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COLEGIO INGLÉS IBAGUÉ MANUAL DE CONVIVENCIA REG-04 VERSIÓN 09 REVISÓ: Rectora, Consejo Académico APROBÓ: Consejo Directivo FECHA: 22 de noviembre de 2016 CAPÍTULO I EL COLEGIO Artículo 1. El Colegio Inglés de Ibagué, es una institución educativa de carácter privado, cristiano católico, de jornada única, carácter mixto, legalmente reconocido por las autoridades del país, y que atiende la educación formal para los niveles de Preescolar, Básica Primaria y Secundaria, y Media, en el Calendario A. Artículo 2. El domicilio del Colegio es la ciudad de Ibagué, su razón social es Colegio Inglés, su NIT. es 38.219.779-9, y su representante legal es la señora Norma Tamayo de Semma. Artículo 3. El Colegio Inglés presenta su Proyecto Educativo Institucional “Cultura y Honestidad” fundamentado en los principios de la formación cristiana católica, modelo pedagógico con enfoque constructivista, formación integral que incluye las dimensiones del ser humano y excelencia académica. CAPÍTULO II PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA Artículo 4. La calidad de estudiante del Colegio se adquiere mediante el acto de matrícula, el cual consiste en la firma del contrato respectivo, por parte de los padres de familia, del estudiante y de la Rectora de la Institución, que se rige bajo los parámetros del artículo 201 de la ley 115 de 1994. Artículo 5. Para obtener la calidad de estudiante del Colegio es necesario: a. Adquirir, diligenciar y presentar el formulario de admisión, en las fechas determinadas para cada año anexando la documentación completa solicitada; b. Haber sido admitido oficialmente en las pruebas de admisión y en las entrevistas; c. Conocer y aceptar la filosofía, los principios, los fines y las normas que rigen la Institución; d. Haber superado todos los desempeños previstos para el grado inmediatamente anterior; e. Legalizar la matrícula, lo que procede mediante aceptación y firma del Contrato respectivo; y f. Aceptación de los padres de familia que eligen el colegio por su carácter católico y por su identificación con los principios y orientación del plantel. Artículo 6. Para ingresar al Colegio y hacer parte de la comunidad educativa se fijan los siguientes rangos de edades: . Prejardín: 3 años cumplidos, . Jardín 4 años cumplidos, . Transición 5 años cumplidos, . Primero 6 años cumplidos.

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COLEGIO INGLÉS IBAGUÉ

MANUAL DE CONVIVENCIA REG-04

VERSIÓN 09

REVISÓ: Rectora, Consejo Académico APROBÓ: Consejo Directivo FECHA: 22 de noviembre de 2016

CAPÍTULO I EL COLEGIO Artículo 1. El Colegio Inglés de Ibagué, es una institución educativa de carácter privado, cristiano católico, de jornada única, carácter mixto, legalmente reconocido por las autoridades del país, y que atiende la educación formal para los niveles de Preescolar, Básica Primaria y Secundaria, y Media, en el Calendario A. Artículo 2. El domicilio del Colegio es la ciudad de Ibagué, su razón social es Colegio Inglés, su NIT. es 38.219.779-9, y su representante legal es la señora Norma Tamayo de Semma. Artículo 3. El Colegio Inglés presenta su Proyecto Educativo Institucional “Cultura y Honestidad” fundamentado en los principios de la formación cristiana católica, modelo pedagógico con enfoque constructivista, formación integral que incluye las dimensiones del ser humano y excelencia académica.

CAPÍTULO II PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA Artículo 4. La calidad de estudiante del Colegio se adquiere mediante el acto de matrícula, el cual consiste en la firma del contrato respectivo, por parte de los padres de familia, del estudiante y de la Rectora de la Institución, que se rige bajo los parámetros del artículo 201 de la ley 115 de 1994. Artículo 5. Para obtener la calidad de estudiante del Colegio es necesario:

a. Adquirir, diligenciar y presentar el formulario de admisión, en las fechas determinadas para cada año anexando la documentación completa solicitada;

b. Haber sido admitido oficialmente en las pruebas de admisión y en las entrevistas; c. Conocer y aceptar la filosofía, los principios, los fines y las normas que rigen la Institución; d. Haber superado todos los desempeños previstos para el grado inmediatamente anterior; e. Legalizar la matrícula, lo que procede mediante aceptación y firma del Contrato respectivo; y f. Aceptación de los padres de familia que eligen el colegio por su carácter católico y por su identificación con los principios y

orientación del plantel. Artículo 6. Para ingresar al Colegio y hacer parte de la comunidad educativa se fijan los siguientes rangos de edades: . Prejardín: 3 años cumplidos, . Jardín 4 años cumplidos, . Transición 5 años cumplidos, . Primero 6 años cumplidos.

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PARÁGRAFO. Para los cursos de segundo a undécimo, se seguirán los rangos correspondientes a un año por cada grado, no obstante la decisión de ingreso es de exclusividad de la Rectora, quien se reservará el derecho de dar las razones de la no admisión de un candidato aspirante a ingresar. Artículo 7. Los documentos que se requieren para ingresar al Colegio por primera vez, los cuales deben presentarse en originales, son los siguientes:

a. Certificados de estudios de años anteriores debidamente legalizados; b. Registro civil de nacimiento original o fotocopia; tarjeta de identidad a partir de grado quinto; c. Paz y salvo del colegio de procedencia; d. Certificado de comportamiento; e. Certificado médico actualizado; f. Dos fotos recientes 3x3; g. Comprobante de afiliación a una EPS o carnet; h. Examen de hemoclasificación.

PARÁGRAFO. Para la matrícula de estudiantes antiguos deben haber cumplido sin restricción alguna, las normas del presente Manual de Convivencia, diligenciar el formulario de actualización de datos con dos fotografías, presentar el certificado de paz y salvo con el colegio por todo concepto, el carnet estudiantil y certificado médico. Artículo 8. La calidad de estudiante del Colegio se pierde por: . Expiración del término del contrato de matrícula; . No renovación del contrato de matrícula, Artículo 201de la Ley 115 de 1994 . Cancelación voluntaria por parte de los padres; . Fuerza mayor debidamente comprobada; o . Por las causales determinadas en uno o en todos de los siguientes documentos: Proyecto Educativo Institucional, Contrato de matrícula y el presente Manual de Convivencia.

CAPÍTULO III PRINCIPIOS DE LA CONVIVENCIA

Los siguientes son los principios de la convivencia de acuerdo con la Ley 1620/2013 artículo 5, los cuales se incorporan dentro del Manual de Convivencia del Colegio. Artículo 9. Principios: Son principios del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y la mitigación de la violencia escolar:

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1. Participación

En virtud de este principio el Colegio Inglés garantiza la participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la ley 115 de 1994 y los artículos 31, 32, 43 y 44 de la Ley 1098 de 2006, El Colegio Inglés garantiza el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro del mismo en el marco del Sistema.

2. Corresponsabilidad La familia, el Colegio Inglés, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia.

3. Autonomía El Colegio Inglés es autónomo en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones.

4. Diversidad El Colegio Inglés se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.

5. Integralidad La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes.

CAPÍTULO IV RESPONSABILIDADES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

RESPONSABILIDADES DEL COLEGIO INGLÉS FRENTE A LA CONVIVENCIA ESCOLAR:

Artículo 10. Las siguientes son responsabilidades del Colegio Inglés según el artículo 17 de la Ley 1620.

1. Garantizar a sus estudiantes, docentes, directivos y demás personal del establecimiento educativo el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

2. Implementar el comité escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 Y 13 de la Ley 1620/2013.

3. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso,

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violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos.

4. Revisar y ajustar el Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia, y el Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.

5. Revisar anualmente las condiciones de Convivencia Escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia.

6. Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo.

7. Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes.

8. Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.

9. Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio.

RESPONSABILIDADES DE LA RECTORA FRENTE A LA CONVIVENCIA ESCOLAR: Artículo 11. Las siguientes son responsabilidades de la Rectora del Colegio Inglés según el artículo 18 de la Ley 1620.

1. Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 Y 13 de la Ley 1620/2013. 2. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los

protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar. 3. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de

evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.

4. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.

RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES FRENTE A LA CONVIVENCIA ESCOLAR: Artículo 12. Las siguientes son responsabilidades de los docentes del Colegio Inglés según el artículo 19 de la ley 1620.

1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a los estudiantes del Colegio Inglés acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de

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2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.

2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.

3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del Colegio Inglés. 4. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia.

RESPONSABILIDADES DE LOS PADRES DE FAMILIA FRENTE A LA CONVIVENCIA ESCOLAR

La familia, como parte de la comunidad educativa, en el marco del Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, además de las obligaciones consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes, deberá (Artículo 22 de 2.013):

Artículo 13. 1) Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental. 2) Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable. 3) Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad. 4) Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo. 5) Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas. 6) Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas. 7) Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del Colegio Inglés. 8) Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere la Ley 1620/2013, para restituir los derechos de sus hijos cuando éstos sean agredidos.

CAPÍTULO V DERECHOS, DEBERES Y GARANTÍAS DE LOS ESTUDIANTES DERECHOS BÁSICOS O FUNDAMENTALES: Artículo 14. El derecho a la vida es inviolable.

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Artículo 15. Todos los estudiantes recibirán el mismo trato respetuoso; tendrán los derechos que la Constitución Política y las Leyes de Colombia les confieren; y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ningún tipo de discriminación, siempre y cuando en su ejercicio no perjudiquen los principios filosóficos y religiosos que rigen al Colegio y a los demás estudiantes Artículo 16. Los estudiantes tienen derecho a que sus padres formen parte de la comunidad educativa de la institución, lo cual operará desde su vinculación a la misma en el acto de matrícula, y lo ejercerán corresponsablemente para la integración armónica en comunión y participación, de conformidad con lo establecido en la Ley. Artículo 17. Ningún estudiante será sometido a agresiones físicas, psicológicas o verbales, ni a conductas que configuren maltrato o acoso escolar, por cuanto el Colegio promueve y facilita un ambiente de convivencia sincera y dialogante, donde se evitarán comportamientos despectivos, subestimación o intimidaciones. Artículo 18. Los estudiantes tienen derecho a ser llamados por su nombre, a su intimidad personal y familiar, al buen nombre y a la honra, así como al libre desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás, la Constitución y las Leyes de Colombia, el Proyecto Educativo Institucional y el presente Manual de Convivencia. Artículo 19. Los estudiantes tienen libertad para expresar y difundir sus ideas, pensamientos y opiniones, siempre que lo hagan en forma adecuada y respetuosa, teniendo en cuenta los derechos que tienen las demás personas y los principios del Colegio. Artículo 20. Los estudiantes tienen derecho a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades de la institución y a los profesores, en forma directa o por intermedio de sus padres/acudientes en las diferentes instancias de participación, y a obtener respuesta de las solicitudes y peticiones. Artículo 21. El Colegio garantiza a toda la comunidad estudiantil, que en sus actuaciones aplicará el debido proceso establecido en este Manual de Convivencia y la posibilidad de que acudan a las instancias superiores establecidas, siguiendo el conducto regular. Artículo 22. Los estudiantes tienen derecho a elegir y ser elegidos en los organismos de participación, previo el lleno de los requisitos establecidos en el Proyecto Educativo Institucional y teniendo en cuenta el respeto, el apoyo y la defensa de los principios y de la filosofía del Colegio. Artículo 23. Todo el grupo de estudiantes tienen derecho a un ambiente propicio para su desarrollo y para su educación tanto en el Colegio como en el hogar. Numeral 1 del Artículo 22 de la Ley 1620 de 2013

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Artículo 24. Los estudiantes tienen derecho a la defensa en todos los procedimientos en los cuales puedan ser sancionados, debiendo ser escuchados de acuerdo con el conducto regular establecido por la institución y asistidos por sus padres en los casos establecidos en el presente Manual de Convivencia. DERECHOS ACADÉMICOS Y SOCIALES Artículo 25. Recibir una educación integral que desarrolle la inteligencia, el pensamiento, y el cuerpo en forma armónica y saludable; así como también, las demás dimensiones del ser humano. Artículo 26. Recibir una formación religiosa cristiano católica dentro de los principios, criterios y valores cristianos, con fundamento en el Evangelio. Artículo 27. Vivir y participar del proceso de formación para lograr la propia libertad y la propia autonomía en los programas, acciones y actividades que propone el Colegio. Artículo 28. Recibir una educación que los forme como ciudadanos y les enseñe a amar y respetar la Patria Colombia, y a ser formados para participar activamente en funciones democráticas. Artículo 29. Vivir en un ambiente de honestidad y dignidad y a ser educados en los principios que inspiran el Proyecto Educativo Institucional, como personas con alto sentido de espiritualidad, don de servicio, agente de cambio y comprometido con el mundo que les rodea. Artículo 30. Recibir orientación y acompañamiento adecuados y oportunos en todo lo relacionado con el desarrollo académico, la formación en valores y todo lo que conlleve y contribuya a su bienestar. Artículo 31. Conocer la Constitución Política de Colombia, la Legislación Escolar Colombiana, el Proyecto Educativo Institucional, los programas académicos que constituyen el Plan de Estudios, las formas de evaluación que aplicará el Colegio y todas las regulaciones para la vida en la comunidad educativa. Artículo 32. Ser evaluados en forma continua e integral y a conocer oportunamente los resultados del proceso de aprendizaje, los resultados de sus evaluaciones, su registro escolar de valoración, su observador y las recomendaciones que hagan directivos y profesores. Artículo 33. Presentar excusas justificadas por sus ausencias y a que se les tengan en cuenta siempre que estén claras y en los siguientes casos: Incapacidad médica: debidamente diligenciadas y firmadas por sus padres o por los médicos; Permiso deportivo o cultural:

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debidamente tramitadas por las entidades acreditadas para el efecto; Fuerza mayor o calamidad doméstica: Firmada por sus padres o acudientes. Todas las excusas deben presentarse inmediatamente el estudiante se reintegre al Colegio. Artículo 34. Que les sea expedido el carnet estudiantil de acuerdo con las normas del establecimiento, a solicitar y obtener certificados, constancias y diplomas, siempre y cuando, el estudiante y los padres de familia, se encuentren a paz y salvo por todo concepto con el Colegio y hayan cancelado los derechos correspondientes. Artículo 35. Recibir reconocimientos públicos y estímulos y a que sean valoradas sus actuaciones en caso de sobresalir en cualquier actividad de las que hacen parte del Proyecto Educativo Institucional y cuando sobresalgan en actividades donde estén representando a la Institución. Artículo 36. Disponer y aprovechar su tiempo libre con su familia y a disfrutar del descanso, de la recreación y del deporte en los lugares y tiempos previstos para ello. Artículo 37. Participar en todas las actividades y eventos programados por el Colegio Inglés, y sólo podrán ser excluidos cuando no cumplan con los requisitos establecidos o cuando su presentación o sus actitudes no estén de acuerdo con las circunstancias o perjudiquen el ambiente comunitario. Artículo 38. Solicitar respetuosamente a los profesores, explicaciones y orientaciones que conduzcan a salvar dificultades en el desarrollo de las áreas, siempre que se haya demostrado aplicación y atención en las clases y en las actividades correspondientes. Artículo 39. Acceder al uso de las dependencias del Colegio destinadas a las actividades propias del servicio educativo y a utilizar adecuadamente las ayudas educativas y demás materiales que se encuentran dispuestos para el mismo. Artículo 40. Ser instruidos permanentemente acerca de los contenidos del presente Manual de Convivencia y a ser informados de los cambios que se le introduzcan. Esta instrucción se tendrá de acuerdo con la programación del establecimiento. COMPROMISOS - DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Artículo 41. Los Compromisos de los estudiantes corresponden a los Deberes de la comunidad estudiantil del Colegio, los cuales a la par con sus responsabilidades, están ligados con la libertad, todo lo cual está condicionado por exigencias de convivencia que obligan a respetar los derechos de los demás. Están conjugados en primera persona para que los estudiantes los asuman como propios dentro de su comportamiento general de colegio. Los deberes de los estudiantes del Colegio se establecen en lo moral, lo social, lo académico y lo disciplinario, y son los siguientes:

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1. Valoro y respeto la vida y la integridad personal del otro, como a mi propia vida; 2. Conozco y respeto la Filosofía y los Principios del Colegio; conozco y cumplo el Proyecto Educativo Institucional; conozco y

cumplo lo dispuesto en el presente Manual de Convivencia y acato y cumplo las órdenes de las directivas y los profesores del Colegio.

3. Respeto y hago respetar el nombre del Colegio, velando por el prestigio del mismo y actúo con honestidad y veracidad en todos los eventos de la vida, tanto personal como institucional y soy responsable de mis actos;

4. Cumplo puntual y responsablemente con los horarios, las tareas, las lecciones y demás actividades programadas por el Colegio;

5. Presento las excusas debidamente firmadas por mis padres y/o acudientes; 6. Acato los cambios de clase en el tiempo estipulado; 7. Llevo con orgullo, pulcritud, orden y respeto mi uniforme y mantengo la presentación personal exigida por la Institución,

mediante el aseo personal y el arreglo del cabello, absteniéndome de utilizar accesorios ajenos al uniforme; 8. Practico las normas de urbanidad y buenos modales empleando en toda intervención un vocabulario respetuoso y cortés, 9. Acepto respetuosamente las correcciones impartidas por las autoridades y profesores de la Institución; 10. Respeto a todas las personas, valorando el trabajo de quienes desempeñan funciones y servicios en el Colegio 11. Evito burlas, apodos y descalificaciones de carácter individual; 12. Acepto y respeto la pluralidad de ideas y acepto las decisiones tomadas por consenso con solidaridad y lealtad; 13. Respeto los derechos ajenos y no abuso de los propios; 14. Respeto las pertenencias de los demás, no las daño ni me apropio indebidamente de ellas; 15. Respeto y cuido los bienes y enseres del Colegio, respondo por los daños causados a los mismos; 16. Permanezco en el lugar asignado y durante el tiempo previsto para las diferentes actividades; 17. Aprovecho el tiempo de descanso para la sana recreación y convivencia; 18. Llevo y entrego oportunamente a mis padres o acudientes toda la información que envíe el Colegio y regreso los

desprendibles correspondientes debidamente firmados y dentro de los plazos estipulados; 19. Porto únicamente los útiles de estudio, los libros y materiales necesarios, con aseo y orden; 20. En caso de que porte teléfono celular, por autorización de la Rectora y de mis padres, deberé dejarlo en recepción y

recogerlo a la salida; 21. Utilizo en forma adecuada la tecnología informática, los equipos especializados y demás elementos que el Colegio dispone

para el servicio educativo; 22. Porto el carnet estudiantil dentro del Colegio y lo presento para tener acceso a los diferentes servicios que me ofrece y para

los actos de representación de la Institución; 23. Propicio y favorezco con lealtad recíproca las relaciones entre el Colegio y mi familia y las relaciones con los diferentes

miembros de la comunidad educativa; 24. Mantengo una relación estrictamente profesional con profesores y empleados de la Institución y de ninguna manera sostengo

relaciones de tipo personal o afectivo con los mismos; 25. Propendo por el logro de la paz y soy solidario en caso de calamidades, dificultades o accidentes que puedan presentarse,

colaborando para su pronta y debida solución; 26. Participo activamente en el desarrollo de todas las clases y actividades programadas por el Colegio y cumplo con todos los

requisitos académicos, actitudinales y comportamentales que competen a mi calidad de estudiante, procurando alcanzar la excelencia en cada una de las áreas y mantengo permanentemente una preocupación real por mi buen rendimiento académico y la superación de las deficiencias;

27. Me informo y hago correcto uso de los procedimientos y los conductos regulares y de las instancias para presentar solicitudes y reclamos, haciéndome responsable por la omisión o mal uso de las instancias de dicho procedimiento;

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28. Me comporto en correspondencia con los principios de la Institución, con la buena educación y las buenas maneras propias de los miembros de la comunidad educativa del Colegio;

29. Cumplo compromisos de convivencia establecidos. PROHIBICIONES DE LOS ESTUDIANTES Artículo 42.

1. Utilizar expresiones vulgares o soeces; 2. Traer al colegio elementos diferentes a los que se requieren para el desarrollo de las actividades del servicio educativo; 3. Portar sumas de dinero superiores a las que cubran las necesidades diarias; 4. Portar objetos de alto valor que no hagan parte del material escolar ni traer vehículo al colegio; 5. Portar joyas y artículos suntuarios que no hagan parte del uniforme; así como celulares, cámaras digitales, I-pods, MP3, Mp4

y artículos distintos a los útiles de estudio. En caso de pérdida, el Colegio no se hace responsable por pérdidas y si se decomisan solamente se devolverán a los padres de familia al terminar el año lectivo.

6. Perder el tiempo ni hacerlo perder a los compañeros con charlas, juegos o indisciplina; 7. Inducir a los compañeros y a otras personas a comportamientos nocivos o negativos mediante conversaciones, invitaciones o

sugerencias de cualquier tipo o naturaleza; 8. Manifestar expresiones como caminar abrazados, recostarse en las piernas de compañeros y otras similares. 9. Dibujar grafitis, mensajes, o cualquier otra expresión en muebles, paredes u otros lugares de la institución; 10. Participar de cualquier forma de desórdenes y/o alborotos dentro o fuera del plantel; 11. Recoger dinero y hacer rifas, ventas y negocios o comercializar productos dentro del Colegio y practicar juegos de azar; 12. Portar, mostrar, traer, distribuir y/o usar material pornográfico, armas, explosivos, juguetes bélicos y/o artefactos que generen

violencia o induzcan a ella; 13. Portar, traer, distribuir y/o usar o consumir drogas sicotrópicas, estupefacientes, bebidas alcohólicas, cigarrillos; 14. Porte y uso de sustancias químicas que afecten el normal desarrollo de actividades escolares como gases lacrimógenos,

derivados halogenados y aromáticos, sustancias nocivas para el medio ambiente, el agua, y las instalaciones y obstructores de los sistemas respiratorio, circulatorio y nervioso;

15. Ofrecer o participar en cualquier tipo de soborno, chantaje, amenaza, presión o mentira por sí mismo o por otras personas, para obtener favores o beneficios de cualquier clase;

SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO Artículo 43. El Servicio Social Estudiantil obligatorio es un componente curricular exigido para la formación integral de los estudiantes y como tal, hace parte integral del currículo y del Plan de Estudios, pretende integrar a la comunidad estudiantil a la vida comunitaria, para contribuir en su mejoramiento social, cultural y económico, desarrollando valores de solidaridad y conocimientos sobre la realidad de su entorno social. La intensidad de 80 horas obligatorias mínimas se cumple de manera adicional al tiempo prescrito para las actividades pedagógicas y las actividades lúdicas, culturales, deportivas y sociales del contenido educativo. Para que un estudiante considere culminado su proceso formativo debe atender las actividades de Servicio Social de manera responsable. Puede el alumno escoger las siguientes entidades para realizarlo: Indeportes Tolima, Liga de Natación del Tolima, Club Deportivo Colegio Inglés, y las que el Consejo Académico autorice, el cual se convierte en requisito para optar al título de Bachiller.

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Parágrafo: en caso de incumplimiento del servicio social como: 1. Completar tres fallas sin excusa justificada; 2. Incumplimiento con el trabajo asignado por las entidades; 3. Irrespeto a las personas con las que tiene relación en función de su servicio social; 4. Otras relacionadas con las mismas faltas relacionadas en este manual de convivencia del colegio;

Tendrán como consecuencia la suspensión en sus labores de servicio social y reinicio del mismo en otra entidad. CONDUCTO REGULAR Y GARANTÍAS Artículo 44. Cuando se presenten conflictos entre los diferentes miembros de la comunidad educativa, la competencia para resolver o conducto regular se establece así: 1. Reflexión entre el estudiante o los estudiantes o personas implicadas y con el respectivo profesor, solucionando el impase. 2. Conversación y reflexión con el Director de grupo y búsqueda de soluciones. 3. Conversación y reflexión con la Coordinación de disciplina y búsqueda de soluciones. 4. Conversación y reflexión con la Psicóloga de Bienestar Escolar y búsqueda de soluciones. 5. Presentación del conflicto ante el Comité Escolar de Convivencia, si es del caso, y búsqueda de soluciones en armonía con lo dispuesto en el Decreto 1965 de 2.013. 6. Conversación y reflexión con la Rectora del Colegio y toma de decisión por su parte. PARÁGRAFO 1.- En todo caso el seguimiento a la convivencia escolar y a sus desarrollos, corresponde al Comité de Convivencia Escolar, sin perjuicio de lo establecido en el presente Manual de Convivencia y lo que corresponda a cada una de las autoridades del plantel. PARÁGRAFO 2.- Los conflictos en los cuales estén involucrados algún miembro del equipo de docentes serán tratados por las autoridades del Colegio de conformidad con el Código Sustantivo del Trabajo, el Reglamento Interno de Trabajo, el Contrato de Trabajo, y los Manuales de Funciones y de Procedimientos. Artículo 45. Las medidas disciplinarias o sanciones que se adopten en el Colegio en las situaciones que afectan la convivencia se tomarán con guarda de los principios de protección integral, proporcionalidad y respeto por los derechos de los niños, las niñas y de los adolescentes.

CAPÍTULO VI CONVIVENCIA ESCOLAR RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL Artículo 46. Para el Colegio la convivencia es un proceso orientado a contribuir al desarrollo integral del estudiante a través de la formación en principios, valores, derechos y deberes, que permitan la comprensión de las normas, la comprensión del propio deber ser y el deber hacer, asumiendo las consecuencias de sus actos y atendiendo a los procesos de formación y de corrección, que permitan el crecimiento personal y comunitario y el desarrollo de la dimensión trascendente del ser humano.

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Artículo 47. El Comité Escolar de Convivencia está encargado de apoyar la labor de promoción, prevención, atención y seguimiento a la convivencia escolar como uno de los fines principales del Proyecto Educativo Institucional, a la educación para el ejercicio de todos los derechos humanos, a la prevención de la violencia escolar y al desarrollo y aplicación del presente Manual de Convivencia. PARÁGRAFO1.- El Comité Escolar de Convivencia, en el ámbito de sus competencias, desarrollará su acción conforme con su Reglamento el cual hace parte integral del presente Manual de Convivencia. PARÁGRAFO 2.- El Comité Escolar de Convivencia, será el encargado de activar la ruta de atención integral para la convivencia, en los casos que sean necesario y de conformidad con el artículo 29 de la ley 1620 de 2013. Artículo 48. La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar está integrada por los componentes de promoción, prevención, atención y seguimiento, los cuales – antes que enseñanzas de normas y reglas, se deben vivir en el ambiente escolar como medios permanentes de formación – y se definen así: Promoción: Son acciones permanentes y continuas que se desarrollan por medio del contenido de las diferentes áreas que componen el plan de estudios, con los proyectos relacionados con las enseñanzas obligatorias y con acciones sistemáticas de la Escuela de Padres de Familia, proporcionando conocimiento sobre los derechos humanos, su garantía y su ejercicio; auspiciando el sentido de responsabilidad individual y social mediante la comprensión de los deberes y derechos de la persona humana y con el mejoramiento del clima escolar. Prevención: Son acciones permanentes y continuas que se desarrollan mediante la identificación de riesgos, el análisis de las características –personales, familiares y del entorno de los estudiantes, el diseño y aplicación de proyectos pedagógicos en el ámbito de los derechos humanos, y el diseño y aplicación de los protocolos de convivencia y de disciplina que prescribe el colegio. Atención: Son acciones permanentes de asistencia a los miembros de la comunidad escolar en los casos de situaciones que afectan la convivencia escolar, de quebrantamiento de los deberes y de mal uso de la libertad, mediante la orientación para su corrección o la sanción con fines educativos y formativos. Seguimiento: Son acciones y procesos de observación, asesoría y acompañamiento para con aquellos estudiantes que presentan deficiencias en la convivencia escolar y comunitaria y en relación con el grupo para acrecentar el respeto a la verdad, a los derechos ajenos, al sentido de la justicia, la responsabilidad, el sentido de solidaridad, la disciplina, y otros. PARÁGRAFO: En desarrollo del anterior enunciado, el colegio, junto con los padres de familia y estudiante suscribirán Actas de Compromiso, las cuales serán evaluadas en los términos que allí se indiquen conjuntamente con las personas que así las suscriban

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Artículo 49. Para hacer efectiva la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar las acciones del Colegio estarán encaminadas al logro de ambientes de aprendizaje que potencien la participación, el trabajo en comunidad, el respeto a la dignidad humana, la tolerancia y la integridad física, moral y espiritual de los estudiantes.

CAPÍTULO VII REGIMEN DISCIPLINARIO ACCIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA Artículo 50. Si se quebrantan los deberes, las prohibiciones o no se hace uso responsable de la libertad afectando la convivencia dentro del establecimiento o afectando su buen nombre con comportamientos dentro o fuera del mismo, el estudiante será evaluado de acuerdo con los conductos regulares y las competencias para cada caso, asumiendo las consecuencias y recibiendo las sanciones que correspondan, las cuales se aplicarán buscando un cambio de comportamiento y procurando la formación integral de la persona humana. Artículo 51. Para todos los efectos se consideran FALTAS las violaciones a las prohibiciones o el incumplimiento de los deberes y compromisos; y para la aplicación del presente Manual de Convivencia se tendrá en cuenta la clasificación en faltas leves, graves y gravísimas. Artículo 52. El proceso de disciplina y de conducta es continuo y su evaluación se adelantará por cada docente y/o por Bienestar Escolar, el cual será comunicado a los padres de familia en cita que se haga con el director de Grupo o con las Coordinación respectivas. Artículo 53. Al finalizar cada uno de los períodos académicos en que se encuentra distribuido el año escolar, el Director de grupo informará a cada estudiante los resultados de la evaluación de conducta, disciplina, comportamiento y convivencia, lo mismo que a los organismos correspondientes de la Institución, a saber Coordinadores y Rectora y se informará a los padres de familia en el boletín respectivo. Artículo 54. En caso de presentarse situaciones de acoso o violencia escolar por parte de cualquier miembro de la comunidad educativa, se procederá de acuerdo con los protocolos o procedimientos establecidos en este Reglamento para la Ruta de Atención Integral. Artículo 55. El Colegio prescribe algunas sanciones como parte del proceso formativo, con la intención de propiciar reflexión sobre las faltas en que incurra el estudiante y buscar la corrección de las conductas que afectan la disciplina o la convivencia. Artículo 56. Los actos de indisciplina de la comunidad estudiantil son objeto de medidas disciplinarias, las cuales son de diferente índole, según su trascendencia dentro del ámbito escolar, para que el estudiante se comprometa y reflexione sobre los hechos irregulares de su proceder y pueda reorientar su conducta o su comportamiento. Artículo 57. SANCIONES / ACCIONES FORMATIVAS

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En general, en caso de comportamientos inapropiados (Faltas) pueden tomarse las siguientes acciones formativas /sanciones :

1) Amonestación verbal dejando constancia por escrito; 2) Elaboración de trabajos, reflexiones, campañas educativas referente al comportamiento inapropiado que la persona ha

mostrado durante la jornada escolar y/o en horario extraclase; 3) Realizar acciones reparadoras frente a su comportamiento; 4) Reflexión en familia sobre el comportamiento y dejar por escrito las conclusiones de esta reflexión para compartir con los

compañeros. 5) Acta de compromiso con los padres de familia; 6) Reparación de los daños ocasionados a los bienes que han sido dañados; 7) Solicitar a la familia y/o estudiante asistir a procesos terapéuticos externos, según recomendaciones del colegio; 8) No renovación de matrícula; 9) Matrícula condicional; 10) Exclusión del colegio o desescolarización; 11) No proclamación como bachiller en el acto protocolario de grado (alumnos de grado undécimo);

Artículo 58. El procedimiento a seguir para aplicar una sanción o una acción formativa se determina así:

1. Cualquier autoridad de la institución, directivo o docente, que tenga conocimiento de una falta por parte de cualquier estudiante, debe escuchar las versiones sobre el hecho, buscar su solución e informar al director de grupo, Coordinador de Disciplina y/o Psicóloga de Bienestar Escolar, según el caso, para evaluarla y seguir su respectivo proceso.

2. Si la falta es considerada leve, se determina aplicar una acción formativa de amonestación verbal y escrita, elaboración de algún trabajo pedagógico;

3. Si el estudiante es reiterativo/a en la falta se aplicarán las jornadas de reflexión, la presentación en el colegio en horario extraclase, acciones reparadoras frente a su comportamiento, reflexión en familia o acta de compromiso.

4. Si la falta es considerada grave se estudiará por parte de coordinación de disciplina y comité de convivencia si es el caso; se seguirá la ruta de atención integral y el debido proceso, y se asigna la sanción respectiva que podrá ser la reparación del daño ocasionado acompañado de un trabajo o actividad formativa, suspensión de clases de 1 a 2 días, lo cual no lo exime de las responsabilidades académicas establecidas o acta de compromiso con los padres de familia

5. Si la falta es considerada gravísima y/o afecta la conducta gravemente, se informará al comité de conformidad con el artículo 13 de la ley 1620, en armonía con lo dispuesto en el artículo 18, y el artículo 36 Numeral 3 del decreto 1965, para que una vez cumplido el debido proceso, determine la sanción que podrá consistir en no renovación de matrícula, solicitar a la familia y/o estudiante a asistir a procesos terapéuticos externos, matricula condicional, exclusión del colegio o desescolarización o no proclamación como bachiller en el acto protocolario del grado, para el grupo de estudiantes de grado undécimo.

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Artículo 59. DEBIDO PROCESO: En todos los casos de tomar acciones a un/una estudiante se tendrá en cuenta:

1. La decisión deberá estar precedida de un proceso de acompañamiento personal mediante el cual se determinen las razones que llevaron al estudiante a transgredir la norma;

2. Los padres de familia o acudientes de los estudiantes, deberán ser notificados sobre la situación del estudiante, cuando quiera que se inicie o adelante un proceso que pueda derivar en la aplicación de una sanción.

3. El estudiante deberá ser escuchado para hacer sus respectivos descargos con relación a las faltas que se le imputan, disciplinarias o académicas, ante cada instancia respectiva;

4. INICIACIÓN: Cuando quiera que de la investigación preliminar o del conocimiento directo de los hechos, se establezca con claridad la comisión de una falta disciplinaria o académica, y la responsabilidad del investigado, deberá iniciarse el proceso y formularse los cargos correspondientes, se otorgará un término de tres (3) días hábiles a efectos de que en forma escrita, presente el estudiante sus descargos.

5. TÉRMINO PARA PRUEBAS: En caso de que el estudiante disciplinado, sus padres o acudientes soliciten la práctica de pruebas y que la institución educativa considere procedente y/o pertinente para esclarecer los hechos, ordenará su práctica en un término no superior a diez (10) días.

6. Si no hubiere pruebas qué practicar o practicadas las que se consideren pertinentes, la institución educativa tendrá como término para fallar diez (10) días.

7. CONTENIDO DEL FALLO El fallo proferido dentro de un proceso disciplinario deberá ser motivado y contener: ● La identidad del estudiante ● El resumen de los Hechos ● Un análisis de las pruebas ● Un análisis de los descargos ● La calificación de la falta ● El análisis de la conducta ● Razones para sancionar o absolver ● Exposición de los criterios para graduar la sanción. ● Decisión en la parte resolutiva.

8. NOTIFICACIÓN DE LA SANCIÓN: La decisión de fondo que imponga Sanción disciplinaria a un estudiante, deberá serle

notificada personalmente al sancionado y a sus padres o acudientes. De no poderse surtir dicha notificación personal y transcurridos tres (3) días desde su citación, se procederá a notificar por correo certificado a través del cual se enviará copia del acto que imponga la sanción a la dirección registrada en el momento de la matrícula del estudiante

9. RECURSO DE APELACIÓN Contra la decisión de la Institución Educativa a través de la cual se imponga una sanción al estudiante, por faltas calificadas como Graves o Gravísimas, procederá recurso de apelación, el cual deberá interponerse por el sancionado, sus padres o acudientes, dentro del término de tres (3) días contados a partir del acto de notificación personal, o en el caso procedente, de la fecha de remisión por correo certificado del acto que impuso la sanción. El órgano competente para decidir la apelación de una sanción impuesta a un estudiante con ocasión de la comisión de Faltas Graves o Gravísimas será el Consejo Directivo, quien procederá a evaluar los motivos de la inconformidad expuestos en oportunidad y de manera formal por el estudiante sancionado y contará con un término de quince (15) días para pronunciarse de fondo. El término para la decisión de fondo del Consejo Directivo se contará a partir de la fecha en que citados a reunión extraordinaria, conste en actas que se enteran formalmente de la reunión. La convocatoria a reunión de carácter

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extraordinario deberá hacerla la secretaria del consejo directivo dentro de los tres días siguientes a aquel en que se recibe el escrito que solicite y sustente el trámite del recurso de apelación. La decisión que adopte el Consejo Directivo de la Institución Educativa se notificará personalmente al estudiante sancionado, sus padres y/o acudiente y contra ella no procederá recurso alguno.

PARÁGRAFO: En firme la sanción impuesta al estudiante, la institución educativa deberá implementar su estricto cumplimiento. Artículo 60. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES 1. Reincidir en las faltas. 2. Cometer una falta para ocultar otra. 3. Mentir en los descargos para justificar la falta. 4. El irrespeto como reacción al señalamiento de la comisión de una falta. 5. No admitir la responsabilidad o atribuírsela a otro. 6. Infringir varias obligaciones con la misma conducta. 7. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad educativa. 8. Cometer una falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras personas. 9. Cometer faltas siendo representante de cualquier órgano de participación estudiantil. 10. Tener antecedentes disciplinarios 11. Edad y grado del estudiante. ARTICULO 61. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES 1. Reconocer la comisión de una falta. 2. Incurrir en una falta por primera vez. 3. Poner en conocimiento la verdad de los hechos. 4. Que el efecto del hecho o conducta, no afecte significativamente la comunidad educativa. 5. La edad del estudiante relacionada con la comprensión de la conducta o su implicación. 6. El haber cometido hecho obedeciendo órdenes de estudiantes de grados y/o edades superiores. Artículo 62. Cuando sea del caso de acoso o violencia escolar se presentará la falta o el conflicto ante el Comité Escolar de Convivencia, el cual procurará la solución y realizará los seguimientos respectivos de acuerdo a la Ley. Artículo 63. En los casos de las consideradas “situaciones” tipo II y III, donde se presente daño al cuerpo o a la salud, el Comité Escolar de Convivencia seguirá los protocolos establecidos en la reglamentación de la ley 1620, los cuales hacen parte integrante del presente Manual de Convivencia. FALTAS Artículo 64. Son FALTAS LEVES, en las cuales se puede incurrir en el acontecer diario de la vida de la Institución en materia leve, no recurrente y sin intencionalidad negativa, tales como:

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1. Incumplir con los compromisos / deberes de estudiante; 2. Incumplir con las prohibiciones de los numerales 1-6 del artículo 42 3. Llegar tarde al Colegio o a clases, siempre y cuando no sean reiterativas; 4. Utilizar vocabulario y modales inadecuados; 5. Portar los uniformes con desaseo e inadecuadamente, usarlos en los días que no corresponde o portar accesorios diferentes

a los mismos, siempre y cuando no sea reiterativo; 6. Retirarse de clase o de cualquier actividad sin el permiso correspondiente, por la primera vez.; 7. Utilizar los servicios de transporte y cafetería sin la debida autorización; 8. No acatar las instrucciones e indicaciones de los profesores, por primera vez; 9. Utilizar en forma inadecuada la agenda, los servicios del Colegio y los materiales de trabajo, por primera vez; 10. Permanecer sin autorización en los salones durante los recreos o en las actividades especiales; 11. Presentarse al Colegio sin los implementos necesarios para las actividades escolares y/o con elementos diferentes a los

necesarios para el trabajo escolar; 12. Faltar al respeto o mal comportamiento por primera vez; 13. Utilizar los servicios del establecimiento sin el porte del carnet; 14. Irrespetar a los compañeros mediante abucheo, burla o apodos, por la primera vez; 15. Crear falsas alarmas y difundir rumores, chismes y similares; 16. No devolver comunicados firmados oportunamente y no presentar las excusas dentro del tiempo oportuno; 17. Arrojar papeles y basuras fuera de los recipientes destinados para ello; 18. Masticar chicle en las instalaciones del colegio; 19. Incumplimiento, mal comportamiento o irresponsabilidad en el servicio social; 20. Presentar mal comportamiento en la calle y lugares públicos, por primera vez; 21. No respetar el conducto regular. 22. Situaciones de Acoso o Violencia escolar Tipo I (ver artículos 62 y 63 del presente Manual)

Artículo 65. Las FALTAS LEVES conllevan o acarrean las siguientes acciones formativas, las cuales serán registradas en el Observador:

1) Amonestación verbal dejando constancia por escrito; 2) Elaboración de trabajos, reflexiones, campañas educativas referente al comportamiento inapropiado que la persona ha

mostrado ; 3) Presentarse al colegio en horario extraclase para realizar actividades relacionadas con el comportamiento; 4) Realizar acciones reparadoras frente a su comportamiento; 5) Reflexión en familia sobre el comportamiento y dejar por escrito las conclusiones de esta reflexión para compartir con los

compañeros. . PARÁGRAFO La reincidencia en estas faltas leves, las convierte en faltas graves. Artículo 66. Son FALTAS GRAVES aquellas que muestran deficiencia en cuanto a la comprensión y puesta en práctica de los presupuestos éticos, morales y sociales del Colegio e implican directamente a la persona que las comete y afectan a otras personas, tales como:

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1. Desacato a la Constitución y a las Leyes de Colombia, al Manual de Convivencia y a las directrices y orientaciones dadas por las distintas instancias del Colegio;

2. Incumplir con las prohibiciones de los numerales 7-11 del artículo 42 3. Ser cómplice de alguna falta grave; 4. Desconocer los principios y la filosofía Institucional; 5. Irrespeto a los símbolos patrios, a los símbolos religiosos y/o a los símbolos del Colegio; 6. Bajo rendimiento académico recurrente; 7. Usar la red de Internet para aspectos diferentes a los establecidos por la Institución; 8. Negarse a contribuir en la conservación de la limpieza, aseo y orden de todas las dependencias utilizadas; 9. Desatender las instrucciones y reglamentaciones de las aulas especializadas; 10. Cualquier irrespeto de hecho, palabra u omisión a directivos, profesores, compañeros y/o empleados del colegio cualquiera

que sea el medio utilizado; 11. Desacato a las instrucciones e indicaciones de los superiores de forma reiterada; 12. Agresión física o verbal contra cualquier persona, pertenezca o no a la comunidad educativa; 13. Cualquier falta de honradez y/o complicidad en actos contra la misma; 14. Incurrir en fraude o intento de fraude en tareas, evaluaciones, trabajos e investigaciones académicas; 15. Arrojar basuras, papeles, rayar paredes o muebles, e irrespetar los elementos decorativos, como carteleras, materas, avisos

del plantel; 16. Daños en los muebles o bienes del colegio o de sus compañeros o maestros; 17. Denigrar del Colegio y cualquier actuación que atente contra su nombre o prestigio; 18. Recoger dinero, adelantar rifas, ventas, compras, negocios, fiestas y demás eventos a nombre del colegio o utilizando su

nombre, dentro o fuera de sus instalaciones; 19. Ausentarse del aula de clase y/o actividades académicas, culturales, religiosas o deportivas sin permiso de la Rectora o

autoridad competente; 20. Ausentarse del Colegio sin autorización de la Rectora o de autoridad competente; 21. Dañar, esconder o apropiarse de las pertenencias ajenas. 22. Cualquier forma de disrupción escolar como: Interrumpir las actividades académicas y/o curriculares mediante actuaciones

que impidan el normal desarrollo, charlar constantemente, no respetar el turno para intervenir, oír radio, escuchar música, utilizar aparatos electrónicos, decir constantemente que no entiende sin prestar atención a las explicaciones, etc.;

23. Irrespeto a los miembros del grupo de compañeros y/o profesores mediante abucheo, burla, apodos u otros, de forma verbal o escrita, dentro o fuera de la institución;

24. Festejar a los miembros del grupo de compañeros con actos que constituyan incomodidad y/o generen indisciplina tales como utilizar agua, harina, huevos, sustancias químicas, pólvora u otros elementos detonantes en cualquier tipo de celebraciones;

25. Utilización y manejo de implementos no autorizados dentro de la Institución, tales como: celular, cámara digital, I-Pods, Mp3, Mp4 y similares;

26. Situaciones de Acoso o Violencia escolar Tipo II (ver artículo 62 y 70 del presente Manual) 27. Incumplir los compromisos de convivencia adquiridos.

Artículo 67. Las FALTAS GRAVES tienen implicación en la calificación de Comportamiento y conllevan o acarrean las siguientes sanciones, las cuales se registrarán en el libro correspondiente:

1. Acta de compromiso con los padres de familia;

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2. Reparación de los daños ocasionados a los bienes que han sido dañados; 3. Suspensión de clases de 1 a 2 días; 4. Valoración de Desempeño Bajo en comportamiento para el respectivo periodo; 5. No asistencia a los actos de clausura y proclamación de bachilleres;

PARÁGRAFO: Cuando a un/a estudiante se le asignen actividades deberá reflexionar acerca de su comportamiento y plantearse algunas estrategias y compromisos observables, los cuales expondrá y sustentará ante el Profesor o ante la Coordinación de Disciplina para autorizar el reintegro, la cual hará el seguimiento correspondiente, teniendo en cuenta que todos los compromisos académicos corren por cuenta del mismo o la misma estudiante. Artículo 68. Son faltas GRAVISIMAS, las que se cometen en materia grave afectando directamente la razón de ser de la Institución y el sano desarrollo de las personas, tales como:

1. La reincidencia en cualquiera de las faltas consideradas como graves, así sea por primera vez; 2. El incumplimiento de las sanciones/acciones formativas que se le han prescrito por cometer falta grave; 3. Incumplir con las prohibiciones de los numerales 12-15 del artículo 42 4. Desacreditar, difamar o calumniar al Colegio, su filosofía o a cualquier miembro de la institución, cualquiera sea el medio

utilizado; 5. Amenaza o agresión de palabra, hecho u omisión a las directivas del Colegio, profesores, empleados o compañeros; 6. Intentar o incurrir en soborno o chantaje o inducir a los mismos; 7. Causar o propiciar daño intencional a las instalaciones y bienes del colegio; 8. Robar o hurtar dentro o fuera del plantel y/o malversar fondos; 9. Encubrir o ser cómplice de cualquier falta en que incurran los estudiantes del plantel; 10. Falsificar, adulterar o dañar calificaciones o valoraciones, boletines, circulares, observador del estudiante, fichas de

seguimiento y cualquier otro libro reglamentario; 11. Practicar ritos satánicos, espiritismo, brujería y otros actos que atenten contra la dignidad de la persona humana o sean

contrarios o ajenos a los principios cristiano católicos; 12. Faltas dentro y fuera del Colegio contra cualquier aspecto de la moral cristiana y las buenas costumbres, tales como

embriaguez; tenencia, tráfico y/o consumo de sustancias que produzcan adicción y/o prostitución; 13. Portar y divulgar revistas, libros, periódicos y materiales pornográficos; 14. Portar, mostrar, o distribuir sustancias no relacionadas con el trabajo de aula como vapeadores, líquidos, polvos, hierbas u

otros; 15. Frecuentar sitios indebidos y/o ser motivo de escándalo para la comunidad, acudiendo a lugares donde se expendan bebidas

alcohólicas o comercio sexual; 16. Portar, mostrar, distribuir o consumir cigarrillos, bebidas, alcohólicas o similares; 17. Portar o usar armas, cualquiera que sea su clase o denominación; 18. Portar, mostrar, consumir, traficar o distribuir estupefacientes o sustancias psicotrópicas o sicoactivas, dentro o fuera del

colegio; 19. Afiliación, pertenencia o participación en pandillas, tribus urbanas, sectas o grupos fuera de la ley, y participar en riñas,

peleas o similares; 20. Realizar huelgas, paros o cualquier manifestación conducente a la suspensión de las actividades normales del colegio; 21. Situaciones de Acoso o Violencia escolar Tipo III (ver artículo 62 y 70 del presente Manual)

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Artículo 69. En caso de comisión de falta gravísima, la Rectora podrá imponer las siguientes sanciones una vez agotado el debido proceso:

1) Solicitar a la familia y/o estudiante asistir a procesos terapéuticos externos, según recomendaciones del colegio; 2) No renovación de matrícula; 3) Matrícula condicional; 4) Exclusión del colegio o desescolarización; 5) No proclamación como bachiller en el acto protocolario de grado (alumnos de grado undécimo);

Parágrafo: En caso de exclusión del colegio o desescolarización, es obligación de la familia o acudiente ponerse a paz salvo por todo concepto con el colegio. Artículo 70. Son SITUACIONES de ACOSO o VIOLENCIA ESCOLAR, las que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos en todas sus dimensiones, tales como agresiones que causan daño, cualquier forma de maltrato, cualquier acto de tipo sexual utilizando fuerza o coerción aprovechando las condiciones de indefensión, y todas aquellas definidas por las normas vigentes. Artículo 71. Se entiende por situaciones especiales que afectan la convivencia escolar, las siguientes:

1. Situaciones tipo I: Tales como conflictos manejados inadecuadamente, situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima y el ambiente escolar, sin generar daños en lo físico y/o en la salud de un miembro de la comunidad estudiantil;

2. Situaciones tipo II: Tales como agresión a alguna persona, acoso escolar o bullying y ciberbullying, siempre que no se constituya un delito, que se presenten en forma sistemática o repetitiva y que causen daños al cuerpo o la salud de la persona sin generar incapacidad en los involucrados; y

3. Situaciones tipo III: Tales como la agresión que pueda constituir delito contra la libertad y la formación sexual o cualquier otro delito tipificado en la legislación penal vigente.

CAPÍTULO VIII CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS Artículo 72. El Manual de Convivencia es base fundamental que orienta la filosofía de la Institución para mantener un nivel de excelencia, por lo que su inobservancia reiterada, así sea en materia leve, conlleva a la pérdida del cupo. Artículo 73. El Colegio no puede cambiar sus principios, su filosofía, sus políticas, sus metas y propósitos en beneficio de los miembros de la comunidad estudiantil o de los padres de familia; por lo que quien discrepe de las orientaciones y filosofía de la misma Institución, debe respetarlos y acatarlos, o buscar otro establecimiento educativo armónico con sus preferencias.

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Artículo 74. La mala conducta, la indisciplina y el bajo rendimiento académico, ocasionan la pérdida del cupo en el Colegio y el incumplimiento de los compromisos académicos o de convivencia, ocasiona la pérdida del cupo para el siguiente año. Artículo 75. La agresión, la violencia sexual, el acoso y el ciberacoso escolares están prohibidos terminantemente a los estudiantes del colegio, dentro o fuera de él, ocasionan la pérdida del cupo y serán tratados en forma especial por el Comité Escolar de Convivencia. Artículo 76. No será proclamado bachiller en la ceremonia de graduación el estudiante que al terminar el año lectivo tenga sanción vigente; el estudiante cuyos padres de familia o acudientes o él mismo no se encuentren a paz y salvo por todo concepto con el plantel; el estudiante que al terminar el año lectivo tenga áreas con desempeño bajo o problemas disciplinarios. PARÁGRAFO La ceremonia de Clausura de estudios o de Graduación de Bachilleres y su participación en ella, es un acto protocolario y social, no un acto reglamentario, y por tanto su realización e invitación al mismo es potestativo de la Rectoría del Colegio.

CAPÍTULO IX ORDEN, PRESENTACIÓN PERSONAL, SERVICIOS DEL COLEGIO UNIFORMES Artículo 77. El uniforme es un símbolo del Colegio que imprime carácter, identidad y pertenencia y se debe portar con dignidad y respeto, por tanto los estudiantes asistirán con vestuario según modelo y colores, debidamente marcado; El uniforme no está sujeto a modas de ropa de calle, las faldas de primaria y bachillerato deben usarse máximo cuatro centímetros arriba de la rodilla; no se aceptan pantalones tan largos que se arrastren, con la bota doblada hacia arriba o entre las medias. La pretina de los pantalones y faldas debe ir en la cintura. No se aceptan pantalones entubados.

1. Uniforme de diario: • Buso azul ronald con logo de color blanco para hombres y rosa para las mujeres el cual será portado por fuera del

pantalón, falda o bermuda. • Medias beige hasta la rodilla.

• Apaches cafés con cordones cafés según modelo. • Chaqueta de color beige según modelo. • Niña: Falda o Bermuda de diario (opcional para preescolar) de color beige drill sinaí con logo rosa del colegio. • Bikers de color beige con logo rosa del colegio

(con la falda). • Niño: Bermuda de diario de color beige dril Sinaí con logo azul celeste del colegio para preescolar. • Pantalón de color beige drill Sinaí con logo azul celeste según modelo para primaria y bachillerato • Delantal según modelo (solo para pre escolar). • Bata blanca para laboratorio marcada (Bachillerato), uso de bayetilla y gafas industriales, guantes quirúrgicos y tapabocas.

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2. Uniforme deportivo: • Sudadera completa blanco microprince según modelo, con logo azul celeste para hombres y rosa para las mujeres. • Buso para educación física azul ronald con logo blanco para hombres y rosa para las mujeres. • Tenis blancos. • Medias canilleras blancas. • Pantaloneta para educación física blanca con logo azul para hombres y rosa para mujeres. • Ruana de toalla blanca según modelo. • Hombres: Pantaloneta de baño en licra azul oscura según modelo. • Mujeres: Gorro de baño, Vestido de baño en licra azul oscuro de una sola pieza según modelo.

PARÁGRAFO En cuanto al uso del uniforme se deberá tener en cuenta:

1. Los estudiantes deben presentarse al Colegio con el uniforme completo para la asistencia a clases y a actividades de representación o cívicas;

2. El uniforme de educación física se debe portar únicamente según el horario correspondiente a cada curso; 3. Por ningún motivo se pueden usar combinaciones en los dos uniformes; ni usar prendas o utensilios que no formen parte del

uniforme o diferentes; 4. Los días de deportes se deben presentar con el uniforme de educación física; 5. Para las actividades deportivas que se lleven a cabo fuera del Colegio se tendrá en cuenta la utilización de los mismos

uniformes, salvo indicación expresa de los docentes; 6. Para actividades extra - escolares como convivencias, salidas dirigidas, etc., todos los estudiantes se presentarán aseados,

utilizando las prendas adecuadas de acuerdo con las indicaciones que se den en su momento y evitando cualquier tipo de extravagancias;

7. En caso de distintivos de casas serán utilizados únicamente para los eventos relacionados con las celebraciones programadas;

8. Los distintivos del Prom, deben ser autorizados previamente por Rectoría; 9. En caso de juegos en el recreo que impliquen sudar, los estudiantes deben portar elementos necesarios para conservar su

adecuada presentación personal. 10. El uniforme debe portarse con respeto; no se autoriza su uso en caso de estar roto o en mal estado, siguiendo las

indicaciones descritas en este artículo 77.

PRESCRIPCIONES DE ORDEN E HIGIENE PERSONAL Artículo 78. Los miembros de la comunidad estudiantil del Colegio deben tener cuidado especial con: PRESCRIPCIONES DE ORDEN 1. Conocer y respetar la filosofía de la institución, su nombre, y sus insignias; 2. Adelantar su Proyecto de Vida Cristiano con fe, esperanza y amor; 3. Procurar siempre y en todo momento un adecuado control de sus emociones y de su temperamento; 4. Responder por todos los actos;

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5. Ser honrados, veraces, sinceros, leales, prudentes, colaboradores y creadores de un ambiente de optimismo y alegría; 6. Acudir al diálogo como medio para solucionar los problemas. PAUTAS DE PRESENTACIÓN PERSONAL Estudiantes Varones: La presentación personal debe ser con cabello corto y peinado normal, corte tradicional sin “hongo”, ni “punk”, ni “metalero”, ni rapados totales ni parciales, ni cualquier otra moda extravagante; no usar aretes, no usar “piercing”; conservar las uñas cortas y limpias; mantener los zapatos ordenados, lustrados y amarrados; los tenis aseados y amarrados; así como toda la ropa, limpia. Estudiantes Mujeres: Mantener el cabello limpio y bien peinado, sin tinturas, recogido con la bamba adecuada, de tamaño moderado, sin cortes de cabello como “hongo”, “punk”, o “metalero”, ni rapados totales ni parciales, ni cualquier otra moda extravagante; conservar las uñas cortas y limpias; no usar maquillaje; no usar “piercing”; mantener los zapatos ordenados, lustrados y amarrados; los tenis aseados, amarrados, la ropa limpia ni usar adornos de ningún tipo con el uniforme

SERVICIOS TIENDA ESCOLAR Artículo 79. La utilización de la tienda escolar como espacio para compartir con los demás, fuera del seguimiento de las reglas que tiene la entidad que presta el servicio, exige observar las siguientes normas: . Guardar compostura y comportamiento acordes con el respeto y las buenas maneras; Respetar y dar buen trato a las personas que atienden el servicio; . Pagar en efectivo los artículos solicitados; . Mantener el orden respetando las filas y turnos de cualquier integrante del grupo de estudiantes; . Respetar los horarios y turnos en la cafetería; . Depositar los desperdicios y papeles en los recipientes colocados para tal fin. TRANSPORTE ESCOLAR Artículo 80. Aunque el Colegio no presta el servicio de transporte escolar, los alumnos deben seguir las reglas que tienen la/s empresa/s de transporte, los cuales exigen observar las siguientes normas: . Respetar los horarios, rutas y paraderos asignados, para cuya utilización es indispensable haber cancelado el servicio en la administración del mismo; . Subir en orden y puntualmente y saludar y agradecer a quienes les acompañan; . Respetar a las personas responsables de la ruta, del servicio y a sus compañeros; . Tener comportamientos acordes con los buenos modales, permanecer sentado, no hablar en voz alta y no gritar dentro del vehículo; . Usar los elementos de protección proveídos por el servicio (cinturón de seguridad por ejemplo) . Cuidar el vocabulario que se emplea dentro del vehículo;

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. Mantener el aseo del vehículo, no comer dentro de él y no arrojar basuras a la calle; y

. No cambiar de ruta y sólo hacerlo con el permiso de la empresa de servicio de transporte. BIBLIOTECA ESCOLAR Artículo 81. La utilización de la Biblioteca del plantel está sometida al reglamento que rige para este servicio y a las siguientes normas generales: . Portar únicamente los útiles estrictamente necesarios; . No ingresar libros, morrales, bolsos, balones, juguetes o similares; . No ingresar, ni consumir alimentos de naturaleza alguna; . Mantener silencio y compostura acordes con los buenos modales; . Mantener comportamiento acorde con la naturaleza de la lectura; . Respetar a las personas que atienden el servicio; y . Devolver los libros utilizados a la persona encargada. SERVICIOS DE PASTORAL Y DE BIENESTAR ESCOLAR Artículo 82. La utilización de los servicios de asesoría espiritual y bienestar del Colegio está sometida al reglamento que rige para cada uno y a las siguientes normas: a. Asesoría espiritual El Colegio como institución Católica, ofrece los servicios de un sacerdote en el horario que se establezca, y atenderá a los estudiantes que libremente quieran hacerle consultas de tipo religioso, de orientación espiritual o sacramental. En ese horario, los docentes facilitarán la asistencia de quienes quieran acudir a este servicio. Al acceder a este servicio se debe tener en cuenta: . Solicitar con el debido tiempo la entrevista con el sacerdote; . Atender los horarios de celebración de la Eucaristía; . Participar en los actos litúrgicos con respeto y atención; . Acudir a la confesión en los horarios determinados; . Mantener comportamiento acorde con la naturaleza del servicio; y . Respetar al sacerdote y demás personas que atienden el servicio. En las celebraciones litúrgicas del Colegio, todos los estudiantes asistirán con respeto y atención siguiendo las indicaciones que en cada evento se indique. El Colegio puede programar, dentro de las actividades anuales algunas celebraciones sacramentales especiales, Primeras Comuniones, y otras para lo cual el departamento de pastoral definirá e informará a la comunidad educativa oportunamente los pormenores de las mismas, buscando siempre la participación de todos los miembros de la comunidad educativa. b. Departamento de Bienestar Escolar La atención individual en este Departamento está dirigida a los miembros de la comunidad educativa que lo soliciten o requieran y para hacer uso de este servicio se deben observar las siguientes normas:

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. El Coordinadora, el director de grupo o el docente, diligenciarán el formato de remisión y lo entregarán con el interesado y las citas se anotarán en la agenda del estudiante o en el volante diseñado para el caso; . Cumplir estrictamente las citas que se acuerden; . Las citas a los padres de familia se asignarán telefónicamente, cibercolegios o mediante formato escrito; . Respetar a las personas que atienden el servicio; . Los estudiantes pueden consultar libremente y de forma confidencial con la Psicóloga de Bienestar Escolar los problemas personales, de aprendizaje, familiares o de otra índole, en las horas de atención establecidas. . Dentro del horario de atención de la Psicóloga de Bienestar Escolar, los padres de familia, pueden acudir a este servicio y atenderán las citaciones que éste les haga, para tratar temas relacionados a la formación de sus hijos o hijas. Cuando a juicio del Departamento el estudiante requiera asistencia profesional, se podrá recomendar a padres o acudientes la asistencia profesional externa, siendo responsabilidad de los padres informar y reportar los conceptos y resultados emitidos oportunamente a la Psicóloga de Bienestar Escolar del Colegio. SERVICIO DE PRIMEROS AUXILIOS Artículo 83. El Colegio ofrece los servicios de primeros auxilios durante las horas escolares y en un lugar adecuado para la atención momentánea o urgente para las indisposiciones menores de salud que puedan presentar en la jornada escolar. La atención individual en esta dependencia está dirigida a los miembros de la comunidad educativa que lo soliciten o lo requieran y en casos de urgencia para aplicación de los primeros auxilios, para lo cual: . El Coordinadora, el director de grupo o el docente enviarán al estudiante o la estudiante al puesto de primeros auxilios; . El servicio de primeros auxilios solo es para urgencias por actos ocurridos en el Colegio o por malestar general desarrollado durante la jornada escolar; . Para tratamientos específicos los estudiantes deben presentar la fórmula del médico y la autorización de los padres de familia; . Cuando la situación de salud amerite atención médica, se informará a los padres del estudiante para la remisión correspondiente; . En ningún caso se formulará medicamento alguno por parte del personal de enfermería; . Cuando considere que un caso presenta síntomas psicológicos lo remitirá a la Psicóloga de Bienestar Escolar del Colegio quien evaluará la situación; y . La auxiliar de enfermería llevará el registro de los estudiantes que acuden a sus servicios. LABORATORIOS Artículo 84. La utilización de los laboratorios del plantel está sometida al reglamento que rige para cada servicio y a las siguientes normas generales: . Ingresar al laboratorio de manera ordenada, mantener la disciplina de trabajo, permanecer en el grupo o sitio asignado y usar la bata blanca y demás elementos reglamentarios; . No introducir ni consumir ningún tipo de alimento; . Conocer y poner en práctica el reglamento de seguridad y avisar y acudir al profesor cuando se presenten problemas de seguridad;

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. Evitar el uso de elementos no programados para la práctica;

. Responder por cualquier daño o pérdida de los materiales recibidos, lo que se hará dentro de los cinco días hábiles siguientes;

. Dejar el laboratorio en perfecto orden y aseo al finalizar la clase;

. Seguir las indicaciones dadas por el profesor antes de iniciar la sesión para garantizar la seguridad y productividad en el trabajo;

. No sacar del laboratorio ni material reactivo ni elementos del mismo; y

. Asumir que no hay responsabilidad del profesor, ni del Colegio si se violan las normas de seguridad contenidas en el Reglamento. ZONAS DE DESCANSO Y DE RECREO Artículo 85. La utilización de las zonas de descanso y recreo sigue las siguientes normas generales: . Aprovechar adecuadamente el tiempo de descanso; . Permanecer en los espacios asignados y no en las aulas u otros lugares no autorizados; . Depositar las basuras y papeles en las canecas colocadas para tal fin; . No dejar ningún desorden en el lugar; y. . Mantener comportamiento acorde con la urbanidad y adoptar siempre posiciones correctas. CLUB DEPORTIVO Artículo 86. EL Colegio, atendiendo a los requerimientos de la Ley 181 del 95, ha creado desde 1988 el Club Deportivo Colegio Inglés, el cual cuenta con reconocimiento deportivo en los deportes de Natación y Gimnasia por parte del Instituto Municipal de Deporte, Educación Física y Recreación, y ofrece en horarios distintos al escolar, espacios para aprendizaje, entrenamiento y competencias, con excelentes resultados a nivel municipal, departamental, nacional, e internacional. Las personas interesadas en participar del club deportivo deberán cumplir los requerimientos de Ley y del mismo club, y de las Ligas y Federación a las cuales pertenece. PISCINA Artículo 87. El Colegio cuenta con una piscina de aprendizaje para ser usada por los estudiantes dentro de las clases de Natación y del Club Deportivo; cumpliendo con la reglamentación vigente la piscina tiene el siguiente reglamento: . La piscina se utilizará teniendo en cuenta el reglamento establecido para tal fin: el alumno debe portar todos los elementos necesarios para la realización de la clase (traje de baño, gorro y toalla); . No ingresar a la piscina elementos extraños que vayan en contra de la integridad de los usuarios de la piscina; . Ingresar a la piscina solo cuando el profesor lo autorice; . No ingresar alimentos ni envases de vidrio a la piscina; . No ingresar a la piscina con joyas; . No se permite el acceso a la piscina o dentro de su cerramiento a personas distintas a las registradas en el curso. . Informar oportunamente al instructor, de cualquier quebranto de salud; . No realizar actividades o juegos que pongan en peligro la integridad física propia y la de los demás; . Asegurarse que los implementos utilizados durante la clase se encuentren en perfectas condiciones; . No transitar alrededor de la piscina con zapatos y ropa de calle;

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. No correr alrededor de la piscina;

. Está prohibido empujar a los compañeros en la piscina;

. No aplicar bronceadores o cremas antes de ingresar a la piscina;

. No ingresar a la piscina con maquillaje;

. Informar al instructor si tiene heridas abiertas;

. Guardar las normas de seguridad e higiene dentro de la piscina. SALA DE INFORMÁTICA Artículo 88. El colegio cuenta con una sala de cómputo con acceso a Internet. Los estudiantes tienen permitido usar este servicio y estar dentro de esta sala en los tiempos destinados para tal fin. Está prohibido instalar software ilegal en los computadores del colegio. En caso de daños con o sin intención, el alumno tiene la obligación de pagar el costo de la reparación o sustituir los equipos.

CAPÍTULO X EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE DE LOS ESTUDIANTES

La evaluación del aprendizaje de los estudiantes está aplicada en cumplimiento de la ley y de lo que ésta significa para determinar el progreso. Está definida como un seguimiento del progreso de desarrollo balanceado y armonioso del aprendizaje de la comunidad estudiantil especialmente su capacidad de tomar decisiones, habilidades para establecer su propio criterio, trabajo en equipo, administración eficiente del tiempo, asumir responsabilidades, resolución de problemas y conflictos, comunicación, negociación y participación. (Ley 115 art. 92). Todo lo relacionado con la Evaluación y Promoción que se encuentra en el Sistema Institucional de Evaluación SIEE, hace parte integrante de este Manual de Convivencia, y define y desarrolla la evaluación de los alumnos y las alumnas, la promoción o no promoción de los grados cursados. EVALUACIÓN DEL NIVEL DE PREESCOLAR: Artículo 89. Atendiendo a la formación integral de los niños y niñas de preescolar, la evaluación en este nivel se desarrollará teniendo en cuenta los avances y el desarrollo de las habilidades propias de su edad en el desarrollo de las actividades pedagógicas desarrolladas; al finalizar cada periodo se entrega un Informe Evaluativo de carácter descriptivo-explicativo sobre el alcance de los logros de los alumnos. CLASES DE ACTIVIDADES PEDAGÓGICAS (SIEE Capítulo 6): Artículo 90.

1. Actividades Pedagógicas realizadas por el docente durante las clases. 2. Actividades de refuerzo: Son actividades grupales o individuales. Se programarán por una sola vez como medida

preventiva para reforzar temas vistos o profundizar en ellos en caso de necesidad. Las fechas de estas actividades son según cronograma institucional y no dan lugar a valoraciones ni a reprogramaciones si un alumno falla.

3. Actividades de superación: Son las actividades recomendadas por las Comisiones de Evaluación y Promoción, al finalizar cada periodo, para los estudiantes que obtengan desempeño bajo en las asignaturas.

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4. Recuperaciones: Para los estudiantes que al finalizar el año escolar hayan obtenido valoración final de Desempeño Bajo en una o dos áreas, se remitirá el caso para que la comisión de evaluación y promoción del nivel, los cite a actividades de recuperación:

4.1. Recuperación inicial: Es una Evaluación de los periodos pendientes del año escolar pertinentes a los desempeños no alcanzados, que se presentará finalizado el año lectivo; si el estudiante continúa con desempeño bajo se citará a Recuperación Final el siguiente año, y se matriculará en el mismo grado que estaba cursando.

4.2. Recuperación final: Es una evaluación que deben presentar aquellos estudiantes que presentaron desempeño bajo en alguna de las áreas durante la Recuperación inicial. Si algún/a estudiante es citado a Recuperación final, deberá presentar una evaluación de los cuatro periodos, correspondientes al área pendiente, esta se hará en el mes de Enero antes de iniciar el año lectivo. Los resultados de estas evaluaciones deberán ser aprobatorios para su promoción al grado siguiente.

5. Actividades de Nivelación de acuerdo con los resultados de admisiones de estudiantes nuevos y al SIEE. 6. Actividades de Validación de acuerdo con los resultados de admisiones de estudiantes nuevos y al SIEE.

REPETICIÓN DE UN GRADO Artículo 91. Los siguientes casos están definidos en el SIEE del Colegio para la repetición de un grado: De acuerdo con el artículo 96 de la Ley 115 de 1994, los artículos 52 y 53 del Decreto 1860 de 1994 y el artículo 6 del Decreto 1290, se establecen los siguientes criterios de no promoción:

1. Cuando algún estudiante deja de asistir a más del 25% de las actividades académicas, sin justificación, no será promovido al grado siguiente. 2. Cuando algún estudiante de Educación Básica Primaria, Secundaria o Media, presenta valoración final de Desempeño Bajo, en tres (3) áreas o asignaturas, al final del año escolar no será promovido al grado siguiente. 3. Cuando algún estudiante de Primero a Tercero de Educación Básica Primaria obtiene valoración final de Desempeño Bajo, esto es inferior a 80, en Matemáticas o en Lengua Castellana, no será promovido al grado siguiente. 4 Cuando algún estudiante obtiene valoración final de Desempeño Bajo, esto es inferior a 80 en la escala valorativa, en los procesos de Recuperación de cualquiera de las asignaturas que quedaron pendientes, no será promovido al grado siguiente.

CAPÍTULO XI ESTÍMULOS Artículo 92. ESTÍMULOS PARA LA COMUNIDAD ESTUDIANTIL El colegio valora los logros y favorece la realización personal. Los triunfos serán reconocidos públicamente en: cuadros estadísticos, actos culturales, izadas de bandera, cibercolegios, etc. . Medalla o Mención al mérito deportivo al estudiante que haya representado al Colegio, Departamento y al País. . Medalla de Aplicación, a los estudiantes que hayan obtenido Desempeño Alto y Superior para cada área y grado a partir de Tercero. Estos se elegirán en comisión de evaluación de acuerdo al desempeño académico durante el año. . Medalla de Excelencia, los estudiantes que hayan obtenido Desempeño Alto y Superior para cada área y cada grado y que tengan

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comportamiento ejemplar, evento que se tipifica cuando en el Observador del Estudiante solamente se encuentra anotaciones positivas. Estos se elegirán en comisión de evaluación. . Los estudiantes de Transición que hayan cursado y aprobado el grado, recibirán un Diploma de Preescolar . El grupo de estudiantes del grado quinto que hayan cursado y aprobado el grado, recibirán un Diploma de básica primaria. . El grupo de estudiantes que hayan cursado y aprobado satisfactoriamente el grado noveno de educación básica secundaria recibirán Diploma de bachiller básico.

CAPÍTULO XII GOBIERNO ESCOLAR Y ORGANOS DE PARTICIPACIÓN

GOBIERNO ESCOLAR: CONSEJO DIRECTIVO Artículo 93. Está integrado así: . La Rectora quien lo preside. . Dos representantes del personal docente elegidos por mayoría simple en asamblea de profesores. . Dos representantes de los padres de familia elegidos en reunión de consejo de padres convocada para tal fin. Cuando el número de afiliados a la Asociación de Padres alcance la mitad más uno de los padres de familia de los estudiantes, la asamblea de la asociación elegirá uno de los dos representantes al Consejo Directivo, caso en el cual el consejo de padres elegirá solamente un padre de familia como miembro del consejo directivo. . Un representante de los la comunidad de estudiantes elegido por el consejo de estudiantes, entre los alumnos y alumnas que se encuentren en el último grado. . Un representante de los exalumnos o exalumnas. . Un representante del sector productivo del ámbito local elegido por la Rectora. CONSEJO ACADÉMICO Artículo 94. Está integrado así: . La Rectora que lo preside . Directivos docentes . Un docente por cada área definida en el plan de estudios . Un representante de preescolar ORGANOS DE PARTICIPACIÓN: CONSEJO DE ESTUDIANTES Artículo 95. Se establece en este Manual de Convivencia, el Consejo de Estudiantes al que pertenece un vocero o una vocera por cada grado, elegidos en asambleas por curso al inicio del año escolar. Para ser candidato se necesita cumplir con los siguientes requisitos: . Ser miembro del grupo de estudiantes del grado al que se postula.

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. Constancia escrita del estudiante donde exprese que está de acuerdo con la filosofía institucional y el Proyecto Educativo Institucional. PERSONERO ESTUDIANTIL Artículo 96. El Personero estudiantil será elegido dentro de los treinta días calendario siguiente al de la iniciación de clases de un periodo lectivo anual. Para tal efecto la Rectora convocará a los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. El ejercicio de cargo de Personero/a de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. Para ser candidato se necesita cumplir los siguientes requisitos: . Ser estudiante de último grado . Haber estudiado durante un año en el Colegio Inglés. CONSEJO DE PADRES Artículo 97. Igualmente y en cumplimiento de las normas vigentes, se establece en el presente Manual de Convivencia la obligatoriedad de contar con el Consejo de Padres de Familia del Colegio, el cual funcionará como órgano de participación, constituido por un padre de familia de cada grado, elegido en reunión de los grupos del mismo grado, con presencia al menos del cincuenta por ciento de los padres de familia, el cual no tendrá organización jurídica de naturaleza alguna, pero si contará con un reglamento propio. ASOCIACIÓN DE PADRES Artículo 98. La asociación de padres de familia del Colegio Inglés es una entidad jurídica de derecho privado sin ánimo de lucro, que se constituye por decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los estudiantes matriculados en el Colegio; sus funciones están descritas en el Decreto 1286 de 2005. COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR Artículo 99. El Comité escolar de convivencia está conformado por la Rectora, el personero estudiantil, el psicólogo de bienestar escolar, el coordinador de disciplina, el docente encargado del área de ética, el presidente del consejo de padres de familia, el presidente/a del consejo de estudiantes; Parágrafo: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información. Artículo 100. Funciones del Comité Escolar de Convivencia: Son funciones del comité:

1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.

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2. Liderar en el Colegio Inglés acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa;

3. Promover la vinculación del Colegio Inglés a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa;

4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo;

5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.

6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos;

7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité;

8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

Artículo 101. Sesiones: El comité escolar de convivencia sesionará como mínimo una vez cada dos (2) meses. Las sesiones extraordinarias serán convocadas por la Rectora, cuando las circunstancias lo exijan o por solicitud de cualquiera de los integrantes del mismo. Parágrafo: Las demás disposiciones frente al comité de convivencia estarán estipuladas en su propio reglamento de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1965 de 2.013. SISTEMA DE MATRÍCULAS Y PENSIONES MATRÍCULAS Artículo 102. (Artículo 201 de la ley 115 de 1994) La matrícula es el acto formal por el cual los padres y/o acudientes firman un Contrato Civil y Educativo con el Colegio para proveer de educación a sus hijos. Estas reglas del manual de Convivencia hacen parte, junto con el PEI, de ese contrato. Por esta razón, padres y estudiantes necesitan leerlas. El Contrato de Matrícula podrá suscribirse cada año, mientras todas las obligaciones adquiridas bajo este contrato sean cumplidas. Padres y Acudientes acordarán pagar cumplidamente por

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matrícula, pensiones y otros cobros. Todos los cargos serán ajustados cada año de acuerdo con las normas y comunicados. Para los pagos que no se hagan dentro del término especificado, serán aplicados recargos e intereses. El Colegio podrá rechazar la renovación de la matrícula en aquellos casos donde los estudiantes no cumplan con el día del pago especificado por el Colegio. Las faltas gravísimas descritas en este Manual de Convivencia pueden ser causales de terminación del Contrato de Matrícula a través del Procedimiento descrito. DEFINICIONES MATRÍCULA: Contrato que se firma cada año escolar. MATRÍCULA DE REINGRESO: La que se firma en el mismo año, cuando se ha retirado un estudiante por cambio de domicilio. MATRÍCULA DE REINTEGRO: La que se firma en años distintos, cuando se ha cambiado de domicilio o de institución educativa. ACUDIENTE: Es la persona autorizada en la matrícula, para asistir con voz pero sin voto a las actividades que organiza el colegio, o donde se requiera la asistencia o participación de los padres de familia. COSTOS EDUCATIVOS Artículo 103. Para definir las tarifas de matrículas, pensiones, cobros periódicos y otros cobros originados por la prestación del servicio educativo durante cada año escolar, el Colegio reajusta los costos educativos atendiendo las normas vigentes expedidas por el gobierno nacional en esta materia. El Colegio Inglés se encuentra para estos efectos en clasificación de LIBERTAD REGULADA. MATRÍCULA: Es el valor que pagan anticipadamente los padres de familia una vez al año, cuando formalizan la vinculación de sus hijos al Colegio. PENSIÓN: Es la suma anual que se cobra al estudiante por el derecho a participar en el proceso formativo, durante el respectivo año académico. La tarifa anual de pensiones se distribuye en diez mensualidades, de febrero a noviembre y se pagará en los cinco primeros días de cada mes.

GRADO TARIFA ANUAL 2017 MATRICULA 2017 PENSION MENSUAL 2017

Prejardín 6.950.000 700.000 625.000

Jardín 6.709.283 669.283 604.000

Transición 6.591.957 661.957 593.000

Primero 6.185.462 615.462 557.000

Segundo 6.245.515 625.515 562.000

Tercero 6.089.542 609.542 548.000

Cuarto 6.046.392 606.392 544.000

Quinto 5.961.013 601.013 536.000

Sexto 5.839.007 579.007 526.000

Séptimo 5.812.209 582.209 523.000

Octavo 5.790.139 580.139 521.000

Noveno 5.761.764 571.764 519.000

Décimo 5.761.764 571.764 519.000

Undécimo 5.775.950 575.950 520.000

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CERTIFICADOS, CONSTANCIAS y COPIAS DE BOLETINES Y OTROS DOCUMENTOS Toda expedición de certificados, constancias de estudios, copias de boletines y otros documentos estará sujeta a paz y salvo por todo concepto por parte de los padres de familia y estudiantes, y su trámite tiene una duración de tres días hábiles a partir de la fecha de su cancelación, sin excepción. Para solicitarlo, los padres deben cancelar su valor en Coordinación Administrativa, dejando por escrito el tipo de certificación y la información que necesita para su expedición. OTROS COBROS: Son las sumas que se pagan por servicios adicionales:

Inscripción Proceso de Admisión 2017 45.000

Certificados y Constancias 9.000

Duplicado Carnet Estudiantil 5.000

Duplicado Boletines 9.000

Duplicado Actas de Grado 32.000

Duplicado Diplomas 32.000

Derechos de Grado 275.000

Otros Costos 110.000

Inscripción Club Deportivo 77.000

Cibercolegios 8.120

Seguro Estudiantil 30.000

Martes de Prueba 37.000

Preicfes 580.000

Saber 11 / Presaber 11 52.000 (más el incremento del ICFES)

CAPÍTULO XIII LOS DOCENTES Los profesores son las personas corresponsables del éxito en el proceso de formación y aprendizaje de los estudiantes. Deben orientar, dirigir y conducir a los estudiantes hacia los fines y metas propuestos. Su primera obligación es cumplir con las disposiciones estipuladas en la Constitución Nacional, Código Sustantivo del Trabajo, Legislación Educativa, Ley de infancia y adolescencia, obligaciones del contrato, reglamento interno de trabajo, manual de funciones y manual de convivencia. DERECHOS DE LOS DOCENTES: Artículo 104. 1. Recibir buen trato por parte de los demás miembros de la Comunidad Educativa. 2. Participar en las actividades programadas que tengan que ver con la Institución. 3. Ser informado acerca de la evaluación clara y justa que se haga del trabajo y de las equivocaciones que incurra para establecer los correctivos pertinentes en beneficio propio y de la Institución. 4. Ser escuchado en los reclamos e insinuaciones de orden laboral. 5. Recibir una remuneración según categoría en el Grado de Escalafón, según lo establecido por la Ley. 6. Que se le otorgue permiso en caso de calamidad doméstica.

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DEBERES DE LOS DOCENTES Artículo 105. El docente del Colegio Inglés, es una persona que está comprometida con el Colegio Inglés, su filosofía y principios; es molde, modelo y ejemplo de toda la comunidad educativa dentro y fuera del Colegio. Por tanto: 1. Conoce el Manual de Convivencia y lo aplica en su ejercicio diario; 2. Asume con responsabilidad, la tarea de formación de todos los estudiantes, siendo partícipes del esfuerzo común mediante un trabajo de motivación, creatividad, compromiso y exigencia, conseguir una buena disposición de los estudiantes; 3. Como formador, es en todos los lugares del Colegio, un promotor de las reglas de juego social contenidas en el Manual de Convivencia, como camino para construir relaciones responsables y respetuosas; 4. Transmite a los estudiantes, mediante la palabra y el ejemplo, la importancia de los valores institucionales de tal manera que las palabras y actitudes del adulto despierten mayor aprecio y respeto hacia ellos; 5. Ayuda a los estudiantes a tomar conciencia respecto a que los logros se consiguen con esfuerzo y dedicación, con el deseo de hacer las cosas de la mejor manera. 6. Les Habla de la importancia de querer su trabajo, de hacerlo con gusto, de valorar la satisfacción personal que se siente al saber que su responsabilidad le permite tener buenos resultados; 6. Dialoga con los estudiantes con el propósito de conocerlos más, interesarse por sus inquietudes especiales y propiciar un acercamiento de afectividad y respeto; 7. Hace un buen trabajo de observación al comportamiento de todos los estudiantes para determinar sus hábitos y actitudes (valores); 8. Durante el año hace un seguimiento muy especial a todos los estudiantes; 9. Busca permanentemente su actualización profesional y personal y la pone en práctica en su actuación diaria. 10. Conoce sus deberes y los cumple a cabalidad. ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y ORDEN 11. Llega puntualmente todos los días al Colegio, de acuerdo al horario establecido. 12. Llega a tiempo a todas y cada una de las clases asignadas. 13. Asiste puntualmente a las Reuniones programadas. 14. Notifica a recepción la hora específica de atención al Padre de Familia. 15. Toda inasistencia debe ser justificada oportunamente ante la Rectoría y Coordinación Administrativa, con su respectiva incapacidad médica expedida por la EPS a la que se encuentra afiliado. Las horas serán reemplazadas por otro docente, por lo cual el maestro deberá reponer las horas que han sido reemplazadas a su compañero. 16. En caso de un permiso especial, debe entregar la solicitud por escrito en Rectoría para su Visto Bueno. 17. Permanece dentro del aula y hace el seguimiento del trabajo de los alumnos, espera hasta que hasta que salgan todos los estudiantes a recreo o salida verificando que los aparatos eléctricos queden apagados y el salón ordenado. 18. Asiste puntualmente a los Talleres, Capacitaciones que el Colegio les brinda. 19. Asiste y colabora en las Reuniones de Padres de Familia. 20. Asiste a todas las actividades que programe el Colegio tendientes a lograr los objetivos del PEI 21. Porta el uniforme diariamente de una manera pulcra y formal. 22. Sus libros reglamentarios permanecen en perfecto orden y limpieza. PEDAGÓGICO Sus deberes con su desempeño académico son:

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23. Desarrollar las clases generando interés, acudiendo a diferentes estrategias didácticas dentro del enfoque y modelo pedagógico institucional; 24. Informar a los estudiantes los contenidos, indicadores y objetivos esperados. 25. Mantener revisión constante de los cuadernos de los estudiantes, verificando que éstos tengan el material completo, claro y ordenado que les permita estudiar solos; Ej.: indicadores, ejercicios corregidos, lecturas complementarias, talleres y evaluaciones corregidas, calificadas, pegadas y firmadas, toma de apuntes, glosario, etc. 26. Corregir y exigir la ortografía, tanto en los cuadernos como en todos los trabajos escritos. 27. Fijar objetivos concretos antes de asignar tareas, consultas o trabajos y dar suficiente importancia a la sustentación, corrección y revisión inmediata de los mismos. 28. Revisar que el estudiante consigne, en su agenda y cuadernos las tareas o trabajos asignados. 29. Publicar en Plataformas los contenidos, indicaciones, orientaciones, tareas y demás actividades asignadas, así como responder los comunicados que los padres de familia/estudiantes/directivos les envían. DE LA EVALUACIÓN 30. Hacer el seguimiento académico del alumno, en función de los objetivos propuestos en cada área y asignatura, y rendir en forma oportuna la información de logros y dificultades del educando, con el fin de determinar sus progresos en el proceso de enseñanza – aprendizaje. 31. Las actividades y estrategias deben ajustarse a las necesidades del grupo con el que se trabaja. La construcción y aplicación de las evaluaciones deben promover el desarrollo de competencias y de procesos de pensamiento. 32. Devolver oportunamente (máximo 8 días) a los estudiantes, pruebas escritas, trabajos, talleres, tareas, consultas, debidamente calificados y atender los reclamos que se puedan presentar; verificar que queden pegadas en los cuadernos y exigir firma de los padres de familia. 33. Realizar citaciones a padres de familia, previo conocimiento del director de grupo y/o coordinador, de aquellos estudiantes cuyo rendimiento académico o de disciplina, muestre dificultades significativas. Utilizar los formatos de citas con padres de familia correspondientes, recordando la norma de no atender asuntos pedagógicos o disciplinarios en la puerta del colegio o corredores. Se debe preparar, con suficiente anticipación, los puntos a tratar en la reunión, verificando que el acta sea diligenciada en su totalidad y firmada por los asistentes. 34. Realizar acompañamiento durante las evaluaciones asignadas: Ubicar adecuadamente a los estudiantes, vigilar los comportamientos de los alumnos y por ningún motivo distraerse con otras actividades, calificando evaluaciones o charlando con otros compañeros de trabajo. Los docentes no deberán permitir que los alumnos, durante una evaluación, hablen entre ellos, miren a otros estudiantes, se hagan señas o hagan preguntas entre ellos. 35. En caso de fraude o intento del mismo, anular la evaluación y pasar el informe del hecho a la coordinación de disciplina anexando la prueba anulada, la copia y/o descripción de la situación e informar al director de curso. 36. Aplicar el Sistema institucional de evaluación y adoptarlo a cada una de las asignaturas. 37. Cumplir los demás deberes que para los maestros establecen el Manual de Convivencia de la institución y el Reglamento Interno de Trabajo, advirtiendo que su incumplimiento acarrea las sanciones previstas en los antedichos documentos. DISCIPLINARIO 38. Asumir la filosofía del colegio, teniendo en cuenta que esta institución Educativa es de carácter expresamente CATÓLICO, por lo cual procurará dar testimonio frente a la comunidad educativa de su respeto por esta confesión religiosa. 39. Presentarse puntualmente a los lugares de disciplina y vigilancia asignados por la coordinación de disciplina y atender, tanto en las horas de descanso como en las de clase, que los estudiantes tengan un comportamiento de respeto y buena educación. 40. Desarrollar las clases completas y por ningún motivo, interrumpirlas para atender padres, otros docentes, calificar evaluaciones ni permitir a los estudiantes que trabajen en otras asignaturas.

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41. Colaborar permanentemente en la sala de profesores para mantenerla en orden y cuidar todos sus muebles y enseres. Antes de salir a los recesos escolares (Semana Santa, Junio, Octubre y Noviembre), dejarlas libres de cualquier material y/o papelería. 42. No se permite fumar ni ingerir bebidas embriagantes dentro de las instalaciones del colegio. 43. Está terminantemente prohibido organizar y/o asistir con los estudiantes a reuniones de tipo social no autorizadas por el colegio. 44. Exigir el debido respeto a los alumnos y por ningún motivo tolerar actitudes irrespetuosas de un estudiante; 45. El profesor que no tiene dominio de grupo y permite indisciplina en sus clases, deberá ser reportado por el Coordinador de Disciplina a Bienestar Escolar, quien tendrá con él un diálogo al respecto. Al tercer llamado, recibirá Memorando con copia para su hoja de vida. 46. No permitir a los estudiantes salir del aula o retirarse del lugar en donde estén recibiendo clase, sin causa justificada. 47. Sólo se deben iniciar las clases cuando el salón esté ordenado y los estudiantes dispuestos. 48. Realizar un trabajo constante y efectivo para evitar el uso inadecuado del vocabulario en los estudiantes o docentes. 49. Cualquier ofrecimiento que se haga por parte de padres de familia, alumnos, personal administrativo, compañeros de trabajo o personal de servicios generales, será obligación comunicarlo a las directivas de la Institución. 50. Comunicar inmediatamente a las directivas del Colegio cualquier daño o anomalía, que ocurra en las instalaciones del mismo y/o con los elementos de trabajo, aun cuando otra persona haya producido la novedad. 51. Exigir a los estudiantes el cuidado y buen uso de las instalaciones del Colegio, enseres, equipos de laboratorio, aulas especializadas, implementos deportivos, instrumentos musicales, equipo de amplificación, vestuario y demás elementos. 52. Responsabilizarse del material a su cargo y responder por él en caso de daño; 53. No permitir escritos o dibujos en los pupitres. En tal caso, ordenar limpieza inmediata o el cambio de la tapa si es necesario, sin esperar a la revisión de final de año. Informar al Coordinador de Disciplina. 54. Al finalizar cada semestre, se hará una revisión de todos los elementos de su aula y se entregará paz y salvo al verificar que solo presenten el deterioro normal por el uso. 55. Utilizar material didáctico, de laboratorio y/o audiovisual solicitándolo oportunamente y con anticipación a las personas responsables. Responder por el material que recibe hasta el momento en que lo devuelva. ALUMNOS, COMPAÑEROS, DIRECTIVOS, PADRES DE FAMILIA 56. Tener en cuenta las estipulaciones de la Ley de infancia y adolescencia, en su interacción con los educandos. 57. Escuchar con respeto las observaciones y sugerencias dadas por los miembros de la Comunidad Educativa. 58. Cultivar el mutuo respeto y la cultura para hacer la vida más agradable; cuidar los modales y la corrección en todo sentido. 59. Atender las sugerencias o reclamos de alumnos, padres de familia, directivos, profesores y personal administrativo en forma comedida y respetuosa. 60. Al recibir a los padres atenderlos con asertividad; Recordar siempre que por ningún motivo padres de familia o estudiantes deben sentirse mal atendidos después de una entrevista. En caso de presentarse irrespeto por parte de los padres, interrumpir la entrevista y solicitar una nueva cita en presencia de Directivos. RECURSOS FÍSICOS 61. Responder por los haberes e implementos que estén a su cargo: Libros, Muebles, Ipads, Videobeams, Computadores, entre otros. 62. Responder por los materiales de trabajo que se le entregan mediante inventario y a entregarlos en igual forma, al final de año escolar, salvo el deterioro normal de los mismos. 63. Utilizar los recursos con los que cuenta el colegio para su trabajo pedagógico con los alumnos. DE LOS DIRECTORES DE GRUPO Artículo 106.

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El Colegio Inglés reconoce y exalta la labor de los directores de grupo por ser gestores, en alto grado, de uno de los principales valores agregados de la institución: el seguimiento a los estudiantes. 1. Desde el primer día de clase asume la responsabilidad de acoger, de manera afectuosa y cordial a los estudiantes, proyectando hacia éstos la imagen de Autoridad y de Seguridad, acordes con expectativas e intereses con que llegan por conocer a su director de curso. 2. Es el principal responsable de la orientación y seguimiento de su curso en los aspectos formativo, académico y disciplinario. 3. Establecer una relación cordial y respetuosa con los estudiantes generando un clima de confianza y apoyo permanente de acuerdo con las necesidades grupales y particulares. 4. Mantener una decoración adecuada de su salón durante todo el año: horario de clases, frases formativas alusivas a los valores institucionales. 5. Recibir por inventario todos los elementos de su salón, dejando constancia escrita en el formato respectivo, del estado en que se encuentran. 6. Recibir del Coordinador de disciplina, al iniciar el año escolar, las carpetas personales de cada estudiante a su cargo, con el propósito de conocer los aspectos más importantes del seguimiento que se lleva con cada uno, los compromisos con que inician el año, tanto a nivel comportamental como académico. 7. Cuando las circunstancias lo requieran, citar a los padres para ponerlos al tanto de la situación escolar del estudiante, compartiendo con ellos de manera clara la información pertinente tanto a nivel académico como disciplinario. 8. El director de grupo hará un seguimiento de los encuentros que sus estudiantes tengan con psicología 9. Recordar a los estudiantes traer firmado al día siguiente las circulares o comunicaciones enviadas y hacer seguimiento a las mismas. 10. Realizar en los espacios de dirección de grupo un trabajo consciente de formación de hábitos y clarificación de valores, tomando como punto de partida los institucionales. 11. Revisarles el uniforme, teniendo en cuenta el cumplimiento del Manual de Convivencia. 12. Utilizar los medios de comunicación oficiales del colegio para la comunicación con padres: Agenda Escolar, Plataformas Virtuales, Teléfonos fijos y Móviles oficiales del colegio DEBERES DE LOS DOCENTES DE INGLÉS Artículo 107. 1. Realizar todas las clases en inmersión total en el Idioma Inglés; 2. Desarrollar las habilidades del idioma y dar igual importancia a cada una de ellas; 3. Hablar en Inglés en los demás espacios del colegio con sus compañeros de área; 4. Utilizar recursos reales: Noticieros, Periódicos y otros, que apoyen los materiales y textos utilizados en clase. PROHIBICIONES A LOS DOCENTES Artículo 108. 1. Realizar cualquier tipo de transacción comercial (ventas, compras, préstamos, etc), con estudiantes, padres de familia, o entre docentes o personal del colegio. 2. A adquirir productos de los vendedores ambulantes que se acerquen a los alrededores del Colegio. 3. Invitar a los estudiantes y a los padres de familia, reuniones familiares de los docentes. 4. Comunicar a los estudiantes y padres de familia las fechas de cumpleaños de los docentes. 5. Dictar clases particulares a los estudiantes del Colegio Inglés en sus casas. 6. Informar el número telefónico de los docentes a los estudiantes. Toda explicación adicional a las clases debe hacerse a través del Colegio. 7. Llevarse los libros reglamentarios como observadores, planeadores, registros en general fuera de las instalaciones del colegio.

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8. Todas las relaciones interpersonales entre el personal que labora en el colegio, debe llevarse en un clima de amistad y respeto. Las relaciones amorosas entre empleados o con estudiantes quedan absolutamente prohibidas. 9. Promover concursos, rifas o apuestas entre los estudiantes con ánimo de lucro personal. 10. Embriagarse en compañía de los estudiantes, compañeros de trabajo o padres de familia, aún por primera vez. 11. Utilizar las relaciones con los padres de familia para beneficio personal o el de su familia. 12. Recibir cualquier dádiva, emolumento, u ofrecimiento de cualquier tipo por parte de padres de familia, acudiente, familiares o alumnos de la institución que vayan en manifiesta contradicción con el Manual de Convivencia. FALTAS GRAVES POR PARTE DE LOS DOCENTES Artículo 109. 1. Violación de las prohibiciones de este manual tanto para estudiantes como para docentes 2. Violación por parte del profesor de cualquiera de sus obligaciones legales, contractuales o reglamentarias. 3. El hecho de que el profesor abandone reiteradamente el lugar de trabajo, sin permiso de la Rectoría del Colegio. 4. La ausencia o retardo injustificado al trabajo en forma frecuente. 5. Someter a los alumnos a castigos corporales, inhumanos y/o degradantes. 6. No suministrar en forma oportuna al Colegio, los documentos que lo acreditan para ejercer la labor docente contratada. 7. Cualquier falsificación u omisión de la información suministrada al Colegio en la Hoja de Vida o en evaluaciones, valoraciones u otros documentos o registros. 8. No prestar el servicio para el que fue contratado. 9. Desatender sus deberes y funciones como docentes.

CAPÍTULO XIII VIGENCIAS Y OTROS

Artículo 104. Las prescripciones reglamentarias sobre el Gobierno Escolar, tales como funciones de los diferentes consejos y comisiones y los requisitos para ocupar cargos de representación, se encuentran definidos en el Proyecto Educativo Institucional y en el Manual de Funciones. Artículo 105. Los aspectos relacionados con los profesores y los empleados se consignan en el Manual de Funciones de la Institución; los relacionados con los padres de familia aparecen en el capítulo correspondiente del Proyecto Educativo Institucional; y todo lo relacionado con la organización del alumnado o con la elección de su personero y sus representantes se prescribe en el Proyecto Educativo Institucional del plantel, sin perjuicio de su publicación en la agenda del Colegio. Artículo 106. El presente Manual de Convivencia del Colegio, fue ajustado y adoptado por el Consejo Directivo según Acta No. 005 del día 22 de noviembre de 2016, deroga todos los anteriores, se podrá revisar, actualizar y reformar, cuando las circunstancias así lo ameriten y entra en vigencia en Enero de 2017. PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en la Rectoría del COLEGIO INGLÉS, en la ciudad de Ibagué, a los 22 días del mes de noviembre de 2016. La Rectora del Colegio Inglés, NORMA TAMAYO DE SEMMA

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