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v.4 16/12/2019 CÓDIGO DE CONDUCTA ÉTICA

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  • v.4 16/12/2019

    CÓDIGO DE CONDUCTA ÉTICA

  • v.4 16/12/2019

    CÓDIGO DE CONDUCTA Y ÉTICA

    INDICE

    1 OBJETIVO

    2 ALCANCE

    3 PRINCIPIOS BÁSICOS DE ACTUACIÓN

    4 APLICACIÓN DEL CÓDIGO DE CONDUCTA ÉTICA

    5 COMITÉ DE ÉTICA Y OFICIAL DE CUMPLIMIENTO

    6 PRINCIPIOS DE CONDUCTA EN EL LUGAR DE TRABAJO

    7 PRINCIPIOS DE CONDUCTA EN LAS PRÁCTICAS DE NEGOCIO

    8 SEGURIDAD DE ACTIVOS

    9 VIOLACIONES AL CÓDIGO DE CONDUCTA ÉTICA

    I. PROCEDIMIENTOS VINCULADOS

    II. REFERENCIAS EXTERNAS

    III. ANEXOS

    IV. MEDIOS DE CONTACTO

    3

    4

    6

    7

    8

    9

    13

    25

    30

    36

    36

    36

    36

  • 3

    1. OBJETIVO

    Sus objetivos primordiales son:

    Promover los más elevados estándares de ética y lograr el respeto de los valores de la Compañía;

    Que represente una guía para que el personal desarrolle sus tareas con la máxima transparencia;

    Evitar los conflictos de intereses perjudiciales para la Compañía;

    Proteger la información reservada y/o confidencial, así como los bienes de la Compañía

    Representar una imagen de integridad comercial en los negocios ante los accionistas, las instituciones y la sociedad en general.

    Profertil S.A.La compañía está comprometida en mantener los más elevados estándares deconducta ética y legal en todas sus actividades, por lo que su personal tiene eldeber de adherir a los principios y valores que surgen del presente Código

  • - Los principios establecidos en el presente deberán aplicarse en la relación de la Compañía con contratistas, subcontratistas, proveedores, personas asociadas, intermediarios comerciales, representantes no comerciales, consultores, socios de negocios o cualquiera que preste servicios para la Compañía o en su representación, reciban o no una retribución; es decir, todos quienes sean capaces de incurrir en prácticas contrarias a la ética en representación o en beneficio de Profertil S.A.

    - Toda alianza estratégica o asociación similar constituida formalmente (por ej. UTE, consorcio, etc.) en la que la Compañía posea el control debe adoptar un Código de Conducta que contemple los principios que subyacen al presente Código. En aquellas situaciones en las que no posea el control, incentivará a la entidad de la que se trate a alinearse con los requisitos de este Código.

    4

    2. ALCANCE

    El presente Código será aplicable a todos los empleados de Profertil S.A., a los miembros del Directorio y pasantes (todos ellos denominados

    Miembros de la

  • 5

    Las normas que regulan los aspectos disciplinarios relativos a la conducta de los miembros de la Compañía deberán interpretarse y aplicarse en concordancia con los valores, principios y pautas contenidos en el presente. Si bien este Código no cubre necesariamente todas las actividades que pueden llevar adelante estos sujetos, ilustra los estándares de conducta esperados de todos ellos.

    2. ALCANCE

  • 3. PRINCIPIOS BÁSICOS DE ACTUACIÓN

    6

    Profesionalismo: Desarrollamos nuestras tareas aplicando los mejores conocimientos y estándares de calidad para cada situación.

    Ética: Desarrollamos nuestras actividades con transparencia, integridad y honestidad, actuando

    consistentemente.

    Respeto:Promovemos el respeto mutuo entre las personas y el cuidado responsable del medioambiente y la seguridad.

    Compromiso: Damos lo mejor de cada uno para el logro de los objetivos acordados.

    Los miembros de la Compañía deben actuar según los valores de Profertil S.A., que se enuncian a continuación:

  • 4. APLICACIÓN DEL CÓDIGO DE CONDUCTA ÉTICA

    Cada Miembro de la Compañía, en la primera ocasión posible, será informado y provisto con una copia del contenido de este Código. Será igualmente notificado de cada una de las modificaciones que se produjeran. En prueba de conformidad de su contenido, firmará una declaración afirmando que:

    Ha leído y comprendido el Código en su totalidad.

    Ha tenido oportunidad de hacer preguntas al respecto.

    Ha cumplido con las disposiciones del Código desde la firma de su última declaración.

    Continuará acatando lo dispuesto en él.

    Cualquier duda con relación a la aplicación o interpretación Código deberá ser consultada con su supervisor inmediato.

    7

  • 5. COMITÉ DE ÉTICA Y OFICIAL DE CUMPLIMIENTO

    El Comité de Ética está integrado por el Equipo de Dirección y resuelve cuestiones relativas a la interpretación del Código.

    El Directorio aprueba las modificaciones que puede proponerle el Comité de Ética.

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    El Directorio designa a uno de los miembros del Comité de Ética como Oficial de Cumplimiento, quien coordina los aspectos generales de la implementación del Código y la normativa vinculada. Asimismo, recibirá las denuncias que se le formulen directamente, las trasladará al Comité de Ética y se encargará de su seguimiento e investigación, según el procedimiento previsto al efecto.

  • 9

    6. PRINCIPIOS DE CONDUCTA EN EL LUGAR DE TRABAJO

    6.1. CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN Y LOS PROCEDIMIENTOS DE PROFERTIL S.A.

    Los Miembros de la Compañía deberán:

    Cumplir con todas las obligaciones legales que le quepan a la Compañía según el lugar en el cual opere, cooperando sin obstaculizar ninguna investigación llevada a cabo por Profertil. S.A.

    Cumplir con las políticas, procedimientos e instructivos vigentes en Profertil S.A.Desempeñar sus funciones con eficiencia e idoneidad y de acuerdo a los principios

    de buena fe, integridad, imparcialidad, transparencia, honestidad, justicia, respeto, cuidado profesional y responsabilidad.

    Profertil S.A. prohíbe actividades que podrían interpretarse como prácticas discriminatorias de acuerdo a lo establecido en el art. 1 de la Ley 23.592. Se consideran actos discriminatorios aquellos determinados u originados por razones tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, edad, sexo, posición económica, condición social o características físicas, entre otros.

  • 6.2. CONDUCTA EN EL LUGAR DE TRABAJO

    10

    Todas las comunicaciones (e-mails, teléfono, presencial, minutas internas, etc.) entre los miembros de la Compañía, como así también las relaciones con clientes y proveedores, deberán ser cordiales y respetuosas, ofreciendo información transparente y clara en un plazo lógico de tiempo.

    Profertil S.A. no acepta que sus miembros formulen amenazas, acosen, tomen represalias o realicen cualquier conducta que pueda caracterizarse como acoso laboral o abuso de poder, hacia algún otro empleado o tercero bajo ninguna circunstancia.

    Las relaciones personales (por ejemplo, emocionales y/o sexuales) entre Miembros de la Compañía que tengan lugar en su tiempo libre y fuera de las instalaciones de la Empresa se encuentran fuera del área de incumbencia de la Compañía. Sin embargo, la Compañía se involucrará y tomará acción adecuada si tuviera lugar alguno de los hechos siguientes:

    - Problemas originados en dicha relación que se manifiestan en el trabajo.- Que exista una línea de supervisión o jefatura que afectara la estructura de mandos de

    la organización. En tal supuesto, los involucrados estarán obligados a informar su situación personal al Oficial de Cumplimiento.

    6. PRINCIPIOS DE CONDUCTA EN EL LUGAR DE TRABAJO

  • 6.3. CONTABILIDAD Y AUDITORÍA

    11

    Se deberán registrar correctamente en los libros contables, informes y cuentas de Profertil S.A. todos los fondos, bienes, recibos, desembolsos y cualquier otra transacción realizada por la Compañía de acuerdo a los métodos aceptados para informar eventos económicos y los procedimientos internos y legales previstos al efecto, reflejando correctamente cada transacción. No se permitirá ninguna acción a fin de influenciar, coaccionar o manipular fraudulentamente a nadie que esté comprometido con la tarea de auditoría de los registros de Profertil S.A.

    Cualquier inquietud o reclamo con respecto a un aspecto cuestionable de la contabilidad, control interno de la contabilidad, o asuntos de auditoría de Profertil S.A. deberá ser informada a su supervisor inmediato, al Oficial de Cumplimiento, a cualquier miembro del Comité de Ética, al Directorio, o reportada a través de la línea de conducta ética.

    6. PRINCIPIOS DE CONDUCTA EN EL LUGAR DE TRABAJO

  • 6.4. PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y SEGURIDAD

    12

    6. PRINCIPIOS DE CONDUCTA EN EL LUGAR DE TRABAJO

    Profertil S.A. desarrolla su actividad comprometida con la preservación y respeto del medioambiente, planificando sus procesos y actividades y tomando las precauciones necesarias para prevenir y, en su caso, minimizar el eventual impacto ambiental contribuyendo a la conservación de los recursos naturales.

    Somos responsables, en el cumplimiento de las tareas, de manejar y utilizar adecuadamente todos los elementos que pudieran materialmente dañar el medio ambiente así como de informar todos los incidentes relacionados con estos materiales, de conformidad con las políticas y procedimientos establecidos por la Compañía y dentro del marco de la ley.

    Profertil S.A. proveerá a sus colaboradores los medios y recursos necesarios para que puedan llevar cabo sus actividades en condiciones de seguridad. Promoverá el uso responsable de los recursos por parte de sus colaboradores, bajo el cumplimiento todas las normas de seguridad y políticas de la Compañía aplicables, a fin de garantizar su seguridad personal y la de sus compañeros de trabajo.

  • 13

    7. PRINCIPIOS DE CONDUCTA EN LAS PRÁCTICAS DE NEGOCIOS

    7.1. RELACIONES CON PROVEEDORES Y CONTRATISTAS

    La elección y contratación de los proveedores y contratistas siempre deberá estar fundamentada en criterios técnicos, profesionales, éticos, económicos y en las necesidades de la Compañía, debiendo ser conducidas por medio de los procesos preestablecidos para las compras y contrataciones.

    Los Miembros de la Compañía deben guardar estricta confidencialidad respecto a las contrataciones con terceros o proveedores, no divulgando las ofertas presentadas por los convocados a efectos de obtener igualdad en la contratación. Se debe actuar con integridad e imparcialidad, manteniendo la independencia de opinión en cuanto al establecimiento de precios y compra de los productos y servicios.

    7.2. RELACIONES CON ACCIONISTAS E INVERSORES

    Se debe brindar a los accionistas e inversores información veraz, transparente y oportuna, que les permita conocer las actividades y el desempeño de Profertil S.A., como también obtener impactos favorables en el valor de la Compañía.

    Se debe proporcionar un trato igualitario, sin privilegios de acceso a información de ningún tipo. Asimismo, es deber de todos los Miembros de la Compañía proteger la información que aún no ha sido divulgada públicamente y que pueda afectar los intereses de la Compañía.

  • 14

    7. PRINCIPIOS DE CONDUCTA EN LAS PRÁCTICAS DE NEGOCIOS

    - Profertil S.A. respeta y valora el ejercicio de los derechos políticos y responsabilidades cívicas de sus integrantes, sin embargo sus fondos o activos no se pueden utilizar para contribuciones a ningún partido político, organización con fines políticos o persona con cargo político o candidato a un cargo político, excepto aquellas permitidas por la legislación y que, previamente fueran expresamente autorizadas por el Directorio de la Compañía.

    - Cualquier decisión al respecto, deberá respetar los lineamientos y límites que surgen de la ley 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos o la que en su reemplazo se dicte en el futuro.

    - Cualquier donación deberá ser en especie y deben efectuarse de forma transparente, a organizaciones benéficas legítimas y registradas, sin personas interpuestas. No podrán ser en efectivo y están prohibidas realizarlas para obtener algún tipo de beneficio indebido. Deberán evitarse donaciones sospechosas.

    Ver procedimiento RIN-GEN-0003-DONACIONES

    7.3. CONTRIBUCIONES POLÍTICAS

  • 15

    7. PRINCIPIOS DE CONDUCTA EN LAS PRÁCTICAS DE NEGOCIOS

    - Los miembros de la Compañía, en relación al área que corresponda, deberán prestar especial atención a transacciones inusuales, coincidencia de clientes, proveedores, contratistas o subcontratistas y toda persona que establezca una relación comercial / contractual con Profertil SA de relevancia económica, que no se encuentren en listas de individuos / empresas observadas por delitos de Lavado de Activos y/o Financiación del Terrorismo y transacciones realizadas con jurisdicciones de alto riesgo o no cooperantes a los fines de la transparencia fiscal.

    - Ningún miembro de la Compañía, trabajando en solitario o en conjunto con otros, llevará a cabo cualquier actividad que sea contraria a las regulaciones domésticas o extranjeras respecto al lavado de dinero.

    7.4. PREVENCIÓN CONTRA EL LAVADO

    DE ACTIVOS

  • 16

    7. PRINCIPIOS DE CONDUCTA EN LAS PRÁCTICAS DE NEGOCIOS

    7.5. POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN

    - Está prohibido pagar, prestar o desembolsar suma alguna de dinero, activos de Profertil S.A. o algún tipo de dadiva, cualquiera sea el concepto o denominación, con el objeto de influenciar en la decisión de algún funcionario público (Nacional, Provincial o Municipal). Profertil S.A. rechaza de forma rotunda todo acto de corrupción, pública o privada.

    - Está prohibido la realización de promesa u ofrecimiento de cualquier tipo de pago indebido a autoridades, funcionarios públicos o directivos o empleados pertenecientes a empresas u organismos públicos o privados de ámbito nacional o internacional, miembros de partidos políticos o candidatos políticos bajo cualquier forma y a través de cualquier medio o persona para obtener o asegurar ventajas impropias.

    - No se permite buscar u obtener de ventajas indebidas fruto del aprovechamiento de relaciones personales con autoridades o funcionarios públicos, personas vinculadas a los mismos o con cualquier otro sujeto privado.

    16

  • 17

    7. PRINCIPIOS DE CONDUCTA EN LAS PRÁCTICAS DE NEGOCIOS

    7.6. CONFLICTOS DE INTERÉS

    Un "conflicto de interés" existe cuando los intereses individuales propios de los Miembros de la Compañía interfieren o entran en conflicto de cualquier manera (o incluso aparentan interferir) con los intereses de Profertil S.A. Las siguientes son algunas directrices específicas para ayudar a evitar conflictos de interés.

  • 18

    A. Regalos

    - No se podrá aceptar para sí, miembro de su familia o persona de vínculo cercano, suma de dinero, regalos empresarios u otros bienes, cuando sean para obtener beneficios, facilitar negocios o asegurar concesiones especiales para y/o con la Compañía, provenientes de cualquier persona física o jurídica. Tampoco se podrá aceptar obsequios o invitaciones durante cualquier proceso de oferta y/o licitación.

    - Se podrán aceptar y dar regalos u obsequios excepcionalmente, cuando no superen el valor de U$D 100 (dólares cien) o su equivalente en pesos1, y que se encuentren en dentro del marco de prácticas comerciales o cortesía generalmente aceptadas y no se encuentre prohibidos por ley.

    - Las invitaciones a eventos, conferencias, convenciones, presentaciones comerciales o cursos técnicos que sean financiadas por terceros deberán ser autorizadas previamente por el Comité de Ética.

    - La recepción o entrega de regalos por un valor superior al referido podrá ser autorizado excepcionalmente por el Oficial de Cumplimiento cuando las circunstancias del caso lo justifiquen.

    1 El valor máximo de regalos empresarios podrá ser actualizado cuando así

    lo considere la Compañía. Por ello, cada Miembro de la Compañía está

    obligado a consultar el valor actual al Comité de Ética, previo a la

    aceptación de algún regalo.

    7. PRINCIPIOS DE CONDUCTA EN LAS PRÁCTICAS DE NEGOCIOS

  • 19

    B. Relaciones

    con terceros

    Se espera de cada uno de los Miembros de la Compañía que sea objetivo, imparcial y que actúe en el mejor interés de Profertil S.A. Las influencias externas y los intereses personales no deberán obstaculizar, perturbar o incidir adversamente sobre el desempeño laboral.

    7. PRINCIPIOS DE CONDUCTA EN LAS PRÁCTICAS DE NEGOCIOS

  • 20

    C. Suministro

    de mercancías o servicios a la Compañía

    - Ningún Miembro de la Compañía podrá beneficiarse o buscar beneficiarse de las relaciones que tenga con los clientes y proveedores. Todos los Miembros de la Compañía deben prescindir de la influencia de las consideraciones personales cuando representen a Profertil S.A. en las transacciones con terceros, efectúen recomendaciones vinculadas con dichas transacciones o adopten decisiones sobre las mismas.

    - Se deberán evitar las situaciones que pudieran conducir a lealtades divididas o presentar la apariencia de un conflicto de intereses.

    - La selección de los proveedores y la adjudicación de compras se realizarán siguiendo procedimientos competitivos y transparentes, de acuerdo con el Procedimiento de Selección de Proveedores.

    7. PRINCIPIOS DE CONDUCTA EN LAS PRÁCTICAS DE NEGOCIOS

  • 21

    D. Empleo fuera de la Compañía

    - Los Miembros de la Compañía pueden dedicarse a otras actividades comerciales, siempre y cuando:

    clientes no resulte afectada.

    insumos o equipos de la Compañía.

    - No se podrá trabajar para proveedores o consultores vinculados con el ámbito de las actividades de la Compañía, ni para clientes o competidores, contratistas o Compañías que estén participando en un proceso licitatorio con Profertil S.A., sin la previa aprobación por escrito del Comité de Ética, debiendo informar fehacientemente al Oficial de Cumplimiento el cargo o carácter de su actuación, aun cuando sea un cargo voluntario o no remunerado, de alguna compañía, sociedad u otra entidad que desarrolle actividades comerciales con Profertil S.A. o con alguna empresa vinculada a ella.

    7. PRINCIPIOS DE CONDUCTA EN LAS PRÁCTICAS DE NEGOCIOS

  • 22

    E. Intereses financieros en

    otrasorganizaciones

    - No se podrá ejecutar o aprobar ninguna transacción en la cual el exista un conflicto de intereses directo o indirecto. Todos los conflictos de intereses serán denunciados y evaluados por el Comité de Ética. Si un miembro de la Compañía tiene intereses, actividades o empleos que puedan ser generadores de un conflicto de intereses, deberá informar por escrito esta situación a su supervisor inmediatamente o al Oficial de Cumplimiento, quien deberá informarlo al Comité de Ética, pudiendo éste último requerir que el involucrado ya no forme parte o que cese con esa actividad o empleo que origina el conflicto de interés.

    - Los Miembros de la Compañía y de su grupo familiar, no deberán tener una inversión significativa ni otro interés financiero en la empresa de un cliente, proveedor, competidor o un participante actual o potencial en una transacción u otro emprendimiento comercial vinculado con la Compañía, o cualquier otra inversión o interés financiero que pudiera parecer, o generar, una lealtad dividida por parte del Miembro de la Compañía. Las inversiones pequeñas en títulos de corporaciones que cotizan en bolsa no serían normalmente consideradas una violación a esta pauta. La información concerniente a Profertil S.A. no puede ser utilizada por los miembros de la Compañía para usufructo monetario personal.

    7. PRINCIPIOS DE CONDUCTA EN LAS PRÁCTICAS DE NEGOCIOS

  • 7.7. CONTRATACIÓN

    DE SOCIOS DE NEGOCIOS

    - La contratación de agentes comerciales, asesores, intermediarios o cualquier tercero que preste servicios o actúe en nombre, en beneficio o para la Compañía (socios de negocios) se ajustará a las más estrictas exigencias derivadas de la diligencia debida.

    - Para ello, se establecerán mecanismos para alcanzar el mejor conocimiento posible de los socios de negocios , de forma que permita la contratación de los más idóneos para desarrollar su actividad de manera ética y sin que de la misma se puedan derivar perjuicios económicos, éticos o riesgos reputacionales para la Compañía.

    - Se informará y quedará debidamente documentadoa los Socios de Negocios, los principios y reglas establecidos en el Código de Conducta de Profertil S.A. incluyendo aquellas prohibiciones que la Compañía ha articulado en materia de corrupción., debiendo estos manifestar su conocimiento de tales prohibiciones y su compromiso de riguroso cumplimiento. Estas prohibiciones se incluirán además de manera expresa y taxativa en los contratos que se firmen con los socios de negocios.

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    7. PRINCIPIOS DE CONDUCTA EN LAS PRÁCTICAS DE NEGOCIOS

  • - Profertil S.A. prohíbe la realización de conductas anticompetitivas, por lo que se compromete a que en el desarrollo de sus actividades prime la competencia justa, honesta y transparente.

    - Los Miembros de la Compañía no deben involucrarse en conductas anticompetitivas y deben esforzarse por evitar la apariencia siquiera de posibles transgresiones. Los Miembros de la Compañía con responsabilidades comerciales, o aquellos que integren o formen parte de asociaciones o cámaras empresariales, deben estar particularmente atentos al cumplimiento de sus obligaciones bajo las normas de defensa de la competencia.

    - En particular, los Miembros de la Compañía deberán evitar acuerdos entre competidores para incrementar, reducir o estabilizar los precios, dividir territorios o mercados, distribuir clientes, reducir la calidad de los productos, restringir injustificadamente la producción de los mismos, discriminar precios o involucrarse de cualquier otra manera en actividades comerciales predatorias, e intentos por crear un monopolio.

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    7.8. DEFENSA DE LA

    COMPETENCIA Y COMPETENCIA

    DESLEAL

    7. PRINCIPIOS DE CONDUCTA EN LAS PRÁCTICAS DE NEGOCIOS

  • Los Miembros de la Compañía deberán utilizar los activos de Profertil S.A. únicamente para realizar actividades que son propias de ésta, y no para satisfacer intereses personales. Se entiende, en especial, como bienes y recursos aquellos provistos por la Compañía con el fin de desarrollar sus tareas y/o que se encuentren en su lugar de trabajo.

    Los Miembros de la Compañía no deberán alterar, mutilar o esconder ningún documento, registro u objeto o utilizar otros medios con el fin de impedir u obstruir alguna investigación conducida por Profertil S.A. o cualquier repartición de gobierno o ente regulador.

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    8.1 BIENES DE LA COMPAÑÍA

    8. SEGURIDAD DE ACTIVOS

  • Todos los equipos, sistemas de comunicaciones electrónicos y la totalidad de las comunicaciones de datos transmitidos, recibidos o almacenados en los sistemas de Profertil S.A., son de propiedad de la Compañía y para ser utilizados exclusivamente para sus actividades.

    Profertil S.A. se reserva el derecho de supervisar y revisar todos y cada uno de los datos e informaciones contenidos en los equipos de los Miembros de la Compañía y otros dispositivos electrónicos facilitados por Profertil SA; a estos efectos, dentro del marco de la ley, en particular, respecto de la preservación de la privacidad.

    En caso de ser necesario, con sospecha fundada en la comisión de algún ilícito o violación del presente Código, la Compañía se encuentra facultada para supervisar o revisar el uso que los Miembros hacen de Internet y de los sistemas de correo electrónico o de cualquier otro servicio de gestión de la información de Profertil S.A. así como su contenido..

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    8.2. POLÍTICA INFORMÁTICA

    8. SEGURIDAD DE ACTIVOS

  • Está prohibido enviar o recibir mensajes o archivos que sean de carácter ilegal, como así también está prohibido enviar o distribuir información contraria a la moral y buenas costumbres y/o ajenas al ámbito de la Compañía, como ser a título de ejemplo: información sexual, racista, abusiva u ofensiva, o que de cualquier modo implique un incumplimiento de los términos del presente Código.

    Los Miembros de la Compañía deben tomar conocimiento y cumplir con la Política de Uso Aceptable de Recursos Informáticos SIS-GEN-0004. En caso de verificarse incumplimiento de esta política se adoptarán las sanciones que correspondan, analizando los aspectos propios de cada caso, incluyendo la terminación de la relación laboral.

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    8.2. POLÍTICA INFORMÁTICA

    8. SEGURIDAD DE ACTIVOS

  • Los Miembros de la Compañía que en el marco de su relación laboral tengan conocimiento o acceso a cualquier información, ya sea de la Compañía, de sus clientes, proveedores, vendedores u agentes, tienen prohibido divulgarla o utilizarla para fines distintos al cumplimiento de las tareas laborales o para obtener beneficios propios por ser considerada información Confidencial.

    Se considera Información Confidencial a modo de ejemplo: reportes financiero-económicos, dispositivos, planes de negocio, documentos e información tecnológica (procesos, diagramas, métodos, equipos), negociaciones en curso con otras compañías e información del personal, etc. Tal información, bajo ningún aspecto, puede ser revelada a personas ajenas a la Compañía, salvo que previamente exista una autorización del Directorio.

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    8.3. UTILIZACIÓN Y

    MANEJO DE INFORMACIÓN

    INTERNA

    8. SEGURIDAD DE ACTIVOS

  • No podrán hacer uso indebido y/o injuriante del nombre, imágenes de los establecimientos, logotipos, marca, nombres del personal y demás elementos identificativos de Profertil S.A., incluyendo todas las redes sociales existentes o que pudieran existir en el futuro.

    La información confidencial debe ser conservada en lugar y forma segura de acuerdo a las instrucciones que al respecto trasmita la Compañía.

    La obligación de confidencialidad continuará aun cuando se corte la relación laboral.

    Profertil S.A. se reserva los derechos de propiedad intelectual sobre información, invenciones y/o creaciones que sean desarrolladas por los Miembros de la Compañía como consecuencia de su actividad laboral.

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    8.3. UTILIZACIÓN Y

    MANEJO DE INFORMACIÓN

    INTERNA

    8. SEGURIDAD DE ACTIVOS

  • 30

    9.1. INCUMPLIMIENTO

    DEL CODIGO DE CONDUCTA ÉTICA

    Es obligación de todos los Miembros de laCompañía informar:

    - fallas en cualquier control contable interno, oasunto de auditoría mediante el cual crea que sepueda dañar la protección de los bienes de laCompañía, o la confiabilidad de los registrosfinancieros de la misma o sus informes;

    - cualquier violación o aparente violación de la leyo políticas de la Compañía de las que tengaconocimiento; y

    - cualquier falta ética de la que tenganconocimiento con motivo o en ocasión delejercicio de sus funciones o violación a cualquierade las disposiciones contenidas en el presenteCódigo, pudiendo solicitar se asigne carácterreservado o confidencial al tratamiento de sudenuncia.

    9. VIOLACIONES AL CÓDIGO DE CONDUCTA ÉTICA

  • 31

    9.1. INCUMPLIMIENTO

    DEL CODIGO DE CONDUCTA ÉTICA

    Los canales para transmitir lainformación son los siguientes:

    Gerente General de Profertil S.A.Presidente de Profertil S.A.Oficial de CumplimientoLínea de Conducta Ética

    La Línea de Conducta Ética es un canal de comunicación para que los Miembros de la Compañía puedan informar, en forma anónima, confidencial y segura, hechos de corrupción o cualquier otro tipo de situaciones que afecten el adecuado clima ético

    9. VIOLACIONES AL CÓDIGO DE CONDUCTA ÉTICA

  • 32

    9.1. INCUMPLIMIENTO

    DEL CODIGO DE CONDUCTA ÉTICA

    Los medios para comunicarse con la Línea deConducta Ética son los siguientes:

    0-800-999-4636(opción 1 operador y opción 2 mensaje grabado)

    -mail: [email protected]

    Envíe su carta a nombre de RESGUARDA a la dirección 25 de mayo N° 555, piso 13 (C1002ABK), C.A.B.A.

    www.resguarda.com (canal a través del cual podrá hacer el seguimiento de su reporte)

    0800-999-4636, opción 3

    9. VIOLACIONES AL CÓDIGO DE CONDUCTA ÉTICA

    Bajo ninguna circunstancia se tomarán medidas adversas contra la persona que efectúa una consulta o quien de buena fe denunciara un posible ilícito o situación anormal que a su criterio se aparte de lo normado en este Código, alguna ley, regulación o procedimiento interno de la Compañía.

  • 33

    9.2 SANCIONES

    La falta de cumplimiento con las pautas mencionadas en este Código de Conducta Ética dará lugar a la aplicación de las sanciones disciplinarias pertinentes conforme la normativa vigente, incluyendo la terminación de la relación laboral.

    No podrá ser sancionado ni sufrir represalias quien de buena fe efectúe una denuncia por una situación que estime como contraria a los principios de este Código o cualquier ley aplicable.

    Las sanciones disciplinarias deben cumplir con los siguientes requisitos:

    dependiendo de la falta cometida.

    9. VIOLACIONES AL CÓDIGO DE CONDUCTA ÉTICA

  • 34

    9.2 SANCIONES

    El sistema se compone de las siguientessanciones disciplinarias:

    Llamado de atención verbal;Apercibimiento escrito;Suspensión; yExtinción del vínculo laboral.

    Las sanciones serán aplicadas según elprocedimiento

    GPE-SPE-0020 Aplicación de MedidasDisciplinarias.

    9. VIOLACIONES AL CÓDIGO DE CONDUCTA ÉTICA

  • 35

    9.3. COMPORTAMIENTO

    PERSONAL RESPONSABLE

    Cada Miembro de la Compañía es personalmente responsable de sus acciones y su integridad profesional. Ningún acto ilícito puede ser justificado aduciendo que ha sido ordenado por un superior jerárquico. Asimismo, ningún Miembro de la Compañía, independientemente de su jerarquía, está autorizado a ordenar un acto deshonesto o cualquier otro acto contrario a este Código o cualquier otra política de la Compañía.

    Las pautas enunciadas tienden a enfatizar la importancia de la integridad por parte de los Miembros de la Compañía, lo que constituye la garantía para mantener la confianza y el respeto en el ámbito de la misma, de las autoridades, clientes, proveedores y la comunidad.

    9. VIOLACIONES AL CÓDIGO DE CONDUCTA ÉTICA

  • I. PROCEDIMIENTOS VINCULADOS

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    RIN-GEN-0003 Donaciones

    PFE-GEN-0004-Prevención de Lavado de Dinero

    PFE-GEN-0012-Prevención de Fraude y Corrupción

    SIS-GEN-0004. Uso aceptable de Recursos Informáticos

    GPE-SPE-0020- Aplicación de Medida Disciplinarias

    PFE-GEN-0019 Política de Diversidad e Inclusión

    II. REFERENCIAS EXTERNAS

    Resguarda www.resguarda.com

    III. ANEXOS

    AnexoIPFEGEN0005CompromisodeC.docx

    AnexoIIPFEGEN0005DeclConfInteres.docx

    IV. MEDIOS DE CONTACTO

    Los medios de contacto con la Línea de Reportes de Irregularidades son:

    Línea gratuita: 0-800-999-4636

    E-mail: [email protected]

    Carta a nombre de RESGUARDA, domicilio postal 25 de mayo 555 piso 13 (C1002ABK) Bs.As.

    Web site: www.resguarda.com/profertil (PODRÁ HACER EL SEGUIMIENTO DE SU REPORTE)

    Fax: 0800-999-4636 opción 3

    http://www.resguarda.com/mailto:[email protected]://www.resguarda.com/profertil

  • ¡MUCHASGRACIAS!