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BONO DE INCENTIVO AL DESEMPEÑO ESCOLAR

“BONO ESCUELA” 2015-2016

AYUDA MEMORIA

1. El Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (“Bono Escuela”) busca reconocer el esfuerzo de

docentes y directores en las escuelas de mejor desempeño por obtener mejores resultados

educativos en sus estudiantes. Consiste en un reconocimiento bajo la forma de un incentivo

económico a favor del personal directivo y docente (nombrado y/o contratado) de las instituciones

educativas de Educación Básica Regular de nivel primaria y secundaria seleccionadas por su

mejor desempeño.

2. En 2014, se reconocieron a casi 38 mil docentes y directores de más de 8,300 instituciones

educativas de nivel primaria en todo el país, con un monto entre S/. 1,000 y S/. 3,000, por el

desempeño de sus escuelas según los logros educativos alcanzados en 2013.

3. En 2015, se reconocerán a las escuelas públicas de EBR nivel primaria por su mejor desempeño

educativo alcanzado en 2014, basado en sus resultados de aprendizajes, retención de estudiantes,

registro oportuno de información y rendición de cuentas.

4. En 2016, se reconocerán a las escuelas públicas de EBR nivel primaria y secundaria por su mejor

desempeño alcanzado en 2015, basado en sus resultados de aprendizajes, retención de

estudiantes, registro oportuno de información, rendición de cuentas, prácticas pedagógicas en el

aula, clima y gestión escolar.

5. Para recibir este beneficio, no es necesario alguna postulación o inscripción particular, porque el

Ministerio de Educación realiza la selección de las escuelas beneficiarias a partir de los sistemas

de información disponibles que miden los resultados de desempeño a nivel de cada escuela.

6. Cabe mencionar que el proceso de selección de las instituciones educativas se basa en una

agrupación de escuelas similares, tomando en cuenta principalmente la ubicación geográfica y el

número de docentes. De esta manera, se busca seleccionar a las escuelas con mejor desempeño

entre aquellas que comparten un contexto y características similares. Asimismo, las escuelas que

no han sido programadas por la Evaluación Censal de Estudiantes también podrán participar y

tener la opción de ganar Bono Escuela.

7. Todo el personal docente y directivo de las escuelas seleccionadas reciben un bono entre S/.1,000

y S/.3,000, si cumple con determinados requisitos establecidos por el MINEDU y que también

serán validados con las UGEL. Los criterios y las condiciones para el otorgamiento del Bono

Escuela en 2014 fueron establecidos en el Decreto Supremo 287-2014-EF y modificados

recientemente mediante el Decreto Supremo N° 203-2015-EF para establecer los procedimientos

de su otorgamiento hasta 2016. Para conocer con mayor detalle las condiciones, requisitos y

montos para el otorgamiento de Bono Escuela en 2015 y 2016, se puede acceder a la información

publicada en la página web del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe/bonoescuela).

8. A partir de la segunda quincena del mes de octubre se dará a conocer las escuelas seleccionadas

para Bono Escuela 2015 y a partir del mes de noviembre se realizará el pago del bono a través de

la planilla de haberes del mes correspondiente.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:

9. El Anexo del Decreto Supremo N° 203-2015-EF detalla el procedimiento para determinar el

personal beneficiario y los montos del Bono Escuela.

10. Para su otorgamiento en 2015 (solo para IIEE de nivel primaria) se siguen las siguientes

etapas:

PROCESO DE OTORGAMIENTO DE BONO ESCUELA PARA PRIMARIA EN 2015

i) Definición de las instituciones educativas potencialmente elegibles: son todas las IIEE públicas activas de EBR en primaria durante 2014 que son clasificadas en tres grupos: Grupo A (IIEE que cuentan con ECE en 2° grado en 2013 y 2014), Grupo B (IIEE EIB que cuentan con ECE en 4° grado en 2013 y 2014), Grupo C (no cuentan con ECE en 2013 y/o 2014). No participan IIEE de FFAA ni municipalizadas, pero sí aquellas públicas de gestión

privada (como Fe y Alegría).

No participan las IIEE donde algún docente y/o directivo haya realizado o intentado realizar acciones que puedan afectar o alterar los resultados de la ECE.

ii) Identificación de las instituciones educativas elegibles: las escuelas deben cumplir criterios de registro de información de matrícula 2014 en SIAGIE (para todos los grupos) y una cobertura mínima de estudiantes que hayan rendido la evaluación censal de estudiantes en 2014 (solo aplicable para los grupos A y B):

a) Cuando es una sola sección evaluada: 80%

b) Cuando son dos secciones evaluadas: 90%

c) Cuando son tres o más secciones evaluadas: 95%

No se consideran elegibles aquellas escuelas programadas para rendir la ECE pero que por razones propias, la escuela rechazó la aplicación.

iii) Agrupación de las instituciones educativas elegibles: las escuelas elegibles se agrupan por subgrupos homogéneos de acuerdo a su ubicación (por DRE y UGEL) y el número de docentes (completa/multigrado). La idea es conformar para cada grupo (A, B, C), subgrupos más pequeños según su contexto y características para que entre aquellas escuelas similares se realice la selección de aquellas con mejor desempeño.

iv) Selección de las instituciones educativas con mejor desempeño: se construye un índice ponderado de desempeño para cada institución educativa en base a indicadores relacionados al logro de aprendizajes medido por la ECE (principalmente la variación del puntaje promedio entre 2013 y 2014 y puntaje promedio 2014), tasa de retención de estudiantes en toda la primaria, registro oportuno de actas de evaluación y nóminas de matrícula 2014 en SIAGIE y rendición de cuentas de los recursos del Programa de Mantenimiento de Locales Escolares 2014 en el sistema Wasichay. Esto permite elaborar un ranking al interior de cada subgrupo para seleccionar a las IIEE ubicadas en el 35% superior de cada subgrupo, según su ubicación en el ránking. En los grupos A y B, la variable con mayor peso en el índice ponderado que determina la selección de la escuela es la variación del puntaje promedio entre 2013 y 2014 (60%), mientras que en el grupo C (no tienen ECE) es la tasa de retención de estudiantes en 2014 (50%).

Se selecciona automáticamente a toda institución educativa elegible que haya logrado en 2013 y 2014 que el 80% de sus alumnos evaluados en la ECE se encuentren en nivel satisfactorio en ambas pruebas.

v) Identificación y selección del personal beneficiario: comprende a todo el personal directivo y docente de las IIEE seleccionadas que cumplen con los siguientes requisitos:

a) Mínimo 6 meses de enseñanza efectiva en el año 2014 en la escuela seleccionada por el

Ministerio de Educación. b) Tener vínculo laboral vigente con el MINEDU al 31 de mayo 2015 (puede ser en la misma

escuela seleccionada u otra escuela, incluso no seleccionada) c) No tener sanción administrativa vigente d) Registro actualizado en el Aplicativo de Recursos Humanos del Sector Público

administrado por el MEF.

Los dos primeros requisitos son verificados mediante el sistema de administración y control de plazas “NEXUS”, cuyo registro y actualización está a cargo de cada UGEL. Adicionalmente, los registros del personal docente y directivo en el Aplicativo de Recursos Humanos del Sector Público son de responsabilidad de cada UGEL.

Se ha previsto un período de validación de la verificación del cumplimiento de estos requisitos con las UGEL.

vi) Definición del monto del bono a ser entregado al personal beneficiario: se determina el monto asignado a cada beneficiario (entre S/.1000 y S/.3000) de acuerdo al grupo al que pertenece la IIEE, nivel de desempeño, así como el cargo del personal beneficiario (director o docente) y su grado de enseñanza en caso sea docente.

Los registros de cargos son verificados mediante el sistema de administración y control de plazas “NEXUS”, cuyo registro y actualización está a cargo de cada UGEL.

Los registros de los grados de enseñanza de los docentes son verificados mediante el Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE), cuyo registro y actualización está a cargo de los directores de las IIEE.

vii) Pago del bono al personal beneficiario: se realizará a través de la planilla de haberes del personal beneficiario a partir del mes de octubre de 2015.

El Ministerio de Educación tramita una transferencia de recursos a cada UGEL para que

tengan los recursos necesarios para el pago respectivo, porque estas son las responsables de efectuar el pago a aquellos docentes y directores beneficiarios de Bono Escuela.

11. Para su otorgamiento en 2016 para las IIEE de nivel primaria

PROCESO DE OTORGAMIENTO DE BONO ESCUELA PARA PRIMARIA EN 2016

Es el mismo procedimiento que en 2015, la única diferencia es que los resultados de desempeño que se evaluarán corresponden al año 2014 (donde correspondía 2013) y al año 2015 (donde correspondía 2014). El pago del Bono Escuela 2016 se realizaría a partir del mes de agosto de 2016.

Es importante difundir la idea de que si la escuela no es reconocida por Bono Escuela en 2015, tiene la opción de serlo con Bono Escuela en 2016, por los resultados que logre este año, así fomentamos que se esfuercen más los meses que quedan para que mejoren los logros educativos en sus escuelas.

12. Para su otorgamiento en 2016 para IIEE de nivel secundaria se siguen las siguientes etapas:

PROCESO DE OTORGAMIENTO DE BONO ESCUELA PARA SECUNDARIA EN 2016

i) Definición de las instituciones educativas potencialmente elegibles: son todas las IIEE públicas activas de EBR en secundaria durante 2015 que son clasificadas en dos grupos: Grupo D (cuentan con ECE en 2° grado en 2015), Grupo E (no cuentan con ECE en 2015).

No participan IIEE de FFAA ni municipalizadas, pero sí aquellas públicas de gestión

privada (como Fe y Alegría).

No participan las IIEE donde algún docente y/o directivo haya realizado o intentado realizar acciones que puedan afectar o alterar los resultados de la ECE.

ii) Identificación de las instituciones educativas elegibles: las escuelas deben cumplir criterios de registro de información de matrícula 2015 en SIAGIE (para ambos grupos) y una cobertura mínima de estudiantes que hayan rendido la evaluación censal de estudiantes en 2015 (solo aplicable para el grupo D):

a) Cuando es una sola sección evaluada: 80%

b) Cuando son dos secciones evaluadas: 90%

c) Cuando son tres o más secciones evaluadas: 95%

No se consideran elegibles aquellas escuelas programadas para rendir la ECE pero que por razones propias, la escuela rechazó la aplicación.

iii) Agrupación de las instituciones educativas elegibles: los colegios elegibles se agrupan por subgrupos homogéneos, dependiendo de la jornada escolar: a) Para las IIEE de jornada escolar completa en 2015, los colegios se agrupan por DRE. b) Para las IIEE de jornada escolar simple, los colegios se agrupan por UGEL y por ámbito

(urbano/rural).

La idea es conformar para cada grupo, subgrupos más pequeños según su contexto y características para que entre aquellas escuelas similares se realice la selección de aquellas con mejor desempeño.

iv) Selección de las instituciones educativas con mejor desempeño: se construye un índice ponderado de desempeño para cada institución educativa en base a indicadores relacionados a: a) Logro de aprendizajes medido por la ECE (puntaje promedio 2015) b) Tasa de retención de estudiantes en todos los grados de secundaria 2015 c) Registro oportuno de actas de evaluación y nóminas de matrícula 2015 en SIAGIE d) Rendición de cuentas de los recursos del Programa de Mantenimiento de Locales

Escolares 2015 en el sistema Wasichay e) Indicadores de prácticas pedagógicas en el aula. f) Indicadores de clima y gestión escolar.

Esto permite elaborar un ranking al interior de cada subgrupo para seleccionar a las IIEE ubicadas en el 20% superior de cada subgrupo, según su ubicación en el ránking.

Las fuentes de información para el cálculo de estos indicadores son los resultados de la ECE 2015, SIAGIE, WASICHAY, y el Sistema de Monitoreo de Escuelas del Ministerio de Educación.

v) Identificación y selección del personal beneficiario: comprende a todo el personal directivo y docente de las IIEE seleccionadas que cumplen con los siguientes requisitos:

e) Mínimo 6 meses de enseñanza efectiva en el año 2015 en la escuela seleccionada por el

Ministerio de Educación. f) Tener vínculo laboral vigente con el MINEDU al 31 de mayo 2016 (puede ser en la misma

escuela seleccionada u otra escuela, incluso no seleccionada) g) No tener sanción administrativa vigente h) Registro actualizado en el Aplicativo de Recursos Humanos del Sector Público

administrado por el MEF.

Los dos primeros requisitos son verificados mediante el sistema de administración y control de plazas “NEXUS”, cuyo registro y actualización está a cargo de cada UGEL. Adicionalmente, los registros del personal docente y directivo en el Aplicativo de Recursos Humanos del Sector Público son de responsabilidad de cada UGEL.

Se ha previsto un período de validación de la verificación del cumplimiento de estos requisitos con las UGEL.

vi) Definición del monto del bono a ser entregado al personal beneficiario: se determina el monto asignado a cada beneficiario (entre S/.1000 y S/.2500) de acuerdo al grupo al que pertenece la IIEE, nivel de desempeño, así como el cargo del personal beneficiario (director o docente.

Los registros de cargos son verificados mediante el sistema de administración y control de plazas “NEXUS”, cuyo registro y actualización está a cargo de cada UGEL.

vii) Pago del bono al personal beneficiario: se realizará a través de la planilla de haberes del personal beneficiario a partir del mes de agosto de 2016.

El Ministerio de Educación tramita una transferencia de recursos a cada UGEL para que

tengan los recursos necesarios para el pago respectivo, porque estas son las responsables de efectuar el pago a aquellos docentes y directores beneficiarios de Bono Escuela.