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ASPECTOS MÁS RELEVANTES DE LA FUTURA LEY DE EDUCACIÓN:

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ASPECTOS MÁSRELEVANTES DE LAFUTURA LEY DEEDUCACIÓN:

Art ículo Revista ANPE

LOMLOE

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50%

Nueva distribución decompetencias entre elGobierno y lasComunidadesAutónomas

El Ministerio de Educación fijará

del currículo en las comunidades conlengua cooficial.

Los centros educativos podrán fijarparte del mismo en una proporción

que deben determinar lasautonomías.

60%en las que NO las tiene.

Y el

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ElCastellanodeja de servehicular

En la nueva ley elcastellano deja de serlengua vehicular.

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Currículo

Apuesta por un currículum másadelgazado encaminado hacia unmarco más competencialcompartido entre Estado, CC.AA. y centros.

Supresión de los estándares deaprendizaje y la jerarquía entrematerias.

Creación de una unidadadministrativa encargada deldesarrollo, la actualización y lainvestigación curricular donde lascomunidades estarán presentes.

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Infantil

El primer ciclo 0-3 tendrá caráctereducativo con requisitos mínimos ypropuesta pedagógica.

Se atenderá a la compensación delos efectos de las desigualdades deorigen cultural, social y económicoen el aprendizaje infantil junto a unimpulso a la detección precoz yatención temprana de dificultades.

El Gobierno dispone de un año parapresentar un plan a ocho años vistapara ampliar de forma “suficiente yasequible” la oferta pública de plazasde cero a tres años, procurando sugratuidad y "priorizando elacceso del alumnado en situación deriesgo de pobreza”.

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Primaria

Conocimiento del Medio natural,social y cultural que se podrádesdoblar en Ciencias de laNaturaleza y Ciencias Sociales.

Educación Artística, que se podrádesdoblar en Educación Plásticay Visual, por un lado. Y, Música ydanza, por otro.

La etapa de primaria volverá a estaragrupada en ciclos de dos cursos,reduciendo su compartimentación.

Informes a la familia: de refuerzo encada ciclo y al finalizar la etapa.

Las áreas son comunes en todo elEstado y se introducen comonovedad:

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Secundaria

Los centros dispondrán deautonomía para agruparmaterias por ámbitosinterdisciplinares.

Se eliminan los itinerarios, lajerarquía entre materias ylas reválidas.

Programas dediversificación curricular yuna FP Básica conducente altítulo de la ESO.

Se fomentan alternativas ala repetición para intentarreducirla.

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Diversificacióncurricular

Orientados a la consecución del títulode Graduado en EducaciónSecundaria Obligatoria, por parte de quienes presenten dificultadesrelevantes de aprendizaje tras haberrecibido, en su caso, medidas deapoyo en el primero o segundo curso,o a quienes esta medida de atención ala diversidad les sea favorable para laobtención del título.

Al finalizar el segundo curso, quienesno estén en condiciones depromocionar a tercero podrán incorporarse, una vez oído el propioalumno/a y sus padres, madres otutores legales, a un programade diversificación curricular, tras laoportuna evaluación.

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Bachillerato

de Humanidades y CienciasSociales.de Ciencias y Tecnologíade Artes.

Bachillerato General*.

Cuatro tipos de bachillerato.Actuales tres bachilleratos:

Se sumará:

*Contendrá aspectos tanto de la rama científicacomo de la de letras, y está enfocada a aquellosalumnos que al acabar la ESO no se handecidido por una u otra vía.

Se garantiza una oferta de materiasmínima y común en todos los centros.

Mayor flexibilidad en la duración delBachillerato.

Se elimina la prueba de evaluaciónfinal de etapa accediendo a laUniversidad a través de una PAU.

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FormaciónProfesional I

Mayor flexibilidad en el acceso ala FP: se eliminan requisitos deedad y permite el acceso desdeotras enseñanzas.

Renovación más ágil decontenidos y títulos ajustados alempleo y los cambiosproductivos.

Facilidades para cursar FP deforma compatible con laactividad laboral.

Programas de “segundaoportunidad” de carácterprofesional para quienesabandonen la ESO sin título.

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FormaciónProfesional II

Impulso a la acreditación de laexperiencia laboral y a pruebasde acceso con formato másflexible y frecuente.

Formación complementariapara completar títulos de FPmedia y superior.

Promoción de una red estable decentros para la transferencia deinnovación y experiencias deéxito en FP.

Posibilidad de contratar“profesorado especialista” deentre “profesionales del sectorproductivo asociado al título ocurso correspondiente.”

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Regulación enseñanzasArtísticas Superiores I

En el plazo de dos años desde laentrada en vigor, el Gobierno, previaconsulta a las comunidadesautónomas, al Consejo Superior deEnseñanzas Artísticas y oído elConsejo de Universidades, presentaráuna propuesta normativa para laregulación de las condiciones básicaspara la organización de lasenseñanzas artísticas superiores,además de las que se refieren a lastitulaciones y requisitos delprofesorado derivados de lascondiciones de inserción de estasenseñanzas en el marco de laeducación superior.

Del mismo modo el Gobierno incluiráen dicha propuesta la organización yequivalencias de las enseñanzasartísticas profesionales y su relacióncon el Catálogo Nacional de lasCualificaciones Profesionales.

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Regulación enseñanzasArtísticas Superiores II

En el plazo de dos años desde laentrada en vigor, el Gobierno, previaconsulta a las CCAA, al ConsejoSuperior de Enseñanzas Artísticas yoído el Consejo de Universidades,presentará una propuesta normativapara la regulación de las condicionesbásicas para la organización de lasenseñanzas artísticas superiores,además de las que se refieren a lastitulaciones y requisitos delprofesorado derivados de lascondiciones de inserción de estasenseñanzas en el marco de laeducación superior.

Del mismo modo el Gobierno incluiráen dicha propuesta la organización yequivalencias de las enseñanzasartísticas profesionales y su relacióncon el Catálogo Nacional de lasCualificaciones Profesionales.

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Evaluación I

Se eliminan los estándares deaprendizaje y desaparecen lasevaluaciones finales con carácteracadémico de ESO y Bachillerato.

Limitación de la repetición conmedidas preventivas y planesindividualizados.

Solo se puede repetir una vez enPrimaria y dos como mucho en toda laenseñanza obligatoria, lo decide elequipo docente sobre la base de lomás favorable para la evoluciónacadémica del alumno, sin estarsujeto a la repetición de más de dosasignaturas.

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Evaluación II

Evaluaciones censales en 4º dePrimaria y 2º de ESO con fines dediagnóstico y de mejora para loscentros y el alumnado con planespersonalizados. En función de ello, loscentros podrán aplicar planes de“mejora" y "equidad”.

Evaluaciones muestrales en 6º dePrimaria y 4º de ESO con fines dediagnóstico del sistema, sin publicarclasificaciones de centros.

Título único de la ESO alcanzado através de cualquier programa(Diversificación o Ciclos formativosde grado básico).

La decisión de promoción y titulaciónen la ESO y Bachillerato se adopta demanera colegiada, más alláde criterios únicamente cuantitativos.

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Evaluación III

Quienes al finalizar el cuarto curso deeducación secundaria obligatoria nohayan obtenido la titulación podránalcanzarla a través de la realización depruebas o actividades personalizadasextraordinarias de las materias queno hayan superado, de acuerdo con elcurrículo establecido por laAdministración educativa competente.

Se podrá obtener el título de Bachillerpor compensación superando todaslas materias salvo una si el equipodocente considera que el alumno/a haalcanzado los objetivos de la etapa.

Acceso a la Universidad a través dePAU.

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Religión

La asignatura de Religión será deoferta obligatoria, pero dejará decontabilizar en la nota media delexpediente.

No existe una materia alternativa quedeban cursar quienes no la elijan.

Asignatura de ValoresCívicos y Éticos

Se cursará en uno de los cursos delúltimo ciclo de primaria (5º o 6º) y enotro de Secundaria, centradaespecialmente en los DerechosHumanos y de la Infancia, losrecogidos en la Constitución española,la igualdad de género, la cultura de lapaz, la función social de los impuestosy “el respeto por el entorno y losanimales”, entre otros elementos.

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Igualdad de género

la igualdadentre

hombres ymujeres,

uno de los elementostransversales en todas las áreas

de conocimiento.

Los colegiosque segreguen

por sexosno podrán ser concertados.

Se hace hincapié en la promoción de

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Inclusión

El Gobierno y las comunidadesdiseñarán un plan para que, en 10años, “los centros ordinarios cuentencon los recursos necesarios para poderatender en las mejores condiciones alalumnado con discapacidad”.

Las Administraciones seguiránfinanciado los centros especiales paraque, “además de escolarizar a losalumnos y alumnas que requieran unaatención muy especializada,desempeñen la función de centros dereferencia y apoyo para los centrosordinarios”.

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Sostenibilidad

Las comunidades deberán reducir elimpacto ecológico de los centroseducativos, en coordinación conlas instituciones y organizaciones desu entorno para promover

"la cultura de lasostenibilidadambiental” y contribuir a frenar el cambioclimático.

Competencias delConsejo Escolar

Recupera competencias, entreellas: aprobará el proyectoeducativo y la programacióngeneral del centro y participará enla selección del director.

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Escolarización

instando a lascomunidades a garantizar plazassuficientes en esta red.

“demanda social”.

Medidas encaminadas a corregir ladistribución del alumnadodesfavorecido entre las redespública y concertada.

“La educaciónpública constituyeel eje vertebradordel sistemaeducativo”,

Se suprime el concepto de

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Escolarización

Todos los centros estarán obligados aaceptar un porcentaje de la llamadamatrícula viva: la de alumnos,normalmente hijos de inmigrantes,que llegan tras la finalización delperiodo de admisión ordinarioo con el curso ya empezado y suelenacabar mayoritariamente en centrospúblicos.

Los Ayuntamientos no podrán cedersuelo para construir centroseducativos que no sean públicos.

"una proporción equilibradadel alumnado con necesidadespecífica de apoyo educativoque deba ser escolarizado encada uno de los centrospúblicos y privadosconcertados."

Las comunidades deberán establecer:

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Desarrolloprofesional docente.

Se dispone de un año para diseñarun nuevo sistema de acceso a laprofesión docente, de formacióninicial y permanente, y dedesarrollo profesional docente.

Profesores Técnicosde FP

Cuerpo a extinguir de ProfesoresTécnicos de FormaciónProfesional.Integración en el cuerpo deProfesores de EnseñanzaSecundaria de todos aquellos que,a la entrada en vigor de la Ley,posean el título de Grado oequivalente.

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Remoción del puestode trabajo

Referencia dirigida a losfuncionarios

“que muestren unamanifiesta falta decondiciones paraocupar un puesto

docente o una notoriafalta de rendimiento"

“tareas que norequieran atención

directa con elalumnado”.

podrán ser

“removidos de supuesto”

Y destinados a

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Solidaridadinterterritorial

Se recuperan los planes decooperación interterritorial parainyectar fondos en los sistemaseducativos autonómicos ycontribuir al “equilibrioterritorial".

Tendrán prioridad los programasdirigidos a potenciar laescolarización "asequible” decero a tres años, la FP, laeducación inclusiva, elplurilingüismo y la escuela rural,así como los diseñados parareducir el abandono temprano.

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Incremento delgasto públicodestinado aEducación

el aumento delgasto público

educativo hasta el5% del PIB.

El Gobierno dispone de dos añospara formular un plan de aumentodel gasto público con el quecumplir los objetivos de la ley.

El mismo contemplará

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Plan de Contingenciapara situaciones deemergencia

El Ministerio de Educación yFormación Profesional encolaboración con lasadministraciones educativasdefinirán un modelo de Plan deContingencia.

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La coordinación de losórganos de gobierno y decoordinación docente.Aspectos organizativos y defuncionamientodel centro.

Contendrá las medidas quegaranticen la competencia digitaldel alumnado y profesorado,reduciendo en lo posible lasbrechas digitales de acceso y uso,y las previsiones para la revisiónde los elementos del currículo yde las programacionesdidácticas centradas en losaspectos más competenciales delcurrículo.

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Serán automáticamente aplicablesdesde su publicación los cambiosque afectan a la admisión dealumnos, la autonomía de loscentros docentes y lascompetencias de los consejosescolares.

El curso siguiente se implantaránlas modificaciones en materia deevaluación, repetición, titulación,organización y currículo.

Calendario deaplicación

Entrada en vigor 20días después de supublicación en el

BOE.

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www.anpe.es