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CAPÍTULO PRIMERO LA INTEGRACIÓN DEL SE EN LA ESTRUCTURA POLÍTICA DEL IMPERIO ROMANO

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CAPÍTULO PRIMERO

LA INTEGRACIÓN DEL SE EN LA ESTRUCTURA POLÍTICA DEL IMPERIO ROMANO

1. LA LLEGADA DE ROMA A HISPANIA

En el año 218 a.c. los romanos ponen por primera vez pie en Hispa- nia, desembarcando en Ampurias para combatir a los Cartagineses en una guerra que se planteaba como definitiva, sin cuartel. Fue, sin em- bargo, la conquista de Cartagena por Escipión Africano lo que dejó bien claro que la substitución del poder cartaginés por el romano era cuestión de tiempo. Cartagena pasó a ser la principal base de operaciones roma- nas en Hispania.

Los campos de acción bélica se sitúan en dos amplios semicírculos con centro en Tarragona y en Málaga. Y las dos primeras circunscripciones administrativas romanas que van a aparecer en los comienzos del siglo 11 a.c. van a estar condicionadas por esos dos ámbitos de lucha por el dominio de la tierra. No fue casualidad que la línea divisoria pasara por Cartagena. Hay que pensar que nos hallamos en un momento en el que, si podemos llamar *provincias» a esas dos circunscripciones administra- tivas, esos territorios son más tierras a organizar y administrar que tierras ya organizadas; son más tierras de lucha que tierras de paz y por tanto sus ciudades son más cuarteles generales que oficinas de contabi- lidad. Un problema es fundamental para la circunscripción más lejana: mantener la comunicación con Roma y abierto el camino hacia el otro centro de la presencia romana en Hispania. Y situada en la provincia Citerior, pero en la misma frontera, tal papel estratégico es la función de Cartagena.

2. CARTAGENA Y ÁFRICA

Al igual que la presencia púnica en Hispania fue el motivo y el co- mienzo de la presencia y el dominio romano en nuestra tierra, también la

victoria de Escipión en Zama fue el comienzo del dominio de Roma en África. Y de manera similar: así como hasta ese momento k c a e Hispa- nia habían constituido una especie de unidad bajo el dominio de Cartago, la van a seguir formando bajo el dominio de Roma, no sólo a lo largo de los tiempos que preceden a la paz augusta, sino también más adelante. Ambas tierras van a estar unidas en la misma mirada cósmica de Roma y en la misma logística militar.

La segunda guerra púnica es una espléndida atalaya para la constata- ción de cuanto venimos diciendo'l). El desembarco de los Escipiones en Amp~rias '~) y los subsiguientes avatares de la ~ontienda'~), desde la toma de Ca~%agena(~) hasta la victoria de Escipión el Africano sobre Hasdrú- baF5) son cosas conocidas y no las vamos a repetir aquí. Sí, en cambio, queremos recordar que ya en el año 213, los Escipiones parecen haber enviado al África a tres centuriones para solicitar la alianza con Sifax, rey de los Masesilos, que estaba en guerra con Cartag~'~).

Éste les pide que se queden para adiestrar a sus hombres en el combate de infantería, a pesar de lo cual Sifax es derrotado por Cartago, aliado de Gaia, padre de Massinissa. Tres años más tarde Sifax envía una embajada a Roma para pedir alianza, mientras que Massinissa sigue en España durante años, al servicio de Cartago, a pesar de los intentos romanos de buscar la alianza con el rey afri~ano'~). Así el campo de batalla en el que se enfrentan púnicos y romanos abarca la Península Ibérica y el norte de k c a y, después de conquistada Cartagena, la base desde la que se planifican y se ejecutan las operaciones es esta ciudad.

Cuando el joven Escipión ha arrojado a los cartagineses de la Penín- sula Ibérica y acaricia la idea de llevar la guerra al África, actúa desde Cartagena. Desde allí trata de procurarse la ayuda de los dos principales

(1) Suele ponerse el origen del imperialismo romano en la segunda guerra púnica. Hay que recalcar que también en esta guerra la logística bélica experimenta un desarrollo importante: hasta entonces las guerras se habían decidido en encuentros frontales. Fue el desembarco de los Escipio- nes en Ampurias con la idea de cortar el suministro a Aníbal la primera azaña de planificación estratégica de largo alcance digna de nota en la historia romana. La conquista de Cartagena o el desembarco de Escipión en k c a irían en la misma línea.

(2) Livio XXI, 60, 1-61, 4; Polibio 111, 76. (3) Entre otros la muerte de los dos hermanos Escipiones en el 211. Cfr. Livio XXV, 36, 14. La

discusión de las razones puede verse en H. H. Scullard, Scipio Africanus in the Second Punic War, Cambridge 1930, 50 SS.

(4) Año 209 a.c.: Polibio X, 9-13; Livio XLII SS. (5) Año 208, según Polibio X, aunque una discusión de las fechas puede verse en H.H.

Scullard, Scipio Africanus ... pp. 304-309. (6) Livio XXW, 48 SS.

(7) Livio XXVII, 4, 5-9.

jefes indígenas, Sifax y Massinissa. Massinissa, que a la muerte de Gaia, no había sido designado heredero, comprende que la victoria de Roma le puede ofrecer una oportunidad y se inclina a favor de Escipión(*). Pero Sifax parecía seguir siendo más poderoso y a su corte acuden, en el año 206, Escipión y Asdrúbal, hijo de Giscón. Él no se compromete e intenta hacer de árbitro(g). Massinissa, que por fin ha resultado heredero de Gaia, es arrojado de su reino por Sifax y espera el momento propicio que vendrá con el desembarco de Escipión en África(lo). Pero es el final de la segunda guerra púnica el momento de hacer una reflexión política y considerar la marcha de la estructuración del Imperio Romano. Ya he- mos hablado de la primera división de Hispania en *provinciasJl1) y hemos hablado de la peculiaridad de tales divisiones debido al momento y circunstancias en que se produce y hemos subrayado el papel de Carta- gena. Detengámonos en este tema de la mano de Hübner que vio los matices hace ya más de un siglo:

«Ya entonces (año 206) el centro neurálgico de las operaciones fue trasladado de Tarragona a Cartagena. Las noticias expresas que posee- mos sobre los hechos, a mi entender, no dan idea clara de la relación entre ambas ciudades. De modo casi general se suele tratar el tema contraponiendo a Tarragona, la nueva Roma hispana, con Cartagena, ciudad indígena y considerando a aquélla como la más antigua capital de toda la nueva provincia. A tal concepción ha contribuido principalmente el hecho conocido de que más tarde toda la provincia Citerior toma su nombre de Tarragona; además del malentendido del texto de Plinio (3,3, 21: colonia Tarraco -Tarracon, del manuscrito de Leiden-, Scipionum opus, sicut Carthago Poenorum); junto con la noticia que sólo nos ofrece Solinus (23,8): Tarraconem Scipiones condiderunt, ideo caput est provin- ciae Tarraconensis y la determinación del momento en que Tarraco fue colonia que depende de todas estas noticias».

«Pero la capital de la provincia no era, por entonces, Tarragona, sino Cartagena. Esto no lo dice ninguna exposición geográfica de autores españoles o alemanes, seguramente porque ningún autor antiguo así lo

(8) Livio XXVIII, 16, 11; XXVIII, 35; Sil. Ital. XVI, 115-169; Apiano Zber 37 y Lyb. 10. (9) Livio XXVIII,17 s.; Apíano, Zberica 29 s. y Lyb. 10; Zonaras M , 1; Cfr. Polibio XI, 24-a, 4

Fragmento. (10) Para las historias que llevaron a Massinissa al trono y las luchas con Sifax, la fuente es

Livio XXM, 29 SS. (Cfr. también Appiano libro 11 SS.). De la literatura moderna que reconstruye los acontecimientos puede consultarse G. Gsell, Hist. 111, p. 189 SS. y De Sanctis, Storia dei Romani 111, 2, p. 519 SS.

(11) E. Albertini, Les divisions administratives de l'Espagne romaine, Paris 1923, pp. 9-16.

afirma expresamente. Pero ya Mommsen atisbó rectamente(12) y de todo lo hasta aquí dicho se puede colegir. En principio la rica ciudad con el fortín de los Bárquidas y con su incomparable puerto, cuya situación Polibio describe como testigo ocular con precisión y viveza, en modo que hasta el día de hoy sirve para conocer la localidad y las cercanas fuentes de su riqueza, y sus minas de plata, que eran un buen fiindamento para verla como capital de provincia, mientras que Tarragona, aunque muy bien forti- ficada carecía de puerto y era mucho más pequeña. También la posición de Cartagena dentro del conjunto de la provincia Citerior era mucho más adecuada para el tráñco con la Ulterior. Hay más: Cartagena y Cádiz constituían los puntos naturales de unión con África. De aquí partió Esci- pión para su encuentro con Sifax (Liv. 28, 17, 11 y 28, 42, 5). Allí volvió Escipión y allí ofreció los juegos funerarios por su padre y por su tío (Livio 28, 21). Allí se puso enfermo y desde allí dominó el motín de las tropas (Livio 28, 24 SS.; Polibio 11, 25 SS.), así como también la rebelión de los Ilergetes que se habían sublevado a su marcha (Livio 28,32 SS.; Polibio 11, 3 SS.). Contra esta imagen se ha querido argumentar que nunca Cartagena aparece como capital de la Citerior(13); pero más bien hay que decir lo contrario: ya en el primer momento en que se empieza a hablar de una provincia Citerior (y parece que ese momento no está muy lejos de la toma de Cartagena por Escipión) la frontera se sitúa en el Saltus Castulonensis. Allí comienza la Ulterior, como se mostrará en muchas ocasiones, como es el caso del pasaje citado por Livio (40, 41, 10) de la relegatio ultra Novam Carthaginem. Y con todo esto no está en contradicción el que Cartagena fuera la capital de la anterior provincia cartaginesa que abarcaba también a la Ulterior'14), ya que, mirando las cosas desde Roma o Marsella se veían de otro modo que mirándolas desde África. Más que ocasionales menciones de la ciudad en las campañas de César en Hispania primera (Dion 43,30)

(12) Th. Mommsen, Romische Geschichte (4 ed.) vol. 2, p. 5. En el Supplementband XV, de la RE, G. Alfoldy, ha vuelto a escribir el artículo sobre «Tarraco», que en su día Schulten escribiera en el vol. IV A 2, cols. 2398-2403 de la misma enciclopedia (en el año 1932). El trabajo del Prof. Alfoldy, especialista en epigrafía en general y en epigrafía tarraconense en particular es una obra maestra de información y conocimientos técnicos. También él acepta que «La conquista de Carthago Nova por los romanos en el años 209 a.c. hizo que Tarragona hubiera de compartir su papel futuro con esa ciudad. En el año 206 a.c. la parte conquistada del E y S de Hispania fue convertida en provincia romana, la cual fue dividida en el año 197 a.c. La capital de la provincia fundada en el año 206 a.c. y desde el 197 la capital de la provincia Hispania Citerior fue no Tarragona, sino Cartagenan (col. 586).

(13) A.W. Zumpf, Comment. epigr. 1, p. 311: consuerat hoc oppidum Baeticae regionis praesi- dium esse.

(14) Th. Mommsen, Romische Geschichte (4. ed.), vol. 1, p. 688.

o segunda (Dion 45, 10 y Cicerón, Ad Attic. 16, 4, 2), lo que demuestra que Cartagena era la capital, son las noticias recogidas más arriba sobre las campañas de Escipión Africano y sobre todo la posición que ocupa en el census y en la carta del mundo de Agripa. No sólo está en la lista de los siete Conventus de Plinio (2, 3, 18), sino que aparece en primer lugar, dato que nada tiene que ver ni con la situación geográfica ni con la alfabética, y por tanto ha de ser puesto en relación con las explicaciones que se daban en el mapa mundi(15). Además el número de ciudades que pertenecían a este conventus y el de los pueblos indígenas sobrepasa con mucho a todos los restantes conventus. A Cartagena pertenecen 65 comu- nidades exceptis insularum incolis (Plinio 3,3,25), si bien también éstas, las tres Islas Baleares pertenecían aquí, frente a las 55 comunidades de Zaragoza y las 43 de Tarragona. Hay que añadir el testimonio de Estra- bón (3,4,6), según el cual Cartagena era d a más fuerte con mucho de las ciudades de Hispania~ y «era el punto comercial que servía de punto de contacto entre las ciudades marítimas, las de tierra adentro y las trans- marinas», palabras que para la época de la República hay que tomar a la letra. Añadamos que Cartagena es el único lugar de toda España en el que aparecen inscripciones de época republicana en una medida conside- rable(16) y entre ellas hay al menos un par de inscripciones referentes a los más altos magistrados de época de Augusto(17), mientras que de Ta- rragona hay un único fragmento (C.I.L. l, 1481) en el que aparece el corriente faciendum coer (avit), que puede muy bien situarse en época augústea. Más claramente aún demuestran lo mismo la masa de inscrip- ciones sepulcrales de Cartagena, que si no son todas por completo de época republicana, al menos son de primerísima época imperial. Hemos dado pruebas de ello y podríamos aumentarlas sensiblemente. Por el contrario en Cartagena apenas si hay inscripciones de los siglos 11 y 111. También deberíamos añadir aquí las numerosas monedas romanas de bronce que Cartagena acuñó en época augustea(18) en las que aparecen

Müllendorff, Ueber die Weltkarte und Chorographie des Kaisers Augustus, p. 25 SS.

Cfr. C.I.L. 1, 1477-1481 y 1555 etc. La epigrafía de Cartagena está en vías de estudio por múltiple. M. Koch la está estudiando para el CIL y ha publicado una serie de artículos que

hemos recogido en el capítulo anterior; por otra parte la Dra. A. Muñoz Arnilibia hace años que está preparando una edición de la misma; sabemos que J. M. Abascal Palazón tenía ya hace tiempo una recopilación y estudio listos para ser publicados. Esperamos que todos estos trabajos empiecen pronto a ver la luz pública.

(17) P. e.: las de uno de los cónsules del año 734, P. Silius, Véase: Monatsber. der Berl. Akad. von 1860, p. 447.

(18) Eckhel 1,41 SS.; M" del Mar Llorens Forcada, La ciudad de Carthago Nova: Las emisiones romanas, Murcia 1994.

un buen número de magistrados, frente a los que hay que poner de relieve la pequeña variedad de los de Tarragona(lg). El título de Colonia y los apelativos de Victrix Iulia los obtuvo Cartagena probablemente a la vez que Tarraco de César»(20).

«La relación entre ambas ciudades debía ser la que más tarde existió en las provincias españolas entre ciudades que tenían diferente rango y no necesariamente la capital era la mayor. Así entre Córdoba e Itálica. Así entre Mérida y Olisippo. Recordemos el pasaje de Estrabón sobre Tamagona que claramente demuestra la mayor categoría inicial de Car- tagena sobre Tamagonad21).

El influjo de los inmigrantes y la aceptación de las formas romanas de vida fueron tan fuertes que Cartagena formuló su constitución al modo romano. Ya antes de que César asentara aquí a sus soldados, aparecen aquí los N viri como los supremos magistrados ciudadanos(22).

Todo lo dicho demuestra la importancia de entender el curso de la historia y el papel de las tierras en la vida política y económica, cosa que para los tiempos que comentamos es imposible si no se emplean catego- rías dinámicas y móviles.

3. LA PRIMERA URBANIZACIÓN DEL SE EN ÉPOCA ROMANA

Desde el punto de vista estratégico los romanos vencieron a los carta- gineses y ocuparon su puesto. El interés de Cartago en Hispania tenía que ver con la explotación del suelo y de las riquezas naturales y en el SE los núcleos de población de época púnica habían surgido por razones estratégicas y mineras.

Es opinión unánime de los tratadistas (y nosotros no nos vamos a apartar aquí de ella) que en el SE fue fundamentalmente la riqueza minera la determinante y que al calor de la misma surgieron no sólo Cartagena, sino también Cást~lo '~~) .

La explotación de las minas y toda la infraestructura necesaria para la exportación del mineral y de las riquezas hizo aumentar considerable-

(19) Eckhel 1, 57. (20) Antes era un oppidum que se manifiesta por el genius oppidi de la inscripción C.Z.L. 11,

1555. (21) Cfr. su comentario en E. Hübner, aTarraco und seine Denkmaler», Hermes 1,1866, p. 109. (22) C.Z.L. 11, 3408. Cfr. A. Beltrán, Las monedas latinas de Cartagena, citadas por Grant 11,

189. Cfr. F. Vittinghoff, Romische Kolonisation und Bürgerrechtspolitik unter Caesar und Augustus, Wiesbaden 1952, p. 79.

(23) E. Hübner, op. cit., p. 107; van Nostrand, An Economic Survey of the Roman Empire; C.H.V. Sutherland, The Romans in Spain. 217 B.C.- A.D. 117, Londres 1939.

mente la población y promocionó el mundo rural. Para captar la estruc- tura urbana existente es necesario recordar las viejas plazas en las que se asentaron los antiguos colonizadores(24).

Los púnicos habían continuado usando las antiguas colonias fenicias de la costa sur: Abdera, Sexi, Malaca, Suel, Mellaria y Gades, que siguie- ron vivas y activas durante el período romano. El bajo curso del Betis encerraba un amplio número de comunidades agrícolas, prósperas y capaces de agruparse en una cierta coherencia bajo pequeños reyes re- gionales del tipo representado por Culchas y Luxinius. Lo que había de ser la provincia Citerior tenía ciudades ibéricas como Sagunto y Dertosa. Los asentamientos griegos de la costa eran más numerosos: Rosas, Am- purias, Denia, Alonae y Lucentum. La zona de los montes de las actuales sierras de Alcaraz, Segura y La Sagra debían ser tierras propicias a los ladrones(25). Y si bien modernamente la investigación de la protohistoria murciana está dejando entrever la existencia de un poblamiento bastan- te urbanizado con un contexto poblacional condicionado por la misma determinación geográfica que luego influyó en el poblamiento de época romana, la situación política era de tipo atomizado y articulado even- tualmente en base a alianzas transitorias que no hacían cambiar grande- mente la concepción política reinante.

Tales eran los elementos sobre los cuales y para los cuales tenía Roma que forjar un esquema administrativo. Para construir tal esquema, Roma podía contar con una experiencia muy pequeña que le sirviera de guía. Sicilia, Cerdeña y Córcega eran ya provincias, pero desde hacía poco y las circunstancias habían sido tan angustiosas como lo estaban siendo las de la incorporación de Hispania. Había dos perspectivas, por una parte las ricas posibilidades en riqueza y en hombres que ofrecía Hispa- nia y por otra su carácter de comunidades múltiples retrasadas y (desde el punto de vista de Roma) incivil izada^'^^).

(24) El problema de las colonizaciones es muy conocido y aquí nos queda excesivamente lejos. Remitimos a la biliografía sobre el tema que puede verse en cualquier obra monográfica sobre cada una de las culturas que se asentaron en nuestro país: sobre la colonización griega puede verse: A. García y Bellido, Hispania Graeca, Barcelona 1948; y de una manera general y con abundante bibliografía J.M. Blázquez, Fenicios, griegos y cartagineses en occidente, Madrid 1992. Sobre la situación del mundo ibérico los datos están en profunda revisión. Para Murcia el último trabajo de síntesis es el de P. Lillo Carpio, El poblamiento ibérico en la región de Murcia, Murcia 1981. Sobre la cultura púnica es especialmente interesante el volumen con las Actas del Symposio de Cartagena de 1990 sobre Sociedad y Cultura púnica en España, Murcia 1994.

(25) Una síntesis puede verse en C.H.V. Sutherland, op. cit. pp. 50-52. (26) N. Feliciani, &'Espagne a la fin du IIIe siecle avant J.-C.», BRAHXLVI, 1905,363-398. El

artículo forma conjunto con otros varios que el mismo autor escribió por aquellas fechas sobre la segunda guerra púnica.

Así pues el punto de partida de la urbanización romana en Hispania es la situación precedente, con un factor nuevo: la guerra y sus inmedia- tas consecuencias, de las que nos interesa destacar el hecho de que la administración está en función de las tácticas de mantenimiento y que no tiene estructuras civiles suficientemente desarrolladas. Hispania está como estaba en tiempos de los cartagineses, pero con los ejércitos roma- nos asentados allí donde la marcha impredecible de la guerra los había hecho llegar y asentarse. Particular relieve había tenido la fundación de Itálica como colonia romana en el 206; pero no sabemos cuales fueron las consecuencias de la guerra en otras ciudades más importantes estratégi- camente tales como podrían ser Tarragona, Cartagena, Córdoba o Cádiz. Quizá porque esto era obvio las fuentes no nos hablan de ello, pero parece claro que la transformación P.e. en Cartagena donde había tro- pas, buques y minas tuvo que ser ya desde el primer momento inmensa- mente superior a la de las demás ciudades y en aquellos tiempos el movimiento era un síntoma de vida urbana o de proceso de urbanización. Roma no inventó la vida urbana, pero la utilizó en modo tan peculiar que lo constituyó en algo esencial de su cultura y cosmovisión. Por eso al comienzo de su toma de contacto con Hispania utilizó lo que aquí había. El cambio ocasionado por la presencia romana, en ese primer momento, fue meramente militar. La metamorfosis iría viniendo de la mano de los acon- tecimientos. Los primeros síntomas debieron notarse primero en Cartagena y, en alguna medida, en los caminos y en los controles de los distritos mineros; y, sin duda, en las extorsiones impuestas a los campesinos para recoger de ellos los medios con que continuar adelante con la guerra.

4. LOS ACONTECIMIENTOS EN EL SURESTE DURANTE ESTE PRIMER PERÍODO

En los acontecimientos bélicos que suceden a la marcha de Escipión de España, ubicados unos en el valle del Ebro y otros en la Ulterior, nada oímos de problemas que tengan que ver con las tierras de la actual región de Murcia. Sólo sabemos que, partido Helvio para Roma, y venci- do y muerto Sempronio en la Citerior, la insurrección comenzó a exten- derse. Y, a pesar del éxito obtenido por los dos nuevos gobernadores del año siguiente, no se consiguió detener la intranquilidad, que comenzó a extenderse hacia el norte a lo largo de la costa de la Citerior hasta la región que se había sublevado y había sido sometida en el 205: el epito- mista de Dión pudo escribir que «España se había perdido casi entera- mente» (Zonaras M, 17).

Las operaciones de la guerra que para someter de nuevo la tierra emprendió Catón en el 195 no hablan de batallas en el sureste, sino en las zonas al norte del Ebro y en la Turdetania. De todas formas el enemigo fuerte y potencial era la Celtiberia que estaba ubicada a la otra parte de las montañas que en la provincia Citerior separan la costa del interior.

En el conflicto con los celtíberos que estalla poco después, lo que más nos interesa destacar fue la penetración en la Celtiberia, donde en el 181 a.c. Bellos, Titios y Lusones y todo el SE de la Celtiberia se subleva. La captura de Contrebia por obra de Fulvio Flacco, victoria que se comple- menta con la obra de Tiberio Sempronio Graco en el 179, que conquistó Ercávica resuelven la situación. El dominio de esta zona garantiza el dominio de las alturas del NO de la actual región murciana y por tanto de toda la zona del SE peninsular. Pero, repetimos, nada se sabe de hipotéticos acontecimientos bélicos ocurridos en las tierras costeras del SE peninsular y ni siquiera en las tierras altas, cuya conquista se intuye más que se demuestra. La imagen de los acontecimientos hay que com- pletarla con todo el problema de la colonización o romanización: se sabe que a partir del 195 comienzaa a llover sobre Roma el argentum oscense y que se comienza a acuñar plata en España bajo supervisión romana. El pago de todos esos impuestos y la vida monetaria exige una activación fuerte de la minería, tema que Catón organiza en el año 195 a.c.

Parece evidente que todo este quehacer bélico y administrativo traería a Cartagena y a su zona una gran prosperidad. Si atendemos al hecho de que la zona de Cástulo pertenece a la Citerior todo se confirma con mayor precisión: el progreso que tanto la economía como la política de la tierra debieron experimentar necesariamente tuvo que ser inmenso.

5. LOS PROBLEMAS DE ECONOMÍA Y CULTURA

Las monedas de plata fueron acompañadas por acuñaciones de bronce que fueron creciendo a medida que los días de riesgo y aventura dejaron paso a tiempos de comunicaciones más seguras y de comercio más activo entre comunidad y comunidad.

Ese comercio tenía que incrementarse por las mismas obligaciones de pagar los tributos. Podemos pensar que las comunidades que eran sub- yugadas conseguían el metal precioso a base de transacciones comercia- les que les permitieran hacer acumulación de numerario.

Pero hay más: a partir de la regulación de Catón las minas de oro y plata eran administradas por el estado romano. Otras minas de plata,

LAMINA 1. La línea divisoria entre las dos provincias al comienzo de la conquista romana.

plomo, cobre o hierro eran explotadas por compañías que pagaban paten- tes. En ambos casos las relaciones con personas venidas de Italia debían ser abundantes y ricas en ámbitos y matices y como consecuencia el proceso de aculturación muy intenso(27).

Si añadimos que entre el 206 y el 179 probablemente más de 70.000 legionarios y más de 80.000 socios latinos vinieron a Hispania como soldados, iremos formándonos una imagen de lo que fue la fuerza del contacto entre los habitantes de la Península y el mundo de Roma. La

(27) Sobre los problemas de las minas se ha escrito una gran cantidad de literatura desde que comenzaron a aparecer las inscripciones regulando ese ámbito legal y jurídico Cfr. E. Hübner, ~Romische Bergwerksvenvaltung*, en Romische Herrschafl in Westeuropa, Berlin 1890. La historia se está haciendo y los autores más especializados en el tema hispano son C1. Domergue, J. Sánchez Palencia entre otros. Una panorámica de los avances realizados y de los diversos problemas puede verse en las actas de los dos congresos celebrados en León, La minería hispana e iberoamericana (1970), y Madrid, Minería y metalurgia en las antigua civilizaciones mediterráneas y europeas. Coloquio Internacional Asociado, Madrid 24-28 de octubre 1985 (1989).

proporción de tropas asignadas a la Citerior en comparación con las de la Ulterior debió estar en una proporción aproximada de 5:2(28), aunque en ocasiones, como en el caso de Catón, el mismo ejército y comandante operara en ambas provincias.

Todos estos datos unidos nos pueden explicar no sólo el interés de Roma por la Citerior, interés evidentemente estratégico, sino todo el conjunto de la diferenciación y división administrativa y el enorme peso que en tal división debió tener la zona del SE, así como la carencia de conflictos en este área, que por la abundancia de itálicos y la importancia de las minas debió ser particularmente mimada por Roma y muy cuida- da en el ámbito de lo militar.

6. LA DMSIÓN DE HACIA EL AÑO 154

Con las guerras contra los celtíberos y las conquistas consiguientes, así como con las conquistas en todo el valle del Ebro, los límites occiden- tales de la Citerior fueron desplazándose hacia occidente según los resul- tados de la guerra.

«Entre la costa y el Saltus Castulonensis, los pretores habían podido trazar el límite con precisión. Según Plinio (111, 6), tal límite pasaba por el monte Solorio, que debía estar aproximadamente en el conjunto de sierras que prolongan la Sierra Nevada hacia el E. Más allá la frontera quedaba necesariamente vaga como indeterminada era la frontera mis- ma de la dominación romana. De año en año la frontera se alejaba hacia el oeste. Las regiones nuevamente anexionadas entraban en la provincia del pretor de la Citerior o de la Ulterior según que por el azar de las operaciones era uno u otro el que primero se ponía en contacto con la tribu correspondiente. La parte septentrional del país de los Oretanos (al N del Saltus Castulonensis) y el país de los Carpetanos, es decir la meseta de Castilla la Nueva, entre el Saltus Castulonensis y las cumbres carpetanas (sierras de Gredos y Guadarrama), en los primeros tiempos quedaron como indivisos entre las dos provincias(29). Flaminio, pretor de la Citerior en el 193, y Fulvio Nobilior, pretor de la Ulterior en el 193, y prorrogado en el 192, tuvieron encuentros con los oretanos. Fulvio pene- tró en dos ocasiones hasta Toledo y chocó con los carpetanos, apoyados

(28) C.H.V. Sutherland, op. cit., p. 70. (29) Livio XXXIV, 17, habla de una campaña combinada de los dos pretores entre los turdeta-

nos en el 195: debe ser un error y tratarse de los carpetanos.

por los celtíberos, con los vacceos y los ~etones(~O). En el 185 los dos propretores Quincto y Calpurnio operan de común acuerdo en esta mis- ma región de T01edo'~l). En el 197 es el propretor de la Ulterior L. Postumio Albino quien bate a los vac~eos'~~), mientras que es M. Emilio Lépido enviado como cónsul a la Citerior quien luchará contra ellos en el 137.

La indeterminación cesó poco a poco, a medida que la dominación romana se extendía y se afianzaba. Las nociones geográficas de los romanos sobre Hispania siguieron, hasta los últimos tiempos de la Repú- blica, muy confusas y poco exactas; pero era preciso que se supiera, en la práctica, a cuál de los dos gobernadores debía pagar tributo cada can- t ó n ~ ( ~ ~ ) .

7. EL AVANCE DE LAS FORMULACIONES JURIDICAS DURAN- TE LAS GUERRAS DE CONQUISTA (206-154)

Las dos provincias hispanas, Citerior y Ulterior, quedaron, pues, prác- ticamente constituidas por la forma y manera como se desarrolló la guerra contra Cartago, pero sólo en el 196 son enviados los primeros gobernadores con el título de praefecti.

Era una situación de facto y no podía ser mucho más, dado el amplio campo que se estaba abriendo a los intereses y preocupaciones de Roma en todo el Mediterráneo y la poca experiencia con que Roma contaba para definir su sistema de administración. Había una serie de principios generales y en ellos se basaba el modo de proceder de Roma.

En función de tal sistema de actuación, las provincias recientemente conquistadas se convertían, en sentido técnico, en ager publicus populi romani, «propiedad común del Estado Romano». Las comunidades que eran conquistadas, o que se sometían voluntariamente a Roma cesaban de poseer la propia tierra sobre la que estaban asentados, y en lugar de ello pagaban por una tenencia que teóricamente era revocable(34). En lugar de ser iguales en la independencia, pasaban ahora a ser iguales en la sumisión: frente a todas por igual, era Roma la única fuente de cambio, mejora o provecho. Pero había excepciones ya que Roma no tenía la pasión de la uniformidad si la latitud o la variación la iban a benefi-

(30) Livio XXXV, 7, 6-8; 22, 5-8. (31) Livio XXXM, 30 y 31. (32) Livio XL, 47, 1 y Periocha XLI. (33) E. Albertini, op. cit. pp. 16-17. (34) W.T. Arnold, Roman Provincial Administration, Oxford 1914, 21 SS., 197 SS.

ciar en la dura tarea de la administración. Con seguridad Gades y con probabilidad otras ciudades de la costa púnica ganaron la rápida amis- tad de Roma de este modo, siendo recompensada con la garantía de tener un estado como ager privatus ex iure peregrino en virtud del cual se convertían en civitates liberae, es decir autónomas y con su propio código de leyes, o liberae et foederatae si su autonomía dependía no meramente de la buena voluntad de Roma sino de un tratado formal como entre iguales. Pero tales casos de tratamiento favorable eran pocos en compa- ración con el gran número de casos de civitates stipendiariae, o comuni- dades de arrendatarios, que incluso dos siglos más tarde formaban la proporción más amplia de ciudades hispanas. Éstas estaban obligadas a pagar stipendium, es decir tributo en moneda y especie, a suministrar auxilia para servir en el ejército romano, y (en cierta medida) a observar la ley

El stipendium, en alguna medida podía considerarse como un favor. Las comunidades hispanas eran afortunadas por pagar una suma fija como determinada por un census en proporción al valor de sus edificios, tierra y producción: así evitaban el mal de los diezmos, e.d. el pago impuesto de una parte proporcional de su cosecha variable según el monto de la misma, más el tanto por ciento de los publicani o recolecto- res de

(35) V a n Nostrand, An Economic Survey of Ancient Roma, 111, 127 SS.; Arnold, op. cit. p. 198 SS.; A. Schulten, The Cambridge Ancient History VIII, 308 SS.

(36) Ciceron, Contra Verres 111, 6 , 12: quod ceteris aut impositum vectigal est certum, quod stipendiarium dicitur, ut Hispanis et plerisque Poenorum quasi victoriae praemium ac poena belli.

(37) El tributo hispano era una tasa directa, de cuyo cobro eran responsables los quaestores provinciales como principales oficiales de finanzas del gobernador. Al comienzo de la administración romana, la naturaleza precisa y la cuantía del pago de los tributos no estaba claramente definida y en ningún caso se da cuenta del total de lo recolectado. Así en el año 205, la reciente sujección de los iberos del norte del Ebro fue seguida por la imposición de u n doble stipendium y la carga de suministrar grano para seis meses, además de vestidos para el ejército; pero esto puede, tal vez, ser considerado como indemnización de guerra, y, probablemente, sería correcto decir que el stipendium pagable normalmente era una suma cuidadosamente determinada de moneda, que en el caso de comunidades pobres se podía conmutar por una cantidad equivalente en trigo o bien en otros servicios, y al que las comunidades ricas, en algunas ocasiones, eran obligadas a añadir contribucio- nes en especie: posiblemente fue Catón quien sistematizó los pagos en el año 195 a.c. (para fundar esta afirmación suele recordarse el pasaje de Livio XXXIX, 21, 7 , pero en este lugar sólo se dice que Catón organizó las minas de la Citerior, si bien es posible que ambas reformas se hiciesen a la vez). Hay que notar que el stipendium probablemente se convirtió más tarde (en los últimos años así fue con certeza) en u n tributo doble, uno sobre la propiedad (tributum soli) y otro sobre las personas (tributum capitis). Este último impuesto presumiblemente, en su origen, era un impuesto sobre los animales (poll-tax), pero a la postre parece haberse desarrollado tomando el carácter de una tasa de ganancia, bajo la cual hubo flexibilidad para los diferentes «incomes» en cosechas o en mercado.

La segunda obligación impuesta a las comunidades hispanas era el servicio militar obligatorio en los regimientos auxiliares del ejército ro- mano. Aún antes de la organización de las dos provincias los hispanos habían sido alistados con tal misión(38), así como para servir como merce- narios. Pero a partir del 205 el servicio de mercenarios debe haber desaparecido para propósitos efectivos, aunque es interesante notar que Catón empleó a los celtíberos como mercenarios para provocar la ruptura de un eventual nacionalismo en el 195 a.c.

"En tercer lugar se les imponía la obligación de observar, en parte al menos, la ley romana. El fin de esta imposición creció con los años: la burocracia no era competencia de los gobernadores romanos, ni siquiera el poder introducirla en los primeros años. El conocimiento de la ley romana tuvo que esperar para su extensión, hasta que hubo suficientes centros de vida romana y hubo medios para difundirlo. Un gobernador sabio no se inmiscuía en cada detalle de la vida cotidiana. Sin embargo,

Este sistema de un stipendium prefijado era obviamente orientado hacia el pago en moneda, y en la Citerior, al menos, parece haber dado lugar a una amonetación para pagar el tributo. Sea cual fuera la fecha que se debe asignar al primer denarius-x romano, es razonablemente cierto que comparativamente pocas monedas de plata romanas pudieron haber entrado en Hispania en los distritos ibéricos entre los años 205-200 a.c., ya que, aunque las tropas romanas fueron los medios principales por los que tal moneda se diseminó, los ejércitos estaban raramente asentados en un mismo lugar, y los iberos no eran ricos en comodidades que pudieran libremente vender. El pago del tributo, pues, en moneda acuñada romana tenía que ser un pobre medio para beneficiar al tesoro romano: y no pudo haber sido antes de que se dieran órdenes oportunas el que el tributo se pagara en moneda acuñada localmente en plata local. Tales acuñaciones en plata locales fueron una innovación para los pueblos del interior, aunque, como ya hemos notado, hubo una gran variedad de acuñaciones costeras bien establecidas. El origen de las nuevas medidas puede ser datado aproxima- damente por las listas que Livio da del tesoro acuñado y en metal llevado a Roma por los primeros gobernadores de España (Cfr. Van Nostrand, ESAR, 111, p. 128). Antes del 197-196 a.c. cuando Cn. Cornelio Blasio volvió de España con 34.500 denarii, no se recuerda en Livio la adquisición de moneda por los gobernadores de Hispania, fuera de la que Escipión llevó a cabo en el 206, la cual (como observó Schulten acertadamente) fue, sin duda, moneda púnica de Carthago Nova y de otras ciudades. Los denarios de Blasio no son caracterizados Dor Livio de otro modo aue como monedas romanas de plata: y así hemos de entender que es la proporción de monedas de plata que había entrado en Hispania en los veinte años anteriores. En el 196 a.c. Helvio, ex-gobernador de la Ulterior, y Minucio, ex-gobernador de la Citerior, traen a casa, además de una gran cantidad de plata en barras no acuñada, 119.439 y 278.000 respectivamente de lo que Livio llama '<plata oscense. m, 10,4); esas monedas aparecen más tarde en las listas de los años 194, 191, 180 y 168 a.c. El uso de la expresión argentum oscense es de gran interés. Claramente indica que la ceca de Huesca fue la primera de una serie de cecas nativas recién establecidas y quizá la más activa; pero también acuñaron plata: Secaisa, Ausa, Ieso, Ilerda, Laietana, Tarraco, Alavona, Celsa, Saldu- ba, Lagne, Gili, Lauro, Agreda. Las monedas eran cuidadosamente acuñadas en peso y ley por lo que hay que suponer una supervisión romana cuidadosa en la producción (Cfr. C.H.V. Sutherland, The Romans in Spain 21 7 B. C-117 A. D., pp. 54-56).

(38) Livio XXI, 60, 4; XXVII, 38, 11.

si no había escrúpulos morales, podían meterse en todo de forma que sólo por dinero dejaran actuar a los subordinados, ya que el gobernador era no sólo el comandante en jefe militar, sino también el supremo poder judicial. Los abusos habidos llevaron a los gaditanos en el 199 a.c. a solicitar en Roma una actuación contra la imposición de los praefecti. Dos años más tarde otras ciudades púnicas también privilegiadas defec- cionaron en la línea de Culchas y Luxinius y seguramente por idénticas razones. Toda la cuestión se planteó en serio en el año 171 y entonces se prometió la supresión de tales odiosas prácticas(39).

8. LA CIUDADANÍA ROMANA EN HISPANA

Describir los avances de la conquista y del sistema tributario es sólo un aspecto del problema de la integración. Mientras que por una parte la visión que de Hispania se podía tener en Roma era temible4O, por otra, como ya hemos indicado, cada vez había más romanos aquí y más estructuras socia- les en las que los romanos tenían fuertes intereses, y algunas ciudades, como Carthago Nova debían estar habitadas por una gran cantidad de itálicos y de personas dependientes de ellos. Esto planteaba exigencias que muy pronto se habían de manifestar hasta dejar huella en el derecho.

No sabemos cual fue el estatuto que Escipión pudo dar a Itálica en su fundación el año 206 cuando establece allí a los legionarios heridos y licenciados de la guerra contra los púnicos, pero está claro que todos ellos tenían la condición de ciudadanos romanos(41).

Sí que sabemos que la primera Colonia latina en Hispania está documentada en el 171 y tiene como lugar de asentamiento CAR- TEIA, que asimismo, fuera de la Galia Cisalpina, es la primera comu- nidad con estatuto de ciudad romana y latina fuera de Italia. Sucedió, como nos informa Livio, para dar estatuto jurídico a los mas de 4.000 hijos nacidos de la unión de soldados romanos con mujeres indíge- n a ~ ( ~ ~ ) .

(39) Livio XXXII, 2, 5; XXXIII, 21, 6; XLIII, 2 (C.H.V. Sutherland, op. cit., pp. 59-60). (40) Sobre todo con ocasión de las guerras celtibéricas (Cfr. J. Arce, «Las guerras celtilsero-

lusitanas., en Historia de España Antigua. Tomo 11, La España Romana, Madrid 1978, 79-96. (41) H. Galsterer, Untersuchungen zum romischen Stadtewesen auf der Iberischen Halbinsel,

Berlin 1971, p. 7, donde afirma que debió ser una ciudad fundada con derecho peregrino, si bien al modo romano y sólo más tarde a partir del año 47 a.c. alcanzaría el rango de municipium civium romanorum (p. 12).

(42) H. Galsterer, op. cit., p. 7.

Córdoba es fundada como Colonia romana en el 152(43). NO debió ser de derecho romano ya que la primera Colonia de este derecho fuera de Italia, fue Cartago, fundada por C. G r a ~ o ' ~ ~ ) .

El problema que se nos plantea es el cómo se concebía la administra- ción romana vista desde Roma. ¿Qué tipo de ciudad era Carthago Nova en estos tiempos? ¿Cómo se trataba a las ciudades que eran sede de una fuerte guarnición militar y tenían un importante papel en la economía y en la administración romana? ¿Se daba allí una mera superposición de ciudadanos romanos venidos de Italia sobre una ciudad peregrina a la que se limitaban a ocupar e instrumentalizar, sin preocuparse en nada de ennoblecerla para su uso? ¿Se respetaba en estos casos, y en el caso concreto de Carthago Nova, a las autoridades locales y las leyes o cos- tumbres jurídicas locales o no existían allí otras autoridades que las romanas? ¿O qué fórmula jurídica se buscó para una mayor inteligencia entre dominadores y vencidos: ciudad estipendiaria o libre y federada? La pregunta es terriblemente agobiante sobre todo si se tiene en cuenta que ya está planteado el problema de fundar ciudades de derecho itálico fuera de Italia y, en el caso de Carthago Nova, parece evidente que se trataba de una ciudad cuyo destino estaba indefectiblemente unido a la administración romana en Hispania. Si se había creado una ciudad de derecho latino para los hijos de soldados romanos y de mujeres indíge- nas, ¿cuáles podrían ser la reivindicaciones de los itálicos que vivían en Carthago Nova y probablemente no tenían intención alguna de abando- narla nunca? ¿Las noticias de las fuentes son excluyentes o son mera- mente enunciativas?

Si comenzamos por atender a esta última cuestión hay que decir que las fuentes no son excluyentes, que sólo nos dan información positiva no reñida con otro tipo de información y menos aún con eventuales excepcio- nes que por incuria de los tiempos han podido perder su documentación. Está claro que el avance de la investigación va dando muchas novedades al respecto y que la exégesis aún no ha encontrado su punto de evidencia que permita crear una imagen definitiva. Por todo lo cual preferimos dejar en suspenso la respuesta a las demás cuestiones planteadas. Pero, sea cual fuere el estado jurídico de las ciudades más empleadas por los romanos, una cosa es clara: en ellas se va imponiendo la vida «urbana» a un ritmo muy fuerte; en ellas, quizá por el auge económico en el que vivían y por la potenciación que experimentan en función de su rentabi-

(43) Aunque no se pueda excluir la fecha del 168. (44) G. Giannelli, Trattato di storia romana. I . L'Italia antica e la Repubblica romana, Roma

1970, p. 355.

lidad militar y estratégica en general, quedan incorporadas a la cultura y a la vida romana y en ellas es mucho más rápida y profunda la acomodación a la ley romana. Refiriéndonos, muy en concreto, a las capitales de los conventus jurídicos, allí el problema de la asimilación a la cultura romana tenía que ser muy vivo, ya que los indígenas tenían que conocer con mucha frecuencia conflictos y problemas de esa índole.

9. LOS NUEVOS AIRES DEL IMF'ERIALISMO ROMANO EN HIS- PANIA

Algo muy importante ocurre hacia mitad del siglo 11 a.c. en la política exterior de Roma, aunque definirlo sea complicado. El contexto en el que se deja notar el fenómeno son las guerras celtibéricas. En cualquier breve resumen de lo ocurido en Hispania entre los años 155 y 133 a.c. se constata que mientras que hasta esas fechas los hombres romanos que estaban al frente de las provincias eran pretores, en los años siguientes son preferentemente cónsules. Tal cambio de status en los comandantes militares indica un cambio de política por parte del Senado. Más aún: la nueva toma de posición llevó a cambios estructurales dentro de la misma Roma y así, por ejemplo, la fecha del comienzo del mandato consular fue modificada y en lugar de comenzar con las idus de marzo, a partir del 153 comenzó con las kalendas de enero. Esto, al parecer, ocurrió para dar tiempo al cónsul para poder llegar al teatro de la guerra en tiempo apto para guerrear(45).

La más obvia explicación para el cambio indicado puede ser la militar: la seriedad de la guerra obliga a aumentar el número de legiones y así a pasar de una legión para un comandante pretor a dos para un coman- dante cónsul; pero tal razón no parece convincente. El motivo de la guerra del año 153 fue planteado por la ciudad de Segeda y ésta no parece haber tenido entidad suficiente como para impulsar la decisión de enviar un cónsul a España, y sin embargo se envió el cónsul. Hay una especie de necesidad de combatir, de que los cónsules combatan como si esa fuera su misión y en eso demostrarán su ser de cónsules. Y parece que la atención del Senado está dirigida al control de la forma como los comandantes militares ejercen su misión(46).

(45) J.S. Richardson, Hispaniae. Spain and the development of Roman Imperialism, 218-82 BC, Cambridge 1986, cap. 8: aThe consular provinces: the wars in Spain 155-133,>.

(46) Hasta qué punto el hecho tiene que ver con las razones del prestigio social en Roma y en qué medida son. los cónsules mismos los que fuerzan a semejante modo de proceder es algo que habría que estudiar. Richardson no lo hace.

El hecho se confirma por el problema de la quaestio de repetundis, ley propuesta en el año 149 por el tribuno L. Calpurnio Pisón y que, en rigor, creaba un instrumento para juzgar el comportamiento de los magistra- dos que habían ejercido su misión en provincias(47). El mero hecho de que tal ley se pudiese dar, aunque no se aplicara nunca es todo un indicio de una mentalidad que hay que tomar muy en serio.

La participación del Senado en el problema del poner fin a las guerras y sobre todo el modo como se exige que las guerras se acaben que debe ser no con un tratado sino con la de di ti^(^*) muestra que algo muy impor- tante está cambiando. Y lo mismo hay que decir de la creación de nuevos asentamientos como es el caso de Valencia en el 138 a.c.

El envío de una comisión de diez senadores para que regulen la administración de las provincias tras la guerra numantina demuestra la gran atención puesta por el Senado en la administación del Imperio. Se puede afirmar sin vacilación que la conciencia de Imperio y de provincias y de organización ha subido de grado c~alitativamente(~~).

10. LA ORGANIZACIÓN DE LAS PROVINCIAS

Cuenta Apiano, y todos los tratadistas lo recogen, que en el año 133 y más tarde hacia mitad de los 90 del siglo primero a.c., sendas comisiones de diez miembros fueron enviadas desde Roma a Hispania para regular la situación(50). El hecho debe ser cierto; más difícil y menos unanimidad hay en las explanaciones del mismo(51). No sabemos hasta qué punto esta comisión fue eficaz o si la eficacia venía más bien de la mano dura y firme de los gobernadores provinciales ya fueran éstos de rango senato- rial, consular o meramente proconsular o pretorial.

Lo que sí parece claro, y en ello hay unanimidad entre los investigado- res, es que los problemas que planteaba la organización de las provincias

(47) Sobre la quaestio de repetundis cfr. J.P.V.D. Balsdon, PBSR 14,1938,98-114; A. W. Lintott, ZSS 98, 1981, 162-212.

(48) J. S. Richardson, op. cit. p. 142 SS. El tema nos lleva hacia el cambio de concepción en la maiestas populi romani.

(49) R. Bernhardt, «Die Entwicklung romischer amici et socii zu civitates liberae in Spanienn, Historia XXIV, 1975, 411-424, donde en la p. 423 se dice: Por vez primera tras el 133 cuando se hacía necesaria una nueva ordenación del gobierno romano en España y el Senado probablemente creó u n orden provincial unitario pudo surgir y presumiblemente surgió la civitas libera.

(50) Apiano, Iberica 94.428 y 100.434. (51) E. Albertini, Les divisions administratives de l'Espagne romane, Paris 1923, p. 20 SS.:

C. H. V . Sutherland, The Romans in Spain 217 BC - AD 117, Londres 1939, pp. 88 SS.; J. S. Richardson, Hispaniae. Spain and the development of Roman Imperialism, 218-82 BC, Cambridge 1986, p. 156 S S .

tenía que ver con los reajustes del tributo para muchas comunidades previamente sometidas, tanto si se habían rebelado alguna vez como si no. La redacción de tratados individuales (probablemente según el mode- lo graquiano), que sirvieran para definir los términos de su lealtad a Roma; la redistribución del territorio, medida necesaria si se quería evitar el hambre y con ella el bandidaje de la tierra, eran cuestiones claves en la estabilización de la nueva situación. Había que definir el área de dominio romano y plantear los problemas de fronteras y de relación con los pueblos limítrofes y libres(52).

Sea cual fuere el desarrollo de los acontecimientos parece que a lo largo de estos aproximadamente cincuenta años se consiguió una defini- ción de lo que eran las provincias y una concienciación del Imperio como un ser compuesto de muchas de tales provincias. La Lex de maiestate publicada por L. Cornelio Sila en el año 81 parece haber regulado el papel de los comandantes romanos en provincias y haber sintetizado así el conjunto de problemas y soluciones que en el curso de los años habían ido surgiendo(53).

La estructura según la cual se articula la provincia es la civitas. La ciudad, encerrada en los límites precisos de la geografía determinada, y sometida a un impuesto determinado, es la unidad que se entiende directamente con el pretor. Los términos genéricos como vacceos, car- petanos, celtíberos no son más que designaciones t ~ p o g r ~ c a s ( ~ ~ ) . Cuando se habla de capitales de provincia en rigor se está hablando de bases militares ya que en el concepto de la administración de esa primera

(52) El concepto de libertad es algo difícil de definir, ya que era visto desde distinto punto de vista por los romanos y por los indígenas. Cfr. R. Bernhardt, .Die EntwicMung romischer amici et socii zu civitates liberae in Spanien*, Historia XXIV, 1975,411-424, donde hay toda una elaboración del concepto de libertad y se remite a otros trabajos sobre el tema.

(53) Hay toda una serie de restos legales que muy recientemente comienzan a adquirir cuerpo y que dan la medida de la trascendencia de la ley de Sila: los recién descubiertos fragmentos de una ley que regula la política extranjera romana en el Mediterráneo oriental, aparecidos en Gnido (M. Hassal, M. H. Crawford y J. Reynolds, JRS 64, 1974, 195-220) y casi seguro que la misma ley inscrita en el monumento de L. Emilio Paulo en Delfos. Una ley Porcia propuesta por el pretor M. Porcio Catón en febrero del mismo afio en el que se promulgó la ley de DelfosIGnido (es decir en el año 101/100 a.c.) y citada en la inscripción, prohibe a los comandantes sacar tropas fuera de la provincia e incluso estar fuera de la provincia con mala intención (J.-L. Ferrary, MEFRA 89, 1977, 619-660; A. W. Lintott, ZSS 98,1981,191-197; la lex Antonia de Termessibus datada probablemente en el año 68 a.c. prohíbe a los comandantes reclutar tropas en Termessos etc.).

(54) EAlbertini, op. cit., p. 21. Probablemente esto no sea una invención de los romanos, sino que era ya una realidad entre los indígenas antes de la llegada de los romanos. Es interesante notar que sólo en el S y SE y algo del E de la Península se dio el régimen monárquico que agrupaba a varias comunidades bajo la égida del monarca (Cfr. J. Caro Baroja, <<La "realeza" y los reyes en la España antigua., Cuadernos de la Fundación Pastor, 17, Madrid 1971).

época el caput de la administración es el gobernador provincial y el centro de la misma está allí donde está éste. En la Citerior tales bases militares más importantes son Tarraco y Carthago Nova, y entre las dos la más fuerte y más importante estratégicamente es Carthago Nova, como ya hemos indicado(55).

11. LA SITUACIÓN DURANTE LAS GUERRAS C M L E S

Mientras Roma fue una piña sin fisuras, el que Cartagena estuviera más lejos, dado que la navegación era de cabotaje, no era un inconveniente. Muy diferente es el caso cuando Roma se enfrenta a sí misma y la política del Imperio se juega en base a estrategias regionales. En una política de balan- ceo de fuerzas no es fácil decir a quién va a servir cada una de las bases, y en concreto hoy aquí para nosotros a quién va a servir Cartagena.

Cartagena va a ser controlada por Sertorio y por Sila, por P. Sicio Nucerino y por el Senado Romano, por Pompeyo y por César y finalmen- te por Augusto. Puede haber sido esta situación la que, con la llegada del Principado y la voluntad de Augusto de centralizar el poder prefiriese Tarraco como capital y principal base militar por estar más cerca de Roma y ser así más funcional como instrumento de gobierno.

Entre la ruptura de la unidad política romana con el comienzo de las guerras civiles y la unificación política con el establecimiento y perviven- cia del Principado, Cartagena es punto central de la historia de Hispa- nia. De la misma manera que al comienzo de las guerras púnicas Africa es una baza con la que juegan romanos y cartagineses, según hemos visto, y que lo sigue siendo en tiempos de las guerras celtibéricas, cuando vemos a Micipsa luchando en Hispania contra Vir ia t~ '~~) , así también en las guerras civiles, en el año 84, Mete110 es visitado en África por Licinio Craso que viene de Hispania, donde se había refugiado para escapar a las proscripciones de Mario y C i ~ ~ n a ' ~ ~ ) . En el año 82, Sertorio viene a Hispania para defender la causa de Mario frenta a Sila. Al año siguiente Sila envió dos gobernadores fieles a su causa, y frente a ellos Sertorio, más débil de fuerzas, creyó oportuno retirarse al África para lo cual se embarcó en Cartagena(58). Tras el fracaso de su desembarco en Africa,

(55) E. Albertini, op. cit. pp. 21-22. Y las páginas citadas de Hübner en Hermes 1. (56) Apiano, Iber 67, 89. Cfr. P. Romanelli, Storia delle province romane dell'Africa, Roma

1959, p. 73. (57) Plut. Craso, c. 6. Cfr. P. Romanelli, op. cit. p. 91. (58) Plut., Sert., c. 7 SS.; Orosio, V , 23, 2; Floro, 11, 22, 2; A. Schulten, Sertorius, pp. 47 y 52 s.

P. Romanelli, op. cit., p. 96 s. 102.

vuelve a reembarcarse y retorna a Hispania. De nuevo vuelve al Africa para ayudar a las tribus moras contra el rey Ascalis al que habían arrojado del trono. Triunfó Sertorio y pareció capaz de crear un espacio de dominio al margen del poder de sus enemigos de Roma. Así Cartagena se mostró como puesto clave en las operaciones tácticas por el control del imperio.

En el año 64 P. Sicio Nucerino, amigo de Catilina, huyendo de Roma, vino a Hispania y de aquí pasó al África con una especie de pequeña legión extranjera compuesta de hispanos e í t a l~ s '~~ ) .

En el enfrentamiento entre César y Pompeyo es posible que Pompeyo en el año 55, junto con el gobierno de Hispania, tuviese el de toda el África(60). De cualquier modo es claro que África estaba en general de parte de Pompeyo.

En la guerra civil entre César y Pompeyo, César intenta dominar a los pompeyanos en África desde Hispania. El Senado pompeyano había he- cho una declaración a favor de Juba; el Senado cesariano hace una declaración a favor de Bocco. La primera tentativa del paso al África se prepara reuniendo tropas en Córdoba a pesar de que Cassio Longino estaba en Lusitania (esto parece indicar que el proyecto del pasaje conta- ba con Cartagena como punto de referencia). La segunda vez se ordena la reunión de tropas en Hispalis. Hay una rebelión y para sofocarla Bogud pasa a Hispania. En esta ocasión el peso de los acontecimientos gravita sobre Málaga('jl).

Gneo Pompeyo partiendo de Utica quiere venir a Hispania, y, de hecho, tras una serie de aventuras, desembarca en Baleares, es decir, siempre en las costas del SE(62).

(59) Cic. Pro Sulla 20, 56; G. Gsell, Histoire ancienne de Z'Afrique du Nord, vol. VIII, pp. 54 SS.; P. Münzer, «Sittius» n. 3, P W 111 A 1, Sttutgart 1927, cols. 409-411; Heurgon, «La lettre de Cicéron a P. Sittius (Ad Famil. V, 17),, Latomus. Revue des Etudes Latines, M , 1950, 359 SS.; Apiano, Bell. civ. N, 54.

(60) P. Romanelli, op. cit., p.111, nota 1: *Según algunas fuentes (Plut. Pomp.52; Cat. Min. 43; Caes. 28; Apiano, Bell. ciu. 11, 18) Pompeyo en el 55, junto con el gobierno extraordinario de España, habría tenido también el de toda el &rica; pero el testimonio no parece que haya de ser aceptado tanto porque otras fuentes hablan solamente de España (Vell. Pat., II,48, 1; Floro, 11, 13, 12; Livio, Perioch. CV, Dion Casio XXXIX, 33,2 y 39,4), como sobre todo porque en los años entre el 55 y el 50 Africa aparece regida de modo regular por gobernadores nombrados por el Senado, y no por legados de Pompeyo. Los historiadores modernos no admiten, en general, este gobierno de Pompeyo sobre Africa~.

(61) Bell. Alex. 51 SS.; Liv. CXII, 36 SS.; Dio Cass. XVII, 15 y 16. El jefe de la expedición iba a ser Casio Longino, que se hallaba en Lusitania. El hecho de que se pretendan reunir las tropas en Córdoba, parece indicar que la expedición se proyectaba a través de Cartagena. Cfr. P. Romanelli, op. cit. p. 116.

(62) Bell. Afr. c. 22 y 23; Livio, Epitome CXIII.

Escipión se dirige desde Utica a Hispania, pero una tempestad lo arroja a Hippo Regio. Parece claro que era Cartagena a donde quería llegaF3).

Bogud vino a combatir al lado de César a Hispania y fue una de las razones del triunfo de César en Munda, pero parece que debió desembar- car en Málaga(64).

Arabión, hijo de Massinissa había venido a Hispania a combatir con los hijos de Pompeyo. Debió venir por Ca~-tagena(~~). No, en vano, según el epígrafe de Cartagena, Juba fue duumviro en esta ciudad y patrono de ella(66).

En la guerra entre Antonio y Octaviano, el reino de Juba estaba a favor de Octaviano y el de Bocco a favor de Antonio(67). Liquidado el reino de Bogud, Augusto concede a toda la Tingitana la ciudadanía romana(68).

En una palabra: las relaciones entre Hispania y África son una cons- tante impuesta por la logística del poder sobre el occidente del Imperio y se concretan en función de la geografía. Mientras que la Tingitana está en íntima unidad con la Bética, la Cesariense lo está con Cartagena.

En el año 25 a.c. Augusto constituyó un reino en Mauritania que dio a Juba 11, el hijo de Juba que combatió con Octaviano primero contra Antonio y luego en Hi~pania '~~) y que mantuvo unas grandes relaciones con las costas hispanas y muy en particular con Ca~-tagena(~O).

Cornelio Balbo desde la Ulterior tiene más relación con la Tingitana, pero en cualquier caso es un excelente testimonio de la unidad entre las dos columnas de Hércules(71).

(63) Este Escipión es uno de los generales pompeyanos que tras la batalla de Tapso huyen. Cfr. Plut. Cat. Min. 58 SS. Cfr. P. Romanelli, op. cit. p. 126 s.

Dio Cass., XLIII, 36, 1; 38, 2. cfr. P. ~omanell i , op. cit. p. 137. P. Romanelli, op. cit., p. 137. C.I.L. 11, 3417. Cfr. P. Romanelli, op. cit. p. 168. P. Romanelli, op. cit. p. 149. P. Romanelli, op. cit. p. 150. Le casó, además, con la hija de Antonio y Cleopatra, Selene. Cfr. P. Romanelli, op. cit.

«El hecho de haberse conferido el duumvirato tanto de C a r t a ~ e n a como de Cádiz a Juba 11. . . ... la contributio de Icosium a Ilici, dispuesta por Augusto probablemente antes o en el acto de la reconstrucción del reino, la agregación administrativa a la Bética de las colonias fundadas entre el 33 y el 25 a.c. son elementos que prueban lo estrechos que fueron los lazos entre Mauritania y la Península Ibérica», P. Romanelli, op. cit. p. 168 s.

(71) ~Cornelio Balbo, nativo de Gades, sobrino de aquel Cornelio Balbo que había recibido la ciudadanía romana de Pompeyo y para el cual, justo para la defensa de tal concesión, Cicerón había pronunciado en el 56 uno de sus discursos, había tenido parte activa como oficial y hombre de confianza de César durante las guerras civiles, más tarde había sido questor en España y en calidad de tal, como ya se decía en su tiempo, había pasado a Mauritania a solicitar el favor de Bogud para Antonio: conocía, pues, bien el Afnca, con la cual, por lo demás, como gaditano que era, debía haber

En una moneda de Cartagena anterior a la muerte de Augusto, apare- ce el rey Tolomeo, hijo de Juba(72). Es muy probable que, al igual que su padre, tuviera cargos honoríficos en alguna ciudad de Hispania y la moneda aludida es un buen fundamento para tal suposición.

En la guerra de Calígula y luego de Claudio para reducir a los moros hubieron de ser empleadas tropas auxiliares hispanas(73).

El caso de Galba es de gran interés. Fue primero elegido gobernador del África extra ~ortern '~~) . Luego fue iuridicus para la Citerior en Hispa- nia y estando él en Cartagena administrando justicia sobrevino la rebe- lión y fue proclamado emperador. Cartagena fue así durante un mes capital del Imperio(75).

Otón también actuó considerando como una unidad África y España. Mientras que por una parte concedió al África proconsular nuevos dere- chos, trató con menos favor a la Mauritania, cuyas ciudades dio como don a la Bética, es decir, debió establecer que fueran ciudades attributae a ciudades de la provincia meridional de Hispania, como se había hecho para algunas de ellas en el período anterior(76). La razón de tal medida es posible que tenga algo que ver con otro dato de gran interés en el contexto que estamos recomiendo: También en Mauritania el procurador Lucio Albino concibió, a lo que parece, la idea de separarse de Roma y

tenido frecuentes relaciones. Si fue cónsul y cuándo, es dudoso: parece que fue allectus directamente por Augusto entre los consulares. Su elección para procónsul de hfrica fue probablemente dictada por la necesidad de confiar el gobierno de la provincia a u n hombre valiente y sobre todo audaz, (P. Romanelli, op. cit., p. 177; puede también consultarse J . R. Rodríguez Neila, Los Bulbos de Cádiz, Cádiz 1992).

(72) P. Romanelli, op. cit., p. 253 (73) &e ha supuesto (Cagnat, Armée ... p. 29 siguiendo a Dureau de la Malle, Recherches sur

l'histoire de la partie de Z'Afrique . . que estas tropas hubieran pasado a &rica desde España, y que por tanto la guerra fue sostenida por las legiones establecidas en la Península Ibérica, en la Tarraconense, es decir por la Legio N Macedónica, la VI Victrix y la X Gemina; pero de tal intervención de estas legiones de España o al menos de una intervención de las mismas en masa no hay ninguna prueba directa. Es posible que participase algún destacamento de las mismas. Y mucho más claro parece poderse afirmar que se trasladasen tropas auxiliares de Espafia sobre todo a aquella región occidental que luego fue la Mauritania Tingitana: en efecto más tarde, como dejan ver los diplomas militares, no pocas de las alas y cohortes que están en esta provincia son de origen hipanos (P. Romanelli, op. cit. p. 259).

(74) P. Romanelli, op. cit. pp. 264 ss. (75) E. P. Nicolas, De Neron a Vespasien. Etudes et prespectives historiques suivies de l'analyse,

du catalogue, et de la reproduction des monnaies «oppositionelles» connues des années 67 a 70, Paris 1979, pp. 291-326. Este autor explica cómo Galba se encontraba en Cartagena el 2 de abril del 68, cómo allí acudió Otón, gobernador de la Lusitania como Legatus Augusti propraetore y cómo desde allí se retiró a Clunia.

(76) Tácito, Hist. 1, 78. P. Romanelli, op. cit. p. 283.

constituir un pequeño estado con las dos provincias y quizá también con una parte de Hi~pania '~~). El encargado de someter tales veleidades fue Cluvio Rufo, legado de la Tarrac~nense'~~).

Sobre la unidad entre el sur de Hispania y el norte de África en tiempos del emperador Adriano se ha pensado que quizá la revuelta de los moros que acaeció al comienzo de su reinado pudo afectar también a Hi~pania '~~). Por lo demás el emperador se hallaba en Hispania cuando salió para Asia, pasando por Cartago, lo que hace suponer que debió embarcarse en Cartagena(80). En cualquier caso se emplearon también tropas hispanas en la represión de la revuelta(81).

Igualmente en tiempos de Antonino Pío hubo guerras contra los moros y tropas de Hispania fueron llevadas a sofocarla(82).

En tiempos de Marco Aurelio la unidad entre Hispania y el norte de África cobra un especial relieve. No solamente los moros desembarcan en la Bética y la asolan durante tiempo(83), sino que el emperador une la Mauritania Tingitana con el sur de His~ania '~~) .

Parece haber habido otra invasión de moros en el 176(85).

(77) Tácito, Hist. 11, 58 s. (78) Münzer, «Cluvius» n. 12: ~Cluvius Rufus*, PW, IV, 1, Stuttgart 1900, col. 121-125. (79) La idea fue de Dürr, Die Reisen des Kaisers Hadrians, quien interpreta en este sentido el

testimonio de Esparciano sobre obras de defensa realizadas por el emperador. P. Romanelli, op. cit. p. 334

(80) La idea de este viaje de Hispania al Africa fue dada por Weber, Untersuchungen iiber die Geschichte Kaisers Hadrians y es verosímil Cfr. Romanelli, op. cit. p. 336 s.

(81) La presencia de hispanos en África está documentada por el monumento de Lambaesis. El emperador los visita (Cfr. P. Romanelli, op. cit. pp. 338-341).

(82) P. Romanelli, op. cit. p. 355, como acreditan las inscripciones y en concreto las que cuentan la carrera de T. Vario Clemente.

(83) La bibliografía sobre el tema la hemos recogido en «La población del SE durante los siglos oscuros., Antigxrist. V, 1988, p. 22, nota 9.

(84) E. Albertini, Les diuisions administratives de Z'Espagne romaine, Paris 1923, p. 116, nota 2: <<No hay razón para señalar más que en una nota las medidas tomadas por Marco Aurelio cuando los moros inquietaron la Bética: paso de la Bética durante unos años (desde el 172 o 173 hasta una fecha ente el 177 y 185), a la categoría de provincia imperial; nuevo nombre dado a la Mauritania Tingitana: prouincia noua Hispania Vlterior Engitana (C.I.L. VIII, 21813). Ningún texto emplea la nueva designación, que debió quedar en uso por poco tiempo. Ninguno nombra a la Bética prouincia Vetus Vlterior, cfr. C.I.L. 11 1980, donde debía decir no ueteris, sino ulteris, lapsus por ulterioris. Ver Mispoulet, Reuue de Philologie, 34, 1910, p. 302; A. von Premerstein, «Untersuchungen zur Geschi- chten des Kaisers Marcus» 11, Klio, 12, 1912, 167-178.

(85) Según se deduce del epígrafe C.I.L. 11, 1120, ya que en el 177 Vallius Maximianus es procurador en la Tingitana. Cfr. A. González Blanco, <'La población del SE durante los siglos oscuros (IV-X)», Antigxrist. V, 1988, p. 13.

La unidad entre el SE hispano y África vuelve a constatarse con la invasión de francos y alamanes que llegan a África con naves tomadas en Tarra~o@~).

Es difícil decidir si los moros vuelven a cruzar el estrecho en tiempos de Saturnino(87).

En tiempos de Maximiano probablemente también hubo que luchar con los moros en Hispania y la unión del sur de Hispania con la Tingita- na probablemente fue debida a esta interdependencia. Estamos en el año 297(88).

Los donatistas tienen que ir a la Galia a través de Hi~pania@~). Y los vándalos pasan al África tras destruir Cartagena(go). Así la integración del SE en el Imperio Romano se hace no sólo como

una toma de posesión que se integra, en la que se pone el pie y ya no se mueve más, sino que las tierras hispanas participan de todos los proble- mas de la vida política y los padecen a veces y los provocan otras. Por eso también se van integrando en la administración y lentamente también ellas van siendo Roma. Fecha clave es la proclamación de Cartagena como COLONIA ROMANA, pero ésta es otra dimension del problema que aquí estamos tratando.

(86) Cfr. A. González Blanco, Ibidem, pp. 14-15. (87) Cfr. A. González Blanco, Ibidem, pp. 15. (88) Cfr. A. González Blanco, Ibidem, pp. 15 s. (89) El emperador les concede el poder usar la evectio publica y por tanto el viaje se hace por

tierra, vía Hispania. Debieron entrar por Cartagena para ir al concilio de Arles. Cfr. P. Romanelli, op. cit., p. 548.

(90) A. González Blanco, «La historia del SE peninsular entre los siglos 111-VIII. Fuentes, problemas y perspectivas,, Antigüedad y Cristianismo 11, 1985, pp. 58-59.