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CARTA ORGANICA MUNICIPAL DE RAWSON CAPITAL DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT 2005

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CARTA ORGANICA MUNICIPALDE RAWSON

CAPITAL DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT2005

Miércoles 2 de Noviembre de 2005ANEXO CARTA ORGANICA DE LA CIUDAD DE RAWSONPAGINA 2

Resolución N° 192/05-HL.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

R E S U E L V E :

Artículo 1°.- Aprobar la Carta Orgánica Municipalde la ciudad de Rawson, sancionada por la HonorableConvención Municipal de dicha ciudad, cuyo texto comoanexo, forma parte integrante de la presente Resolu-ción.

Artículo 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquesey cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONO-RABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DELCHUBUT A LOS OCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEM-BRE DE DOS MIL CINCO.

Ing. MARIO E. VARGASPresidenteHonorable Legislatura de la Provincia del Chubut

Ing. GUILLERMO F. MARTOCCIASecretario LegislativoHonorable Legislatura de la Provincia del Chubut

AUTORIDADES

PRESIDENTE: REYNALDO DAMIS

CONVENCIONALES:

MIGUEL ANGEL CASTILLOJORGE ALBERTO GIANOGLIONESTOR RAUL ZABALAANA ROSA MATILDE ARCEMARIELA CARLA MACEDOPROSPERO E. GONZALEZERNESTO LOPEZMARISA FABIANA CONDENELLY ELISA GAUNAJAVIER RAMIRO BILLODASPAOLA CICCARONESANDRA GERMILLAC

SECRETARIA PARLAMENTARIA: PAOLACICCARONE

MARIANA TORO

SECRETARIA ADMINISTRATIVA: SANDROFULLONE

INDICE Pág. PREAMBULO 7 PRIMERA PARTE TITULO I DECLARACIONES, DERECHOS, DEBERES Y GARANTIAS

CAPITULO I

CAPITULO I DECLARACIONES Y PRINCIPIOS FUNDAMENTALES 8-11Interpretación del Preámbulo Art. N° 1 8Naturaleza Organización Institucional Art. N° 2 8Denominación Art. N° 3 8Fundación Art. N° 4 8Autonomía Capacidad y Supremacía Normativa

Art. N° 5 8Condición de Capital Art. N° 6 8Competencias Art. N° 7 8-9Símbolo Municipal Art. N° 8 9Gesta de Malvinas Art. N° 9 9Carácter Administrativo, Turístico, Pesquero y Agroindustrial

Art. N° 10 9Juramento Art. N° 11 9Propiedad de los Obsequios Art. N° 12 9Publicidad de los Actos de Gobierno Art. N° 13 9Fechas Patrias Art. N° 14 9Integración Regional Art. N° 15 9-10Competencias Delegadas Art. N° 16 10Defensa del Orden Democrático Art. N° 17 10Supresión de Títulos Art. N° 18 10

CAPITULO IIDERECHOS Y DEBERES Y GARANTIAS 10-11Derechos, Deberes y Garantías de los Habitantes

Art. N° 19 10Igualdad de Oportunidades y de trato Art. N° 20 10-11Derecho a la Información Art. N° 21 11Garantía de confidencialidad dela Información Art. N° 22 11Operatividad de los Derechos y Garantías Art. N° 23 11

TITULO IIPRINCIPIOS Y POLITICAS ESPECIALES

CAPITULO IBIENESTAR SOCIAL 11-13Desarrollo Humano y Comunitario Art. N° 24 11Niñez, Adolescencia, Familia y Juventud Art. N° 25 11-12Tercera Edad Art. N° 26 12Salud Art. N° 27 12Adicciones Art. N° 28 12Trabajo Art. N° 29 12Vivienda Art. N° 30 12-13Capacidades diferentes Art. N° 31 13Recreación y Deporte Art. N° 32 13Turismo Social Art. N° 33 13Cooperativismo Art. N° 34 13Mediación Art. N° 35 13

CAPITULO IICULTURA, EDUCACION Y TURISMO 13-14Cultura Art. N° 36 13Atención Primaria Art. N° 37 14Educación Formal y No Formal Art. N° 38 14Turismo Art. N° 39 14Preservación del Patrimonio Natural,Histórico y Cultural Art. N° 40 14Archivo, Museos y Bibliotecas Art. N° 41 14

CAPITULO IIIPLANEAMIENTO AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE14-15Medio Ambiente Art. N° 42 15Agua Art. N° 43 15Río Chubut y Frente Marítimo Art. N° 44 15Desarrollo Económico Art. N° 45 15Pesca Art. N° 46 15

SEGUNDA PARTEREGIMEN INSTITUCIONAL Y ORGANIZACION MUNICIPAL

TITULO IDISPOSICIONES COMUNES

CAPITULO UNICO 15-16Gobierno Municipal Art. N° 47 15-16Indelegabilidad de las Funciones Art. N° 48 16Residencia Art. N° 49 16Código de ética Art. N° 50 16Declaración jurada Art. N° 51 16Inmunidades Art. N° 52 16

Miércoles 2 de Noviembre de 2005 ANEXO CARTA ORGANICA DE LA CIUDAD DE RAWSON PAGINA 3

TITULO IIPODER LEGISLATIVO

CAPITULO UNICO 16-23Composición Art. N° 53 16Duración de los mandatos Art. N° 54 16Sistema de Elección Art. N° 55 16Requisitos Art. N° 56 17Extranjeros Art. N° 57 17Requisitos de Elegibilidad Art. N° 58 17Residencia Art. N° 59 17Inhabilidades Art. N° 60 17Incompatibilidades Art. N° 61 17Oportunidad Art. N° 62 18Validez de los títulos Art. N° 63 18Licencia de los agentes de la Administración Municipal

Art. N° 64 18Constitución del Cuerpo Art. N° 65 18Juramento Art. N° 66 18Autoridades Art. N° 67 18Presupuesto Art. N° 68Inasistencias injustificadas Art. N° 69 18-19Reemplazos Art. N° 70 19Acefalía Art. N° 71 19Facultades Atribuciones - Deberes Art. N° 72 19-22Carácter de las Sesiones Art. N° 73 22Sesión preparatoria Art. N° 74 22Sesiones ordinarias Art. N° 75 22Sesión inaugural Art. N° 76 22Comisión de Receso Art. N° 77 22Sesiones extraordinarias Art. N° 78 22Sesiones especiales Art. N° 79 22Exclusión de Terceros Art. N° 80 22Quórum Art. N° 81 22-23Mayorías Art. N° 82 23

TITULO IIIFORMACION Y SANCION DE LAS ORDENANZAS

CAPITULO UNICO 23-25

Iniciativa Art. N° 83 23Competencia exclusiva Art. N° 84 23Tratamiento de Urgencia Art. N° 85 23Fórmula Art. N° 86 23Procedimiento Art. N° 87 24Veto. Receso Art. N° 88 24Veto Total o Parcial Art. N° 89 24Proyectos Art. N° 90 24Proyectos rechazados Art. N° 91 24Vigencia y Obligatoriedad Art. N° 92 24Publicación Art. N° 93 24-25Digesto Art. N° 94 25

TITULO IVPODER EJECUTIVO

CAPITULO IINTENDENCIA 25-27Intendente Art. N° 95 25Sistema de Elección Art. N° 96 25Requisitos Art. N° 97 25Incompatibilidades Art. N° 98 25Juramento Art. N° 100 25-26Ausencia Art. N° 101 26Acefalía Art. N° 102 26Remuneración Art. N° 103 26Atribuciones y deberes Art. N° 104 26-27

CAPITULO IIESTRUCTURA DEL PODER EJECUTIVO 27-28Secretarías Art. N°105 27Requisitos, Inhabilidades e Incompatibilidades Art. N°106 27Responsabilidad de los Secretarios Art. N°107 27Juramento Art. N°108 27Licencias Art. N°109 28

TITULO VTRIBUNAL ADMINISTRATIVO MUNICIPAL DE FALTASCAPITULO UNICO 28-29Competencias Art. N° 110 28Integración Art. N° 111 28

Requisitos - Juez Art. N° 112 28Requisitos - Secretario Art. N° 113 28Designación Art. N° 114 28Remoción Art. N° 115 28Juramento Art. N° 116 28-29Remuneración Art. N° 117 29Inhabilidades. Incompatibilidades Art. N° 118 29Presupuesto Art. N° 119 29Poder de policía Art. N° 120 29Memoria descriptiva Art. N° 121 29

TITULO VIORGANOS DE CONTROL MUNICIPAL

CAPITULO ICONTRALOR MUNICIPAL 29-31Competencia Art. N° 122 29Control de legalidad Art. N° 123 29Integración Art. N° 124 29Requisitos Art. N° 125 30Designación Art. N° 126 30Juramento Art. N° 127 30Inhabilidades e incompatibilidades Art. N° 128 30Presupuesto Art. N° 129 30Remuneración Art. N° 130 30Informes Art. N° 131 30Manifestaciones de bienes Art. N° 132 30Observación de actos Art. N° 133 30-31

CAPITULO IIASESORIA LETRADA MUNICIPAL 31Competencia Art. N° 134 31Designación Art. N° 135 31Requisitos Art. N° 136 31Incompatibilidades Art. N° 137 31Remuneración Art. N° 138 31Informes Art. N° 139 31

CAPITULO IIICONTADURIA GENERAL MUNICIPAL 31-32Competencia Art. N° 140 31Designación Art. N° 141 31-32Requisitos Art. N° 142 32Incompatibilidades Art. N° 143 32Remuneración Art. N° 144 32Observación de Actos Art. N° 145 32Informes Art. N° 146 32

TITULO VIIPRESUPUESTO Y HACIENDA

CAPITULO IPATRIMONIO MUNICIPAL 32-33Patrimonio Municipal Art. N° 147 32Bienes de Dominio Público Municipal Art. N°148 32Uso y goce de los bienes Públicos Art. N°149 32Características Art. N°150 33Venta- Concesiones Art. N°151 33Bienes de Dominio Privado Municipal Art. N°152 33

CAPITULO IIRECURSOS MUNICIPALES 33Recursos Art. N° 153 33Expropiación Art. N°154 33Tierras Fiscales Art. N°155 33Principios Tributarios Art. N°156 33

CAPITULO IIIPRESUPUESTO MUNICIPAL 33-34Integración Art. N° 157 33-34Plazo de presentación Art. N° 158 34Gastos no previstos Art. N° 159 34Gastos Reservados Art. N° 169 34Participación ciudadana Art. N° 161 34Empréstitos Art. N° 162 34Erogaciones Futuras Art. N°163 34Modificación Art. N°164 34

CAPITULO IVREGIMENES 34-35De contabilidad Art. N° 165 35De contratación Art. N° 166 35

Miércoles 2 de Noviembre de 2005ANEXO CARTA ORGANICA DE LA CIUDAD DE RAWSONPAGINA 4

TITULO VIIIORGANIZACION ADMINISTRATIVA

CAPITULO IESTRUCTURA Y PROCEDIMIENTOS 35Estructura Orgánica Art. N° 167 35Procedimiento Administrativo Art. N° 168 35

CAPITULO IICARRERA ADMINISTRATIVA- REGIMEN DE LOS RECURSOSHUMANOS- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES 35-36Carrera administrativa Art. N° 169 35Régimen de los Recursos Humanos Art. N° 170 35Capacitación Art. N° 171 35-36Inhabilidades Art. N° 172 36Incompatibilidades Art. N° 173 36

TITULO IXPLANEAMIENTO Y DESARROLLO URBANO, OBRAS Y SERVICIOSPUBLICOSCAPITULO UNIC0 36-37Planeamiento y Desarrollo Urbano Art. N° 174 36Obras Públicas Art. N° 175 36Servicios Públicos Art. N° 176 36Municipalización Art. N° 177 36Concesiones Art. N° 178 36-37Poder de Policía Art. N° 179 37Defensa Civil Art. N° 180 37Bromatología Art. N° 181 37

TITULO XORGANIZACIONES DE PARTICIPACION COMUNITARIA Y EJERCICIODE DERECHOS POPULARES

CAPITULO IPARTICIPACION COMUNITARIA 37-38Asociaciones Vecinales Art. N°182 37Asociaciones Intermedias Art. N°183 37-38Consejos Municipales Art. N°184 38

CAPITULO IIEJERCICIO DE DERECHOS POPULARES 38-39

Reglamentación Art. N° 185 38Consulta Popular Art. N° 186 38Iniciativa Art. N° 187 38Revocatoria Art. N° 188 38Referéndum Art. N° 189 38Audiencia Pública Art. N° 190 38-39

TITULO XIRESPONSABILIDAD DE AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS

CAPITULO IRESPONSABILIDAD DE LOS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS 39Responsabilidades Art. N° 191 39

CAPITULO IIJUICIO POLITICO 39-41Funcionarios sujetos a Juicio Político Art. N° 192 39Causas Art. N° 193 39Denuncia Art. N° 194 39Procedimiento Art. N° 195 39Salas Art. N° 196 39-40Sala acusadora. Comisión investigadora Art. N° 197 40Diligencias. Dictamen Art. N° 198 40Suspensión Art. N° 199 40Tribunal de sentencia Art. N° 200 40Audiencia de debate Art. N° 201 40Sala de juzgar Art. N° 202 40Sentencia Requisitos Art. N° 203 41Fallo efectos Art. N° 204 41Reglamentación Art. N° 205 41

TITULO XIIREGIMEN ELECTORAL

CAPITULO IREGIMEN ELECTORAL 41Electores Art. N° 206 41Obligatoriedad de aceptas el cargo Art. N° 207 41Régimen Art. N° 208 41

CAPITULO IITRIBUNAL ELECTORAL MUNICIPAL 41-42

Competencia Art. N° 209 41Integración Art. N° 210 41-42Requisitos Art. N° 211 42Incompatibilidad Art. N° 212 42Presupuesto Art. N° 213 42

TITULO XIIIINTERVENCION DE LA MUNICIPALIDAD - CONFLICTOS

CAPITULO UNICO 42Intervención Art. N° 214 42Conflictos Art. N° 215 42

TERCERA PARTETITULO IREFORMA DE LA CARTA ORGANICA

CAPITULO UNICO 42-43Reforma de la Carta Orgánica porConvención Art. N° 216 42-43Requisitos Art. N° 217 43Composición Facultades -Funcionamiento Art. N° 218 43Limitación Art. N° 219 43Enmienda Art. N° 220 43

DISPOSICIONES FINALES 43DISPOSICIONES TRANSITORIAS 43-44

ANEXO IActa Fundacional 45-46

Miércoles 2 de Noviembre de 2005 ANEXO CARTA ORGANICA DE LA CIUDAD DE RAWSON PAGINA 5

PREAMBULOEl pueblo de Rawson, Capital de la Provincia del

Chubut, a través de sus representantes, electos por votopopular y soberano, reunidos en Convención Constitu-yente Municipal, con el objeto de redactar la presenteCarta Orgánica, manifiesta su voluntad de: promover elbienestar general, afirmar la autonomía municipal, or-ganizar jurídica y políticamente sus instituciones, ga-rantizar la convivencia democrática como forma de vidaen el marco de la Constitución Nacional y la Constitu-ción Provincial, reafirmar su vocación irrenunciable deintegración regional, exaltar la dignidad humana prote-giendo los derechos individuales y sociales sin ningúntipo de discriminación, promoviendo y asegurando idén-ticas oportunidades para la educación integral, la saludcolectiva y la inviolabilidad de la justicia, generar la par-ticipación activa de los vecinos en el funcionamiento delMunicipio, promover el desarrollo económico sustenta-ble y la más equitativa distribución de la riqueza, el re-conocimiento de las tradiciones y valores autóctonoshermanados con todas las corrientes migratorias, comobase de nuestra raigambre cultural, garantizar el dere-cho de los habitantes a gozar de un medio ambienteequilibrado y armonioso preservando el sistemaecológico y protegiendo los recursos naturales de sujurisdicción, en uso de sus facultades e invocando laprotección de Dios, sanciona esta Carta Orgánica, paratodos los hombres y mujeres que habiten o deseen ha-bitar en la Ciudad de Rawson.

PRIMERA PARTE

TITULO I: DECLARACIONES, DERECHOS,DEBERES Y GARANTIAS

CAPITULO IDECLARACIONES Y PRINCIPIOS FUNDAMEN-

TALES

Interpretación del PreámbuloArtículo N° 1.-: El preámbulo no es una mera enun-

ciación de principios sino fuente interpretativa y de orien-tación para establecer el alcance, significado y finali-dad, de las cláusulas de la Presente Carta Orgánicamunicipal.

Naturaleza—Organización institucionalArtículo N° 2.-: El Municipio de la Ciudad de Rawson

constituye una comunidad humana caracterizada por suplena autonomía, su identidad y unidad territorial, quecon el objetivo de propender al bien común en las rela-ciones de vecindad, dicta su propia Carta Orgánica ba-sado en los principios democráticos, representativos yrepublicanos, en un todo de acuerdo con lo normadopor la Constitución Nacional y la Constitución Provin-cial.

DenominaciónArtículo N° 3.-: El Municipio conservará el nombre

de “RAWSON” como homenaje y en gratitud al Dr.Guillermo Rawson, Ministro del Interior del PresidenteBartolomé Mitre, por la ayuda brindada a los colonos

galeses desembarcados en la Patagonia en 1865.

FundaciónArtículo N° 4.-: El Municipio recordará cada quince

de setiembre su fecha de fundación, evocando el actode instalación de la colonia bautizada como “Pueblo deRawson” e izamiento de la Bandera Nacional por partedel Teniente Coronel Julián Murga, representante delGobierno Argentino.

Autonomía - Capacidad y Supremacía NormativaArtículo N° 5.-: El Municipio goza de autonomía en

el ejercicio de sus funciones institucionales, políticas,administrativas, económicas y financieras, para el cum-plimiento de los fines que la Constitución Provincial yésta Carta determinan, siendo dicho ejercicio indepen-diente de todo otro poder y de defensa indelegable delas autoridades que lo detenten.

El Municipio, a los fines de ejercer sus funcionescuenta con personalidad jurídica de derecho públicoestatal y capacidad económica.

Las funciones que esta Carta organiza, reconoce yotorga al Municipio en concordancia con la ConstituciónProvincial, no podrán ser limitadas por ley, ni autoridadalguna.

Condición de CapitalArtículo N° 6.-: La Ciudad de Rawson es la Capital

de la Provincia del Chubut por razones y derechos his-tóricos, institucionales y políticos reconocidos en el ar-tículo 2º de la Constitución Provincial. Este carácter iden-tifica a la Ciudad y el Municipio promueve sujerarquización institucional y la defensa de su condiciónfrente a los hechos o acciones que puedan afectarla.

CompetenciasArtículo N° 7.-: La presente Carta Orgánica es de

aplicación en el territorio de la Ciudad de Rawson, enlos límites que por Ley le corresponden, donde el Esta-do Municipal ejerce las funciones y atribuciones inhe-rentes a su competencia material.

Las iniciativas del Estado Municipal atinentes a lasmodificaciones de los mismos se someterán a referén-dum vinculante.

El Estado Municipal podrá, a los efectos operativos,administrativos, electorales, de participación y represen-tación vecinal, determinar dentro de su territorio distintas zo-nas tales como urbanas, suburbanas, rurales y otras.

Símbolo MunicipalArtículo N° 8.-: Se instituye como símbolo distinti-

vo e identificatorio del Municipio al Escudo vigente, apro-bado por el Honorable Concejo Deliberante en SesiónExtraordinaria del día veintiuno de diciembre de 1922.Su uso es obligatorio en toda la documentación y pape-les oficiales, sellos, vehículos afectados al uso públicoy frente de los edificios municipales; como así tambiénsu exhibición, con motivo de celebraciones, actos o fes-tividades.

Gesta de MalvinasArtículo N° 9.-: El Municipio recuerda, reconoce,

Miércoles 2 de Noviembre de 2005ANEXO CARTA ORGANICA DE LA CIUDAD DE RAWSONPAGINA 6

honra y enaltece a sus veteranos de guerra, promovien-do la integración total a la comunidad de los ex comba-tientes militares y civiles y sus familias, con programasde asistencia para la salud y rehabilitación, reinserción,empleo, vivienda y capacitación.

Carácter administrativo, turístico, pesquero yagroindustrial

Artículo N° 10.-: El Municipio reconoce como perfilpropio a la actividad administrativa pública, al turismo,a la pesca y a las actividades agroindustriales, recur-sos genuinos de vital importancia para el desarrollosocioeconómico de la comunidad, garantizando sujerarquización y protección.

JuramentoArtículo N° 11.-: Las autoridades públicas municipa-

les al ocupar sus cargos, sean éstos electivos o no, ju-rarán fidelidad y lealtad a la Constitución Nacional, a laConstitución Provincial y a la presente Carta OrgánicaMunicipal.

Propiedad de los ObsequiosArtículo N° 12.-: Los obsequios que reciban las au-

toridades públicas en su carácter de tales, y que tenganvalor económico, histórico, cultural o artístico, son pro-piedad exclusiva del Municipio.

Publicidad de los Actos de GobiernoArtículo N° 13.-: Los actos de gobierno del Mu-

nicipio son públicos. Las Ordenanzas, Resolucio-nes y demás actos administ rat ivos deberánpublicarse en el Boletín Informativo Municipal. PorOrdenanza se determina el modo de su publicación,el acceso de los particulares a su conocimiento ylas sanciones para los funcionarios que no cumplancon esta obligación.

Asimismo darán a publicidad por lo menos semes-tralmente, el estado de sus ingresos y gastos.

Fechas PatriasArtículo N° 14.-: El Municipio conmemora el mismo

día en que se ha producido el hecho histórico que lojustifica, como forma de mantener y reforzar la identi-dad nacional, recordando a quienes fueron artífices delas gestas libertadoras y lucharon por mantener incólu-me la soberanía del territorio nacional.

Integración RegionalArtículo N° 15.-: El Municipio, desde su condición

de Capital de la Provincia del Chubut, fomentará la in-tegración, el intercambio, el establecimiento de nexos yel fortalecimiento de sus vínculos con los demás muni-cipios sobre la base de la participación en la elabora-ción de políticas en las que los mismos se encuentrencomprendidos o vinculados, priorizando entre otras cues-tiones aquellas referidas a:

1) Medio Ambiente.2) Recursos Hídricos.3) Desarrollo económico y social.4) Turismo.5) Defensa Civil.

6) Rescate y manejo del Patrimonio Natural, Histó-rico y Cultural.

Competencias DelegadasArtículo N° 16.-: El Municipio puede ejercer, en su

jurisdicción, competencias propias del Gobierno Nacio-nal o Provincial que le sean delegadas. La asunción deun servicio de competencia nacional o provincial, sólopodrá hacerse efectiva cuando en el respectivo conve-nio que la reglamente se establezca la transferencia delos recursos necesarios. El Municipio ejerce, en los es-tablecimientos de utilidad provincial o nacional ubica-dos dentro de su ejido, todas aquellas competenciasreconocidas por la Constitución Nacional, Provincial yla presente Carta Orgánica que se correspondan con lafinalidad de los mismos y respetando las respectivascompetencias provinciales y nacionales.-

Defensa del orden democráticoArtículo N° 17.-: Esta Carta Orgánica no pierde vi-

gencia aún cuando por acto violento o de cualquier na-turaleza se interrumpa su observancia. Cualquier dis-posición adoptada por las autoridades en presencia orequisición de fuerza armada o reunión sediciosa quese atribuya los derechos del pueblo, es nula de nulidadabsoluta.

Se consideran vigentes hasta la finalización del pe-ríodo para el que fueron elegidos, los fueros e inmuni-dades de los funcionarios electos por el pueblo, de acuer-do con las disposiciones respectivas.

Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador nia quienes asumen funciones en violación de los proce-dimientos establecidos por la Constitución y por estaCarta Orgánica. Es deber de todo ciudadano contri-buir al restablecimiento del orden constitucional y delas autoridades legitimas.

Supresión de TítulosArtículo N° 18.-: A partir de la entrada en vigencia

de esta Carta Orgánica, se suprimen en los actos y do-cumentos oficiales los títulos honoríficos de los funcio-narios y cuerpos colegiados.

CAPITULO IIDERECHOS, DEBERES Y GARANTÍAS

Derechos, Deberes y Garantías de los HabitantesArtículo N° 19.-: Los habitantes del municipio gozan

de los derechos y garantías y tienen los deberes reco-nocidos en la Constitución Nacional y en la Constitu-ción de la Provincia del Chubut, además de los que con-sagran especialmente esta Carta Orgánica y las Orde-nanzas que reglamenten su ejercicio. Los deberes, de-rechos y garantías enumerados en la Constitución Na-cional, en la Constitución Provincial y los consagradosespecialmente por esta Carta Orgánica, no serán en-tendidos como negación de otros que se deriven de laforma democrática de gobierno y de la condición natu-ral de las personas.

Igualdad de Oportunidades y de tratoArtículo N° 20.-: Los habitantes del Municipio go-

Miércoles 2 de Noviembre de 2005 ANEXO CARTA ORGANICA DE LA CIUDAD DE RAWSON PAGINA 7

zan de todos los derechos derivados de la dignidad delser humano y de la forma democrática de gobierno, te-niendo igualdad de oportunidades y de trato, sin distin-ciones, privilegios o discriminaciones por razones reli-giosas, raciales, etarias, de género, de identidad sexual,socioculturales, físicas, ideológicas, o por cualquier otracondición socioeconómica o política.

Derecho a la InformaciónArtículo N° 21.-: Los habitantes tienen derecho a la

información referida a las actividades que desarrolla elEstado Municipal en los distintos ámbitos, siendo deberdel mismo facilitar su acceso, sin más limitaciones quelas establecidas por Ley y esta Carta Orgánica. La pre-sente disposición es extensiva a los entes descentrali-zados, empresas estatales o mixtas, concesionarios de ser-vicios públicos municipales, órganos de control y juzgamientoadministrativo. La información deberá ser suministrada enforma completa, adecuada y oportuna, en las c ondicionesestablecidas por la reglamentación respectiva.

Garantía de confidencialidad de la InformaciónArtículo N° 22.-: El Estado Municipal, incluyendo

entes descentralizados, empresas estatales o mixtas,concesionarias de servicios públicos municipales, órga-nos de control y juzgamiento administrativo, garantizala confidencialidad de la información personal que po-sea, propendiendo a la protección de la privacidad y dig-nidad de aquellos habitantes y sus grupos familiares quepudieran verse afectados por la divulgación de la mis-ma, sea en razón de su condición social, económica ode vulnerabilidad respecto de la protección integral es-tablecida por leyes a las cuales adhiere el Municipio.

Operatividad de los Derechos y GarantíasArtículo N° 23.-: Los derechos personales y garan-

tías reconocidos y establecidos por esta Carta Orgáni-ca se consideran operativos salvo cuando resulte im-prescindible reglamentación legal a los efectos de suaplicación, la que en todos los casos debe respetar suscontenidos esenciales, debiendo los jueces arbitrar encada caso los medios para hacerlos efectivos medianteprocedimientos de trámite sumario.

Los derechos sociales y principios de políticas delEstado Municipal reconocidos y establecidos por estaCarta Orgánica sólo pueden ser alegados ante la juris-dicción conforme las Leyes y Ordenanzas que regla-menten su ejercicio y teniendo en cuenta prioridadesdel Municipio y sus disponibilidades económicas.

TITULO II: PRINCIPIOS Y POLITICAS ESPECIA-LES

CAPITULO IBIENESTAR SOCIAL

Desarrollo Humano y ComunitarioArtículo N° 24.-: Las políticas de contención social

responderán al conjunto de las aspiraciones del puebloen relación con sus condiciones de vida y de conviven-cia solidaria, asegurando el desarrollo de las accionescomunitarias que permitan a todos los habitantes acce-

der a los derechos consagrados en normas provincia-les, nacionales e internacionales vinculados con la ma-teria.

Se regirán por los principios de igualdad, equidad,libertad, solidaridad, responsabilidad, participación, des-centralización, intersectorialidad y convergencia, inte-gración y prioridad en la atención a la familia, la niñez,la adolescencia, la tercera edad, las capacidades dife-rentes y la consolidación de la familia y la sociedad.

Niñez, Adolescencia, Familia y JuventudArtículo N° 25.-: El Estado Municipal fija políticas y

acciones tendientes a consolidar a la familia y resguar-dar en especial a las carenciadas, monoparentales, nu-merosas y en situación de riesgo social, atendiendo asu realización en la sociedad, desarrollando programasque promuevan un modelo cultural de cooperación fa-miliar.

Procura la atención de los niños, adolescentes yjóvenes con el objetivo de contribuir a mejorar su cali-dad de vida, como sujetos plenos de derecho.

Coordina acciones con otros organismos para evi-tar la superposición o falta de servicios básicos.

El Estado Municipal instrumenta programas de de-sarrollo humano y comunitario en favor de los niños,adolescentes y sus familias, a través de las siguientesacciones:

1) las que impliquen el cumplimiento de la Conven-ción Internacional sobre los Derechos del Niño incorpo-rada a la Constitución Nacional y de la Ley Provincial deProtección Integral de Niñez, Adolescencia y Familia.

2) las que promuevan y ejecuten programas quecontengan políticas sociales básicas, asistenciales y deprotección especial e integral.

3) las que promuevan la integridad de los progra-mas evitando la fragmentación de la problemática fami-liar.

4) las que formulen programas que integren el jue-go, la recreación y el deporte a la actividad cotidiana delos niños y adolescentes, como parte de una atenciónintegral que contemple la iniciación en el conocimiento,el cuidado de sus vínculos afectivos y aspectosformativos generales.

Tercera EdadArtículo N° 26.-: El Estado Municipal implementa

políticas que atiendan a la tercera edad para dignificarsus condiciones de vida, contribuyendo al fortalecimien-to de sus facultades físicas y psíquicas, así como suintegración familiar, social y cultural.

Promueve acciones hacia la comunidad, que gene-ren una cultura receptiva e integradora de las personasde la tercera edad y su participación en el diagnóstico,planificación y ejecución de las acciones que los tengancomo destinatarios.

Instrumenta acciones que impliquen el cumplimien-to de la Ley Provincial de Promoción y Protección de laTercera Edad.

SaludArtículo N° 27.-: El Estado Municipal ejerce un rol

activo con respecto a la salud, especialmente en la aten-

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ción preventiva, la planificación de las acciones en aten-ción primaria, los requerimientos nutricionales de supoblación desde la niñez hasta la tercera edad, y la pro-creación responsable.

AdiccionesArtículo N° 28.-: El Estado Municipal desarrolla pro-

gramas educativos sanitarios de contenido preventivoque desalienten el consumo de tabaco, alcohol,fármacos, sustancias psicotrópicas u otras, que resul-ten generadoras de dependencia, de daños físicos ypsíquicos.

TrabajoArtículo N° 29.-: El trabajo ennoblece, dignifica al

hombre y es fuente de prosperidad de un pueblo. ElMunicipio lo reafirma como un derecho y un debersocial, promoviendo el desarrollo de actividades quegeneren fuentes de trabajo, e impliquen crecimientoeconómico y social.

ViviendaArtículo N° 30.-: El Municipio reconoce a la vivien-

da como bien social básico. El Estado Municipal pro-mueve en coordinación con el Estado Nacional, losEstados Provinciales, entidades intermedias, u organi-zaciones de vecinos, programas tendientes a propiciarel acceso a una vivienda digna de conformidad a lossiguientes principios:

1) uso racional del suelo y preservación de la cali-dad de vida.

2) aplicación de tecnologías apropiadas.3) distribución equitativa, respetando los usos y

costumbres.4) de especial atención a los habitantes de meno-

res recursos y mayor tiempo de residencia.

Capacidades diferentesArtículo N° 31.-: El Estado Municipal orienta y pro-

mueve la participación plena de las personas con capa-cidades diferentes como agentes activos de la vida co-munitaria, económica y cultural, impulsando el desa-rrollo de actividades que les permitan obtener igualdadde oportunidades de acuerdo a sus capacidades.

A tales fines debe:1) Promover, elaborar y coordinar acciones que tien-

dan a la prevención ydetección de los factores que puedan producir o

agravar la discapacidad.2) Fomentar actividades con miras a la rehabilita-

ción, educación, cultura,recreación y salida laboral.3) Articular con organismos provinciales o naciona-

les, públicos o privados, en el marco de la legislaciónvigente, acciones de promoción y asistencia a las per-sonas con capacidades diferentes.

Recreación y DeporteArtículo N° 32.-: El Estado Municipal posibilita el

acceso a las actividades recreativas, deportivas y decarácter comunitario, generando programas dirigidos atodas las edades y sectores como instrumento de inte-

gración y crecimiento social.Estimula acciones que provengan de la comunidad

y en especial las destinadas a niños, adolescentes, jó-venes, personas de la tercera edad y con capacidadesdiferentes.

Fomenta las actividades deportivas que se encua-dren en los tres niveles: iniciación, desarrollo y alto ren-dimiento, priorizando el nivel de iniciación.

Turismo SocialArtículo N° 33.-: El Estado Municipal acuerda con

otros organismos programas de intercambio de turismosocial que respondan a fines educativos, culturales ysociales.

CooperativismoArtículo N° 34.-: El Estado Municipal impulsa y coor-

dina con los organismos pertinentes, la educación coo-perativa y mutualista. Promueve y apoya la constituciónde cooperativas y mutuales como medio de alentar laeconomía sin fines de lucro.

Otorga prioridad en las concesiones a las cooperati-vas integradas por los vecinos y usuarios de las obras yservicios que se proponga ejecutar y prestar.

MediaciónArtículo N° 35.-: El Estado Municipal instrumentará

la mediación como un método alternativo de resoluciónde conflictos, posibilitando que los distintos actores so-ciales comunitarios, asuman responsabilidades puntua-les, conjugando la participación y la cooperación

CAPITULO IICULTURA, EDUCACION Y TURISMO

CulturaArtículo N° 36.-: El Municipio reconoce a la cultura

como el acto de expresión natural del pueblo, procuran-do su conservación, enriquecimiento y difusión. Propi-cia la creación de ámbitos adecuados para el desarrollode sus actividades y la libre expresión, a través de lapuesta en valor y el respeto a sus tradiciones y creen-cias. El Estado Municipal genera políticas culturalesintegradoras, garantizando la libre manifestación artísti-ca de sus habitantes.

Atención PrimariaArtículo N° 37.-: El Estado Municipal promueve la

atención del niño entre los cuarenta y cinco días y hastalos cuatro años de edad; favoreciendo un desarrollo equi-librado mediante la implementación de programas ma-ternales que fortalezcan el vinculo familiar en aquellosgrupos sociales vulnerables, previniendo de esta mane-ra las desigualdades sociales, físicas y psíquicas, origi-nadas en deficiencias de orden biológico, nutricional,familiar y ambiental, mediante acciones articuladas conotras instituciones de orden comunal, provincial o na-cional.

Educación Formal y No FormalArtículo N° 38.-: El Estado Municipal propende a la

educación de sus habitantes tanto en el aspecto formal

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como en el no formal, orientada a una real preparaciónpara una futura inserción en el campo laboral. A ese fincelebra convenios con entidades privadas y de la esferaestatal para la articulación de esfuerzos en la facilitaciónde infraestructura, equipamiento e insumos.

TurismoArtículo N° 39.-: El desarrollo turístico de la Ciudad

de Rawson forma parte de la política del Estado Munici-pal, que reconoce a la actividad como fuente generado-ra de beneficios económicos genuinos, de forma directae indirecta para la ciudad.

Por ello:1) Promueve la investigación y el desarrollo turístico

dentro de su jurisdicción y zona de influencia, poten-ciando el aprovechamiento sostenible de los recursosturísticos y la inversión adecuada.

2) Establece estrategias públicas integrales, paracolaborar en la construcción de una identidad turísticaque favorezca su posicionamiento como localidad den-tro de los distintos ámbitos geográficos.

3) Identifica y promociona sus recursos turísticos enforma autónoma, en conjunto con otras localidades oinstituciones del ámbito local, provincial, nacional e in-ternacional.

Preservación del Patrimonio Natural, Histórico yCultural

Artículo N° 40.-: Las riquezas antropológicas, histó-ricas, arqueológicas, documentales, testimoniales, biblio-gráficas, edilicias, y los valores artísticos y científicos,así como el paisaje natural, forman parte del patrimonionatural, histórico y cultural de la comunidad.

El Municipio conforme la Constitución Provincial y alas normas respectivas, dispone las acciones necesa-rias para su protección, defensa, enajenación y prohibi-ción de traslado.

El Estado Municipal fomenta la utilización respon-sable del patrimonio natural, histórico y cultural que seaconsiderado recurso turístico, arbitrando los medios ten-dientes a lograr una plena concientización de la pobla-ción.

El Estado Municipal organiza un registro de su patri-monio natural, histórico y cultural, a la vez que asegurasu custodia y atiende a su preservación.

Archivos, Museos y BibliotecasArtículo N° 41.-: El Municipio reconoce y apoya a los

archivos documentales, museos y bibliotecas, en sucarácter de custodios y promotores del patrimonio y losbienes culturales de la sociedad. Promueve la acción delas bibliotecas populares, creadas y gestionadas por lacomunidad.

CAPITULO IIIPLANEAMIENTO AMBIENTAL Y DESARROLLO

SUSTENTABLE

Medio AmbienteArtículo N° 42.-: Es deber del Municipio garantizar

un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollohumano.

El Estado Municipal desarrolla las acciones nece-sarias a los efectos de asegurar la conservación de laintegridad y diversidad del ambiente, basado en el prin-cipio de desarrollo sustentable.

Para ello:1) Fomenta en todos los niveles educativos la cul-

tura de preservación del ambiente, sensibilizando a lacomunidad y generando la autorresponsabilidad.

2) Promueve las prácticas y procedimientos nece-sarios con el objeto de remediar aquellos procesos dedegradación desencadenados en su ejido en el marcode sus atribuciones.

3) Ejerce plenamente su poder de policía, sancio-nando a los responsables del daño ocasionado al am-biente, obligando a resarcir y recomponer el mismo.

AguaArtículo N° 43.-: El Municipio reconoce y asume su

responsabilidad de evaluar, administrar, preservar ycontrolar el racional manejo de los recursos hídricos enel ámbito de su Jurisdicción, habida cuenta de su ca-rácter natural, económico y social.

Río Chubut y Frente MarítimoArtículo N° 44.-: El Estado Municipal coordina con

la Provincia y los demás municipios ribereños del RíoChubut y Mar Argentino una política adecuada de ma-nejo y aprovechamiento del recurso.

Desarrollo EconómicoArtículo N° 45.-: El Estado Municipal impulsa las

acciones necesarias para el fortalecimiento y diversifi-cación de la base económica.

A tales efectos:1) Promueve con la participación de la comunidad,

emprendimientos económicos que privilegien las formassolidarias, cooperativas, comunitarias oautogestionarias.

2) Propicia actividades industriales, comerciales,agropecuarias, turísticas, artesanales, de abastecimien-to y servicios orientadas para el mercado local, provin-cial, nacional y el comercio exterior .

3) Provee los servicios e infraestructura consecuen-tes.

4) Estimula la capacitación de los trabajadores, pro-fesionales y empresarios vinculados con el procesoproductivo.

PescaArtículo N° 46.-: El Municipio promoverá el de-

sarrollo de actividades pesqueras sustentables, en-tendiendo como tales aquellas que contemplen eluso responsable de los recursos pesqueros, la pre-servación del medio ambiente y su biodiversidad,la utilización de las alternativas técnicas más apro-piadas, la viabilidad económica y el interés socialde la comunidad.

Procurará la creación de ámbitos participativos, afin de asegurar la integración de los distintos compo-nentes comunitarios de la actividad, en la defensa desus intereses pesqueros, así como la puesta en valorde la pesca como parte de su identidad.

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SEGUNDA PARTE

TITULO I : DISPOSICIONES COMUNESCAPITULO UNICO

Gobierno MunicipalArtículo N° 47.-: El Gobierno Municipal de la Ciudad

de Rawson se compone de un Poder Legislativo y unPoder Ejecutivo.

Indelegabilidad de las FuncionesArtículo N° 48.-: Las autoridades del Gobierno Mu-

nicipal ejercen las atribuciones que les confieren la Cons-titución Provincial y esta Carta Orgánica.

Ningún poder concede a otro facultades extraordi-narias ni delega atribuciones que le son propias.

ResidenciaArtículo N° 49.-: Las autoridades del gobierno muni-

cipal, electas y designadas, deben residir dentro del eji-do de la Municipalidad, bajo pena de caducidad delmandato o revocación de la designación por la autori-dad competente.

Código de éticaArtículo N° 50.-: Las autoridades del Gobierno Mu-

nicipal, electas y designadas, se someterán a un Códi-go de ética para el ejercicio de la función pública, dicta-do conforme a los principios y disposiciones de estaCarta Orgánica.

Declaración JuradaArtículo N° 51.-: Las autoridades del Gobierno Mu-

nicipal, electas y designadas, deben presentar una De-claración Jurada del estado patrimonial que posean alinicio y finalización de sus funciones, así como el de sucónyuge y de las personas a su cargo.

InmunidadesArtículo N° 52.-: Las autoridades electas del Gobier-

no Municipal gozan de las inmunidades y garantías es-tablecidas por la Constitución Nacional y Provincial, nopudiendo ser molestados, detenidos, interrogados, acu-sados ni reconvenidos o enjuiciados por las opinionesque emitieran con motivo del desempeño de su manda-to.

TITULO II: PODER LEGISLATIVOCAPITULO UNICO

ComposiciónArtículo N° 53.-: El Poder Legislativo es ejercido por

el Concejo Deliberante integrado por diez (10) miem-bros denominados concejales elegidos en forma direc-ta por el cuerpo electoral municipal en distrito único.

Duración de los mandatosArtículo N° 54.-: Los concejales duran cuatro años

en sus funciones, con excepción de los reemplazantesque completan un mandato. Pueden ser reelectos paraun segundo mandato consecutivo. Para poder aspirar auna nueva elección deberán dejar transcurrir un perío-

do completo de cuatro años.

Sistema de elecciónArtículo N° 55.-: El elector vota por una lista de seis

concejales titulares y cuatro suplentes. A la lista del par-tido más votado le corresponden seis bancas,distribuyéndose las cuatro restantes entre las demáslistas que hayan alcanzado un mínimo del cinco por cien-to de los votos validamente emitidos, por aplicación delsistema proporcional D’ Hont, respetándose el orden enque están colocados los candidatos en las respectivaslistas oficializadas.

Este artículo no puede modificarse por el sistemade enmiendas.

RequisitosArtículo N° 56.-: Para ser Candidato a Concejal se

requiere:1) Ser Argentino.2) Ser mayor de edad.3) Estar inscripto en el padrón electoral de la juris-

dicción Municipal.4) Tener residencia continua e inmediata, no menor

a cuatro (4) años, a la fecha del comicio en la jurisdic-ción Municipal.

5) No estar comprendido en alguna de lasinhabilidades establecidas por la Constitución de la Na-ción, de la Provincia y esta Carta Orgánica.

ExtranjerosArtículo N° 57.-: Los extranjeros inscriptos en el

padrón suplementario de extranjeros podrán ser elegi-dos hasta completar un máximo de tres (3) miembrosdel total del Cuerpo. Los electos que superen este lími-te deberán ser reemplazados por los ciudadanos argen-tinos que les sucedan en las listas de sus respectivospartidos políticos o alianzas electorales.

Requisitos de elegibilidadArtículo N° 58.-: Los extranjeros para ser candida-

tos a Concejal deberán cumplir los siguientes requisi-tos:

1) Ser mayor de edad.2) Estar inscripto en el padrón suplementario de

extranjeros.3) Ser contribuyente municipal4) Saber leer y escribir en idioma nacional.5) Tener cinco (5) años de residencia continua e in-

mediata a la fecha del comicio en la jurisdicción Munici-pal.

6) No estar comprendido en alguna de lasinhabilidades establecidas por la Constitución de la Na-ción, de la Provincia y esta Carta Orgánica.

ResidenciaArtículo N° 59.-: A los efectos de la residencia, no

causa interrupción la ausencia motivada por el ejerciciode funciones políticas o técnicas al servicio del Gobier-no Nacional, Provincial, Municipal o por la realizaciónde estudios de nivel terciario, universitario o de post-grado.

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InhabilidadesArtículo N° 60.-: Están inhabilitados para ser Con-

cejales:1) Los que no puedan ser electores.2) Los inhabilitados para ocupar cargos públicos.3) Los quebrados y concursados civiles, culpables

o fraudulentos, mientras no hayan sido rehabilitados.4) Los deudores morosos del Fisco Nacional, Pro-

vincial o Municipal, que condenados por sentencia fir-me no abonen sus deudas.

5) Las personas que se encontraren inscriptas en elRegistro de Alimentantes Morosos.

6) Haber cesado en funciones a través del procedi-miento de revocatoria de mandatos, en este caso la in-habilidad es para el período electoral inmediato poste-rior a la revocatoria .

7) Ser mandatario de terceros en procesos judicia-les contra el Municipio.

8) Los comprendidos en el Artículo Nro. 36 de laConstitución Nacional y en el Artículo Nro. 17 de la Cons-titución Provincial.

IncompatibilidadesArtículo N° 61.-: El cargo de Concejal es incompati-

ble con el desempeño de cualquier otro cargo de natu-raleza Municipal, Provincial o Nacional, incluyendo em-presas del Estado, entes descentralizados y autárquicos.Se exceptúa el ejercicio de la docencia.

Asimismo el cargo de Concejal es incompatible conel de ser propietario, socio, directivo o representante deempresas, miembro del Consejo de Administración deCooperativas que celebren contratos de suministros,obras, servicios o concesiones con el Municipio.

OportunidadArtículo N° 62.-: Para el caso de las inhabilidades,

la situación no debe existir al momento de laoficialización de la lista respectiva. Si por causas poste-riores a su elección algún concejal quedará incurso encualquiera de los supuestos contemplados en los artí-culos precedentes, quedará inhabilitado para el desem-peño del cargo y será reemplazado por el suplente quecorresponda según el orden de la lista respectiva.

Validez de los títulosArtículo N° 63.-: El Concejo Deliberante juzgará so-

bre la validez de los títulos, calidades y derechos desus miembros.

Licencia de los agentes de la administración Muni-cipal

Artículo N° 64.-: Los agentes de la administraciónMunicipal que resultasen electos concejales quedaránautomáticamente con licencia sin goce de haberes des-de su incorporación al Cuerpo y mientras dure su fun-ción, percibiendo únicamente la remuneración de dichocargo.

Constitución del CuerpoArtículo N° 65.-: En las sesiones preparatorias se

dejará constituída las autoridades del Concejo Delibe-rante, eligiéndose las mismas de conformidad con lodispuesto por esta Carta Orgánica.

Los concejales electos tomarán posesión de suscargos el mismo día en que cesen las autoridades queterminan su mandato.

JuramentoArtículo N° 66.-: Los concejales deberán, en el acto

de su incorporación, prestar juramento de desempeñardebidamente el cargo y de obrar en un todo de confor-midad a lo que prescribe el Artículo N° 11 de la presenteCarta Orgánica.

Los concejales mandato cumplido, en sesión espe-cial, recibirán el juramento a los nuevos miembros delConcejo Deliberante.

AutoridadesArtículo N° 67.-: El Concejo Deliberante elegirá en-

tre sus miembros, un Presidente, un vicepresidente pri-mero y un vicepresidente segundo para que lo reempla-cen sucesivamente en caso de ausencia o impedimen-tos. El Concejal que ejerza alguno de los cargos men-cionados precedentemente deberá ser argentino.

El Presidente y los Vicepresidentes durarán un añoen el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelectos.

Habiendo paridad de votos para la designación deautoridades del Concejo Deliberante, prevalecerán loscandidatos con mayoría de votos en la elección generaly en igualdad de éstos, se decidirá respetando el ordende prelación de la lista.

PresupuestoArtículo N° 68.-: El Concejo Deliberante es autóno-

mo en la confección, disposición y ejecución de su Pre-supuesto.

El Poder Ejecutivo le deberá transferir los fondos enforma automática, periódica y proporcional, de acuerdoa la Ordenanza presupuestaria, la cual no podrá servetada

Este Artículo no puede ser modificado por el siste-ma de enmienda.

Inasistencias injustificadasArtículo N° 69.-: Las inasistencias injustificadas a

las sesiones plenarias o reuniones de comisión produ-cen el descuento automático de la parte proporcionaldel sueldo. El descuento por inasistencia se aplicarásobre el total de la remuneración por todo concepto.

Si alcanzan al veinticinco por ciento (25%) en unaño calendario, es causal de exclusión del cuerpo.

El Presidente o la minoría puede compeler, inclusocon la fuerza pública, a los concejales que porinasistencia injustificada impidan las sesiones del Con-cejo Deliberante.

ReemplazosArtículo N° 70.-: En caso de vacancia, licencia o

suspensión de un concejal, este será reemplazado porel concejal suplente que le siga en la lista del partido oalianza electoral de la que fuera representante, respe-tando lo dispuesto por esta Carta Orgánica para el casode los extranjeros.

El concejal suplente que se incorpore al CuerpoDeliberativo sustituyendo a un titular en forma

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temporaria, se restituye al término del reemplazo, al lu-gar que ocupaba en la respectiva lista.

Los concejales no podrán abandonar su cargo has-ta recibir comunicación de la aceptación de sus pedi-dos de licencias o renuncias.

AcefalíaArtículo N° 71.-: Se considerará acéfalo el Concejo

Deliberante cuando, incorporados los suplentes de laslistas correspondientes, no exista número suficiente paraformar quórum, en un todo de acuerdo con el Artículo81 1er. párrafo de la presente Carta Orgánica.

En caso de acefalía del Concejo Deliberante, elPoder Ejecutivo convocará a elecciones extraordinariaspara cubrir las vacantes hasta completar el período.

Facultades – Atribuciones – DeberesArtículo N° 72.-: Son facultades, atribuciones y de-

beres del Concejo Deliberante:1) Sancionar ordenanzas, resoluciones, declaracio-

nes y comunicaciones de conformidad a las atribucio-nes conferidas por la Constitución Provincial y la pre-sente Carta Orgánica.

2) Confeccionar su Reglamento de funcionamientointerno, el que no podrá modificarse sobre tablas.

3) Corregir, aplicar sanciones y aun excluir de suseno a cualquiera de sus miembros por mal desempe-ño de sus funciones, indignidad, inhabilidad o incompa-tibilidad sobreviniente al tiempo de su incorporación, conel voto de la mayoría especial.

4) Acordar licencias a los concejales cuando porcausas debidamente justificadas deban dejar de ejer-cer sus funciones por un lapso mayor de treinta (30)días y menor de ciento ochenta (180) días. En tales ca-sos serán suplido por los siguientes en el orden de listade su partido hasta su reincorporación.

5) Resolver con el voto de la simple mayoría la re-nuncia que un concejal hiciera a su cargo.

6) Nombrar de su seno comisiones permanentes,especiales o de estudio cuyas atribuciones y deberesse determinarán por el Reglamento Interno.

7) Solicitar, al Poder Ejecutivo, los datos e informesnecesarios para el desempeño de sus funciones, losque deberán ser contestados dentro del termino que fijeel cuerpo, pudiendo incluso recabar informes técnicosde las dependencias respectivas. El incumplimiento deesta obligación, se considerará incurrir en falta grave.

8) Fijar las remuneraciones de todos los integrantesdel Estado Municipal.

9) Aprobar por ordenanza la organización, estructu-ra y funciones del Municipio y sus reparticiones.

10) Aprobar el Digesto Municipal.11) Dictar los Códigos referidos a las materias de

competencia municipal.12) Sancionar ordenanzas sobre el funcionamiento,

ubicación e instalación de establecimientos industria-les, comerciales, salas de espectáculos, entretenimien-tos y deportes.

13) Sancionar ordenanzas sobre el tránsito y esta-cionamiento de vehículos, la prestación del servicio ur-bano del transporte de pasajeros y de carga.

14) Imponer nombres a calles, avenidas, pasajes,

parques, paseos y otros sitios públicos en general, asícomo a los barrios de la ciudad.

15) Ejercer las demás facultades autorizadas por lapresente Carta Orgánica y aquéllas que no han sidoexpresamente atribuidas al Poder Ejecutivo.

16) Convocar a sesión o comisión con el voto detres miembros de su cuerpo a los Secretarios del PoderEjecutivo y demás funcionarios que correspondan se-gún lo normado por la presente Carta Orgánica, paraque concurran obligatoriamente con el objeto de brindarexplicaciones o suministrar informes.

La citación debe hacerse conteniendo los puntos ainformar, con cinco días hábiles de anticipación. Esteplazo podrá reducirse cuando se califique al asunto deextrema gravedad o urgencia y así lo disponga el Con-cejo Deliberante con el voto de la mayoría absoluta.

La falta injustificada configura falta de cumplimien-to de los deberes a su cargo.

17) Convocar al Intendente para lo cual se requeriráel voto de la mayoría simple.

La citación se hará por lo menos con cinco díashábiles de anticipación y con el temario a informar. Estafacultad puede ser ejercida solo dos veces al año.

18) Autorizar a contraer empréstitos con objeto de-terminado con el voto de la mayoría especial. El servi-cio de la totalidad de las amortizaciones de capital einterés anualmente no deberá comprometer más de lacuarta parte de todo ingreso no afectado a un fin espe-cífico.

Para contraer empréstitos cuyos servicios sean su-periores al porcentaje establecido será obligatorio rea-lizar previamente un referéndum.

La aplicación del crédito a un objeto distinto del so-licitado hace incurrir en falta grave a quienes lo autori-cen o consientan, sin perjuicio de la responsabilidad ci-vil o penal que pueda corresponder.

19) Sancionar el estatuto del personal Munici-pal asegurando las libertades, derechos y garan-tías contempladas en la Constitución Nacional yProvincial y sobre las siguientes bases: acceso poridoneidad, escalafón, estabilidad, uniformidad desueldos de cada categoría y la carrera administrati-va.

20) Tomar Juramento al Intendente Municipal y alos demás funcionarios que corresponda según lonormado por la presente Carta Orgánica y reglamenta-ciones que se dicten al efecto.

21) Sancionar toda la normativa necesaria para po-ner en ejercicio las atribuciones y poderes conferidos alGobierno del Municipio, por esta Carta Orgánica y laConstitución Provincial.

22) Resolver sobre las peticiones de licencia, lasrenuncias, disponer las suspensiones preventivas y lasdestituciones tanto del intendente como de los demásfuncionarios que corresponda a su competencia.

23) Nombrar de su seno comisiones investigadorascon el fin de examinar la gestión de los funcionariospúblicos y el estado de la administración, debiendoexpedirse en todos los casos sobre el resultado de lainvestigación.

24) Prestar los acuerdos para las designaciones queesta Carta Orgánica determina.

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25) Aprobar toda concesión de servicios públicos,con el voto de la mayoría especial.

26) Regular y coordinar planes urbanísticos yedilicios.

27) Declara la necesidad de la reforma de la CartaOrgánica Municipal o proceder a su enmienda.

28) Sancionar la Ordenanza General de Tierras Fis-cales.

29) Sancionar planes reguladores a propuesta delPoder Ejecutivo.

30) Aprobar la formación de organismosintermunicipales de coordinación y cooperación nece-sarios para la realización de obras y la prestación deservicios públicos comunes.

31) Adherir a Leyes provinciales y nacionales.32) Sancionar las ordenanzas impositivas y demás

ordenanzas que establezcan y determinen tributos.33) Sancionar el Presupuesto General de Gastos y

Recursos. Esta Ordenanza para su aprobación necesi-tará mayoría absoluta. El Concejo Deliberante conside-rará el proyecto remitido por el Poder Ejecutivo y nopodrá modificar su monto total ni la planta de personalpropuesta.

En ningún caso el Concejo Deliberante puede mo-dificar el monto de las partidas del cálculo de recursospresentado por el Ejecutivo, ni autorizar una suma degastos mayor que la de los recursos.

Promulgado que sea el presupuesto no podrá sermodificado sino por iniciativa del Poder Ejecutivo.

34) Sancionar las ordenanzas de contabilidad, con-trataciones, obras públicas, funciones y servicios públi-cos y las que regulen el régimen jurídico de los organis-mos descentralizados, autárquicos, y empresas o so-ciedades de economía mixta municipales.

35) Establecer el régimen tarifario de los serviciospúblicos.

36) Realizar el control de gestión y funcionamientode toda la administración municipal y la fiscalización delcumplimiento de las ordenanzas.

37) Otorgar condonaciones y eximiciones de impues-tos y tasas a iniciativa del Intendente a personascarentes de medios, instituciones benéficas, culturaleso deportivas.

38) Establecer restricciones al dominio, crear servi-dumbres y declarar de utilidad pública los bienes queconsidere necesarios.

39) Disponer la adquisición de bienes por compra opor expropiación y resolver sobre su enajenación, de-terminando los fondos con que se hace efectiva la pre-via indemnización.

40) Autorizar al Poder Ejecutivo a efectuar adquisi-ciones, aceptar o rechazar donaciones y legados y ena-jenar bienes de dominio privado municipal o constitu-ción de gravámenes sobre ellos.

41) Autorizar la desafectación de los bienes del do-minio público municipal

42) Aprobar la creación de entes autárquicos.43) Autorizar, aprobar o denegar los convenios a

celebrar o celebrados, según corresponda, por el PoderEjecutivo.

44) Promover Juicio Político según el procedimien-to establecido en esta Carta Orgánica.

45) Establecer el régimen de organización y funcio-namiento de las sociedades vecinales y demás órga-nos de participación, de acuerdo a lo prescripto de estaCarta Orgánica.

46) Sancionar las ordenanzas necesarias para Es-tablecer el Régimen Electoral Municipal según lo esta-blecido en esta Carta Orgánica.

47) Convocar a elecciones en el caso de que no lohaya hecho el Poder Ejecutivo en tiempo y forma.

48) Llamar a referéndum y considerar los casos deiniciativa popular de acuerdo a lo establecido por estaCarta Orgánica.

49) Examinar, aprobar o desechar total o parcial-mente la cuenta general del ejercicio vencido, presen-tado por el Poder Ejecutivo, con dictamen de la Conta-duría General del municipio, conforme las ordenanzasque se dicten en su consecuencia, determinando el ré-gimen de sanciones que corresponda en caso de in-cumplimiento.

50) Solicitar al Contralor Municipal la realización deauditorías de contenido económico financiero. Elcontralor establece la modalidad de la auditoría solicita-da.

51) Sancionar cualquier otra ordenanza que sea deinterés para el estado municipal o que se refiera a lassiguientes materias:

Educación, cultura, sanidad, higiene, asistenciasocial, seguridad, protección, recreación, turismo,fomento, conservación, vialidad, comercialización,abastecimiento, servicios y obras públicas, cemen-terios, planeamiento, desarrollo, comu nicaciones,edificación, administración de las vías públicas, paseos,tránsito y transporte. La presente enunciación no estaxativa.

Los Deberes y Atribuciones precedentes sonenunciativos y no implican exclusión o limitación de otrasfunciones no enumeradas, pero que, directa o indirec-tamente fueren inherentes a la naturaleza o a las finali-dades de la competencia municipal;

Carácter de las SesionesArtículo N° 73.-: Las sesiones del Concejo Delibe-

rante serán públicas, salvo que por requerirlo así el asun-to o asuntos a tratar, se decida lo contrario. Para confe-rirles carácter secreto se necesitará el voto de la mayo-ría especial.

Sesión preparatoriaArtículo N° 74.-: El Concejo Deliberante se reunirá

anualmente en sesión preparatoria, con el objeto dedesignar sus autoridades. La elección se hará por ma-yoría simple de votos.

Esta sesión preparatoria se llevará a cabo durantela primera quincena del mes de febrero de cada año.

Sesiones ordinariasArtículo N° 75.-: El Concejo Deliberante se reúne en

sesiones ordinarias todos los años desde el 15 de Fe-brero hasta el 15 de diciembre, pudiendo prorrogar estetermino por el que considere necesario, debiendo de-terminar en el Reglamento interno los períodos de se-siones y recesos.

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Sesión inauguralArtículo N° 76.-: En la sesión inaugural del período,

el Concejo Deliberante invitará al titular del Poder Eje-cutivo a los efectos de dar cuenta del estado de la ad-ministración, necesidades públicas y planes de gobier-no.

Comisión de RecesoArtículo N° 77.-: En la última sesión ordinaria se

designará una comisión de receso que actúa durante elreceso legislativo y cuyas funciones serán determina-das en el Reglamento interno.

Sesiones extraordinariasArtículo N° 78.- : El Concejo Deliberante puede

ser convocado a sesiones extraordinarias a instan-cia del Poder Ejecutivo, del Presidente del ConcejoDeliberante o de la Comisión de Receso. Sólo po-drán tratarse los temas propuestos en la convoca-toria

Sesiones especialesArtículo N° 79.- : El Concejo Deliberante podrá

ser convocado para tratar asuntos que requieran unespecial pronunciamiento de su parte, por el mis-mo procedimiento que para las sesiones extraordi-narias, durante el período de sesiones ordinarias ode prórroga.

Exclusión de tercerosArtículo N° 80.-: El Concejo Deliberante podrá ex-

cluir del recinto, con auxilio de la fuerza pública, a per-sonas ajenas a su seno que promuevan desorden ensus sesiones o que faltaren el debido respeto al cuerpoo a cualquiera de sus miembros.

QuórumArtículo N° 81.-: El Concejo Deliberante sesiona con

quórum. Para formar quórum es necesario la presenciade la mitad más uno del total de los miembros del cuer-po.

Dos sesiones continuas sin quórum habilitará alCuerpo a sesionar en la tercera sesión con la presenciade cómo mínimo cuatro integrantes del cuerpo.

MayoríasArtículo N° 82.-: El Concejo Deliberante adoptará

sus decisiones por simple mayoría de los votos de losmiembros presentes, salvo en los casos en los que laConstitución Provincial o esta Carta Orgánica dispongauna mayoría diferente.

Se entiende por simple mayoría cualquieraque conforme el mayor número de los miembrospresentes; por mayoría absoluta la que corres-ponde a la mitad más uno de los miembros pre-sentes y por mayoría cal i f icada la que corres-ponde a la mitad más uno del total de los miem-bros del cuerpo.

En los casos en que se exigiera mayoría especialse entenderá por ello el voto afirmativo de al menos sie-te (7) concejales sobre el total de los miembros del Cuer-po.

TITULO III : FORMACION Y SANCION DE LASORDENANZASCAPITULO UNICO

IniciativaArtículo N° 83.-: Los proyectos de ordenanzas son

presentados por los Concejales, por el Poder Ejecutivoo por los ciudadanos en ejercicio del derecho de Inicia-tiva Popular.

Competencia exclusivaArtículo N° 84.-: Compete exclusivamente al Poder

Ejecutivo la elaboración y remisión de los proyectos deordenanza referidos a:

1) Creación y Organización de las Secretarías desu dependencia.

2) Materia Tributaria.3) Presupuesto General de Gastos y Cálculo de

Recursos.4) Creación de entidades descentralizadas o

autárquicas.5) Empréstitos.El proyecto de Ordenanza Impositiva Anual deberá

ser presentado antes del 31 de Octubre de cada año.La falta de sanción de la misma al 1° de enero de cadaaño, implicará la prorroga automática de la vigente al31 de diciembre inmediato anterior.

Tratamiento de UrgenciaArtículo N° 85.-: El Poder Ejecutivo podrá enviar al

Concejo Deliberante proyectos con pedido de urgentetratamiento, en cualquier período de sesiones, los quedeberán ser evaluados para su aprobación o rechazodentro de los 15 días corridos contados a partir de larecepción en el Cuerpo.

La solicitud de tratamiento de urgencia podrá serefectuada aún después de la remisión del proyecto y encualquier etapa de su trámite, en cuyo caso el términocomenzará a computarse a partir de la recepción de lacorrespondiente solicitud.

El procedimiento no será aplicable a los proyectosque se refieran a materia Tributaria, Electoral, reformao enmienda de la presente Carta Orgánica.

El Concejo Deliberante podrá dejar sin efecto el pro-cedimiento de urgencia si así lo resuelve por mayoríaabsoluta, en cuyo caso se aplicará a partir de ese mo-mento el procedimiento ordinario.

FórmulaArtículo N° 86.-: En la sanción de los proyectos de

ordenanzas se usará la siguiente fórmula: «EL CONCE-JO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RAWSON, CA-PITAL DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, en uso de susfacultades legales, sanciona la siguiente ORDENANZA»

ProcedimientoArtículo N° 87.-: Sancionado un proyecto de or-

denanza el mismo será remitido al Poder Ejecutivopara su promulgación o veto. Si dentro del términode diez (10) días hábiles desde su recepción elPoder Ejecutivo no vetase el proyecto sancionado,la Ordenanza quedará automáticamente promulga-da.

Miércoles 2 de Noviembre de 2005 ANEXO CARTA ORGANICA DE LA CIUDAD DE RAWSON PAGINA 15

Veto - RecesoArtículo N° 88.-: Si antes del vencimiento de los diez

(10) días tiene lugar el receso del Concejo Deliberante,el Poder Ejecutivo debe, dentro de dicho término, remi-tir el proyecto vetado a la Comisión de Receso, la quepuede convocar a Sesión Extraordinaria para que elConcejo Deliberante resuelva sobre su tratamiento sirazones de urgencia o de interés público lo aconsejan.

Veto total o parcialArtículo N° 89.-: Desechado en todo o en parte un

proyecto de Ordenanza por el Poder Ejecutivo, vuelvecon sus objeciones al Concejo y si este insiste en susanción, con el voto de la mayoría calificada, es Orde-nanza y pasa a l Poder E jecut ivo para supromulgación.

No existiendo la mayoría calificada para la in-sistencia ni para la aceptación de las modificacio-nes propuestas por el Poder Ejecutivo, no puederepetirse el proyecto en las sesiones del mismo año.

Vetado parcialmente un proyecto de Ordenanza porel Poder Ejecutivo, éste sólo puede promulgar la parteno vetada si ella tiene autonomía normativa y no afectala unidad del proyecto, previa decisión favorable de lamayoría calificada del Cuerpo.

ProyectosArtículo N° 90.-: Los proyectos de Ordenanzas que

traten los temas detallados a continuación requeriránpara su aprobación el voto favorable de la mayoría es-pecial

1) Transmitir, otorgar y constituir derechos realessobre bienes inmuebles o enajenarlos.

2) Someterse a arbitrajes.3) Municipalización de servicios.4) Crear entidades descentralizadas autárquicas.5) Crear empresas municipales o sociedades de

economía mixta.6) Autorizar la concesión de servicios públicos o

concesión de obras públicas.7) Dictar o modificar los Códigos de competencia

municipal.8) Autorizar procesos de ordenamientos territoria-

les de los espacios interjurisdiccionales Municipales.9) Aquellos otros que específicamente determine

esta Carta Orgánica.

Proyectos rechazadosArtículo N° 91.-: Los proyectos de Ordenanzas re-

chazados no podrán volver a tratarse en las sesionesde ese año, debiendo el Concejo Deliberante comuni-car al Poder Ejecutivo y notificar en su caso al iniciadordel proyecto.

Vigencia y ObligatoriedadArtículo N° 92.-: Las Ordenanzas son leyes en

sentido material. Son obligatorias al día siguientede su publicación en el Boletín Informativo Munici-pal, si no tienen fecha efectiva de entrada en vi-gencia. No tienen efecto retroactivo, salvo disposi-ción en contrario, y siempre que no afecten dere-chos adquiridos.

PublicaciónArtículo N° 93.-: El Poder Ejecutivo deberá publicar,

en el Boletín Informativo Municipal, las Ordenanzas den-tro de los quince (15) días de su promulgación expresao automática. El incumplimiento será considerado faltagrave.

DigestoArtículo N° 94.-: Dentro de los tres (3) años de vi-

gencia de esta Carta Orgánica y, por lo menos, cadacinco (5) años en lo subsiguiente, el Concejo Deliberan-te dispondrá la edición del Digesto Municipal, con todaslas Ordenanzas vigentes de carácter general, perma-nente y sus reglamentaciones.

TITULO IV: PODER EJECUTIVOCAPITULO I

INTENDENCIA

IntendenteArtículo N° 95.-: El Poder Ejecutivo está a cargo de

un ciudadano de la Ciudad de Rawson con el título deIntendente Municipal.

Sistema de ElecciónArtículo N° 96.-: El Intendente será elegido a simple

pluralidad de sufragios. En caso de empate se convo-cará a una nueva elección, la que deberá efectuarsedentro del término de treinta (30) días, y de la que solotomarán parte los candidatos que hubieren alcanzadola paridad de sufragios.

Este artículo no puede modificarse por el sistemade enmiendas.

RequisitosArtículo N° 97.-: Para ser candidato a Intendente se

requiere:1) Ser argentino.2) Tener como mínimo Treinta (30) años de edad.3) Estar inscripto en el padrón electoral de la Juris-

dicción Municipal.4) Tener como mínimo cinco (5) años de residencia

continua e inmediata anterior a la fecha del comicio enel Municipio. A los efectos de la residencia, no causainterrupción la ausencia motivada por el ejercicio de fun-ciones políticas o técnicas al servicio del Gobierno Na-cional, Provincial, Municipal o por la realización de es-tudios de nivel terciario, universitario o de post-grado.

5) No estar comprendido en alguna de lasinhabilidades establecidas por esta Carta Orgánica paraser Concejal.

IncompatibilidadesArtículo N° 98.-: El cargo de Intendente es incom-

patible con:1) Todo otro cargo público, excepción hecha de los

docentes.2) Puede ejercer oficio, profesión, comercio o in-

dustria siempre que en sus actividades no contrate conel municipio.

3) Estar a sueldo o recibir retribución de empresasque contraten obras o suministros con el municipio o

Miércoles 2 de Noviembre de 2005ANEXO CARTA ORGANICA DE LA CIUDAD DE RAWSONPAGINA 16

con cualquier otro organismo público que tenga rela-ción con el mismo.

4) Ejercer otra función pública electiva, cualquierasea su naturaleza.

5) Tramitar o dirigir asuntos propios o de tercerosante el municipio, en los pudieren estar comprometidoslos intereses de este último.

JuramentoArtículo N° 99.-: El Intendente presta juramento al

asumir su cargo ante el Concejo Deliberante reunido enSesión Especial.

Duración y ReelecciónArtículo N° 100.-: El Intendente dura cuatro (4) años

en su función. Puede ser reelecto por un nuevo perío-do. Para poder aspirar a una nueva elección debe dejartranscurrir un período completo de cuatro (4) años.

Cesa en sus funciones el mismo día en que expirael mandato, sin que evento alguno que lo haya interrum-pido sea motivo para que lo complete más tarde.

AusenciaArtículo N° 101.-: En caso de ausencia del Inten-

dente Municipal que no exceda de diez (10) días hábi-les, este designará un Secretario del Gabinete a cargodel despacho diario.-

Si la ausencia fuera mayor a diez (10) días hábiles yhasta un máximo de ciento ochenta (180) días corridosrequerirá autorización previa del Concejo Deliberante ylas funciones de su cargo serán desempeñadas por elConcejal de su mismo partido o alianza, respetando elorden de lista y los requisitos establecidos para el car-go. En caso de que no se cuente con Concejales delmismo partido o alianza electoral asumirá el Presidentedel Concejo Deliberante.-

AcefalíaArtículo N° 102.-: En caso de renuncia, destitución

o fallecimiento, el cargo de Intendente es desempeña-do por el concejal de su mismo partido o alianza electo-ral respetando el orden de lista que reúna los requisitosestablecidos para el cargo. De no contar con concejalesdel mismo partido o alianza, asume quien ejerza la pre-sidencia del Concejo Deliberante. En tales casos, elcargo se ejerce hasta la finalización del mandato. Si paraello faltaran dos (2) años o más, se convoca a eleccio-nes a Intendente, en un plazo no mayor a noventa (90)días hábiles. El Intendente electo completa el período.

RemuneraciónArtículo N° 103.-: La remuneración del Intendente

es fijada por Ordenanza, sin que pueda percibir otra re-tribución de la Nación, Provincia o Municipio, a excep-ción de la actividad docente, no pudiendo ser alteradadurante el período de su mandato, salvo modificacio-nes de carácter general.

Atribuciones y DeberesArtículo N° 104.-: Son atribuciones y deberes del

Intendente:1) Representar al Estado Municipal, ejercer su go-

bierno y administración.2) Cumplir y hacer cumplir esta Carta Orgánica.3) Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las

Ordenanzas, y reglamentarlas cuando así corresponda.4) Administrar los bienes que integran el patri-

monio municipal, de conformidad a las Ordenan-zas vigentes.

5) Nombrar, promover y remover a los funcionariosy empleados de la administración a su cargo, y solicitaracuerdo del Concejo Deliberante para el nombramientode los funcionarios que así lo requieran.

6) Celebrar convenios con la Nación; las Provincias;otros Municipios o comunas; entes públicos o privadosu organizaciones nacionales e internacionales y otrosEstados. Los convenios deberán ser convalidados porel Concejo Deliberante, caso contrario serán nulos denulidad absoluta.

7) Otorgar permisos, habilitaciones y autorizaciones,ejerciendo el poder de policía en todas aquellas activi-dades sujetas a contralor municipal, conforme las Or-denanzas respectivas.

8) Prestar – por sí o por terceros -, controlar y regla-mentar todos los servicios públicos municipales.

9) Formular las bases y condiciones de laslicitaciones, aprobar o desechar las propuestas.

10) Celebrar contratos de acuerdo a las autorizacio-nes expedidas por el Concejo Deliberante.

11) Contraer empréstitos en las condiciones y conlos requisitos que por Ordenanza se establece.

12) Realizar obras públicas por administración o através de terceros.

13) Recaudar los tributos y rentas; expedir órdenesde pago.

14) Organizar la administración municipal, inclu-yendo la estructuración, coordinación y organiza-ción funcional de las dependencias del Municipio.

15) Convocar a elecciones municipales.16) Remitir al Contralor Municipal la Cuenta Gene-

ral del Ejercicio Fiscal vencido, antes del 30 de abril decada año.

17) Organizar el Archivo Municipal y velar por la con-servación de documentos y expedientes.

18) Formar y actualizar el inventario de bienes delMunicipio.

19) Remitir al Concejo Deliberante los datos e infor-mes que le fueran solicitados.

20) Vetar total o parcialmente las Ordenanzas san-cionadas por el Concejo Deliberante, conforme lo esta-blecido en esta Carta Orgánica.

21) Promover proyectos de Ordenanzas; proponerla derogación o modificación de las ya existentes.

22) Participar de las sesiones del Concejo Delibe-rante con voz, pero sin voto.

23) Convocar a Sesiones Extraordinarias.24) Concurrir a la apertura del período de Se-

siones Ordinarias de cada año, a fin de prestar in-forme sobre la ejecución presupuestaria del ejerci-cio anterior, el estado de las cuentas públicas y losplanes de gobierno para el ejercicio en curso.

25) Elaborar o remitir al Concejo Deliberante,antes del 31 de octubre de cada año, el Proyectode Presupuesto Municipal del ejercicio siguiente.

Miércoles 2 de Noviembre de 2005 ANEXO CARTA ORGANICA DE LA CIUDAD DE RAWSON PAGINA 17

26) Proponer al Concejo Deliberante las Ordenan-zas Fiscales.

27) Aplicar las restricciones y servidumbres públi-cas al dominio privado que autoricen las Leyes y Orde-nanzas.

28) Editar y publicar el Boletín Informativo Munici-pal.

29) Ejercer las demás facultades otorgadas y cum-plir los demás deberes fijados por esta Carta Orgánica,en el marco de sus funciones.

CAPITULO I IESTRUCTURA DEL PODER EJECUTIVO

SecretaríasArtículo N° 105.-: Las Secretarías del Poder Ejecu-

tivo son creadas y modificadas por Ordenanza, en lacual se fijan las respectivas competencias y su estruc-tura orgánica - funcional. Cada Secretaría tiene a sucargo el despacho de los asuntos municipales en elámbito de su competencia.

Requisitos, Inhabilidades e IncompatibilidadesArtículo N° 106.-: Los funcionarios a cargo de las

distintas Secretarías del Poder Ejecutivo son nombra-dos y removidos por el Intendente, y rigen para ellos losrequisitos, inhabilidades e incompatibilidades estable-cidas para éste, excepto el tiempo de residencia.

Responsabilidad de los SecretariosArtículo N° 107.-: Cada Secretario es responsable

por los actos que legaliza. Refrenda en el ámbito de sucompetencia los actos del Intendente, siendo solidaria-mente responsable por los mismos, y por aquellos queacuerda con sus pares. Tiene el deber de excusarse entodo asunto en que fuese parte interesada. Debe con-currir a prestar informes o rendir cuentas de su gestiónal Concejo Deliberante toda vez que éste lo requiera,en los tiempos y formas que establece esta Carta Or-gánica.

JuramentoArtículo N° 108.-: Los Secretarios prestan juramen-

to ante el Intendente.

LicenciasArtículo N° 109.-: En los casos de licencia o ausen-

cia debidamente justificada de un Secretario, el Inten-dente designa a cargo de los asuntos de su competen-cia a otro de sus pares.

TITULO V : TRIBUNAL ADMINISTRATIVOMUNICIPAL DE FALTAS

CAPITULO UNICO

CompetenciaArtículo N° 110.-: Corresponde al Tribunal Adminis-

trativo Municipal de Faltas el juzgamiento de faltas ydemás infracciones cometidas a normas municipales,dentro del Ejido, como así también a normas Provincia-les y Nacionales cuya aplicación y control resulte decompetencia del Municipio de la Ciudad de Rawson.

El Concejo Deliberante a través de una Ordenanzadeterminará su estructura, competencias, atribuciones,deberes y los recursos procesales que hagan al dere-cho administrativo, asegurando su autonomía funcional.

IntegraciónArtículo N° 111.-: El Tribunal Administrativo Munici-

pal de Faltas estará integrado por un Juez letrado y unaSecretaría letrada.

Requisitos - JuezArtículo N° 112.-: Para ser Juez de Faltas se re-

quiere ser Argentino, poseer título de abogado conun mínimo de cinc o (5) años en el ejercicio de laprofesión o desempeño de cargo judicial, estar ma-triculado en el colegio profesional, tener domiciliocontinuo e inmediato anterior de cinco (5) años enla Ciudad de Rawson, y demás condiciones genera-les establecidas para acceder al cargo de Concejal.

Requisitos - SecretarioArtículo N° 113.-: Para ser Secretario letrado se

requiere ser Argentino, poseer título de abogado conun mínimo de tres (3) años en el ejercicio de laprofesión o desempeño de cargo judicial, estarmatriculado en el colegio profesional, tener do-micilio continuo e inmediato anterior de tres (3)años en la Ciudad de Rawson, y demás condicionesgenerales establecidas para acceder al cargo deConcejal .

DesignaciónArtículo N° 114.-: El Juez de Faltas y el Secretario

serán designados por la mayoría especial del ConcejoDeliberante de una terna propuesta por el Poder Ejecu-tivo.

Durarán seis (6) años en sus funciones, pudiendoser redesignados

Durante el período mencionado no podrán ser re-movidos o suspendidos en sus funciones sino mediantejuicio político.

RemociónArtículo N° 115.-: Estarán sujetos a Juicio Político

por las siguientes causales:1) Incumplimiento de las obligaciones legales a su

cargo.2) Incurrir en falta grave.3) Mal desempeño o abandono de sus funciones.4) Desconocimiento inexcusable del derecho.5) Comisión de delitos dolosos.6) Comisión de delitos culposos en el ejercicio de

sus funciones.7) Inhabilidad psíquica o física sobreviniente.8) Morosidad en resolver las causas a su cargo.

JuramentoArtículo N° 116.-: El Juez y el Secretario en

ocasión de asumir sus cargos prestarán jura-mento ante el Concejo Deliberante y de acuerdoa lo establecido en el Artículo N° 11 de la presenteCarta Orgánica.

Miércoles 2 de Noviembre de 2005ANEXO CARTA ORGANICA DE LA CIUDAD DE RAWSONPAGINA 18

RemuneraciónArtículo N° 117.-: Percibirán la remuneración que

por Ordenanza se fije.

Inhabilidades. IncompatibilidadesArtículo N° 118.-: Les son aplicables las mismas in-

compatibilidades e inhabilidades que las establecidaspara ser Concejal.

Su función es incompatible con el ejercicio de suprofesión sólo en causas o intereses de terceros contrael Municipio, la Provincia o la Nación y hasta un añodespués del cese de sus funciones.

No podrán desempeñar empleos, funciones u otrasactividades dentro de la administración municipal pro-vincial o nacional, excepto el ejercicio de la docencia, niejecutar actos que comprometan la imparcialidad de susfunciones.

PresupuestoArtículo N° 119.-: El presupuesto municipal asegu-

rará al Tribunal Administrativo Municipal de Faltas elequipamiento, los recursos y el personal para el cumpli-miento de sus funciones

Poder de PolicíaArtículo N° 120.-: El Tribunal Administrativo Munici-

pal de Faltas será auxiliado, cuando sea necesario, porla fuerza pública para hacer cumplir sus disposiciones.

Memoria descriptivaArtículo N° 121.-: El Tribunal Administrativo Munici-

pal de Faltas, anualmente, deberá remitir al ConcejoDeliberante y al Poder Ejecutivo una memoria descripti-va del movimiento y desarrollo del Tribunal, advirtiendolas fallas e inconvenientes que se hubieran observadoen el desenvolvimiento de su gestión, y proponiendotodas aquellas medidas orientadas a la superación delas dificultades.

TITULO VI : ORGANOS DE CONTROL MUNICIPALCAPITULO I

CONTRALOR MUNICIPAL

CompetenciaArtículo N° 122.-: El Contralor Municipal es el órga-

no responsable de control externo de la gestión presu-puestaria, económica, financiera, patrimonial y legal delos gastos del Municipio. Dictamina sobre larazonabilidad de los estados contables financieros ypatrimoniales.

Por Ordenanza se reglamentarán sus funciones,deberes, atribuciones y procedimientos.

Control de LegalidadArtículo N° 123.-: Las atribuciones y deberes del

Contralor Municipal, en el ámbito de sus competencias,deben ejercerse sin efectuar juicios sobre criterios deoportunidad y conveniencia, salvo en su intervenciónnecesaria en sumarios administrativos.

IntegraciónArtículo N° 124.-: El Contralor Municipal estará inte-

grado por tres (3) miembros, dos (2) de ellos contado-res públicos y un (1) abogado, que se turnarán en lapresidencia del cuerpo por períodos anuales. El Cuerpose renovará por tercios.

Al momento de integrarse el primer Contralor Muni-cipal se determinará por sorteo quienes ocuparán suscargos por dos (2), cuatro (4) y seis (6) años respectiva-mente.

RequisitosArtículo N° 125.-: Para integrar el Órgano de

Contralor Municipal se requerirá ser Argentino, tenerresidencia continua e inmediato anterior de cinco (5)años en la Ciudad de Rawson, estar matriculado en elorganismo respectivo, tener tres (3) años de ejercicioefectivo de la profesión en la Administración pública ydemás condiciones generales establecidas para acce-der al cargo de Concejal.

DesignaciónArtículo N° 126.-: Serán designados previo llamado

público y abierto de postulantes realizado por el PoderEjecutivo con el acompañamiento de los colegios profe-sionales correspondientes y con acuerdo de la mayoríaabsoluta del Concejo Deliberante.

Durarán seis (6) años en sus funciones. Duran-te el período mencionado no podrán ser removidoso suspendidos en sus funciones sino mediante jui-cio político de acuerdo a lo normado en esta CartaOrgánica.

JuramentoArtículo N° 127.-: En ocasión de asumir sus cargos

prestarán juramento ante el Concejo Deliberante y deacuerdo a lo establecido en el Artículo N° 11 de la pre-sente Carta Orgánica.

Inhabilidades e incompatibilidadesArtículo N° 128.-: Regirán para sus miembros las

mismas inhabilidades e incompatibilidades que para serConcejal.

Su función es incompatible con el ejercicio de suprofesión sólo en causas o intereses de terceros contrael Municipio.

No podrán desempeñar durante su mandato em-pleos, funciones u otras actividades dentro de laadministración pública municipal, provincial o na-cional, excepto el ejercicio de la docencia, ni eje-cutar actos que comprometan la imparcialidad desus funciones.

PresupuestoArtículo N° 129.-: El presupuesto municipal asegu-

rará al Contralor Municipal el equipamiento, los recur-sos y el personal para el cumplimiento de sus funciones

RemuneraciónArtículo N° 130.-: Percibirán las remuneraciones que

por Ordenanza se fije.

InformesArtículo N° 131.-: El Contralor Municipal puede re-

Miércoles 2 de Noviembre de 2005 ANEXO CARTA ORGANICA DE LA CIUDAD DE RAWSON PAGINA 19

querir informes a todas las dependencias municipales yentes descentralizados, inspeccionar, ordenar pericias,requerir el envío de documentación, y en general, llevara cabo toda acción conducente al mejor cumplimientode sus funciones.

Todas las autoridades y funcionarios estarán obliga-dos a prestar colaboración y rendir los informes que elContralor Municipal les requiera, sin que sea posiblenegarle el acceso a expedientes, archivos o medios deinformación. Quien no cumpla con esta obligación co-mete falta grave.

Manifestaciones de bienesArtículo N° 132.-: Los miembros del Concejo Delibe-

rante y del Poder Ejecutivo, el Juez de Faltas, los Secre-tarios y aquellos empleados que administren fondospúblicos, deben presentar ante el Contralor Municipalmanifestación jurada de los bienes que poseen al inicioy finalización de sus funciones, así como el de su cón-yuge y de las personas a su cargo.

Observación de actosArtículo N° 133.-: Los actos que fueran observados

definitivamente y previo emitir el fallo serán comunica-dos fehacientemente al Concejo Deliberante, como asítambién todas las Resoluciones que emitan aprobandoo rechazando las rendiciones.

CAPITULO IIASESORIA LETRADA MUNICIPAL

CompetenciaArtículo N° 134.-: Corresponde a la Asesoría Letra-

da Municipal el control de legalidad de los actos admi-nistrativos del municipio; dictamina sobre éstos, ejercela defensa del patrimonio municipal y su representaciónen juicio.

Debe recurrir ante la jurisdicción toda Ley, Decreto,Ordenanza, contrato o resolución contrarios a la Consti-tución Provincial o a esta Carta Orgánica, o que en cual-quier forma contrariare los intereses del Municipio.

Una Ordenanza reglamenta su estructura, funcionesy atribuciones, requiriéndose para su aprobación o mo-dificación el voto de la mayoría especial.

DesignaciónArtículo N° 135.-: La Asesoría Letrada Municipal es

encabezada por un funcionario no electivo denominadoAsesor Letrado, el cual es designado y removido por elIntendente.

RequisitosArtículo N° 136 .-: Para ser Asesor Letrado se re-

quiere: poseer título de abogado, tener al menos cinco(5) años de ejercicio de la profesión, acreditar experien-cia en el desempeño de cargos vinculados con el dere-cho administrativo y demás requisitos establecidos paralos Secretarios.

IncompatibilidadesArtículo N° 137.-: Tiene las mismas incompatibilida-

des que las establecidas para los Secretarios; además

su función es incompatible con el ejercicio de su profe-sión en causas o intereses de terceros contra el Muni-cipio o la Provincia, hasta un año después del cese desus funciones.

RemuneraciónArtículo N° 138.-: Percibirá la remuneración que por

Ordenanza se fije.

InformesArtículo N° 139.-: El Asesor Letrado debe concurrir

a prestar informes o rendir cuentas de su gestión alConcejo Deliberante toda vez que éste lo requiera, enlos tiempos y formas que establece esta Carta Orgáni-ca.

CAPITULO IIICONTADURIA GENERAL MUNICIPAL

CompetenciasArtículo N° 140.-: La Contaduría General del Muni-

cipio será el Organismo central de registración de lasoperaciones económicas financieras de la administra-ción municipal llevando la contabilidad de la ejecucióndel presupuesto, movimiento de fondos y valores, lagestión patrimonial y de responsables.

Será el encargado del control interno previo de lahacienda pública y como tal podrá requerir de cualquierorganismo municipal las informaciones que estime ne-cesarias para cumplir sus funciones.

DesignaciónArtículo N° 141.-: Será ejercido por un funcionario

designado por el Concejo Deliberante a propuesta delPoder Ejecutivo. Cesa en el ejercicio de su cargo cuan-do lo hace el titular del Poder Ejecutivo que lo ha pro-puesto, siendo inamovible durante ese período exceptopor las causales y los mecanismos previstos en JuicioPolítico.

RequisitosArtículo N° 142.-: Para ser Contador General Muni-

cipal se requiere: poseer título de Contador Público,tener al menos tres (3) años de ejercicio de la profesiónen la Administración pública Nacional, Provincial o Mu-nicipal y demás requisitos establecidos para los Secre-tarios del Poder Ejecutivo.

IncompatibilidadesArtículo N° 143.-: Tiene las mismas incompatibili-

dades que las establecidas para los Secretarios delPoder Ejecutivo; además su función es incompatible conel ejercicio de su profesión en causas o intereses deterceros contra el Municipio.

RemuneraciónArtículo N° 144.-: Percibirá la remuneración que por

Ordenanza se fije.

Obervación de ActosArtículo N° 145.-: Toda vez que el Poder Ejecutivo

autorizare gastos o servicios no incluídos en el Presu-

Miércoles 2 de Noviembre de 2005ANEXO CARTA ORGANICA DE LA CIUDAD DE RAWSONPAGINA 20

puesto General del Ejercicio, ni en Ordenanzas espe-ciales o mandare imputar u ordenar pagos que no revis-tiesen las formalidades exigidas por las normativas vi-gentes, la Contaduría General del Municipio expresarápor escrito las observaciones y devolverá las resolucio-nes u órdenes de pago por intermedio de la Secretaríade Hacienda.

El Poder Ejecutivo no podrá insistir sino medianteuna resolución en acuerdo general de Secretarios, antela cual la Contaduría deberá dar trámite.

InformesArtículo N° 146.-: El Contador General debe con-

currir a prestar informes o rendir cuentas de su gestiónal Concejo Deliberante toda vez que este lo requiera enlos tiempos y formas que establece esta Carta Orgáni-ca.

Envía al Contralor Municipal y al Concejo Delibe-rante, el estado mensual de ejecución de los recursos yerogaciones.

TITULO VII : PRESUPUESTO Y HACIENDACAPITULO I

PATRIMONIO MUNICIPAL

Patrimonio MunicipalArtículo N° 147.-: El patrimonio del Municipio de la

Ciudad de Rawson comprende la totalidad de los bie-nes, derechos, obligaciones y acciones de su propie-dad, integrándose por los bienes del dominio público yprivado del Municipio; por los recursos previstos en laConstitución Provincial, esta Carta Orgánica y las nor-mas que se dicten en consecuencia; y por el productode las actividades económicas, financieras y de servi-cios que realice el municipio en forma directa o indirec-ta.

Bienes de Dominio Público MunicipalArtículo N° 148.-: Son bienes de dominio público

municipal los destinados para el uso y utilidad general,sujetos a las disposiciones reglamentarias pertinentes.Mantendrán su carácter público salvo disposición ex-presa en contrario que determine la necesidad de sudesafectación.

Uso y goce de los Bienes PúblicosArtículo N° 149.-: Los particulares tienen el uso y

goce de los bienes públicos municipales, sujetándose alas restricciones reglamentarias que se dicten.

CaracterísticasArtículo N° 150.-: Los bienes de dominio público

municipal son inenajenables, inembargables por impe-rio constitucional e imprescriptibles mientras se encuen-tren afectados al uso público. La desafectación requeri-rá de una Ordenanza aprobada por la Mayoría especialdel Concejo Deliberante.

Venta- ConcesionesArtículo N° 151.-: El Municipio podrá vender los bie-

nes de dominio público desafectados o conceder su usocon sujeción a las disposiciones que previamente se

establezcan por Ordenanza aprobada por la mayoríaespecial del Concejo Deliberante.

Bienes de Dominio Privado MunicipalArtículo N° 152.-: Son bienes de dominio privado

del municipio aquellos que posea o adquiera en su ca-rácter de persona jurídica cualquiera fuera el acto dedisposición y que no estén afectados o condicionadosen forma específica a un fin público pero sí a necesida-des operativas o contingentes para el cumplimiento delmismo.

Los bienes inmuebles de dominio privado municipalsolo podrán ser enajenados o gravado con el voto de laMayoría especial del Concejo Deliberante, mediantesubasta pública y ofrecimientos públicos.

CAPITULO IIRECURSOS MUNICIPALES

RecursosArtículo N° 153.-: Son recursos propios del Munici-

pio:1) Los de jurisdicción propia que se conforman con

el producido de los impuestos, tasas, derechos, contri-buciones, sanciones pecuniarias, patentes, aranceles,cánones, rentas y derechos de uso.

2) Los de otras jurisdicciones que se conforman conel producto de los impuestos y regalías coparticipadoscon Nación y Provincia y con los subsidios, ayudas ylegados que se le otorgue.

3) Los empréstitos y operaciones de créditos conobjeto determinado.

4) Los demás ingresos que se determinen en cum-plimiento de los fines de competencia municipal.

ExpropiaciónArtículo N° 154.-: El Municipio puede expropiar bie-

nes que se declaren de interés social y utilidad públicay que se encuentren dentro del Ejido Municipal, con arre-glo a las Leyes que rigen la materia.

La Ordenanza declarativa deberá ser aprobada conel voto de la Mayoría especial del Concejo Deliberante.

Tierras FiscalesArtículo N° 155.-: Las tierras fiscales municipales

serán adjudicadas mediante Ordenanza respetando lascaracterísticas propias del Planeamiento y DesarrolloUrbano.

Principios tributariosArtículo N° 156.-: Los principios tributarios de la

jurisdicción municipal serán los siguientes: legalidad,equidad, precisión, conveniencia, economicidad, finali-dad y no confiscatoriedad.

CAPITULO IIIPRESUPUESTO MUNICIPAL

IntegraciónArtículo N° 157.-: El Poder Ejecutivo confeccionará

su presupuesto, el cual deberá contener la totalidad delas erogaciones y de los recursos que se destinen para

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cubrirlos, como así también la composición de la plantade personal.

Los recursos y gastos figurarán por sus montos ín-tegros, los que no serán susceptibles de compensacio-nes, clasificados de tal forma que puedan identificarsesu naturaleza, origen y monto.

El ejercicio financiero comienza el 1° de enero y fi-naliza el 31 de diciembre de cada año.

Puede proyectarse por más de un ejercicio, sin ex-ceder el término del mandato del titular del Poder Eje-cutivo.

Plazos de presentaciónArtículo N° 158.-: El proyecto de Ordenanza de pre-

supuesto deberá ser presentado antes del 31 de Octu-bre de cada año. En caso que el Poder Ejecutivo Muni-cipal no remitiese el proyecto, el Concejo Deliberantepodrá sancionar el proyecto de Ordenanza aprobandoel Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recur-sos utilizando el vigente como base para su confección.

La falta de sanción de la Ordenanza de Presupues-to General de Gastos y Cálculo de Recursos al 1° deenero de cada año, implicará la prorroga automáticadel mismo, vigente al 31 de diciembre inmediato ante-rior. Para ello el Poder Ejecutivo detraerá los recursosque se percibieron por única vez y disminuirá los crédi-tos presupuestarios para gastos que por su naturalezano corresponda prorrogar.

Gastos no previstosArtículo N° 159.-: Toda Ordenanza que autorice gas-

tos no previstos en el presupuesto debe determinar sufinanciación, no pudiendo afectarse Rentas Generalessin una distribución proporcional en otra partida.

Gastos reservadosArtículo N° 160.-: El presupuesto no puede incluir

partida alguna destinada a gastos sobre los que no debarendirse cuenta.

Participación ciudadanaArtículo N° 161.-: Por Ordenanza se establecerán

procedimientos de participación ciudadana en lapriorización de la asignación de recursos.

EmpréstitosArtículo N° 162.-: El Poder Ejecutivo puede contraer

empréstitos tal lo establecido en el Artículo N° 72 inciso18 de la presente Carta Orgánica. Los fondos prove-nientes de los mismos pueden destinarse a la ejecu-ción de obra pública o para la conversión, consolidacióno renegociación de la deuda existente y nunca para en-jugar déficit presupuestarios ni gastos ordinarios de laadministración municipal.

Erogaciones futurasArtículo N° 163.-: Únicamente podrán autorizarse

erogaciones que comprometan ejercicios futuros en lossiguientes casos:

1) Para contratar obras públicas a efectuarse en doso más ejercicios financieros.

2) Para operaciones de crédito público,

refinanciamiento u obtención de créditos nuevos.

ModificaciónArtículo N° 164.-: Ninguno de los artículos referidos

a este capítulo puede modificarse por el sistema deenmienda.

CAPITULO IVREGIMENES

De ContabilidadArtículo N° 165.-: El régimen de Contabilidad Muni-

cipal será fijado por Ordenanza y estará destinado a regirlos actos administrativos y gestión del Patrimonio Muni-cipal, la determinación de su composición, el registro ycontrol de sus variaciones.

De ContrataciónArtículo N° 166.-: Toda adquisición, enajenación,

otorgamiento de concesiones y demás contratacionesse realizará mediante un procedimiento público de se-lección que garantice los principios de publicidad, se-lección objetiva, imparcialidad de la administración eigualdad de los interesados. El procedimiento a aplicarserá establecido por Ordenanza aprobada por mayoríaespecial, la que deberá contemplar las excepciones ylimitaciones a la norma general de Licitación Pública.

TITULO VIII :ORGANIZACION ADMINISTRATIVACAPITULO I

ESTRUCTURA Y PROCEDIMIENTOS

Estructura OrgánicaArtículo N° 167.-: El Gobierno Municipal mediante

Ordenanza establecerá la estructura orgánica funcionalde todos sus organismos y dependencias, con su co-rrespondiente manual de misiones y funciones y plante-les básicos.

La elaboración de la estructura orgánica funcionalincluirá técnicas de organización y métodos que permi-tan armonía, racionalidad y funcionalidad en el trabajo,y alcanza, las funciones que realice el personal perma-nente hasta el cargo de Director y el Personal sin esta-bilidad.

Procedimiento AdministrativoArtículo N° 168.-: El Concejo Deliberante dictará el

Código de Procedimiento Administrativo que regule losactos y actividad administrativa municipal, centralizadao descentralizada, respetando los principios de legali-dad, defensa, celeridad, gratuidad, publicidad, econo-mía procesal y eficiencia

CAPITULO IICARRERA ADMINISTRATIVA

REGIMEN DE LOS RECURSOS HUMANOSINHABILIDADES E INCOMPATIBLIDADES

Carrera AdministrativaArtículo N° 169.-: El Gobierno Municipal a través de

Ordenanza, regulará el acceso a la función pública y ala carrera administrativa me diante concurso público

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de oposición y antecedentes. Se garantiza el régimende estabilidad laboral y la libre agremiación sindical.

Régimen de los Recursos HumanosArtículo N° 170.-: Los recursos humanos están con-

formados por agentes permanentes y funcionarios sinestabilidad.

Los primeros ingresan y se promueven en los car-gos mediante concurso de oposición y antecedentes.

La contratación del personal no permanente de cual-quier índole se funda en razones de especialidad y ne-cesidad funcional.

Los funcionarios sin estabilidad cesan automática-mente en el cargo al finalizar el mandato del funcionariobajo cuyas órdenes presten servicios.

CapacitaciónArtículo N° 171.-: El Municipio podrá suscribir con-

venios de capacitación con el Estado Nacional, Provin-cial, demás Municipios, Universidades u otros organis-mos, tendientes a la mayor eficiencia y a un mejor ser-vicio a la comunidad, cuyos objetivos principales seránactualizar y perfeccionar al personal según la catego-ría, funciones, responsabilidad y características perso-nales.

InhabilidadesArtículo N° 172.-: Sin perjuicio de las inhabilidades

establecidas en la Constitución Provincial, los funciona-rios y empleados condenados por delitos cometidos enel ejercicio de sus funciones y en perjuicio de la admi-nistración pública municipal, serán exonerados y que-darán inhabilitados para ejercer cualquier función den-tro de la administración municipal.

IncompatibilidadesArtículo N° 173.-: Será incompatible el desempeño

simultáneo de dos (2) o más cargos públicos naciona-les, provinciales o municipales, salvo la docencia, que-dando a salvo la facultad de opción del interesado.

La infracción a esta norma dará lugar a la baja delagente, previo sumario administrativo.

TITULO IX : PLANEAMIENTO Y DESARROLLOURBANO, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

CAPITULO UNICO

Planeamiento y Desarrollo UrbanoArtículo N° 174.-: El Estado Municipal diseña e

implementa un modelo de planeamiento y desarrollourbano y rural que armonice las características propiasdel entorno con sus habitantes, propendiendo a la inte-gración de la Ciudad, la recuperación de su carácterhistórico, el realce de su patrimonio edilicio y el desa-rrollo de sus cualidades urbanas, naturales y turísticas.

Obras PúblicasArtículo N° 175.-: El Estado Municipal desarrolla la

obra pública en un todo de acuerdo a lo estipulado en elCódigo de edificaciones y de usos del suelo y de acuer-do a las previsiones presupuestarias establecidas, aten-

diendo al crecimiento poblacional y económico de laCiudad.

Se podrá ejecutar por administración o por tercerosatendiendo lo estipulado en esta Carta Orgánica y lasnormas que para dicho fin se dicten.

Servicios PúblicosArtículo N° 176.-: El Estado Municipal asegurará,

por sí o por terceros, la prestación y fiscalización de losservicios públicos esenciales en su jurisdicción. Garan-tiza dentro del marco de sus atribuciones, la equidad eintegración de los mismos, así como su accesibilidad,eficiencia, seguridad, calidad, continuidad y regularidad.

MunicipalizaciónArtículo N° 177.-: Se admitirá la municipalización de

servicios por sí o a través de la asociación con otrosmunicipios.

ConcesionesArtículo N° 178.-: Por Ordenanza se establecerán

los requisitos, modos y condiciones que regularán lasconcesiones de servicios públicos y de obra pública,conforme a los siguientes principios:

1) El concesionario se selecciona mediante licita-ción pública, estableciendo condiciones de preferenciaa Cooperativas y empresas locales.

2) Los plazos de concesión, así como las posiblesrenovaciones, que fueran superiores a los diez (10) añosdeberán ajustarse a lo establecido en la ConstituciónProvincial, sometiéndose a referéndum.

3) Fijará los factores que incidan en la conforma-ción de la tarifa, pudiendo el Estado Municipal estable-cer tarifas diferenciales.

4) La determinación que el Municipio mantiene fa-cultades de fiscalización, control e intervención.

5) Determinar un porcentaje de mano de obra localque el contratista debe ocupar.

Poder de PolicíaArtículo N° 179.-: El Estado Municipal ejerce el po-

der de policía en las materias de competencia dentrode su jurisdicción, garantizando a tal fin la seguridad, laconvivencia, la salud, el ambiente sano y equilibrado, elinterés económico colectivo y el bienestar general desus habitantes, sin perjuicio de las atribuciones conferi-das por la Constitución Provincial.

Se ejercerá teniendo en cuenta la especializaciónpor áreas, propiciando acciones preventivas de forma-ción, de actualización sistemática y participando en cam-pañas de difusión a tal fin, conforme a lo que establezcala normativa vigente.

Defensa CivilArtículo N° 180.-: El Estado Municipal planifica, or-

ganiza y coordina las acciones destinadas a prevenir,paliar o neutralizar las emergencias producidas por fe-nómenos naturales, accidentales o provocados, dentrodel Ejido de la Ciudad.

A tal efecto constituye la Junta Municipal de Defen-sa Civil.

La Junta es presidida por el Intendente e integrada

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por instituciones públicas y privadas de acuerdo a laordenanza que la reglamente. Las designaciones pre-cedentes son consideradas carga pública.

A los fines del ejercicio del poder de policía en ma-teria de Defensa Civil, el Estado Municipal promueveconvenios con instituciones públicas y privadas.

Colabora en el sostenimiento del Servicio de Bom-beros Voluntarios.

BromatologiaArtículo N° 181.-: El Estado Municipal elabora políti-

cas de control de los alimentos estableciendo los me-canismos necesarios para prevenir y detectar enferme-dades transmitidas o provocadas por ellos. A tal efectodispone de profesionales y personal especializados parael estudio y control de las actividades y factores delmedio que interfieran en el equilibrio del alimento, pre-viniendo, controlando o prohibiendo toda acción queatente contra la calidad del mismo y sus componentes.

TITULO X : ORGANIZACIONES DE PARTICIPA-CION COMUNITARIA Y EJERCICIO DE DERECHOS

POPULARESCAPITULO I

PARTICIPACION COMUNITARIA

Asociaciones VecinalesArtículo N° 182.-: El Gobierno Municipal promueve,

reconoce y fomenta la creación de asociaciones veci-nales, con el fin de lograr la satisfacción de sus necesi-dades comunes y el mejoramiento de su calidad devida, basadas en los principios de colaboración mutua ysolidaridad vecinal. Sus autoridades son elegidas de-mocráticamente y se desempañan ad- honorem.

La Ordenanza, a iniciativa exclusiva del Poder Eje-cutivo, establece su régimen jurídico, sus atribuciones,la delimitación del ámbito territorial y los requisitos ne-cesarios para su funcionamiento, garantizando el ac-cionar pluralista y el respeto por el régimen representa-tivo y republicano.

Asociaciones IntermediasArtículo N° 183.-: El Gobierno Municipal mediante

Ordenanza creará el Registro de Asociaciones Interme-dias.

La misma contendrá los requisitos exigibles para elreconocimiento e inscripción de entidades sin fines delucro que posean su domicilio o que desarrollen susactividades dentro del ejido y que posean personaríajurídica correspondiente.

Consejos MunicipalesArtículo N° 184.-: El Gobierno Municipal creará Con-

sejos Municipales como ámbitos de consulta, planifica-ción y asesoramiento en temáticas específicas. Esta-rán constituidos por representantes de los actores co-munitarios, instituciones u organizaciones con incum-bencia en la materia de que se trate y del GobiernoMunicipal; los cuales desarrollarán sus tareas en la for-ma y con los alcances determinados por la respectivaOrdenanza de creación. El desempeño de sus miem-bros será ad-honorem. Funcionarán bajo los principios

de participación, integración, responsabilidad y compro-miso comunitario.

CAPITULO IIEJERCICIO DE DERECHOS POPULARES

ReglamentaciónArtículo N° 185.-: El Concejo Deliberante reglamen-

ta las materias y procedimientos para el ejercicio de losinstitutos de democracia semi directa, Ordenanza quedeberá ser sancionada con el voto de la mayoría espe-cial.

En los casos de referéndum y revocatoria el votodel electorado es obligatorio.

En los casos donde se requiera un porcentaje defirmas del electorado las mismas deberán ser certifica-das por el Tribunal Electoral Municipal.

Consulta PopularArtículo N° 186.-: El Concejo Deliberante y el Poder

Ejecutivo en el ámbito de sus atribuciones podrá some-ter a consulta popular todo asunto de interés generaldel Municipio. La misma podrá tener carácter novinculante en cuyo caso el voto no es obligatorio.

En ningún caso la consulta puede versar sobre re-forma a esta Carta Orgánica.

IniciativaArtículo N° 187.-: En ejercicio del derecho de inicia-

tiva, todo grupo de electores en un porcentaje no infe-rior al tres (3) por ciento del padrón electoral municipal,podrá presentar al Concejo Deliberante proyectos deOrdenanza.

El Concejo Deliberante debe darle expreso trata-miento dentro del término de ciento veinte (120) díascorridos, contados desde el día de su presentación.

Revocatoria PopularArtículo N° 188.-: El derecho de revocatoria para

destituir de sus cargos a uno o más funcionarioselectivos, puede ser promovido por un porcentajede electores no inferior al veinte por ciento (20%)del total del padrón cívico utilizado en el último co-micio municipal.

Corresponde la revocatoria cuando la mayoría delos votos válidos emitidos así lo determine.

ReferéndumArtículo N° 189.-: Serán sometidos a referéndum los

casos establecidos en la presente Carta Orgánica.

Audiencia públicaArtículo N° 190.-: Los vecinos o entidades de

participación ciudadana, en Audiencia Pública, pro-ponen a la administración la adopción de medidasde interés comunitario, solicitan o reciben informa-ción de las actuaciones político - administrativas.Se realizan en forma verbal en un solo acto, contemario previo y no son vinculante. Pueden ser so-licitadas por vecinos o entidades representativas oconvocadas a instancia del Concejo Deliberante odel Poder Ejecutivo.

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TITULO XI : RESPONSABILIDAD DE AUTORIDA-DES Y FUNCIONARIOS

CAPITULO I

ResponsabilidadesArtículo N° 191.-: Todos los funcionarios público,

electivos o no, y aún el Interventor, en su caso, son so-lidariamente responsables con el Estado Municipal porlos daños y perjuicios a que dé lugar el mal desempeñode sus funciones. En tales supuestos debe accionarsecontra el responsable para que indemnice al EstadoMunicipal los daños que con su actuación le hayairrogado. El Estado Municipal esta obligado a hacer ci-tar al juicio en que es demandado a los funcionarios oex funcionarios que se encuentren en las condicionesprecedentes y a ejercitar la pertinente acción de repeti-ción.

CAPITULO IIJUICIO POLITICO

Funcionarios sujetos a Juicio PolíticoArtículo N° 192.-: Estarán sujetos a juicio político el

Intendente, los Secretarios del Poder Ejecutivo, el Juezy el Secretario del Tribunal Administrativo Municipal deFaltas, el Contador General y los miembros del ContralorMunicipal.

CausasArtículo N° 193.-: Serán causales de juicio político:1) Violación a las prescripciones contenidas en la

presente Carta Orgánica.2) Comisión de delitos en el ejercicio de sus funcio-

nes.3) Comisión de delitos comunes dolosos.4) Mal desempeño de sus funciones.5) Falta de cumplimiento de los deberes a su cargo.6) Ausentismo notorio e injustificado.7) Incapacidad física o mental sobreviniente.8) Incompatibilidad o inhabilidad.9) Incurrir en falta grave.El Juez y el Secretario del Tribunal Administrativo

Municipal de Faltas están sujetos a juicio político porlas causales del Artículo N° 115 de la presente CartaOrgánica

DenunciaArtículo N° 194.-: Cualquier Concejal o cualquier

elector municipal en pleno goce de su capacidad civil,puede denunciar ante el Concejo Deliberante el delito ofalta a efectos de que se promueva la investigación.

ProcedimientoArtículo N° 195.-: Recibida una denuncia de juicio

político, el Concejo Deliberante dictaminará acerca dela admisibilidad de la petición sobre la base de lo dis-puesto en la Ordenanza que reglamenta el proceso.

SalasArtículo N° 196.-: A los fines de la tramitación del

juicio político, anualmente, en su primer sesión ordina-ria el Concejo Deliberante se divide por mitades en dos

Salas, una tendrá a su cargo la acusación y la otra serála encargada de juzgar. Sus miembros son designadospor sorteo. El Presidente del Concejo Deliberante inte-gra la Sala de Juzgar.

Las Salas serán presididas por un Concejal elegidode su seno por simple mayoría.

Sala acusadora - Comisión investigadoraArtículo N° 197.-: La sala acusadora nombra de su

seno y en la misma sesión en que se constituye, unacomisión de tres (3) miembros que tiene por objeto in-vestigar la verdad de los hechos en que se funda la acu-sación, disponiendo a ese fin de las más amplias facul-tades.

Diligencias - Dictamen.Artículo N° 198.-: La comisión investigadora a la que

se refiere el artículo anterior practicará las diligenciasen el término perentorio de cuarenta (40) días corridosy presentará dictamen a la sala acusadora, que podráaceptarlo o rechazarlo, necesitándose dos tercios devotos del total de sus miembros cuando el dictamen seafavorable a la acusación.

Durante la investigación, el denunciado tendrá de-recho a hacer presentaciones con el fin de aclarar as-pectos vinculados con la denuncia y solicitar diligenciasprobatorias.

Ante el Dictamen favorable a la acusación, la Salade Acusar nombrará a tres (3) de sus miembros paraque la sostengan ante la Sala de Juzgar.

SuspensiónArtículo N° 199.-: Al aprobar la acusación la Sala

Acusadora puede también decidir la suspensión del acu-sado en el ejercicio de sus funciones sin goce de remu-neración, requiriéndose para ello el voto afirmativo deno menos de cuatro (4) de sus cinco (5) integrantes.

Tribunal de sentenciaArtículo N° 200.-: Recibida la acusación, la Sala de

Juzgar quedará constituída en Tribunal de sentenciaprevio juramento que prestarán ante el Presidente.

El Presidente en los tiempos que establezca la Or-denanza reglamentaria, deberá:

1) Dar vista al denunciado de la totalidad de lasactuaciones y del dictamen, el acusado podrá de-signar defensor y ofrecer e incorporar prueba docu-mental.

2) Convocar a Sesión especial, a efectos de llevaradelante la audiencia de debate a la que se citará alacusado, a los miembros de la Sala de Acusar, a lostestigos y peritos.

3) Anunciar la Sesión especial mediante avisos enmedios escritos de difusión en la localidad.

Audiencia de debateArtículo N° 201.-: Durante la audiencia de debate el

principio será el de la oralidad y la publicidad. Excepcio-nalmente podrá disponerse que la Sesión se celebretotal o parcialmente en forma secreta por razones fun-dadas de orden público.

El debate no se suspenderá y continuará en audien-

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cias sucesivas hasta su expiración.Se leerá el dictamen acusatorio, posteriormente ten-

drá derecho el acusado a declarar, pudiendo los miem-bros designados por la Sala de Acusar y los integrantesde la Sala de Juzgar formularle preguntas.

A continuación declararán o serán leídas las decla-raciones de los testigos y peritos.

Sala de JuzgarArtículo N° 202.-: Concluído el debate, la Sala de

Juzgar procede de inmediato al estudio de la acusa-ción, prueba y defensa, para pronunciarse en definitivaen el término de treinta (30) días.

Sentencia - RequisitosArtículo N° 203.-: Ningún acusado podrá ser decla-

rado culpable sino por el voto de los dos tercios de latotalidad de los miembros de la Sala de Juzgar. La vota-ción será nominal y obligatoria, registrándose en el actael voto de cada uno de los Concejales sobre cada unode los cargos que contengan el acta de acusación.

Fallo - EfectosArtículo N° 204.-: El fallo resolverá si el acusa-

do es responsable políticamente por las causalesque se le imputan y no tendrá otro efecto que ladestitución e inhabilitación para ejercer cargos pú-blicos de naturaleza municipal, sin perjuicio de so-meterlo a la acción ordinaria de la justicia, si co-rrespondiese.

El acusado volverá a ejercer su cargo y se le abo-narán los sueldos impagos si no se resolviera su situa-ción en los plazos que fija la presente carta orgánica yla Ordenanza que reglamenta el proceso. Igual proce-dimiento se aplicará en el caso que la resolución seafavorable al acusado.

El juicio no podrá repetirse por los mismos hechos.

ReglamentaciónArtículo N° 205.-: El Concejo Deliberante dictará una

Ordenanza donde se establecerá el procedimiento delJuicio Político;

TITULO XII: REGIMEN ELECTORALCAPITULO I

REGIMEN ELECTORAL

ElectoresArtículo N° 206 .-: Son electores en el orden munici-

pal:a) Los ciudadanos argentinos inscriptos en el pa-

drón electoral municipal.b) Los extranjeros mayores de dieciocho (18) años

de edad, inscriptos en el padrón suplementario de ex-tranjeros, que tengan tres (3) años de residencia conti-nua e inmediata en el Municipio.

Obligatoriedad de aceptar el cargoArtículo N° 207 .-: Los ciudadanos que resulten elec-

tos deben asumir el cargo, salvo que razones de fuerzamayor se lo impidan. La violación a ésta disposición loinhabilita para ocupar cualquier otro cargo público mu-

nicipal, durante el período del mandato para el cual fueelecto.

RégimenArtículo N° 208.-: Mediante Ordenanza, aprobada

por el voto afirmativo de no menos de ocho (8) conceja-les, se sanciona el Régimen Electoral Municipal. Sonde aplicación supletoria en materia electoral el CódigoElectoral Nacional y las leyes provinciales.

CAPITULO IITRIBUNAL ELECTORAL MUNICIPAL

CompetenciaArtículo N° 209.-: El Tribunal Electoral Municipal ten-

drá a su cargo la organización de los procesos electora-les en el Municipio y ejercerá las facultades, atribucio-nes y normas de funcionamiento que les confiere laOrdenanza.

IntegraciónArtículo N° 210.-: La cantidad de miembros del Tri-

bunal Electoral Municipal los fijará la Ordenanza res-pectiva. Duran cuatro (4) años en sus funciones, reno-vándose dentro de los seis (6) meses de constituirsecada Concejo Deliberante, quien designará los miem-bros del Tribunal Electoral, garantizando la proporcio-nalidad de los partidos políticos que estén representa-dos en el Cuerpo.

RequisitosArtículo N° 211.-: Para ser integrante del Tribunal

Electoral Municipal se requiere:1) Ser Argentino.2) Ser mayor de edad.3) Estar inscripto en el padrón electoral de la juris-

dicción Municipal.4) Tener cuatro (4) años de residencia continua e

inmediata a la fecha del nombramiento en la jurisdic-ción Municipal.

IncompatibilidadArtículo N° 212.-: No podrán integrar el Tribunal Elec-

toral Municipal quienes ejerzan o sean candidatos acargos electivos del Estado Municipal, Provincial o Na-cional.

Los integrantes del Tribunal Electoral Municipal de-berán excusarse de intervenir cuando los candidatossean el cónyuge, parientes ascendientes, descendien-tes o colaterales hasta el segundo grado de consangui-nidad o afinidad y tendrán entre ellos las mismas inhibi-ciones vinculares antes mencionadas.

PresupuestoArtículo N° 213.-: El presupuesto municipal asegu-

rará al Tribunal Electoral Municipal el equipamiento, losrecursos y el personal para el cumplimiento sus funcio-nes.

TITULO XIII: INTERVENCION DE LA MUNICIPA-LIDAD – CONFLICTOS

CAPITULO UNICO

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IntervenciónArtículo N° 214.-: El Estado Provincial podrá inter-

venir el Municipio sólo en caso de acefalía total, paraasegurar la constitución de sus autoridades, en los tér-minos establecidos por la Constitución Provincial.

La intervención federal a la Provincia no implicarála intervención a la Municipalidad.

El Interventor convocará a elecciones para comple-tar el período interrumpido dentro de los treinta (30) díasde tomar posesión.

Los actos administrativos que practique durante eldesempeño de sus funciones serán válidos si hubierensido realizados de conformidad con lo dispuesto por laConstitución Provincial y las Ordenanzas en vigencia.

Todos los nombramientos de los funcionarios yagentes que efectúe el interventor serán transitorios yen comisión, y culminarán su gestión junto con la inter-vención.

ConflictosArtículo N° 215.-: Producido un conflicto interno de

competencia de los organismos municipales que atentecontra el normal funcionamiento de los mismos o queafecte las relaciones de este Municipio con otro o con laProvincia, debe suspenderse todo procedimiento en re-lación con la cuestión y elevarse los antecedentes alSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia para su re-solución, conforme con lo dispuesto en la ConstituciónProvincial.

TERCERA PARTE

TITULO I : REFORMA DE LA CARTA ORGANICACAPITULO UNICO

Reforma de la Carta Orgánica por ConvenciónArtículo N° 216.-: Esta Carta Orgánica puede ser

reformada parcial o totalmente por una ConvenciónMunicipal especialmente convocada al efecto.

La necesidad de la reforma debe ser declarada porOrdenanza con el voto de la mayoría especial.

Dicha Ordenanza no puede ser vetada.

RequisitosArtículo N° 217.-: La Ordenanza declarativa debe

contener:1) La necesidad de la reforma total o parcial, en este

último caso determinar el o los artículos que consideranecesario reformar.

2) La fecha en la cual el Poder Ejecutivo convocaráa elecciones de Convencionales Municipales, la cualdeberá ser coincidente con elección de Legisladoresnacionales, provinciales o municipales.

3) El plazo en que asumen los Convencionales, queno podrá exceder de los treinta (30) días, a partir de suproclamación por el Tribunal Electoral Municipal y el pla-zo para expedirse el que no puede ser mayor de cientoveinte (120) días, pudiendo prorrogarse hasta cientoveinte (120) días más.

Composición - Facultades - FuncionamientoArtículo N° 218.-: La Convención se compone de

un número igual al de los miembros del Concejo Delibe-rante. Su elección se hace por el sistema de represen-tación proporcional. Para ser Convencional rigen losmismos requisitos e inhabilidades previstos para losConcejales.

El cargo de Convencional Municipal será ejercidoad-honorem. Este artículo no puede ser reformado porenmienda.

La Convención funcionará en el lugar que ella mis-ma determine, teniendo facultades para sancionar suReglamento, elegir sus autoridades y confeccionar supresupuesto, debiendo la Municipalidad proveer los re-cursos necesarios para el cumplimiento de su cometi-do.

LimitaciónArtículo Nº 219.-: No puede convocarse a la Con-

vención sino hasta transcurrido seis (6) años desde laentrada en vigencia de esta Carta Orgánica o hasta quehayan transcurrido dos (2) años desde la última refor-ma efectuada.

EnmiendaArtículo N° 220.-: La enmienda de hasta dos (2) ar-

tículos, con las excepciones hechas en la presente Car-ta Orgánica, puede ser efectuada por el Concejo Deli-berante con el voto de la mayoría especial. Queda in-corporada al texto de la Carta Orgánica si es ratificadapor Referéndum que se llevará a cabo en forma simul-tánea con la primera elección nacional o provincial quese realice.

La enmienda sólo puede llevarse a cabo con dos(2) años de intervalo.

Este artículo no puede ser reformado por enmien-da.

DISPOSICIONES FINALESPrimera : Esta Carta Orgánica entrará en vigencia a

partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de laProvincia del Chubut.

Segunda : A partir de la vigencia de la presente Car-ta Orgánica no será de aplicación en el Municipio de laCiudad de Rawson la Ley Provincial N° 3098, conformea la Constitución Provincial.

DISPOSICIONES TRANSITORIASPrimera : Hasta tanto se implemente la edición del

Boletín Informativo Municipal, las Ordenanzas deberánpublicarse en el Boletín Oficial de la Provincia.

Segunda : Respecto de las limitaciones de reelec-ción establecida en los Art. 54 y 100 para todos los car-gos electivos, el actual período se contará como el pri-mero.

Tercera : Todo lo normado por esta Carta Orgánicareferente a cargos electivos será de plena e inexcusa-ble aplicación a partir del próximo período de gobierno.

Cuarta : La adecuación de los cargos políticos noelectivos actualmente en vigencia estará sujeto a lo

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normado en la presente Carta Orgánica y deberá serefectuada dentro del próximo período de gobierno.

Quinta : Los organismos creados por esta CartaOrgánica serán puestos en funcionamiento dentro deun plazo máximo de veinticuatro (24) meses contados apartir de la entrada en vigencia de la presente

Sexta : Las concesiones que tenga acordadas elMunicipio continuarán rigiéndose por las respectivasOrdenanzas y contratos hasta su vencimiento. Operadoel mismo, deberán adecuarse a esta Carta Orgánica.

Septima : Hasta tanto se dicten las Ordenanzas re-glamentarias de esta Carta Orgánica que fueren nece-sarias, subsisten los actuales regímenes legales.-

Octava : Remítase la presente Carta Orgánica Mu-nicipal a la Honorable Legislatura Provincia para su tra-tamiento.

Novena : La Convención Constituyente Municipalque ha sancionado esta Carta Orgánica permaneceráen receso hasta su aprobación definitiva, disolviéndoseinmediatamente después de haberla jurado sus miem-bros, el Intendente y los Concejales.

Décima : Un ejemplar completo, junto con todos losdocumentos que forman el archivo de la Convenciónquedará en custodia del Concejo Deliberante.

Décima Primera : Un ejemplar de esta Carta Orgá-nica se entregará a cada establecimiento educativo dela Ciudad.-

REYNALDO DAMISPRESIDENTE

Convención Municipal de RawsonSANDRO JESUS FULLONE

SECRETARIO ADMINISTRATIVOConvención Municipal de Rawson

ANEXO I

ACTA

“En el Río Chubut a quince del mes de Setiembrede mil ochocientos sesenta y cinco, sobre la márgen delNorte y a los cuarenta y tres grados veinte y un minutode Latitud Sur y sesenta y cinco grados dos minutosLongitud Oeste del Meridiano de Greenwich, estandoreunidos el Comandante Militar de Patagones TenienteCoronel D. Julián Murga, acompañado de su AyudanteD. Marcial Fernandez y el Agrimensor público D. Julio

V. Diaz en calidad de Secretario del primero, con elobjeto de dar posesión en forma en el paraje citado, delas tierras donadas por el Gobierno Argentino a losInmigrantes del País de Gales, que formarán una Colo-nia según convenio celebrado con el Exmo. Gobierno yde los cuales están presentes los señores: Eduru Ro-berto, Richard Hughes, Thomas Davies, RobertoThomas, John Jones, Jural Dihmol, John Ellis, JamesBerry, John Roberto, James Jones, John Humphreys,Robert Davies, John Thomas, John Roberto, JosephJones, Richard Hughes, Villiam Rees, David Jones, JohnWilliams, Griffith Hughes, John Hughes, Robert Williams,Richard Williams, Amas Williams, William Jones,Thomas Thomas, James Davies, George Jones, WilliamFenkins, William Richards, Evan Dafyd, William Roberts,William Hughes, Lwis Davies, John Davies, DafydDavies, Evan Jones, Dafyd Jones, Thomas Jones,Thomas Harris, John Jones, Richard Jones, ThomasJones, Daniel Evans, Thomas Awstin, William Awstin,Aaron Fenkins, Joshua Jones, John Morgan, GaffitkBrice, Edward Brice ,Edward Brice hijo, ThomasFenkins, Jago Dafyd, Huw Huws, David Huws, WilliamWilliams, William Davies, Thomas Ellis, Richard Ellis,Morris Humphreys, Stephan Jones, Gallys Williams,George Green, Abraham Mathews, Grafydd Salomon,Rhydderh Berwyn, Llewly Hays, Wadews Williams cu-yos individuos viene a establecerse en esta parte delterritorio Argentino, con arreglo a la Ley del HonorableCongreso de fecha 8 de octubre de mil ochocientos se-senta y dos, por la que se dona por ahora, a cada unade las familias inmigrantes un terreno de veinte y cincocuadras cuadradas, en lo que están todos conformesasí como en que, desde el momento que han pisado elterritorio de la República y en adelante quedan bajo laautoridad y las leyes del Gobierno Argentino; el SeñorComandante Militar Teniente Coronel D. Julián Murga,en virtud de lo relacionado y de la nota del señor Minis-tro del Interior de veinte y siete de junio del presenteaño, con el Decreto al pie de su referencia, de junio 30,firmado por el Exmo. Señor VicePresidente de la Repú-blica Dr. D. Marcos Paz y por S. E. el Señor Ministro dela Guerra General D. Juan Andrés Gelly y Obes, por elcual se le comisiona para este acto, declaró que a nom-bre de su Gobierno hacía formal entrega y ponía enposesión de las tierras nacionales que le son concedi-das a la Colonia del País de Gales, las mismas quedeberían ser medidas y amojonadas para quinientasfamilias por el Agrimensor D. Julio Díaz, de acuerdo conel representante de la Colonia el Señor D. Luis Jonesque se halla presente, y de cuya operación dará cuentapor separado al Superior Gobierno el citado Agrimensordespués de efectuada la operación de mensura de queestá encargado. Así mismo, expuso que en virtud de lasinstrucciones del Agrimensor Díaz por las cuales elExmo. Gobierno le manda trazar la base de un futuropueblo para la Colonia, de acuerdo con el representan-te de la misma y del dicho Agrimensor, declaraba que elmencionado pueblo sería llamado desde ahora y paraen adelante bajo la denominación de “Pueblo Rawson”,como un homenaje al mérito de S.E. el Señor Ministrodel Interior Doctor D. Guillermo Rawson, y como unademostración de agradecimiento y simpatía hacia el

Miércoles 2 de Noviembre de 2005ANEXO CARTA ORGANICA DE LA CIUDAD DE RAWSONPAGINA 28

mismo señor por parte de la Colonia, en vista del inte-rés con que ha mirado el establecimiento de ésta, decuya realización resultará un beneficio al país en gene-ral. Después de lo cual y habiéndose enarbolado la ban-dera Argentina y saludándola con descargas de fusilería,como un signo de acatamiento y respeto a la NaciónArgentina que ésta representa, quedó instalada la Colo-nia del País de Gales, con lo que quedó concluido elacto. Y en fe de lo cual firman todos los arriba insertosla presente Acta, de la cual se sacarán tres iguales; unapara ser remitida al Exmo. Gobierno Argentino, otra quese destina al Archivo de la Autoridad Nacional que seinstalará en el pueblo de Rawson y que provisionalmen-te quedará guardada en la Comandancia Militar dePatagones, y otra que se entregará al Señor D. LuisJones, representante de la Colonia”.

JULIAN MURGA Luis Jones- Julio V. Díaz. Secretario

(siguen las firmas)

FUENTE:Se trata de una transcripción fiel del Acta obrante

en el libro: -MEMORIA DEL MINISTERIO DEL INTERIORDE LA REPUBLICA ARGENTINA AL CONGRESO NA-CIONAL DE 1865-

Anexo E – INMIGRACION-Pag. 403 – 405El cual forma parte del Archivo General de la Na-

ción.

REYNALDO DAMISPRESIDENTE

Convención Municipal de Rawson

SANDRO JESUS FULLONESECRETARIO ADMINISTRATIVOConvención Municipal de Rawson