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“AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD” Tacna, 07 de Septiembre del 2012. SEÑORA: ECON. MELVA JUSTINA GONZÁLEZ RODRIGUÉZ. JEFA DEL CENTRO NACIONAL DE ESTIMACION, PREVENCIÓN Y REDUCCION DEL RIESGO DE DESASTRES (CENEPRED). Ciudad: De mi consideración: Por intermedio de la presente la saludo cordialmente y a la vez pongo de su conocimiento lo siguiente: 1.- Que, la suscrita en mi calidad de Presidente de la Asociación de vivienda “Villa Jesús de Nazaret”, inscrita en los Registros Públicos de Tacna, bajo la partida Nº 11038196, del Registro de Personas Jurídicas, rubro Constitución de Asociaciones, el Gobierno Regional de Tacna, presidido por el otrora Presidente Regional Eco. Hugo Ordoñez Salazar, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 431-2010-P.R/G.R.TACNA, de fecha 30DIC10, APRUEBA la transferencia de bien inmueble del predio denominado “LEÓN DEL SUR”, con un área de 94 036. 19 m2 perímetro de 1,671.56 metros ubicados en el cerro Intiorko, a favor de la Asociación de Vivienda de interés social “Villa León del Sur”. Amparándose en el Acuerdo de Consejo Regional N° 043-210- CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 28DIC10, que acuerda aprobar la transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Gobierno Regional Tacna, inscrito en la Partida Electrónica N° 11051881, a favor de la Asociación de Vivienda de interés social “Villa León del Sur”. De esta manera también se aprecia que los consejeros no han tenido en cuenta y presente que es una zona vulnerable en casos de sismos, por ser de alto riesgo igualmente están atentado contra la integridad de las personas que integran dicha asociación beneficiada, creando antecedentes para que otras asociaciones soliciten se amparen en las resoluciones y acuerdo de consejo. 2.- Que, de la misma forma la Oficina de ORABI, emite el Informe N° 23-2011- ORABI/GOB.REG.TACNA de fecha 27 de Enero del 2011, con la finalidad de que se RATIFIQUE, la Resolución Ejecutiva Regional N° 431-2010-PR/G.R.T, de fecha 30DIC10, la cual resuelve “APROBAR LA TRANSFERENCIA DE BIEN INMUEBLE DEL PREDIO DENOMINADO LEON DEL SUR”, a favor de la Asociación de Vivienda de Interés Social Villa

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Page 1: Carta

“AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD”

Tacna, 07 de Septiembre del 2012.

SEÑORA:ECON. MELVA JUSTINA GONZÁLEZ RODRIGUÉZ.JEFA DEL CENTRO NACIONAL DE ESTIMACION, PREVENCIÓN Y REDUCCION DEL RIESGO DE DESASTRES (CENEPRED).

Ciudad:

De mi consideración:

Por intermedio de la presente la saludo cordialmente y a la vez pongo de su conocimiento lo siguiente:

1.- Que, la suscrita en mi calidad de Presidente de la Asociación de vivienda “Villa Jesús de Nazaret”, inscrita en los Registros Públicos de Tacna, bajo la partida Nº 11038196, del Registro de Personas Jurídicas, rubro Constitución de Asociaciones, el Gobierno Regional de Tacna, presidido por el otrora Presidente Regional Eco. Hugo Ordoñez Salazar, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 431-2010-P.R/G.R.TACNA, de fecha 30DIC10, APRUEBA la transferencia de bien inmueble del predio denominado “LEÓN DEL SUR”, con un área de 94 036. 19 m2 perímetro de 1,671.56 metros ubicados en el cerro Intiorko, a favor de la Asociación de Vivienda de interés social “Villa León del Sur”.

Amparándose en el Acuerdo de Consejo Regional N° 043-210-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 28DIC10, que acuerda aprobar la transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Gobierno Regional Tacna, inscrito en la Partida Electrónica N° 11051881, a favor de la Asociación de Vivienda de interés social “Villa León del Sur”.

De esta manera también se aprecia que los consejeros no han tenido en cuenta y presente que es una zona vulnerable en casos de sismos, por ser de alto riesgo igualmente están atentado contra la integridad de las personas que integran dicha asociación beneficiada, creando antecedentes para que otras asociaciones soliciten se amparen en las resoluciones y acuerdo de consejo.

2.- Que, de la misma forma la Oficina de ORABI, emite el Informe N° 23-2011-ORABI/GOB.REG.TACNA de fecha 27 de Enero del 2011, con la finalidad de que se RATIFIQUE, la Resolución Ejecutiva Regional N° 431-2010-PR/G.R.T, de fecha 30DIC10, la cual resuelve “APROBAR LA TRANSFERENCIA DE BIEN INMUEBLE DEL PREDIO DENOMINADO LEON DEL SUR”, a favor de la Asociación de Vivienda de Interés Social Villa

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León del Sur”. Basándose en los diferentes informes existentes en el expediente administrativo que tramitó la referida asociación, SIN EMBARGO, SIENDO LA OFICINA DE ORABI, CONOCEDORA DE LAS ZONAS MÁS VULNERABLES DE LA CIUDAD DE TACNA, COMO ES EL CERRO INTIORKO QUE NO TIENE, NI CUENTA CON LAS CONDICIONES FAVORABLES PARA DESARROLLO URBANO DE TIPO URBANO, NO HACE REFERENCIA ABSOLUTA A ELLO, NI LO PUSO DE CONOCIMIENTO DE LA PRESIDENCIA, OMITIENDO TODA LA INFORMACIÓN DEL PROGRAMA DE PREVENCION ELABORADO EN DICIEMBRE DEL 2006, pese a que la petición de la Asociación de Vivienda de interés social “Villa León del Sur”, versa sobre los terrenos ubicados a faldas del Cerro Intiorko, no ajustándose técnicamente los informes emitidos por ORABI, al mapa elaborado por el PROGRAMA DE PREVENCION Y MEDIDAS DE MITIGACION ANTE DESASTRES DE LA CIUDAD DE TACNA, confeccionado por el Equipo Técnico en el mes de diciembre del añ0 2006, denominado Lamina 27.

3.- Que, el actual Presidente del Gobierno Regional de Tacna Ing. Tito Chocano Olivera, suscribe la Resolución Ejecutiva Regional N° 126-2011-PR/G.R.TACNA de fecha 28 de febrero del 2011, que RATIFICA la Resolución N° 431-2010-PR/G.R.T de fecha 30 de diciembre del 2010, y dispone que se apruebe la transferencia del bien inmueble bajo la modalidad de compra venta directa del predio denominado “León del Sur”, a favor de la Asociación de Vivienda de Interés Social “Villa León del Sur”, sin tener en cuenta la Gerencia General Regional y la Oficina de Asesoría Legal, sobre las condiciones anómalas de los terrenos del cerro Intiorko, las mismas que no se encuentran aptas para la expansión urbana, tal y conforme se demuestra con la Lamina N° 27 del PROGRAMA DE PREVENCION Y MEDIDAS DE MITIGACIÓN ANTE DESASTRES DE LA CIUDAD DE TACNA, confeccionado por el Equipo Técnico en el mes de Diciembre del añ0 2006, el mismo que es de pleno conocimiento de la Región y especialmente de la oficina de ORABI, actualmente (EOABI), encargada de los bienes inmuebles del Gobierno Regional de Tacna.

4.- Asimismo adjunto al presente el Oficio N° 183-2011-SGTDC/MPT, de fecha 26DIC11, SOBRE OPINIÓN TECNICA – FALDAS CERRO INTIORKO, emitida por el Ing. José Luis Vera Abarca, de la Sub Gerencia Técnica de Defensa Civil, donde concluye que el Cerro Intiorko no tiene condiciones favorables para desarrollo urbano de tipo urbano, tiene varios factores de muy alto riesgo en la probabilidad de ocurrencia de un sismo de gran magnitud. No cuenta con condiciones de mitigación de riesgo; según los estudios aprobados por el INDECI y Municipalidad Provincial de Tacna la zona del cerro intiorko, está considerado como ZONA NO URBANIZABLE, por consiguiente no se encuentran aptos para fines de vivienda, no tiene condiciones favorables para desarrollo urbano conforme esta detallado en la lamina 27.

5.- Que, como ente de prevención su despacho debe de tener en cuenta la Ley N° 29664 y el Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley 29664 que crea el

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Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (SINAGERD), quien es parte integrante su despacho conforme los arts. 5, 6 y 7 de la norma acotada.

En consecuencia Sra. es por ello que su despacho exija de forma inmediata las explicaciones del caso al Gobierno Regional de Tacna, sobre la Resolución Ejecutiva Regional N° 126-2011-PR/G.R.TACNA de fecha 28 de febrero del 2011, que RATIFICA la Resolución N° 431-2010-PR/G.R.T de fecha 30 de diciembre del 2010, que dispone que se apruebe la transferencia del bien inmueble bajo la modalidad de compra venta directa del predio denominado “León del Sur”, a favor de la Asociación de Vivienda de Interés Social “Villa León del Sur”, que no son favorables para el desarrollo urbano de tipo económico.

Es por ello que por intermedio de la presente solicito a su despacho tome las acciones inmediatas a fin de salvaguardar la integridad física de los asociados y no esperar que se produzca un evento de magnitud y lamentar las pérdidas humanas por acciones no tomadas en su debida oportunidad, es por ello que su despacho deberá de exigir que se respeten las zonas vulnerables de la ciudad de Tacna, específicamente a los terrenos que se encuentren en el cerro Intiorko que por cierto no se encuentran considerados dentro de la expansión urbana, conforme al plan director de la Municipalidad Provincial de Tacna

SIN OTRO PARTICULAR.

……………………………………..………………………………. BARBARA HERMELINDA ACERO ARCE

DNI Nº 00440582Domic: Los Milagros, Mz. F, Lte. 17 Int. “C”.

Avenida Jorge Basadre Grohomann.

Adjunto lo siguiente:1. Copia de mi DNI.2. Copia del Acuerdo de Consejo Regional N° 043-2010-CR/GOB.REG.TACNA, de

fecha 28DIC10, que acuerda y autoriza la transferencia de bien inmueble de ´propiedad del Gobierno Regional de Tacna, a favor de la Asoc. De Vivienda de Interés Social Villa León del Sur.

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3. Copia de la Resolución N° 431-2010-PR/G.R.T de fecha 30DIC10, que aprueba la transferencia del predio denominado León del Sur ubicado en el cerro intiorko a favor de la Asoc. De Vivienda de Interés Social Villa León del Sur.

4. Copia de la Resolución Ejecutiva Regional N° 126-2011-PR/G.R.TACNA de fecha 28 de febrero del 2011, que RATIFICA la Resolución N° 431-2010-PR/G.R.T de fecha 30 de diciembre del 2010, y dispone que se aprueba la transferencia del bien inmueble bajo la modalidad de compra venta directa del predio denominado “León del Sur”, a favor de la Asociación de Vivienda de Interés Social “Villa León del Sur”.

5. Copia del Oficio N° 183-2011-SGTDC/MPT, de fecha 26DIC11, SOBRE OPINIÓN TECNICA – FALDAS CERRO INTIORKO, emitida por el Ing. José Luis Vera Abarca, de la Sub Gerencia Técnica de Defensa Civil, donde concluye que el Cerro Intiorko no tiene condiciones favorables para desarrollo urbano de tipo urbano.

6. 05 Tomas fotográficas donde se aprecia la vulnerabilidad de los terrenos del cerro intiorko y que no son aptos para viviendas o para proyectos de desarrollo urbano.

7. Copia de la Lamina N° 27 donde se detalla la ZONA NO URBANIZABLE, por consiguiente no se encuentran aptos para fines de vivienda, no tiene condiciones favorables para desarrollo urbano.

8. Recorte Periodístico de fecha 22 de Agosto del Diario Correo de Tacna.

PDT.

ESTAREMOS ENVIANDO EL ACERVO DOCUMENTARIO FÍSICAMENTE VIA COURRIER A SU DESPACHO, FAVOR DE ENVIAR LA DIRECCIÓN DE SU OFICINA PARA LA RECEPCIÓN DEL MISMO, FAVOR DE ENVIAR RESPUESTA POR ESTE MEDIO.

PARA COMUNICACIÓN DIRECTA DE LA RECURRENTETELEFONO FIJO: 052 245534CELULAR: 952942396