brunero sofia - ponencia v jamyblar 2014

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V Jornadas de Archivos, Museos y Bibliotecas en La Rioja (JAMyBLaR 2014 ) La (in)visibilidad del Archivo en las políticas de gestión cultural. Análisis normativo. Lic. Sofia Y. Brunero [email protected] Universidad Nacional de La Rioja Departamento Humanidades Tecnicatura Universitaria en Administración de Documentos y Archivos Eje Central: Archivos, Bibliotecas y Museos: unidades de información para fomento del turismo cultural Eje Particular: Los Archivos como unidades de interés social, económico y cultural: perspectivas distintas y complementarias. Resumen En el presente trabajo se desarrolla el concepto de Archivo como unidad de interés económico, social y cultural en relación con la significación de la gestión cultural hoy día, con el objetivo general de demostrar el valor que tienen las instituciones archivísticas como entidades participativas de las políticas públicas orientadas al desarrollo cultural de una comunidad y la difusión de la información. Como fuentes de análisis para el estudio realizado, en el proceso de corroborar la hipótesis general que sostiene que los Archivos hoy día no se encuentran lo suficientemente contemplados en la legislación cultural de Argentina, se utilizaron las principales leyes nacionales y provinciales relacionadas con la implementación de la gestión cultural en las respectivas jurisdicciones. El texto de la normativa fue obtenido a partir del Sistema de Información Cultural de Argentina (SInCA) desarrollado a partir del año 2007 y vigente en la actualidad. Palabras Clave: derecho a la información, política archivística, patrimonio cultural. Introducción El desarrollo de los Archivos en la sociedad en que se encuentran, se halla determinado por la existencia, o no, de una política de pública archivística, definiéndola como “el conjunto de de premisas, decisiones y acciones que

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  • V Jornadas de Archivos, Museos y Bibliotecas en La Rioja (JAMyBLaR 2014)

    La (in)visibilidad del Archivo en las polticas de gestin cultural. Anlisis normativo.

    Lic. Sofia Y. Brunero [email protected]

    Universidad Nacional de La Rioja Departamento Humanidades

    Tecnicatura Universitaria en Administracin de Documentos y Archivos Eje Central: Archivos, Bibliotecas y Museos: unidades de informacin para fomento del turismo cultural Eje Particular: Los Archivos como unidades de inters social, econmico y cultural: perspectivas distintas y complementarias.

    Resumen

    En el presente trabajo se desarrolla el concepto de Archivo como unidad de

    inters econmico, social y cultural en relacin con la significacin de la gestin

    cultural hoy da, con el objetivo general de demostrar el valor que tienen las

    instituciones archivsticas como entidades participativas de las polticas pblicas

    orientadas al desarrollo cultural de una comunidad y la difusin de la informacin.

    Como fuentes de anlisis para el estudio realizado, en el proceso de corroborar la

    hiptesis general que sostiene que los Archivos hoy da no se encuentran lo

    suficientemente contemplados en la legislacin cultural de Argentina, se utilizaron

    las principales leyes nacionales y provinciales relacionadas con la implementacin

    de la gestin cultural en las respectivas jurisdicciones. El texto de la normativa fue

    obtenido a partir del Sistema de Informacin Cultural de Argentina (SInCA)

    desarrollado a partir del ao 2007 y vigente en la actualidad.

    Palabras Clave: derecho a la informacin, poltica archivstica, patrimonio cultural.

    Introduccin

    El desarrollo de los Archivos en la sociedad en que se encuentran, se halla

    determinado por la existencia, o no, de una poltica de pblica archivstica,

    definindola como el conjunto de de premisas, decisiones y acciones que

  • consideran los diversos aspectos administrativo, legal, cientfico, cultural,

    tecnolgico, etc. relativos a la produccin, el uso y la preservacin de la

    informacin archivstica de naturaleza pblica y privada (Brunero & Daz Mariano,

    2014). El principal instrumento para la concrecin de las polticas pblicas,

    cualquiera sea su naturaleza, est constituido por el bagaje de disposiciones

    normativas que institucionalizan y oficializan las decisiones inherentes al objeto que

    tratan. Por lo tanto, es vital como profesionales de las ciencias de la informacin

    que conozcamos, analicemos y participemos en la puesta en prctica y elaboracin

    de este tipo de normativas, ms all del mbito en que desarrollemos nuestra

    actividad. Es por ello que en el presente trabajo se expone un anlisis normativo

    referido en forma especfica a los Archivos, en tanto unidades de inters

    econmico, social y cultural, efectivos o potenciales, en el mbito de la legislacin

    provincial y nacional de la Repblica Argentina.

    Para proceder al estudio planteado, se utilizaron las fuentes normativas que

    proporciona el compendio de legislacin referida a la cultura en la Argentina del

    denominado SInCA: Sistema de Informacin de la Cultura Argentina. Presentado

    oficialmente el 15 de diciembre de 2006 a travs de la direccin

    www.cultura.gov.ar/sinca, el SInCA puso en prctica una de las recomendaciones

    principales del 1 Congreso Argentino de Cultura, realizado en Mar del Plata entre

    el 26 y 28 de agosto del mismo ao: el compromiso federal de "propiciar la

    construccin de un Sistema Nacional de Informacin Cultural que recopile,

    sistematice y difunda datos cualitativos y cuantitativos sobre la cultura argentina.

    Luego de la Resolucin del Ministerio de Cultura de la Nacin del ao 2007, que lo

    aprueba y establece institucionalmente, el SInCA cuenta con su propio espacio

    Web en la direccin: http://sinca.cultura.gov.ar/1 El espacio est formado por cuatro

    reas de trabajo: Mapa Cultural de la Argentina, Estadsticas Culturales, Gestin

    Pblica en Cultura, y Centro de Documentacin, siendo estos ltimos dos espacios

    los que se emplearon especficamente en el desarrollo de la presente ponencia.

    Brindan bases de datos sobre aspectos de la cultura argentina 27 organismos

    pblicos, privados y del tercer sector, entre ellos la AFIP (Administracin Federal de

    Ingresos Pblicos), el INCAA (Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales), el

    COMFER (Comit Federal de Radiodifusin), la Direccin Nacional de Patrimonio y

    1 La sede fsica del SInCA se encuentra en Monserrat Alsina 1169, 2do. Piso [C1088AAD] Ciudad

    Autnoma de Bs. As., Buenos Aires, Argentina.

  • Museos, la CONABIP (Comisin Nacional de Bibliotecas Populares), la CAL

    (Cmara Argentina del Libro), el IVC (Instituto Verificador de Circulaciones), CAPIF

    (Cmara Argentina de Productores de la Industria Fonogrfica), SADAIC y

    Argentares, entre otros (Calagno & Lerman, 2007, p. 107). Si bien tambin

    colaboran a la base de datos los organismos institucionales abocados a la cultura y

    al patrimonio de las distintas provincias de la Repblica Argentina, llama

    poderosamente la atencin la ausencia de la participacin del Archivo General de

    la Nacin Argentina (AGN).

    Sin embargo, en el sondeo preliminar de los programas especficos

    contemplados en el Directorio Federal de Programas culturales, se hall un alto

    porcentaje de proyectos propuestos y avalados por instituciones archivsticas

    provinciales, dentro de las temticas conmemoracin / memoria; derechos y

    patrimonio material2. De all surge la problemtica identificada y analizada en el

    presente estudio: cmo afecta el desarrollo de las instituciones archivsticas las

    ideas de cultura, turismo cultural y gestin cultural que hoy da adoptan las

    normativas de las polticas pblicas nacionales y provinciales de Argentina? El

    concepto de cultura que se tiene hoy da es excluyente o incluyente de los

    archivos? Corresponde aclarar que ambos interrogantes se realizan especialmente

    sobre la figura del Archivo de tercera edad, General o Histrico, como aquel al que

    se han de transferir desde el Archivo Intermedio la documentacin que deba

    conservarse permanentemente, por no haber sido objeto de dictamen de

    eliminacin (Matropierro, 2008, p. 34)

    As, en un panorama donde se observa la participacin activa y prctica de

    las instituciones archivsticas provinciales dentro de las polticas pblicas culturales,

    se plantea la hiptesis general que enuncia que la ausencia, escasez de la

    presencia del trmino patrimonio documental en la normativa argentina, priva en

    parte a los archivos de su significado y explotacin como unidades de inters

    econmico, social y cultural; dado que las instituciones netamente archivsticas se

    2 Dentro de los 58 programas que conforman el Directorio, son destacados para mencionar al

    respecto: el Programa provincial de becas y pasantas provinciales de Chubut, que contempla la capacitacin del personal que trabaja en Archivos, Bibliotecas y Museos; el Programa de actividades de extensin del Archivo Histrico de la Provincia de Buenos Aires; el Programa de Catalogacin, Clasificacin y Sistematizacin de Documentos de Neuqun; y el Programa Los pueblos cuentan su historia: hacia el recupero de la memoria colectiva, de Santiago del Estero. Para un listado completo de los programas culturales que forman parte del Directorio Federal, relacionados a conmemoracin y memoria, acceder a: http://sinca.cultura.gov.ar/sic/gestion/directoriofederal/results.php (consultado el 17 mayo, 2014)

  • ven forzadas a adaptarse a normativas elaboradas en base a conceptos que

    excluyen la figura del ciclo documental y slo contemplan la participacin de los

    Archivos Histricos. Por lo tanto, se procede a analizar en el presente trabajo los

    textos de las principales leyes y decretos nacionales y provinciales relacionados a

    turismo y/o gestin cultural, con el objetivo general de corroborar, o no, la hiptesis

    enunciada. Los objetivos que se articularn a lo largo del estudio exploratorio

    normativo implicado, son las afirmaciones que adhieren a la posibilidad de entender

    a los archivos pblicos de primera, segunda y tercera edad - como unidades de

    inters econmico, social y cultural, para el ciudadano que forma parte de la actual

    Sociedad de la Informacin.

    Los archivos como unidades de informacin de inters econmico

    Ms all del claro valor que tienen para la sociedad los distintos organismos

    pblicos orientados a la cultura, en casi todos los casos, los presupuestos

    culturales son bajos lo que ocasiona que no se cuente con personal especializado

    en el manejo de informacin ni con el equipamiento informtico mnimo

    indispensable (Calcagno & Lerman, 2007, p. 107). Podemos aventurar, que ello se

    debe a que las instituciones de tipo cultural no suelen redituar sus servicios

    econmicamente, sino a partir de otro tipo de parmetros: insercin social,

    revalorizacin de la identidad local, integracin de estrategias educacionales, etc.

    As, las direcciones de estos organismos que deseen incrementar sus

    recursos materiales, parecen tener bsicamente tres alternativas: apelar a

    programas y/o subsidios nacionales o provinciales para realizar actividades

    especficas; acudir a asociaciones civiles nacionales, provinciales o internacionales

    para que les proporcionen algn tipo de ayuda econmica; o bien, barajar la

    posibilidad de cobrar por sus servicios, generando una caja chica propia.

    Varios estudios marxistas () sostienen que el control de la distribucin es,

    en el plano de los bienes culturales, ms importante que el de su produccin, ya

    que puede generar ms beneficios econmicos (Mastrini & Mestman, 1996, p. 81)

    Por lo cual, no se cuestiona el cobro de un aporte mnimo para acceder a los

    beneficios de un museo o centro cultural, dado que ambos se encuentran

    encuadrados dentro de las denominadas industrias culturales.

    Sin embargo, en las bibliotecas parece intocable el principio de la gratuidad,

    los derechos cobrados por algunos servicios son insignificantes () Algunos

  • estudiosos comienzan a sopesar lo sospechoso de la gratuidad y se sugiere una

    actuacin tendiente a hacer presente el valor del servicio (Ramos Simn, 1995, p.

    155). No se trata de cobrar en el mismo sentido que se hace en los museos, es

    decir, abonando una entrada preestablecida; pero s es posible aplicar

    determinadas tasas a pagar por servicios especficos.

    Citando un ejemplo de la realidad, a partir del ao 2012 se cobra en el Archivo

    de Gobierno de la provincia de Crdoba una tasa por copias certificadas, de

    acuerdo a lo establecido en el Art. 89 de la Ley provincial N 10178;

    permaneciendo la consulta in situ de los documentos, gratuita. De esta manera, si

    bien no se genera una caja chica propia de la institucin archivstica, s se logra

    generar un recursos econmico propio del Archivo, argumento directo para

    reclamar mejoras en sus condiciones. Finalmente, corresponde destacar que

    desde la implementacin de la tasa no se redujo sino que se increment la

    solicitud de copias certificadas, tanto como la cantidad de usuarios que consultan

    los documentos in situ3.

    El valor del archivo como unidad de inters social

    Existen dos tipos de argumentos que promueven la recoleccin de informacin pblica y su elaboracin en sistemas integrados. El primero tiene que ver con la transparencia, a partir del concepto de rendicin de cuentas pblicas, y est asociado al deber del Estado en cuanto a la publicidad de los actos de gobierno, la difusin de presupuestos, planificaciones y procedimientos. (...) El segundo argumento es el del Derecho a la Informacin, y est ligado al individuo, en el sentido de ser las personas quienes tienen el derecho a dar y recibir informacin. (Calcagno & Lerman, 2007, p. 103)

    Ambos argumentos obedecen a la razn del ser del Archivo, de all su

    indiscutible valor social. En un estado democrtico, en el que su Constitucin

    Nacional garantiza el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el derecho

    de acceso a la informacin pblica a travs del Art. 1, de los Arts. 33, 41, 42 y

    concordantes del Captulo Segundo (Nuevos Derechos y Garantas) y del artculo

    75 inciso 22, que incorpora con jerarqua constitucional diversos Tratados

    Internacionales, es evidente el rol protagnico que deben tener las instituciones

    archivsticas en ese sistema de transparencia de la informacin: desde los archivos

    de gestin en el rea pblico administrativa, hasta los Archivos Histricos

    Nacionales en su oferta de libre acceso. 3 Datos extrados a partir del anlisis cuantitativo de los registros que posee el Archivo del Gobierno

    de Crdoba, en el perodo 2003-2013.

  • De todos modos, analizando el texto de los cuatro pilares normativos que

    sostienen la poltica de transparencia de la administracin pblica nacional, se

    observa claramente que la responsabilidad de garantizar el deber del estado en

    cuanto a hacer accesibles sus documentos, recae sobre la figura del funcionario

    pblico, antes que en entidades institucionales como los archivos pblicos y su

    estructura toda; adems de tener una clara tendencia hacia las actividades

    contables, no completando el perfil socio cultural que poseen las instituciones

    pblicas.:

    - La Ley Nacional N 25152 (1999) de Administracin de los Recursos

    Pblicos, establece en su Art. 8 que la documentacin de carcter fsico y

    financiero producida en el mbito de la Administracin Nacional () tendr

    el carcter de informacin pblica y ser de libre acceso para cualquier

    institucin o persona interesada en conocerla, sin asignar recursos

    especficos o indicar medios prcticos a partir de los cuales se puede

    garantizar el acceso efectivo y concreto a cualquier ciudadano interesado.

    - El Decreto Nacional N 1172/03 de Mejora de la calidad de la democracia

    y sus instituciones, aprueba cinco reglamentos en sus correspondientes

    anexos relacionados con la realizacin de audiencias pblicas, la

    publicidad de las gestiones de gobierno, la elaboracin participativa de

    normas, el acceso a documentacin pblica y las reuniones abiertas de los

    entes reguladores de los servicios pblicos; disponiendo el acceso libre y

    gratuito va lnternet a la edicin diaria de la totalidad de las secciones del

    Boletn Oficial de la Repblica Argentina, durante el da hbil

    administrativo de su publicacin grfica. Si bien su texto se constituye en

    un elemento vital para garantizar la participacin ciudadana, el Art. 10 del

    Reglamento de Acceso a la Informacin Pblica, generaliza respecto a la

    responsabilidad de quien detenta el documento a ofrecer, al dictaminar

    que los sujetos en cuyo poder obre la informacin deben prever su

    adecuada organizacin, sistematizacin y disponibilidad, asegurando un

    amplio y fcil acceso. La informacin debe ser provista sin otras

    condiciones ms que las expresamente establecidas en el presente.

    Asimismo deben generar, actualizar y dar a conocer informacin bsica,

    con el suficiente detalle para su individualizacin, a fin de orientar al

  • pblico en el ejercicio de su derecho. As el reglamento aprobado alcanza

    para concienciar a los funcionarios pblicos respecto a la importancia y

    forma de brindar la informacin pblica al ciudadano, pero no es suficiente

    para sentar las bases de un mecanismo de gestin documental que

    garantice la sistematizacin de la informacin que plantea en su

    considerando. El organismo de aplicacin del reglamento es la

    Subsecretara para la Reforma Institucional y Fortalecimiento de la

    Democracia, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

    - El Decreto Nacional N 436/00 de compras y contrataciones, en el Ttulo II

    del Reglamento para la adquisicin, enajenacin y contratacin de bienes

    y servicios del estado nacional, establece las disposiciones generales para

    la Transparencia en la gestin de las contrataciones. En su articulado

    implementa un procedimiento que forma parte de un sistema detallado

    que, al menos en texto, s parecera garantizar el acceso a la informacin

    en todos los interesados Pero recordemos que no se trata de un acceso

    masivo, sino solamente de los interesados en la accin de compra y

    contratacin.

    - Finalmente, el Decreto Nacional N 677/01 de Transparencia de la oferta

    pblica, tambin aprueba un rgimen de tipo contable, que busca la

    proteccin del ciudadano ahorrista o consumidor financiero, tal como lo

    dice en gran parte de su considerando. El reglamento que aprueba es

    sumamente detallado y claro, logrando un xito terico similar al del

    procedimiento implementado a partir de la sancin del Decreto N 436/00,

    pero con la misma limitacin de estar dedicado a cuestiones contables.

    El derecho a la informacin, sobre el que se asienta el valor social del

    Archivo, es un derecho humano. Una de las normativas que se destacan por haber

    logrado plasmar claramente esta asociacin en su texto, son las leyes y decretos

    fundadores de los denominados Archivos de la Memoria, dadas a nivel nacional y

    tambin en jurisdiccin de varias provincias. La mayora han tenido en cuenta,

    dentro de su considerando, las pautas difundidas por el Programa Memoria del

    Mundo de la Organizacin de las Naciones Unidas para la Educacin, la Ciencia y

    la Cultura (UNESCO) y contienen en su articulado disposiciones claras y

    especficas al tratamiento archivstico, como podemos observar en el Art. 2 del

  • Decreto Nacional N 1259/03: otrgase carcter intangible al material testimonial,

    documental e informativo que integre el Archivo Nacional de la Memoria, por lo que

    el mismo deber conservarse sin cambios que alteren las informaciones,

    testimonios y documentos custodiados. La destruccin, rectificacin, alteracin o

    modificacin de informaciones, testimonios o documentos relativos a la materia de

    este decreto queda estrictamente prohibida en el mbito de la Administracin

    Pblica Nacional, hayan o no ingresado al Archivo.

    Tambin corresponde resaltar el texto de la Ley provincial N 9286 (2006) de

    creacin de la Comisin y del Archivo Provincial de la Memoria de Crdoba, con un

    articulado que refleja claramente los objetivos y funciones de un archivo de ese

    tipo; destacndose en materia de acceso a la informacin lo dispuesto en el inc. b

    del Art. 4: garantizar el acceso a toda la documentacin obrante en el archivo, a

    simple solicitud de cualquier persona que acredite su inters legtimo y, siendo la

    excepcin a la regla al disponer en el inc. c establecer, con los elementos

    obtenidos, un museo y espacio de la memoria, arbitrando los medios conducentes

    a su preservacin y resguardo, cuando generalmente es la institucin del Museo la

    que incluye al archivo.

    El valor del archivo como unidad de inters cultural

    La definicin del trmino cultura, que ms aceptacin ha tenido entre la

    comunidad cientfica, es la proporcionada por UNESCO en su Conferencia Mundial

    sobre Polticas Culturales, que define el trmino como el conjunto de los rasgos

    distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a

    una sociedad o un grupo social. Ella engloba, adems de las artes y las letras, los

    modos de vida, los derechos fundamentales al ser humano, los sistemas de

    valores, las tradiciones y las creencias y que la cultura da al hombre la capacidad

    de reflexionar sobre s mismo (UNESCO, 1982) Pues bien, es posible asociar el

    concepto de cultura al trinomio de elementos que se infieren del concepto de

    archivo: documentos + organizacin + servicio (Heredia Herrera, 1995)?

    Desde la visin archivstica, y en particular de quien expone el presente

    trabajo, s es posible; al considerar que los documentos que se conservan en el

    fondo documental constituyen el testimonio de las cualidades que caracterizan a

    una sociedad o grupo social, que la organizacin de los mismos proporciona la

  • posibilidad de estudiar esos testimonios como fuentes cientficas y, finalmente, que

    el servicio de informacin que se proporcionar en el Archivo constituye un derecho

    humano: el derecho de acceso a la informacin. Las formas de asociar cultura y

    archivo son innumerables, como los programas y proyectos culturales que se

    pueden plantear desde la situacin de entidad archivstica: exposiciones, talleres

    afines, visitas guiadas, actividades de voluntariado, organizacin de reuniones

    cientficas, publicaciones, participacin en la elaboracin de pautas de gestin

    documental y normas procedimentales, etc.

    Habida cuenta de la clara asociacin archivo cultura, y adhiriendo al

    concepto que sostiene que gestin cultural implica, entre otros aspectos, un fuerte

    grado de responsabilidad social, al permitir que toda la produccin artstica y

    cultural se encuentre con el pblico (Bazn Contreras, 2004, p. 13) Podemos

    decir que las normativas referidas a gestin cultural contemplan las instituciones

    archivsticas como conservadoras del patrimonio documental y portadoras del

    servicio de informacin? Para responder al interrogante expresado y a las hiptesis

    que desarrolla el presente trabajo, se realiz un estudio comparativo descriptivo,

    sobre el texto de la legislacin nacional y provincial vigente, en materia de gestin

    cultural.

    En principio, de las ciento treinta y tres leyes identificadas, solo cinco estn

    directamente relacionadas con instituciones archivsticas: tres establecen la

    creacin de Archivos y dos versan sobre el tratamiento de determinados fondos y

    tipos documentales que forman parte del patrimonio documental provincial. Doce

    son dedicadas especficamente a las Bibliotecas, ya sea estableciendo Sistemas

    Provinciales de Bibliotecas o fomentando la lectura. En tanto que diecinueve son

    las que tratan directamente sobre la creacin de Museos, la gestin de los mismos

    o su participacin protagnica en determinados programas culturales.

    Ms del cincuenta por ciento de las leyes sobre gestin cultural, nacionales y

    provinciales, se avocan a los denominados bienes culturales, integrantes del

    patrimonio cultural. Ambos son conceptos sumamente vagos en su contenido, se

    puede tratar de bailes populares que caracterizan al pas (tanto), inmuebles y todo

    tipo de muebles: desde banderas hasta herramientas de trabajo indgenas.

  • Mientras que el treinta por ciento est dedicado a leyes sobre la proteccin, registro

    y mantenimiento de yacimientos arqueolgicos, paleontolgicos y afines.

    Finalmente, llama la atencin la cantidad de leyes dirigidas a la proteccin del

    patrimonio cultural intangible: fiestas populares tradicionales, cantos, tcnicas de

    elaboracin de productos, etc. La gran mayora de estos instrumentos legales han

    sido elaborados y sancionados en los ltimos diez aos, en tanto que en el resto de

    las leyes estudiadas podemos identificar una amplitud cronolgica que se registra

    desde la dcada de 1960 hasta el ao 2013.

    Conclusin

    A partir de lo expuesto, queda claramente confirmado que el Archivo es una

    institucin de inters econmico, social y cultural, de acuerdo a los propios

    elementos que componen su definicin y le dan origen.

    Como unidad de inters econmico podemos decir que se encuentra

    visibilizado dentro de la normativa que conforma el rgimen contable, pues tal

    como dice Mendoza Navarro (2004) en su primera etapa de gestin administrativa

    son tiles para sustentar las acciones de sus productores, ya sean de la actividad

    pblica o privada (p. 30). Queda pendiente el reconocimiento de los archivos de

    tercera edad como instituciones activas y redituables econmicamente, respecto al

    servicio de informacin que proporcionan, siendo el tema de la gratuidad de los

    mismos y el cobro de tasas por servicios especficos, una asignatura pendiente a

    acordar entre los profesionales archiveros.

    El rol social de las instituciones archivsticas respecto al cumplimiento del

    derecho al acceso a la informacin, se encuentra reducido en normativas que

    establecen claramente el significado del derecho pero no logran sistematizarlo en

    disposiciones pragmticas efectivas, como pudiera serlo un sistema de archivos o

    de gestin de informacin. Hay que correlacionar la efectividad del libre acceso

    con la existencia de unos archivos organizados y con un nivel de descripcin de los

    documentos que facilite la demanda ciudadana (Fugueras, 2003, p. 196)

    Evidentemente el trabajo archivstico de tratamiento de la documentacin para

    hacer accesible la informacin se lleva a cabo, ms all de su no contemplacin en

    la normativa de mayor jerarqua a nivel nacional y provincial; as lo demuestra la

    participacin de instituciones archivsticas en proyectos y programas dedicados a

  • plasmar el derecho a la informacin y difundir los fondos documentales al

    ciudadano.

    Es en el boom de la normativa referida a gestin cultural donde encontramos

    la (in)visibilidad de los archivos y los archiveros. Decimos (in)visibilidad porque se

    trata de una ausencia en el texto formal, oficial que se sanciona en el cuerpo de

    una ley o un decreto; pero que de algn modo visibiliza (u obliga a visibilizar) ms

    la tarea del profesional archivero como agente facilitador de la informacin y del

    ciudadano como usuario que debe exigir las condiciones reales necesarias para

    poder sentirse parte del concepto de cultura y no como un elemento externo al que

    se le engaa con declaraciones vacas o ajenas de medidas concretas, que

    impacten en su realidad cotidiana.

    Retornando a los interrogantes planteados en la introduccin de la presente

    ponencia, que delimitan el problema abordado, se puede afirmar que la normativa

    en que se fundamenta la gestin cultural de hoy da, al no incluir la nocin de

    archivo, confirma en parte la hiptesis planteada al privar a las instituciones

    archivsticas de un recurso elemental como es el basamento en una normativa que

    avale su naturaleza y razn de ser. Sin embargo, el concepto de cultura vigente es

    inclusivo del archivo y de lo que su servicio puede ofrecer a la sociedad de la

    informacin, por lo tanto no priva a las instituciones archivsticas y a sus recursos

    humanos de su valor como unidades econmicas, sociales y culturales.

    El dilema que se plantea es, hasta cundo la praxis archivstica deber

    adaptarse a lineamientos normativos no archivsticos, cayendo en una deformacin

    de su naturaleza y metas, para adaptarse las significaciones que pueden tener

    instituciones como las bibliotecas y los museos que efectivamente s parecen ser

    visibilizadas dentro de las polticas culturales.

    Bibliografa

    Brunero, Sofia & Daz Mariano, Mnica (2014). Un Sistema Nacional de Archivos

    para la Repblica Argentina. Estudio de legislacin comparada. Crdoba:

    Secretara de Ciencia y Tecnologa de la Facultad de Filosofa y

    Humanidades de la Universidad Nacional de Crdoba [en prensa].

    Calcagno, Natalia & Lerman, Gabriel (2007). La informacin cultural en Argentina.

    Cuadernos de economa de la cultura, OIKOS, N 7/8, Sevilla, 101-117.

  • Contreras Bazn, Gustavo (2004). Consumos culturales en la ciudad de La Rioja.

    Trabajo Final del Posgrado en Gestin y poltica en cultura y comunicacin.

    La Rioja: Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO).

    Disponible en:

    http://sinca.cultura.gov.ar/archivos/documentacion/investigaciones/Consumos

    Culturales_Ciudad_dela_Rioja_TrabajoFinalsobreGestionypoliticaenCulturayC

    omunicacion.pdf (acceso 17 mayo, 2014)

    Fugueras, Ramon Alberch (2003). Los archivos, entre la memoria histrica y la

    sociedad del conocimientos. Barcelona: Editorial UOC.

    Heredia Herrera, Antonia (1995). Archivstica General. Teora y prctica. Sevilla:

    Servicio de publicaciones de la Diputacin de Sevilla.

    Mastrini, Guillermo & Mestman, Mariano (1996). Desregulacin o re-regulacin?

    De la derrota de las polticas a las polticas de derrota. Cuadernos de

    Informacin y Comunicacin, Servicio de Publicaciones de la Universidad

    Complutense de Madrid, N 2, 81-88.

    Mastropierro, Mara del Carmen (2008). Diccionario de archivstica en espaol.

    Buenos Aires: Alfagrama Ediciones.

    Mendoza Navarro, Ada Luz (2004). Transparencia versus corrupcin. Lima: Per

    textos.

    Ramos Simn, Luis Fernando (1995). Direccin, administracin y marketing de

    empresas e instituciones documentales. Madrid: Editorial Sntesis.

    UNESCO (1982). Conferencia Mundial sobre Polticas Culturales. Mxico:

    UNESCO.

    Fuentes normativas

    La Ley Nacional N 25152 (1999) de Administracin de los Recursos Pblicos.

    Decreto Nacional N 1259/03 de creacin del Archivo Nacional de la Memoria

    Decreto Nacional N 1172/03 de Mejora de la calidad de la democracia y sus

    instituciones.

    Decreto Nacional N 677/01 de Transparencia de la oferta pblica

    Decreto Nacional N 436/00 de compras y contrataciones

    Fuentes legislativas comparadas en estudio sobre gestin cultural Decreto N 2455-2008-San Luis Ley 1024-2003 - Ciudad de Bs. As.

    Ley 10419-1986 - Prov. de Bs. As.

    Ley 10572-1990 - Santa Fe

    Ley 1075-1993 Formosa

    Ley 11078-1993 - Santa Fe

  • Ley 11082-1991 - Prov. de Bs. As.

    Ley 114-1960 Formosa

    Ley 1172-2003 - Ciudad de Bs. As.

    Ley 1206-2003 - Ciudad de Bs. As.

    Ley 12208-2003 - Santa Fe

    Ley 1227-2003 - Ciudad de Bs. As.

    Ley 1229-1996 Formosa

    Ley 12488-2000 - Prov. de Bs. As.

    Ley 12665-1940 Nacin

    Ley 12684-2001 - Prov. de Bs. As.

    Ley 12725-2007 - Santa Fe

    Ley 12739-2001 - Prov. de Bs. As.

    Ley 1280-1980 Misiones

    Ley 130-1998 - Ciudad de Bs. As.

    Ley 13056-2003 - Prov. de Bs. As.

    Ley 13194-2004 - Prov. de Bs. As.

    Ley 1322-2004 - Ciudad de Bs. As.

    Ley 13239-2004 - Prov. de Bs. As.

    Ley 13650-2007 - Prov. de Bs. As.

    Ley 13690-2007 - Prov. de Bs. As.

    Ley 13728-2007 - Prov. de Bs. As.

    Ley 1383-2004 - Ciudad de Bs. As.

    Ley 13921-2008 - Prov. de Bs. As.

    Ley 13947-2009 - Prov. de Bs. As.

    Ley 13969-2009 - Prov. de Bs. As.

    Ley 13990-2009 - Prov. de Bs. As.

    Ley 14015-2009 - Prov. de Bs. As.

    Ley 14017-2009 - Prov. de Bs. As.

    Ley 14033-2009 - Prov. de Bs. As.

    Ley 14035-2009 - Prov. de Bs. As.

    Ley 14049-2009 - Prov. de Bs. As.

    Ley 14057-2009 - Prov. de Bs. As.

    Ley 14067-2009 - Prov. de Bs. As.

    Ley 14071-2009 - Prov. de Bs. As.

    Ley 14072-2009 - Prov. de Bs. As.

    Ley 14074-2009 - Prov. de Bs. As.

    Ley 14076-2009 - Prov. de Bs. As.

    Ley 14082-2009 - Prov. de Bs. As.

    Ley 14093-2009 - Prov. de Bs. As.

    Ley 144-1994 - Tierra del Fuego

    Ley 1449-1992 - La Pampa

    Ley 1455-2004 - Formosa

    Ley 1462-2004 Formosa

    Ley 1468-2005 - Formosa

    Ley 1527-2004 - Ciudad de Bs. As.

    Ley 1535-2004 - Ciudad de Bs. As

    Ley 1550-2004 - Ciudad de Bs. As. Ley 1551-2004 - Ciudad de Bs. As. Ley 1590-1994 - La Pampa Ley 1604-1994 - La Pampa

    Ley 1606-1995 - La Pampa

    Ley 1627-1985 Neuqun

    Ley 1628-1985 - Neuqun

    Ley 1697-2005 - Ciudad de Bs. As.

    Ley 1718-2005 - Ciudad de Bs. As.

    Ley 1775-1997 - La Pampa

    Ley 1813-2005 - Ciudad de Bs. As.

    Ley 1941-2006 - Ciudad de Bs. As.

    Ley 19787-1972 - Nacin

    Ley 19943-1972 Nacin

    Ley 2035-2006 - Ciudad de Bs. As.

    Ley 2083-2003 - La Pampa

    Ley 2176-2006 - Ciudad de Bs. As.

    Ley 2257-1998 - Neuqun

    Ley 2263-2006 - Ciudad de Bs. As. Ley 2278-1988 - Ro Negro

    Ley 228-1999 - Ciudad de Bs. As.

    Ley 23351-1986 Nacin

    Ley 23578-1988 Nacin

    Ley 23618-1988 - Nacin

    Ley 23980-1991 - Nacin

    Ley 24684-1996 Nacin

    Ley 2472-1997 - Santa Cruz

    Ley 25197-1999 Nacin

    Ley 2541-2007 - Ciudad de Bs. As.

    Ley 25446-2001 - Nacin

    Ley 25517-2001 - Nacin Ley 25568-2002 Nacin

    Ley 25743-2003 - Nacin

    Ley 2577-2007 - Ciudad de Bs. As.

    Ley 26046-2005 - Nacin

    Ley 26118-2006 Nacin

    Ley 261-1965 - Formosa

    Ley 26226-2007 Nacin

    Ley 26305-2007 - Nacin

    Ley 2637-1993 - Ro Negro

    Ley 2727-1989 - Misiones Ley 2822-1971 Jujuy

    Ley 2832-1990 - Misiones

  • Ley 2891-1995 - Ro Negro Ley 29-1992 - Tierra del Fuego Ley 2965-2007 - Santa Cruz

    Ley 2987-2007 - Santa Cru

    Ley 3041-1996 - Ro Negro

    Ley 3102-1974 - Jujuy

    Ley 3215-1967 - La Rioja

    Ley 3236-1988 - Chubut

    Ley 3322-1976 Jujuy

    Ley 3374-2000 - Ro Negro

    Ley 3383-2000 - Ro Negro

    Ley 3442-1989 - Chubut

    Ley 3468-2000 - Ro Negro Ley 3507-2001 - Ro Negro

    Ley 351-1973 - Formosa

    Ley 35-1998 - Ciudad de Bs. As.

    Ley 3526-2001 - Ro Negro

    Ley 3528-2001 - Ro Negro

    Ley 3559-1990 Chubut

    Ley 3606-2002 - Ro Negro

    Ley 3656-2002 - Ro Negro

    Ley 370-1997 - Tierra del Fuego

    Ley 3706-1980 Jujuy

    Ley 3866-1982 Jujuy

    Ley 3944-2005 - Ro Negro

    Ley 3945-2005 - Ro Negro

    Ley 3949-2003 Misiones Ley 3967-1941 - Crdoba

    Ley 3989-2005 - Ro Negro

    Ley 4005-2005 - Ro Negro

    Ley 4047-1985 Corrientes

    Ley 4077-2006 - Ro Negro

    Ley 4126-1984 Jujuy

    Ley 4129-2006 - Ro Negro

    Ley 4173-2007 - Ro Negro

    Ley 4179-1985 - Jujuy Ley 419-1870 Nacin

    Ley 4203-1985 - Jujuy

    Ley 4218-2004 Catamarca

    Ley 4259-1986 - Jujuy

    Ley 4364-1996 Chaco

    Ley 4391-2007 Misiones

    Ley 4392-1996 Chaco

    Ley 4415-1986 Catamarca

    Ley 4456-1997 - Chaco

    Ley 4565-1998 Chaco

    Ley 4603-1978 - Santiago del Estero

    Ley 4630-2000 - Chubut

    Ley 4645-1985 - La Rioja

    Ley 4742-2000 - Chaco

    Ley 4831-1994 - Corrientes

    Ley 5281-2009 Catamarca Ley 5437-1989-Mendoza Ley 7672-2007-Mendoza Ley 7812-1989 - Crdoba Ley N 4366-1979-Mendoza Ley N 6085-1993-Mendoza Ley N 6500-1997-Mendoza