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III. Administración Localdiputación pRovincial de zamoRa

área de obrasAnuncio de licitación

Resolución de la diputación provincial de zamora por la que se anuncia licita-ción pública de obras financiada con cargo al presupuesto de la anualidad 2016.

1.- Entidad adjudicatoria.a) organismo: diputación provincial de zamora.b) dependencia que tramita el expediente: Servicio administrativo de obras.c) obtención de la documentación e información:

1) dependencia: Servicio administrativo del Área de obras.2) domicilio: plaza de viriato, s/n.3) localidad y código postal: zamora 49071.4) teléfono: 980 55 93 00.5) telefax: 980 55 93 06.6) dirección de internet del perfil del contratante: www.diputaciondezamora.es. 7) Fecha límite de obtención de documentos e información: Hasta los seis

días anteriores al último para presentar la documentación.d) número de expediente: 002/0011606.

- denominación: “nuevo proyecto constructivo de colector de saneamientoparalelo a la carretera za-p-2311 en Roales del pan”.

- presupuesto de licitación: importe neto 351.298,06 euros, (iva al 21%,73.772,59 euros). importe total: 425.070,65 euros.

2.- Objeto del contrato.a) descripción del objeto: el objeto del contrato es la ejecución de la obra deno-

minada “nuevo proyecto constructivo de colector de saneamiento paralelo a lacarretera za-p-2311 en Roales del pan”, financiada con cargo a una subvenciónnominativa en especie de los presupuestos de la corporación del ejercicio 2016.

NÚM. EXP. DENOMINACIÓN PRESUPUESTO SIN IVA IVA PLAZO DE EJECUCIÓN002/0011606 nuevo pRoYecto conStRuctivo 351.298,06 € 73.772,59 € 5 meSeS

de colectoR de Saneamiento paRalelo a la caRReteRa za-p-2311 en RoaleS del pan

b) división por lotes y número: no hay lotesc) lugar de ejecución: provincia de zamora 3.- Tramitación y procedimiento.a) tramitación: ordinaria.b) procedimiento: abierto.c) criterios de adjudicación: los criterios de adjudicación son los establecidos en el

cuadro de características específicas del pliego de cláusulas administrativasparticulares.

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4.- Presupuesto base de licitación: NÚM. EXP. DENOMINACIÓN IMPORTE NETO IVA (21 %) IMPORTE TOTAL002/0011606 nuevo pRoYecto conStRuctivo 351.298,06 € 73.772,59 € 425.070,65 €

de colectoR de Saneamiento paRalelo a la caRReteRa za-p-2311 en RoaleS del pan

5.- Garantías exigidas: definitiva: 5% del importe de adjudicación, excluido eliva.

6.- Requisitos específicos del contratista.a) clasificación empresarial: no es exigible.b) Solvencia económica y financiera, técnica y profesional: Se acreditará a tra-

vés de la documentación establecida en el cuadro de características espe-cíficas del pliego de cláusulas administrativas particulares.

7.- Presentación de ofertas.a) Fecha límite de presentación: veintiséis días naturales, contados a partir del

día siguiente al de la publicación en el Boletín oficial de la provincia. Si elúltimo día coincide en sábado, o es inhábil, podrán ser presentadas hasta las14:00 horas del día hábil siguiente. podrán también los licitadores presentarsus proposiciones por correo certificado dirigido a la diputación de zamora,en cuyo caso deberán anunciar, en el mismo día la remisión de la ofertamediante télex, fax o telegrama y presentar, dentro del plazo, el resguardoacreditativo de la certificación. Sin estos requisitos no será admitida la pro-posición, si es recibida con posterioridad a la fecha de terminación del plazoseñalado en el anuncio. transcurridos, no obstante, diez días naturalessiguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la oferta, ésta no seráadmitida en ningún caso.

b) modalidad de presentación: la establecida en el cuadro de característicasespecíficas del pliego de cláusulas administrativas particulares.

c) lugar de presentación:1.- entidad: diputación provincial de zamora (de las 9:00 a las 14:00 horas,

en el Servicio administrativo de obras).2.- domicilio: plaza viriato, s/n.3.- localidad y código postal: zamora 49071.4.- Fax: 980 55 93 06.

d) criterios de valoración de las ofertas: los criterios de adjudicación son losestablecidos en el cuadro de características específicas del pliego decláusulas administrativas particulares.

e) plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta:Quince días a contar desde el día siguiente a la de la apertura de las propo-siciones, salvo que la proposición sea anormal o desproporcionada.

8.- Apertura de las proposiciones.a) entidad: diputación provincial de zamora.b) domicilio: plaza viriato, s/n.c) localidad: zamora.d) Fecha: Se anunciará con la debida antelación en el perfil del contratante.

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9.- Gastos de publicidad: el adjudicatario estará obligado a satisfacer los gas-tos de los anuncios que se pudieran derivar del expediente, hasta un máximo de300 euros.

10.- Otras informaciones: los pliegos y el proyecto técnico estarán disponiblespara su consulta en la página web: www.diputaciondezamora.es - (perfil delcontratante.)

zamora, 1 de abril de 2016.-el vicepresidente primero, presidente en funcio-nes, Juan emilio Joaquín dúo torrado.

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III. Administración LocalaYuntamiento

benaventeAnuncio

por Resolución de alcaldía de fecha 22 de marzo de 2016, se prestó aproba-ción a las Bases de convocatoria de subvenciones y entidades sin ánimo de lucrocon sede y ámbito de actuación en el municipio de Benavente para el desarrollo deactividades y programas de acción social enmarcados en el campo de los serviciossociales 2016, y proceder a la realización de convocatoria pública que se regirá porlas siguientes Bases.

lo manda y firma el Sr. alcalde, en Benavente, a 17 de marzo de 2016.

BaSeS Que Han de ReGiR la convocatoRia de concuRSopÚBlico paRa la conceSión de SuBvencioneS a aSociacioneS

Y entidadeS Sin animo de lucRo de Benavente, paRa el deSaRRollo de pRoGRamaS en el campo

de loS SeRvicioS SocialeS SectoRialeS duRante el aÑo 20161.- Objeto y finalidad de la convocatoria.1.1.- es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones a

asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede y ámbito de actuación en elmunicipio de Benavente, constituidas como tales, para el desarrollo de actividadesy programas de acción social, enmarcados en el campo de los Servicios SocialesSectoriales.

Se entiende por Servicios Sociales Sectoriales, aquellos que van dirigidos a unsector específico de la sociedad, que presentan unas características peculiares y/ocomunes, pudiendo ser objeto de una intervención de carácter básico o especiali-zada.

1.2.- Serán objeto de subvención los siguientes programas, cuyas actividadesdeberán circunscribirse al ámbito territorial del municipio de Benavente, siempreque no sean financiados íntegramente por otros organismos o instituciones:

a) programas de promoción e integración de discapacitados físicos, psíquicosy sensoriales.

b) programas dirigidos al desarrollo integral de la infancia.c) programas orientados al desarrollo de grupos étnicos.d) programas de reinserción social de personas enfermas mentales.e) programas de atención primaria e integración social de inmigrantes.f) programas de apoyo a la acción social comunitaria: Fomento del asociacio-

nismo y el voluntariado.g) programas comunitarios de prevención específica: programas que tengan

como objetivo eliminar las causas de los problemas sociales y la marginaciónde colectivos y personas discriminadas.

h) otros programas de especial interés en los que esté justificada su financia-ción municipal.

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2.- Principios.la convocatoria de subvenciones se ajustará a los principios de publicidad,

concurrencia, objetividad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de losobjetivos fijados por la administración otorgante y eficiencia en la asignación y uti-lización de los recursos públicos.

3.- Dotación presupuestaria.el crédito destinado a financiar las ayudas establecidas en la presente convo-

catoria, se determina conforme a las previsiones contenidas en el presupuestogeneral municipal vigente.

a tal efecto, existe en dicho presupuesto, dotación presupuestaria adecuada ysuficiente en los términos que a continuación se indican:

PartIda IMPorte23100.48900 38.722,10 €

4.- Órgano competente.el órgano competente para la aprobación y resolución de esta convocatoria, es

el alcalde, de conformidad con lo dispuesto en la Base número 28 de las Bases deejecución del presupuesto General del excmo. ayuntamiento de Benavente.

la instrucción del expediente, corresponderá a la concejalía de educación yBienestar Social, junto con un órgano de gestión formada por un funcionario deadministración general y un técnico de la concejalía de educación y BienestarSocial.

5.- Beneficiarios.podrán solicitar prioritariamente las subvenciones reguladas en las presentes

bases, todas aquellas asociaciones e instituciones, que carezcan de ánimo delucro, dotadas de personalidad jurídica y capacidad de obrar, que tengan su domi-cilio social en Benavente y pueda ser acreditado documentalmente, que lleven acabo programas de acción social dentro del término municipal de Benavente.

no se concederán subvenciones:- a las entidades que no hayan justificado las otorgadas en ejercicios anterio-

res en los plazos que establezca la resolución de la convocatoria respectiva.- para inversiones en infraestructuras, obras o acondicionamiento de locales o

edificios destinados a la realización de estos programas o proyectos.- para programas que perciban financiación municipal mediante convenio.- a las entidades que lo justifiquen con facturas de luz, teléfono u otros.Serán obligaciones del beneficiario:- Realizar la actividad que fundamente la concesión de la subvención.- acreditar ante el excmo. ayuntamiento de Benavente la realización de la acti-

vidad, así como el cumplimiento de otros requisitos y condiciones que deter-minan la concesión o disfrute de la subvención.

- el sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por el excmo.ayuntamiento de Benavente, en su caso y las de control, financiero quecorresponda a la intervención de Fondos en relación con las ayudas y sub-venciones concedidas.

- comunicar al excmo. ayuntamiento de Benavente, en su caso, la solicitud y

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obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes decualquier administración o ente público.

- estar inscrito en el registro de asociaciones del ayuntamiento de Benavente.- estar al corriente en la Seguridad Social y agencia tributaria.6.- Actividades subvencionables.- podrán financiarse aquellas actividades que contribuyan al fomento de una

actividad pública o interés social, o para promover la consecución de un fin públi-co, dentro del marco de los programas, que en materia de Servicios Sociales, sedetallan en la Base primera de esta convocatoria.

7.- Plazo de realización de las actividades.las actividades a subvencionar deberán realizarse durante el ejercicio anual de

2016.en caso de programaciones plurianuales se deberá remitir en el expediente la

documentación relativa al coste de la ejecución que corresponda exclusivamenteal año 2016.

8.- Publicidad.en las actividades subvencionadas, deberá hacerse constar la colaboración del

excmo. ayuntamiento de Benavente.en las publicaciones, anuncios, folletos o material publicitario en general, de las

actividades subvencionadas por esta administración, deberá hacerse constarexpresamente la colaboración de esta corporación. además, se debe adjuntar unacopia a la concejalía.

9.- Compatibilidad.las ayudas previstas serán compatibles, salvo expresa disposición en contra-

rio, con cualquier otra que para la misma finalidad reciba el beneficiario, proceden-te de cualquier administración o ente público nacional o internacional, siempre queel importe total de las subvenciones concedidas, no supere el coste total de la acti-vidad.

pRocedimiento10.- Solicitudes y documentación.las solicitudes, firmadas por el presidente de la entidad o por el representante

legal debidamente acreditado, se formularan en instancia normalizada según elmodelo que figura en el anexo i, y se presentarán en el Registro de entrada delayuntamiento, o conforme a lo dispuesto en el art. 33.4 de la ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las administraciones públicas yprocedimiento administrativo común.

las entidades concurrentes, sólo podrán presentar una instancia en la quedeberán unificar todos los servicios, programas y proyectos objeto de la solicitud.

a la solicitud (anexo v) se acompañará necesariamente en documento originalo fotocopia compulsada, la siguiente documentación:

1. proyecto (anexo vi) para el cual se solicita subvención para el año 2016 firma-do por el presidente de la asociación o institución, en el que deberá constar:

- descripción del programa y objetivos.- datos para valorar el interés social de la actividad.

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- presupuesto económico de ingresos y gastos, así como calendario pre-visto para su ejecución.

- Recursos humanos con los que cuenta.- metodología y en su caso, material técnico preciso para la realización de

la actividad.- Ámbito geográfico, de la actividad, población a la cual va dirigida y nume-

ro de personas que resultan beneficiadas de la actividad.2. Fotocopia del ciF.3. certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarías y con la

Seguridad Social emitidos por los órganos competentes.4. certificado expedido por el secretario de la asociación o entidad del número

de socios y usuarios. (anexo vii).5. Fotocopia del dni de la persona física que efectúa la solicitud y documento

acreditativo de la representación que ostenta en la entidad (anexo viii).6. certificado de la aportación financiera de la asociación o/entidad para el pro-

grama que se solicita la subvención (anexo iX).7. certificado de la entidad financiera del titular y número de cuenta a nombre

de la asociación donde pueda efectuarse el ingreso de la subvención, encaso de ser concedida.

8. Justificación, en su caso, de las cantidades percibidas con anterioridad.en el caso de que los documentos exigidos estuvieran en poder de cualquier

órgano de la administración actuante, el solicitante se podrá acoger a lo estableci-do en el apartado f) del art. 35 de la ley 30/1992, de Régimen Jurídico de lasadministraciones públicas y procedimiento administrativo común, siempre que sehaga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, ensu caso emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la fina-lización del procedimiento a que correspondan.

en los supuestos de imposibilidad material de obtención del documento, elórgano competente podrá requerir al solicitante su presentación o, en su defectola acreditación por otros, medios de los requisitos a que se refiere el documento,con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.

11. Plazo de presentación.las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 20 días hábiles, contados

desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín oficial de laprovincia de zamora.

las solicitudes presentadas fuera del plazo fijado serán inadmitidas medianteresolución motivada del órgano competente para resolver y se notificarán a losinteresados en la forma prevista en la normativa vigente.

Si la documentación aportada no reuniera todos los requisitos establecidos enla presente resolución o su contenido fuere insuficiente, se requerirá al solicitantepara que en el plazo de diez días, complete documentación o subsane las deficien-cias, con la indicación de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido en supetición, previa resolución que deberá ser dictada por el órgano competente pararesolver las presentes ayudas.

12. Tramitación.concluido el plazo de presentación de solicitudes, o el concedido para la sub-

sanación de los defectos observados, se procederá al examen y evaluación de los

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expedientes por el órgano de gestión, que deberá emitir informe sobre la conformi-dad de las solicitudes con los requisitos exigidos en la convocatoria.

13. Instrucción.el servicio, encargado de la instrucción, realizará cuantas actuaciones estime

convenientes para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos encuya virtud deba pronunciarse la resolución.

las actividades de instrucción comprenderán:- petición de informes que estime necesarios para fundamentar la propuesta de

resolución.- evaluación de solicitudes de conformidad con los criterios de valoración esta-

blecidos en las bases de subvención.- elaboración de la propuesta de resolución.con anterioridad a la redacción de la propuesta de resolución, una vez instrui-

do el expediente se pondrá de manifiesto a los interesados o a sus representantes,en un plazo de diez días.

los interesados o sus representantes, podrán alegar y presentar los documen-tos y justificantes que estimen pertinente en el plazo de diez días. Si transcurridoel plazo no los hubieran realizado, se entenderá cumplido el trámite.

Se prescindirá del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimientoni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones ypruebas que las aducidas por el interesado en la solicitud o documentación com-plementaria.

la propuesta de resolución deberá expresar los datos del solicitante, la cuantíade la subvención propuesta y las demás condiciones de motivación de la misma.

14. Criterios de valoración.Serán criterios de valoración de los proyectos presentados, a tener en cuenta

para la concesión de las ayudas económicas, los siguientes:1. la adecuación a los programas declarados como prioritarios en la presente

convocatoria (0-10 puntos).2. la determinación de los objetivos generales y específicos del proyecto, acor-

des así mismo con las líneas de actuación de la concejalía de educación yBienestar Social, atendiendo al grado de integración-coordinación con losmismos y con otros recursos del territorio, con la población a la que se quie-ra llegar, la cuantificación del número de beneficiarios, los medios técnicos ypersonales con que se cuenta, el calendario de realización y el impacto delproyecto (0-10 puntos).

3. las actividades programadas que tuvieran continuidad en el tiempo respec-to a las que sean meramente ocasionales (0-10 puntos).

4. Se valorarán aquellos programas en los que, persistiendo la necesidad realy habiendo recibido subvenciones en años anteriores hayan obtenido unavaloración satisfactoria de sus resultados (0-10 puntos).

5. la financiación propia: Se valorara la aportación económica de la propia enti-dad al concepto para el que solicita la subvención (0-10 puntos).

6. la justificación de la concesión de subvenciones de esta concejalía en añosanteriores, en especial en el 2015 (0-10 puntos).

7. tener en cuenta la cuantía de la subvención solicitada (0-20 puntos).8. tener en cuenta el número de usuarios de dichas asociaciones (0 - 20

puntos).

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15. Resolución.las solicitudes serán resueltas por la alcaldía de este ayuntamiento, en el plazo

de seis meses desde la finalización del plazo de presentación de las mismas.transcurrido el plazo establecido para resolver el procedimiento sin que haya

recaído resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud.la resolución se notificará a los interesados en la forma establecida en el art.

58 de la ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las administraciones publicasy procedimiento administrativo común, debiendo publicarse la misma en el tablónde edictos del excmo. ayuntamiento de Benavente, y en extracto de anuncio en elBoletín oficial de la provincia, conforme a lo dispuesto en el art. 18 de la ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

16. Recursos.las resoluciones dictadas al amparo de esta convocatoria pondrán fin a la vía

administrativa, pudiendo los interesados interponer recurso contencioso adminis-trativo ante el órgano de jurisdicción competente, sin perjuicio de la posibilidad deinterponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.

17. Incidencias del procedimiento.todas aquellas incidencias que pudieran producirse antes de finalizar el plazo

de ejecución de las actividades habrán de ser comunicadas al ayuntamiento, porparte del beneficiario de la subvención, y serán tenidas en cuenta en la instruccióndel expediente, de cara a elaborar la propuesta de resolución.

Si dichas incidencias se produjeran una vez que se ha dictado la resolución dela concesión, podrán dar lugar a la modificación de la misma.

GeStión Y JuStiFicación18. Gestión del procedimiento.Se consideran actividades de gestión, a efectos de estas Bases de convocato-

ria, todas aquellas actividades que se realicen una vez que la resolución sea firme.19. Anticipos.concedida la subvención, podrá autorizarse la concesión de un único anticipo,

por importe del 75% de la cantidad subvencionada.en la resolución que conceda el anticipo, se determinará el plazo para presen-

tar la documentación justificativa que acredite la correcta aplicación de las cantida-des percibidas.

20. Modificación de la resolución.el servicio instructor del procedimiento, valorará las incidencias que supongan

una modificación, así como aquéllas otras relativas a las demás condiciones teni-das en cuenta para la resolución de la concesión de la subvención.

el órgano competente para resolver la convocatoria de subvención, lo será tam-bién para resolver las incidencias mencionadas en el párrafo anterior.

21. Prórrogas.la ampliación de los plazos inicialmente concedidos para la realización y justi-

ficación de las actividades subvencionadas, sólo podrá concederse por tiempo nosuperior a la mitad de aquéllos.

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la prórroga deberá ser solicitada por el beneficiario de la subvención con almenos un plazo de diez días de antelación a la finalización del plazo inicialmenteconcedido.

las solicitudes de prórroga se resolverán por el órgano competente para resol-ver el procedimiento (anexo X).

22. Justificación de la subvención.la justificación de la subvención ascenderá al importe de la actividad o actua-

ción concedida, y se efectuará antes del 4 de noviembre de 2016 por cualquiera delos medios establecidos en el art. 38.4 de la ley 30/1992, de Régimen Jurídico delas administraciones publicas y procedimiento administrativo común, debiendocomprender la documentación siguiente:

1) memoria de la actividad. (la memoria debe incluir los siguientes puntos).objetivos-contenidos-actividades-metodología-calendario-evaluación-presu-puesto. anexo iv.

2) certificado de finalidad de la actividad o el programa desarrollado. anexo iii.3) en las, facturas de justificación deberán anotarse en los originales que su

importe ha sido objeto de subvención por el ayuntamiento de Benavente.4) cuenta justificativa de los gastos e ingresos producidos, a la que se acom-

pañará una declaración responsable de ayudas e ingresos obtenidos para lamisma finalidad, y una relación de todos los pagos realizados objeto de lasubvención.

5) Facturas acreditativas de los gastos realizados, que deberán reunir lossiguientes requisitos. (anexos Xi- Xii).- Ser originales o fotocopias debidamente autenticadas, con la siguiente dili-

gencia: "esta factura ha sido subvencionada por el ayuntamiento deBenavente en su totalidad o en determinado %).

- estar datadas durante el año que se haya concedido la subvención.- contener el ciF o niF del expedidor y del destinatario.- descripción de la operación y su número de factura con concepto. - Figurar en la factura como deudor, el beneficiario de la subvención.- adeudo bancario o declaración jurada del secretario de la asociación.

6) comunicación, (en su caso), de la solicitud u obtención de subvenciones oayudas para la misma finalidad procedentes, de cualquier administración oente publico, según modelo anexo ii.

7) certificado del secretario de la entidad haciendo constar que el importe de lasubvención ha sido destinado a las actividades o programas para los cualesfueron concedidos.

los documentos justificativos deberán presentarse en el Registro de estacorporación o por cualquiera de medios, establecidos en el art. 38.4 antes señala-do, debiendo incorporar a los mismos, oficio, firmado en el que se hagan constartodos y cada uno de los documentos y facturas remitidas.

23. Pago.la subvención una vez concedida, se hará efectiva de una sola vez, si bien

podrán autorizarse anticipos de hasta el 75% del importe total concedido.no obstante, no se autorizara el libramiento de cantidad alguna relacionada con

la subvención, en tanto no se hayan justificado y aprobado las subvenciones per-cibidas con anterioridad.

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24. Incumplimientos.Son causas de incumplimiento:- ausencia total de documentación justificativa o presentación de la misma

fuera de plazo.- ausencia parcial de la documentación necesaria para la justificación, o justifi-

cación incompleta.- ejecutar acciones subvencionares fuera del plazo establecido para ello.- no reunir los requisitos establecidos en las presentes bases para ser benefi-

ciario de la subvención.- no cumplir las obligaciones impuestas con motivo de la concesión de subven-

ción. - la falta de adecuación con la finalidad para la que la subvención fue concedida.25. Subsanación de defectos en la justificación.antes de finalizado el plazo de justificación de la subvención, y en su caso, de

las oportunas prórrogas, si del examen de la documentación justificativa se dedu-jera que esta es incompleta, se requerirá al interesado otorgándole un plazo dediez días para la subsanación de las deficiencias detectadas.

el servicio competente para completar la documentación, lo será también parala realización de este trámite de subsanación a través de órgano competente.

26. Reintegro de la subvención.en el caso de que el beneficiario se hallase en los supuestos de incumplimien-

to previstos en la base vigésimo cuarta, o en el caso de que con las subvencionespercibidas se supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario, seincoará el oportuno expediente de reintegro, de conformidad con lo establecido enlos artículos 41 y siguientes de la ley 38/2003, de 17 de noviembre general de sub-venciones, y el articulo 81 del texto Refundido de la ley General presupuestaria,aprobado por Real decreto legislativo 1091/88.

27. Inspección, control y seguimiento.el excmo. ayuntamiento de Benavente, podrá por las personas designadas al

efecto solicitar cualquier información o documentación así, como efectuar visitaspara comprobar cualquier extremo relacionado con la programación para la que seconcede la subvención, en cualquier momento de su ejecución.

lo manda y lo firma el Sr. alcalde en Benavente, a 17 de marzo de 2016.

Nota aclaratoria: los anexos a que hacen referencia las bases se encuentran publicados en la pági-na Web del ayuntamiento de Benavente.

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III. Administración LocalaYuntamiento

vIllabuena del PuenteEdicto

el pleno de esta corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzode 2016, ha aprobado, inicialmente, el presupuesto General para el ejercicio de2016.

en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real decreto legislativo2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la Secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazo dequince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el artículo 170de dicho R.d.l., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el pleno deesta corporación.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 169del predicho R.d.l., el presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sinnecesidad de acuerdo expreso.

villabuena del puente, 31 de marzo de 2016.-el alcalde.

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III. Administración LocalaYuntamiento

vIllabuena del PuenteEdicto - Exposición pública cuenta general 2015

Rendidas las cuentas General del presupuesto y de la administración delpatrimonio de este ayuntamiento correspondiente al ejercicio de 2015, e informa-das debidamente por la comisión especial de cuentas, en cumplimiento de lo dis-puesto en el artículo 116 de la ley 7/ 1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesde Régimen local, y en el artículo 212 del Real decreto legislativo 2/ 2004, de 5de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley Reguladora de lasHaciendas locales, quedan expuestas al público en la Secretaría del ayuntamientodurante el plazo de quince días para que durante el mismo, y ocho días más a par-tir de la publicación del presente en el Boletín oficial de la provincia, puedan losinteresados presentar por escrito los reparos, observaciones y las reclamacionesque estimen oportunas.

villabuena del puente, 31 de marzo de 2016.-el alcalde.

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III. Administración LocalaYuntamiento

vIllalobosEdicto

Rendida la cuenta General del presupuesto de esta entidad local correspon-diente al ejercicio de 2015, e informadas debidamente por la comisión especial decuentas de este ayuntamiento, en cumplimiento y de conformidad con lo dispues-to en los artículos 116 de la ley 7/85 y 212 del texto refundido de la ley Reguladorade las Haciendas locales, quedan expuestas al público en la Secretaria de estaentidad, por plazo de quince días hábiles para que durante el mismo y ocho díasmás, puedan los interesados presentar por escrito los reparos, observaciones yreclamaciones que estimen pertinentes.

villalobos, 29 de marzo de 2016.-el alcalde.

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III. Administración LocalaYuntamiento

barcIal del barcoAnuncio

el pleno de este ayuntamiento, en sesión celebrada el día 30 de marzo de2016, ha aprobado inicialmente el presupuesto General para el ejercicio de 2016.

en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real decreto legislativo2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la Secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho texto refundido de la ley Reguladora de las Haciendas locales, puedanpresentar las reclamaciones que estimen oportunas y por los motivos que se indi-can en el punto 2.º del citado último artículo, ante el pleno de este ayuntamiento.

en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho texto refundido de la ley Reguladora de las Haciendas locales, elpresupuesto se considerará definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdoexpreso.

Barcial del Barco, 30 de marzo de 2016.-el alcalde.

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III. Administración LocalaYuntamiento

barcIal del barcoAnuncio

el pleno del ayuntamiento de Barcial del Barco, en sesión celebrada el día 30de marzo, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditosn.º 05/2015 (transferencia de crédito).

en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.2 delReal decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido dela ley Reguladora de las Haciendas locales, se somete el expediente a exposi-ción pública por el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente ala publicación de este anuncio en el Boletín oficial de la provincia, para que losinteresados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones queestimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se consi-derará aprobado definitivamente dicho acuerdo, sin necesidad de nuevo acuerdoexpreso.

Barcial del Barco, 30 de marzo de 2016.-el alcalde.

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III. Administración LocalaYuntamiento

bustIllo del oroAnuncio de aprobación definitiva del presupuesto del Ayuntamiento

de Bustillo del Oro (Zamora), para el ejercicio económico 2016.aprobado inicialmente el presupuesto General del ayuntamiento de Bustillo del

oro para el ejercicio económico 2016, las bases de ejecución y la plantilla de per-sonal en sesión extraordinaria celebrada el 23 de febrero de 2016, y habiendo tras-currido el plazo de 15 días de exposición pública, sin que durante el mismo se hayapresentado reclamación alguna, queda definitivamente aprobado, de acuerdo conlo dispuesto en el artículo 169.1 del texto Refundido de la ley Reguladora deHaciendas locales, aprobado por Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzoy el artículo 20 del Real decreto 500/1990, de 20 de abril. Se hace público el resu-men del mismo por capítulos a los efectos de dar cumplimiento a lo prevenido enel artículo 169.3 del precitado texto normativo.

claSiFicación económica del eStado de GaStoScapítulo denominación Previsión de gastos €

1 Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.656,002 Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 34.258,003 Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200,004 transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 106,005 Fondo de contingencia y otros imprevistos . . . . . . . . . 0,006 inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.300,007 transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,008 activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54.520,00

claSiFicación económica del eStado de inGReSoScapítulo denominación Previsión de ingresos €

1 impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21.020,002 impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.200,003 tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.734,004 transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21.465,005 ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.101,006 enajenación inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,007 transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,008 activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

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capítulo denominación Previsión de gastos €9 pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54.520,00

plantilla de peRSonal Funcionarios de carrera.- escala de Habilitación estatal.- Subescala Secretaría - intervención.- denominación de la plaza: Secretario - interventor.- n.º de plazas: 1 (agrupación de municipios). - Grupo: a1. - nivel: 26.Personal laboral.- contratado laboral.- denominación de la plaza: limpieza.- n.° plazas: 1.la referida aprobación podrá ser impugnada mediante la interposición de recur-

so ante la Jurisdicción contencioso-administrativa, con los requisitos, formalidadesy causas señaladas en el articulo 170 y 171 del texto Refundido de la leyReguladora de Haciendas locales aprobado por Real decreto legislativo 2/2004,de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dichaJurisdicción,

Bustillo del oro, 29 de marzo de 2016.-el alcalde.

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III. Administración LocalaYuntamiento

venIalboAnuncio de aprobación definitiva

aprobado definitivamente el presupuesto General del ayuntamiento para el2016, y comprensivo aquel del presupuesto General de este ayuntamiento, basesde ejecución, plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el artí-culo 169 del texto Refundido de la ley Reguladora de Haciendas locales aproba-do por Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Realdecreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

Estado de gastoscapítulo euros

a) operaciones no financieras 321.500,00A.1) Operaciones corrientes 263.500,00

1 Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 82.796,002 Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 155.704,003 Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.500,004 transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.500,005 Fondo de contingencia y otros imprevistos . . . . . . . . . 3.000,00

A.2) Operaciones de capital 58.000,006 inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 58.000,007 transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

b) operaciones financieras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.500,008 activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.500,00

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 329.000,00Estado de ingresos

capítulo eurosa) operaciones no financieras 329.000,00A.1) Operaciones corrientes 297.500,00

1 impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 83.600,002 impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.000,003 tasas, precios públicos y otros ingresos . . . . . . . . . . . 85.310,004 transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.700,005 ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.890,00

A.2) Operaciones de capital 31.500,006 enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . 1.500,007 transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.000,00

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capítulo eurosb) operaciones financieras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

8 activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,009 pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00

Total ingresos................................................................. 329.000,00

asimismo, y conforme dispone el artículo 127 del R.d. legislativo 7811986 de18 de abril, se publica la plantilla de personal de este ayuntamiento, que es la quea continuación se detalla:

personal funcionario.denominación del puesto: - 1 Secretaría-intervención-tesorería.personal laboral. - denominación del puesto:- 1 operario Servicios múltiples-alguacil. - 1 técnico telecentro.- 1 limpieza. - 1 Guardería.contra la aprobación definitiva del presupuesto puede interponerse recur-

so contencioso-administrativo ante el tribunal Superior de Justicia de castilla yleón, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación deeste edicto, sin perjuicio de que puedan interponerse otros recursos.

venialbo, 29 de marzo de 2016.-ei alcalde.

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III. Administración LocalaYuntamiento

MatIlla de arzón Anuncio

Siendo definitivo el acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal reguladorade la tasa por prestación de servicios o realización de actividades en el cemente-rio municipal de matilla de arzón, al no haberse presentado reclamaciones duran-te el plazo de exposición pública, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo17.4 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba eltexto refundido de la ley Reguladora de las Haciendas locales, y 52.1 de la ley7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen local, se publica acontinuación el texto íntegro de la modificación de dicha ordenanza fiscal.

contra el presente acuerdo los interesados podrán interponer:Recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que dictó

la resolución, según lo señalado en los artículos 108 de la ley 7/1985 de 2 de abril,y 14.2 del R.d.leg. 2/2004 de 5 de marzo.

Recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el órganojurisdiccional que corresponda, de acuerdo con lo señalado en la ley Reguladorade dicha Jurisdicción.

Texto íntegro de la modificación:artículo 6. cuota tributaria.la cuota tributaria se determinará por aplicación de las siguientes tarifas:1.- concesión temporal sepultura de tres cuerpos por 75 años a vecinos empa-

dronados en el municipio: 1.250,00 €.2.- concesión temporal sepultura de tres cuerpos por 75 años a residentes tem-

porales en el municipio con vivienda y contribuyente de impuestos:1.350,00 €.

3.- concesión temporal sepultura de tres cuerpos por 75 años para el resto deconcesionarios: 1.850,00 €.

la presente modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por prestaciónde servicios o realización de actividades en el cementerio municipal de matilla dearzón, aprobada definitivamente por el pleno corporativo en sesión extraordinariacelebrada el 15 de enero de 2016, entrará en vigor el mismo día de su pubiicaciónen el Boletín oficial de la provincia y sera de aplicación a partir del día siguientede dicha publicación.

matilla de arzón, 17 de marzo de 2016.-alcaldesa.

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III. Administración LocalotRaS entidadeS localeS

entIdad local Menor de FresnadIllo de sayago Anuncio

aprobado por el pleno de este ayuntamiento el presupuesto General para elejercicio del 2016, en sesión celebrada el día 4 de marzo de 2016, y en cumpli-miento de lo dispuesto por el art. 169.1 del texto refundido de la ley Reguladorade las Haciendas locales, aprobado por Rdl 2/2004, queda expuesto al públicoen la Secretaría de este ayuntamiento, durante un plazo de quince días hábiles, acontar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín oficial dela provincia, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y formu-lar las reclamaciones que estimen oportunas, quedando el presupuesto definitiva-mente aprobado en caso de que no se presentara ninguna, reclamación durantedicho plazo, sin necesidad de nuevo acuerdo expreso.

Fresnadillo de Sayago, 4 de marzo de 2016.-el alcalde pedáneo.

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IV. Administración de JusticiaJuzGado de lo penal n.º 1

zaMorapa pRocedimiento aBReviado 0000350/2015. n.i.G: 49166 41 2 2012 0100790. órgano judicial de pro-cedencia: JuzGado de pRimeRa inStancia e inStRucción n.º 1 de pueBla de SanaBRia.procedimiento de origen: diliGenciaS pReviaS pRoc. aBReviado 0000123/2013. delito conducciónSin licencia o peRmiSo (l.o. 15/2007). acusado/a: vÍctoR manuel caeiRo FReSco. procurador/a:eliSa aRiaS RodRÍGuez. abogado: eStela FeRnÁndez FeRnÁndez.

Edictola ilma. Sra.magistrada-Juez del Juzgado de lo penal de zamora, d.ª m.ª

Belén Gamazo carrasco, ha dictado en fecha 19/02/2016 la sentencia número81/16 cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

vistos en juicio oral y público los autos n.º 350/2015, procedente del pa 2/15del Juzgado de instrucción de puebla de Sanabria, seguido por delito de conduc-ción sin licencia o permiso, contra don víctor manuel caeiro Fresco, dni35469958W natural de caldas de Reis, nacido el 3/5/1981 hijo de manuel y decarmen, con antecedentes penales, en libertad provisional, de solvencia o insol-vencia no acreditada; en cuyo proceso ha sido parte el ministerio Fiscal en el ejer-cicio de la acusación publica y dicho acusado representado por la procuradora Sra.arias y asistido de la letrada doña estela Fernández.

Fallo: condeno a don víctor manuel caeiro Fresco, como autor directo crimi-nalmente responsable de un delito contra la seguridad vial previsto en el art. 384párrafo 1.º y 2.º del código penal, sin circunstancias modificativas de la responsa-bilidad criminal, a la pena de 12 meses de multa con una cuota diaria de 6 €, res-ponsabilidad personal subsidiaria caso de impago de un día de privación de liber-tad por cada dos cuotas diarias no satisfechas y pago de costas.

comuniquese al Registro central de penados y Rebeldes del ministerio deJusticia.

Y para que sirva de notificación en forma al acusado, se extiende el presenteque se fijará en el tablón de anuncios de ese Juzgado y se publicara en el Boletínoficial de la provincia, del último domicilio conocido del acusado, haciéndole saberque dicha sentencia no es firme y contra ella podrá interponer recurso de apelaciónante este Juzgado de lo penal dentro de los diez días siguientes a su publicación.

en zamora, a veintitrés de marzo de dos mil dieciséis.-la magistrada-Juez. laletrada de la administración de Justicia.

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