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N° 3856 16 febrero 2012 Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2012. Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina" Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Dirección Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625 , E-mail: [email protected] - Consultas: Rivadavia 524 (1084) Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Horario de 10 a 18hs. Web:www.buenosaires.gov.ar

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Page 1: Boletín Oficial · N° 3856 16 febrero 2012 Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2012. Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina"

N° 3856

16febrero2012

Boletín OficialGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2012. Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina"

Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. PabloClusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Dirección Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625 , E-mail:[email protected] - Consultas: Rivadavia 524 (1084) Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Horario de 10 a 18hs.Web:www.buenosaires.gov.ar

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Poder Legislativo

Leyes

Legislatura de la Ciudad deBuenos Aires

Ley 4096

Se crea la Reserva Ecológica

Costanera Norte

Ley 4120

Marco Regulatorio del

Servicio Público de Higiene Urbana

Poder Ejecutivo

Decretos

Decreto 116/12

Se procede a la desocupación

administrativa del predio ubicado bajo el

trazado de la AU-1 entre Balcarce y

Defensa

Decreto 117/12

Se rectifica el Anexo I del

Decreto N° 703/11

Decreto 118/12

Se acepta la cesión gratuita

de inmueble sito en Soldado de la

Frontera 5250

Decreto 119/12

Se denomina Fotogalería

Banco Ciudad al espacio de arte

ubicado en el interior del Teatro General

San Martín

Decreto 120/12

Se encomienda al Ministro

de Hacienda la atención de los asuntos

del Ministerio de Modernización

Resoluciones

Jefatura de Gabinete deMinistros

Resolución 28-SSDHPC/12

Se aprueba el Gasto de

Gestión de Compra efectuado para la

contratación de pólizas

Resolución 29-SSDHPC/12

Se otorga subsidio que prevé

la Ley N° 1075 a Gladys Noemí

Rodríguez

Resolución 30-SSDHPC/12

Se otorga subsidio que prevé

la Ley N° 1075 a Horacio Fórmica

Ministerio de Hacienda

Resolución 192-SSGEYAF/12

Se aprueba compensación de

créditos

Ministerio de Justicia ySeguridad

Resolución 1-SSSC/12

Se aprueba la rendición de

Caja Chica Común N° 2/11

Resolución 14-ISSP/12

Se designan responsables

de administración y rendición de fondos de

Gastos de Movilidad

Resolución 15-ISSP/12

Se designan responsables

de administración y rendición de fondos de

Caja Chica Común

Resolución 16-ISSP/12

Se designan responsables

de administración y rendición de Gastos de

Movilidad

Resolución 50-SSSC/12

Se rescinde contrato de

locación

Resolución 92-MJYSGC/12

Se cesa a responsable de la

Administración y Rendición de Fondos

Resolución 93-MJYSGC/12

Se designan responsables

de administración y rendición de fondos

Resolución 97-MJYSGC/12

Se autoriza la contratación de

personal

Ministerio de Salud

Resolución 175-MSGC/12

Se aprueba y adjudica la

Licitación Pública N° 659-SIGAF/11

Ministerio de Educación

Resolución 3753-MEGC/11

Se reconoce prestación de

servicios

Resolución 71-SSGEYCP/12

Se aprueba el Plan de

Estudios correspondiente a la

Tecnicatura Superior en Grafología

Resolución 72-SSGEYCP/12

Se aprueba el Plan de

Estudios correspondiente a la

Tecnicatura Superior en Trabajo Social

Resolución 100-MEGC/12

Se delegan competencias

en los subsecretarios del Ministerio de

Educación

Resolución 357-MEGC/12

Se ratifica a personal de

Planta de Gabinete

Resolución 388-MEGC/12

Se reconoce prestación de

servicios

Ministerio de Cultura

Resolución 3976-MCGC/11

Se aprueba el proyecto

denominado La última película

Resolución 4007-MCGC/11

Se aprueba el proyecto

denominado Arte, Salud y Desarrollo

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Comunitario

Resolución 270-MCGC/12

Se autoriza a realizar

Festivales a la Dirección General

Festivales y Eventos Centrales

Ministerio de Desarrollo Social

Resolución 46-MDSGC/12

Se ratifica y se designa

personal de Planta de Gabinete

Ministerio de DesarrolloEconómico

Resolución 25-SSDE/12

Se da por decaído el derecho

a percibir la bonificación de la tasa de

interés correspondiente a la Línea

Tecnología y Bienes de Capital y se

intima a la empresa Papelera Bragado

SA

Resolución 26-SSDE/12

Se designa como Unidad

Ejecutora del concurso Apoyo a la

Competitividad PyME 2011 a la Dirección

General de Industria, Servicios y

Tecnología

Resolución 52-SSDEP/12

Se aprueba la rendición de

cuentas realizada por la Asociación

Vecinal Villa General Mitre, Biblioteca

Popular Ciencia y Labor

Resolución 131-MDEGC/12

Se designa personal de

Planta de Gabinete

Resolución 132-MDEGC/12

Se designa personal de

Planta de Gabinete

Resolución 133-MDEGC/12

Se designa personal de

Planta de Gabinete

Resolución 134-MDEGC/12

Se designa personal de

Planta de Gabinete

Resolución 135-MDEGC/12

Se acepta la renuncia al

cargo de Coordinadora del Programa

Ocupación Temporaria del Área de

Expropiaciones

AdministraciónGubernamental de IngresosPúblicos

Resolución 84-AGIP/12

Se establece procedimiento

para la aplicación de sanciones

disciplinaria

Ministerio de Gobierno

Resolución 32-MGOBGC/12

Se rectifica la Resolución N°

3-MGOBGC/12

Disposiciones

Ministerio de Hacienda

Disposición 26-DGCYC/12

Se llama a Licitación Pública

de Etapa Única N° 220-SIGAF/12

Disposición 87-DGCG/12

Se ratifica la Disposición N°

10-DGCG/10

Ministerio de Justicia ySeguridad

Disposición 17-DGALPM/12

Se aprueban pliegos y se

llama a Contratación Directa N°

1791-SIGAF/12

Ministerio de DesarrolloEconómico

Disposición 58-DGTALMDE/12

Se designan agentes para

ejercer las responsabilidades de los

Servicios Patrimoniales de Segundo

Orden

Ente de Turismo

Disposición 4-DGTALET/12

Se aprueba pliego y se

llama a Licitación Pública N°

205-SIGAF/12

Agencia de Sistemas deInformación

Disposición 1-DGDSIS/12

Se aprueba compensación

presupuestaria y creación de partida

Disposición 23-DGTALINF/12

Se aprueba y adjudica gasto

relacionado con los Servicios para la

adecuación de la sala de proveedores de

enlaces de la Agencia de Sistemas de

Información

Disposición 24-DGTALINF/12

Se aprueba y adjudica gasto

por la Adquisición de bidones de agua

Disposiciones

Ente Regulador de losServicios Públicos de laCiudad Autónoma de BuenosAires

Disposición 7-GA/12

Se aprueba y declara

fracasada la Licitación Privada N° 32/11

Resoluciones

Procuración General de laCiudad Autónoma de BuenosAires

Resolución 335-PG/10

Se archiva sumario

Resolución 393-PG/10

Se archivan los Sumarios N°

470/05 y N° 406/05

Comunicados y Avisos

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Ministerio de Salud

Comunicados 1-HRR/12

Ministerio de Ambiente yEspacio Público

Comunicados 298654-DGEV/12

Agencia Gubernamental deControl

Comunicados 71-DGLYTAGC/12

Comunicados 72-DGLYTAGC/12

Comunicados 73-DGLYTAGC/12

Comunicados 74-DGLYTAGC/12

Comunicados 75-DGLYTAGC/12

Comunicados 76-DGLYTAGC/12

Comunicados 77-DGLYTAGC/12

Comunicados 78-DGLYTAGC/12

Comunicados 79-DGLYTAGC/12

Comunicados 80-DGLYTAGC/12

Comunicados 81-DGLYTAGC/12

Comunicados 82-DGLYTAGC/12

Licitaciones

Jefatura de Gabinete deMinistros

Licitación 184-SECGCYAC/12

Ministerio de Justicia ySeguridad

Licitación 236-DGALPM/12

Licitación 2010-DGALPM/12

Ministerio de Salud

Licitación 2590-DGADC/11

Licitación 19-HGARM/12

Licitación 195-HGAVS/12

Licitación 200-HNBM/12

Licitación 213-HGATA/12

Licitación 225-HGNPE/12

Licitación 228-HGATA/12

Licitación 229-HGAVS/12

Licitación 1108-DGADC/11

Licitación 6-HNBM/12

Licitación 9662-HNBM/12

Ministerio de Educación

Licitación 3169-DGAR/11

Expediente 249710-DGAR/12

Expediente 254976-DGAR/12

Expediente 255039-DGAR/12

Ministerio de DesarrolloUrbano

Licitación 237-DGTALMDU/12

Expediente2242037-DGTALMDU/11

Expediente33670-DGTALMDU/12

Ministerio de Ambiente yEspacio Público

Licitación 188-DGTALMAEP/12

Licitación 191-DGTALMAEP/12

Banco Ciudad De BuenosAires

Carpeta 19982-BCOCIUDAD/12

Carpeta 20045-BCOCIUDAD/12

Ministerio de PlanificaciónFederal Inversión Pública yServicios

Actuación 259-SSOP/12

Edictos Particulares

Transferencias 42-SECLYT/12

Transferencias 43-SECLYT/12

Transferencias 44-SECLYT/12

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Transferencias 45-SECLYT/12

Edictos Oficiales

Ministerio de Justicia ySeguridad

Citación 110-DGAI/12

Ministerio de Ambiente yEspacio Público

Notificaciones1541625-DGIHU/11

Intimaciones 17151-DGIHU/09

Intimaciones 56390-DGIHU/09

Intimaciones 1144215-DGIHU/10

Intimaciones 1359665-DGIHU/10

Intimaciones 1537699-DGIHU/10

Intimaciones 1702810-DGIHU/10

Intimaciones 54243-DGIHU/11

Intimaciones 169635-DGIHU/11

Intimaciones 679761-DGIHU/11

Intimaciones 714365-DGIHU/11

Intimaciones 889349-DGIHU/11

Intimaciones 956483-DGIHU/11

Intimaciones 967716-DGIHU/11

Intimaciones 1274509-DGIHU/11

Intimaciones 1276997-DGIHU/11

Intimaciones 1327939-DGIHU/11

Intimaciones 1467566-DGIHU/11

Intimaciones 1540184-DGIHU/11

Intimaciones 1762141-DGIHU/11

Intimaciones 1924473-DGIHU/11

Intimaciones 2327411-DGIHU/11

Intimaciones 969247-DGIHU/10

Intimaciones 1342403-DGIHU/10

AdministraciónGubernamental de IngresosPúblicos

Notificaciones 2964-DGR/11

Notificaciones 3050-DGR/11

Notificaciones 6-DGR/12

Instituto de Vivienda de laCiudad de Buenos Aires

Notificaciones 2309-IVC/12

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°6

Poder Legislativo

Leyes

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires      LEY N.° 4096 

Buenos Aires, 1° de diciembre de 2011  

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Airessanciona con fuerza de

Ley 

Reserva Ecológica Costanera NorteArtículo 1°.- Creación. Créase la “Reserva Ecológica Costanera Norte“ en el polígonodelimitado: al suroeste, por el muro de contención de la Ciudad Universitaria; alsureste, la desembocadura del Arroyo Vega y el Parque de la Memoria; al nornoreste,la Costa del Río de la Plata y al nor-noroeste la desembocadura del Arroyo White y lasede náutica del Club Universitario Buenos Aires.Art. 2°.-Usos. A los fines de la presente son de aplicación las normas específicas dedistrito, establecidas en los puntos 4, 5 y 6 del parágrafo 5.4.11 de la Ley 449.Art. 3°.- Zona de amortiguación. La Zona de Amortiguación de la Reserva EcológicaCostanera Norte será la comprendida entre la línea de fachada de los pabellones II-Facultad de Ciencias Exactas y Naturales y III -Facultad de Arquitectura, Diseño yUrbanismo-de la Universidad de Buenos Aires y el muro de contención de la CiudadUniversitaria, zona donde se evitarán intervenciones que alteren el ecosistema del Áreade Reserva.Art. 4°.-Prohibición de alterar. Prohíbese alterar la Reserva Ecológica Costanera Nortepor impermeabilización de su superficie o con excavaciones, rellenos, desmontes o porcualquier otra obra o acción humana que degrade la biodiversidad de Ia zona, deacuerdo con lo establecido en el Plan de Manejo.Art. 5°.- Acceso. La Reserva ecológica Costanera Norte será de acceso público ygratuito.Art. 6°.- Administración. La estructura y administración de la Reserva EcológicaCostanera Norte estarán a cargo de un Administrador elegido por concurso público deoposición y antecedentes, que dependerá de la autoridad ambiental correspondiente.Art. 7°.-Funciones.El Poder Ejecutivo fijará las funciones de la Administración, las que deberáncomprender al menos las siguientes:1. Relevar la totalidad de lo existente en el área.2. Elaborar el Plan de Manejo con el asesoramiento del Consejo Asesor creado por elArt. 8° de la presente.3. implementar el Plan de Manejo y fijar las normas conducentes a la protección,cuidado, conservación y mejoramiento de la Reserva.4. Gestionar la asignación específica de partidas presupuestarias para financiar dichoPlan.5. Resguardar los ambientes de la Reserva.

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°7

6. Proponer la estructura administrativa acorde a los requerimientos del Plan deManejo, en un plazo máximo de noventa (90) días corridos de reglamentada lapresente,7. Disponer lo necesario a fin de que los integrantes del Consejo Asesor sean elegidosy convocados en un plazo máximo de ciento veinte (120) días corridos a partir dereglamentada la presente.8. Reglamentar la coordinación con el Consejo Asesor a los fines de la elaboración yseguimiento del Plan de Manejo.9. Administrar los recursos humanos y materiales para el cumplimiento del Plan deManejo.10. Proveer lo necesario para el mantenimiento, vigilancia, control y fiscalización de laReserva.11. Difundir información de la Reserva, acerca de los servicios ambientales que provee,sus características y valores.12. Generar iniciativas de Educación Ambiental.13. Implementar sistemas de prevención, alerta y combate de incendio de bosques ypastizales.14. Promover la participación ciudadana respecto a iniciativas relativas al área.15. Remitir anualmente a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de la Ciudad deBuenos Aires un pormenorizado informe, debiendo detallar todas las actuaciones.Art. 8°.-Consejo Asesor. Créase el Consejo Asesor, de carácter consultivo, que estaráintegrado por:- 1 (un) representante del Rectorado de la Universidad de Buenos Aires.- 1 (un) representante de la Facultad de Arquitectura, diseño y Urbanismo.- 1 (un) representante del Consejo Departamental de Biodiversidad y BiologíaExperimental, perteneciente a la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de laUniversidad de Buenos Aires.- 1 (un) representante del Consejo Departamental de Ecología, Genética y Evoluciónperteneciente a la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad deBuenos Aíres.- 1 (un) representante del Consejo Consultivo Comunal de la Comuna 13.- 3 (tres) Organizaciones No Gubernamentales ambientalistas, cada una de las cualesestará representada por un miembro.Art. 9°.-Composición. Las Organizaciones No Gubernamentales que integren elConsejo Asesor, deberán acreditar una adecuada experiencia y capacidad técnica, asícomo estar registradas en un Registro de ONGs. abierto al efecto. Las 3 (tres) ONGs.serán elegidas por simple mayoría, por una Asamblea General de todas las ONGs.registradas en el mismo, debiendo rotar cada bienio.Art. 10.- Retribución. Los miembros del Consejo Asesor no podrán percibir retribución oemolumento alguno del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por integrareste órgano.Art. 11.- Funciones Las funciones del Consejo Asesor serán fijadas por el PoderEjecutivo y deberán comprender como mínimo las siguientes:1. Asesorar a la Administración en la elaboración del Plan de Manejo de la Reserva.2. Estudiar los problemas técnicos relativos a los planes y programas, suimplementación, mejoramiento y evolución, para la adecuada protección del área.3. Asesorar a la Administración en el manejo de la Reserva.4. Participar en la revisión y reforma del Plan, y en la propuesta de los programas.Art. 12.-Consulta. Las recomendaciones o propuestas emanadas del Consejo Asesorson de consideración obligatoria por la Administración de la Reserva, quien deberáexplicitar de qué manera las ha tomado en cuenta y, en su caso, las razones por lasque las desestima.Art. 13.- Plan de Manejo. El Plan de Manejo de la Reserva Ecológica Costanera Norte

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°8

deberá contener, al menos lo siguiente:- Medidas para el mantenimiento de equilibrio ambiental de sus ecosistemas, y laprotección de su flora y su fauna.- Monitoreo de los distintos ambientes.- Planificación de la vigilancia, las contingencias y la prevención de siniestros. Medidaspara la preservación del patrimonio natural, paisajístico, cultural y ambiental de lasdistintas áreas y- Acciones, actividades permitidas y restricciones en las diferentes zonas, para el mejordisfrute del área.- Consideraciones sobre la reforestación con especies autóctonas de las zonasdesmontadas por la ejecución de proyectos anteriores.Previo a su aprobación definitiva deberá realizarse una Audiencia Pública conforme loestablecido en la Ley 6.Art. 14.-El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en el término de 120 (cientoveinte) días corridos a partir de su publicación.Cláusula Transitoria 1°.- El Poder Ejecutivo hará la mensura y confeccionará los planoscorrespondientes al área mencionada en el Artículo 1° de la presente y modificará , laPlancheta del Código de Planeamiento Urbano (Ley 449).Cláusula Transitoria 2°.- Suspéndanse de inmediato las obras de desmonte, descargade tierra y de cualquier otro tipo, que degraden la biodiversidad presente en el lugar.Cláusula transitoria 3°.- El concurso público de oposición y antecedentes para cubrir elcargo de Administrador de la Reserva, deberá realizarse en un plazo máximo denoventa (90) días a partir de la publicación de la presente, que dependerá de laautoridad ambiental correspondienteCláusula transitoria 4°.- La presente Ley entrará en vigencia luego de la publicación dela Ley de modificación del Código de Planeamiento Urbano (Ley 449) otorgando lacorrespondiente afectación de los terrenos en cuestión, como distrito Área ReservaEcológica- ARE Cláusula transitoria 5°.- Deróganse todas las normas, disposiciones y medidas que seopongan a la presente Ley.Art. 15.-Comunícase, etc. Moscariello - Perez    

Buenos Aires, 9 de febrero de 2012  En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del DecretoN° 2.343/98, certifico que la Ley N° 4096 (Expediente N° 6566/12), sancionada por laLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 1° deDiciembre de 2011 ha quedado automáticamente promulgada el día 18 de Enero de2012.Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copiaa la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de laDirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese alMinisterio de, Desarrollo Urbano y para su conocimiento y más efectos, remítase alMinisterio de Ambiente y Espacio Público, Cumplido, archívese. Clusellas  

    

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°9

LEY N.° 4120 

Buenos Aires, 7 de diciembre de 2011  

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Airessanciona con fuerza de

Ley 

Capítulo 1°: Disposiciones GeneralesArtículo 1º.- Objeto. La presente ley constituye el marco regulatorio del Servicio Públicode Higiene Urbana (SPHU) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por medio de lapresente se fijan las prescripciones, modalidades y condiciones que debe cumplir elservicio, ya sea que se preste en forma directa por la ciudad o en concesión porterceros, todo de conformidad a lo normado en la Ley 1854 y concordantes.Art. 2º.- Marco regulatorio. La presente Ley se establece en el marco de lo dispuestopor las Leyes 992 (BOCBA Nº 1619) y 1854 (BOCBA Nº 2357), con referencia almanejo sustentable de residuos y las acciones de disposición inicial selectiva,recolección diferenciada, transporte, tratamiento y transferencia, manejo yaprovechamiento, reducción progresiva de la disposición final, reciclado y minimizaciónde la generación, teniendo en consideración la generalidad, integridad y coherencia delservicio público de higiene urbana en todos sus aspectos, sistemas y servicios.Art. 3º.- Actividades excluidas. Las actividades públicas y/o privadas vinculadas con lagestión, traslado, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos y patogénicos, alas que se refieren las Leyes 154, 760, 1884 y 2214, radiactivos y de explosivosdesclasificados no se encuentran alcanzadas por las disposiciones de esta Ley, sinosolo de manera subsidiaria y analógica, en la medida de la vinculación de finespúblicos y exigencias correlativas.Art. 4º.- Objetivos. Fíjanse los siguientes objetivos para la regulación, ejecución ycontrol del Servicio Público de Higiene Urbana de la Ciudad Autónoma de BuenosAires:a) Promover la reducción de la generación de residuos, el tratamiento, la seleccióndomiciliaria en origen y la formación de una conciencia de preservación ambiental en elámbito industrial, comercial, de los usuarios y los consumidores.b) Alentar la recuperación, reciclado, reutilización, aprovechamiento y valorización deresiduos en el ámbito de los generadores, los usuarios, los consumidores y losgestores de residuos.c) Generar ámbitos de competitividad y aliento de las inversiones para asegurar en elmediano y largo plazo los fines públicos establecidos por las leyes en la materia.d) Propender a una mejor operación, confiabilidad y libre acceso a la gestión de losresiduos.e) Asegurar que la gestión de residuos se realice de modo que no ponga en peligro lasalud humana y atente contra la conservación de un ambiente sano y equilibrado aptopara el consumo y el desarrollo humano y las generaciones futuras.f) Regular adecuadamente las actividades de recolección, transporte, clasificación,tratamiento y disposición final de los residuos comprendidos en esta Ley.g) Prestar un servicio eficiente, cumpliendo la normativa vigente, el contrato y losplanes aprobados con los recursos asignados.h) Mantener la higiene pública a efectos de prevenir daños en la salud y el medioambiente, en un todo de acuerdo con las normas vigentes e inherentes al servicioregulado.i) Proteger adecuadamente los derechos, obligaciones y atribuciones de los usuarios,del concedente, del contratista y de los terceros.

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j) Asegurar que las tarifas y precios que se apliquen a los servicios contemplen criteriosde equidad distributiva entre los usuarios.Art. 5º.- Principios generales. La regulación, prestación y control del Servicio Público eHigiene Urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se ajustará a los siguientesprincipios generales:1. Prevención en la generación de residuos, tanto en su cantidad como en lapeligrosidad de las sustancias contaminantes que contengan.2. Control integrado de la contaminación.3. Jerarquización de las acciones de gestión de residuos:a) Reducción de la generación de residuos.b) Reutilización de residuos en todo o en parte.c) Reciclaje y valorización de los residuos.d) Disposición final.4. Reducción de todo efecto negativo para el agua, el aire, el suelo, la fauna o la flora.5. Responsabilidad del generador.6. Preservación de bienes y lugares históricos.7. Participación social, calidad y transparencia informativa.8. Seguimiento y evaluación permanente.9. Atender el servicio en atención a la división política de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires en comunas.10. Eficacia y proporcionalidad.11. Evitar ruidos y olores molestos.12. Generalidad, continuidad, igualdad, libre acceso y regularidad del servicio.13. Compatibilización de servicio con las demás actividades de preservación del medioambiente.Art. 6º.- Propiedad de los residuos. El depósito de los residuos en contenedores o en lavía pública y su posterior recolección por parte de los gestores de residuos habilitados,cualesquiera fuere la clase y condición de los residuos depositados y recogidos, salvolos expresamente excluidos por el artículo 3º de la presente Ley, genera la presuncióniuris et de iure del abandono de su dominio a favor de la Ciudad Autónoma de BuenosAires, en los términos del artículo 2607 del Código Civil, sin perjuicio del mantenimientode la responsabilidad de su generador o poseedor por los efectos nocivos de eseabandono sin dar aviso fehaciente.El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conserva la propiedad;disposición y aprovechamiento económico de todos los residuos sólidos urbanoscualquiera sea su tipo y procedencia.Art. 7º.- Determinaciones. A los efectos de esta Ley, se entiende por:1. Residuo Sólido: Cualquier sustancia u objeto sólido (seco, húmedo o semihúmedo)que su poseedor deseche con la intención clara y sin lugar a dudas de abandonarlo.2. Residuo sólido urbano: cualquier sustancia u objeto sólido generado en el ámbito dela Ciudad sujeto al régimen establecido en la Ley 1854.3. Residuo domiciliario: residuo sólido generado en los hogares como consecuencia delas actividades domésticas o el generado en los comercios minoristas sujeto al régimenestablecido en la Ley 1854.4. Residuo del comercio: residuo sólido generado por la actividad comercial mayoristasujeto al régimen establecido en la Ley 1854.5. Residuo industrial: residuo sólido generado de todo proceso de producción,transformación, utilización, consumo, disposición, limpieza o mantenimiento de bienesy servicios, o actividades conexas, y siempre que estuviere sujeto al régimenestablecido en la Ley 1854.6. Residuo de obra: todo residuo derivado de la actividad constructiva, es decirescombros, tierra, cascotes, áridos y restos de obra.7. Generador de residuos: cualquier persona física o jurídica cuya actividad produzca

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residuos.8. Grandes generadores de residuos: son los definidos por el artículo 13 de la ley 1854.9. Generador responsable: cualquier persona física o jurídica que adopta medidaspreventivas tendientes a reducir:a) La cantidad de residuos que la producción, comercialización, y consumo de losbienes o servicios pudieran generar, favoreciendo la reutilización de los componentes,la extensión de la vida útil de los productos o especiales condiciones de prestación delos servicios.b) Los impactos adversos sobre el ambiente, la salud y la higiene pública de losresiduos generados; así como el dispendio innecesario de bienes o energía.c) El contenido de sustancias nocivas en materiales y productos o su utilización cuandono fuera estrictamente imprescindible para la prestación de servicios.10. Gestión de residuos: la recolección, selección, transporte, traslado, depósito,tratamiento mediante métodos y tecnologías apropiadas y/o disposición final deresiduos sólidos urbanos, incluidas las tareas de vigilancia y supervisión de estasoperaciones.11. Gestor de residuos: cualquier persona física o jurídica pública o privada habilitadapara la gestión de residuos.12. Separación: todas las tareas o actividades tendientes a dar cumplimiento a loprescripto en el artículo 14 de la Ley 1854.13. Recolección: cualquier operación tendiente al acopio de residuos, incluyendo laclasificación y almacenamiento iniciales para su trasporte.14. Recolección selectiva: es aquella actividad definida en el artículo 18 de la Ley 1854.15. Reutilización: aquella actividad cuya finalidad es volver a imprimir al uso por el quefuera concebido todo bien reducido a residuo.16. Tratamiento: las operaciones de valorización, eliminación o disposición final,incluidas las tareas previas y preparatorias en el marco de lo establecido en el artículo33 de la Ley 1854.17. Clasificación de residuos: cualquier operación tendiente al ordenamiento de losresiduos sólidos en general, luego de su separación y recolección diferenciada.18. Valorización: cualquier operación tendiente a que el residuo sirva a una finalidad útilal sustituir a otros materiales en la producción, la economía, los servicios y lageneración de energía.19. Reciclado: toda operación de valorización mediante la cual los materiales deresiduos son transformados de nuevo en productos, materia prima, materiales osustancias.20. Disposición final: cualquier operación dispuesta en el marco de lo establecido en elartículo 35 de la Ley 1854.21. Barrido y limpieza: toda la actividad tendiente al aseo de las vías públicas, calles,pasajes, avenidas y demás vías de circulación; plazas, parques y accesos a edificiospúblicos.22. Sistemas de gestión integrados: las actividades interconectadas para el tratamientode determinados residuos que sin estar encuadrados en un régimen normativo especialrequieren de una gestión distinta, de modo que se establezcan canales de generación,recolección, tratamiento, valoración y disposición diferenciados.23. Zonas administrativas públicas y/o privadas: aquellas en las que se realicenpredominantemente actividades de oficina y servicios, bancos, profesionales,financieras, de dirección de empresas o actividades públicas nacionales o locales.24. Zonas residenciales: aquellas afectadas principalmente a vivienda.25. Zonas comerciales: aquellas con predominio de actividades propias de los negociosminoristas, en todas sus expresiones.26. Zonas industriales: las afectadas a la producción de bienes y servicios, el comerciomayorista y las que se integren en forma predominantemente con grandes generadores

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de residuos.27. Zonas mixtas: las que no tengan una actividad predominante y deban serconsideradas desde dos o más perspectivas diversas.Art. 8º.- Comprensión. El Servicio Público de Higiene Urbana comprende:a) La gestión general de residuos, esto es la recolección, transporte, separación,clasificación, valorización y disposición final de residuos sólidos urbanos.b) Las tareas de barrido y limpieza de los espacios públicos.c) Todas las actividades públicas y privadas encaminadas a la capacitación y laformación de criterios de la industria, el comercio y los usuarios y los consumidores,tendientes al logro de los objetivos establecidos en los artículos 26, 27, 28, 29, 30, 31 yconcordantes de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes992 y 1854, así como el futuro plan integral de residuos, en tanto vinculadas con elimpulso y el fomento de hábitos que privilegien la prevención y el tratamientodomiciliario, la responsabilidad personal y patrimonial en la reducción de la producciónde residuos y la supresión de los efectos perniciosos de la generación innecesaria y laindebida gestión y en general, la separación, recuperación, reciclaje y reutilización deresiduos.d) Todas las acciones y prestaciones destinadas a garantizar óptimos niveles delimpieza de la Ciudad en condiciones ambientalmente sustentables en el marco de lanormativa vigente y en particular la Ley Nacional Nº 25.916, que tiene el objetivo decontrolar y mitigar los efectos al ambiente y a la salud generados por la gestión de losresiduos sólidos urbanos.Art. 9º.- Sistemas. El Servicio Público de Higiene Urbana se compone de un SistemaPúblico de Higiene, Recolección y Transporte de RSU Domiciliarios (SPH-RDO) queincluye los servicios de limpieza y barrido de calles y espacios públicos; un servicio derecolección y transporte de RSU depositados en los recipientes en vía pública deresiduos reciclables; y de un Sistema Público de Recolección Diferenciada, Selección,Acondicionamiento y Comercialización de RSU reciclables y recuperables (SPRD).

Capítulo 2º: Condiciones para la Contratación de Servicios del SPH-RDO.Art. 10.- Plazo de los Contratos: Los contratos referidos al servicio del SPH-RDO, quese celebren luego de la sanción de esta Ley deberán extenderse por plazos nomenores a (8) ocho años y no mayores a diez (10), de modo que incentiven la inversiónempresaria inicial, prorrogable por un periodo máximo de (12) doce meses, a opcióndel Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.Art. 11.- Áreas de prestación. La prestación del Servicio Público de Higiene Urbana serealizará en no menos de cuatro zonas que deberán comprender la totalidad delterritorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya morfología y cantidad seránestablecidas por la autoridad de aplicación en función de los ámbitos geográficos de lasdiversas comunas, que podrán reunirse en espacios mayores, a partir de laponderación de problemáticas uniformes y semejanzas urbanísticas (administrativas,comerciales, residenciales, industriales o mixtas) conforme surja de la aplicación de losobjetivos y principios generales establecidos en esta Ley.La autoridad de aplicación deberá incluir una zona testigo que será operada por el Entede Higiene Urbana. La prestación del servicio en la zona testigo contará con losrecursos presupuestarios necesarios para realizarse en las mismas condiciones y conla misma calidad del servicio y tipos de control exigidos en el resto de las zonas.Art. 12.- Servicios que comprende la concesión. Los servicios que incluirá lacontratación serán los siguientes:1. Servicio de Limpieza de veredas, calzadas y otros espacios de carácter públicodebidamente especificados en el Pliego de Bases y Condiciones, que deberágarantizar un óptimo nivel de limpieza, claramente determinado o determinable, através de las diferentes modalidades de barrido manual mecánico y lavado en lasdistintas zonas de la Ciudad, de acuerdo con sus características urbanas y de uso.

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2. Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Húmedos Domiciliarios, enlos términos de la Ley 1854, que incluirá los sistemas adecuados de disposición inicial,su mantenimiento y el transporte posterior a las Plantas de Tratamiento y/oTransferencia y Centros de disposición final.3. Servicio de Recolección de Restos de Demolición y de Obra, Restos Verdes yResiduos Voluminosos, en los volúmenes y pesos que correspondan a los generadoresde carácter familiar individual -excluyendo los resultantes de actividades comerciales- yel transporte de los mismos según disponga la autoridad de aplicación.4. Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Húmedos de GeneradoresEspeciales hasta el límite dispuesto por la Autoridad de Aplicación, que incluirá eltransporte posterior a las Plantas de Transferencia y/o Centros de disposición final.5. Servicio de Recolección y Limpieza en la margen izquierda del Riachuelo y del Ríode la Plata ambos en la extensión del camino de sirga.6. Servicio especial de recolección de la fracción de residuos orgánicos de grandesgeneradores. Esta modalidad se implementará en forma gradual, de acuerdo a lo queestablezca la autoridad de aplicación.Art. 13.- Canon. El pago de los servicios se hará contemplando distintas alternativas enrelación con el carácter de cada prestación:a) Los rubros Limpieza y Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Húmedos sepagarán por zona limpia de servicio y/o recursos asignados expresados en valorcuadra y/o zona y/o ruta y/o contenedor. La certificación mensual de los serviciosprestados estará afectada por un factor de calidad que evaluará ésa característica.b) No se podrán establecer mecanismos de pago por tonelada de residuo húmedorecogido.c) A los efectos de prevenir imprevistos que pudieran poner en riesgo la continuidad delcontrato, podrá preverse un mecanismo que contemple las variaciones en lageneración de los RSU. El procedimiento deberá fijar un valor de referencia.d) El rubro Recolección de Restos de Demolición y de Obra, Restos Verdes, ResiduosVoluminosos y Residuos Reciclables se podrá pagar por tonelada recolectada ytransportada dispuestos donde la autoridad de aplicación determine; pudiendodeterminarse un plus, a modo de incentivo, sobre el valor de a tonelada cuando losrestos de verdes se entreguen chipeados y cuando el escombro descargado seentregue no contaminado dispuesto como árido.Art. 14.- Control. El Poder Ejecutivo establecerá un sistema de control que incluirá laconfección de índices de calidad de servicios para garantizar el cumplimento de loscompromisos asumidos por parte de los adjudicatarios.Para el control, registro e inspección se deberá contratar el servicio pertinente, el cualdeberá hallarse vigente al inicio de los trabajos correspondientes al servicio público dehigiene urbana.Se deberá contemplar la participación de las Comunas en el control del servicioconcesionado y del Ente Regulador de los Servicios Públicos como Autoridad deControl del mismo; sin perjuicio de ello, el Poder Ejecutivo podrá promovermecanismos de auditoría y contralor que incluyan a organizaciones nogubernamentales y a universidades con trayectoria en gestión ambiental.Asimismo se articularán entre los organismos mencionados los métodos yprocedimientos de control a fin de conseguir la mayor efectividad y no superposición enel contralor de las prestaciones.Art. 15.- Redeterminación. La redeterminación de los precios del contrato enreconocimiento de las variaciones de costos, se hará de acuerdo al régimenestablecido en la Ley 2.809 y normas complementarias y concordantes (B.O.C.B.A Nº2994), en la inteligencia de mantener durante todo el tracto del Contrato, la equidad delas recíprocas prestaciones contractuales.Art. 16.- Experiencia de los oferentes. Los oferentes deberán acreditar probada

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experiencia en la operación de servicios de Higiene Urbana en Argentina, como mínimode (5) años ininterrumpidos en Contratos de similares características operativas ytecnológicas en cuanto a magnitud e importancia. Se limitará a tres (3) la cantidad departicipantes en las posibles UTEs oferentes, con el objeto de promover la competenciay la presentación de oferentes que alcancen los máximos niveles de calidad.La licitación deberá establecer un mecanismo de evaluación de ofertas que ponderetanto la oferta técnica como la económica y que establezca condiciones mínimasexcluyentes para todos los aspectos evaluables; debiendo los oferentes presentarofertas técnicas para la totalidad de los servicios a concesionar previendo todo tipo deProgramas Especiales atendiendo a variadas alternativas de servicios y prestaciones,acompañadas de una apertura de los costos que conformen el precio de cada uno delos mismos.Art. 17.- Normas de calidad. Los contratistas y, en su caso, sus proveedoresprincipales, deberán dar cumplimiento a las condiciones mínimas exigidas por lasnormativas de calidad ISO 9.000 e ISO 14.000, de acuerdo a los términos quedisponga la autoridad de aplicación.Art. 18.- Capacitación del personal. La reglamentación de la presente ley establecerálas condiciones mínimas de capacitación y antecedentes que deberá reunir el personalafectado a las tareas del SPHU de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y certificará elcumplimiento de tales recaudos en el personal de las empresas que hubieran resultadoadjudicatarias de las Licitaciones a celebrarse, o de otros entes públicos a los que se leasignen tales funciones, de modo previo y condicionante al comienzo de susoperaciones.Art. 19.- Continuidad laboral. Los oferentes deberán garantizar la fuente de trabajo paratodos los trabajadores en relación de dependencia incluidos en el convenio colectivo40/89, que prestan servicio en forma permanente y efectiva en las actuales empresasconcesionarias del Servicio Público de Higiene Urbana, mediante la aceptación de lacesión de todos los contratos individuales de trabajo en las mismas condicioneslaborales y de remuneración actual. Igual criterio se establecerá como exigencia paralos oferentes en las futuras contrataciones realizadas por el GCBA para el SPHU.Art. 20.- Condiciones de los vehículos. Los vehículos que las contratistas presentenpara los servicios ofertados deberán ser nuevos sin uso, en un porcentaje no menor alsetenta (70) por ciento de la totalidad del parque a la fecha de la firma del contrato,privilegiándose el origen nacional de los mismos. Los vehículos no deberán poseer unaantigüedad mayor a cinco (05) años a la fecha de la oferta. Nunca podrán superar losdiez (10) años de antigüedad durante la vigencia del contrato. La tecnología requeridaen las emisiones de ruido y emanaciones pestilentes en todas las etapas del serviciodeberán ser, al momento de la oferta, de las mejores disponibles en el mercadointernacional aplicables en el país.Art. 21.- Vista de los pliegos. Los Pliegos de Bases y Condiciones Generales yParticulares para la Licitación del Servicio Público de Higiene Urbana que se elaborende acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley, y sin perjuicio de la intervención de losorganismos técnicos pertinentes, los mismos serán puestos a disposición del EnteRegulador de los Servicios Públicos, de acuerdo con lo que establecen los artículos 2ºinciso c y 11º inciso g, de la Ley 210.Capítulo 3º: Programa de Reestructuración Funcional del Ente de Higiene Urbana de la

Ciudad de Buenos Aires (PREHU).Art. 22.- Objetivos. EL PREHU tendrá como objetivos:1) Equiparación de calidad y cantidad de prestación de todos los servicios de HigieneUrbana previstos en el Pliego de Bases y Condiciones del SPHU, para suimplementación en la zona bajo responsabilidad del EHU.2) La homologación de sistemas y modalidades de prestación para que resultensimilares a los que se apliquen en el resto del territorio de la Ciudad de Buenos Aires.

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3) La implementación de estrategias comunes a todas las zonas de prestación enmateria de disposición inicial selectiva, contenerización, separación en origen,recolección diferenciada, en su zona de intervención.4) El rediseño de procesos, administrativos, operativos y de gestión general paraobtener certificación según norma ISO 9001.5) La revalorización de las prestaciones en materia de Higiene Urbana que son de suexclusividad en todo el territorio de la Ciudad de Buenos Aires.Art. 23.- Plan de gestión de gestión integral de residuos sólidos urbanos. La autoridadde aplicación de la presente ley elabora el plan de gestión integral de residuos sólidosurbanos, el cual será objeto de evaluación, mejoras y actualización, teniendo en cuentalas modificaciones que pudieran surgir de los comportamientos urbanos y sulocalización en la Ciudad.

Capítulo 4º: Del servicio de capacitación y formación generalArt. 24.- Campañas de concientización. A fin de poder cumplir con las metas previstasen la Ley 1854 (B.O.C.B.A. Nº 2.357) y llevar a cabo una efectiva concientizaciónciudadana respecto de todas las cuestiones de higiene, las empresas concesionariasdeberán destinar el tres por ciento (3%) de lo facturado a campañas de concientizaciónciudadana durante la totalidad del período concesionado. Dichas campañas podránestar dirigidas a la concientización de temas relativos a higiene urbana, separación enorigen, reciclado y reutilización, programas de educación ambiental y difusión denuevas normas y pautas para la gestión de los RSU.Dichas campañas deberán elaborarse e implementarse de acuerdo a lineamientoscomunicacionales y de contenido establecidos por el Gobierno de la Ciudad, quiencumplirá e1 rol de ejecutor y supervisor en el mencionado proceso y autorizará laimplementación de las mismas.Todos los planes que impliquen la implementación de nuevas modalidades de serviciocomo consecuencia del resultado de dichas campañas o de posibles mejorastecnológicas en el tratamiento de los RSU, deberán desarrollarse por etapas a un ritmode ejecución que establecerá la autoridad de aplicación, que permita su evaluacióncontinua y la posibilidad de introducir correcciones cada doce (12) meses a lo largo detodo el proceso de implementación, considerando los niveles de aceptación de losusuarios, agentes prestadores en cuanto a la modificación de servicios previstos y losbeneficios evaluados por la autoridad de aplicación de calidad de servicio y/o costosasociados.Art. 25.- La autoridad de aplicación establecerá las prioridades en los programas deeducación, que deberán atender en primer término a la disminución de la generaciónen la actividad industrial, comercial, de servicios y en la gestión pública y a favorecer laselección en origen.

Capítulo 5º: SancionesArt. 26.- Incorporase como articulo 1.3.9.2.1 al Código de Faltas de la CiudadAutónoma de Buenos Aires Ley 451 el siguiente;“1.3.9.2.1 Gestión de residuos sin autorización. La persona jurídica que realizareactividades de gestión de residuos sólidos urbanos sin la debida autorización essancionado con multa de 1.000 a 10.000 unidades fijas.”Art. 27.- Incorporase como artículo 1.3.9.2.2 al Código de Faltas de la CiudadAutónoma de Buenos Aires Ley 451 el siguiente:“1.3.9.2.2 Cumplimiento de los deberes del gestor de residuos. El incumplimiento delos deberes establecidos por la normativa vigente por parte del gestor de residuos, enla separación, depósito, traslado, valoración o disposición final de residuos o realizarlas actividades de gestión con recursos materiales o humanos distintos a los exigidospor ley será sancionado con multa de 10.000 a 50.000 unidades fijas, salvo queexistiera un sistema sancionatorio específico dentro de las normas que regulan adichos gestores.”

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Capítulo 6º: Disposiciones finales y transitoriasCláusula Transitoria Primera:Los servicios actualmente vigentes, contratados originalmente por medio de laslicitaciones 6/2003 y 1176/2010 se prorrogan hasta un máximo de veinticuatro (24)meses desde el momento de la entrada en vigencia de la presente Ley, autorizándoseal Poder Ejecutivo a adecuar los actuales contratos a sus prescripciones. En un plazono mayor a los doce (12) meses a partir de la reglamentación de la presente Ley elPoder Ejecutivo deberá realizar un nuevo llamado a Licitación Pública para lacontratación del nuevo servicio público de higiene urbana, ajustado a la presente Ley.Art. 28.- Comuníquese, etc. Moscariello - Perez   

Buenos Aires, 31 de enero de 2012  En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8º del DecretoNº 2343/98, certifico que la Ley Nº 4120 (Expediente Nº 6599/12), sancionada por laLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 7 dediciembre de 2011 ha quedado automáticamente promulgada el día 18 de enero de2012.Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copiaa la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de laDirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese alos Ministerios de Modernización, Justicia y Seguridad y para su conocimiento y demásefectos, remítase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Clusellas      

Poder Ejecutivo

Decretos

      DECRETO N.° 116/12 

Buenos Aires, 7 de febrero de 2012  VISTO:La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, los Decretos Nros. 1.721/04, 1.682/06,447/08, 660/11, el Expediente N° 162.632/11, y CONSIDERANDO:

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 Que por el Expediente citado en el Visto, se propicia la desocupación administrativa delpredio de dominio público de la Ciudad, ubicado bajo el trazado de la Autopista 25 deMayo (AU-1) entre las calles Balcarce y Defensa, cuya Nomenclatura Catastral esCircunscripción 12, Sección 4, Manzana 32;Que el inmueble en cuestión se encuentra actualmente ocupado en forma ilegitima porla Fundación Los Cara Sucias;Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 5º del Decreto N° 1.721/04, se otorgó aAutopistas Urbanas S.A. la explotación por sí o por terceros de los espaciosgenéricamente denominados “bajos de autopistas y remanentes de expropiación“correspondientes a la red concesionada, conforme detalle incluido en el Anexo III, elque formó parte integrante de dicho Decreto;Que por Decreto N° 447/08 se revocó dicho otorgamiento, confiriéndose laadministración y explotación de los mencionados espacios a la Dirección General deConcesiones;Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura Orgánico Funcional dependientedel Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos, estableciendo lasresponsabilidades primarias de la Dirección General de ConcesionesQue mediante el Decreto N° 1.682/06 modificatorio del Anexo III del Decreto N°1.721/04, se otorgó un permiso de uso precario y gratuito sobre el mencionado prediopor el plazo de tres (3) años a favor de la Fundación Los Caras Sucias;Que el referido permiso de uso venció en diciembre de 2009, por lo que mediantecédula de fecha 19 de enero de 2011 se intimó a la Fundación a que restituya el predio;Que en atención al resultado negativo de tal intimación, se solicitó a la DirecciónGeneral Escribanía General la designación de un escribano, a fin de que labre un actanotarial sobre el estado de ocupación del bien;Que el escribano nombrado por la citada Dirección General, se constituyó en el predioy constató la falta de restitución del mismo al Gobierno de la Ciudad de Buenos Airesmediante escritura Nº 168 de fecha 29 de marzo de 2011;Que en consecuencia, se verificó la falta de cumplimiento a la intimación cursada,como así también se constató la inexistencia de un permiso emanado de un organismocompetente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que habilite laocupación del predio por parte de la Fundación;Que cabe destacar que constituye un deber imperativo e inexcusable del Jefe deGobierno, resguardar y velar por el patrimonio público de la Ciudad;Que el régimen jurídico del dominio público se caracteriza por su inalienabilidad,imprescriptibilidad y las reglas de policía de la cosa pública que le son aplicables(Fallos 146:289, 297, 304 y 315);Que respecto de la tutela del dominio público se ha considerado: “La protección otutela de dependencias dominicales está a cargo de la Administración Pública, en sucarácter de órgano gestor de los intereses del pueblo, titular de dominio de talesdependencias. En ese orden de ideas, para hacer efectiva dicha tutela, con el fin dehacer cesar cualquier avance indebido de los particulares contra los bienes del dominiopúblico, en ejercicio del poder de policía que le es inherente y como principio generalen materia de dominicalidad, la Administración Pública dispone de un excepcionalprivilegio. Procede directamente, por si misma, sin necesidad de recurrir a la víajudicial. Procede unilateralmente, por autotutela, a través de sus propias resolucionesejecutorias“ (Marienhoff, Miguel; “Tratado de Dominio Público“; Bs. As. año 1960;Editorial TEA, pág.271);Que en tal sentido, resulta aplicable lo dispuesto por el Artículo 12 de la Ley deProcedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, en cuanto dispone que:“El acto administrativo goza de presunción de legitimidad; su fuerza ejecutoria faculta ala Administración a ponerlo en práctica por sus propios medios, a menos que deba

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utilizarse la coacción contra la persona o bienes de los administrados, en cuyo casoserá exigible la intervención judicial. Solo podrá la Administración utilizar la fuerzacontra la persona o bienes del administrado, sin intervención judicial, cuando debaprotegerse el dominio público, desalojarse o demolerse edificios que amenacen ruina, otengan que incautarse bienes muebles peligrosos para la seguridad, salubridad omoralidad de la población, o intervenirse en la higienización de inmuebles. Losrecursos que interpongan los administrados contra los actos administrativos nosuspenderán su ejecución y efectos, salvo norma expresa que disponga lo contrario...“;Que en consecuencia, el caso encuadra, desde el punto de vista jurídico, en unaocupación ilegítima del espacio del dominio público de la Ciudad de Buenos Aires;Que la recuperación del inmueble mediante la vía de la desocupación administrativa esprocedente, dado que la misma se encuentra entre las facultades conferidas al Jefe deGobierno de la Ciudad por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad;Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervenciónque le compete, en virtud de la Ley N° 1.218.Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 104, incisos 23 y 24 de laConstitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 

EL JEFE DE GOBIERNODE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1.- Procédase a la desocupación administrativa de las personas, instalacionesy bienes que se encuentren en el predio ubicado bajo el trazado de la Autopista 25 deMayo (AU-1) entre las calles Balcarce y Defensa de la Ciudad Autónoma de BuenosAires, cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción 12,Sección 4, Manzana 32, bajoapercibimiento de trasladarlos a depósitos del Gobierno de la Ciudad, a exclusivo cargode los ocupantes Intimados y/o subocupantes, labrándose la correspondiente ActaNotarial, por parte de un escribano designado por la Dirección General EscribaníaGeneral, a fin de confeccionar el acta de constatación pertinente en el que dejaráconstancia de los bienes muebles que existieren, de su estado de conservación, lugaral que eventualmente fueren trasladados y dejará constancia de la restitución de lapropiedad.Artículo 2.- Instrúyase a la Dirección General Administración de Bienes para que, con lacolaboración de las Direcciones Generales de Guardia de Auxilio y Emergencia, deFiscalización y Control, de Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME), deLogística, de Mantenimiento de la Flota Automotor y el Instituto de Zoonosis “Dr. LuisPasteur“, procedan a efectivizar la desocupación dispuesta por el presente Decreto,pudiendo en caso de ser necesario requerir el auxilio de la fuerza pública.Artículo 3.- Encomiéndase al organismo bajo cuya jurisdicción se encuentre laadministración del Inmueble de que tratan las presentes, la adopción de las medidasnecesarias tendientes a propender, en el supuesto de la desocupación, almantenimiento de las condiciones de higiene y de seguridad del inmueble, a los finesde evitar posibles Intrusiones.Artículo 4.- Intímase a los ocupantes a acreditar el pago de tasas y serviciosadeudados por el referido bien, en cada caso, por todo el tiempo de ocupación, bajoapercibimiento de iniciar las acciones legales correspondientes.Artículo 5.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de DesarrolloEconómico, de Justicia y Seguridad, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.Artículo 6.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de BuenosAires, comuníquese a la Subsecretaría de Seguridad Urbana, a las DireccionesGenerales de Logística, de Guardia de Auxilio y Emergencia, de Ordenamiento delEspacio Público, de Sistema de Atención Medica de Emergencia (SAME), de

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Mantenimiento de la Flota Automotor, Administración de Bienes, de Escribanía Generaly el Instituto de Zoonosis “Dr. Luis Pasteur“. Para su conocimiento, notificación ydemás efectos, gírese a la Dirección General de Concesiones. Cumplido, archívese. Vidal a/c - Cabrera - Montenegro - Rodríguez Larreta  

   DECRETO N.° 117/12 

Buenos Aires, 8 de febrero de 2012  VISTO:La Ley Nº 4.013, los Decretos Nº 660/11 y Nº 703/11, y el Expediente Nº 2241263/11 einc., y CONSIDERANDO:  Que por la Ley Nº 4.013 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires;Que por Decreto Nº 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del PoderEjecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Que por Decreto Nº 703/11 se designaron y ratificaron, a partir del 10 de diciembre de2011 a diversas personas para ocupar diversos cargos en la Jefatura de Gabinete deMinistros;Que en el Anexo I del mencionado Decreto, se designó al Ing. SIGILlTO, CarmeloVicente como Director General de la Dirección General de Tránsito, consignándoseerróneamente el apellido del mismo, toda vez que el correcto es “SIGILLlTO“;Que a su vez, se consignó erróneamente el número de la partida retenida de laDirección General de Transito, siendo la correcta la N°3031.0010.P.B.04.0285.215.N.22;Que en ese sentido corresponde rectificar los errores materiales incurridos;Que el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad deBuenos Aires establece que en cualquier momento podrán rectificarse los erroresmeramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no alterelo sustancial del acto o decisión;Que por lo expuesto y a efectos de regularizar la situación planteada, resultaconveniente dictar la norma legal pertinente;Por ello en uso de las facultades conferidas por el artículo 104 de la Constitución de laCiudad Autónoma de Buenos Aires, 

EL JEFE DE GOBIERNODE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1°-. Rectifícase parcialmente el Anexo I del Decreto Nº 703/11 en lo querespecta al apellido y partida que retiene el Director General de la Dirección General deTránsito siendo los correctos los siguientes: “Ing. SIGILLlTO, Carmelo Vicente, partida3031.0010.P.B.04.0285.215.N.22“.Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete deMinistros.Artículo 3°.- Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de BuenosAires, comuníquese a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos dependiente

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del Ministerio de Modernización y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública yPresupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demásefectos remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefaturade Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Vidal a/c - Rodríguez Larreta  

   DECRETO N.° 118/12 

Buenos Aires, 8 de febrero de 2012  VISTO:La Ley Nº 1.251, el Expediente Nº 1.077.788/11 e incorp., y; CONSIDERANDO:  Que, por la actuación mencionada en el visto, el Instituto de Vivienda de la Ciudad deBuenos Aires puso en conocimiento la necesidad de regularizar el dominio de lastierras remanentes del Conjunto Urbano Gral. Savio, por no estar estas aptas para laconstrucción de viviendas;Que la fracción se ubica en la calle Soldado de la Frontera N° 5250, entre calle sinnombre oficial, sin número y calle sin nombre oficial sin número, identificadocatastralmente en Circunscripción: 1; Sección: 82; Manzana: 73L; Fracción: A;Matricula FR. 1-91052;Que, el articulo 6° de la Ley Nº 1.251 faculta al Instituto de Vivienda de ésta Ciudad atransferir al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el dominio en formaonerosa o gratuita, según corresponda, de aquellos inmuebles que resulten necesariospara el desarrollo de la función pública;Que, por el Acta de Directorio Nº 2.366 punto n° 8 celebrada con fecha 17 deDiciembre de 2008, el Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires cedió lafracción en cuestión en forma gratuita al Gobierno de la Ciudad Autónoma de BuenosAires con destino a espacio público;Que por su parte el Ministerio de Ambiente y Espacio Público ha tomado intervenciónen el ámbito de sus competencias;Que en consecuencia resulta necesario a fin de efectivizar dicha transferencia,aceptarla a través del presente acto administrativo, autorizando a la Dirección GeneralEscribanía General a realizar todas las acciones tendientes a efectivizar la cesión quenos ocupa a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,inscribiéndola en el Registro de la Propiedad Inmueble;Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervenciónque le compete en cumplimiento de la Ley 1218.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de laConstitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 

EL JEFE DE GOBIERNODE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1°.- Acéptese la cesión gratuita del inmueble sito en la calle Soldado de laFrontera Nº 5250, entre la calle sin nombre oficial, sin número y la calle sin nombreoficial, sin número, identificado catastralmente en Circunscripción: 1; Sección: 82;Manzana: 73L; Fracción: A, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble en la

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matrícula FR 1-91052, efectuada por el Instituto de Vivienda de la Ciudad de BuenosAires a este Gobierno con destino a espacio público.Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General a instrumentar latransferencia del dominio que se propicia, mediante escritura pública y/o documentoadministrativo (conf. Ley Nº 17.801 art.3 inc. a) y a inscribir el mismo en el Registro dela Propiedad Inmueble.Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el Señor Ministro de Ambiente yEspacio Público y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de BuenosAires, comuníquese al Ministerio de Ambiente y Espacio Público y a la DirecciónGeneral Escribanía General de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento ydemás efectos remítase al Instituto de Vivienda da la Ciudad de Buenos Aires.Cumplido, archívese. Vidal a/c - Santilli - Rodríguez Larreta  

   DECRETO N.° 119/12 

Buenos Aires, 8 de febrero de 2012  VISTO:el Expediente Nº 1.920.182/2011, y CONSIDERANDO:  Que la actividad artístico-cultural y creadora de la Ciudad de Buenos, como así tambiénla preservación de su patrimonio cultural, se encuentran garantizadas, amparadas ypromovidas por el artículo 32 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;Que en el Teatro General San Martín se encuentra ubicada una Fotogalería, espaciode arte por excelencia, reconocido por numerosos y prestigiosos expositores;Que la Fotogalería, como espacio de arte, tiene sus orígenes en el año 1983, bajo larecuperación del sistema democrático, en el marco de las nuevas perspectivas queemergían en la vida cultural de la Argentina y principalmente de la Ciudad de BuenosAíres;Que por entonces nacía la Fotogalería del Teatro General San Martín, como primerespacio de arte consagrado a la exhibición permanente de fotografía con el imperativode ser la galería que expusiera la mejor fotografía nacional y extranjera,constituyéndose de ese modo en un importante referente cultural;Que la Fotogalería se encuentra ubicada en el pasillo de comunicación que une el hallprincipal del Teatro General San Martín con el Centro Cultural General San Martín,constituyéndose en paso obligado de personas que transitan entre los diversos actosculturales que se llevan a cabo en las citadas instituciones culturales;Que en el marco de lo expuesto, desde el año 1985 la Fotogalería ubicada en el TeatroGeneral San Martín, se ha constituido en un ícono cultural de referencia, en el cual sehan realizado infinidad de exposiciones fotográficas de origen nacional e internacional,representando todo tipo de obras, temáticas y ciclos históricos, lo que la haposicionado como un espacio de arte de exposición fotográfica de excelencia;Que las actividades de exposición realizadas en la citada Fotogalería, han merecidodurante los últimos años, sobrados reconocimientos y apoyo de diversas instituciones,con el fin último de incentivar, promover y difundir la cultura fotográfica en la Ciudad deBuenos Aires;Que en este sentido, durante los últimos años el Banco de la Ciudad de Buenos Aires,

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entidad autárquica del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, ha asumido unauspicioso compromiso de apoyo y fomento a las distintas iniciativas, proyectos yactividades culturales oficiales impulsadas por el Gobierno de la Ciudad de BuenosAires, circunstancia ésta que -sumado al desarrollo de sus propias iniciativas culturalesque se unen a la extensa y variada oferta de nuestra Ciudad-contribuye alenriquecimiento del acervo cultural de Buenos Aires;Que la mencionada Institución Bancaria ha sido partícipe -con su apoyo, difusión ysostenimiento-del desarrollo y puesta en marcha de innumerables actividades llevadasa cabo por uno de los principales íconos de la cultura de nuestra ciudad como lo es elComplejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires;Que el desarrollo de actividades conjuntas entre el Complejo Teatral de la Ciudad deBuenos Aires y el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, compartiendo ambasinstituciones su rol social y cultural y cuya finalidad principal es la satisfacción ybeneficio de toda la comunidad, ha ido consagrando y perfilando al Banco de la Ciudaden una Institución Pública Bancaria con un altísimo grado de compromiso en materiasocial y cultural, constituyéndose en la principal Institución que acompaña todos loseventos culturales que se llevan a cabo en el Complejo Teatral de la Ciudad de BuenosAires;Que la actividad asumida por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires conlleva un valoragregado Institucional, el que coadyuva y promueve al enriquecimiento del acervocultural de nuestra Ciudad, circunstancia ésta que amerita un reconocimientoInstitucional por parte de este Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;Que en virtud de lo expuesto y en reconocimiento del compromiso y rol socio-culturalactivo que ha asumido el Banco de la Ciudad de Buenos Aires en la promoción,fomento y difusión de las actividades artístico-culturales que lleva a cabo no sólo elComplejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires sino distintas entidades artísticas delGobierno de la Ciudad, es que se propicia la denominación como “FOTOGALERíABANCO CIUDAD“ del pasaje fotográfico-cultural ubicado en el pasillo interior del hallprincipal del Teatro General San Martín que une a dicho Teatro con el Centro CulturalGeneral San Martín;Que el reconocimiento que se propone al Banco de la Ciudad de Buenos Aires, seefectúa con carácter Institucional por revestir la calidad de Entidad Bancaria Oficial delGobierno de la Ciudad de Buenos Aires;Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de laConstitución de la Ciudad autónoma de Buenos Aires, 

EL JEFE DE GOBIERNODE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1°.- Denomínese “FOTOGALERÏA BANCO CIUDAD“ al espacio de arteubicado en el interior del Teatro General San Martín de esta Ciudad de Buenos Aires,el cual se encuentra dispuesto como pasillo fotográfico cultural que conecta al citadoTeatro con el Centro Cultural General San Martín.Artículo 2°.- Lo dispuesto en el presente no implicará para el Gobierno de la Ciudad deBuenos Aires erogación presupuestaria.Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el Sr. Ministro de Cultura y Jefe deGabinete de Ministros.Artículo 4°.- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de BuenosAires, y para su conocimiento y demás efectos pase al Ministerio de Cultura. Cumplido,archívese. Vidal a/c - Lombardi - Rodríguez Larreta  

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   DECRETO N.° 120/12 

Buenos Aires, 8 de febrero de 2012  VISTO:El Expediente Nº 210746/2012, y CONSIDERANDO:  Que el señor Ministro de Modernización, Licenciado Andrés Horacio Ibarra, seausentará transitoriamente de sus funciones entre los días 3 y 12 del corriente mes yaño inclusive;Que por tal motivo corresponde designar a cargo de la firma del despacho del Ministrode Modernización, a un funcionario del mismo nivel mientras dure la ausencia deltitular;Que a tal fin se propicia designar al señor Ministro de Hacienda, Actuario NéstorGrindetti.Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de laConstitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 

EL JEFE DE GOBIERNODE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1.- Encomiéndase al señor Ministro de Hacienda, Actuario Néstor Grindetti, laatención de los asuntos y firma del despacho del señor Ministro de Modernización,Licenciado Andrés Horacio Ibarra, entre los días 3 y 12 de febrero, ambas fechasinclusive.Artículo 2.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros deModernización, de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.Artículo 3.- Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de BuenosAires, comuníquese al Ministerio de Hacienda, a la Secretaría Legal y Técnica y a laSubsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ypara su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Modernización.Cumplido, archívese. Vidal a/c - Ibarra - Grindetti - Rodríguez Larreta   

Resoluciones

Jefatura de Gabinete de Ministros   RESOLUCIÓN N.º 28/SSDHPC/12  

Buenos Aires, 13 de febrero de 2012 VISTO:Los Decretos N° 660-GCABA/11 y N° 703-GCABA/11; los Expedientes N° 1564066/11,N° 2043529/11 y N° 2043542/11 del registro de la Subsecretaría de DerechosHumanos y Pluralismo Cultural de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y

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 CONSIDERANDO:  Que con motivo de un Acto y Marcha “5 Años de Desaparición de Julio López“ y de unActo “Día de Duelo y reparación histórica para los pueblos indígenas de América“ quese realizaron en las Plazas de Mayo y de los Dos Congresos los pasados 18 deseptiembre y 11 y 12 de octubre de 2.011, respectivamente, el señor (Sr.)Subsecretario de Derechos Humanos solicitó a la Dirección General de Seguros delMinisterio de Hacienda la cotización de un seguro de responsabilidad civil para dichosEventos; Que la Dirección General de Seguros elevó para su cotización a tres compañías delrubro un Pliego de Especificaciones Técnicas conteniendo las características de lascoberturas solicitadas; Que las compañías de seguros Provincia Seguros S.A. y Prudencia CompañíaArgentina de Seguros Generales S.A. procedieron a brindar sus cotizaciones en laforma requerida en el Pliego indicando la prima diferenciada en tres (3) alternativas; Que de las alternativas ofrecidas, la Dirección General de Seguros optó por lacobertura brindada por Provincia Seguros S.A. por una suma asegurada de $250.000(doscientos cincuenta mil pesos) con un premio para ambas coberturas de $1.423 (unmil cuatrocientos veintitrés pesos); Que en razón de ello se realizó la correspondiente Afectación Definitiva del Gasto através del Sistema SIGAF imputable al Presupuesto del Ejercicio 2011 de laJurisdicción 21 Jefatura de Gabinete de Ministros por el monto del premio indicado; Que por ello Dirección General de Seguros contrató los referidos Seguros deResponsabilidad Civil bajo las Pólizas N° 53.078 y N° 53.360 respectivamente; Que por todo ello resulta necesaria la realización del correspondiente ActoAdministrativo aprobatorio del gasto; Que mediante el Decreto 660-GCABA/11 se designó a la Subsecretaría de DerechosHumanos y Pluralismo Cultural como continuadora de la anterior Subsecretaría deDerechos Humanos, designando sus autoridades a través del Decreto N°703-GCABA/11.Por ello,  

EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURALDE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Apruébase el Gasto de Gestión de Compra efectuado para la contrataciónde las pólizas Nº 53078 y N° 53360 por ante Provincia Seguros S.A. por un monto totalde $1.423 (un mil cuatrocientos veintitrés pesos). Artículo 2º.- A efectos del cumplimiento de lo ordenado en el artículo 1º el gasto que seaprueba debe imputarse al Ejercicio Nº 225050/11 de la Jurisdicción 21 Jefatura deGabinete de Ministros. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Airesy remítase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General TécnicaAdministrativa y Legal, de la Jefatura de Gabinete de Ministros y a las DireccionesGenerales de Contaduría, de Tesorería, de Gestión Pública y Presupuesto y deSeguros del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese en esta Subsecretaría. Avruj  

    

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°25

 RESOLUCIÓN N.º 29/SSDHPC/12 

Buenos Aires, 13 de febrero de 2012 VISTO:Las Leyes Nº 1.075, Nº 1.842, Nº 2.276 y Nº 3.592, el Decreto Nº 90-GCABA/04, lasResoluciones Nº 11-SSDH/04 y N° 132-SSDH/09, el Expediente Nº 1048406/11 delRegistro de la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural dependientede la Jefatura de Gabinete de Ministros, y  CONSIDERANDO:  Que por el Expediente señalado en el Visto, iniciado el 28 de junio de 2.011, tramita lasolicitud presentada por la señora (Sra.) Rodríguez, Gladys Noemí, DocumentoNacional de Identidad (DNI) Nº 16.039.222, en ejercicio de la patria potestad, enrepresentación de su único hijo menor, Guido Luís Berbery, DNI N° 40.535.372,requiriendo le sea otorgado el subsidio previsto en el artículo 1º de la Ley N° 1.075; Que el señor (Sr.) Rodolfo Berbery, DNI Nº 14.951.741, era beneficiario del subsidioprevisto en el artículo 1° de la Ley Nº 1.075, el que le fue otorgado por Resolución Nº11-SSDH/04 de fecha 31 de mayo de 2004, produciéndose su fallecimiento el día 25 deoctubre de 2.010; Que la presentante es madre de Guido Luis Berbery, hijo menor del Sr BerberyRodolfo, ello conforme queda acreditado con el acta de nacimiento expedida porautoridad competente que acompaña en copia fiel; Que surge de la documentación agregada que la solicitante, por derecho propio y enrepresentación de su hijo menor, tiene derecho a percibir el subsidio que prevé lanormativa indicada en el visto, ya que ha demostrado mediante certificado que no seencuentra incorporada al Registro previsto por la Ley Nº 269; Que a la luz de la Ley Nº 1.075, artículo 4º incisos a) y b), artículo 4º del Anexo I delDecreto Nº 90-GCABA/04, corresponde hacer lugar a la solicitud impetrada por la Sra.Rodríguez, Gladys Noemí por derecho propio; Que atento la falta de partidas presupuestarias en curso para afrontar el pago delretroactivo correspondiente a la fecha de inicio de trámite, se difiere su pago hastatanto se cuente con la partida respectiva; Que tal medida se toma a fin de no dilatar la incorporación al registro de aquellosbeneficiarios que hayan reunido los requisitos; Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que le compete envirtud de lo prescripto por la Ley Nº 1218. Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto Nº90-GCABA/04.Por ello,  

EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURALDE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Otórgase a la señora Rodríguez, Gladys Noemí, DNI Nº 16.039.222, enrepresentación de su hijo menor de edad Guido Luís Berbery, DNI N° 40.535.372, elsubsidio establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 1.075, modificada por las Leyes Nº1.842, Nº 2.276 y Nº 3.592, por un monto mensual de pesos cuatro mil novecientossetenta y seis con noventa y siete centavos ($4.976,97) a partir del 1º de febrero de

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2.012. Artículo 2º.- El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución Nº132-SSDH/09. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, notifíquese a la interesada en su domicilio real cumplimentando losrecaudos previstos en los artículos 60 y 61 de la Ley de Procedimientos Administrativosde la Ciudad y en los artículos 121 a 124 del Código Contencioso Administrativo yTributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento ydemás efectos, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Jefatura deGabinete de Ministros, a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería y deOficina Gestión Pública y Presupuesto, dependientes de la Subsecretaría de Gestión yAdministración Financiera del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese en estaSubsecretaría. Avruj  

   RESOLUCIÓN N.º 30/SSDHPC/12 

Buenos Aires, 13 de febrero de 2012 VISTO:Las Leyes Nº 1.075, Nº 1.842, Nº 2.276 y Nº 3.592, el Decreto Nº 90-GCABA/04, laResolución Nº 132-SSDH/09, los Expedientes N° 13.893/11 y N° 1958334/11 y laCarpeta N° 2.548-SSDH/07 del registro de la Subsecretaría de Derechos Humanos yPluralismo Cultural dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y  CONSIDERANDO:  Que por la Carpeta señalada en el Visto, iniciada el 13 de diciembre de 2.007, tramitala solicitud presentada por el señor (Sr.) Horacio Fórmica, Documento Nacional deIdentidad (DNI) N° 10.550.900, quién requiere la incorporación al Registro de ExCombatientes Héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich e Islasdel Atlántico Sur de la Ciudad de Buenos Aires y el otorgamiento del Subsidio previstoen la Ley Nº 1.075; Que el requirente acredita haber nacido en la Ciudad Autónoma de Buenos Airesconforme la presentación por parte del solicitante de la documentación mencionada enel inciso b) del artículo 2º del Anexo I del Decreto Nº 90-GCABA/04; Que el solicitante acompaña certificación original expedida por el Ejército Argentino ydemás documentación en copia fiel, con la que acredita haberse desempeñado duranteel conflicto bélico en cuestión como periodista para el canal Argentina Televisora aColor-LS82 TV Canal 7 y la Revista “Esquiu“; Que, de los informes de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia,Seguridad y Derechos Humanos de la Nación y de la Unidad Fiscal de Coordinación ySeguimiento de las Causas por Violaciones a los Derechos Humanos cometidasdurante el Terrorismo de Estado, surgen que en dichos organismos no constanmenciones sobre la participación del Sr. Fórmica en violaciones a los DerechosHumanos; Que asimismo, el certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia conexcepción al articulo 51 del Código Penal, indica que no existen en dicha reparticiónregistros acerca del Ex Combatiente en relación a los delitos consignados en la Ley N°3.592 que reforma y amplía los consignados en el artículo 7° de la Ley N° 1.075; Que surge de la documentación agregada que el solicitante tiene derecho a percibir el

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subsidio que prevé la normativa indicada en el Visto, ya que ha declarado bajojuramento que no cobra otros beneficios incompatibles con el solicitado en laspresentes actuaciones y ha demostrado mediante certificado que no se encuentraincorporado al Registro previsto por la Ley Nº 269; Que atento la falta de partidas presupuestarias en curso para afrontar el pago delretroactivo correspondiente a la fecha de inicio de trámite, se difiere su pago hastatanto se cuente con la partida respectiva; Que tal medida se toma a fin de no dilatar la incorporación al registro de aquellosbeneficiarios que hayan reunido los requisitos; Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que le compete envirtud de lo prescripto por la Ley Nº 1.218. Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto Nº90-GCABA/04.Por ello,  

EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURALDE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Otórgase al Sr. Horacio Fórmica, DNI Nº 10.550.900, el subsidioestablecido por el artículo 1º de la Ley Nº 1.075, modificada por las Leyes Nº 1.842, Nº2.276 y Nº 3.592, por un monto mensual de pesos cuatro mil novecientos setenta y seiscon noventa y siete centavos ($4.976,97) a partir del 1º de marzo de 2012. Artículo 2º.- Incorpórese al Sr. Horacio Fórmica, DNI Nº 10.550.900, al Registro de ExCombatientes Héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich e Islasdel Atlántico Sur de la Ciudad de Buenos Aires, creado por el artículo 1º del Anexo I delDecreto Nº 90-GCABA/04. Artículo 3º.- El pago se realizará conforme lo establecido en la Resolución Nº132-SSDH/09. Artículo 4º.- Difiérase el otorgamiento del diploma previsto en el artículo 12º de la LeyNº 1.075 a favor del Sr. Horacio Fórmica, DNI Nº 10.550.900 para el momento decelebrarse el respectivo Acto de Entrega de conformidad con lo establecido en dichanorma. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese al interesado cumplimentando los recaudosprevistos en los artículos 60 y 61 del Decreto N° 1510-GCABA/97 y en los artículos 121a 124 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad y remítase, para suconocimiento y demás efectos, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legalde Jefatura de Gabinete de Ministros, a las Direcciones Generales de Contaduría, deTesorería y de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependientes de laSubsecretaría de Gestión y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda.Cumplido, archívese en esta Subsecretaría. Avruj  

Ministerio de Hacienda   RESOLUCIÓN N.º 192/SSGYAF/12 

Buenos Aires, 7 de febrero de 2012 VISTO:El Expediente Nº 194.649-2012;

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 CONSIDERANDO: Que por la citada actuación se plantea la necesidad de modificar los créditos dediversas partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio en vigor;Por ello y en uso de las facultades establecidas en el Capítulo Noveno de las NormasAnuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración delGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2012,aprobadas por Decreto Nro. 28-GCABA-2012; 

EL SUBSECRETARIO DE GESTION Y ADMINISTRACION FINANCIERARESUELVE:

 Art. 1°.- Apruébase la compensación de créditos obrante en el Anexo deModificaciones y Compensaciones Presupuestarias, que se adjunta a la presente y atodos sus efectos forma parte integrante de la misma.Art. 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de BuenosAires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General TécnicaAdministrativa y Legal de este Ministerio, cumplido, archívese por el término de cincoaños. Eglez  

ANEXO     

Ministerio de Justicia y Seguridad      RESOLUCIÓN N.º 1/SSSC/12 

Buenos Aires, 4 de enero de 2012 VISTO:El Decreto Nº 67/2010, las Resoluciones Nº 51/MHGC/10 y Nº 37/MJYSGC/08, laDisposición Nº 9/DGCG/10 y el Expediente Nº 4097/2012 CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la rendición de la Caja Chica Común Nº 2/2011,otorgada en el marco del Decreto Nº 67/2010, destinada para afrontar los gastosurgentes y necesarios que demande el normal funcionamiento de esta Unidad deOrganización;Que, todos los gastos se realizaron dentro de las actividades inherentes a estaSubsecretaría de Seguridad Ciudadana.Que, los comprobantes Nº 1, 2, 4, 6, 8, 10,11, 14 y 15 corresponden a almuerzos

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protocolares del Sr. Subsecretario con diversas autoridades.Que el presente gasto cuenta con el correspondiente respaldo presupuestario.Por ello, atento el Art. Nº 1 del Anexo III de la Disposición Nº 9/DGCG/10 y en uso delas facultades conferidas; 

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANARESUELVE

 Artículo 1º.- Apruébanse los gastos correspondientes a la Caja Chica Común Nº 2/11otorgada en el marco del Decreto Nº 67/10, destinada a atender las erogacionesurgentes y necesarias por un monto total de pesos dos mil doscientos cincuenta ynueve con 01/100 centavos ($ 2.259,01) y las planillas que como Anexo I, II y III formanparte integrante del presente.Artículo 2º.- La presente erogación encontrará respaldo presupuestario en las partidasen vigencia.Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,y remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio deJusticia y Seguridad para su conocimiento y demás efectos, Cumplido, archívese. García  

ANEXO  

   RESOLUCIÓN N.º 14/ISSP/12 

Buenos Aires, 10 de febrero de 2012 VISTO: El Decreto N° 67/GCBA/10, el Decreto N° 158/GCBA/05, el Decreto 744/GCABA/10, laResolución N°51/MHGC/10, la Disposición N° 223/DGCG/10 y el Expediente N°97691/12, y  CONSIDERANDO:  Que por el Decreto N° 67/GCBA/10 se aprobó el denominado “Régimen para laasignación de fondos“ a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de BuenosAires que impliquen el pago de obligaciones, la ejecución de gastos mediante losmismos, sus rendiciones y condiciones de aprobación; Que por Resolución N°51/MHGC/10 se aprobó la reglamentación del DecretoN°67/GCABA/10; Que el Decreto N° 158/GCBA/05 y su modificatorio, el Decreto N° 744/GCABA/10,establecieron el marco normativo relativo a los gastos de movilidad originados enprestaciones de los agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Disposición N° 223/DGCG/10 se aprobó el denominado “Régimen deMovilidad“; Que en razón de la autarquía del Instituto Superior de Seguridad Pública establecidapor la Ley N° 2.894, se presenta necesario proceder a la designación de losresponsables de la administración y rendición de los fondos asignados en concepto deGastos de Movilidad a la Secretaría General del Instituto Superior de SeguridadPública;

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Que se estima pertinente designar como responsable de la administración y rendiciónde dichos fondos referidos a las Cdras. Gabriela Favia Andurell, D.N.I 16779417,Secretaria General del Instituto Superior de Seguridad Pública, y María JuanaMascitelli, D.N.I 11729027. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,  

LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICARESUELVE

 Artículo 1.- Designase como responsables de la administración y rendición de losfondos asignados en concepto de Gastos de Movilidad a la Secretaría General delInstituto Superior de Seguridad Pública a la Cdra. Gabriela Favia Andurell, D.N.I16779417, y a la Cdra. María Juana Mascitelli, D.N.I 11729027. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ycomuníquese a la Dirección General de Contaduría General. De Langhe  

   RESOLUCIÓN N.º 15/ISSP/12 

Buenos Aires, 13 de febrero de 2012 VISTO: La Ley Nº 70, el Decreto Nº 67/10, las Resoluciones Nº 51/MHGC/10, Nº149/MHGC/11, Nº 117/ISSP/11, las Disposiciones Nº 9/DGCG/10, Nº 8/DGCG/11, elExpediente Nº 248758/12, y  CONSIDERANDO:  Que por Decreto Nº 67/10 se aprobó el denominado “Régimen para la asignación defondos“ a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires queimpliquen el pago de obligaciones, la ejecución de gastos mediante los mismos, susrendiciones y condiciones de aprobación; Que por Resolución Nº 51/MHGC/10 se aprobó la reglamentación del Decreto Nº67/10, estableciendo en el Artículo 3 del Anexo correspondiente, los requisitos quedeben cumplir las normas particulares para dicha asignación, complementada con elprocedimiento aprobado por Disposición Nº 9/DGCG/10 y su modificatoria Nº8/DGCG/11; Que mediante Resolución Nº 149/MHGC/11 se determinaron las reparticiones que noconstituyen Unidad de Organización y se encuentran habilitadas a la percepción de laasignación de caja chica, así como los montos máximos a asignar por dicho conceptopara cada una de ellas y el monto máximo por comprobante a incorporar en lasrendiciones; Que la Resolución Nº 117/ISSP/11 aprobó la estructura organizativa del InstitutoSuperior de Seguridad Pública; Que consecuentemente, mediante el Expediente Nº 70669/11 tramitó la incorporaciónde la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública a lamencionada Resolución Nº 149/MHGC/11, asignándole una Caja Chica Común dePesos Diez Mil ($ 10.000.-); Que en razón de lo expuesto resulta necesario designar a los responsables de laAdministración y Rendición de los fondos de la Caja Chica Común asignada a la

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Secretaria Académica; Que, la normativa vigente en la materia establece que el responsable máximo de cadajurisdicción debe designar a los responsables de la administración y rendición de losfondos. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,  

LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICARESUELVE

 Artículo 1.- Designar responsables de la administración y rendición de los fondos de laCaja Chica Común asignada a la Secretaría Académica del Instituto Superior deSeguridad Pública a la Dra. Carla Cavaliere, DNI 20008887, y al Dr. Fernando Bosch,DNI 14222617. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la DirecciónGeneral de Contaduría. Cumplido, archívese. De Langhe  

   RESOLUCIÓN N.º 16/ISSP/12 

Buenos Aires, 13 de febrero de 2012 VISTO: Los Decretos Nº 158/05, Nº 67/10, Nº 744/10, las Resoluciones Nº 51/MHGC/10, Nº117/ISSP/11, la Disposición Nº 223/DGCG/10, el Expediente Nº 247311/12, y  CONSIDERANDO:  Que el Decreto Nº 67/10 aprobó el denominado “Régimen para la asignación defondos“ a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires queimpliquen el pago de obligaciones, la ejecución de gastos mediante los mismos, susrendiciones y condiciones de aprobación; Que por Resolución Nº 51/MHGC/10 se aprobó la reglamentación del Decreto Nº67/10, estableciendo los requisitos que deben cumplir las normas particulares paradicha asignación; Que el Decreto Nº 158/05 y su modificatorio Decreto Nº 744/10 determinaron el marconormativo relativo a los gastos de movilidad originados en prestaciones de los agentesdel Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Disposición Nº 223/DGCG/10 se aprobó el denominado “Régimen deMovilidad“; Que la Resolución Nº 117/ISSP/11 aprobó la estructura organizativa del InstitutoSuperior de Seguridad Pública; Que en razón de lo expuesto resulta necesario designar a los responsables de laAdministración y Rendición de los fondos asignados en concepto de Gastos deMovilidad a la Secretaria Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,  

LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICARESUELVE

 Artículo 1.- Designar responsables de la administración y rendición de los fondos

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asignados en concepto de Gastos de Movilidad a la Secretaría Académica del InstitutoSuperior de Seguridad Pública a la Dra. Carla Cavaliere, DNI 20008887, y al Dr.Fernando Bosch, DNI 14222617. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la DirecciónGeneral de Contaduría. Cumplido, archívese. De Langhe  

   RESOLUCIÓN N.º 50/SSSC/12 

Buenos Aires, 10 de febrero de 2012 VISTO:El Expediente Nº 2.417.117/11 y la Resoluciones Nº 129 – SSSU/11; Nº 697-SSSU/11,y CONSIDERANDO: Que, por Resoluciones Nº 129-SSSU/11 y Nº 697-SSSU/11, recaídas en losExpedientes Nº 1.561.368/10 y 711.509/11 respectivamente, se autorizó entre otros, lacontratación de OTADUY FONTES María Esther DNI Nº 92.926.165 CUIT Nº27-92.926.165-3, por el período comprendido entre el 01/01/11 y el 31/12/11 paraprestar servicios en la Dirección General del Cuerpo de Agentes de Control del Tránsitoy el Transporte dependiente de la ex Subsecretaría de Seguridad Urbana del Ministeriode Justicia y Seguridad;Que, el Artículo 5º del contrato suscripto oportunamente entre las partes prevé que losmismos pueden ser rescindidos por el Gobierno sin expresión de causa;Que, de la actuación citada en el visto surge que el Director General del Cuerpo deAgentes de Control del Tránsito y Transporte solicita se rescinda el contrato delocación de servicios de la citada a partir del 01/11/11;Que, a la fecha de la rescisión del contrato de locación de servicios a la DirecciónGeneral del Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Transporte dependía de la exSubsecretaría de Seguridad Urbana, actual Subsecretaría de Seguridad Ciudadana ;Por ello, y en uso de las facultades conferidas, 

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANARESUELVE

 Artículo 1.- Rescíndase a partir del 01/11/11 el contrato de locación de serviciossuscripto OTADUY FONTES María Esther DNI Nº 92.926.165 CUIT Nº27-92.926.165-3 y la Dirección General de del Cuerpo de Agentes de Control delTránsito y el Transporte, por el período comprendido entre el 01/01/11 y el 31/12/11,que fuera autorizado por Resoluciones Nº 129-SSSU/11 y Nº 697-SSSU/11.Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ycomuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio deHacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección Generaldel Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Transporte para notificación de lainteresada, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección GeneralTécnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido,archívese. García 

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°33

 

   RESOLUCIÓN N.º 92/MJYSGC/12 

Buenos Aires, 10 de febrero de 2012 VISTO:Los Decretos Nº 67/10 y Nº 660/11, la Resolución Nº 201/MJYSGC/10 y la Nota Nº257965/DGPYSPD/12, y CONSIDERANDO: Que mediante la Nota citada en el visto se solicita la designación de los responsablesde la Administración y Rendición de los Fondos otorgados a la Dirección General dePolíticas de Prevención del Delito dependiente de la Subsecretaría de Prevención delDelito y Relación con la Comunidad de este Ministerio de Justicia y Seguridad, enconcepto de Caja Chica Común, Caja Chica Especial, Viáticos y Movilidad y Fondo conCumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones;Que mediante el Decreto Nº 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcionaldependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;Que resulta necesario entonces, la nómina de los responsables del manejo yadministración de los fondos otorgados a la citada Unidad de Organización;Que la normativa vigente establece que el responsable máximo de cada Jurisdiccióndebe designar a los responsables del manejo y rendición de fondos.Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias, 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDADRESUELVE

 Artículo 1.- Cesa como responsable de la Administración y Rendición de los Fondosotorgados a la Dirección General de Políticas de Prevención del Delito dependiente dela Subsecretaría de Prevención del Delito y Relación con la Comunidad de esteMinisterio de Justicia y Seguridad, en concepto de Caja Chica Común, Caja ChicaEspecial, Viáticos y Movilidad y Fondo con Cumplimiento del Régimen de Compras yContrataciones, la Srta. Roxana Rosales Castro, DNI Nº 26.114.113.Artículo 2.- Ratifícanse como responsables de los fondos mencionados en el Artículo 1el Lic. Pablo García Mithieux, DNI Nº 17.741.604 y la Sra. Erramuspe Sandra Gabriela,DNI Nº 18.000.208.Articulo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,comuníquese a la Dirección General de Políticas de Prevención del Delito y remítase ala Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Montenegro  

   RESOLUCIÓN N.º 93/MJYSGC/12 

Buenos Aires, 10 de febrero de 2012 VISTO:El Decreto Nº 67/10 y Nº 660/11, y la Nota Nº 251533/SSPDRC/12, y

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 CONSIDERANDO: Que mediante la Nota citada en el visto se solicita la designación de los responsablesde la Administración y Rendición de los Fondos otorgados a la Subsecretaria dePrevención del Delito y Relación con la Comunidad de este Ministerio de Justicia ySeguridad, en concepto de Caja Chica Común, Caja Chica Especial, Viáticos yMovilidad y Fondo con Cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones;Que mediante el Decreto Nº 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcionaldependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;Que resulta necesario entonces, la nómina de los responsables del manejo yadministración de los fondos otorgados a la citada Unidad de Organización;Que la normativa vigente establece que el responsable máximo de cada Jurisdiccióndebe designar a los responsables del manejo y rendición de fondos.Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias, 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDADRESUELVE

 Artículo 1.- Exceptúase a la mencionada Subsecretaría de lo establecido en el ArtículoNº 12 del Anexo I del Decreto Nº 67/10 y en el mismo Artículo del Anexo de laResolución Nº 51/MHGC/10, reglamentaria del mencionado Decreto, en lo querespecta a la situación que revisten los agentes designados.Artículo 2.- Desígnanse como responsables de la Administración y Rendición de losFondos otorgados a la Subsecretaría de Prevención del Delito y Relación con laComunidad de este Ministerio de Justicia y Seguridad, en concepto de Caja ChicaComún, Caja Chica Especial, Viáticos y Movilidad y Fondo con Cumplimiento delRégimen de Compras y Contrataciones a los Sres. Osvaldo Martín Borrelli, DNI Nº18.258.359 y Mariano Andrés Sirito, DNI Nº 17.356.699.Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,comuníquese a la Subsecretaría Prevención del Delito y Relación con la Comunidad yremítase a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Montenegro  

   RESOLUCIÓN N.º 97/MJYSGC/12 

Buenos Aires, 10 de febrero de 2012 VISTO:Decreto Nº 915/09 sus modificatorios Nº 1008/09, 694/11, la Resolución Nº2495/MJGGC-MHGC/09 y el Expediente Nº 2403073/11, y CONSIDERANDO: Que, por la mencionada actuación se solicita la contratación de Fernández Monjes,Diego Alberto DNI Nº 25.462.445 CUIT Nº 20-25462445-5, para prestar servicios en elComité de Seguimiento del Sistema de Seguridad Pública creado por la Ley Nº 3253,por el período comprendido entre el 01/01/12 y el 31/12/12;Que, el citado requerimiento encuadra en los términos del Decreto Nº 915/09, sus

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°35

modificatorios Nº 1008/09, 694/11 y su Resolución Reglamentaria Nº2495/MJGGC-MHGC/09, por los cuales se establece el régimen para la contratación depersonas físicas bajo la modalidad de locación de servicios y de obra;Que, atento lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativopertinente.Por ello, 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDADRESUELVE

 Artículo 1.- Autorízase la contratación de Fernández Monjes, Diego Alberto DNI Nº25.462.445 CUIT Nº 20-25462445-5, para prestar servicios en el Comité deSeguimiento del Sistema de Seguridad Pública, creado por la Ley Nº 3253, en el modoy forma que se detalla en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente.Artículo 2.- Delégase en el Sr. Fernando Gabriel Pérez (DNI Nº 23.050.333) en sucarácter de miembro ejecutivo permanente del Comité de Seguimiento del Sistema deSeguridad Pública, designado por Decreto Nº 168/10, la suscripción del contratoautorizado por el Artículo 1 de la presente resolución.Artículo 3.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importemensual, en una Orden de Pago.Artículo 4.- Los importes a abonarse se depositarán en la cuenta corriente o caja deahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos serán comunicados por elcontratado a la Dirección General de Tesorería.Artículo 5.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, comuníquese al Comité de Seguimiento del Sistema de SeguridadPública, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio deHacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y para suconocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Contaduría. Cumplido,archívese. Montenegro  

ANEXO    

Ministerio de Salud    RESOLUCIÓN N.º 175/MSGC/12 

Buenos Aires, 1 de febrero de 2012 VISTO:La Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/08 y modificatorio DecretoNº 232/GCBA/10 y el Expediente Nº 696.997/2010, y  CONSIDERANDO:  Que por los presentes actuados tramita la Licitación Pública Nº 659/SIGAF/2011, alamparo de lo establecido en el artículo 31 y primera parte del artículo 32 de la Ley Nº

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2095 y su Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/08, para la contratación del Servicio deMantenimiento Integral de Ascensores en diferentes hospitales y dependencia delMinisterio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un plazode 36 meses; Que por Resolución Nº 252/SSASS/2011 se aprobaron los Pliegos de Bases yCondiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, y se llamó a la citadaLicitación Pública, por un monto aproximado de pesos dos millones setecientos mil ($2.700.000.-), fijándose fecha de apertura de sobres para el día 06 de Junio de 2011; Que el llamado se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en laPágina de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en laCartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones, se cursaron invitaciones a diversasfirmas inscriptas en el rubro licitado y las comunicaciones exigidas por la normativavigente, de conformidad con lo establecido en los artículos 93, 97 y 98 de la Ley Nº2.095, y su Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/08; Que los pliegos de aplicación fueron publicados en la Página de Internet del Gobiernode la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en virtud de las consultas efectuadas por un interesado, la Dirección GeneralRecursos Físicos en Salud emitió la Circular Nº 1 con Consulta, la cual fue notificada atodos los interesados que retiraron los Pliegos de Bases y Condiciones y publicada enla Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a tenor del requerimiento formulado por la Dirección General Recursos Físicos enSalud a través de su Informe N° 875326/DGRFISS/2011, mediante Resolución Nº290/SSASS/2011 se postergó la fecha para la celebración del acto de apertura desobres para el día 24 de junio de 2011 a las 11:00 hs.; Que la nueva fecha fijada fue notificada a todos los interesados en el procedimiento,publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la Página de Internetdel Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Cartelera del Organismolicitante y comunicada a U.A.P.E., CÁMARA ARGENTINA DE COMERCIO, GUIAGENERAL DE LICITACIONES Y PRESUPUESTOS, CÁMARA ARGENTINA DE LACONSTRUCCIÓN, MERCADOS TRANSPARENTES, DIRECCIÓN GENERALCONTADURÍA, DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES,SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD y a laDIRECCIÓN GENERAL RECURSOS FÍSICOS EN SALUD; Que habiéndose recibido nuevos pedidos de aclaraciones la Dirección GeneralRecursos Físicos en Salud emitió las Circulares Nº 2 sin Consulta y Nº 3 con consulta,las cuales se notificaron a todos los interesados que retiraron los Pliegos de Bases yCondiciones y publicadas en la Página de Internet del Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires; Que la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires tomó debida intervención, deconformidad con lo establecido en el artículo 93 de la reglamentación de la Ley N°2.095, aprobada por Decreto N° 754/GCBA/08; Que con fecha 24 de junio de 2011 a las 11:00 horas, se realizó el acto de apertura desobres, en el cual presentaron oferta las firmas ASCENSORES CULMEN S.R.L. (CUITN° 30-71122672-5) por la suma de pesos tres millones quinientos treinta y un milseiscientos ($ 3.531.600.-), ASCENSORES TESTA S.A. (CUIT N° 30-55541552-0) porla suma de pesos dos millones doscientos ochenta y seis mil ($ 2.286.000.-),IVANISEVIC ISABEL (CUIT Nº 27-05955537-0) por la suma de pesos cinco millonescuatrocientos mil ($ 5.400.000.-), ASCENSORES LEMA SERVITEC S.R.L. (CUIT N°30-70229745-8) por la suma de pesos ochocientos ochenta y siete mil cuatrocientos ($887.400.-) y OPCIÓN MYCA S.R.L. (CUIT N° 30-70832661-1) por la suma de pesosnovecientos dieciocho mil ($ 918.000.-), tal como luce en el Acta de Apertura Nº1668/2011; Que en base a los Asesoramientos Técnicos, al Cuadro Comparativo de Ofertas y los

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demás antecedentes del actuado, el 28 de septiembre ppdo. la Comisión de Evaluaciónde Ofertas emitió el Dictamen de Evaluación de Ofertas registrado en el SistemaIntegrado de Gestión y Administración Financiera bajo el número 2381/2011 por el cualse aconseja adjudicar a la firma ASCENSORES TESTA S.A. los renglones Nº 1, 2, 3, 4y 10 por la suma de pesos dos millones doscientos ochenta y seis mil ($ 2.286.000.-) yOPCIÓN MYCA S.R.L. los renglones N° 5, 6, 7, 8, 9 y 11 por la suma de pesosnovecientos dieciocho mil ($ 918.000.-) al amparo de lo establecido en el artículo 108(oferta más conveniente) de la Ley Nº 2.095 y cumplir con los pliegos que rigen lalicitación; Que asimismo, aconsejó desestimar las ofertas de las firmas SEVIC ASCENSORES deIVANISEVIC ISABEL, ASCENSORES LEMA SERVITEC S.R.L. y ASCENSORESCULMEN S.R.L., ésta última en los renglones 1, 2, 3, 4 y 10, por no cumplir con losolicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas que rigen la licitación; Que los términos del dictamen emitido fueron notificados a las empresas oferentes ypublicados en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la Página de Internetdel Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Cartelera de la UnidadOperativa de Adquisiciones de este Ministerio, sin que se presentaran impugnacionesal mismo; Que ha tomado la intervención que le compete la Procuración General de la Ciudad deBuenos Aires, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 1218 y modificatoria Ley N°3167, y el Decreto Nº 752/GCBA/08; Que de conformidad con lo requerido por ese Órgano Asesor, la Dirección GeneralRecursos Físicos en Salud, mediante un informe debidamente fundado se expidiósobre las razones técnicas que justifican la diferencia que se verifica entre la erogaciónproyectada y el importe total al que asciende la adjudicación que se propicia; Que por otra parte, la citada Dirección General manifestó que los HospitalesOdontológico Dr. Ramón Carrillo, de Rehabilitación M. Rocca y de Odontología InfantilBenito Quinquela Martín cuentan con el servicio requerido por una contrataciónactualmente vigente efectuada por el primero de los efectores, y respecto de los dosrestantes por encontrarse incluido en el servicio integral de mantenimiento y limpiezadel edificio y su equipamiento a cargo de las firmas MIG S.A. y SEHOS S.A.,respectivamente; Que, en ese orden de ideas, los renglones correspondientes a la prestación del mismodeben ser excluidos de la adjudicación de la contratación del servicio en los efectoresindividualizados en el considerando precedente; Que como consecuencia de ello, la adjudicación debe recaer a la oferta de la firmaASCENSORES TESTA S.A. los renglones Nº 2, 3 y 10 por la suma de pesos un millónsetecientos veinticuatro mil cuatrocientos ($ 1.724.400.-) y OPCIÓN MYCA S.R.L. losrenglones N° 5, 7, 8, 9 y 11 por la suma de pesos ochocientos diez mil ($ 810.000.-)ascendiendo el monto total adjudicado a la suma pesos dos millones quinientos treintay cuatro mil cuatrocientos ($ 2.534.400.-); Que el gasto que genera la presente contratación cuenta con reflejo presupuestario enlas partidas correspondientes a los ejercicios 2012, 2013, 2014 y 2015; Que en atención al estado del procedimiento y los antecedentes reseñados,corresponde dictar acto administrativo que resuelve en definitiva la gestión que nosocupa. Por ello, y en base a las competencias establecidas en el Decreto Reglamentario Nº754/GCBA/08 y su modificatorio Decreto Nº 232/GCBA/10,  

EL MINISTRO DE SALUDRESUELVE

 Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública Nº 659/SIGAF/2011, al amparo de lo

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establecido en el artículo 31 y primera parte del artículo 32 de la Ley Nº 2095 y suDecreto Reglamentario Nº 754/08, para la contratación del Servicio de MantenimientoIntegral de Ascensores en diferentes hospitales y dependencia del Ministerio de Saluddel Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y adjudícase a las empresasASCENSORES TESTA S.A. (CUIT N° 30-55541552-0) los renglones Nº 2, 3 y 10 por lasuma de pesos un millón setecientos veinticuatro mil cuatrocientos ($ 1.724.400.-) yOPCIÓN MYCA S.R.L. (CUIT N° 30-70832661-1) los renglones N° 5, 7, 8, 9 y 11 por lasuma de pesos ochocientos diez mil ($ 810.000.-) al amparo de lo establecido en elartículo 108 (oferta más conveniente) de la Ley Nº 2.095 y cumplir con los pliegos querigen la licitación, ascendiendo el monto total adjudicado a la suma de pesos dosmillones quinientos treinta y cuatro mil cuatrocientos ($ 2.534.400.-), conforme surgedel siguiente detalle:  ASCENSORES TESTA S.A. Renglón Nº 2 ­ 36 meses ­ Precio Unitario $ 9.300.- ­ Precio Total $ 334.800.- Renglón Nº 3 ­ 36 meses ­ Precio Unitario $ 22.100.- ­ Precio Total $ 795.600.- Renglón Nº 10 ­ 36 meses ­ Precio Unitario $ 16.500.- ­ Precio Total $ 594.000.-  OPCION MYCA S.R.L. Renglón Nº 5 ­ 36 meses ­ Precio Unitario $ 3.000.- ­ Precio Total $ 108.000.- Renglón Nº 7 ­ 36 meses ­ Precio Unitario $ 6.000.- ­ Precio Total $ 216.000.- Renglón Nº 8 ­ 36 meses ­ Precio Unitario $ 1.500.- ­ Precio Total $ 54.000.- Renglón Nº 9 ­ 36 meses ­ Precio Unitario $ 7.500.- ­ Precio Total $ 270.000.- Renglón Nº 11 ­ 36 meses ­ Precio Unitario $ 4.500.- ­ Precio Total $ 162.000.-  Artículo 2°.- Desestímanse las ofertas de las firmas SEVIC ASCENSORES deIVANISEVIC ISABEL, ASCENSORES LEMA SERVITEC S.R.L. y ASCENSORESCULMEN S.R.L., ésta última en los renglones 1, 2, 3, 4 y 10, por no cumplir con losolicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas que rigen la licitación, a tenor de loinformado por el área técnica competente. Artículo 3º.- La erogación que demande la presente gestión se imputa a lacorrespondiente Partida Presupuestaria de los Ejercicios 2012, 2013, 2014 y 2015. Artículo 4º.- Autorízase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones a emitir lasrespectivas Órdenes de Compra. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese a todos los oferentes, publíquese EN EL boletínOficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la cartelera de esta Ministerio y en la páginade Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires /art. 110 de la Ley Nº2095) y para su notificación y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Compras ycontrataciones el Ministerio de Salud. Lemus      

Ministerio de Educación   RESOLUCIÓN N.º 3753/MEGC/11 

Buenos Aires, 10 de mayo de 2011 VISTO:El Expediente Nº 31123/2011, y

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 CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Educación, solicita se reconozcan los servicios prestados por laagente Mirta Susana Viola, D.N.I. 06.647.981, CUIL. 27-06-647-981-7, ficha 323.941,como Vicedirectora, interina, en la Escuela Nª 11, D.E. 14 “Dr.Enrique Mosca”;Que hace saber al respecto que dicho requerimiento, se efectúa desde el 21 deseptiembre de 2009 y hasta el 31 de julio de 2010,, toda vez que existió una realprestación de servicios;Que por lo expuesto procede proyectar la norma legal correspondiente.Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 3, del Decreto Nº 188/2010, 

EL MINISTRO DE EDUCACIÓNRESUELVE

 Articulo1º.-Reconócense los servicios prestados por la agente Mirta Susana Viola,D.N.I. 06.647.981, CUIL. 27-06.647.981-7, ficha 323.941, como Vicedirectora , interinaen la Escuela Nº 11,D.E. 14”Dr. Enrique Mosca”, del Ministerio de Educación, desde el21 de septiembre de 2009 y hasta el 31 de julio de 2010.Articulo2º.-El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1,encuentra imputación en el Presupuesto Vigente en el Inciso 1 “Gastos en Personal” enla Repartición en que prestó servicios la mencionada agente.Articulo3º.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, ypara su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General deAdministración, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido,archívese. Bullrich  

    RESOLUCIÓN N.º 71/SSGEYCP/12 

Buenos Aires, 17 de enero de 2012 VISTO: EL EXPEDIENTE Nº 1.890.411/11, Y  CONSIDERANDO:  Que por las citadas actuaciones tramita la solicitud de aprobación del Plan de Estudioscorrespondiente a la “Tecnicatura Superior en Grafología“ presentado por el InstitutoSuperior Emerson (A-1191); Que la Ley Nº 33 establece que “la validez de todo nuevo plan de estudios o decualquier modificación a ser aplicada en los establecimientos educativos de cualquiernivel, modalidad y tipo de gestión dependientes o supervisados por la Secretaría deEducación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, estará sujeta a que las mismassean objeto de aprobación por dicho organismo, mediante el dictado de una resoluciónfundada en cada caso“; Que las modificaciones propuestas se originan en la necesidad de hacer ajustes al plande estudios “Formación de Grafólogos especializados en Grafología Infantojuvenil o/en

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Grafopatología o/en Selección de Personal“, aprobado por Resolución N° 112/SED/05,de aplicación en el instituto, para su adecuación a la normativa federal y jurisdiccional; Que el proyecto educativo se adecua a los lineamientos y criterios establecidos en lasResoluciones Nº 734/MEGC/10 y 2792/MEGC/10, así como los acuerdos federalesaprobados por las Resoluciones 238/CFE/05, 261/CFE/06, 13/CFE/07 y 47/CFE/08; Que la oferta analizada satisface los requisitos académicos y se adecua a lasnecesidades del Sistema Educativo de esta jurisdicción; Que la Dirección General de Educación de Gestión Privada recomendó la aprobacióndel mencionado proyecto; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado laintervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades delegadas,  

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN EDUCATIVAY COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

RESUELVE Artículo 1.- Apruébase, con carácter experimental, el Plan de Estudios correspondientea la “Tecnicatura Superior en Grafología“ presentado por el Instituto Superior Emerson(A-1191), según consta en el Anexo que a todos los fines forma parte de la presenteResolución. Artículo 2.- Autorízase la implementación del Plan de Estudios aprobado en el artículoque antecede en el Instituto Superior Emerson (A-1191). Artículo 3.- Encomiéndase a la Dirección General de Educación de Gestión Privada elseguimiento, la evaluación de la experiencia y la elevación de los proyectos de ajuste. Artículo 4.- Establécese que la Dirección General de Educación de Gestión Privadapodrá autorizar la implementación del plan aprobado en el Artículo 1 de la presenteresolución a otras instituciones que lo soliciten y que se evalúen como convenientes,mientras dure la experiencia. Artículo 5.- Déjase constancia que la aprobación del presente proyecto, no implica elfinanciamiento del mismo por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de BuenosAires. Artículo 6.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de BuenosAires y comuníquese por copia a las Direcciones Generales de PlaneamientoEducativo, de Coordinación Legal e Institucional, de Administración de Recursos y deEducación de Gestión Privada. Cumplido, archívese. Ravaglia  

ANEXO  

   RESOLUCIÓN N.º 72/SSGEYCP/12 

Buenos Aires, 17 de enero de 2012 VISTO: EL EXPEDIENTE Nº 1.992.323/11, Y  CONSIDERANDO:  Que por las citadas actuaciones tramita la solicitud de aprobación del Plan de Estudios

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correspondiente a la “Tecnicatura Superior en Trabajo Social“ presentado por el“Instituto de Formación Profesional Superior“ (A-1269); Que la Ley Nº 33 establece que “la validez de todo nuevo plan de estudios o decualquier modificación a ser aplicada en los establecimientos educativos de cualquiernivel, modalidad y tipo de gestión dependientes o supervisados por la Secretaría deEducación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, estará sujeta a que las mismassean objeto de aprobación por dicho organismo, mediante el dictado de una resoluciónfundada en cada caso“; Que el proyecto educativo se adecua a los lineamientos y criterios establecidos en lasResoluciones Nº 734/MEGC/10 y 2792/MEGC/10, así como los acuerdos federalesaprobados por las Resoluciones 238/CFE/05, 261/CFE/06, 13/CFE/07 y 47/CFE/08; Que la oferta analizada satisface los requisitos académicos y se adecua a lasnecesidades del Sistema Educativo de esta jurisdicción; Que la Dirección General de Educación de Gestión Privada recomendó la aprobacióndel mencionado proyecto; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado laintervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 6000/MEGC/2011,  

LA SUBSECRETARIA DE INCLUSIÓN ESCOLARY COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

RESUELVE Artículo 1.- Apruébase, con carácter experimental del Plan de Estudios correspondientea la “Tecnicatura Superior en Trabajo Social“ presentado por el “Instituto de FormaciónProfesional Superior“ (A-1269) ,según consta en el Anexo que a todos los fines formaparte de la presente Resolución. Artículo 2.- Autorízase la implementación del Plan de Estudios aprobado en el artículoque antecede en el“Instituto de Formación Profesional Superior“ (A-1269). Artículo 3.- Encomiéndase a la Dirección General de Educación de Gestión Privada elseguimiento, la evaluación de la experiencia y la elevación de los proyectos de ajuste. Artículo 4.- Establécese que la Dirección General de Educación de Gestión Privadapodrá autorizar la implementación del plan aprobado en el Artículo 1 de la presenteresolución a otras instituciones que lo soliciten y que se evalúen como convenientes,mientras dure la experiencia. Artículo 5.- Déjase constancia que la aprobación del presente proyecto, no implica elfinanciamiento del mismo por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de BuenosAires. Artículo 6.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de BuenosAires y comuníquese por copia a las Direcciones Generales de PlaneamientoEducativo, de Coordinación Legal e Institucional, de Administración de Recursos y deEducación de Gestión Privada. Cumplido, archívese. Ravaglia 

ANEXO  

   RESOLUCIÓN N.º 100/MEGC/12 

Buenos Aires, 17 de enero de 2012 VISTO:la Ley Nº 4.013, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97, el Decreto Nº

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660/11, las Resolución N° 1.204-GCABA/SED/04 y N° 6.000-MEGC/11, el ExpedienteN° 117.671-MGEYA/12, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nº 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios de la CiudadAutónoma de Buenos Aires;Que a través del Decreto Nº 660/11, se aprobó la estructura organizativa del PoderEjecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se modificó laestructura organizativa del Ministerio de Educación;Que el hecho de que la resolución de la mayor parte de los asuntos traídos aconsideración de este ministerio, se concentre en una instancia administrativa, conspiracontra una rápida y eficiente respuesta de la Administración, pudiendo afectarse así, lagarantía de una tutela administrativa efectiva que merecen todos los ciudadanos;Que a la hora de gestionar el interés público debe existir un espíritu de colaboraciónentre los distintos estamentos de la Administración, a fin de reforzar el accionaradministrativo con los principios de eficiencia, celeridad y eficacia;Que por medio de las Resoluciones N° 1.204-GCABA/SED/04 y N° 6.000-MEGC/11 seestablecieron delegaciones en cabeza de los subsecretarios de este ministerio, a fin decolaborar en la gestión administrativa de esta repartición;Que como consecuencia de la modificación en la estructura organizativa de esteministerio, deviene necesario sustituir la distribución de competencias asignada por laresolución antedicha;Que según lo establecido por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº1.510/97, - Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires -, y elartículo 14 de la Ley N° 4.013, los ministros pueden delegar facultades a sus inferioresjerárquicos;Que por las razones de hecho y de derecho antes mencionadas deviene necesariodelegar en los titulares de las subsecretarías de este ministerio, determinadascompetencias para la tramitación y emisión de diversos actos administrativos que la leypone en cabeza de la autoridad máxima de esta jurisdicción;Que la delegación que aquí se propicia comprende las competencias expresamenteenumeradas en los distintos anexos, sin perjuicio de la facultad de avocaciónlegalmente establecida.Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, 

EL MINISTRO DE EDUCACIONRESUELVE

 Artículo 1º.- Delégase en los subsecretarios del Ministerio de Educación, lascompetencias enumeradas en el anexo, que forma parte integrante de la presenteresolución, conforme a la distribución y los alcances allí establecidos.Artículo 2°.- Establécese que las delegaciones dispuestas en los artículos anteriores nomenoscaba la facultad de avocación legalmente establecidaArtículo 3º.-. Deróganse las Resoluciones N° 1.204-GCABA/SED/04 y N°6.000-MEGC/11.Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires y comuníquese a las subsecretarías y direcciones generales delMinisterio de Educación. Cumplido, archívese. Bullrich  

ANEXO 

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   RESOLUCIÓN N.º 357/MEGC/12 

Buenos Aires, 20 de enero de 2012 VISTO:El Expediente Nº 56771/2012, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 660/2011, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional delGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;Que entre otras medidas, el artículo 5 del citado Decreto instituye a partir del 10 dediciembre de 2011, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las AutoridadesSuperiores de este Gobierno;Que según surge de los presentes actuados la Dirección General de Comunicación yRelaciones Institucionales, del Ministerio de Educación, solicita ratificar la continuidadde diversas personas como Personal de la Planta de Gabinete, desde el 10 y hasta el31 de diciembre de 2011;Que asimismo, peticiona el cese a partir del 1 de enero de 2012, de la señora NataliaVanina Calabrese Castro, D.N.I. 32.479.766, CUIL. 27-32479766-7, como Personal desu Planta de Gabinete;Que al propio tiempo requiere se modifiquen los términos de la Resolución Nº5774/MEGC/2010, a partir de la fecha mencionada en segundo término, en loconcerniente a la remuneración que percibe la señora Magali Noelia Vázquez, D.N.I.28.869.082, CUIL. 27-28869082-6, como personal de dicha planta;Que por otra parte propicia la designación del señor Juan Ignacio Salari, D.N.I.33.215.404, CUIL. 20-33215404-5, como Personal de la citada Planta de Gabinete, apartir de la fecha mencionada anteriormente;Que dicho acto administrativo se efectúa teniendo en cuenta las certificacionesobrantes en el presente actuado de acuerdo a lo dispuesto por Resolución Nº698/MHGC/2008 y sus modificatorias, y no encontrándose inconvenientes paraproceder a la designación que nos ocupa;Que a tal fin resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido.Por ello, conforme las facultades conferidas por el Articulo 1, del Decreto N° 638/2007, 

EL MINISTRO DE EDUCACIÓNRESUELVE

 Articulo1º.-Ratifícase a partir del 10 y hasta el 31 de diciembre de 2011, la continuidadde varias personas, como Personal de la Planta de Gabinete, de la Dirección Generalde Comunicación y Relaciones Institucionales, del Ministerio de Educación, tal como seindica en el Anexo “I”, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presenteResolución, en las condiciones establecidas por el artículo 5 del Decreto Nº 660/2011.Articulo2º.-Cese a partir del 1 de enero 2012, la señora Natalia Vanina CalabreseCastro, D.N.I. 32.479.766, CUIL. 27-32479766-7, como Personal de la Planta deGabinete, de la Dirección General de Comunicación y Relaciones Institucionales, delMinisterio de Educación, cuya designación fuera dispuesta por Resolución Nº294/MEGC/2011.Articulo3º.-Modifícanse los términos de la Resolución Nº 5774/MEGC/2010, dejándose

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establecido que la designación efectuada en favor de la señora Magali Noelia Vázquez,D.N.I. 28.869.082, CUIL. 27-28869082-6, como Personal de la Planta de Gabinete, dela Dirección General de Comunicación y Relaciones Institucionales, del Ministerio deEducación, lo es a partir del 1 de enero de 2012, con 3500 Unidades RetributivasMensuales, en las condiciones establecidas por el artículo 5 del Decreto Nº 660/2011.Articulo4º.-Desígnase a partir del 1 de enero de 2012, al señor Juan Ignacio Salari,D.N.I. 33.215.404, CUIL. 20-33215404-5, como Personal de la Planta de Gabinete, dela Dirección General de Comunicación y Relaciones Institucionales, del Ministerio deEducación, con 5000 Unidades Retributivas Mensuales, en las condicionesestablecidas por el artículo 5 del Decreto Nº 660/2011.Articulo5º.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ypara su conocimiento y demás efectos, remítase al Área Registro, de la GerenciaOperativa Proyectos de Normas y Oficios, dependiente de la Dirección General deAsuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de RecursosHumanos. Cumplido, archívese. Bullrich  

ANEXO  

   RESOLUCIÓN N.º 388/MEGC/12 

Buenos Aires, 23 de enero de 2012 VISTO: Expediente N° 266008/2011, y  CONSIDERANDO:  Que el Ministerio de Educación, solicita se reconozcan los servicios prestados, por laagente Lucía Susana Tesi, D.N.I. 12.277.178, CUIL. 23-12277178-4, ficha 418.935,como Profesora, en la Planta Transitoria Docente, Programa MódulosInstitucionales-Conducción en la Escuela de Comercio N° 11 D.E. 17 “Dr. JoséPeralta“; Que los mismos se efectúan por diferentes períodos, teniendo en cuenta que existióuna real prestación de servicios; Que por lo expuesto procede proyectar la norma legal correspondiente. Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 3, del Decreto N° 188/2010,  

EL MINISTRO DE EDUCACIÓNRESUELVE

 Articulo1º.-Reconócense los servicios prestados por la agente Lucía Susana Tesi,D.N.I. 12.277.178, CUIL. 23-12277178-4, ficha 418.935, como Profesora, en la PlantaTransitoria Docente, Programa Módulos Institucionales-Conducción en la Escuela deComercio N° 11 D.E. 17 “Dr. José Peralta“, dependiente del Ministerio de Educación,en diferentes períodos, tal como se indica en el Anexo “I“, que a todos sus efectosforma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y condiciones que seseñala. Articulo2º.-El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1,encuentra imputación en el Presupuesto Vigente, Inciso 1 “Gastos en Personal“, en la

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repartición en que presto servicio la mencionada agente. Articulo3º.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ypara su conocimiento y demás efectos, remítase al Área Registro, de la GerenciaOperativa Proyectos de Normas y Oficios, dependiente de la Dirección General deAsuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de RecursosHumanos. Cumplido, archívese. Bullrich  

ANEXO     

Ministerio de Cultura   RESOLUCIÓN N.º 3976/MCGC/11 

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2011 VISTO:La Ley Nº 2.264, los Decretos Nros. 886/07, su modificatorio 1.135/09 y 451/ 10 y lasResoluciones Nros. 648-MCGC-10 y 1.395-MCGC-10 y el Expediente Nº 1.622.070/11,y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2.264 creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires;Que dicha Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de lamisma y en ese carácter le encomienda funciones, entre las que se encuentra laaprobación de todos los proyectos que cuenten con resolución favorable del Consejode Promoción Cultural;Que el artículo 6º de la Ley Nº 2.264 crea el Consejo de Promoción Cultural de laCiudad Autónoma de Buenos Aires;Que el artículo 9º de la Ley define las atribuciones del mencionado Consejo, entre lasque se encuentra la de resolver sobre el interés cultural para la Ciudad Autónoma deBuenos Aires de los proyectos presentados según lo dispuesto en la misma y sureglamentación, como asimismo elevar a la autoridad de aplicación, a los fines de suaprobación, los proyectos que obtengan resolución favorable en razón del interéscultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;Que los artículos 12 al 16 de la Ley Nº 2.264 establecen las normas relativas a laspersonas físicas y jurídicas sin fines de lucro que pueden constituirse en beneficiariosen el marco del Régimen de Promoción Cultural;Que la Ley Nº 2.264 fue reglamentada por Decreto Nº 886-GCBA-07, el cual estableceen su artículo 9º que los/las aspirantes a beneficiarios/as deben presentar susproyectos culturales conforme lo establezca la normativa complementaria, en la forma ymodo que determine la autoridad de aplicación;Que por Decreto Nº 451-GCBA-10 y sus modificatorios y complementarios, se modificala estructura organizativa del Ministerio de Cultura, y se crea la Subgerencia OperativaRegímenes de Promoción Cultural, estando a su cargo la coordinación e

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implementación de todos los aspectos de carácter administrativo del Régimen dePromoción Cultural;Que por Resoluciones Nros. 648-MCGC-10 y 1.395-MCGC-10 se dictaron las normascomplementarias necesarias para el funcionamiento del Régimen de PromociónCultural;Que en los presentes actuados tramita la petición del señor Federico León, DNI24.307.423, con domicilio constituido en Zelaya 3136 de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires solicitando que el proyecto titulado “La última película”, sea incluido en elRégimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;Que el aspirante a beneficiario ha solicitado la suma de $ 97.000.-;Que el Consejo de Promoción Cultural ha resuelto sobre el interés cultural del proyecto,limitando la financiación del mismo al 100%, es decir la suma de $ 97.000.-;Que el Subgerente Operativo de Regímenes de Promoción Cultural ha dictaminadoque el proyecto cumple con las formalidades establecidas en la Resolución Nº648-MCGC-10 y en el instructivo publicado oportunamente, manifestando que no hayobservaciones que realizar y por tanto eleva el proyecto a los fines de su consideraciónen los términos del artículo 9º inc. c) de la Ley Nº 2.264.Por ello y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 2.264 y el Decreto Nº886-GCBA-07, 

EL MINISTRO DE CULTURARESUELVE

 Artículo 1º - Apruébase el proyecto denominado “La última película”, presentado por elseñor Federico León, DNI 24.307.423, por resultar el mismo de interés cultural para laCiudad Autónoma de Buenos Aires.Artículo 2º - Establécese que el financiamiento del proyecto aprobado alcanzará el100% del monto solicitado, es decir la suma de $ 97.000.-.Artículo 3º - Regístrese y pase, para su conocimiento, a la Subgerencia OperativaRegímenes de Promoción Cultural quien deberá publicar la presente en el BoletínOficial de la Ciudad de Buenos Aires y notificar al interesado. Lombardi  

   RESOLUCIÓN N.º 4007/MCGC/11 

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2011 VISTO:La Ley Nº 2.264, los Decretos Nros. 886/07, su modificatorio 1.135/09 y 451 /10 y lasResoluciones Nros. 648-MCGC-10 y 1.395-MCGC-10 y el Expediente Nº 1.622.100/11,y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2.264 creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires;Que dicha Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de lamisma y en ese carácter le encomienda funciones, entre las que se encuentra laaprobación de todos los proyectos que cuenten con resolución favorable del Consejode Promoción Cultural;Que el artículo 6º de la Ley Nº 2.264 crea el Consejo de Promoción Cultural de la

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Ciudad Autónoma de Buenos Aires;Que el artículo 9º de la Ley define las atribuciones del mencionado Consejo, entre lasque se encuentra la de resolver sobre el interés cultural para la Ciudad Autónoma deBuenos Aires de los proyectos presentados según lo dispuesto en la misma y sureglamentación, como asimismo elevar a la autoridad de aplicación, a los fines de suaprobación, los proyectos que obtengan resolución favorable en razón del interéscultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;Que los artículos 12 al 16 de la Ley Nº 2.264 establecen las normas relativas a laspersonas físicas y jurídicas sin fines de lucro que pueden constituirse en beneficiariosen el marco del Régimen de Promoción Cultural;Que la Ley Nº 2.264 fue reglamentada por Decreto Nº 886/07, el cual establece en suartículo 9º que los/las aspirantes a beneficiarios/as deben presentar sus proyectosculturales conforme lo establezca la normativa complementaria, en la forma y modoque determine la autoridad de aplicación;Que por Decreto Nº 451/10 y sus modificatorios y complementarios, se modifica laestructura organizativa del Ministerio de Cultura, y se crea la Subgerencia OperativaRegímenes de Promoción Cultural, estando a su cargo la coordinación eimplementación de todos los aspectos de carácter administrativo del Régimen dePromoción Cultural;Que por Resoluciones Nros. 648-MCGC-10 y 1.395-MCGC-10 se dictaron las normascomplementarias necesarias para el funcionamiento del Régimen de PromociónCultural;Que en los presentes actuados tramita la petición de la Fundación Crear Vale la Pena,CUIT 30-69322732-8, con domicilio constituido en Av. Corrientes 587 “4” de la CiudadAutónoma de Buenos Aires solicitando que el proyecto titulado “Arte, Salud yDesarrollo Comunitario” sea incluido en el Régimen de Promoción Cultural de laCiudad Autónoma de Buenos Aires;Que la aspirante a beneficiaria ha solicitado la suma de $ 94.824.-;Que el Consejo de Promoción Cultural ha resuelto sobre el interés cultural del proyecto,limitando la financiación del mismo al 100%, es decir la suma de $ 94.824.-;Que el Subgerente Operativo de Regímenes de Promoción Cultural ha dictaminadoque el proyecto cumple con las formalidades establecidas en la Resolución Nº648-MCGC-10 y en el instructivo publicado oportunamente, manifestando que no hayobservaciones que realizar y por tanto eleva el proyecto a los fines de su consideraciónen los términos del artículo 9º inc. c) de la Ley Nº 2.264.Por ello y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 2.264 y el Decreto Nº886/07, 

EL MINISTRO DE CULTURARESUELVE

 Artículo 1º - Apruébase el proyecto denominado “Arte, Salud y Desarrollo Comunitario”,presentado por la Fundación Crear Vale la Pena, CUIT 30-69322732-8, por resultar elmismo de interés cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Artículo 2º - Establécese que el financiamiento del proyecto aprobado alcanzará el100% del monto solicitado, es decir la suma de $ 94.824.-Artículo 3º - Regístrese y pase, para su conocimiento, a la Subgerencia OperativaRegímenes de Promoción Cultural, quien deberá publicar la presente en el BoletínOficial de la Ciudad de Buenos Aires y notificar a la entidad interesada. Lombardi  

   

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RESOLUCIÓN N.º 270/MCGC/12  

Buenos Aires, 23 de enero de 2012 VISTOla Ley Nº 2506 (B.O.C.B.A. Nº 2824) los Decretos Nros 834/GCBA/02 (B.O.C.B.A. Nº1498), su modificatorio Nº 2049/GCBA/04 (B.O.C.B.A. Nº 2069), 2075/GCBA/07(B.O.C.B.A. Nº 2829) y el Decreto Nº 660/GCBA/11 (B.O.C.B.A. Nº 3811) y elExpediente Nº 151831/2012, y;   CONSIDERANDO:   Que el Decreto Nº 660/GCBA/11 ordenó al Fuera de Nivel Dirección General Festivalesy Eventos Centrales la organización, coordinación y ejecución de los Festivalesasignados a este Ministerio de Cultura entre ellos el Festival Shakespeare BuenosAires, Festival Internacional de Cine Independiente, Campeonato de Baile de laCiudad, Festival Ciudad Emergente, Tango Buenos Aires Festival y Mundial de Baile,Festival Buenos Aires Danza Contemporánea, Buenos Aires Jazz FestivalInternacional; Que razones de conveniencia y operatividad ameritan aprobar la ejecución de losFestivales antedichos con el objetivo de acelerar y garantizar eficaz y eficientemente lagestión administrativa; Que asimismo, el gasto que demande la preproducción y ejecución de cada uno de losFestivales se encuentra contemplado en el presupuesto para el ejercicio 2012; Por ello y en uso de la facultades conferidas por la Ley Nº 2.506 (B.O.C.B.A. Nº 2.824),

  

EL MINISTRO DE CULTURARESUELVE

  Artículo 1º.- Autorizase al Fuera de Nivel Dirección General Festivales y EventosCentrales a realizar en las fechas indicadas, los Festivales que se detallan en el AnexoI, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- El Reglamento y los Premios de cada uno de los Festivales autorizados enel Anexo I, serán aprobados oportunamente mediante el dictado del pertinente actoadministrativo. Artículo 3º.- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase al Fuera deNivel Dirección General de Festivales y Eventos Centrales. Cumplido, archívese. Lombardi   

ANEXO    

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Ministerio de Desarrollo Social      RESOLUCIÓN N.º 46/MDSGC/12 

Buenos Aires, 19 de enero de 2012 VISTO:El Expediente N° 2385748/2011, y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 660/2011, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional delGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;Que entre otras medidas, el Articulo 5 del citado Decreto instituye a partir del 10 dediciembre de 2011, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las AutoridadesSuperiores de este Gobierno;Que según surge de los presentes actuados, el Ministerio de Desarrollo Social, solicitaratificar a partir del 10 de diciembre de 2011, la continuidad de la señora RosanaClaudia De Bonis, D.N.I. 23.804.745, CUIL. 27-23804745-0, como Personal de suPlanta de Gabinete;Que asimismo el citado Ministerio, propicia las designaciones, de diversas personas,como Personal de la mencionada Planta de Gabinete, a partir de la citada fecha;Que dicho acto administrativo se efectúa teniendo en cuenta las certificacionesobrantes en el presente actuado de acuerdo a lo dispuesto por Resolución N°698/MHGC/2008 y sus modificatorias, y no encontrándose inconvenientes paraproceder a las designaciones que nos ocupan;Que a tal fin resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido.Por ello, conforme las facultades conferidas por el Articulo 1, del Decreto N° 638/2007, 

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIALRESUELVE

 Artículo 1.- Ratificase la continuidad a partir del 10 de diciembre de 2011, de la señoraRosana Claudia De Bonis, D.N.I. 23.804.745, CUIL. 27-23804745-0, como Personal dela Planta de Gabinete, del Ministerio de Desarrollo Social, con 4392 UnidadesRetributivas Mensuales, cuya designación fuera dispuesta por Resolución N°1001/MDSGC/2008, en las condiciones establecidas por el artículo 5 del Decreto N°660/2011, reteniendo sin percepción de haberes la partida 4501.0000.S.A.01.0000, delcitado Ministerio.Artículo 2.- Desígnanse a partir del 10 de diciembre de 2011, a diversas personascomo Personal de la Planta de Gabinete, del Ministerio de Desarrollo Social, tal comose indica en el Anexo “I“, que a todos sus efectos forma parte integrante de ¡a presenteResolución, en las condiciones establecidas por el Artículo 5 del Decreto N° 660/2011.Articulo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ypara su conocimiento y demás efectos, remítase al Área Registro de la Gerencia

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Operativa Proyectos de Normas y Oficios, dependiente de la Dirección General deAsuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de RecursosHumanos. Cumplido, archívese. Stanley  

ANEXO     

Ministerio de Desarrollo Económico      RESOLUCIÓN N.º 25/SSDE/12 

Buenos Aires, 6 de febrero de 2012 VISTO:los Decretos Nº 2075/GCABA/2007, Nº 790/GCABA/2008 y sus modificatorios, lasResoluciones Nº 36/SSDE/2008, Nº 12/SSDE/2009, Nº 19/SSDE/09, Nº17/SSDE/2010, y lo que surge del Expediente Nº 1121479/2011; y  CONSIDERANDO:  Que por medio del Decreto N° 2.075/GCABA/2007, se estableció la estructura orgánicofuncional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a través del Decreto N° 1063/GCABA/2009, se modificó la estructura organizativadel Ministerio de Desarrollo Económico, determinando que la Subsecretaría deDesarrollo Económico, dependiente del citado Ministerio, tiene entre susresponsabilidades primarias diseñar los planes, programas y proyectos dirigidos apromover empresas y emprendedores, instrumentar y coordinar las actividadestendientes a la consolidación y desarrollo del sistema productivo de la CiudadAutónoma de Buenos Aires; Que mediante el Decreto N° 790/GCABA/2008 se creó el Programa de “CiudadCompetitiva“, con el objeto de subsidiar la tasa de interés de los créditos a serotorgados por el Banco Ciudad, destinados a la promoción y el desarrollo de laspequeñas y medianas empresas con establecimiento productivo en esta Ciudad; Que por Resolución N° 36/SSDE/2008, y sus complementarias N° 19/SSDE/09 y17/SSDE/10, se aprobaron las Bases y Condiciones generales para el acceso alrégimen de bonificación de la tasa de interés de los créditos a la promoción y desarrollode las PyMES de la Ciudad, línea Tics y Bienes de Capital; Que específicamente la Resolución N° 12/SSDE/2009, aprobó el texto del convenioentre el Banco Ciudad y esta Subsecretaría, línea Capital de Trabajo; Que en el marco detallado en los párrafos que preceden, se procedió a la suscripciónde los convenios N° 5282 con sus respectivas Addendas N° 6337 y 9313 para la líneaCapital de Trabajo; y el Convenio N° 4569 y sus respectivas Addendas N° 6336 y N°9314 para la línea Bienes de Capital. El mentado programa tiene por objetivo, mejorarlas condiciones de crédito de las PyMES porteñas a través del subsidio parcial de la

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tasa de interés de los préstamos a ser otorgados por el Banco Ciudad de Buenos Airesdestinados a la promoción y el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas quetengan su principal centro de producción o realicen la mayor parte de sus actividadesde transformación en un establecimiento productivo en la Ciudad Autónoma de BuenosAires; Que así las cosas, la empresa Papelera Bragado S.A. solicitó créditos en el marco delas citadas normas, convenios y addendas que rigen la operatoria; accediendo así porla Línea Capital de Trabajo, a un crédito de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000),en un plazo de 12 meses, con fecha de desembolso de 14/09/10, y cuyo monto seríacancelado el 14/09/11, el mismo tiene una Tasa Nominal Anual del 14,5%, y una TasaBonificada del 10,5%, por lo que el monto teórico de la bonificación a ser devengado enforma mensual hasta la fecha de cancelación del crédito citada, asciende a la suma dePESOS SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES ($ 6.643), todo esto acorde a laResolución N° 2/SSDE/2011; Que posteriormente, dicha empresa solicitó y percibió un crédito por la línea Bienes deCapital de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000), en un plazo de 36 meses, confecha de desembolso del 25/02/2011, cuya cancelación operaría el 26/02/2014, a unaTasa Nominal Anual del 16,0%, y una tasa bonificada del 11,0%, por lo que el montoteórico de la bonificación a ser devengado en forma mensual hasta la fecha decancelación del crédito citada, asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y NUEVEMIL OCHOCIENTOS DIEZ ($ 49.810), el mismo fue publicitado por Resolución N°88/SSDE/2011; Que, el 24 de junio de 2011 se presenta el Sr. Marcelo Juan Caviggia presidente de laempresa Papelera Bragado S.A., en el marco del concurso “Buenos Aires EficienciaEnergética y Producción Sustentable 2010“ que lleva a cabo esta Subsecretaría y delque resultará ganadora en su versión 2010 la empresa de marras, manifestando quepor las diferentes situaciones por las que atraviesa la empresa, referidas a cuestionesoperativas dejarían su sede productiva en la Ciudad y dice: “...lo que nos llevó a tenerque programar el dejar el predio actual y la Capital Federal, para instalarnos enProvincia de Buenos Aires...“. Asimismo, agrega que la situación se les presento deforma inesperada e imprevista; Que en atención a las manifestaciones vertidas por el titular de la firma, y que sereseñan el párrafo que preceden cuanto a que la empresa abandonaría el ejido de estaCiudad y trasladaría su sede productiva a la provincia de Buenos Aires, se dio inicio alas actuaciones tendientes a acreditar dicha situación; Por lo expuesto, se emitió el informe N° 01512744/2011 de esta Subsecretaría, dirigidoa la Dirección General de Fomento Productivo e Innovación Tecnológica para que porquien corresponda proceda a la verificación de los extremos expuestos ut supra. Enconsonancia, se dicto la Providencia N° 01512739/2011 intimando a la mentadaempresa a que informe la vigencia de los requisitos de acceso a la bonificación de tasasobre los créditos otorgados en el marco de la operatoria descripta. Finalmente, y conel mismo objetivo se envío Nota N° 01512711/2011 al Banco Ciudad para que informeel estado de cumplimiento por parte de la beneficiaria al presente; Así las cosas el 13 de septiembre de 2011, se efectuó la auditoría en el domicilio de laempresa en esta Ciudad, en la misma el auditor concluyó que no pudo verificar laexistencia del equipo correspondiente al crédito Banco Ciudad y del que se da cuenta afs. 60 de los presentes actuados. También manifiesta, que pudo comprobar que laempresa esta trasladándose a la ciudad de Campana Provincia de Buenos Aires,hecho que le fuera informado por el Ing. Diego Grossmüller, gerente de proyectos de laempresa, agrega que actualmente en dicha sede solo funciona el área administrativa.Finalmente, acompaña fotografías en las que se observa un cartel de “Venta“ delinmueble las que se encuentran acompañadas al expediente; Que con fecha 16 de septiembre del corriente, se presenta la firma en respuesta a la

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mencionada intimación, donde da cuenta de haber trasladado los bienes adquiridoscon la línea crediticia a la sede productiva de la Provincia de Buenos Aires, y refiereque las causas son las mencionadas en la nota fechada el 24 de junio 2011acompañada en copia a estos actuados. Que debe advertirse, que en el marco del programa objeto del presente se previó através de la Resolución 36/SSDE/2008 Anexo I, “...La Subsecretaría de DesarrolloEconómico se reserva las siguientes potestades: 2.- En caso de incumplimiento de lostérminos establecidos en las presentes Bases y Condiciones, así como de omisión ofalseamiento de los datos consignados, dará lugar al pedido inmediato del reintegro oreembolso por parte del beneficiario, de las sumas de dinero ya otorgadas en conceptode bonificación de la tasa de interés más una sanción por incumplimiento..“; Que en virtud del informe citado y su correspondiente auditoria, laborados por laDirección General de Fomento Productivo e Innovación Tecnológica obrantes en estosactuados; sumado a la presentación que realizará la empresa, en respuesta a laProvidencia de intimación cursada, se verificó fehacientemente el incumplimiento de losrequisitos previstos en las Bases y Condiciones de la mentada operatoria de acceso alos beneficios descriptos, por abandonó de la sede productiva en el ejido esta Ciudad; Que los incumplimientos comprobados, dan lugar a la aplicación de lo dispuesto por laResolución 36/SSDE/2008 Anexo I, resultando procedente disponer que la empresadeberá proceder a la inmediata e íntegra devolución y reembolso de las sumasotorgadas en concepto de bonificación de la tasa de interés correspondiente a la LíneaTecnología y Bienes de Capital (TIC's), con más las penalidades que resultenaplicables; Que, conforme surge del Informe Nº IF-2011-02182104, resulta procedente ladevolución por parte de la empresa Papelera Bragado S.A. de la suma de PESOSCATORCE MIL CIENTO SESENTA Y SEIS CON 81/100 ( $14.166,81.-),correspondientes a los montos bonificados en razón de las seis primeras cuotas delcrédito otorgado; Que, teniendo en cuenta los citados Informes y la normativa aplicable, corresponde aesta Autoridad de Aplicación el dictado del acto administrativo que ordene la restituciónde las sumas percibidas; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha tomado laintervención que le compete; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;  

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO,RESUELVE:

 Artículo 1º.- Dése por decaído el derecho a percibir la bonificación de la tasa de interéscorrespondiente a la Línea Tecnología y Bienes de Capital (TIC's) de los créditos queotorga el Banco Ciudad de Buenos Aires y la bonificación que otorga la actualSubsecretaría de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, en el marco del concurso “Ciudad Competitiva“, en atención alincumplimiento de las Bases y Condiciones que rigen el presente. Artículo 2º.- Intímase a la empresa “Papelera Bragado S.A.“ para que en un plazoimprorrogable de diez (10) días hábiles administrativos de recibida la presente,restituya al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el monto que a la fechadel dictado de la presente asciende a PESOS CATORCE MIL CIENTO SESENTA YSEIS CON 81/100 ($14.166,81.-), de la bonificación de tasa de interés de los créditoscorrespondientes a la Línea Tecnología y Bienes de Capital (TIC's), que son otorgadospor el Banco Ciudad, y que fueran percibidos desde el mes de marzo de 2011, hasta elmes de septiembre 2011 los que serán actualizados al momento de su efectivocumplimiento. Ello, por incumplimiento de las Bases y Condiciones que rigen la

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operatoria “Ciudad Competitiva“. Artículo 3º.- Establécese que en caso de no hacerse efectiva la restitución a la que seintima por el Art. 2º del presente, se enviaran las presentes actuaciones a laProcuración General de la Ciudad a fin de exigir su efectivo cumplimiento. Artículo 4º.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de BuenosAires. Notifíquese a los interesados. Cumplido, archívese. Svarzman  

   RESOLUCIÓN N.º 26/SSDE/12 

Buenos Aires, 6 de febrero de 2012 VISTO:el DecretoS Nros. 660/GCABA/11 y 587/GCABA/2009, las Resoluciones Nros.74/SSDE/2011, 93/SSDE/2011 y Fe de Erratas, 95/SSDE/2011, 96/SSDE/2011,97/SSDE/2011, 171/SSDE/2011 y 172/SDE/2011, y los Expedientes Nros. 594875,749.907, 750.636, 741.333, 753.526, 749.994, 751.047, 750.692, 750.788, 740.610,753.775, 751.125, 744.443, 737.908, 744.578, 744.611, 744.506, 744.633, 739.195,741.054, 740.200, 744.550, 744.756, 744.661, 744.725, 753.602, 746.404, 723.017,740.749, 723.265, 753.677, 740.492, 850.928;851.266 ;851.095, 749.907, 750.636,741.333, 753.526, 749.994, 751.047, 750.692, 750.788, 740.610, 753.775, 751.125,744.443, 737.908, 744.578, 744.611, 744.506, 744.633, 739.195, 741.054, 740.200,744.550, 744.756, 744.661, 744.725, 753.602, 746.404, 723.017, 740.749, 723.265,753.677, 740.492, 850.928;851.266, 594.875, 749.907, 750.636, 741.333, 753.526,749.994, 751.047, 750.692, 750.788, 740.610, 753.775, 751.125, 744.443, 737.908,744.578, 744.611, 744.506, 744.633, 739.195, 741.054, 740.200, 744.550, 744.756,744.661, 744.725, 753.602, 746.404, 723.017, 740.749, 723.265, 753.677, 740.492,850.928, 840.653 , todos del año 2011, y  CONSIDERANDO:  Que, por el Decreto N° 660/ GCABA/11, se aprobó la Estructura Orgánica Funcionaldependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de BuenosAires, fijando las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de DesarrolloEconómico; Que en el ámbito de la Subsecretaria de Desarrollo Económico se encuentra laDirección General Fomento Productivo e Innovación Tecnológica; Que, mediante el Decreto N° 587/GCABA/09 se creó el Programa “Fomento alDesarrollo de las PyMEs Porteñas“ en el ámbito del Ministerio de DesarrolloEconómico, destinado a favorecer tanto el surgimiento y/o consolidación de nuevosemprendimientos productivos en los sectores industrial, comercial y de servicios, comola implementación de mejoras pro competitivas en pequeñas y medianas empresas queoperan en el ámbito de la Ciudad Autónoma; designando a la Subsecretaría deDesarrollo Económico como Autoridad de Aplicación del citado programa; y facultandoa dicha Autoridad de Aplicación para realizar las convocatorias periódicas para lapresentación de proyectos, según se establece en el Anexo II del citado Decreto; Que el citado Decreto estableció en su artículo 2° como Autoridad de Aplicación a laactual Subsecretaría de Desarrollo Económico, dependiente del Ministerio deDesarrollo Económico; Que, en el marco del Decreto N° 587/GCABA/09, mediante la Resolución Nº74/SSDE/2011 se realizó el llamado al concurso “Apoyo a la Competitividad Pyme

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2011“, a través de la cual se convocó a las entidades para que participen comopatrocinadoras de negocios de MIPyMEs en las tres categorías del mencionadoconcurso: a) “Buenos Aires Calidad 2011“; b) “Buenos Aires Innovación, Diseño yManagement 2011“; y c) “Buenos Aires Eficiencia Energética y Producción Sustentable2011“; Que mediante la Resolución Nº 93/SSDE/2011 y su Fe de Erratas, se aprobaron laspropuestas de selección y tutoría de proyectos presentados por las distintas entidadespara las categorías “Buenos Aires Calidad 2011“, “Buenos Aires Innovación, Diseño yManagement 2011“ y “Buenos Aires Eficiencia Energética y Producción Sustentable2011“; entre las que se encontraban la de la entidad Consejo profesional de IngenieríaIndustrial, para la Categoría “, “Buenos Aires Innovación, Diseño y Management 2011“;

Que las Resoluciones Nros. 95/SSDE/2011, 96/SSDE/2011 y 97/SSDE/2011convocaron a las pymes porteñas para la presentación de proyectos de mejoracompetitiva para los concursos “Buenos Aires Calidad 2011“, “Buenos AiresInnovación, Diseño y Management 2011“, “Buenos Aires Eficiencia Energética yProducción Sustentable 2011“, respectivamente; Que a través de la Resolución Nº 171/SSDE/2011, se aprobó el orden de mérito de losproyectos de las empresas que participaron de los concursos “Buenos Aires Calidad2011“, “Buenos Aires Innovación, Diseño y Management 2011“, “Buenos AiresEficiencia Energética y Producción Sustentable 2011“, convocados por lasResoluciones Nros. 95/SSDE/2011, 96/SSDE/2011 y 97/SSDE/2011, respectivamente,los cuales se desarrollarán bajo la tutoria de las entidades patrocinadorasseleccionadas oportunamente; Que, finalmente la Resolución N° 172/SSDE/2011 aprobó los pagos a las entidades yordeno la constitución de los seguros de caución por un importe igual a la suma delAporte No Reembolsable (ANRs) que percibirá cada entidad en materia de tutoría deproyectos, bajo los Anexos I denominado “Buenos Aires Calidad 2011“, II denominado“Buenos Aires Innovación, Diseño y Management 2011“, y III denominado “BuenosAires Eficiencia Energética y Producción Sustentable 2011“; Que en virtud de ello, las entidades han dado debido cumplimiento con lo dipuesto,constituyendo en consecuencia los respectivos seguros de caución; Que con el objeto de optimizar la utilización de los recursos disponibles y agilizar lasgestiones, resulta procedente el dictado del acto administrativo que designe a laDirección General de Industria, Servicios y Tecnología como Unidad Ejecutora delconcurso “Apoyo a la Competitividad Pyme 2011“; asignándole en consecuencia lasfunciones inherentes, de conformidad con lo establecido por Resolución N°74/SSDE/2011; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias  

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICORESUELVE

 Artículo 1º.- Desígnase a la Dirección General de Industria, Servicios y Tecnología,dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Económico, como Unidad Ejecutora delconcurso “Apoyo a la Competitividad PyME 2011“. Artículo 2º.- Establécese que la Unidad Ejecutora tendrá a su cargo: a) Interactuar con otras dependencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma de BuenosAires, para un mejor análisis de proyectos específicos, en los casos que ellos secorrespondan con temáticas específicas vinculadas con la competencias de lasmismas. b) Dictaminar acerca de la procedencia de aprobar o rechazar cada proyectopresentado, recomendando a la Autoridad de Aplicación la decisión a adoptar.

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c) Notificar a las empresas la decisión adoptada por la Autoridad de Aplicaciónrespecto de los respectivos proyectos. e) Autorizar la devolución del seguro de caución constituídos a efectos de garantizarlas obligaciones asumidas, y para el caso de corresponder, promover la ejecución de lacaución. f) Auditar el cumplimiento de las actividades y la correcta asignación de los recursospor parte de las firmas beneficiarias en un todo de acuerdo con las responsabilidadesasumidas por las empresas. g) Aprobar prórrogas y/o modificaciones a los proyectos declarados ganadores,siempre y cuando no modifiquen los objetivos y finalidades que tuvieron en mira, y noexcedan los plazos establecidos en bases y condiciones. h) Proceder a realizar las intimaciones necesarias para el cumplimiento del proyectoy/o la ejecución de los seguros de caución que se hayan otorgado para garantizar losproyectos. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección GeneralTécnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, y a la Direcciónde Fomento Productivo e Innovación Tecnológica. Notifíquese. Svarzman  

   RESOLUCIÓN N.º 52/SSDEP/12 

Buenos Aires, 31 de enero de 2012 VISTO:la Ley Nº 2.506, el Decreto Nº 2.075/07, la Ley Nº 1624 y su modificatoria la Ley Nº3.218, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, la Ley Nº 1.807, el Decreto Nº 1.377/07,la Resolución Nº 48/SSDEP/08, la Resolución Nº 50/SSDEP/10, el Expediente Nº1.130.981/11, y  CONSIDERANDO:  Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, ycoordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa a nivelcomunitario y en edad escolar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Expediente Nº 1.353.016/10 la ASOCIACIÓN VECINAL VILLA GENERALMITRE, BIBLIOTECA POPULAR CIENCIA Y LABOR recibió un subsidio para lapromoción y desarrollo deportivo referido al desarrollo e incremento de las escuelasdeportivas de Voleibol y Fútbol por un monto de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000); Que atento lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario deDeportes, cuenta con facultades para otorgar a los Clubes de Barrio inscriptos elRegistro Único de Instituciones Deportivas subsidios destinados al desarrollo ypromoción del deporte amateur, debiendo la Institución beneficiaria realizar rendiciónde cuenta documentada ante la autoridad de aplicación de acuerdo a lo estipulado enla Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria la Resolución Nº 50/SSDEP/10; Que la mencionada institución realizó la rendición en tiempo y forma del subsidiorecibido presentando documentación respaldatoria de las obras realizadas; Que a fs. 29 y 30 de estos obrados, consta el informe de evaluación de la GerenciaOperativa de Administración de la Dirección General de Infraestructura yAdministración, no surgiendo observaciones que obsten a la validez de loscomprobantes presentados.

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Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,  

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTESRESUELVE

 Artículo 1º.- Apruébase la rendición de cuentas realizada por la ASOCIACIÓNVECINAL VILLA GENERAL MITRE, BIBLIOTECA POPULAR CIENCIA Y LABOR,CUIT Nº 30-69040386-9, del subsidio otorgado mediante Resolución Nº429/SSDEP/10, por un monto de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000.-) de conformidadcon la normativa vigente. Articulo 2º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de laCiudad Autónoma de Buenos Aires, y comuníquese para su conocimiento y demásefectos, a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la DirecciónGeneral de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, a la Dirección General TécnicaAdministrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico y a la Dirección Generalde Contaduría del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazával

   RESOLUCIÓN N.º 131/MDEGC/12 

Buenos Aires, 8 de febrero de 2012 VISTO:El Expediente Nº 38681/2012, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 660/2011, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional delGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;Que entre otras medidas, el artículo 5 del citado Decreto instituye a partir del 10 dediciembre de 2011, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las AutoridadesSuperiores de este Gobierno;Que según surge de los presentes actuados, la Dirección General TécnicaAdministrativa y Legal, del Ministerio de Desarrollo Económico, propicia lasdesignaciones, de diversas personas, como Personal de la Planta de Gabinete, delOrganismo Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de lasPersonas con Discapacidad, a partir de diferentes fechas;Que dicho acto administrativo se efectúa teniendo en cuenta las certificacionesobrantes en el presente actuado de acuerdo a lo dispuesto por Resolución Nº698/MHGC/2008 y sus modificatorias, y no encontrándose inconvenientes paraproceder a las designaciones que nos ocupan;Que a tal fin resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido.Por ello, conforme las facultades conferidas por el Articulo 1, del Decreto N° 638/2007, 

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICORESUELVE

 Artículo 1.- Desígnanse a partir de diferentes fechas, a diversas personas comoPersonal de la Planta de Gabinete, del Organismo Fuera de Nivel Comisión para laPlena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad, del Ministerio deDesarrollo Económico, tal como se indica en el Anexo “I”, que a todos sus efectosforma parte integrante de la presente Resolución, en las condiciones establecidas por

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el artículo 5 del Decreto Nº 660/2011.Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ypara su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos deNormas y Oficios, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales yPrevisionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido,archívese. Cabrera  

ANEXO  

   RESOLUCIÓN N.º 132/MDEGC/12 

Buenos Aires, 8 de febrero de 2012 VISTO:El Expediente Nº 38507/2012, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 660/2011, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional delGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;Que entre otras medidas, el artículo 5 del citado Decreto instituye a partir del 10 dediciembre de 2011, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las AutoridadesSuperiores de este Gobierno;Que según surge de los presentes actuados, la Dirección General TécnicaAdministrativa y Legal, del Ministerio de Desarrollo Económico, propicia lasdesignaciones, de diversas personas, como Personal de la Planta de Gabinete, de laDirección General de Habitat, a partir del 12 de diciembre de 2011;Que dicho acto administrativo se efectúa teniendo en cuenta las certificacionesobrantes en el presente actuado de acuerdo a lo dispuesto por Resolución Nº698/MHGC/2008 y sus modificatorias, y no encontrándose inconvenientes paraproceder a las designaciones que nos ocupan;Que a tal fin resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido.Por ello, conforme las facultades conferidas por el Articulo 1, del Decreto N° 638/2007, 

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICORESUELVE

 Artículo 1.- Desígnanse a partir del 12 de diciembre de 2011, a diversas personascomo Personal de la Planta de Gabinete, de la Dirección General de Habitat, delMinisterio de Desarrollo Económico, tal como se indica en el Anexo “I”, que a todos susefectos forma parte integrante de la presente Resolución, en las condicionesestablecidas por el artículo 5 del Decreto Nº 660/2011.Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ypara su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos deNormas y Oficios, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales yPrevisionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido,archívese. Cabrera 

ANEXO

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   RESOLUCIÓN N.º 133/MDEGC/12 

Buenos Aires, 8 de febrero de 2012 VISTO:El Expediente Nº 38427/2012, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 660/2011, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional delGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;Que entre otras medidas, el artículo 5 del citado Decreto instituye a partir del 10 dediciembre de 2011, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las AutoridadesSuperiores de este Gobierno;Que según surge de los presentes actuados, la Dirección General TécnicaAdministrativa y Legal, del Ministerio de Desarrollo Económico, propicia lasdesignaciones, de diversas personas, como Personal de la Planta de Gabinete, de laSubsecretaría de Desarrollo Inclusivo, a partir de diferentes fechas;Que dicho acto administrativo se efectúa teniendo en cuenta las certificacionesobrantes en el presente actuado de acuerdo a lo dispuesto por Resolución Nº698/MHGC/2008 y sus modificatorias, y no encontrándose inconvenientes paraproceder a las designaciones que nos ocupan;Que a tal fin resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido.Por ello, conforme las facultades conferidas por el Articulo 1, del Decreto N° 638/2007, 

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICORESUELVE

 Artículo 1.- Desígnanse a partir de diferentes fechas, a diversas personas comoPersonal de la Planta de Gabinete, de la Subsecretaría de Desarrollo Inclusivo, delMinisterio de Desarrollo Económico, tal como se indica en el Anexo “I”, que a todos susefectos forma parte integrante de la presente Resolución, en las condicionesestablecidas por el artículo 5 del Decreto Nº 660/2011.Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ypara su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos deNormas y Oficios, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales yPrevisionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido,archívese. Cabrera 

ANEXO  

   RESOLUCIÓN N.º 134/MDEGC/12 

Buenos Aires, 8 de febrero de 2012 VISTO:El Expediente Nº 40511/2012, y

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°59

 CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 660/2011, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional delGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;Que entre otras medidas, el artículo 5 del citado Decreto instituye a partir del 10 dediciembre de 2011, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las AutoridadesSuperiores de este Gobierno;Que según surge de los presentes actuados, la Dirección General TécnicaAdministrativa y Legal, del Ministerio de Desarrollo Económico, propicia lasdesignaciones, de diversas personas, como Personal de la Planta de Gabinete, delOrganismo fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de lasPersonas con Discapacidad, a partir del 1 de enero de 2012;Que dicho acto administrativo se efectúa teniendo en cuenta las certificacionesobrantes en el presente actuado de acuerdo a lo dispuesto por Resolución Nº698/MHGC/2008 y sus modificatorias, y no encontrándose inconvenientes paraproceder a las designaciones que nos ocupan;Que a tal fin resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido.Por ello, conforme las facultades conferidas por el Articulo 1, del Decreto N° 638/2007, 

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICORESUELVE

 Artículo 1.- Desígnanse a partir del 1 de enero de 2012, a diversas personas comoPersonal de la Planta de Gabinete, del Organismo Fuera de Nivel Comisión para laPlena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad, del Ministerio deDesarrollo Económico, tal como se indica en el Anexo “I”, que a todos sus efectosforma parte integrante de la presente Resolución, en las condiciones establecidas porel artículo 5 del Decreto Nº 660/2011.Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ypara su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos deNormas y Oficios, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales yPrevisionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido,archívese. Cabrera  

ANEXO  

   RESOLUCIÓN N.º 135/MDEGC/12 

Buenos Aires, 8 de febrero de 2012 VISTO: Los Decretos Nros. 948/05 y 526/06, y las Resoluciones Nros. 959/MHGC/07,295/MDEGC/08, 353/MDEGC/08 y 2526/MDEGC/MHGC y MJGGC/2011, elExpediente N° 242.290/12 y  CONSIDERANDO:  

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°60

Que mediante la Resolución Nº 295/MDEGC/08 se creó el Área de Expropiaciones yOcupación Temporaria dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa yLegal del Ministerio de Desarrollo Económico; Que en la citada Resolución se designó a la Lic. Moira López Mac Loughlin, DNI N°92.544.969, CUIT 27-92544969-0 como Coordinadora del Programa OcupaciónTemporaria dependiente del Área antes mencionada; Que al encontrarse contratada la mencionada agente bajo el régimen del Decreto N°948/05 y la Resolución N° 959/MHGC/07, mediante la Resolución N° 353/MDEGC/08se reservaron los derechos establecidos por el Decreto N° 526/06, por designación decargo superior; Que mediante la Resolución N° 2526/MDEGC/MHGC y MJGGC/2011 se dispuso quela agente continúe su desempeño con los alcances establecidos en la Ley N° 471 y enel Acta Paritaria N° 11/2009; Que en el Expediente citado en el Visto, la Lic. Moira López Mac Loughlin presenta larenuncia al cargo de Coordinadora del Programa Ocupación Temporaria del Área deExpropiaciones y Ocupación Temporaria de la Dirección General TécnicaAdministrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a partir del 1° de enerode 2012; Que por todo lo expuesto, corresponde aceptar la mencionada renuncia y dejar sinefecto la Resolución N° 353/MDEGC/08. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,  

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICORESUELVE

 Artículo 1.- Acéptase la renuncia de la Licenciada Moira López Mac Loughlin (DNI N°92.544.969) al cargo de Coordinadora del Programa Ocupación Temporaria del Áreade Expropiaciones y Ocupación Temporaria de la Dirección General TécnicaAdministrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a partir del 1° de enerode 2012. Artículo 2.- Déjase sin efecto la Resolución N° 353/MDEGC/08, desde el 1° de enerode 2012. Artículo 3.- Dese al Registro, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudadde Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaríade Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización. Cumplido,archívese. Cabrera   

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos    RESOLUCIÓN N.º 84/AGIP/12 

Buenos Aires, 10 de febrero de 2012 VISTO: Las Leyes N° 471 (B.O.C.B.A. N° 1026), N° 1.218 (B.O.C.B.A. N° 1850), y Nº 2.603(B.O.C.B.A. Nº 2846), el Decreto N° 3.360 ex-MCBA/68 (B.M. N° 13.296), el Decreto N°298/06 (B.O.C.B.A. N° 2410), el Decreto Nº 468/08 (B.O.C.B.A. Nº 2925), la ResoluciónNº 357/AGIP/08, y

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°61

 CONSIDERANDO:  Que por Ley Nº 471 se aprobó la Ley de Relaciones Laborales en la AdministraciónPública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el Capítulo XII del citado cuerpo legal incluyó el Régimen Disciplinario al que estásujeto el personal del Gobierno de la Ciudad; Que su artículo 51 establece los casos en que resulta procedente la aplicación desanciones sin procedimiento de sumario previo; Que la instancia reglamentaria de la Ley Nº 471 llevada a cabo por Decreto Nº184/GCBA/2010; por Resoluciones Nº 2778/GCBA/MHGC/10 y 4664/GCBA/SSTR/10;y el Comunicado y Aviso Nº 401/GCBA/DGTALMH/10 se estableció que toda autoridadestá obligada a ejercer las facultades disciplinarias de que esté investida respecto delos agentes que se hallen bajo su dependencia funcional dentro de los quince (15) díascorridos de conocida la falta, salvo causa debidamente justificada; Que la reglamentación al artículo 51 establece que están facultadas para aplicarsanciones de apercibimiento y suspensión que no requieran la instrucción de sumarioen los términos del artículo 51 las siguientes autoridades: Directores y SubdirectoresOperativos: hasta 5 (cinco) días; Subsecretarios, Secretarios, Ministros y Jefe deGobierno; hasta 9 (nueve) días; Que el Decreto Nº 184 /GCBA/2010 aprueba las etapas e instancias de procedimientoque garantizan el ejercicio del derecho de defensa por parte de quien resulteeventualmente involucrado en un hecho pasible de eventual sanción; Que conforme el artículo 18 de la Ley Nº 2603 se establece que los recursos humanosde la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos serán administrados yregidos, por la normativa de Empleo Público vigente en la Ciudad de Buenos Aires; Que la Resolución N° 500-AGIP/08 y sus sucesivas modificaciones conformó la actualestructura organizativa de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; Que la Resolución N° 357-AGIP/08, estableció oportunamente el procedimiento para laaplicación de sanciones disciplinarias que no requieran la instrucción de sumario previoen la AGIP; Que posteriormente se produjo la derogación de los Decretos N° 826/GCBA/2001 y467/GCBA/2008 mediante el dictado del Decreto N° 184/GCBA/2010, el que establecenuevas normas procedimentales aplicables a la materia; Que el Decreto N°184/GCBA/2010, faculta a aplicar sanciones que no requieran lainstrucción de sumario -apercibimiento y suspensión de hasta cinco (5) días)-, a losDirectores y Subdirectores Operativos, autoridades con las que no cuenta la AGIP porno adherir al régimen establecido por el Decreto N° 648/GCBA/2009; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dictaminó cuálesson las autoridades de la AGIP equivalentes a las fijadas en el art. 51 del Decreto N°184/GCBA/2010, facultadas para imponer sanciones que no requieran la instrucción desumario previo, a través del dictamen N° 085403 de fecha 17 de agosto del 2011 y querecayó en el expediente N° 1.096.227/11; Que sentado lo cual resulta procedente facultar a las siguientes autoridades paraimponer dichas sanciones: Directores Generales de la AGIP; para el caso de laDirección General de Rentas - el Director General Adjunto, Directores de área condependencia directa de la AGIP, Auditor Interno a cargo de la Unidad de AuditoríaInterna respecto del personal que en ella se desempeña, Subdirector General deSistemas, respecto del personal de la Subdirección General a su cargo; y Director deAdministración en caso de personal cuya dependencia funcional sea distinta a lasmencionadas anteriormente; Que en consecuencia, resulta necesario adecuar el procedimiento a la norma vigente

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para la aplicación de sanciones disciplinarias que no requieran la instrucción desumario previo en el ámbito de esta Administración Gubernamental de IngresosPúblicos. Por ello, y conforme las facultades conferidas,  

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOSRESUELVE

 Artículo 1º.- Establecer un nuevo procedimiento para la aplicación de sancionesdisciplinarias que no requieran la instrucción de sumario previo, en el ámbito de laAGIP el cual obra en el Anexo I, y que a todos sus efectos forma parte integrante de lapresente.- Artículo 2º.- Deróguese la Resolución Nº 357/AGIP/2008.- Artículo 3º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento ydemás efectos, comuníquese a todas las áreas de este Organismo y a la Secretaría deRecursos Humanos. Cumplido, archívese. Walter  

ANEXO     

Ministerio de Gobierno      RESOLUCIÓN N.º 32/MGOBGC/12 

Buenos Aires, 10 de febrero de 2012 VISTO:La Resolución N° 3/MGOBGC/12, el Expediente N° 82.238/12, y  CONSIDERANDO:  Que por la Resolución N° 3/MGOBGC/12 se designó a los responsables de laadministración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Comúny Viáticos y Movilidad para el Ministerio de Gobierno; Que debido a un error material involuntario en la Resolución mencionada, se consignóen forma equívoca la unidad de organización para la cual tramitaron las mencionadasdesignaciones. En tal sentido, donde dice “Unidad Ministro“ debió decir “Ministerio deGobierno“; Que en este sentido, el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de laCiudad Autónoma de Buenos Aires prevé la posibilidad de rectificar en cualquiermomento los errores meramente materiales, siempre que la enmienda no altere losustancial del acto o decisión; Que en virtud de ello, resulta necesario el dictado del presente acto tendiente arectificar la resolución citada en el visto en el sentido indicado.

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Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,  

EL MINISTRO DE GOBIERNORESUELVE

 Artículo 1°.- Rectificase el artículo 1° de la Resolución N° 3/MGOBGC/2012, el cualquedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1°.- Exceptúase de nombrar comoresponsables de fondos en concepto de Caja Chica Común y Viáticos y Gastos deMovilidad a personal de Planta Permanente del Ministerio de Gobierno de acuerdo alos términos del Decreto N° 67/GCBA/10 y la Disposición N° 9/DGCG/10.“.- Artículo 2°.- Rectificase el artículo 2° de la Resolución N° 3/MGOBGC/2012, el cualquedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2°.- Desígnanse comoresponsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto deCaja Chica Común y Viáticos y Movilidad del Ministerio de Gobierno al Dr. EmilioMonzó, DNI. Nº 17.454.905, CUIL N° 20-17454905-3; al Sr. Gabriel Bernardo Monzó,DNI N° 27.854.368, CUIL N° 20-27854368-5 y a la Srta. Chiara María Comoretto, DNIN° 33023694, CUIL N° 27-33023694-4.“.- Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.Comuníquese a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda y a laDirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno. Cumplido,archívese. Monzó     

Disposiciones

Ministerio de Hacienda      DISPOSICIÓN N.º 26/DGCYC/12  

Buenos Aires, 13 de febrero de 2012 VISTO: La Ley Nº 2.095 y su Decreto Reglamentario N° 754-08 y modificatorio, la DisposiciónNº 82-DGCG-12, la Disposición Nº 81-DGCG-12 y el Expediente Nº 2.316.425/2011, y;  CONSIDERANDO:  Que, por el presente actuado tramita la Contratación de un Servicio de MantenimientoIntegral de Scanner Kodak I 1420 para la Dirección General de Contaduría; Que, por Disposición Nº 171-DGCyC-08 el Director General de Compras yContrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadaspor el Artículo Nº 85 de la Ley Nº 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y CondicionesGenerales; Que, en virtud de los términos de la Ley Nº 2.095 y su Decreto Reglamentario N°

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754-08 y modificatorio Decreto Nº 232-10, el Señor Director General de Contaduríamediante Disposición Nº 82-DGCG-12 aprueba el Pliego de Bases y CondicionesParticulares, y por Disposición Nº 81-DGCG-12 autoriza a este Organismo a realizar elllamado a Licitación Pública y designa los integrantes de la Comisión Evaluadora deOfertas. Por ello, el suscripto se encuentra facultado para realizar el llamado a Licitación,  

EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONESDISPONE

 Artículo 1º.- Llámase a Licitación Pública de Etapa Única Nº 220/SIGAF/2012 para eldía 22 de Febrero de 2012 a las 11,00 horas, al amparo de lo establecido en el ArtículoNº 31 de la Ley Nº 2.095 y el Decreto Reglamentario N° 754-08 modificado por DecretoNº 232-10, para la Contratación de un Servicio de Mantenimiento Integral de ScannerKodak I 1420, para la Dirección General de Contaduría, por un monto aproximado de $19.475,17.- (PESOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO CONDIECISIETE CENTAVOS.-). Artículo 2º.- Remítanse la Orden de Publicación al Boletín Oficial de la Ciudad deBuenos Aires por el término de 1 (un) día. Artículo 3º.- Publíquese en Internet en la página Web Oficial del Gobierno de la Ciudadde Buenos Aires. Artículo 4º.- Regístrese y remítase a la Gerencia Operativa de Contrataciones para laprosecución de su trámite. Butera  

   DISPOSICIÓN N.º 87/DGCG/12 

Buenos Aires, 10 de febrero de 2012 VISTO:lo previsto en la Disposición Nº A 10-DGCG/10, el Expediente N° 49.328/2012, y CONSIDERANDO: Que por la Disposición Nº A 10-DGCG/10, se aprobaron las Partidas del Clasificadorpor Objeto del Gasto vigente para el ejercicio 2010 del Nuevo Régimen de Fondos;Que por el expediente mencionado ut supra, a requerimiento de esta Dirección GeneralAdjunta, la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto toma laintervención de su competencia informando el Clasificador por Objeto del Gasto vigentepara el ejercicio 2012;Que en consecuencia y atento la vigencia del nuevo ejercicio se torna necesarioratificar los términos de la Disposición precitada aprobando las partidas para el año2012.Por ello,  

LA DIRECTORA GENERAL ADJUNTA DE CONTADURÍADISPONE

 Artículo 1º.- Ratifícanse los términos de la Disposición Nº A 10-DGCG/10, la cual seráde aplicación para el ejercicio 2012.Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad

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Autónoma de Buenos Aires, y comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías,Agencias, Organismos Descentralizados que operen en la CUT, y a través delDepartamento Administrativo a las Direcciones, Representaciones, Delegaciones y losDepartamentos, dependientes de la Dirección General de Contaduría. Cumplido,archívese en el Área Técnico Normativo de la Dirección Operativa Legal de estaDirección General de Contaduría. Posse     

Ministerio de Justicia y Seguridad      DISPOSICIÓN N.º 17/DGALPM/12 

Buenos Aires, 6 de febrero de 2012 VISTO: LA LEY Nº 2.095, SU DECRETO REGLAMENTARIO Nº 754/08, EL EXPEDIENTE Nº203065/12, Y;  CONSIDERANDO:  Que mediante el Expediente citado en el visto tramita la adquisición de coronas para laPolicía Metropolitana; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada y su correspondienteafectación presupuestaria; Que por Disposición Nº 171-DGCyC/08, el Director General de Compras yContrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultadesotorgadas por el Artículo 85 de la Ley Nº 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases yCondiciones Generales; Que mediante Resolución Nº 2229-MHGC/09, se constituyó la Unidad Operativa deAdquisiciones, en el ámbito de la Unidad de Organización Administrativa de la PolicíaMetropolitana; Que por Decreto Nº 55/10 se elevó a rango de Dirección General a la Unidad deOrganización Administrativa de la Policía Metropolitana pasándose a denominarDirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana; Que ha tomado la debida intervención en el presente la Dirección General deSuministros a la Policía Metropolitana, la cual ha procedido a elaborar el proyecto dePliego de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas; Que por Resolución N° 876/MJYSGC/11 se constituyó la Comisión de Evaluación deOfertas y se designaron sus miembros permanentes. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto Nº 754/08,reglamentario de la Ley Nº 2.095,  

LA DIRECTORA ADMINISTRATIVA Y LEGALDE LA POLICIA METROPOLITANA

DISPONE

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 Artículo 1.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y deEspecificaciones Técnicas, los que como anexo forman parte integrante de la presenteDisposición, para la adquisición de coronas para la Policía Metropolitana, por un montoaproximado de pesos cincuenta y cinco mil ($ 55.000.-). Artículo 2.- Llámase a Contratación Directa Nº 1791/SIGAF/12, bajo el régimen deCompra Menor, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095, parael día 22 de febrero de 2012 a las 13.00 horas, a llevarse a cabo en la DirecciónGeneral Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana, sita en Av. Regimiento dePatricios Nº 1.142, 1ºpiso. Artículo 3.- Regístrese, remítanse las invitaciones de rigor, publíquese el llamado en elsitio de Internet y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de BuenosAires, comuníquese a la Dirección General de Suministros a la Policía Metropolitana. Ostiglia  

ANEXO     

Ministerio de Desarrollo Económico      DISPOSICIÓN N.º 58/DGTALMDE/12 

Buenos Aires, 6 de febrero de 2012 VISTO:El Decreto Nº 263/10 y la Disposición Nº 82/DGCG/10 y, CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Nº 263/10 se crea el Sistema de Registro ContablePatrimonial de Bienes de Uso y de Consumo del Poder Ejecutivo de la CiudadAutónoma de Buenos Aires;Que el artículo 3 del Anexo I del referido Decreto establece que en cada reparticióndependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como enlos Organismos Descentralizados, debe funcionar una Unidad de Servicio Patrimonialde Segundo Orden, coordinada por el Servicio Patrimonial de Primer Orden que debeorganizarse en cada OGESE;Que el mencionado artículo prescribe que la designación de los agentes corresponde ala máxima autoridad de cada repartición, debiendo comunicarse fehacientemente suidentidad al Órgano Rector del Sistema;Que la administración, preservación y mantenimiento de los bienes asignados a lasjurisdicciones y entidades o adquiridos por las mismas para su uso, estarán a cargo desus respectivos Servicios Patrimoniales conforme surge del artículo 5 del citado

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Decreto;Que el artículo 7 de ese cuerpo normativo establece que son objeto de relevamiento einventario la totalidad de los bienes quedando tales funciones a cargo de los ServiciosPatrimoniales de cada organismo;Que la Disposición Nº 82/DGCG/10 aprueba la Reglamentación del referido Sistema,disponiendo en su artículo 3 que los Servicios Patrimoniales de Segundo Orden sonUnidades de Registro y tienen responsabilidad patrimonial, estando a cargo de almenos dos (2) agentes de planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires;Que en consecuencia, deben designarse al menos dos (2) agentes responsables de losservicios patrimoniales.Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, 

LA DIRECTORA GENERAL TECNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGALDEL MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO

DISPONE Artículo 1.- Desígnase a los agentes Vanina Elizabeth Sánchez, DNI 26.475.225, CUIL27-26475225-1, Ficha Nº 443.121; Claudia Inés Caraballo Ferreiro, DNI 20.185.109,CUIL 27-20185109-8, Ficha Nº 442.932; Jonatan Iván Vallejos, DNI 33.996.758, CUIL20-33996758-0, Ficha Nº 446.408 y Laura Fabiana Alba DNI 18.563.214, CUIT27-18563214-3 para ejercer las responsabilidades de los Servicios Patrimoniales deSegundo Orden de esta Dirección General.Artículo 2.- Establécese que los agentes designados en el artículo 1 podrán realizar lastareas inherentes a su designación, actuando en forma conjunta, indistinta, sucesiva oalternada.Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,comuníquese a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda.Cumplido, archívese. Villalba     

Ente de Turismo    DISPOSICIÓN N.º 4/DGTALET/12 

Buenos Aires, 3 de febrero de 2012 VISTOla Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/06, su Decreto Reglamentario Nº754/08, su modificatorio Nº 232/10, el Expediente Nº 2.048.009./11 y; CONSIDERANDO: Que por el citado actuado tramita la Licitación Pública Nº 205-SIGAF-2012, para laadquisición de un (1) vehículo de tipo Combi o Minibús con destino al Ente de Turismode la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un monto total aproximado de PESOSTRESCIENTOS MIL ($ 300.000,00), al amparo del Artículo 31º concordante con el 1er

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párrafo del Artículo 32º de la Ley Nº 2.095;Que el rodado en cuestión resulta de utilidad para las tareas que este Ente lleva acabo, en oportunidad de la visita de delegaciones extranjeras o del interior del país,compuestas por representantes de medios de prensa así como de operadoresturísticos, que con el fin de la posterior difusión y comercialización en su lugar deorigen, de la oferta turística de la ciudad arriban a la misma;Que el bien pretendido, ha sido valorizado ajustándose a los precios del mercado;Que obra en el actuado la reserva presupuestaria pertinente, según constancia emitidapor el Sistema Integral de Gestión y Administración Financiera, (SIGAF), medianteSolicitud de Gastos Nº 4.455-SIGAF-2012, por la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL($ 300.000,00), con cargo al presente ejercicio;Que la presente Contratación se encuentra contemplada en el Plan Anual de Comprasy Contrataciones de Bienes y Servicios de esta Entidad, aprobado por Resolución Nº318-ENTUR-2011;Que la Unidad Operativa de Adquisiciones de este Ente, constituida por Resolución Nº70-ENTUR-2008, ha elaborado el Pliego de Condiciones Particulares y deEspecificaciones Técnicas que establece la normativa vigente, correspondiendo suaprobación e inclusión, junto con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generalesaprobado por Disposición Nº 171-DGCYC-2008, dentro del cuerpo normativo queregirá la presente Contratación, en la que intervino según su competencia.Por ello, y en uso de la competencia delegada por el Artículo 13º del Anexo I delDecreto Nº 754/08, según texto del Articulo 1º del Decreto Nº 232/10, 

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGALDEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE Articulo 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y deEspecificaciones Técnicas, el que como Anexo, forma parte integrante de la presenteDisposición y se incorpora al cuerpo normativo que regirá la Licitación Pública Nº205-SIGAF-2012.Articulo 2.- Autorízase el llamado a Licitación Pública Nº 205-SIGAF-2012., al amparodel Artículo 31º concordante con el 1er párrafo del Artículo 32º de la Ley Nº 2.095, parael día 16 de febrero de 2012 a las 14:00 hs., por un monto total estimado en la suma dePESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000,00), para la adquisición de un (1) vehículo detipo Combi o Minibús con destino al Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires.Articulo 3.- La apertura de las ofertas se realizará el día 16 de febrero de 2012 a las14:00 hs. en Balcarce 360, 1er piso, sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones -Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente de Turismo de la CiudadAutónoma de Buenos Aires.Articulo 4.- Conforme el procedimiento previsto en el Artículo 93º del Anexo I delDecreto Nº 754/08, remítanse las invitaciones correspondientes, junto con el Pliego deBases y Condiciones, el que resulta de carácter gratuito. Los interesados en participarpodrán retirarlo en Balcarce 360, 1er Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, uobtenerlo en http://www.buenosaires.gov.ar/areas /hacienda / compras / consulta, hasta24 hs. antes de la apertura de ofertas, debiendo presentar su oferta en sobre cerradoen la Mesa de Entradas del ENTUR hasta las 13:30 hs. del día 16 de febrero de 2012en el mismo lugar.Articulo 5.- El gasto que resulte de la presente medida es imputado contra los créditosdel presupuesto en vigor.Articulo 6º.- publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires yen la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ente de Turismo de

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la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de un (1) día y en el Portal deInternet: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/ hacienda/compras/ backoffice/,comuníquese a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones, deContaduría y a la Unidad de Auditoría Interna y, para su intervención y posteriortrámite, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Cumplido, archívese. Porto  

ANEXO  

Agencia de Sistemas de Información    DISPOSICIÓN N.º 1/DGDSIS/12  

Buenos Aires, 13 de febrero de 2012 VISTO:La Ley Nº 70, la Ley Nº 4.041, Ley N° 2.689, el Decreto N° 28/12, el Expediente2.012-215.974-MGEYA-ASINF, y  CONSIDERANDO:  Que a través del expediente indicado en el visto tramita la compensaciónpresupuestaria y creación de partida detalladas en el Requerimiento Nº233/SIGAF/2.012 cuya finalidad reside en poseer el crédito suficiente para lascontrataciones de “Adquisición de licencias QLIK VIEW“ (Expediente Nº163.071/2.012), “Veinticuatro (24) Licencias de Solución de Software denominada CAWily Introscop juntamente con las tareas necesarias para su instalación, el servicio deconsultoría para su configuración y parametrización, la capacitación del personal de laAgencia de Sistemas de Información (ASI) y el servicio de mantenimiento y soportetécnico del Software por el plazo de tres (3) años“ (Expediente Nº 1.012.613/2.011),“Servicios Profesionales para el relevamiento, análisis, diseño, desarrollo, testing,provisión e implementación de la Entidad de Registración de Usuarios del Sistema deAutenticación (SIAUT)“ (Expediente Nº 1.823.896/2.011), “Servicios Profesionales parael relevamiento, análisis, diseño, desarrollo, testing, provisión e implementación delSistema de Autenticación y Autorización (SIAUT) y todos sus modelos asociados“(Expediente Nº 56.521/2.011) y “Servicios de parametrización, implementación ypuesta en marcha de un Sistema Integral de Gestión Operativa y Administrativa deÓrdenes de Trabajo y de Mantenimiento u Obra en el Espacio Público“ (Expediente Nº2.050.873/2.011); Que la Ley Nº 70 de “Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control delSector Público de la Ciudad“ establece en el artículo 63, 2º párrafo que “Las demásmodificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendodelegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y enel órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificacionesdeben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de BuenosAires“; Que por medio de la Ley Nº 4.041 se fijaron los gastos corrientes y de capital delpresupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de BuenosAires para el ejercicio 2.012;

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Que por Decreto Nº 28/12 se aprobaron las “Normas Anuales de Ejecución y Aplicacióndel Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires para el ejercicio fiscal 2012“, estableciendo en el artículo 9º del Anexo Ique las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidadcon el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de ese anexo; Que el Requerimiento Nº 233/SIGAF/2.012 se encuentra en estado “PendienteOGESE“, validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en elSistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que en el presente caso corresponde la aplicación del apartado III, punto 1 del artículo34 Anexo I del Decreto Nº 28/12; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines deaprobar la compensación presupuestaria y creación de partida que se propician. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 28/12,  

LA DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO DE SISTEMASDISPONE

 Artículo 1º.- Apruébanse la compensación presupuestaria y creación de partidaobrantes en el Anexo I y registrado en SADE como Anexo I DI Nº00286330/DGDSIS/2.012, el que forma parte integrante de la presente Disposición. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la CiudadAutónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a laDirección Ejecutiva de la Agencia de Sistemas de Información y pase a la Oficina deGestión Sectorial de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección GeneralOficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido,archívese. Ortino  

ANEXO  

   DISPOSICIÓN N.º 23/DGTALINF/12 

Buenos Aires, 13 de febrero de 2012 VISTO:El Decreto N° 556-10, el Decreto N 752-10, el Expediente Nº 175.075/2.012 y,  CONSIDERANDO:  Que por el expediente mencionado en el visto tramitan los “Servicios para laadecuación de la sala de proveedores de enlaces de la Agencia de Sistemas deInformación“; Que por el Informe Nº 174.998-DGTALINF-12 el suscripto solicitó se arbitren lasgestiones para que de forma urgente se lleve a cabo la mencionada contratación,justificando la urgencia en los argumentos allí expuestos y requiriendo que la misma seadjudique a la empresa Oikoss S.A. en base a las consideraciones vertidas; Que por último, se informó el presupuesto de la contratación, el que asciende a lasuma de pesos cincuenta mil ($ 50.000.-); Que el artículo 1°, incido d) del Decreto N° 556-10 faculta a funcionarios a “Aprobargastos de imprescindible necesidad en cada Jurisdicción, los cuales justificadamente

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no pudieren ser gestionados a través de los procedimientos vigentes en materia decompras y contrataciones del Estado o mediante la respectiva caja chica, según elcuadro de competencias que como Anexo I se adjunta al presente y, a todos susefectos, forma parte integrante del mismo“; Que por el artículo 2º del Decreto Nº 752-10 se modificó el cuadro A del Anexo I delDecreto Nº 556-10; Que a su vez, el artículo 2º del citado Decreto dispone que “A los efectos de lodispuesto en el inciso d) del precedente artículo 1º, pueden comprometerseobligaciones sólo cuando se acrediten las siguientes circunstancias: a) que se trate deoperaciones impostergables que aseguren servicios instrumentales o finales esencialesy que, en el caso concreto, deban llevarse a cabo con una celeridad tal que impidasometerlas a los procedimientos previstos en los regímenes de compras ycontrataciones vigentes; b) que, si correspondiere en el caso concreto, la gestión deaprobación del gasto cuente con al menos tres (3) invitaciones a cotizar cursadas pormedios efectivos y comprobables y/o tres (3) presupuestos; y c) que, al momento de laaprobación del gasto, el proveedor se encuentre inscripto en el Registro Informatizadoúnico y Permanente de Proveedores, en los términos del artículo 22 de la Ley Nº2.205“; Que de fs. 5 obra la notificación cursada a la empresa mencionada supra, en la que sele solicitó cotización para la presente contratación; Que de fs. 7 a fs. 16 luce la propuesta realizada por la firma Oikoss S.A.; Que por Informe Nº 269.462-DGOPE-12 obra el informe técnico - confeccionado por laDirección General de Operaciones - de la propuesta presentada, en el que se concluyóque la misma cumple con los puntos solicitados en el Pliego; Que conforme surge de las constancias Oikoss S.A. se encuentra debidamenteinscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores; Que obra la Solicitud de Gastos Nº 11.825/SIGAF/2.012 en la cual se imputan losfondos en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) a losefectos de hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al Ejercicio vigente; Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente queapruebe el gasto por los “Servicios para la adecuación de la sala de proveedores deenlaces de la Agencia de Sistemas de Información“. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 1° inc. d) del Decreto Nº556-10 (modificado por el artículo 2° del Decreto N° 752-10),  

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO, ADMNISTRATIVO Y LEGALDE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase y adjudíquese el gasto relacionado con los “Servicios para laadecuación de la sala de proveedores de enlaces de la Agencia de Sistemas deInformación“, por la suma de pesos cincuenta y seis mil ciento sesenta ($ 56.160.-) afavor de Oikoss S.A. Artículo 2º.- Dicho gasto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto envigor. Artículo 3º.- Emítase el parte de recepción definitiva. Artículo 4º.- La Dirección General de Contaduría emitirá la orden de pagocorrespondiente contra la presentación en forma legal de la factura respectiva en elCentro de Documentación de Pagos. Artículo 5º.- Notifíquese fehacientemente a Oikoss S.A. de conformidad con loestablecido en los artículos 60 y 61 de la Ley de Procedimientos Administrativos. Artículo 6º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la CiudadAutónoma de Buenos Aires y para su conocimiento, comuníquese a la Dirección

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General de Contaduría. Cumplido, archívese. Scodellaro  

   DISPOSICIÓN N.º 24/DGTALINF/12 

Buenos Aires, 13 de febrero de 2012 VISTO:El Decreto Nº 556-10, el Decreto Nº 752-10, el Expediente N° 223.685/2.012, y  CONSIDERANDO:  Que por las presentes actuaciones tramita la “Adquisición de bidones de agua“; Que el suscripto solicitó se arbitren los medios para que de forma urgente se adquieranla totalidad de ochocientos (800.-) bidones de agua con destino al personal que prestaservicios en la Agencia de Sistemas de Información, a su vez que se informó elpresupuesto estimado de la contratación (pesos catorce mil cuatrocientos - $ 14.400.-,a razón de pesos dieciocho - $ 18 ­ por cada unidad) y requirió se invite a cotizar a laempresa Fischetti y Cia. S.R.L., dado que actualmente es la que presta el servicio decomodato de los dispensers; Que el artículo 1°, incido d) del Decreto N° 556-10 faculta a funcionarios a “Aprobargastos de imprescindible necesidad en cada Jurisdicción, los cuales justificadamenteno pudieren ser gestionados a través de los procedimientos vigentes en materia decompras y contrataciones del Estado o mediante la respectiva caja chica, según elcuadro de competencias que como Anexo I se adjunta al presente y, a todos susefectos, forma parte integrante del mismo“; Que por artículo 2º del Decreto Nº 752-10 se modificó el Cuadro A del Anexo Iprecedentemente indicado; Que resulta de imprescindible necesidad aprobar el gasto a los efectos de poseer elinsumo para el personal del organismo; Que por su parte, el artículo 2º del Decreto Nº 556-10 dispone que “A los efectos de lodispuesto en el inciso d) del precedente artículo 1º, pueden comprometerseobligaciones sólo cuando se acrediten las siguientes circunstancias: a) que se trate deoperaciones impostergables que aseguren servicios instrumentales o finales esencialesy que, en el caso concreto, deban llevarse a cabo con una celeridad tal que impidasometerlas a los procedimientos previstos en los regímenes de compras ycontrataciones vigentes; b) que, si correspondiere en el caso concreto, la gestión deaprobación del gasto cuente con al menos tres (3) invitaciones a cotizar cursadas pormedios efectivos y comprobables y/o tres (3) presupuestos; y c) que, al momento de laaprobación del gasto, el proveedor se encuentre inscripto en el Registro Informatizadoúnico y Permanente de Proveedores, en los términos del artículo 22 de la Ley Nº2.205“; Que de fs. 4 obra la notificación cursada a las empresa mencionada precedentementeen la que se le solicitó cotización para la presente contratación; Que de fs. 6 a fs. 12 luce la propuesta realizada por la firma Fischetti y Cia. S.R.L.; Que a fs. 14 obra la evaluación técnica de la oferta presentada por Fischetti y Cia.S.R.L., de la que surge el cumplimiento a lo solicitado; Que conforme surge de la constancia de fs. 13, Fischetti y Cia. S.R.L. se encuentradebidamente inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente deProveedores; Que obra la Solicitud de Gastos Nº 11.485/SIGAF/2.012 en la cual se imputan los

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fondos en el Sistema Integrado de Gestión y Administración (SIGAF) a los efectos dehacer frente a la erogación en cuestión con cargo al Ejercicio vigente; Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente queapruebe el gasto y adjudique a Fischetti y Cia. S.R.L. la “Adquisición de bidones deagua“. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 1º, inc. d) del Decreto Nº556-10 (modificado por el artículo 2º del Decreto Nº 752-10),  

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGALDE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase y adjudíquese el gasto por la “Adquisición de bidones de agua“por la suma de pesos catorce mil cuatrocientos ($ 14.400.-) a la empresa Fischetti yCia. S.R.L. Artículo 2º.- Dicho gasto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto envigor. Artículo 3º.- Emítase el parte de recepción definitiva. Artículo 4º.- La Dirección General de Contaduría emitirá la orden de pagocorrespondiente contra las presentación en forma legal de las factura respectiva en elCentro de Documentación de Pagos. Artículo 5º.- Notifíquese fehacientemente a a Fischetti y Cia. S.R.L. de conformidad conlo establecido en los artículos 60 y 61 de la Ley de Procedimientos Administrativos. Artículo 6º.- Regístrese y publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la CiudadAutónoma de Buenos Aires. Cumplido, pase a la Dirección General de Contaduría.Cumplido, archívese. Scodellaro   

Organos de Control

Disposiciones

Ente Regulador de los Servicios Públicos de la CiudadAutónoma de Buenos Aires

      DISPOSICIÓN N.º 7/GA/12 

Buenos Aires, 8 de febrero de 2012 VISTO:el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Ley N° 2095 y su DecretoReglamentario Nº 754/2008, normas complementarias y modificatorias, la Resolucióndel Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de BuenosAires Nº 164 del 8 de julio de 2009 y el Expediente N° 003501/EURSPCABA/2011, y  CONSIDERANDO:  

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Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, creó el Ente Único Regulador de losServicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personeríajurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal; Que, por los presentes actuados se tramita la Licitación Privada N°: 032/2011 para lacontratación de un servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de ascensor sitoen Rivadavia 1170, con destino al Organismo; Que, la presente contratación no se encuentra incluida en el Plan Anual de Compras yContrataciones del ejercicio 2011 del ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOSSERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES aprobadopor el Directorio a través del Acta Nº 442 del 16 de junio de 2011; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesariospara hacer frente a la erogación en base a la estimación del gasto, la cual luce a fs. 6; Que, por Disposición N°: 149/2011, la Gerente de Administración autorizó lacontratación respectiva, y estableció el día 29 de noviembre de 2011, como fecha parala apertura pública de ofertas; Que, el plazo para realizar consultas se estableció hasta las 12:00 hs del día 23 denoviembre de 2011; Que, el plazo para las visitas de reconocimiento de las instalaciones vence el día 25 denoviembre de 2011; Que, se remitieron siete (7) invitaciones a firmas del rubro inscriptas en el RegistroInformatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP); Que, atento que la mayoría de las invitaciones han sido remitidas el 24 de noviembrede 2011, no dando el tiempo material suficiente para cumplir con el plazo indicado pararealizar consultas, y que al día de la fecha no se han retirado pliegos ni realizado lasvisitas correspondientes para la cotización de referencia, resulta conveniente prorrogarel plazo fijado para la presentación de ofertas para el; Que, por Disposición N°: 115/2011, la Gerente de Administración autorizó la prórrogadel acto de apertura de ofertas para el 13 de diciembre de 2011 a las 12.00hs; Que se emitió la respectiva Circular modificatoria Nº 1; Que, tal como luce en el Acta de Apertura de fecha 13 de diciembre de 2011, se recibióuna (1) oferta correspondiente a la firma Ascensores Alfonzo S.R.L.; Que, a fs. 72 del mencionado expediente obra la planilla de precios indicativos remitidapor la Dirección General de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad deBuenos Aires; Que, la Comisión de Preadjudicaciones cumplimentó el Cuadro Comparativo dePrecios que ordena la reglamentación, el cual luce a fs. 125; Que, la Comisión de Preadjudicaciones emitió el Acta correspondiente, la cual obra afs. 126 y 127, exhibida en la cartelera del organismo el día 16 de diciembre de 2011; Que, según el artículo 84º de la Ley 2095/06 “en ninguna contratación que exista preciode referencia podrá abonarse un precio unitario que lo supere en más de un cinco porciento (5%)“; Que, la oferta de la firma Ascensores Alfonso S.R.L. supera en más de un cinco porciento (5%) el precio de referencia; Que, la Comisión de Preadjudicaciones recomienda declarar fracasada la LicitaciónPrivada Nº: 032/2011; Por ello,  

LA GERENTE DE ADMINISTRACIÓN DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOSSERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE: Artículo 1º.- Aprobar la Licitación Privada N°: 032/2011 para la contratación de un

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servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de ascensor sito en Rivadavia 1170,con destino al Organismo. Artículo 2°.- Declarar FRACASADA la Licitación Privada N°: 032/2011 para lacontratación de un servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de ascensor sitoen Rivadavia 1170, con destino al Organismo. Artículo 3º.- Autorizar al Área Administración Financiera a efectuar la desafectación delos fondos. Artículo 4°.- Registrar y comunicar al Área Administración Financiera. Publicar en elBoletín Oficial y en la Cartelera Oficial del EURSPCABA por un día. Cumplido,archívese. Proverbio  

Resoluciones

Procuración General de la Ciudad Autónoma de BuenosAires

      RESOLUCIÓN N.º 335/PG/10 

Buenos Aires, 26 de octubre de 2010 VISTOel Expediente N° 20.813/2004 e incorporado Registro N° 11 613-MGESYA-2004, por elque se instruyó el Sumario N° 177/04, y  CONSIDERANDO:  Que esta Procuración General ordenó la instrucción del presente sumario medianteResolución N° 089-PG-2004 (en copia fiel a fs. 9 y vta), a fin de investigar lasirregularidades referidas en la Resolución N° 6.042/03, recaída en la Actuación N°11.994/01 de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires consistentes en:a) la supuesta desaparición de efectos personales de un depósito de la AvenidaFrancisco Fernández de la Cruz N° 3.371; b) la falta de otorgamiento de recibo einventario por dichas pertenencias; Que abierta la instrucción, a fs. 13 se solicitó copia certificada de la referida ActuaciónN° 11. 994/01, la que obra incorporada mediante Registro N° 11.613-MGESYA-04, dedonde surge que el Señor Julio César Flores dejó la casi totalidad de sus pertenenciasen un depósito de la Secretaría de Desarrollo Social, ubicado en Avda. FranciscoFernández de la Cruz 3371, en ocasión de ser desalojado del inmueble que habitaba eingresar en el sistema de hoteles para familias en situación de emergencia habitacional(Programa de Atención a Familias Sin Techo); Que en consecuencia. el 13/12/2001 Flores denunció el hecho ante la Defensoría delPueblo de la Ciudad de Buenos Aires, acompañando fotocopia de la denunciarealizada en la Comisaría N° 36 de la Policía Federal Argentina (fs. 70); Que a su vez, consta en el certificado de esa denuncia policial, efectuada el16/11/2001, que de acuerdo a sus dichos, Flores se dirigió el 09/11/2001 a las 16:00horas aproximadamente, a un depósito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,sito en la Avenida Francisco de la Cruz N° 3.37, a fin de retirar efectos personales,

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muebles, artefactos y enseres del hogar, notando entonces el faltante de algunos deellos, en tanto que otros estaban al aire libre y dañados, labrándose en consecuencialas actuaciones caratuladas “Hurto simple (art. 162) y daño (art 183)“ ante la FiscalíaCorreccional N° 1, Secretarla N° 1; Que mediante cédula de Fs. 60 cursada a la calle Piedras N° 1010, habitación 5,Ciudad de Buenos Aires se citó a prestar declaración testimonial a Flores, quien segúnsurge de dicho instrumento, ya no vive allí (fs. 60 vta), dejándose constancia de suincomparencia a fs. 61; Que a fs. 88, la Subsecretaría de Gestión Social y Comunitaria informo que el depósitode la calle Fernández de la Cruz N° 3.371 no pertenecía a la entonces Secretaria deDesarrollo Social, pero que se estaban realizando tareas de mantenimiento yreordenamiento, a fin de garantizar la seguridad de los bienes dejados por losbeneficiarios en el único depósito dependiente de esa Coordinación General, ubicadoen la Avenida Constituyentes esquina Roosevelt, Ciudad de Buenos Aires; Que en la misma comunicación, esa dependencia refirió que había notificado a losresponsables operativos del depósito las recomendaciones efectuadas por laDefensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires al respecto y la necesidad decompletar y firmar en todos los casos los formularios oficiales de depósito, en dondequedara constancia de los bienes y los datos de sus depositantes; Que a fs. 107/111 y vta. se glosó copia fiel de la Resolución N° 4.320/04 de laDefensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, referida a las denuncias de otraspersonas por desaparición de sus pertenencias personales en depósitos como el antescitado, pero que no están comprendidas en el objeto de la presente investigación,debiendo destacarse que en tal resolución (a fs. 109 vta.) se menciona como exCoordinador General del Área Política Habitacional y Emergencia Social a Luis Cúneo; Que a fs. 117, la División Información de Antecedentes de la Policía Federal Argentinainformó que en el año 1976 Julio César Flores (C.l. N° 5.020.925) registraba comoúltimo domicilio el de la calle Conde N° 2.740, Capital Federal; Que mediante nota de fs. 121, la Instrucción solicitó a la Dirección General Técnica,Administrativa y Legal de la entonces Secretaría de Desarrollo Social, que informara acuál repartición pertenecía el depósito de la calle Fernández de la Cruz N° 3.371 deesta Ciudad, afectado al Programa de Atención a Familias sin Techo y en su casoenviara la nómina del o de los responsables operativos del mismo en 2001 y señalarasi en tal carácter se desempeñó el agente Osvaldo García; Que en respuesta a ese requerimiento, Irene Di Rímini de García, Jefa delDepartamento Contable de la Subsecretaría de Coordinación del Plan Social Integral,informó a fs. 123 que en el domicilio de la calle Fernández de la Cruz N° 3.371, seconstató la existencia de la Dirección General de Verificaciones y Habilitaciones de laSubsecretaría de Seguridad, dependiente de la Secretaria de Justicia y Seguridad delGobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en tanto que el mencionado depósito seencontraba ubicado en la Avenida Escalada N° 4.501, galpón 727, lindante con laAvenida Cruz al 4.600; Que a fs. 129, se dejó constancia de la incomparencia de Julio César Flores y OsvaldoGarcía a las citaciones dispuestas a fs. 119, atento a los informes de las cédulas de fs.125/128, habiéndose cursado la dirigida al primero al domicilio informado a fs. 117; Que a fs. 135 y vta. prestó testimonio Irene Di Rimini, Jefa de Departamento Contablede la Subsecretaría de Gestión Social y Comunitario, quien ratificó su nota de fs. 123.Sostuvo que personalmente se constituyó en el domicilio de la Avenida Fernández dela Cruz N° 3371, cercano al predio actual del club de fútbol San Lorenzo de Almagro ypudo comprobar que sobre el frente del predio, que seria un galpón, había inserto uncartel redondo con la inscripción “Dirección General de Verificaciones y Habilitaciones“,pero no sabía si se encontraba en funcionamiento en ese momento; Que aclaró que ese predio nunca perteneció a la Secretaría de Desarrollo Social y que

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le constaba pues trabajaba allí desde hacía veintisiete años. Supuso que tal vez sehabía producido una confusión con un galpón sito en otra avenida, llamada Cruz, a laaltura del 4600, lindante con la Avenida Escalada N° 4501, que tenía asignado elnúmero 727 y en el cual se depositaban insumos para la Secretaría, pero nunca sehabía utilizado para guardar pertenencias de particulares, pues para este fin seutilizaba un depósito de la entonces Secretaría de Desarrolló Social, sito en AvenidaRooseveit y Constituyentes; Que a fs. 137 la entonces Dirección General de Recursos Humanos informó que LuisCúneo, no revistó como personal de planta permanente, ni transitoria, ni mediantelocación de servicios en esta Administración Central, habiéndosele aceptado larenuncia por Decreto N° 582/03, a partir del 09/12/2003 al cargo de Director Generaldel Área Política Habitacional y Emergencia de la entonces Secretaría de DesarrolloSocial; Que mediante nota de fs. 139, la Instrucción solicitó a la Dirección General Técnica,Administrativa y Legal de la otrora Secretaría de Desarrollo Social, que informara lanómina de los funcionarios responsables del manejo de los depósitos dependientes dela misma y si Luis Cúneo continuaba revistando en esa dependencia; Que en respuesta, aquella Secretaría remitió la información de fs. 140/201 (entre la quese destaca a fs. 175 y vta. la aceptación de la renuncia de Cuneo al cargo ya referido),producida por la Dirección General de Fortalecimiento Familiar de la Subsecretaría deGestión Social y Comunitaria, mediante nota de fs. 202; Que a fs- 204 y vta. prestó declaración informativa Raúl Osvaldo Kier, quien cumpletareas en el depósito N° 727 del Parque Ciudad Refirió que en noviembre de 2001trabajaba como encargado en el depósito de la calle España al 1.000, frente a laCiudad Deportiva del Club Atlético Boca Juniors dependiente de la entonces Secretaríade Desarrollo Social, el cual se utilizaba para dar alojamirento a personas sin vivienda; Que continuó relatando que en enero de 2002 pasó a desempeñarse como encargadodel depósito de la Avenida Constituyentes y Rooseveit, en el cual las personas quedejaban de habitar los hoteles contratados por aquella Secretaría, dejaban sus objetosdurante seis meses, si bien ese plazo se excedía; Que explicó que al depositarse allí las pertenencias, se labraba un formulario concopia, en el cual se asentaban aquéllas y los datos de cada persona, incluido sunúmero de documento; el original del formulario quedaba en el depósito y la copia leera entregada al interesado, firmando en dicho formulario, el interesado y el agente querecibía los enseres; Que por último, señaló que en diciembre de 2005 pasó a desempeñarse en el Parquede la Ciudad y negó haber trabajado en el Depósito de la Avenida Francisco Fernándezde la Cruz N° 3371, Ciudad de Buenos Aires, el cual dijo no conocer; Que a fs. 210 y vta. prestó testimonio Guillermo Luis Guerin, entonces Director Generalde Fortalecimiento Familiar y Sociocomunitario de la Subsecretaría de GestiónComunitaria del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, quien ratificó el InformeN° 3518 - DGFF - 2.005 glosado a fs. 198/201; Que destacó que en esa gestión no había política para resolver la situación mobiliariade los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires que resultaban desalojados de susviviendas, sino que sólo se contrataba un servicio de flete para transporte de dichomobiliario; Que dijo que no le constaba que en 2001 existiera en la órbita de la entoncesSecretaría de Desarrollo Social, un depósito para pertenencias de personasdesalojadas en la Avenida Fernández de la Cruz N° 3371 de la Ciudad de BuenosAires y aclaró que su gestión como Director General de Fortalecimiento Familiarcomenzó en marzo de 2.004; Que refirió que a través de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires tuvoconocimiento de una denuncia realizada por Julio César Flores, en noviembre de 2001,

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ante ese Órgano de Control, en la cual dio cuenta del faltante de pertenencias quehabría dejado en el depósito de Fernández de la Cruz N° 3371, pero aclaró que no fuehallado registro de pertenencias del nombrado en la entonces Secretaría de DesarrolloSocial y tampoco fue posible citarlo en esa dependencia; Que seguidamente ratificó la Disposición N° 6-DGFF-2005 glosada en copia fiel a fs.180/181. Precisó que el depósito del Parque de la Ciudad no estaba ubicado en laAvenida Fernández de la Cruz N° 3.371, sino que en realidad se ingresaba allí porAvenida Escalada 4501 y aclaró que en realidad se trataba de la Avenida Cruz y noFernández de la Cruz, como constaba en el artículo 1º de dicha disposición; Que a fs- 212, se libró oficio al Juzgado Nacional en lo Correccional N° 12, SecretaríaN° 77, a fin de solicitar el desarchivo de la Causa N° 19.ü57, pero el mismo no fuediligenciado, pues atento a la rogatoria de fs 69 aquélla se inició por averiguación deldelito de usurpación y con motivo del allanamiento y entrega del inmueble sito enConde N° 2.735, habitado por Julio César Flores no siendo conducente para estainvestigación tomar vista de dicha actuación judicial, Que mediante nota de fs. 218, la Instrucción solicitó a la Dirección General Técnica,Administrativa y Legal del entonces Ministerio de Gobierno que informara si el depósitode la Avenida Fernández de la Cruz N° 3371 pertenecía o había pertenecido a laDirección General de Verificaciones y Habilitaciones de la Subsecretaría de Seguridady en su caso, si en el mismo se depositaron pertenencias de personas desalojadas queingresaron al Programa de Atención a Familias Sin Techo de la entonces Secretaría deDesarrollo Social, señalando, en caso afirmativo si en el ano 2001 se depositaron allíbienes muebles pertenecientes a Julio César Flores; Que en respuesta, a fs. 219 el entonces Ministerio de Gobierno señalo a la UnidadAdministrativa de Control de Faltas de la Dirección General Administración deInfracciones, que no se registraban antecedentes y que por el articulo 6° del DecretoN° 2.116-GCBA-2003 se transfirió el patrimonio personal y presupuesto asignado aldepósito sito en Avenida Francisco Fernández de la Cruz N° 3371 dependiente de la exDirección General de Verificaciones y Control a esa Unidad de Organización; Que a fs- 22°. el Dr. Claudio Fernando López, Director Administrativo de la DirecciónGeneral de Administración de Infracciones comunicó a la Dirección General Técnica,Administrativa y Legal del otrora Ministerio de Gobierno, que el depósito sito enAvenida F.F. de la Cruz Nº 3371 dependía de la ex Dirección General deVeritficacionnes y Control de la entonces Subsecretaría y Control de la entoncesSubsecretaría de Regulación y Fiscalización, al momento de ser transferido a la UnidadAdministrativa de Control de Faltas, conforme a lo normado en el artículo 6o delDecreto N° 2.116-GCBA-03 v por lo tanto, no era posible informar si en el año 2001 sedepositaron allí bienes muebles de Julio César Flores, Que a fe- 221, el Ministerio de Gobierno informó a la instrucción lo expuesto a fs. 220por la Dirección General Administración de Infracciones y agregó que por ResoluciónN° 611-SGyCC-2003 se transfirió a todo el personal de la entonces Dirección Generalde Verificaciones y Control al Registro de Agentes en Disponibilidad (R.A.D.); Que a fs.229 se informó que ante la Fiscalía Nacional en lo Correccional Nº 1 tramitó laCausa Nº C-1-03444 caratulada “N.N. s/ hurto“, originada en la denuncia efectuada porJulio César Flores, la cual el 23/02/2005 fue remitida a la Dirección General deInvestigación con Autores Desconocidos de la Procuración General de la Nación, parasu archivo; Que mediante notas de fs. 233/234, la Instrucción solicitó a la entonces DirecciónGeneral de Recursos Humanos y a la Dirección General de Contaduría, que informarasi Cristina Anastasi revistaba en la planta permanente del Gobierno de la Ciudad deBuenos Aires o si prestaba servicio allí, en virtud de un contrato de locación deservicios u otra modalidad contractual; Que debe destacarse que la nombrada Cristina Anastasi, de acuerdo a las planillas de

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inventario de fs. 145/150 y 156, recibió en carácter de depósito, pertenencias dedistintas personas en el domicilio sito en la Avenida Constituyentes y Rooseveit,perteneciente a la entonces Secretaría de Promoción Social, si bien entre éstas no seencuentra Julio César Flores; Que asimismo, por Memorándum N° 2.108-SPS-2001 de fs. 151, el entoncesSecretario de Promoción Social, Dr. Justo Daniel Figueroa, dispuso que Anastasi,quien revestía en su planta de gabinete, prestara servicios en colaboración en eldepósito sito en la Avenida de los Constituyentes y la calle Rooseveit; Que a fs. 238, el Departamento Locaciones de Servicio y Obra de la Dirección Generalde Contaduría informó que Cristina Anastasi, no se encontraba vinculada a esarepartición mediante contrato de locación de servicios u obra; Que la Dirección Administración de Personal de la otrora Dirección General deRecursos Humanos informó a fs. 241 que la ex agente Cristina Anastasi de Garcíacesó automáticamente al 23/11/2001 por renuncia del Secretario de la ex Secretaría dePromoción Social, revistando hasta esa fecha como personal de plantea de gabinetede ese organismo; Que a fs. 243, la Instrucción dio por concluida la presente investigación administrativa; Que este sumario fue ordenado a fin de investigarse las irregularidades referidas en laResolución N° 6.042/03, recaída en la Actuación N° 11.994/01 de la Defensoría delPueblo de la Ciudad de Buenos Aires, consistentes en la supuesta desaparición deefectos personales de un depósito de la Avenida Francisco Fernández de la Cruz N°3.371 y en la falta de otorgamiento de recibo e inventario por dichas pertenencias; Que particularmente, la presente pesquisa se ocupó de la denuncia de Julio CésarFlores, quien expuso ante ¡a Defensoría que dejó la casi totalidad de sus pertenenciasen un depósito de la Secretaría de Desarrollo Social, en ocasión de ser desalojado delinmueble que habitaba e ingresar en el sistema de hoteles para familias en situación deemergencia habitacional (Programa de Atención a Familias Sin Techo); Que debe señalarse primeramente, que pese a ser citado mediante cédulas de fs. 60 yvta. y de fs. 128 y como surge de fs. 61 y 129 no se logro el comparendo de Flores, afin de que ratificara y en su caso ampliara su denuncia referente a la desaparición desus bienes, tal como expusiera ante la Defensoría (a fs. 68) y mediante denunciapolicial de fs. 70, con lo cual no pudo acreditarse la veracidad de sus dichos; Que por otra parte, surge de los informes de fs 115 y 229 que con motivo de ladenuncia policial de Flores tramitó ante la Fiscalía Nacional en lo Correccional N° 1, laCausa N° C-1-03444 caratulada “N.N. s/hurto“ que fue archivada por no haberseindividualizado al o a los autores del hecho; Que respecto al mentado depósito de la calle Fernández de la Cruz N° 3.371, a fs. 88,la Subsecretaría de Gestión Social y Comunitaria informo que no pertenecía a laentonces Secretaría de Desarrollo Social y que el único deposito dependiente de esaCoordinación General estaba ubicado en la Avenida Constituyentes esquina Rooseveit,Ciudad de Buenos Aires; Que en su nota de fs. 123, Irene Di Rímíni de García Jefa del Departamento Contablede la Subsecretaría de Coordinación del Plan Social Integral, aclaro que en el domiciliode la calle Fernández de la Cruz N° 3 371 se constato la existencia de la ex DirecciónGeneral de Verificaciones y Habilitaciones de la Subsecretaría de Seguridad,dependiente de la entonces Secretaría de Justicia v Segundad del Gobierno de laCiudad de Buenos Aires, en tanto que el mencionado depósito se encontraba ubicadoen la Avenida Escalada N° 4,501 galpón 727 lindante con la Avenida Cruz al 4.600; Que en su declaración informativa de fs. 204 y vta Raúl Osvaldo Kier también señalóque las personas que dejaban de habitar los hoteles contratados por la entoncesSecretaría de Desarrollo Social, dejaban sus pertenencias en el deposito de la AvenidaConstituyentes y Rooseveit, del cual fue encargado en 2002; Que Guillermo Luis Guerin, entonces Director General de Fortalecimiento Familiar y

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Sociocomunitario de la Subsecretaría de Gestión Comunitaria del Ministerio deDerechos Humanos ySociales, en su testimonio de fs 210 y vta. ratifico el Informe N°3518 - DGFF - 2.005 glosado a fs. 198/201 en cual también cito al depósito de AvenidaConstituyentes y Rooseveit y asimismo, negó constarle que en el año 2001 existiera enla órbita de la entonces Secretaría de Desarrollo Social, un depósito para pertenenciasde personas desalojadas en la Avenida Fernandez de la Cruz N° 3371 de la Ciudad deBuenos Aires, en tanto que sí preciso que existía uno al que ingresaba por AvenidaEscalada 4501 y aclaró que en realidad se trataba de la Avenida Cruz yno Fernándezde la Cruz, como constaba enel articulo 1o la Disposición N° 6-DGFF-2005 de fs.180/181; Que a fs. 220, el Dr. Claudio Fernando López, Director Administrativo de la DirecciónGeneral de Administración de Infracciones comunicó a la Dirección General Técnica,Administrativa y Legal del otrora Ministerio de Gobierno que el depósito sito en AvenidaF.F. de la Cruz N° 3.371 dependía de la ex Dirección General de Verificaciones yControl de la entonces Subsecretaría de' Regulación y Fiscalización de la ex*Secretaría de Gobierno y Control Comunal, cuyo personal fue trasladado al Registro deAgentes en Disponibilidad (RAD) (fs. 221), al momento de ser transferido a la UnidadAdministrativa de Control de Faltas, conforme a lo normado en el artículo 6º delDecreto N° 2.116-GCBA-03. Por lo tanto, no era posible informar si en el año 2001, sedepositaron allí bienes muebles de Julio César Flores; Que surge de lo investigado, que no ha podido acreditarse que Flores haya dejado suspertenencias en el depósito de Avenida Fernández de la Cruz N° 3.371, ni que se lehubiera dado el correspondiente recibo y además, se ha determinado que éstedependía de la ex Dirección General de Verificaciones y Control y no de la Secretaríade Desarrollo Social, en tanto que sí funcionaban otros dos depósitos de pertenenciaspara personas sin vivienda dependientes de dicha Secretaría, uno sito en AvenidaConstituyentes y Rooseveit y otro en Avenida Escalada 4501, lindante con AvenidaCruz al 4.600; Que por todo lo expuesto, deviene inoficioso proseguir con la presente investigación,en la que no se formuló reproche disciplinario a agente alguno de esta Administración, Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 134 de la Constitución de laCiudad de Buenos Aires, y la Ley N° 1.218 de la Ciudad de Buenos Aires,  

EL PROCURADOR GENERALDE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Articulo 1°.- Archivar el presente sumario, en el que no se indagó a agente alguno,ordenado a fin de investigar las irregularidades referidas en la Resolución N° 6.042/03,recaída en la Actuación N° 11.994/01 de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad deBuenos Aires, consistentes en: a) la supuesta desaparición de efectos personales deun depósito de la Avenida Francisco Fernández de la Cruz N° 3.371; b) la falta deotorgamiento de recibo e inventario por dichas pertenencias. Articulo 2°.- Remitir copia certificada de la presente a la Defensoría del Pueblo de laCiudad de Buenos Aires. Articulo 3°.- Regístrese, pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, lacual solicitará la correspondiente publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad deBuenos Aires. Artículo 4°.- Oportunamente, remitir a la Dirección General Mesa General de Entradas,Salidas y Archivo, para su archivo por el término de 5 años (Art 1o Decreto N°608-GCBA-08, Anexo 3, N° 2). Monner Sans  

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   RESOLUCIÓN N.º 393/PG/10 

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2010 VISTO:la copia Digitalizada del Expediente Nº 40.996/2004 y el Expediente Incorporado Nº20.623/2005, por el que se instruyó el Sumario Nº 470/05, al que se le incorporó elSumario Nº 406/05, y  CONSIDERANDO:  Que esta Procuración General ordenó, mediante Resolución Nº 290/PG/2005 (fs. 67),la instrucción del presente sumario administrativo a fin de deslindar eventualesresponsabilidades por el supuesto carácter apócrifo del certificado de habilitación delcomercio sito en la calle Maza 856/58 PB de esta Ciudad; Que la anomalía en cuestión fue puesta en evidencia debido al Informe suscripto por elotrora Director a cargo de la Dirección Administrativa, Técnica y Legal de la DirecciónGeneral de Habilitaciones y Permisos, datado el 8 de marzo de 2004, por medio delcual solicitó al Director General del organismo referenciado que se aseverase laautenticidad del Certificado de Habilitación del aludido establecimiento comercial (fs.20); Que a fs. 24, el agente Daniel Lafuente, en su informe de fecha 23 de marzo de 2004,ratificó la condición de apócrifo del referido instrumento; Que aclaró el aludido agente que la verificación referenciada abarcaba solamente elprocedimiento computarizado, de modo tal que no tuvo en consideración laautenticidad de las firmas, sellos u otros agregados a la documentación; Que a fs. 26, quedó evidenciado que el entonces Director General de la DirecciónGeneral de Habilitaciones y Permisos, Miguel Angel Figueroa, remitió el día 30 demarzo de 2004, las referidas actuaciones a la ex Unidad Polivalente de Inspecciones,con el objeto de que se procediese al retiro de la documentación habilitante original dellocal acapitado, relacionada con el Certificado presuntamente falso, para su estudio ensede administrativa. Agregó el aludido funcionario que correspondía dar intervención ala Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires; Que a través de la Disposición Nº 1437-UPI-2004, glosada a fs. 27, la entoncesCoordinadora General de la ex Unidad Polivalente de Inspecciones, Ana MaríaFernández, dispuso el retiro de la documentación habilitante relacionada con la Nota Nº111.028/95, que se exhibía en el local referenciado. La mentada orden fuedebidamente notificada el día 10 de mayo de 2004, la que fuese recibida por eladministrado Carlos Jacobo LEWIN, de acuerdo a la constancia agregada a fs. 28; Que la entonces unidad Polivalente de Inspecciones acompañó el correspondienteinforme de inspección suscripto por el agente Florencio Sánchez (fs. 29 y vta), en elque se indicó que si bien el titular del local comercial acapitado le exhibió el Libro deRegistro de Inspecciones a los inspectores actuantes, éste no permitió que fueseretirado del lugar. Manifestó que lo acercaría al referido organismo, motivo por el quese labró el Acta de Obstrucción al Procedimiento, Serie 2 N° 0733482; Que a fs. 32 y vta., obra la Providencia N° 6.022-UPI-2004, datada el 26 de mayo de2004, por medio de la cual Ana María Fernández remitió a la Dirección General deHabilitaciones y Permisos el Libro de Registro de Inspecciones original, que el día 13de mayo de 2004 le fuera entregado por personal de la Empresa LEWIN S.A.,perteneciente al local de la calle Maza 856/58 P.B; Que a fs. 34, el otrora Director General de la Dirección General de Habilitaciones y

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Permisos, Miguel Ángel Figueroa remitió las actuaciones a esta Procuración General, afin de que adoptase las medidas pertinentes; Que la entonces Dirección de Sumarios, conforme la constancia de fs. 36, manifestóque correspondía que el Área de Representación Penal evaluase la conveniencia deformular la pertinente denuncia; Que a fs. 66 y vta., se glosó un Informe producido por el Área de RepresentaciónPenal, datado el 16 de septiembre de 2005, en el que manifestó que previo a evaluar lainterposición de una denuncia por el delito de falsedad de instrumento público,correspondía la realización de diligencias en sede administrativa, a fin de establecer lascircunstancias de modo, tiempo y lugar en que podría haberse perpetrado el ilícito, asícomo la eventual participación de la maniobra de personal dependiente del Gobiernode la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que abierta que fuese la etapa instructoria del presente sumario administrativo, a fs. 73se le recibió declaración testimonial al Jefe del Departamento Administrativo y Registrode la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, Luis Alberto Rofrano, quienexpresó que no podía establecer la autenticidad del instrumento, toda vez que en elaño 1995 no se encontraba prestando servicios en la repartición; Que finalizó su narración señalando que el personal del Área de Sistemas, a cargo dela estructuración y confección del referido documento, era la que podía validar o no elaludido Certificado de Habilitación; Que a fs. 74 y vta., depuso en testimonial el Jefe a cargo del Área Informática de laDirección General de Habilitaciones y Permisos, Daniel Augusto Lafuente, quien afirmóque el Certificado de Habilitación obrante a fs. 13/14, era falso, en virtud de habersereemplazado la palabra “Expediente“ por “Actuación“; Que asimismo, destacó que el control de la autenticidad del instrumento estaba dadopor el resultado de un cálculo matemático de datos que figuraban en el propiodocumento, cuya ecuación era secreta. Explicó que se obtenía un guarismo de seisdígitos que figuraba al pie del mismo; Que puntualizó que el número “486567“, obrante en el documento, no coincidía con elque debía corresponderle. Expresó que ese dato era detonante a la hora de determinarla falsedad o no de un Certificado de Habilitación; Que luego de haber tenido a la vista el Certificado de Habilitación original, precisó queno existía en el sistema informático que se utilizaba en el organismo, la tipografíaempleada en la confección del documento. Ejemplificó ello, mediante el señalamientode la abreviatura de número con el símbolo de grado subrayado; la acentuación gráficade los vocablos “Disposición“, “Actuación“ y “Ubicación“; el uso de la letra “ñ“, que sesustituía por la “n“ y finalmente la abreviatura de metros cuadrados, colocada la grafía“m“ seguida del número “2“ y ubicada esta última anotación de modo exponencial, esdecir por encima de la referida letra; Que concluyó el dicente que el papel utilizado para la elaboración del instrumentoreferenciado, tenía todo el aspecto de ser real; Que a fs. 82, se pronunció en testimonial el Empleado Administrativo de la DirecciónGeneral Técnica, Administrativa y Legal de la entonces Secretaría de Seguridad,Ernesto Heriberto Henke, quien luego de haber examinado el original del Certificado deHabilitaqión, cuya fotocopia obra agregada a fs. 13/14, manifestó que la firmaestampada al pie de éste, no le pertenecía, como así tampoco el sello aclaratorio de surúbrica; Que agregó que para que el documento hubiese tenido validez debería haber estadofirmado por el Director del Área, ya que el dicente, como Jefe de División que era, notenía facultades para emitir un Certificado de Habilitación. Señaló que el precitadoinstrumento también adolecía de la falta del Número de la Disposición; Que reforzó su enfoque afirmando que todas las habilitaciones se dictaban en base aun Expediente y no de una Nota, tal como se mencionaba en el exordio del referido

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documento. Concluyó que de acuerdo a las características del papel del Certificado,éste era muy parecido al utilizado en ese estandarizado modelo de instrumentos; Que debido a las irregularidades investigadas en autos, se dio intervención alDepartamento Penal de esta Procuración General, en virtud de la Providencia N°78-DIYDI-2006, agregada a fs. 91, área que consideró procedente la formulación deuna denuncia penal, por haberse determinado la presencia de un delito de acciónpública; Que a fs. 5/6, se glosó la Resolución N° 188-PG-2006, por medio de la cual, elentonces Procurador General Adjunto de Asuntos Contenciosos autorizó a losprofesionales del Departamento Penal para que formulasen la correspondientedenuncia penal, trámite que recayó ante el Juzgado Nacional en lo Criminal deInstrucción N° 26, Secretaría N° 155, en relación a la Causa N° 48.114/06, caratulada:“Lewin, Carlos Jacobo y otro s/ Falsificación de Documento Público“; Que el referido Tribunal, de acuerdo a la constancia obrante a fs. 111, resolvió confecha 14 de diciembre de 2007 decretar la prescripción de la acción penal respecto deCarlos Jacobo Lewin, en orden al delito denunciado y posteriormente sobreseyó alimputado; Que a fs. 128/131 vta., se glosó la copia de la sentencia recaída en la Causa Penal N°48.114/2006, dictada por el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 26,Secretaría N° 155; Que oportunamente y en razón de existir conexidad objetiva con la presenteinvestigación, fue incorporado al Sumario Administrativo N° 470/05 otra actuaciónsumarial, identificada con el N° 406/05, instruida por medio del Expediente N°20.623/2005; Que en la precitada diligencia, el otrora Secretario de Seguridad, Diego Pablo Gorgal,dispuso, mediante Resolución N° 757/SSEGU/2005 (fs. 39/40 del ExpedienteIncorporado N° 20.623/2005), la instrucción de un sumario administrativo a fin deinvestigar y deslindar responsabilidades con motivo de los hechos denunciados por laDirección General de Habilitaciones y Permisos con motivo del esclarecimiento de loshechos referidos a la habilitación del local de la calle Maza 856/58 P.B., cuyadocumentación en tal sentido sería presuntamente apócrifa; Que a fs. 54 y vta. de la precitada actuación incorporada, se le recibió declaracióntestimonial al Técnico en Computación de la Dirección General de Habilitaciones yPermisos, Daniel Augusto Lafuente, quien se pronunció en similares términos a lomanifestado a fs. 74 y vta. del principal y destacó que del análisis del Certificado deHabilitación surgía claramente que era apócrifo, en el sentido que no había sido hechopor el sistema informático imperante en la destacada repartición; Que a fs. 67 y vta. del adunado Expediente, se pronunció en testimonial el EmpleadoAdministrativo de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la entoncesSecretaría de Seguridad, Ernesto Heriberto Henke, quien depuso en similares términosa lo expresado a fs. 82. del principal; Que agregó que la letra del sello aclaratorio de su rúbrica, insertado en el documento,era más pequeña a la que habitualmente se utilizaba y además en ese último figurabala sigla de la ex Subsecretaría de Certificación y Supervisión Metropolitana. Destacóque si bien la firma tenía algunos rasgos de similitud con la suya propia, eranotoriamente falsa; Que añadió que en el Certificado exhibido no obraba la firma del Director General o delDirector del Área, lo cual robustecía aún más el carácter apócrifo del aludidoinstrumento. Subrayó que en los casos en los que el dicente suscribía la referidadocumentación, lo efectuaba en el margen izquierdo de éste. Concluyó que el precitadofuncionario lo firmaba en el derecho; Que pasando al análisis de los elementos de prueba, ha quedado definitivamenteacreditado que el Certificado de Habilitación, cuya fotocopia obra agregada a fs. 3/4 del

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Expediente Incorporado N° 20.623/2005, correspondiente al local comercial ubicado enla calle Maza 856/58 P.B., es falso; Que en efecto, el entonces Director General de la Dirección General de Habilitacionesy Permisos, Miguel Ángel Figueroa, remitió las actuaciones a la ex Unidad Polivalentede Inspecciones con el objeto de que se procediese al retiro de la documentaciónhabilitante original del local referenciado, por encontrarla presuntamente anómala (fs.26); Que mediante la Disposición N° 1437-UPI-2004, la Coordinadora General de la otroraUnidad Polivalente de Inspecciones, Ana María Fernández, dispuso el retiro de laaludida documentación, la que fuera debidamente notificada el 10 de mayo de 2004 yrecibida por el administrado Carlos Jacobo Lewin (fs. 27/28); Que de acuerdo al Informe de Inspección de fecha 10 de mayo de 2004, el agenteSánchez se constituyó en el local de marras con el objeto de dar cumplimiento a loestablecido en la Disposición N° 1437-UPI-2004, sin embargo su titular, si bien leexhibió el Libro de Registro de Inspecciones, no permitió que la referida documentaciónfuese retirada del lugar, motivo por el que se labró el Acta correspondiente deObstrucción al Procedimiento Inspectivo (fs. 29 y vta.); Que a fs. 32 y vta., se agregó en copia fiel la Providencia N° 6.022- UPI-2004, pormedio de la cual la ex funcionaría Fernández remitió a la Dirección General deHabilitaciones y Permisos el Libro de Registro de Inspecciones original, instrumentoque le fuera entregado por personal de la Empresa Lewin S.A., el día 13 de mayo de2004; Que asimismo son elocuentes las irregularidades encontradas, según lo manifestadopor Daniel Augusto Lafuente, en su testimonial de fs. 74 y vta., con respecto a lafalsedad documental, por cuanto no sólo fue sustituida la palabra Expediente por la deActuación, sino también por el guarismo que figuraba al pie del propio documento, cuyaecuación era secreta y respondía a un cálculo matemático de datos que figuraban en elinstrumento; Que destacó el aludido agente la utilización de una tipografía distinta a la que larepartición utilizaba normalmente para ese tipo de trámite, tales como el uso de la letra“n“ en reemplazo de la “ñ“ y la abreviatura de metros cuadrados, la que no se condecíacon la empleada por el organismo, siendo datos que reflejaban el carácter de falso delCertificado de Habilitación cuestionado; Que asimismo, de la declaración testimonial de Ernesto Heriberto Henke (fs. 82 y vta.),surge que se trataba de un documento falso, ya que luego de haber examinado elCertificado de Habilitación, cuya fotocopia obra agregada a fs. 13/14, señaló que noobraba la firma del Director General o del Director del Área, lo cual robustecía aún másel carácter falso de éste. Agregó que en los casos en los que el declarante suscribía lareferida documentación, lo efectuaba en el margen izquierdo, no en el derecho, talcomo lucía en el documento bajo análisis; Que de la sentencia recaída en la Causa Penal N° 48.114/2006, dictada por el JuzgadoNacional en lo Criminal de Instrucción N° 26, Secretaría N° 155, dimana que si bien elCertificado en cuestión resulta apócrifo, lo cierto es que el accionar de los imputadosno encuadraría en el delito de uso de documento o certificado falso o adulterado,previsto en el artículo 296 del Código Penal, ya que la presentación del original ante ladependencia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se lleva a cabo apartir de lo ordenado por dicha entidad y no con el fin de lograr un beneficio, por lo queel juzgador dispuso declarar la prescripción de la acción penal y el sobreseimiento deCarlos Jacobo Lewin; Que ahora bien, ninguna constancia de autos induce a sospechar que la falsificación sehaya efectuado dentro del ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de BuenosAires, o por su personal. Ello es así, según el testimonio de Daniel Augusto Lafuente, afs. 54 y vta. del Expediente Incorporado N° 20.623/2005, quien afirmó que el referido

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instrumento no había sido hecho por el sistema informático existente en la DirecciónGeneral de Habilitaciones y Permisos, organismo encargado de otorgar esa clase deejemplares; Que de manera tal, no existe razón para la atribución de responsabilidad en el ámbitoadministrativo, máxime cuando advertida que fuese la irregularidad, el Director Generalde la Dirección General de Habilitaciones y Permisos ordenó el retiro de ladocumentación habilitante original del local de la calle Maza 856/58 P.B., relacionadacon el Certificado presuntamente falso, para su estudio en sede administrativa y le dioinmediata intervención a la ex Unidad Polivalente de Inspecciones, cuya otroraCoordinadora dispuso el cumplimiento de la referida orden, a través de la DisposiciónN° 1437-UPI-2004. Posteriormente fueron elevados los actuados a esta ProcuraciónGeneral para que evaluara la conveniencia de iniciar las acciones sumarialespertinentes; Que surge fundamental referir que a pesar de todo ello, el presunto firmante del falsoinstrumento, Ernesto Heriberto Henke expresó en su testimonio de fs. 82, que no erasu firma ni el sello aclaratorio de su rúbrica, hecho que reforzó en mayor medida elcarácter falso del referido Certificado de Habilitación; Que por tal razón, la continuación de este trámite, como la profundización en el análisisde los hechos con intuito de determinar la probable responsabilidad administrativa,resulta carente de todo interés debido a que no se advierte que agente algunoperteneciente a la Administración haya tenido intervención en el suceso acontecido; Que por todo ello es que resulta pertinente la conclusión de la pesquisa y el archivo delas presentes actuaciones; Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 134 de la Constitución de laCiudad de Buenos Aires, y la Ley N° 1.218 de la Ciudad de Buenos Aires,  

EL PROCURADOR GENERALDE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1°.- Archivar el Sumario N° 470/05, en el que no se indagó a agente alguno dela Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, instruido a finde deslindar eventuales responsabilidades por el supuesto carácter apócrifo delcertificado de habilitación del comercio sito en la calle Maza 856/58 PB de esta Ciudad.

Artículo 2°.- Archivar el Sumario N° 406/05, instruido a fin de investigar y deslindarresponsabilidades con motivo de los hechos denunciados por la Dirección General deHabilitaciones y Permisos con motivo del esclarecimiento de los hechos referidos a lahabilitación del local de la calle Maza 856/58 P.B., cuya documentación en tal sentidosería presuntamente apócrifa. Artículo 3°.- Previamente, remítase a la Agencia Gubernamental de Control, copiacertificada del presente acto administrativo, en virtud de encontrarse la DirecciónGeneral de Habilitaciones y Permisos dentro de la esfera de su competencia. Artículo 4°.- Regístrese, pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, lacual solicitará la correspondiente publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad deBuenos Aires. Artículo 5°.- Oportunamente, remítase a la Dirección General Mesa General deEntradas, Salidas y Archivo, para su archivo por el término de cinco (5) años (artículo1°, Decreto N° 608-GCBA-08, Anexo 3, N° 2). Monner Sans    

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Comunicados y Avisos

Ministerio de Salud   MINISTERIO DE SALUD  HOSPITAL DE REHABILITACIÓN MANUEL ROCCA Inscripción de Aspirantes - Nota Nº 74HRR/12  Docentes para Interinatos y Suplencias para 2012  El Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comunicaque se realizará la inscripción de docentes aspirantes al ejercicio de la docencia enEducación Especial que obtuvieron su título después del 31/8/11 en los siguientescargos: Maestro de Atípicos Ciegos, Motores, Múltiples y Ciegos; Maestro Celador;Maestro de Grado-Alfabetización y Maestro de Materias Complementarias: EducaciónPlástica, Educación Física, Actividades Prácticas y Música. Fecha: 1 al 31 de marzo de 2012.Lugar: Junta de Clasificación Docente, Hospital de Rehabilitación “Manuel Rocca“, Av.Segurola 1949, 1º piso, Capital Federal, Tel.: 4630-4727. Horario: lunes a viernes de 11 a 13 hs.  

José AddimandaDirector

 CA 91Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 24-2-2012

Ministerio de Ambiente y Espacio Público   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL DE ESPACIOS VERDES  UNIDAD AMBIENTAL DE GESTIÓN PARQUE AVELLANEDA  Convocatoria a Plenario Ordinario Se convoca a Plenario Abierto y Público de la Mesa de Trabajo y Consenso del ParqueAvellaneda, a realizarse el 18 de febrero de 2012, en el horario de 17 a 20 hs., en laCasona de los Olivera, sita en Directorio y Lacarra.  

Luis Brian LehmannDirector General

 CA 93Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

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Agencia Gubernamental de Control   AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS  Búsqueda de Actuación - Registro Nº 1080-CGPC9/04 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintasSecretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informaral Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización yControl de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registramovimiento el original del Registro Nº 1080­CGPC9/04. 

Mario BoscoboinikDirector General

 CA 92Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 24-2-2012

   AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS  Búsqueda de Actuación - Expediente Nº 55.799/06 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintasSecretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informaral Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización yControl de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registramovimiento el original del Expediente Nº 55.79906. 

Mario BoscoboinikDirector General

 CA 80Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 24-2-2012

   AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS  Búsqueda de Actuación - Expediente Nº 8399/02 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintasSecretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informaral Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización yControl de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra

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movimiento el original del Expediente Nº 8399/02. 

Mario BoscoboinikDirector General

 CA 81Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 24-2-2012

   AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS  Búsqueda de Actuación - Expediente Nº 1.209.070/11 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintasSecretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informaral Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización yControl de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registramovimiento el original del Expediente Nº 1.209.070/11. 

Mario BoscoboinikDirector General

 CA 82Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 24-2-2012

   AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS  Búsqueda de Actuación - Expediente Nº 1.562.648/11 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintasSecretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informaral Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización yControl de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registramovimiento el original del Expediente Nº 1.562.648/11. 

Mario BoscoboinikDirector General

 CA 83Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 24-2-2012

   AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS  Búsqueda de Actuación - Registro Nº 1.556.036-DGFYCO/09

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 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintasSecretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informaral Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización yControl de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registramovimiento el original del Registro Nº 1.556.036­DGFYCO/09. 

Mario BoscoboinikDirector General

 CA 84Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 24-2-2012

   AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS  Búsqueda de Actuación - Registro Nº 13.457-DGFOC/07 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintasSecretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informaral Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización yControl de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registramovimiento el original del Registro Nº 13.457­DGFOC/07. 

Mario BoscoboinikDirector General

 CA 85Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 24-2-2012

   AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS  Búsqueda de Actuación - Registro Nº 7355-CGP7/05 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintasSecretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informaral Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización yControl de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registramovimiento el original del Registro Nº 7355­CGP7/05. 

Mario BoscoboinikDirector General

 CA 86Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 24-2-2012

   

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AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS  Búsqueda de Actuación - Expediente Nº 33.669/08 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintasSecretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informaral Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización yControl de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registramovimiento el original del Expediente Nº 33.669/08. 

Mario BoscoboinikDirector General

 CA 87Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 24-2-2012

   AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS  Búsqueda de Actuación - Registro Nº 2484-DGFOC/05 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintasSecretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informaral Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización yControl de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registramovimiento el original del Registro Nº 2484­DGFOC/05. 

Mario BoscoboinikDirector General

 CA 88Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 24-2-2012

   AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS  Búsqueda de Actuación - Expediente Nº 79.927/07 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintasSecretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informaral Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización yControl de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registramovimiento el original del Expediente Nº 79.927/07. 

Mario BoscoboinikDirector General

CA 89Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 24-2-2012

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°91

 

   AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS  Búsqueda de Actuación - Registro Nº 7495-DGFYCO/08 Se solicita a los señores Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de las distintasSecretarías, Ministerios y reparticiones del Departamento Ejecutivo, se sirvan informaral Departamento Técnico Administrativo de la Dirección General de Fiscalización yControl de Obras si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registramovimiento el original del Registro Nº 7495­DGFYCO/08. 

Mario BoscoboinikDirector General

 CA 90Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 24-2-2012

Licitaciones

Jefatura de Gabinete de Ministros  JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA Obra: “Apertura y recuperación de la calle Vespucio Y Su Entorno Entre LasCalles Cnel. Salvadores y Quinquela Martín Del barrio de La Boca” - LicitaciónPública N° 184/12 Llámase a Licitación Pública N° 184/2012, cuya apertura se realizará el día 06/03/12, alas 12.30 hs., para la realización de la Obra: “Apertura y recuperación de la calleVespucio Y Su Entorno Entre Las Calles Cnel. Salvadores y Quinquela Martín Delbarrio de La Boca”. Expediente N° 197363/2012Autorizante: Resolución Nº 007/SECGCYAC/12.Repartición destinataria: Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana.Valor del pliego: -Adquisición y consultas de pliegos: en la Secretaría de Gestión Comunal y AtenciónCiudadana, sita en Av. de mayo 591 Piso 1º, área obras, de lunes a viernes en elhorario de 10.00 a 17.00 hs., hasta 5 días antes de la apertura.Lugar de apertura: en la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, sitaen Av. de mayo 591 Piso 1º. 

Eduardo MacchiavelliSecretario de Gestión Comunal y Atención Ciudadana

OL 287Inicia: 6-2-2012                                                                                 Vence: 2-3-2012

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°92

  

Ministerio de Justicia y Seguridad  MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA POLICÍAMETROPOLITANA Adquisición de Credenciales de Identificación para la Policía Metropolitana -Expediente 237.228/2012 Llámase a Licitación Pública Nº 236/2012 cuya apertura se realizará el día 5 de marzode 2012, a las 13 hs.Autorizante: Resolución Nº 25/SSAPM/2012Repartición destinataria: Policía MetropolitanaAdquisición y consultas de pliegos: en la Dirección General Administrativa y Legalde la Policía Metropolitana, sita en Av. Regimiento de Patricios 1142, 1º piso, de lunesa viernes en el horario de 10 a 16 horas. El Pliego es sin valorLugar de apertura: Dirección General Administrativa y Legal de la PolicíaMetropolitana, Av. Regimiento de Patricios 1142, 1º piso. 

Mariana OstigliaDirectora General

 OL 400Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 16-2-2012

 

 

  MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA POLICÍAMETROPOLITANA Adquisición de Pistolas Beretta Modelo PX4 Storm con destino a la PolicíaMetropolitana - Expediente 203.018/2012 Llámase a Contratación Directa (Ley 2095. Art. 28 apartado 4) Nº 2010/2012 cuyaapertura se realizará el día 1º de marzo de 2012, a las 13 hs.Autorizante: Resolución Nº 27/SSAPM/2012Repartición destinataria: Policía MetropolitanaAdquisición y consultas de pliegos: en la Dirección General Administrativa y Legalde la Policía Metropolitana, sita en Av. Regimiento de Patricios 1142, 1º piso, de lunesa viernes en el horario de 10 a 16 horas.El Pliego es sin valorLugar de apertura: Dirección General Administrativa y Legal de la PolicíaMetropolitana, Av. Regimiento de Patricios 1142, 1º piso

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°93

 Mariana OstigliaDirectora General

 OL 401Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

 

 

Ministerio de Salud  Aclaración:Por un error involuntario de la Dirección General Administrativa Contable se publico elllamado a Licitación Pública Nº 2590/11 en los números 3854 y 3855 del Boletín Oficialhabiendo omitido la fecha de apertura de la misma, por este otivo a continuación sepublica el aviso completo para una mejor comprensión del mismo: MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE –GOCYC- Obra: “Reparación Carpinterías en el Pabellón Central del Hospital de SaludMental “José T. Borda” - Expediente Nº: 1.569.537/2011 Llámase a Licitación Pública Nº 2590/SIGAF/2011 - Ley Nacional de Obras Públicas Nº13.064 y Decreto Nº 1.254/08, para contratar la siguiente obra: “ReparaciónCarpinterías en el Pabellón Central del Hospital de Salud Mental “José T. Borda”, sitoen la calle Ramón Carrillo 375 – C.A.B.A., con la provisión de mano de obra, materialesy equipos especializados”, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de ObrasPúblicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08Autorizante: Disposición N° 21/DGRFISS/2012Sistema de Contratación: Ajuste alzado.Presupuesto Oficial: $ 1.570.299.-Plazo de Ejecución: Doscientos Cuarenta (240) días corridos.Fecha de Apertura: 28 de marzo de 2012, a las 11hs Visita Lugar de Obra: Los días 5 Y 6 de Marzo de 2012 a las 11:00 horas, en elHospital de Salud Mental José T. Borda, sito en la calle Ramón Carrillo 375 de laC.A.B.A. - Lugar de Encuentro: Dirección del Hospital.-Consultas Técnicas: Deberán presentarse por escrito en el Ministerio de Salud –Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – C. Pellegrini Nº 313 Piso 4º C.A.B.A.,de lunes a viernes de 9 a 17 hs., hasta el día 16 de Marzo de 2012.Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones- Carlos Pellegrini 313 4º piso, C.A.B.A de lunes a viernes de 9 a 17 hs. o en la Páginade Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: www.buenosaires.gob.ar  – Hacienda – Compras y Contrataciones – Licitaciones yCompras – Consulta de Compras y Contrataciones.SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PAGINA DE INTERNET DEL GCABA DEBERÀ SERCONSULTADA PERIODICAMENTE A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISIONDE CIRCULARES.Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Carlos Pellegrini313, 4º piso, C.A.B.A.Repartición Destinataria: Hospital de Salud Mental José T. Borda, sito en la calle

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°94

Ramón Carrillo 375 de la C.A.B.A.-Valor del Pliego: Sin valor comercial. 

Mónica González BiondoGerente Operativa

  OL 383Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 5-3-2012

  MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “JOSÉ M. RAMOS MEJÍA” Adquisición de Reactivos Quimioluminiscencia Directa - Licitación Privada Nº19/2012 Llámase a Licitación Privada Nº 19/12 cuya apertura se realizará en este organismo eldía 21/12/2011 a las 10 horas para la Adquisición de Reactivos QuimioluminiscenciaDirecta con Isoluminol (Lab.Endocrinología).Rubro: SaludDescripción: Reactivos Quimioluminiscencia Directa con Isoluminol (Lab.Endocrinología)Valor del pliego: $ 0,00.Nota: Consultas de pliegos en Gral. Urquiza 609, 1º piso, Oficina de Compras yContrataciones, de lunes a viernes en el horario de 10 a 12.30 hs. hasta 24 horas antesde la apertura. 

Carlos MercauDirector (I)

 OL 407Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

 

  MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. DALMACIO VELEZ SARSFIELD” Adquisición de inmunohematología para hemoterapia - Expediente N°2.341.052/2011 Llámase a Licitación Pública Nº 195/12, cuya apertura se realizará el día 17/2/12, a las11 hs., para la adquisición de inmunohematología para hemoterapia.Valor del pliego: $ 0,00.Adquisición y consultas de pliegos: en Oficina de Compras, Calderón de la Barca1550, de lunes a viernes en el horario de 9 a 12 hs., hasta un día antes de la apertura.Lugar de apertura: en Oficina de Compras, Calderón de la Barca 1550. 

Rodolfo BlancatDirector

 

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°95

Daniel FilippoGerente Operativo de la Gerencia Operativa Gestión Administrativa,

Económica y Financiera OL 410Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 16-2-2012

 

 

  MINISTERIO DE SALUD  HOSPITAL NEUROPSIQUIATRICO “DR. BRAULIO MOYANO”  Autoanalizadores Servicio Anual - Expediente Nº 236546-HNBM/12  Llámese a Licitacion Pública Nº 200-SIGAF/12  “ Autoanalizadores Servicio Anual“. Fecha de apertura: 24/02/2012, a las 10 hs. Retiro o adquisición de pliegos: de lunes a viernes de 8 a 13 hs. hasta 24 hs. antesde la fecha de apertura. Consulta de pliegos: de lunes a viernes de 8 a 12. hs. Presentación de ofertas: de lunes a viernes de 8 a 13 hs. Cierre de ofertas: 24/02/2012 10 hs (fecha de apertura). Oficina de Compras y Contrataciones, Hospital Braulio Moyano. Dirección: Brandsen 2750 1º piso. Ciudad Autónoma de Buenos Aires.  

Alberto Monchablon EspinozaDirector

 Luisa Gavechesky

Gerente Operativo de Gestion,Administrativa, Economica Y Financiera

  OL 389Inicia: 15-2-2012                                                                               Vence: 16-02-2012

  MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. TEODORO ALVAREZ” Adquisición de Insumos para Unidad Hemoterapia - Expediente N° 2097113/11 Llámase a Licitación Pública Nº 213/12, cuya apertura se realizará el día 28/2/2012, alas 10 hs., para la adquisición de Insumos para Unidad Hemoterapia.Autorizante: Disp. 24/HGATA/12.Repartición destinataria: Unidad Hemoterapia.Valor del pliego: $ 0.-Adquisición y consultas de pliegos: en Div. Compras, Aranguren 2701, Pabellón “A”,de lunes a viernes en el horario de 8 a 12 hs.Lugar de apertura: en Div. Compras. 

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°96

Diana GalimbertiDirectora

 Viviana Bobovnik

Gerente Operativa Gestión Adm. Econom. y Financiera OL 408Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

 

 

  MINISTERIO DE SALUD  HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE  Contratación de Determinaciones para Hemogramas,con un ContadorHematologico Automático, en carácter de Prestamo Gratuito - Expediente Nº243899/-HGNPE/12 Llámase a la Licitación Pública Nº 225/12, cuya apertura se realizará el día 01/03/2012a las 10:00 hs, para la contratación de Determinación para Hemogramas Repartición Destinataria: Servicio de Hemato-Oncologia Valor del pliego: $ 0 Adquisición y consultas de pliegos: en Oficina de Compras, Avda Montes de Oca 40Cap. Fed Hall Central de lunes a viernes de 8:30 a 12:00, hasta 24 hs antes de laapertura Lugar de Apertura: en Oficina de Compras Avda Montes de Oca 40 Cap Fed HallCentral  

Norberto R.GarroteDirector Médico (I)

 Marcelo Fakih

Gerente Operarativo de Gestion Administrativa Economica y Financiera  OL 393Inicia: 15-2-2012                                                                               Vence: 16-2-2012 

  MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. TEODORO ALVAREZ” Adquisición de Instrumental, Equipos y Suministros Médicos y Quirúrgicos-Expediente N° 2217667/11 Llámase a Licitación Pública Nº 228/12, cuya apertura se realizará el día 28/02/2012, alas 11 hs., para la adquisición de Instrumental, Equipos y Suministros Médicos yQuirúrgicos.Autorizante: Disp. 21/HGATA/12.Repartición destinataria: Div. Traumatologia – p/ Pte. Romero Carla

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°97

Valor del pliego: $ 0.Adquisición y consultas de pliegos: en Div. Compras, Aranguren 2701, Pabellón “A”,de lunes a viernes en el horario de 8 a 12 hs.Lugar de apertura: en Div. Compras. 

Diana GalimbertiDirectora

 Viviana Bobovnik

Gerente Operativa Gestión Adm. Económ. y Financiera OL 409Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

 

 

  MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. DALMACIO VELEZ SARSFIELD” Adquisición de equipo de aire acondicionado - Expediente N° 138.729/2012 Llámase a Licitación Pública Nº 229/12, cuya apertura se realizará el día 17/02/12, alas 12 hs., para la adquisición de equipo de aire acondicionadoValor del pliego: $ 0,00.Adquisición y consultas de pliegos: en Oficina de Compras, Calderón de la Barca1550, de lunes a viernes en el horario de 9 a 12 hs., hasta un día antes de la apertura.Lugar de apertura: en Oficina de Compras, Calderón de la Barca 1550.

 Rodolfo Blancat

Director 

Daniel FilippoGerente Operativo de la Gerencia Operativa Gestión Administrativa,

Económica y Financiera OL 411Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 16-2-2012

 

  MINISTERIO DE SALUD DIRECCION GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE (GOCyC)  Preadjudicación - Expediente Nº 955.911/2010  Licitación Pública Nº 1108/2011 Acta de Asesoramiento Nº 2/2012 de fecha 3 de Febrero de 2012. Clase: Etapa única Rubro Comercial: Contratación de Obras en General, Carpintería, Herrería, Pintura,Servicio de Profesionales de la Construcción.

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°98

Objeto de la Contratación: “Reestructuración de espacio destinado a la atención depacientes crónicos pediátricos, en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, sito en lacalle Echeverria N° 955, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.- Orden de Mérito: 1° MIG S.A., de conformidad a lo aconsejado en el Acta deAsesoramiento N° 2/2012 efectuada por la Comisión de Análisis Técnico, Evaluaciónde Ofertas y Preadjudicaciones. Firma Preadjudicataria: MIG S.A. Dirección: Av. Cabildo 2230 Piso 10 – C.A.B.A Reng: 1 – Cant.: 1 – P. Unit.: $4.823.348,75 – Total: $ 4.823.348,75.- Total preadjudicado: Son pesos cuatro millones ochocientos veintitrés mil trescientoscuarenta y ocho con setenta y cinco centavos. ($4.823.348,75) Fundamento de la preadjudicación: Por ajustarse a Pliego y ser la oferta másconveniente. No se consideran: Las ofertas presentadas por las firmas KIR S.R.L., PLANOBRAS.A. y TERMAIR S.A. por no cumplir con los requisitos de los pliegos que rigen laLicitación, según la mencionada Acta de Asesoramiento.  

Monica Gonzalez BiondoGerente Operativa

  OL 380Inicia: 14-2-2012                                                                               Vence: 16-2-2012

  MINISTERIO DE SALUD  HOSPITAL NEUROPSIQUIÁTRICO “DR. BRAULIO A. MOYANO”  Preadjudicación – Expediente N ° 2385517/11  Dictamen de Evaluación de Ofertas N ° 001/12 Licitación Publica N º 6/12, pasa a ser Lic. Publica Nº 218/12 Rubro: Servicio de Reparación de Ascensores y Mantenimiento Firma preadjudicada: Proserv S.A: Renglón: 1- cantidad: 12 Meses- precio unitario: $ 25.400,00 – precio total: $304.800,00 Total pesos Trescientos Cuatro Mil Ochocientos.- ($ 304.800,00) Encuadre legal: art. 109, Ley N ° 2.095; Decreto N° 754/08. Observaciones: Se Preadjudica según Informe Técnico del Ingeniero Pablo E. Lavia(DGRFISS) MS. El cual se adjumta Fundamento de la Preadjudicación: Se Preadjudica acorde al Informe TécnicoAdjunto. Javier Ivalo-Redondo Sandra-Dr. Jaime Rostica Según art. 109- Ley 2095/06-Decreto 754/08 Vencimiento Validez de la Oferta: 24/03/12. Lugar de Exhibición del acta: Departamento de Compras, Brandsen 2570, plazo deExhibición 3 dias, a partir del 15/02/2012. Cartelera 1º piso Departamento de Comprasy Contrataciones  

Alberto Monchablon EspinozaDirector

 

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°99

Luisa GavecheskyGerente Operativo de Gestión

Administrativa, Económica y Financiera  OL 390Inicia: 15-2-2012                                                                               Vence: 16-2-2012

 

  MINISTERIO DE SALUD  HOSPITAL NEUROPSIQUIÁTRICO “DR. BRAULIO A. MOYANO”  Preadjudicación – Expediente N ° 2202866/11  Dictamen de Evaluación de Ofertas N ° 151/12 Contratación Directa por Urgencia N ° 9662/11 Rubro: Una Prótesis para Rodilla Firma preadjudicada: Swiss Protech S.A Renglón: 1 - cantidad: 1 Unidad- precio unitario: $ 55.793,10– precio total: $ 55.793,10 Total Pesos cincuenta y cinco mil setecientos noventa y tres con diez centavos.- ($55.793,10) Encuadre legal: art. 109, Ley N ° 2.095; Decreto N° 754/08. Fundamento de la Preadjudicación: Se Preadjudica según Informe Técnico.- y Anexodel Informe Tecnico- Leonel Kat- Redondo Sandra – Javier Ivalo Según art. 109 - Ley2095/06- Decreto 754/08 Vencimiento Validez de la Oferta: 01/03/12. Lugar de Exhibición del acta: Departamento de Compras, Brandsen 2570, plazo deExhibicion 3 dias, a partir del 16/12/2012. Cartelera 1º piso Departamento de Comprasy Contrataciones  

Alberto Monchablon EspinozaDirector

 Luisa Gavechesky

Gerente Operativo de GestiónAdministrativa, Económica y Financiera

  OL 388Inicia: 15-2-2012                                                                               Vence: 16-2-2012

Ministerio de Educación  MINISTERIO DE EDUCACION GERENCIA OPERATIVA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Contratación del servicio de mantenimiento de impresoras, solicitado por elDepartamento de Informática Educativa del Ministerio de Educación - Expediente

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°100

2115959/2011 Llámase a Licitación Pública N° 3169/2011 cuya apertura se realizará el día 29 defebrero de 2012 a las 11 horas, para la contratación del servicio de mantenimiento deimpresoras, solicitado por el Departamento de Informática Educativa del Ministerio deEducación.Valor del pliego: Sin valor comercial.Adquisición y consulta de pliegos: en la Unidad Operativa de Adquisiciones delMinisterio de Educación, sito en Avenida Paseo Colon 255, 2º piso frente, CapitalFederal, en el horario de 10 a 17 hs.Lugar de apertura: en la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio deEducación, sito en Avenida Paseo Colon 255, 2º piso frente, Capital Federal. 

Graciela M. TestaGerente Operativa de Compras y Contrataciones

 OL 402Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 16-2-2012

 

  MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de tendido de la instalación eléctrica y red de datos para los armariosde conexión y carga para computadoras notebooks y netbooks - LicitaciónPrivada Nº 01/12 Objeto del llamado: Trabajos de tendido de la instalación eléctrica y red de datos paralos armarios de conexión y carga para computadoras notebooks y netbooks en elEdificio de la Escuela Técnica N° 21 del Distrito Escolar 10° sita en Nuñez 3638, de laCiudad Autónoma de Buenos Aires.Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones PaseoColón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de10 a 17 hs.Valor del pliego: GratuitoPresupuesto oficial: $ 141.861,26 (pesos ciento cuarenta y un mil ochocientossesenta y uno con veintiséis centavos).Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de LicitacionesPaseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires.Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para laapertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegoslicitatorios. 29 de febrero de 2012 a las 13 hs.Fecha/hora de visita a obra: 17 de febrero de 2012 a las 9 hs.Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2ºpiso frente, de la Ciudad de Buenos Aires.Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta.Plazo de ejecución de las obras: 30 días corridos, computados a partir de la fechadel Acta de Inicio. 

Marcelo LopreteDirector General

OL 404Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 16-2-2012

 

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°101

 

  MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de tendido de la instalación eléctrica y red de datos para los armariosde conexión y carga para computadoras notebooks y netbooks - Expediente N°254.976/12 Licitación Privada Nº 3/12.Objeto del llamado: Trabajos de tendido de la instalación eléctrica y red de datos paralos armarios de conexión y carga para computadoras notebooks y netbooks en eledificio de la Escuela Técnica N° 29 del Distrito Escolar 6° sita en la Av. Boedo 760, dela Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones PaseoColón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de10 a 17 hs.Valor del pliego: GratuitoPresupuesto oficial: $ 118.914,64 (pesos ciento dieciocho mil novecientos catorcecon sesenta y cuatro centavos)Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de LicitacionesPaseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires.Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para laapertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegoslicitatorios. 29 de febrero de 2012 a las 15 hs.Fecha/hora de visita a obra: 17 de febrero de 2012 a las 15 hs.Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2ºpiso frente, de la Ciudad de Buenos Aires.Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta.Plazo de ejecución de las obras: 30 días corridos, computados a partir de la fechadel Acta de Inicio. 

Marcelo A. LopreteDirector General

OL 403Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 16-2-2012

 

 

  MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de tendido de la instalación eléctrica y red de datos para los armariosde conexión y carga para computadoras notebooks y netbooks - Expediente N°255.039/12

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°102

 Licitación Privada Nº 2/12Objeto del llamado: Trabajos de tendido de la instalación eléctrica y red de datos paralos armarios de conexión y carga para computadoras notebooks y netbooks en elEdificio de la Escuela Técnica N° 3 del Distrito Escolar 9° sita en la Av. Cabildo 40, dela Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones PaseoColón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de10 a 17 hs.Valor del pliego: GratuitoPresupuesto oficial: $ 147.441,18 (pesos ciento cuarenta y siete mil cuatrocientoscuarenta y uno con dieciocho centavos).Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de LicitacionesPaseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires.Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para laapertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegoslicitatorios. 29 de febrero de 2012 a las 11 hs.Fecha/hora de visita a obra: 17 de febrero de 2012 a las 12 hs.Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2ºpiso frente, de la Ciudad de Buenos Aires.Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta.Plazo de ejecución de las obras: 30 días corridos, computados a partir de la fechadel Acta de Inicio. 

Marcelo LopreteDirector General

OL 405Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 16-2-2012

 

Ministerio de Desarrollo Urbano  MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra “Construcción de los Edificios del Nuevo Distrito Gubernamental” -Expediente N° 30.722/2012 Llámese a Licitación Pública N° 237/2012. Obra “Construcción de los Edificios delNuevo Distrito Gubernamental”.Valor del pliego: Gratuito.Consulta y descarga de pliegos: En el sitio web del G.C.B.A.:http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev.phpPresentación de ofertas y fecha de apertura: Hasta las 12.30 hs. del día 16 de abrilde 2012 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros delMinisterio de Desarrollo Urbano. 

Fernando CodinoDirector General

 OL 406Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 12-3-2012

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  MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra: “Oasis Magaldi - Unamuno“ - Expediente N° 2.242.037/2011 Llámese a Licitación Pública N° 166/2012. Obra “Oasis Magaldi - Unamuno“.Valor del pliego: gratuito.Consulta y descarga de pliegos: En el sitio web del G.C.B.A.:Presentación de ofertas y fecha de apertura: Hasta las 13 hs. del día 3 de abril de2012 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros delMinisterio de Desarrollo Urbano. 

Fernando CodinoDirector General

  OL 307Inicia: 7-2-2012                                                                                 Vence: 1º-3-2012

 

  MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO  DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL  Obra “Plaza Elisa Brown” - Expediente N° 33.670/2012  Llámese a Licitación Pública N° 163/2012. Obra “Plaza Elisa Brown” Valor del Pliego: Gratuito. Consulta y Descarga de Pliegos: En el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev.phpPresentación de Ofertas y Fecha de Apertura:  Hasta las 13:00 hs. del día 14 demarzo de 2.012 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministrosdel Ministerio de Desarrollo Urbano. 

Fernando CodinoDirector General

  OL 375Inicia: 14-2-2012                                                                               Vence: 1-3-2012

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°104

Ministerio de Ambiente y Espacio Público  MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra “Puesta en Valor de las Capillas ­ Cementerio de la Chacarita“ ­ DirecciónGeneral de Cementerios (GDCEM)“- Expediente N° 53.7218/11 Llámase a Licitación Pública N° 188/2012 para el día 23 de marzo de 2012, a las 12horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064, para larealización de la Obra “Puesta en Valor de las Capillas ­ Cementerio de la Chacarita“ ­Dirección General de Cementerios (GDCEM)“. Presupuesto oficial: pesos un millón ciento noventa y ocho mil quinientos sesenta con31/100 ($ 1.198.560,31). Plazo de ejecución: 6 (seis) meses corridos. Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y condiciones pueden serobtenidos en forma gratuita y consultados, en el Área Compras y Contrataciones de laDirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio deAmbiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5° piso de laCiudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 15 hs. Lugar y fecha de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán hasta el 23 demarzo de 2012 a las 12 hs., momento en que se realizará la apertura de las ofertas, enel Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa yLegal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte.Roque Sáenz Peña 570, 5° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.  

Lisandro GrecoDirector General

OL 359Inicia: 13-2-2012                                                                               Vence: 29-2-2012

 

  MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL  Obra “Nivelación de Tapas de Servicios Públicos y Sellado de Juntas o Fisuras”-Expediente N° 1.753.942/11  Llámase a Licitación Pública N° 191/2012 para el día 12 de marzo de 2012, a las 12horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064, para lacontratación de la Obra “Nivelación de Tapas de Servicios Públicos y Sellado de Juntaso Fisuras”. Presupuesto oficial: pesos cinco millones novecientos cincuenta y un milcuatrocientos ($ 5.951.400.-). Plazo de ejecución: 90 (noventa) días corridos. Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y condiciones pueden serobtenidos en forma gratuita y consultados, en el Área Compras y Contrataciones de laDirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio deAmbiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5° piso de laCiudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 15 hs.

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°105

Lugar y fechas de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán hasta el 12de marzo de 2012 a las 12 hs., momento en que se realizará la apertura de las ofertas,en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa yLegal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte.Roque Sáenz Peña 570, 5° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.  

Lisandro GrecoDirector General

  OL 396Inicia: 15-2-2012                                                                               Vence: 28/2/2012

Banco Ciudad De Buenos Aires  BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Preadjudicación - Carpeta de Compras Nº 19.982 Se comunica a los Señores oferentes, la Preadjudicación de la Licitación Pública-Carpeta de Compras Nº 19.982 que tramita la “Contratación del Servicio de exámenesmédicos para el personal que realiza tareas de riesgo por el plazo de 12 (doce)meses”, de acuerdo al siguiente detalle: A la firma MEDICAR S.A. con domicilio en Hipólito Yrigoyen 2702 (CP1090), CiudadAutónoma de Buenos Aires, la “Contratación del Servicio de exámenes médicos para elpersonal que realiza tareas de riesgo por el plazo de 12 (doce) meses”, en la sumatotal de $ 242.496 más I.V.A. (Son Pesos Doscientos cuarenta y dos mil cuatrocientosnoventa y seis mas I.V.A.).Consultas: El detalle podrán consultarlo en la cartelera de la Gerencia de Compras,sita en Sarmiento 611, 7° Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10a 15 horas. 

Jessica MaioloJefe de Equipo Contrataciones Diversas

  BC 44Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 16-2-2012 

  BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Preadjudicación - Carpeta de Compras Nº 20.045 Se comunica a los Señores oferentes, la Preadjudicación del Concurso por Público-Carpeta de Compras Nº 20.045- que tramita el “Diseño e Impresión de los EstadosContables de la Institución del ej. Nro. 135 más copas en CD”, de acuerdo al siguientedetalle: 

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°106

 A la firma Talleres Trama S.A. con domicilio en Garro 3160 (1243), Ciudad Autónomade Buenos Aires, el “Diseño e Impresión de los Estados Contables de la Institución delej. Nro. 135 más copas en CD”, en la suma total de $ 80.385 más I.V.A. (Son Pesosochenta mil trescientos ochenta y cinco con 00/100 más I.V.A.). Consultas: Gerencia de Compras, sita en Sarmiento 611, 7° Piso, Ciudad Autónoma deBuenos Aires, en el horario de 10 a 15 horas. 

Jessica MaioloJefe de Equipo Contrataciones Diversas

 BC 45Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 16-2-2012  

Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública yServicios

  MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN NACIONAL DE ARQUITECTURA Museo del Grabado - Plaza Exterior y Obras Complementarias - BibliotecaNacional” Ciudad Autónoma de Buenos Aires Licitación Pública NacionalObjeto: El presente pliego tiene por objeto el llamado a Licitación pública Nacionalpara la presentación del proyecto Ejecutivo y la Construcción de la obra: “Museo delGrabado - Plaza Exterior y Obras Complementarias - Biblioteca Nacional”.Lugar de ejecución: Manzana comprendida entre la calle Agüero, Avenida GeneralLas Heras, Austria y Avenida Del Libertador - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Presupuesto oficial: Para la obra de referencia a licitar, se ha previsto un Presupuestooficial - Precio tope de pesos siete millones setecientos setenta y tres mil doscientossesenta y cuatro con sesenta y ocho centavos ($ 7.773.264,68)Plazo de obra: 6 meses.Venta de pliego de bases y condiciones: Desde el día 24 de febrero de 10 a 14horas en: Hipólito Yrigoyen 250, piso 11, Oficina 1141, Coordinación de Compras yContrataciones. Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Valor del pliego: pesos siete mil ($ 7.000,00).Garantía de oferta: pesos setenta y siete mil setecientos treinta y dos con sesenta ycinco centavos ($ 77.732,65).Presentación de ofertas: 27 de marzo de 2012 de 11 a 13.30 horas en: Balcarce 186,piso 1º, oficina 142, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Apertura de licitación: 27 de marzo de 2012 a las 14 horas en: Balcarce 186, piso 1º.oficina 142, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Consultas de pliego: Dirección Nacional de Arquitectura - Esmeralda 255, piso 3º,

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oficina 301, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

Abel FatalaSubsecretario de Obras Públicas

 OL 259Inicia: 2-2-2012                                                                                 Vence: 24-2-2012 

 

Edictos Particulares

  Transferencia de Habilitación Calleja, María Teresa, DNI Nº 5.410.907, con domicilio en Allende 3088, P.B. CABA,anuncia que transfiere la Habilitación Municipal del local sito en Allende 3349, P.B.,CABA, Expediente Nº 3811/94, rubro Garage Comercial, con una capacidad máximade 26 cocheras incluyendo 1 para ciclomotores, con una superficie de 738.27 m2 a Calleja, María del Pilar, L.C. Nº 6.219.118, con domicilio en Estomba 650, CABA.Reclamos de ley en Allende 3349, P.B., CABA. 

Solicitantes: Calleja, María TeresaCalleja, María del Pilar

  EP 42Inicia: 13-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

 

  Transferencia de Habilitación TSIL S.A. con domicilio en Malabia 1720 de la CABA, transfiere la habilitación del localubicado en la calle Malabia 1720/34, planta baja, entrepiso, con superficie habilitada de50.68m2, que funciona como Comercio minorista de helados sin elaboración porExpediente Nº 1336779/2009, a Goyaike S.A.A.C.I.y F. con domicilio en Malabia 1720de la C.A.B.A . Domicilio Legal y Reclamos, Malabia 1720 de la C.A.B.A 

Solicitantes: TSIL S.A.Goyaike S.A.A.C.I.y F.

. EP 43Inicia: 14-2-2012                                                                               Vence: 22-2-2012

 

  Transferencia de Habilitación Emprendimientos Inmobiliarios Arenales S.A. con domicilio en la calle Macacha

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°108

Güemes 307, 1er.SS, Capital Federal, transfiere la habilitación municipal para el rubro:Playa de Estacionamiento (Capacidad 460 Cocheras), habilitado por Expediente Nº67129/2000, mediante Decreto N° 2516/1998, de fecha 7/11/2000, para el Inmueble,ubicado en la calle Macacha Güemes (Pto) 307 y Av. Juana Manso 795, P.1. S y P.2.S, Capital Federal, con una superficie de 16.200 m2 y una solicitud de ampliación deSuperficie (sin modificación de Rubro) en 3838 m2.otorgada a nombre de los mismos,mediante Expte. de habilitación N° 77413/2007, Disposición N° 8460/DGHP/2007, defecha 21/11/2007, para el inmueble ubicado en la calle Macacha Gümes (Pto) 307 yAv. Juana Manso 795/851, piso 1º, Capital Federal, siendo la Superficie total de 20.038m2, con una (capacidad de 587 módulos) a Madero Este Parking S.A. con domicilioen la calle Macacha Güemes 307, Capital Federal. Reclamos de ley en el mismo local. Solicitantes: Emprendimientos Inmobiliarios Arenales S.A. (Apoderadas María Dora

Poceiro - Liliana Silvia FrecinoMadero Este Parking S.A. (Apoderada/o María Dora Poceiro - Osvaldo Luis Boymorto

  EP 44Inicia: 14-2-2012                                                                               Vence: 22-2-2012

 

 

  Transferencia de Habilitación Komatorre S.A. dom. en Moreno 550,CABA, transfiere la habilitación Municipal rubroPlaya de estacionamiento con capacidad para ciento veintinueve (129)cocherasincluida dos (2) para ciclomotores, Expediente Nº 40995/95 ubicado en la calle Moreno550/72, P.B., CABA con una sup. de 2919,52 m2 a Sanepur S.A. con dom. en la calleMoreno 572 CABA. Observaciones: Habilitación anterior conferida por Expediente Nº51306/1979. Reclamos de Ley en el mismo local.

 Solicitante: Elida Torres Cristaldo

  EP 45Inicia: 15-2-2012                                                                               Vence: 23-2-2012

 

Edictos Oficiales

Ministerio de Justicia y Seguridad   MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE INFRACCIONES Citación

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°109

 El Director General de la Dirección General de Administración de Infracciones cita yemplaza a toda persona que se considere con derecho respecto de los vehículos quese consignan en el Anexo que forma parte del presente Edicto, a concurrir a estaDirección General ubicada en Carlos Pellegrini 211, 1º piso, C.A.B.A., dentro deltérmino dispuesto en la presente notificación a efectos de regularizar su situación enrelación al vehículo cuya titularidad sostenga; caso contrario, en el lapso de 72 hs.contadas a partir del vencimiento del plazo, se procederá a la compactación ydisposición final del mismo.La presente notificación se tendrá por cumplida a los (5) cinco días computados desdeel siguiente de la última publicación (art. 62, Dto. 1510/GCBA/97).  

ANEXO  

Marcelo D´AlessandroDirector General

 EO 110Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 22-2-2012

Ministerio de Ambiente y Espacio Público   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expediente Nº 1.541.625/11  Intímase a Kohen Ángel y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito en Av. Nazca544/42, a realizar la reparación de acera, construcción de cerca reglamentaria,desratización, desmalezamiento e higienización, del mismo, dentro de los diez (10)días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido porArt.11 de la Ordenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todopropietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubiertoestá obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene,salubridad y estética“, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución delos trabajos mencionados por Administración y a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 92Inicia: 10-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expediente N° 17.151/04

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 Intímase a Ritimsa S.A. y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito en Chivilcoy1951/79/85, a realizar la reparación de acera, construcción de cerca reglamentaria,desratización, desmalezamiento e higienización, del mismo, dentro de los diez (10)días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido porArt.11 de la Ordenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todopropietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubiertoestá obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene,salubridad y estética“, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución delos trabajos mencionados por Administración y a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 78Inicia: 10-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expediente Nº 56.390/08 Intímase a Benseñor Moises y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito en Lugones3121, a realizar la desratización, desmalezamiento e higienización, del mismo, dentrode los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado ental sentido por Art.11 de la Ordenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD 470.2 la queestablece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total oparcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y enbuenas condiciones de higiene, salubridad y estética“, bajo apercibimiento deaplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administracióny a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 94Inicia: 13-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Registro Nº 1.144.215-CGPC11/10 Intímase a Mietta María Silvina y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito en AdolfoP. Carranza 3025, a realizar la construcción de acera reglamentaria, desratización,desmalezamiento e higienización, del mismo, dentro de los diez (10) días de publicadoel presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por Art.11 de laOrdenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario

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de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado amantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad yestética“, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajosmencionados por Administración y a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 107Inicia: 15-2-2012                                                                               Vence: 23-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Registro Nº 1.359.665-DGINSP/10  Intímase a Novero Ana Ángela y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito enAristóbulo del Valle 626, a realizar la, reparación de acera, construccion de cercareglamentaria, desratización, desmalezamiento e higienización, del mismo, dentro delos diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en talsentido por Art.11 de la Ordenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD 470.2 la que estableceque: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmentedescubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condicionesde higiene, salubridad y estética“, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y laejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 81Inicia: 10-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Registro Nº 1.537.699-DGINSP/10 Intímase a Estévez Graciano y Otra y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito enMarcelo T. de Alvear 2017/21, a realizar la reparación de acera, construcción de cercareglamentaria, desratización, desmalezamiento e higienización, del mismo, dentro delos diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en talsentido por Art.11 de la Ordenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD 470.2 la que estableceque: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmentedescubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condicionesde higiene, salubridad y estética“, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y laejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa. 

Carlos DíazDirector General 

EO 82Inicia: 10-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

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   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expediente Nº 1.702.810/11  Intímase a Agro Bolívar S.A. y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito en Av.Independencia 525, a realizar la reparación de acera, desratización, desmalezamientoe higienización, del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto,en el marco de lo preceptuado en tal sentido por Art.11 de la Ordenanza N°33.581,B.M.N°15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total oparcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlodebidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética“, bajoapercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionadospor Administración y a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 106Inicia: 15-2-2012                                                                               Vence: 23-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expediente Nº 54.243/11  Intímase a Centro de Diagnóstico Dr. Luis Moreau S.A. y/o Sr. Propietario titular delinmueble sito en Yerbal 1420/32, Parcelas 2 y 3, a realizar la, desratización, ehigienización, del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto,en el marco de lo preceptuado en tal sentido por Art.11 de la Ordenanza N°33.581,B.M.N°15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total oparcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlodebidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética“, bajoapercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionadospor Administración y a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 83Inicia: 10-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°113

 DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expediente Nº 169.635/11  Intímase a Giannaula Antonio Salvador y/o Sr. Propietario titular del inmueble sitoen Terrero 2653, a realizar la desratización e higienización, del mismo, dentro de losdiez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en talsentido por Art.11 de la Ordenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD 470.2 la que estableceque: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmentedescubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condicionesde higiene, salubridad y estética“, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y laejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 84Inicia: 10-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expediente Nº 679.761/11  Intímase a Barberis M. y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito en Montiel 3137, arealizar la desratización, desmalezamiento e higienización, del mismo, dentro de losdiez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en talsentido por Art.11 de la Ordenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD 470.2 la que estableceque: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmentedescubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condicionesde higiene, salubridad y estética“, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y laejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 95Inicia: 13-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expediente Nº 714.365/11  Intímase a González Abel Ricardo y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito enCrisólogo Larralde 3990, Esq. Estomba 3595, a realizar la, reparación de acera,desratización, e higienización, del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°114

presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por Art.11 de laOrdenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietariode terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado amantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad yestética“, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajosmencionados por Administración y a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 85Inicia: 10-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expediente Nº 889.349/11  Intímase a Miguel Pulice y Otra y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito en Av.Juan B. Alberdi 4340/42, a realizar la desratización e higienización, del mismo, dentrode los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado ental sentido por Art.11 de la Ordenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD 470.2 la queestablece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total oparcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y enbuenas condiciones de higiene, salubridad y estética“, bajo apercibimiento deaplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administracióny a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 86Inicia: 10-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expediente Nº 956.483/11  Intímase a Aladro Bernardo Ángel y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito enCalfucura 2786, a realizar la, desratización, e higienización, del mismo, dentro de losdiez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en talsentido por Art.11 de la Ordenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD 470.2 la que estableceque: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmentedescubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condicionesde higiene, salubridad y estética“, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y laejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa. 

Carlos Díaz

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°115

Director General EO 87Inicia: 10-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expediente Nº 967.716/11 Intímase a Inversora Rural S.A. y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito enCrisólogo Larralde 2636, a realizar la construcción de cerca reglamentaria,desratización e higienización, del mismo, dentro de los diez (10) días de publicadoel presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por Art.11 de laOrdenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietariode terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado amantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad yestética“, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajosmencionados por Administración y a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 96Inicia: 13-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expediente Nº 1.274.509/11  Intímase a Cataldo y Piana y Otros y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito enEspinosa 560, a realizar la reparación de acera, construcción de cerca reglamentaria,desratización, desmalezamiento e higienización, del mismo, dentro de los diez (10)días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido porArt.11 de la Ordenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todopropietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubiertoestá obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene,salubridad y estética“, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución delos trabajos mencionados por Administración y a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 88Inicia: 10-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°116

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expte. Nº 1.276.997/11 Intímase a Álvarez Rodrigo Manuel y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito en Av.Salvador María del Carril 3118/20, a realizar la reparación de acera, construcción decerca reglamentaria, desratización, desmalezamiento e higienización, del mismo,dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lopreceptuado en tal sentido por Art.11 de la Ordenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío ototal o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y enbuenas condiciones de higiene, salubridad y estética“, bajo apercibimiento deaplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administracióny a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 97Inicia: 13-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expediente Nº 1.327.939/11 Intímase a Targovnikow y Charach Elena y/o Sr. Propietario titular del inmueble sitoen Juan Ramírez de Velazco 1144/46, a realizar la, desratización, desmalezamiento ehigienización, del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto,en el marco de lo preceptuado en tal sentido por Art.11 de la Ordenanza N°33.581,B.M.N°15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total oparcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlodebidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética“, bajoapercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionadospor Administración y a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 89Inicia: 10-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expediente Nº 1.467.566/11

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°117

 Intímase a Elisabet Diana Meijoras y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito enCamarones 2876, a realizar la, desratización, e higienización, del mismo, dentro de losdiez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en talsentido por Art.11 de la Ordenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD 470.2 la que estableceque: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmentedescubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condicionesde higiene, salubridad y estética“, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y laejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 90Inicia: 10-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expediente Nº 1.540.184/11  Intímase a Serra Rico S.A. y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito enCochabamba 820/22, a realizar la desratización, desmalezamiento e higienización, delmismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lopreceptuado en tal sentido por Art.11 de la Ordenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío ototal o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y enbuenas condiciones de higiene, salubridad y estética“, bajo apercibimiento deaplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administracióny a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 91Inicia: 10-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expediente Nº 1.762.141/11  Intímase a Álvarez Gutiérrez Benigno y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito enAgustin de Vedia 2296, a realizar la reparación de acera, desratización,desmalezamiento e higienización, del mismo, dentro de los diez (10) días de publicadoel presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por Art.11 de laOrdenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietariode terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°118

mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad yestética“, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajosmencionados por Administración y a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 98Inicia: 13-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expediente Nº 1.924.473/11  Intímase a Talellis Oscar Eugenio y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito enQuintino Bocayuba 905/07, Esq. Estados Unidos 4010, a realizar la construcción decerca reglamentaria, desratización, desmalezamiento e higienización, del mismo,dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lopreceptuado en tal sentido por Art.11 de la Ordenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío ototal o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y enbuenas condiciones de higiene, salubridad y estética“, bajo apercibimiento deaplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administracióny a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 93Inicia: 10-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Expediente Nº 2.327.411/11  Intímase a Chou Shu Chuan y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito en Av.Warnes 535/45, a realizar la construcción de cerca reglamentaria, desratización,desmalezamiento e higienización, del mismo, dentro de los diez (10) días de publicadoel presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por Art.11 de laOrdenanza N°33.581, B.M.N°15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietariode terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado amantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad yestética“, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajosmencionados por Administración y a su costa. 

Carlos DíazDirector General 

EO 99Inicia: 13-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°119

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Carpeta N° 969.247-DGINSP/10 Intímase a Consorcio de Propietarios y/o Sr. Propietario titular del inmueble sito enUspallata 1720, Esq. Pedriel 285, a realizar la desratización, desmalezamiento ehigienización, del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto,en el marco de lo preceptuado en tal sentido por Art.11 de la Ordenanza N°33.581,B.M.N°15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total oparcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlodebidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética“, bajoapercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionadospor Administración y a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 79Inicia: 10-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN  Intimación - Carpeta Nº 1.342.403-CGPC1/10  Intímase a Asociación Mutual del Personal y/o Sr. Propietario titular del inmueblesito en Av. Juan de Garay 1493/99, Esq. Presidente Luis Saenz Peña 1594, a realizarla, construccion de cerca reglamentaria, desratización, desmalezamiento ehigienización, del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto,en el marco de lo preceptuado en tal sentido por Art.11 de la Ordenanza N°33.581,B.M.N°15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total oparcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlodebidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética“, bajoapercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionadospor Administración y a su costa. 

Carlos DíazDirector General

 EO 80Inicia: 10-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

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   ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación RESOLUCIÓN Nº 2964-DGR/11 

Buenos Aires, 13 de diciembre de 2011 VISTO:La Carpeta N° 106.585-DGR-2009 relacionados en el cumplimiento de las obligacionesimpositivas de CAMARA JAVIER ALBERTO, con domicilio fiscal en la calle AV.CASEROS 751 PISO 1° DPTO. D (COMUNA Nº 1), de esta ciudad, inscripto de oficioen el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el N° 1243478-07 (fs. 172/173) y CUITN° 20-07712022-0 cuya actividad principal sujeta a tributo consiste en “VENTA AL PORMENOR DE ARTÍCULOS POR INTERNET“, de la que resulta: Que esta Administración en ejercicio de las facultades de fiscalización de impuestosque le conceden los sucesivos ordenamientos fiscales de aplicación en el ámbito delGobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dispuso la realización de una inspección en eldomicilio del contribuyente con el objeto de controlar el correcto cumplimiento de susobligaciones tributarias, como resultado de la cual se establecieron ajustes por elImpuesto Sobre los Ingresos Brutos, con relación a los períodos fiscales 2007 (6° a 12ºant. mens.); 2008 (1º a 12º ant. mens.); 2009 (1º a 12º ant. mens.); 2010 (1º a 12º ant.mens.) y 2011 ( 1º a 3º ant, mens.), de los que se corrió traslado mediante las planillasoriginales de diferencias de verificación de fs. 178/180 y cuyas copias obran a fs.181/186 solicitando la conformidad del contribuyente, según actas de fs. 175/176; sinque el mismo prestara su conformidad, tal como surge del acta de fs. 177. Que conforme se expresa en los informes de inspección, sus observaciones yposteriores convalidaciones jerárquicas (fs 551/557) cuya vista se confiere por mediode la presente, como así también la de todos los antecedentes que fundan y sustentanel referido ajuste- pudo determinarse que las causas que fundamentan el mismo tienensu origen en: Omisión total en la declaración de ingresos y en la declaración y pago del impuestoresultante con relación a los periodos fiscales 2007 (6° a 12º ant. mens.); 2008 (1º a12º ant. mens.); 2009 (1º a 12º ant. mens.); 2010 (1º a 12º ant. mens.) y 2011 ( 1º a 3ºant, mens.).- Que en primer lugar, se procedió a intimar al contribuyente de referencia a lainscripción en el impuesto sobre los Ingresos Brutos y ante el incumplimiento de laintimación se procedió a efectuar la inscripción de oficio (fs. 172/173). Que asimismo, es pertinente dejar de manifiesto que atento que la localización delcontribuyente de marras ha resultado infructuosa tal como se acredita con las distintasActas, las diferencia de verificación fueron establecidas en autos por la inspeccióninterviniente teniendo en cuenta la siguiente documentación: listado con detalle deoperaciones realizadas y comisiones generadas por el usuario en Mercado Libre S.A.Que la inspección interviniente procedió a determinar los ingresos imponibles para losanticipos 2007 (6° a 12º ant. mens.); 2008 (1º a 12º ant. mens.); 2009 (1º a 12º ant.mens.) y 2010 (1º a 5º ant. mens.), tomando como base la información suministradapor la firma Mercado Libre S.A, computando solamente las operaciones/transaccionesregistradas como confirmadas y positivas (no computándose las calificacionesneutrales), pesificando al tipo de cambio vigente a la fecha de cierre de mes de

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concertación de las operación los importes facturados en dólares (ver hojas de trabajofs. 58/159 y 160/165). Que respecto a los anticipos mensuales 6º a 12º 2010 y 1º a 3º 2011, teniendo encuenta que la inspección actuante no contaba con documentación respaldatoria para ladeterminación de la base imponible, la misma procedió a aplicar coeficientesprogresivos/regresivos tomando como base el último ingreso ajustado para el mes demayo de 2010, extraído de la información suministrada por la firma Mercado Libre S.A. Que esta inspección consideró que el contribuyente debía tributar a la alícuota generaldel 3% por la actividad “Venta al por menor de artículos por Internet a través deMercado Libre“ conforme al art. 56 de la Ley Tarifaria 2011. Que por lo expuesto, la presente se realiza sobre base presunta y con carácter parcial.  CONSIDERANDO:  Que en este estado, y dadas las irregularidades establecidas en el cumplimiento de lasobligaciones impositivas a cargo del responsable, y atento a su falta de conformidadpara con las respectivas liquidaciones, corresponde iniciar el procedimiento dedeterminación de oficio sobre base presunta y con carácter parcial de su materiaimponible, tal como lo prescriben los artículos 126, 127, 128, 145, 146, 147, 148, 150,151, 152, 155, 156 y 157 del Código Fiscal T.O. 2011 y disposiciones concordantes deaños motivo de ajuste. Que por otra parte, los hechos descriptos constituyen omisiones en el cumplimiento delas obligaciones tributarias que configuran presuntivamente infracciones a los deberesfiscales de orden material contempladas en el artículo 90 -omisión- del Código FiscalT.O. 2011 y disposiciones concordantes de años anteriores. Que atento a que la localización del contribuyente ha resultado infructuosa, tal domiciliodebe reputarse como incorrecto, a lo que el Código Fiscal T.O. 2011 en su Art. 21dispone: “...Los contribuyentes que no cumplen con la obligación de denunciar su domicilio fiscalo cuando el denunciado es incorrecto o inexistente, son pasibles de que, de oficio, seles tenga por constituidos sus domicilios en la sede de esta Dirección General...“. Que por ello, y de acuerdo con lo previsto en la norma citada, de no formalizar elcontribuyente la comunicación del correcto domicilio fiscal dentro del ámbito de laCiudad de Buenos Aires, el mismo quedará constituido en la sede de esta DirecciónGeneral, sirviendo esta mención de suficiente constancia en autos, y las resolucionesposteriores a la presente se han de considerar válidamente notificadas el día martes oviernes ­o el siguiente día hábil si alguno es feriado- inmediato a la fecha desuscripción del acto resolutivo. Que por otra parte, y a efectos de ponderar en el tiempo procesal oportuno, la eventualsituación infraccional del contribuyente en el Registro de Reincidencia de FaltasFiscales, conforme lo pautado en los artículos 94, 95 del Código Fiscal T.O. 2011, ydisposiciones concordantes de años anteriores, se lo intima para que dentro deltérmino de quince (15) días de notificada la presente, denuncie si ha interpuesto contraeste Fisco Local demanda impugnativa contra acto administrativo sancionatorio dictadoen su contra con anterioridad, debiendo en caso afirmativo, aportar número deexpediente, juzgado y secretaría donde se encuentra su radicación, y todos aquellosdatos que entienda relevantes y conducentes a la acreditación de tal extremo, bajoapercibimiento de resolver acorde las constancias obrantes en estos actuados. Que asimismo corresponde intimar a CAMARA JAVIER ALBERTO para que dentro deltérmino de quince (15) días de notificada esta Resolución, acredite en la presenteactuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal,especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio dedomicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en

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cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se lo intima a que toda otramodificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada enesta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa,todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuarcon el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos,asumiendo el contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de lasconsecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costasjudiciales. Por ello, dadas las prescripciones legales invocadas y la Resolución Nº 11-AGIP-2009;  

LA DIRECCION GENERAL DE RENTASRESUELVE

 Articulo 1º: Iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base presunta ycon carácter parcial de la materia imponible y de las obligaciones fiscales consiguientesen relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, al contribuyente CAMARA JAVIERALBERTO, con domicilio fiscal en la calle AV. CASEROS 751 1°D (COMUNA Nº 1), deesta ciudad, inscripto de oficio en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el N°1243478-07 (fs. 172/173) y CUIT N° 20-07712022-0 cuya actividad principal sujeta atributo consiste en “VENTA AL POR MENOR DE ARTÍCULOS POR INTERNET“ conrespecto a los períodos fiscales 2007 (6° a 12º ant. mens.); 2008 (1º a 12º ant. mens.);2009 (1º a 12º ant. mens.); 2010 (1º a 12º ant. mens.) y 2011 ( 1º a 3º ant, mens.), Artículo 2º: Instruir sumario al contribuyente mencionado, por la comisión presunta delas infracciones sancionadas en las normas fiscales referidas en los “Considerandos“de la presente. Artículo 3º: Conferir vista de estas actuaciones al contribuyente, para que en el términode los quince (15) días, contados a partir del primer día hábil siguiente al de lanotificación de esta Resolución, exprese por escrito su descargo, ofrezca y produzcalas pruebas que hagan a su derecho; debiendo el presentante acreditar la personeríajurídica invocada de no estarlo en la actuación, bajo apercibimiento de su rechazo inlimine. Artículo 4º: Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parteintegrante de la presente Resolución. Artículo 5º: Intimar al contribuyente; para que dentro del término de quince (15) días denotificada esta Resolución, declare si ha interpuesto demanda impugnativa contra unacto administrativo sancionatorio dictado por esta Administración Tributaria conanterioridad, aportando en caso afirmativo, los elementos conducentes a su fehacienteacreditación, y a los fines de realizar un correcto encuadre de su situación infractora,conforme lo pautado por los artículos 94 y 95 del Código Fiscal T.O. 2011.ydisposiciones concordantes de años anteriores; todo ello bajo apercibimiento deresolver las presentes conforme las constancias de autos. Artículo 6º: Hacer saber al contribuyente que de no formalizar la comunicación delcorrecto domicilio fiscal dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, el mismoquedará constituido en la sede de esta Dirección General. En función de ello, lasresoluciones posteriores a la presente se han de considerar válidamente notificadas eldía martes o viernes ­o el siguiente día hábil si alguno es feriado- inmediato a la fechade suscripción del acto resolutivo. Artículo 7º: Intimar a CAMARA JAVIER ALBERTO, para que dentro del término dequince (15) días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación todamodificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos,acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o endefinitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo deldictado de la presente. Asimismo se lo intima a que toda otra modificación de su

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empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hastaque se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajoapercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite delos actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo elcontribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosasque le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 8º: Regístrese; notifíquese al contribuyente por medio de la publicación deedictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el domicilio fiscal;conforme lo dispuesto en el art. 28 del Código Fiscal Texto Ordenado 2011 con copiade la presente, y resérvese.   

ANEXO  

Demian TujsnaiderDirector General Adjunto

 EO 103Inicia: 16-2-2012                                                                               Vence: 22-2-2012

   ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación RESOLUCIÓN Nº 3.050-DGR/11  

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2011 VISTO:El Expediente N° 1.512.723-MGEyA-2010 e incorprada, relacionada con elcumplimiento de las obligaciones impositivas de Woo Seung Rak, con domicilio fiscalen la calle Doblas 129, piso 3, departamento B, Comuna Nº 6 (fs. 69 y 70 del Exp. N°1.512.723-MGEyA-2010), de esta Ciudad, inscripto en el Impuesto sobre los IngresosBrutos bajo el Nº 1161728-04 - (CUIT Nº 20-92873066-3), cuya actividad declaradasujeta a tributo consiste en Confección de prendas de vestir n.c.p., de las que resulta: Que esta Dirección General de Rentas en ejercicio de las facultades de fiscalización deimpuestos que le conceden los sucesivos ordenamientos fiscales de aplicación en elámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dispuso la realización de unainspección en el domicilio del contribuyente con el objeto de controlar el correctocumplimiento de sus obligaciones tributarias, como resultado de la cual seestablecieron ajustes a favor del Fisco local, por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos,con relación a los períodos fiscales 2005 (12° anticipo mensual), 2006 (1° a 12°anticipos mensuales), 2007 (1° a 12º anticipos mensuales), 2008 (1° a 12° anticiposmensuales) y 2009 (1° a 10° anticipos mensuales). Que, la inspección actuante confeccionó planillas de diferencias de verificaciónoriginales de fs. 35/38 y sus respectivas copias de fs. 39/46, conteniendo lasliquidaciones respectivas, con respecto a los períodos observados, detalladosanteriormente, y acta requiriendo conformidad (fs. 34), todas ellas del Exp. N°1.512.723-MGEyA-2010.

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Que, se deja constancia que la contribuyente no compareció a conformar lasdiferencias, motivo por el cual se las tiene como no conformadas, tal como surge delActa obrante a fs. 47 del Expte. N° 1.512.723-MGEyA-2010. Que conforme se expresa en los informes de inspección, sus observaciones y susposteriores convalidaciones jerárquicas (ver fs. 132/138 de la Ca. N°166.226-DGR-2009, 14, 15 y 63/68 del Exp. N° 1.512.723-MGEyA-2010) ­ cuya vistase confiere por medio de la presente como así también la de todos los antecedentesque fundan y sustentan el referido ajuste­ la causa que fundamenta el mismo tiene suorigen en: a. Omisión en el pago del impuesto correspondiente, en virtud de la incorrectaaplicación de alícuota (art. 56 inc. 2 de la Ley Tarifaria para el año 2009 y concordantescon los años motivo de ajuste) por considerarse incorrectamente exento, en relación alos anticipos mensuales 2°, 5° y 7° a 12° de 2006, 2° a 12° de 2007, 1° y 4° a 12° de2008 y 1° de 2009. b. Omisión total en la declaración de ingresos y en el pago del impuesto resultante enrelación a los anticipos mensuales 3º a 10º de 2009. c. Diferencia entre los ingresos y consiguiente impuesto declarados por lacontribuyente y los verificados por la inspección actuante conjuntamente con laincorrecta aplicación de alícuota (art. 56 inc. 2 de la Ley Tarifaria para el año 2009 yconcordantes con los años motivo de ajuste) por considerarse incorrectamente exentoen relación a los anticipos mensuales 12° de 2005, 1°,3°, 4° y 6° de 2006, 1° de 2007,2° y 3° de 2008 y 2° de 2009. Que las diferencias de verificación fueron establecidas en autos por la inspeccióninterviniente teniendo en cuenta la siguiente documentación: DD JJ de los anticiposmensuales del ISIB; DDJJ del IVA; Libro de Sueldos y Jornales; Libro IVA Ventas; LibroIVA Compras y Facturas de Ventas. Asimismo, cabe señalar que la presente actuación se originó debido a que el ControlExterno de Exenciones sostuvo que teniendo en cuenta la documentación relevada y loverificado, resultaba improcedente la exención pretendida por el contribuyente, todavez que no se observaron bienes de uso ni fabricación en el domicilio de la verificación.

Con posterioridad, generado el cargo de inspección, la inspección actuante seconstituyó en el domicilio del contribuyente en reiteradas oportunidades, no obteniendorespuesta alguna. Se efectuó el procedimiento para contribuyentes no localizados, conigual resultado. A su vez, se concurrió al domicilio fiscal de la persona que realizaría la tercerización ael contribuyente, de acuerdo al informe de inspección del plan exenciones (fs. 132/133de la Ca. N° 166.226-DGR-2009), encontrándose el lugar cerrado sin signos deactividad y con un cartel de “en venta“ según consta en acta de fs. 19 del Exp. N°1.512.723-MGEyA-2010. Es por ello que no fue posible establecer fehacientementeque esa persona haya realizado tareas productivas para el contribuyente. Atento a lo expuesto, la inspección actuante procedió a confeccionar las mencionadasplanillas de diferencias de verificación. Que los ajustes de la presente se realizan sobre base presunta y con carácter parcial; Y,  CONSIDERANDO: Que en este estado, y dadas las irregularidades establecidas en el cumplimiento de lasobligaciones impositivas a cargo del responsable, y atento su falta de conformidad paracon las respectivas liquidaciones, corresponde iniciar el procedimiento dedeterminación de oficio sobre base presunta y con carácter parcial tal como lo

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prescriben los artículos 126, 127, 128, 145, 146, 147, 148, 150, 151, 152, 155, 156 y157 del Código Fiscal Texto Ordenado 2011 y disposiciones concordantes de añosmotivo de ajuste; Que por otra parte, los hechos descriptos constituyen omisiones en el cumplimiento delas obligaciones tributarias, que configuran presuntamente infracciones a los deberesfiscales de orden material cuya comisión se encuentra prevista y sancionada en elartículo 90 ­omisión- del Código Fiscal Texto Ordenado 2011 y disposicionesconcordantes de años anteriores, de aplicación a la totalidad de las infraccionescometidas en virtud del principio de la Ley Penal más Benigna; Que, resulta necesario observar que, luego que resultaran confeccionadas las planillasde diferencias de verificación, el inspector actuante concurrió nuevamente al domiciliofiscal denunciado por el contribuyente, y resultando imposible ubicar al mismo (talcomo consta en Acta obrante a fs. 47 del Exp. N° 1.512.723-MGEyA-2010), taldomicilio debe reputarse como incorrecto, a lo que el Código Fiscal T.O. 2011 disponepara el caso: “Art. 21...Los contribuyentes que no cumplen con la obligación dedenunciar su domicilio fiscal o cuando el denunciado es incorrecto o inexistente, sonpasibles de que, de oficio, se les tenga por constituidos sus domicilios en la sede deesta Dirección General...“. Que por ello, y de acuerdo con lo previsto en la norma citada, de no formalizar elcontribuyente la comunicación del correcto domicilio fiscal dentro del ámbito de laCiudad de Buenos Aires, el mismo quedará constituido en la sede de esta DirecciónGeneral, sirviendo esta mención de suficiente constancia en autos, que lasresoluciones posteriores a la presente se han de considerar válidamente notificadas eldía martes o viernes o el siguiente hábil si alguno es feriado. Que por otra parte, y a efectos de ponderar en el tiempo procesal oportuno, la eventualsituación infraccional del contribuyente en el Registro de Reincidencia de FaltasFiscales, conforme lo pautado en los artículos 94 y 95 del Código Fiscal T.O. 2011, selo intima para que dentro del término de quince (15) días de notificada la presente,denuncie si ha interpuesto contra este Fisco Local demanda impugnativa contra unacto administrativo sancionatorio dictado en su contra con anterioridad, debiendo encaso afirmativo, aportar número de expediente, juzgado y secretaría donde seencuentra su radicación, y todos aquellos datos que entienda relevantes y conducentesa la acreditación de tal extremo, bajo apercibimiento de resolver acorde las constanciasobrantes en estos actuados. Que por último corresponde intimar al contribuyente, para que dentro del término dequince (15) días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación todamodificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos,acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o endefinitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo deldictado de la presente. Asimismo se lo intima a que toda otra modificación de suempadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hastaque se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajoapercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite delos actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo elcontribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosasque les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales; Por ello, dadas las prescripciones legales invocadas y la Resolución Nº 11-AGIP-2009;  

LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIAY COORDINACIÓN JURÍDICA

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTASRESUELVE

 

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Artículo 1º.- Iniciar el procedimiento de determinación de oficio de la materia imponibley de las obligaciones fiscales consiguientes, sobre base presunta y con carácterparcial, con relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, al contribuyente WooSeung Rak, con domicilio fiscal en la calle Doblas 129, piso 3, departamento B,Comuna Nº 6 (fs. 69 y 70 del Exp. N° 1.512.723-MGEyA-2010), de esta Ciudad,inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 1161728-04 - (CUIT Nº20-92873066-3), cuya actividad declarada sujeta a tributo consiste en Confección deprendas de vestir n.c.p., con respecto a los períodos fiscales 2005 (12° anticipomensual), 2006 (1° a 12° anticipos mensuales), 2007 (1° a 12º anticipos mensuales),2008 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2009 (1° a 10° anticipos mensuales). Artículo 2º: Instruir sumario al contribuyente mencionado, por la comisión presunta delas infracciones sancionadas en las normas fiscales referidas en los “Considerandos“de la presente. Artículo 3º: Intimar a Woo Seung Rak, para que dentro del plazo de 15 (QUINCE) díasde notificada esta Resolución, declare si ha interpuesto demanda impugnativa contraun acto administrativo sancionatorio dictado por esta Administración Tributaria conanterioridad, aportando en caso afirmativo los elementos conducentes a su fehacienteacreditación, y a los fines de realizar un correcto encuadre de su situación infractora,conforme lo pautado por los artículos 94 y 95 del Código Fiscal t.o. 2011 Todo ello bajoapercibimiento de resolver las presentes conforme las constancias de autos. Artículo 4º.- Conferir vista de estas actuaciones al contribuyente, para que en eltérmino de quince (15) días de notificada esta Resolución, exprese por escrito sudescargo, ofrezca y produzca las pruebas que haga a su derecho debiendo acreditar elpresentante la personería jurídica invocada de no estarlo en la actuación, bajoapercibimiento de su no consideración en la resolución de la causa. Artículo 5º: Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parteintegrante de la presente Resolución. Artículo 6º: Hacer saber al contribuyente que de no formalizar la comunicación delcorrecto domicilio fiscal dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, el mismoquedará constituido en la sede de esta Dirección General. En función de ello, lasresoluciones posteriores a la presente se han de considerar válidamente notificadas eldía martes o viernes o el siguiente hábil si alguno es feriado. Artículo 7º: Intimar al contribuyente para que dentro del término de quince (15) días denotificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de suempadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos ocancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitivacualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado dela presente. Asimismo se lo intima a que toda otra modificación de suempadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hastaque se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajoapercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite delos actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo elcontribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosasque les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 8º: Regístrese; notifíquese al contribuyente al domicilio fiscal y mediantepublicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lodispuesto en el artículo 28 del Código Fiscal Texto Ordenado 2011, con copia de lapresente, y resérvese.   

ANEXO  

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°127

Vicente CaliendoSubdirector General

 EO 101Inicia: 15-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

   ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación RESOLUCIÓN Nº 6-DGR/12  

Buenos Aires, 5 de enero de 2012 VISTO:la Carpeta Nº 27.763-DGR-2008, relacionada con el cumplimiento de las obligacionesimpositivas de SAN TELMO APPART & RENT SA, inscripta en el Impuesto sobre losIngresos Brutos bajo el N° 0013584-04, CUIT Nº 30-65565467-0 con domicilio fiscal enDEFENSA 550, de esta Ciudad y perteneciente a la Comuna Nº 1, cuya actividaddeclarada sujeta a tributo consiste en VENTA AL POR MENOR DE INSTRUMENTOSMUSICALES, de las que resulta: Que esta Administración Tributaria en ejercicio de las facultades de fiscalización deimpuestos que le conceden los sucesivos ordenamientos fiscales de aplicación en elámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dispuso la realización de unainspección en el domicilio de la contribuyente con el objeto de controlar el correctocumplimiento de sus obligaciones tributarias, como resultado de la cual seestablecieron ajustes a favor del Fisco Local, con relación a los períodos fiscales 2006(1° a 12º anticipos mensuales) y 2007 (1º a 4º anticipo mensual), Que la causa que fundamenta el presente ajuste tiene su origen en la omisión total enla declaración de ingresos y en el pago del impuesto resultante respecto de losperíodos fiscales y anticipos mensuales detallados precedentemente. Que las diferencias de verificación fueron establecidas en autos de acuerdo alprocedimiento llevado a cabo por la inspección interviniente, cuyas conclusiones yrespectivas convalidaciones jerárquicas lucen a fojas 47, 48 , 55/63, 143/149; en lasque se da razón suficiente y cuya vista se confiere particularmente, juntamente con losantecedentes que sustentan el ajuste. Que ante la imposibilidad de localizar a la contribuyente y a su representante enreiteradas oportunidades, tal como surge de las actas de fojas 27, 30, 49, 52 y 115 lainspección actuante procedió a requerir documentación contable y su presencia antelas oficinas de esta Dirección General de Rentas, sin obtener resultado positivo (fojas39). Que atento ello, y toda vez que la responsable no exhibió documentación contablealguna, las diferencias de verificación de los anticipos mensuales 1 de 2006 a 4 de2007 fueron establecidas en base a las Declaraciones Juradas mensuales de IVA dedichos períodos suministradas por la Dirección de Inteligencia Fiscal dependiente deesta Administración, de acuerdo a las hojas de trabajo glosadas a fojas 123/124. Que la inspección interviniente procedió a gravar los ingresos obtenidos por la actividaddesarrollada por la contribuyente y respecto de la totalidad del ajuste a la alícuota del3%, conforme lo establecido en el artículo 52 de la Ley Tarifaria para el año 2007 ydisposiciones concordantes con años motivo de ajuste.

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Que por todo lo expuesto la presente se realiza sobre base presunta y con carácterparcial. Que por tal motivo, se confeccionó la correspondiente planilla de diferencias deverificación original de foja 118 y sus respectivas copias de fojas 119 y 120,conteniendo las liquidaciones respectivas, con respecto a los períodos observados,detallados anteriormente. Que, ante la imposibilidad de comunicar el ajuste fiscal (foja 117), se procedió aefectuar la notificación del mismo de acuerdo a lo establecido en el artículo 28 inciso 1del Código Fiscal vigente texto ordenado 2011 (fojas 116 y 129) y toda vez que nocompareció responsable alguno en las oficinas de esta Dirección General a efectos deconformar o no las diferencias de verficación, las mismas se tienen por no conformadas(fojas 121 y 130).Y,  CONSIDERANDO:  Que en este estado, y dadas las irregularidades establecidas en el cumplimiento de lasobligaciones impositivas a cargo de la responsable, y atento su falta de conformidadpara con las respectivas liquidaciones, corresponde iniciar el procedimiento dedeterminación de oficio sobre base presunta y con carácter parcial de su materiaimponible, tal como lo prescriben los artículos 126, 127, 128, 133, 145, 146, 147, 148,149, 150, 152, 155, 156 y 157 del Código Fiscal vigente; Que los hechos descriptos constituyen omisiones en el cumplimiento de lasobligaciones tributarias que configuran presuntamente infracciones a los deberesfiscales de orden material contempladas en el artículo 90 ­omisión- del Código Fiscalvigente y disposiciones concordantes de años anteriores, de aplicación a todos losperíodos verificados en virtud del Principio de la Ley Penal más Benigna; Que por otra parte y en virtud de los arts. 11 inciso 4°, 12 y 14 inciso 1° del CódigoFiscal mencionado y disposiciones concordantes de años anteriores, devieneresponsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias de la contribuyente elSeñor MIGUEL EDUARDO ZORRAQUIN, DNI 13.232.430, en carácter de presidentedel directorio de la firma (fojas 33 y 35), con domicilio en la calle DEFENSA 552-Comuna Nº 1 - de esta Ciudad (foja 82), y/o quien resulte responsable hasta laactualidad, por lo tanto corresponde hacerle extensiva la responsabilidad en formasolidaria. Que en virtud de la ausencia de la contribuyente en su domicilio fiscal durante lafiscalización que se le practicara, hecho este que obliga a que la presente seanotificada por edictos, se la intima a que comunique el correcto domicilio fiscal o bienconstituya un domicilio especial, bajo apercibimiento de que si así no lo hace, el mismoquedará constituido en la sede de la Administración Gubernamental de IngresosPúblicos, sirviendo esta mención de suficiente constancia en autos, considerándose apartir de la presente como válidamente notificadas las resoluciones que se dicten en elfuturo los días martes o viernes ­ o el siguiente hábil si alguno es feriado­ inmediato a lafecha de su suscripción, conforme lo dispuesto en los artículos 21, 22 y 24 del CódigoFiscal vigente; Que por otra parte, y a efectos de ponderar en el tiempo procesal oportuno, la eventualsituación infraccional de la contribuyente en el Registro de Reincidencia de FaltasFiscales, conforme lo pautado en los artículos 94, 95 del Código Fiscal vigente ydisposiciones de años anteriores, se la intima para que dentro del término de quince(15) días de notificada la presente denuncie si ha interpuesto contra este Fisco Localdemanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado en su contracon anterioridad, debiendo en caso afirmativo, aportar número de expediente, juzgadoy secretaría donde se encuentra su radicación, y todos aquellos datos que entienda

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N° 3856 - 16/02/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°129

relevantes y conducentes a la acreditación de tal extremo, bajo apercibimiento deresolver acorde las constancias obrantes en estos actuados; Que asimismo corresponde intimar a la contribuyente y al presidente del directorio de lafirma Señor MIGUEL EDUARDO ZORRAQUIN, DNI 13.232.430; y/o quien resulteresponsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días denotificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de suempadronamiento o de su situación fiscal, tal como pagos, acogimientos o cancelaciónde planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto ohecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente.Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento osituación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca elagotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, encaso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según lasconstancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidadpatrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir,especialmente las costas judiciales; Por ello, dadas las prescripciones legales invocadas y la Resolución Nº 11-AGIP-2009Boletín Oficial 3095 de fecha 14-01-09;  

DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE TECNICA TRIBUTARIAY COORIDNACION JURIDICA

RESUELVE Artículo 1º: Iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base presunta ycon carácter parcial de la materia imponible y de las obligaciones fiscalesconsiguientes, con relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos a la contribuyenteSAN TELMO APPART & RENT SA, inscripta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutosbajo el N° 0013584-04, CUIT Nº 30-65565467-0 con domicilio fiscal en DEFENSA 550,de esta Ciudad y perteneciente a la Comuna Nº 1, cuya actividad sujeta a tributoconsiste en VENTA AL POR MENOR DE INSTRUMENTOS MUSICALES, respecto delos períodos fiscales 2006 (1° a 12º anticipos mensuales) y 2007 (1º a 4º anticipomensual), Artículo 2º: Instruir sumario a la contribuyente mencionada, por la comisión presunta deinfracciones sancionadas en las normas fiscales referidas en los “Considerandos“ de lapresente. Artículo 3°: Hacer saber a la contribuyente que de no formalizar la comunicación delcorrecto domicilio fiscal dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, el mismoquedará constituido en la sede de esta Dirección General. En función de ello, lasresoluciones posteriores a la presente se han de considerar válidamente notificadas losdías martes o viernes -o el siguiente hábil si alguno es feriado­ inmediato al de sususcripción. Artículo 4º: Hacer extensiva la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de lasobligaciones tributarias de la contribuyente al Señor MIGUEL EDUARDO ZORRAQUIN,DNI 13.232.430, en carácter de presidente del directorio de la firma (fojas 33 y 35), condomicilio en la calle DEFENSA 552 -Comuna Nº 1 - de esta Ciudad (foja 82), y/o quienresulte responsable hasta la actualidad, en virtud de lo establecido en los arts. 11 inciso4°, 12 y 14 inciso 1° del Código Fiscal mencionado y disposiciones concordantes deaños anteriores. Artículo 5°: Conferir vista de estas actuaciones a la contribuyente y al presidente deldirectorio de la firma Señor MIGUEL EDUARDO ZORRAQUIN, DNI 13.232.430, y/oquien resulte responsable hasta la acualidad para que en el término de quince (15)días, contados a partir del primer día hábil siguiente al de notificación de estaResolución, exprese por escrito su descargo, ofrezca y produzca las pruebas que

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hagan a su derecho, debiendo el presentante acreditar debidamente la personeríajurídica invocada, de no estarlo en la actuación, bajo apercibimiento de disponer elrechazo in limine. Artículo 6º: Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parteintegrante de la presente Resolución. Artículo 7º: Intimar a la contribuyente, para que dentro del término de quince (15) díasde notificada esta Resolución, declare si ha interpuesto demanda impugnativa contraun acto administrativo sancionatorio dictado por esta Administración Tributaria conanterioridad, aportando en caso afirmativo, los elementos conducentes a su fehacienteacreditación, y a los fines de realizar un correcto encuadre de su situación infractora,conforme lo pautado por los artículos 94, 95 y concordantes del Código Fiscal vigente,todo ello bajo apercibimiento de resolver las presentes conforme las constancias deautos. Artículo 8º: Intimar a la contribuyente y al presidente del directorio de la firma SeñorMIGUEL EDUARDO ZORRAQUIN, DNI 13.232.430, y/o quien resulte responsablehasta la actualidad para que dentro del término de quince (15) días de notificada estaResolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de suempadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos ocancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitivacualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado dela presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de suempadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hastaque se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajoapercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite delos actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo lacontribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosasque le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 9º: Regístrese; notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal y alresponsable solidario en el consignado en el artículo cuarto; y mediante publicación deedictos, conforme lo dispuesto en el artículo 28 del Código Fiscal vigente, con copia dela presente; y resérvese. Caliendo  

ANEXO  

Vicente CaliendoSubdirector General de Técnica Tributaria

y Coordinación Jurídica 

 EO 102Inicia: 15-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires   INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Notificación El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber al Sr. His,Ana María (LC 5.570.411), que por Resolución Nº 113/SS/94, se ha procedido a dejar

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sin efecto la adjudicación de la U.C.Nº 58.846, ubicada en la Mz. 9, Torre D, Block 1,Piso 2, Dto. “A“ del C.U. Don Orione, Claypole, Pcia. de Buenos Aires. Asimismo, se le hace saber al interesado, que la referida Resolución es susceptible deimpugnación por vía de los Recursos de Reconsideración y/o Jerárquico en Subsidioque deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15)días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente de lanotificación respectiva prevista en los art. 62 del decreto Nº 1510/CABA/97, deconformidad a lo establecido en los arts. 103, 107 y subsiguientes y concs. De lamisma norma, quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá asu exclusivo criterio, interponer Recurso de Alzada conforme lo dispuesto en el art. 113del mencionado Decreto. La Presente Notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días, computadosdesde el día siguiente al de la última publicación (art. 62 del Decreto citado).  

Juan Francisco TrottaGerente Regularización Dominial y Notarial

 EO 109Inicia: 15-2-2012                                                                               Vence: 17-2-2012

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Factor Puntaje máximo por factorExamen escrito de oposición 40 Evaluación de antecedentes curriculares y laborales 35 Entrevista personal 25 Metodología de Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales

Factor Subfactor Forma de Evaluación Puntaje Máximo del Subfactor

Máx

Antecedentes Curriculares

Nivel educativo requerido

Posee nivel educativo requerido para el cargo

5

10

Nivel superior al requerido

Posee nivel superior al requerido para el cargo

Programas aprobados en el Instituto Superior de la Carrera.

4 Cursos, Congresos y/o Jornadas en el Instituto Superior de la Carrera o en instituciones de reconocido prestigio. (Se evaluarán hasta 10 cursos de capacitación relacionados con el cargo).

Experiencia Docente Posee experiencia docente 1

Antecedentes Laborales

Experiencia en el Sector Público o Privado, relacionada con los requisitos específicos del cargo.

15

25 Experiencia en el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, relacionada con los requisitos específicos del cargo.

10