caso zimapan vs guadalajara
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CASO ZIMAPÁN HIDALGO, MÉXICO
NULIDAD DE LA ELECCIÓN
VIOLACIÓN AL ART. 130 CONSTITUCIONAL:
PRINCIPIO DE SEPARACIÓN IGLESIA-ESTADO
Noviembre 2008
Síntesis del casoELECCIONES El 09 de Noviembre de 2008, se celebraron las elecciones de Munícipes de Zimapán,
Hidalgo, resultando ganadora la planilla postulada por el PRD
JUICIO DE INCONFORMIDAD
El 16 de Noviembre de 2008, la coalición “Más por Hidalgo” (PRI y Nueva Alianza) promovieron juicio de inconformidad ante el Tribunal Electoral de Hidalgo, que al resolverse confirmo el triunfo del PRD.
JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL
ELECTORAL
El 06 de Diciembre de 2008, la coalición PRI/Nueva Alianza, promovió un juicio de revisión constitucional electoral, que al resolverse DECRETÓ LA NULIDAD DE LA ELECCIÓN MUNICIPAL DE ZIMAPÁN, HIDALGO.
xSe actualizó la CAUSAL GENÉRICA DE NULIDAD de elección por QUEBRANTARSE EL PRINCIPIO DE SEPARACIÓN IGLESIA-ESTADO
contemplado en el art. 130 de la Constitución Mexicana, al existir una intervención indebida de ministros de culto religioso.
INTERVENCIÓN RELIGIOSA
Antes y durante la jornada electoral, durante las ceremonias religiosas de Zimapán, varios sacerdotes realizaron actos de proselitismo a favor de los candidatos de la planilla ganadora de la elección (PRD)
ELECCIONES ZIMAPÁN
Actos ViolatoriosVOLANTES
El día de la elección en algunas misas se leyó un documento titulado “La política la hacemos todos” elaborado por los obispos y arzobispos del estado de Hidalgo.
Hablaba sobre la elección de Presidentes
Municipales que se celebraría ese día
Se invitó a votar por el candidato que más
respetara la vida.
Los volantes fueron repartidos a los asistentes
a misa
ELECCIONES ZIMAPÁN
En la propaganda del PRD, se hizo referencia a “la vida” y con esa expresión los habitantes de Zimapán, Hidalgo, identificaban a ese partido político y a su candidato a Presidente Municipal.
VALORACIÓN Y ASOCIACIÓN DE INDICIOS
Aún cuando los ministros de culto religioso no hicieron referencia de manera explícita a los candidatos del PRD, al valorarse y asociarse los indicios, estos, fueron suficientes para demostrar que LOS MINISTROS INDEBIDAMENTE INVITARON A LOS CIUDADANOS A VOTAR POR UN CANDIDATO EN PARTICULAR, CONCRETAMENTE EL DEL PRD.
DeterminanciaCONCEPTO
ELECCIONES ZIMAPÁN
La determinancia es el grado de afectación que tienen ciertas conductas de los diferentes actores que han intervenido en el proceso electoral, sobre el sentido del voto de los electores.
Pues la irregularidad detectada IMPLICA UNA VIOLACIÓN al artículo 130 de la Constitución Mexicana, que establece el PRINCIPIO DE SEPARACIÓN ESTADO-IGLESIA,
En el caso de Zímapán, NO SE PUDO PRECISAR EL NÚMERO DE CIUDADANOS AFECTADOS por el actuar irregular de los ministros de culto religioso.
Sin embargo, esto NO FUE OBSTÁCULO PARA CONCLUIR QUE LA IRREGULARIDAD ACREDITADA ERA GRAVE, que impactó en la elección y resultó determinante para la misma.
Resultado de la Votación
7%
39%
47%
1% 2%4%
PAN
COALICION PRI/NUEVA ALIANZA
PRD
PT
PSD
NULOS/NO REGISTRADOS
DIFERENCIA VOTOS ENTRE PRD Y COALICIÓN PRI /NUEVA ALIANZA
(PRIMER Y SEGUNDO LUGAR)
7.9%
ELECCIONES ZIMAPÁN
CASO GUADALAJARAJUICIO DE INCONFORMIDAD
POR LA NULIDAD DE LA ELECCIÓN
VIOLACIÓN AL ART. 130 CONSTITUCIONAL:
PRINCIPIO DE SEPARACIÓN IGLESIA-ESTADO
Elecciones Munícipes 2012
Resultado de la Votación
33%
39%
4%
19%
2%
3%
PANCOALICION PRI/VERDEPRDCOALICIÓN PT/M.V.NUEVA ALIANZANULOS/NO REGISTRADOS
DIFERENCIA VOTOS ENTRE PAN Y COALICIÓN PRI/VERDE (PRIMER Y SEGUNDO LUGAR)
5.7%
ELECCIONES GUADALAJARA
En el caso de GDL el porcentaje de votos de diferencia entre el primer y segundo
lugar es menor al caso ZIMAPAN
Pastores Cristianos - PRIELECCIONES
GUADALAJARA
www.eluniversal.com.mx
Entregaron a los Candidatos del PRI una lista con más de 47,200 PERSONAS
COMPROMETIDOS A VOTAR POR SU
COALICIÓN
INCLUIA: NOMBRE, DIRECCIÓN Y
NÚMERO DE IFE
Evento realizado el 18 de junio de 2012, en el Hotel Riu de GDL, entre el Consejo Pastoral de Occidente y los candidatos a Gobernador de Jalisco y a Presidente
Municipal de GDL, entre otros.
La diferencia entre la coalición PRI/VERDE y PAN en la Elección
de GDL fue de 47,233 votos
El VotoPara considerar que una elección es democrática, tenemos que asegurarnos que los electores votaron libremente, ya que EN LA JORNADA ELECTORAL, EL VOTO ES EL VALOR JURÍDICO MÁS IMPORTANTE Y TRASCENDENTE, tiene que reunir las siguientes características:
LIBRE
SECRETO
DIRECTO
UNIVERSAL
HA SIDO UNA CLARA Y EVIDENTE VIOLACIÓN A LOS ART. 41 FRACCION I PÁRRAFO 2 Y 116 IV INCISO A) DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.
ELECCIONES GUADALAJARA
EL COMPROMETER LA IGLESIA CRISTIANA
LOS VOTOS DE 47,200 PERSONAS EN
FAVOR DEL PRI
Comparativo ZIMAPÁN-GUADALAJARA
La intervención de grupos de más de 450 Iglesias Evangélicas para influenciar el voto de sus feligreses se trataron de HECHOS NOTORIOS Y PÚBLICOS, incluso de forma más evidente que en el caso de Zimapán.
El mensaje de los sacerdotes en el caso de ZIMAPÁN no fue abierto, sin embargo EN EL CASO GUADALAJARA EL COMPROMISO DE VOTOS FUE ABIERTO Y DIRECTO AL PRI.
LA DIFERENCIA DE VOTOS PROPORCIONAL entre el primer y segundo lugar de la elección, ES MENOR EN GUADALAJARA, independientemente de lo cual, el número de afectados es IRRELEVANTE A LA GRAVEDAD DE ESTA VIOLACIÓN CONSTITUCIONAL.