras instruido al alumno/a ............................................................................, matriculado/a en ........ curso de...................... (nivel/etapa educativa), ante la comisión de faltas graves o muy graves,

CONSIDERANDO

1º.- Que el día … de …………… de 20….. se desarrollaron los siguientes hechos probados (se relatan los hechos, sin transcribir su tipificación): ……………………………….……...………….………………………………………………………………………. ............................................................................................................

2º .- Que los anteriores hechos han de ser encuadrados dentro de la/s letra/s x) del artículo 32 o 34 del Decreto 16/2016 de 9 de marzo, en la/s que se establece/n como falta/s grave o muy grave/s contra las normas de convivencia: “………………. …” (se transcriben la/s conducta/s tipificada/s copiándola/s literalmente).

3º.- Que existen/ (o bien) no existen circunstancias paliativas o acentuantes (si detallan, si las hubiere) ……………………………………………………………………………………………..

4º.- Que alumno/a (o sus tutores legales) al serle/s notificada su imputación ha/n formulado, en síntesis, las siguientes alegaciones…………………………………….……………….. y realizan la siguiente propuesta ………………………………………………………………………………….…/ (o bien) no han formulado alegaciones.

RESULTANDO

1º.- Que el director del centro, al amparo de lo previsto en el artículo 132.f) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación es competente para imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos (añadir, en su caso) y en virtud de lo dispuesto en el artículo 33.2 del Decreto 16/2016 de 9 de marzo, ha delegado en el jefe de estudios la competencia para imponer las medidas correctoras previstas en las letras a, b, c y d del apartado 1 del mismo.

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2º.- Que, en relación con las alegaciones efectuadas no procede/ (o bien) procede tomarlas en consideración dado que ……………………………………………………………………..………../ (o bien) Que no se han formulado alegaciones.

Por cuanto antecede, RESUELVE: Imponer al alumno …………………………………... la medida correctora

de ………………………………..., (añadir, en su caso) que surtirá efecto desde el día … hasta el día …, debiendo realizar los trabajos académicos que determine el equipo docente de su grupo de referencia durante el tiempo que dure la suspensión, para evitar la interrupción en el proceso formativo // (o bien) Declarar la no existencia de responsabilidad del alumno/a en los hechos, al estimar las alegaciones presentadas, según el artículo 38 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá presentar reclamación, ante el Consejo Escolar del centro, en el plazo de dos días lectivos a partir del siguiente en que se produjo la notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 40.2 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, en relación con las competencias que el artículo 127.f) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, atribuye a este órgano colegiado.

En....................., a ........ de................. de 20.......

DIRECTOR DEL CENTRO (JEFE DE ESTUDIOS)

Fdo.: ..................................

RECIBÍ:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O TUTOR/A LEGAL

DEL ALUMNO

FIRMA: ............................................................ FIRMA:

................................................................

NOMBRE: ........................................................ NOMBRE:

............................................................

FECHA: ........................................................... FECHA:

...............................................................

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha,

________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

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Anexo 12

RESOLUCION DEL DIRECTOR ANTE PROPUESTA DEL CONSEJO ESCOLAR

POR HECHOS NO CONSTATADOS (FALTAS GRAVES O MUY GRAVES)

(Artículo 40.2 del Decreto 16/2016, de 9 marzo)

Vista la propuesta efectuada por el Consejo Escolar del centro, de fecha ………, en relación con la resolución del expediente de medidas correctoras instruido al alumno ................................, matriculado en ...... curso de ....... (nivel/ etapa educativa),

Resultando 1º.- Que con fecha ….. se dictó Resolución por el Director (o bien, cuando se trate de medidas correctoras previstas en las letras a, b, c y d del apartado 1 del artículo 32) / por el Jefe de Estudios, por delegación del director, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33.2 del Decreto 16/2016 de 9 de marzo, por la que se imponía la medida correctora de .... 2º.- Que al amparo de lo que establece el artículo 40 del Decreto 16/2016 de 9 de marzo, con fecha …, el alumno (o sus tutores legales) han presentado reclamación ante el Consejo Escolar alegando …………………………………………………………………………………………………….. 3º.- Que el Consejo Escolar del centro, reunido en sesión extraordinaria el día …, a la vista de los informes incorporados al expediente y de las alegaciones contenidas en la reclamación, considera que no procede/ (o bien) procede estimar la reclamación presentada dado que ….. (indicar los motivos en los que ha basado su decisión), y en consecuencia realiza la siguiente propuesta: □ Ratificar la resolución de fecha… por la que se impone la medida correctora de... □ Modificar la resolución de fecha… por la que se impone la medida correctora

de..., y aplicar, en sustitución, la siguiente medida … 4º.- Que el director, conforme a lo establecido en el artículo 40.2 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, es competente para valorar la propuesta formulada por el Consejo Escolar, y tras analizar los argumentos en que se fundamenta, ha decidido desestimar/ (o bien) ratificar dicha propuesta, dado que ……… (motivar la decisión)

Considerando

1º.- Que a la vista de los informes incorporados al expediente, resulta probado que el alumno/a ……………… es responsable de los siguientes hechos: (se relatan los hechos, sin transcribir su tipificación)………………….…………………………………………… 2º.- Que los hechos realizados por el alumno han de ser encuadrados dentro de la/s letra/s x) del artículo 32 o 34 del Decreto Decreto 16/2016, de 9 de marzo, en la/s que se establece/n como falta/s grave o muy grave/s contra las normas de convivencia: “………………” (transcribir la/s conducta/s tipificada/s copiándola/s literalmente del texto legal).

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3º.- Que en la gradación de la medida correctora a imponer se ha considerado que

□ no concurren circunstancias atenuantes/agravantes. □ concurren las siguientes circunstancias atenuantes/agravantes… (indicar cuáles).

4º.- Que al amparo de lo dispuesto en la letra x) del artículo 33 o 35 del citado Decreto 16/2016 de 9 de marzo procede imponer la medida correctora de “………………. …” (transcribir la medida correctora descrita en la letra correspondiente)

Por cuanto antecede, RESUELVE Imponer al alumno …………………………………... la medida correctora

de ………………………………..., (añadir, en su caso) que surtirá efecto desde el día … hasta el día …, debiendo realizar los trabajos académicos que determine el equipo docente de su grupo de referencia durante el tiempo que dure la suspensión, para evitar la interrupción en el proceso formativo.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, conforme

a lo dispuesto en el artículo 40.3 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 10.1.a) y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Potestativamente, podrá presentar recurso de reposición ante el director del centro, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

(O bien, cuando la medida impuesta sea la de cambio o expulsión del

centro) Contra la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.3 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección General con competencias en ordenación académica en el plazo de un mes a contar desde la fecha de su notificación.

En....................., a ...... de................. de 20.....

DIRECTOR DEL CENTRO (JEFE DE ESTUDIOS)

Fdo.: ..................................

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JUSTIFICANTE DE NOTIFICACIÓN:

RECIBÍ:

ALUMNO/A PADRE/MADRE O TUTOR/A LEGAL

DEL ALUMNO

FIRMA: ............................................................ FIRMA:

................................................................

NOMBRE: ........................................................ NOMBRE:

............................................................

FECHA: ........................................................... FECHA:

...............................................................

Anexo 13

ADOPCIÓN DE MEDIDAS PROVISIONALES POR EL DIRECTOR

(Artículo 39 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

A la vista de los hechos acaecidos el día …. de …. de 20…, realizados

presuntamente/ (o bien) constatadamente por el alumno

……………………………………….. del grupo ………………., teniendo en

cuenta que dichos hechos pudieran ser considerados como falta grave o muy

grave, según la tipificación establecida en los artículos 32 o 34 del Decreto

16/2016, de 9 de marzo, por el que se establecen las normas de convivencia

en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y dada la gravedad de los

hechos y la repercusión que estos están teniendo en el centro, se estima

procedente adoptar la medida provisional prevista en el artículo 39 del citado

decreto, consistente en (seleccionar lo que proceda):

o Suspensión del derecho de asistencia al centro durante …… días.

o Suspensión del derecho de asistencia, durante ….. días, a las

siguientes clases o actividades:

…………………………………………………………………………..

o Cualquier otra medida de las previstas en el Decreto 16/2016, de 9 de

marzo:

………………………………………………………………………………

En .............. , a .... de …...... de 20.. EL/ LA DIRECTOR/A DEL CENTRO

Fdo.: ..................................

Fdo: ……………………………… (alumno/a, padres o representantes

legales)

Esta notificación ha sido realizada por Teléfono, SMS o correo electrónico con fecha,

________________________ (art. 42 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

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ANEXO 14

SOLICITUD DE PLAZA EN CENTRO ESCOLAR ANTE LA MEDIDA CORRECTORA DE CAMBIO DE CENTRO

(Artículo 35.4 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo)

1. DATOS DEL ALUMNO/A ID SOLICITUD:

Apellidos: Nombre: Fecha de nacimiento:

Lugar de nacimiento: Provincia: País: Nacionalidad:

Domicilio: C.P: Tlf: E- Mail:

2. DATOS DE PADRE/ MADRE O REPRESENTANTES LEGALES

Nombre padre/tutor: E- Mail: D.N.I/N.I.E:

Nombre madre/ tutora: E- Mail: D.N.I/N.I.E.:

3. DATOS DEL ÚLTIMO CENTRO DE LA CARM DONDE HA ESTADO ESCOLARIZADO/ A

Código centro de

origen:

Nombre centro de

origen:

Localidad: Municipio:

4. SOLICITUD DE CENTRO ESCOLAR

Curso o nivel solicitado:

PRIMARIA Curso: SECUNDARIA Curso:

Centros solicitados por orden de preferencia:

Orden Nombre del centro Localidad o Municipio

5. DOCUMENTACIÓN APORTADA

- Resolución del director del centro educativo con la medida correctora de cambio de centro

impuesta

- Otros:

En _____________________ , a ___ de _________ de 20__

Fdo: _________________________(alumno/a mayor de edad,

padres o representantes legales)

COMISIÓN PERMANENTE DE ESCOLARIZACIÓN