boletÍn oficial de la provincia de zamora · bases que rigen la convocatoria de concurso público...

15
III. Administración Local DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA SERVICIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Anuncio Bases que rigen la convocatoria de concurso público en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen, Consejos Reguladores de las Indicaciones Geográficas Protegidas y a las entidades con Marcas de Garantía, correspondiente al ejercicio 2012. Primera. Objeto. El objeto de esta convocatoria es conceder ayudas para el desarrollo de pro- gramas voluntarios de promoción y protección de la calidad de productos alimen- tarios, destinadas a asociaciones y entidades que tengan controlado el proceso de producción y comercialización, dentro, en todo o en parte, del ámbito territorial de la provincia de Zamora, incluyéndose exclusivamente en alguno de los siguientes supuestos: - Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen. - Consejos Reguladores de las Indicaciones Geográficas Protegidas. - Entidades que sean titulares y gestoras de Marcas de Garantía. - Asociaciones de productores que, reuniendo los requisitos de alguna de las anteriores figuras de calidad, que estén proceso de obtención de la misma, que no se integren en otra ya existente. Segunda. Gastos subvencionables. Se subvencionarán los gastos efectuados en el ejercicio 2012 que se relacio- nan a continuación: a) Gastos destinados a la promoción de productos agroalimentarios de calidad: - Celebración y asistencia a exposiciones, ferias y concursos. - Presentaciones y degustaciones de productos. - Edición y realización de material impreso. - Soporte audiovisual y campañas publicitarias. b) Gastos originados en la realización de estudios encaminadas a poner en marcha programas de mejora y protección de la calidad. - Gastos de elaboración de estudios encaminados a poner en marcha progra- mas de mejora y protección de la calidad. - Gastos de preparación, toma y remisión de muestras asumidos por la entidad solicitante, para la elaboración de estudios. c) Gastos necesarios para la protección, control y certificación de la calidad. - Gastos de personal contratado con motivo de la protección y control de cali- dad. - Gastos corrientes ocasionados por toma de muestras y análisis requeridos para los controles de calidad. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA www.diputaciondezamora.es BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA D.L. ZA/1-1958 N.º 83 - VIERNES 13 DE JULIO DE 2012 Pág. 13 R-201202864

Upload: others

Post on 05-Aug-2020

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA · Bases que rigen la convocatoria de concurso público en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a los

III. Administración LocalDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORASERVICIO DE DESARROLLO ECONÓMICO

AnuncioBases que rigen la convocatoria de concurso público en régimen de concurrenciacompetitiva para la concesión de subvenciones a los Consejos Reguladores de lasDenominaciones de Origen, Consejos Reguladores de las Indicaciones GeográficasProtegidas y a las entidades con Marcas de Garantía, correspondiente al ejercicio2012.Primera. Objeto.El objeto de esta convocatoria es conceder ayudas para el desarrollo de pro-

gramas voluntarios de promoción y protección de la calidad de productos alimen-tarios, destinadas a asociaciones y entidades que tengan controlado el proceso deproducción y comercialización, dentro, en todo o en parte, del ámbito territorial dela provincia de Zamora, incluyéndose exclusivamente en alguno de los siguientessupuestos:- Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen.- Consejos Reguladores de las Indicaciones Geográficas Protegidas.- Entidades que sean titulares y gestoras de Marcas de Garantía.- Asociaciones de productores que, reuniendo los requisitos de alguna de las

anteriores figuras de calidad, que estén proceso de obtención de la misma, que nose integren en otra ya existente.Segunda. Gastos subvencionables.Se subvencionarán los gastos efectuados en el ejercicio 2012 que se relacio-

nan a continuación:a) Gastos destinados a la promoción de productos agroalimentarios de calidad:- Celebración y asistencia a exposiciones, ferias y concursos.- Presentaciones y degustaciones de productos.- Edición y realización de material impreso.- Soporte audiovisual y campañas publicitarias.b) Gastos originados en la realización de estudios encaminadas a poner en

marcha programas de mejora y protección de la calidad.- Gastos de elaboración de estudios encaminados a poner en marcha progra-

mas de mejora y protección de la calidad.- Gastos de preparación, toma y remisión de muestras asumidos por la entidad

solicitante, para la elaboración de estudios. c) Gastos necesarios para la protección, control y certificación de la calidad.- Gastos de personal contratado con motivo de la protección y control de cali-

dad.- Gastos corrientes ocasionados por toma de muestras y análisis requeridos

para los controles de calidad.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

www.diputaciondezamora.es BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA D.L. ZA/1-1958

N.º 83 - VIERNES 13 DE JULIO DE 2012 Pág. 13

R-201202864

Page 2: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA · Bases que rigen la convocatoria de concurso público en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a los

d) Gastos destinados a la mejora de las sedes, adecuación y equipamientoacorde con sus necesidades. e) Gastos corrientes de funcionamiento. - Personal técnico y administrativo (salarios y Seguridad Social).- Suministros (teléfonos, luz, servicios postales).- Servicios de limpieza.f) Gastos derivados del alquiler y/o adquisición de vehículos de transporte y

equipos informáticos, siempre que estos sean necesarios para el habitual funcio-namiento de la entidad.En ningún caso tendrá la consideración de gasto elegible el Impuesto sobre el

Valor Añadido recuperable u otros impuestos de naturaleza similar.Expresamente, se excluyen del objeto de esta subvención, los gastos destina-

dos a la adquisición de:- Contraetiquetas, precintos o cualesquiera otros distintivos de identificación y

control de calidad.- Elementos decorativos.Tercera. Beneficiarios.Uno.-Tendrán la consideración de beneficiarios de estas ayudas los Consejos

Reguladores de las D.O., entidades con Marcas de Garantía, y ConsejosReguladores de las Indicaciones Geográficas Protegidas, que tengan controlado elproceso de producción y comercialización dentro, en todo o en parte, de la provin-cia de Zamora, así como las Asociaciones de productores que estén en proceso deobtención de alguna de las anteriores figuras de calidad, siempre que hayan parti-cipado en las campañas de promoción de la marca “Alimentos de Zamora” ejecu-tadas por la Diputación de Zamora. Dos.-No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas empresas en

quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 7.2 de lavigente Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial.La justificación por parte de los solicitantes de no estar incursos en las prohibi-

ciones para obtener la condición de beneficiario podrá realizarse mediante testimo-nio judicial, certificado telemático, transmisiones de datos o certificación adminis-trativa, según los casos. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por laautoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otor-gada ante una autoridad administrativa o notario público (Anexo VI de los formula-rios en materia de subvenciones incluidos en la Página Web de la Diputación deZamora, www.diputaciondezamora.es).Tres.-Serán obligaciones de los beneficiarios:a) Realizar la actividad que fundamente la concesión de la subvención.b) Acreditar ante la Excma. Diputación Provincial de Zamora la realización dela actividad, así como el cumplimiento de los otros requisitos y condicionesque determinan la concesión o disfrute de la subvención.

c) El sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por laDiputación Provincial de Zamora, en su caso y las de control financiero quecorrespondan a la Intervención Provincial en relación con las ayudas y sub-venciones concedidas.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

www.diputaciondezamora.es BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA D.L. ZA/1-1958

N.º 83 - VIERNES 13 DE JULIO DE 2012 Pág. 14

R-201202864

Page 3: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA · Bases que rigen la convocatoria de concurso público en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a los

d) Comunicar a la Excma. Diputación Provincial de Zamora, en su caso, la soli-citud y la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, pro-cedentes de cualesquiera Administraciones o Entes Públicos nacionalesinternacionales.

e) En todas las publicaciones que se beneficien de esta línea de subvencionesdeberá figura expresamente: “Con la colaboración de la Excma. DiputaciónProvincial de Zamora”, o la impresión del Logotipo de esta DiputaciónProvincial. De igual manera están obligados a su justificación mediante laremisión al Servicio de Desarrollo Económico de un ejemplar del mismo.

Cuarta. Crédito presupuestario.Las subvenciones se concederán con cargo a la aplicación de la partida presu-

puestaria 420.0 480.00 de los Presupuestos Generales de la Corporación para elejercicio corriente, de la que se destinarán a este objeto la cantidad de 200.000 €.Quinta. Órgano competente.Será órgano competente para la aprobación y resolución de esta convocatoria

la Presidencia de la Excma. Diputación Provincial de Zamora, o el órgano en quehubiera delegado dicha competencia.Sexta. Cuantía de la subvención.La subvención otorgada, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, aislada-

mente, o en concurrencia con subvenciones o ayudas de ésta u otras administra-ciones, de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, superenel coste de la actividad subvencionada.Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria no superarán el

importe total solicitado para las actividades a realizar.Séptima. Plazo de realización de las actividades.Las actividades a subvencionar deberán realizarse durante el año al que se

refiere la presente convocatoria. En el caso de programaciones plurianuales sedeberá remitir en el expediente la documentación relativa al coste de la ejecuciónrelativa exclusivamente a dicho ejercicio.Octava. Publicidad.En las publicaciones, anuncios, folletos o material publicitario en general, sub-

vencionado por esta Administración, deberá hacerse constar expresamente la cola-boración de la misma, o la impresión del logotipo.Novena. Compatibilidad.Las ayudas previstas serán compatibles, salvo expresa disposición en contra-

rio, con cualquier otra para la misma finalidad reciba el beneficiario o beneficiaria,procedente de cualesquiera Administraciones o entes públicos nacionales o inter-nacionales, con el límite establecido en la base sexta.Décima. Solicitud y documentación.Uno.-Las solicitudes, dirigidas al Ilmo. Presidente de la Diputación Provincial de

Zamora podrán cursarse en el modelo que se inserta como Anexo I (de los formu-larios en materia de subvenciones incluidos en la Página Web de la Diputación deZamora, www.diputaciondezamora.es), debiendo contener, en todo caso, los extre-

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

www.diputaciondezamora.es BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA D.L. ZA/1-1958

N.º 83 - VIERNES 13 DE JULIO DE 2012 Pág. 15

R-201202864

Page 4: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA · Bases que rigen la convocatoria de concurso público en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a los

mos recogidos en el artículo 70.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (BOE n.º 285, de 27 de noviembre) y se presentarán en el Registro Generalde la Diputación, así como en los registros y oficinas a que se refiere el artículo38.4 de la misma Ley. Dos.-La presentación de solicitudes supone la aceptación incondicional de las

bases de la convocatoria y de las condiciones, requisitos y obligaciones que secontienen en la misma. Tres.-El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados

a partir del siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el BoletínOficial de la Provincia. Cuatro.-Se deberá aportar junto a la solicitud por el interesado la documenta-

ción que se menciona a continuación en original o copia compulsada:a) Fotocopia del CIF.b) Memoria justificativa de las inversiones y gastos para los que se solicita laayuda, conteniendo:- Actividad prevista o ejecutada, con presupuesto desglosado por partidastanto en su vertiente de gastos como ingresos, especificándose la oportu-nidad de la actividad e idoneidad técnica de la propuesta.- Objetivo y descripción de las inversiones y gastos para los que se solicitala ayuda.- En las solicitudes para subvención de estudios, la memoria deberá acom-pañarse al menos de una oferta de empresa consultora o entidad públicade investigación. La Diputación Provincial podrá exigir, en su caso, la pre-sentación de proyectos o documentación complementaria.

c) Copia de los estatutos debidamente registrados y reglamentados. d) Declaración suscrita por el Presidente de la entidad solicitante de otras ayu-das obtenidas o solicitadas para la misma finalidad y, en su caso, cuantíaconcedida. (Anexo II de los formularios en materia de subvenciones inclui-dos en la Página Web de la Diputación de Zamora, www.diputaciondezamo-ra.es).

e) Certificación del secretario, con el visto bueno del presidente de la entidadsolicitante, en la que se recoja el acuerdo de aprobación por el órgano com-petente de la misma de los gastos e inversiones que son objeto de la solici-tud de ayuda, así como el acuerdo de solicitar ésta.

f) Certificado de la entidad financiera del número de cuenta a nombre de la aso-ciación donde pueda efectuarse la oportuna transferencia en su caso.

g) Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, actualizado, de hallarse al corriente en susobligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como certificación dehallarse al corriente en cualquier tipo de obligaciones con la Diputación deZamora.

h) Certificado acreditativo del domicilio fiscal expedido por la Agencia Estatal deAdministración Tributaria.

i) Justificación, en su caso, de las cantidades recibidas con anterioridad para lamisma finalidad por esta Excma. Diputación.

j) Certificado del Secretario, con el visto bueno del presidente, en el que se

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

www.diputaciondezamora.es BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA D.L. ZA/1-1958

N.º 83 - VIERNES 13 DE JULIO DE 2012 Pág. 16

R-201202864

Page 5: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA · Bases que rigen la convocatoria de concurso público en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a los

ponga de manifiesto el volumen total de producto final certificado por la enti-dad solicitante durante el pasado ejercicio económico, el volumen total deproducto elaborado y certificado por los productores ubicados dentro delámbito territorial de la Provincia de Zamora, así como el porcentaje de éstefrente a la producción total certificada por el consejo regulador o asociaciónde productores.

k) Informe sobre la repercusión tanto directa como indirecta en la economíaprovincial del el sector amparado por la correspondiente asociación o entidadque tenga controlado el proceso de producción y/o comercialización de unafigura de calidad.

l) Declaración de no estar incurso en alguna de las circunstancias previstas enel artículo 7.2 de la vigente Ordenanza General de Subvenciones de laExcma. Diputación Provincial (art. 32.2 Y 13.3 de la Ley38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones). (Anexo VI, de los formularios enmateria de subvenciones incluidos en la Página Web de la Diputación deZamora, www.diputaciondezamora.es).

m) Certificado de tener reconocido el derecho de obtención de exención en elImpuesto del Valor Añadido, o documentación justificativa de estar acogidoa dicha exención.

Undécima. Instrucción.La instrucción de procedimiento corresponderá al Diputado de Iniciativas

Económicas y Empleo y su ulterior tramitación habrá de realizarse de conformidadcon lo establecido en el artículo 12 de la Ordenanza General de Subvenciones. Recibida la solicitud, se examinará si esta reúne los requisitos exigidos y si se

acompaña a la misma la preceptiva documentación, requiriéndose en caso contra-rio al interesado para que, en el plazo de diez días subsane, y/o complete los docu-mentos y/o datos que deben presentarse según se indica en la anterior base, advir-tiéndose de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previaresolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42, deconformidad con lo establecido en el artículo 71.1 ambos de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 deenero. La valoración de las solicitudes se efectuará por una Comisión de Evaluación.

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión deEvaluación, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motiva-da, que será notificada a los interesados, concediéndose un plazo de diez díaspara presentar alegaciones.Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimien-

to ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que lasaducidas por los interesados. En este caso la propuesta de resolución formuladatendrá el carácter de definitiva.Examinadas las alegaciones aducidas, se formulará la propuesta de resolución

definitiva, que deberá expresar el solicitante o relación de solicitantes para los quese propone la concesión de la subvención, y su cuantía, especificando su evalua-ción y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.La propuesta de resolución definitiva, se notificará a los interesados que hayan

sido propuestos como beneficiarios en la fase de instrucción, para que en el plazode diez días comuniquen su aceptación.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

www.diputaciondezamora.es BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA D.L. ZA/1-1958

N.º 83 - VIERNES 13 DE JULIO DE 2012 Pág. 17

R-201202864

Page 6: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA · Bases que rigen la convocatoria de concurso público en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a los

Duodécima. Criterios de valoración.La valoración de las solicitudes se efectuará por una Comisión de Evaluación

constituida por el Diputado Delegado del Área de Desarrollo Económico y dosTécnicos del Servicio de Desarrollo Económico, o el personal en quienes deleguen.Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, un funcionario del Servicio deDesarrollo Económico, designado por el Presidente de la Comisión de Evaluación.Los criterios de valoración que se tendrán en cuenta para calcular el importe de

la subvención concedida, serán los que a continuación se especifican y de acuer-do con la puntuación siguiente:a) Figura de calidad obtenida: Los solicitantes que en el momento de presentarla solicitud, estén en posesión de alguna de las figuras de calidad que a con-tinuación se relacionan, recibirán la siguiente puntuación:

a. Dieciocho puntos, aquellos que tengan reconocida la Denominación deOrigen, la Denominación de Origen Calificada o aquellos alimentos que seanpropietarios una Denominación de Origen Protegida.

b. Catorce puntos a los que estén en posesión de la Indicación GeográficaProtegida.

c. Cuatro puntos, para las Marcas de Garantía y para los vinos que hayan obte-nido la Denominación de Origen Protegida.

d. Dos puntos para todas aquellas asociaciones de productores que se encuen-tren en trámite de obtención de cualquiera de las figuras de calidad anterior-mente mencionadas.

b) Ámbito territorial: En este criterio se valorará la cantidad de producto finalelaborado y certificado en la provincia de Zamora, mediante el cálculo delporcentaje de producto final certificado elaborado en cualquiera de los muni-cipios que componen la provincia de Zamora, con relación al volumen totalde la producción certificada por cada consejo regulador o asociación de pro-ductores con su correspondiente sello de calidad, de acuerdo con el repartosiguiente:

a. Dieciséis puntos, aquellos consejos reguladores o entidades que hayan ela-borado dentro de la provincia de Zamora más del noventa por ciento de suproducción certificada.

b. Diez puntos, quienes certifiquen más del setenta por ciento y hasta el noven-ta por ciento incluido.

c. Dos puntos, los que certifiquen más del cincuenta por ciento y hasta el seten-ta por ciento incluido.

d. Un punto, los que certifiquen más del treinta por ciento y hasta el cincuentapor ciento incluido.

e. Finalmente recibirán cero puntos, los beneficiarios que certifiquen treinta porciento o menos de la producción total del consejo o asociación de producto-res.

c) Grado de Colaboración en la promoción de los “Alimentos de Zamora”: Eneste epígrafe se valorará la respuesta de los solicitantes durante el ejercicioinmediatamente anterior, ante la solicitud de participación en las campañasde promoción de “Alimentos de Zamora” propuestas por el Servicio deDesarrollo Económico de la Diputación Provincial de Zamora.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

www.diputaciondezamora.es BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA D.L. ZA/1-1958

N.º 83 - VIERNES 13 DE JULIO DE 2012 Pág. 18

R-201202864

Page 7: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA · Bases que rigen la convocatoria de concurso público en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a los

De acuerdo con esta respuesta los solicitantes recibirán la siguiente puntua-ción:a. Ocho puntos a aquellos que hayan colaborado siempre.b. Cuatro puntos a los que lo hayan hecho tres veces.c. Dos puntos quienes hayan colaborado al menos en dos ocasiones.d. Un punto a aquellos que hayan participado menos de dos veces.Aquellos Consejos Reguladores y asociaciones de productores que previa soli-

citud de colaboración por parte de la Diputación de Zamora en las campañas depromoción de la marca “Alimentos de Zamora”, se niegue a participar en la corres-pondiente actividad, será penalizada con veinte puntos cada vez que dicha situa-ción se produzca.d) Emplazamiento de la Sede del Consejo Regulador o Entidad Gestora de laMarca: Valorándose la localización actual del domicilio fiscal de la entidad.En base a este criterio, se podrá otorgar la siguiente puntuación:

a. Quince puntos, si el domicilio fiscal está ubicado dentro del ámbito territorialde la Provincia de Zamora.

b. Cero puntos, si dicha sede se encuentra fuera.e) Naturaleza del producto acogido a la Figura de Calidad: En este aparatadose valora si se trata de un producto elaborado en factorías, criado en gran-jas o cultivado en campos, o si por el contrario, se trata de un producto sil-vestre. Podemos definir como producto silvestre aquel que ha sido criadonaturalmente y sin cultivo en campos, que ha sido cazado o sometido a unproceso de recolección manual, normalmente realizado diariamente por loslugareños y entregándose totalmente fresco a una industria donde general-mente se le practican procedimientos básicos tales como los de clasificacióny limpieza del producto, si bien puede admitirse en ciertas ocasiones que sele practiquen ligeras manipulaciones o elaboraciones básicas, incluso encocina para favorecer su comercialización. En este apartado se procederá ala siguiente valoración:

a. Veinticinco puntos, si se trata de productos fabricados, criados en granjas ocultivado en campos.

b. Cero puntos, en caso de ser productos silvestres.La puntuación total obtenida por cada Consejo Regulador o Asociación de pro-

ductores resultado de aplicar los tres apartados siguientes será el único factor aconsiderar en la obtención de la cuantía total subvencionada. La puntuación totalconseguida servirá para calcular el montante total de la subvención obtenida,mediante un reparto proporcional.Decimotercera. Resolución.Uno.-Las subvenciones se otorgarán mediante resolución de la Presidencia, o

el órgano en quien delegue, que será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia. Dos.-Se consignarán en la resolución de la convocatoria tanto las solicitudes

estimadas como las desestimadas, estableciéndose respecto a las desestimadaslas causas de su exclusión

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

www.diputaciondezamora.es BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA D.L. ZA/1-1958

N.º 83 - VIERNES 13 DE JULIO DE 2012 Pág. 19

R-201202864

Page 8: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA · Bases que rigen la convocatoria de concurso público en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a los

Tres. La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuer-do con lo previsto en el artículo 58 de la Ley 30/92, realizándose la práctica de lamisma de conformidad con lo regulado en el artículo 59 de la citada Ley.La Diputación Provincial de Zamora publicará en el Boletín Oficial de la Provincia

las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el programa y cré-dito presupuestario al que se imputen, beneficiario y cantidad concedida.Cuatro.- La resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa y

será recurrible conforme a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, pudiendointerponerse contra la misma recurso de reposición ante el órgano que la dictó, enel plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, o direc-tamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de dicha Jurisdicciónen Zamora, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su noti-ficación.Cinco.- El plazo máximo para resolver será de tres meses contados a partir de

la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia.Transcurrido el plazo de resolución sin que ésta se haya dictado expresamente, seentenderán desestimadas las solicitudes. Seis.- Si por parte de los beneficiarios de la subvención no se procediera a la

aceptación de la subvención dentro del plazo establecido, o si aceptada, renuncia-ra con posterioridad a la misma, se podrá modificar la resolución de concesión dela subvención, incluyendo, según la puntuación obtenida, aquellos solicitantes quereuniendo los requisitos establecidos en las mismas, no hayan resultado beneficia-rios por haberse agotado la dotación presupuestaria. Siete.- Cualquier otra alteración de las circunstancias y de los requisitos subje-

tivos y objetivos, tenidos en cuenta para la concesión de la subvención y, en todocaso, la obtención por el beneficiario de ayudas o subvenciones concedidas por laAdministración de la Comunidad Autónoma o por otras Administraciones o Entespúblicos para el mismo destino o finalidad, así como la obtención de ayudas u otrasatribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para elmismo destino o finalidad o la superación de los topes previstos por la normativacomunitaria como consecuencia de la acumulación de ayudas o subvenciones enlos períodos establecidos en la misma, podrán dar lugar a la modificación de laresolución de concesión, sin que en ningún caso implique la variación del destinoo finalidad de la subvención. Decimocuarta. Justificación de la subvención.Uno.- La justificación de la subvención ascenderá al importe concedido y se

efectuará a partir de la fecha de la notificación de la resolución de la convocatoria,y en todo caso antes del 31 de octubre de 2012, por cualquiera de los medios esta-blecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, Ley de Régimen Jurídico yProcedimiento Administrativo Común, modificado por Ley 4/1999.Dos.- A efectos de justificar la realización de la inversión para la que fue conce-

dida la subvención, el beneficiario deberá presentar la documentación exigida enel artículo 17 de la Ordenanza General de Subvenciones (relacionada en el AnexoIII de los formularios en materia de subvenciones incluidos en la página web de laDiputación de Zamora, www.diputaciondezamora.es):- Memoria explicativa de las actividades realizadas, con indicación de objetivos

alcanzados y su correspondiente evaluación.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

www.diputaciondezamora.es BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA D.L. ZA/1-1958

N.º 83 - VIERNES 13 DE JULIO DE 2012 Pág. 20

R-201202864

Page 9: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA · Bases que rigen la convocatoria de concurso público en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a los

- Balance de ingresos y gastos (Cuenta de pérdidas y ganancias).- Certificación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tribu-

tarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.- Certificado acreditativo del domicilio fiscal expedido por la Agencia Estatal de

Administración Tributaria.- Justificación del destino dado a la subvención en cuestión. Las facturas deberán presentarse en original o en copia compulsada. En este

último caso, deberá anotarse previamente en los originales que su importe ha sidoobjeto de subvención por la Diputación de Zamora en su totalidad o en el corres-pondiente porcentaje. Sin esta diligencia en el original, no se admitirá la copia com-pulsada.Las facturas, deberán incluir los siguientes elementos:1. Nombre o razón social y NIF de la empresa que factura.2. Fecha de emisión. Todas las facturas deberán tener fecha del año 2008, que

es el período subvencionable.3. Importe total y, en su caso, desglosado por conceptos.4. IVA: Base imponible, tipo, importe y, en su caso, certificación de exención el

impuesto.5. Adeudo bancario o informe de que el importe de la factura ha sido pagado.- Declaración para entidades privadas e índice de gastos soportados por la acti-

vidad o adquisición objeto de la subvención (Anexo V de los formularios en mate-ria de subvenciones incluidos en la Página Web de la Diputación de Zamora,www.diputaciondezamora.es).En los casos en que la presentación de facturas no sea posible, los pagos serán

justificados por documentos contables de valor probatorio equivalente. Tres. El órgano competente dictará resolución por la que se declare justificada

total o parcialmente la subvención concedida.Decimoquinta. Pago.Las subvenciones se abonarán a los beneficiarios una vez que acrediten, con-

tra entrega de la documentación referida en la base decimocuarta, la realización delas actividades para las que fueron concedidas. Decimosexta. Prórrogas.La ampliación de los plazos inicialmente concedidos para la realización y justi-

ficación de las actividades podrá acordarse, por tiempo no superior a la mitad deaquellos, y a solicitud del beneficiario de la subvención que deberá efectuarse almenos diez días antes de la finalización del plazo inicialmente establecido en cadacaso.Decimoséptima. Reintegro de la subvención.Uno.- Procederá el reintegro en caso de existir declaración judicial o adminis-

trativa de nulidad o anulación de la resolución de concesión.Dos.- También procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigen-

cia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la sub-vención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro en los casosde obtención de la subvención habiendo falseado las condiciones requeridas paraello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido, en caso de incumplimiento totalo parcial del objetivo, de la actividad o del proyecto, y otras previstas en laOrdenanza General de Subvenciones (artículo 23).

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

www.diputaciondezamora.es BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA D.L. ZA/1-1958

N.º 83 - VIERNES 13 DE JULIO DE 2012 Pág. 21

R-201202864

Page 10: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA · Bases que rigen la convocatoria de concurso público en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a los

Tres.- En el caso de que el beneficiario se hallare en los supuestos previstos enla base anterior, o en el caso de que la subvención percibida supere el coste de laactividad a desarrollar por le beneficiario, se incoará el oportuno expediente dereintegro conforme a lo establecido en el Título II, Capítulo II de la Ley General deSubvenciones y el art. 27 de la Ordenanza. Decimoctava. Régimen de control financiero.En cuanto al régimen del control financiero de las subvenciones y las infraccio-

nes y sanciones administrativas, se aplicarán las disposiciones contenidas en losartículos 28 y siguientes de la Ordenanza Provincial.Decimonovena. Régimen supletorio.Esta convocatoria se regirá por lo establecido en las presentes bases y en todo

lo no previsto por éstas, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General deSubvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprue-ba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General deSubvenciones y por la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación deZamora.Zamora, 6 de julio de 2012.-El Presidente, Fernando Martínez Maíllo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

www.diputaciondezamora.es BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA D.L. ZA/1-1958

N.º 83 - VIERNES 13 DE JULIO DE 2012 Pág. 22

R-201202864

Page 11: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA · Bases que rigen la convocatoria de concurso público en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a los

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

www.diputaciondezamora.es BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA D.L. ZA/1-1958

N.º 83 - VIERNES 13 DE JULIO DE 2012 Pág. 23

R-201202864

Page 12: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA · Bases que rigen la convocatoria de concurso público en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a los

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

www.diputaciondezamora.es BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA D.L. ZA/1-1958

N.º 83 - VIERNES 13 DE JULIO DE 2012 Pág. 24

R-201202864

Page 13: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA · Bases que rigen la convocatoria de concurso público en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a los

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

www.diputaciondezamora.es BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA D.L. ZA/1-1958

N.º 83 - VIERNES 13 DE JULIO DE 2012 Pág. 25

R-201202864

Page 14: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA · Bases que rigen la convocatoria de concurso público en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a los

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

www.diputaciondezamora.es BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA D.L. ZA/1-1958

N.º 83 - VIERNES 13 DE JULIO DE 2012 Pág. 26

R-201202864

Page 15: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA · Bases que rigen la convocatoria de concurso público en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a los

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

www.diputaciondezamora.es BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA D.L. ZA/1-1958

N.º 83 - VIERNES 13 DE JULIO DE 2012 Pág. 27

R-201202864