caso practico relacionado al derecho procesal civil

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CASO PRÁCTICO RELACIONADO AL DERECHO PROCESAL CIVIL El Derecho Procesal Civil es una rama del Derecho Procesal que regula la actuación ante los Tribunales para obtener la tutela de los derechos en asuntos de naturaleza civil o mercantil. En consecuencia, es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones jurídicas de los sujetos procesales y la aplicación de leyes civiles a los casos concretos de controversia de las partes. Siguiendo esa línea de ideas, los sujetos procesales son personas que participan en un proceso: demandante, demandado, juez, terceros, servidoras y los servidores auxiliares de la administración de justicia señalados en la Ley del Órgano Judicial, abogadas y abogados, peritos, traductores, intérpretes, depositarios, administradores, interventores, martilleros, comisionados, y en general aquellas personas que no tienen interés en el objeto del proceso, pero que actúan en éste de una u otra forma. CASUÍSTICA El señor CARLOS MARAVÍ PARCONA, identificado con DNI Nº 15350761, con domicilio en Jr. Pasco Nº 210 – Barrios Altos, señala su domicilio procesal en Jr. Apurímac N° 854 – Lima Cercado, interpone ante el Juzgado Especializado en lo Civil del Lima, en la vía de proceso sumarísimo una demanda de desalojo en contra de Flor Ochoa Anaya, domiciliada en la Calle Ciro Alegría Nº 243 – Barrios Altos – Lima Cercado, dando por resuelto el contrato de arrendamiento y se disponga la desocupación de la casa habitación ocupada por la persona aludida, cuyo inmueble es propiedad del demandante.

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DERECHO PROCESAL CIVIL

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CASO PRCTICO RELACIONADO AL DERECHO PROCESAL CIVIL

El Derecho Procesal Civil es una rama del Derecho Procesal que regula la actuacin ante los Tribunales para obtener la tutela de los derechos en asuntos de naturaleza civil o mercantil. En consecuencia, es el conjunto de normas jurdicas que regulan las relaciones jurdicas de los sujetos procesales y la aplicacin de leyes civiles a los casos concretos de controversia de las partes.Siguiendo esa lnea de ideas, los sujetos procesales son personas que participan en un proceso: demandante, demandado, juez, terceros, servidoras y los servidores auxiliares de la administracin de justicia sealados en la Ley del rgano Judicial, abogadas y abogados, peritos, traductores, intrpretes, depositarios, administradores, interventores, martilleros, comisionados, y en general aquellas personas que no tienen inters en el objeto del proceso, pero que actan en ste de una u otra forma.CASUSTICAEl seor CARLOS MARAV PARCONA, identificado con DNI N 15350761, con domicilio en Jr. Pasco N 210 Barrios Altos, seala su domicilio procesal en Jr. Apurmac N 854 Lima Cercado, interpone ante el Juzgado Especializado en lo Civil del Lima, en la va de proceso sumarsimo una demanda de desalojo en contra de Flor Ochoa Anaya, domiciliada en la Calle Ciro Alegra N 243 Barrios Altos Lima Cercado, dando por resuelto el contrato de arrendamiento y se disponga la desocupacin de la casa habitacin ocupada por la persona aludida, cuyo inmueble es propiedad del demandante.

En consecuencia, pide al juzgado ordene la restitucin en la posesin de la casa habitacin que ocupa la demandada, por haber incurrido en la causal de resolucin de contrato de arrendamiento, habiendo dejado de pagar la renta convenida por ms de dos meses y medio; por tanto, se debe dar por terminado el contrato de arrendamiento, por tanto declarar fundada la presente demanda de desalojo por falta de pago.

Por otro lado, acumulativamente se solicita que se pague la renta de la casa habitacin materia de la presente demanda que han dejado de pagar, hasta la fecha de la entrega, incluyendo los intereses legales del dinero.Los fundamentos jurdicos que esgrime el propietario lo que le faculta promover el proceso de desalojo el propietario y toda persona que es considerado tener derechos, est dispuesto por el Art. 586 del C.P.C. y, por consiguiente, el recurrente, como propietario del bien tiene legitimidad procesal para promover el presente proceso de desalojo. Tambin argumenta que, la demandada ha incurrido en causal de resolucin del contrato de arrendamiento, en aplicacin del Art. 1697 del C.C., donde establece que quien no paga ms de dos meses y medio, por la renta del bien, incurre en mora, que es causal de resolucin de contrato de arrendamiento. Finalmente, el desalojo se sustenta en la causal de falta de pago segn el Art. 591 C.P.C., mediante la cual se sustenta la carta notarial de aviso de fin de contrato y devolucin del inmueble.COMENTARIO1. El Derecho procesal civil es el conjunto de normas jurdicas que regulan: las relaciones jurdicas de los sujetos procesales y la aplicacin de leyes civiles a los casos concretos de controversia de las partes.

2. En el presenta caso prctico debe declararse fundado en todos sus extremos la demanda realizada por el propietario porque la ley lo ampara.