caracterÍsticas de la evoluciÓn constitucional colombiana

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CARACTERÍSTICAS DE LA EVOLUCIÓN CONSTITUCIONAL COLOMBIANA. INTRODUCCION Concepto de constitución política. La constitución se define como la norma fundamental escrita o no, de un estado soberano u organización, establecida o aceptada para regirlo; o como la unidad política de un pueblo. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado, y de éstos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno. Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades. Supremacía constitucional.

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CARACTERÍSTICAS DE LA EVOLUCIÓN CONSTITUCIONAL COLOMBIANA.

INTRODUCCION

Concepto de constitución política.

La constitución se define como la norma fundamental escrita o no, de un estado soberano u organización, establecida o aceptada para regirlo; o como la unidad política de un pueblo. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado, y de éstos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno. Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades.

Supremacía constitucional.

La supremacía Constitucional consiste en ubicar la constitución en la cúspide de pirámide normativa de un país, como se sustenta en la teoría pura del derecho de KELSEN

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Incluyendo a los tratados internacionales ratificados por el país y cuyo ámbito de aplicación pueda ser también sobre las relaciones jurídicas internas.

En Colombia se define (ART 4 CP) como “la constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicara las disposiciones constitucionales.

Es deber de los nacionales y de los extranjeros en Colombia acatar la constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades.

Definición de derecho constitucional colombiano.

El derecho constitucional colombiano se define como el proceso evolutivo del conjunto de reglas e instituciones jurídicas que establecen las bases de la organización general del estado, determina su funcionamiento y el de las entidades emanadas de él y reglamenta las relaciones entre el estado y las personas. En el derecho constitucional colombiano podemos resaltar que Colombia es un estado social de derecho (ART 1 CP) con el fin de proteger los derechos vitales y velar por el bienestar general de su pueblo, dándole primacía al interés general sobre el particular.

NOCION DE CONSTITUCIONALISMO

El término “constitucionalismo” no parece ser castizo, ya que no se encuentra en el diccionario de la lengua española, pero en términos generales debe entenderse por este el estudio de las constituciones en su teoría y en su práctica.

Thomas Paine afirma que las constituciones norteamericanas escritas eran “para la libertad, lo que una gramática es para el lenguaje”. Después agrega, refiriéndose a las constituciones en general, que “una constitución es algo antecedente a un gobierno; y un gobierno es solo hechura de una constitución”. Paine considera que el constitucionalismo colombiano tuvo su origen a raíz de la guerra de independencia, cuando se expidieron las primeras constituciones.

Sachica afirma que “el constitucionalismo se constriñe a una forma específica de organización política de la comunidad: la del estado de derecho liberal burgués y con la evolución de la democracia liberal consideraba como la única modalidad valida, jurídica y políticamente, pretendiendo identificar la ciencia constitucional con los postulados de esa

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doctrina”, lo cual considera luego como una “visión unilateral que no contiene toda la teoría constitucional”.

Tesis sobre el origen de nuestro constitucionalismo.

Podemos ubicar el origen del constitucionalismo colombiano en diferentes épocas de la historia, como los son la época precolombina, la colonia, la independencia y de la de quienes creen que solo se pude hablar de constitucionalismo colombiano a partir de 1832.

1- Orígenes en la época precolombina.

Esta tesis es sustentada por el tratadista de Derecho Constitucional ALFONSO LOPEZ MICHELSEN, quien cita “el estudio de la ciencia constitucional americana, debe iniciarse con los mitos precolombinos que sirvieron de fundamento al poder político en nuestros antepasados”. En otro aspecto plantea “el estudio del derecho constitucional colombiano se ha venido haciendo por nuestros tratadistas de derecho constitucional publico en forma que no vacilamos en calificar de deficiente”.

2- Orígenes en la época de la colonia .

Esta tesis es defendida por el tratadista y constitucionalista LUIS CARLOS SÁCHICA quien esboza: "El proceso sociológico y político a través del cual se estructura el Estado colombiano se cumple en tres etapas de nítidos perfiles ideológicos, el periodo colonial e integración política en el Estado monárquico español, imperial y misionero, dentro del cual se conforma la nacionalidad colombiana; la república democrática y liberal, en cuyo transcurso se desarrolla una estructura económica capitalista, en un régimen de relativa libertad política e igualdad democrática, y la etapa, apenas iniciada, del Estado intervencionista que busca mediante el planteamiento científico y la ejecución técnica del contenido social y económico de la democracia política, en función del servicio público y de los intereses de la comunidad".

Por su parte el politólogo GERARDO MOLINA encuentra en la Revolución de los Comuneros el verdadero origen del Estado colombiano pues ella constituye el punto de arranque de nuestra liberación respecto de España. Al respecto dice que

"Es cierto que los sublevados del Socorro, de San Gil y Charalá iniciaron su lucha contra la arbitrariedad fiscal a los gritos de "viva el Rey y muera

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el mal gobierno", pero aquél movimiento "en el cual el héroe fue el pueblo", negaba en el hecho la legitimidad de los títulos de la realeza, pues los señores naturales de estos dominios, es decir, los indígenas, no habían perdido su derecho a ejercer la autoridad. Al adquirir ímpetu la revolución, ella abría ante sus promotores los horizontes de la independencia política, necesaria para ponerse al descubierto de las exacciones tributarias que agobiaban a los pueblos".

Finalmente señala MOLINA que en la revolución de 1781 estuvo implícita la tesis de la soberanía popular, lo cual es de mucha significación para el estudio sobre el Estado colombiano.

3- Orígenes en la época de la independencia.

Esta es la tesis se basa en la opinión del reconocido tratadista de Derecho Constitucional colombiano JACOBO PEREZ ESCOBAR,  el cual considera que el Estado y Constitucionalismo Colombiano tiene su origen en el acta de independencia del 20 de junio de 1810.Citando a lo planteado por el tratadista Pérez "porque en virtud de esta Acta se creó el Estado de lo que hoy es nuestro país, aunque después las provincias separadamente o unidas expidieran Constituciones diversas".Pérez plantea que las sociedades precolombinas se deben considerar como antecedentes que influyeron en el aspecto socio-económico y poco en nuestra organización política, en la época de la Colonia."Así pues, desde el punto de vista del Derecho Constitucional, las colonias deben ser estudiadas como partes integrantes del constitucionalismo español ya que "América y España son dos partes integrantes y constituyentes de la monarquía española", según la afirmación de don Camilo Torres" (en el Memorial de Agravios).

CONSTITUCIONES COLOMBIANAS EL proceso evolutivo en el constitucionalismo colombiano estuvo demarcado por las siguientes constituciones.1. Memorial de Agravios – 1809

Acta realizada con el fin de obtener la misma categoría de la región española alegando ser descendientes de los conquistadores y herederos legítimos de la hegemonía que establecieron, menospreciando a la población aborigen de América. El memorial de Agravios fue Dirigido a la Suprema Junta Central de España, por razones desconocidas esta no fue acogida por el cabildo.

2. Constitución de Socorro – 1809

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En esta constitución se proclama que a cada pueblo por derecho natural le corresponde determinar la clase de gobierno que más le convenga, así mismo debe impedir a toda costa la violación de la libertad, con fundamento en esto, la Junta del socorro estableció una constitución que propugna por lo siguiente:

2.1.El respeto a la religión cristiana, a la persona y a la propiedad, sin más limitaciones que las impuestas por la ley.

2.2.El derecho a que el hombre viva de su industria y trabajo.2.3.Se establece que la tierra es patrimonio del hombre, la cual debe

fecundar con el sudor de su frente y así una generación no puede limitar o privar de su libre uso a las generaciones venideras, con las vinculaciones mayorazgos y demás trabas contrarias a la naturaleza y sagrado derecho de la propiedad y a las leyes de la sucesión.

2.4.Se señala igualmente, que el que emplea sus talentos e industria en servicio de la patria vivirá de las rentas públicas.

2.5.Las cuentas del tesoro público se imprimirán cada año para que la sociedad vea que las contribuciones se invierten en su provecho, distinga a los agentes del fisco que cumplan sus deberes y mande se castigue a los que falten.

2.6.Toda autoridad que se perpetúa está expuesta a erigirse en tiranía2.7.Se definió que los representantes del pueblo serían elegidos

anualmente por escrutinio a voto de los vecinos útiles y sus personas serían sagradas e inviolables. Los primeros vocales estarían hasta el fin del año 1811.

2.8.El poder Legislativo lo tendría la Junta de Representantes cuyas deliberaciones sancionadas y promulgadas por ella y no reclamadas por el pueblo serán las leyes del nuevo gobierno.

2.9.El poder ejecutivo quedaría a cargo de los Alcaldes ordinarios y en los cabildos con apelación al pueblo en las causas que merezcan pena capital y en las otras, y en civiles de mayor cuantía a un tercer tribunal que nombrará la Junta en su caso.

2.10. Toda autoridad será establecida o reconocida por el pueblo y no podrá removerse sino por la ley.

2.11. Solamente la junta podrá convocar al pueblo, y este no podrá por ahora reclamar sus derechos sino por intermedio del Procurador General y si alguien particular osare tomar la voz sin estar autorizado para ello legítimamente será reputado por perturbador de la tranquilidad pública y castigado con todo el rigor de la penas.

2.12. El territorio de la provincia del Socorro jamás podrá ser aumentado por derecho de conquista.

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2.13. El gobierno del Socorro dará auxilio y protección a todo pueblo que quiera reunírsele a gozar de los bienes que ofrecen la libertad e igualdad.

En esta constitución se declara que los indios pueden entrar en la sociedad a disfrutar los mismos derechos.

3. Constitución de Cundinamarca – 1811

En marzo de 1811 se creó la primera Asamblea Nacional Constituyente y Congreso a la vez en Santa Fe de Bogotá, bajo el nombre "Colegio Electoral Constituyente del Estado de Cundinamarca" que con gran esfuerzo, por discordias entre centralistas y federalistas, promulgó el 4 de abril de 1811 la primera constitución que podría tener alcance nacional: la Constitución del estado de Cundinamarca la cual estaba basada en la de Estados Unidos de Norteamérica

En esta constitución se ordena establecer escuelas de primeras letras y dibujo en todos los poblados con separación de los dos sexos. La educación se orienta a enseñar a leer, escribir, dibujar, primeros elementos de la geometría, y antes que todo la Doctrina Cristiana y las obligaciones y los derechos del ciudadano, conforme a la constitución.

Se permite a cualquier ciudadano abrir escuelas de enseñanza pública, sujetándose al examen del gobierno, al cual le corresponde la inspección de todos los colegios y universidades.

Se establece además en la parte final, los derechos y deberes de los ciudadanos.

4. Acta de federación de las provincias unidas de la nueva granada (27 de noviembre de 1811)

Se tienen en consideración para expedir esta acta, aspectos como la larga serie de sucesos ocurridos en la península de España, antigua metrópoli, desde su ocupación por las armas del emperador de Francia Napoleón Bonaparte; las nuevas y varias formas de gobierno que rápidamente se sucedieron unas a otras sin que ninguna de ellas haya sido capaz de salvar la nación, el aniquilamiento de sus recursos cada vez eran más escasos, y los derechos indisputables que tiene el pueblo para mirar por su propia conservación y darse para ello la forma de gobierno que más le convenga.

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Dentro de los puntos que más se destacan en esta acta son los siguientes:

Crear una confederación denominada "Provincias Unidas de la Nueva Granada", aceptando para ello todas las provincias que al tiempo de la revolución de la capital Santa Fe el 20 de julio de 1810, eran reputadas y consideradas como tales y que en continuación y uso de ese derecho asumieron desde aquella época su gobierno y administración anterior. Pero también se admitirían aquellas que por su situación geográfica o comercio tenían un vínculo con la nación.

Se conserva la religión católica.

Se ordena a las provincias unidas desconocer la regencia de España.

Se reconoce la independencia, igualdad y soberanía de cada una de las provincias unidas, garantizándose la integridad de sus territorios, su administración interior y una forma de gobierno republicano. Se les faculta para darse el gobierno que más convenga, pero siempre popular, representativo y análogo al de la Unión.

se define que todas las provincias estarán prestas a defender la unión, aportando para ello todos los recursos humanos y económicos del caso.

se consolida un Congreso de la unión integrado por uno o dos miembros de cada provincia.

Se establece como objetivo fundamental de la unión la defensa de la misma y por ende de cada una de las provincias, por ello se insta a que cada una de ellas se arme y organice sus respectivos ejércitos.

Siendo la defensa algo fundamental, se le da poder al congreso para que establezca el tesoro nacional, y pueda a su vez establecer impuestos, exigir contribuciones.

Se respeta la posesión de las tierras por parte de los indígenas, otorgándoseles la posibilidad de la civilización y la religión.

Se deja previsto, que una vez se salga adelante con la revolución, el congreso tendrá como tarea adoptar las ciencias y las artes que les eran desconocidas, promover la agricultura, el comercio, hacer canales de comunicación, hacer navegables los ríos, ensanchar, abreviar y mejorar los caminos.

Existe igualmente la preocupación de mantener las relaciones con la santa sede, dejándosele al congreso como tarea el mantener al orden del día las mismas, para así obtener el nombramiento de obispos y otras prerrogativas.

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Se le deja igualmente al congreso la definición sobre el patronato que hasta la fecha habían ejercido los reyes de España en América.

Al Congreso se le encarga resolver los conflictos existentes entre provincias e igualmente los surgidos entre particulares.

5. La Gran ColombiaEste periodo tuvo 3 acontecimientos de vital importancia que son:

5.1.Congreso de AngosturaBasada en la economía, la cual dio aportes a sus habitantes después de 1810, Después de las batallas del Pantano de Vargas y la Batalla de Boyacá, el sábado 7 de agosto de 1819 el Congreso de Angostura declara formalmente creada la República de Colombia.Al final de las sesiones el Congreso acordó que se reuniría nuevamente en Cúcuta, en enero de 1821, para expedir la nueva constitución.

5.2.Congreso de CúcutaEl Congreso de Cúcuta fue una asamblea donde se redactó y aprobó la Constitución, carta magna que dio origen a la Gran Colombia. Fue instaurada por Antonio Nariño y en ella participaron Simón Bolívar, Francisco de Paula Santander y otros importantes próceres de la independencia. Inició el 30 de agosto de 1821 y culminó el 3 de octubre del mismo año.La asamblea se llevó a cabo en lo que hoy se conoce como Templo Histórico de Cúcuta, el cual está ubicado en el Parque de la Gran Colombia junto con la casa natal de Francisco de Paula Santander.

5.3.Separación de Venezuela y ecuador

Lo que aceleró la separación de Venezuela y Quito (ahora ecuador) fue la discrepancia (diferencia de ideas) de opiniones entre federalistas y centralistas. Quito no había tenido una representación real en las deliberaciones constitucionales y solo fue hasta 1822 que se une a la Gran Colombia. A pesar de existir apoyo a la constitución de La Gran Colombia en Quito, más específicamente en Guayaquil, Quiteños y Venezolanos ansiaban una constitución federalista, es decir una que les permitiera tener un control y libertad regional sin imposiciones centrales fuertes; en particular el cuerpo militar Venezolano esperaba ejercer más poder en su región.

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A los miembros del ejército se les había permitido votar en las elecciones desde la constitución de Cúcuta en especial como justo reconocimiento al esfuerzo realizado en las campañas libertadoras. En 1827 el congreso decide reducir ese derecho e hizo un cambio constitucional para excluir desde los sargentos hacia abajo, ya que excluir la cúpula militar era un movimiento muy atrevido.

En abril de 1828 se reúnen en [[Ocaña (Colombia) los representantes de los municipios (parroquias) para elegir el congreso constituyente que reformaría la constitución de Cúcuta. Los Santanderistas (federalistas) lograron una gran representación. El descontento de los Bolivarianos fue tal que decidieron abandonar las deliberaciones por lo cual no se logró el quórum. Esta incapacidad para ejercer la democracia y de resolver los conflictos bajo el diálogo, la negociación y el voto, optando más bien por el abandono, fue un comportamiento que persiguió como mal fantasma a los partidos tradicionales durante el siglo XIX y XX y fue causa generadora de violencia. A pesar de todo se nombran los miembros en las elecciones del 1 de julio de 1828.

Bolívar con su ferviente deseoso de ver una Gran Colombia unida decide hacer imponer su voluntad en forma dictatorial como último recurso y presenta, en agosto de 1828, una constitución que había desarrollado en la que se incluía Perú y Bolivia (pues Bolivia ya se había separado de Perú), con un fuerte gobierno central y una presidencia de por vida en la que el presidente podría tener la facultad de nombrar su sucesor. Esa fue la chispa final que incendió a los Santanderistas pues vieron en esa propuesta un retroceso a una monarquía y llegaron al punto de intentar asesinar al libertador en Septiembre 25. Adicionalmente, los líderes venezolanos vieron con bastante recelo las intenciones de Bolívar y en noviembre de 1829 deciden separarse de La Gran Colombia y así lo dejan saber en la convención de Enero. Bolívar finalmente renuncia a su posición durante la convención constitucional de enero de 1830 reunida en Bogotá (también llamada el Congreso Admirable), adicionalmente, empezaba a mostrarse enfermo.

Los Quiteños, al saber que Venezuela se había separado y que Bolívar se retiraba en forma definitiva, tomaron la resolución de separarse. Y con esto se desvanece la Gran Colombia después de 11 años de existencia.

El descontento militar y el de los grupos liberales se acentúa y conlleva a la dictadura del General Rafael Urdaneta. Finamente en santa marta en diciembre de 1830 muere el libertador Simón Bolívar.

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De 1830 a 1886 Colombia contó con seis constituciones:

6. Constitución de 1832Bajo un sistema presidencialista, el Congreso nombra como Presidente a Francisco de Paula Santander y como Vicepresidente a Ignacio de Marqués. Se le concedió un mayor poder y representación a las provincias, mientras que el nombre que recibió el país fue el de Estado de Nueva Granada, nombre que conservo hasta la expedición de la Constitución de 1853. Los centralistas y la iglesia se empezaron a distinguir con el nombre de conservadores y sus oponentes los federalistas, con el nombre de Liberales.

7. Constitución de 1843: En plena guerra civil fue elegido presidente de Colombia Pedro Alcántara Herrán, quien después de concluida la guerra elaboró una nueva Constitución en la que se fortaleció el poder del Presidente con el fin de poder mantener el orden en todo el territorio nacional, se hizo una intensa reforma educativa y el conservatismo impuso su autoritarismo y centralismo en todo el territorio nacional.

8. Constitución de 1853: Constitución liberal en la que se le dio inicio al federalismo. En ella se eliminó la esclavitud, se extendió el sufragio a todos los hombres, se impuso el voto popular directo, hubo una separación entre la Iglesia y el Estado y la libertad administrativa fue un hecho.

9. Constitución de 1858: El conservador Mariano Ospina Rodríguez sancionó una nueva Constitución; con ella el país se llamó Confederación Granadina y se legalizó el sistema federalista que se venía imponiendo en el país, con lo cual cada Estado era libre de imponer sus propias leyes y elegir su Presidente, de modo tal que el Estado central intervenía solo en problemas de orden público, legislación penal, moneda y relaciones exteriores.

10.Constitución de 1863: En este año se llevó a cabo la Convención de Rionegro, en la cual se elaboró una nueva Constitución que hizo un gran hincapié en el sistema federal. El nombre de Confederación Granadina fue cambiado por el de Estados Unidos de Colombia; en esta Constitución cada Estado podía elaborar su propia constitución, cada Estado podía tener su propio ejército y el mandato presidencial quedó reducido a dos

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años, lo cual hizo que el poder legislativo pasara a tener mayor poder que el ejecutivo.

11.Constitución de 1886

En 1886 se redactó la constitución que mayor continuidad ha tenido en el país, la cual fue impulsada por el movimiento de la Regeneración Conservadora, movimiento que era presidido por el Presidente Rafael Núñez, quien hizo un llamado a todos los Estados para que enviasen dos delegatarios al Consejo Nacional de Delegatarios para, así, elaborar los doscientos diez artículos con que contaría esta nueva Constitución. Los principales puntos de la nueva Constitución fueron:

Los Estados Unidos de Colombia y su sistema federal son transformados en la República de Colombia, en la cual los Estados pasaron a llamarse Departamentos y a ser controlados por un Estado centralista.

- Se fortalece la rama ejecutiva disminuyendo los poderes del legislativo y aumentando los del ejecutivo.

- El periodo presidencial se extendió a seis años.

- La Constitución y sus leyes se aplican a todos los Departamentos sin excepción.

- El ejército nacional se fortalece y centraliza.

- La religión católica se convierte en un elemento esencial en el Estado, encargándosela de velar por la educación en el país.

Esta continuidad y estabilidad no indican que Colombia haya vivido en su rigidez constitucional, pues la constitución de 1886 pasó por sesenta reformas.

12.CONSTITUCION DE 1991

En 1990, gracias a la iniciativa de jóvenes universitarios, la ANC (Asamblea Nacional Constituyente) hizo posible que se redactase la constitución de 1991. La ANC contó con setenta miembros, de los cuales diecinueve hacían parte de la Alianza democrática M-19, nueve del Partido Conservador y nueve del Partido Liberal.

La nueva Constitución de Colombia posee un preámbulo, trece títulos, trescientos ochenta artículos y cincuenta y nueve disposiciones

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transitorias. En ella se reconoce a Colombia como un Estado social de derecho.

La Constitución de 1991 es llamada también la "Constitución de los Derechos", por cuanto reconoce y consagra no sólo los derechos fundamentales, clásicos desde la Revolución Francesa por los que tanto había luchado Don Antonio Nariño, sino los derechos económicos y sociales, propios del Estado Social de Derecho, consagrada en el artículo 1º de la Constitución y los derechos colectivos, o de tercera generación, dentro de los cuales se destacan entre otros la moralidad pública, la libre competencia económica y el derecho a un ambiente sano. Además crea los mecanismos necesarios para asegurar y proteger esos derechos, entre otros, la Acción de Tutela, la Acción de Cumplimiento, Las Acciones Populares y de Grupo.

A partir de un movimiento estudiantil formado en 1989, se convoca en 1990 una Asamblea Nacional Constituyente elegida por voto popular directo, la cual promulga en Bogotá en 1991 la Constitución Política de Colombia de 1991. En ella se conserva la denominación de República.

En el proceso de negociaciones de paz con los diferentes grupos alzados en armas durante el mandato del presidente Virgilio Barco Vargas, el grupo guerrillero M-19 había hecho énfasis insistentemente en que uno de los principales requisitos para deponer las armas era la creación de una Asamblea Nacional Constituyente para modificar la constitución la cual hasta entonces no garantizaba la creación y desarrollo de otros partidos políticos diferentes a los dos partidos tradicionales, ni daba espacio de representación a las minorías. Ante la negativa del gobierno de hacer una consulta popular que autorizara el cambio constitucional incluyendo una opción en las papeletas de votación para presidente de la república, los estudiantes, en particular los de las universidades, decidieron hacer un movimiento a nivel nacional para que la población incluyera una Séptima Papeleta ordenándole al ejecutivo que conformara una Asamblea Nacional Constituyente. La propuesta fue acogida y el triunfo llegó para aquellos jóvenes colombianos que pedían la constituyente, más del 50% de los votantes incluyó la “Séptima Papeleta” con lo cual el presidente en turno, César Gaviria Trujillo, se vio obligado a cumplir con el mandato popular. De esta forma la historia de Colombia tuvo un giro sin precedentes ya que no sólo se logró un cambio constitucional sino también que el grupo guerrillero M-19 entregara las armas y se integrara a la vida política nacional, y que a las comunidades indígenas se les garantizara representación en el Congreso de la República.

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12.1. Reforma del 2005

En el año 2004, el Ex presidente de Colombia Álvaro Uribe Vélez, impulsó en el Congreso una reforma constitucional para permitir la elección del Presidente de la República hasta por dos períodos (artículo 197 Constitución Política de Colombia). La reforma, contenida en el acto legislativo 2 de 2004, fue demandada ante la Corte Constitucional que la declaró exequible mediante sentencia C-1040 de 2005. El primer presidente reelegido en el marco de esta reforma, fue el mismo Álvaro Uribe Vélez en la contienda electoral del 28 de mayo del 2006 donde alcanzó una votación del 62.1% por lo que no se requirió una segunda vuelta electoral. Le siguió Carlos Gaviria Díaz, candidato por el Polo Democrático Alternativo, partido de izquierda, quien logró el 22%. El abstencionismo alcanzó el 53.53%.

El hecho de que Uribe y Gaviria pertenecieran a partidos independientes, es decir diferentes a los tradicionales Liberal y Conservador, marcó una época importante de transformación ideológica en la historia de Colombia, tanto así que algunos medios de comunicación anunciaban que el bipartidismo había sido herido de muerte.

Igualmente se destacó la madurez que para ese momento había alcanzado el proceso electoral, el cual se había ganado la confianza de la población y los partidos oponentes. También se destacó la velocidad en la entrega de los datos electorales por parte de la Registraduría Nacional. Para citar un ejemplo, los Colombianos en el exterior escuchando la radio colombiana por la Internet conocieron en menos de dos horas de cerradas las urnas, aun con luz solar en Colombia, los resultados del 85% de las mesas.

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CONCLUSIONES

Podríamos hablar de un origen del constitucionalismo en diferentes épocas basándonos en las diferentes tesis de ALFONSO LOPEZ MICHELSEN (época precolombina), LUIS CARLOS SÁCHICA y GERARDO MOLINA (época colonial) y JACOBO PEREZ ESCOBAR (época de la independencia).

La evolución constitución colombiana se puede ver consagrada en las diferentes cartas constitucionales, consagradas en “Colombia” desde los momentos mismos de la época colonial.

Como podemos notar el proceso sufrido por la carta constitucional resistió diferentes transformaciones porque cambió de acuerdo con su situación política, económica y cultural, como lo notamos en el paso de la hegemonía conservadora a la Constitución liberal en la que se le dio inicio al federalismo. En ella se eliminó la esclavitud, se extendió el sufragio a todos los hombres, se impuso el voto popular directo, hubo una separación entre la Iglesia y el Estado y la libertad administrativa fue un hecho.

Este proceso de cambios con la finalidad contemporánea de una carta denominada la carta de los derechos por cuanto reconoce y consagra no sólo los derechos fundamentales, clásicos desde la Revolución Francesa por los que tanto había luchado Don Antonio Nariño, sino los derechos económicos y sociales, propios del Estado Social de Derecho, consagrada en el artículo 1º de la Constitución (ARTICULO 1.CP Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. ), y los derechos colectivos, o de tercera generación, dentro de los cuales se destacan entre otros la moralidad pública, la libre competencia económica y el derecho a un ambiente sano.

Además crea los mecanismos necesarios para asegurar y proteger esos derechos, entre otros, la Acción de Tutela, la Acción de Cumplimiento,

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Las Acciones Populares y de Grupo.

La actual carta o constitución como ley fundamental, a sufrido una reforma en especial o la más importante de estas reformas fue la que permitió la reelección del presidente Álvaro Uribe. Ésta afectó la arquitectura del Estado consagrada en la Carta Magna. Al permitir la reelección presidencial, sin alterar otras partes de la arquitectura del Estado, la injerencia del Ejecutivo sobre las otras ramas del poder, y sobre los organismos pensados originalmente como autónomos es mucho mayor, dándole así al Presidente un poder excesivo, y con poco control.

Consideramos la actual carta de la república de COLOMBIA como un resultado de un extenso proceso evolutivo q buscaba conseguir la igualdad tan anhelada, y la participación democrática que asegurara los principios del hombre y del ciudadano para todos y cada uno de los Colombianos.

Leonardo Rua Osorio