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Procuraduría Federal del Consumidor Coordinación General de Administración Lineamientos para el Ejercicio y Control del Gasto de las Delegaciones y Subdelegaciones “Circular 01” José Vasconcelos 208, Col Condesa, C.P. 06140 2 de febrero de 2010

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Procuraduría Federal del ConsumidorCoordinación General de Administración

Lineamientos para el Ejercicio y Control del Gasto de las Delegaciones

y Subdelegaciones

“Circular 01”

José Vasconcelos 208, Col Condesa, C.P. 06140http://www.profeco.gob.mx

2 de febrero de 2010

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Lineamientos para el Ejercicio y Control delGasto de las Delegaciones y Subdelegaciones

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Aprobación del Documento

Control de las Revisiones

Revisión FechaRevisión Consideración del cambio en el documento

00 19 de febrero de 2007

Como resultado de la adopción de la buena práctica número 16 “Índice para Integrar la Circular 01”, se actualizaron los presentes lineamientos para facilitar a las unidades responsables de las delegaciones y subdelegaciones de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) el ejercicio y control del gasto asignado, en cumplimiento al programa de mejora regulatoria de la Institución; así como en apego a los Lineamientos para Emitir Disposiciones Normativas y la Guía Técnica para Elaborar o Actualizar Lineamientos.

01 14 de febrero de 2008

Actualización derivada de nuevas disposiciones presupuestarias, adquisiciones, laborales y de tecnologías de la información y comunicaciones, en cumplimiento al Programa de Trabajo 2008 del Comeri; así como en apego a los Lineamientos para Emitir Disposiciones Normativas y la Guía Técnica para Elaborar o Actualizar Lineamientos. Versión dictaminada viable por el Comeri en su Primera Sesión Ordinaria de 2008 (14-02-08).

02 05 de febrero de 2009

Actualización derivada de nuevas disposiciones presupuestarias, adquisiciones, laborales y de tecnologías de la información y comunicaciones, en cumplimiento al Programa de Trabajo 2009 del Comeri, y en apego a los Lineamientos por el que se establece el Proceso de Calidad Regulatoria en la Procuraduría Federal del Consumidor. Versión dictaminada por el Comeri en la Primera Sesión Ordinaria de 2009(05-02-2009).

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03 21 de enero de 2010

Actualización derivada de nuevas disposiciones presupuestarias, adquisiciones, laborales y de tecnologías de la información y comunicaciones aplicables al ejercicio fiscal 2010, así como al Decreto por el cual se reforman diversas disposiciones del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor (DOF 14-12-2009), en cumplimiento al Sistema de Mejora Regulatoria Interna del Programa de Mejora de la Gestión en la Administración Pública Federal 2008-2012. y en apego a los Lineamientos por el que se establece el Proceso de Calidad Regulatoria en la Procuraduría Federal del Consumidor. Versión dictaminada por el Comeri en la Primera Sesión Extraordinaria de 2010 (21-01-2010).

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Contenido

Página

I. Introducción...................................................................................................7

II. Glosario.........................................................................................................8

III. Objetivo.......................................................................................................11

IV. Alcance........................................................................................................11

V. Normatividad Aplicable................................................................................11

VI. Disposiciones Generales.............................................................................17

Del techo presupuestal asignado................................................................17De las responsabilidades de los Delegados y Subdelegados.....................17De las responsabilidades de las CA............................................................17De los subejercicios presupuestarios..........................................................17

VII. Lineamientos...............................................................................................18

Programación...................................................................................................18

Estructura programática..............................................................................18Clave presupuestaria...................................................................................18Fuente de financiamiento............................................................................19Unidades responsables...............................................................................19Responsables del manejo de recursos.......................................................21

Presupuestación...............................................................................................21

Anualidad....................................................................................................21Compromisos que rebasan el ejercicio fiscal..............................................22Suficiencia presupuestaria..........................................................................22Disponibilidad presupuestal.........................................................................22Compromisos devengados..........................................................................22Corresponsabilidad......................................................................................23Sistema informático para presupuesto y contabilidad.................................23Comunicación del presupuesto...................................................................23Adecuaciones presupuestarias...................................................................23

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Disposiciones de austeridad y disciplina del gasto......................................24Ejercicio del gasto.............................................................................................24

Requisitos de los comprobantes fiscales....................................................24Documentación justificativa y comprobatoria..............................................25Viáticos y pasajes........................................................................................25Pasajes locales...........................................................................................25Gastos por productos alimenticios..............................................................26Gastos por servicios oficiales......................................................................26Gastos de comunicación social...................................................................27Caja Chica...................................................................................................27Ministración.................................................................................................27Comprobación de los recursos ministrados................................................27Catálogo de Firmas Autorizadas de los Servidores Públicos......................28Ahorros y economías presupuestarias........................................................28Reintegros presupuestarios.........................................................................28Validación del ejercicio del gasto................................................................29

Ingresos............................................................................................................29

Módulo de Ingresos del SIIP.......................................................................30Recuperación de ingresos...........................................................................30Flexogramas y Precintos.............................................................................30

Servicios Personales........................................................................................30

Generales....................................................................................................30Asistencia e incidencias del personal..........................................................31Estructura Orgánica.....................................................................................33Apartado derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10

Plantilla de Personal....................................................................................33Movimientos de personal.............................................................................33Contrataciones por honorarios asimilados a salarios..................................34Apartado derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

Relaciones laborales...................................................................................34Remuneraciones y prestaciones al personal...............................................36Listados de Firmantes de Nómina...............................................................36

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Capacitación................................................................................................37Apartado derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

Recursos Materiales.........................................................................................37

Gasto directo descentralizado.....................................................................37Pagos de gasto directo descentralizado......................................................37Integración de expedientes de gasto directo...............................................38Partidas restringidas....................................................................................38Adquisiciones y contrataciones...................................................................39Contratos de arrendamiento........................................................................39Apartado derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

Penas convencionales y deducciones.........................................................39Informes......................................................................................................40

Servicios Generales..........................................................................................40

Medidas de austeridad................................................................................40Apartado derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

Parque vehicular.........................................................................................40Combustibles y lubricantes..........................................................................40Almacén e Inventarios.................................................................................42

Informática........................................................................................................42

Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC’s)..........................42Servicios de telecomunicaciones................................................................43Recuperaciones por el cobro de llamadas de larga distancia.....................43Servicios de Internet y correo electrónico...................................................44Servicios de impresión y fotocopiado..........................................................44

Contabilidad......................................................................................................44

Generales....................................................................................................44Deudores diversos.......................................................................................45Pasivos........................................................................................................45Cartas de no adeudo...................................................................................45Informes......................................................................................................46

Modificaciones e interpretación........................................................................46

Vigencia.......................................................................................................47http://www.profeco.gob.mx L-ECG-600.doc/Acervo

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VIII. Anexos........................................................................................................48

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I. Introducción

La Coordinación General de Administración (CGA), emite los presentes Lineamientos con fundamento en el artículo 16 del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor, que la facultan para establecer las normas, criterios, sistemas y procedimientos para la administración de los recursos humanos, materiales, financieros e informáticos de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

En este sentido, los presentes Lineamientos se emiten con la finalidad de facilitar a las delegaciones y subdelegaciones de Profeco, el ejercicio y control del gasto asignado, para el cabal cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, así como a la normatividad aplicable en la materia.

Por lo anterior, con los presentes Lineamientos es posible contribuir a la optimización en el uso de los recursos financieros autorizados a Profeco, mediante criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas, así como dar cumplimiento a la misión, visión y objetivos institucionales.

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II. Glosario

Acta. Documento en el que se hace constar hechos, acuerdos y decisiones efectuadas en la celebración de un evento, manifestando los participantes con la firma correspondiente.

Adscripción. Lugar en que se encuentran ubicadas las oficinas, instalaciones o representaciones de Profeco y cuyo ámbito geográfico delimita el desempeño de sus funciones.

Ahorro presupuestario. Los remanentes de recursos del presupuesto modificado una vez que se hayan cumplido las metas establecidas.

Bienes inmuebles. Se tienen como tales aquellos que no se pueden trasladar de un lugar a otro sin alterar, en algún modo, su forma o sustancia, siéndolo unos por su naturaleza y otros por disposición legal expresa en atención a su destino.

Calendario de presupuesto. Corresponde a la asignación mensual de recursos tomando en consideración las necesidades institucionales y la oportunidad en la ejecución de los mismos para el mejor cumplimiento de los objetivos de los programas.

Coordinación Administrativa (CA). Área responsable de las actividades orientadas a la gestión y aprovechamiento de los recursos materiales, humanos, financieros e informáticos de una Unidad Responsable (UR) para el cumplimiento de los objetivos y metas Institucionales.

Comprobante. Documento que sirve de prueba de un desembolso en efectivo y que reúne requisitos fiscales y administrativos señalados en la normatividad vigente.

Deducciones. Pago mediante nota de crédito que deberán realizar los prestadores de servicio con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir respecto a las partidas o conceptos que integran el contrato.

Documento Fiscal. Documento en donde se plantea un convenio de dinero, esa es su principal característica, puede ser un contrato de trabajo, contrato de compra-venta, o un crédito de cualquier tipo.

Economías. Los remanentes de recursos no devengados del presupuesto modificado.

Ejercicio fiscal. Es el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año para los propósitos fiscales.

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Erogaciones. Se consideran erogaciones tanto los gastos como las inversiones que realice Profeco en un ejercicio fiscal.

Estructura programática. El conjunto de categorías y elementos programáticos ordenados en forma coherente, el cual define las acciones que efectúan los ejecutores de gasto para alcanzar sus objetivos y metas de acuerdo con las políticas definidas en el Plan Nacional de Desarrollo y en los programas y presupuestos, así como ordena y clasifica las acciones de las unidades responsables para delimitar la aplicación del gasto y permite conocer el rendimiento esperado de la utilización de los recursos públicos.

Gasto público. Es el conjunto de erogaciones que realiza el Gobierno Federal, Estatal y Municipal incluidos los Poderes Legislativo y Judicial y el sector paraestatal en sus respectivos órdenes, en el ejercicio de sus funciones.

Honorarios. Remuneración pactada en favor del prestador de los servicios a cambio de la ejecución del o los servicios estipulados en el contrato.

Nota de Crédito. Documento expedido para disminuir (abonar o acreditar) el importe de una factura a la que no se le ha considerado oportunamente deducción o descuento que por pronto pago se deba conceder un determinado descuento, así como por la anulación de operaciones.

Oficio de comisión y solicitud de viáticos y pasajes. Documento oficial mediante el cual al servidor público se le instruye el objetivo, funciones, temporalidad y lugar(es) de la Comisión, se autoriza ésta, se señala la cuenta en la que se depositaran los viáticos y se solicitan los viáticos y pasajes.

Penas convencionales. Sanciones económicas pactadas en un contrato o pedido aplicadas a los proveedores por el retraso en el cumplimiento de sus obligaciones.

Personal de base. Son los trabajadores al servicio de la Federación que no están incluidos como personal de confianza según lo dispuesto por el Artículo 5 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Artículo 9 de la Ley Federal del Trabajo o en las disposiciones legales que formalicen la creación de sus categorías o cargos.

Personal de confianza. Son los trabajadores que desempeñan los puestos enumerados en el Artículo 5 de la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado y los que deban considerarse como tales por que así lo establezca la disposición legal que formalice la creación del puesto que ocupen.

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Personal eventual. Personal técnico, administrativo, especialista y profesional, contratados para desempeñar actividades específicas y trabajo determinado en el plazo establecido en el contrato.

Prestador de servicios por honorarios. La persona física que cuenta con los conocimientos y, en su caso, con el equipo e instrumentos necesarios para prestar de manera independiente, los servicios profesionales contratados bajo el régimen de honorarios.

Presupuesto. Estimación financiera, generalmente anual, de los egresos e ingresos del Sector Público Federal, necesarios para cumplir con las metas y objetivos de los programas establecidos. Asimismo, constituye el instrumento operativo básico que expresa las metas en materia de política económica y de planeación.

Recursos. Conjunto de personas, bienes materiales, financieros e informáticos con que cuenta y utiliza una dependencia, entidad u organización para alcanzar sus objetivos y producir los bienes o servicios que son de su competencia.

Requisitos fiscales. Es la información obligatoria que se debe asentar en la documentación de carácter fiscal conforme lo establece el Código Fiscal de la Federación.

Remuneración. Percepción o retribución monetaria que se da en pago por un servicio prestado o actividad desarrollada.

Servidores públicos. Toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal, siendo responsables de los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus funciones.

Spam. Envío masivo, indiscriminado y no solicitado de información a través de correo electrónico.

Techo financiero. Límite máximo del presupuesto que se asigna a un periodo determinado, generalmente de un año, a una dependencia o entidad del Gobierno Federal el cual incluye gasto corriente y gasto de inversión.

Unidad Responsable (UR). Unidad administrativa que integran a Profeco, las cuales se indican en el artículo 4 del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor, facultada para ejercer gasto con el fin de llevar a cabo actividades que conduzcan al cumplimiento de objetivos y metas establecidas en los programas de la Institución.

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III. Objetivo

Establecer las disposiciones en materia programática, presupuestaria, financiera, contable, de recursos humanos, adquisiciones, servicios e informática que regulan el ejercicio y control del gasto de las unidades responsables de Profeco, para el cumplimiento de los objetivos de sus programas, a fin de garantizar un uso racional y eficiente de los recursos, así como facilitar su registro y seguimiento programático, presupuestal y contable dentro del marco normativo aplicable en la materia contribuyendo así al cumplimiento ordenado y sistemático de los objetivos y propósitos institucionales.

IV. Alcance

Los presentes lineamientos son de carácter obligatorio para las delegaciones y subdelegaciones (DS) de Profeco que ejercen recursos del presupuesto autorizado, así como las CA que coadyuvan en el ejercicio y control del gasto.

V. Normatividad Aplicable

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.DOF 05-02-1917 y sus reformas.

Leyes

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.DOF 04-01-2000 y sus reformas.

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría.DOF 30-03-2006 y sus reformas.

Ley Federal de Protección al Consumidor.DOF 24-12-1992 y sus reformas.

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.DOF 13-03-2002 y sus reformas.

Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.DOF 31-12-2004 y sus reformas

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Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional.DOF 28-12-1963 y sus reformas.

Ley Federal del Trabajo.DOF 01-04-1970 y sus reformas.

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.DOF 11-06-2002 y sus reformas.

Ley General de Contabilidad Gubernamental.DOF 31-12-2008.

Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.DOF 27-08-1932 y sus reformas.

Ley del Impuesto Sobre la Renta.DOF 1-01-2002 y sus reformas

Ley del Impuesto al Valor Agregado.DOF 29-12-1978 y sus reformas.

Ley de Instituciones de Crédito.DOF 18-07-1990 y sus reformas.

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.DOF 4-01-2000 y sus reformas.

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.DOF 29-12-1976 y sus reformas.

Ley de Planeación.DOF 05-01-1983 y sus reformas.

Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación.DOF 31-12-1985 y sus reformas.

Códigos

Código Fiscal de la Federación.DOF 31-12-1981 y sus reformas.

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Reglamentos

Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.DOF 20-08-2001 y sus reformas.

Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría.DOF 28-06-2006 y sus reformas.

Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.DOF 11-06-2003 y sus reformas.

Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.DOF 04-12-2006.

Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.DOF 17-10-2003 y sus reformas.

Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.DOF 20-08-2001 y sus reformas.

Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor.DOF 16-07-2004 y sus reformas.

Reglamento del Código Fiscal de la Federación.DOF 29-02-1984 y sus reformas.

Decretos

Decreto que establece las medidas de austeridad y disciplina del gasto de la Administración Pública Federal.DOF 04-12-2006.

Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal en curso.

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Acuerdos Acuerdo por el que se adicionan y modifican los lineamientos específicos para la

aplicación y seguimiento de las medidas de austeridad y disciplina del gasto de la Administración Pública Federal.DOF 14-05-2007

Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos generales para la orientación, plantación, autorización, coordinación, supervisión y evaluación de las estrategias, los programas y las campañas de comunicación social de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para el ejercicio fiscal 2009.DOF 31-12- 2008.

Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para el arrendamiento de inmuebles por parte de las dependencias de la Administración Pública Federal.DOF 03-02-1997.

Acuerdo por el que se emite el Clasificador por Objeto del Gasto.DOF 09-12-2009.

Acuerdo por el que se expide el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal. DOF 29-05-2009.

Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para la operación del Programa de Mediano Plazo.DOF 05-02-2009.

Documentos Normativos Administrativos

Estatuto Orgánico de la Procuraduría Federal del Consumidor.DOF 10-07-2006 y sus reformas.

Otras disposiciones

Contrato Colectivo de Trabajo 2010-2012 de Profeco.29-03-2010.

Lineamientos específicos para la aplicación y seguimiento de las medidas de austeridad y disciplina del gasto de la Administración Pública Federal.DOF 29-12-2006 y sus reformas

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Lineamientos para la elaboración y presentación de los análisis costo y beneficio de los programas y proyectos de inversión.DOF. 18-03-2008.

Lineamientos para la Administración y Uso del Parque Vehicular de la Procuraduría Federal del Consumidor.Profeco 06-02-2009.

Lineamientos para el otorgamiento a los Servidores Públicos de la Prestación Inherente al puesto en materia de vehículos.DOF 6-08-2004.

Lineamientos para regular los gastos de alimentación de los servidores públicos de mando de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.DOF 31-01-2007.

Lineamientos que regulan las cuotas de telefonía celular en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Secretaria de la Función Pública, 02 de Febrero de 2007.

Manual de Procedimientos para la Organización de Archivos.Profeco, 11 de diciembre de 2009.

Norma para la celebración de contratos de servicios profesionales por honorarios y el modelo de contrato.DOF 11-04-2006.

Normas y Metodología para la Emisión de Información Financiera y Estructura de los Estados Financieros Básicos del Entero Público y Características de sus NotasDOF 9-12-2009.

Plan de CuentasDOF 9-12-2009.

Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Prestación de Servicios de la Procuraduría Federal del Consumidor.Profeco 20-08-2008.

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Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas de la Procuraduría Federal del Consumidor.Profeco 16-10-2007.

Procedimiento comunicado por la Tesorería de la Federación, a través del oficio circular No. 401-T-21489.1/septiembre/2008.

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VI. Disposiciones Generales

1. Para el ejercicio del gasto, las DS deberán observar la normatividad vigente que establezca el Ejecutivo Federal, así como las emitidas por la Coordinación General de Administración (CGA).

Del techo presupuestal asignado

2. Las DS se deberán de apegar al techo presupuestal calendarizado y asignado mensualmente para el ejercicio fiscal.

De las responsabilidades de los Delegados y Subdelegados

3. Las responsabilidades de los titulares de las DS, en materia presupuestaria, financiera, contable, de recursos humanos y materiales, son las establecidas en los artículos 19 y 21 del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor; por lo que el ejercicio, control y comprobación de los recursos presupuestarios y financieros asignados a las DS, son estricta responsabilidad de sus titulares, quienes deberán optimizar su ejercicio en el marco de las disposiciones de austeridad y disciplina del gasto, para el logro de los programas, proyectos, objetivos, metas e indicadores de Profeco, además de vigilar que se cumplan las disposiciones normativas aplicables en la materia. El incumplimiento de dichas disposiciones, se hará del conocimiento de las instancias correspondientes conforme a las atribuciones respectivas.

De las responsabilidades de las CA

4. Conforme a lo señalado en el articulo 20, fracción IV del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor, quienes estén a cargo de las CA, son responsables de coadyuvar con los titulares de las DS en el ejercicio, control y comprobación de los recursos asignados, así como ser el enlace ante la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto (DGPOP), a efecto de que las DS comprueben en tiempo y forma las ministraciones mensuales radicadas y demás asuntos en materia presupuestaria, financiera y contable.

De los subejercicios presupuestarios

5. Los titulares de las DS deberán evitar subejercicios al término de cada mes, ya que de conformidad con lo establecido en el Artículo 14 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal (PEF), los recursos disponibles serán reasignados a otros programas y proyectos prioritarios.

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VII. Lineamientos

P r o g r a m a c i ó n

Estructura programática

6. Para las asignaciones y el ejercicio del presupuesto, la estructura programática 2010 para las DS de Profeco es la siguiente:

AI PP-ID PP-NUM IE UR’s007. Equidad en las relaciones de consumo

B. Producción de bienes públicos

002. Elaboración de productos informativos para promover un consumo inteligente

3. Apoyo a indicadores estratégicos

801 a la 861E. Prestación de servicios públicos

005. Prevención y corrección de prácticas abusivas en las relaciones de consumo entre consumidores y proveedores

2. Porcentaje del monto de las quejas solucionadas

G. Regulación y supervisión

003. Verificación y vigilancia de los derechos del consumidor plasmados en la LFPC

1. Índice de cumplimiento del programa de visitas de verificación a establecimientos comerciales

Clave presupuestaria

7. Para el control, registro, seguimiento y evaluación del gasto público, la clave presupuestaria está integrada conforme a los Artículos 27 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidades Hacendarías (LFPRH) y 28 de su Reglamento (RLFPRH), misma que se conforma por doce componentes y cuarenta y nueve dígitos, conforme a la siguiente estructura:

Componentes Abreviatura Longitud de Registro

Institución. Agrupa a las UR de la Entidad. IN 2

Año. Identifica el año calendario de vigencia del Presupuesto de Egresos. AÑO 4

Unidad Responsable. Establece la unidad administrativa perteneciente a la estructura orgánica de Profeco responsable de ejercer la asignación presupuestaria correspondiente.

UR 5

Actividad Institucional. Permite agrupar los proyectos y procesos que realizan las UR del ejercicio presupuestario para dar cumplimiento a la misión que tienen encomendada.

AI 5

Proceso Presupuestario Id y Número.- Permite identificar el conjunto de actividades que comprende la planeación, programación, presupuestación, ejercicio, control, seguimiento, evaluación y rendición de cuentas.

PP-ID-NUM 6

Indicador Estratégico. Permite identificar el costo financiero de las metas programadas. IE 4

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Objeto del Gasto. Identifica en los distintos niveles de agrupación (capítulo, concepto y partida), los insumos que adquieren las UR para cumplir con la misión que tienen encomendada.

OG 6

Fuente de Financiamiento. Identifica el origen de los recursos con que se cubre la asignación presupuestaria respectiva. FF 1

Responsable del Manejo de Recursos. Identifica el manejo de los recursos en cuatro grandes rubros: Unidad Responsable (UR), Recursos Materiales (RM), Recursos Humanos (RH) e Informática (DI) quienes serán los responsables de ejercer la asignación presupuestaria correspondiente.

RMR 2

Entidad Federativa. Permite la identificación del gasto por cada uno de los estados de la Federación y el Distrito Federal EF 2

Grupo, Función y Subfunción.- Grupo.- Identifica las actividades que realiza el estado para cumplir con sus fines, de conformidad con la constitución Política del los Estados Unidos Mexicanos y sus leyes reglamentarias.Función: Permite Identificar las acciones que realizan las UR’s para cumplir con el cometido que les imponen los ordenamientos legales. Subfunción.-Identificación en forma precisa de las actividades que realizan las dependencias y entidades al interior de una función.

GFS 6

Tipo Gasto.- Identifica el gasto publico en sus vertientes: económica, corriente o de capital, y gasto federal participable, ambas con relación al objeto del gasto.

TG 6

TOTAL: 12 componentes 49 dígitos

Fuente de financiamiento

8. El origen de los recursos asignados, será conforme a las siguientes claves:Fuente de

Financiamiento Descripción

1 Recursos fiscales

2 Recursos por apoyos de estados y/o municipios

3 Recursos propios por otros conceptos

Unidades responsables

9. Las asignaciones del presupuesto de las DS de Profeco, será conforme a lo siguiente:

Unidad Responsable (UR) Descripción

06801 Aguascalientes06802 Baja California

06803 Mexicali (Subdelegación)06804 Baja California Sur

06805 Comondú (Subdelegación)06806 Campeche

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06807 Carmen (Subdelegación)06808 Coahuila06809 Torreón (Subdelegación)06810 Colima 06811 Manzanillo (Subdelegación)06812 Chiapas 06813 Chihuahua 06814 Chihuahua (Subdelegación)06815 Delegación Centro06816 Delegación Norte06817 Delegación Oriente06818 Delegación Poniente06819 Delegación Sur

06820 Durango

06821 Guanajuato

06822 Irapuato (Subdelegación)

06823 Guerrero

06824 Iguala (Subdelegación)

06825 Hidalgo

06826 Jalisco

06827 Naucalpan

06828 Nezahualcóyotl

06829 Tlalnepantla

06830 Toluca

06831 Ecatepec (Subdelegación)

06832 Michoacán

06833 Morelos

06834 Nayarit

06835 Nuevo León

06836 Oaxaca

06837 Puebla

06838 Querétaro

06839 San Juan Del Río (Subdelegación)

06840 Quintana Roo

06841 Chetumal (Subdelegación)

06842 San Luis Potosí

06843 Sinaloa

06844 Mazatlán (Subdelegación)

06845 Sonora

06846 Cd. Obregón (Subdelegación)

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06847 Tabasco

06848 Tamaulipas

06849 Matamoros (Subdelegación)

06850 Nuevo Laredo (Subdelegación)06851 Reynosa (Subdelegación)06852 Tampico (Subdelegación)06853 Tlaxcala06854 Veracruz06855 Coatzacoalcos (Subdelegación)06856 Poza Rica (Subdelegación)06857 Xalapa (Subdelegación)06858 Yucatán 06859 Zacatecas06860 Tapachula (Subdelegación)

06861 Playa del Carmen (Subdelegación)

Responsables del manejo de recursos

10. Los responsables de ejercer los recursos asignados a las DS, serán conforme a las siguientes claves:

Clave Descripción

UR Delegaciones y Subdelegaciones

RH Dirección General de Recursos Humanos (DGRH)

RM Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMySG)

DI Dirección General de Informática (DGI)

GC Gasto Controlado por la DGPOP

PA Proyectos Adicionales

P r e s u p u e s t a c i ó n

Anualidad

11. El ejercicio del presupuesto inicia el 1 de enero y concluye el 31 de diciembre; una vez cerrado el ejercicio fiscal, las UR no podrán contraer compromisos con cargo al presupuesto de dicho ejercicio. El cierre de las operaciones del ejercicio presupuestario lo determina la CGA conforme a las medidas que emita la SHCP para tal efecto.

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Compromisos que rebasan el ejercicio fiscal

12. Para contraer obligaciones que impliquen comprometer recursos para contratos que inician el primer día hábil del siguiente ejercicio fiscal, se deberá observar lo señalado en los Artículos 35 de la LFPRH y 146 del RLFPRH y su autorización deberá solicitarse a la DGPOP.

13. Para contraer obligaciones que impliquen comprometer recursos plurianuales se deberá observar lo señalado en los Artículos 50 de la LFPRH y 148 del RLFPRH y las autorizaciones en la materia que emita el C. Procurador deberán solicitarse por conducto de la DGPOP.

Suficiencia presupuestaria

14. Los titulares de las DS deberán contar con la suficiencia presupuestaria que autorice la DGPOP, previo a la celebración de un contrato, convenio, pedido o cualquier documento que contraiga una obligación de pago.

Disponibilidad presupuestal

15. Para efectuar cualquier erogación con cargo al presupuesto asignado, las DS deberán contar con saldo disponible en la partida específica y sujetarse al calendario presupuestal autorizado conforme el Artículo 66 del RLFPRH. Las asignaciones consignadas en el presupuesto determinan el límite máximo de las erogaciones, por lo que en ningún caso se podrán adquirir compromisos que rebasen dicho monto.

16. En el caso de requerir suficiencias presupuestarias para asumir compromisos, los titulares de las DS, por conducto de las CA, deberán solicitarlas a la DGPOP mediante el formato “Solicitud de Suficiencia Presupuestaria” Anexo 1.

Compromisos devengados

17. Los pagos con cargo al presupuesto asignado a las DS, se efectuarán una vez que los bienes o servicios respectivos se hubieren recibido a su entera satisfacción, por lo que sólo podrán otorgarse anticipos para adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles, obras públicas y contratación de servicios, siempre y cuando reúnan los requisitos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM) y sus reglamentos respectivos.

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Corresponsabilidad

18. Las DS participarán en la programación, presupuestación, ejercicio, control y evaluación del gasto público, bajo un esquema de organización y funcionamiento, que permita una mayor eficiencia y transparencia del gasto público.

Sistema informático para presupuesto y contabilidad

19. Para el registro del ejercicio y control del presupuesto asignado a las DS, se establece el sistema informático denominado Sistema Integral de Información y Procesos (SIIP).

20. Los titulares de las DS a través de las CA serán responsables de verificar que las operaciones registradas estén debidamente validadas y contabilizadas antes del cierre de cada mes, conforme las fechas que se comuniquen.

Comunicación del presupuesto

21. Una vez comunicado el presupuesto a Profeco por parte de la Secretaría de Economía, la CGA comunicará mediante oficio el presupuesto asignado a los titulares de las DS.

Adecuaciones presupuestarias

22. Son adecuaciones presupuestarias los traspasos de recursos y movimientos que se realizan durante el ejercicio fiscal a la estructura programática presupuestaria, a los calendarios de presupuesto de las DS, así como a las ampliaciones y reducciones líquidas al presupuesto, las cuales se clasifican en internas y externas conforme a lo establecido en los Artículos 57, 58 y 59 de la LFPRH y los Artículos 94, 95, 96 y 97 del RLFPRH.

23. Las adecuaciones presupuestarias internas no requieren la autorización de la SHCP y consisten en traspasos de recursos de partidas del mismo capítulo de gasto y demás componentes de la clave presupuestaria, las cuales deberán registrarse por las DS en el módulo de afectaciones del SIIP, para su revisión y autorización por parte de la DGPOP, debiéndolas remitir por correo electrónico a la dirección: [email protected] .

24. Las adecuaciones presupuestarias externas consisten en traspasos de recursos derivados de las modificaciones a la estructura administrativa, funcional y programática, económica, movimientos de calendario, ampliaciones y reducciones líquidas, por lo que las DS procurarán que éstas sean las mínimas

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indispensables para garantizar el cumplimiento de los objetivos. Las solicitudes deberán estar plenamente justificadas y autorizadas por los titulares de las DS correspondientes, y el ejercicio del gasto se realizará hasta contar con la autorización respectiva de la SHCP.

25. Por causas justificadas y excepcionalmente las DS podrán solicitar a la DGPOP, previa autorización de la CGA, adecuaciones presupuestarias a los calendarios de gasto autorizados por la SHCP.

26. De conformidad con el PEF, quedan prohibidos los traspasos de recursos fiscales a recursos propios o a recursos por apoyos de estados y/o municipios y viceversa.

Disposiciones de austeridad y disciplina del gasto

27. Las DS deberán atender las disposiciones de austeridad, mejora y modernización de la gestión pública contenidas en el PEF, para dar cumplimiento del Decreto que establece las medidas de austeridad y disciplina del gasto de la Administración Pública Federal (DEMADGAPF) y en los Lineamientos específicos para la aplicación y seguimiento de las medidas de austeridad y disciplina del gasto de la Administración Pública Federal (LEASMADGAPF) , así como atender lo dispuesto en el Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones para la Operación del Programa de Mediano Plazo (PMP).

28. Las erogaciones que efectúen las DS deberán:

a. Reducirse a lo estrictamente indispensable.b. Corresponder a la satisfacción de necesidades de carácter oficial.c. Obedecer al cumplimiento y logro de los objetivos, metas e indicadores que

tengan autorizados.d. Evitar gastos suntuarios, observando la austeridad a que obliga la aplicación

de los recursos públicos.

E j e r c i c i o d e l g a s t o

Requisitos de los comprobantes fiscales

29. Toda la documentación comprobatoria deberá ser original y cumplir con requisitos fiscales, de conformidad con lo señalado en los Artículos 29 y 29A del Código Fiscal de la Federación (CFF) y las modificaciones de actualización por parte de la Miscelánea Fiscal, conforme lo establecido en el Formato “Requisito de los Comprobantes Fiscales” Anexo 2.

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Documentación justificativa y comprobatoria

30. Los documentos justificativos y comprobatorios del gasto deberán presentarse para su revisión, validación y trámite de pago ante las CA de las DS, a más tardar dentro de los 10 días hábiles siguientes de su expedición.

31. Las CA de las DS atenderán las solicitudes de pago para cubrir las obligaciones contraídas por la Institución que afecten a los capítulos de gasto 1000, Servicios Personales”, 2000 “Materiales y Suministros”, 3000 “Servicios Generales, 5000, “Bienes muebles e inmuebles” y 6000 “ Obra Pública”, mediante la presentación del formato denominado “Solicitud de Pago” establecido en el Anexo 3, adjuntando la documentación justificativa y comprobatoria del gasto respectiva, la cual deberá cumplir con lo señalado en el Artículo 66 fracciones I, II y III del RLFPRH, y demás normatividad aplicable.

32. Los titulares de las DS serán los únicos facultados para autorizar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto.

Viáticos y pasajes

33. La asignación, ejercicio y comprobación de viáticos y pasajes deberá apegarse en forma estricta a lo establecido en los Lineamientos para la Autorización, Ejercicio y Comprobación de Viáticos y Pasajes y su comprobación es responsabilidad de los titulares de las DS por conducto de las CA.

Pasajes locales

34. Para la autorización de pasajes locales, los titulares de las DS deberán observar los siguientes criterios:

a. Que el traslado se origine por actividades institucionales ordinarias o extraordinarias.

b. Que la realización de las actividades institucionales ordinarias o extraordinarias del servidor público, en cumplimiento de la función pública, implique trasladarse de su lugar de adscripción a otra instalación que requiera servicio de transportación.

c. Cuando por razones del servicio, sea necesario que el trabajador inicie o termine sus labores fuera de su lugar de adscripción.

35. En ningún caso las DS podrán asignar con cargo a su presupuesto pasajes locales para complementar las remuneraciones del personal.

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36. Los titulares de las DS que autoricen pasajes locales, seleccionarán el medio de transporte idóneo considerando lo siguiente:

a. Lugar de destino y medios de transporte existentes.b. Urgencia de las funciones a desarrollar.c. Ventajas en los costos de los diversos medios de transporte y en las clases

o modalidades del servicio.

37. La comprobación de pasajes locales se realizará de acuerdo al formato “Relación de Pasajes Locales” Anexo 4, previa justificación ante la CA, con la autorización de los titulares de las DS.

38. Los gastos de pasajes locales, se deberán cargar en la partida 3808 “Pasajes nacionales para labores en campo y de supervisión” del Clasificador por Objeto del Gasto de la Administración Pública Federal (COGAPF) y las DS podrán disponer de los recursos que les fueron asignados sin excederse de su presupuesto, por lo que deberán otorgarse conforme a las necesidades del servicio, quedando bajo la responsabilidad de los titulares de las DS el ejercicio y comprobación del mismo.

Gastos por productos alimenticios

39. Las erogaciones que realicen las DS deberán limitarse exclusivamente a los gastos de alimentación con motivo de la ejecución de actividades que requieran la permanencia de servidores públicos dentro de las instalaciones de la Institución y por aquellas actividades extraordinarias requeridas en el cumplimiento de la función pública, con cargo a las partidas 2204 “Productos alimenticios para el personal en las instalaciones de las dependencias y entidades” y 2206 “Productos alimenticios para el personal derivado de actividades extraordinarias” del COGAPF.

40. En las partidas anteriores, el ejercicio del gasto no deberá incluir erogaciones por concepto de bebidas alcohólicas, ni propinas, ya que no se considerarán como parte integrante del gasto.

Gastos por servicios oficiales

41. Para realizar erogaciones por concepto de orden social, congresos, convenciones, seminarios, simposios y cualquier otro tipo de foro análogo o de características similares, las DS deberán contar con la autorización del C. Procurador, así como con los recursos en el presupuesto respectivo; su

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contratación se sujetará a lo dispuesto por la LAASSP y su Reglamento. (RLAASSP)

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Gastos de comunicación social

42. Los gastos de comunicación social con cargo a la partida 3603 “Información en medios masivos derivada de la operación y administración de las dependencias y entidades” en lo que se refiere a periódicos y revistas, así como del concepto 3700 “Servicios de Comunicación Social” del COGAPF deberán observar lo establecido en el Artículo 19 del PEF y demás disposiciones aplicables además de estar autorizados por la Dirección General de Comunicación Social.

Caja Chica

43. En caso de contar con caja chica para solventar gastos menores o urgentes, ésta deberá constituirse por un monto máximo de $2,000.00 (Dos mil pesos 00/100 MN) mensuales, misma que deberá ser autorizada por los titulares de las DS.

44. Las CA serán responsables de que con la caja chica únicamente se cubran gastos menores, por lo que los gastos mayores deberán cubrirse a través de cheque nominativo a favor del proveedor o prestador del servicio, observando la vigencia determinada en los Artículos 191 y 192 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC), por lo que en caso de prescripción de los mismos, éstos deberán ser cancelados y reexpedidos cuando persista la obligación de pago; también podrán optar por pagos mediante transferencia electrónica.

Ministración

45. Los titulares de las DS deberán solicitar a la DGPOP la totalidad de la ministración mensual de recursos, conforme al presupuesto asignado sin afectar las partidas restringidas señaladas en el numeral 113 de los presentes Lineamientos. A través de formato “Solicitud de Ministración Mensual” Formato I-1-MP-610-11 del “Procedimiento para ministrar, ejercer y comprobar recursos en las delegaciones y subdelegaciones de Profeco del Manual de Procedimientos de la DGPOP.

Comprobación de los recursos ministrados

46. Para efectos de la comprobación del importe de la ministración mensual de las DS, se deberá efectuar ante la Dirección de Presupuesto de la DGPOP conforme lo establecido en el “Procedimiento para ministrar, ejercer y comprobar recursos en las delegaciones y subdelegaciones de Profeco” del Manual de Procedimientos de la DGPOP.

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Catálogo de Firmas Autorizadas de los Servidores Públicos

47. La DGPOP integrará el Catálogo de Firmas Autorizadas de los Servidores Públicos de Profeco, mismas que se registrarán conforme a la “Cédula de Identificación de Firmas Autorizadas” Anexo 5, por lo que los titulares de las DS, a través de las CA, serán los responsables de reportar a la DGPOP cualquier cambio que registre en la plantilla de servidores de mando medio y superior para elaborar la “Cédula de Identificación de Firmas Autorizadas”.

Ahorros y economías presupuestarias

48. Queda prohibido realizar erogaciones que tengan por objeto evitar el reintegro de recursos no ejercidos conforme el calendario, de acuerdo con el Artículo 54 de la LFPRH y 12 del PEF, por lo que las DS deberán reportar a la DGPOP sus ahorros y economías al cierre de cada mes y del ejercicio, mediante el formato “Informe para el Reintegro de Economías” Formato I-2-MP-610-11 del Procedimiento para ministrar, ejercer y comprobar recursos en las delegaciones y subdelegaciones de Profeco del Manual de Procedimientos de la DGPOP, a fin de proceder al retiro del saldo correspondiente que tengan las cuentas bancarias respectivas.

49. El Titular de la CGA, a través de la DGPOP, podrá autorizar adecuaciones presupuestarias con los ahorros y las economías que reflejen las DS, para cubrir programas y proyectos prioritarios de la Institución, a fin de subsanar los subejercicios que se presenten.

50. Al cierre del ejercicio fiscal, las DS deben solicitar a la DGPOP el retiro de los ahorros y economías conforme a las medidas de cierre que emita la CGA; el incumplimiento a dichas medidas causarán recargos y actualizaciones que serán cubiertos por los titulares de las DS.

Reintegros presupuestarios

51. Los reintegros presupuestarios constituyen la devolución de recursos que ya afectaron el presupuesto ejercido, cuando sean por depósitos por observaciones del Órgano Interno de Control (OIC), excedentes de telefonía convencional o celular o cualquier otro depósito a favor de la Institución.

52. Para realizar un reintegro presupuestario, las DS, a través de las CA, generarán línea de captura mediante el mecanismo que establezca la DGPOP.

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53. Queda bajo responsabilidad de las DS dar seguimiento a los reintegros presupuestarios determinados, hasta que el depósito haya sido confirmado por la DGPOP conforme lo señalado en el numeral anterior; en caso de que se generen comisiones por el banco, la DGPOP informara a las DS lo conducente, a efecto de que sean cubiertos por los servidores públicos responsables.

54. Las CA deberán anexar en las comprobaciones el recibo del depósito bancario respectivo.

55. Los reintegros presupuestarios que no sean efectuados en tiempo y forma al cierre del ejercicio, causaran cargas financieras que serán determinadas por la DGPOP y comunicadas al titular de la DS para los efectos conducentes, las cuales serán calculadas de conformidad con el procedimiento comunicado por la Tesorería de la Federación, a través del oficio circular No. 401-T-21489, de fecha 1 de septiembre de 2008.

Validación del ejercicio del gasto

56. Para efectos de la validación mensual del ejercicio del gasto, la DGPOP por conducto de la Dirección de Presupuesto, remitirán a las CA el estado del ejercicio del presupuesto a mas tardar dentro de los 5 días hábiles posteriores al cierre de cada mes, con cifras acumulas y del cierre al mes, a fin de que sean validadas mediante la firma de los EA y los titulares de las DS respectivas; una ves validado, deberán remitirlo a la DGPOP dentro de los siguientes 5 días hábiles subsecuentes a su recepción.

57. En caso de no recibir el estado del ejercicio validado a que se refiere el numeral anterior, la DGPOP podrá suspendes la ministración de del presupuesto asignado del mes siguiente.

I n g r e s o s

58. El registro y control de los ingresos que generan las UR se llevará a cabo conforme lo señalado en el “Procedimiento para registrar y controlar los ingresos obtenidos por bienes y servicios de Profeco”, contenido en el Manual de Procedimientos de la DGPOP.

59. Las penas convencionales no se consideran ingresos propios, por lo que su tratamiento se efectuará conforme lo estipulado en el numeral 118 de los presentes Lineamientos.

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Lineamientos para el Ejercicio y Control delGasto de las Delegaciones y Subdelegaciones

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Módulo de Ingresos del SIIP

60. Las DS llevarán el registro de los ingresos de la Institución a través del Módulo de Ingresos del SIIP, para lo cual, las CA generarán la solicitud del servicio con depósitos referenciados y la facturación respectiva.

61. Queda bajo responsabilidad de las DS prestar el servicio una vez que el depósito haya sido confirmado y, en caso de aceptar cheques, las comisiones bancarias y el IVA correspondiente por aquellos devueltos serán informados por la DGPOP a las DS respectivas para su recuperación correspondiente.

Recuperación de ingresos

62. Para la recuperación de los recursos por concepto de apoyos de estados y/o municipios derivados de los convenios correspondientes, los titulares de las DS por conducto de las CA, deberán solicitar a la DGPOP los recursos mencionados, acompañados de la ficha de depósito y las claves presupuestarias correspondientes; en caso de no contar con el techo respectivo, la DGPOP revisará el techo global de ingresos para definir lo conducente.

63. En el caso de los ingresos propios por calibración y venta de suscripciones de la Revista del Consumidor, serán depositados a las DS en los 5 días hábiles posteriores a cada quincena, siempre y cuando los ingresos captados no sean superiores al techo proyectado.

Flexogramas y Precintos

64. La adquisición, control y distribución de flexogramas y/o precintos se realizará de conformidad a lo estipulado en el “Procedimiento para la Administración de Flexogramas y/o Precintos en Oficinas Centrales y Delegaciones” del Manual de Procedimientos de la DGPOP.

S e r v i c i o s P e r s o n a l e s

Generales

65. La DGRH realizará el otorgamiento de remuneraciones y prestaciones a los servidores públicos de Profeco, en apego a lo establecido en el PEF y el Acuerdo vigente por el que se Expide el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal (MPSPDEAPF), así como al tabulador de sueldos autorizado por la SHCP.

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66. Todo el personal operativo, mandos medios y superiores de las DS deberán registrar su asistencia, sin que la presente disposición inhiba el cabal cumplimiento de los operativos especiales por días feriados o aquellas actividades que sean de estricta observancia dentro de las funciones que tienen encomendadas.

67. El Encargado Administrativo de las DS debe informar oportunamente de las licencias médicas, faltas de asistencia y bajas del personal, para evitar que se otorguen pagos indebidos. En caso de informes extemporáneos, la responsabilidad del reintegro recaerá en el titular de la DS.

68. Numeral derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

69. Los encargados de las CA serán los enlaces ante la DGRH para realizar los trámites relacionados con el personal adscrito a las DS, en tanto que los titulares de las DS serán directamente responsables del cumplimiento de los requerimientos expresados en los presentes Lineamientos.

Asistencia e incidencias del personal

70. En materia de control de asistencia e incidencias las DS deben de apegarse a lo siguiente:

a. Los justificantes de entrada o salida deben ser capturados en el “Módulo de Control de Asistencia de Personal”, en un plazo no mayor a 3 días hábiles contados a partir de la fecha del permiso, mismos que serán conservados para cualquier aclaración.

b. En caso de comisión, debe requisitarse el Formato Único de Comisión Específica, el original lo deberá conservar el servidor(a) comisionado(a) y la copia el EA para la captura en el “Módulo de Control de Asistencia de Personal” en un plazo no mayor a 3 días hábiles contados a partir de la fecha de la comisión.

c. Las licencias médicas, concedidas por el ISSSTE a los trabajadores, deben ser enviadas a la DGRH mediante el formato de “Incidencias” Anexo 6, dentro de los 3 días hábiles posteriores al inicio de la licencia, previa captura en el “Módulo de Control de Asistencia de Personal”, con el objeto de observar y aplicar las disposiciones previstas en el artículo 37 de la Ley del Instituto Seguridad y Servicio Social de los Trabajadores del Estado.

d. Los avisos de vacaciones, deben enviarse para su trámite con 10 días hábiles de anticipación, mediante el formato “Solicitud/Autorización de

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Vacaciones” debidamente requisitado a la DGRH, previa captura en el “Módulo de Control de Asistencia de Personal” Anexo 7. En caso de modificación o cancelación de vacaciones, remitirán el formato “Solicitud/Autorización de Vacaciones” a la DGRH para su registro correspondiente.

e. El personal que tenga derecho a días económicos, debe apegarse a las cláusulas 46, 47 y 48 del Contrato Colectivo de Trabajo, y se capturarán en el “Módulo de Control de Asistencia de Personal”.

71. Es obligación de cada trabajador verificar el registro correcto de entrada o salida en el lector de asistencia destinado para cada delegación o subdelegación.

72. Una vez que los trabajadores registren su entrada, deben permanecer en su lugar de trabajo, en caso contrario, será su responsabilidad abandonar sin causa justificada el mismo.

73. En el caso que se conceda permiso al servidor(a) público(a) de presentar después o retirarse antes del horario autorizado, independientemente de gestionar la respectiva incidencia, sin excepción alguna, el interesado debe registrar en el lector su entrada o salida, según sea el caso, la omisión del registro se considerará como falta injustificada, aún cuando se haya tramitado la incidencia correspondiente en el plazo establecido.

74. Las(os) servidores públicos autorizados para justificar incidencias deben abstenerse de otorgar permisos en forma injustificada al personal que no haya registrado el mismo día entrada y salida, es conveniente considerar que sólo se podrán conceder un máximo de 3 incidencias mensuales por dada trabajador, ya sea de entrada o salida, bajo su responsabilidad.

75. El EA de las UR, bajo su responsabilidad podrá descargar incidencias del personal adscrito a su DS, a través del “Módulo de Control de Asistencia de Personal”, las cuales deberán estar debidamente justificado, absteniéndose de autorizar que el personal no asista sin causa justificada, otorgar indebidamente licencias, permisos o comisiones con goce parcial o total de sueldo y otras percepciones, de conformidad a lo establecido por el artículo 8 fracción IX de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos (LFRASP).

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Estructura Orgánica

Apartado derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

76. Numeral derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

77. Numeral derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

78. Numeral derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

Plantilla de Personal

79. La DGRH realizará el pago de remuneraciones conforme a la Plantilla de Personal autorizada por la SHCP, así como las plazas ocupadas, en tanto las vacantes quedarán sujetas a la autorización de la DGRH para su ocupación.

80. Numeral derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

Movimientos de personal

81. Numeral derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

82. Los titulares de las DS serán responsables de proponer al candidato para ocupar un puesto adscrito a sus áreas conforme al perfil de puesto respectivo; la DGRH evaluará las propuestas y determinará lo conducente, lo cual notificará por escrito a la UR.

83. Los candidatos a ocupar una plaza deberán iniciar labores hasta que cuenten con la autorización expresa de la DGRH, por lo tanto, no se autorizarán pagos de sueldos retroactivos.

84. Las plazas vacantes que no fueran ocupadas en un término de un año continuo, quedarán canceladas para el área de adscripción y se reubicarán conforme a las prioridades de la Institución.

Contrataciones por honorarios asimilados a salarios

Apartado derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

85. Numeral derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

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Relaciones laborales

86. La facultad de terminación de los efectos de la relación laboral sin responsabilidad para la Procuraduría, en contra de determinados servidor público recae exclusivamente en el Titular de la CGA, siempre que exista causa grave prevista en la Ley Federal del Trabajo o mandato judicial que así lo indique, del personal adscrito a las DS, por lo que estas últimas deberán bajo su más estricta responsabilidad, sujetarse al procedimiento para instrumentar el “Levantamiento de Actas Administrativas en Materia Laboral”.

87. La DGRH es la única facultada para otorgar licencias sin goce de sueldo y suspensión de salario cuando resulte aplicable lo dispuesto por el Contrato Colectivo de Trabajo 2010-2012 de Profeco (CCT) y Ley Federal del Trabajo (LFT).

88. La DGRH conjuntamente con la Subprocuraduría Jurídica y, en su caso, el OIC, de acuerdo al ámbito de sus respectivas competencias, tendrán la responsabilidad de determinar, con base en el acta administrativa que sea instrumentada por el jefe inmediato, la suspensión temporal, amonestación escrita, reubicación de área o la terminación de los efectos del nombramiento del servidor público que corresponda.

89. Para cubrir las plazas que presenten licencia sin goce de sueldos mayores de 30 días, será necesario contar con la autorización de la DGRH, conforme lo establece el “Procedimiento para efectuar movimientos de personal” del Manual de Procedimientos de la DGRH, debiendo de acompañar una nota informativa justificando la cobertura de dicha plaza.

90. En caso de que un trabajador ocupe una plaza con carácter provisional se deberá hacer de su conocimiento asentando la modalidad de contratación en la “Constancia de Nombramiento y/o Asignación de Remuneraciones”, recabando su firma de conformidad, en el entendido que dejará la plaza cuando ésta sea ocupada por su Titular, sin ningún tipo de responsabilidad para Profeco.

91. Las DS por conducto de sus Encargados Administrativos son los responsables de recabar firmas autógrafas de las “Constancia de Nombramiento y/o Asignación de Remuneraciones”; en caso de que el servidor público no firme dicho documento, la DGRH cambiará precautoriamente el método de pago hasta que regularice su situación laboral.

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92. Cuando un trabajador ocupe una plaza provisional que se encuentre en proceso de laudo, ello deberá hacerse del conocimiento del mismo, recabando su firma de conformidad en el aviso de movimiento, en el sentido de que se sujetará al fallo del laudo correspondiente; pudiendo incluso, desocupar la plaza que venia ocupando; este tipo de contratación por ningún motivo podrá ser considerada como definitiva.

93. El personal de confianza que tenga reservada una plaza de base dentro de la Institución para regresar a ocuparla deberá notificarlo a la DGRH, con un mínimo de 15 días naturales de anticipación.

94. Las prestaciones derivadas del CCT no se harán extensivas a favor de los servidores públicos de confianza, con excepción de las de seguridad social y protección al salario.

95. No podrán ser cubiertas de manera interina las plazas que se encuentren con licencias prejubilatorias y de maternidad y exceso de licencias médicas de acuerdo a lo ordenado por el artículo 111 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (LFTSE) y 37 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (LISSSTE).

96. Sólo se pondrá a disposición de la DGRH a un servidor público cuando:

a. Incumpla con su trabajo, no cuente con los conocimientos necesarios, y/o sus servicios sean requeridos por otra UR.

b. Por reorganización de la UR.c. Cuando sus servicios ya no sean requeridos dentro de la UR.

97. La delegación o subdelegación que ponga a disposición al personal, perderá de su plantilla la plaza correspondiente, adscribiéndola a aquella que sea reubicado el servidor público.

98. Por ningún motivo, las DS podrán poner a disposición de personal a servidores públicos de estructura.

99. En los casos de indisciplina, ineficiencia, corrupción y negligencia, así como otras causales, debidamente justificadas, no se pondrá a disposición de la DGRH al servidor público, sino que se instrumentará el acta administrativa correspondiente ante la DGRH para determinar su situación jurídica laboral. Aplicando el “Procedimiento para realizar el Levantamiento de Actas Administrativas en Materia Laboral” del Manual de Procedimientos de la Dirección General de lo Contencioso y de Recursos.

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100. Para los cambios de adscripción que no sean con base a una permuta se deberá solicitar la autorización de la DGRH, vigilando no romper con las estructuras formales ocupacionales, toda vez que el área perderá la plaza.

101. Queda prohibido el otorgamiento de cualquier comisión en forma permanente.

101 bis Al término de las relaciones laborales del trabajador con Profeco, la DGRH expedirá la “Hoja Única de Servicio” únicamente a solicitud por escrito realizada por el ex trabajador mediante la presentación del “Formato para Solicitud de Hoja Única de Servicio”.

Numeral adicionado en la Tercera Sesión Ordinaria del Comeri de 2010 (05-10-10)

Remuneraciones y prestaciones al personal

102. Las remuneraciones de los trabajadores se aplicarán estrictamente conforme a los niveles de sueldo expresados en el tabulador autorizado por la SHCP.

103. El pago de tiempo extra que soliciten las áreas por las necesidades de su operación, se autorizará en función de los recursos presupuestales asignados a las DS de adscripción, misma que deberá contar con la autorización expresa de su jefe inmediato, siendo su responsabilidad de vigilar que éstas no excedan de tres horas diarias, ni de tres veces consecutivas a la semana; conforme la normatividad aplicable en la materia emitida por la CGA.

104. Las erogaciones con cargo al presupuesto de la Institución por concepto de terminación de encargo, finiquito, liquidación o cualquier otro similar, se sujetaran a la normativa aplicable en la materia.

104. bis El pago de prestaciones al personal de base o confianza se realizará a través del “Formato Múltiple para el Trámite y Pago de Prestaciones -Personal de Base-” (FMTPP-B) o el “Formato Múltiple para el Trámite y Pago de Prestaciones -Personal de Confianza nivel 9 al 15” (FMTPP-CF), según corresponda.

Numeral adicionado en la Tercera Sesión Ordinaria del Comeri de 2010 (05-10-10)

Listados de Firmantes de Nómina

105. La DGRH a través de la Dirección de Administración de Personal enviará vía correo electrónico los Listados de Firmantes de Nómina a las DS, mismos que cada Encargado Administrativo imprimirá en tres tantos.

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106. Las DS a través de sus Encargados Administrativos serán responsables de remitir a la DGRH dentro de los 10 días hábiles posteriores a la recepción de la nómina, dos ejemplares de Listados de Firmantes de Nómina debidamente requisitados; en caso de incumplimiento, se informará por escrito al titular de la DS que corresponda, sin menoscabo de notificar y dar inicio en su caso al procedimiento administrativo ante las instancias respectivas por el incumplimiento de dicha disposición, toda vez que es una obligación improrrogable por parte de las DS.

107. La DGRH revisará y validará los Listados de Firmantes de Nómina recibidos dentro de los siguientes 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a su recepción, en cuyo caso, remitirá un ejemplar debidamente validado a la Dirección de Contabilidad de la DGPOP.

Capacitación

Apartado derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

108. Numeral derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

R e c u r s o s M a t e r i a l e s

Gasto directo descentralizado

109. El gasto directo descentralizado en las DS es aquel que ejercen directamente los titulares de las DS por conducto de las CA, por lo que el resguardo de la comprobación del gasto es de su directa responsabilidad.

Pagos de gasto directo descentralizado

110. Para el pago del gasto directo descentralizado se las DS deberán sujetarse a los numerales del 29 al 32 de los presentes Lineamientos.

111. A efecto de agilizar la operación diaria, las DS podrán realizar gasto directo en la adquisición de bienes y la contratación de servicios, sin elaborar pedido o contrato, siempre y cuando los montos sean menores a 300 veces el Salario Mínimo Diario General Vigente en el Distrito Federal (SMDVDF), incluyendo el impuesto al valor agregado (IVA), conforme a lo dispuesto por el Artículo 55 del RLAASSP.

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Integración de expedientes de gasto directo

112. En caso de que se rebasen los 300 SMDVDF, la adquisición de bienes o contratación de servicios y, hasta el limite establecido para poder llevar a cabo una adjudicación directa, se deberá elaborar el pedido o contrato correspondiente, debiendo integrar un expediente con la documentación siguiente:

a. Solicitud de compra o de prestación de servicios en la que se incluirá la descripción y las áreas que lo recibirán, avalada por el titular de la UR solicitante, con su firma y nombre.

b. Reporte de disponibilidad presupuestal emitido por el SIIP validado por la DGPOP.

c. Investigación de mercado, consistente en tres cotizaciones como mínimo del bien a adquirir o servicio a contratar.

d. Copia de la factura conforme el numeral anterior.

e. Contrato o pedido original, elaborado por la DGRMySG.

Partidas restringidas

113. Sin importar el monto de la compra o servicio se deberán tramitar a través de la DGRMySG, adquisiciones y servicios con cargo a los capítulos, conceptos y partidas presupuestales siguientes:

Capítulo, Concepto y

PartidaDescripción

2101 Artículos y materiales de oficina (Partida incorporada en 2da. Sesión Ordinaria del Comeri 2010)

3103 Servicio telefónico convencional

3104 Servicio de telefonía celular

3105 Servicio de radiolocalización

3108 Servicios de telecomunicaciones

3109 Servicios de conducción de señales analógicas y digitales

3110 Servicios integrales de telecomunicación

3200 Servicios de arrendamiento

3300 Servicios de asesoría, consultaría, informáticos, estudios e investigaciones y otros servicios. Excepto la partida 3305 “Capacitación”

3404 Seguro de bienes patrimoniales

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Capítulo, Concepto y

PartidaDescripción

3409 Patentes, regalías y otros

5000 Bienes muebles e inmuebles

6000 Obras publicas

Adquisiciones y contrataciones

114. La CGA y la DGRMySG son las UR facultadas para formalizar pedidos para la adquisición de bienes y contratos para la prestación de servicios, conforme a lo establecido en el Manual de Procedimientos de la DGRMySG, excepto para las actuaciones establecidas en el numeral 111.

115. La DGRMySG atenderá las solicitudes de adquisición de bienes y contratación de servicios de acuerdo con los programas y presupuesto asignado a las DS; éstas deberán cumplir con la normatividad vigente en la materia y las disposiciones de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Prestación de Servicios de la Procuraduría Federal del Consumidor.

116. La fecha límite para la recepción de solicitudes de compra o contratación de servicios en la DGRMySG, será a más tardar el 15 de octubre del año en curso. En casos excepcionales y con la autorización expresa del titular de la CGA, podrán recibirse requerimientos después de la fecha estipulada, siempre y cuando no impliquen procedimientos de licitación pública.

Contratos de arrendamiento

Apartado derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

117. Numeral derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

Penas convencionales y deducciones

118. Los depósitos por penas convencionales, deberán ser acreditados a la cuenta 0163749215 BBVA Bancomer, para ser reintegradas en el formato respectivo a la Tesorería de la Federación.

119. En los casos en que se originen deducciones, estas deberán ser aplicadas a través de notas de crédito con el desglose del Impuesto al Valor Agregado respectivo.

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Informes

120. Las adquisiciones de bienes y contrataciones de arrendamientos y servicios directos deberán ser informados mensualmente a la DGRMySG, dentro de los primeros 5 días hábiles del mes siguiente, mediante el formato “Informe de adquisiciones, Arrendamientos y Servicios” Anexo 8, a efecto de integrar los informes a los órganos fiscalizadores correspondientes.

S e r v i c i o s G e n e r a l e s

Medidas de austeridad

Apartado derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

121. Numeral derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

122. Numeral derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10).

123. Numeral derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10).

Parque vehicular

124. La administración, aprovechamiento y uso de los vehículos asignados a las UR deberá apegarse a los Lineamientos para la Administración y Uso del Parque Vehicular de la Procuraduría Federal del Consumidor.

Combustibles y lubricantes

125. Las DS deberán establecer asignaciones mensuales para combustibles y lubricantes, conforme su presupuesto asignado y el siguiente tabulador propuesto por tipo de vehículo:

a. Vehículos de apoyo para áreas que realizan operativos de verificación, vigilancia, quejas y conciliación:

Tipo de vehículo Asignación mensual por vehículoAutomóviles $1,160.00Motocicletas $350.00Camionetas 04 cilindros $1,160.00Camionetas 06 y 08 cilindros $1,650.00

b. Vehículos de apoyo para áreas administrativas:Tipo de vehículo Asignación mensual por vehículo

Automóviles $850.00Motocicletas $350.00Camionetas 04 cilindros $850.00Camionetas 06 y 08 cilindros $1,650.00

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126. En casos excepcionales de que algún vehículo requiera de un apoyo adicional de combustible por razones operativas ó sustantivas, los titulares de las DS deberán autorizar los excedentes, justificando plenamente las razones de la dotación requerida.

127. Numeral derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10).

128. Numeral derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10).

Almacén e Inventarios

129. Numeral derogado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10).

130. Es responsabilidad de las DS a través de las CA, mantener el control de los bienes muebles instrumentales en las áreas bajo su cargo, debiendo notificar oportunamente al Departamento de Almacén e Inventarios vía oficio o correo electrónico sus altas, bajas y transferencias de bienes, así como el cambio de resguardatario, para éste último, se deberá utilizar el formato establecido en el “Procedimiento para elaborar el levantamiento físico del inventario de bienes instrumentales”.

131. Todo trabajador que cause baja de la institución, deberá recabar la liberación de sus resguardos de bienes muebles instrumentales, misma que los CA deberán solicitar al Departamento de Almacenes e Inventarios, a fin de que se libere su finiquito.

I n f o r m á t i c a

Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC’s)

132. Es responsabilidad de la Dirección General de Informática (DGI) la administración y control de las TIC’s de la Institución, por lo que las adquisiciones y contrataciones de servicios y arrendamientos que requieran las UR, se efectuarán a través de la DGI, conforme normatividad aplicable y las partidas restringidas que se señalan en el numeral 113 de estos Lineamientos.

133. En casos debidamente justificados las DS podrán realizar erogaciones de bienes y servicios que afectan las partidas 2106, 2302 y 3502, previa autorización por escrito por parte de la DGI.

Numeral modificado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

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134. El control de los bienes informáticos se llevará a cabo mediante resguardos firmados por servidor público a quien se asigne, quien será responsable de su uso y, en el caso de las computadoras, de la información almacenada en el disco duro y los programas instalados, debiendo utilizarse exclusivamente para funciones institucionales. No deberá instalarse software, ni realizar modificaciones a la configuración de los equipos informáticos, salvo autorización expresa de la DGI.

135. En caso de reubicación de oficinas y/o remodelación de inmuebles, las DS deberán solicitar en materia TIC’s, con 30 días hábiles de anticipación a la DGI, anexando proyecto para su análisis y viabilidad. Los costos que se deriven ser considerados dentro del presupuesto de la DS.

Servicios de telecomunicaciones

136. Se podrán realizar llamadas telefónicas de larga distancia y a teléfonos celulares desde un teléfono de la Institución, de acuerdo a la línea telefónica se controlara por medio de un Número de Identificación Personal (NIP), intransferible, cuyo uso y resguardo será responsabilidad del servidor público a quien se asigne.

Numeral modificado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

Recuperaciones por el cobro de llamadas de larga distancia

137. La DGI, comunicará a los usuarios del servicio de telefonía mediante oficio firmado por su titular, los excedentes por este concepto y se enviará por correo electrónico el desglose de llamadas realizadas. Los importes excedentes por la realización de llamadas de larga distancia y a teléfonos celulares podrán ser justificados ante la DGI, siempre y cuando se hayan realizado en atención a sus funciones en Profeco, mediante el Formato I-1-MP-640-06 dentro de los cinco días hábiles posteriores a la recepción del oficio de notificación; En caso de que existan diferencias no justificadas deberán ser cubiertas en su totalidad por el usuario correspondiente.

Numeral modificado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

137 bis Las solicitudes de emisión de la carta de liberación por consumos de telefonía, serán atendidas por la DGI en un plazo de 15 días hábiles posteriores al corte de la facturación mensual.

Numeral adicionado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

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Servicios de Internet y correo electrónico

138. Tendrán acceso a Internet y al servicio de correo electrónico Institucional los servidores públicos a partir del nivel de jefe de departamento; en caso de que servidores públicos de nivel inferior al señalado requieran dichos servicios, deberán justificar su uso y solicitarlo a la DGI mediante la Solicitud de Servicio Formato I-1-MP-640-05.

Numeral modificado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

Servicios de impresión y fotocopiado

139. Las UR deberán implementar medidas de control para el uso racional del servicio de impresión y fotocopiado, limitando éstos a la reproducción de documentos oficiales que resulten estrictamente necesarios y limitar las copias en los documentos que envíen dentro y fuera de sus UR, promoviendo el envío de comunicados mediante correo electrónico.

137 bis En caso de que se solicite ampliación en el consumo de fotocopiado e impresión en cada equipo multifuncional, las DS deberán justificarlo mediante el Anexo 10 “Justificación para incremento del volumen de impresión y fotocopiado” a la DGI.

Numeral adicionado en la Tercera Sesión Extraordinaria del Comeri de 2010 (10-08-10)

C o n t a b i l i d a d

Generales

140. La contabilidad de las DS será responsabilidad de los titulares de las mismas y deberá vigilar el correcto archivo y resguardo de la documentación que la integra, para su revisión por parte de las instancias fiscalizadoras.

141. Las pólizas contables generadas por el SIIP deberán ser archivadas en forma consecutiva en un registro de manera mensual, el cual deberá contener tres secciones para la póliza de diario, de egresos e ingresos, respectivamente, debiendo contar con la documentación soporte correspondiente.

142. Los titulares de las DS serán responsables de vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de orden local y federal, para lo cual, deberán de informar por conducto de sus CA en tiempo y forma a la DGPOP, de aquellas disposiciones aplicables, así como emitir los informes y aclaraciones que le sean requeridos por las autoridades competentes y por la DGPOP.

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Deudores diversos

143. La DGPOP dará vista a los titulares de las DS de los saldos deudores que estén a su cargo, así como al OIC de aquellos servidores públicos que haya incumplido con los términos de comprobación señalados en los numerales 33 y 56 del presente ordenamiento.

144. Las DS por conducto de las CA realizarán cortes semestrales de los deudores, para integrar los expedientes de aquellos que mantengan el incumplimiento en los plazos para la comprobación, remitiendo la información correspondiente al OIC y a la Dirección General de lo Contencioso y de Recursos (DGCR) para los trámites conducentes, conforme a lo señalado en el “Procedimiento para Cancelar Adeudos a Cargo de Terceros y a Favor de Profeco” del Manual de Procedimientos de la DGPOP.

Pasivos

145. Las DS por conducto de las CA son responsables de vigilar que todos aquellos recursos que hayan comprometido durante el ejercicio dentro del SIIP, queden debidamente devengados y pagados.

146. La DGPOP dará vista al OIC de aquellos servidores públicos que hayan incumplido con los términos de las medidas de cierre que emita la CGA.

Cartas de no adeudo

147. La DGPOP por conducto de la Dirección de Contabilidad es la única UR que podrá emitir carta de no adeudo, mismas que los servidores públicos de las DS deberán solicitar por conducto de las CA mediante el formato “Solicitud de Carta de No Adeudo” Anexo 9 .

148. Para el caso de los servidores públicos que soliciten cartas de no adeudo y que resulten deudores de Profeco deberán realizar la comprobación o aclaración correspondiente dentro de un plazo no mayor a 5 días hábiles a partir de la recepción del oficio de respuesta enviado por la Dirección de Contabilidad.

149. Las cartas de no adeudo expedidas se mantendrán bajo resguardo de la Dirección de Contabilidad por un plazo máximo de 30 días naturales, por lo que una vez transcurrido dicho plazo se cancelarán y para su reexpedición será necesario realizar nuevamente la solicitud de la misma.

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Informes

150. Las DS, por conducto de las CA, deberán enviar a la DGPOP dentro de los primeros 5 días hábiles al cierre de cada mes las conciliaciones bancarias emitidas por el SIIP debidamente firmadas por el titular de la DS y el de la CA respectivamente, conforme al formato de “Conciliaciones Bancarias” del Procedimiento para realizar la conciliación de registros contables y emitir estados financieros del Manual de Procedimientos de la DGPOP.

151. Las DS por conducto de las CA deberán enviar a la DGPOP el informe Cédula de Retenciones del IVA e ISR y el acreditable de dicho impuesto, a más tardar los 5 días hábiles posteriores al cierre de cada mes, conforme al formato “Cédula de IVA Acreditable y Retenciones de IVA e ISR de Delegaciones y Subdelegaciones” (Formato I-1-MP-610-06) del Procedimiento para determinar y efectuar el entero de impuestos del Manual de Procedimientos de la DGPOP.

152. De conformidad con el numeral anterior, todos aquellos cheques que se expidan a nombre de un servidor público de la DS, deberán desglosar la comprobación que ampara el mismo dentro del formato mencionado en el numeral que antecede.

153. Las DS por conducto de las CA deberán remitir dentro de los 5 días hábiles posteriores a su pago vía correo electrónico a la dirección: [email protected] , la siguiente documentación: Por el concepto del impuesto sobre nómina, el formato expedido por la tesorería del estado debidamente sellado o, en su caso, ficha de pago; por lo que respecta al pago de arrendamiento de inmuebles, el recibo correspondiente.

M o d i f i c a c i o n e s e i n t e r p r e t a c i ó n

154. El contenido de los presentes Lineamientos podrá ser modificado durante el transcurso del presente ejercicio fiscal, por circunstancias internas o externas que conlleven a su revisión, complemento, adecuación o actualización, las cuáles se informarán oficialmente con la debida oportunidad para su cumplimiento.

155. La interpretación de los presentes Lineamientos corresponde exclusivamente a la CGA, por conducto de la DGPOP, la DGRH, la DGRMYSG y la DGI, cada una en el ámbito de su respectiva competencia, para lo cual las DS deberán efectuar sus solicitudes de interpretación de manera formal, respuesta que será por el mismo medio, en un máximo de 5 días hábiles a partir de su recepción.

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156. Corresponde única y exclusivamente al Titular de la CGA, autorizar, los casos de excepción sobre la aplicación de los presentes Lineamientos, siempre y cuando se encuentren bajo la normativa aplicable en la materia y estén debidamente motivados y fundamentados por parte de las DS.

Vigencia

157. Los presentes lineamientos entrarán en vigor al a partir del 2 de febrero de 2010 y lo referente al “Módulo de Control de Asistencia de Personal” del numeral 70 al 75 entrará en vigor a partir del 16 de febrero de 2010.

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VIII. Anexos

Anexo 1 Solicitud de Suficiencia Presupuestaria

Anexo 2 Requisitos de los Comprobantes Fiscales

Anexo 3 Solicitud de Pago

Anexo 4 Relación de Pasajes Locales

Anexo 5 Cédula de Identificación de Firmas Autorizadas

Anexo 6 Incidencias

Anexo 7 Solicitud/Autorización de Vacaciones

Anexo 8 Informe de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

Anexo 9 Solicitud de Carta de No Adeudo

Anexo 10 Justificación para incremento del volumen de impresión y fotocopiado

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Anexo 1

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Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Solicitud de Suficiencia Presupuestaria

Objetivo: Asegurar la reserva de los recursos para la contratación de los servicios.

Elaboración: Encargado Administrativo

Presentación: Computadora (Software MS Excel)

Clave de Identificación: Anexo 1

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 Unidad Responsable: Nombre de la unidad responsable que envía la solicitud.

2 Número de Solicitud: Número de oficio con el cual envía la solicitud la delegación o subdelegación.

3 Fecha: Día, mes y año en el que elabora el formato.

4 Número de Autorización: Número que asigna la DGPOP a la solicitud. Eejm: CGA/DGPOP/DP/0012/2009

5 Fecha: Día, mes y año en que la DGPOP indica el número de autorización.

6 Recursos: Con que tipo de recursos solicitan la suficiencia (fiscales y/o propios).

7 Núm. Cons. Número que aplique a la suficiencia.

8 Clave PresupuestariaNúmero de la clave presupuestal completa. Ejem: 01-2009-06801-06007-06G003-063411-1-UR-01-063404-060001.

9 Importe Anual Disponible Con número el importe total disponible.

10 DelEl inicio y final del periodo del mes que corresponda.

10 Al

11 Importe por Mes Importe con número por mes solicitado.

12 Total Importe total solicitado.

13 Justificación:

Breve resumen del servicio solicitado. Ejem: Solicitar contrato de pensión vehicular para guardar los vehículos de la delegación ya que en las instalaciones no se cuenta con estacionamiento.

14 Observaciones de la Dirección de Presupuesto: Comentario realizado por la Dirección de Presupuesto.

15 Elaboró Nombre, apellido paterno, materno y firma del Encargado Administrativo.

16 Solicita Nombre, apellido paterno, materno y firma del Titular de la Unidad Responsable.

17 Autoriza Nombre, apellido paterno, materno y firma del Director de Presupuesto.

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Anexo 2

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Anexo 3

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Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Solicitud de pago

Objetivo: Establecer un formato único para solicitar el pago de proveedores contractuales de bienes o servicios

Elaboración: Titulares Unidades Responsables/Coordinadores Administrativos

Presentación: Computadora (software Excel)

Clave de Identificación: Anexo 3

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 De:

Nombre de la Unidad Responsable que realiza la solicitud (Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, Dirección General de Difusión, Dirección General de Recursos Humanos o Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto)

2 Referencia: Consecutivo que maneja la unidad

3 Fecha: Día, mes y año de elaboración del formato

4 Beneficiario: Nombre, denominación o razón social del beneficiario del pago (Persona Física o Persona Moral)

5 Medio de pago: Si es con cheque o transferencia electrónica

6 Concepto del Pago Concepto por el cual se hace el pago al beneficiario

7 Total a pagar (incluye retención, pesos) Importe total a pagar en pesos

8 Otros documentos comprobatorios y/o justificativos

Contrato o pedido y cualquier otro documento que sustente o justifique el pago

9 N°. del contrato o pedido Número de contrato o pedido en el cual se establece la obligación del pago.

10 Datos del despacho o pedido SIIP Identificador alfanumérico del despacho o pedido emitido por el SIIP con el cual se va asociar el pago

11 Fecha compromiso despacho o pedido SIIP

Mes en el cual están comprometidos los recursos y registrado en el SIIP (No podrán ser meses posteriores a la fecha de la solicitud de pago)

12 N° de factura Número de factura del prestador del bien o del servicio

13 Fecha de recepción factura Día, mes y año en que se recibió de la factura por parte de Profeco

14 Fecha de pago según contrato/pedido Día, mes y año de compromiso de pago establecido en el contrato/pedido

15 Fecha real de entrega del bien o servicio

Día, mes y año real en el cual se reciben de conformidad, los bienes o servicios

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No. de Identificación Dice Debe Anotarse

16 Tipo de compra Si es: L=Licitación, D=Directa, I=Invitación o C=Comité.

17 Observaciones:

Que los bienes o servicios se recibieron en tiempo y forma y en su caso, el número del oficio y la fecha en que la unidad responsable del gasto notifica dicha aceptación o cualquier comentario que se considere necesario para proceder al pago.

18 Autoriza: Nombre y firma del Titular de la UR que solicita el pago

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Anexo 4

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Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Relación de Pasajes Locales

Objetivo: Comprobar los recursos otorgados por concepto de pasajes locales, que autoricen los titulares de las Unidades Responsables de Profeco.

Elaboración: Encargado Administrativo

Presentación: Computadora (Software MS Excel)

Clave de Identificación: Anexo 4

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 Fecha Día, mes y año en que fueron otorgados los pasajes locales al servidor público comisionado.

2 Nombre del Comisionado Nombre(s), apellido paterno y materno del servidor público comisionado.

3 RFC Clave del Registro Federal de Contribuyentes del servidor público comisionado.

4 Destino Lugar al que asistió el servidor público comisionado.

5 Importe Importe de los recursos otorgados al servidor público comisionado.

6 Firma Firma del servidor público comisionado.

7 Total Suma de todos los importes.

8 Elaboró Nombre(s), apellido paterno, materno y firma del Encargado Administrativo.

9 Autorizó Nombre(s), apellido paterno, materno y firma del titular de la Unidad Responsable.

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Anexo 5

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Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Cédula de Identificación de Firmas Autorizadas

Objetivo: Contar con un documento de apoyo y consulta para cotejar la autenticidad de firmas y antefirmas que los servidores públicos asientan en documentos oficiales de la Institución.

Elaboración: Departamento de Organización

Presentación: Computadora (Software MS Excel)

Clave de Identificación: Anexo 5

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 Nombre: Nombre(s), apellido paterno y materno del servidor público.

2 Puesto: Nombre del puesto que ocupa del servidor público.

3 Adscripción: Nombre de la unidad administrativa a la que se encuentra adscrito el servidor público.

4 Domicilio:

Calle, número, colonia, código postal, delegación o municipio y estado donde se encuentra ubicada la unidad administrativa a la que se encuentra adscrito el servidor público.

5 Teléfono: Número telefónico (incluyendo clave lada y extensión) del servidor público.

6 Ext.: Número de extensión o VPN (Virtual Network Private).

7 Vigencia: Día, mes y año en que inicia la vigencia de la cédula

8 Firma Autorizada: Firma autorizada del servidor público.

9 Rúbrica Autorizada: Rúbrica autorizada del servidor público.

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Anexo 6

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Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Incidencia

Objetivo: Contar con una evidencia documental de las incidencias de los empleados

Elaboración: Encargado o Coordinador Administrativo

Presentación: Computadora (software Excel).

Clave de Identificación: Anexo 6

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 Fecha El día, mes y año en que se requisito el formato.

2 Director General de Recursos Humanos

El nombre del titular de la Dirección General de Recursos Humanos.

3 Día (s) El día, mes y año en que ocurrió la incidencia.

4 El (la) C. El nombre, apellido paterno y materno del trabajador.

5 No. de empleado El número de empleado que tiene asignado el trabajador.

6 Adscrito (a) El nombre de la unidad administrativa a la que se encuentra adscrito el trabajador.

7 No Que no registro la entrada o la salida según corresponda.

8 Debido a El motivo por el cual no registro entrada o salida en el horario establecido.

9 Anexo Comprobante Una X en la opción correspondiente.

10 Atentamente El nombre, cargo y firma del jefe inmediato del trabajador.

11 Vo.Bo. El nombre y firma del Encargado o Coordinador Administrativo.

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Anexo 7

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Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Solicitud/Autorización de Vacaciones

Objetivo: Contar con una evidencia documental de la solicitud de periodos vacacionales de los trabajadores

Elaboración: Servidores públicos de base, confianza y mandos medios y superiores.

Presentación: Computadora (software Excel).

Clave de Identificación: Anexo 7

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 Fecha El día, mes y año en que se requisita el formato.

2 Periodo Vacacional: Una X en la opción que corresponda.

3 Trabajador Una X en la opción que corresponda.

4 Apellido Paterno Materno y Nombre(s) El nombre completo del trabajador que gozará del periodo vacacional

5 No. Trabajador El número de empleado que tiene asignado el trabajador.

6 Adscripción Física El nombre de la unidad administrativa en la que se encuentra físicamente el trabajador.

7 Puesto El nombre del puesto que tiene asignado el trabajador

8 Días a disfrutar El número de días a disfrutar.

9 Días disfrutados El número de días disfrutados.

10 Total de días disfrutados El número total de días disfrutados.

11 Periodo Vacacional El año que corresponda y una X en la opción correspondiente.

12 Fecha en que disfrutará sus vacaciones

El día, mes y año de inicio y término del periodo vacacional.

13 Motivo por el que no se pueden disfrutar

El motivo por el cual no se pudo disfrutar del periodo vacacional

14 Empleado Nombre y firma del trabajador que solicita vacaciones.

15 Autoriza Nombre y firma del jefe inmediato del trabajador.

16 Vo.Bo. Nombre y firma del Coordinador Administrativo.

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Lineamientos para el Ejercicio y Control delGasto de las Delegaciones y Subdelegaciones

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Codificación:L-ECG-DS-600

Versión:04

Vigencia:2 de febrero de 2010

Página:64 de 67

Anexo 8

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Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Informe de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

Objetivo: Informar a la Dirección General de Recursos Materiales de las diversas contrataciones que llevan a cabo las Delegaciones y las áreas administrativas a efecto de poder integrar al informe trimestral que se presenta al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la PROFECO

Elaboración: Encargado Administrativo

Presentación: Computadora (Software MS Excel)

Clave de Identificación: Anexo 8

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 Mes: Nombre del mes que se reporta

2 Fecha de envío: Día, mes año en que se requisito el informe.

3 Unidad Responsable: Nombre de la Unidad Responsable que envía el informe.

4 Partida Presupuestal Partida de gasto de acuerdo al Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal

5 Tipo de Contratación Precisar si se adquiere Bienes o Servicios

6 Descripción del Bien o Servicio Descripción general del Bien o Servicio

7 N° de Factura de Pago Número correcto de la factura de pago

8 Fecha de Compra Fecha de la factura de pago

9 Fecha de Entrega Fecha en que se recibieron los bienes o se finalizó la prestación del servicio

10 Área que autorizó el pago de la Factura Área que autorizó el pago de la factura

11 Área que utilizará el bien o servicio Área que utilizará los bienes o servicios

12 Nombre o Razón Social del Proveedor Nombre o denominación social del proveedor

13 R.F.C. Registro Federal de Contribuyentes del proveedor

14 Tipo de Empresa Estratificación de empresa por tipo: Micro, Pequeña o Mediana, de conformidad con la Ley *

15 Giro Comercial Estratificación de empresa por sector: Industria, Comercio o Servicio, de conformidad con la Ley *

16 Monto con IVA Incluido Valor en pesos adjudicado

17 Total Total

18 Elaboró Nombre(s),apellido paterno, materno y firma del Encargado Administrativo

19 Autorizó Nombre(s),apellido paterno, materno y firma del Titular de la Unidad Responsable

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Anexo 9

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Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Solicitud de Carta de No Adeudo

Objetivo: Solicitar constancia de no adeudo de los exservidores públicos de la Institución.

Elaboración: Ex servidor público

Presentación: Computadora (Software MS Word)

Clave de Identificación: Anexo 9

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 México, D.F. a Día, mes y año en que fue elaborado el documento.

2 Nombre del solicitante: Nombre(s), apellido paterno y materno del solicitante.

3 Área de adscripción: Nombre de la Unidad Administrativa a la que se encontraba adscrito el solicitante.

4 Periodo laborado: Del día, mes y año al día, mes y año que laboró en la Institución.

5 Número de empleado: Número de empleado que tenía el solicitante.

6 anexo copia de: Documento de no adeudo expedido por el Delegado o Subdelegado.

7 Nombre y firma del solicitante Nombre(s), apellido paterno, materno y firma del solicitante.

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Página:68 de 67Anexo 10

Para: (1) Fecha: (2)

De: Unidad Responsable (3)

Mes de la Solicitud: (4)

Número de Serie del Equipo

Area(s) Específica* Volumen Requerido Justificación

(5) (6) (7) (8)

* La solicitud será de acuerdo a cada clave asignada (no anotar clave confidencial solo el área)

Autorizó

(10)______________________________________________________

Titular de la URCoordinador Administrativo

El presente documento se elabora y autoriza bajo protesta de decir verdad

Coordinación General de AdministraciónDirección General de Informática

Justificación para Incremento del Volumen de Impresión y Fotocopiado

Elaboró

(9)

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Instructivo de Llenado del Formato

Nombre del Formato: Justificación para Incremento del Volumen de Impresión y Fotocopiado

Objetivo: Tener evidencia de la solicitud de incremento de impresiones y fotocopiado realizadas por las unidades administrativas de Profeco

Elaboración: Coordinador Administrativo

Presentación: Software (Excel)

Clave de Identificación:

No. de Identificación Dice Debe Anotarse

1 Para: El nombre de la unidad administrativa a quien va dirigido el formato

2 Fecha: El día, mes y año de la elaboración del formato

3 De: El nombre de la unidad administrativa que elabora el formato

4 Mes de la Solicitud: El nombre del mes en el que se realizó la solicitud

5 Número de Serie del Equipo El número de serie del equipo

6 Área(s) Especifica* El nombre del área al que se encuentra asignado el equipo

7 Volumen Requerido El número de incremento de impresiones o fotocopiado

8 Justificación La justificación del incremento de impresiones o fotocopiado, según corresponda

9 Elaboró El nombre del Coordinador Administrativo

10 Autorizó El nombre del Titular de la unidad administrativa

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