boletÍn oficial del principado de asturias · 9 de abril de 2010 de la universidad de oviedo por...

6
http://www.asturias.es/bopa BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS NÚM. 190 DE 16-VIII-2013 1/6 Cód. 2013-15069 OTRAS DISPOSICIONES UNIVERSIDAD DE OVIEDO RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2013, de la Vicerrectora de Internacionalización y Postgrado, por la que se convoca el I Premio a la Excelencia en la Movilidad Internacional de Estudiantes de la Universidad de Oviedo dentro del Programa de Aprendizaje Permanente-Erasmus. Antecedentes de hecho La movilidad internacional es una de las piezas fundamentales sobre la que se sustenta la Universidad de Oviedo. A través del Campus de Excelencia Internacional se han desarrollado diferentes iniciativas que persiguen incentivar la movilidad de profesores, alumnos y personal universitario. La convocatoria de los Premios a la Excelencia en la Movilidad Internacional de Estudiantes dentro del Programa de Aprendizaje Permanente-Erasmus tiene por finalidad fomentar la calidad de la movilidad llevada a cabo por los estudiantes de la institución, siempre que cumplan los requisitos estable- cidos en la presente convocatoria y sus bases reguladoras. Fundamentos de derecho Primero.—Según lo establecido en el artículo 30 de las bases de ejecución del presupuesto de la Universidad de Oviedo del ejercicio 2013, toda subvención, beca o ayuda para las que exista crédito comprendido en el presupuesto se otorgará según los principios generales de publicidad, concurrencia y objetividad, según las bases reguladoras de la concesión que se establezcan. Segundo.—En virtud de lo dispuesto en el Decreto 14/1999, de 11 de marzo, sobre régimen de publicidad de los ac- tos y acuerdos normativos de la Universidad de Oviedo, por orden del Rector u órgano en quien delegue expresamente al efecto, serán objeto de publicación formal en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, para producir efectos jurídicos, las convocatorias de concesión de becas o ayudas en régimen de concurrencia competitiva. Tercero.—Vistos la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, del Principado de Asturias, por el que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones, la Resolución de 9 de abril de 2010 de la Universidad de Oviedo por la que se regula el Régimen de Concesión de Subvenciones la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, el Decreto 12/2010, de 3 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Oviedo. Cuarto.—Visto el artículo 20 de las Bases de ejecución del presupuesto de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2013, en el que se contempla la competencia para autorizar y disponer gastos, RESUELVO Primero.—Aprobar la convocatoria para la concesión del Premio a la Excelencia Internacional de Estudiantes de la Universidad de Oviedo. Segundo.—Aprobar las bases que han de regir la convocatoria que se insertan como anexo I a la presente Resolución. Tercero.—Autorizar un gasto de 2.500 € con cargo a la partida 20.02.134B. 4910.01 del Presupuesto de la Universi- dad de Oviedo para el ejercicio 2013. Cuarto.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. En Oviedo, a 30 de Julio de 2013.—La Vicerrectora de Internacionalización y Postgrado.—Cód. 2013-15069. I. Principado de Asturias

Upload: others

Post on 23-Aug-2020

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS · 9 de abril de 2010 de la Universidad de Oviedo por la que se regula el régimen de Concesión de subvenciones la Ley ... menú: erasmus/movilidades

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 190 de 16-VIII-2013 1/6

Cód

. 20

13-1

5069

Otras DispOsiciOnes •UnIVersIdad de OVIedO

ResoluCión de 30 de julio de 2013, de la Vicerrectora de internacionalización y Postgrado, por la que se convoca el i Premio a la excelencia en la Movilidad internacional de estudiantes de la universidad de oviedo dentro del Programa de Aprendizaje Permanente-erasmus.

antecedentes de hecho

La movilidad internacional es una de las piezas fundamentales sobre la que se sustenta la Universidad de Oviedo. a través del Campus de excelencia Internacional se han desarrollado diferentes iniciativas que persiguen incentivar la movilidad de profesores, alumnos y personal universitario. La convocatoria de los Premios a la excelencia en la movilidad Internacional de Estudiantes dentro del Programa de Aprendizaje Permanente-Erasmus tiene por finalidad fomentar la calidad de la movilidad llevada a cabo por los estudiantes de la institución, siempre que cumplan los requisitos estable-cidos en la presente convocatoria y sus bases reguladoras.

Fundamentos de derecho

Primero.—según lo establecido en el artículo 30 de las bases de ejecución del presupuesto de la Universidad de Oviedo del ejercicio 2013, toda subvención, beca o ayuda para las que exista crédito comprendido en el presupuesto se otorgará según los principios generales de publicidad, concurrencia y objetividad, según las bases reguladoras de la concesión que se establezcan.

segundo.—en virtud de lo dispuesto en el decreto 14/1999, de 11 de marzo, sobre régimen de publicidad de los ac-tos y acuerdos normativos de la Universidad de Oviedo, por orden del rector u órgano en quien delegue expresamente al efecto, serán objeto de publicación formal en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, para producir efectos jurídicos, las convocatorias de concesión de becas o ayudas en régimen de concurrencia competitiva.

Tercero.—Vistos la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de subvenciones, el real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley General de subvenciones; el decreto 71/1992, de 29 de octubre, del Principado de asturias, por el que se regula el régimen General de Concesión de subvenciones, la resolución de 9 de abril de 2010 de la Universidad de Oviedo por la que se regula el régimen de Concesión de subvenciones la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, el Decreto 12/2010, de 3 de febrero, por el que se aprueban los estatutos de la Universidad de Oviedo.

Cuarto.—Visto el artículo 20 de las Bases de ejecución del presupuesto de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2013, en el que se contempla la competencia para autorizar y disponer gastos,

r e s U e L V O

Primero.—aprobar la convocatoria para la concesión del Premio a la excelencia Internacional de estudiantes de la Universidad de Oviedo.

segundo.—aprobar las bases que han de regir la convocatoria que se insertan como anexo I a la presente resolución.

Tercero.—autorizar un gasto de 2.500 € con cargo a la partida 20.02.134B. 4910.01 del Presupuesto de la Universi-dad de Oviedo para el ejercicio 2013.

Cuarto.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

en Oviedo, a 30 de Julio de 2013.—La Vicerrectora de Internacionalización y Postgrado.—Cód. 2013-15069.

I. Principado de Asturias

Page 2: BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS · 9 de abril de 2010 de la Universidad de Oviedo por la que se regula el régimen de Concesión de subvenciones la Ley ... menú: erasmus/movilidades

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 190 de 16-VIII-2013 2/6

Cód

. 20

13-1

5069

Anexo i

Bases

Primera.—Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de la primera edición de los Premios a la excelencia en la Movilidad Internacional de Estudiantes con la finalidad de fomentar la calidad de la movilidad. Se establecen cinco premios, correspondiendo uno a la rama de arte y Humanidades, uno a la rama de Ciencias sociales y Jurídicas, uno a la rama de Ciencias, uno a la rama de Ingenierías y uno a la rama de Ciencias de la salud.

segunda.—Participantes.

Podrán concursar a estos premios estudiantes de la Universidad de Oviedo:

• Que hayan realizado una movilidad internacional de estudios de al menos 4 meses de duración en el marco de las Convocatorias PaP-erasmus durante el curso 2012-2013.

• Que hayan superado todos los créditos incluidos en su acuerdo de estudios para la movilidad correspondiente.

• Que tengan acreditado, mediante un certificado oficial, un grado de competencia lingüística en la lengua extranjera en la que hayan realizado la movilidad de al menos nivel B2 en el marco Común europeo de referencia Lingüística.

Tercera.—Presentación de solicitudes.

3.1. Plazo: Las solicitudes para participar en esta convocatoria, se presentarán a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias hasta las 14 horas del día 30 de octubre de 2013, y se ajustarán al modelo que figura como Anexo I de la presente Resolución que también se hallará a disposición de los interesados en la Intranet de la Universidad de Oviedo: sección Internacional/menú: erasmus/movilidades erasmus estudios.

3.2. documentación: Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación: • Una copia del documento de identidad del concursante.

• Una copia de la credencial Erasmus del beneficiario.

• Una copia del acuerdo de estudios.

• Una situación académica en la que se reflejen las calificaciones obtenidas.

• Copia del certificado oficial que acredite su nivel de competencia lingüística en la lengua que realizó la movilidad dentro el Marco Común de Referencia Lingüística.

• Una memoria de la experiencia académica y personal durante su estancia con una extensión de un máximo de 2.000 palabras. el formato de la memoria es libre, sin embargo, se recomienda que se desarrolle en forma de relato que incluya, entre otros aspectos, consejos y recomendaciones para los futuros estudiantes de intercambio. es imprescindible que la memoria describa la actividad del estudiante durante su movilidad internacional y las consecuencias que ésta ha tenido a nivel personal, académico y profesional.

• Asimismo, los solicitantes podrán adjuntar cualquier otra información que consideren que dé valor añadido a su solicitud tales como las experiencias profesionales, extracurriculares y académicas relacionadas con su estancia, cartas de recomendación, conocimientos de lenguas extranjeras, etc.

3.3. Lugar: Las solicitudes, debidamente cumplimentadas junto con la documentación descrita en el punto 3.2 se presentarán en cualesquiera de los siguientes registros de la Universidad de Oviedo: Plaza de riego, 4. 33003 Oviedo; Campus de El Cristo A (Edificio Adolfo Posada, planta baja C/ Catedrático Valentín Andrés Álvarez – aulario de Ciencias Jurídicas sociales, 33006 Oviedo); Campus de Gijón (servicio del Campus de Gijón. Edificio Sur, planta baja. 33203 Gijón); Campus de Mieres (Servicio Administrativo del Campus de Mieres. Calle Gonzalo Gutiérrez Quirós, s/n, 33600 Mieres), Registro Auxiliar de Avilés (Centro de Servicios Universitarios. C/ La Ferrería, n.º 7-9, planta baja, 33402 avilés o por cualesquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Los datos personales recogidos en la solicitud tienen carácter obligatorio y podrán ser tratados por la Universidad de Oviedo (calle san Francisco, 3. 33003 Oviedo) para la organización de la docencia y el estudio, así como para el ejercicio de las demás funciones propias del servicio Público de educación superior, reguladas en la Ley Orgánica de Universidades y en los estatutos de la Universidad de Oviedo.

el solicitante acepta que sus datos personales sean recabados, tratados y, en su caso, cedidos para los siguientes fines: Gestión administrativa y académica de su expediente, oferta y prestación de servicios universitarios, realización de estadísticas, proyectos de investigación, evaluaciones, encuestas y seguimiento de los servicios universitarios pres-tados, así como la realización de acciones destinadas al fomento del empleo y prácticas en empresas. el responsable del tratamiento de estos datos es la Universidad de Oviedo. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a su tratamiento se ejercitarán ante la Universidad de Oviedo, secretaría General, sita en la calle Principado número 3, tercera planta, 33007 Oviedo.

Page 3: BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS · 9 de abril de 2010 de la Universidad de Oviedo por la que se regula el régimen de Concesión de subvenciones la Ley ... menú: erasmus/movilidades

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 190 de 16-VIII-2013 3/6

Cód

. 20

13-1

5069

Cuarta.—Composición del Jurado.

el Jurado de selección encargado de valorar las solicitudes estará formado por los siguientes miembros:

• Presidente:

— Vicerrectora de Internacionalización y Postgrado o persona en quien delegue.

• Vocales:

— el Vicerrector de estudiantes o persona en quien delegue.

— Vicerrector de Comunicación o extensión o persona en quien delegue.

— Directora de la Oficina de Internacionalización o persona en quien delegue.

— Director de Área para Europa y Norteamérica, o persona en quien delegue.

• Secretaria:

— Jefa de servicio de Internacionalización y Cooperación al desarrollo, o persona en quien delegue.

El jurado formulará propuesta de concesión de los premios convocados al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Oviedo.

La actuación del jurado de selección se ajustará a lo dispuesto en el decreto de 3 de febrero de 2010, por el que se aprueban los estatutos de la Universidad de Oviedo, y en su defecto; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

el rector dictará resolución de adjudicación de los premios en el plazo máximo de 1 mes, que se publicará en el tablón de anuncios del Vicerrectorado de Internacionalización y Postgrado y en la intranet de la Universidad de Oviedo, sección Internacional/menú: erasmus/movilidades erasmus estudios a los efectos previstos en el artículo 59, número 5, apartado b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Transcurrido el plazo sin que hubiera recaído resolución expresa, se entenderá que ésta es desestimatoria a los efectos previstos en la Ley 30/1992, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

sexta.—Criterios de valoración.

en la evaluación y valoración se tendrán en cuenta lo siguientes aspectos:

1. Calificaciones académicas obtenidas por el solicitante durante su movilidad.

2. situación de la Universidad de acogida en los ranking internacionales.

3. Toda actividad que demuestre el valor añadido de la movilidad para el solicitante (siempre y cuando esté debidamente acreditada documentalmente).

4. La repercusión de la movilidad internacional en la vida académica y social del estudiante.

5. el interés de la experiencia relatada para otros participantes en programas de movilidad en particular y para el público universitario en general.

6. La calidad literaria y la originalidad de la historia presentada.

7. Que el solicitante sea una persona con necesidades especiales o algún tipo de discapacidad.

el Vicerrectorado de Internacionalización y Postgrado se reserva el derecho de publicar y difundir entre la comuni-dad universitaria y el público general las memorias presentadas para que puedan servir de imagen y promoción de los distintos programas de movilidad internacional para estudiantes que gestiona la Universidad de Oviedo. Las memorias podrán estar disponibles, ya sea íntegramente o extractadas, en la página web del Vicerrectorado de Internacionaliza-ción y Postgrado.

séptima.—Premios-Cuantía.

se establecen cinco premios por valor de 500 euros cada uno.

Los premios estarán sujetos a la correspondiente retención de acuerdo con la normativa tributaria aplicable.

El importe líquido de los premios se hará efectivo mediante transferencia bancaria a la cuenta que los beneficiarios señalen en el impreso de datos bancarios de terceros acreedores de la Universidad de Oviedo (anexo II), debiendo ser titulares de las mismas.

octava.—aceptación de las bases e incidencias.

8.1. La participación en esta convocatoria implicará la aceptación incondicional de las presentes bases.

8.2. Las incidencias que puedan presentarse y los supuestos no previstos en estas bases serán resueltas por el Jurado.

Page 4: BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS · 9 de abril de 2010 de la Universidad de Oviedo por la que se regula el régimen de Concesión de subvenciones la Ley ... menú: erasmus/movilidades

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 190 de 16-VIII-2013 4/6

Cód

. 20

13-1

5069

8.3. La presentación de las candidaturas supondrá la autorización a la Universidad de Oviedo para la grabación de la exposición y difusión por cualquier medio audiovisual.

8.4. Contra esta resolución se podrá interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo.

asimismo, la presente convocatoria podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del procedimiento administrativo Común, en la redacción dada por la Ley

en Oviedo, a 30 de Julio de 2013.—La Vicerrectora de Internacionalización y Postgrado.

Page 5: BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS · 9 de abril de 2010 de la Universidad de Oviedo por la que se regula el régimen de Concesión de subvenciones la Ley ... menú: erasmus/movilidades

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 190 de 16-VIII-2013 5/6

Cód

. 20

13-1

5069

Page 6: BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS · 9 de abril de 2010 de la Universidad de Oviedo por la que se regula el régimen de Concesión de subvenciones la Ley ... menú: erasmus/movilidades

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIASnúm. 190 de 16-VIII-2013 6/6

Cód

. 20

13-1

5069