cajamarca, 02 de junio del 2021

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MUNICIIIALIDAD PROVINCIAL CAIAMARCA GERENCIA MUNICIPAL RESOLUC16N DE GERENCIA M -2021-MPC/G.M. Cajamarca, 02 de junio del 2021. EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CA|AMARCA. VISTOS: EI Expediente N.a 17032-2021-MPC, de Adicional y Deductivo Vinculante N9 01 de`la Obra: ``Creaci6n de] Servicio de Transitabilidad con ]a Pavimentaci6n de[ )r. Sam Pab]o entre Psje. £ Tupac Amaru y Av. Z8 de |u]io; y con los Graderios, del Psje. 06 de agosto entre Av. Los i.ManantialesyAv.Pert,delaAv.28de|ulioentre|r.SanPabloyAv.Periydel|r.iBolivarentre Av. Los Manantiales y Av. Perti, Sector 01 Sam Sebastian, Distrito Cajamarca, Provincia de Cajamarca - Cajamarca"; EI Cuaderno de Obra, Asiento N.g 69 del Residente del 04/01/2021, Asiento N.g 82 del Supervisor del 07/01/2021, Asiento N° 158 de fecha 11/02/2021, la residencia, EI Asiento N° 163, de fecha 15/02/2021, el Supervisor; La Carta 10-2021-CCAJ, de fecha 16 de febrero del 2021; La Carta N° 14-2021-CCAJ, de fecha 02 de marzo de 2021; La Carta N° 055-2021- MPC-GI-SSLO, de fecha 16 de Marzo de 2021, La CARTA N° 020-2021-ADM-CV07, de fecha 09 de Abril del 2021; La Carta N° 098-2021-MPC-GI-SSLO, de fecha 21 de abril de 2021; La Carta N° 023-2021- ADM-CV07, de fecha 27 de abril de 2021; La Carta N° 29-2021-CCA|, de fecha 03 de mayo de 2021; EI Informe N° 008-2021-MPC-GI-SEP/EP-MRA, de fecha 18 de mayo de 2021; EI Informe N° 0240-2021- MPC-GI-SEP, de fecha 18 de mayo de 2021; EI Certificaci6n de Cr6dito Presupuestario - Nota 0000001655, por la suma de s/.101,751.33''; EI Informe Legal Na 27-2021-CGIG-AL-GI-MPG, de fecha 01 de junio de 2021, la EI INFORME N° 512-2021-MPG-GI, de fecha 01 de junio 2021; demas recaudos y; CONSIDERANDO: Que, e] Articulo 11 del Tfulo Preliminar de la "Ley Organica de Municipalidades'','refiere que las Municipalidades gozan de autonom(a pol(tica, econ6mica y administrativa en los asuntos de su competencia, la autonomia que la constituci6n establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administraci6n, con sujeci6n al ordenamiento juridico. Que, la Municipalidad Provincial de Cajamarca y la empresa ``CONSTRUCTORA VIRGO S.C.R.L.", suscribieron el Contrato N9 069-2020-MPG, con fecha 02 de noviembre de 2020, al amparo de la Ley N9 30225 -Ley de Contrataciones del Estado y su modificatoria y; el Decreto Supremo N9 344-2018-EF- Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para la ejecuci6n de la obra: de] Servicio de Transitabi]idad con la Pavimentaci6n del ]r. Sam Pab]o entre Psje. Tupac Amaru y Av. 28 de |u]io; y con ]os Graderios, de] Psje. 06 de agosto entre Av. Los Manantiales y Av. Pert, de la Av. 28 de |ulio entre ]r. Sam Pablo y Av. Pert y del ]r. Bolivar entre Av. Los Manantiales y Av. Pertl, Sector 01 Sam Sebastifn, Distrito Cajamarca, Provincia de Cajamarca -Cajamarca''; por un monto total de lnversi6n de S/.1'580,581.11 (un mill6n quinientos ochenta mil quinientos ochenta y uno con 11/100 soles), estableci6ndose el plazo de ejecuci6n de ciento cincuenta (150) dias calendarios, bajo el Sistema de Contrataci6n a Precios unitarios; Que, entre los integrantes del Comit6 de Entrega de Terreno y el representante comtin del "CONSTRUCTORA VIRGO S.C.R.L.'', formalizaron el Acta de Entrega de Terreno, teniendo como fecha de inicio contractual de la obra el 20 de noviembre del 2020; Que, el articulo 34° del T.U.0 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante '--=i=iif===±±?i?=€g?rt:I:.e#.I,a±=¥.¥_ty¥=t€f~4,4,~9.F€_prgq_¥=¥J_t¥`¥?:3=q2:ET=S`e9.¥.±-i:rF.:±`:`P¥¥_ra±3¥=`±;'Fr_a_!£P£€±¥_.i,~=`_;,_. Alameda de los Incas \'® 25j -Complcjo Qhapati iijTan ` 076 -599250 8 w\w.municaj.gob.pe Cajama¢ca

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MUNICIIIALIDAD PROVINCIAL CAIAMARCA

GERENCIA MUNICIPAL

RESOLUC16N DE GERENCIA M -2021-MPC/G.M.

Cajamarca, 02 de junio del 2021.

EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CA|AMARCA.

VISTOS:EI Expediente N.a 17032-2021-MPC, de Adicional y Deductivo Vinculante N9 01 de`la Obra:

``Creaci6n de] Servicio de Transitabilidad con ]a Pavimentaci6n de[ )r. Sam Pab]o entre Psje.

£ Tupac Amaru y Av. Z8 de |u]io; y con los Graderios, del Psje. 06 de agosto entre Av. Losi.ManantialesyAv.Pert,delaAv.28de|ulioentre|r.SanPabloyAv.Periydel|r.iBolivarentre

Av. Los Manantiales y Av. Perti, Sector 01 Sam Sebastian, Distrito Cajamarca, Provincia deCajamarca - Cajamarca"; EI Cuaderno de Obra, Asiento N.g 69 del Residente del 04/01/2021,Asiento N.g 82 del Supervisor del 07/01/2021, Asiento N° 158 de fecha 11/02/2021, la residencia,EI Asiento N° 163, de fecha 15/02/2021, el Supervisor; La Carta N° 10-2021-CCAJ, de fecha 16 defebrero del 2021; La Carta N° 14-2021-CCAJ, de fecha 02 de marzo de 2021; La Carta N° 055-2021-MPC-GI-SSLO, de fecha 16 de Marzo de 2021, La CARTA N° 020-2021-ADM-CV07, de fecha 09 de Abrildel 2021; La Carta N° 098-2021-MPC-GI-SSLO, de fecha 21 de abril de 2021; La Carta N° 023-2021-

ADM-CV07, de fecha 27 de abril de 2021; La Carta N° 29-2021-CCA|, de fecha 03 de mayo de 2021; EIInforme N° 008-2021-MPC-GI-SEP/EP-MRA, de fecha 18 de mayo de 2021; EI Informe N° 0240-2021-MPC-GI-SEP, de fecha 18 de mayo de 2021; EI Certificaci6n de Cr6dito Presupuestario - Nota N°

0000001655, por la suma de s/.101,751.33''; EI Informe Legal Na 27-2021-CGIG-AL-GI-MPG, de fecha

01 de junio de 2021, la EI INFORME N° 512-2021-MPG-GI, de fecha 01 de junio 2021; demas recaudos

y;

CONSIDERANDO:Que, e] Articulo 11 del Tfulo Preliminar de la "Ley Organica de Municipalidades'','refiere que

las Municipalidades gozan de autonom(a pol(tica, econ6mica y administrativa en los asuntos de sucompetencia, la autonomia que la constituci6n establece para las municipalidades, radica en lafacultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administraci6n, con sujeci6n alordenamiento juridico.

Que, la Municipalidad Provincial de Cajamarca y la empresa ``CONSTRUCTORA VIRGOS.C.R.L.", suscribieron el Contrato N9 069-2020-MPG, con fecha 02 de noviembre de 2020, al amparode la Ley N9 30225 -Ley de Contrataciones del Estado y su modificatoria y; el Decreto Supremo N9344-2018-EF- Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para la ejecuci6n de la obra:

de] Servicio de Transitabi]idad con la Pavimentaci6n del ]r. Sam Pab]o entre Psje.Tupac Amaru y Av. 28 de |u]io; y con ]os Graderios, de] Psje. 06 de agosto entre Av. LosManantiales y Av. Pert, de la Av. 28 de |ulio entre ]r. Sam Pablo y Av. Pert y del ]r. Bolivar entreAv. Los Manantiales y Av. Pertl, Sector 01 Sam Sebastifn, Distrito Cajamarca, Provincia deCajamarca -Cajamarca''; por un monto total de lnversi6n de S/.1'580,581.11 (un mill6n quinientosochenta mil quinientos ochenta y uno con 11/100 soles), estableci6ndose el plazo de ejecuci6n deciento cincuenta (150) dias calendarios, bajo el Sistema de Contrataci6n a Precios unitarios;

Que, entre los integrantes del Comit6 de Entrega de Terreno y el representante comtin del"CONSTRUCTORA VIRGO S.C.R.L.'', formalizaron el Acta de Entrega de Terreno, teniendo como

fecha de inicio contractual de la obra el 20 de noviembre del 2020;

Que, el articulo 34° del T.U.0 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante'--=i=iif===±±?i?=€g?rt:I:.e#.I,a±=¥.¥_ty¥=t€f~4,4,~9.F€_prgq_¥=¥J_t¥`¥?:3=q2:ET=S`e9.¥.±-i:rF.:±`:`P¥¥_ra±3¥=`±;'Fr_a_!£P£€±¥_.i,~=`_;,_.

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL CAlAMARCA

GERENCIA MUNICIPAL

RESOLUC16N DE GERENCIA MUNICIPAL N 135-2021-MPC/G.M.

Cajamarca, 02 de junio del 2021.

Obras, las prestaciones adicionales pueden ser hasta por el quince por ciento (15%) del monto total delcontrato original, restdndole los presupuestos deductivos vinculados. Para tal efecto, los pagoscorrespondientes son aprobados por el Titular de la Entidad".,

Que, el Art{culo 205° del Reglamento de Contrataciones del Estado, aprobado medianteDecreto Supremo N° 344-2018-EF, norma las prestaciones adicionales de obras menores o iguales al

quince por ciento (15%), refiriendo que, en su numeral 205.1. ``So/a proced€ /a c/.€cuci.6n dc

prestaciones adicionales de obra cuando previamente se cuente con la certificaci6n de cr6ditopresupuestario o previsi6n presupuestal, segtin las reglas previstas en la normatividad del SistemaNacional de Presupuesto Ptiblico y con la resoluci6n del Titular de la Entidad a del servidor del siguientenivel de decisi6n a quien se hubiera delegado esta atribuci6n y en los casos en que sus montos, restdndolelos presupuestos deductivos vinculados, no excedan el quince par ciento (15%) del monto del contratoorigjr]ar'. 205.2. "La necesidad de ejecutar una prestaci6n adicional de obra es anotada en el cuademode obra, sea por el contratista, a trav6s de su residente, o por el ins|]ector o supervisor, seg`incorresponda. En un plazo maximo de cinco (5) dias contados a partir del dfa siguiente de realizada laanotaci6n, el inspector o supervisor, segdn corresponda, ratifica a la Entidad la anotaci6n realizada,adjuntando un informe t6cnico que sustente su posici6n respecto a la necesidad de ejecutar la

prestaci6n adicional. Ademas, se requiere el detalle o sustento de la deficiencia del expediente t6cnicode obra o del riesgo que haya generado la necesidad de ejecutar la prestaci6n adicional". 205.4. "E/contratista presenta el expediente t6cnico del adicional de obra, dentro de los quince (15) di'as siguientes

a la anotaci6n en el cuaderno de obra, siempre que el inspector o supervisor, segtin corresponda, hayaratifilcado la necesidad de ejecutar la prestaci6n adicional. De ser el caso, el inspector o supervisorremite a la Entidad la conformidad sobre el expediente t6cnico de obra formulado por el contratista en

el plazo de diez (10) d{as de presentado este tiltimo''. 205.5 ``De existir partidas cuyos precios unitarios

no estdn previstas en el presupuesto de obra, se adjunta al expediente t6cnico de obra el documento del

precio unitario pactado con el contratista ejecutor de la obra. El acuerdo de precios se realiza entre elresidente y el supervisor o el inspector, la cual es remitida a la Entidad para su aprobaci6n como partedel presupuesto de la prestaci6n adicional de obra". 205.6. ``En el caso que el inspector o supervisor

emita la conformidad sobre el expediente t6cnico presentado por el contratista, la Entidad en un plazoC->~ de doce (12) d{as hdbiles emite y notif ica al contratista la resoluci6n mediante la que se pronuncia sobre`f la procedencia de la ejecuci6n de la prestaci6n adicional de obra. La demora de la Entidad en emitir y

notificar esta resoluci6n, puede ser causal de ampliaci6n de plazo''. Z05]. ``A eftectos de aprobar laejecuci6n del adicional de obra la Entidad cuenta con el informe de viabilidad presupuestal y la opini6n

favorable sobre la soluci6n t6cnica propuesta en el expediente t6cnico presentado por el contratista.Para emitir una opini6n t6cnica sobre la soluci6n t6cnica propuesta, la Entidad solicita el

pronunciamiento del proyectista, de no contarse con dicho pronunciamiento o siendo negativo este, el6rgano de la entidad responsable de la aprobaci6n de los estudios emite la opini6n correspondiente"

Que, mediante Resoluci6n de Contraloria N° 147-2016-CG, de fecha 2 de marzo del 2016, seaprueba la Directiva NQ 011-2016-CG/GPROD, denominada ``Servicio de Control Previo de lasPrestaciones Adicionales de Obra" misma que en el apartado 6.- Disposiciones Generales, numeral6.3.- Prestaci6n adicional de obra y causales que la originan: " Uno prestacl.6n crdJ.cJ.oncr/ dc obra Gsaquella no considerada en el expediente t6cnico, ni en el contrato original, cuya realizaci6n resultaindispensable y/o necesaria para dar cumplimiento a la meta prevista de la obra principal y que dalugar a un presupuesto adicional. (...)" ``Las prestaciones adicionales de obra se originan por: a)

:- Situaciones impredecibles, b) Deficiencias del expediente t6cnico de obra (...)'';

O Alilml`da de ]os Incas V 2$3 -Complejo Qhapa`i fi'an1 076 - 599250

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MUNICIIIALIDAD PROVINCIAL CA}AMARCA

GERENCIA MUNICIPAL

RESOLUCION DE GERENCIA MUNICIPAL N 135-2021-MPC/G.M.

Cajamarca, 02 de junio del 2021.

Que, de acuerdo a las ocurrencias anotadas en el Cuaderno de Obra, se describe entre otros,en el Asiento N.a 69 del Residente del 04/01/2021, quien sefiala entre otros lo siguiente: ``En la

partida N° 1.1.3.1 Excavaci6n Manual de Contenci6n en Roca Suelta se describe los componentes delcosto unitario la utilizaci6n de peones con herramientas manuales y con un rendimiento por cada

pe6n de 2m3 por dfa, habi6ndose encontrado en los tramos que se viene ejecutando otro tipo de rocala misma que se observa en terreno como roca fija; la cual no ha sido considerada en ningdn item delPresupuesto y consecuentemente en ningtin analisis de Costos unitarios; por lo que mos obliga a

plantear un nuevo analisis de costo unitario incluyendo equipo de perforaci6n y retroexcavadora,por lo tanto corresponde reformular presupuesto con nuevo analisis de costos unitarios con cambiode especificaci6n y rendimiento, el mismo que generara un nuevo costo generando adicionales deobra y ampliaci6n de plazo, estas oourrencias se repetiran en las partidas 1.3.2.1 Corte a Nivel deSubrasante Manual en roca suelta (Construcci6n de Cunetas); 1.4.2.1 Corte s Nivel de SubrasanteManual en roca Suelta (Construcci6n de Veredas, Gradas y Sardineles de concreto), 1.5.1.2

Excavaci6n Manual en Roca suelta en conexiones Domiciliarias de Desagtle, 1.5.2.1.3.2. Excavaci6n

Manual de Buzones en roca suelta, 1.5.2.2.2.1. Excavaci6n Manual en roca suelta H=1.50 A=0.60

Alcantarillado sanitario Auxiliar, 1.5.2.2.4.2 Excavaci6n Manual de Zanja en Roca Suelta H=0.90

A=0.60 (Conexiones Domiciliarias de Desagtie) partidas que tambi6n tiene que reformularse; por su

parte y en respuesta de lo anterior, en el Asiento N.Q 82 del Supervisor del 07/01/2021, anotaentre otros lo siguiente: "En atenci6n a lo indicado en el asiento de Cuademo de Obra N° 69. Se haverificado y constatado en campo que en la Progresiva (0+070m) existe un material distinto a la

partida contractual en ejecuci6n (Partida N° 1.1.3.1 Excavaci6n Manual para Muros de Contenci6n enRoca Suelta). Considerando por el contratista como roca fija. Se ratifica lo indicado por el contratista

y se estara comunicando a la entidad la necesidad de elaborar un adicional de obra con la nuevapartida, asf como su correspondiente deductivo vinoulante en la partida N° 1.1.3.1 Excavaci6nManual para Muros de Contenci6n en Roca Suelta. (Se adjunta fotografia del material constatado encampo); es asf que mediante asiento N° 158 de fecha 11/02/2021, la residencia anota a trav6s dela consulta N° 03 lo siguiente:"..ante la evidencia de que en las excavaciones segiin expediente

contractual no corresponde al suelo encontrado INSITU, manifestamos que especificaciones del

presupuesto contractual se ha considerado excavaciones en las mencionadas partidas con un tipo deroca suelta, por lo que en el analisis de mecanica de suelos practicado y en cuyo informe se corroborala existencia de roca fija seg`in los muestreos obtenidos en los diferentes frentes por el especialistade mecanica de Suelos (Consorcio |CB Ingeniero: Mois6s Rafael Roncal Abanto con GIP N° 150410,

por lo tanto y por lo expuesto se hace necesario CONSULTAR a la Supervision que luego de lasevaluaciones hechas en campo conjuntamente con la supervisi6n y residencia amerita ejecutartrabajos de excavaci6n en suelo diferente especificaci6n contractual lo que conlleva a ejecutartrabajos de excavaci6n con maquinaria (compresora, martillo, excavadora) generando costosadicionales, dejando constancia que la partida excavaciones en roca suelta (contractual) solo

considera mano de obra y herramientas manuales, por lo que esto valida que nuestra consulta antela supervisi6n tenga opinion respecto a nuestra consulta (cambio de especificaci6n de roca suelta aroca con alta dureza -fija), en estricto cumplimiento y con apego al Art. N° 193 y 205 de reglamentode la Ley de Contrataciones del Estado para que se contemple y se procese un ADICIONAL -DEDUCTIVO; por otro lado dejamos constancia que a partir de la fecha hasta que haya un

pronunciamiento por parte de la entidad se genera inicio de causal de ampliaci6n de plazo"; a su.. ` _t.urmo;m€diante asiento `N° -16.3r. _d`e ,fefh.a -1.5/QZ/20Z.1,`__el Supervis`q,I; apQta: :`=E~n..rgsLPues.taral .,,- ~ __ ``,__. .

_ __ -_, ` --- < `` J -, ` --I-,-'_

9 Alameda de los Incas \'^ 2i3 -Compli`jo Qhapati Nan1 076 - 599250

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MUNICIRALIDAD PROVINCIAL CA)AMARCA

GERENCIA MUNICIPAL

RESOLUC16N DE GERENCIA MUNICIPAL N 135-2021-MPG/G.M.

Cajamarca, 02 de junio del 2021.

ae:an+/` da 4Lt_-z]arna da dL-a NO 1 [Q, --]{a.`+a al pt.aao``+a aoio.-+a ol S``po.-`+loo.+ do Ot>ro3 n^rl`IPICA

L0 INDICAD0 POR EL CONTRATISTA. En funci6n al informe de VERIFICACI0N de ESTUDIO de

MECANICA de SUELOS, realizado por el especialista de Mecanica de Suelos (Consorcio )CB Asociados

y firmado por el lngeniero Civil: Mois6s Rafael Roncal Abanto con CIP N° 150410; Que en susconclusiones y Recomendaciones indica: LA PRESENCIA de roca de tipo arenisca, de ALTA DUREZA

[ROCA FIJA), Mismo estudio que se nos ha entregado con CARTA N° 09-2021-adm-cv07(11.02.2021)"; "Habiendo quedado de manifiesto la Necesidad de elaboraci6n del ExpedienteT6cnico de Prestaci6n Adicional de Obra N° 01 y Deductivo Vinculante N° 01. En cumplimiento al Art.205.2 del R.L.C.E. se adjunta a la entidad el INFORME TECNICO N° 001-2021-CCA/: PROPUESTA PARA

LA SUSTITUC16N DE LA PARTIDA: EXCAVAC16N MANUAL EN ROCA SUELTA";

Que, con Carta N° 10-2021-CCAJ, de fecha 16 de febrero del 2021, el representante Comdndel "Consorcio Cajamarca" supervisor de obra, expresa que en atenci6n al art. 205 de RLCE, EstaSupervisi6n mediante anotaci6n de cuaderno de obra N° 163 esta ratificando lo indicado por elcontratista mediante anotaci6n del cuaderno de obra N° 158. As{ mismo adjunta el INFORMETECNIC0 N° 001-2021-CCA| donde se sustenta mediante la verificaci6n de Estudios de Mecanica de

Suelos la necesidad de la elaboraci6n del expediente t6cnico de prestaci6n adicional de obra,

generado por partida nueva, no considerada en el presupuesto contractual.

Que, mediante Carta N° 14-2021-CCA|, de fecha 02 de marzo de 2021, la Sra. YovanaRimarach{n Vasquez, Representante Comdn del "Consorcio Cajamarca" Supervisor de la obra, remitea la Subgerencia de Supervisi6n y Liquidaci6n de Obras, el expediente t6cnico de prestaci6n Adicionalde Obra N° 01 y Deductivo Vinculante N° 01; paras su revisi6n y evaluaci6n correspondiente.

Que, con Carta N° 055-2021-MPG-GI-SSLO, de fecha 16 de Marzo de 2021, el lng. WilliamMartin Julca Silva, Subgerente de Supervisi6n y Liquidaci6n de Obras, devuelve al ConsorcioCajamarca Supervisor de la obra, el expediente de adicional y deductivo vinculante de obra N° 01,con la finalidad de levantar observaciones realizadas por el lng. Miguel Angel Alarcon - Evaluador-Proyectista de la Sub Gerenciad e ESTUDIOS Y Proyectos -MPG segdn INFORME N° 002-2021-MPC-GI-GISEP/EP-MRA, en un plazo mfnimo en coordinaci6n con la Empresa ejecutora.

Que, con CARTA N° 020-2021-ADM-CV07, de fecha 09 de Abril del 2021 el RepresentanteLegal de la Constructora Virgo SRL. Remite a la supervisi6n el levantamiento de Observaciones delExpediente T6cnico: adicional y deductivo vinculante de obra N° 01 para lo cual adjunto informe desustentaci6n de levantamiento de Observaciones; y este a la vez con Carta N° 26-2021-CCA), de fecha14 de abril del 2021, remite a la Sub Gerencia de Supervisi6n y Liquidaci6n de Obras la absoluci6nde observaciones del Expediente T6cnico de prestaci6n adicional N° 01 y deductivo vinculante deobra N° o|

Que, mediante Carta N° 098-2021-MPC-GI-SSLO, de fecha 21 de abril de 2021, el lng. WilliamMartin |ulca Silva, Subgerente de Supervisi6n y Liquidaci6n de Obras, devuelve al ConsorcioCajamarca Supervisor de la obra, el expediente de adicional y deductivo vinculante de obra N° 01,indicando que: "...y a la vez devolver toda la documentaci6n presentada con carta de la referenciaconcerniente al expediente t6cnico del adicional y deductivo vinculante de Obra N° 01,correspondiente a la obra: ``Creaci6n del Servicio de Transitabilidad con la Pavimentaci6n del Jr. SamPablo entre Psje. Tupac Amaru y Av. 28 de )ulio; y con los Grader(os, del Psje. 06 de agosto entre Av.Los Manantiales y Av. Perti, de la Av. 28 de Julio entre jr. Sam Pablo y Av. Perd y del jr. Bolivar entre

=`;=fi=,.i-..3,£=¥`;=ti|M3a.RE¥=~=YE¥i::*¥=T,¥=ig=`:-:I=°:,]~-:€£nE_S=e`L±Sj~g=F'jip:-is=¥::`:|faLngi¥¥g=~E_r¥¥s¥=fIr€_¥`+`¥.~:=ET5.±===i`==L==+;=T=-i

• Alaneda de lo§ Incas `.a 253 -Complejo Qhapaq Niin` 076 - 599250

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL CATAMARCA

GERENCIA MUNICIPAL

NCIA MUNICIPAL N 135-2021-MPC/G.M.ESOLUCI

Cajamarca, 02 de junio del 2021.

-Cajamarca'', con la finalidad de levantar las observaciones realizadas por el Ing. Miguel Angel RoncalAlarc6n -Evaluador -Proyectista de la Subgerencia de Estudios y Proyectos -MPOC segtin INFORMEN° 003-2021-MPC-GI-SEP/EP-MRA, en un plazo minimo en coordinaci6n con la empresa ejecutora'';

Que, a su turno mediante Carta N° 023-2021-ADM-CV07, dec fecha 27 de abril de 2021, la',<:' Sra. Ismenia Margarita Cubas Silva, Gerente General de la empresa "CONSTRUCTORA VIRGO S.C.R.L.'',

{a?6rce:,ecnotA:{!c:osnuaiedrev'8L6r:Seo]oa]°ybrDaei`u[cetY::t;i::euT::t:ej:Sos:gundasobservacionesdelexpediente

""rf,,,i,i,I,`¢l#,,I)

Que, por su parte mediante Carta N° 29-2021-CCAj, de fecha 03 de mayo de 2021, la Sra.Yovana Rimarachin Vasquez, Representante Legal del Consorcio Cajamarca Supervisor de la obra,remite a la Subgerencia de Supervisi6n y Liquidaci6n de Obras, la segunda absoluci6n deobservaciones del expediente t6cnico de prestaci6n Adicional de Obra N° 01 y Deductivo VinculanteN° 01; presentadas par el contratista mediante carta de la referencia b), las mismas que han sidorevisadas y validadas por el supervisor de obra de mi representada, siendo asi BRINDAMOS LAAPROBAC16N Y CONFORMIDAD correspondiente al adicional y deductivo de obra.

Que, en ese orden de ideas, mediante lnforme N° 008-2021-MPC-GI-SEP/EP-MRA, de fecha18 de mayo de 2021, el lng. Miguel Angel Roncal Alarc6n, Evaluador -Proyectista de la SEP, alcanzaa la Subgerencia de Estudios y Proyectos la evaluaci6n de expediente t6cnico Adicional de Obra N°01 y Deductivo Vinculante N° 01, precisando lo siguiente:...PRESUPUESTOADICIONAL DE 0BRAN°01 S/.132,978.92PORCENTA|E DE ADICI0NAL DE OBRA N° 01 CON RESPECTO AL MONTO CONTRATADO: 8.41°/oPRESUPUESTO DEDUCTIVO DE OBRAN°01 S/. 31,227.59PORCENTA/E DE DEDUCTIV0 DE 0BRA VINCULANTE N° 01 CON RESPECT0 AL MONT0CONTRATADO:1.980/o"..."Los metrados realizados por el Contratista y avalados por la Supervisi6n de obra en el presenteExpediente T6cnico de adicional de Obra N° 01 han sido proyectados con respecto a la partidaExcavaci6n en roca fija con equipo realizado en la construcci6n del muro de contenci6n (M-01) del

jr. San Pablo, que si tiene metrados reales; por lo que, el suscrito considera correcto proyectarlo parael resto de adicional de obra por ejecutar (Grader{os del |r. Bolivar entre la Av. Manantiales y el Jr.Sam Pablo); con la recomendaci6n que, en la ejecuci6n del mismo, se tengan en cuenta ]os metradosrealmente ejecutados. Par lo cual no hay problema, pues se trata de una obra a precios unitarios,donde se valorizara de acuerdo a lo realmente ejecutado''; Los Costos Unitarios del Adicional de ObraN° 01, planteados por el Contratista y refrendados por la Supervisi6n de Obra, en Excavaci6n en Rocaflja con equipo, son muy similares a los costos unitarios que se han utilizado en otras obras dondeexiste esta partida; por lo tanto la pactaci6n de precios unitarios realizada entre el Contratista y lasupervisi6n de obra es procedente"; "El suscrito indica que el Expediente T6cnico del Adicional deObra N° 01 y Deductivo Vinculante N° 01 de la Obra: ``Creaci6n del Servicio de Transitabilidad con laPavimentaci6n del Jr. San Pablo entre Psje. Tupac Amaru y Av. 28 de |ulio; y con los Graderfos, delPsje. 06 de agosto entre Av. Los Manantiales y Av. Perd, de la Av. 28 de )ulio entre )r. San Pablo y Av.Perd y del Jr. Bolivar entre Av. Los Manantiales y Av, Perti, Sector 01 Sam Sebastian, DistritoCajamarca, Provincia de Cajamarca - Cajamarca'', es procedente, y puede continuar con el trf miterespectivo";

Que, mediante lnforme N° 0240-2021-MPG-GI-SEP, de fecha 18 de mayo de 2021, el Ing.Erika Briones Rabanal, Sub Gerente de Estudios y Proyectos, alcanza a la Gerencia de lnfraestructura,la evaluaci6n del expediente indicando que: ``La Sub Gerencia de Estudios y proyectos, alcanza laevaluaci6n del Expediente de Adicional de Obra N° 01 y Deductivo Vinculante N° 01 de la obra,``Creaci6n del Servicio de Transitabilidad con la Pavimentaci6n del |r. Sam Pablo entre Psje.

-T`up`de. rimam :-y Av. 28 de I_ulio;-.-y```±bri`--lds Gr-a`Lderios, de] Psid.: -rg§---'de-.agds=is=€£tri4qu:`-~--F;a I i --:i. , `_ :~ _=

9 Alameda de los Incas \. ` 2-, j -Compll.io Qhiipaq R'ain

` 076 - 599250

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MUNICIIIALIDAD 1 +\OVINCIAL CA|AMARCA

GERENCIA MUNICIPAL

RESOLUC16N DE GERENCIA MUNICIPAL N 135-2021-MPC/G.M.

Cajamarca, 02 de junio del 2021,

Manantiales y Av. Pertl, de la Av. 28 de |ulio entre |r. Sam Pablo y Av. Perti y del |r. Bolivar

[mAu."m"imlimulin'imnimlmnmmin"rmmmmmpmmnmde Cajalnarca -Cajamarca", para tramitar la Resoluci6n de aprobaci6n y proseguir con su tramitecorrespondiente, el monto del adicional se detalla a continuaci6n:

PRESUPUESTO 0FERTADO S/. 1'580,581.11

PRESUPUEST0 ADICIONAL DE OBRA N° 01 S/. 132,978.92 (8.41%)

PRESUPUESTO DEL DEDUCTIVO DE OBRA N° 01 S/. 31,227.59 (1.98%)

PRESUPUESTO TOTAL DE ADICI0NAL S/. 101,751.33

PORCENTAJE DE INCIDENCIA ADICI0NAL 6.43%

Que, de lo vertido en los referidos informes, mediante Proveido N.Q 2471-2021-GI-MPG, del20 de mayo de 2021, el lng. Liz Katherine Delgado Loayza, Gerente de Infraestructura, solicita a laUnidad de Presupuesto, emitir la certificaci6n presupuestal respectiva, Unidad que con fecha 28 demayo de 2021, remite la Certificaci6n de Cr6dito Presupuestario -Nota N° 0000001655, por la sumade S/.101,751.33";

Que, mediante Proveido N° 2621-2021-GI-MPC, de fecha 31 de mayo de 2021 el lng. LizKatherine Delgado Loayza, Gerente de Infraestructura, solicita al Asesor Legal de la Gerencia delnfraestructura, preparar la Resoluci6n de aprobaci6n del Expediente T6cnico Adicional y DeductivoVinculante de Obra N° 01;

Que, mediante INFORME LEGAL N° 27-2021-CGIG-AL-GI-MPC, de fecha 01 de junio de 2021,la oficina de Asesoria Legal de la Gerencia de lnfraestructura, expresa ... de lo expuesto y en virtudde los Informes tecnicos para la ejecuci6n del expediente de solicitud de prestaci6n adicional de obraN° 01, y deductivo vinculante N° 01 se ha observado el procedimiento que establece el articulo 34,34.2, 34.3 de la Ley N° 30225-Ley de contrataciones del Estado y el articulo 205 aprobado porDecreto Supremo N° 344-2018-EF-Reg]amento de la Ley de Contrataciones del Estado. En tal sentidocorresponde indicar que se ha tenido en cuenta los informe t6cnicos referidos en los parrafosprecedentes, y que determinan las razones estrictamente de orden t6cnico para declarar laprocedencia.

Que, con INFORME N° 512-2021-MPC-GI, de fecha 01 de junio del presente afro la Gerente delnfraestructura remite el expediente de Adicional y Deductivo N° 01, concluyendo. Contando con laconformidad del inspector de obra, sub gerente de Supervisi6n y Liquidaci6n de obra, evaluadorproyectista, sub gerente de Estudios y Proyectos y Asesor(a Legal de la Gerencia de Infraestructura,luego de haber revisado la documentaci6n del expediente de Adicional N| 01 y Deductivo Vinculante N°01 de la Obra ``Creaci6n del Servicio de Transitabilidad con la Pavimentaci6n del |r. San Pabloentre Psje. Tupac Amaru y Av. 28 de |ulio; y con los Graderios, del Psje. 06 de agosto entre Av.Los Manantiales y Av. Perti, de la Av. 28 de )ulio entre |r. Sam Pablo y Av. Pert y del |r. Bolivarentre Av. Los Manantiales y Av. Pert, Sector 01 Sam Sebastian, Distrito Cajamarca, Provincia deCajamarca -Cajamarca'', esta gerencia opina por la procedencia de adicional N° 01 y DEDUCTIV0Vinculante N° 01 sugiriendo que continde con el tramite que corresponde de acuerdo a lo normado.

Que, en el presente expediente se advierte que la entidad no ha cumplido con los plazos__estapLeci.dQ_s~-4_rtLicu.192Q.5°`-d€_I_BegLan!ept.Q:qeco`ntra{aciq_n`esd_e`l-\\F.i.t?T9,9i7,_?:P.Flop.a?9-¥,e~ei9=¥.!:,`P-ef-r¥£te

• Alameda dc los Incas \'r' _t5; -Complt.jo Qhi\p€``i iTan

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a www.municaj.gob,pe

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MUNICIPALIDADPROvli\+CIALCA}AMARCA

GERENCIA MUNICIPAL

RESOLUC16N DE GERENCIA MUNICIPAL N 135-2021-MPC/G.M.

Cajamarca, 02 de junio del 2021.

Supl-emu N° 344-2018-EF, siendu responsabilidad de la entidad pronunclarse sobre lo requerldo porel contratista debera hacerlo sin perjuicio de derivarlo a la Secretaria T6cnica de ProcesosAdministrativos Disciplinarios para el deslinde de responsabilidades de los servidores y/o funcionariosque demoraron en la tramitaci6n.

Que, estando a las facultades y atribuciones dispuestas por el T.U.O. de la Ley Ng 30225 -Leyde Contrataciones del Estado y su Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y el inciso 16de la Resoluci6n de Alcaldfa Ng 212-2019-A-MPC, publicada en el Diario Oficial EI Peruano el 09 deAgosto del 2019, en la cual e} titular de la entidad, delega funciones al Gerente Municipal la facultadde autorizar las prestaciones adicionales de obra que cuente con la certificaci6n de credito

presupuestario conforme a lo prescrito en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento;

SE RESUELVE:

ARTicuLO PRIMERO. -APR0BAR, la ejeouci6n de la Prestaci6n Adicional de Obra N° 01, por elmonto de S/. 132,978.92 (ciento treinta y dos nil Novecientos setenta y ocho con 92/100soles), con una incidencia de 8.41 % respecto al presupuesto del Contrato N9 069-ZOZO-MPG,suscrito con la empresa "CONSTRUCTORA VIRGO S.C.R.L.", para la ejecuci6n de la Obra: "Creaci6ndel Servicio de Transitabilidad con la Pavimentaci6n del |r. Sam Pablo entre Psje. TupacAmaru y Av. 28 de |ulio; y con los Graderios, del Psje. 06 de agosto entre Av. Los Manantialesy Av. Pert, de la Av. 28 de |ulio entre |r. Sam Pablo y Av. Perii y del |r. Bolivar entre Av. LosManantiales y Av. Perti, Sector 01 Sam Sebastian, Distrito Cajamarca, Provincia de Cajamarca-Cajamarca", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resoluci6nsiendo estos de responsabilidad estricta de las areas t6cnicas correspondientes.

ARTICUL0 SEGUNDO. -APROBAR, el presupuesto Deductivo Vinculante N9 01, por el monto de S/.31,227.59 (treinta y un mil doscientos veintisiete con 59/100 soles), con una incidencia de1.98 % respecto al presupuesto de] Contrato NQ 068-2020-MPC, suscrito con la empresa"CONSTRUCTORA VIRGO S.C.R.L.", para la ejecuci6n de la Obra: "Creaci6n del Servicio de

Transitabilidad con la Pavimentaci6n del )r. Sam Pab]o entre Psje. Tupac Amaru y Av. 28 de|ulio; y con los Graderios, del Psje. 06 de agosto entre Av. Los Manantiales y Av. Per`1, de la Av.28 de |ulio entre ]r. Sam Pablo y Av. Pert y del |r. Bolivar entre Av. Los Manantiales y Av. Pert,Sector 01 Sam Sebastian, Distrito Cajamarca, Provincia de Cajamarca - Cajamarca", por losfundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resoluci6n siendo estos derespousabilidad estricta de las areas t6cnicas correspondientes.

ARTICUL0 TERCERO. . DETERMINAR, que la diferencia entre el Presupuesto Adicional yDeductivo Vinculalite de Obra N9 01 asciende a la suma de S/. 101,751.33 (ciento un milsetecientos cincuenta y uno con 33/100 soles), que representa un factor de incidencia de6.43%, respecto al presupuesto del Contrato Ng 068-2020-MPC, suscrito con la empresa"CONSTRUCTORA VIRGO S.C.R.L", para la ejecuci6n de la Obra: "Creaci6n del Servicio de

Trausitabilidad con la Pavimentaci6n del |r. Sam Pablo entre Psje. Tupac Amaru y Av. 28 deJulio; y con los Graderios, del Psje. 06 de agosto entre Av. Los Manantiales y Av. Perti, de la Av.28 de Julio entre Jr. Sam Pablo y Av. Perd y del |r. Bolivar entre Av. Los Manantiales y Av. Pert,Sector 01 Sam Sebastiin, Distrito Cajamarca, Provincia de Cajamarca - Cajamarca", por losfundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resoluci6n siendo estos deresponsabilidad estricta de las areas t6cnicas correspondientes.

® Alamcda di` los Incas \-'. 2',; -ComplL`jo Qhfipati Fj'an

1 076 - 599250

® "rw.munic<1j.gob.Pe

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL CAIAMARCA

GERENCIA MUNICIPAL

ENCIA MUNICIPAL N 135-2021-MPC/G.M.

Cajamarca, 02 de junio del 2021.

ARTICIJl.0 CUARTO. - DISPONER, que la empresa "CONSTRUCTORA VIRGO S.C.R.L." ampli6 el

;r monto de la garantfa de fiel oumplimento corfo-rme lo establece el numeral 205.15 del articulo 205°del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

ARTICULO OUINTO. - DISPONER, a la Oficina de Asesoria )uridica de Logfstica y Servicios Generalesefectuar la Adenda correspondiente.

ARTICUI.O SEXTO. - DERIVAR, copia del presente expediente a la SECRETARIA TECNICA DEPROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS a efecto que evalu6 el deslinde deresponsabilidades por la demora en la tramitaci6n.

ARTICUI.O SEPTIMO. -NOTIFICAR la presente resoluci6n a la empresa "CONSTRUCTORA VIRGOS.C.R.L.", Supervisi6n de la Obra; Sub Gerencia de Supervisi6n y Liquidaci6n de Obra con ]asformalidades de Ley, para los fines del mismo.

? Alainl`da dc los lnl-as \. I ,3 -Complcjo Qhapaii h'an` 070 - 59925o

8 www.municaj.gob.pe # fajanarca