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Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza Nº 33.701 - Ley Nº 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Área responsable: Secretaría Legal y Técnica - Registro de la Propiedad Intelectual Nº 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Uspallata 3160 (1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: [email protected] [email protected] - Consultas de Edictos Particulares de 9:30 a 14:30 hs. Web: boletinoficial.buenosaires.gob.ar 4809 27/01/2016

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Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina

  Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza Nº 33.701 - Ley Nº 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Área responsable:Secretaría Legal y Técnica - Registro de la Propiedad Intelectual Nº 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Uspallata 3160(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: [email protected][email protected] - Consultas de Edictos Particulares de 9:30 a 14:30 hs. Web: boletinoficial.buenosaires.gob.ar

4809

27/01/2016

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Sumario

Poder Legislativo

Ley

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

Ley N° 5429Se declaran innecesarios diversos inmuebles para la gestión del Gobierno de la Ciudad                                                Autónoma de Buenos Aires y se dispone su venta................................................................................................. Pág. 8

Ley N° 5471Se incorpora el inciso d) al artículo 29 del apartado II: Venta, alojamiento y tránsito de                                                   animales domésticos, Título: De la tenencia de animales domésticos de la Ordenanza Nº                                              41.831/87................................................................................................................................................................ Pág. 9

Poder Ejecutivo

Decreto

Área Jefe de Gobierno

Decreto N° 92Se dispone la percepción del cincuenta por ciento del subsidio instituido por Ordenanza Nº                                           44.370 y sus modificatorias Ordenanza Nº 47.396 y Ley Nº 2199 a favor de Amalia Salomé                                           Suárez Urtubey..................................................................................................................................................... Pág. 10

Decreto N° 95Se acepta la renuncia de Fernando Ezequiel Macchi como Director General de Protección del                                      Trabajo de la Subsecretaría de Trabajo del ex Ministerio de Desarrollo Económico........................................... Pág. 11

Decreto N° 96Se aceptan las renuncias de funcionarios del ex Ministerio de Desarrollo Económico y se                                              designa a Gerónimo Rafael Cabrera como titular de la Dirección General de Administración de                                     Bienes del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología....................................................................... Pág. 12

Decreto N° 97Se ratifica a Isabel Aurelia Valente a cargo de la Unidad de Auditoría Interna del Ente                                                    Autárquico Teatro Colón....................................................................................................................................... Pág. 13

Decreto N° 98Se aceptan renuncias y se designan funcionarios en el Ministerio de Educación................................................ Pág. 15

Decreto N° 99Se ratifica a Marisa Cristina Conte como Titular de la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio                                    de Educación........................................................................................................................................................ Pág. 16

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Resolución

Ministerio de Hacienda

Resolución N° 84-MHGC/16Se instrumenta el Acta de Negociación Colectiva Nº 26/15 de la Comisión Paritaria Central.............................. Pág. 17

Ministerio de Salud

Resolución N° 101-MSGC/16Se cesan profesionales en el Hospital General de Agudos Dr. Parmenio Piñero................................................ Pág. 19

Ministerio de Educación

Resolución N° 94-MEGC/16Se modifica la Planta Orgánico Funcional, aprobada por Resoluciones Nros. 397/MEGC/15 y                                       3574/MEGC/15, de los establecimientos dependientes de la Dirección de Educación Técnica.......................... Pág. 20

Resolución N° 96-MEGC/16Se modifica la Planta Orgánico Funcional, aprobada por Resoluciones Nros. 425/MEGC/15 y                                       3374/MEGC/15, de los establecimientos dependientes de la Dirección de Educación Artística.......................... Pág. 21

Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

Resolución N° 7-MDUYTGC/16Se aprueba modificación presupuestaria.............................................................................................................. Pág. 22

Resolución N° 9-MDUYTGC/16Se dan de baja y se designan responsables de administración y rendición de fondos........................................ Pág. 23

Resolución N° 11-MDUYTGC/16Se deroga la Resolución N° 126/MDUGC/12....................................................................................................... Pág. 24

Resolución N° 13-MDUYTGC/16Se abona a Ileana Sonia Terreno la tarea establecida en el Artículo 25 de la Ley Nº 70 con                                           motivo de habérsele aceptado la renuncia al cargo de Titular del Organismo Fuera de Nivel                                          Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Distrito Gubernamental.......................................................................... Pág. 25

Resolución N° 14-MDUYTGC/16Se abona a Fernando Álvarez de Celis la tarea establecida en el Artículo 25 de la Ley Nº 70                                         con motivo de habérsele aceptado la renuncia al cargo de Director General de Planeamiento.......................... Pág. 26

Resolución N° 9-SECTRANS/16Se autoriza a la Dirección General de Colectividades a efectuar el corte total de Av. Asturias                                         entre Av. Castañares y Santiago de Compostela................................................................................................. Pág. 27

Resolución N° 10-SECTRANS/16Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 28

Ministerio de Cultura

Resolución N° 5930-MCGC/15Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 30

Resolución N° 6365-MCGC/15Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 31

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Resolución N° 6520-MCGC/15Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 32

Resolución N° 6743-MCGC/15Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 33

Resolución N° 6840-MCGC/15Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 34

Resolución N° 7066-MCGC/15Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 35

Resolución N° 8466-MCGC/15Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 36

Resolución N° 145-MCGC/16Se dispone como deben otorgarse los subsidios correspondientes al Régimen de                                                          Reconocimiento de la Actividad Literaria creado por Ley Nº 3014....................................................................... Pág. 37

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Resolución N° 30-MAYEPGC/16Se instruye sumario administrativo....................................................................................................................... Pág. 40

Resolución N° 31-MAYEPGC/16Se designan representantes ante el Consejo de Gestión del Parque de la Memoria y del                                               Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado.......................................................................................... Pág. 41

Resolución N° 32-MAYEPGC/16Se prorroga la vigencia de los proyectos y subsidios otorgados en el marco de lo normado por                                      Decreto Nº 424/09................................................................................................................................................. Pág. 42

Resolución N° 33-MAYEPGC/16Se delega en el Director General de Planificación y Presupuesto la suscripción de las Actas                                          Acuerdo de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de Servicios...................................... Pág. 45

Resolución N° 34-MAYEPGC/16Se deniega la petición efectuada por Marina Cristina Pantin............................................................................... Pág. 46

Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología

Resolución N° 9-MMIYTGC/16Se designa personal en el cargo de Agente de Tránsito...................................................................................... Pág. 48

Agencia de Protección Ambiental

Resolución N° 16-APRA/16Se designa personal de planta gabinete............................................................................................................... Pág. 50

Resolución N° 18-APRA/16Se aprueba y adjudica la Contratación Directa Nº 8933-1540-CDI15.................................................................. Pág. 51

Disposición

Ministerio de Hacienda

Disposición N° 46-DGCYC/16Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública Nº 623-1646-LPU15........................................................... Pág. 53

Disposición N° 47-DGCYC/16Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública Nº 623-0022-LPU16........................................................... Pág. 54

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Ministerio de Justicia y Seguridad

Disposición N° 37-DGSPR/16Se da de baja del Registro de Seguridad Privada a la firma Seguridad en el Mar SRL....................................... Pág. 57

Ministerio de Salud

Disposición N° 160-HNJTB/12Se sanea la Disposición Nº 159/12....................................................................................................................... Pág. 59

Disposición N° 22-HBR/16Se deja sin efecto la Contratación Directa Nº 9609-SIGAF/14............................................................................. Pág. 59

Disposición N° 23-HBR/16Se deja sin efecto la Contratación Directa Nº 4055-SIGAF/14............................................................................. Pág. 60

Disposición N° 25-HBR/16Se deja sin efecto la Contratación Directa Nº 9610-SIGAF/14............................................................................. Pág. 60

Disposición N° 26-HBR/16Se deja sin efecto el Proceso de Compra Nº 431-0456-CME15.......................................................................... Pág. 61

Disposición N° 27-HBR/16Se deja sin efecto el Proceso de Compra Nº 431-1254-LPU15........................................................................... Pág. 62

Disposición N° 28-HBR/16Se deja sin efecto la Contratación Directa Nº 9705-SIGAF/14............................................................................. Pág. 62

Ministerio de Desarrollo Urbano

Disposición N° 1281-DGROC/15Se establece que las Fracciones E y F de la Manzana 27, Sección 26, Circunscripción 02,                                            delimitada por las calles Monasterio, Mirave, Luna y Avenida Amancio Alcorta no están sujetas                                    al cumplimiento de ninguna Línea de Frente Interno ni Línea Interna de Basamento.......................................... Pág. 64

Ministerio de Salud

Disposición N° 2-HGAPP/16Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 66

Organos de Control

Resolución

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Resolución N° 126-PG/14Se asignan fondos a la Dirección General de Información Jurídica y Extensión de la                                                      Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires............................................................................................. Pág. 68

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Disposición

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Disposición N° 5-DGTALPG/16Se aprueba rendición de gastos........................................................................................................................... Pág. 70

Trimestrales

Trimestrales

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Trimestrales N° 4-PG/15Cuarto Trimestre................................................................................................................................................... Pág. 72

Licitaciones

Ministerio de Hacienda

Licitación - Llamado N° 1646-DGCYC/15............................................................................................................ Pág. 73Licitación - Preadjudicación N° 1635-DGCYC/15................................................................................................ Pág. 73

Ministerio de Salud

Licitación - Llamado N° 1294-HGAJAF/15........................................................................................................... Pág. 75Licitación - Llamado N° 23-HGAP/16................................................................................................................... Pág. 75Licitación - Preadjudicación N° 1614-IRPS/15..................................................................................................... Pág. 76Licitación - Preadjudicación N° 1645-HGNRG/15................................................................................................ Pág. 76Licitación - Preadjudicación N° 1620-HGAIP/16.................................................................................................. Pág. 77Contratación Directa - Adjudicación N° 410-HGADS/15...................................................................................... Pág. 79

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Licitación - Llamado N° 6-IVC/15......................................................................................................................... Pág. 81

Banco Ciudad de Buenos Aires

Carpeta - Preadjudicación N° 22180-BCOCIUDAD/15........................................................................................ Pág. 82Carpeta - Prórroga N° 22204-BCOCIUDAD/15................................................................................................... Pág. 82

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Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado

Licitación - Llamado N° 190-SBASE/15............................................................................................................... Pág. 83

Edictos Particulares

Transferencias N° 24-SECLYT/16........................................................................................................................ Pág. 84Transferencias N° 26-SECLYT/16........................................................................................................................ Pág. 84Transferencias N° 28-SECLYT/16........................................................................................................................ Pág. 85Transferencias N° 29-SECLYT/16........................................................................................................................ Pág. 85Transferencias N° 30-SECLYT/16........................................................................................................................ Pág. 86

Edictos Oficiales

Ministerio de Justicia y Seguridad

Notificación N° 2580291-MJYSGC/14.................................................................................................................. Pág. 87

Ministerio de Salud

Notificación N° 19916843-HGACA/15................................................................................................................... Pág. 88Intimaciones N° 3036616-DGESAME/15.............................................................................................................. Pág. 89Notificación N° 56-HGAJAF/16............................................................................................................................. Pág. 90

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Notificación N° 3950680-DGCEM/14.................................................................................................................... Pág. 91

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Notificación N° 34724594-DGR/15....................................................................................................................... Pág. 92Notificación N° 38651156-DGR/15....................................................................................................................... Pág. 93

Ministerio Público Fiscal

Citación N° 3197315-UFO/16............................................................................................................................... Pág. 95Notificación N° 3097308-UFE/16.......................................................................................................................... Pág. 96

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Poder Legislativo Ley Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

LEY N.° 5429

Buenos Aires, 26 de noviembre de 2015

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Decláranse innecesarios para la gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y dispónese venta, de conformidad con los términos del Título Cuarto de la Ley 2095, Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de los inmuebles remanentes de expropiación pertenecientes al dominio privado de la Ciudad de Buenos Aires, adquiridos en virtud de la obra de ensanche de la Avenida de los Constituyentes en el marco de la Ordenanza N° 44.095/89, individualizados en el Anexo I, el que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Ley. Art. 2°.- Apruébanse en los términos del artículo 54 de la Ley 2095 las ventas de los inmuebles individualizados en el Anexo I del artículo 1 de la presente Ley, realizadas en virtud de lo dispuesto en el Título Cuarto - Capítulo II de la Ley 2095. Art. 3°.- El producido de la venta de los inmuebles detallados en el Anexo I será ingresado a las partidas presupuestarias correspondientes al Ministerio de Cultura, Jurisdicción N° 50 inciso 4, con el fin de destinarlo a obras de infraestructura, puesta en valor y equipamiento del Teatro General San Martín, del Centro Cultural General San Martín, del Complejo Ciudad de la Música y del Museo de Arte Moderno de Buenos Aires. Art. 4°.- Las escrituras traslativas de dominio de los inmuebles individualizados en el Anexo I de la presente Ley, se otorgarán por ante la Dirección General Escribanía General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todos los gastos que se devenguen por los actos de transferencia, escrituración e inscripción, incluyendo los honorarios del escribano interviniente, quedarán a cargo de los adquirientes del procedimiento de venta de los inmuebles referidos. Art. 5°.- Exceptúase del régimen establecido en los artículos precedentes, al inmueble individualizado en el Anexo I, Croquis J, Av. Franklin D. Roosevelt N° 5890 Circunscripción 16, Sección 63, Manzana 1b, Parcela 7i, que será destinado a espacio verde. Art. 6°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 22 de enero de 2016

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.429 (Expediente Electrónico N° 37.696.607-

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 8

ANEXO

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Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a los Ministerios de Modernización, Innovación y Tecnología, y de Cultura. Cumplido, archívese. Montiel

LEY N.º 5471

Buenos Aires, 3 de diciembre de 2015

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Incorpórase al artículo 29 del apartado II: “Venta, alojamiento y tránsito de animales domésticos”, Título: “De la tenencia de animales domésticos” de la Ordenanza 41.831/87 el inciso d) el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 29: El tránsito y permanencia de perros y gatos será permitido en las siguientes condiciones: a) Vía pública: Deberán ser conducidos en forma responsable mediante rienda y pretal o collar y bozal. b) Plazas, parques y paseos: los lugares reservados para uso de animales domésticos. c) Los propietarios o tenedores, deberán proveerse de una escobilla y una bolsa de residuos para recoger las deyecciones de sus animales, en oportunidad de su traslado durante los paseos que realicen en áreas de dominio público. d) En el exterior de los locales comerciales: mediante el empleo de rienda y pretal o collar y bozal.” Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.471 (E.E. Nº 38.678.094-MGEYA-DGALE/15), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 3 de diciembre de 2015, ha quedado automáticamente promulgada el día 8 de enero de 2016. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Montiel

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 9

MGEYA-DGALE-2015), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 26 de noviembre de 2015, ha quedado automáticamente promulgada el día 23 de diciembre de 2015.

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Poder Ejecutivo Decreto

DECRETO N.° 92/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO: La Ordenanza Nº 44.370 y su modificatoria Ordenanza Nº 47.396, la Ley Nº 2.199, el Decreto Nº 538/95 y el Expediente Electrónico 2015-18641749-MGEYA-DGPCUL, y CONSIDERANDO: Que mediante dicha actuación la señora Amalia Salomé Suárez Urtubey solicita la percepción del subsidio que acuerda la Ordenanza Nº 44.370, en su carácter de concubina supérstite del artista Senivaldo Ricardo Sciammarella; Que dicho artista obtuvo el Premio Único Categoría "C" del Concurso de Música - Bienio 1990-1991 por su obra "Sonata en mi" (p/violoncelo y piano (Decreto Nº 538/95), razón por la cual se le otorgó el subsidio mensual y vitalicio establecido por Ordenanza Nº 44.370, del cual gozó hasta la fecha de su fallecimiento ocurrido el 08 de septiembre de 2014; Que mediante Ordenanza Nº 47.396 se modificó el artículo 3º de la Ordenanza 44.370, incluyendo como beneficiarios del cincuenta por ciento (50%) del subsidio a los cónyuges supérstites y/o concubino/as que acrediten una convivencia pacífica anterior de por lo menos cinco (5) años; Que por Ley Nº 2.199 se modificó el artículo 1º de la Ordenanza Nº 44.370, modificada por Ordenanza Nº 47.396, asimilando el monto del subsidio a la asignación correspondiente al Agrupamiento Técnico, Tramo B, Nivel 01, del Convenio Colectivo de Trabajo vigente o la categoría que la reemplace en el futuro; Que de acuerdo a las constancias obrantes en los presentes actuados, se acreditan los derechos de la señora Amalia Salomé Suárez Urtubey mediante Documento Nacional de Identidad, Copia de la Información Sumaria que acredita la convivencia por un lapso superior a cinco (5) años y Acta de Defunción de su concubino; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete en los términos de la Ley Nº 1.218. Por ello y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 10

Artículo 1º.- Dispónese la percepción del cincuenta por ciento (50%) del subsidio instituido por Ordenanza Nº 44.370 y sus modificatorias Ordenanza Nº 47.396 y Ley Nº 2.199 a favor de la señora Amalia Salomé Suárez Urtubey DNI 3.315.263, concubina supérstite del artista Senivaldo Ricardo Sciammarella, ganador del Premio Único

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Categoría "C" del Concurso de Música - Bienio 1990-1991 por su obra "Sonata en mi" (p/violoncelo y piano (Decreto Nº 538/95), a partir de la fecha de presentación de la solicitud, de acuerdo con los términos de la normativa vigente. Artículo 2º.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura y

de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase, para su conocimiento y notificación a la interesada,, a la Dirección General de Promoción Cultural; a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Lopérfido - Mura

DECRETO N.° 95/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO: La Ley N° 5.460, los Decretos Nros 664/11, 363/15, y el Expediente Electrónico N° 38.918.112/MGEYA/DGTALMDE/15, y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2º de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología; Que por Decreto N° 363/15 se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la Dirección General Protección del Trabajo de la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio dependiente del citado Ministerio; Que el Dr. Fernando Ezequiel Macchi, DNI N° 23.471.070, CUIL N° 20-23471070-3, ha presentado su renuncia, a partir del 10 de diciembre de 2015, al cargo de la citada Dirección General, al cual fuera designado por el Decreto Nº 664/11; Que en consecuencia corresponde aceptar la renuncia, emitiendo la norma legal pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia del Dr. Fernando Ezequiel Macchi, DNI N° 23.471.070, CUIL N° 20-23471070-3, como Director General de la Dirección General Protección del Trabajo de la Subsecretaría de Trabajo del entonces Ministerio de Desarrollo Económico.

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 11

Categoría "C" del Concurso de Música

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Articulo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependientes del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Freire - Miguel

DECRETO N.° 96/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO: La Ley Nº 5.460, los Decretos N° 137/14 y N° 363/15, la Resolución Nº 343/MMGC/14, el Expediente Electrónico Nº 38.964.840/MGEYA/DGTALMMIYT/15, y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2 de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología; Que por Decreto N° 363/15 se aprobó la estructura orgánico funcional , dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología a la Dirección General Administración de Bienes; Que el Sr. Pedro Comin Villanueva, DNI N° 18.765.134, CUIL N° 20-18765134-5, presentó a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia al cargo de Director General de la Dirección General Administración de Bienes dependiente de la entonces Subsecretaría de Inversiones del ex Ministerio de Desarrollo Económico, cuya designación fuera dispuesta mediante el Decreto Nº 137/14; Que asimismo, el Lic. Gerónimo Rafael Cabrera, DNI N° 20.471.655, CUIL N° 20-20471655-3, presentó a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia al cargo de Subgerente Operativo de la Subgerencia Operativa de Administración de Inmuebles de la Gerencia Operativa de Patrimonio Inmobiliario de la citada Dirección General dependiente en ese entonces de la Subsecretaría de Inversiones, del ex Ministerio de Desarrollo Económico, al cual fuera designado transitoriamente mediante Resolución N° 343/MMGC/14; Que en consecuencia el Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, propicia la aceptación de las renuncias de los funcionarios del entonces Ministerio de Desarrollo Económico detallados en el Anexo I del presente, y la designación del Lic. Gerónimo Rafael Cabrera como Director General de la Dirección General Administración de Bienes del Ministerio de Modernización Innovación y Tecnología a partir del 10 de diciembre de 2015; Que a los fines de garantizar una adecuada continuidad de gestión resulta necesario, excepcionalmente por esta vez, aceptar las renuncias del Régimen Gerencial en esta instancia, que con posterioridad seguirán a cargo de la cartera correspondiente; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.

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Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1°.- Acéptanse las renuncias, a partir del 10 de diciembre de 2015, de los

funcionarios del entonces Ministerio de Desarrollo Económico en los cargos y condiciones que se detallan en el Anexo I (IF 2.780.926/MMIYTG/16) , el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2°.- Desígnase, a partir del 10 de diciembre de 2015, al Lic. Gerónimo Rafael Cabrera, DNI N° 20.471.655, CUIL N° 20-20.471.655-3, como titular de la Dirección General Administración de Bienes del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Articulo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración de Bienes. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Freire - Miguel

DECRETO N.º 97/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Las Leyes N° 70, N° 2.855 y N° 4.893, los Decretos N° 2075/07, 1.342/08, 757/09, 887/10, la Resolución N° 807/EATC/2015 y el Expediente N° 333.043/MGEYA/DGRHEATC/2016, y CONSIDERANDO: Que, el artículo 132 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece que la Ciudad cuenta con un modelo de control integral e integrado, conforme a los principios de economía, eficacia y eficiencia, comprendiendo el control interno y externo del sector público, que opera de manera coordinada en la elaboración y aplicación de sus normas; Que, el artículo 119 de la Ley N° 70 determina que el modelo de control con que cuenta la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comprende el control interno y externo del sector público;

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ANEXO

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Que, el artículo 121 de la citada Ley dispone que el Sistema de Control Interno queda conformado por la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y por las Unidades de Auditoría Interna, de cada jurisdicción y entidades que dependen del Poder Ejecutivo, estas unidades dependen jerárquicamente de la autoridad superior de cada organismo y actúan coordinadas técnicamente por la Sindicatura General; Que, por Ley Nº 2.855, modificada por la Ley 4.893 y reglamentada por el Decreto N° 1.342/08, se crea el Ente Autárquico Teatro Colón, en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con la organización y competencias determinadas en esa Ley; Que, el artículo 1° del Decreto N° 757/09 encomienda la creación y puesta en funcionamiento de las Unidades de Auditoría Interna, a los titulares de las Jurisdicciones o entidades dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, por el artículo 2° del citado Decreto se establece que “Las Unidades de Auditoría Interna están conformadas en el primer nivel de su estructura, por un Auditor Interno, designado por Decreto a propuesta del/la Síndico/a General, debiendo reunir los perfiles técnicos establecidos por la Sindicatura General de la Ciudad, y con rango equivalente a Director General conforme lo establecido en el artículo 4 del Decreto N° 2075/07, con cargo a las partidas presupuestarias de las Jurisdicciones o entidades en las cuales presten servicio”; Que, por Resolución N° 807/EATC/2015, se aprobó la estructura orgánico funcional del Ente Autárquico Teatro Colón; Que, en el punto 1.2, del Anexo II de la citada Resolución se establecen las funciones de la Unidad de Auditoría Interna; Que, la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, propicia la ratificación de la Contadora Isabel Aurelia Valente, D.N.I. Nº 12.300.520, C.U.I.L. Nº 27- 12300520-7, a

cargo de la Unidad de Auditoría Interna del Ente Autárquico Teatro Colón, bajo la órbita del Ministerio de Cultura, quien fuera designada por Decreto Nº 887 /10; Que por lo expuesto resulta conveniente dictar la norma legal respectiva. Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1°.- Ratifícase, a partir del día 10 de diciembre de 2015, a cargo de la Unidad de Auditoría Interna del Ente Autárquico Teatro Colón, bajo la órbita del Ministerio de Cultura, a la Contadora Isabel Aurelia Valente, D.N.I. Nº 12.300.520, C.U.I.L. Nº 27- 12300520-7, con rango equivalente a Director General, reteniendo Partida 3504.0000.PA.01 del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Sindicatura General de la Ciudad, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos pase al Ente Autárquico Teatro Colón. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Lopérfido - Miguel

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DECRETO N.° 98/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO: La Ley Nº 5460, los Decretos Nros. 254/10, 714/11 y 363/15, el Expediente Electrónico Nº 2948175/MGEYA-DGCLEI/16, y CONSIDERANDO: Que, por la Ley Nº 5460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Educación; Que, por Decreto N° 363/15, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Educación a diversas Subsecretarías y Direcciones Generales; Que el Ministerio de Educación propicia la aceptación de las renuncias de las personas que se indican en el Anexo I, el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente; Que en este orden de idea el Ministerio de Educación propicia la designación de las personas que se indican en el Anexo II, el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente; Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1°.- Acéptase, las renuncias de los funcionarios que se detallan en el Anexo I (IF-2016-2952184-MEGC), el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones detallados. Artículo 2°.- Desígnanse, a las personas que se detallan en el Anexo II (IF-2016-2952187-MEGC), el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones detallados. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Miguel

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 15

ANEXO

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DECRETO N.° 99/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO: La Ley N° 5.460 los Decretos Nros 295/10, 22/12 y 363/15, el Expediente Nº 332896/MGEYA-MEGC/2016, y CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 5460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, por Decreto Nº 363/15, se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la Unidad Auditoría Interna bajo la órbita del Ministerio de Educación; Que la Dra. Marisa Cristina Conte, DNI N° 6.673.370, CUIL Nº 27-6673370-5, fue designada por Decreto N° 295/10 como Titular de la Unidad de Auditoría Interna, del Ministerio de Educación, y ratificada en el mismo cargo mediante Decreto N° 22/12; Que a tales efectos y conforme el inicio de un nuevo periodo de gestión, el Ministerio de Educación propicia la ratificación de la Dra. Marisa Cristina Conte DNI 6.673.370, CUIL 27-6673370-5 en el mentado cargo; Que, conforme lo expresado precedentemente procede dictar la norma legal pertinente. Por ello en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 y 104 inc. 9) de laConstitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1º - Ratíficase, a partir del 10 de Diciembre de 2015, a la Dra. Marisa Cristina Conte, DNI 6.673.370, CUIL 27-6673370-5, como Titular de la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Educación, reservándose sus derechos -reteniendo sin percepción de haberes la partida Nro. 08001.0000.AUPB2 de Sindicatura General - como personal afectado a la Planta Permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º - El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3º - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaria de la Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Miguel

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 16

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Resolución Ministerio de Hacienda

RESOLUCIÓN N.° 84/MHGC/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO La Ley Nº 471, los Decretos Nros 465/04 y 285/10, el Acta de Negociación Colectiva Nº 26/15, el Expediente 2015-35524669-MGEYA-DGTALMH y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 9 de noviembre de 2015, se celebró el Acta de Negociación Colectiva Nº 26/15 –Comisión Paritaria Central- en el marco del Título II de la Ley Nº 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA); Que, mediante dicha Acta las partes acordaron otorgar una prórroga de 30 días a las dependencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que se encuentren en mora en el proceso de relevamiento de puestos que fuera convenido en la Cláusula Séptima del Acta Nº 4/15; Que, asimismo se estableció que aquellas reparticiones que hubieran finalizado en tiempo y forma el mencionado relevamiento, tendrán prioridad en el proceso de reencasillamiento de la Carrera Administrativa aprobada mediante Acta Nº 17/13. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley Nº 471, los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo; Que, así, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se instrumente el Acta de Negociación Colectiva Nº 26/15; Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto Nº 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE

Artículo 1º.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva Nº 26/15 de la Comisión Paritaria Central, suscripta el 9 de noviembre de 2015 entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como Anexo (IF 2016-03195978-DGTALMH) forma parte integrante de la presente.

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Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 18

ANEXO

Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA) y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Mura

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Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN N.° 101/MSGC/16

Buenos Aires, 21 de enero de 2016 VISTO: El E.E. N° 36637689/2015 (HGAPP) y CONSIDERANDO: Que el Hospital General de Agudos "Dr. Parmenio Piñero", dependiente del Ministerio de Salud, solicita disponer diversos ceses de varios profesionales, como Especialistas en la Guardia Médicos, en carácter de suplente; Que como consecuencia de lo expresado, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987, la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias. Por ello, conforme las facultades conferidas por el artículo 3 del Decreto N° 1821/2006,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1.-Cesen los profesionales que se indican en el Anexo "I" (IF. 1017893-DGALP-2016) que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en las condiciones que en cada caso se señala, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, punto 1.9 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987, la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyecto de Normas, de la Dirección General Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 19

ANEXO

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Ministerio de Educación

RESOLUCIÓN N.° 94/MEGC/16

Buenos Aires, 15 de enero de 2016 VISTO: La Ley N° 2905, las Resoluciones Nros. 397/MEGC/15 y 3574/MEGC/15, el Expediente Electrónico N° 37.472.675/MGEYA-DGAR/15; y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución N° 397/MEGC/15 y su modificatoria Resolución N° 3574/MEGC/15 se aprobaron las Plantas Orgánico Funcionales de los establecimientos dependientes de la Dirección de Educación Técnica; Que el Art.10 de la Ley 2905 y su reglamentación establecen que las vacantes de horas que se produjeran por jubilación, renuncia, traslado, ascenso u otros motivos deberán ser agrupadas para conformar cargos docentes; Que por lo antes mencionado diversos establecimientos solicitaron modificar su Planta Orgánico Funcional; Que dichos requerimientos cuentan con al aval de la Dirección de Educación Técnica; Que a propuesta se encuentra contemplada en el presupuesto en vigencia, toda vez que no se trata de cargos de creación; Que corresponde en consecuencia proceder a modificar las Resoluciones N° 397/MEGC/15 y 3574/MEGC/15; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado debida intervención. Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Modificar la Planta Orgánico Funcional aprobada por las Resoluciones Nros. 397/MEGC/15 y 3574/MEGC/15, de los establecimientos dependientes de la Dirección de Educación Técnica que como Anexo (IF-2015-37488625-DGAR) forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Impútese el gasto que demanden las Plantas Orgánico Funcionales aprobadas por la presente Resolución a Jurisdicción 55- Inciso 1-Partida Principal 1. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y pase para su conocimiento y demás efectos a las Subsecretarías de Carrera Docente, Coordinación Pedagógica Equidad Educativa, de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos; a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal y de Administración de Recursos; a la Dirección de Educación Técnica, y a las Gerencias Operativas de Recursos Humanos Docentes y Oficina de Gestión Sectorial. Cumplido archívese. Acuña

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 20

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 96/MEGC/16

Buenos Aires, 15 de enero de 2016 VISTO: La Ley N° 2905, las Resoluciones Nros. 425/MEGC/15 y N° 3374/MEGC/15, el Expediente Electrónico N ° 36.679.771/DGAR/15, y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución N° 425/MEGC/15 y su modificatoria Resolución N° 3374/MEGC/15 se aprobaron las Plantas Orgánico Funcionales de los establecimientos dependientes de la Dirección de Educación Artística; Que el Art.10 de la Ley 2905 y su reglamentación establecen que las vacantes de horas que se produjeran por jubilación, renuncia, traslado, ascenso u otros motivos deberán ser agrupadas para conformar cargos docentes; Que por lo antes mencionado diversos establecimientos solicitaron modificar su Planta Orgánico Funcional; Que dichos requerimientos cuentan con al aval de la Dirección de Educación Artística; Que la propuesta se encuentra contemplada en el presupuesto en vigencia, toda vez que no se trata de cargos de creación; Que corresponde en consecuencia proceder a modificar las Resoluciones N° 425-MEGC-15 y N° 3374- MEGC-2015, Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado debida intervención, Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Modifícase la Planta Orgánico Funcional aprobada por las Resoluciones N° 425/MEGC/15 y N ° 3374/MEGC/15 de los establecimientos dependientes de la Dirección de Educación Artística que como Anexo (IF-2015-37229136-DGAR) forman parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Impútese el gasto que demanden las Plantas Orgánico Funcionales aprobadas por la presente Resolución a Jurisdicción 55- Inciso 1-Partida Principal 1. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y pase para su conocimiento y demás efectos a las Subsecretarías de Carrera Docente, Coordinación Pedagógica Equidad Educativa, de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos; a las Direcciones Generales de Educación Superior y de Administración de Recursos; a la Dirección de Educación Artística, y a las Gerencias Operativas de Recursos Humanos Docentes y Oficina de Gestión Sectorial. Cumplido archívese. Acuña

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 21

ANEXO

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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

RESOLUCIÓN N.° 7/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 11 de enero de 2016 VISTO: El Decreto Nro.10/2016 y el Expediente Electrónico Nro. 444.475/DGTALMDUYT/2016 y, CONSIDERANDO: Que mediante el citado Expediente se propicia una modificación presupuestaria entre créditos asignados al Programa 16 "Nuevo Distrito Gubernamental" bajo la órbita de este Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, para el Ejercicio 2016; Que la modificación de créditos de que se trata resulta necesaria para atender las erogaciones que demande la continuidad de las obras que se llevan a cabo para la instalación del piso para armado estructural en los edificios Finochietto e Yrigoyen, como así mismo para la continuidad de los servicios de vigilancia y de servicios profesionales especializados en instalaciones termodinámicas, eléctricas, de corrientes débiles y en instalaciones sanitarias y contra incendios en el Edificio Palacio Lezama; Que las tareas mencionadas se encuadran en el plan de relocalización de sedes administrativas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en la zona Sudeste de la Ciudad, como parte de los objetivos fijados en el Capítuo VI - Artículo Nro.21 de la Ley de Ministerios Nro.5460; Que de acuerdo a las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2016, se establecen niveles de competencia que facultan a los Señores Ministros o máxima autoridad de la Jurisdicción a efectuar modificaciones de créditos, tal como se indica en el Artículo Nro.37, Apartado II del Capítulo IX correspondiente al Anexo I del Decreto Nº 10-2016, por el cual se aprobaron las mencionadas Normas; Que las obras involucradas se encuentran clasificadas en diferentes Finalidades y Funciones presupuestarias, lo cual amerita la intervención de esta instancia tal lo dispuesto en el apartado 3. del punto II del Artículo Nro. 37 del mencionado Decreto; Que se ha dado cumplimiento al Artículo Nro.9 del Capítulo Tercero del Anexo I del Decreto Nro. 10/2015 en lo referente a la validación del requerimiento nro. 151 del año 2016 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera por parte de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, quien ha otorgado al mismo el estado de "Pendiente OGESE"; Por ello y en uso de las facultades encomendadas,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE:

Artículo 1° Apruébase la modificación presupuestaria ingresada al Sistema de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) la cual se detalla en el anexo I bajo el Nro. IF-

2016-453597-DGTALMDUYT y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 22

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Artículo 2° Dése intervención a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, para la confirmación en el Sistema SIGAF, de la modificación presupuestaria mencionada en el Artículo 1ª. Artículo 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dentro de los cinco (5) días de firmada la presente, conforme lo dispone el Art. 9no. del Decreto Nro. 10/2016 y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 9/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 14 de enero de 2016 VISTO: Los términos del Decreto 67/10, el Expediente Nº 457109-DGMSUS-2016, CONSIDERANDO: Que dicha norma establece la necesidad de designar responsables de la administración y rendición de los fondos que se asignen a las diferentes Unidades de Organización; Que por Ley 5.460 se modifica la estructura orgánica funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cambiándose la denominación de Ministerio de Desarrollo Urbano por Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte; Que por Decreto Nº 3//16 se designó al Sr. Darío Marcelo Ferrer DNI: 17.429.725 CUIL: 20-17429725-9 como Director General de la Dirección General Movilidad Sustentable dependiente de la Subsecretaría de Movilidad Sustentable de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte; Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Decreto Nº 67/10, corresponde designar a los responsables de los fondos que en concepto de Caja Chica Común y Gastos de Movilidad que se otorguen a la Dirección General Movilidad Sustentable. Por ello,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Dese de baja a los agentes Sra. María Paula Bisiau DNI: 29.076.948 CUIL: 27-29076948-0, Sr. Sergio Sebastián Commisso DNI: 27.113.935 CUIL 20-27113935-8 y Sra. María Soledad Gonzalez DNI: 31.982.726 CUIL 27-31982726-4 como responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común y de Movilidad de la ex - Dirección General de Movilidad Saludable

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 23

ANEXO

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Artículo 2º.- Desígnase al Director General Movilidad Sustentable, señor Darío Marcelo Ferrer, D.N.I. 17.429.725, CUIL 20-17429725-9; a la Asesora Gabriela Andrea Sternberg, D.N.I. 24.127.461. CUIL. 27-24127461-1 y al señor Sergio Otranto, D.N.I 28.693.966, CUIL. 20-28693966-0, como responsables de la administración y posterior rendición de los fondos que en concepto de caja chica común y gastos de movilidad que se asignen a la Dirección General Movilidad Sustentable. Artículo 3º. - La Dirección General Movilidad Sustentable de este Ministerio, mantiene el número de Beneficiario Nº 119551 en el Sistema SIGAF, la cuenta corriente Nº 9210/4 Sucursal Nº 12 Banco Ciudad y el Institucional de Patrimonio 1.30.1.0.2216.0.0 en el Sistema SIGAF WEB. Artículo 4º.- Publíquese, comuníquese a las Gerencia Operativas de Oficina de Gestión Sectorial y de Recursos Humanos de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio, y a la Dirección General de Movilidad Sustentable, para su conocimiento y demás fines remítase a la Contaduría General (Departamento Responsables) y a la Tesorería General. Cumplido, archívese. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 11/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 14 de enero de 2016 VISTO: La Ley N° 5.460, y los Decretos Nros. 359/GCABA/2015 y 363/GCABA/2015 y la Resolución N° 126/MDUGC/2012, y el EX-2016-00937167- -MGEYA-DGTALMDUYT, y CONSIDERANDO: Que en el marco de la Ley de Ministerios 4.013 y de la Estructura Administrativa del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, se dictó la Resolución N° 126/MDUGC/2012 por la que se crearon las Comisiones de Preadjudicaciones con carácter permanente en el ámbito del ex Ministerio de Desarrollo Urbano, y se designó a los integrantes titulares y suplentes de las mismas; Que a tales efectos, las citadas Comisiones tenían por finalidad proponer la Adjudicación, la Preselección y/o Preadjudicación de las ofertas que participaban en las licitaciones; Que en el marco de la nueva Ley de Ministerios N° 5.640 y de la Estructura Administrativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 363/15, se ha producido la modificación de las estructuras y competencias del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad; Que en atención a los cambios introducidos en la estructura orgánica funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad corresponde la derogación de la Resolución N° 126/MDUGC/2012; Que, como consecuencia de lo expresado, resulta necesario designar a los integrantes titulares y suplentes de la comisión de preadjudicaciones para los procesos licitatorios de las obras y proyectos que encarará este Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 5.640 y los Decretos Nros 359/15 y 363/15,

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 24

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EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Derógase la Resolución N° 126/MDUGC/2012. Artículo 2°.- Créase la Comisión de Preadjudicaciones con carácter permanente en el ámbito de este Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, a los fines de intervenir en los procesos de selección del co contratante que formalice el área, realizando las evaluaciones pertinentes de la documentación y ofertas que se presenten en los mismos, aconsejando la preselección, preadjudicación y adjudicación respectivas, la que se denominará "Comisión de Consultoras y Obras de Arquitectura e Ingeniería". Artículo 3°.- Desígnanse como integrantes de la COMISION DE CONSULTORAS Y OBRAS DE ARQUITECTURA E INGENIERIA por la Secretaría de Transporte al Lic. Juan José Méndez DNI N° 26.735.689 (Titular) y al Lic. Fernando Lix klett DNI N°

10.110.507 (Suplente); por la Subsecretaría de Obras al Ing. Marcelo Carlos Palacio DNI N° 16.265.329 (Titular) y a la Dra. Jimena Fuster DNI N° 29.541.002 (Suplente); y al Dr. Juan Carlos Alesina DNI N° 16.939.095 (Titular) y al Dr. Juan Sebastián Serra DNI N° 17.366.903 (Suplente). Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los integrantes designados en la presente y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a todas las Secretarias, Subsecretarías, Direcciones Generales y a la Unidad de Auditoría Interna dependiente de este Ministerio y remítase al Área de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 13/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 14 de enero de 2016 VISTO: El artículo 25 de la Ley Nº 70, el Decreto N° 1.000/99, el EX-2015-38808872-MGEYA-UPEDG, y CONSIDERANDO: Que el artículo 25 de la Ley Nº 70 establece que los responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión, siendo dicha tarea remunerada, prestando, a la vez, colaboración a quien legítimamente le suceda en el cargo; Que por Decreto Nº 1.000/1999, se aprobó la reglamentación de la Ley Nº 70; Que en el artículo 14 del citado Decreto, reglamentario del artículo 25 de la Ley, se establece que la remuneración será equivalente a la del cargo que ocupaban; Que por la referida actuación, la Arq. Ileana Sonia Terreno, D.N.I. Nº 05.587.692, C.U.I.L. Nº 23-05587692-4, presentó el Informe Final de Gestión (IF-2015-38811227-UPEDG), con motivo de habérsele aceptado mediante Decreto Nº 44/2016, su renuncia al cargo de Titular del entonces Organismo Fuera de Nivel Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Distrito Gubernamental", a partir del 10/12/2015; Que, por lo expuesto, y con la aprobación del suscripto a dicho informe, corresponde abonar a la Arq. Ileana Sonia Terreno, la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley Nº 70.

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 25

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Por ello,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE:

Artículo 1º.- Abonar a la Arq. Ileana Sonia Terreno, D.N.I. Nº 05.587.692, C.U.I.L. Nº 23-05587692-4, la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley Nº 70, con motivo de habérsele aceptado a partir del 10/12/2015, la renuncia al cargo de Titular del entonces Organismo Fuera de Nivel Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Distrito Gubernamental", cuya retribución será la que detentaba al 09/12/2015 y por el término de un (1) mes. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y comuníquese a las Direcciones Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Administración y Liquidación de Haberes, dependientes del Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento, notificación de la Interesada y demás fines, remítase a la Dirección General de Infraestructura Gubernamental. Cumplido, archívese. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 14/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 14 de enero de 2016 VISTO: El artículo 25 de la Ley Nº 70, el Decreto N° 1.000/99, el EX-2016-427510-MGEYA-SSREGIC, y CONSIDERANDO: Que el artículo 25 de la Ley Nº 70 establece que los responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión, siendo dicha tarea remunerada, prestando, a la vez, colaboración a quien legítimamente le suceda en el cargo; Que por Decreto Nº 1.000/1999, se aprobó la reglamentación de la Ley Nº 70; Que en el artículo 14 del citado decreto, reglamentario del artículo 25 de la Ley, se establece que la remuneración será equivalente a la del cargo que ocupaban; Que por la referida actuación, el Lic. Fernando Alvarez de Celis, D.N.I. Nº 23.864.578, C.U.I.L. Nº 20-23864578-7, presentó el Informe Final de Gestión (IF-2016 Nros. 453353, 451051, 451342, 451545, 451715, 451856, 451928, 452033, 452226, 452423, 452548, 452655, 452773, 452932 y 453066-SSREGIC), con motivo de habérsele aceptado mediante Decreto Nº 3/2016, su renuncia al cargo de Director General de la entonces Dirección General de Planeamiento, a partir del 10/12/2015; Que, por lo expuesto, y con la aprobación del suscripto a dicho informe, corresponde abonar al Lic. Fernando Alvarez de Celis, la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley Nº 70. Por ello,

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 26

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Artículo 1º.- Abonar al Lic. Fernando Alvarez de Celis, D.N.I. Nº 23.864.578, C.U.I.L. Nº 20-23864578-7, la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley Nº 70, con motivo de habérsele aceptado a partir del 10/12/2015, la renuncia al cargo de Director General, de la entonces Dirección General de Planeamiento, cuya retribución será la que detentaba al 09/12/2015 y por el término de un (1) mes. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y comuníquese a las Direcciones Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Administración y Liquidación de Haberes, dependientes del Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento, notificación del interesado y demás fines, remítase a la Subsecretaría de Planeamiento. Cumplido, archívese. Moccia RESOLUCIÓN N.° 9/SECTRANS/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO: EL DECRETO Nº 363-GCABA-2015 Y EL EXPEDIENTE Nº 1144050/DGCOL/2016, Y CONSIDERANDO: Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Expediente mencionado, la Dirección General de Colectividades, solicita permiso para la afectación de Av. Asturias entre Av. Castañares y Santiago de Compostela, el día domingo 24 de enero de 2016, con motivo de la realización de un evento denominado "Buenos Aires Celebra la Fiesta de Alasita"; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto al corte solicitado; dejando a consideración de la Secretaria de Transporte para el dictado del acto administrativo respectivo; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrentes y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar a la Dirección General de Colectividades, con presencia de la Policía, a efectuar el corte total de Av. Asturias entre Av. Castañares y Santiago de Compostela, sin afectar bocacalles, el día domingo 24 de enero de 2016 de 07.00 a 21.00 horas, con motivo de la realización de un evento denominado "Buenos Aires Celebra la Fiesta de Alasita“.

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 27

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

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Artículo 2º.- El tránsito que pretenda circular por las arterias afectadas deberá desviarse por las transversales inmediatas anteriores a los cortes y retomar por las calles paralelas más próximas que tengan el mismo sentido de circulación. Artículo 3º.-La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrentes y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 4º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 6º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de validez. Artículo 7º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes. Artículo 8º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento pase a la Dirección General de Tránsito y Transporte quien comunicará al solicitante, a la Policía, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte, de Inspección del Uso del Espacio Público, de Limpieza, de Planificación de la Movilidad, de Seguridad Vial, de Tránsito y Transporte, de Fiscalización en la Vía Pública, de Rentas (Departamento de Otros Recursos) y de Ordenamiento del Espacio Público. Méndez

RESOLUCIÓN N.° 10/SECTRANS/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO: El Decreto Nº 556/10, su modificatorio Decreto Nº 752/10, el Expediente Nº 27.936.216-MGEYA-DGTALMJG/15, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del gasto de imprescindible necesidad correspondiente al Servicio de Auditoría de Medios prestado durante los meses de octubre, noviembre, diciembre de 2015 a la Subsecretaría de Transporte; Que en virtud de tratarse de gastos relacionados con la prestación de servicios de tracto sucesivo, corresponde atenerse a lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Nº 752/10, modificatorio del Decreto Nº 556/10, que prevé en sus términos la facultad de diversos funcionarios a aprobar erogaciones de imprescindible necesidad;

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 28

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Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al ejercicio 2015; Que se encuentran agregados a estas actuaciones los remitos Nº 0001-00008957, N° 0001-00009444, N° 0001-00009496, correspondientes al trimestre octubre-noviembre-diciembre del año 2015, debidamente confirmados por el organismo receptor, de lo cual se desprende que el servicio se ha cumplimentado en tiempo y forma, correspondiendo iniciar el trámite de pago respectivo; Que por tanto y en la medida que se trata de un hecho consumado corresponde a la Secretaría de Transporte saldar la deuda contraída; Por ello, y en uso de las facultades establecidas en el artículo 6º del Decreto N° 752/2010, modificatorio del Decreto Nº 556/10,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad en concepto del Servicio de Auditoría de Medios prestado durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2015 a la Subsecretaría de Transporte, por el importe total de pesos veintiún mil ($ 21.000) a favor de la firma Ejes S.A. (C.U.I.T. N° 33-66341994-9), de acuerdo a lo detallado en el Anexo I (IF-2016-03203912- -SECTRANS) que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Dicho gasto se imputó a la correspondiente partida presupuestaria correspondiente al ejercicio 2015. Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, remítase a las áreas competentes en materia de ejecución del gasto y notifíquese a la empresa adjudicada. Cumplido, archívese. Méndez

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 29

ANEXO

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Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN N.° 5930/MCGC/15

Buenos Aires, 4 de agosto de 2015 VISTO: El EX-2015-18987657- -MGEYA-DGLBYPL, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General de la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2015; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2015-20480425- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2015. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura quien deberá publicar en el Boletín

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 30

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Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lombardi

RESOLUCIÓN N.° 6365/MCGC/15

Buenos Aires, 18 de agosto de 2015 VISTO: El EX-2015-20576442- -MGEYA-DGLBYPL, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General de la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2015; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, SADE IF-2015-21621938- -MCGC, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 31

ANEXO

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Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2015. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura quien deberá publicar en el Boletín

Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lombardi

RESOLUCIÓN N.° 6520/MCGC/15

Buenos Aires, 21 de agosto de 2015 VISTO: El EX-2015-20440917- -MGEYA-DGLBYPL, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General de la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2015; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2015-21835403- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 32

ANEXO

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Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2015. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura quien deberá publicar en el Boletín

Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lombardi

RESOLUCIÓN N.° 6743/MCGC/15

Buenos Aires, 31 de agosto de 2015 VISTO: El EX-2015-21057067- -MGEYA-DGLBYPL, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General de la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2015; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 33

ANEXO

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido,

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documento y demás datos se consignan en el Anexo I, SADE IF-2015-22777010- -MCGC, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2015. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura quien deberá publicar en el Boletín

Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lombardi

RESOLUCIÓN N.° 6840/MCGC/15

Buenos Aires, 3 de septiembre de 2015 VISTO: El EX-2015-21056629- -MGEYA-DGLBYPL, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General de la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2015; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 34

ANEXO

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EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2015-23249001- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2015. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura quien deberá publicar en el Boletín

Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lombardi

RESOLUCIÓN N.° 7066/MCGC/15

Buenos Aires, 9 de septiembre de 2015 VISTO: El EX-2015-21935221- -MGEYA-DGLBYPL, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General de la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2015; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 35

ANEXO

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Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2015-24162689- -MCGC, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2015. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura quien deberá publicar en el Boletín

Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lombardi

RESOLUCIÓN N.° 8466/MCGC/15

Buenos Aires, 2 de noviembre de 2015 VISTO: El EX-2015-27605606- -MGEYA-DGLBYPL, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General de la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2015; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio;

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 36

ANEXO

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Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2015-33494624- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2015. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura quien deberá publicar en el Boletín

Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lombardi

RESOLUCIÓN N.° 145/MCGC/16

Buenos Aires, 18 de enero de 2016 VISTO: La Ley N° 3.014, los Decretos N° 542/09 y Nº 451/10, las Resoluciones Nº 2.416-MCGC-09 y Nº 1.275-MCGC-10 y el Expediente Electrónico Nº 01966797- MGEYA-DGTALMC-2016, y

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 37

ANEXO

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Que la Ley N° 3.014 creó el Régimen de Reconocimiento de la Actividad Literaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dicha Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de la misma; Que el Decreto N° 542-GCABA-09 faculta al Ministerio de Cultura, a dictar las normas complementarias e interpretativas que considere necesarias para la implementación del mencionado régimen; Que por Resolución Nº 2416-MCGC-2010 se creó la Coordinación Administrativa del Régimen de Reconocimiento de la Actividad Literaria estableciendo sus competencias; Que por Decreto Nº 451/10 se modifica la estructura organizativa del Ministerio de Cultura, creándose la Subdirección Operativa de Regímenes de Promoción Cultural, quedando a su cargo la coordinación e implementación de todos los aspectos de carácter administrativo del Régimen de Reconocimiento de la Actividad Literaria; Que por artículo 7º de la Resolución Nº 1275-MCGC-2010 se facultó "... a la Coordinación Administrativa del Régimen de reconocimiento de la Actividad Literaria a actualizar a partir del mes de enero de cada año, mediante la correspondiente comunicación a la Dirección General de Contaduría, los montos a que deben ascender los subsidios otorgados, en función de las variaciones que pudieran suscitarse en los parámetros establecidos en los artículos 2° y 5° de la Ley N° 3.014 o en los ingresos regulares del beneficiario"; Que debido a la implementación del sistema PSOC y los cambios propuestos por la Dirección General de Modernización con relación a la forma de realizar los pedidos de devengamiento, se ha generado la necesidad de contar con una Resolución que resulte abarcadora para todos los beneficiarios de la Ley Nº 3014, a fin de cumplir con los requerimientos del módulo informático aplicable al pago mensual de los subsidios; Que corresponde que en el acto administrativo propuesto se detalle la nómina completa de los escritores a los cuales corresponde el cobro del subsidio, así como los montos mensuales a percibir y las Resoluciones por las cuales oportunamente fueron incluidos en el Régimen de Reconocimiento de la Actividad Literaria; Por ello y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 3.014 y el Decreto 542/GCABA/09,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE

Artículo 1°.- Dispónese que durante el año 2016 los subsidios correspondientes al Régimen de Reconocimiento de la Actividad Literaria, creado por Ley Nº 3.014, deben

otorgarse según el siguiente detalle: Titular Monto mensual Resolución Nº ABELLA, Josefa María $ 7.279,14 3895-MC-2011 ACEVEDO, Zelmar $ 11.578,20 3169-MC-2013 ACTIS CAPORALE, Marcelo P. $ 11.578,20 1671-MC-2011 ALMADA ROCHE, Armando Ramón $ 3.606,99 1656-MC-2011 AVERBUJ, Eduardo $ 11.578,20 1529-MC-2010 BENATAR, Héctor Asher $ 7.279,14 2510-MC-2010 BLASCO, Hilda Martha $ 7.279,14 1526-MC-2010 BORRACHIA, Eduardo Luis $ 11.578,20 1537-MC-2010 BOVE, Carmen Olga $ 7.279,14 1657-MC-2011 BRAGAGNOLO, Norma Delia $ 2.980,08 4280-MC-2010 BUSEFI, Agustín $ 7.279,14 1542-MC-2010 CABALLERO, Teresita $ 1.980,10 2511-MC-2010 CARLETTI, Idelma Leonilda $ 7.279,14 2512-MC-2010 CEDRON, José Antonio $ 7.279,14 1539-MC-2010 CERNADAS, Amalia Elsa $ 7.279,14 1665-MC-2011 CLEMENTE, Horacio Domingo $ 7.064,14 3687-MC-2009 CORICA, Juan Carlos $ 11.578,20 2513-MC-2010 DI VITA, Roberto Antonio $ 11.578,20 1527-MC-2010 DURAN, Carlos Joaquín. $ 7.079,14 2514-MC-2010

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 38

CONSIDERANDO:

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ESCALANTE, Juan Carlos $ 7.279,14 1528-MC-2010 ESTRELLA GUTIERREZ, María del Mar $ 6.074,44 1524-MC-2010 ETCHEGOIMBERRY, Delia $ 6.964,48 1660-MC-2011 FINKELSTEIN, Jorge Hugo $ 11.578,20 1667-MC-2011 FORERO, María Cristina $ 11.578,20 2516-MC-2010 GOIJMAN, Roberto Luis $ 11.578,20 1533-MC-2010 GONZALEZ Y ARROYO, María Josefina $ 8.231,22 1531-MC-2010 GRAVINO, Amadeo $ 11.578,20 1521-MC-2010 HERMOSO, María Fernanda $ 4.495,01 4188-MC-2011 KLEINER, Bernardo $ 7.279,14 3658-MC-2009 KRATSMAN Rita $ 7.279,14 6478-MC-2014 KUYUMDJIAN, Felisa $ 7.265,64 1669-MC-2011 LAISECA, Alberto Jesús $ 11.578,20 3656-MC-2009 LAMEIRO, Irene Beatriz $ 7.279,14 1666-MC-2011 LAZZATI, Yolanda Irma $ 2.980,08 1534-MC-2010 LERENDEGUI, Silvia Susana $ 7.279,14 1670-MC-2011 LEVY, Elvira $ 7.279,14 1536-MC-2010 LONGONI, Silvia Estela $ 7.387,07 1659-MC-2011 MALDONADO MARTINEZ, María Rosa $ 11.578,20 1538-MC-2010 MAMPAEY LAGORIO, Julio R. $ 11.578,20 3897-MC-2011 MARE, Diego Jorge $ 7.180,35 3659-MC-2009 MARTINEZ, Leonardo $ 5.516,55 1530-MC-2010 MARTINEZ, Mirta Susana $ 7.279,14 2519-MC-2010 MONTENEGRO, Néstor Juan $ 7.079,14 2884-MC-2010 MONTES, Victoriano Emilio $ 8.568,86 2521-MC-2010 NEDER, Maria Olga $ 7.279,14 6479-MC-2014 NOY, Julio Fernando $ 10.578,20 3041-MC-2013 PALACIOS, René $ 7.279,14 1543-MC-2010 PASTRANA, Silvia Noemí $ 7.279,14 6123-MC-2013 PLANTE, Alicia Susana $ 7.279,14 6513-MC-2014 PRONO, Marta Beatriz $ 11.578,20 2522-MC-2010 QUIROGA, María Celia de la Cruz $ 6.194,94 1540-MC-2010 RAMOS, José Francisco $ 7.079,14 4408-MC-2011 ROCCHIO, María Elena $ 7.279,14 1661-MC-2011 ROMANO, Rosana Claudia $ 11.578,20 3576-MC-2013 ROMERO, Amílcar Guillermo $ 4.947,54 2523-MC-2010 RUANO, Manuel $ 7.279,14 1532-MC-2010 SAENZ, Dalmiro Antonio $ 11.578,20 1655-MC-2011 SALERNO, Hugo Enrique $ 7.279,14 3042-MC-2013 SALGADO, Julio $ 7.279,14 1535-MC-2010 SANCHEZ FERNANDEZ, Rafael $ 7.079,14 4163-MC-2010 SANTIAGO, María Cristina $ 2.916,70 4281-MC2010 SYMNS, Enrique Jorge $ 11.578,20 1672-MC-2011

SCHEUBA ROSALES, Miroslav Carlos $ 11.578,20 1662-MC-2011 SONCINI, Alfredo Luis $ 7.279,14 3657-MC-2009 SUAREZ, María del Carmen $ 7.279,14 1658-MC-2011 VALIENTE CRAVIOTTO, Martha $ 8.379,27 1674-MC-2011 VERNENGO PRACK, Silvia Elena $ 7.279,14 1663-MC-2011 VERONESE, Victorio $ 6.929,14 1541-MC-2010 VIDELA, Luis Pedro $ 7.188,88 3896-MC-2011 TOTAL $ 553.411,48 Artículo 2º.- Pase, para su conocimiento, a la Subgerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Lopérfido

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 39

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

RESOLUCIÓN N.° 30/MAYEPGC/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO: la Ley N° 5460, el Decreto N° 363/15, la Ley N° 471, el Expediente Electrónico 2014-13405188-MGEYA-DGCEM, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la investigación iniciada a raíz de la denuncia de sustracción de una placa de símil hierro que se encontraba ubicada en el frente de la bóveda sito en la Sección 9, Manzana 2, Tablón 6, Lote 38 y 39 del Cementerio de la Chacarita, efectuada por la Sra. Petrona Elsa Fernández; Conforme surge de los actuados, dicha denuncia fue realizada el día 17 de septiembre de 2014 por la Sra. Fernández -titular del arrendamiento de la bóveda en cuestión- ante la Comisaría de la N° 29 bajo la carátula de "Robo" con intervención de la Fiscalía de Instrucción N° 39 de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, con motivo del mencionado hecho; Que en el marco de lo acontecido, la sede de la Oficina Control de Permisionarios de la Dirección General de Cementerios, tal y como surge de los actuados, labró un “Acta por Robo de Bóveda“, el día 17 de Setiembre de 2014. En la misma consta el reclamo efectuado por la Señora Petrona Elsa Fernández, quién manifiesta ser arrendataria de la bóveda de referencia; Que consultada la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ésta sugirió una investigación sumarial a fin de que se indague sobre la real ocurrencia de los hechos sub examine y, en su caso, se deslinden responsabilidades si las hubiere, toda vez que por tratarse de un elementos pertenecientes al patrimonio de éste Gobierno, exige la observancia del deber de cuidado y conservación de los mismos (Art. 10 inc. g de la Ley 471 y Art. 4 del Anexo del Decreto Nº 263/10); Que asimismo, en lo que respecta al caso en particular aquí planteado, advirtió que correspondía aclarar que el robo de la placa denunciado por la Sra. Petrona Elsa Fernández no se encontraba en el interior de la bóveda sino en la parte exterior de ésta, por lo que el acceso a ella podía efectuarse con mayor facilidad; Que en este contexto, dicho Órgano Jurídico Asesor, consideró pertinente señalar el criterio expuesto por la Dirección General de Empleo Público en el Dictamen PG 77910 en cuanto a que: "...cuando el hecho - como en el que se plantea- ocurre en el ámbito de la Administración sujeto al control o supervisión nada impide que se instruya un sumario administrativo tendiente a determinar las eventuales responsabilidades del caso ante la desaparición de los bienes...", sin perjuicio de "...la falta de individualización de su autor..."; Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que le compete, mediante el Dictamen IF-2016-1707075-DGSUM, aconsejando iniciar una investigación sumarial a fin indagar sobre la real ocurrencia del hecho en cuestión, y el deslinde de las responsabilidades disciplinarias si las hubiere. Por ello, en virtud de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5.460, el Decreto N° 363/15,

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EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Instrúyase sumario administrativo a los fines de indagar respecto de los hechos relacionados a la investigación iniciada a raíz de la denuncia de robo de un elemento de hierro de la bóveda ubicada en la Sección 9, Manzana 2, Tablón 6, Lote 38 y 39 del Cementerio de la Chacarita. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General Cementerios y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Macchiavelli

RESOLUCIÓN N.° 31/MAYEPGC/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO: la Ley N° 3078, el Expediente Electrónico Nº 2016-03034160- -MGEYA-MAYEPGC y, CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 3078 se creó el Consejo de Gestión del Parque de la Memoria y del Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado, como área desconcentrada en el ámbito de la Subsecretaría de Derechos Humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, por la referida ley, se estableció que dicho Consejo estará integrado por a) Un (1) representante, por cada una de las siguientes áreas de Gobierno: Derechos Humanos, Cultura, Educación y Espacio Público y Medio Ambiente, b) Un (1) representante designado por la Universidad de Buenos Aires (UBA), y c) Un (1) representante por cada una de las siguientes Organizaciones de Derechos Humanos: Abuelas de Plaza de Mayo; Asamblea Permanente por los Derechos Humanos; Buena Memoria Asociación Civil; Centro de Estudios Legales y Sociales; Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas; Fundación Memoria Histórica y Social Argentina; Liga Argentina por los Derechos del Hombre; Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos, y Servicio Paz y Justicia; Que, el artículo 4 del citado cuerpo legal, dispone que los miembros del Consejo de Gestión del Parque de la Memoria y del Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado ejercerán sus cargos ad honorem y duraran tres (3) años en sus funciones; Que, en atención a ello, mediante Nota N° NO-2016-02946668-SSDHPC, la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural solicita a este Ministerio tenga a bien designar a un representante titular y un suplente para integrar el Consejo en cuestión; Que, en consecuencia, procede el dictado del pertinente acto administrativo que designe a los nuevos representantes de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público para integrar el Consejo de Gestión del Parque de la Memoria y del Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

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EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1°.- Desígnase al Sr. Ariel Iasge, D.N.I N° 16.709.860, como representante titular de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público ante el Consejo de Gestión del Parque de la Memoria y del Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado. Artículo 2°.- Desígnase al Sr. Norberto Pini, D.N.I N° 8.240.491, como representante suplente de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público ante el Consejo de Gestión del Parque de la Memoria y del Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado. Articulo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

y comuníquese a la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural. Remítase a la Dirección General Espacio Verdes a fin de que se notifiquen los términos de la presente a los señores Ariel Iasge, D.N.I N° 16.709.860 y Norberto Pini, D.N.I N° 8.240.491. Pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Macchiavelli

RESOLUCIÓN N.° 32/MAYEPGC/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 992, 1.854 y 5.460, el Decreto Nº 424/GCBA/2009, la Resolución Nº 971-MAYEPGC/2009, el Expediente Electrónico Nº 2945376-MGEYA-DGREC-2016, y CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el visto, tramita la presentación efectuada por la Cooperativa de Trabajo "Amanecer de los Cartoneros" Limitada, la Cooperativa de Provisión de Servicios para Recuperadores Urbanos "El Álamo" Limitada, la Cooperativa de Trabajo de Recuperadores Urbanos del Oeste Limitada, la Cooperativa de Trabajo "Las Madreselvas" Limitada, la Cooperativa de Trabajo Baires Cero Con Limitada, la Cooperativa de Trabajo Alelí Limitada, la Cooperativa de Provisión de Servicios para Recolectores del Oeste Limitada, la Cooperativa de Trabajo Recuperador Urbano "El Trébol" Limitada, la Cooperativa de Trabajo Primavera Limitada, la Cooperativa de Provisión de Servicios para Recolectores "El Ceibo" Limitada y la Cooperativa de Trabajo "Reciclando Trabajo y Dignidad" Limitada, solicitando la prórroga, de la vigencia de los Proyectos y subsidios que han sido oportunamente aprobados en el marco del Decreto N° 424/09 y su Resolución reglamentaria N° 971-MAYEPGC/09; Que, al respecto cabe destacar que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece, en su artículo 26°, que: "El ambiente es patrimonio común. Toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras. Toda actividad que suponga en forma actual o inminente un daño al ambiente debe cesar. El daño ambiental conlleva prioritariamente la obligación de recomponer";

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Que, es dable citar como antecedente del caso, que por la Ley N° 992, se declara Servicio Público a los Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, se prevé la incorporación de los recuperadores de residuos reciclables al proceso de recolección diferenciada en el Servicio de Higiene Urbana vigente, así como el cumplimiento de los objetivos que específicamente la norma enumera; Que, en el particular, dicha norma creó el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR) y el Registro Permanente de Cooperativas y Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME); Que, asimismo, la citada Ley dispone la implementación de programas de actuación y capacitación destinados a todos los inscriptos en el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR), con el objeto de proteger la salud, la higiene y la seguridad laboral durante el ejercicio de la actividad, como así también, promocionar una adecuada planificación de la actividad, con miras a evitar que su desarrollo redunde en menoscabo de la limpieza e higiene de la Ciudad; Que, a su vez, mediante la Ley N° 1.854 de "Gestión integral de residuos sólidos urbanos - Basura Cero", se estableció que uno de sus objetivos generales es

desarrollar instrumentos de planificación, inspección y control con participación efectiva de los recuperadores urbanos, que favorezcan la seguridad, la eficacia, la eficiencia y la efectividad de las actividades de gestión de los residuos; Que, en el Capítulo XII de la citada norma, el Artículo 43 determina que: "Tendrán garantizada la prioridad e inclusión en el proceso de recolección y transporte de los residuos sólidos urbanos secos y en las actividades de los centros de selección, los recuperadores urbanos, en los términos que regula la Ley N° 992, los que deberán adecuar su actividad a los requisitos que establece la presente, de acuerdo con las pautas que establezca la reglamentación, impulsando su adecuación y de acuerdo con los diferentes niveles de organización que ostenten, con la asistencia técnica y financiera de programas dependientes del Poder Ejecutivo"; Que, a continuación, el Artículo 44 dispone que "La Ciudad adoptará las medidas necesarias para establecer líneas de crédito y subsidios destinados a aquellas cooperativas de recuperadores urbanos inscriptas en el Registro Permanente de Cooperativas y de Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME)..."; Que el artículo 48 de la Ley N° 1.854 establece que "Es autoridad de aplicación de la presente el organismo de más alto nivel con competencia en materia ambiental que determine el Poder Ejecutivo."; Que, a su vez, la Ley N° 5.460 de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, determina, entre las misiones y funciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, la de: "...Actuar como autoridad de aplicación de las leyes relacionadas con la materia ambiental..."; Que la Dirección General Reciclado, dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público, es el área técnica encargada de promover políticas públicas orientadas a la implementación de una Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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Que, en el particular es dable expresar que, mediante el Decreto N° 424/09 se creó el "Programa para la Recuperación de Materiales Reciclables y Reutilizables en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público", destinado a subsidiar a los Recuperadores Urbanos inscriptos en el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR) y a aquellas cooperativas que se dediquen a la recuperación y al reciclado de productos y materiales dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, inscriptas en el Registro Permanente de Cooperativas y Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME), en todo lo que resulte necesario para el adecuado cumplimiento de la actividad principal por ellas desarrollada; Que, asimismo, el mencionado Decreto delega en el Ministro de Ambiente y Espacio Público, o en el funcionario que éste designe el establecimiento de las condiciones que deberán reunir los proyectos para los cuales se soliciten subsidios, así como el de los requisitos que los peticionarios deberán acreditar para la viabilidad formal de sus solicitudes, la evaluación y la eventual aprobación de cada proyecto y, en su caso, el otorgamiento del respectivo subsidio y la determinación de las condiciones que los beneficiarios deberán cumplir para su percepción; Que, posteriormente, a través de la Resolución N° 971-MAYEPGC/09, se aprobó el "Instructivo sobre las condiciones que deberán reunir los proyectos para los cuales se soliciten subsidios, así como de los requisitos que los peticionarios deberán acreditar

para la viabilidad formal de sus solicitudes", como reglamentación del Decreto N° 424/09; Que, en el marco de lo expuesto, se han concedido subsidios a las Cooperativas de Recuperadores Urbanos solicitantes, a los fines de posibilitar la implementación de aquellos Proyectos aprobados según las previsiones del Decreto Nº 424/09 y su reglamentación; Que la vigencia de los aludidos proyectos, y la de los subsidios a ellos vinculados, ha sido sucesivamente prorrogada mediante las Resoluciones Nros. 2-MAYEPGC/09, 1688-MAYEPGC/10, 604-MAYEPGC/11, 1580-MAYEPGC/11, 82-MAYEPGC/13, 2-MAYEPGC/14 y 2003-MAYEPGC/15 extendiéndose la misma hasta el día 31 de diciembre de 2015; Que, en este sentido, la Dirección General de Reciclado, detalla mediante su Informe N° 2016-03108137-DGREC cuáles son los proyectos y los subsidios actualmente vigentes y, destacando su utilidad para la preservación del ambiente y el cumplimiento de los objetivos de la citada Ley Nº 1.854, propicia el dictado de un acto administrativo que disponga la prórroga de los proyectos por el término de un año a partir de su vencimiento, sin perjuicio de las modificaciones que, en cada caso, corresponda eventualmente introducir para adecuar sus términos a las circunstancias actuales que inciden sobre las actividades a las que ellos se refieren; Que, como resultado de lo expuesto, resulta razonable dictar el presente acto administrativo a fin de disponer la prórroga de los proyectos aprobados en el marco del Decreto N° 424/09 y su reglamentación, y la de los subsidios a ellos vinculados, hasta el día 31 de diciembre de 2016 inclusive. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 424/ 09,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

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Artículo 1º.- Prorróguese la vigencia de los proyectos y subsidios otorgados en el marco de lo normado por el Decreto Nº 424/2009, detallados en el Anexo I identificado como IF N° 3213595-MAYEPGC/2016 el que se agrega como parte integrante de la

Servicios para Recolectores "El Ceibo" Limitada y a la Cooperativa de Trabajo "Reciclando Trabajo y Dignidad" Limitada, hasta el día 31 de Diciembre de 2016.

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presente Resolución, correspondientes a la Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada, a la Cooperativa de Provisión de Servicios para Recuperadores Urbanos El Álamo Limitada, a la Cooperativa de Trabajo de Recuperadores Urbanos del Oeste Limitada, a la Cooperativa de Trabajo Las Madreselvas Limitada, a la Cooperativa de Trabajo Baires Cero Con Limitada, a la Cooperativa de Trabajo "Alelí" Limitada, a la Cooperativa de Provisión de Servicios para Recolectores "Del Oeste" Limitada, a la Cooperativa de Trabajo Recuperador Urbano El Trébol Limitada, a la Cooperativa de Trabajo Primavera Limitada, a la Cooperativa de Provisión de Servicios para Recolectores "El Ceibo" Limitada y a la Cooperativa de Trabajo "Reciclando Trabajo y Dignidad" Limitada, hasta el día 31 de Diciembre de 2016. Artículo 2º.- Publíquese y comuníquese a las Direcciones Generales de Reciclado, de Contaduría y de Tesorería. Asimismo, notifíquese a las cooperativas citadas en el artículo 1° de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Macchiavelli

RESOLUCIÓN N.° 33/MAYEPGC/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO: las Leyes N° 5.460, N° 2.809 y sus modificatorias, los Decretos N° 363/GCBA/15, N° 04/16, N° 1312/08 y N° 127/14, las Resoluciones N° 543/MHGC/13 y N° 601/MHGC/14, el Expediente Electrónico N° EX-2016-03034149-MGEYA-MAYEPGC, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires creándose entre otros al Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que por el Decreto N° 363/15 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente de este Ministerio, estableciéndose a la Dirección General Planificación y Presupuesto como coordinadora de las acciones vinculadas al proceso de redeterminación de precios del Ministerio; Que por Decreto N° 04/16 se designó a partir del 1° de enero de 2016 al Sr. Nicolás Naidich, DNI N° 34.142.879, como Director General de la Dirección General Planificación y Presupuesto del Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que la Ley N° 2.809 estableció el Régimen de Redeterminación de Precios aplicable a los contratos de obra pública regidos por la Ley N° 13.064 y sus modificatorias, a los contratos de servicios, de servicios públicos y de suministros en los cuales expresamente se establezca la aplicación de dicha norma;

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ANEXO

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Que asimismo, mediante la Resolución N° 601-MHGC/14, se estableció la metodología a seguir en el Régimen de Redeterminación de Precios, resaltándose en el artículo 33° del Anexo que, "...el funcionario que resulte competente de la jurisdicción comitente suscribirá, ad referéndum de la aprobación del titular de dicha jurisdicción, conforme la delegación de facultades establecida en el artículo 4° Decreto N° 127/14, el Acta de Redeterminación de Precios correspondiente"; Que este Ministerio de Ambiente y Espacio Público se ha propuesto llevar adelante el trámite de las actuaciones relacionadas con la temática de redeterminación de precios con una mayor celeridad, economía y eficiencia; Que a fin de poder cumplir con dicho objetivo, y teniendo en cuenta el volumen de actuaciones referidas a la suscripción de las Actas Acuerdo de Redeteminación de Precios que actualmente se encuentran en trámite, resulta conveniente delegar la firma de las mismas en el Director General de la Dirección General Planificación y Presupuesto de este Ministerio; Que la técnica de delegación propuesta no constituye una modificación de la estructura administrativa existente, sino sólo y exclusivamente en su estricta dinámica de funcionamiento. Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5.460 y los Decretos N° 363/15 y N° 127/14,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1°.- Delégase la suscripción de las Actas Acuerdo de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de Servicios, aplicables a los precios de los contratos de acuerdo con las pautas dispuestas por la Ley N° 2.809 y su reglamentación, y sus modificatorios, en el Sr. Nicolas Naidich, DNI N° 34.142.879, Director General de la Dirección General Planificación y Presupuesto de este Ministerio, o quien en el futuro lo reemplace. Artículo 2°.- Déjase establecido que las Actas acuerdo delegadas en el artículo anterior deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 3° del Anexo I del Decreto N° 127/14 y expresar en su contenido que las mismas son suscriptas ad referéndum de la posterior ratificación por parte del señor Ministro de Ambiente y Espacio Público, tal así lo previsto por el artículo 33° del Anexo de la Resolución N° 601-MHGC/14. Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento, y demás efectos comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, a la Dirección Operativa de Gestión Sectorial, a la Gerencia Operativa de Redeterminación de Precios todas de este Ministerio, a la Unidad de Proyectos Especiales de Redeterminación de Precios dependiente del Ministerio de Hacienda y a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Macchiavelli

RESOLUCIÓN N.° 34/MAYEPGC/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO:

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 46

la Ley N° 5.460, el Decreto N° 363/15, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, el Expediente Electrónico N° 19316658/2015 - MGEYA-UAC1, y

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CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la solicitud de resarcimiento económico efectuada por la Sra. Marina Pantin por los daños que le habrían ocasionado la rotura de un caño de agua de la vereda, inundando el sótano del local sito en la calle Defensa 1180 de esta ciudad, el día 26 de Mayo de 2015; Que oportunamente, tomo intervención la Dirección General de Fiscalización en la Vía Pública que mediante según consta en los actuados, informó "que habiéndose realizado una búsqueda en sus registros, surge el Permiso N° 150011656280 otorgado a la empresa Aysa/ Aysa del 27/05/2015 al 11/06/2015 en acera en el domicilio de referencia; Que quien peticione deberá demostrar fehacientemente el derecho o interés que lo legitime, las circunstancias que alegue, la existencia del daño y que la responsabilidad por el mismo le fuere atribuible a la Administración; Que resulta necesario entonces que, en una primera presentación, la peticionante acredite el derecho subjetivo que la asiste o su interés legítimo; Que en el caso de los presentes actuados, la Sra. Pantin no acompañó la documentación pertinente a los fines de acreditar el carácter de invocado de socio gerente de una S.R.L.; toda vez que el Contrato de Locación que en copia simple adjuntó a su petición, resulta insuficiente; Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que le compete emitiendo el Informe Nº 35538680-DGEMPP/2015, aconsejando rechazar la petición formulada por la Sra. Pantin por improcedente. Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 5.460 y el Decreto Nº 363/15,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESUELVE

Artículo 1º.- Deniéguese la petición efectuada por la Sra. Marina Cristina Pantin. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese fehacientemente al recurrente los términos de la presente resolución haciéndole saber que este acto no agota la vía administrativa y que puede interponerse contra el mismo el recurso de reconsideración en el plazo de 10 (diez) días hábiles, a contar de la fecha de la notificación o el recurso jerárquico en forma directa, en el plazo de 15 (quince) días hábiles, conforme los arts. 103, 108 y concordantes de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público. Cumplido, archívese. Macchiavelli

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Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología

RESOLUCIÓN N.° 9/MMIYTGC/16

Buenos Aires, 20 de enero de 2016 VISTO: Las Leyes Nros. 471, 2.652 y 5.460, los Decretos Nros. 253/13, 527/13 ,489/14 y 60/16, el EX-2015-39471801-MGEYA- DGCACTYT y asociados, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 2.652, se creó el Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose las funciones y facultades que le conciernen al mismo; Que por Decreto N° 253/13, se creó, en función de lo dispuesto por el artículo 39 de la Ley N° 471, la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el ámbito de la entonces Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte dependiente de la Subsecretaría de Transporte de la Jefatura de Gabinete de Ministros; Que dicha Planta Transitoria fue prorrogada sucesivamente hasta el 31 de diciembre de 2015 por los Decretos Nros. 527/13 y 489/14; Que por Decreto Nº 60/16, se aprobó a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2016, la dotación de la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el ámbito de la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Transporte dependiente de la Subsecretaría de Movilidad Sustentable de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte; Que dicha Planta Transitoria, se aprobó en el marco de la Ley Nº 2.652, que regula el funcionamiento del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose el marco jurídico correspondiente a sus funciones y facultades; Que por su parte, la Ley N° 5.460 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contempla entre los objetivos del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte el de entender en las políticas referidas a la gestión y fiscalización del transporte, del ordenamiento del tránsito y regímenes de habilitación de conductores y el de promover políticas de control del cumplimiento de las normas de tránsito en coordinación con las Fuerzas Policiales y de Seguridad que actúan en la jurisdicción; Que, en este sentido, la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Transporte, dependiente de la Subsecretaría de Movilidad Sustentable de la Secretaría de Transporte, propicia la designación de diversos agentes en el marco de Planta Transitoria, aprobada por Decreto Nº 60/16; Que por Resolución N° 3-MJGGC-16 se encomiendó la firma del despacho del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte al Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología, desde el 18 al 20 de enero de 2016 inclusive. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 60/16,

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EL MINISTRO DE MODERNIZACION, INNOVACION Y TECNOLOGIA RESUELVE

Artículo 1º.- Desígnase a las personas indicadas en los Anexos I a XII (IF-2016-1856590-SSMS, IF-2016-1856975-SSMS, IF-2016-2062434-SSMS, IF-2016-1869350-SSMS, IF-2016-1857946-SSMS, IF-23016-1869756-SSMS, IF-2016-1916143-SSMS, IF-2016-1915002-SSMS, IF-2016-2090218-SSMS, IF-2016-1920040-SSMS, IF-2016-1916837-SSMS e IF-2016-1917239-SSMS) que forman parte integrante de la presente, en el cargo de Agente de Tránsito, en la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto Nº 60/16. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Transporte y a las Subsecretarías de Movilidad Sustentable de la Secretaría de Transporte y de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte. Cumplido, archívese. Freire

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ANEXO

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Agencia de Protección Ambiental

RESOLUCIÓN N.° 16/APRA/16

Buenos Aires, 21 de enero de 2016 VISTO: Las Leyes Nº 471 y su modificatoria Nº 3.826 y Nº 2.628, los Decretos 363/15 y Nº 37/16, la Resolución Nº 3/APRA/2016 y el Expediente Electrónico Nº 2016-1871439-MGEYA-DGTALAPRA CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 471, regula las relaciones laborales en la administración pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en su artículo 39 prevé que: "El régimen de contrataciones de trabajadores por tiempo determinado comprende exclusivamente la prestación de servicios de carácter transitorio o eventual, no incluidos en las funciones propias del régimen de carrera, y que no puedan ser cubiertos por personal de planta permanente; Que, asimismo, se acuña que en ningún caso dicha transitoriedad podrá exceder los cuatro (4) años comprendiendo funciones de asesoramiento o de asistencia administrativa y finalmente consigna que los trabajadores cesan en sus funciones en forma simultánea con la Autoridad cuyo Gabinete integran, y su designación puede ser cancelada en cualquier momento; Que por la Ley Nº 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad autárquica, cuyo objeto es la protección de la calidad ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires; Que por su parte, el Decreto Nº 363/15 se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su artículo 5° instituye que a partir del 10 de Diciembre de 2011 el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno; Que de acuerdo al artículo 4º de la Ley Nº 2.628, la Agencia de Protección Ambiental será administrada por un Presidente, quien se encuentra facultado para designar a las personas integrantes de las Plantas de Gabinete de la Agencia de Protección Ambiental cargo que por el Decreto Nº 37/2016 investido el Dr. Juan Bautista Filgueira Risso como Presidente de la Agencia de Protección Ambiental; Que por la Nota N° 2016-01787290-DGEAMB la Directora General de Estrategias Ambientales propició la designacion como Plantas de Gabinete, a partir del 10 de Diciembre del 2015, del Sr. Javier Vázquez DNI Nº 29.901.230, CUIL Nº 20-29901230-2 con una retribución mensual equivalente a cuatro mil ochocientas (4800) unidades retributivas, reservando partida presupuestaria Nº 35350030 PA 01 (07219) y de la Sra. Silvia Pérez DNI Nº 14.172.435, CUIL Nº 27-14172435-0 con una retribución equivalente a tres mil setecientos (3700) unidades retributivas, reservando partida presupuestaria Nº 40260010; Que, mediante la NO 2016-02093347-APRA esta Presidencia prestó conformidad a la mentada solicitud restando la emisión del acto administrativo pertinente; Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica Administrativa y

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Legal. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 8º de la Ley Nº 2628, y el Decreto Nº 509/13,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL RESUELVE

Artículo 1°.- Desígnase a partir del 10 de Diciembre del 2015 al Sr. Javier Vázquez, DNI Nº 29.901.230, CUIL Nº 20-29901230-2, como Planta de Gabinete de la Dirección General de Estrategias Ambientales de esta Agencia de Protección Ambiental, con una retribución mensual a cuatro mil ochocientas (4800) unidades retributivas, reservando partida presupuestaria Nº 35350030 PA 01 (07219). Artículo 2°.- Desígnase a partir del 10 de Diciembre del 2015 a la Sra. Silvia Pérez DNI Nº 14.172.435, CUIL Nº 27-14172435-0, como Planta de Gabinete de la Dirección General de Estrategias Ambientales de esta Agencia de Protección Ambiental, con una retribución equivalente a tres mil setecientos (3700) unidades retributivas, reservando partida presupuestaria Nº 40260010. Artículo 3º.- Instrúyase a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal que deberá hacer saber la presente decisión conforme lo establece los Capítulos V y VI de la Ley de Procedimientos Administrativos de esta Ciudad. Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos perteneciente al Ministerio de Modernización, y a las Direcciones Generales de esta Agencia de Protección Ambiental. Cumplido, archívese. Filgueira Risso

RESOLUCIÓN N.° 18/APRA/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO: Las Leyes Nº 2628 y N° 2.095 su modificatoria, su Decreto Reglamentario 1145/GCBA/09 complementado por el Decreto N° 95/GCBA/14 y la Resolución N° 1160/MHGC/11, Disposición Nº 160/DGTALAPRA/2015, el EX-2015-36391683-MGEYA-DGTALAPRA y, CONSIDERANDO: Que conforme a la Disposición Nº 160/DGTALAPRA/2015, se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se convocó para el día 14 de diciembre a las 9:00 hs. a potenciales oferentes para la presente Contratación Directa N° 8933-1540-CDI15, conforme artículo 28, párrafo sexto de la Ley Nº 2.095 su modificatoria y sus normas Reglamentaria; Que en la fecha referida en el considerando precedente, surge del Acto de Apertura de Ofertas que se recibió una única oferta por parte de la firma, DELOITTE & CO. S.A.; Que del informe técnico pertinente producido por la Gerencia Operativa de Sistemas, Infraestructura y Procesos surge que se admitió la propuesta presentada por el único oferente desde el cariz técnico;

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Que, posteriormente, sobre la base de lo manifestado por el área requirente, la Comisión Evaluadora de Ofertas emitió su Dictamen de Evaluación por el cual recomendó preadjudicar a la empresa DELOITTE & CO. S.A. acto que le fue notificado conforme lo establecido en el artículo 23 del Decreto Nº 1145/GCBA/09; Que, frente a ello, la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial ha efectuado compromiso presupuestario definitivo y la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos tomó debida intervención; Que, en consecuencia, corresponde aprobar el presente procedimiento y adjudicar el servicio a la única oferta presentada al dar cumplimiento de los recaudos exigidos. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9° del Decreto N° 1145/GCBA/09, reglamentario de la Ley N° 2.095,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el procedimiento de Contratación Directa Nº 8933-1540-CDI15, conforme lo normado por el artículo 28 párrafo sexto de la Ley 2.095 su modificatoria y reglamentarias. Artículo 2º.- Adjudícase a favor de la firma DELOITTE & CO. S.A. (CUIT N° 30-52612491-6), por un monto total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA ($2.483.550,00), por la contratación de un Servicio de Desarrollo de Nuevas Funcionalidades SAP-CRM APrA-MYEP solicitado por la Gerencia Operativa de Infraestructura. Sistemas y Procesos de esta Agencia de Protección Ambiental. Artículo 3º.- El gasto se imputará a las partidas presupuestarias del ejercicio

correspondiente. Artículo 4º.- Emítase la respectiva Orden de Compra. Artículo 5º.- Protocolícese en el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el Sitio Oficial de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y anúnciese en la cartelera oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Agencia de Protección Ambiental. Filgueira Risso

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Disposición Ministerio de Hacienda

DISPOSICIÓN N.° 46/DGCYC/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764, los Decretos Nº 95/14, Nº 1145/09 y concordantes, la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC/MJGGC/SECLYT/11, las Resoluciones Nº 596/MHGC/11 y Nº 1.160/MHGC/11, las Disposiciones Nº 302/DGCYC/13 y Nº 396/DGCYC/14, el Expediente Electrónico Nº 38.908.413/MGEYA/DGCYC/2.015, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita el Convenio Marco de Compras para la Adquisición de Elementos de Blanquería y Afines para uso de las Reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que el Convenio Marco de Compras es definido en el Artículo 33 Decreto reglamentario del Régimen de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires Nº 1.145/09 como "una modalidad de contratación electrónica mediante la cual se selecciona a uno o más proveedores para procurar el suministro directo de bienes y servicios a las Unidades Ejecutoras en la forma, plazo y demás condiciones establecidas en dicho convenio"; Que asimismo este proceso de selección de cocontratante para la celebración de Convenios Marco de Compras tramita por el Módulo Expediente Electrónico-EE, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC/MJGGC/SECLYT/11; Que por Resolución N° 596/MHGC/11 se aprobaron las Políticas, Términos y Condiciones de Uso del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones, denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que se publica en www.buenosairescompras.gob.ar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, conteniendo el detalle de productos licitados, así como las condiciones y modalidades propias de la contratación, entre los que se cuentan requisitos técnicos de los bienes, económicos y financieros, condiciones de entrega, garantías, duración del Convenio a suscribirse, entre otras cuestiones exigibles por el Artículo 23 de la Resolución Nº 1160/MHGC/11 y concordantes; Que la Dirección General de Compras y Contrataciones por Disposición N° 302/DGCYC/13 aprobó el Procedimiento para la Administración de Perfiles y de Usuarios BAC y la matriz de asignación de Perfiles de Usuarios en el Ambiente Comprador; Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 su modificatoria Ley Nº 4.764 y el Decreto Nº 95/14 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que en virtud de los términos de la Ley Nº 2.095 modificada por la Ley Nº 4.764, los Decretos N° 95/14 y Nº 1145/09 y concordantes, la suscripta se encuentra facultada para realizar el llamado a Licitación Pública, aprobar el Pliego de Condiciones

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Particulares, Especificaciones Técnicas y designar los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas. Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 de la Ley Nº 2.095 modificada por la Ley Nº 4.764, y reglamentado por el Anexo II del Decreto Nº 95/14,

LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas publicado en www.buenosairescompras.gob.ar. Artículo 2º.- Llámase a Licitación Pública Nº 623-1646-LPU15 para el día 03 de Febrero de 2016 a las 14:00 horas bajo la modalidad de Convenio Marco de Compras para la Adquisición de Elementos de Blanquería y Afines para uso de las Reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en los Artículos 31 y 44 bis de la Ley Nº 2.095 modificada por la Ley Nº 4.764, los Decretos N° 95/14 y Nº 1145/09 y concordantes y la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC/MJGGC/SECLYT/11, por un monto estimado de Pesos Catorce Millones Ciento Treinta Mil Trescientos Quince ($ 14.130.315.-). Artículo 3º.- Desígnase a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas de la Licitación Pública, la cual estará conformada por la Dra. Maria Victoria Charalambous (D.N.I. 32.920.145), el Sr. Francisco Ignacio Aras (D.N.I. Nº 36.172.099) y el Sr. Pablo Lucas Converso (D.N.I. Nº 26.047.271). Artículo 4º.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de dos (2) días y en el Sitio de Internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en Internet en el portal Buenos Aires Compras y remítase a la Gerencia Operativa de Contrataciones para la prosecución de su trámite. Tojo

DISPOSICIÓN N.° 47/DGCYC/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764, los Decretos Nº 95/14, Nº 1145/09 y concordantes, la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC/MJGGC/SECLYT/11, las Resoluciones Nº 596/MHGC/11 y Nº 1.160/MHGC/11, las Disposiciones Nº 302/DGCYC/13 y Nº 396/DGCYC/14, el Expediente Electrónico Nº 2.912.625/MGEYA/DGCYC/2.016, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita el Convenio Marco de Compras para la Contratación del Servicio de Fletes para uso de las reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC);

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Que el Convenio Marco de Compras es definido en el Artículo 33 Decreto reglamentario del Régimen de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires Nº 1.145/09 como "una modalidad de contratación electrónica mediante la cual se selecciona a uno o más proveedores para procurar el suministro directo de bienes y servicios a las Unidades Ejecutoras en la forma, plazo y demás condiciones establecidas en dicho convenio"; Que asimismo este proceso de selección de cocontratante para la celebración de Convenios Marco de Compras tramita por el Módulo Expediente Electrónico-EE, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC/MJGGC/SECLYT/11; Que por Resolución N° 596/MHGC/11 se aprobaron las Políticas, Términos y Condiciones de Uso del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones, denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que se publica en www.buenosairescompras.gob.ar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, conteniendo el detalle de productos licitados, así como las condiciones y modalidades propias de la contratación, entre los que se cuentan requisitos técnicos de los bienes, económicos y financieros, condiciones de entrega, garantías, duración del Convenio a suscribirse, entre otras cuestiones exigibles por el Artículo 23 de la Resolución Nº 1160/MHGC/11 y concordantes; Que la Dirección General de Compras y Contrataciones por Disposición N° 302/DGCYC/13 aprobó el Procedimiento para la Administración de Perfiles y de Usuarios BAC y la matriz de asignación de Perfiles de Usuarios en el Ambiente Comprador; Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 su modificatoria Ley Nº 4.764 y el Decreto Nº 95/14 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que en virtud de los términos de la Ley Nº 2.095 modificada por la Ley Nº 4.764, los Decretos N° 95/14 y Nº 1145/09 y concordantes, la suscripta se encuentra facultada para realizar el llamado a Licitación Pública, aprobar el Pliego de Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y designar los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas. Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 de la Ley Nº 2.095 modificada por la Ley Nº 4.764, y reglamentado por el Anexo II del Decreto Nº 95/14,

LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas publicado en www.buenosairescompras.gob.ar. Artículo 2º.- Llámase a Licitación Pública Nº 623-0022-LPU16 para el día 02 de Febrero de 2016 a las 14:00 horas bajo la modalidad de Convenio Marco de Compras para la Contratación del Servicio de Fletes para uso de las reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en los Artículos 31 y 44 bis de la Ley Nº 2.095 modificada por la Ley Nº 4.764, los Decretos N ° 95/14 y Nº 1145/09 y concordantes y la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC/MJGGC/SECLYT/11, por un monto estimado de Pesos Ochocientos Cincuenta y Siete Mil Doscientos Veintinueve ($ 857.229.-). Artículo 3º.- Desígnase a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas de la Licitación Pública, la cual estará conformada por la Dra. Maria Victoria Charalambous (D.N.I. 32.920.145), el Sr. Francisco Ignacio Aras (D.N.I. Nº 36.172.099) y el Sr. Pablo Lucas Converso (D.N.I. Nº 26.047.271).

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Artículo 4º.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día y en el Sitio de Internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en Internet en el portal Buenos Aires Compras y remítase a la Gerencia Operativa de Contrataciones para la prosecución de su trámite. Tojo

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Ministerio de Justicia y Seguridad

DISPOSICIÓN N.° 37/DGSPR/16

Buenos Aires, 21 de enero de 2016 VISTO: la Ley Nº 1913 (B.O. Nº 2363), los Decretos Nº 446-GCBA/2006 (B.O. Nº 2436), y N° 394- GCABA/2013 (B.O N° 4248), la Disposición Nº 254-DGSPR/2014 y la Carpeta Nº E813210, y, CONSIDERANDO: Que mediante Disposición Nº 254-DGSPR/2014 de fecha 14/07/2014 la empresa SEGURIDAD EN EL MAR SRL., con domicilio real en Av. Segundo Fernández 168, Piso 1°, Dpto. 12, San Isidro, Provincia de Buenos Aires y constituido en la Av. Comodoro Martin Rivadavia 1810, Piso 8°, Depto. "A", de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; fue habilitada por el término de dos años, para prestar servicios de seguridad privada, conforme Artículo 3º sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b) y c); en los términos de la Ley Nº 1913 y reglamentación aprobada por los Decretos Nº 446-GCBA/2006 y N° 394-GCABA/2013; Que ante el vencimiento con fecha 20/10/2015 de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil requerida por el art 5 inc. k) de la Ley 1913 y su reglamentación aprobada por los Decretos Nº 446- GCBA/2006 y N° 394-GCABA/2013, requerida a través de cedula de notificación de fecha 05/10/2015 notificada fehacientemente en fecha 08/10/2015 y el tiempo transcurrido sin que la interesada haya cumplimentado la documentación requerida al efecto, se dispone la baja de la empresa del Registro de Seguridad Privada y se procederá al archivo de las actuaciones; Que resulta necesario mantener actualizado el Registro de Prestadores de Seguridad Privada, en los términos del Artículo 20 de la Ley Nº 1913 y su reglamentación aprobada por los Decretos Nº 446- GCBA/2006 y N° 394-GCABA/2013; Que atento lo expuesto, corresponde ordenar la baja de la firma en cuestión del Registro de Seguridad Privada; Que asimismo, atento lo establecido por los Artículos 10 Inciso e) y 20 Inciso m) de la Ley Nº 1913 y su respectiva reglamentación aprobada por los Decretos 446-GCBA/2006 y N° 394-GCABA/2013, corresponde dar de baja los Libros de Personal y de Novedades que oportunamente fueran rubricados por esta Dirección General. Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA DISPONE

Artículo 1º.- Dese de Baja del Registro de Seguridad Privada a la firma SEGURIDAD EN EL MAR S.R.L., dejándose constancia que la misma deberá abstenerse de prestar servicios de seguridad privada en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 1913 y sus Decretos reglamentarios Nº 446-GCBA/2006 y N° 394-GCABA/2013. Artículo 2º.- Dese de Baja a los Libros de Personal y de Novedades correspondientes a la empresa citada precedentemente.

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Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y notifíquese por Mesa de Entradas a los interesados y comuníquese a las Subsecretarías de Seguridad Ciudadana y Agencia Gubernamental de Control, al Registro Nacional de Armas y a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese. Cocca

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN N.° 160/HNJTB/12

Buenos Aires, 25 de julio de 2012 VISTO El Expediente Nº 383.252/2012 correspondiente a la rehabilitación de contrato mediante Orden de Compra Nº 19.634/2012 a favor de FRESENIUS KABI S.A.; CONSIDERANDO: Que, por error involuntario se ha especificado mal el domicilio de la empresa de marras en el Acto Administrativo, sito en la calle: Lavalleja 1214 de esta Ciudad; Que, en la referencia de la Disposición Nº 159/2012, se omitió especificar en forma completa el nombre de la firma FRESENIUS KABI S.A.; Que, por lo expresado ut- supra se debe sanear la Disposición Nº 159/2012; Por ello,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "DR. JOSE T. BORDA" DISPONE:

Art.1. Sanéese la Disposición Nº 159/2012, correspondiente a la rehabilitación de contrato de la orden de compra 19.634/2012, a favor de la firma FRESENIUS KABI S.A. salvándose el domicilio en la calle Lavalleja 1214 de esta Ciudad. Art.2.- Regístrese, comuníquese y pase al Departamento de Contrataciones a sus efectos. Videla

DISPOSICIÓN N.° 22/HBR/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO EE Nº 2014-12791958-MGEYA-HBR, la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/2.008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, CONSIDERANDO: Que, mediante Disposición Nº 595/14, se dispuso el llamado de la Contratación Directa Nº 9609/SIGAF/14, Art.38- de la Ley 2095; Que, visto la nota presentada por el Servicio, corresponde dejar SIN EFECTO, los presentes actuados para ampliar Especificaciones Técnicas. POR ELLO, y en uso de las facultades conferida por la ley 2095, de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA" DISPONE

Artículo 1º.- Déjese sin efecto la CONTRACIÓN DIRECTA Nª 9609/SIGAF/14, Art. 38- de la Ley 2095, de acuerdo a los motivos enunciados en el "Considerando" de la presente; Artículo 2º.- Regístrese, y pase al Departamento Contable a sus efectos. Fernández Rostello

DISPOSICIÓN N.° 23/HBR/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO EE Nº EE. Nº 2014-4006621-MGEYA-HBR, la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/2.008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, CONSIDERANDO: Que, mediante Disposición Nº 622/14, se dispuso el 4º llamado de la Contratación Directa Nº 4055/SIGAF/14, Art.38- de la Ley 2095; Que, visto la nota presentada por el Servicio, corresponde dejar SIN EFECTO, por canalizarse a Nivel Central; POR ELLO, y en uso de las facultades conferida por la ley 2095, de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA" DISPONE

Artículo 1º.- Déjese sin efecto la CONTRACIÓN DIRECTA Nª 4055/SIGAF/14, Art. 38- de la Ley 2095, de acuerdo a los motivos enunciados en el "Considerando" de la presente; Artículo 2º.- Regístrese, y pase al Departamento Contable a sus efectos. Fernández Rostello

DISPOSICIÓN N.° 25/HBR/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO EE Nº 2014-12791999-MGEYA-HBR, la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/2.008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y,

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CONSIDERANDO: Que, mediante Disposición Nº 557/14, se dispuso el llamado de la Contratación Directa Nº 9610/SIGAF/14, Art.38- de la Ley 2095; Que, visto la nota presentada por el Servicio, corresponde dejar SIN EFECTO, los presentes actuados para ampliar Especificaciones Técnicas. POR ELLO, y en uso de las facultades conferida por la ley 2095, de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA" DISPONE

Artículo 1º.- Déjese sin efecto la CONTRACIÓN DIRECTA Nª 9610/SIGAF/14, Art. 38- de la Ley 2095, de acuerdo a los motivos enunciados en el "Considerando" de la presente; Artículo 2º.- Regístrese, y pase al Departamento Contable a sus efectos. Fernández Rostello

DISPOSICIÓN N.° 26/HBR/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO EE Nº 2015-04441978-MGEYA-HBR, la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/2.008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, CONSIDERANDO: Que, mediante Disposición Nº 147/2015/HBR, se dispuso el llamado del Proceso de Compra Nª 431-0456- CME15, Art.38- de la Ley 2095; Que, visto la nota presentada por el Servicio, corresponde dejar SIN EFECTO, los presentes actuados para ampliar Especificaciones Técnicas. POR ELLO, y en uso de las facultades conferida por la ley 2095, de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA" DISPONE

Artículo 1º.- Déjese sin efecto El Proceso de Compra Nª 431-0456-CME15, Art. 38- de la Ley 2095, de acuerdo a los motivos enunciados en el "Considerando" de la presente; Artículo 2º.- Regístrese, y pase al Departamento Contable a sus efectos. Fernández Rostello

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DISPOSICIÓN N.° 27/HBR/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO EE Nº 2015-20678111-MGEYA-HBR, la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/2.008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, CONSIDERANDO: Que, mediante Disposición Nº 519/15, se dispuso el llamado del Proceso de Compra Nº 431-1254-LPU15, Art.31- de la Ley 2095; Que, visto la nota presentada por el Servicio, corresponde dejar SIN EFECTO, los presentes actuados para realizar un nuevo llamado, debido a un error en la cantidad solicitada. POR ELLO, y en uso de las facultades conferida por la ley 2095, de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA" DISPONE

Artículo 1º.- Déjese sin efecto el Proceso de Compra Nª 431-1254LPU15, Art. 31- de la Ley 2095, de acuerdo a los motivos enunciados en el "Considerando" de la presente; Artículo 2º.- Regístrese, y pase al Departamento Contable a sus efectos. Fernández Rostello

DISPOSICIÓN N.° 28/HBR/16

Buenos Aires, 22 de enero de 2016 VISTO EE Nº 2014-12921511-MGEYA-HBR, la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/2.008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, CONSIDERANDO: Que, mediante Disposición Nº 650/2014, se dispuso el llamado de la Contratación Directa Nº 9705/SIGAF/14, Art.38- de la Ley 2095; Que, visto la nota presentada por el Servicio, corresponde dejar SIN EFECTO, los presentes actuados para ampliar Especificaciones Técnicas. POR ELLO, y en uso de las facultades conferida por la ley 2095, de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA" DISPONE

Artículo 1º.- Déjese sin efecto la CONTRACIÓN DIRECTA Nª 9705/SIGAF/14, Art. 38- de la Ley 2095, de acuerdo a los motivos enunciados en el "Considerando" de la presente; Artículo 2º.- Regístrese, y pase al Departamento Contable a sus efectos. Fernández Rostello

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Ministerio de Desarrollo Urbano

DISPOSICIÓN N.° 1281/DGROC/15

Buenos Aires, 3 de septiembre de 2015 VISTO: El Expediente Nº 3.344.294-2015 y la facultad conferida por el Código de Planeamiento Urbano - Ley 449 - B.O.C.B.A. N° 1044, publicado el 09/12/2.000, y CONSIDERANDO: Que se solicita el trazado de Línea de Frente Interno para la Manzana 27, Sección 26, Circunscripción 02, delimitada por las calles MONASTERIO, MIRAVE, LUNA Y AVENIDA AMANCIO ALCORTA; Que la misma está comprendida dentro de los alcances estipulados en los artículos 4.2.3 y 4.3.6 "Línea de Frente Interno" del Código de Planeamiento Urbano - Ley 449 - B.O.C.B.A. N° 1044, publicado el 09/12/2.000, que prevén el dictado de disposiciones especiales en Manzanas de menos de 4000 m2., ó cuyas semisumas de lados opuestos sean inferiores a 62.00 m., tengan 3, 5 ó más lados, ó 1 ó más lados curvos; Que la manzana tratada está conformada por tres Fracciones denominadas como B, E y F; Que la Fracción B se encuentra emplazada actualmente en el Distrito E4 (66), según lo estipulado en el Artículo 5.4.3.4 del Código de Planeamiento Urbano; Que asimismo las Fracciones E y F se localizan en el Distrito I1, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5.4.4.1 del cuerpo normativo ya mencionado; Que por lo tanto, mediante este acto, corresponde considerar sólo la Línea de Frente Interno de las Fracciones E y F, ya que para la Fracción B corresponde sea tenido en cuenta lo normado en el ya mencionado Artículo 5.4.3.4 del Código de Planeamiento Urbano. Que atento a ello, y teniendo en cuenta las características del Distrito I1, las dimensiones de la manzana y el actual parcelamiento, resulta procedente que las Fracciones E y F de la presente manzana no estén sujetas al cumplimiento de ninguna Línea de frente Interno ni Línea Interna de Basamento. Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO DISPONE

Artículo 1º- Las Fracciones E y F de la Manzana 27, Sección 26, Circunscripción 02, delimitada por las calles MONASTERIO, MIRAVE, LUNA Y AVENIDA AMANCIO ALCORTA, no están sujetas al cumplimiento de ninguna Línea de frente Interno ni Línea Interna de Basamento, siéndole aplicables todas las restantes disposiciones de la Sección 4 del Código de Planeamiento Urbano. Artículo 2º.- Para la Fracción B de la Manzana 27, Sección 26, Circunscripción 02, deberá tenerse en cuenta lo normado en el Artículo 5.4.3.4 "Distrito E4 - Equipamiento Especial" del Código de Planeamiento Urbano. Artículo 3º.- Regístrese. Notifíquese al recurrente por intermedio del Departamento Urbanístico y Legislación, para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección

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de Catastro. Cumplido publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad por intermedio del Departamento Técnico Administrativo. Archívese. García Fahler

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 2/HGAPP/16

Buenos Aires, 11 de enero de 2016 VISTO El E.E. Nº 38462511-HGAPP-2015 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados se tramitó la reparación de referencia para el Servicio de Guardia General.- Que resulta impostergable e imprescindible para asegurar resultados finales esenciales.- Que, la Sección Compras identifico el presente pedido con el Nº512/15 (SIGAF Nº 12984/15).- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Dirección autorizó que la presente reparación fuera realizada por la firma JAEJ S.A., por tratarse de un equipo cuyo desarme y examen previo resultaba imprescindible para determinar la reparación necesaria y que pudiera resultar más conveniente. Que, mediante remito Nº 0005-00001559 (JAEJ S.A.), se acreditó la reparación del aparato señalado. Que, se ha considerado a la firma JAEJ S.A., habiendo acreditado ésta su inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores en los términos del Art. 22 de la Ley Nº 2095. Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 10 (Enero/16) ACUMULADO APROBADO $ 52.036,70 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 447.963,30 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

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Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS CUATRO MIL CIENTO VENTISEIS CON 10/00 ($4.126,10) realizado a la firma JAEJ S.A. CUIT 30-60656652-9.- Art. 2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente. Art. 3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art. 4º.- Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud. Efron - Greco

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EL DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN

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Organos de Control Resolución Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.° 126/PG/14

Buenos Aires, 21 de marzo de 2014

VISTO El Decreto N° 67/10, reglamentado por las Resoluciones N° 51-MHGC-10 y N° 107-MHGC-14, la Resolución Nº 396-MHGC y el Expediente Nº 3298443/MGEyA/DGTALMH/14 y el Expediente Nº 2986945-MGEyA-PG y CONSIDERANDO: Que por el Decreto N°67/10 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que por Resolución N° 396-MHGC-14 se ha otorgado a esta Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires el monto máximo de PESOS UN MILLON SETECIENTOS NUEVE MIL ($1.709.000,00) a asignar a sus dependencias para su ejecución, durante el ejercicio en curso en los términos de los artículos 7° y 8° del Anexo I del Decreto N°67/10; Que por Expediente N° 2986945/2014 tramita la asignación de fondos en concepto de Caja Chica Especial sin límite de monto por comprobante, por la suma de PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL ($1.159.000,00), por única vez, destinado a cubrir los gastos que demandará el "Segundo Congreso Internacional de Abogacía Estatal Local y Federal, el que se realizará en el mes de Junio de 2014 en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución N° 396-MHGC-14; el

PROCURADOR GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE:

Artículo 1.- Asignase a la Dirección General de Información Jurídica y Extensión de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, fondos en concepto de Caja Chica Especial, por la suma de PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL ($1.159.000,00) por única vez y sin límite de monto por comprobante, destinados a cubrir los gastos que demandará el "Segundo Congreso Internacional de Abogacía Estatal Local y Federal", el que se realizará en el mes de Junio de 2014 en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, respecto a los siguientes conceptos: alquiler de una sala de conferencias para aproximadamente la concurrencia de (MIL) 1000 asistentes, filmación del evento con dos cámaras, digitalización por video con copias, servicio de fotografía, de catering, de locución, de traductores, de emisión de certificados de participación, etc., para los tres días en los cuales se desarrollará el evento.

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Artículo 2.- Son responsables de la administración y rendición de los fondos que se entregan, las señoras María José Rodríguez (DNI 17.181.674), María Laura Lorenzo (DNI 6.656.335), debiéndose depositarse los mismos en la Cuenta Corriente N° 05081/4 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal N° 5 "Tribunales" (Beneficiario 127825) Artículo 3.- Los comprobantes de gastos que excedan la suma de PESOS OCHO MIL

($8.000,00), deben ser respaldados por documentación que demuestre que han sido adjudicados a la oferta más conveniente entre al menos tres obtenidas. En caso de que no fuera posible lograr esa cantidad de cotizaciones, la rendición de los fondos debe contener una completa fundamentación de tal imposibilidad. Artículo 4.- En virtud del tipo de erogación a efectuar, se exceptúa del cumplimiento del requisito establecido en el punto l anexo lll de la disposición 09-DGCG-2010 y su modificatorio Disposición 183- DGCG-13. Artículo 5.- En los casos que corresponda deberán efectuarse las pertinentes retenciones, conforme lo establecido en la normativa vigente. Artículo 6.- Regístrese, comuníquese a la Dirección General de Información Jurídica y Extensión y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, y remítase a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Conte Grand

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Disposición Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

DISPOSICIÓN N.° 5/DGTALPG/16

Buenos Aires, 21 de enero de 2016 VISTO: el Decreto Nº 67/GCABA/2010 y N° 368/GCABA/2015, las Resoluciones Nº 51/MHGC/2010, N° 34/PG/2015, Nº 74/MHGC/2015, Nº 161/MHGC/2015, Nº 190/MHGC/2015, Nº 380/PG/2015, N° 384/PG/2015, N° 491/MHGC/2015, N° 1647/MHGC/2015 y N° 33/PGAAPYF/2016, las Disposiciones Nº 9/DGCG/2010, Nº 183/DGCG/2013, Nº 36/DGCG/2015 y N° 260/DGCG/2015, el EE Nº 1848599/PG/2015, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto tramita la rendición de la quinta entrega parcial de la Caja Chica Especial otorgada en el marco del Decreto N° 67/GCABA/2010 por Resolución N° 34/PG/2015 y su ampliatoria, N° 380/PG/2015, destinada a solventar los gastos de índole judicial (sellados, fotocopias, bonos de derecho fijo, cédulas, aranceles, y/o cualquier otro originado en juicios en los que el Estado es parte y que se encuentran a cargo de la Procuración General) producto del desenvolvimiento exclusivo de las acciones del Área de Asuntos Contenciosos y Tributarios dependientes de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Disposición Nº 9/DGCG/2010, modificada por sus similares Nº 183/DGCG/2013 y Nº 36/DGCG/2015, se aprueban los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica, Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, estableciendo en su Anexo III el procedimiento para la rendición de dichos fondos; Que dicha norma dispone que el titular de la repartición receptora de los fondos deberá aprobar los gastos mediante Acto Administrativo siendo responsable de la oportunidad, mérito y conveniencia de dichas erogaciones, y que la revisión por parte de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal o equivalente de cada Jurisdicción o Entidad, alcanza a las formalidades de los comprobantes, retenciones impositivas, cálculos aritméticos, imputación presupuestaria, topes por comprobante, en caso de corresponder, y verificación de la aprobación del gasto por la autoridad máxima de la Repartición que rinde los fondos, y con ese alcance aprueba o desaprueba las mismas; Que por Decreto N° 368/GCABA/2015 se establece que, a partir del 11 de Diciembre de 2015 y hasta tanto sea designado el Procurador General de la Ciudad de Buenos Aires, las funciones de éste estarán a cargo del Procurador General Adjunto de Asuntos Institucionales y Empleo Público, Dr. Gabriel María Astarloa;

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Que por Resolución N° 384/PG/2015 se asignó, entre los días 28 de Diciembre de 2015 y 15 de Enero de 2016, ambos inclusive, a la Procuradora General Adjunta de Asuntos Patrimoniales y Fiscales, las funciones conferidas por Decreto N° 368/GCABA/2015, así como las atribuciones propias como Procurador General Adjunto de Asuntos Institucionales y Empleo Público del Dr. Gabriel María Astarloa, para que actúe ejerciéndolas en ese período; Que en virtud de ello, por Resolución N° 33/PGAAPYF/2016 la Señora Procuradora General Adjunta de Asuntos Patrimoniales y Fiscales de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires efectuó la pertinente aprobación de los gastos incurridos a partir del 2 de Diciembre de 2015 correspondientes a la quinta entrega parcial de los fondos otorgados mediante Resolución Nº 34/PG/2015 y su ampliatoria, N° 380/PG/2015, en concepto de Caja Chica Especial de Gastos Judiciales y las planillas que como Anexo I y II integran dicho Acto Administrativo, por la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO CON 29/100 ($ 53.731,29), obrando en el EE Nº 1848599/PG/2015 los comprobantes respaldatorios, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 1° de la Disposición N° 260/DGCG/2015; Que se ha efectuado la correspondiente registración presupuestaria de conformidad con lo dispuesto por el punto 3 del Anexo III de la Disposición Nº 9/DGCG/2010, modificado por Disposición Nº 36/DGCG/2015; Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Disposición N° 9/DGCG/2010 y sus modificatorias, Nº 183/DGCG/2013 y Nº 36/DGCG/2015,

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA PROCURACIÓN GENERAL

DISPONE

Artículo 1.- Apruébase la rendición de los gastos incurridos a partir del 2 de Diciembre de 2015, correspondientes a la quinta entrega parcial de la Caja Chica Especial de Gastos Judiciales otorgada por Resolución N° 34/PG/2015 y su ampliatoria, N° 380/PG/2015, a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco del Decreto N° 67/GCABA/2010 y la Disposición N° 260/DGCG/2015, por un monto total de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO CON 29/100 ($ 53.731,29). Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Rodríguez

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Trimestrales

Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

PROCURACIÓN GENERAL 4° Trimestre

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ANEXO

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Licitaciones Ministerio de Hacienda

MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Adquisición de Elementos de Blanquería - E.E. Nº 38.908.413-MGEYA-DGCYC/15 Llámase a Licitación Pública Nº 623-1646-LPU15, referente al Convenio Marco de Compras para la Adquisición de Elementos de Blanquería y Afines para uso de las Reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a realizarse el día 3 de febrero de 2016 a las 14 horas. Autorizante: Disposición Nº 46/DGCYC/16. Valor del Pliego: Sin valor. Adquisición y Consultas de pliegos: Los pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) www.buenos airescompras.gob.ar. Lugar de apertura: El acto de apertura de ofertas se efectuará a través de Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar Asimismo, se encuentran publicados en la página Web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta

Marisa A. Tojo Directora General

OL 100 Inicia: 26-1-2016 Vence: 27-1-2016

MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Preadjudicación - E.E. Nº 38.650.005-MGEYA-DGCYC/15 Licitación Pública Nº 623-1635-LPU15. Rubro: Convenio Marco de Compras para la Adquisición de Pañales Descartables. Observaciones: Reunida la Comisión de Evaluación de Ofertas de la Licitación de referencia, designada a tal fin mediante Disposición Nº 603/DGCYC/15, con la presencia de la Dra. María Victoria Charalambous (D.N.I. 32.920.145), el Lic. Iván Yamil Buffone (D.N.I. Nº 34.553.800) y el Sr. Pablo Lucas Converso (D.N.I. Nº 26.047.271) a fin de proceder con la evaluación de las presentaciones efectuadas por las empresas: Servicios para la Higiene S.A., RVGM S.R.L. y Pañales Liberty S.A. A tal efecto, habiendo efectuado el pertinente análisis de los aspectos formales, legales, económicos, forma de cotización, esta Comisión de Evaluación de Ofertas aconseja. Fundamentación:

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No se considera: Servicios para la Higiene S.A. (Of. 1): Renglones 4, 7/9 por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y Renglones 7/11 por no ajustarse a las Especificaciones Técnicas solicitadas en el Pliego de Bases y Condiciones. RVGM S.R.L. (Of. 2): Renglón 4 por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Pañales Liberty S.A. (OF. 3): Renglones 6/11 por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Renglones 3 (alternativa) y 4 (alternativa) por no ajustarse a las Especificaciones Técnicas solicitadas en el Pliego de Bases y Condiciones. Se aconseja adjudicar a favor de: Servicios para la Higiene S.A. (Of. 1): Renglón 1/3, 5/6 en la suma total de hasta pesos quinientos cincuenta y siete mil seiscientos ($ 557.600,00). RVGM S.R.L. (Of. 2): Renglón 1/3, 5/11 en la suma total de hasta pesos dos millones novecientos cinco mil ($ 2.905.000,00). Pañales Liberty S.A. (Of. 3): Renglones 1/2, 3 (oferta básica), 4 (oferta básica), 5 en la suma total de hasta pesos un millón quinientos once mil ($ 1.511.000,00). La adjudicación aconsejada lo ha sido por oferta más conveniente en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 108 de la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Nº 95/14, en concordancia con el artículo 28 de la Resolución Nº 1160/MHGC/11. Se deja constancia que el presente Dictamen se emite superando el plazo previsto en el art. 106 de la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Nº 95/14, teniendo en cuenta el tiempo que insumiera el análisis de la documentación, máxime considerando la solicitud de documentación complementaria. Marisa Tojo

Directora General OL 104 Inicia: 27-1-2016 Vence: 27-1-2016

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “JUAN A. FERNÁNDEZ” Adquisición de prótesis total - E.E. Nº 21.751.611-MGEYA-HGAJAF/15 Llámese al Proceso de Compras N° 418-1294-LPU15 cuya apertura se realizará el día 29 de enero de 2016 a las 18 hs., para la adquisición de prótesis total de cadera no cementada p/Paciente Navarro Quispe Wilian. Autorizante: Disposición N° 54/HGAJAF/16. Valor del pliego: $ 0. Adquisición y consultas de pliegos: a través del sistema BAC (Buenos Aires Compras). Lugar de apertura: sistema BAC.

José A. Lanes Director

Stella M. Nocetti

Gerente Operativa de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 103 Inicia: 27-1-2016 Vence: 27-1-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. JOSÉ M. PENNA” Adquisición de insumos - E.E. N° 2.920.960-MGEYA-HGAP/16 Llámese a Licitación Pública BAC N° 425-0023-LPU16, cuya apertura se realizará el día 1/2/16, a las 10 hs., adquisición de insumos para anatomía patológica. Autorizante: Disposición N° 18/HGAP/15. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos “Dr. José M. Penna. Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar

Cristina Desiderio Subdirectora a/c

Stella Maris Dalpiaz

Gerente Operativa de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 95 Inicia: 27-1-2016 Vence: 27-1-2016

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MINISTERIO DE SALUD INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA Preadjudicación - E.E. N° 38.168.239-MGEYA-IRPS/15 Licitación Pública Nº 446-1614-LPU15. Dictamen de Preadjudicación de Ofertas BAC de fecha 25 de enero de 2016. Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: Adquisición de una silla de ruedas y un almohadón antiescaras con destino al paciente Colque Elvio. Firma preadjudicada: Osteolife S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 1 unid. - precio unitario: $ 16.800,00 - precio total: $ 16.800,00. Renglón: 2 - cantidad: 1 unid. - precio unitario: $ 3.500,00 - precio total: $ 3.500,00. Total preadjudicado: pesos veintitrés mil trescientos ($ 20.300,00). Fundamento de la preadjudicación: según art. 108 de la Ley N° 2095 y su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/14. Dra. Graciela Amalfi, Sra. Mirta Liliana Ballatore, Sra. Jesica Luciana Pavesse. Lugar de exhibición del acta: A través del sistema electrónico Buenos Aires Compras www.buenosairescompras.gob.ar

Silvina Ajolfi Directora Médica a/c

Damián L. Gabás

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 102 Inicia: 27-1-2016 Vence: 27-1-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS “DR. RICARDO GUTIÉRREZ” Preadjudicación - Expediente N° 35.511.868-HGNRG/15 Licitación Pública Proceso de Compra Nº 420-1645-LPU15. Clase: etapa única. Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: Control de calidad externo. Firmas preadjudicadas: Cromoion S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 1 u. - precio unitario: $ 16.940,00 - precio total: $ 16.940,00. Renglón: 2 - cantidad: 1 u. - precio unitario: $ 23.315,00 - precio total: $ 23.315,00. Renglón: 3 - cantidad: 1 u. - precio unitario: $ 15.812,00 - precio total: $ 15.812,00. Renglón: 4 - cantidad: 1 u. - precio unitario: $ 9.289,00 - precio total: $ 9.289,00.

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Renglón: 5 - cantidad: 1 equipo - precio unitario: $ 12.246,00 - precio total: $ 12.246,00. Renglón: 6 - cantidad: 1 u. - precio unitario: $ 23.478,00 - precio total: $ 23.478,00. Renglón: 7 - cantidad: 1 u. - precio unitario: $ 14.290,00 - precio total: $ 14.290,00. Subtotal: Pesos ciento quince mil trescientos setenta ($ 115.370,00). Tecnolab S.A. Renglón: 8 - cantidad: 13800 u. - precio unitario: $ 168,75 - precio total: $ 2.328.750,00. Subtotal: pesos dos millones trescientos veintiocho mil setecientos cincuenta ($ 2.328.750,00). Biomerieux Argentina S.A. Renglón: 9 - cantidad: 1620 equipo - precio unitario: $ 95,59 - precio total: $ 154.855,80. Subtotal: pesos ciento cincuenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y cinco con 80/100 ($ 154.855,80). Total preadjudicado: pesos dos millones quinientos noventa y ocho mil novecientos setenta y cinco con 80/100 ($ 2.598.975,80). Fundamento de la preadjudicación: Se preadjudicó de acuerdo al informe técnico, administrativo y contable, Ley N° 2095 y su modificatoria 4764/13, art. 109 única oferta. Vencimiento validez de oferta: 11/4/16. Lugar de exhibición del acta: un (1) día a partir de 27/1/16, en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal de compras electrónicas B.A.C.

M. Cristina Galoppo Director Médica

Mirta Ferrer

Gerente Operativa de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 77 Inicia: 27-1-2016 Vence: 27-1-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. IGNACIO PIROVANO” Preadjudicación - E.E. N° 38.329.705-MGEYA-HGAIP/15 Licitación Pública BAC N° 427-1620-LPU15 Fecha de apertura: 4/1/16 a las 12.30 horas. Rubro: adquisición de insumos para Radiodiagnóstico. Firma preadjudicada: Macor Insumos Hospitalarios S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 300 unidades - precio unitario: $ 245,00 - precio total: $ 73.500,00. Euro Swiss S.A. Renglón: 2 - cantidad: 200 unidades - precio unitario: $ 17,89 - precio total: $ 3.578,00. Total: $ 77.078,00 (pesos setenta y siete mil setenta y ocho con 00/100). Encuadre legal: arts. 108 y 109 de la Ley N° 2095, Decreto N° 95/14.

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 77

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Vencimiento validez de la oferta: 2/3/16. Observaciones: se preadjudicó según Informe Técnico. Lugar de exhibición del acta: A través del Sistema Buenos Aires Compras www.buenosairescompras.gob.ar a partir del 27/1/16. Comisión Evaluadora de Ofertas: Dra. Silvia Álvarez - Cdor. Facundo Sandovares - Dr. José María Cohen.

José A. Cuba Director

OL 96 Inicia: 27-1-2016 Vence: 27-1-2016

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 78

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI” Adjudicación - Expediente Nº 13.684.640-MGEYA/15 Disposición Aprobatoria Nº 354/HGADS/15. Contratación Directa Nº 410/15. Rubro: Adquisición de Reactivos, con destino a la División Laboratorio de este Hospital. Firmas Adjudicadas: MONTEBIO S.R.L. Renglón: 02– Cantidad: 06 UNIDAD - Precio unitario: $ 275,70.- – Precio Total: $ 1.654,20.- Renglón: 04– Cantidad: 01 UNIDAD - Precio unitario: $ 1.311,90.- – Precio Total: $ 1.311,90.- Renglón: 09– Cantidad: 18 UNIDAD - Precio unitario: $ 111,50.- – Precio Total: $ 2.007,00.- DIAGNOS MED S.R.L. Renglón: 08– Cantidad: 576 DET - Precio unitario: $ 90,50.- – Precio Total: $ 52.128,00.- Renglón: 21– Cantidad: 576 UNIDAD - Precio unitario: $ 90,50.- – Precio Total: $ 52.128,00.- CROMOION S.R.L. Renglón: 20– Cantidad: 2400 UNIDAD - Precio unitario: $ 22,50.- – Precio Total: $ 54.000,00.- ALERE S.A. Renglón: 12– Cantidad: 12 UNIDAD - Precio unitario: $ 1.030,65.- – Precio Total: $ 12.367,80.- INSUMOS COGHLAND S.R.L. Renglón: 11– Cantidad: 199 UNIDAD - Precio unitario: $ 210,00.- – Precio Total: $ 41.790,00.- Renglón: 15– Cantidad: 04 UNIDAD - Precio unitario: $ 2.245,39.- – Precio Total: $ 8.981,56.- Renglón: 16– Cantidad: 01 UNIDAD - Precio unitario: $ 110,00.- – Precio Total: $ 110,00.- Renglón: 17– Cantidad: 01 UNIDAD - Precio unitario: $ 130,00.- – Precio Total: $ 130,00.- BIOARS S.A. Renglón: 11– Cantidad: 01 UNIDAD - Precio unitario: $ 192,50.- – Precio Total: $ 192,50.- Renglón: 13– Cantidad: 08 UNIDAD - Precio unitario: $ 3.440,26.- – Precio Total: $ 3.440,26.- Renglón: 14– Cantidad: 06 UNIDAD - Precio unitario: $ 3.522,57.- – Precio Total: $ 21.135,42.- Renglón: 18– Cantidad: 01 UNIDAD - Precio unitario: $ 606,60.- – Precio Total: $ 606,60.-

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 79

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Total: doscientos setenta y seis mil sesenta y cinco con seis centavos ($ 276.065,06). Encuadre legal: Art. 28, inc. 5) Ley Nº 2095 (BOCBA Nº 2557/06), la Ley Nº 4764/13 (BOCBA Nº 4313/14) su Decreto Reglamentario Nº 95/14 (BOCBA Nº 4355/14), el Decreto Nº 1145/09 (BOCBA Nº 3332/10) y la Resolución Nº 1160/GCBA/11 (BOCBA Nº 3724/11). Observaciones: Se adjudico según Informe Técnico.

Sergio E. Auger Director

Diego A. Rizzo

Gerente Operativo OL 105 Inicia: 27-1-2016 Vence: 27-1-2016

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Reabilitación Bº La Boca- 18 viviendas y obras ext. -Olavarría - E.E. N° 2.859.286-MGEYA-IVC/15 Se llama a Licitación Pública Nº 6/15 para la Ejecución de 18 viviendas y obras exteriores en la calle Olavarría 240/242/244, Barrio La Boca, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecha de apertura: 22 de febrero de 2016 a las 11 hs. Lugar: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 211, 6° piso, Gerencia Coordinación General Técnica Administrativa y Legal. El pliego podrá ser consultado en la página de Internet www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 211, 6° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Sandra N. Villar Gerente Operativo de Compras y Contrataciones

CV 1 Inicia: 11-1-2016 Vence: 1-2-2016

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 81

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Banco Ciudad de Buenos Aires

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Preadjudicación - Carpeta de Compra N° 22.180 Se comunica a los señores oferentes, la preadjudicación de la Carpeta de Compras N° 22.180 que tramita la “Renovación de la Suscripción de Licencias para la plataforma Blueworks Live” a favor de la empresa WKP S.A. con domicilio en Tucumán 326, piso 4° - Of. 26, CABA (C.P 1049), en la suma total anual de U$D 26.670,00 - más IVA (son dólares: veintiséis mil seiscientos setenta), cifra que proyectada a veinticuatro meses (según art. 2 del pliego de condiciones particulares) representa U$D 53.340,00 - más IVA (son dólares: cincuenta y tres mil trescientos cuarenta), conforme mejora de precios del 25/1/16. Consultas: Gerencia de Compras, sita en Sarmiento 611, 7° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10 a 15 horas.

Jessica Maiolo Jefe de Equipo Prestaciones

BC 17 Inicia: 27-1-2016 Vence: 27-1-2016

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Postergación - Carpeta de Compra N° 22.204 Se comunica a los Sres. Oferentes que la fecha de apertura de la licitación pública correspondiente a la Carpeta de Compra N° 22.204, que tramita la “Provisión e instalación de front desk para Dependencias Varias (Renglón 1) y mobiliario y equipamiento para el Call Center (Renglón 2), del Banco Ciudad de Buenos Aires”, se posterga para el día 5/2/16 a las 12 horas. Consultas de pliegos: Página web del Banco Ciudad de Buenos Aires, www.bancociudad.com.ar / licitaciones. Fecha tope de consultas: 1/2/16.

Leandro D. Biondo Jefe de Equipo

Equipo de Remodelaciones y Adecuaciones Edilicias BC 16 Inicia: 27-1-2016 Vence: 27-1-2016

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Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del

Estado

SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES S.E. Ampliación del Taller Lacarra - Licitación Pública Nº 190/15 Línea “E”: Ampliación del Taller Lacarra Síntesis: proyecto, fabricación y montaje de la estructura metálica y cubierta de la ampliación del taller Lacarra de la Línea E. Obtención y adquisición del pliego: los interesados en obtener el pliego y registrarse deberán hacerlo conforme se indica en el PCG, hasta el 5 de febrero de 2016 inclusive. El pliego de bases y condiciones podrá ser consultado gratuitamente en http://www.buenosaires.gob.ar/subte/2016. Valor del pliego: $ 3.250 (IVA incluido). Presupuesto oficial: $ 13.000.0000; IVA incluido. Plazo total: 7 meses. Recepción y apertura de las ofertas: deberán ser presentadas en Agüero 48 planta baja, CABA, hasta las 11 horas del día 15 de febrero de 2016. La apertura se realizará el mismo día y en el mismo lugar a las 11.15 horas

Juan P. Piccardo Presidente

OL 97 Inicia: 25-1-2016 Vence: 27-1-2016

Nº 4809 - 27/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 83

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Edictos Particulares Particular

Transferencia de Habilitación - E.E. N° 1.164.157-MGEYA-MGEYA/16 Carju S.R.L. transfiere la habilitación municipal a Disco Verde S.R.L., del local ubicado en la calle Reconquista Nº 876 PU/78 PB EP SOT obra constancias de habilitación a nombre de Carju S.R.L. para funcionar en el carácter de (602.000) Restaurante Cantina, (602.010) Casa De Lunch, (602.020) Café Bar, (602.030) Despacho de Bebidas, Wiskería, Cervecería, (800370) Local de Baile Clase “C” Act. Complementaria, por Expediente Nº 84210/1997, mediante Disposición Nº 4038/DGRYCE-1998, otorgada en fecha 9/03/1998. Superficie habilitada: 231.61 m2. Observaciones: Ord. 39025 ruidos. Mediante disposición Nro. 0005-DGHP-DGFOC- DGFYC-2006 de fecha 10-01-06 se determina la nueva capacidad autorizada en un máximo de doscientos ocho (208) personas. Asimismo se informa que para el local sito en la calle Reconquista Nº 878 PU/882 PB EP Sótano, se registra mediante Sistema Informático mencionado precedentemente, constancia de una Ampliación de Superficie, a nombre de Carju S.R.L., para funcionar en carácter de (602.000) Restaurante Cantina, (602.010) Casa de Lunch, (602.020) Café Bar, (602.030) Despacho de Bebidas, Wiskería, Cervecería, (800370) Local de Baile Clase “C” Act. Complementaria, por Expediente Nº 61915/2001, mediante Decreto Nº 2516/1998, otorgado en fecha 30/062005. Superficie habilitada: 184.97 m2. Observaciones: Local habilitado por Exp. 84210-1997. Superficie habilitada 231.61 m2 Superficie a ampliar 184.97 m2 Superficie Total: 416.58 m2 de conformidad con lo determinado en el Art. 10.2.20 y 10.2.22 CAP. 10.2 del C.H.Y.V. sujeto a lo dispuesto por Ley 1540 respecto de la trascendencia de ruidos molestos y a la vigencia contrato de uso. Del mismo modo, se informa que para el local sito en Reconquista Nº 878 PU/882 PB-EP-Sótano, se registra mediante Sistema Informático MOST, constancia de ua Solicitud de Transferencia de Habilitación, a nombre de City Music S.A., para desarrollar la actividad (602.000) Restaurante Cantina (602.010) Casa de Lunch, (602.020) Café Bar, (602.030) Despacho de Bebidas, Wiskería, Cervecería, (800370) Local de Baile Clase “C” Act. Complementaria, por Expediente Nº 904803/2012, iniciado en fecha 07/05/2012. Reclamos de Ley en el mismo local.

Solicitante: Disco Verde S.R.L.

EP 24 Inicia: 27-1-2016 Vence: 2-2-2016

Transferencia de Habilitación - E.E. N° 1.763.392-MGEYA-MGEYA/16 Martín Ceferino Gonzalez Soria, DNI 25.894.995, informa que transfiere la Habilitación del local, (603.210) Com. Min. Artic. Librer. Papeler. Cartoner. Impresos, Filat. Jugue. y Grab. (604.040) Copias Reproducciones Fotocopias (salvo imprenta), Editora de Peliculas en Videocassette, sito en Bartolomé Mitre 2176 P.B, C.A.B.A a Guillermo Sebastian Herrera, DNI 36.155.669, Habilitado por Exp. 1921/2001, Sup. Hab. 22,11 m2.

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Observaciones: hab. Ant. P/EX. 92390/1997. Libre de toda deuda, gravamen y personal empleado.

Solicitante: Martín Ceferino Gonzalez Soria Guillermo Sebastian Herrera

EP 26 Inicia: 21-1-2016 Vence: 27-1-2016

Transferencia de Habilitación - E.E. N° 2.059.170-MGEYA-MGEYA/16 El Señor Gustavo Adolfo Costas, transfiere la habilitación municipal a el Señor Leonardo Fabio Costas, del local ubicado en la calle Av. Boedo 47 PU/49 PB-EP – obra constancia de habilitación, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que funciona en carácter de (602.010) Casa de Lunch. (602.020) Café Bar. (700.070) Instituto de Enseñanza, Instituto Técnico, Academia, por Expediente Nº 18254/2001, mediante Decreto Nº 2516/1998 otorgada en fecha 30/08/2001, superficie habilitada 1.208 m2. Observaciones: Academia de Futbol Capacidad 29 alumnos. Reclamos del ley en el mismo local.

Solicitante: Leonardo Fabio Costas

EP 28 Inicia: 25-1-2016 Vence: 29-1-2016

Transferencia de Habilitación - E.E. N° 2.908.826-MGEYA-MGEYA/16 Shen Caini (DNI 93.327.724), transfiere la Habilitación del local sito en la calle Vera 124 planta baja, C.A.B.A., superficie 176,28 m2, rubros: Comercio Minorista de carne, lechones achuras, embutidos (600.000); Comercio Minorista de Verduras, frutas, carbón (en bolsa) (600.010); Comercio minorista de aves muertas y peladas, chivitos, productos de granja huevos hasta sesenta docenas (600.030); Comercio minorista de productos alimenticios en general (601.000); Comercio Minorista de producto alimenticios envasados (601.005); Comercio Minorista de bebidas en general envasadas (601.010); Comercio. Minorista de artículos de limpieza (603.221), observaciones la venta de carbón es en pequeña escala Expediente N° 2.258.320/2011 con fecha 21/3/12, Disposición Nº 2491/DGHP/12 a Lu Huizeng (DNI 94.273.551), domiciliado en Vera 124, CABA. Reclamos de ley y domicilio de partes es Vera 124, CABA.

Solicitante: Lu Huizeng EP 29 Inicia: 22-1-2016 Vence: 28-1-2016

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Transferencia de Habilitación - E.E. N° 2.915.924-MGEYA-MGEYA/16 El señor Roberto Carlos Albelo transfiere la habilitación municipal a Mereyo S.R.L. del local ubicado en Gorostiaga 1588, P.B.-U.F.1, Ciudad Autónoma de Buenos Aires que funciona en carácter de (700190) centro médico u odontológico, por Expediente N° 1.355.036/10, mediante disposición N° 9390/DGHP/2013, otorgada en fecha 4/11/2013. Superficie habilitada 151,90 m2. Observaciones: adjunta certificado de aptitud ambiental N° 12779, Expediente N° 1.527.795/2009, debiendo cumplir permanentemente con lo establecido en la Disposición N° 1525/DGET/10 y el Anexo I correspondiente. Adjunta copia certificada de título profesional. Adjunta autorización de la Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras, Ministerio de Salud, por Disposición N° 98/2013, tramitada bajo expediente N° 2002-8387-100. Adjunta convenio de adhesión con la empresa transportadora de desechos patogénicos. Si lo hubiere, reclamos de ley en el local.

Solicitante: Mereyo S.R.L. EP 30 Inicia: 22-1-2016 Vence: 28-1-2016

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Edictos Oficiales Ministerio de Justicia y Seguridad

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Notificación - E.E. N° 2.580.291-MGEYA-UAC10/14 Hágase saber a la Sra. Claudia Beatriz Ojeda, DNI N° 16.658.552, que se le notifica que el Expediente Nº 2.580.291-MGEYA-UAC10/14, se encuentra en esta Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Av. Regimiento de Patricios 1142, 3º piso, de esta Ciudad, a los efectos del Art. 107 "in fine" de la Ley de Procedimientos Administrativos del GCABA, que establece: El recurso de reconsideración contra actos definitivos o asimilables a ellos, lleva implícito el recurso jerárquico en subsidio cuando expresa o tácitamente hubiere sido rechazada la reconsideración, las actuaciones deberán ser elevadas en el término de cinco (5) días de oficio o a petición de parte según hubiere recaído o no resolución denegatoria expresa. Dentro de los cinco (5) días de recibidas por el superior podrá el interesado mejorar o ampliar los fundamentos del recurso. Asimismo, se hace saber que, en caso de ejercer el derecho a mejorar o ampliar los fundamentos del recurso, el interesado deberá formalizarlo mediante una "Presentación a Agregar" al Expediente citado más arriba. La presente notificación se tendrá por efectuada a los cinco (5) días, computados desde el siguiente al de la última publicación (Art. 62 del Decreto Nº 1510/97). Queda Ud. debidamente notificado.

María L. Alfonso Directora General

EO 37 Inicia: 21-1-2016 Vence: 27-1-2016

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. COSME ARGERICH" Notificación - E.E. Nº 19.916.843/MGEYA-HGACA/15 El Señor Director del Hospital General de Agudos "Doctor Cosme Argerich", notifica al agente Petit Darío Gustavo, CUIL N° 20-28031928-8, que según se tramita por E.E. Nº 19.916.843-MGEYA-HGACA/15, deberá presentarse dentro del tercer día de publicado el presente edicto ante el Departamento de Recursos Humanos de dicha dependencia a fin de regularizar su situación laboral en razón de encontrarse encuadrado en los causales de cesantía, prevista en el art. 48 inc. b) de la Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 471, siguiendo lo preceptuado en la Resolución 215/MMGC/14 (BOCBA 4369). Su incomparecencia dará lugar a la tramitación inmediata de la medida citada. Queda Usted debidamente notificado.

Néstor Hernández Director

EO 45 Inicia: 25-1-2016 Vence: 27-1-2016

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL SISTEMA DE ATENCIÓN MÉDICA DE EMERGENCIA Intimación - E.E. 3.036.616-MEGEYA-DGESAME/15 Se notifica al Agente Randazzo, Daniela, Ficha Nº 468.243, CUIL Nº 27-25722579-3, que ha incurrido en más de 15 inasistencias en el lapso de los 12 meses. Las mismas iniciaron con fecha 4/12/14 y continúan de manera consecutiva a la fecha. Así mismo, se le hace saber, que dentro de los diez (10) hábiles de publicado el presente, deberá formular el descargo por las inasistencias incurridas, de no aportar elementos que justifiquen las inasistencias se encontrará en la causal de cesantía prevista en el artículo 48 inc. b) de la Ley Nº 471 (BOCBA Nº 1026) y su reglamentación. Su incomparecencia dará lugar a la tramitación inmediata de la medida citada. Queda Usted debidamente notificado.

Alberto Crescenti Director General

EO 49 Inicia: 27-1-2016 Vence: 29-1-2016

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. JUAN A. FERNÁNDEZ” Notificación - Registro N° 56 La Dirección del Hospital General de Agudos Dr. Juan A. Fernández, cita a la agente Zeitune, Moisés Gabriel, CUIL 20-13296464-6, a presentarse al Dpto. de Recursos Humanos del citado Establecimiento, dentro de las 72 hs. a fin de regularizar su situación laboral, caso contrario se procederá de acuerdo a la reglamentación vigente.

José Lanes Director

EO 48 Inicia: 26-1-2016 Vence: 28-1-2016

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS Notificación - E.E. Nº 3.950.680-MGEYA-MGEYA/14 Notifícase a doña Luisa Mercedes, doña María Josefa, don Pedro Miguel, doña Teresa, don Luis Alberto Angel, doña María Lisa Luisa Garavano y Giordano, don Pedro Julio Canale y doña Adela Federica Ferrando de Garavano y/o a quienes pudieran tener un interés legítimo en la renovación de la concesión del terreno formado por los lotes 30, 31 y 32, tablón 14, sección 4 del Cementerio de Flores, la que operó su vencimiento el 20 de Octubre de 2012 y cuya renovación tramita por E.E. Nº 3.950.680-MGEYA-MGEYA/14 a solicitud de doña Nelly Rosa Ciesco. Intímase a los mismos a presentarse dentro del plazo de treinta (30) días, en caso de incomparecencia se procederá a continuar el trámite según su estado.

Eduardo R. Somoza Director General

EO 39 Inicia: 21-1-2016 Vence: 27-1-2016

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - E.E. N° 34.724.594-MGEYA-DGR/15 La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente Compañía Textil Rodas S.A., los términos de la Resolución N° 3247/DGR/15, de fecha 30 de noviembre de 2015, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación.

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE Artículo 1°.- Instruir sumario a COMPAÑIA TEXTIL RODAS S.A., en su carácter de Agente de Recaudación del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos inscripta bajo el Nº 8808-9, CUIT N° 30-70802358-9, con domicilio fiscal en la calle Bogotá N° 3217, Comuna N° 10 (IF-2015-34880695-DGR) de esta Ciudad; por la comisión presunta de la infracción prevista y sancionada en el párrafo primero del artículo 113 del Código Fiscal T.O. 2015 y disposiciones concordantes de años anteriores. Artículo 2°.- Conferir vista de estas actuaciones a la agente de recaudación para que en el término de los quince (15) días, contados a partir del siguiente al de la notificación de esta Resolución, exprese por escrito su descargo, ofrezca y produzca las pruebas que hagan a su derecho debiendo el presentante acreditar la personería jurídica invocada de no estarlo en la actuación, bajo apercibimiento de su rechazo in limine. Artículo 3°.- Intimar a la responsable para que dentro del término de quince (15) días de notificada ésta Resolución, declare si ha interpuesto demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado por esta Administración Tributaria con anterioridad, aportando en caso afirmativo, los elementos conducentes a su fehaciente acreditación, y a los fines de realizar un correcto encuadre de su situación infractora, conforme lo pautado por los artículos 111 y 112 del Código Fiscal T.O. 2015 y disposiciones concordantes de años anteriores, todo ello bajo apercibimiento de resolver las presentes conforme las constancias de autos. Artículo 4°.- Intimar a COMPAÑIA TEXTIL RODAS S.A. para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal, sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la agente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales.

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Artículo 5°.- Regístrese, notifíquese en el domicilio fiscal de la responsable de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal T.O. 2015 y disposiciones concordantes de años anteriores, con copia de la presente y resérvese. Balestretti

Manuel E. Balestretti

Subdirector General de Técnica Tributaria EO 46 Inicia: 25-1-2016 Vence: 27-1-2016

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - E.E. N° 38.651.156-MGEYA-DGR/15 La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente Cibie Argentina S.A., los términos de la Resolución N° 178/DGR/16, de fecha 20 de enero de 2016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación.

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE Artículo 1º.- Instruir sumario a CIBIE ARGENTINA S.A. en su carácter de Agente de Recaudación del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos inscripta como tal bajo el Nº 9332-1 , CUIT N° 30-50500284-5, con domicilio fiscal en la calle Boluvard Los Polacos N.º 7649, Córdoba Capital, Provincia de Córdoba, por la comisión presunta de la infracción prevista y sancionada en el párrafo primero del artículo 113 del Código Fiscal t.o. 2015 con las modificaciones introducidas mediante la Ley N° 5.493 (B.O. N° 4792 del 04/01/2016) y disposiciones concordantes de años anteriores. Artículo 2°.- Conferir vista de estas actuaciones a la sumariada para que en el término de los quince (15) días, contados a partir del siguiente al de la notificación de esta Resolución, exprese por escrito su descargo, ofrezca y produzca las pruebas que hagan a su derecho debiendo la presentante acreditar la personería jurídica invocada de no estarlo en la actuación, bajo apercibimiento de su rechazo in limine. Artículo 3°.- Intimar a la responsable para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, declare si ha interpuesto demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado por esta Administración Tributaria con anterioridad, aportando en caso afirmativo, los elementos conducentes a su fehaciente acreditación, y a los fines de realizar un correcto encuadre de su situación infractora, conforme lo pautado por los artículos 111 y 112 del Código Fiscal t.o. 2015 con las modificaciones introducidas mediante la Ley N° 5.493 (B.O. N° 4792 del 04/01/2016) y disposiciones concordantes de años anteriores ; todo ello bajo apercibimiento de resolver las presentes conforme las constancias de autos.

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Artículo 4º.- Intimar a CIBIE ARGENTINA S.A., a constituir domicilio dentro de esta jurisdicción bajo apercibimiento, en caso de no hacerlo, o cuando el constituido correspondiera a un domicilio inexistente o resultare incorrecto, quedará válidamente notificado en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de todas las resoluciones que se dicten en el futuro en todas las instancias, los días martes y viernes -o el siguiente hábil si alguno es feriadoinmediato siguiente al de su suscripción. Artículo 5º.- Intimar a la sumariada para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal, sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la rubrada la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 6º.- Regístrese y notifíquese por cédula en el domicilio fiscal y mediante publicación de edictos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal t.o. 2015 con las modificaciones introducidas mediante la Ley N° 5.493 (B.O. N° 4792 del 04/01/2016) con copia de la presente y resérvese. Balestretti

Manuel E. Balestretti Subdirector General de Técnica Tributaria

EO 47 Inicia: 25-1-2016 Vence: 27-1-2016

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Ministerio Público Fiscal

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL UNIDAD FISCAL OESTE - UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 3.197.315/DGTAD/2016) Carátula: “LEGAJO DE INVESTIGACIÓN MPF 65382 LOZA QUISPE, SÓCRATES GERMÁN - ART: 111” Causa MPF 65382 El Dr. Cristian Longobardi, Titular de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 22 de la Unidad Fiscal Oeste, con asiento en Av. Paseo Colón 1333, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (5299-4400 Int. 4450/4501/4502), en el marco del Legajo de investigación MPF 65382 LOZA QUISPE, SOCRATES GERMAN - Art: 111, cita y emplaza a Sócrates Germán Loza Quispe - Documento Nacional de Identidad 94.060.182 - a fin de que comparezca a la sede de esa Fiscalía dentro del tercer día hábil de notificado, en el horario de 9 a 14 horas, a efectos de recibirle declaración conforme el art. 41 LPC, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada de requerir su declaración de rebeldía (artículo 158 C.P.P. de la C.A.B.A, de aplicación supletoria -artículo 6 de la ley 12). Se comunica al imputado el derecho que le asiste de ser asistido por un abogado de su confianza o por el defensor oficial que por turno corresponda. Se deja constancia que la contravención que motiva el proceso se encuentra prevista en los artículos 111 y 114 de la Ley 12 en función del artículo 65 de la Ley 24.449 y del artículo 5.5.1, del Anexo 1, de la Ley 2.148. Publíquese por cinco (5) días.

Nilza E. Sánchez Secretaria Administrativa

OJ 12 Inicia: 27-1-2016 Vence: 2-2-2016

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Ministerio Público Fiscal

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL UNIDAD FISCAL ESTE - UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN Notificación (Oficio Judicial E.E. Nº 3.097.308/DGTAD/2016) Carátula: “TORRES, DOMINGO DAVID – ART: 73” Causa MPF 54178 ///dad Autónoma de Buenos Aires, 18 de enero de 2016. I. En atención al estado der las presentes actuaciones, cítese mediante edictos a Sebastián Ariel Sassano, con D.N.I.: 23.643.568, argentino con último domicilio registrado en Melincue 5107 de esta Ciudad, por el término de cinco días a partir de la presente publicación, para que dentro del plazo de tres días comparezca ante este Ministerio Público a efectos de estar a derecho en el presente caso, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada de solicitar su declaración de rebeldía. II. Asimismo, requiérase al Sr. Jefe del Área de Contravenciones y Faltas de la Policía Metropolitana tenga a bien arbitrar los medios necesarios a fin de realizar durante siete (7) días tareas investigativas tendientes a dar con el paradero de Sebastián Ariel Sassano, con D.N.I.: 23.643.568, quien residiría en la calle Melincue 5107 de esta Ciudad, en diferentes horarios, incluso nocturnos y en caso de dar con el nombrado procedan a trasladarlo por la fuerza pública a la sede de este equipo fiscal previa consulta a los abonados 4014-1903/ 154-171-9213 . A tal fin líbrese oficio de estilo. . III. Requiérase al Sr. Jefe del Área de Contravenciones y Falta de la Policía Metropolitana tenga a bien arbitrar los medios necesarios a fin de realizar durante siete (7) días tareas investigativas tendientes a dar con el paradero de Sebastián Ariel Sassano, con D.N.I.: 23.643.568, quien trabajaría en el local de la Avenid Corrientes 4187 de esta Ciudad, en diferentes horarios, incluso nocturnos y en caso de dar con el nombrado procedan a trasladarlo por la fuerza pública a la sede de este equipo fiscal previa consulta a los abonados 4014-1903/ 154-171-9213. A tal fin líbrese oficio de estilo. IV. Finalmente, requiérase al Sr. Jefe del Área de Contravenciones y Faltas de la Policía Metropolitana tenga bien arbitrar los medios necesarios a fin de realizar durante siete (7) días tareas investigativas tendientes a dar con el paradero de Sebastián Ariel Sassano, con D.N.I.: 23.643.568, quien residiría en la calle Virgilio 2670 de esta Ciudad, en diferentes horarios, incluso nocturnos y en caso de dar con el nombrado procedan a trasladarlo por la fuerza pública a la sede de este equipo fiscal

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Inicia: 25-1-2016 Vence: 29-1-2016

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previa consulta a los abonados 4014-1903/ 154-171-9213. A tal fin líbrese oficio de estilo.

Andrea Scanga

Fiscal

Bárbara Filgueira Secretaria

OJ 11

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LEY Nº 2.739

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Dra. Marcela Domínguez Soler

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