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CARÁTULA DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES

ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS PARA LA

CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL

SERVICIO DE

Servicio de realización de cuñas y programas informativos

para el Ayuntamiento de Laudio/Llodio, años 2015-2018

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CARÁTULA DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES

PARA LA CONTRATACIÓN DEL Servicio de realización de cuñas y programas informativos para el Ayuntamiento de

Laudio/Llodio, años 2015-2018

Punto 0 DEPARTAMENTO QUE INICIA EL EXPEDIENTE.- Area de Alcaldía.

Punto 1 OBJETO DEL CONTRATO.- El objeto de la presente contratación es la adjudicación, mediante procedimiento abierto y con un criterio único de adjudicación del servicio descrito en el Pliego de Prescripciones Técnicas, consistente en la realización de cuñas y programas informativos para el Ayuntamiento de Laudio/Llodio, con el objeto de mantener informados a los vecinos y vecinas del municipio de las decisiones y actuaciones municipales, asi como de cualquier información que el Ayuntamiento considere de interés público y/o social.

Punto 2 PRESUPUESTO DEL CONTRATO.- El contrato tiene una duración inicial de 4 años, desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2018, con posibilid de realizar dos prórrogas que han de aprobarse de manera expresa por ámbas partes, presupuestados en su totalidad en un importe de 61.212,06 € al que se le debe añadir el 21% de IVA totalizando 74.066,59 €.

El presupuesto máximo del contrato para el año de servicio, más las prórrogas, considerando a este el incremento del 1% sobre el precio de licitación sin el IVA, a expensas de conocer el IPC oficial resultante según lo establecido en el punto 9, es el siguiente:

Anualidad Importe 21% de IVA TOTAL

2015 12.000,00 2.520,00 14.520,00

2016 12.120,00 2.545,20 14.665,20

2017 12.241,20 2.570,65 14.811,85

2018 12.363,61 2.596,36 14.959,97

1º Prórroga 12.487,25 2.622,32 15.109,57

2º Prórroga 12.612,12 2.648,55 15.260,67

TOTAL 73.824,18 euros 15.503,08 euros 89.327.26 euros

Punto 3 CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA.- El gasto se computará a la siguiente partida del presupuesto municipal del 2014: 0100 4630 226.03

Punto 4 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.- El previsto en punto 8 de la Carátula.

Punto 5 PLAZO PRESENTACIÓN OFERTAS.- Quince (15) días naturales contados desde la fecha de publicación del presente Anuncio en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava.

Punto 6 CLASIFICACION DE CONTRATISTA.- No precisa

Punto 7 CRITERIOS DE VALORACION.- Se aplicarán los criterios y valores que figuran en el Anexo 4 del presente Pliego de Condiciones.

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Punto 8 DURACIÓN DEL CONTRATO.- El servicio es de carácter anual. Tendrá una duración inicial de cuatro años naturales a partir de la firma del contrato, pero siempre entre el 1 de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2018. Podrá prorrogarse, por acuerdo expreso de las partes y cada vez, por dos veces, una del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019 y otra del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020.

Punto 9 REVISIÓN DE PRECIOS.- Transcurrido el primer año de contrato, se aplicará a los años siguientes incluso a las prórrogas, de haberlas, un incremento o decremento sobre el precio del contrato, incluso sus actualizaciones, sin inclusión del IVA, igual al 85% del IPC de la Comunidad Autónoma del País Vasco, circunscrito siempre a los doce meses anteriores del año objeto de revisión. La revisión se aplicará a las mensualidades del año correspondiente, una vez conocido oficialmente el IPC.

Punto 10 PROCEDIMIENTO.- El presente PROCEDIMIENTO será ABIERTO y la TRAMITACIÓN ORDINARIA.

En el Pliego de Prescripciones Técnicas 3 constan las siguientes condiciones:: 1.- La empresa licitadora deberá certificar por técnico competente que su emisora tiene la potencia necesaria y suficiente para dar la cobertura de audiencia a la población del municipio de Laudio/Llodio. En caso contrario, no se admitirán a licitación a aquellas empresas que no certifiquen debidamente tal extremo. Quedan excluidas de presentación de dicho certificado las empresas que tengan su domicilio social en Laudio/Llodio y/o emitan desde el municipio. 2.- La empresa licitadora deberá presentar obligatoriamente copias compulsadas de disponer de la CONCESIÓN administrativa de dominio público radioeléctrico, indicando su número de dial o frecuencia y también de tener abonadas las Tasas anuales de utilización del espectro radioeléctrico. En caso contrario, no se admitirán a licitación a aquellas empresas que no certifiquen debidamente tales extremos.

Cada año de vigencia del contrato el adjudicatario deberá presentar ante el Ayuntamiento de Llodio documentación acreditativa de la vigencia de la concesión o de haber abonado la tasa de utilización del espectro radioeléctrico correspondiente. En caso de no hacerlo, el Ayuntamiento de Llodio, tras solicitárselo, rescindirá el contrato automáticamente si el adjudicatario no los presenta en el plazo de un mes desde su requerimiento.

Debido al interés público de la información que desea ofrecer el Ayuntamiento a sus vecinos y vecinas a través de la radio, con el fin de garantizar un mayor rendimiento a la inversión municipal, el adjudicatario deberá adjuntar, junto con la propuesta económica, una certificación emitida por su representante legal de que ya se emite o de que se va a emitir todos los dias laborables, durante todo el periodo de duración del contrato, al menos noventa minutos con información, noticias, actualidad, etc... del municipio de Laudio/Llodio y de la comarca y en horario de máxima audiencia, es decir, entre las 11 y 14 horas.

Punto 11 CUANTÍA DE LA GARANTIA PROVISIONAL.- No se exige.

Punto 12 CUANTÍA DE LA GARANTÍA DEFINITIVA.- 5% del presupuesto en que se adjudique el servicio para el primer año, excluido el IVA.

Punto 13 GARANTIA ADICIONAL.- Se podrá imponer una garantía adicional de hasta el 5% al adjudicatario cuya oferta supere una baja del 20% sobre el presupuesto máximo del contrato establecido en el punto 2 de la Carátula.

Punto 14 PERIODICIDAD DE LAS FACTURAS y PERIODICIDAD DE LOS PAGOS.- Las facturas se emitirán mensualmente por el adjudicatario, siendo el pago de las mismas a los 30 días naturales de la fecha

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de presentación en el registro de entrada en el Ayuntamiento de Llodio, previa emisión de informe favorable emitido por los ServiciosTécnicos competentes.

Punto 15 DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA.- Plazo de un mes a partir de la finalización del contrato.

Punto 16 PLAZO DURANTE EL CUAL EL LICITADOR ESTÁ OBLIGADO A MANTENER SU OFERTA.- Tres meses contados desde la fecha de presentación de la proposición económica en el Registro General del Ayuntamiento.

Punto 17 CONDICIÓN SUSPENSIVA DE EXISTENCIA DE CRÉDITO.- El expediente se tramitará hasta la fase de adjudicación que quedará en suspenso si para aquel momento no se hubiesen realizado las operaciones presupuestarias necesarias para la existencia de crédito adecuado y suficiente.

Por otra parte y al ser un contrato de carácter plurianual, el Ayuntamiento adoptará los acuerdos precisos para recoger en los presupuestos sucesivos la consignación prevista a tal fin.

Punto 18 GASTOS DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS.- Los ofertantes satisfarán las tasas que se deriven de la Ordenanza Municipal por la presentación de licitaciones y sobres cerrados con documentación, correspondiendo al adjudicatario el abono de los gastos ocasionados por los anuncios de licitación.

No se aceptarán las ofertas remitidas por correo, mensajería, u otros medios, si no han sido previamente abonadas las tasas establecidas en la Ordenanza Municipal.

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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES

PARA LA CONTRATACIÓN DEL

Servicio de realización de cuñas y programas informativos para el Ayuntamiento de Laudio/Llodio, años 2015-2018

CLÁUSULA 1

OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del contrato es el que se especifica en el punto 1 de la carátula.

CLÁUSULA 2

PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El suministro será prestado por el adjudicatario con arreglo a lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, las especificaciones que se realicen en la adjudicación y las instrucciones que le diera la Administración.

CLÁUSULA 3

PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN

La adjudicación del presente contrato se realizará conforme a lo especificado en el punto 10 de la carátula.

CLÁUSULA 4

PRECIO DEL CONTRATO, FINANCIACIÓN Y FORMA DE PAGO

El precio total del contrato figura en el punto 2 de la carátula.

En los precios que los licitadores oferten se entenderán incluidos cuantos tributos, tasas, exacciones e impuestos. En todo caso, deberá presentar desglosado el principal del contrato (incluyendo todos los conceptos excluido IVA), el importe de IVA, así como la suma del principal y del IVA.

El precio del contrato será satisfecho con cargo a la partida presupuestaria señalada en el punto 3 de la carátula.

Asimismo, el órgano competente en materia presupuestaria se compromete a reservar los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.

Ademas del precio anterior, el adjudicatario cobrará directamenete a los anunciantes el importe pactado entre ellos por la publicidad, no pudiendo exigir al Ayuntamiento de Llodio ninguna respon-sabilidad por impagos de los mismos, tal y como se establece en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

La periodicidad de las facturas que presentará del contratista, y su pago por la Administración se señala en el punto 14 de la carátula.

CLÁUSULA 5

LUGAR, PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES

5.1 Lugar: Registro General del Ayuntamiento de Laudio/Llodio, sito en Herriko Plaza, 8.

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5.2 Plazo: Dentro del horario de oficina y hasta las 13:00 horas del día señalado para la entrega de ofertas En el supuesto de que el último día de presentación de ofertas fuera sábado o festivo, el plazo finalizará el día siguiente hábil.

5.3 Forma: Se presentarán dos sobres cerrados «A» y «B» en los plazos y con la documentación que luego se especifica, indicando en cada uno:

● Título del expediente para el que se presenta licitación. ● Denominación de la empresa. ● Nombre y dos apellidos de quien firme la proposición y carácter con que lo hace.

Los sobres deberán estar necesariamente firmados por licitador o persona que lo represente, abonando las tasas previstas en la Ordenanza Fiscal correspondiente. En el supuesto de no procederse al pago de las citadas tasas, la licitación presentada se rechazará por la Mesa de Contratación.

5.3.1 Sobre «A»: Declaración sobre capacidad de contratar. Garantía Provisional.

* El licitador presentará la declaración indicada en el Anexo I del presente Pliego (artículo 146 del TRLCSP en la modificación operada por la Ley 14/2013 de 27 de septiembre).

* Garantía Provisional si así se ha exigido en la Carátula del Pliego de Condiciones Administrativas. La no presentación de dicha garantía provisional, en el caso de haber sido así exigida, implicará la automática eliminación del licitador del proceso de licitación sin posibilidad de subsanación.

*Agrupación Temporal de Empresarios: Cuando varios licitadores se presenten en una agrupación temporal de empresas, en el escrito de proposición deberán indicarse los nombres y circunstancia de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos y la designación de la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración

5.3.2. Sobre «B»: Oferta cuantificable automáticamente.

5.3.3.1. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que lo represente, redactada conforme al modelo que figura en el Anexo II

5.3.3.2. En dicho sobre se presentará, además, la declaración indicada en el Anexo III. La no presentación de dicha declaración implicará, automáticamente, la exclusión del licitador del procedimiento de licitación.

5.3.3.3. En relación con la proposición formulada, deberán incluirse:

a) Precio ofertado por el licitador de acuerdo con lo indicado en el Anexo IV.

5.3.3. Proposiciones por Correo: En el caso de que el licitador envíe su proposición por correo o en el Registro de otra Administración (Administración General del Estado o de Comunidad Autónoma, Diputación Provincial o Ayuntamientos del artículo 121 de la Ley 7/1985) deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos o de la Administración y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la oferta mediante telefax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos o si la comunicación de la remisión es recibida con posterioridad al transcurso del plazo de recepción de proposiciones establecido, la oferta no será admitida. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. En dicho supuesto, se exigirá el pago de las correspondientes tasas por presentación de documentación antes de proceder a la

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apertura de la documentación. Si no se acreditara dicho pago, la Mesa de Contratación excluirá la oferta presentada sin proceder a la apertura de los sobres presentados.

CLAUSUSLA 6

APERTURA DE PROPOSICIONES

6.1. La Mesa de Contratación examinará, con carácter previo y en acto interno y privado, el contenido del sobre «A».

6.1.1. A las empresas que no presenten la declaración a incluir en el sobre «A», se les concederá un plazo de cinco (5) días naturales para su subsanación, que de no llevarse a efecto en todos sus extremos, daría lugar a que su solicitud de participación quedase definitivamente rechazada.

6.1.2. Se podrán conceder tres (3) días naturales para la subsanación de defectos que se deban a errores materiales o de hecho, observados en la documentación presentada, conforme a las aclaraciones del párrafo que sigue al presente.

6.2. Una vez subsanada la documentación, en su caso, a presentar por los licitadores, la Mesa de Contratación procederá a la apertura pública (la fecha se publicará en el perfil del órgano contratante) de las ofertas no cuantificables automáticamente contenidas en el sobre B» y dará lectura a las mismas.

6.3. Una vez aplicados los criterios de valoración de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo III, se elevará propuesta de adjudicación del contrato al mejor postor. En todo caso, podrán solicitarse cuantos informes técnicos se consideren precisos.

6.4 No se aceptarán aquellas proposiciones que:

- Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.

- Aquellas que carezcan de concordancia con la documentación examinada y administrada.

- Excedan del tipo máximo de licitación.

- Comporten error manifiesto en el importe del remate.

- Las que varíen substancialmente el modelo de proposición establecido que figura como anexo a este Pliego.

6.5. En el supuesto de que se identifique una oferta desproporcionada o anormal y que pueda resultar la adjudicataria se seguirán los trámites establecidos en el artículo 152 del TRLCSP, en cuyo caso los plazos se ampliarán en ocho (8) días hábiles.

6.6. Efectuada la lectura de las proposiciones económicas y técnicas, teniendo en cuenta lo dispuesto en los párrafos anteriores y los posibles plazos de ampliación para presentación de documentos o correcciones, y una vez informado por los técnicos municipales, se elevará propuesta para la resolución por Decreto de Alcaldía-Presidencia del siguiente extremo:

Requerimiento al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:

* PRIMER BLOQUE DE DOCUMENTACIÓN: CAPACIDAD PARA CONTRATAR.

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A) Licitadores que se encuentren inscritos en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Deberán presentar:

1. Certificado de inscripción en el mencionado registro expedido por el Letrado responsable del mismo o copia autenticada del mismo.

Agrupación Temporal de Empresarios: Cuando varios licitadores se presenten en una agrupación temporal de empresas, deberán presentar documento de clasificación de cada empresa.

2. Declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse, en el caso de resultar adjudicatario, en el documento en que se formalice el contrato.

Todos los documentos que se aporten, deberán presentarse en original o en copia o fotocopia debidamente legalizadas y cotejadas bien por la Administración o bien por Notario

B) Licitadores con certificado de clasificación del Registro Central del Estado. Deberán presentar:

1. Certificado de clasificación de contratista, o de su copia autenticada expedido por el Registro Oficial de Contratistas del Estado, juntamente con una declaración jurada sobre su vigencia y las circunstancias que sirvieran de base a la clasificación.

Agrupación Temporal de Empresarios: Cuando varios licitadores se presenten en una agrupación temporal de empresas, deberán presentar documento de clasificación de cada empresa

2. Declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse, en el caso de resultar adjudicatario, en el documento en que se formalice el contrato.

3. Declaración firmada por la representación de la empresa acreditativa de no estar

incurso en prohibiciones de contratar.

4. Certificación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes Para ello, se aportará certificaciones administrativas expedidas por la Hacienda Estatal o Hacienda Foral, según el volumen total de operaciones que figure en el impuesto sobre sociedades, y por la Tesorería General de la Seguridad Social, con el alcance y forma que previene el artículo 14 del Real Decreto 1.098/2001, del 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Su validez y plazo será de 6 meses desde su expedición, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 del Real Decreto indicado. En cuanto al Impuesto sobre Actividades Económicas, habrá de presentarse el alta y, en su caso, el último recibo que corresponda.

5. Certificación acreditativa de estar al corriente de tributos y cualquier requerimiento de pago con el Ayuntamiento de Laudio/Llodio mediante certificación expedida por el Servicio de Tesorería Municipal

Todos los documentos que se aporten, deberán presentarse en original o en copia o fotocopia debidamente legalizadas y cotejadas bien por la Administración o bien por Notario

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C) Licitadores que no se encuentran en las circunstancias anteriores. Deberán presentar:

a) Si se trata de personas físicas, se aportará fotocopia legitimada o cotejada del Documento Nacional de Identidad de la persona que firme la proposición económica.

b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, la escritura de constitución y de modificación en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando ese requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le fuera aplicable. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regulan su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.

En el caso de empresarios extranjeros pertenecientes a los Estados de la Comunidad Europea, aportarán sus documentos constitutivos, traducidos de forma oficial al castellano o al euskera, y además se acreditará su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo.

Por último, cuando se trate de empresarios extranjeros de Estados no pertenecientes a la Comunidad Europea, estos deberán tener abierta sucursal en España y aportará escritura de constitución inscrita en el Registro Mercantil (original, copia autenticada o cotejada) e informe de la respectiva representación diplomática española en el Estado de procedencia, de que el mismo admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración (excepto cuando la licitación se anuncie en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas y se trate de empresas de Estados signatorios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio).

c) En los casos en que se trate de una persona jurídica, o siendo empresa individual, no firme la proposición económica el titular registral de la empresa, habrá de incluirse también escritura de apoderamiento debidamente inscrita, en su caso en el Registro Mercantil, a favor de la persona que suscriba la oferta económica, con facultades bastantes para contratar con la Administración, bastanteado por Letrado en ejercicio, Notario o el Secretario del Ayuntamiento.

d) En relación con las prohibiciones que establece el artículo 49 de la Ley 30/ 2007 del 30 de octubre de Contratos del Sector Público, la acreditación de no estar incurso en las mismas se podrá efectuar mediante testimonio judicial o certificación administrativa según los casos y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la Autoridad competente podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad judicial, admi-nistrativa, Notario público y Organismo profesional responsable.

e) Respecto al cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la

Seguridad Social, deberá acreditar, mediante la o las certificaciones administraciones expedidas a tal efecto, por las haciendas que correspondan (Hacienda Estatal y Hacienda Foral, según el volumen total de operaciones que figure en el impuesto sobre sociedades) y por la Tesorería General de la Seguridad Social, encontrarse al corriente en cuanto a su cumplimiento, con el alcance y forma que previene el Real Decreto 1.098/2001 de 12 de octubre, de desarrollo parcial del Texto Refundido de la Ley de Contratos; si bien en cuanto al Impuesto sobre Actividades Económicas habrá de

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presentarse el alta y, en su caso, el último recibo que corresponda.

Asimismo, el licitador deberá estar al corriente del pago de tributos con el Ayuntamiento de Llodio.

f) Solvencia económica y técnicas.

1) Solvencia económica por uno o varios de los siguientes medios:

a) Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificantes de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.

b) Para las sociedades, balance o extractos de balances.

c) Declaraciones de las cifras de negocios globales y de los servicios y trabajos realizados en los tres últimos ejercicios.

2) Solvencia técnica por el siguiente medio:

a) Cualquiera de los relacionados en el artículo 78 del TRLCSP aporbado por Real Decreto Legislativo el 3/2011, de 14 de noviembre.

b) Trabajos similares en el año anterior, acreditado por certficación de la empresa contratante del servicio.

SEGUNDO BLOQUE DE DOCUMENTACIÓN: LA GARANTÍA DEFINITIVA establecida en el punto 12 de la carátula en cualquiera de las formas reguladas en el artículo 96 del TRLCSP y que se desarrollan en la cláusula 9 del presente Pliego de Condiciones Administrativas.

A las empresas que no presenten la documentación requerida, se les concederá un plazo de cinco (5) días naturales para su subsanación, que de no llevarse a efecto en todos sus extremos, daría lugar a que su solicitud de participación quedase definitivamente rechazada.

Se podrán conceder tres (3) días naturales para la subsanación de defectos que se deban a errores materiales o de hecho, observados en la documentación presentada, conforme a las aclaraciones del párrafo que sigue al presente.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

CLÁUSULA 7

BAREMOS DE NEGOCIACIÓN

Los baremos de negociación que servirán de base para llevar a cabo la adjudicación son los establecidos en el punto 7 de la carátula y Anexo IV del presente Pliego

CLÁUSULA 8

ADJUDICACIÓN

El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación exigida al licitador incluido en la propuesta de adjudicación.

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No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.

La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante.

La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP recurso suficientemente fundado contra la decisión del adjudicador y con los contenidos del artículo 151,4º del TRLCSP.

En todo caso, en la notificación y en el perfil del contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.

La renuncia a la celebración del contrato o el desistimiento del procedimiento sólo podrán acordarse por el Órgano de contratación antes de la adjudicación. En ambos casos, se compensará a los licitadores por los gastos de presentación de sus ofertas de acuerdo con la Ordenanza Fiscal reguladora y previa solicitud de los mismos.

CLÁUSULA 9

CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA.

La garantía podrá ser constituida, conforme al artículo 96 del TRLCSP:

● En metálico.

● En valores públicos o en valores privados avalados por el Estado, por una Comunidad Autónoma, por la Administración contratante o por entidades como Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito y Sociedades de garantía recíproca.

● Por contrato de Seguro de Caución.

CLÁUSULA 10

IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

En el caso de que la empresa adjudicataria no figure dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el Ayuntamiento de Laudio/Llodio, deberá formalizar su alta o acreditar estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas de ámbito estatal o provincial en el plazo de quince (15) días contados desde la fecha en que se notifique la adjudicación.

CLÁUSULA 11

FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

11.1 El contrato será formalizado en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo título suficiente para acceder a cualquier registro público. En ningún caso, se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.

11.2. Considerando que el contrato no es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización deberá efectuarse en el plazo máximo de quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores.

Cuando por causas imputables al empresario no pudiese formalizarse el contrato, la administración acordará la resolución del mismo. En tal caso, el adjudicatario incumplidor deberá abonar a la administración una indemnización equivalente al 2% del presupuesto anual de contrata.

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Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.

11.3. No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, excepto en el caso de haberse llevado a cabo la tramitación por vía de emergencia.

11.4. La formalización de los contratos cuya cuantía sea igual o superior a los contratos menores, se publicará en el perfil del contratante indicando, como mínimo los mismos datos mencionados en el anuncio de la adjudicación.

Cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a 100.000 € o, en el caso de contratos de gestión de servicios públicos, cuando el presupuesto de gastos del primer establecimiento sea igual o superior a dicho importe o su plazo de duración exceda de cinco años, deberá publicarse, además, en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava un anuncio en el que se dé cuenta de dicha formalización, en un plazo no superior a cuarenta y ocho días a contar desde la fecha de la misma.

Cuando se trate de contratos sujetos a regulación armonizada el anuncio deberá enviarse, en el plazo señalado en el párrafo anterior, al DOUE y publicarse en el Boletín Oficial del Estado.

CLÁUSULA 12

EJECUCIÓN DEL CONTRATO

El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente Pliego, en el de Condiciones Técnicas y en su caso a las instrucciones que por escrito pudiera darle para su cumplimiento o interpretación el Ayuntamiento.

En el supuesto de que se constate incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones indicadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, se incoará expediente, dando audiencia a la empresa adjudicataria a efectos de presentar alegaciones.

CLÁUSULA 13

RELACIONES ENTRE ADMINISTRACIÓN Y ADJUDICATARIO

Las relaciones entre la Administración y el adjudicatario se llevarán a cabo, normalmente, por medio de un Técnico nombrado por la Administración, y dado a conocer al adjudicatario a la formalización del contrato.

A su vez, el adjudicatario nombrará una persona responsable de la coordinación del servicio y de cuantas operaciones sean precisas hasta la finalización del contrato, con la misma eficacia que si se hicieran en la persona y en el domicilio del representante legal del adjudicatario.

La designación del Delegado del adjudicatario, deberá ser comunicada a la Administración, en el plazo máximo de cinco (5) días naturales a contar desde la notificación de la firma del contrato administrativo, proporcionando a la Administración cuantos datos ésta requiera, sobre la cualificación técnica y profesional de su representante.

A petición de la Administración, y durante toda la duración del contrato, podrá ser modificada la persona del representante del adjudicatario.

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CLÁUSULA 14

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

14.1. El adjudicatario está obligado, a todo lo largo de la duración del contrato, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo, quedando la Administración exonerada de responsabilidad por su incumplimiento.

La Administración se reserva expresamente el derecho de exigir cuanta documentación y justificantes estime precisos para acreditar el cumplimiento por el adjudicatario de las obligaciones anteriores.

14.2. El incumplimiento de sus obligaciones fiscales, laborales y sociales, así como el impago de los salarios de los trabajadores determinará la resolución por parte de la Administración del contrato, con cargo para el adjudicatario de indemnizar a la Administración por los daños y perjuicios que se le sigan por la misma.

14.3. El contratista está obligado a comunicar a la Administración en un plazo de quince (15) días contados a partir de la fecha en que se le haya notificado la adjudicación, su residencia o la de su delegado, a todos los efectos derivados de la ejecución del contrato.

14.4. Todas las personas que colaboren por cualquier motivo o relación, permanente o transitoria, con el adjudicatario, se encontrarán exclusivamente al servicio de éste, y por tanto no tendrán relación ninguna con el Ayuntamiento de Laudio/Llodio, debiendo el adjudicatario hacerse cargo de cuantas obligaciones laborales, fiscales y sociales se deriven de la Normativa vigente con respecto a las citadas personas, sin que alcance responsabilidad alguna en estos campos al Ayuntamiento de Laudio/Llodio por causa de la adjudicación del presente contrato administrativo.

14.5. Consecuentemente con lo anterior, tampoco alcanzará al Ayuntamiento de Laudio/Llodio ninguna responsabilidad por los daños causados a terceras personas por acciones u omisiones de los representantes legales del adjudicatario, de cuantas personas colaboren con el mismo por cualquier título o de cuantas personas le presten sus servicios.

Asimismo el contratista será responsable, civil y administrativamente, ante el Ayuntamiento por las faltas que cometan sus trabajadores y empleados y quedará obligado al resarcimiento de los daños que causen a terceros con motivo de la defectuosa prestación de los servicios por dolo, culpa o negligencia, ya sean de bienes, personas e instalaciones particulares o municipales, sin perjuicio de las sanciones contractuales que puedan imponérsele. A tal fin deberá presentar en plazo de cinco (5) días a partir de la adjudicación provisional, póliza de Seguros de Responsabilidad Civil (general, patronal y cruzada) en cobertura de explotación y productos, con un mínimo de 300.000 € por siniestro y año, acreditándose el período de cobertura y de encontrarse al corriente en el pago del mismo.

14.6 Asimismo, los bienes muebles precisos para la prestación del servicio y aportados por la Administración, se considerarán depositados bajo la custodia del adjudicatario, estando obligados a guardarlos y restituirlos. Y en cuanto a la guarda y pérdida de esos bienes se estará a lo dispuesto en el Código Civil, Código de Comercio y Código Penal.

14.7.- La obtención de cuantas licencias o autorizaciones administrativas sean precisas correrá siempre a cargo del adjudicatario, quien deberá pedirlos en su propio nombre.

14.8.- SUBROGACIÓN EMPRESARIAL.- No existe subrogación empresarial

14.9.- La empresa adjudicataria deberá cumplir cuantas obligaciones deriven de la legislación vigente en materia de prevención de riesgos laborales, configurando los instrumentos legalmente establecidos para la adecuada aplicación de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales derivados de la actividad desarrollada en virtud del presente contrato, siendo la misma la única y

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exclusiva responsable del cumplimiento de las referidas obligaciones y, por ello, de las consecuencias que pudieran derivarse del incumplimiento o cumplimiento defectuoso de las mismas.

CLÁUSULA 15

PAGO DE PRECIO

El pago del precio de la prestación objeto de este contrato se efectuará mediante abonos parciales consecutivos, que deberán ajustarse a lo establecido en los pliegos de condiciones técnicas y al de condiciones económico-administrativas.

Dichos abonos se llevarán a cabo previa presentación de la factura correspondiente y en la forma establecida en el punto 14 de la carátula.

CLÁUSULA 16

RIESGO Y VENTURA. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

16.1 La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del adjudicatario.

16.2 Para la cesión del contrato se estará a lo previsto en el artículo 226 del TRLCSP, exigiéndose de manera previa expresa resolución de la Administración.

16.3 No cabe la subcontratación en el presente contrato.

CLÁUSULA 17

INFRACCIONES Y SANCIONES

Las contempladas en el punto 19 de la carátula.

CLÁUSULA 18

RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Serán causas de resolución del contrato:

a) La falsedad comprobada en cualquier momento por el Ayuntamiento de cualquier dato o documentación aportada por el adjudicatario en la fase de licitación.

b) Las señaladas en los artículos 223, 224 y 225 del TRLCSP

c) Las señaladas como causa de resolución en los Pliegos de Condiciones Administrativas y de Prescripciones Técnicas.

CLÁUSULA 19

DURACIÓN DEL CONTRATO Y PRORROGAS

La duración del presente contrato, y las prórrogas que por ambas partes puedan acordarse, se especifican en el punto 8 de la carátula. Las prórrogas han de ser expresamente acordada por la Administración contratante, sin que, en ningún caso, quepa la consideración de la existencia de prórroga de manera tácita o implícita.

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CLÁUSULA 20

MODIFICACIONES DEL CONTRATO

Una vez perfeccionado el contrato, sólo podrá ser modificado por razones de interés público cuando concurran las circunstancias y con los límites previstos en el artículo 107 del TRLCSP, Real Decreto 3/2011, de 14 de noviembre.

Las modificaciones serán obligatorias para el contratista, se acordarán previa audiencia del mismo y deberán formalizarse en documento administrativo previo ajuste de la garantía definitiva.

CLAUSULA 21

REVISIÓN DE PRECIOS

Transcurrido el primer año de contrato, se aplicará a los años siguientes incluso a las prórrogas, de haberlas, un incremento o decremento sobre el precio del contrato, incluso sus actualizaciones, sin inclusión del IVA, igual al 85% del IPC de la Comunidad Autónoma del País Vasco, circunscrito siempre a los doce meses anteriores del año objeto de revisión. La revisión se aplicará a las mensualidades del año correspondiente, una vez conocido oficialmente el IPC.

CLAUSULA 22

PLAZO DE GARANTÍA Y DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA

Ultimado el contrato a su vencimiento o a cualesquiera de sus prórrogas, transcurrido el plazo de un mes en el que se levante acta entre Ayuntamiento y Contratista, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejecutarse contra la garantía, se dictará acuerdo de devolución de aquella.

CLÁUSULA 23

PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN

Dada la naturaleza administrativa del presente contrato, corresponde a la Administración, el poder de interpretar, modificar, suspender y resolver las prestaciones del adjudicatario, todo ello de acuerdo con lo establecido en la Normativa y con lo previsto en los pliegos de condiciones técnicas y administrativas.

Las órdenes e instrucciones que la Administración en el ejercicio de sus facultades diere al adjudicatario, serán inmediatamente ejecutivas y obligarán al adjudicatario, sin perjuicio de su impugnación en vía administrativa.

CLÁUSULA 24

NATURALEZA DEL CONTRATO, RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE

El presente contrato, que se realiza en base a este pliego, tiene carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobada por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, así como en las demás normas aplicables a la contratación de las Administraciones Públicas.

En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este pliego.

Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, no obstante lo cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente.

Laudio/Llodio, octubre 2014

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ANEXO 1

PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL

CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS PREVIOS

(SOBRE A)

Servicio de realización de cuñas y programas informativos para el Ayuntamiento de

Laudio/Llodio, años 2015-2018

D. ...................................................................................................................................., provisto

del DNI número .................................... expedido en ................................... con fecha

.............................................. en nombre propio y/o en representación de la empresa

.................................................................................................... que ostenta según consta en la

escritura de otorgamiento de poder conferida ante el Notario D.

............................................................................................................................................, con

domicilio a efecto de notificaciones en .......................................................... calle

................................................ núm. ......, NIF................................. de la empresa, tfno. empresa

...................., fax empresa ....................

DECLARA

PRIMERO Que está enterado del anuncio publicado por el Ayuntamiento de Laudio/Llodio en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava para la realización de Servicio de

realización de cuñas y programas informativos para el Ayuntamiento de Lau-

dio/Llodio, años 2015-2018, que se adjudicará por el procedimiento ABIERTO

SEGUNDO Que ha examinado y conoce el Pliego de Prescripciones Técnicas y el de Cláusulas Administrativas Particulares.

TERCERO Que igualmente conoce los textos legales y reglamentarios a que se refiere la cláusula 24 de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares.

CUARTO Que, en cumplimiento del artículo 146.2º del TRLCSP, reconoce expresamente que reúne todas las condiciones de capacidad y solvencia establecidas legalmente y en los Pliegos de Condiciones Administrativas y de Prescripciones Técnicas aplicables a la presente contratación para resultar adjudicatario del presente contrato, comprometiéndose a su aportación en el momento en que sea requerido por la Administración.

Que dichos requisitos relativos a las condiciones de capacidad y solvencia se reúnen con

anterioridad a la finalización del plazo establecido en los Pliegos para la presentación de proposiciones.

Laudio/Llodio, ............. de .......................................... de 2014

Firma

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ANEXO 2

MODELO DE OFERTA CUANTIFICABLE AUTOMÁTICAMENTE

(SOBRE B)

Servicio de realización de cuñas y programas informativos para el Ayuntamiento de

Laudio/Llodio, años 2015-2018

D. .......................................................................................................................... .........., provisto del DNI número

.................................... expedido en ................................... con fecha ............................ en nombre propio y/o en

representación de la empresa ............................................................................. que ostenta según consta en la escritura

de otorgamiento de poder conferida ante el Notario D. ....................................................................... .....

........................................................................, con domicilio a efecto de notificaciones en .....................................

calle ................................................ núm. ......, NIF........................ de la empresa, tfno. empresa ...................., fax

empresa ....................

DECLARA

PRIMERO Que está enterado del anuncio publicado por el Ayuntamiento de Laudio/Llodio en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava para la realización de Servicio de

realización de cuñas y programas informativos para el Ayuntamiento de Lau-

dio/Llodio, años 2015-2018, que se adjudicará por el procedimiento ABIERTO. SEGUNDO Que ha examinado y conoce el Pliego de Prescripciones Técnicas y el de Cláusulas

Administrativas Particulares. TERCERO Que igualmente conoce los textos legales y reglamentarios de aplicación a la presente

contratación. CUARTO Que me comprometo a llevar a cabo la prestación del citado servicio en las condiciones estable-

cidas en los Pliegos de Condiciones, por el importe y certificaciones que a continuación se referencian:

Precio año completo Importe 21% de IVA TOTAL

2015 NOTA: 1.- Se incluirá el texto del Anexo 3, firmado por representante legal de la empresa 2.- Se incluirá la Certificación requerida en el punto 3 del Pliego de Prescripciones Técnicas.

Laudio/Llodio, ............. de .......................................... de 2014

Firma

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ANEXO 3

El/La licitadora, junto con la oferta económica, sobre B, incluirá obligatoriamente el siguiente texto firmado por la persona que actúe de representante legal. Su no inclusión podrá suponer que el Ayuntamiento de Llodio pueda declarar nula la oferta.

En cumplimiento de la normativa en materia de Igualdad DECLARO: PRIMERO.- Que ni la organización a la que represento, ni persona jurídica o entidad alguna de las que forman parte de los órganos de gobierno o administración de la entidad a la que represento realizamos actos de discriminación directa y/o indirecta por razón de sexo en los procesos de admisión o en el funcionamiento de conformidad con lo estipulado en el artículo 13 de la LGS y artículo 24(2) de la Ley de Igualdad de Euskadi SEGUNDO .- Que ni yo, ni la organización a la que represento, ni persona alguna de las que forman parte de los órganos de gobierno o administración de esta sociedad, hemos sido sancionadas penal y/o administrativamente por discriminación por razón de sexo y/o por infracciones en materia de igualdad entre mujeres y hombres derivadas del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social y Disposición Adicional Decimocuarta de la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de 22 de marzo (entre otras, a título no limitativo): 1. No cumplir las obligaciones que en materia de planes de igualdad establecen el Estatuto de los Trabajadores o el convenio colectivo que sea de aplicación 2. Decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas adversas en materia de retribuciones, jornadas, formación, promoción y demás condiciones de trabajo, por circunstancias de sexo, 3. Decisiones del empresario que supongan un trato desfavorable de los trabajadorescomo reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción administrativa o judicial destinada a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación 4. Establecer condiciones, mediante la publicidad, difusión o por cualquier otro medio, que constituyan discriminaciones favorables o adversas para el acceso al empleo por motivos de sexo, 5. Acoso sexual, cuando se produzca dentro del ámbito a que alcanzan las facultades de dirección empresarial, cualquiera que sea el sujeto activo de la misma 6. Acoso por razón de sexo, cuando se produzcan dentro del ámbito a que alcanzan las facultades de dirección empresarial, cualquiera que sea el sujeto activo del mismo, siempre que, conocido por el empresario, éste no hubiera adoptado las medidas necesarias para impedirlo 7. No elaborar o no aplicar el plan de igualdad, o hacerlo incumpliendo manifiestamente los términos previstos, cuando la obligación de realizar dicho plan responda a lo establecido en el Apartado 2 del 46 bis del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

En Laudio/Llodio,a de ………………………. 2014

Firma, DNI y Sello empresa.

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ANEXO 4

CRITERIOS PARA LA VALORACION DEL

SERVICIO DE REALIZACIÓN DE CUÑAS Y PROGRAMAS INFORMATIVOS PARA EL

AYUNTAMIENTO DE LAUDIO/LLODIO, AÑOS 2015-2018, QUE SE ADJUDICARÁ POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO

1.- PRECIO.

MEJOR PRECIO OFERTADO POR EL LICITADOR

Máximo 10 puntos.

El resto de la puntuación se otorgará de manera proporcional.

En caso de empate en la puntuación total entre dos o más licitadores, se elegirá a la empresa que haya certificado oficina abierta al público en el municipio y si persiste el empate, se realizará un sorteo por los miembros de la Mesa de Contratación.

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PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS

CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL

Servicio de realización de cuñas y programas informativos para el Ayuntamiento de Laudio/Llodio, años 2015-2018

1.- OBJETO

El objeto de la presente contratación es la adjudicación del servicio de realización de CUñAS Y PROGRAMAS INFORMATIVOS DEL AYUNTAMIENTO DE LAUDIO/LLODIO, AÑOS 2015 -2018 destinados a dar cuenta a los vecinos del valle tanto de la actividad generada por la vida municipal, como por los colectivos ciudadanos y particulares del municipio o que afecten al mismo, asi como toda aquella información que sea considerada de utilidad pública o interés social.

2.SERVICIOS A REALIZAR

Con el fin de dar respuesta al objeto del contrato, el adjudicatario del servicio deberá realizar los siguientes trabajos:

a).- PROGRAMA SEMANAL “TU AYUNTAMIENTO TE INFORMA” Será un espacio de entre 15 y 20 minutos de duración, que se emitirá quincenalmente, por un total máximo de 24 programas al año, 2 por mes, en jueves, en horario de entre las 13 horas a las 13,30 horas, u otra hora y/o que señale el Ayuntamiento de Laudio de acuerdo con el adjudicatario y con las siguientes salvedades:

.- En el caso de que el jueves sea festivo, el programa se emitirá el día anterior no festivo.

.- En el caso de que el programa supere los 20 minutos, no supondrá incremento de coste económico para este Ayuntamiento de Laudio/Llodio. El contenido de cada programa, es decir, las noticias que se incluirán en el mismo, serán confeccionado por el representante del Ayuntamiento de Laudio/Llodio, quién decidirá, además, los invitados que acuden al mismo, el idioma a utilizar en cada momento, asi como la linea editorial. También podrá participar en su elaboración el adjudicatario, pero deberá contar siempre con el Vº Bº municipal. El adjudicatario, para su realización y posterior emisión por antena, deberá disponer de estudios de grabación en Laudio/Llodio, para que los invitados no tengan que desplazarse fuera de Laudio/Llodio, asi como el personal (locutores, presentadores y/o periodistas) y los elementos técnicos precisos para llevar a buen fin el servicio, independientemente de otro personal que contratado por el Ayuntamiento de Llodio, pueda participar también en la realización de los programas. Cuando las entrevistas se realicen por teléfono, el adjudicatario deberá correr con los gastos de las mismas. En el caso de que el adjudicatario no disponga de estudios de grabación en este municipio, deberá resolver todos los problemas técnicos existentes para que, sin necesidad de desplazarse, se pueda realizar la grabación desde Laudio tanto de los representantes municipales como a los invitados que participen en los programas, evitando con ello gastos de

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transporte, dietas, etc... El adjudicatario correrá con todos los gastos, tanto telefónicos como otros que se deriven por la realización de los programas desde estudios situados fuera del municipio. No será responsabilidad a nivel económico del adjudicatario el hecho de que las noticias que programe el Ayuntamiento de Llodio no lleguen a los 15 minutos de duración, facturando por lo estipulado para un programa normal. El adjudicatario sólo podrá facturar aquellos programas que se lleguen a producir, aunque los mismos no lleguen a emitirse por orden municipal. En todo caso, el adjudicatario podrá facturar hasta un máximo del 50% de la adjudicación, aunque no se realice el trabajo, por su disposición contractual. No podrá exigir ninguna responsabilidad ni indemnización al Ayuntamiento de Llodio porque éste no llegue a dar orden de producción y, por tanto, de gasto de todos o alguno de los programas. El Ayuntamiento de Llodio, sabiendo de los problemas técnicos que genera la realización de los espacios, por el número de personas que intervienen, redacción de noticias, etc..., se compromete a que para el miércoles anterior al jueves de emisión, el adjudicatario disponga de las noticias que completarán el programa, pero se reserva el derecho de que hasta el último momento de emisión de los mismos podrá dar orden de incluir cualquier noticia de interés, siendo obligación del adjudicatario de cumplir tal extremo. El precio total de este servicio es el 50% del total del precio de la adjudicación. El precio individualizado de cada programa será el resultado de dividir la mitad del precio total de adjudicación entre 24 emisiones. b).- CUÑAS RADIOFONICAS

Como complemento a los programas “Tu Ayuntamiento te informa”, las cuñas tendrán como objetivo dar información a los vecinos sobre aquellas noticias que se producen de forma puntual y que necesitan un recordatorio más amplio que un programa informativo semanal, con el fin de llegar a un espectro de población más amplio. El adjudicatario emitirá a lo largo del año un total de 500 cuñas, de una duración de 30 segundos, aunque si el interés de la noticia asi lo requiere, se podrá superar este tiempo sin que ello suponga coste adicional al Ayuntamiento de Llodio ni una merma en el número total de cuñas a emitir. El Ayuntamiento de Llodio entregará al adjudicatario el texto en euskera y castellano, número de emisiones, horas y días. El adjudicatario se encargará de la grabación de las cuñas, tanto con sus medios humanos como técnicos, asi como de cumplir los datos de emisión señalados. Cada cuña se emitirá el mismo número de veces en euskera y en castellano. El adjudicatario solo podrá facturar por el número de cuñas realmente emitidas, no pudiendo exigir ninguna responsabilidad ni indemnización al Ayuntamiento de Llodio porque éste no llegue a dar orden de gasto de las 500 cuñas contratadas. En todo caso, el adjudicatario podrá facturar hasta un máximo del 50% de la adjudicación, aunque no se realice el trabajo, por su disposición contractual.

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Herriko Plaza 01400 Laudio / Llodio (Araba / Álava)

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El precio total de este servicio de cuñas radiofónicas es el 50% del total del precio de la adjudicación. El precio de cada cuña será, por tanto, el resultado de dividir dicho precio total del servicio de cuñas radiofónicas entre las 500 cuñas previstas. 3.CONDICIONES TÉCNICAS DE LAS EMISIONES Como consta en el Pliego de Condiciones Administrativas:

1.- La empresa licitadora deberá certificar por técnico competente que su emisora tiene la potencia necesaria y suficiente para dar la cobertura de audiencia a la población del municipio de Laudio/Llodio. En caso contrario, no se admitirán a licitación a aquellas empresas que no certifiquen debidamente tal extremo. Quedan excluidas de presentación de dicho certificado las empresas que tengan su domicilio social en Laudio/Llodio y/o emitan desde el municipio.

2.- La empresa licitadora deberá presentar obligatoriamente copias compulsadas de disponer de la CONCESIÓN administrativa de dominio público radioeléctrico, indicando su número de dial o frecuencia y también de tener abonadas las Tasas anuales de utilización del espectro radioeléctrico. En caso contrario, no se admitirán a licitación a aquellas empresas que no certifiquen debidamente tales extremos.

Además, cada año de vigencia del contrato el adjudicatario deberá presentar ante el Ayuntamiento de Llodio documentación acreditativa de la vigencia de la concesión o de haber abonado la tasa de utilización del espectro radioeléctrico correspondiente. En caso de no hacerlo, el Ayuntamiento de Llodio, tras solicitárselo, rescindirá el contrato automáticamente si el adjudicatario no los presenta en el plazo de un mes desde su requerimiento.

Asi mismo, debido al interés público de la información que desea ofrecer el Ayuntamiento a sus vecinos y vecinas a través de la radio, con el fin de garantizar un mayor rendimiento a la inversión municipal, el adjudicatario deberá adjuntar, junto con la propuesta económica, una certificación emitida por su representante legal de que ya se emite o de que se va a emitir todos los dias laborables, durante todo el periodo de duración del contrato, al menos noventa minutos con información, noticias, actualidad, etc... del municipio de Laudio/Llodio y de la comarca y en horario de máxima audiencia, es decir, entre las 11 y 14 horas.

4.FACTURACION

El adjudicatario facturará mensualmente al Ayuntamiento de Llodio, debiendo especificar en cada factura el importe del servicio del programa “Tu Ayuntamiento te informa” como el importe del servicio de cuñas que ha realizado en dicho mes. El Ayuntamiento de Laudio/Llodio podrá solicitar que conjuntamente con la factura, el adjudicatario envíe una nota de emisión en la que figurarán tanto los días como las horas de las cuñas y programas emitidos.

El adjudicatario se hace responsable de todos los gastos que por derechos de autor u otros derivados de la emisión de los programas, como licencias administrativas, etc... que surjan durante el periodo de contratación. El adjudicatario no se hará cargo de los gastos

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derivados de los invitados al programa, tanto protocolarios como por desplazamientos a la emisora. 5.CONDICIONES LABORALES El adjudicatario deberá tener debidamente asegurado a todo su personal a su cargo y deberá contar con un Seguro de Responsabilidad Civil para atender sus responsabilidad en cuantos daños y perjuicios cause su actuación. Además contará con el material preciso para la realización de su actividad. El Ayuntamiento de Llodio podrá exigir en cualquier momento toda la documentación relativa a la empresa (seguros sociales, contratos, libro de matrícula, etc..) que sea precisa para evitar cualquier responsabilidad subsidiaria. 6. TASAS

El adjudicatario deberá abonar al Ayuntamiento de Llodio los gastos derivados por Servicio de Expedición de Documentos municipales (Plicas o sobres cerrados con documentación para concursos) que para este Concurso ascienden a la cantidad de 21 € o las que estén aprobadas en el momento de realizar el pago.

7.- PROTECCION DE DATOS

En cumplimiento de la normativa de “Protección de Datos de Carácter Personal”, le informamos de que sus datos se incluirán en ficheros de este Ayuntamiento y que cuentan con las medidas de seguridad adecuadas para la realización de funciones de su competencia. No serán comunicados a otras personas fuera de los supuestos habilitados legalmente. Podrá ejercitar los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación en la Oficina de Registro de esta institución.

Octubre 2014.