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C®16na MUNICIPALIDAD DE COLINA LO MPjJ, tl C O M1UP.St/4 DECRETON°: E-3868/2019 / COLINA, 19 de Julio de 2019 VISTOS: Estos antecedentes: 1) Memorándum 557/2019, de fecha 19 de Julio de 2019, del Director de la Secretaría Comunal de Planificación, mediante el cual solicita Decreto Alcaldicio que llame a Licitación Pública y aprueba las Bases Administrativas yTécnicas, correspondiente al "Servicio de Arriendo de Buses y Taxibuses para la Dirección de Desarrollo Comunitario, para la Municipalidad de Coliná'. 2) Acta de Revisión Expediente de Licitación de fecha Julio de 2019, firmada por el Director de la Secretaría Comunal de Planificación, el Asesor Jurídico, el Encargado de la Unidad de Licitaciones, la Directora de Control y la Directora de Desarrollo Comunitario; y, lo dispuesto en la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, Ley 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios; Ley 20.285, sobre acceso a la información pública y su reglamento, Ley 19.880, base de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado. DECRETO: 1: Llámese a Licitación Pública del proyecto denominado "Servicio de Arriendo de Buses y Taxibuses para la Dirección de Desarrollo Comunitario, para la Municipalidad de Colina" y Apruébese las Bases Administrativas yTécnicas. 2: El calendario de dicha propuesta será el siguiente: a) Publicación en Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl: El día 23 de Julio de 2019. b) Presentación de Consultas y Aclaraciones: Desde el 23 de Julio hasta el 02 de Agosto de 2019, a las 12:00 horas. c) Respuesta a Consultas y Aclaraciones: 07 de Agosto de 2019, a las 15:00 horas. d) Plazo entrega de garantía seriedad oferta: Hasta el 13 de Agosto de 2019, hasta las 13:30 horas. e) Cierre de Recepción de Ofertas en Portal Mercado Público: 13 de Agosta de 2019, a las 15:00 horas. f) Acto de Apertura electrónica: 13 de Agosto de 2019, a las 15:15 horas. g) Fecha máxima de adjudicación: 13 de Octubre de 2019. 3: Nombrase a los siguientes funcionarios para integrar la comisión evaluadora, para el proyecto señalado precedentemente: Señor PABLO SEPÚLVEDA SEMINARIO, Director de SECPLAN Señora CAROLINA JEREZ SALVO, Directora de Desarrollo Comunitario Señor PATRICIO DURAN GATICA, Director de Seguridad Pública 4: Nombrase a los siguientes funcionarios, en calidad de suplentes, como integrantes de la comisión evaluadora, en caso de ausencia o abstención de uno 0 más funcionarios designados para estos efectos: Señora JUANA RODRIGUEZ ROCHA, Profesional DIDECO Señor ALVARO QUILODRAN LETTICH, Profesional Secplan ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. FDO.)ELIZABETH ARELLANO QUIROGA ALCALDESA (S) FDO.)DAVID VEGA BECERRA SECRETARIO MUNICIPAL (S) BECERRA SECR$T~IfóMUNICIPAL (S) EAQ/D / cg DISTRIBUCION: - Administración Municipal (CI) - Alcaldía (Cq - Secretaría Municipal (Cq - Dirección de Control (Cp Secplan Unidad de Licitaciones - DIDECO (CI) Ley de Transparencia (CI) Oficina de Partes y Archivo Colina, Energía Limpia y Libre de Residuos

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C®16na MUNICIPALIDAD

DE COLINA LO MPjJ, tlC O M1UP.St/4

DECRETON°: E-3868/2019 /

COLINA, 19 de Julio de 2019

VISTOS: Estos antecedentes: 1) Memorándum N° 557/2019, de fecha 19 de Julio de 2019, del Director de la Secretaría Comunal de Planificación, mediante el cual solicita Decreto Alcaldicio que llame a Licitación Pública y aprueba las Bases Administrativas yTécnicas, correspondiente al "Servicio de Arriendo de Buses y Taxibuses para la Dirección de Desarrollo Comunitario, para la Municipalidad de Coliná'. 2) Acta de Revisión Expediente de Licitación de fecha Julio de 2019, firmada por el Director de la Secretaría Comunal de Planificación, el Asesor Jurídico, el Encargado de la Unidad de Licitaciones, la Directora de Control y la Directora de Desarrollo Comunitario; y, lo dispuesto en la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios; Ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y su reglamento, Ley N° 19.880, base de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.

DECRETO:

1: Llámese a Licitación Pública del proyecto denominado "Servicio de Arriendo de Buses y Taxibuses para la Dirección de Desarrollo Comunitario, para la Municipalidad de Colina" y Apruébese las Bases Administrativas yTécnicas.

2: El calendario de dicha propuesta será el siguiente: a) Publicación en Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl: El día 23 de Julio de 2019. b) Presentación de Consultas y Aclaraciones: Desde el 23 de Julio hasta el 02 de Agosto de 2019, a las 12:00 horas. c) Respuesta a Consultas y Aclaraciones: 07 de Agosto de 2019, a las 15:00 horas. d) Plazo entrega de garantía seriedad oferta: Hasta el 13 de Agosto de 2019, hasta las 13:30 horas. e) Cierre de Recepción de Ofertas en Portal Mercado Público: 13 de Agosta de 2019, a las 15:00 horas. f) Acto de Apertura electrónica: 13 de Agosto de 2019, a las 15:15 horas. g) Fecha máxima de adjudicación: 13 de Octubre de 2019.

3: Nombrase a los siguientes funcionarios para integrar la comisión evaluadora, para el proyecto señalado precedentemente:

Señor PABLO SEPÚLVEDA SEMINARIO, Director de SECPLAN Señora CAROLINA JEREZ SALVO, Directora de Desarrollo Comunitario Señor PATRICIO DURAN GATICA, Director de Seguridad Pública

4: Nombrase a los siguientes funcionarios, en calidad de suplentes, como integrantes de la comisión evaluadora, en caso de ausencia o abstención de uno 0 más funcionarios designados para estos efectos:

Señora JUANA RODRIGUEZ ROCHA, Profesional DIDECO Señor ALVARO QUILODRAN LETTICH, Profesional Secplan

ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. FDO.)ELIZABETH ARELLANO QUIROGA

ALCALDESA (S) FDO.)DAVID VEGA BECERRA

SECRETARIO MUNICIPAL (S)

BECERRA SECR$T~IfóMUNICIPAL (S) EAQ/D / cg DISTRIBUCION: - Administración Municipal (CI) - Alcaldía (Cq - Secretaría Municipal (Cq - Dirección de Control (Cp

Secplan Unidad de Licitaciones

- DIDECO (CI) Ley de Transparencia (CI) Oficina de Partes y Archivo

Colina, Energía Limpia y Libre de Residuos

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Colina MUNICIPALIDAD

DE COLINA S~A,~r$Ws'dát9N5itvaY de Planificación

~rania Amb;pV°~/~~~ ~di

~á.,~ ;^

ACTA DE REVISIÓN EXPEDIENTE DE LICITACIÓN

"SERVICIO DE ARRIENDO DE BUSES Y TAXIBUSES PARA LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO, MUNICIPALIDAD DE COLINA"

Tipo Licitación: Pública, primer proceso de licitación.

Nombre Ilcltaclón: "Servlclo de Arriendo de euses y Taxibuses para la Direccion de Desarrollo Comunitario, Municipalidad de Colina"

Antecedentes que conforman el expediente: bases administrativas Generales, anexos, Términos de Referencias, cronograma.

Se procede al análisis y revisión de los antecedentes que conforman el expediente de

licitación. De acuerdo con los antecedentes analizados y hechas las observaciones y correcciones, se sugiere aprobar el expediente de Licitación para el proyecto "Servicio de

Arriendo de Buses y Taxibuses para la Direccion de Desarrollo Comunitario, Municipalidad

de Colina"

En constancia firman,

SEMINARIO irector

unal de Planificación

urídico bra Desarrollo Co- unitario

Colina, julio de 2019

Colina, Energía Limpia y Libre de Residuos

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MUNICIPALIDAD DE COLINA SECRETARIA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN UNIDAD DE LICITACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA

"SERVICIO DE ARRIENDO DE BUSES Y TAXIBUSES PARA LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO, MUNICIPALIDAD DE COLINA"

CRONOGRAMA DE LICITACIÓN

DIA HORA

d}r 2p1A,

~Ita~'y"á~ja lel4~g~r . Désdé "° ,>t.*.t~c~„~ ~B~~t~'t4 dé 2014''

Hastá , Q2 c{e águsto de 2019 :'as consultas podrán ser formuladas únicamente, a través de la plataforma www.mercadopublico.cl hasta la fecha y hora indicada.

R~$l~u~~ 1 f~t!54[~~s y ácI41~~~1c~11fls`" "' Q7 de ñ69stq~ de 2019 ~?:4A'!!r~.. Las respuestas serán publicadas por parte de la Unidad Técnica en la plataforma www.mercadopublico.cl en la fecha y hora indicada, ~y se entenderán como parte integrante de las bases. Dependiendo de la naturaleza y cantidad de preguntas, la Unidad Técnica podrá ampliar el plazo de respuestas, lo cual será debidamente comunicado mediante la plataforma www.mercadopublico.cl.Es de exclusiva responsabilidad de los oferentes, el oportuno conocimiento de las respuestas y aclaraciones publicadas y no podrán alegar desconocimiento de ellas, para cualquier efecto.

R~~~R d~+kre&;~'~L~ g~C~l1t(a SQ~edád afeiá {hasta} 1~'da ~gpsto de 2019 1~g3G ~~,. ~.. .. El plazo para la entrega física de la garantía por concepto de seriedad de la oferta, es hasta la fecha y hora indicadas. La garantía debe ser entregada en un sobre cerrado, indicando: nombre y ID de la licitación; fecha y el nombre del oferente, en dependencias de la Unidad de Licitaciones de la sECPLAN, ubicada en Avenida Colina N°700, ala norte Edificio Consistorial.

r~' ~~dQ':

~rta~ g~;

P~? _: . ...

~stn de 2019

Los oferentes deberán presentar en formato digital todos los antecedentes administrativos, técnicos y económicos requeridos en las respectivas bases, a través de la plataforma www.mercadopublico.cl manteniendo la estructura contenida en los anexos adjuntos.

~~ ~~ ~11~4~ur~ @~~é4rÁnica-;'; ~? ~~ ~Bo~#a de 2019 ~5~á; se realizará la apertura de la propuesta de manera electrónica en la fecha y hora indicadas, en dependencias de la Unidad de Licitaciones de SECPLAN, Municipalidad de Colina.

~$~h~i"►n~m~ ~~ ~~i'~~ica~t~r i~ ae ócf~bre de zo19 _ La fecha máxima de adjudicación es la indicada;no obstante, esto no significa que el proceso licitatorio sea resuelto antes de la fecha en cuestión.

Otros antecedentes: La Unidad Técnica podrá modificar las fechas y horas asociadas a las distintas actividades del proceso licitatorio, previa comunicación a través de la plataforma www.mercadopuhlico.cl. si algún oferente tiene dificultades para ingresar la información a la plataforma www.mercadopublico.cl deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal Mercado Público (Fono 600-7000-6001, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir el certificado correspondiente. A suvez, encaso de existir la imposibilidad de subir a la plataforma la información, el oferente puede solicitar un "certificado de indisponibilidad del sistema". Para el cómputo de los plazos de días hábiles, se entiende por días inhábiles los sábados, domingos y festivos.

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MUNICIPALIDAD DE COLINA SECRETARIA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN UNIDAD DE LICITACIONES

PROPUESTA PRIVADA

"SERVICIO DE ARRIENDO DE BUSES Y TAXIBUSES PARA LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO, MUNICIPALIDAD DE COLINA"

BASES ADMINISTRATIVAS

1, GENERALIDADES

Artículo N°1 Las presentes Bases Administrativas reglamentan los procedimientos y términos que regulan la Licitación Pública: "Servicio de arriendo de buses y taxibuses para la Dirección de Desarrollo Comunitario, Municipalidad de Colina".

El objeto de la presente licitación es contratar un servicio de arriendo de buces y taxibuses para la Dirección de Desarrollo Comunitario, destinados a prestar ayuda social en el traslado de vecinps y vecinas de la Comuna.

Las características ycondiciones especiales de la propuesta serán las indicadas en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y demás antecedentes que conforman la licitación.

Artículo N°2 El llamado a propuesta pública se efectuará mediante publicación en el Portal Mercado Público, www.mercadopublico.cl

Podrán participar en este llamado a Propuesta Pública toda persona natural o jurídica, chilenas o extranjeras, que acredite su situación legal, estado financiero e idoneidad técnica, que cumplan con los requerimientos establecidos con estas bases generales y especiales y que presenten su propuesta én el portal www.mercadopublico.ci.

Deberán estar inscritos en el Portal Chile Compra a través del Sistema de Compras y Contrataciones Públicas, a través del portal www.mercadopublico.cl y que cumpla con los demás requisitos exigidos en ellas. No será requisito para los interesados en la presente licitación pública, al momento de ofertar

encontrarse HABIL en la plataforma Chile Proveedores, requisito que sí deberá ser cumplido por el oferente adjudicado antes de la suscripción del contrato definitivo.

No podrán participar aquellos oferentes que al momento de presentarsu oferta hayan sido condenados por delitos concursales y prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales. del trabajador dentro de los dos años anteriores, según lo dispone el inciso 1° y 6º del artículo 4° de la ley 19.686 y artículos 8 y 10 de la Ley Nº 20393, así como aquellos proponentes que hayan sido condenados a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, en virtud de los artículos 8 y 10 de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas contemplada en lá ley 20393.

Podrán participar los proveedores que conformen una UNIÓN TEMPORAL, de conformidad al artículo 67 bis del decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que fije el reglamento de la ley 19.886, siendo obligatorio adjuntar documento público o privado que dé cuenta del acuerdo, la escritura de constitución de la unión temporal de proveedores, para tener conocimiento de las socios y de su representante legal y cuya vigencia no sea inferior a la del contrato adjudicado incluida su renovación.

En tal caso sus integrantes deberán inscribirse en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato. Las Causales de inhabilidad antes dichas afectaran a cada integrante de la Unión Temporal de

"SERVICIO DE ARRIENDO DE BUSES Y TAxIBUSES PARA LA DIRECC16N DE DESARROLLO COMUNIATRIO, MUNICIPALIDAD DE COLINA"

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MUNICIPALIDAD DE COLINA SECRETARIA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN

UNIDAD DE LICITACIONES

Proveedores individualmente. Para tal efecto deberá decidir si continuaran con el respectivo

procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles o se desisten de su

participación en el respectivo proceso.

Artículo N°3 La Licitación se regirá por las normas señaladas en las presentes bases administrativas, bases técnicas,

planos, aclaraciones y las respuestas a las consultas; por los términos del contrato, la Ley N°19.886 de Bases

Sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y el Decreto 250 de 2004, del

Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley de Compras Públicas, y otras normas legales o reglamentarias

que por la naturaleza de la contratación le fueren aplicables.

Artículo N°4 La licitación se ceñirá a las normativas señaladas precedentemente y alos siguientes documentos según

el orden de prelación que se indican a continuación:

a) Bases Administrativas Generales, Especiales y Especificaciones Técnicas, sus aclaraciones,

condiciones contractuales y Anexos. b) Decreto Alcaldicio que llama a la licitación. c) Oferta del adjudicatario. d) Decreto Alcaldicio de Adjudicación.

e) Los términos del Contrato. f) Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios. g) Supletoriamente, se les aplicarán las normas de Derecho Público y en defecto, de aquellas

Normas de Derecho Privado.

Artículo N°S Todas las consultas o dudas en relación a la propuesta deberán hacerse por escrito en www.mercadopúblico.cl en las fechas indicadas en el cronograma publicado en el Portal. Las aclaraciones

~ respuestas a las consultas, si las hubiere, sedarán por escrito en el mismo medio y pasarán a formar parte

integrante de las Bases Administrativas y/o Bases Técnicas, según corresponda. Será responsabilidad de los

oferentes obtener estos antecedentes del Portal Mercado Público.

Artículo N°6 La inspección técnica del servicio estará a cargo de la Dirección de Desarrollo Comunitario.

Artículo N°7 La presente licitación, NO contempla charla informativa ni visita a terreno.

Artículo N°8 El sólo hecho de la presentación de la oferta a través del portal de Mercado Público, significará la

aceptación por parte del proponente de las presentes bases administrativas generales y especiales,

especificaciones técnicas, aclaraciones y respuestas a las consultas efectuadas, anexos y, en general,

todos los antecedentes que la acompañan.

2. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA:

Artículo N°9 Los oferentes ingresarán a (www.mercadopublico.cl), los documentos que se indican a continuación y la

oferta económica, respetando el orden de los formularios y documentación solicitada, hasta la fecha y hora

estipulada en el cronograma de Licitación. Se podrá ingresar sólo una oferta por oferente.

Las ofertas deberán ingresarse hasta el día y hora fijado para tal efecto en el respectivo cronograma.

"SERVICIO DE ARRIENDO DE BUSES V TA%IBUSES PARA LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNIATRIO, MUNICIPALIDAD DE COLINA°

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MUNICIPALIDAD DE COLINA SECRETARIA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN UNIDAD DE LICITACIONES

A) Antecedentes administrativos.

A,1, Garantía de seriedad de la oferta.

La garantía de seriedad de la oferta es el único antecedente que se debe entregar de manera física.

Todo oferente que participe de la presente licitación y realice su oferta en el portal Mercado Público, deberá presentar una garantía por seriedad de su oferta, de manera independiente por cada uno de los proyectos específicos a los que postule. Esto es, si oferta a cinco proyectos, deberá presentar cinco garantías de acuerdo a como se solicitan en el presente punto.

Se aceptará cualquier instrumento de garantía, pagadero a la vista e irrevocable, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva.

Este instrumento deberá entregarse en dependencias de la Secretaría Comunal de Planificación de la Municipalidad de Colina, ubicada en Av. Colina N°700, segundo piso ala norte, hasta las 13:30 horas del día del cierre de recepción de las ofertas indicada en el cronograma de licitación. Dicho documento se deberá entregaren un sobre cerrado, debiendo llevar el nombre del oferente y de la propuesta en el anverso. Este documento será revisado por la Comisión de Apertura y será enviado a Tesorería Municipal para su verificación y resguardo.

Cada garantía de seriedad de la oferta deberá tomarse a nombre de la Municipalidad de Colina, Rut. 69.071.500-7, por un monto de $1.000.000: (un millón de pesos) o su equivalente en el valor económico, cualquiera fuere el caso, con una vigencia de 90 días corridos desde la fecha de apertura de la propuesta.

Asimismo, deberá indicarla siguiente glosa: "En garantía de la seriedad de la oferta de (nombre completo del oferente) por la propuesta pública denominada: servicio de arriendo de buses y taxibuses para la Dirección de Desarrollo Comunitario, Municipalidad de Colina, a nombre de la Municipalidad de Colina, Rut. 69.071.500-7.

En el caso de Vale Vista, esta glosa deberá estar escrita en el reverso del documento. El incumplimiento a este requerimiento podrá dejar fuera de bases al oferente.

En el caso de la póliza de seguro, deberán ser emitidas por una Compañía Aseguradora. Dicha póliza se denomina "póliza de seguro de caución para licitaciones, propuestas o subastas públicas" y deberá incluir la glosa señalada anteriormente. Se deja expresamente establecido que para el caso de pólizas de seguro no son aplicables las cláusulas de arbitraje, siendo los tribunales de justicia los que tendrán la competencia de resolver cualquier conflicto entre la Municipalidad, la Compañía Aseguradora y el oferente.

Adjudicada la propuesta o rechazadas las ofertas, se devolverán a los oferentes sus garantías, a través de la Tesorería Municipal, sin intereses ni reajustes, a contar del 15º día hábil siguiente a la publicación en www.mercadopublico.cl, sea del contrato suscrito con el adjudicatario o del decreto que declara inadmisibles las ofertas o desierta la licitación.

A,2. Individualización completa del oferente, en formulario entregado. (Anexo Nºlj

A.3. Si el oferente es persona jurídica, deberá acompañar el Formulario "Resumen de Antecedentes Legales de Sociedades Oferentes", debidamente firmado (Anexo Nº2).

A,4, Si el oferente corresponde a una "Unión Temporal de Proveedores", se debe adjuntar el documento público o privado, según fuere el caso, que dé cuenta del acuerdo para participar bajo esta modalidad y que formaliza tal unión temporal (instrumento privado, de tratarse de licitaciones inferiores a 1000 UTM e instrumento público de tratarse de licitaciones iguales o superiores a 1.000 UTM). Todo y cualquier integrante de una Unión Temporal, no podrá presentar oferta por sí solo, pues no será considerada,

"SERVICIO DE ARRIENDO DE aUSES YTAXIBUSES PARA LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNIATRIO, MUNICIPALIDAD DE COLINA"

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MUNICIPALIDAD DE COLINA SECRETARIA COMUNAL DE PLANIFICAC16N UNIDAD DE LICITACIONES

A.S. Copia de la Patente Municipal vigente y ser de un rubro asociado a la licitación.

A.6. Declaración Jurada, debidamente firmada por el oferente o de la Unión Temporal de Proveedores (Anexo Nº3), la cual incluya:

• Declaración de no tener las inhabilidades establecidas en el Artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Compras Públicas. (En lo relativo a los vínculos de parentescos).

• Declaración de los Oferentes referida a Condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador, a que se refiere el artículo 4º de la ley Nº19.886, de Compras Públicas.

• Declaración de no estar la persona jurídica oferente sujeta actualmente a la prohibición -temporal operpetua- de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, establecida en

el Nº2, del artículo 8º de la Ley 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.

El oferente no estará obligado a presentar los documentos requeridos en A.6 cuando éste se encuentre

hábil en Chile Proveedores, circunstancia que deberá acreditar mediante el correspondiente comprobante,

que deberá ser incluido en el Portal Mercado Público junto a los Antecedentes Administrativos, afín Beque

la Municipalidad a través de la unidad responsable de la licitación, obtenga electrónicamente la información

requerida.

En caso de que el oferente presente en forma incompleta uno o más de los antecedentes solicitados, y/o

éstos no estuvieren agregados en Chile Proveedores, la Municipalidad podrá solicitarlos a través del moda "Aclaración de ofertas" en los plazos indicados en el Artículo N° 13.

A.7. Compromiso de Confidencialidad, debidamente firmado por el oferente o Representante Legal de la Empresa, según el Anexo Nº4.

A.8. Declaración ambiental, donde se indique si posee sanciones por prácticas contra el medio ambiente (Anexo N°5).

A.9. Currículum del oferente o de los oferentes que compongan una Unión Temporal de Proveedores, ¡ndicando años de experiencia en el rubro asociado a servicios de mantención de edificaciones.

B) Antecedentes técnicos.

B.1. Nómina de contratos ejecutados o en ejecución en servicios de arriendo de vehículos de transporte de pasajeros, buses y taxibuses, durante los últimos 5 años y cuyas contrataciones sean iguales o superiores a 6 meses; los que se deben detallar en formato Anexo N°6. En éste, se debe asignar

un número a cada cuadro de experiencia, número que, además, deberá estar claramente visible en el

o los comprobantes que lo respaldan• del caso contrario, podrán no ser considerados sin derecho a reclamación por parte del oferente.

6.2. Certificados de acreditación experiencia emitidos por los mandantes que permitan acreditar la experiencia declarada en los puntos antecedentes (A.9 y 8.1) y donde se indique claramente

el

comportamiento del contratista durante el período que prestó servicios. Se debe indicar, además, razón social del oferente, el nombre del servicio ejecutado, la duración del contrato, la cantidad de

buses en arriendo (promedio mensual en casos donde no exista número fijo), monto del contrato

(promedio en caso de no existir un montó fijo). Las certificaciones deben venir debidamente firmados

y timbrados.

Órdenes de compra, Decretos de adjudicación y Contratos, no serán considerados como antecedentes

de respaldo válidos, salvo que vengan acompañados de un certificado de conformidad de los servicios

u obras ejecutadas y con toda la información solicitada en el párrafo anterior.

Todo v

cualquier documento de acreditación, que no respalde (indique) toda la información solicitada v

declarada en el Anexo N°6, esto es: duración del contrato, monto total dei contrato, NO será

considerado al momento de la evaluación por parte de la Comisión Evaluados de la Licitación.

"SERVICIO DE ARRIENDO DE BUSES Y TAXIBUSES PARA LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNIATRIO, MUNICIPALIDAD DE COLINA"

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MUNICIPALIDAD DE COLINA SECRETARÍA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN UNIDAD DE LICITACIONES

La Municipalidad se reserva el derecho de comprobar la veracidad de lo declarado por los oferentes en la documentación presentada, y en caso de comprobarse falsedad de los datos entregados, hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes que pudieran entablarse.

No será considerada la autoacreditación.

En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRLj, la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se considerará como experiencia de las EIRL.

En los casos de "Unión Temporal de Proveedores", se requiere un anexo por cada uno de los proveedores que acrediten experiencia.

En cada certificado de respaldo, se deberá indicar claramente el número correspondiente, asignado en el Anexo N°6 "Nómina de servicios". En caso de no indicarse, podrá no ser considerado al momento de la evaluación de las ofertas.

B.3. Oferta técnica, indicando el año de fabricación de los vehículos destinados para la prestación del servicio, los cuales no pueden tener una antigüedad superior al año 2015. La oferta se debe indicaren el Anexo N°7 y respetando las indicaciones descritas en el mismo.

C) Antecedentes Económicos.

C.1. Carta Oferta, indicando el valor por kilómetro efectivamente recorrido, como a su vez, el valor por estadía (por noche) en caso de que se requiera que el vehículo pernocte en algún lugar; en formato Anexo N°8.

Los oferentes deberán presentar su Oferta Económica a través de (www.mercadopublico.cij, hasta la fecha y hora indicadas en el cronograma de licitación y por el valor de $1.

En la oferta económica, se deben considerar todos los gastos generales, utilidades y todo y cualquier costo asociado a la prestación del servicio.

Artículo N°10 Los oferentes deberán presentar en formato digital todos sus antecedentes a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cij, manteniendo la estructura contenida en los anexos adjuntos. Para el caso de tos anexos económicos, no se debe modificar ni agregar partidas, ítems y unidades. El no cumplimiento de esta indicación hará incurrir al oferente en falta y podrá ser declarada su oferta fuera de bases por parte de la Comisión Evaluadora.

El oferente se obliga a mantener vigente el valor de su oferta por el plazo de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta señalado en el artículo Nº9 letra A.1.-

Artículo N°ll Los oferentes podrán formular consultas sobre las bases de Licitación, ingresándolas en el sitio www.mercadopublico.cl dentro del período fijado en el presente proceso.

La Municipalidad por su propia iniciativa o en respuesta a una consulta o solicitud de aclaración planteada por algún oferente, podrá modificar, rectificar o adicionar antecedentes complementarios, mediante Aclaraciones, en cualquier momento antes del cierre del proceso, establecido en el calendario de licitación. Toda respuesta y/o aclaración se informará debidamente a través de la plataformawww.mercadopublico.cl dentro de los plazos estipulados en el respectivo cronograma de licitación. Dichas respuestas y aclaraciones, para todos los efectos, se entenderán que forman parte integrante de la documentación de la presente licitación y es de responsabilidad de cada oferente revisar y considerar dichos antecedentes.

La Municipalidad podrá mediante Decreto Alcaldicio, modificar los plazos establecidos en eI calendario, en cuyo caso se extenderán en igual número de días la fecha de cierre de ofertas. Asimismo, la Municipalidad se reserva el derecho de postergar el plazo de cierre y recepción de las ofertas por 48 horas hábiles, por una

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sola vez, en caso de que, a la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas fijado en cronograma, se hayan recibido dos o menos propuestas.

La Municipalidad podrá revocarelproceso licitatorio, cuando se determinéjustificadamente, que Hose podrá continuar el flujo normal que conduce a la adjudicación.

Artículo N°12 En caso de no poder ingresar los antecedentes al Portal Mercado Público, situación que deberá serjustificada a través de un Certificado de Indisponibilidad del Sistema emitido por la Dirección de Compras Públicas a nombre del oferente, se deberá proceder como se indica:

La Garantía de Seriedad de la Oferta se deberá entrenar hasta las 13:30 horas del día de la Apertura indicada en el respectivo cronograma de licitación.

- Los antecedentes solicitados en el presente artículo se deberán entregar en un sobre cerrado con el nombre de la propuesta y del oferente en la portada, en un plazo máximo de dos horas a partir de la fecha y hora de cierre recepción de ofertas indicada en el cronograma de licitación, en la Oficina de Partes de la Municipalidad.

- El Certificado de Indisponibilidad del Sistema emitido por la Dirección de Compras Públicas a nombre del oferente, se deberá entregar en un plazo no superior a 48 horas a partir de la hora de apertura de la propuesta indicada en el cronograma de licitación, en la Oficina de Partes de la Municipalidad.

- Asimismo, si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiese realizarla apertura de las ofertas oportuna y electrónicamente ingresadas, la Municipalidad de Colina deberá fijar una nueva fecha y hora para la realización de dicho acto, la cual se informará en www.mercadopublico.cl

3. APERTURA DE LAS OFERTAS

Artículo N°33 La apertura electrónica se efectuará a través del sistema de información Portal Mercado Público, en la fecha establecida en el cronograma de licitación. Se levantará un Acta de Apertura donde se registrarán todas las ofertas recibidas y sus respectivos documentos adjuntos; en ésta, se determinará las ofertas que se encuentran hábiles para el proceso de evaluación y aquellas que, por la ausencia de algún documento exigido en bases, se declaren inadmisibles y por ende fuera de bases. Las ofertas, serán liberadas automáticamente al momento de publicarla respectiva Acta, en la plataforma Mercado Público.

En el acto de apertura, se verificará la existencia de los documentos administrativos ytécnicos solicitados en el artículo N°9 de las presentes bases, dejándose constancia en el Acta. El contenido de los mismos se analizará durante la evaluación de la propuesta. La Comisión de Apertura se limitará a abrir los archivos digitales y a verificar el contenido de ellos, pero en ningún caso podrán calificarlos, con excepción de la Garantía de Seriedad de la Oferta.

Artículo N°14 Serán rechazadas las ofertas que no ingresaron el documento de garantía de seriedad de la oferta, bajo las condiciones estipuladas en el artículo N° 9, letra A.1 de las presentes bases administrativas.

Artículo N°15 Se revisará, en primer lugar, el sobre que contiene el documento de garantía. Si dicho documento no cumpliere con los requisitos solicitados en el Artículo N°9 A.1, se declarará fuera de bases y se rechazará la oferta correspondiente.

Luego, se abrirán los archivos digitales "Antecedentes Administrativos" y "Antecedentes Técnicos", mencionándose los documentos que contiene cada uno de ellos, los que se anotarán en el "Acta de Apertura",dejando constancia de los antecedentes faltantes y de las ofertas rechazadas (si las hubiere), con la indicación de la causal que origina el rechazo, y se consignarán las observaciones.

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A continuación, se abrirán los archivos digitales correspondientes a la "Propuesta Económica', los que se anotarán en el Acta de Apertura.

Artículo N°36 La inexistencia de cualquier antecedente requerido en el Artículo N°9 letra A, (a excepción de la letra A.1) quedará registrado en el Acta de Apertura, siendo posteriormente la Comisión de Evaluación quien tendrá la facultad de decidir si, debido a la naturaleza de la omisión o inexistencia de algún antecedente, se declarará fuera de bases al oferente o se le solicitará a través del modo "Aclaración de Ofertas" la información faltante. La inexistencia de cualquier antecedente técnico y/o económico (artículo N°9letra b y c), hará que la comisión de apertura declare al oferente fuera de bases y rechace su oferta.

Artículo N°17 Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán realizarse a través del Sistema de Información.

4, EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

Artículo N°38 La evaluación de las ofertas recibidas para cada línea de adjudicación se realizará a través de una Comisión Evaluadora, encargada de estudiar y analizar cada una de éstas. Tal Comisión estará constituida por dos funcionarios de la Dirección de Desarrollo Comunitario y un funcionario de la SECPLAN, quienes emitirán el informe Final de Evaluación.

La Comisión Evaluadora verificará el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos en las bases administrativas, como así también, de los establecidos y requeridos en las bases técnicas.

Artículo N°19 La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios y omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, las que en ningún caso podrán constituir modificación de la oferta ya presentada, ni afectar los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y siempre que se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información. A su vez, podrá requerir información anexa que permita complementar o corroborar cualquier antecedente presentado por los oferentes.

Para tales efectos, se utilizará el foro "Aclaración Ofertas" de la plataforma www.mercadopúblico.cl, otorgándoles a los oferentes un plazo fatal, él cuál será determinado por la comisión evaluadora y que en ningún caso podrá ser superiora 10 días corridos para su presentación desde la notificación por parte de la comisión. La no presentación en el plazo estipulado facultará a la Comisión para declararlos fuera de bases.

La Comisión Evaluadora se reserva el derecho de solicitar mayor información o información faltante y/o, comprobar por sí misma, la veracidad de lo declarado en la documentación presentada, comunicándose directamente con los mandates que acreditan las experiencias del oferente.

Artículo N°20 Las ofertas serán estudiadas por la comisión evaluadora, que procederá a la evaluación de las mismas, a través de un análisis económico y técnico de los beneficios, de los costos presentes y futuros de la ejecución de la obra, ofrecidos en cada una de las ofertas, y de acuerdo a la metodología de evaluación que se establece en las presentes bases.

Dicha Comisión elaborará un informe, el cual deberá contener a lo menos las materias especificadas en el artículo 40 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el cual propondrá la adjudicación o desestimación de la licitación, fundando su resolución.

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El informe final de la comisión evaluadora deberá referirse a las siguientes materias:

1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. 3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. 4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

En caso de plantear adjudícación, se propondrá la oferta que haya obtenido la mejor calificación general, una vez ponderados los parámetros y criterios técnicos, económicos y/o sociales de evaluación, aun cuando no sea la económicamente más baja. Asimismo, podrá proponer la deserción de la licitación, si estimasen que las ofertas de los proponentes resultasen inconsistentes y no fuesen convenientes a los intereses municipales.

La Comisión podrá contar, si lo estimase pertinente, con la asesoría del Director Jurídico y/o cualquier otro profesional que requiera como apoyo para el estudio de las ofertas.

Artículo N°21 La evaluación se realizará de acuerdo a los siguientes criterios técnicos y económicos:

Oferta económica 60 Calidad técnica 20% Experiencia 15 Declaración ambiental 1 % Cumplimiento requisitos formales de presentación oferta 4%

Artículo N°22 Para los efectos del proceso de evaluación de ofertas, se considerará el Anexo Nº9 "Metodología y Pauta de Evaluación", en el cual se detalla la metodología y forma de evaluación, como también, se establecen las ponderaciones de los criterios, factores ysub-factores que se consideran.

Artículo N°23 En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a adjudicar a la oferta que presente la mejor oferta económica; si el empate persiste, se considerará la experiencia.

5. ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA Y ADJUDICACIÓN

Artículo Nº 24

La Municipalidad, de acuerdo al Artículo N°41 dei Reglamento de la Ley 19.886 de Compras Públicas, y según los criterios de evaluación, adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido la calificación de oferta más conveniente. La aceptación de fa oferta será mediante acto administrativo, debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes en conformidad a la prelación señalada precedentemente.

La Municipalidad se reserva el derecho de declarar desierta la propuesta cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses o no se presenten ofertas, o declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieran con los requisitos establecidos en las bases. Además, podrá rechazar las ofertas, si el Concejo Municipal no aprueba el Informe de Evaluación presentado, de acuerdo al artículo N°65 letra i) de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

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ArtrCV~o N'25

La Comisión Evaluadora elaborará un informe dirigido al Sr. Alcalde, en el cual propondrá la adjudicación o desestimación (en caso de que no resulte conveniente a los intereses municipales) de la licitación. En caso de plantear adjudicación, se propondrá la oferta que haya obtenido la mejor calificación general, una vez ponderados los parámetros y criterios técnicos, económicos y/o sociales de evaluación.

Artículo N°26 E) plazo máximo que tendrá la Municipalidad para resolver la adjudicación de la propuesta será de 60 días corridos desde la fecha de apertura de la propuesta. Cuando la adjudicación no se realice dentro de este plazo, la Municipalidad comunicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento e indicará un nuevo plazo para la adjudicación, además de la renovación de la garantía de seriedad de la oferta en casa de ser necesario.

La resolución de la licitación ya sea esta adjudicación o deserción, se realizará mediante Decreto Alcaldicio y se informará a través del Portal Mercado Público.

Artículo N°27 La Municipalidad se reserva el derecho a revocar o suspender el proceso licitatorio, en cualquiera de sus etapas o estados, cuando a su juicio tuviere antecedentes que así lo estimasen o justificasen, considerando el interés público general o específico del Municipio en razones de mérito, conveniencia y/u oportunidad, sin derecho a reclamo ni indemnización alguna para los oferentes.

Los proponentes cuyas propuestas no fueren aceptadas, no tendrán derecho a indemnización alguna, renunciando expresamente a toda acción que pudiere corresponderle, por el solo hecho de presentarse a la propuesta.

Artículo N°28 Para el caso en que el contrato involucre montos iguales o superiores al equivalente a 500 UTM, se requerirá el acuerdo del Concejo Municipal para la adjudicación.

6. READJUDICACION

Artículo N°29 La Municipalidad tendrá la facultad de readjudicar cualquiera de las líneas de adjudicación que componen la licitación, en caso de que el oferente seleccionado:

a) Se desista de la celebración del contrato. b) Se encuentre inhábil para contratar con la Administración del Estado en conformidad al art. 4º de la

Ley 19.886 y art. 92 de su Reglamento, al momento de la firma del contrato. c) No presente la garantía de fiel cumplimiento del contrato. d) No suscriba el contrato dentro del plazo establecido en las presente Bases Administrativas, par

causas imputables a éste.

En cualquiera de estos casos, a dicho oferente se le hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta requerida en letra A.1 del artículo N°9 de las presentes bases administrativas.

La municipalidad podrá readjudicar la propuesta aI oferente que siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, dictando la respectiva resolución, la cual será publicada en el Portal Mercado Publico.

7, GARANTÍAS

Artículo N°30 Garant/a de fiel y oportuno cumplimento del contrato. El adjudicatario deberá reemplazarla garantía de seriedad de su oferta por una garantía o caución que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. AI efecto, se aceptará cualquier instrumento de

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garantía, pagadero a la vista e irrevocable, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, correspondiente al 5%del valortotal dei contrato. Este documento deberá mantenerse vigente durante todo el tiempo que dure el contrato y hasta tres meses después de realizada la Recepción Provisoria.

Dicha garantía deberá estar acompañada de un certificado extendido por el ejecutivo de la sucursal donde dicho documento bancario haya sido emitido, y en el que debe constar nombre, teléfono y correo electrónico institucional respectivo, con el fin de que el Municipio pueda verificar la veracidad del mismo.

De tratarse de una póliza de seguro, deberán ser emitidas por una Compañía Aseguradora. Dicha póliza se denomina "póliza de seguro de caución para licitaciones, propuestas o subastas públicas" y deberá incluir la glosa señalada en el párrafo precedente. Se deja expresamente establecido que para el caso de pólizas de seguro no son aplicables las cláusulas de arbitraje, siendo los tribunales de justicia los que tendrán la competencia de resolver cualquier conflicto entre la Municipalidad, la Compañía Aseguradora y el oferente.

Cualquiera que sea el instrumento que caucione o garantice la obligación, deberá indicar la siguiente glosa: "En garantía por el fiel v oportuno cumplimiento del contrato y todas las obligaciones solicitadas, de (nombre del oferentel por el "Servicio de arriendo de buses y taxibuses para la Dirección de Desarrollo Comunitario, Municipalidad de Colina".

~n el caso del Vale Vista, esta alosa deberá estar escrita en el reverso del documento. El incumplimiento a este requerimiento podrá dejar fuera de bases al oferente.

Esta garantía por fiel cumplimiento del contrato deberá ser entrega en la Unidad de Licitaciones de SECPLA, dentro de los siguientes 10 días hábiles, posterior a la fecha de adjudicación en el Portal Mercado Público, de acuerdo a como se estipula en el Artículo Nº35 de estas Bases Administrativas.

Artículo N°31 La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato solicitada en el artículo precedente cauciona también el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratista y de los subcontratistas.

En caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales pecuniarias o previsionales con sus trabajadores, la Municipalidad estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, administrativamente ysin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.

Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Municipalidad pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto 0 tardío de las obligaciones del contratista.

El contratista será responsable ante terceros de todo daño, detrimento o perjuicio que ocasione con motivo de la ejecución de todo o parte del trabajo, cualquiera sea su causa u origen. En consecuencia, a la Municipalidad no Ie cabe responsabilidad alguna al efecto

Artículo N°32 P,I momento de la firma del contrato en la Dirección Jurídica, el contratista deberá otorgar mandato a la Municipalidad, tan amplio como en Derecho se requiera, para que esta pueda ejercer los derechos que emanen de los instrumentos señalados en el artículo N°29, incluyendo la facultad de cobrar y percibir los montos señalados en el instrumento respectivo. Este mandato estará vigente durante todo el plazo del contrato y sus prorrogas y hasta su total y completa ejecución, y solo terminará una vez que se emita y notifique el respectivo Decreto Alcaldicio de Resolución del servicio, en la forma dispuesta en el articulo N°56 de estas bases.

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La garantía será restituida, 10 días hábiles posteriores a la fecha de Resolución del servicio, para lo cual el oferente adjudicado deberá solicitarlo por escrito a la Unidad Técnica respectiva.

8. CONTRATO

Artículo N°33 El Contrato será redactado por la Dirección Jurídica de la Municipalidad, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación en el Portal Mercado Público y en conformidad a lo establecido en el respectivo Decreto de Adjudicación, Bases Administrativas, Bases Técnicas y demás antecedentes de la propuesta, aclaraciones y respuestas a las consultas, si las hubiere, y oferta del adjudicatario.

Artículo N°34 La contratación será a precios unitarios.

El valor del contrato estará en función de los montos ofertados por el adjudicatario en su oferta económica. Todo y cualquier valor se entenderá expresado en pesos chilenos, con impuestos incluidos y deberán incorporar todos los costos directos, indirectos, gastos generales, impuestos, seguros, garantías, utilidades, obras y suministros, servicios y cualquier otro gasto o derecho a que de origen el buen cumplimiento del contrato. Por tanto, en el valor de la oferta deberá incluirse y contemplarse todo gasto que irrogue el cumplimiento total del contrato.

Se pagará en la forma que se señala en las presentes Bases Administrativas, previo cumplimiento de la totalidad de las exigencias requeridas para tales efectos. El contrato estará afecto a los impuestos que exige la Ley.

Artículo N°35 El adjudicatario, deberá suscribir el contrato dentro de los 20 días hábiles siguiente a la fecha de ingreso de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, para lo cual deberá concurrir a la Dirección Jurídica dentro del plazo establecido.

El atraso en la suscripción del contrato o del mandato a que se refiere el artículo N' 31 y/o en la presentación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en el plazo estipulado en el párrafo precedente, por causa imputable a éste, facultará al municipio para hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, pudiendo en este evento dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar la licitación en el orden de prelación establecido en el informe de evaluación o bien declararla desierta, todo ello sin perjuicio de las acciones que la Municipalidad pueda adoptar por los perjuicios irrogados a los intereses municipales.

Si el adjudicatario es persona jurídica, al momento de la firma del contrato, deberá acompañar copia de la documentación que acredite su constitución legal, (escrituras públicas de constitución y modificación de sociedad y protocolización del extracto social y su inscripción en el Registro de Comercio y publicado el mismo en el Diario Oficial dentro de plazo legal, certificado de vigencia de la sociedad otorgado a la fecha con notas marginales) y la personería del representante legal. Para el caso en que exista un texto refundido, deberán acompañarse los citados documentos sólo a partir de dicho texto. No será necesario acompañar estos documentos si ellos se encuentran disponibles en su totalidad en Chile Proveedores, lo cual deberá demostrar,

Las personas jurídicas extranjeras deberán presentar los documentos que acrediten su constitución y sus modificaciones, conforme a la legislación del país de origen, debidamente legalizados según cualquiera de las formas señaladas en el Artículo 345 del Código de Procedimiento Civil. Además, tendrá la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprenderla ejecución del mismo.

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Sin perjuicio de esto, la Dirección Jurídica podrá solicitar, adicionalmente, toda aquella documentación que estime necesaria para la redacción del contrato.

Artículo N°36 El adjudicatario deberá tener capacidad civil para obligarse. Tratándose de sociedades nuevas que deban constituirse con motivo de la presente licitación, deberán tener una duración contractual que cubra el plazo dei contrato. Para todos los efectos de la presente propuesta, se entiende que también cumple con este requisito una sociedad cuyo plaza de duración sea inferior al solicitado pero que se encuentre pactado en sus estatutos que su duración se renueva tácitamente y sucesivamente.

Artículo N°37 Para todos los efectos legales emanados del contrato que se celebre, el contratista deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago.

Cualquier modificación del contrato, se confeccionará en la misma forma y plazos establecidos en el presente artículo.

9: INSPECCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO

Artículo N°38 Se entenderá por Inspección Técnica del Servicio (en adelante I.T.S.) a la Dirección o Unidad, o el o los profesionales funcionarios que se designen, encargados de velar directamente por la correcta ejecución y supervisión del servicio, y por tal, por el cumplimiento del contrato.

El adjudicatario deberá facilitar la labor de supervisión y control de la I.T.S., para lo cual el contratista deberá proporcionar un Libro Manifold, que se convertirá en el "Libro de Servicios" y que será el medio oficial de comunicación. Este deberá contener hojas foliadas en triplicado. También se considerará comunicación oficial, cualquier correo electrónico institucional, el cual se deberá imprimir y anexar a este libro de servicios.

Respecto de las observaciones formuladas por la I.T.S. éstas deberán ser informadas y cumplidas dentro de los plazos que éste indique y si no señalase plazo, dentro del menor plazo posible.

En caso de que el contratista considere que una orden, instrucción u observación se encuentra fuera de los términos y condiciones del contrato, lo notificará por escrito a la I.T.S., quien responderá dentro de los tres días hábiles siguientes. Si, aun así, persisten diferencias, el contratista podrá notificar a la Unidad de Licitaciones de SECPLA para que analicé el caso y se manifieste de acuerdo a la interpretación de lo establecido en las respectivas bases de licitación.

La I.T.S. llevará un registro detallado de toda la correspondencia relativa al cumplimiento del contrato y de todo otro antecedente que tenga directa relación con la obra. El contratista tendrá acceso á este registro.

Las atribuciones de la I.T.S., serán entre otras: controlarla ejecución del servicio, sus programas, métodos de ejecución y vehículos asociados a él y podrá ordenar que se tomen las providencias que estime conveniente para asegurar que el servicio se ejecute de acuerdo con el contrato y demás antecedentes relacionados con éste. Para el cumplimiento d® su cometido, la I,T,S. podrá solicitar al contratista, an los plazos y formas que indique, información relativa al personal y vehículos que utiliza, y gozará de amplias atribuciones con el objetivo de resguardar los intereses municipales.

El contratista deberá someterse exclusivamente a las órdenes de la I.T.S., las que se impartirán siempre por escrito, a través del libro de servicios y conforme a los términos del contrato.

La I.T.S. estará facultada para exigir el cambio de cualquier vehículo, equipamiento, choferes, por

insubordinación, desordenes, incapacidad, fallas técnicas reiteradas u otros motivos que, a juicio de éste,

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dañen los intereses o imagen del Municipio, quedando siempre responsable el contratista de los perjuicios que ello haya podido causar, aplicándose además las multas que procedan.

A su vez, si la I.T.S. detecta incumplimientos en cuanto a la calidad de los vehículos (fallas mecánicas, estado del vehículo, otros) requeridos cualquier evento o actividad tendrá la facultad de exicir el inmediato cambio para recularla situación

v

así dar cumplimiento a lo solicitado.

10. PLAZOS

Artículo N°39 El plazo de contratación del servicio será de 24 meses (dos años), y tendrá vigencia desde la total tramitación del Decreto Alcaldicio que apruebe el vínculo contractual.

Los plazos se entenderán en días corridos; en situaciones cuyo vencimiento recaiga en día inhábil (sábado, domingo o festivo), se asume el día hábil siguiente a dicho vencimiento.

Toda petición de aumento de plazo (si corresponde), se deberá formalizar por escrito ante la Unidad Técnica, con una anticipación no menor a 45 días corridos antes de la fecha del término contractual. '

Si la petición fuere procedente, el mandante dictará un Decreto Alcaldicio ampliando el plazo del contrato. En el presente caso, el adjudicatario deberá reemplazar el documento de garantía, por uno nuevo, cuyo plazo de vencimiento deberá contemplar el nuevo plazo de aumento del proyecto.

El Municipio podrá solicitar el aumento del contrato por un período de seis meses máximo, en caso de requerir extender los servicios por alguna razón fundada. Para tal efecto, el I.T.S. solicitará por escrito al contratista, la extensión por el período necesario, el cual podrá aceptar o rechazar esta petición.

11. MODIFICACIONES DEL SERVICIO

Ampliaciones o disminuciones de servicios Artículo N°40 La Municipalidad se reserva el derecho de ordenar al contratista que amplíe o disminuya hasta en un 30% el servicio, respecto del presupuesto total estimado para el contrato y de acuerdo a los valores registrados en la oferta económica o listado de partidas, según corresponda.

El aumento del servicio, su presupuesto y el plazo definido, deberá ser aprobado mediante el V°B° correspondiente orechazado por la Alcaldía, a través de Decreto Alcaldicio, el cual será comunicado al contratista por el Inspector Técnico del Servicio (I.T.S.) a través del Libro de Servicios señalado en el Artículo N°38 y sólo después de ello se podrán iniciar los servicios.

En caso de ampliación del servicio el contratista deberá realizar los nuevos servicios de acuerdo a los valores originalmente pactados, en la oferta económica, listado de partidas o en su defecto, listado de precios unitarios.

Todas las ampliaciones deberán garantizarse en la misma forma que el contrato original, con porcentaje y vigencia igual a la garantía inicial del contratado.

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ÉÍeNción de servicios extraordinarios. Articulo N°41 No aplica.

Artículo N°42 Los plazos para suscribir cualquier modificación de contrato en la Dirección Jurídica y para presentarla garantía complementaria, serán los mismos señalados para el contrato original (Artículo N°35).

12. REAIUSTES

Artículo N°43 El contrato estará condicionado a reajustes de acuerdo aI 1.P.C. El reajuste se aplicará cada 12 meses según variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que determine el Instituto Nacional de Estadísticas (INE). Se tomará como mes base, el índice del mes anterior al del acto de inicio del servicio:

13. PAGOS

Artículo N°44 La forma de pago será de manera mensual, por mes vencido, dentro de los primeros 15 días del mes siguiente de la recepción conforme de toda la documentación solicitada y de acuerdo a los valores ofertadas. Para todos los efectos, se considerará el mes de 30 días, independientemente de la cantidad de días que contemple cada mes.

El valor a pagar estará en función de la cantidad de requerimientos por mes, que la Unidad Técnica, a través de la I.T.S. haya solicitado y considerando los valores ofertados por el contratista:

Artículo N°45 El contratista solicitará a la I.T.S. por escrito que se curse el pago, dentro de los cinco días hábiles del mes siguiente a la prestación del servicio, en las condiciones establecidas en las presentes bases:

La solicitud de pago será revisada por el I.T.S. para su aprobación o rechazo dentro de los 5 dial hábiles siguientes a contar de la fecha de presentación de la misma. En caso de rechazo, por disconformidad de los antecedentes presentados, el plazo indicado se suspenderá y comenzará a regir desde la fecha de presentación de la solicitud de pago reformulada, con las observaciones debidamente corregidas.

Articulo N°46 Para el pago, el contratista deberá poner a disposición del I.T.S. la documentación que acredite el haber adoptado las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de todos los trabajadores que laboraron en el servicio, en conformidad a la Ley Nº16.744 y a la Ley Nº20.123 y sus respectivos Reglamentos, ambas del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, desde el primer día de la prestación del servicio; el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éste correspondan respecto de sus trabajadores y/o trabajadores de los subcontratistas que prestan servicios y los demás antecedentes o certificados que se hayan solicitado.

Para cada estado de pago se deberá presentar:

• Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: Conforme a lo dispuesto por la Ley de Subcontratación, emitido por la Inspección del Trabajo o entidades o instituciones competentes, acreditando el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones previsionales y laborales y el hecho de no existir reclamos o denuncias respecto a sus trabajadores y/o de los trabajadores de los subcontratistas que se ocupen en la obra de que se trate, durante el período de ejecución de la obra, hasta la recepción provisoria. (Formulario F-30-1)

• Declaración jurada del contratista: en la que indique el número de trabajadores de la empresa y de los subcontratos que intervinieron en la obra o servicio en el período que comprende el estado

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de pago. Esta Información deberá ser coincidente con la cantidad de trabajadores indicada en los respectivos certificados de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.

• Declaración jurada del contratista: señalando que no tiene deudas pendientes por concepto de remuneraciones o cotizaciones previsionales respecto de los trabajadores ocupados en la respectiva obra y de los subcontratados en ella.

• Copia de liquidaciones de sueldos de la totalidad de los trabajadores, donde se demuestre el cumplimiento de las condiciones remunerativas ofertadas (sueldo base, bonos,

• Comprobante de pago de multas, si las hubiere. • Reportes de las rutas realizadas y horarios de trabajo para los vehículos que prestaron servicio

durante el mes correspondiente. • Nota de cobro. • Certificado de vigencia de las Pólizas de Seguros, si corresponde, cuando lo solicite el I.T.M. • Toda aquella documentación que se haya solicitado por Libro de Obras.

Una vez que el Inspector Técnico haya aprobado los estados de pago y verifique que los servicios se prestaron satisfactoriamente, junto con los otros documentos exigidos, este deberá solicitar al contratista que emita la factura correspondiente.

En el caso que el contratista emita Factura Electrónica por el servicio, deberá enviar dicho documento al correo par el I.T.M. (Circular Nº 4 de 25 de marzo de 2015 de la Dirección de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Colina).

Artículo N°47 Queda expresamente prohibido que el contratista sin la autorización expresa del Municipio, pueda ceder o transferir a terceros, a cualquier título, los derechos emanados del contrato, con excepción de la cesión de créditos que se rige por la ley N° 19.983, de 2004.

De acuerdo con la Ley 20.956, el plazo para aceptar o rechazar una factura es de 8 días. Cuando no se presenta rechazo o reclamación dentro de este periodo, se entenderá que la factura ha sido recibida irrevocablemente yque los servicios fueron prestados.

Artículo N°48 Para el caso de cualquier cesión de crédito o factoring, el Municipio deberá cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el Contratista, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato.

En caso de celebrar el Contratista un contrato de factoring, éste deberá notificar a la Unidad Técnica dentro de las 48 horas siguientes a su celebración. Asimismo, la empresa de factoring deberá tomar las providencias necesarias y oportunas de notificación a este Mandante, a fin de hacer efectivo el cobro de la respectiva factura. La Municipalidad no se obliga al pago del factoring en caso de:

• No estar la respectiva factura, firmada y con timbre, tanto por el I.T.S. coma por el Director Municipal del cual dependa la Inspección Técnica del Servicio.

• No informar dentro de las 48 horas siguientes de su celebración a la Unidad Técnica del Servicio.

• Existir obligaciones y/o multas pendientes del Contratista.

En ningún caso, la notificación del factoring puede hacerse llegar a la Unidad Técnica, con fecha posterior a la solicitud de pago (estado de pago) que cgrresponde a la factura cedida.

Para todos los efectos, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclama en contra de su contenido mediante alguno de los siguientes procedimientos:

a) Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de entrega. b) Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la prestación del servicio,

dentro de los ocho días siguientes a su recepción. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en

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conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envió de la comunicación.

14. RETENCIONES

Artículo N°49 Para el caso que el contratista o subcontratista no acredite oportunamente el cumplimiento de las obligaciones laborales pecuniarias y previsionales, la Municipalidad podrá retener de las obligaciones que tenga a favor de aquel o aquellos, el monto de que es responsable solidariamente a favor de los trabajadores de éstos, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por el término de la relación laboral, solo respecto del tiempo o período durante el cual el o los trabajadores del contratista o del subcontratista prestaron servicios para la Municipalidad.

Igual situación procederá en el evento que el contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, respecto a trabajadores contratados en los últimos dos años, en cuyo caso, los primeros estados de pago o anticipo asociados al contrato licitado, deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones pendientes, pudiendo el Municipio retener y efectuar el pago directamente o bien el contratista acreditar que la totalidad de ellas se encuentran liquidadas al solicitar el segundo estado de pago. El incumplimiento de esta obligación por parte del contratista facultará al Municipio a poner término anticipado del contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, pudiendo realizar un nuevo proceso licitatorio en la que el referido contratista, no podrá participar.

15. RESPONSABILIDADES YOBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

Artículo N°SO Será responsabilidad exclusiva del contratista la correcta ejecución de los servicios contratados de Fonformidad con las exigencias requeridas en bases administrativas, bases técnicas, oferta presentada e instrucciones del I.T.S.; ésta se extiende desde la notificación de la adjudicación hasta la liquidación del contrato. En ese sentido, el contratista se obliga a rehacer sin costo alguno para el Municipio y en el plazo acordado entre las partes, cualquier trabajo o servicio mal ejecutado o incompleto a juicio de la Municipalidad, sin que ello se considere ampliación o disminución del contrato.

Esta obligación no exime al contratista de la responsabilidad civil que le corresponde durante el plazo que establece la Ley.

purante la prestación del servicio, y al momento de ejecutar todo o parte de cualquier trabajo objeto de la presente licitación, el contratista deberá tomar las medidas que sean necesarias para no dañar obras e infraestructura existentes como tampoco menoscabarla imagen de la Municipalidad. Cualquier problema derivado de una mala gestión o mal procedimiento por parte de sus trabajadores y por cualquier causa, será de exclusiva responsabilidad del contratista; a su vez, cualquier daño que se genere a algún bien municipal o privado por parte de los trabajadores, deberá ser reparado de inmediato bajo su responsabilidad ycosto.

Artículo N°Sl El contratista deberá designar una contraparte del área de la materia de la licitación, con no menos de 5 años de experiencia en el rubro, responsable de la ejecución del contrato y con quien deberá entenderse la inspección Técnica del Servicio en relación al mismo.

Será deber y responsabilidad del contratista:

a) Informar a la Municipalidad, si corresponde dentro de un plazo de 5 días corridos contados desde la fecha de entrega de terreno, el nombre del Experto en Prevención de Riesgos contratado para el evento, como así también cualquier cambio que se produzca y toda otra información necesaria para dar cumplimiento a la normativa legal aplicable al régimen de subcontratación.

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b) Cumplir con la normativa vigente respecto a las obligaciones Laborales y Previsionales, así como también la relativa a la Higiene y Seguridad respecto a todos los trabajadores que desempeñen alguna función, con ocasión del cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato que se le encomienda.

c) Mantener informado, en forma escrita y actualizada al I.T.S., respecto de todas las empresas subcontratistas que desarrollen alguna actividad en la prestación del servicio como parte del contrata encomendado. Además, deberá informarle del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de todos los trabajadores, mediante la presentación de los respectivos Certificados de la Inspección del Trabajo que la ley establece, respecto a la propia empresa contratista como de las empresas subcontratistas. Estos certificados deberán ser presentados para proceder al pago de la forma definida en el artículo N°46 de las Bases Administrativas, las que deben contener la información necesaria (nombre y ubicación) y deben cubrir el período total del estado de pago a cursar.

d) Mantener informado, en forma escrita y actualizada, al I.T.S. en cuanto al cumplimiento de la normativa de Higiene y5eguridad que la Ley establece respecto de la propia empresa contratista y todas las empresas subcontratistas que desarrollen alguna actividad en la obra o servicio como parte del contrato encomendado.

e) Disponer de todos los equipos y medidas de seguridad adecuados para los vehículos y para el personal propio o subcontratado.

f) Mantener la totalidad de herramientas, vehículos y maquinarias asociados al servicio en perfectas condiciones mecánicas y de ornato.

g) Realizar todas las mantenciones correspondientes aherramientas, vehículos y máquinas, de manera tal, de evitar cualquier avería que genere un contratiempo para la prestación del servicio.

h) En caso de avería de un vehículo, que no le permita prestar el servicio, deberá ser reemplazado dentro del mínimo tiempo de respuesta.

i) Contemplar todo vehículo con un o dos choferes, según lo exija la Ley.

Artículo N°52 La Municipalidad, en el libro de servicios requerido en el Artículo N°38, anotará las indicaciones, deficiencias, atrasos u observaciones que le merezcan la ejecución del contrato a la Inspección técnica, y constituirá el medio oficial de comunicación con el contratista.

Artículo N°53 Sin perjuicio de lo señalado en el Articulo Nº 47, el contratista podrá concertar con terceros la ejecución parcial del contrato en los términos establecidos en el Artículo 76 del Decreto N°250, sin perjuicio que la responsabilidad y la obligación de su cumplimiento permanecerán en el contratista. No obstante, lo anterior, el contratista no podrá subcontratar con personas respecto de las cuales, o de sus socios o administradores, concurra alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en el artículo 92 del citado Reglamento o que hayan sido condenadas por infracción a la ley 20.393.

En todo caso, dicha subcontratación no podría exceder el 26% del contrato y deberá contar con el acuerdo de la Unidad supervisora del contrato (I.T.S.) señalada en el artículo Nº6 y registrada en el respectivo libro de servicio.

Artículo N°54 El contratista deberá mantener con carácter de confidencial y para uso exclusivo del respectivo Contrato, todos los datos y antecedentes reservados de los cuales tiene conocimiento. Esta obligación se extenderá a su personal, empleados y a cualquier tercero que participe en los servicios encomendados.

16. RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

Artículo N°55 Resolución de contrato Terminados los servicios, el contratista deberá solicitar por escrito en el Libro de Servicio, a la Unidad Técnica a cargo de la inspección del servicio, la resolución del contrato dentro del plazo contractual.

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Artículo N'S6 De la liquidación final del contrato Dentro de los 30 días anteriores al vencimiento de la garantía consignada en el artículo Nº30 de las presentes bases, la Municipalidad deberá efectuar la liquidación del contrato y la Recepción Definitiva de los servicios.

La liquidación del contrato deberá establecer los saldos pendientes que resulten a favor o en contra del contratista si los hubiere, y será suscrita por la Municipalidad.

17. MULTAS

Artículo N' S7 La Municipalidad se reserva el derecho de aplicar sanciones al contratista, en el caso de que la I.T.S. detecte que no se haya dado cumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato o que le impone la Ley.

La Municipalidad aplicará multas al contratista y serán notificadas por la I.T.M. en el libro de servicios, en los casos que a continuación se indican:

a) Atraso en la suscripción del contrato y sus modificaciones, 1 UTM por cada día de atraso. b) Incumplimiento de las normas legales y reglamentarias aplicables al contrato, 1 UTM por cada

evento. c) Incumplimiento en las indicaciones establecidas en las bases administrativas ybases técnicas, 3

UTM por evento y 1 UTM por día de atraso si correspondiese. d) Incumplimiento de las instrucciones estampadas por la LT.S. en el libro de servicios: 1 UTM por

instrucción. e) Retraso en el inicio del servicio requerido (incumplimiento de hora), por problemas no

imputables al Municipio, 3 UTM por evento. f) Deficiencia de los vehículos que prestan el servicio (panne) por falta de correcta mantención, 3

UTM por evento. g) Incumplimiento en el plazo de respuesta, ante una eventual emergencia que requiera cambio

de vehículo, 3 UTM por evento y 1 UTM por cada media hora de retraso. h) Evidente "mala conducción' por parte de chofer, 10 UTM por evento. i) Detección de chofer bajo influencia del alcohol, 50 UTM por evento. j) Detección de chofer en estado de ebriedad, 100 UTM por evento. k) Vehículo sin toda la documentación, 1 UTM por evento I) Vehículo sin la documentación al día, 1 UTM por evento m) Retraso de llegada af lugar destinado, 1 UTM por evento n) Retraso de llegada al lugar destinado, 1 UTM por hora de retraso o) No reemplazo de vehículos con desperfectos, 5 UTM por evento p) No reemplazo de vehículo en panne dentro del tiempo exigido, 1 UTM por hora

ARTÍCULO N° 58 Las multas enunciadas en el artículo precedente no se aplicarán si el atraso en el cumplimiento se produce por razones fortuitas o fuerza mayor, el cual deberá estar debidamente fundado y probado, en cuyo caso se podrá ampliar el plazo de vigencia del contrato respectivo, si fuere necesario, mediante el correspondiente acto administrativo, por un término equivalente a la duración del impedimento, previa comunicación a través d® anotación an al libro da servicios y la calificación conformº por parte de la I.T.S., en orden a que los hechos invocados efectivamente configuran el caso fortuito o la fuerza mayor alegados y que tales hechos se encuentran comprobados.

ARTICULO N°59 Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, se le notificará al contratista, mediante la correspondiente anotación en el Libro de Servicios, indicándose al efecto la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, ef contratista tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos en relación

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al eventual incumplimiento, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes al directora) de Desarrollo Comunitario.

Vencido el plazo sin presentar descargos, se dictará la resolución fundada aplicando la multa, la que será sancionada a través Decreto Alcaldicio y se notificará al contratista mediante la anotación en el Libro de Servicios.

Si el contratista hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Directora) de Desarrollo Comunitario tendrá un plazo de hasta cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, la cual será sancionada a través del respectivo Decreto Alcaldlclo y se notificará al contratista mediante la respectiva anotación en el Libro de Servicios.

Contra la sanción procederán los recursos de reposición, jerárquico, revisión y aclaración regulados en los artículos 59 a 62 de la Ley N° 19.880 y la reclamación por ilegalidad del artículo 151 de la Ley N° 18.695, sin perjuicio de otros procedimientos administrativos de impugnación y acciones jurisdiccionales que fueren procedentes.

Una vez transcurridos los plazos pertinentes para la interposición de los recursos quedará ejecutoriada la multa, y desde ese momento el contratista se encontrará obligado al pago de la misma, si es que procediera.

Las multas que se apliquen al contratista deberán ser pagadas en Tesorería Municipal y su comprobante deberá ser presentado junto al estado de pago correspondiente.

Artículo N° 60 Con todo, la municipalidad podrá aplicar multas que, sumadas, tenga como tope máximo el 40%del valortotal del contrato. Llegado a este límite, la Municipalidad de Colina se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, por indicaciones de la Unidad Técnica, haciendo efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato y sin perjuicio de las demás acciones legales que fueren procedentes.

18, DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

Artículo N° 61 Serán causales de término anticipado del contrato las siguientes:

a) Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. b) Insolvencia o estado notorio de la misma por parte del contratista, a menos que se mejoren las

cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

c) Fuerza mayor o caso fortuito. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Si el proveedor es una Sociedad y va a su liquidación. f) En caso de muerte del proveedor o socio que implique término de giro de la empresa. g) Incumplimiento del Contrato, así como de cualquiera de las obligaciones que el contratista

asuma en virtud de éste, siendo suficiente para ello el Informe de la I.T.M., pudiendo la Municipalidad hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, hasta el monto del perjuicio ocasionado con el incumplimiento.

h) Si se alcanza el máximo presupuestario fijado en el contrato, incluyendo los eventuales aumentos o ampliaciones de servicios.

En estos eventos se hará efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, salvo io dispuesto en las letras a), c), d) y h), el contrato terminará por vía administrativa sin necesidad de intervención judicial alguna, procediéndose a su liquidación y no teniendo por ello el contratista acción, reclamación o derecho alguno en contra de la Municipalidad.

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19. OTRAS DISPOSICIONES

Artículo N° 62 Durante la ejecución del contrato o terminado éste, el contratista deberá entregar a la Municipalidad los informes, estudios, datos y cualquier otra información, de cualquier naturaleza, que hubiesen sido obtenidos con ocasión de la ejecución del contrato. Esta información pasará a ser de dominio municipal y el contratista no podrá divulgarla ni publicarla -por cualquier medio osoporte-, sin la previa autorización expresa del municipio. Asimismo, deberá guardar reserva de la información que eventualmente le suministre el municipio o a la que haya tenido acceso con ocasión de la ejecución del contrato. La infracción de estas obligaciones facultará a la municipalidad para impetrar las acciones legales correspondientes.

La información suministrada aI municipio por el contratante deberá estar contenida en formatos o soportes reutilizables y procesables (por ejemplo, formatos CSUV, XML, SPSS, KML, WFS, XLS, entre otros, según sea el caso).

Artículo N° 63 Para efecto de la presente Licitación, las aclaraciones, respuestas a las preguntas, bases Técnicas, anexos técnicos, primarán en el orden enunciado, sobre las bases administrativas ysus anexos, si existiese alguna discordancia entre aquellos y estos.

La Comisión Evaluadora al momento de la evaluación, tendrá la facultad de interpretar de la forma que mejor beneficie al resultado de la licitación, cualquier impresión o discordancia entre los documentos que conforman el expediente de licitación, sin que, en ningún caso, se confiera una situación de privilegio de uno o más oferentes.

Toda información anexa que no conforme parte de lo requerido tanto en bases Administrativas como Técnicas y sus respectivos anexos no será considerado por la Comisión Evaluadora, de acuerdo al principio de estricta sujeción a las bases.

Artículo N° 64 AI momento de la ejecución de los servicios, toda imprecisión o discordancia en los antecedehtes o falta de aclaración de un detalle deberá interpretarse en la forma que mejor beneficie a la ejecución, previa coordinación y aprobación de la I.T.S.

w FE~tNANDO.RfEtk1ÉNA DON0S0 / PABLO SEPIi1LVíiC~A SEMINARIO

fOR DE SECPLAN

Cotina, julio del 2019

^SlRVICIO DE ARMlNDO D! BUSü Y TAXIBWlS MRA lA. DIRlCCbN DE DlSARROLLO COMUNIATRIO, MUNICIPAUDAb DE COLINA^

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MUNICIPALIDAD DE COLINA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO

LICITACIÓN PÚBLICA "SERVICIO ARRIENDO DE BUSES PARA LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO,

MUNICIPALIDAD DE COLINA"

BASES TECNICAS

1. ANTECEDENTES GENERALES

La Municipalidad de Colina, requiere contratar el arriendo de buses y taxibuses destinados a prestar servicios para la Dirección de Desarrollo Comunitario con el propósito de cumplir con sus requerimientos asociados al apoyo de la Comunidad.

El servicio debe considerar tanto los vehículos, como a su vez, el chofer respectivo y todos los costos asociados, esto es, combustible, mantenciones, reparaciones, otros.

Las presentes Bases Técnicas exponen los requerimientos que regularán los procedimientos, fijarán fechas y plazos, establecerán garantías y condiciones que regirán el llamado a Propuesta Pública, su posterior adjudicación y formarán parte integral del respectivo Contrato.

El servicio contratado, podrá ser requerido a partir del día siguiente de haber firmado el contrato respectivo.

La oferta económica se deberá expresar en el valor por kilómetro recorrido y presentada en el respectivo anexo correspondiente a la "Oferta Económica'. Los oferentes deberán considerar un valor expresado en pesos chilenos por cada kilómetro recorrido, tanto para la Región Metropolitana V Región de Valparaíso y VI Región del Libertador Bernardo O'Higgins; y un valor en la forma mencionada, para el resto del territorio nacional, considerando que los viajes comienzan y terminan en el domicilio correspondiente a la Municipalidad de Colina.

En su oferta económica el proponente deberá considerar dentro del valor ofertado, el vehículo, su chofer, combustible, gastos de peaje, Tag, gastos operacionales de alimentación, alojamiento para su personal y todo gasto asociado al servicio.

2. SERVICIOS REQUERIDOS

2.1. Vehículos requeridos.

La Dirección de Desarrollo Comunitario, para su funcionamiento y cumplimiento de objetivos, debe contar con buses y taxibuses que sirvan como apoyo y ayuda social, a los vecinos y vecinas de la Comuna que requieran el servicio de traslado de pasajeros, para distintos fines, como asistencia a funerales, cursos de capacitación, viajes, entre otros.

Los buces y taxibuses, deben poseer una capacidad de 40 personas como mínimo, cumplir con la totalidad de los requerimientos asociados a este tipo de vehículos, y reuniendo como minino, las siguientes características:

"Servicio arriendo de buces para la Dirección de Desarrollo Comunitario, Muncipalidad de Colina" Página 1 de 7 /~~ '

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Motor Motor 4 cilindros 3.9 L o similar Transmisión manual de 5 velocidades

Combustible: Diésel Potencia 150 HP HP o superior

Chasis Largo hasta Ancho hasta Altura hasta

Peso en orden de marcha kilos o superior Capacidad de estanque de combustible: litro o superior

Seguridad Doble airbag (conductor y pasajero) Frenos con sistema ABS

Dirección asistida hidráulica Cinturones de 3 puntas o similar

Equipamiento Cierre centralizado Aire acondicionado

Baño

Mini bus deben cumplir con los requerimientos del tipo Hyundai County (28+1) o similary reuniendo como minino, las siguientes características:

Motor Motor hasta 4.0 Transmisión manual de 5 velocidades

Combustible :Diésel Potencia 170 HP o superior

Chasis Largo hasta 7.085 Ancho hasta 2.035 Altura hasta 2.565

Peso en orden de marcha 7.400 kilos brutos o superior Capacidad de estanque de combustible: 95 litros o superior

Seguridad Frenos con sistema ABS Dirección asistida hidráulica

Cinturones de 3 puntas o similar Equipamiento Aire acondicionado

Sobre los vehículos, se deberá tener en consideración las siguientes exigencias:

Deberán estar a disposición del Municipio durante todo el tiempo que dure el contrato, de lunes a domingo, incluyendo festivos. Durante toda la vigencia del contrato, no podrán tener una antigüedad mayor a los 4 años, por lo tanto, al momento de presentarla oferta, deberán ser del año 2015 en adelante. Deberán contar con un Sistema de Posicionamiento Global (GPS). El contratista deberá entregar al I.T.S. la clave de acceso al sistema que administra la información recopilada por

el GPS, permitiendo obtener las rutas, horario de trabajo, otros; esto es, los mismos permisos que posee el administrador de la cuenta.

"Servicio arriendo de óuses para la Dirección de Desarrollo Comunitaria, Muncipalidad de Colina" Página 2 de 7

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• Durante toda la vigencia del contrato, los vehículos deberán tener toda su documentación respectiva al día; esto es, placa patente única, seguro obligatorio automotriz (SOAPj, permiso de circulación, certificado de homologación o el que la Ley de Tránsito indique para la circulación por las vías públicas; revisión técnica, certificación de gases, mantenciones mecánicas, otros.

• Deberán contar con sistema de aire acondicionado y baño en el caso de los buses. • Contar con una póliza de seguro de responsabilidad civil de a lo menos UF 500. • Contar con dispositivo TAG para el uso de vías concesionadas y todo documento necesario

para permitirla circulación por cualquier vía del país. • Contar con todo el equipamiento de seguridad exigido por Ley; esto es, extintores,

triángulos, gata, rueda de repuesto, llave de cruz, chaleco reflectante, botiquín de primeros auxilios, entre otros.

2.2. Personal: conductores vehículos.

El servicio debe contemplar los vehículos con su respectivo chofer, los cuales deben:

• Poseer licencia de conducir al día, con clase según corresponda al vehículo que maneja, dando cumplimiento a la Ley N°18.290.

• Hoja de vida del conductor: sin antecedentes por accidentes. • Certificado de antecedentes sin anotaciones. • Experiencia mínima de 3 años, licencia Clase A2, demostrable con licencia de conducir

obtenida hace más de 3 años. • Salud compatible con la función.

El contratista será el responsable de disponer de los choferes necesarios para cumplir con el servicio requerido, en los casos en que, debido a la distancia a recorrer, y por exigencia de la Ley, requieran más de uno.

Las remuneraciones que pague el contratista a su personal, no podrá ser inferior a las legales vigentes y serán de su exclusivo cargo al igual que las imposiciones previsionales y seguros que correspondan. El Municipio no tendrá relación contractual alguna con dicho personal, en el evento que el contratista no diera cumplimiento al pago de remuneraciones o imposiciones previsionales del personal. En caso de detectarse el incumplimiento en el pago de las obligaciones laborales del personal, el Municipio podrá cursarla respectiva multa, y en caso devolverse reiterativa la falta, de dar termino anticipado al Contrato.

Cualquier infracción que se le llegase a cursara un conductor, será de total y exclusiva responsabilidad de éste, por ende, deberá asumir el contratista su costo.

Los conductores deberán tener excelente presentación personal y buen trato con los pasajeros. La falta a esta exigencia facultará a la I.T.S. a cursar la respectiva multa consignada en las bases administrativas.

"Servicio arriendo de buses para la Dirección de Desarrollo Comunitaria, Muncipalidad de Colina"

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MUNICIPALIDAD DE COLINA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO

3. OPERATIVIDAD DEL sERVIClO

Los vehículos podrán ser requeridos por la I.T.S., esto es, la Dirección de Desarrollo Comunitario, durante los 365 días del año, incluyendo festivos, y de acuerdo a las distintas actividades que ésta lleva a cabo.

Todos los vehículos, deberán contar con una bitácora de viajes, donde se consignará toda la información asociada al servicio requerido, esto es, horarios, lugar de inicio del viaje, lugar de destino, ruta, distancia recorrida, entre otros. Por lo expuesto, es obligación que los vehículos cuenten con su odómetro en buenas condiciones; la falta a esta exigencia facultará a la I.T.S. a cursar las respectivas multas, sin prejuicio de solicitar el término anticipado del contrato en caso de volverse una falta reiterada.

Será responsabilidad del contratista el mantener las bitácoras de cada vehículo en perfectas condiciones, las que deberán ser entregadas al I.T.S. al término de cada servicio prestado.

Para los requerimientos de los vehículos, la Dirección de desarrollo comunitario, entregará dentro de los 5 primeros días hábiles de cada mes, un calendario de las actividades programadas que requieran la contratación del servicio. No obstante, lo señalado anteriormente, la I.T.S. podrá requerir vehículos que no estén programados, para lo cual procederá a comunicar, vía correo electrónico, whatsapp, llamado telefónico, otro, al contratista con una antelación mínima de 12 horas; sin perjuicio de la forma de comunicación, ésta se deberá formalizar mediante el respectivo libro de servicios.

Cada vez que sea requerido un vehículo, el contratista deberá presentar al I.T.S. toda la documentación al día de éste; en el caso de que la documentación no esté al día o no contara con la totalidad de los documentos exigidos en las presentes bases técnicas, se aplicará la respectiva multa señalada en las bases administrativas, otorgándose un plazo por parte de la I.T.S. para solucionar el problema, el cual estará determinado de acuerdo a la naturaleza de la falta. Si el problema no es solucionado y reiterativo, se podrá dar por terminado el contrato y se hacer efectiva la garantía por fiel cumplimiento de contrato.

AI inicio de cada servicio contratado, el o los vehículos deberán estar con su estanque lleno de combustible, en el lugar designado por la I.T.S. y con su respectivo chofer correctamente presentado. En este mismo acto, se levantará un acta de inicio del servicio, donde se consignará:

• Estado mecánico y carrocería del vehículo, mediante una inspección ocular • Correcto funcionamiento de los sistemas de frenos, dirección, luces, señalización y

mecánica en general. • Adecuado funcionamiento de los mecanismos de seguridad. • Existencia de la totalidad del equipamiento de seguridad exigidos por Ley. • Nombre del conductor, N° licencia de conducir, otros.

"Servicio arriendo de buses para la Dirección de Desarrollo Comunitario, Muncipalidad de Colina"

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La referida acta de recepción será firmada por el contratista, y el funcionario municipal designado por la I.T.S. para tal efecto. La exigencia de realizar esta acta, será de entera responsabilidad del contratista, y en caso de no hacerse, deberá asumir los costos de cualquier eventual pérdida de implementos u daños de los vehículos.

Cuando los vehículos partan de otro lugar que no sea la Municipalidad, el contratista deberá enviar al I.T.S. antes de iniciar el servicio, un documento que certifique que el o las vehículos se encuentran en perfectas condiciones, con toda su documentación al día.

La I.T.S. velará por eI control de las rutas, horario, distancia recorrida, entre otros, de los vehículos requeridos. La forma de control se realizará desde el momento del inicio del servicio, esto es, cuando el vehículo llega al lugar de partida indicado para el inicio de su recorrido, y hasta el momento del término de sus labores, dejándose toda la actividad registrada en la respectiva bitácora.

En caso de desperfecto de algún vehículo, el contratista tendrá un plazo máximo de 2 horas posteriores al aviso de la situación, para su reemplazo; debe ser de características similares o superioresy estar en óptimas condiciones, con la totalidad de su documentación para circular al día. El tiempo de uso del vehículo de reemplazo, será el necesario para completar el servicio solicitado. Devolverse reiterativa esta situación, la I.T.S. podrá solicitar el término anticipado del contrato, sin perjuicio de las respectivas multas a cursar debido a esta falta.

4. CONSIDERACIONES YOBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

El contratista deberá tener presente las siguientes consideraciones yobligaciones durante todo el tiempo en que presente el servicio:

4.1. Sobre los vehículos.

• Mantener al día toda la documentación de los vehículos requeridas por Ley para la libre circulación por las vías del país.

• Disponerde asistencia técnica en terreno, el cual debe ser coordinado por un supervisor del contrato con conocimientos de mecánica para la mantención de los vehículos.

• Mantenerlos vehículos en perfectas condiciones mecánicas, estructuralesyestéticas.Todas mantenciones y reparaciones deberán ser realizadas de manera regular y cubiertas por el contratista, contemplando: cambio de Neumáticos, pastillas de frenos, ampolletas, plumillas, otros, esto es, todo lo que se desgaste por el uso propio del vehículo.

• Reemplazar todo y cualquier vehículo que sufra un desperfecto, dentro de los plazos indicados en las presentes bases técnicas.

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4.2. Sobre la mantención de los vehículos.

Toda y cualquier reparación asociada a los vehículos que prestan servicio, serán de exclusiva responsabilidad del contratista.

Las mantenciones de los vehículos serán de cargo y costo exclusivo del contratista, quien tendrá la obligación, tanto de resguardar el adecuado y óptimo estado mecánico y funcionamiento, como también el de mantener el aspecto estético y de presentación de los vehículos.

Las mantenciones preventivas de cada vehículo deberán efectuarse en el taller del concesionario oficial autorizado por el fabricante del vehículo, según las pautas de mantenimiento del fabricante.

El contratista, debe proveer a su cargo, de todos los traslados que los vehículos arrendados requieran como consecuencia de siniestros, desperfectos o mantenciones preventivas o reparaciones que fueran necesarias.

En consecuencia, ante cualquier evento dañino, que requiera una mantención y/o reparación, será de cargo y costo del contratista, sin excepciones, incluyendo también, la reparación y reposición de neumáticos y llantas.

4.3. Sobre los seguros de los vehículos.

El contratista deberá suscribir una o más pólizas de seguro para cada uno y todos los vehículos que presten servicios, que cubra como mínimo los siguientes riesgos que se produzcan con motivo u ocasión de cada servicio arrendado:

Daños propios, robo o hurto Responsabilidad Civil, que incluya daño emergente, daño moral y lucro cesante. Daños a terceros y los ocasionados por su propia carga.

Las pólizas de seguro deberán contemplar una cobertura especial de UF 500 para el riesgo de la responsabilidad civil, tanto para el daño emergente, el daño moral y el lucro cesante.

El contratista deberá entregar las respectivas pólizas de seguro, al momento de iniciarse cada servicio contratado.

Se hace presente, que independiente del monto del seguro solicitado en este punto, el contratista responderá de toda indemnización que, excediendo el monto fijado para este seguro, deba efectivamente pagar la Municipalidad, incluyendo los deducibles contemplados en la Póliza de Seguro.

En caso de siniestro, el contratista está obligado a rehabilitar el seguro de modo que los siniestros no afecten el monto de cobertura.

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4.4. Sobre la renovación de los vehículos.

Será responsabilidad exclusiva del contratista, mantener durante toda la vigencia del contrato, vehículos con una antigüedad de fabricación, no mayor a cuatro años, por lo que de corresponder, deberá ir reemplazando los vehículos que no cumplan con esta exigencia.

La I.T.S. será la responsable develar por que esta exigencia se cumpla y de ser detectada una falta, cursará las respectivas multas establecidas en las bases administrativas; en caso de no cumplirse con esta exigencia, la Municipalidad podrá dar termino anticipado del contrato, sin ningún tipo de indemnización hacia el contratista.

5. OTRAS DISPOSICIONES.

Si alguno de los vehículos no estuviera en condiciones mecánicas o cualquier impedimento que no permitieran su correcto uso e impidan prestar eI servicio de manera adecuada y no es reemplazado por otro similar dentro de los plazos establecidos en las presentes bases técnicas, la Municipalidad quedará facultada para arrendar un vehículo equivalente, con cargo al pago que hubiere correspondido al contratista.

El área de circulación para los vehículos comprenderá principalmente, la Región Metropolitana, V Región de Valparaíso y VI Región del Libertador Bernardo O'Higgins, pudiendo eventualmente extenderse a otra región del territorio nacional.

~ODE~.~

?~ f~- .., <r

~ CAROLINA JE' Z SALVO DIRE F~E3AltROiCU ~. ARiO""

_~` MUNICIPALI rAD DE COLINA

'Servicio arrienda de buses para la Dirección de Desarrollo Comunitario, Muncipalidad de Colina"

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LICITACIÓN PÚBLICA

ANEXO Nº1

"SERVICIO D! ARRIENDO DE BUSES Y TAXIBUS[S PARA LA DIRCGCI~N DE DESARROLLO COMUNIATRIO,

MUNICIPALIDAD DE COLINA"

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL

CÉDULA DE IDENTIDAD O RUT

NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL

(51 ES PERSONA JURÍDICA)

CÉDULA DE IDENTIDAD

DIRECCIÓN

TELÉFONO

CORREO ELECTRÓNICO

INDIVIDUALIZACIÓN DEL OFERENTE

NOTA: Respecto de la situación relotiva a lo Unión Temporal de Proveedores, debe indicarse el nombre del representante o apoderado común de /a misma, que debe coincidir con aquel que se estableció en el instrumento público o privado que formalizó la unión.

FIRMA PROPONENTE O REPRESENTANTE LEGAL

Colina, de de 2019.-

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ANEXO Nº2

LICITACIÓN PÚBLICA "SERVICIO DE ARRIENDO DE BUSES Y TAXIBUSES PARA LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNIATRIO,

MUNICIPALIDAD DE COLINA"

RESUMEN DE ANTECEDENTES LEGALES DE LAS SOCIEDADES OFERENTES

ESCRITURA PÚBLICA DE CONSTITUCIÓN

RAZÓN SOCIAL

OBJETO

CAPITAL

SOCIOS (*)

ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL

NOMBRE DIRECTORES (**)

REPRESENTANTE LEGAL

DURACIÓN

NOTA: (*) EN CASO DE QUE lA SOCIEDAD OFERENTE ESTUVIERE CONSTRUIDA POR ALGUNA SOCIEDAD, SE DEBEft4 ADEMÁS INFORMAR EL NOMBRE DE LOS SOCIOS DE ESTA O ESTAS SOCIEDADES. (") EN CASO QUE FUERE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, SE DEBERÁ ADEMÁS INFORMAR EL NOMBRE DE LAS SOCIEDADES DE ÉSTA.

FIRMA PROPONENTE O REPRESENTANTE LEGAL

COlina, de de 2019.-

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ANEXO Nº3

LICITACIÓN PÚBLICA

"SERVICIO DE ARRIENDO DE BUSES Y TAXIBUSES PARA LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNIATRIO, MUNICIPALIDAD DE COLINA"

NOMbR! EMpp!!A .

R.U.T

TELEFONO

E-MAIL

DECLARA:

DECLARACIÓN JURADA

• No haber sido condenado, dentro de los dos años anteriores al momento de presentación de la oferta, por prácticas antisindicales, por infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Pena (referidas en el artículo 4º de la Ley Nº19.886, de Compras Públicas)

• No tener las inhabilidades establecidas en el Artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Compras Públicas, en el sentido de no poseer vínculos de parentesco con los funcionarios Directivos de los Órganos de la Administración del Estado y de las Empresas y Corporaciones del Estada, ni con las personas unidas a ellas por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado

• La persona jurídica que represento no se encuentra sujeta actualmente a la prohibición —sea temporal operpetua- de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, establecida en el Nº2, artículo 8º de la Ley 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas (este punto de la declaración aplica exclusivamente a personasjurídicas).

FIRMA PROPONENTE O REPRESENTANTE LEGAL

Colina, de de 2019:

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LICITACIÓN PÚBLICA

ANEXO Nº 4

"SERVICIO DE ARRIENDO DE BUSES Y TAXIBUSES PARA LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNIATRIO, MUNICIPALIDAD DE COLINA"

COMPROMI50 D!' CONYIDlNCIALIOAD

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL

CÉDULA DE IDENTIDAD O RUT

SE COMPROMETE A: Proteger los datos personales entregados por el Municipio de acuerdo a la Ley 19.628 y a lo establecido en las Bases Administrativas yTécnicas de la presente licitación, y a no transferir ni cederla información a otras personas naturales o jurídicas, sean instituciones del sector público y/o privado, ni a título gratuito ni oneroso. Esta obligación se extiende a todo el personal que preste servicios.

FIRMA PROPONENTE O REPRESENTANTE LEGAL

Colina, de de 2019.-

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LICITACIÓN PÚBLICA

ANEXO N°S

""SERVICIO DE ARRIENDO DE BUSES Y TAXIBUSES PARA LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNIATRIO, MUNICIPALIDAD DE COLINA"

NOMBRE OFERENTE

R.U.T

TELEFONO

E-MAIL

DECLARACIÓN JURADA SIMPLE MEDIO AMBIENTAL

• Declaro tener la cantidad de N° sanciones por la Superintendencia

de Medio Ambiente, en cuanto a sanciones por incumplimiento ambiental de acuerdo a

la Ley 20.417 "Ley Orgánica SMA".

FIRMA PROPONENTE O REPRESENTANTE LEGAL

Colina, de de 2019.-

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ANEXO N°6

"SERVICIO

NOMBRE

CÉDULA

LICITACIÓN PÚBLICA DE ARRIENDO DE BUSES Y TAXIBUSES PARA LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO

MUNICIPALIDAD DE COLINA"

NÓMINA DE SERVICIOS EJECUTADOS O EN EJECUCION

COMUNIATRIO,

O RAZÓN SOCIAL

DE IDENTIDAD O RUT

NOMBRE EMPRESA/INSTITUCIÓN

Persona de Contacto Cargo

Correo Electrónico Teléfono

Fecha del Servicio

Descripción General

MONTO TOTAL CONTRATO $

N' vehículos (promedio por mes en caso de no existir un número determinado)

NOMBRE EMPRESA/INSTITUCIÓN

Persona de Contacto Cargo

Correo Electrónico Teléfono

Fecha del Servicio

Descripción General

MONTO TOTAL CONTRATO ~

N°vehículos (promedio por mesen caso de no existir un número determinada)

• Replicar este cuadra las veces que sean necesarias para acreditar los contratos

• Toda trahajo acá declarado debe ser acompañado por certificados, decretos,

información.

• En caso de que se tratare de una Unión Temporal de Proveedores, debe experiencia, si fuere el caso.

• En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada computará como de la EIRL.

los años de experiencia en el ruhro objeto de licitación.

contratos u otros antecedentes válidos que respalden

entregarse un aneto por cada uno de los proveedores para acreditar

(EIRLI, la experiencia de su titular, en calidad de persona

Colina, de de

dicha

su

natural, se

2019.-

FIRMA PROPONENTE O REPRESENTANTE LEGAL

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ANEXO N°7

LICITACIÓN PÚBLICA

"SERVICIO DE ARRIENDO DE BUSES Y TAXIBUSES PARA LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNIATRIO, MUNICIPALIDAD DE COLINA"

NOMBRE O RAZON SOCIAL

CÉDULA DE IDENTIDAD O R.U.T

OFERTA TÉCNICA

Los vehículos destinados a prestar el servicio requerido, se encuentran dentro del siguiente rango, de acuerdo a su año de fabricación:

Año 2019

Años 2017 y 2018

Años 2015 y 2016

Nota : Marcar com una cruz, según su oferta.

No se aceptan vehículos con una antigüedad superior al año 2015.

La totalidad de los vehículos destinados a prestar servicio, deben estar en uno de los rangos. Ofertas que marquen más de una opción, serán declaradas fuera de bases.

FIRMA PROPONENTE O REPRESENTANTE LEGAL

Colina de de 2019.-

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ANEXO N°8

LICITACIÓN PÚBLICA

"SERVICIO DE ARRIENDO DE BUSES Y TAXIBUSES PARA LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNIATRIO, MUNICIPALIDAD DE COLINA"

CARTA OFERTA NOMBRE O RAZON SOCIAL

CÉDULA DE IDENTIDAD O R.U.T

La oferta económica, asociada a la ejecución del servicio requerido, es la siguiente:

a) Por kilómetro efectivamente recorrido

VALOR NETO POR KILÓMETRO $

Afecto Impuesto % $

VALOR POR KILÓMETRO impuestos incluidos $

b) Por día de pernodación en lugar

REGIÓN VALOR por noche (IVA in~luldo) Regiones de Arica — Parinacota — Tarapacá —Antofagasta Región de Atacama Región de Coquimbo Región de Valparaíso Región del Liberador Bernardo O'Higgins Región del Maule Región del Bio-Bio—Araucanía Región de Los Ríos —Los Lagos Región Los Lagos (Isla de Chiloé)—Aysén -Magallanes

Nota: se considerará este pago en casos en que el vehículo deba quedarse por mas de un día en un lugar.

Los valores registrados deben incluir gastos generales y utilidades.

Declaro aceptaren todos sus puntos, lo estipulado en las Bases Administrativas, Bases Técnicas, aclaraciones y respuestas a consultas y todos aquellos antecedentes entregados por la Municipalidad.

Firma Oferente o Representante Legal

Colina de de 2019.-

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LICITACIÓN PÚBLICA

ANEXO N°9

"SERVICIO DE ARRIENDO DE BUSES Y TAXIBUSES PARA LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNIATRIO, MUNICIPALIDAD DE COLINA"

METODOLOGÍA Y PAUTA DE EVALUACIÓN

1. OFERTA ECONÓMICA (60%)

La metodología de evaluación para este ítem se hará de acuerdo a la relación de menor costo, considerando las ofertas registradas en el Anexo N°8. Para tal efecto, se utiliza la siguiente fórmula:

Puntaje = OMV x 100 OE

OMV =Oferta con menor valor OE =Oferta valor oferente

nE~tije Oferf

2. OFERTA TÉCNICA (20%j

;ajej x 0,60:;

Se considera en este parámetro de evaluación, la oferta realizada en cuanto a el año de fabricación de los vehículos destinados a prestar servicios, de acuerdo a lo indicado en letra B.3 de las bases admiistrativas y oferta formulada en Anexo N°7 "Oferta técnica". La evaluación se realizará de acuerdo a la siguiente tabla:

flpfabr¡eación :

Año 2019

PgY}deracíón

100 20.00

Años 2017 y 2018 60 12.00

Años 2015 y 2016 20 4.00

3. EXPERIENCIA (15%)

Se considera en este parámetro de evaluación, la experiencia del oferente en la prestación de servicios asociados al arriendo de vehículos de transporte de pasajeros, de acuerdo a como se requiere en letra B.1 de las bases administrativas, evaluándose tal-como se indica en el cuadro siguiente:

ge¡ s(pderáción ' Puntaje

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MUNICIPALIDAD DE COLINA SECRETARÍA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN UNIDAD DE LICITACIONES

Acredita más de SO contratos de iguales o similares características.

100 15.0

Acredita entre 5 y 10 contratos de iguales o similares características.

60 9.00

Acredita menos de 5 contratos de iguales o similares características.

40 6.00

No acredita experiencia 0 0

1'ótai puntaje éit

4. DECLARACIÓN AMBIENTAL SIMPLE (1%1

l~deratióñ tagl>~j ;

En este criterio, se evalúa el comportamiento ambiental del oferente, considerando las sanciones por incumplimiento ambiental, de acuerdo a como se indica y según Anexo N°10:

Descripción Ponderación Puntaje

Sin sanciones o condenas por incumplimientos ambientales

100 1.00

Entre 1 y 3 sanciones o condenadas par incumplimientos ambientales.

10 0.10

Más 3 sanciones o condenadas por incumplimientos ambientales.

0 0

puntaje d~tlal ronderáclbt~'~C>Cái

5. CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES (4%j

Para este criterio de evaluación, las ofertas se compararán entre sí, conforme a los antecedentes presentados y se jerarquizarán otorgándole el máximo Puntaje (de 0 a 100 ptos.) a las ofertas que presenten la totalidad de antecedentes conforme a bases, y luego, disminuyendo por cada documento o antecedente presentado fuera de fecha o que haya debido ser rectificado.

Descripción Ponderación Puntaje

Entrega dentro del plazo original el 100% de los Documentos Administrativos.

100 4.0

Entrega o rectifica de 1 a 2 antecedentes en instancia posterior al cierre del proceso de apertura.

60 2.40

Entrega o rectifica de 3 a 4 antecedentes en instancia posterior al cierre del proceso de apertura.

40 1.6

Entrega o rectifica S ó más antecedentes en instancia posterior al cierre del proceso de apertura.

0 0

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MUNICIPALIDAD DE COLINA sECRETAR(A COMUNAL DE PLANIFICACIÓN UNIDAD DE LICITACIONES

Total Puntaje cumplimiento requisitos = [ponderación tabla] x 0,04

6. EVALUACIÓN FINAL

Por tanto, la evaluación final estará definida por la suma de los puntajes obtenidos en la evaluación de cada criterio.

PUNTAIF FINAL =,TP 1 t+ Tp 3# TP 3+:TP 4+TPS

TPl: Total Puntaje 1 TP2: Total Puntaje 2 TP3: Total Puntaje 3 TP4: Total Puntaje 4 TP4: Total Puntaje 5

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