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Boletn Ocial de Castilla y Len
Nm. 39 Pg. 15306Jueves, 26 de febrero de 2015
I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LENA. DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERA DE EDUCACIN
ORDEN EDU/113/2015, de 18 de febrero, por la que se modifica la Orden
EDU/423/2014, de 21 de mayo, por la que se establece la adaptacin de la regulacin
de las vacaciones, los permisos y las licencias del Decreto 59/2013, de 5 de septiembre,
para el personal funcionario docente de las enseanzas no universitarias que presta sus
servicios en los centros pblicos y servicios de apoyo a los mismos, dependientes de laConsejera competente en materia de Educacin.
Mediante la Orden EDU/423/2014, de 21 de mayo, se ha establecido la adaptacinde la regulacin de las vacaciones, los permisos y las licencias del Decreto 59/2013, de5 de septiembre, para el personal funcionario docente de las enseanzas no universitariasque presta sus servicios en los centros pblicos y servicios de apoyo a los mismos,dependientes de la Consejera competente en materia de Educacin.
En la regulacin del permiso de lactancia recogida en el artculo 23, se ha consideradooportuno modificar el contenido del apartado 2 aclarando lo ya indicado en el apartado 1
del citado artculo.Por ello, en atencin a las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio,
del Gobierno y de la Administracin de la Comunidad de Castilla y Len, y previo dictamendel Consejo Escolar de Castilla y Len,
DISPONGO
Artculo nico. Modificacin de la Orden EDU/423/2014, de 21 de mayo de 2014, por
la que se establece la adaptacin de la regulacin de las vacaciones, los permisos y las
licencias del Decreto 59/2013, de 5 de septiembre, para el personal funcionario docente
de las enseanzas no universitarias que presta sus servicios en los centros pblicos y
servicios de apoyo a los mismos dependientes de la consejera competente en materia deeducacin.
El apartado 2 del artculo 23 de la Orden EDU/423/2014, de 21 de mayo de 2014, porla que se establece la adaptacin de la regulacin de las vacaciones, los permisos y laslicencias del Decreto 59/2013, de 5 de septiembre, para el personal funcionario docentede las enseanzas no universitarias que presta sus servicios en los centros pblicos yservicios de apoyo a los mismos, dependientes de la consejera competente en materia deeducacin, queda redactado en los siguientes trminos:
2. En este caso, aquel de los progenitores que pretenda disfrutar del permiso,
deber acreditar, con carcter previo, el no disfrute simultneo de dicho permiso por el
otro progenitor.
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http://bocyl.jcyl.es D.L.: BU 10-1979 - ISSN 1989-8959
Pg. 15307Jueves, 26 de febrero de 2015
DISPOSICIN FINAL
Entrada en vigor.
La presente orden entrar en vigor el da siguiente al de su publicacin en el BoletnOficial de Castilla y Len.
Valladolid, 18 de febrero de 2015.
El Consejero,Fdo.:JUANJOSMATEOSOTERO