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Perfil de Mercado Español de Carne Vacuna Consulado General y Centro de Promoción de la República Argentina en Barcelona Agosto 2008 1

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Page 1: CARNE VACUNA DESHUESADA - ExportaPyMEs · 2011-03-28 · a) 28 000 toneladas de carne deshuesada de los códigos NC 0201 30 y 0206 10 95 que respondan a la siguiente definición:

Perfil de Mercado Español de

Carne Vacuna

Consulado General y Centro de Promoción de la República Argentina en Barcelona

Agosto 2008

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Page 2: CARNE VACUNA DESHUESADA - ExportaPyMEs · 2011-03-28 · a) 28 000 toneladas de carne deshuesada de los códigos NC 0201 30 y 0206 10 95 que respondan a la siguiente definición:

CARNE VACUNA DESHUESADA I.-REGIMEN ARANCELARIO Y COMERCIAL A) CARNE VACUNA FRESCA O REFRIGERADA 0201300010 B) CARNE VACUNA CONGELADA DESHUESADA 0202301010 DERECHO DE IMPORTACIÓN: 20% EN EL MARCO DE UN CONTINGENTE ARANCELARIO COMUNITARIO (CUPO) PARA LO QUE DEBEN CUMPLIRSE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN REGLAMENTO DE LA CE 936/97*, Y PRESENTÁNDO EL CORRESPONDIENTE CERTIFICADO DE AUTENTICIDAD DE LA MERCADERIA. LA CONVOCATORIA PARA SOLICITAR EL CUPO: 1 DE JULIO A 30 DE JUNIO. (*) REGLAMENTO (CE) N° 936/97 DE LA COMISIÓN de 27 de mayo de 1997 relativo a la apertura y el modo de gestión de los contingentes arancelarios de carnes de vacuno de calidad superior fresca, refrigerada o congelada, y de carne de búfalo congelada LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 1095/96 del Consejo, de 18 de junio de 1996, relativo a la aplicación de las concesiones que figuran en la lista CXL elaborada a raíz de la conclusión de las negociaciones enmarcadas en el apartado 6 del artículo XXIV del GATT (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 1, Considerando que la Comunidad se ha comprometido, en el Acuerdo de agricultura celebrado en el contexto de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, a abrir contingentes arancelarios de carne de vacuno de calidad superior y de carne de búfalo congelada cuyos volúmenes anuales se fijan en 58 100 toneladas y 2 250 toneladas, respectivamente; que es necesario abrir dichos contingentes con carácter plurianual, por períodos de doce meses que comiencen el 1 de julio de cada año, y establecer las disposiciones de aplicación correspondientes; Considerando que los terceros países exportadores se han comprometido a expedir certificados de autenticidad que garanticen el origen de los productos; que es necesario definir el modelo de dichos certificados y sus normas de utilización; que los certificados de autenticidad deben ser expedidos por organismos situados en terceros países; que dichos organismos deben ofrecer todas las garantías necesarias para que el régimen en cuestión funcione correctamente; Considerando que es preciso disponer que ese régimen se regule mediante certificados de importación; que, a tal efecto, procede establecer, entre otras cosas, las normas relativas a la presentación de las solicitudes y los datos que deben figurar en las solicitudes y los certificados, en caso necesario no obstante lo dispuesto en el Reglamento (CEE) n° 3719/88 de la Comisión, de 16 de noviembre de 1988, por el que se establecen disposiciones comunes de aplicación del régimen de certificados de importación, de exportación y de fijación anticipada para los productos agrícolas (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2350/96 (3), y en el Reglamento (CE) n° 1445/95 de la Comisión, de 26 de junio de 1995, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen de importación y exportación en el sector de la carne de vacuno y se deroga el Reglamento (CEE) n° 2377/80 (4), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 266/97 (5);

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Considerando que, para garantizar una gestión eficaz de la importación de esas carnes, es oportuno disponer que, en su caso, la expedición de los certificados de importación esté sujeta a una comprobación de las indicaciones que figuren en los certificados de autenticidad; Considerando que, según indica la experiencia, los importadores no siempre comunican a las autoridades competentes, expedidoras de los certificados de importación, la cantidad ni el origen de la carne de vacuno importada al amparo del contingente en cuestión; que estos datos son importantes en el contexto de la evaluación de la situación del mercado; que, por ello, es conveniente establecer una garantía que avale el cumplimiento de esta obligación; Considerando que es preciso disponer que los Estados miembros comuniquen los datos pertinentes relacionados con estas importaciones; Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de vacuno, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 1. Se abren, con carácter plurianual, los siguientes contingentes arancelarios para períodos comprendidos entre el 1 de julio de cada año y el 30 de junio del año siguiente, denominado en adelante «año de importación»: - 58 100 toneladas de carne de vacuno de calidad superior, fresca, refrigerada o congelada, de los códigos NC 0201 y 0202, y de productos de los códigos NC 0206 10 95 y 0206 29 91; el número de orden de este contingente es 09.4002; - 2 250 toneladas de carne de búfalo deshuesada, congelada del código NC 0202 30 90,expresadas en peso de carne de deshuesada; el número de orden de este contingente es 09.4001. Para los efectos de este contingente, 100 kilogramos de carne sin deshuesar equivaldrán a 77 kilogramos de carne deshuesada. 2. A los efectos de aplicación del presente Reglamento, se considerará carne congelada aquella que, en el momento de su introducción en el territorio aduanero de la Comunidad, se presente en estado congelado con una temperatura interna igual o inferior a -12 °C. 3. El derecho aduanero ad valorem aplicable a los contingentes a que se refiere el apartado 1 queda fijado en el 20 %. Artículo 2 El contingente arancelario de carne de vacuno fresca, refrigerada o congelada a que se refiere el primer guión del apartado 1 del artículo 1 se repartirá del siguiente modo: a) 28 000 toneladas de carne deshuesada de los códigos NC 0201 30 y 0206 10 95 que respondan a la siguiente definición: «Cortes de carne de vacuno procedentes de animales criados exclusivamente en pastos, de una edad comprendida entre los veintidós y los veinticuatro meses y con dos incisivos permanentes, cuyo peso vivo en el momento del sacrificio no exceda de 460 kilogramos, de calidades especiales o buenas, denominados "cortes especiales de vacuno", en envases de cartón special boxed beef, que podrán llevar la marca "sc" (special cuts)»; b) 7 000 toneladas en peso del producto, de carne de los códigos NC 0201 20 90, 0201 30, 0202 20 90, 0202 30, 0206 10 95 y 0206 29 91 que respondan a la siguiente definición: «Cortes seleccionados de carne fresca, refrigerada o congelada procedentes de vacunos que no tengan más de cuatro incisivos permanentes, cuyas canales no pesen más de 327 kilogramos, (720 libras), de apariencia compacta con una carne de buena presentación al corte, de color claro y uniforme, con una cobertura de grasa adecuada, pero no excesiva; la carne deberá certificar high-quality beef EC»; c) 6 300 toneladas de carne deshuesada de los códigos NC 0201 30, 0202 30 90, 0206 10 95 y 0206 29 91 que respondan a la siguiente definición: «Cortes de carne de vacuno procedentes de animales criados exclusivamente en pastos cuyo peso vivo en el momento del sacrificio no exceda de 460 kilogramos, de calidades especiales o buenas, denominadas "cortes especiales de vacuno", en envases de cartón special boxed beef; estos cortes podrán llevar la marca "sc" (special cuts)»; d) 5 000 toneladas de carne deshuesada de los códigos NC 0201 30, 0202 30 90, 0206 10 95 y 0206 29 91 que respondan a la siguiente definición: «Cortes de carne de vacuno procedentes de novillos o novillas de una edad comprendida entre veinte y veinticuatro meses, cuya dentición vaya de la caída de las pinzas de la primera dentición a, como máximo, cuatro incisivos permanentes, criados exclusivamente en pastos, de una calidad de buena madurez y que correspondan a las siguientes normas de clasificación de las canales de vacuno:

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carnes que provengan de canales clasificadas en la clase B o R, de conformación convexa a rectilínea y de un estado de engorde de 2 o 3; dichos cortes llevarán la marca "sc" (special cuts) o estarán provistos de una etiqueta "sc" (special cuts) que certifique la calidad superior de los mismos y estarán embalados en envases de cartón que lleven la indicación: "carne de calidad superior"»; e) 300 toneladas, en peso de producto, de carne de los códigos NC 0201 20 90, 0201 30, 0202 20 90, 0202 30, 0206 10 95 y 0206 29 91 que se ajuste a la siguiente definición: «Cortes seleccionados de carne refrigerada o congelada, que provengan exclusivamente de animales criados en pastos, que no tenga más de cuatro incisivos permanentes in wear, cuyas canales tengan un peso neto que no sobrepase los 325 kilogramos, de apariencia compacta con una carne de buena presentación, de color claro y uniforme, y una cobertura de grasa adecuada, aunque no excesiva. Todos los cortes se envasarán al vacío y se denominarán "carne de vacuno de calidad superior"»; f) 11 500 toneladas, en peso del producto, de carne de los códigos NC 0201, 0202, 0206 10 95 y 0206 29 91 que respondan a la siguiente definición: «Canales o cualesquiera cortes procedentes de vacunos de menos de treinta meses criados durante al menos cien días con una alimentación equilibrada de gran concentración energética, que contenga al menos un 70 % de granos, de un peso total mínimo de 20 libras por día. La carne marcada choice o prime de acuerdo con las normas del United States Department of Agriculture (USDA) entrará automáticamente en esta definición. La carne clasificada como A 2, A 3 y A 4 de acuerdo con las normas del Ministerio de Agricultura de Canadá corresponderá a esta definición». Artículo 3 1. La importación de las cantidades a que se refiere la letra f) del artículo 2 estará supeditada a la presentación, en el momento del despacho a libre práctica: - de un certificado de importación expedido con arreglo a lo dispuesto en los artículos 4 y 5, y - de un certificado de autenticidad expedido con arreglo a lo dispuesto en el artículo 6. 2. Los certificados de importación a que se refiere el apartado 1 se asignarán con carácter mensual. La cantidad disponible cada mes de cada año de importación equivaldrá a una doceava parte de la cantidad total a que se refiere la letra f) del artículo 2 más la cantidad restante de los meses anteriores contemplada en el apartado 3 del artículo 5. Artículo 4 Para obtener el certificado de importación a que se refiere el artículo 3: a) el solicitante del certificado deberá ser una persona física o jurídica que, en el momento de presentar la solicitud, lleve doce meses como mínimo de ejercicio de alguna actividad relacionada con el comercio de carne de vacuno entre Estados miembros o con terceros países y se encuentre registrada en alguno de los Estados miembros en el registro del IVA; b) la solicitud de certificado podrá referirse a una cantidad global que equivalga, como máximo, a la cantidad disponible para el mes en el que se presente dicha solicitud; c) en la casilla 8 de la solicitud de certificado y del certificado figurará el país de origen; el certificado obligará a importar del país indicado; d) en la casilla 20 de la solicitud de certificado y del certificado figurará una de las indicaciones siguientes: - Carne de vacuno de alta calidad [Reglamento (CE) n° 936/97] - Oksekød af høj kvalitet (forordning (EF) nr. 936/97) - Qualitätsrindfleisch (Verordnung (EG) Nr. 936/97) - Âüåéï êñÝáò åêëåêôÞò ðïéüôçôáò [êáíïíéóìüò (ÅÊ) áñéè. 936/97] - High-quality beef/veal (Regulation (EC) No 936/97) - Viande bovine de haute qualité [règlement (CE) n° 936/97] - Carni bovine di alta qualità [regolamento (CE) n. 936/97] - Rundvlees van hoge kwaliteit (Verordening (EG) nr. 936/97) - Carne de bovino de alta qualidade [Regulamento (CE) nº 936/97] - Korkealaatuista naudanlihaa (asetus (EY) N:o 936/97) - Nötkött av hög kvalitet (förordning (EG) nr 936/97). Artículo 5 1. La solicitud de certificado a que se refiere el artículo 4 únicamente podrá presentarse a las autoridades competentes del Estado miembro en que el solicitante esté registrado en un registro de IVA durante los cinco primeros días de cada mes de cada año de importación. En caso de que un mismo solicitante presente varias solicitudes, no se aceptará ninguna de ellas.

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2. Al segundo día hábil del final del plazo de presentación de solicitudes, los Estados miembros comunicarán a la Comisión la cantidad total por la que se hayan presentado solicitudes. En esta comunicación figurará también la lista de solicitantes y los países de origen indicados. Todas las comunicaciones, incluidas las de «no procede», se efectuarán antes de las 16 horas del día señalado. 3. La Comisión decidirá en qué medida se da curso a las solicitudes. Si las cantidades por las que se solicitan certificados sobrepasan las cantidades disponibles, la Comisión fijará un porcentaje único de reducción de las cantidades solicitadas. Si la cantidad total por la que se hayan presentado solicitudes es inferior a la cantidad disponible, la Comisión determinará la cantidad restante que se sumará a la cantidad disponible del mes siguiente de cada año de importación. 4. Siempre y cuando las solicitudes sean aceptadas por la Comisión, los certificados se expedirán el undécimo día de cada mes. Artículo 6 1. El certificado de autenticidad, del que se expedirán el original y al menos una copia, se extenderá en un impreso acorde con el modelo que figura en el Anexo I. Ese impreso tendrá un formato aproximado de 210 × 297 milímetros y el papel que se utilice pesará como mínimo 40 gramos por metro cuadrado. 2. Los impresos se imprimirán y cumplimentarán en una de las lenguas oficiales de la Comunidad; además, podrán imprimirse y cumplimentarse en la lengua oficial o una de las lenguas oficiales del país de exportación. Al dorso del impreso deberá figurar la definición del artículo 2 aplicable a las carnes originarias del país de exportación. 3. Cada certificado de autenticidad se individualizará mediante un número de serie asignado por el organismo emisor indicado en el artículo 7. Las copias llevarán el mismo número de serie que el original. 4. El original y las copias del mismo se cumplimentarán a máquina o a mano. En este último caso, se hará con tinta negra y en mayúsculas. 5. Los certificados de autenticidad únicamente serán válidos cuando estén debidamente cumplimentados y visados, con arreglo a lo dispuesto en los Anexos I y II, por un organismo emisor que figure en la lista del Anexo II. 6. Los certificados de autenticidad estarán debidamente visados cuando indiquen el lugar y la fecha de emisión y lleven el sello del organismo emisor y la firma de la persona o personas habilitadas para firmarlos. Tanto en el original del certificado de autenticidad como en las copias, el sello podrá ser sustituido por un membrete impreso. Artículo 7 1. Las autoridades expedidoras que figuran en la lista del Anexo II deberán: a) ser reconocidos como tales por el país exportador; b) comprometerse a comprobar las indicaciones que figuren en los certificados de autenticidad; c) comprometerse a proporcionar cada miércoles a la Comisión cualquier información que permita comprobar las indicaciones que figuren en los certificados de autenticidad. 2. La Comisión podrá revisar la lista en caso de que alguno de los organismos emisores deje de estar reconocido, de que no cumpla alguna de sus obligaciones o de que se designe un nuevo organismo emisor. Artículo 8 1. La importación de las cantidades a que se refieren el segundo guión del apartado 1 del artículo 1 y las letras a), b), c), d) y e) del artículo 2 estará supeditada a la presentación, en el momento del despacho a libre práctica, de un certificado de importación expedido con arreglo a lo dispuesto en las letras c) y d) del artículo 4 y en el apartado 2. 2. a) El original del certificado de autenticidad establecido con arreglo a lo dispuesto en los artículos 6 y 7 y una copia del mismo se presentarán a la autoridad competente junto con la solicitud del primer certificado de importación correspondiente al certificado de autenticidad. La autoridad mencionada conservará el original del certificado de autenticidad. b) Podrá usarse un certificado de autenticidad para la expedición de varios certificados de importación, siempre que no se rebasen las cantidades indicadas en él. En caso de que se expidan varios certificados de importación correspondientes a un solo certificado de autenticidad, la autoridad competente visará el certificado de autenticidad por cada cantidad asignada. c) La autoridad competente sólo podrá expedir el certificado de importación cuando haya comprobado que todos los datos que figuran en el certificado de autenticidad corresponden a los datos comunicados por la Comisión en las comunicaciones semanales. El certificado se expedirá inmediatamente después de dicha comprobación.

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3. No obstante lo dispuesto en la letra c) del apartado 2, en casos excepcionales y previa solicitud debidamente motivada del solicitante, la autoridad competente podrá expedir un certificado de importación basado en el certificado de autenticidad correspondiente antes de recibir la información de la Comisión. En este caso, la garantía correspondiente a los certificados de importación, contemplada en el apartado 1 del artículo 12, se fija en 50 ecus por cada 100 kilogramos de peso neto. Tras recibir la información relativa al certificado, los Estados miembros sustituirán esa garantía por la contemplada en el apartado 1 de artículo 12. Artículo 9 Los certificados de autenticidad y los certificados de importación tendrán una validez de tres meses a partir de la fecha de expedición. No obstante, expirarán el 30 de junio siguiente a la fecha de su expedición. Artículo 10 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente Reglamento, se aplicarán las disposiciones de los Reglamentos (CEE) n° 3719/88 y (CE) n° 1445/95. 2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 8 del Reglamento (CEE) n° 3719/88, se percibirá el derecho pleno de importación establecido en el arancel aduanero común (AAC) por todas aquellas cantidades que excedan de las indicadas en el certificado de importación. 3. No se aplicará lo dispuesto en el párrafo segundo del apartado 3 del artículo 14 del Reglamento (CEE) n° 3719/88. 4. No obstante lo dispuesto en el inciso ii) de la letra b) del apartado 3 del artículo 33 del Reglamento (CEE) n° 3719/88, el plazo máximo para presentar la prueba de importación con limitación de la pérdida de la fianza al 15 % será de cuatro meses. Artículo 11 1. A más tardar tres semanas después de la importación del producto a que se refiere el presente Reglamento, el importador comunicará a la autoridad competente que haya expedido el certificado de importación la cantidad y el origen de los productos importados. Dicha autoridad remitirá esa información a la Comisión al inicio de cada mes. 2. A más tardar cuatro meses después de cada semestre del año de importación, la correspondiente autoridad competente comunicará a la Comisión las cantidades de los productos a que se refiere el artículo 1 para las que se hayan utilizado durante ese semestre certificados de importación expedidos en virtud del presente Reglamento, desglosadas por países de origen. Artículo 12 1. Al mismo tiempo que la presentación de su solicitud de certificado de importación, el importador deberá depositar, por dicho certificado, una garantía de 12 ecus por 100 kilogramos, no obstante lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n° 1445/95 y, por la comunicación a que se refiere el apartado 1 del artículo 11 del presente Reglamento, otra garantía de 1 ecu por 100 kilogramos. 2. La garantía correspondiente a la comunicación se devolverá si esta última se remite a la autoridad competente dentro del plazo establecido en el apartado 1 del artículo 11 incluyendo por la cantidad objeto de la misma. En caso contrario, la garantía quedará ejecutada. La decisión sobre la devolución de la garantía se tomará al mismo tiempo que la relativa a la devolución de la garantía correspondiente al certificado. Artículo 13 El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de julio de 1997. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 27 de mayo de 1997. Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión ANEXO II LISTA DE LAS AUTORIDADES DE LOS PAÍSES EXPORTADORES HABILITADAS PARA EMITIR CERTIFICADOS DE AUTENTICIDAD

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- SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA: para la carne originaria de Argentina que se ajuste a la definición contemplada en la letra a) del artículo 2. - AUSTRALIAN MEAT AND LIVESTOCK CORPORATION: para la carne originaria de Australia: a) que responda a la definición contemplada en la letra b) del artículo 2; b) que responda a la definición contemplada en el apartado 1 del artículo 1 segundo guión. - INSTITUTO NACIONAL DE CARNES (INAC): para la carne originaria de Uruguay que se ajuste a la definición contemplada en la letra c) del artículo 2. - DEPARTAMENTO NACIONAL DE INSPECÇÃO DE PRODUTOS DE ORIGEM ANIMAL (DIPOA): para la carne originaria de Brasil que se ajuste a la definición mencionada en la letra d) del artículo 2. - NEW ZEALAND MEAT PRODUCERS BOARD: para la carne originaria de Nueva Zelanda que se ajuste a la definición contemplada en la letra e) del artículo 2. - FOOD SAFETY AND INSPECTION SERVICE (FSIS) OF UNITED STATES DEPARTMENT OF AGRICULTURE (USDA): para la carne originaria de Estados Unidos de América que responda a la definición contemplada en la letra f) del artículo 2. - FOOD PRODUCTION AND INSPECTION BRANCH - AGRICULTURE CANADA, DIRECTION GÉNÉRALE, PRODUCTION ET INSPECTION DES ALIMENTS - AGRICULTURE CANADA: para la carne originaria de Canadá que se ajuste a la definición contemplada en la letra f) del artículo 2. REGIMEN COMERCIAL: LIBRE DOCUMENTOS: -CITES Convención de Washington. Mercancías regidas por la Convención de Washington sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre. La importación y exportación de productos enumerados en la lista anexa del R/CE 338/97 L-61 (03-03-97) y sus últimas modificaciones están sujetas a la presentación de una autorización de importación o exportación. -EVETER Inspección veterinaria (exportación) -SANIM Inspección sanitaria (importación) -TSANT Inspección sanitaria para el tránsito

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II.- ESTADÍSTICAS DE COMERCIO EXTERIOR A) ESTADÍSTICAS COMPARATIVAS IMPORTACION ESPAÑOLA DE CARNE VACUNA FRESCA O REFRIGERADA (PROCEDENCIA DE ARGENTINA) MILES DE U$S

AÑO 2005 AÑO 2006 AÑO 2007

02011000 -- CANALES O MEDIAS CANALES DE CARNE DE ANIMALES DE LA ESPECIE BOVINA, FRESCA O REFRIGERADA. (SIN UNIDAD ASIGNADA)

0 8,80 0

02012020 -- CUARTOS LLAMADOS "COMPENSADOS", SIN DESHUESAR, DE CARNE DE ANIMALES DE LA ESPECIE BOVINA, FRESCA O REFRIGERADA. (SIN UNIDAD ASIGNADA)

0 5,30 2,70

02012030 -- CUARTOS DELANTEROS, UNIDOS O SEPARADOS, SIN DESHUESAR, DE CARNE DE ANIMALES DE LA ESPECIE BOVINA, FRESCA O REFRIGERADA. (SIN UNIDAD ASIGNADA)

7,10 23,80 28,30

02013000 -- CARNE DE ANIMALES DE LA ESPECIE BOVINA, FRESCA O REFRIGERADA, DESHUESADA. (SIN UNIDAD ASIGNADA)

21.705,30 27.021,50 29.130,00

IMPORTACIÓN ESPAÑOLA DE CARNE VACUNA CONGELADA (PROCEDENCIA DE ARGENTINA) MILES DE U$S AÑO 2005 AÑO 2006 AÑO 2007

02021000 -- CANALES O MEDIAS CANALES, CONGELADAS, DE ANIMALES DE LA ESPECIE BOVINA. (SIN UNIDAD ASIGNADA)

0,0 0,5 0,0

02022090 -- TROZOS SIN DESHUESAR, CONGELADOS, DE ANIMALES DE LA ESPECIE BOVINA (EXCEPTO CANALES O MEDIAS CANALES, CUARTOS LLAMADOS "COMPENSADOS", CUARTOS DELANTEROS UNIDOS O SEPARADOS Y CUARTOS TRASEROS UNIDOS O SEPARADOS). (SIN UNIDAD ASIGNADA)

18,0 0,0 27,0

02023010 -- CUARTOS DELANTEROS CONGELADOS, DESHUESADOS, DE BOVINOS, ENTEROS O CORTADOS EN CINCO TROZOS COMO MAXIMO, PRESENTANDOSE CADA CUARTO DELANTERO EN UN BLOQUE DE CONGELACION; CUARTOS "COMPENSADOS", CONGELADOS Y DESHUESADOS, PRESENTADOS EN DOS BLOQUE

0,6 0,0 0,0

02023050 -- CORTES DE CUARTOS DELANTEROS Y CORTES DE PECHO, LLAMADOS "AUSTRALIANOS", CONGELADOS, DESHUESADOS, DE ANIMALES DE LA ESPECIE BOVINA. (SIN UNIDAD ASIGNADA)

44,1 0,0 0,0

02023090 -- CARNE DE BOVINO, CONGELADA, DESHUESADA (EXCEPTO CUARTOS: DELANTEROS ENTEROS O CORTADOS EN CINCO TROZOS MAXIMO, PRESENTANDOSE CADA CUARTO DELANTERO EN UN BLOQUE DE CONGELACION; "COMPENSADOS" PRESENTADOS EN DOS BLOQUES DE CONGELACION QUE CONTENG

3190,0 3,270,5 7242,0

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B) RANKING DE PAISES VALOR EN MILES DE DOLARES)

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CARNE VACUNA FRESCA O REFRIGERADA (2007 2006 2005)

IMPORTACION 2007 EXPORTACION 2007Nº País Miles U$S %part. Nº País Miles U$S %part.1 PAISES BAJOS 174.441 22,93 1 PORTUGAL 191.471 52,402 ALEMANIA 122.453 16,09 2 FRANCIA 78.755 21,553 DINAMARCA 114.898 15,10 3 ITALIA 59.973 16,414 IRLANDA 87.932 11,56 4 P.BAJOS 13.010 3,565 FRANCIA 65.473 8,61 5 ALEMANIA 6.277 1,726 POLONIA 40.424 5,31 6 ANDORRA 5.713 1,567 BRASIL 37.338 4,91 7 BELGICA 3.831 1,05

8 ARGENTINA 29.161 3,83

7 ARGENTINA 27.059 4,40

7 ARGENTINA 21.712 4,38

8 GRECIA 2.477 0,689 URUGUAY 25.031 3,29 9 AUSTRIA 1.904 0,5210 ITALIA 21.154 2,78 10 DINAMARCA 1.088 0,30

SUBTOTAL 718.305 94,41 SUBTOTAL 364.498 99,75TOTAL 760.830 TOTAL 365.406

IMPORTACION 2006 EXPORTACION 2006Nº País Miles U$S % Part. Nº País AÑO 2006 % Part.1 PAISES BAJOS 128.923 20,98 1 PORTUGAL 160.945 42,952 DINAMARCA 113.295 18,44 2 FRANCIA 100.400 26,793 ALEMANIA 91.364 14,87 3 TALIA 77.253 20,614 RLANDA 83.781 13,64 4 PAISES BAJOS 20.178 5,385 FRANCIA 43.055 7,01 5 ANDORRA 5.473 1,466 BRASIL 32.856 5,35 6 ALEMANIA 4.296 1,15

7 BELGICA 2.799 0,758 BELGICA 21.595 3,51 8 GRECIA 2.075 0,559 POLONIA 21.364 3,48 9 LUXEMBURGO 498 0,1310 URUGUAY 20.477 3,33 10 GIBRALTAR 338 0,09

SUBTOTAL 583.770 95,01 SUBTOTAL 374.256 99,87TOTAL 614.410 TOTAL 374.750

IMPORTACION 2005 EXPORTACION 2005Nº País Miles U$S %Part. Nº País Miles U$S % Part.1 PAISES BAJOS 112.569 0,23 1 PORTUGAL 128.032 33,372 DINAMARCA 106.460 21,50 2 FRANCIA 106.326 27,713 ALEMANIA 73.798 14,90 3 TALIA 96.428 25,134 IRLANDA 69.840 14,10 4 P. BAJOS 31.210 8,135 FRANCIA 31.480 6,36 5 BELGICA 5.783 1,516 BRASIL 25.381 5,13 6 ANDORRA 4.884 1,27

7 GRECIA 4.600 1,208 BELGICA 20.976 4,24 8 ALEMANIA 3.970 1,039 URUGUAY 13.323 2,69 9 DINAMARCA 556 0,1510 USTRIA 8.944 1,81 10 RUSIA 448 0,12

SUBTOTAL 484.483 97,83 SUBTOTAL 382.235 99,63TOTAL 495.217 TOTAL 383.663

Page 10: CARNE VACUNA DESHUESADA - ExportaPyMEs · 2011-03-28 · a) 28 000 toneladas de carne deshuesada de los códigos NC 0201 30 y 0206 10 95 que respondan a la siguiente definición:

CARNE VACUNA CONGELADA (AÑOS 2007 2006 2005)

IMPORTACION 2007 EXPORTACION 2007Nº País Miles U$S % Part. Nº País Miles U$S % Part.1 BRASIL 68.889 39,51 1 PORTUGAL 29.878 43,352 URUGUAY 17.541 10,06 2 FRANCIA 9.194 13,343 ALEMANIA 17.228 9,88 3 ALEMANIA 6.279 9,114 P. BAJOS 16.488 9,46 4 P. BAJOS 4.925 7,155 RANCIA 14.150 8,12 5 GRECIA 3.403 4,946 RLANDA 9.437 5,41 6 R. UNIDO 2.936 4,267 DINAMARCA 7.809 4,48 7 TALIA 2.714 3,948 ARGENTINA 7.269 4,17 8 RUSIA 2.223 3,22

9 REP.CHECA 1.945 2,8210 OLONIA 2.708 1,55 10 DINAMARCA 648 0,94

SUBTOTAL 168.039 96,39 SUBTOTAL 64.146 93,07TOTAL 174.341 TOTAL 68.919

IMPORTACION 2006 EXPORTACION 2006Nº País Miles U$S % Part. Nº Paí

9 TALIA 6.519 3,74

s Miles U$S % Part.1 BRASIL 50.226 38,73 1 PORTUGAL 30.498 43,342 ALEMANIA 16.845 12,99 2 RUSIA 11.474 16,313 URUGUAY 15.507 11,96 3 FRANCIA 7.690 10,934 FRANCIA 12.906 9,95 4 P. BAJOS 5.990 8,515 P. BAJOS 9.256 7,14 5 ALEMANIA 4.886 6,946 DINAMARCA 7.029 5,42 6 GRECIA 2.405 3,427 TALIA 5.838 4,50 7 R. UNIDO 1.864 2,658 RLANDA 3.331 2,57 8 DINAMARCA 1.165 1,669 ARGENTINA 3.271 2,52 9 REP. CHECA 743 1,06

10 ANDORRA 625 0,89SUBTOTAL 126.453 97,51 SUBTOTAL 67.340 95,69TOTAL 129.683 TOTAL 70.370

IMPORTACION 2005 EXPORTACION 2005Nº País Miles U$S % Part. Nº Paí

10 N. ZELANDA 2.244 1,73

s Miles U$S % Part.1 BRASIL 47.853 41,88 1 PORTUGAL 29.477 31,942 URUGUAY 14.825 12,97 2 RUSIA 19.852 21,513 ALEMANIA 13.091 11,46 3 FRANCIA 9.378 10,164 FRANCIA 10.377 9,08 4 P. BAJOS 8.805 9,545 P. BAJOS 7.981 6,98 5 ALEMANIA 7.557 8,196 DINAMARCA 6.704 5,87 6 TALIA 3.236 3,517 TALIA 4.450 3,89 7 GRECIA 2.877 3,128 ARGENTINA 3.253 2,85 8 R. UNIDO 2.870 3,11

9 IRLANDA 2.821 3,0610 N. ZELANDA 1.146 1,00 10 DINAMARCA 1.683 1,82

SUBTOTAL 111.492 97,58 SUBTOTAL 88.556 95,95TOTAL 114.263 TOTAL 92.294

9 R. UNIDO 1.813 1,59

10

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11

I.- FERIAS

II

A ALIMENTACION “SAL” ERIODICIDAD: BIENAL (años impares)

ADRID

0 5801/5795

-SALON DE LPPROXIMA EDICION: Marzo 2009 LUGAR DE CELEBRACION: MADRID ORGANIZA: IFEMA – FERIA DE MPARQUE FERIAL JUAN CARLOS I 28042 MADRID TEL: +34 902221516 / +34 91722300FAX: +34 91 722E-MAIL: [email protected] / [email protected] WEBSITE: www.ifema.es -SALON INTERNACIONAL DE LA ALIMENTACION Y BEBIDAS ALIMENTARIA”

: MARZO 2010 NA

IONS S.A.

00 FAX: +34 93 452 1801 [email protected]

“PERIODICIDAD: BIENAL (años pares) PROXIMA EDICIONLUGAR DE CELEBRACION: BARCELOORGANIZA: ALIMENTARIA EXHIBITDIPUTACION 119 08015 BARCELONA TEL: +34 93 45218E-MAIL: alimentaria-b

omWEBSITE: www.alimentaria.c

.-ENLACES DE INTERES:

IV

IAS DE LA CARNE DE ESPAÑA eneral Rodrigo 6 - 28003 Madrid

CIÓN ttp:/www.mapa.es

EVISTA DEL SECTOR CARNICO EB: www.eurocarne.com

- ASOCIACIÓN DE INDUSTRGTel. 34 915547849 fax: 34 91 5547849 - E-mail: [email protected] - MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTAh - EUROCARNE (RW -CONFECARNE, CONFEDERACION DE ORGANIZACIONES

MPRESARIALES DEL SECTOR CARNICO

DUSTRIAS DE LA CARNE DE VALENCIA abel la Catolica, 6 9piso - 46004 Valencia

EWEB: confecarne.org - ASOCIACIÓN DE INIsT./ 34 96 3515100 - fax: 34 96 3515408 - WEB: www.aica.org - CENTRO DE TECNOLOGIA DE LA CARNE GIRONA - WEB: www.irta.es

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12

.-IMPORTADORES ESPAÑOLES DE CARNE VACUNA V

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55 FAX: 34.93.3364957

ARNES FELIX, S.A. (antigua CARFE, S.A.) . FELIX LURBE

LENCIA)

ARNICAS SAINZ S.L. LUCIANO MURILLO

Zuaznabar Kalea, 4

FAX. 34.943.492259

ROSKI soc. Coop. AVIER PAGALDAI

TIN S/N CAYA)

.94.6211850

R S.A

D. JOSÉ COLOMER

A)

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OSE FRIGULS CLARIANA, S.A. . EDUARDO FRIGULS

195

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56664 .com

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CRA. MASIA JUEZ KM. 3

34.6.1553950

GTMERCABARNA 08040 BARCELONATEL.: 34.93.33640 CDCARR. VALENCIA-ALICANTE KM. 280 46470 ALBAL (VATEL.: 34.96 3240094 FAX: 34.96 3240093 E-mail: [email protected]

C

20180 OIARZUN (GUIPÚZCOA) TEL.. 34.943.490144EUROPA E-mail: [email protected] EJBARRIO SAN AGUS48230 ELORRIO (VIZTEL.: 34.94.6211820 FAX: 34E-mail: [email protected]

CARNICAS J. COLOME

AVDA. ANTONIO GAUDI, 12 17800 OLOT (GERONTEL (34.972) 26.4053 FAX: (34.972) 26.8310 E-mail: jcolomer@jcolo JDC/ Merlot, 20-22 P.I. Clot de Moja 08734 OLERDOLA (BNA)TE: 34 93 8199190 FAX: 93 8199E-maol: [email protected]

08040 BARCELONA TEL.: 34.93.3364040 FAX: 34.93.33E-mail: carnsb@carnsb

OSCAR MAYER S.A. D. L

46900 TORRENT (VALENCIA) TEL.: 34.96.1553800 FAX:

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13

REMEI 25 )

46.1584

NGOL

SUMINISTROS A CARNICERÍAS, S.A. . Valentin Choya D. JUAN M. MARTÍNEZ

30 FAX: 34.93.3353993 .com

ÍO S.A.

C/ FUNDACIÓN SONSOLES S/N

3136

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A

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ARREAGUIRRE, 42

2841

NZALEZ, S.A. SRA. CANDIDA VILCHES

5283701 @terra.es

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MUELLE SAN BELTRAN

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CHARCUTERIA Y COCINADOS S.A.

17244 CASSÁ DE LA SELVA (GERONATEL 34.972FAX 34.972 46.3384 ATN. SR. NINI ARMEE-mail: [email protected]

DLONGITUDINAL 9 NRO 130 MERCABARNA 08040 BARCELONA TEL.. 34.93.33501E-mail: sucarn@sucarn

CONSERVERA CAMPOFR

09007 BURGOS TEL.: 34.47.283100 FAX: 34.47.28

CÁRNICAS CESARAUGUSTA S.A.

CAMINO COGULLADA MERCAZARAG50014 ZARAGOZTEL.: 34.976.471659 FAX: 34.876762054 E-mail: jmrubio@sab EMILIO DIEGO IP48010 BILBAO TEL (34.94) 415.0520 FAX 34. 94.442

CARNES AMARO GO

C/ ESTRELLA POLAR, 1 03006 ALICANTE Tel.: 96 5103991 – Fax: 96 E-mail: carnesamaro

PROVIMAR S.A. – JORGE L

TINGLADO Nº 3, NAVES 1 Y 2 08039 BARCELONA TEL (34.93) 4439797 FAX (34.93) 4434056 E-mail: comercial@prov COMPAÑIA MEDITERRANEA DE FRIO Y ALIMENTACION, S.A.

r. Balta Tortella

ALLORCA

SCL CARDENAL ROSSELL 182 07007 PALMA - MTeléfono: 971 745864 Fax: 971745863

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14

NTERVIANDE, SL - Sr. David Zamora L DE LA TORRE, 1-3 esc A 1º C

, SA - SRA. LAURA CAPO R PALMA-INCA KM 7

: 971600100

IC08700 IGUALADA - BARCELONA Teléfono: 938017402 Fax: 938055065 CARMA S. XXIC07141 MARRATXI - MALLORCA TeléfonoFax: 971795302 E-mail: [email protected] INDUSTRIAS CARNICAS BARCELONA S.L.

r. SOLER LUIS

7702411 166

I.- INFORMACION GENERAL DEL SECTOR

SC/ REBATO, 80 08630 ABRERA Teléfono: (34) 93 -Fax: (34) 93 - 7703E-mail: [email protected] V

l sector cárnico constituye actualmente un sector de primera magnitud dentro del onjunto de la industria alimentaria española.

casi 3.550 industrias, de las cuales 815 tienen más de 20 trabajadores. La industria cárnica, la más numerosa de la industria

encuentra en los dos estratos de dimensión según número de ocupados: las de menos

n una solidez considerable en todos los tramos en el periodo considerado; sin embargo, en el último quinquenio el número

orzada por su extensión geográfica, en todas las regiones se encuentra esta industria que, además, en buena medida está

Ec

Según el Instituto Nacional de Estadística, hay

alimentaria, supone el 16,15% del número total de industrias alimentarias, el 14,7% de las menores de 20 empleados y el 23,5% de las mayores de esa dimensión laboral.

Desde 1993, el número de empresas ha subido más de un 12%, este incremento se

de 20 empleados han subido un 6% y las de más de 20 casi un 37%. En ese mismo periodo, el número de industrias alimentarias ha caído casi el 14%, debido a la caída de las menores de 20 empleados (más del 18,5%), que no ha compensado la subidade las mayores de 20 empleados (21,5%).

Las empresas del subsector cárnico muestra

total ha caído un 5% y las menores de 20 empleados casi un 9%, frente a las mayoresde 20 empleados, que han crecido en un 10,6%.

Esta importancia de la industria cárnica se ve ref

dispersa en el territorio. Las autonomías con mayor presencia de industrias cárnicas son: Castilla y León (19,2%), Cataluña (17%), Andalucía (15,6%), Castilla-La Mancha (6,75%) y Madrid, Extremadura y la Comunidad Valenciana, las tres en torno al 6%. En este conjunto confluyen regiones con una ganadería importante con los mayores cen-tros de consumo. La distribución geográfica varía según los estratos de dimensión laboral, en términos generales en las Comunidades Autonomas con mayor consumo tienen más participación las empresas mayores.

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15

RODUCCION GANADERA P

a producción de carne en 2007 ascendió a casi 5,9 millones de toneladas, de las uales más del 60% correspondieron al porcino, más del 23% a las aves y algo más

7, la producción total de carne ha subido casi el 63%: la mayor subida a correspondido al porcino (88%), seguido por las aves (casi 53%) y el bovino

into: ha continuado subiendo l porcino, pero ha caído el vacuno, que tuvo su año de mayor producción en 2005,

de los randes centros de consumo, aunque está cambiando la tendencia y está

en la actualidad, destacan las iguientes cuestiones:

ea productora y gran centro consumidor. Es la principal roductora de carne en todas las especies salvo ovino, destacando su peso en porcino

carne, excepción hecha del vino, a pesar de su desarrollo ganadero, lo que se debe a la dependencia de su

ucción de carne en Castilla y León, que e sitúa en las primeras posiciones en las tres especies mayores. Esto se debe, de

randes centros de consumo explica la oncentración de la industria transformadora en Valencia (área poco ganadera).

Producción de carne. Peso canal. Toneladas

Lcdel 11% al vacuno; el conjunto de ovino y caprino no llegó al 4%, conejos al 1,3% y equino al 0,1%. Entre 1991 y 200h(28%); ha caído la producción de las restantes especies. En los últimos años el comportamiento ha sido algo distedesde 2002 lleva bajando el ovino y las aves tuvieron su producción máxima en 2002, año en el que iniciaron una caida que ha empezado a remontar en 2007. El sacrificio de los animales cebados se localiza preferentemente en el entorno gincrementandose en las grandes zonas ganaderas. En cuanto a la localización de la producción de carnes -Cataluña, gran árpy aves, con más del 30% en ambas, y en vacuno (22%). -Aragón tiene una escasa presencia en la producción deomodelo ganadero de las empresas catalanas. -Ha incrementado considerablemente la prodsuna parte, a su gran desarrollo ganadero y, de otra, a su buena ubicación para el suministro a Madrid. En el ovino también destaca el relevante consumo de lechales por parte de la restauración. -El efecto de la atracción de los gcTambién explica la reducida participación de Castilla-La Mancha, región con censos significativos, que está viendo crecer su industria.

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16

L COMERCIO EXTERIOR DE CARNES

lanza comercial española de carnes empezó a ser positiva. Únicamente en aves se mantiene una balanza negativa, siendo

e la UE; sin embargo, estaca también la posición de algunos países terceros: Brasil, Argentina y Nueva

la UE se deben la eficacia de la ganadería intensiva, de los sistemas de cebo y los mecanismos de

E

A mitad de los años noventa, la ba

particularmente positivo para España el comportamiento del porcino, cuyo volumen de exportación supone más del 55% del volumen total exportado. Las importaciones de carne españolas provienen en un 77% ddZelanda. Las exportaciones españolas se dirigen en un 85% a la UE. Los buenos resultados obtenidos por la producción española dentro deaintegración vertical y horizontal, que abarcan desde la producción de piensos a la matanza y despiece. Ahora bien, toda la producción europea se muestra muy sensible ante el desarrollo de estos sectores en algunos países como Brasil, Argentina o Nueva Zelanda. El problema para España no es sólo la importación directa, sino la competencia en los países de destino.

L CONSUMO DE CARNES

uctos cárnicos de los consumidores españoles asciende a 17.600,41 millones de euros (2006) y constituye la principal partida del gasto en

paña supera los 2,8 millones de toneladas (2006), desde 000 ha subido un 8,15%. El consumo per cápita está en casi 65,27 kilos, desde 2000

ario, con el 77,9%; sin embargo, desde 2000 a bajado 2,8 puntos a favor del consumo en los canales Horeca* (hostelería y

racteriza por el predominio de carne de pollo (24,63%), seguida por las carnes transformadas (22,43%) y la carne

E

El gasto en carne y prod

alimentación, con el 21,48% del gasto total. Esta participación es ligeramente inferior a la del año 2000, el 21,78%. El consumo de carnes en Es2apenas ha subido, lo que significa que el aumento total se debe al aumento de la población y está condicionado por éste. El consumo en los hogares es el mayorithrestauración + instituciones), que ya alcanza el 22,1%. La composición del consumo según tipos de carne se calade cerdo fresca (21,64%), lo que supone que el porcino aporta más del 44%, tras estos grupos se sitúa el vacuno (15,55%), con predominio de los animales jóvenes. El ovino y caprino superan ligeramente el 5%, el conejo está en 2,7%. Las carnes congeladas se consumen poco (2,63%). Una cuestión a dos a base de carne. El año 2006 era de 51,79 millones de kilos (69,18 en 2005), casi el 28% desde el año 2000, a pesar de la caída del último año. El mayor consumo tiene lugar en los hogares (más del 81%),

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17

ón del consumo total de carnes. 2000-2006. Millones kg Composici

A DISTRIBUCIÓN DE LAS CARNES

ara el conjunto de las carnes la participación de la tienda tradicional, la carnicería, 39%, con una ligera tendencia a la baja, mientras la

gran distribución (supermercado + hipermercado) está en el mismo nivel. Hay un peso

mayoristas de carnes, el 17,94% carnicerías tradicionales y la gran distribución el 6,1%, quedando el 3,48% para

el 66,89%, los mayoristas el 12,44%, la gran distribución y las tiendas tradicionales en torno al 8% cada una, los fabricantes sólo el

ero ha bajado en el último año), aunque sigue siendo pequeño, y el de “otras carnes frescas” que incluye las carnes exóticas. Dentro

El crecimiento de la presencia de las carnes en la gran distribución ha supuesto un ión de

L

Pestá ligeramente por encima del

persistente del autoconsumo y de “otros canales”.

En cuanto al suministro de carnes frescas a los canales Horeca*, el 54,27% en valor lo suministran distribuidores especializados, el 18,19%

“otros”. Es interesante destacar que algunas carnicerías han hecho del servicio a la restauración uno de sus puntos fuertes, compensando la pérdida de venta a hogares. Por otro lado, algunos de los entradores de los mercados centrales y de los grandes operadores de carnes se han especializado, al menos en parte, en el servicio a Horeca*, donde han encontrado un nicho exigente y rentable que requiere una excelente organización logística.

También en los productos transformados son los distribuidores especializados los que tienen mayor cuota en Horeca*,

1,39% y el cash and carry 2,39%.

Entre 2000 y 2006 ha subido mucho el consumo de carnes congeladas (en las que el consumo Horeca* supera el 50%, p

del ganado mayor destaca la subida del vacuno, coincidente con la recuperación del consumo tras la crisis de la EEB; el consumo de porcino ha crecido más que la media. Cabe destacar el estancamiento de las carnes transformadas, que habían crecido mucho en años anteriores; asimismo ha habido un reajuste interno, con la caída del consumo de salazones y el incremento de productos curados y cocidos, así como de mantecas. Pollo y ovino y caprino han subido por debajo de la media.

Este análisis hay que completarlo con los datos del consumo de platos prepara

verdadero revulsivo en la organización y estructura de la cadena de producc

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18

suministradores están forzando el surgimiento de grandes empresas cárnicas capaces de ofertar

condiciones de trabajo de toda la cadena, al menos desde el cebo, está obligando a una creciente

s de autoservicio ha favorecido el desarrollo del despiece y de las salas blancas para el fileteado.

el crecimiento de la identificación de las carnes en parte del sector.

proveedores está dando una mayor coherencia y estabilidad al sector.

a estrategia de las distintas enseñas de la gran distribución es diferente, pero la mayor parte de ellas ha participado en iniciativas que han ayudado a la estructuración

Horeca*, el 54,27% en valor lo suministran distribuidores especializados, el 18,19% mayoristas de carnes, el 17,94%

mados son los distribuidores especializados los que tienen mayor cuota en Horeca*, el 66,89%, los mayoristas el 12,44%, la gran

ecomendaciones para los exportadores argentinos

carnes y, además, está favoreciendo el consumo en determinadas áreas. Los principales efectos en la cadena de producción son los siguientes:

–La centralización de las decisiones de compra y la selección de los

grandes cantidades. Esta concentración era muy necesaria en el sector.

–La exigencia de trazabilidad y protocolos de producción que marcan las

verticalización de los sectores ganaderos.

–La decisión de situar la carne en los lineale

–El desarrollo de las marcas de la distribución está favoreciendo

–El desarrollo de acuerdos a medio plazo con los

L

y mejor organización del sector. Cabe señalar el caso de Mercadona (Cadena de Supermercados), cuyo acuerdo con Incarlopsa (Industrias Cárnicas Loriente Contreras) ha favorecido el crecimiento de ésta hasta alcanzar uno de los primeros puestos en el ranking de empresas de carnes frescas.

En cuanto al suministro de carnes frescas a los canales

carnicerías tradicionales y la gran distribución el 6,1%, quedando el 3,48% para “otros”. Es interesante destacar que algunas carnicerías han hecho del servicio a la restauración uno de sus puntos fuertes, compensando la pérdida de venta a hogares. Por otro lado, algunos de los entradores de los mercados centrales y de los grandes operadores de carnes se han especializado, al menos en parte, en el servicio a Horeca*, donde han encontrado un nicho exigente y rentable que requiere una excelente organización logística.

También en los productos transfor

distribución y las tiendas tradicionales en torno al 8% cada una, los fabricantes sólo el 1,39% y el cash and carry 2,39%.

R

te Consar / Centro de Promoción, e las opiniones de los empresarios y operadores locales del sector y autoridades de

tener contratos a plazo para el transporte. onsidérese que se trata de productos perecederos y de volumen, siendo el transporte

Como resultado de las experiencias recogidas por esdMercabarna, para un normal y prospero desarrollo del negocio, esta sede se permite sugerir a los productores / exportadores argentinos que consideren: -Control adecuado de los embarques -Es muy importante analizar y obC

Page 19: CARNE VACUNA DESHUESADA - ExportaPyMEs · 2011-03-28 · a) 28 000 toneladas de carne deshuesada de los códigos NC 0201 30 y 0206 10 95 que respondan a la siguiente definición:

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as sanitarias y técnicas de la Unión Europea.

locales, rincipalmente en lo referido a precio, calidad y plazos de entrega, pudiéndose de tal

uales para la ntrega del producto, según cada caso. Los operadores locales tienen necesidad de

feras y / o consolidar las xistentes, es muy importante que el proveedor argentino se desplace a este mercado

uentes de Información inisterio de Agricultura, Pesca y Alimentación: www.mapa.es

un factor muy importante para mantener las cualidades de los productos, por ejemplo la cadena de frío. -Respetar las norm -Cumplir con los contratos y acuerdos establecidos con los importadores pmodo ser aún más competitivo con el producto ofrecido por otros países. -Es muy importante presentar a los clientes programas, de ser posible anecontar con proveedores fiables y permanentes. Se debe lograr que los importadores tomen conciencia que existirá una oferta que pueda satisfacer sus necesidades, facilitando así negocios futuros con continuidad en el tiempo. -Por último y con el fin de iniciar relaciones comerciales fructíey mantenga reuniones periódicas con sus compradores. También y como alternativa podría el exportador argentino invitar al comprador local a la Argentina para que conozca la zona de producción. En este sentido los negocios que hoy buscan algunos compradores es de alcanzar algún acuerdo de colaboración permanente con los productores / exportadores. FM

TELERIA, RESTAURACION CATERING” * HORECA : CANAL “HOS