boja nŒm. 77 sevilla, 25 de abril 2006p†gina nŒm. 56 boja nŒm. 77 sevilla, 25 de abril 2006...

10
BOJA núm. 77 Página núm. 54 Sevilla, 25 de abril 2006 RESOLUCION de 7 de abril de 2006, de la Direc- ción General de Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria para la cobertura pro- visional de posibles vacantes y sustituciones en centros bilingües a partir del curso 2006/2007. El Plan de Fomento del Plurilingüismo da respuesta a la necesidad de la sociedad andaluza de afrontar en óptimas condiciones el reto que representan los cambios tecnológicos, sociales y económicos que se han ido desarrollando en las últimas décadas y que han generado importantes expectativas de innovación, especialmente en el contexto de la educación, influyendo en la organización de los sistemas educativos. El profesorado constituye uno de los pilares fundamentales en este nuevo plan. A fin de cubrir las necesidades que surjan por la implantación progresiva del mismo, es necesario contar con profesorado con la competencia lingüística necesaria para impartir la materia de su especialidad en, al menos, dos len- guas, una primera lengua o lengua materna y una segunda lengua de los Estados Miembros de la Unión Europea, distinta a la lengua materna. Así, el profesorado que resulte selec- cionado mediante la presente convocatoria deberá impartir docencia en las especialidades relacionadas en el Anexo I en el idioma y centro especificado en el Anexo III. En previsión de que se produzcan vacantes a partir del curso 2006-2007 en puestos cuyas características, perfiles o condiciones especiales requieran para su desempeño titu- laciones o experiencias específicas, esta Dirección General, en virtud de las competencias que tiene atribuidas por el Decre- to 242/2004, de 18 de mayo (BOJA del 21), ha resuelto realizar convocatoria pública para la cobertura provisional de puestos, con ocasión de vacante, de las especialidades que se relacionan en el Anexo I, en centros bilingües de la Comu- nidad Autónoma Andaluza a partir del curso 2006/2007, de acuerdo con las siguientes BASES Base primera. Objeto. La presente Resolución tiene dos objetivos: 1.1. La selección de personal docente para impartir ense- ñanza en las especialidades relacionadas en el Anexo I en el idioma y centro especificado en el Anexo III de la presente Resolución. Las vacantes que se puedan producir en dichos centros serán resultado de las bajas producidas en los mismos por concurso de traslados, jubilaciones u otros motivos que puedan afectar al profesorado de los centros bilingües. 1.2. La selección de personal docente para realizar sus- tituciones en las especialidades y centros relacionados en los precitados Anexos. Base segunda. Participantes. 2.1. Podrán participar en la presente convocatoria: 2.1.1. Funcionariado de carrera del Cuerpo de Maestros y del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de las especialidades relacionadas en el Anexo I, dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, siempre que no se encuentre desarrollando un proyecto bilingüe durante el curso 2005-06 en su centro de destino definitivo. 2.1.2. Profesorado interino integrante de las bolsas de trabajo de las especialidades relacionadas en el Anexo I, con un año de tiempo de servicios reconocido por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía a 31 de diciembre de 2000 y que no haya sido excluido de las bolsas por Reso- lución de esta Dirección General. 2.1.3. Profesorado interino integrante de las bolsas de trabajo de las especialidades relacionadas en el Anexo I, con tiempo de servicios reconocido a fecha 30 de junio de 2005 y que no haya sido excluido de las bolsas por Resolución de esta Dirección General. 2.1.4. Resto del personal integrante de las bolsas de tra- bajo relacionadas en el Anexo I que haya comenzado a trabajar durante el curso 2005-2006 y que no haya sido excluido de las bolsas por Resolución de esta Dirección General. 2.1.5. Aspirantes a interinidades sin tiempo de servicio integrantes de las bolsas relacionadas en el Anexo I, incluidos aquellos solicitantes de las bolsas convocadas durante el curso 2005-2006. 2.1.6. Aquel personal funcionario, interino y aspirante a interinidades de las especialidades de Francés, Inglés y Ale- mán del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria podrá asimismo acreditar la titulación requerida para impartir alguna de las especialidades relacionadas en el precitado Anexo, para lo que deberán aportar la titulación correspondiente, de acuer- do con los criterios establecidos en el Anexo IV de la presente Resolución. 2.2. No deberá participar el profesorado nombrado en comisión de servicios por razones docentes o puesto específico en los centros objeto de la presente convocatoria durante el curso 2005-2006, a los que se prorrogará su situación admi- nistrativa en su actual destino siempre que persista la nece- sidad de la plaza y no exista informe desfavorable. Base tercera. Requisitos. 3.1. Dominar, tanto en el código oral como escrito, el idioma que para cada puesto se determina en el Anexo III de la presente Resolución. Este requisito deberá acreditarse por cualquiera de las formas previstas en la Base Sexta de esta convocatoria. Base cuarta. Solicitudes, plazo y lugares de presentación de solicitudes y documentación adjunta. 4.1. Las solicitudes, según modelo del Anexo II, se pre- sentarán en los registros generales de las Delegaciones Pro- vinciales y de la Consejería de Educación en los 10 días natu- rales a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi- nistrativo Común. A dichas solicitudes se acompañará la documentación acreditativa de cumplir los requisitos. 4.2. A efectos de solicitud de puestos, el personal par- ticipante indicará con claridad en la instancia el orden de preferencia de los puestos que soliciten y el código asignado a los mismos, según el Anexo III, dado que cualquier error en el código puede determinar que no se considere el puesto solicitado o se obtenga uno no deseado. Asimismo, aunque los hubieran consignado en la instancia, sólo podrán ser des- tinados a puestos para los que se haya acreditado el cono- cimiento del idioma requerido en alguna de las formas previstas. 4.3. El personal funcionario del Cuerpo de Maestros podrá solicitar vacantes de todas aquellas especialidades para las que esté habilitado de las correspondientes al Cuerpo por el que se participa. El personal interino del Cuerpo de Maestros podrá solicitar vacantes correspondientes a su bolsa de origen. El personal funcionario del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria podrá solicitar vacantes de todas aquellas espe- cialidades de las que sea titular. El personal interino de dicho Cuerpo sólo podrá solicitar vacantes correspondientes a su bolsa de origen, a excepción de lo establecido en el apartado 2.1.6. 4.4. Se podrá participar por tantos idiomas como se pueda acreditar. 4.5. El personal participante se responsabilizará expre- samente de la veracidad de la documentación aportada. En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la participación en la presente convocatoria, con independencia de la responsabilidad a que hubiera lugar.

Upload: others

Post on 03-Mar-2020

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006P†gina nŒm. 56 BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006 como criterio la letra resultante del Œltimo sorteo realizado por la Secretar„a

BOJA núm. 77Página núm. 54 Sevilla, 25 de abril 2006

RESOLUCION de 7 de abril de 2006, de la Direc-ción General de Gestión de Recursos Humanos, porla que se realiza convocatoria para la cobertura pro-visional de posibles vacantes y sustituciones en centrosbilingües a partir del curso 2006/2007.

El Plan de Fomento del Plurilingüismo da respuesta ala necesidad de la sociedad andaluza de afrontar en óptimascondiciones el reto que representan los cambios tecnológicos,sociales y económicos que se han ido desarrollando en lasúltimas décadas y que han generado importantes expectativasde innovación, especialmente en el contexto de la educación,influyendo en la organización de los sistemas educativos.

El profesorado constituye uno de los pilares fundamentalesen este nuevo plan. A fin de cubrir las necesidades que surjanpor la implantación progresiva del mismo, es necesario contarcon profesorado con la competencia lingüística necesaria paraimpartir la materia de su especialidad en, al menos, dos len-guas, una primera lengua o lengua materna y una segundalengua de los Estados Miembros de la Unión Europea, distintaa la lengua materna. Así, el profesorado que resulte selec-cionado mediante la presente convocatoria deberá impartirdocencia en las especialidades relacionadas en el Anexo Ien el idioma y centro especificado en el Anexo III.

En previsión de que se produzcan vacantes a partir delcurso 2006-2007 en puestos cuyas características, perfileso condiciones especiales requieran para su desempeño titu-laciones o experiencias específicas, esta Dirección General,en virtud de las competencias que tiene atribuidas por el Decre-to 242/2004, de 18 de mayo (BOJA del 21), ha resueltorealizar convocatoria pública para la cobertura provisional depuestos, con ocasión de vacante, de las especialidades quese relacionan en el Anexo I, en centros bilingües de la Comu-nidad Autónoma Andaluza a partir del curso 2006/2007, deacuerdo con las siguientes

B A S E S

Base primera. Objeto.La presente Resolución tiene dos objetivos:

1.1. La selección de personal docente para impartir ense-ñanza en las especialidades relacionadas en el Anexo I enel idioma y centro especificado en el Anexo III de la presenteResolución. Las vacantes que se puedan producir en dichoscentros serán resultado de las bajas producidas en los mismospor concurso de traslados, jubilaciones u otros motivos quepuedan afectar al profesorado de los centros bilingües.

1.2. La selección de personal docente para realizar sus-tituciones en las especialidades y centros relacionados en losprecitados Anexos.

Base segunda. Participantes.2.1. Podrán participar en la presente convocatoria:2.1.1. Funcionariado de carrera del Cuerpo de Maestros

y del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de lasespecialidades relacionadas en el Anexo I, dependientes dela Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, siempreque no se encuentre desarrollando un proyecto bilingüe duranteel curso 2005-06 en su centro de destino definitivo.

2.1.2. Profesorado interino integrante de las bolsas detrabajo de las especialidades relacionadas en el Anexo I, conun año de tiempo de servicios reconocido por la Consejeríade Educación de la Junta de Andalucía a 31 de diciembrede 2000 y que no haya sido excluido de las bolsas por Reso-lución de esta Dirección General.

2.1.3. Profesorado interino integrante de las bolsas detrabajo de las especialidades relacionadas en el Anexo I, contiempo de servicios reconocido a fecha 30 de junio de 2005y que no haya sido excluido de las bolsas por Resoluciónde esta Dirección General.

2.1.4. Resto del personal integrante de las bolsas de tra-bajo relacionadas en el Anexo I que haya comenzado a trabajardurante el curso 2005-2006 y que no haya sido excluidode las bolsas por Resolución de esta Dirección General.

2.1.5. Aspirantes a interinidades sin tiempo de serviciointegrantes de las bolsas relacionadas en el Anexo I, incluidosaquellos solicitantes de las bolsas convocadas durante el curso2005-2006.

2.1.6. Aquel personal funcionario, interino y aspirantea interinidades de las especialidades de Francés, Inglés y Ale-mán del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria podráasimismo acreditar la titulación requerida para impartir algunade las especialidades relacionadas en el precitado Anexo, paralo que deberán aportar la titulación correspondiente, de acuer-do con los criterios establecidos en el Anexo IV de la presenteResolución.

2.2. No deberá participar el profesorado nombrado encomisión de servicios por razones docentes o puesto específicoen los centros objeto de la presente convocatoria durante elcurso 2005-2006, a los que se prorrogará su situación admi-nistrativa en su actual destino siempre que persista la nece-sidad de la plaza y no exista informe desfavorable.

Base tercera. Requisitos.3.1. Dominar, tanto en el código oral como escrito, el

idioma que para cada puesto se determina en el Anexo IIIde la presente Resolución. Este requisito deberá acreditarsepor cualquiera de las formas previstas en la Base Sexta deesta convocatoria.

Base cuarta. Solicitudes, plazo y lugares de presentaciónde solicitudes y documentación adjunta.

4.1. Las solicitudes, según modelo del Anexo II, se pre-sentarán en los registros generales de las Delegaciones Pro-vinciales y de la Consejería de Educación en los 10 días natu-rales a partir del día siguiente al de la publicación de la presenteResolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común.

A dichas solicitudes se acompañará la documentaciónacreditativa de cumplir los requisitos.

4.2. A efectos de solicitud de puestos, el personal par-ticipante indicará con claridad en la instancia el orden depreferencia de los puestos que soliciten y el código asignadoa los mismos, según el Anexo III, dado que cualquier erroren el código puede determinar que no se considere el puestosolicitado o se obtenga uno no deseado. Asimismo, aunquelos hubieran consignado en la instancia, sólo podrán ser des-tinados a puestos para los que se haya acreditado el cono-cimiento del idioma requerido en alguna de las formasprevistas.

4.3. El personal funcionario del Cuerpo de Maestros podrásolicitar vacantes de todas aquellas especialidades para lasque esté habilitado de las correspondientes al Cuerpo por elque se participa. El personal interino del Cuerpo de Maestrospodrá solicitar vacantes correspondientes a su bolsa de origen.El personal funcionario del Cuerpo de Profesores de EnseñanzaSecundaria podrá solicitar vacantes de todas aquellas espe-cialidades de las que sea titular. El personal interino de dichoCuerpo sólo podrá solicitar vacantes correspondientes a subolsa de origen, a excepción de lo establecido en el apartado2.1.6.

4.4. Se podrá participar por tantos idiomas como se puedaacreditar.

4.5. El personal participante se responsabilizará expre-samente de la veracidad de la documentación aportada. Encaso de falsedad o manipulación en algún documento, decaeráel derecho a la participación en la presente convocatoria, conindependencia de la responsabilidad a que hubiera lugar.

Page 2: BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006P†gina nŒm. 56 BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006 como criterio la letra resultante del Œltimo sorteo realizado por la Secretar„a

BOJA núm. 77Sevilla, 25 de abril 2006 Página núm. 55

4.6. Concluido el plazo de presentación de solicitudes,no se admitirá modificación alguna a los puestos solicitados.

Base quinta. Admisión de participantes y valoración dela documentación.

5.1. Toda la documentación alegada ha de poseerse enla fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.

5.2. En los documentos presentados deberá hacerse cons-tar el nombre y apellidos del personal participante. Las foto-copias justificativas de la documentación acreditativa estaránfirmadas por el personal participante, haciendo constar en ellasque son copias de los originales.

5.3. Finalizado el plazo de presentación de solicitudesy documentación, se procederá a la verificación del cumpli-miento de los requisitos, a efectos de determinar la relaciónde personal participante admitido y excluido, publicándosela Resolución provisional de tal extremo, indicándose, en sucaso, los motivos de exclusión, en los tablones de anunciosde las Delegaciones Provinciales de Educación de la Juntade Andalucía y, a efectos meramente informativos, en la páginaweb de esta Consejería.

5.4. El personal participante dispondrá de un plazo decinco días naturales para poder presentar las alegaciones queestime oportunas mediante escrito dirigido a la Dirección Gene-ral de Gestión de Recursos Humanos. En el mismo plazo,el personal interesado podrá presentar renuncia a su parti-cipación en el presente procedimiento.

5.5. Estudiadas las alegaciones presentadas en tiempoy forma y, en su caso, efectuadas las oportunas modificacionesen las listas provisionales de aspirantes, se harán públicaslas listas definitivas de personal admitido y excluido, medianteResolución que se publicará en los lugares indicados ante-riormente.

Base sexta. Documentación específica del requisito deconocimiento de idiomas.

6.1. El requisito de conocimiento de idiomas se acreditarámediante alguno de los títulos o certificados que se indicana continuación:

a) Título de Licenciado en: Filología, Filosofía y Letras(sección Filología), Teoría de la Literatura y Literatura Com-parada, Traducción e Interpretación o Lingüística correspon-diente al idioma cuyo conocimiento se requiere.

b) Diplomado en Traducción e Interpretación en el idiomacuyo conocimiento se requiere.

c) Maestro: Especialidad de Lengua Extranjera (sólo paraespecialidades del Cuerpo de Maestros).

En el caso de que dichas titulaciones académicas nohagan referencia expresa al idioma que se pretende acreditar,deberá presentarse, además del título académico, certificaciónacadémica personal comprensiva de todas las materias cur-sadas para la obtención del mismo.

d) Certificado de Aptitud de la Escuela Oficial de Idiomasen el idioma cuyo conocimiento se requiere.

e) Diploma acreditativo de haber superado todos los cursosde los estudios del idioma correspondiente establecidos enlos programas de los Institutos de Idiomas o certificación dehaber superado el último curso de nivel avanzado expedidopor los Centros de Lenguas Modernas, ambas institucionesdependientes de cualquier Universidad española.

f) Asimismo, será acreditativa de conocimiento de idiomasla siguiente documentación:

Francés.- Diplôme de Langue Française (DL).- Diplôme d’Études en Langue Française (DELF second

degré).- Diplôme Supérieur d’Études Françaises Modernes (DS).- Diplôme Appronfondi de Langue Française (DALF).- Diplôme de Hautes Études Françaises (DHEF).

Inglés.- First Certificate in English (FCE).- Certificate in Advanced English (CAE).- Certificate of Proficiency in English (CPE).

Alemán.- Zentrale Mittelstufenprüfung (ZMP).- Zentrale Oberstufenprüfung (ZOP).- Kleines Deutsches Sprachdiplom (KDS).- Großes Deutsches Sprachdiplom (GDS).

Base séptima. Criterios de configuración de las listas.7.1. Las listas que se generen como resultado de la pre-

sente convocatoria se ordenarán para cada especialidad e idio-ma acreditado en el siguiente orden y de acuerdo con lossiguientes criterios, establecidos en el Real Decreto2112/1998, de 2 de octubre (BOE del 6):

a) Funcionariado de carrera:a.1. Cuerpo de Maestros:- Mayor tiempo de servicios como funcionario del Cuerpo

de Maestros.- Año más antiguo de ingreso en el Cuerpo de Maestros.- Menor número de lista en la promoción de ingreso en

el Cuerpo de Maestros.a.2. Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria:- Mayor tiempo de servicios como funcionario de carrera

en el Cuerpo del grupo al que está adscrita su plaza.- Año más antiguo de ingreso en el Cuerpo al que está

adscrita la plaza.- Formar parte del Cuerpo de Catedráticos.- Orden o escalafón en que figuró en el proceso selectivo

a través del que se ingresó en el Cuerpo.

b) Personal interino:b.1. Personal interino acogido al Acuerdo de 25 de marzo

de 2003.- Mayor tiempo de servicios en años, meses y días reco-

nocido por Resolución a fecha 30 de junio de 2005. En casode empate, se resolverá según el número de ejercicios supe-rados, de mayor a menor, en el último procedimiento selectivoen la Comunidad Autónoma de Andalucía y, a su vez, segúnla nota media de los mismos. De persistir el empate, segúnla mayor puntuación en la nota media del expediente aca-démico, extremo que los participantes deberán acreditar docu-mentalmente en caso de no haber sido acreditado anterior-mente mediante la aportación de certificación expedida porla autoridad académica correspondiente junto con la solicitudde participación en el procedimiento de adjudicación de des-tinos provisionales mediante Resolución de 14 de abril de2005 (BOJA núm. 81). De no haberse acreditado, se emplearácomo criterio de desempate el orden alfabético en orden des-cendiente, utilizándose como criterio la letra resultante del últi-mo sorteo realizado por la Secretaría General para la Admi-nistración Pública (letra «E»).

b.2. Personal interino no acogido al Acuerdo de 25 demarzo de 2003.

- Mayor tiempo de servicios en años, meses y días reco-nocido por Resolución a fecha 30 de junio de 2005. En casode empate, se resolverá según el número de ejercicios supe-rados, de mayor a menor, en el último procedimiento selectivoen la Comunidad Autónoma de Andalucía y, a su vez, segúnla nota media de los mismos. De persistir el empate, segúnla mayor puntuación en la nota media del expediente aca-démico, extremo que los participantes deberán acreditar docu-mentalmente mediante la aportación, junto con la solicitudde participación, de certificación expedida por la autoridadacadémica correspondiente, salvo que ya se hubiera acredi-tado. De no acreditarse, se empleará como criterio de desem-pate el orden alfabético en orden descendiente, utilizándose

mbalaguero
Resaltado
mbalaguero
Resaltado
Page 3: BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006P†gina nŒm. 56 BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006 como criterio la letra resultante del Œltimo sorteo realizado por la Secretar„a

BOJA núm. 77Página núm. 56 Sevilla, 25 de abril 2006

como criterio la letra resultante del último sorteo realizadopor la Secretaría General para la Administración Pública (letra«E»).

b.3. Personal integrante de las bolsas de trabajo que hayacomenzado a trabajar durante el curso 2005-2006 y aspi-rantes a interinidades.

- El personal integrante de las bolsas de trabajo que hayacomenzado a trabajar durante el curso 2005-2006 será orde-nado de acuerdo con el orden con el que figuraba en loslistados de aspirantes durante el precitado curso; el personalintegrante de las listas de aspirantes a interinidades se ordenarásegún el orden en que figure en las mismas.

7.2. La relación de personal seleccionado por la presenteconvocatoria servirá para cubrir los puestos vacantes a partirdel curso académico 2006/2007. El personal seleccionadoserá destinado al puesto obtenido por un primer período deun curso de duración. La adscripción podrá ser prorrogadasiempre que se mantenga la necesidad de la plaza.

7.3. La permanencia en el puesto adjudicado vendrá con-dicionada al informe favorable de los distintos Departamentosy/o de la Dirección del Centro. El informe desfavorable, ensu caso, será visado por el Servicio de Inspección Educativa,el cual lo elevará a esta Dirección General.

Base octava. Adjudicación de destinos.8.1. La adjudicación definitiva de las vacantes previstas

para el curso académico se realizará en función de las peti-ciones de los interesados y del lugar que ocupen en la listadefinitiva de personal seleccionado.

8.2. El personal interino deberá participar, en su caso,en el procedimiento de adjudicación de destinos provisionalesregulado mediante Resolución anual, aunque participe en lapresente Convocatoria.

8.3. Los destinos adjudicados serán irrenunciables y ten-drán efectos económicos y administrativos desde la fecha denombramiento.

8.4. Tras la adjudicación de plazas correspondientes alinicio del curso académico 2006/07 por el procedimiento des-crito en los apartados anteriores, se procederá a una nuevaintegración de las listas por especialidades e idioma relacio-nando a todos los seleccionados, a excepción del personalfuncionario y del personal interino acogido al Acuerdo, demayor a menor tiempo de servicio o baremo, en su caso,quedando así una única lista por especialidad que servirá,para cubrir provisionalmente vacantes o, en su caso, susti-tuciones, que se pudieran producir con posterioridad. El per-sonal integrante de las bolsas que haya comenzado a trabajardurante el curso 2005-2006 será ordenado de acuerdo conel tiempo de servicios reconocido a fecha 30 de junio de 2006.

8.5. Los llamamientos del personal seleccionado se efec-tuarán en el orden resultante de dicho procedimiento, teniendoen cuenta los centros bilingües dentro del ámbito de las mismasprovincias solicitadas por los participantes en su correspon-dientes solicitudes de destinos provisionales, siempre que enel momento que surja la necesidad no se tenga nombramientoen vigor. El personal seleccionado estará obligado a aceptar

las vacantes o sustituciones que se les oferten en centros bilin-gües. El hecho de no aceptar un nombramiento implicará laexclusión definitiva de todas las listas o bolsas en que figure.

Asimismo, será motivo de baja de la lista de sustitucionespara centros bilingües el rendimiento insuficiente o una evi-dente y documentada falta de capacidad para ocupar el puestode trabajo.

Base novena. Situación administrativa.9.1. El personal funcionario de carrera que pase a cubrir

una de las plazas vacantes será nombrado en régimen decomisión de servicios.

9.2. El profesorado interino que pase a ocupar una delas plazas convocadas mediante esta Resolución seguirá per-teneciendo a la bolsa de la especialidad de origen, en la quese acumulará el tiempo prestado como consecuencia de dichoprocedimiento y se atendrá a lo regulado en la Resoluciónde 31 de mayo de 2004, de la Dirección General de Gestiónde Recursos Humanos, por la que se establecen las basesaplicables al profesorado interino, modificada por la Resoluciónde 27 de mayo de 2005 (BOJA del 6 de junio).

Base décima. Recursos procedentes.Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía admi-

nistrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contardesde el día siguiente a su publicación en los tablones deanuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejeríade Educación, recurso contencioso-administrativo ante el Juz-gado de lo Contencioso-Administrativo competente, conformea lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Con-tencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de repo-sición, ante la Consejería de Educación, en el plazo de unmes, a contar desde el día siguiente a su publicación, deacuerdo con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 7 de abril de 2006.- El Director General, CarlosGómez Oliver.

Page 4: BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006P†gina nŒm. 56 BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006 como criterio la letra resultante del Œltimo sorteo realizado por la Secretar„a

BOJA núm. 77Sevilla, 25 de abril 2006 Página núm. 57

Page 5: BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006P†gina nŒm. 56 BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006 como criterio la letra resultante del Œltimo sorteo realizado por la Secretar„a

BOJA núm. 77Página núm. 58 Sevilla, 25 de abril 2006

Page 6: BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006P†gina nŒm. 56 BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006 como criterio la letra resultante del Œltimo sorteo realizado por la Secretar„a

BOJA núm. 77Sevilla, 25 de abril 2006 Página núm. 59

Page 7: BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006P†gina nŒm. 56 BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006 como criterio la letra resultante del Œltimo sorteo realizado por la Secretar„a

BOJA núm. 77Página núm. 60 Sevilla, 25 de abril 2006

Page 8: BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006P†gina nŒm. 56 BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006 como criterio la letra resultante del Œltimo sorteo realizado por la Secretar„a

BOJA núm. 77Sevilla, 25 de abril 2006 Página núm. 61

Page 9: BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006P†gina nŒm. 56 BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006 como criterio la letra resultante del Œltimo sorteo realizado por la Secretar„a

BOJA núm. 77Página núm. 62 Sevilla, 25 de abril 2006

Page 10: BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006P†gina nŒm. 56 BOJA nŒm. 77 Sevilla, 25 de abril 2006 como criterio la letra resultante del Œltimo sorteo realizado por la Secretar„a

BOJA núm. 77Sevilla, 25 de abril 2006 Página núm. 63

3. Otras disposiciones

CONSEJERIA DE GOBERNACION

ORDEN de 6 de abril de 2006, por la que seaprueba el modelo de guía de circulación de máquinasrecreativas y de azar para el ámbito de la ComunidadAutónoma de Andalucía.

La Disposición Final Primera del Decreto 250/2005, de22 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamentode Máquinas Recreativas y de Azar, de Salones de Juego,y del Registro de Empresas de Juego de la Comunidad Autó-noma de Andalucía, recoge que, mediante Orden de la Con-sejera de Gobernación, se establecerá el sistema de acredi-tación del cumplimiento de los requisitos documentales deaquellos procedimientos incluidos en el Anexo Unico que sesometan a tramitación telemática. Uno de estos procedimientoses el recogido en el artículo 50 del precitado Reglamento,relativo al documento de la guía de circulación de las máquinasrecreativas y de azar y a la cumplimentación de los datosque reglamentariamente debe contener.

Al objeto de facilitar la acreditación del cumplimiento deeste requisito documental tanto por las empresas fabricantesde máquinas recreativas y de azar como por las empresas dejuego adquirentes de las mismas, se aprueba mediante la pre-sente Orden el modelo de guía de circulación, su sistemade obtención y su contenido para el ámbito territorial de laComunidad Autónoma de Andalucía.

En su virtud, y de conformidad con lo establecido enel número 2 de la Disposición Final Primera del Decreto250/2005, de 22 de noviembre,

D I S P O N G O

Artículo 1. Aprobación del Modelo de Guía de Circulación.Se aprueba el modelo de guía de circulación de máquinas

recreativas y de azar de la Comunidad Autónoma de Andalucíaque se inserta en el Anexo Unico de la presente Orden.

Artículo 2. Obtención y cumplimentación de los ejem-plares de guías de circulación.

1. Las empresas fabricantes o importadoras de máquinasrecreativas y de azar podrán obtener los ejemplares de guía

de circulación de máquinas recreativas y de azar de la Comu-nidad Autónoma de Andalucía, a través de la página webde la Consejería de Gobernación (www.juntadeandalu-cia.es/gobernacion) mediante su descarga electrónica de dichapágina.

2. La guía de circulación se expedirá en triplicado ejemplary los datos de la misma previstos en los subapartados a),b), c), d), e) y f) del artículo 50.2 del Reglamento de MáquinasRecreativas y de Azar, de Salones Recreativos y de Juego,y del Registro de Empresas de Juego de la Comunidad Autó-noma de Andalucía serán cumplimentados por la empresafabricante o importadora de la máquina antes de su salidade fábrica o almacén para su posterior comercialización.

3. Asimismo, los datos de la guía de circulación previstosen los subapartados g) y h) del artículo 50.2 del referido Regla-mento serán cumplimentados por la empresa comercializadoraque en última instancia comercialice la máquina recreativao de azar y se encuentre inscrita en la Sección II del Registrode Empresas de Juego de la Comunidad Autónoma deAndalucía.

Disposición Transitoria Unica. Ejemplares de guías decirculación de la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre.

Las empresas fabricantes o importadoras que a la entradaen vigor de la presente Orden dispongan de ejemplares de guíasde circulación de máquinas recreativas y de azar confeccionadospor la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre y sin cumplimentarpodrán utilizarlos hasta el día 26 de junio de 2006. Transcurridodicho plazo sólo serán admitidos en los procedimientos de auto-rización de explotación ejemplares de guías de circulación con-forme al modelo que se inserta en el Anexo Unico de la presenteOrden.

Disposición Final Primera. Entrada en vigor.La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al

de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de abril de 2006

EVANGELINA NARANJO MARQUEZConsejera de Gobernación