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785 Acuerdo de 6 de abril de 2017 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía. El artículo 17.1 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno. Mediante Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se estableció la organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía. El presente Acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel, en el sentido de modificar la denominación de dos de las cuatro Subdirecciones Generales incardinadas en la Dirección General de Innovación y Promoción de la Ciudad, con el fin de ajustarse mejor a las líneas estratégicas de actuación de esa Dirección General. Por una parte, la Subdirección General de Fondos Europeos y Cooperación Internacional al Desarrollo pasa a denominarse Subdirección General de Ciudadanía Global y Cooperación Internacional al Desarrollo. Por otra, la Subdirección General de Relaciones Institucionales pasa a denominarse Subdirección General de Acción Internacional, Redes y Organismos Internacionales. En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1 h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, a propuesta del Coordinador General de la Alcaldía, que eleva la Secretaria de la Junta de Gobierno y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 6 de abril de 2017, ACUERDA PRIMERO. Modificar punto 1 del apartado 1.º, relativo a la "Organización de la Coordinación General de la Alcaldía", del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía, que queda redactado en los siguientes términos: "1. La Coordinación General de la Alcaldía se organiza para el ejercicio de sus competencias en los siguientes órganos directivos, Subdirecciones Generales, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo: 1. Dirección General de Innovación y Promoción de la Ciudad. 1.1. Subdirección General de Ciudadanía Global y Cooperación Internacional al Desarrollo. 1.2. Subdirección General de Acción Internacional, Redes y Organismos Internacionales. 1.3. Subdirección General de Promoción Internacional y Participación Empresarial. 1.4. Subdirección General de Innovación y Ciudad Inteligente". SEGUNDO.- Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para dictar las resoluciones precisas para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo. TERCERO.- Se faculta la Gerencia de la Ciudad para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente Acuerdo. CUARTO.- Quedan sin efecto todos los acuerdos que se opongan o contradigan lo establecido en el presente Acuerdo. QUINTO.- El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid". SEXTO.- Del presente Acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo. Madrid, a 6 de abril de 2017.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, María Pilar Aguilar Almansa. Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo 786 Decreto de 16 de marzo de 2017 de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2017 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de familia e infancia en el municipio de Madrid. En el marco delimitado por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 278, de 22 de noviembre de 2013 (en adelante, OBRS), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RGS), y, en virtud de lo establecido en Acuerdos de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 29 de octubre de 2015, por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones de la Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud, a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de familia e infancia en el municipio de Madrid con arreglo a las siguientes especificaciones. ARTÍCULO 1. Objeto y ámbito de la convocatoria. 1. La Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo a través de la Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud, dentro de los créditos consignados en el presupuesto vigente, convoca la concesión de subvenciones a favor de entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud. La finalidad de estas subvenciones es fomentar y promover el desarrollo de proyectos que coadyuven o complementen las competencias y actividades municipales según las prioridades incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo 2016-2018, aprobado por el Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo de fecha 21 de julio de 2016. 2. Cada entidad solicitante podrá únicamente presentar un proyecto a la presente convocatoria. En el caso de presentar más de uno, se entenderá que la entidad opta por mantener el último de los presentados que haya tenido entrada en el registro y renuncia al resto. 3. En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar las entidades subvencionadas o sean necesarias para la ejecución del proyecto subvencionado, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las BOAM núm. 7.884 10 de abril de 2017 19

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Page 1: BOAM núm. 7.884 10 de abril de 2017 · convocatoria, así como sus respectivos indicadores, son los siguientes: Objetivo operativo n.º 1. Promover acciones de parentalidad positiva

785 Acuerdo de 6 de abril de 2017 de laJunta de Gobierno de la Ciudad deMadrid por el que se modifica elAcuerdo de 29 de octubre de 2015 deorganización y competencias de laCoordinación General de la Alcaldía.

El artículo 17.1 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad yde Régimen Especial de Madrid asigna a la Junta de Gobierno de laCiudad de Madrid la competencia general para establecer laorganización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, enel marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.

 Mediante Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de

Gobierno de la Ciudad de Madrid se estableció la organización ycompetencias de la Coordinación General de la Alcaldía.

 El presente Acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel,

en el sentido de modificar la denominación de dos de las cuatroSubdirecciones Generales incardinadas en la Dirección General deInnovación y Promoción de la Ciudad, con el fin de ajustarse mejor alas líneas estratégicas de actuación de esa Dirección General.

 Por una parte, la Subdirección General de Fondos Europeos y

Cooperación Internacional al Desarrollo pasa a denominarseSubdirección General de Ciudadanía Global y CooperaciónInternacional al Desarrollo. Por otra, la Subdirección General deRelaciones Institucionales pasa a denominarse Subdirección Generalde Acción Internacional, Redes y Organismos Internacionales.

 En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1

h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de RégimenEspecial de Madrid y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico delGobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, apropuesta del Coordinador General de la Alcaldía, que eleva laSecretaria de la Junta de Gobierno y previa deliberación, la Junta deGobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 6 de abril de 2017,

 ACUERDA

 PRIMERO. Modificar punto 1 del apartado 1.º, relativo a la

"Organización de la Coordinación General de la Alcaldía", del Acuerdode 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad deMadrid de organización y competencias de la Coordinación General dela Alcaldía, que queda redactado en los siguientes términos:

 "1. La Coordinación General de la Alcaldía se organiza para el

ejercicio de sus competencias en los siguientes órganos directivos,Subdirecciones Generales, así como en las demás unidades y puestosde trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

 1. Dirección General de Innovación y Promoción de la Ciudad.1.1. Subdirección General de Ciudadanía Global y Cooperación

Internacional al Desarrollo.1.2. Subdirección General de Acción Internacional, Redes y

Organismos Internacionales.1.3. Subdirección General de Promoción Internacional y

Participación Empresarial.1.4. Subdirección General de Innovación y Ciudad Inteligente". SEGUNDO.- Se faculta al titular de la Coordinación General de la

Alcaldía para dictar las resoluciones precisas para el desarrollo yejecución del presente Acuerdo.

 TERCERO.- Se faculta la Gerencia de la Ciudad para resolver las

dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación delpresente Acuerdo.

 CUARTO.- Quedan sin efecto todos los acuerdos que se opongan

o contradigan lo establecido en el presente Acuerdo. QUINTO.- El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su

adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la

Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento deMadrid".

 SEXTO.- Del presente Acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de

que quede enterado del mismo. Madrid, a 6 de abril de 2017.- La Directora de la Oficina del

Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, MaríaPilar Aguilar Almansa.

Área de Gobierno de Equidad, Derechos Socialesy Empleo

786 Decreto de 16 de marzo de 2017 de laDelegada del Área de Gobierno deEquidad, Derechos Sociales y Empleopor el que se aprueba la convocatoriapúbl ica de subvenciones 2017 aentidades e instituciones de caráctersoc ia l s in án imo de luc ro quedesarrollen proyectos de familia einfancia en el municipio de Madrid.

En el marco delimitado por la Ordenanza de Bases ReguladorasGenerales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento deMadrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Plenodel Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en elBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 278, de 22 denoviembre de 2013 (en adelante, OBRS), la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), elReglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto887/2006, de 21 de julio (en adelante, RGS), y, en virtud de loestablecido en Acuerdos de la Junta de Gobierno de la Ciudad deMadrid, de 29 de octubre de 2015, por el que se establece laorganización y competencias del Área de Gobierno de Equidad,Derechos Sociales y Empleo, se aprueba la convocatoria pública parala concesión de subvenciones de la Dirección General de Familia,Infancia, Educación y Juventud, a entidades e instituciones de caráctersocial sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de familia einfancia en el municipio de Madrid con arreglo a las siguientesespecificaciones.

 ARTÍCULO 1. Objeto y ámbito de la convocatoria. 1. La Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos

Sociales y Empleo a través de la Dirección General de Familia, Infancia,Educación y Juventud, dentro de los créditos consignados en elpresupuesto vigente, convoca la concesión de subvenciones a favorde entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro quedesarrollen proyectos que complementen las actuaciones de laDirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud.

La finalidad de estas subvenciones es fomentar y promover eldesarrollo de proyectos que coadyuven o complementen lascompetencias y actividades municipales según las prioridadesincluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobiernode Equidad, Derechos Sociales y Empleo 2016-2018, aprobado por elDecreto de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, DerechosSociales y Empleo de fecha 21 de julio de 2016.

2. Cada entidad solicitante podrá únicamente presentar unproyecto a la presente convocatoria. En el caso de presentar más deuno, se entenderá que la entidad opta por mantener el último de lospresentados que haya tenido entrada en el registro y renuncia al resto.

3. En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales quedeban aportar las entidades subvencionadas o sean necesarias para laejecución del proyecto subvencionado, deberá hacerse un uso nosexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las

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mujeres o estereotipos sexistas y fomentar con valores de igualdad lapresencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.

 ARTÍCULO 2. L íneas de actuac ión de los proyectos

subvenc ionables. 1. A los efectos previstos en esta convocatoria, solo se valorarán

aquellos proyectos que se encuadren, siguiendo lo establecido en lalínea 5.8 del Plan Estratégico de Subvenciones 2016-2018, la línea deactuación de Infancia y Familia: apoyar a las entidades sociales sinánimo de lucro que desarrollen proyectos de acción social destinadosa facilitar la convivencia familiar, la reducción de situaciones deexclusión y pobreza infantil, el apoyo socioeducativo de menores enriesgo social y la capacitación sociolaboral de adolescentes.

2. Quedan excluidos de la presente convocatoria los proyectos quepromuevan campañas publicitarias, documentales, publicaciones,guías, jornadas, congresos y los que tengan por objeto la realizaciónde obras para el desarrollo de las actividades previstas en el apartado1 del presente artículo.

 ARTÍCULO 3. Objetivos, efectos que se pretenden conseguir e

indicadores de evaluación. 1. Los objetivos y efectos que se pretenden alcanzar con esta

convocatoria, así como sus respectivos indicadores, son lossiguientes:

 Objetivo operativo n.º 1. Promover acciones de parentalidad

positiva y apoyo a familias que faciliten la preservación, la convivencia yel desarrollo de los menores.

 Indicador de actividad:1.1. Número de familias atendidas.1.2. Número de menores beneficiarios.1.3. Número de sesiones de actividad directa.Indicadores de resultado:1.4. Grado de satisfacción de los participantes.1.5. Porcentaje de familias que mejoran sus competencias

parentales. Objetivo operativo n.º 2. Facilitar la capacitación e inserción

sociolaboral de adolescentes en riesgo social o exclusión. Indicador de actividad:2.1. Número de adolescentes participantes.2.2. Número de sesiones de actividad directa de formación en

habilidades sociales.2.3. Número de sesiones de actividad directa de capacitación

laboral e inserción.Indicadores de resultado:2.4. Grado de satisfacción de participantes.2.5. Porcentaje de adolescentes que mejoran sus habilidades

sociolaborales.2.6. Porcentaje de adolescentes que realizan al menos una

entrevista de trabajo o tienen una oferta de empleo. Objetivo operativo nº. 3. Prevenir situaciones de exclusión social de

menores en riesgo social a través de servicios y actividadessocioeducativas.

 Indicador de actividad:3.1. Número de menores participantes.3.2. Número de días de actividad directa en periodo lectivo.3.3. Número de días de actividad directa en periodo no lectivo.3.4. Número de sesiones de actividad directa dedicadas a

apoyo/refuerzo escolar.3.5. Número de sesiones de actividad directa dedicadas a ocio y

tiempo libre.Indicadores de resultado:3.6. Grado de satisfacción de las familias.3.7. Grado de satisfacción de los menores.

3.8. Porcentaje de menores que mejoran su rendimiento educativo.3.9. Porcentaje de menores que acuden con asiduidad a

actividades. 2. Las entidades seleccionarán el/los objetivo/s e indicadores de

entre los arriba propuestos que mejor se adapten al proyectopresentado, con la finalidad de poder evaluar los resultados obtenidos.Deberán hacer uso de al menos un indicador de actividad y unindicador de resultado por cada objetivo elegido. Cada indicadordeberá referir la correspondiente fuente de verificación

Los indicadores concretos utilizados por las entidades en susproyectos deberán indicarse en el apartado correspondiente del Anexoexplicativo del proyecto (Anexo II).

 3. Las fuentes de verificación que aportarán las entidades para

medir los resultados señalados en cada indicador podrán ser: · Para indicadores 1.1 y 1.2: Certif icado del número de

beneficiarios distintos con l istado.· Para indicador 1.3: Certificado del número de sesiones distintas

con cuadro o calendario explicativo.· Para indicador 1.4: Cert i f icado sobre e l número de

cuestionarios/encuestas realizadas, media aritmética obtenida,escala/categoría de referencia.

· Para indicador 1.5: Certificado sobre el número/porcentaje debeneficiarios con mejora sobre el total, con referencia a los resultadosde las pruebas/evaluaciones obtenidas.

· Para indicador 2.1: Certificado del número de beneficiariosdistintos con listado.

· Para indicadores 2.2 y 2.3: Certificado del número de sesionesdistintas con cuadro o calendario explicativo.

· Para indicador 2.4: Cert i f icado sobre e l número decuestionarios/encuestas realizadas, media aritmética obtenida,escala/categoría de referencia.

· Para indicador 2.5: Certificado sobre el número/porcentajebeneficiarios con mejora sobre el total, con referencia a los resultadosde las pruebas/evaluaciones obtenidas.

· Para indicador 2.6: Certificado con el número entrevistas/ofertaslaborales y número de beneficiarios.

· Para indicador 3.1: Certificado del número de beneficiariosdistintos con listado.

· Para indicadores 3.2, 3.2 y 3.3: Certificado del número de díasactividad-sesiones en periodo lectivo o periodo no lectivo con cuadroo calendario explicativo.

· Para indicador 3.4: Certificado del número de sesiones distintasde apoyo educativo/escolar con cuadro o calendario explicativo.

· Para indicador 3.5: Certificado del número de sesiones distintasde ocio/tiempo libre con cuadro o calendario explicativo.

· Para indicadores 3.6 y 3.7: Certificado sobre el número decuestionarios/encuestas realizadas, media aritmética obtenida,escala/categoría de referencia.

· Para indicador 3.8: Certificado sobre el número/porcentaje debeneficiarios con mejora sobre el total, con referencia a los resultadosde las pruebas/evaluaciones obtenidas.

· Para indicador 3.9: Certificado sobre el número/porcentaje quecontenga relación de beneficiarios con n.º de asistencias sobre total desesiones con determinación de criterio de asiduidad.

  Las entidades podrán aportar otras fuentes de información que

permitan verificar los resultados obtenidos, en base y con relacióndirecta con los indicadores establecidos.

En el caso de que por razón del colectivo de atención,fundamentalmente menores de edad, y considerando que no pudieraser conveniente la identificación plena de las personas beneficiarias, laentidad podrá codificar los datos con el fin de que estas no puedan seridentificadas. Se dará el mismo tratamiento si estos datos serelacionan con la salud, la ideología, religión o creencias, origen racial oétnico, vida sexual y con cualquier otro colectivo susceptible deprotección. En estos casos, la entidad expresará el motivo por el quese acoge a la presentación de relaciones codificadas y consignará eldetalle de los nombres y apellidos, utilizando el nombre completo y las

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iniciales de los dos apellidos. Para el DNI o NIE se consignará concuatro asteriscos seguidos de los cuatro últimos dígitos más la letracorrespondiente al documento. En el caso de que se trate de unapersona menor de edad que no disponga de DNI o NIE, se deberáseñalar el número de documento del padre, madre, tutor o tutora legal.Asimismo, la entidad dejará constancia de que el listado completo ysin codificar se encuentra en sus dependencias y a disposición delórgano concedente de la subvención para su verificación en el caso deque sea requerido.

 ARTÍCULO 4. Requisitos de las entidades solicitantes. 1. Las entidades que soliciten subvención con cargo a la presente

convocatoria deberán reunir a la finalización del plazo de presentaciónde solicitudes los siguientes requisitos, que deberán mantenerse, almenos, durante el periodo en el que disfruten de la condición debeneficiarias:

a) Tener personalidad jurídica y carecer de ánimo de lucro.b) Que sus fines y actividades sociales coinciden con la finalidad de

la convocatoria y el contenido del proyecto presentado.c) Estar inscrita en el registro público correspondiente.d) Desarrollar sus actividades y tener sede en el ámbito territorial

del municipio de Madrid.e) Que sus actividades se desarrollen de forma real y efectiva en el

municipio de Madrid durante un mínimo de 2 años.f) Contar con medios materiales y personales suficientes para

ejecutar el proyecto cuya subvención se solicita sin que, en ningúncaso, se condicione la ejecución del mismo a la obtención de lasubvención.

g) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligacionestributarias y de Seguridad Social.

h) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligacionesfiscales con el Ayuntamiento de Madrid.

i) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro desubvenciones.

j) No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas porel Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, siempre que elplazo establecido para su presentación hubiera finalizado, conindependencia de que el requerimiento a que se refiere el artículo 70.3del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba elReglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General deSubvenciones (en adelante, RGS), se hubiera realizado o no. Laapreciación de esta prohibición se realizará de forma automática ysubsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.

k) No estar incursas en el resto de las prohibiciones que seestablecen en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), para obtenerla condición de beneficiario de subvenciones.

 2. Agrupación de entidades.Podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de

entidades sin ánimo de lucro que, aun careciendo de personalidadjurídica, puedan llevar a cabo el proyecto para el que se solicitasubvención. En estos casos, una de las entidades será larepresentante de la agrupación ante el Ayuntamiento de Madrid. Todaslas entidades participantes en el proyecto deberán cumplir losrequisitos establecidos en el apartado 1 del presente artículo.

De conformidad con el artículo 24.7 de la OBRS, en este caso sedeberá:

a) Presentar un escrito del compromiso de ejecución asumido porcada uno de los miembros que la integren, así como el importe de lasubvención a aplicar por cada uno de ellos.

b) Nombrar un representante o apoderado único de la agrupación,con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, comobeneficiario, corresponden a la agrupación.

c) Asumir el compromiso de no disolver la agrupación hasta quehaya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y65 LGS.

En todo caso, la presentación de proyectos en agrupación deentidades se ajustará a lo dispuesto en el artículo 11.3 LGS.

3. No podrán concurrir las personas físicas o jurídicas cuyos fines,sistema de admisión o acceso, funcionamiento, trayectoria o actuaciónsean contrarios al principio de igualdad de oportunidades entremujeres y hombres o resulten discriminatorios por razón de sexo.

 4. De conformidad con lo exigido en el artículo 13.5 de la Ley

Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor, modificado por laLey 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de proteccióna la infancia y a la adolescencia, no podrán adscribirse a la ejecucióndel proyecto subvencionado profesionales que hayan sidocondenados por sentencia firme por delitos contra la libertad eindemnidad sexual. Para acreditar esta circunstancia, la entidad queresulte beneficiaria aportará al Ayuntamiento de Madrid declaraciónresponsable de que todo el personal contratado y voluntario tiene lacertificación negativa de estos antecedentes penales. A tales efectos,se estará a lo dispuesto en artículo 9 del Real Decreto 1110/2015, de11 de diciembre (BOE nº 312 de 30 de diciembre), por el que se regulael Registro Central de Delincuentes Sexuales, pudiéndose obtenerinformación en el apartado trámites y gestiones personales delciudadano del Ministerio de Justicia (http://www.mjusticia.gob.es). Elbeneficiario deberá también exigir el cumplimiento de esta obligación alas empresas con las que, en su caso, subcontrate la prestación deservicios, respecto del personal de servicios de la misma.

 ARTÍCULO 5. Solicitud y documentación. 1. Formulario de solicitud y memorias. 1.1. Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al

modelo que figura como solicitud al presente Decreto de convocatoria.1.2. Deberá acompañar a la solicitud una memoria explicativa de

las características sustanciales de la entidad solicitante, así como unamemoria del proyecto para el que se solicita la subvención. Dichasmemorias se formalizarán en los modelos que se adjuntan comoAnexos I y II al presente Decreto de convocatoria.

La solicitud y los Anexos I y II deberán suscribirse por quien ostentela representación legal de la entidad haciendo constar en todos losdocumentos el nombre y firma del representante legal de la entidadsolicitante. Los datos comunes que figuren en los Anexos deberán sercoincidentes. La denominación de la entidad que figure en losestatutos, es la que deberá indicarse en toda la documentación que sepresente.

Los modelos podrán obtenerse en la Sede Electrónica delAyuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).

 2. Documentación que deberá acompañar a la solicitud: 2.1. Copia simple de los estatutos en los que consten las normas

por las que se regula su actividad debidamente inscritos en el registropúblico que corresponda según el tipo de persona jurídica de que setrate.

2.2. Copia del documento público o del certificado del secretariode la entidad que acredite la capacidad legal de la persona firmante dela solicitud como representante de la entidad.

2.3. Declaración de quien ostente la representación legal de laentidad solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que estase encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con laSeguridad Social, según establece el artículo 24.7 RGS.

2.4. Declaración de quien ostente la representación legal de laentidad haciendo constar, bajo su responsabilidad, que esta no sehalla incursa en ninguna de las causas que impiden obtener lacondición de entidad beneficiaria de subvenciones públicas, según lodispuesto en el artículo 13 LGS, y de estar al corriente de pago deobligaciones por reintegro de subvenciones.

2.5. Declaración de quien ostente la representación legal de laentidad solicitante haciendo constar, bajo su responsabilidad, que laentidad no tiene pendiente de justificación fuera de plazo subvencionesotorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos.Esta declaración se presentará únicamente en el caso de que laentidad haya sido beneficiaria de subvenciones de convocatoriasanteriores.

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2.6. Las agrupaciones de entidades deberán presentar la solicitudsuscrita por el o la representante legal de la entidad que actúe comorepresentante de la agrupación y la documentación administrativareferida a cada una de las entidades de la agrupación.

Además, deberán presentar un documento suscrito por cada unade las entidades en el que se comprometan, si resultasen beneficiariasde la subvención, a constituirse formalmente en agrupación y anombrar persona representante o apoderada única de la agrupacióncon poderes bastantes para cumplir las obl igaciones quecorresponden a la misma, así como a no disolver la agrupación hastaque haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos39 y 65 de la LGS. En dicho documento deberán figurar loscompromisos de ejecución asumidos por cada miembro y el importede subvención a aplicar por cada uno de ellos.

 3. Las solicitudes de las personas interesadas acompañarán los

documentos recogidos en los apartados 2.1 y 2.2 salvo que yaestuvieran en poder de las Administraciones Públicas, en cuyo casopodrán acogerse a lo establecido en el párrafo d) del artículo 53.1 dela Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento AdministrativoComún de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC) siempreque se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueronpresentados o, en su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurridomás de cinco años desde la finalización del procedimiento a quecorrespondan, de conformidad con el artículo 23.3 de la LGS. Esteextremo deberá acreditarse mediante declaración responsable del ode la representante de la entidad en la que se especifiquen losdocumentos presentados, su fecha de presentación anterior y ladependencia donde se entregaron. En tal caso, las entidadessolicitantes acreditarán en la citada declaración responsable que losdocumentos, así como los hechos y circunstancias que consten en losmismos, se mantienen vigentes y no han sufrido modificaciones en lafecha de presentación de la solicitud.

 4. Por el solo hecho de presentar la solicitud, las entidades

solicitantes, sus representantes legales y cualesquiera otras personascuyos datos se reflejen en las mismas autorizan al Ayuntamiento deMadrid y, en su caso, a las entidades contratistas que pudieranasistirle técnicamente, a usar los datos de carácter personalcontenidos en la documentación aportada para los fines de valoraciónde las solicitudes y, caso de resultar beneficiarias, para el seguimientoy control de los proyectos subvencionados. Quienes sean titulares delos datos podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación,cancelación y oposición que les atribuye la legislación de protección dedatos (Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y Reglamento dedesarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de protección de datos decarácter personal, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 dediciembre) ante la Dirección General de Familia, Infancia, Educación yJuventud (paseo de la Chopera, 41, de Madrid).

 5. Las declaraciones están incluidas en el texto del modelo que

como Solicitud se adjunta a esta convocatoria. ARTÍCULO 6. Plazo y lugar de presentación de solicitudes. La convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de

Subvenciones (en adelante, BDNS) pudiendo acceder las entidades at r a v é s d e l s i g u i e n t e e n l a c ehttp://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index, y un extracto de lamisma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Asimismo, sepublicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la páginaweb del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es) y su sedeelectrónica (https://sede.madrid.es).

 El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles

contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el BoletínOficial de la Comunidad de Madrid.

Las solicitudes, junto con los anexos y documentación exigida,deberán presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Madrid:

a) Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica delAyuntamiento de Madrid, https//sede.madrid.es. En este caso, deberá

utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por elAyuntamiento de Madrid.

b) Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento deMadrid.

 También podrá presentarse mediante las demás formas previstas

en el artículo 16.4 de la LPAC. ARTÍCULO 7. Subsanación de defectos. Según lo dispuesto en el artículo 24.10 de la OBRS, si la solicitud

no reuniera los requisitos establecidos en la convocatoria, el órganocompetente requerirá a la entidad solicitante para que subsane la faltao acompañe los documentos solicitados en el plazo máximo eimprorrogable de diez días hábiles, con apercibimiento de que, si no lohiciese, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución,dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la LPAC, queserá notificada a las entidades interesadas con carácter previo a lafase de instrucción, a través de la publicación en el Boletín Oficial delAyuntamiento de Madrid, en la sede electrónica del Ayuntamiento deMadrid (https://sede.madrid.es) y en la página web (www.madrid.es).

 ARTÍCULO 8. Contenido de los proyectos. De conformidad con la Instrucción 2/2015 que establece los

criterios y los procedimientos para la evaluación de subvenciones ypago por resultados en el Ayuntamiento de Madrid, aprobada porDecreto de 12 de marzo de 2015 de la Delegada del Área de Gobiernode Economía, Hacienda y Administración Pública, el proyecto que serecoge en el Anexo II de la convocatoria deberá incluir:

 · Información para la evaluación del proyecto, que determine:a) Objetivo general y objetivos específicos. Contendrá una descripción de la modificación que se pretende

conseguir sobre la necesidad social descrita previamente. Suconsecución se adaptará al periodo de ejecución del proyecto, noobstante, podrá estar incurso dentro de planes y/o programas a medioy largo plazo. El objetivo general, comprenderá el 100% de lasubvención concedida.

 b) Objetivos operativos, actividades e indicadores. Objet ivos operat ivos.- Son los resultados y benef ic ios

cuantificables, esperados para la consecución del objetivo general.Deberán ser concretos, alcanzables y realistas. Cada Objetivooperativo supondrá un % que será determinado por la entidad. Lasuma de todos los porcentajes de los objetivos operativos secorresponderá con el 100% de la subvención concedida. Laponderación mínima establecida para la consecución de cada objetivoserá de un 10%.

Actividades.- Se definirán las actividades concretas que se han derealizar para alcanzar cada uno de los objetivos operativos, incluyendola calendarización de las mismas, la frecuencia, el número debeneficiarios previsto y las características principales (presenciales, on-line, individuales, grupales, etc.).

Indicadores de evaluación.- Con el fin de evaluar el grado decumplimiento de cada objetivo operativo, se establecerán de maneraponderada aquellos indicadores que permitan medir y verificar elresultado obtenido. A cada indicador se le asignará un porcentaje enfunción del objetivo operativo en que se encuentre y este no pudiendoser inferior al 5%. La suma de todos los porcentajes de los indicadoresdeberá corresponderse con el porcentaje global de ese objetivooperativo. Se deberán incluir indicadores de actividad y de resultados.Cada indicador deberá acompañarse de la meta a alcanzar al final delproyecto. Igualmente, dado que no tienen la misma importancia todoslos indicadores en la evaluación del objetivo operativo, se debe asignaruna ponderación a cada indicador, repartiendo el peso global delproyecto (100) entre los distintos indicadores. La suma de lasponderaciones de todos los indicadores del proyecto debe ser el100%.

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· Metodología y organización del proyecto, señalando losprotocolos de actuación establecidos, el reparto de responsabilidadesen las tareas, la coordinación interna, la comunicación interna yexterna y los cauces de participación de los destinatarios.

· Presupuesto total del proyecto, diferenciando el importe de lasubvención solicitada al Ayuntamiento, del importe obtenido a travésde otras fuentes de financiación públicas o privadas y la aportación dela propia entidad solicitante.

· También se incluirá toda la documentación necesaria para unaadecuada valoración del proyecto de acuerdo con los criterios devaloración recogidos en el artículo 9 de la presente convocatoria.

 La evaluación del proyecto servirá para establecer los porcentajes

de la subvención percibida que serán reintegrados a la Administraciónsi no se alcanzase cada uno de los objetivos operativos y actividadespropuestos. Y ello, sin perjuicio de otros criterios de reintegro previstosen la OBRS, la LGS y el RGS.

 ARTÍCULO 9. Criterios de valoración. La valoración y baremación, hasta un máximo de 100 puntos, se

realizará de acuerdo a los siguientes criterios: 1. Criterios de valoración y ponderación de las entidades

solicitantes (hasta 15 puntos): 1.1. Antigüedad de la entidad (máximo 4 puntos):- La entidad tiene una antigüedad de 10 años o más (4 puntos).- La entidad tiene una antigüedad entre 5 y 9 años (2 puntos).- La entidad tiene una antigüedad entre 2 y 4 años (1 punto). 1.2. Declaración de utilidad pública (máximo 2 puntos):- Está declarada de utilidad pública municipal por el Ayuntamiento

de Madrid (2 puntos).- Fundaciones (1 punto). 1.3. Colectivo de atención prioritaria (máximo 4 puntos):1.3.1. Experiencia anterior en proyectos con este colectivo de

atención (máximo 2 puntos):· Más de 5 años (2 puntos).· Entre 2 y 5 años (1 punto).· Menos de 2 años (0 puntos). 1.3.2. Los estatutos de la entidad recogen a ese colectivo como

objeto de atención (máximo 2 puntos):· Exclusividad de atención a ese colectivo (2 puntos).· Ese colectivo de atención está recogido o destacado como

principal (1 punto).· No está recogido (0 puntos). 1.4. Ámbito territorial de actuación según sus Estatutos (máximo 1

punto):- El ámbito territorial es el municipio de Madrid (1 punto).- El ámbito territorial es diferente al municipio de Madrid (0 puntos). 1.5. La entidad acredita que dispone de un sistema de gestión de

la calidad (máximo 2 puntos):- La entidad acredita sistemas de evaluación oficiales y están en

vigor (2 puntos).- La ent idad presenta su manual de cal idad o real iza

autoevaluaciones internas aportando el último informe (1 punto).- No cuenta con sistemas de calidad propios ni certificados

oficiales o estos no están en vigor (0 puntos). 1.6. Equilibrio entre ingresos y gastos del año anterior (según se

acredita en el anexo I) (máximo 2 puntos):- La entidad tiene superávit o no hay déficit, presentando un

desglose equilibrado (2 puntos).- El déficit entre ingresos y gastos es igual o inferior al 10% (1

punto).- El déficit entre ingresos y gastos es superior al 10% (0 puntos).

2. Criterios de valoración y ponderación del proyecto (hasta unmáximo de 85 puntos):

 2.1. Adecuada respuesta de las actuaciones del proyecto al objeto

y líneas generales recogidas en el artículo 2 de la convocatoria(máximo 6 puntos):

 · Todo el contenido/actuaciones del proyecto tiene relación directa

con la línea estratégica (6 puntos).· El contenido/actuaciones del proyecto tienen relación parcial con

la línea estratégica (3 puntos).· El contenido/actuaciones del proyecto tienen relación escasa con

la línea estratégica (1 punto). 2.2. Justificación de la necesidad social y del proyecto (máximo 7

puntos):· El proyecto justifica adecuadamente las necesidades a abordar y

recoge información concreta de estudios/informes (7 puntos).· El proyecto justifica parcialmente las necesidades a abordar y/o

no recoge información de estudios/informes (4 puntos).· No se identifican, ni justifican las necesidades a abordar (0

puntos). 2.3. El proyecto propone aspectos innovadores (máximo 4 puntos): · El proyecto es innovador y aporta nuevas perspectivas

metodológicas (4 puntos).· El proyecto no es innovador (0 puntos). 2.4. El contenido del proyecto incluye la perspectiva de género y

fomenta el principio de igualdad entre mujeres y hombres (máximo 3puntos):

 · Se incluye la perspectiva de género en todo el contenido del

proyecto (3 puntos).· En algunos apartados concretos se incluye la perspectiva de

género (1 punto).· No incluye la perspectiva de género en ningún contenido del

proyecto (0 puntos). 2.5. Número de personas beneficiarias recogido en los resultados

previstos del proyecto (máximo 3 puntos): · Número de personas beneficiarias directas es adecuado al

proyecto presentado (3 puntos).· Número de personas beneficiarias directas no es adecuado al

proyecto presentado (0 puntos). 2.6. El proyecto incluye como perfil de su población destinataria a

personas con diversidad funcional (2 puntos). 2.7. Objetivos (máximo 6 puntos): 2.7.1. Formulación y adecuación de los objetivos operativos

(máximo 3 puntos): · Los objetivos operativos están adecuadamente definidos (3

puntos).· Poca precisión en la formulación de los objetivos operativos (1

punto).· No es adecuada o no tiene relación alguna con el objetivo

operativo (0 puntos). 2.7.2. Coherencia en la ponderación de los diversos objetivos

operativos (máximo 3 puntos): · La ponderación de todos los objetivos operativos está equilibrada

(3 puntos).· La ponderación de los objetivos operativos no está equilibrada (0

puntos).

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2.8. Actividades (máximo 10 puntos): 2.8.1. Formulación de las actividades y cronograma (máximo 8

puntos): · Existe una adecuada definición de las actividades y son

coherentes con respecto a los objetivos y cronograma (8 puntos).· No es adecuada la definición de las actividades o no son

coherentes con respecto a los objetivos y cronograma (4 puntos).· No es adecuada la definición de las actividades y además no son

coherentes con respecto a los objetivos y cronograma (0 puntos). 2.8.2. Frecuencia de las actividades (máximo 2 puntos): · La frecuencia de las actividades es adecuada al proyecto

presentado (2 puntos).· La frecuencia de las actividades no es adecuada al proyecto

presentado (0 puntos). 2.9. Indicadores (máximo 7 puntos): 2.9.1. Adecuación entre indicadores y metas previstas (máximo 4

puntos): · Existe idoneidad entre los indicadores y las metas seleccionadas

(4 puntos).· Son poco adecuadas algunas de las metas en relación a los

indicadores y el proyecto (2 puntos).· La mayoría de las metas no son apropiadas (0 puntos). 2.9.2. Definición y formulación (máximo 3 puntos): · Define de manera precisa y adecuada los indicadores (3 puntos).· No define adecuadamente o con claridad la totalidad de los

indicadores (1 punto).· No es precisa la formulación de los indicadores (0 puntos). 2.10. Organización y metodología (máximo 10 puntos): 2.10.1. Descripción y adecuación de la organización del proyecto

(máximo 4 puntos): · La organización y metodología está descrita adecuadamente en

relación a la consecución de los objetivos (4 puntos).· La organización y metodología está descrita pero presenta

incoherencias en relación a la consecución de los objetivos (2 puntos).· No describe la organización y metodología del proyecto (0

puntos). 2.10.2. El proyecto recoge protocolos o procedimientos concretos

y específicos de actuación (máximo 3 puntos): · El proyecto recoge procedimientos/protocolos concretos de

actuación (3 puntos).· El proyecto no recoge procedimientos/protocolos concretos de

actuación (0 puntos). 2.10.3. Participación de las personas beneficiarias en el diseño y

ejecución de las actividades (máximo 3 puntos): · El proyecto cuenta con la participación de las personas

beneficiarias en el diseño y ejecución de actividades (3 puntos).· El proyecto no recoge la participación de las personas

beneficiarias en el diseño y ejecución de las actividades (0 puntos). 2.11. Coordinación con los servicios municipales y de otras

administraciones (máximo 5 puntos):· Coordinación con los servicios sociales y/o educativos

municipales y otros servicios públicos (5 puntos).· Coordinación solo con otros servicios públicos no municipales (3

puntos).

· No consta coordinación con servicios públicos (0 puntos). 2.12. Presupuesto (máximo 7 puntos): 2.12.1. El presupuesto es adecuado y ajustado al proyecto

(máximo 5 puntos): · El presupuesto previsto es adecuado y existe equilibrio entre los

diferentes conceptos de gasto (5 puntos).· El presupuesto previsto es parcialmente adecuado y existe un

cierto equilibrio entre los diferentes conceptos de gasto (3 puntos).· El presupuesto previsto es poco adecuado al proyecto

presentado (1 punto). 2.12.2. Existe financiación propia de la entidad (máximo 2 puntos): · El proyecto presenta financiación propia y esta es equilibrada al

presupuesto (2 puntos).· El proyecto presenta financiación propia y esta no es equilibrada

al presupuesto (1 punto).· El proyecto no presenta financiación propia (0 puntos). 2.13. El proyecto cuenta con personal voluntario para el desarrollo

del proyecto (máximo 3 puntos): · Cuenta con personal voluntario y la cualificación y experiencia del

mismo está acorde con sus actividades (3 puntos).· Cuenta con personal voluntario pero la cualificación y experiencia

del mismo presenta incoherencias (1 punto).· No cuenta con personal voluntario (0 puntos). 2.14. Adecuación de los recursos humanos y materiales (máximo 5

puntos): · Son adecuados para las actividades planteadas (5 puntos).· Son aceptables para las actividades planteadas (3 puntos).· Son poco adecuadas para las actividades planteadas (1 punto). 2.15. Repercusión comunitaria de los proyectos, que se acreditará

a través de ficha valorativa proporcionada por los Distritos y/o porredes municipales, y, en su defecto, por informe técnico emitido por elservicio municipal competente (máximo 7 puntos):

 · El proyecto tiene alta repercusión en la zona de actuación (7

puntos).· El proyecto tiene repercusión media en la zona de actuación (4

puntos).· No consta repercusión en la zona de influencia o esta es nula o

muy escasa (0 puntos). ARTÍCULO 10. Procedimiento de concesión. Según el artículo 23 de la OBRS, el procedimiento de concesión de

subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitivamediante la comparación de las sol ic i tudes presentadas,estableciéndose una prelación entre las mismas. La adjudicación serealizará, con el límite del crédito fijado en el artículo 11 de estaconvocatoria y hasta agotar el mismo, a favor de aquellas que hayanobtenido mayor puntuación en aplicación de los criterios expuestos enel artículo 9 de la convocatoria.

Se establecerán tres tramos de puntuación, fijando una únicacantidad a percibir en cada tramo. Las solicitudes ordenadas según supuntuación percibirán la cuantía subvencionada fijada para cada unode los tramos establecidos, hasta agotar el crédito disponible en laconvocatoria.

En el caso de que la distribución del crédito genere remanentes decuantía insuficiente para ser aplicada según los tramos y orden deprelación según puntuación establecida, estos podrán sumarse alcrédito liberado por posibles renuncias o no aceptación de lassubvenciones. En estos casos, y de ser suficiente el sumatorio de lacuantía renunciada o no aceptada y del remanente que se pudiera

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generar, podrá destinarse para atender otras solicitudes, siguiendo elorden de prelación establecido.

Conformarán la relación de entidades suplentes, aquellas cuyosproyectos tengan una puntuación igual o superior a 70 puntos y nohayan obtenido subvención por haberse alcanzado el crédito máximodisponible en esta convocatoria.

El importe subvencionado en cada caso no podrá ser superior a lacuantía solicitada. En cualquier caso, la cuantía de la subvención nopodrá exceder del 80% del coste total del proyecto presentado.

En caso de que dos o más solicitudes obtengan igual puntuación,se fijará su orden de prelación en función de la mayor puntuaciónobtenida en el apartado 2 del artículo 9 de la convocatoria "los criteriosde valoración y ponderación del proyecto". En caso de persistir elempate se tendrá en la mayor antigüedad de constitución de laentidad.

Los tramos de puntuación e importe correspondiente desubvención de esta convocatoria son los siguientes:

 · Primer tramo: de 100 a 91 puntos, la cuantía máxima a

subvencionar será de 20.000 €.· Segundo tramo: de 90 a 81 puntos, la cuantía máxima a

subvencionar será de 10.000 €.· Tercer tramo: de 80 a 70 puntos, la cuantía máxima a

subvencionar será de 5.000 €. ARTÍCULO 11. Cuantía de la convocatoria e imputación

presupuestaria. El importe total destinado a esta convocatoria se cifra en 600.000 €

(seiscientos mil euros), los cuales se imputarán a la aplicaciónpresupuestaria 001/027/23102/48901 "Otras transferencias ainstituciones sin fines de lucro" del presupuesto vigente de la DirecciónGeneral de Familia, Infancia, Educación y Juventud.

La cuantía de la subvención se considerará importe cierto a losefectos de lo previsto en el artículo 18.1 de la OBRS, entendiéndoseque queda de cuenta de la entidad beneficiaria la diferencia definanciación necesaria para la total ejecución de la actividadsubvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiaciónpública por el importe en que la misma exceda del coste total de dichaactividad.

 ARTÍCULO 12. Instrucción del procedimiento. Según el artículo 25 de la OBRS, el órgano instructor realizará de

oficio cuantas actuaciones y actividades estime necesarias para ladeterminación, conocimiento y comprobación de los datos en virtudde los cuales deba formularse la propuesta de resolución. Asimismo,podrá pedir cuantos informes estime necesario para resolver o quesean exigidos por las normas que regulan la subvención.

Se designa como órgano instructor para la presente convocatoria,de conformidad con el citado artículo, a la Directora General deFamilia, Infancia, Educación y Juventud.

 ARTÍCULO 13. Comisión de Valoración. La Comisión de Valoración, que actuará como el órgano colegiado

al que se refiere el artículo 26 de la OBRS, tendrá la siguientecomposición:

 Presidente: Subdirector/a General de Familia e Infancia, y como

suplente Jefa de Departamento de Protección a la Infancia yAdolescencia.

Secretaria: Consejero/a Técnica de la Subdirección General deFamilia e Infancia y como suplente Jefe/a de Departamento dePrevención y Atención temprana a la Infancia y Adolescencia.

Vocales: Jefe/a del Departamento de Prevención y AtenciónTemprana a la Infancia y Adolescencia, Jefe/a del Departamento deProtección a la Infancia y Adolescencia, Jefe/a de Departamento deFamilia, el Jefe/a de Sección de Seguimiento y Apoyo Técnico delDepartamento de Familia como titulares, y como suplentes losAdjuntos de los Departamentos de Programas de Prevención y

Atención Temprana a la Infancia y Adolescencia, de Familia y deProtección a la Infancia y a la Adolescencia y el Jefe/a de UnidadTécnica de Programas de Prevención.

En la composición de la comisión de valoración se garantizará lapresencia equilibrada de mujeres y hombres con capacitación,competencia y preparación adecuada de acuerdo con lo dispuesto enel artículo 26 de la OBRS. A tal efecto, se procurará siempre que seaposible que dicha comisión esté formada por mujeres y hombres,entendiéndose conforme que se respeta el equilibrio cuando laproporción, en uno u otro caso, no sea superior ni inferior al 60%-40%.

La Comisión de Valoración evaluará las solicitudes presentadas.Según el artículo 26.3 de la OBRS, para una mejor evaluación de lassolicitudes, la Comisión de Valoración podrá requerir de lossolicitantes, a través del órgano instructor, la ampliación de lainformación contenida en la solicitud, así como solicitar los informestécnicos de los servicios sociales municipales que estimeconvenientes.

Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Valoraciónemitirá un informe en el que se concretará el resultado de la evaluaciónefectuada y, en su caso, una prelación de las solicitudes, deconformidad con el apartado 4 del artículo 26 de la OBRS.

 ARTÍCULO 14. Propuesta de resolución provisional. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe emitido

por la Comisión de Valoración, formulará la propuesta de resoluciónprovisional, debidamente motivada, que incluirá la relación desolicitantes que se proponen para la concesión de subvenciones, asícomo su cuantía, especificándose también su puntuación, así comolos motivos de desestimación del resto de solicitudes. Cuando lacausa de desestimación sea la falta de crédito de la convocatoria, enel caso de solicitudes que, cumpliendo con las condicionesadministrativas y técnicas fijadas para adquirir la condición de entidadbeneficiaria, hayan obtenido una puntuación igual o superior a 70puntos, se indicará la puntuación otorgada.

La propuesta de resolución provisional se publicará en la web delAyuntamiento de Madrid www.madrid.es, en la sede electrónica delAyuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es, para que en el plazode diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicaciónen la web del Ayuntamiento de Madrid, formulen las alegaciones queestimen oportunas. De acuerdo con lo establecido en el artículo 27.2de la OBRS esta convocatoria no contempla la posibilidad dereformulación de los proyectos propuestos para ser subvencionados.No obstante, si el importe de la subvención consignado en lapropuesta de resolución provisional fuese inferior al solicitado por laentidad, ésta deberá mantener el proyecto en los términos previstos ensu solicitud, debiendo en este caso aportar directamente o porfinanciación de terceros la diferencia entre la cantidad solicitada y lacantidad concedida. En este caso, la entidad beneficiaria, en el plazoprevisto en el apartado anterior, deberá presentar nuevo presupuestode ingresos del proyecto, en el que se reflejará la subvención asignadasegún la propuesta de resolución provisional. El modelo depresupuesto de ingresos podrá descargarse de la sede electrónica delAyuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es.

 ARTÍCULO 15. Propuesta de resolución definitiva. Según el apartado 3 del artículo 27 de la OBRS, finalizado, en su

caso, el trámite de audiencia y examinadas las alegacionespresentadas por los interesados, el órgano instructor formulará lapropuesta de resolución definitiva en la que se expresará el solicitanteo solicitantes para los que se propone la concesión de subvenciones ysu cuantía, especificándose la puntuación.

Dicha propuesta se publicara en la sede electrónica delAyuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) y en la página web(www.madrid.es) para que en el plazo de cinco días hábiles, lasentidades interesadas comuniquen su aceptación mediante una cartafirmada por su representante legal, advirtiéndoles que, en el caso deque no se presente la aceptación, se entenderá que la entidad noacepta la subvención.

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Tanto la propuesta de resolución provisional como definitiva nocrean derecho alguno a favor de la entidad beneficiaria propuestafrente a al Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos,mientras no se haya publicado la resolución de concesión, según elartículo 27.4 de la de la OBRS.

 ARTÍCULO 16. Resolución. Conforme lo dispuesto en el artículo 28 de la OBRS, la Delegada

del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo dictarála resolución, que será motivada, y en la que, además de figurar larelación de solicitantes a los que se concede la subvención, la cuantíay la mención expresa del proyecto subvencionado, se hará constar ladesestimación del resto de solicitudes.

Asimismo, la resolución incluirá una relación ordenada de todas lassolicitudes que, cumpliendo con lo establecido en la convocatoria paraadquirir la condición de entidad beneficiaria y habiendo superado lapuntuación mínima de 70 puntos, no hayan sido estimadas porsuperarse la cuantía máxima de crédito fijado en la presenteconvocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada una deellas en función de los criterios de valoración establecidos en el artículo9 de la convocatoria.

En este supuesto, si alguno de las entidades beneficiariasrenunciase a la subvención, el órgano concedente acordará, sinnecesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención ala entidad solicitante o solicitantes siguientes a aquel en orden a supuntuación, siempre y cuando con la renuncia por parte de lasentidades beneficiarias, se haya liberado el crédito suficiente paraatender, al menos, una de las solicitudes denegadas.

El órgano concedente lo comunicará a las entidades interesadas,instándoles a aceptar, para lo cual la entidad dispondrá de un plazoimprorrogable de diez días hábiles. Posteriormente se dictaráresolución de concesión y se procederá a su notificación conforme alos términos legales.

La resolución definitiva se publicará en la BDNS. Asimismo, sepublicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Además, sepodrá consultar en la en la sede electrónica del Ayuntamiento deMadrid (https://sede.madrid.es) y en la página web (www.madrid.es).

El plazo máximo para resolver y publicar la resolución delprocedimiento no podrá exceder de seis meses computados a partirde la publicación de la correspondiente convocatoria. Si transcurridodicho plazo no se hubiese publicado, se considerará desestimada lasolicitud.

Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendointerponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso dereposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes, odirectamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dosmeses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicaciónen el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad conlo dispuesto en los artículos 124 de la LPAC y 46 de la Ley 29/1998,de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

La concesión de una subvención al amparo de la correspondienteconvocatoria no comporta obligación alguna por parte delAyuntamiento de Madrid de conceder subvenciones en los siguientesejercicios económicos para proyectos similares.

 ARTÍCULO 17. Modificación de la resolución. Según el artículo 20 de la OBRS, una vez recaída la resolución de

concesión, la entidad beneficiaria podrá solicitar la modificación de sucontenido, siempre que responda a causas sobrevenidas eimprevisibles debidamente justificadas que supongan una alteración delas condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención,siempre que las mismas no desvirtúen la naturaleza u objeto de lasubvención, que la modificación no dañe derechos de terceros y quela solicitud se presente antes de que concluya el plazo para larealización de la actividad.

 Asimismo, una vez adoptada la resolución de la concesión, podrá

realizarse un reajuste en la distribución de los gastos del proyecto o

actividad subvencionada, previa autorización del órgano concedente ysiempre que la autorización no dañe derechos de terceros.

 ARTÍCULO 18. Plazo de ejecución de los proyectos. El plazo máximo de ejecución de los proyectos subvencionados

será de un año, comprendidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembrede 2017.

 ART ÍCULO 19 . Subcon t ra tac ión de l as ac t i v idades

subvenc ionadas . De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la OBRS, los

beneficiarios podrán subcontratar hasta un porcentaje del 50% delimporte de la actividad subvencionada, en los términos fijados en elcitado artículo. Se entiende que el beneficiario subcontrata cuandoconcierta con terceros la ejecución total o parcial del proyecto oactividad subvencionada. Queda fuera de este concepto, lacontratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir elbeneficiario para la realización por sí mismo de la actividadsubvencionada.

 ARTÍCULO 20. Gastos subvencionables. 1. Según el art ículo 32 de la OBRS, se considerarán

subvencionables aquellos gastos que resulten estrictamentenecesarios, respondan de manera indubitada a la naturaleza de laactividad y se realicen con anterioridad a la finalización del plazoprevisto para la ejecución del proyecto o actividad subvencionada.También se consideran aquellos que, cumpliendo la condición anterior,se acrediten con justificantes emitidos en los dos meses siguientes a lafinalización de dicho plazo.

En ningún caso el coste de adquisición de los gastossubvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

Se considerará gasto subvencionable el que, cumpliendo lascondiciones anteriores, ha sido efectivamente pagado con anterioridada la finalización del plazo de justificación.

2. Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantíasestablecidas en la legislación de contratos para el contrato menor, elbeneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentesproveedores, con carácter previo a la contratación, salvo que por susespeciales características no exista en el mercado suficiente númerode entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que elgasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención.

La elección entre las ofertas presentadas que deberán aportarse enla justificación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, serealizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendojustificarse expresamente en una memoria, la elección cuando norecaiga en la propuesta económica más ventajosa.

3. Cuando con cargo a la subvención concedida se realicencontratos que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 17 delTexto Refundido de la Ley de Contratos de Sector Público, aprobadopor Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, a dichoscontratos se les aplicarán las normas previstas en la citada leyrespecto de los contratos subvencionados.

4. Tendrán el carácter de subvencionables los gastos financieros,los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales yregistrales y los gastos periciales para la realización del proyectosubvencionado y los de administración específicos siempre que esténdirectamente relacionados con la actividad subvencionada y seanindispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.

5. En ningún caso se considerarán gastos subvencionables losintereses deudores de las cuentas bancarias, intereses, recargos ysanciones administrativas y penales y los gastos de procedimientosjudiciales.

6. Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiariolos abone efectivamente. En ningún caso se consideraran gastossubvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptiblesde recuperación o de compensación ni los impuestos personalessobre la renta.

7. No tendrán el carácter de subvencionables los costes indirectos.

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8. No se consideran gastos subvencionables los gastos deamortización de los bienes inventariables propiedad del beneficiarioque se empleen en el desarrollo de la actividad.

 ARTÍCULO 21. Obligaciones de las entidades beneficiarias. Según el artículo 16 de la OBRS, las entidades beneficiarias de las

subvenciones estarán obligadas a: 1. Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o

adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de lassubvenciones.

2. Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de losrequisitos y condiciones, así como la realización de la actividad, elcumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute dela subvención.

3. Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por elórgano concedente así como cualesquiera otras de comprobación ycontrol financiero que puedan realizar los órganos de controlcompetentes, aportando cuanta información le sea requerida en elejercicio de las actuaciones anteriores.

4. Comunicar al órgano concedente o a la entidad colaboradora laobtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos quefinancien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberáefectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, conanterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondospercibidos.

5. Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resoluciónde concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de susobligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

6. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligacionestributarias con el Ayuntamiento de Madrid.

7. Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demásdocumentos debidamente auditados en los términos exigidos por lalegislación mercantil y sectorial aplicable a la entidad beneficiaria encada caso, así como cuantos estados contables y registrosespecíficos sean exigidos por estas bases reguladoras, con la finalidadde garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobacióny control.

8. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de losfondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tantopuedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

9. Estar obligadas a hacer constar expresamente y de forma visibleen cualquiera de los medios y materiales que utilicen para la difusióndel proyecto subvencionado que el mismo se realiza con lafinanciación del Ayuntamiento de Madrid, para lo cual se utilizará ellogotipo del Ayuntamiento de Madrid. En ningún caso, este logo sepodrá utilizar para otros proyectos, ni incluirse en ningún otro soportede difusión.

Para la utilización del logotipo del Ayuntamiento de Madrid en ladifusión del proyecto subvencionado, la entidad solicitará al órganoconcedente, por escrito, autorización previa. Esta solicitud deberá iracompañada del prototipo en que se muestre la forma en que ésteserá utilizado.

10. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los casos quese establecen en la normativa vigente.

 E l Ayuntamiento de Madr id podrá rea l i zar todas las

comprobaciones necesarias con respecto al destino y aplicación de lasayudas concedidas. Podrá, igualmente, realizar las visitas que seanprecisas a las instalaciones de la entidad beneficiaria, que estaráobligada a colaborar para facilitar estas actuaciones.

 ARTÍCULO 22. Pago de la subvención. 1. El libramiento de la subvención se efectuará con cargo al

presupuesto de 2017, en un pago único que tendrá carácteranticipado, de acuerdo con el artículo 40 de la OBRS.

En ningún caso podrán realizarse pagos anticipados a entidadesbeneficiarias cuando se haya solicitado la declaración de concursovoluntario, haber sido declarados insolventes en cualquier

procedimiento, hallarse declarado en concurso salvo que en este hayaadquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial ohaber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio,Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado enla sentencia de calificación del concurso.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 22.c) de la OBRS lasentidades beneficiarias quedan exoneradas de constituir garantía alestar incluidas en los supuestos establecidos en el artículo 42.2 delReglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

2. La entidad deberá hallarse al corriente en el cumplimiento de susobligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no ser deudorapor resolución de procedencia de reintegro.

3. Las entidades beneficiarias perderán el derecho al cobro total oparcial de las subvenciones que aún se encuentren pendientes depago en el supuesto de la falta de justificación o de concurrencia dealguna de las causas de reintegro, de acuerdo con lo contemplado enel artículo 38 de las Bases de Ejecución del Presupuesto para el año2017.

 ARTÍCULO 23. Justificación. 1. Las entidades beneficiarias estarán obligadas a justificar el

cumplimiento de los requisitos y condiciones así como la realización dela actividad, el cumplimiento de la finalidad y el grado de consecuciónde los objetivos fijados, mediante el sistema de evaluación deresultados establecido en la presente convocatoria.

Las entidades perceptoras de subvención al amparo de estaconvocatoria estarán obligadas a remitir a la Dirección General deFamilia, Infancia, Educación y Juventud la justificación de la aplicaciónde los fondos percibidos. La justificación de las subvenciones que seotorguen con arreglo a la presente convocatoria se realizará mediantela modalidad "cuenta justificativa con aportación de justificantes degasto".

 2. De acuerdo con el artículo 35 de la OBRS, la cuenta justificativa

debe contener la siguiente documentación: a) Memoria de actuación, suscrita por quien ostente la

representación legal de la entidad, justificativa del cumplimiento de lascondiciones impuestas en la concesión de la subvención, conindicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidostras la aplicación de los indicadores establecidos en la presenteconvocatoria.

En la memoria deberá constar expresamente que ha sido cumplidala finalidad para la cual se otorgó la subvención conforme alpresupuesto y, en su caso, proyecto presentado y una evaluación delos resultados obtenidos respecto a los previstos.

b) Memoria económica justificativa del coste de las actividadesrealizadas, suscrita por quien ostente la representación legal de laentidad, que contendrá:

 - Una relación clasif icada de gastos e inversiones, con

identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha deemisión y en su caso, fecha de pago. Además cuando la subvenciónse otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, la relación degastos se clasificará adicionalmente por las partidas del proyectosubvencionado y se indicarán las desviaciones acaecidas.

Dicha relación deberá totalizarse al objeto de poder determinar cuálha sido el porcentaje del coste final del proyecto efectivamenteejecutado que ha financiado el Ayuntamiento de Madrid con lasubvención concedida.

Para cada uno de los gastos relacionados se indicará cuál ha sidola fuente de financiación. Cuando se hubieran utilizado más de unafuente de financiación se indicará el porcentaje en el que hubieraparticipado cada una de ellas.

- Se acreditará la cuantía de la subvención concedida mediante lapresentación de las facturas o documentos de valor probatorioequivalente en el tráfico jurídico mercantil con eficacia administrativa,incorporados en la relación a que se hace referencia en el apartado3.2.a) y la documentación acreditativa del pago, que se realizará poralguna de las siguientes formas:

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Transferencia bancaria: se justificará mediante copia del resguardodel cargo de la misma.

Cheque: se justificará mediante copia del extracto bancario delcargo en cuenta correspondiente al cheque.

Efectivo: solo se admitirá el pago en metálico en facturas decuantía inferior a seiscientos euros. Se justificará mediante factura orecibí firmado por el acreedor indicando la fecha de abono.

 Dichos documentos originales deberán estampillarse por la entidad

beneficiaria para facilitar el control de la concurrencia de otrassubvenciones otorgadas para la misma finalidad, debiendo reunir laestampilla, como mínimo, los siguientes datos:

 El número de expediente administrativo.La denominación del proyecto subvencionado.Ejercicio económico de la concesión de la subvención.Órgano concedente de la subvención.Porcentaje de financiación imputable a la subvención o cuantía

exacta afectada por la subvención. Las facturas y, en su caso, los documentos sustitutivos habrán de

reunir los requisitos que exige el Reglamento por el que se regulan lasobligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012,de 30 de noviembre.

Cuando las entidades beneficiarias no puedan dejar los originalesen poder del Ayuntamiento de Madrid, se podrán presentar copias dedichos documentos que serán compulsadas por el servicio gestorcorrespondiente. Los originales de dichos documentos deberánpermanecer depositados en la entidad beneficiaria durante un periodode al menos cuatro años y, en todo caso, mientras puedan ser objetode las actuaciones de comprobación y control.

c) Cuando se realicen pagos anticipados que supongan entregasde fondos con carácter previo a la justificación, la entidad beneficiariadeberá presentar la documentación acreditativa de los rendimientosfinancieros que se generen por los fondos librados, salvo que se tratede una Administración Pública.

En el supuesto de que no se hubieran generado rendimientosfinancieros se aportará declaración responsable al respecto.

d) En el caso de que formen parte de la cuenta justificativaimpuestos indirectos no suscept ib les de recuperación ocompensación, deberán aportar declaración responsable que permitadeterminar qué impuestos de los que aparecen en los justificantespueden considerarse gastos subvencionables.

e) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones quehayan financiado la actividad subvencionada con indicación delimporte y su procedencia.

f) En el caso de que algún justificante supere el importe establecidoen la legislación de contratos para el contrato menor, deberá aportarlos tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, deba de haber solicitado el beneficiario.

g) En su caso, la carta de pago de la devolución voluntaria en elsupuesto de remanentes no aplicados.

 ARTÍCULO 24. Plazo de justificación. Según el artículo 37 de la OBRS, el plazo para la presentación de la

justificación de los fondos percibidos será de tres meses contados apartir de la finalización del plazo para la realización del proyecto oactividad subvencionado. La justificación se hará mediante lamodalidad de cuenta justificativa.

Cuando circunstancias sobrevenidas, suficientemente justificadas,impidieran presentar la justificación en el indicado plazo, el órganoconcedente de la subvención podrá otorgar, previa solicitud, unaampliación del plazo de justificación que no exceda de la mitad delmismo y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros.Tanto la solicitud, como la resolución de ampliación deberánadoptarse antes de que finalice el plazo de justificación.

Transcurrido el plazo establecido de justificación sin habersepresentado la misma ante el órgano competente, éste requerirá a lapersona beneficiaria para que en el plazo improrrogable de quince díassea presentada. El transcurso de este plazo, sin que se haya

presentado la justificación lleva consigo la exigencia de reintegro ydemás responsabilidades establecidas en la LGS. No obstante, lapresentación de la justificación en este plazo adicional no eximirá albeneficiario de las sanciones que correspondan.

 ARTÍCULO 25. Causas de reintegro y de la pérdida al derecho al

cobro. 1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 de la OBRS, con

carácter general procederá el reintegro de las subvenciones en lossupuestos y bajo las condiciones y requisitos establecidos en el casode invalidez de la resolución de concesión regulada en el artículo 36 deLGS.

2. Asimismo, se procederá al reintegro de las cantidadespercibidas y la exigencia del correspondiente interés de demora desdeel momento del pago de la subvención hasta la fecha en que seacuerde la procedencia del reintegro, así como la pérdida del derechoal cobro total o parcial de la subvención en los siguientes casos:

 - En los supuestos contemplados en el artículo 37 de la LGS.- Cuando la forma de justificar la subvención sea a través de

cuenta justificativa con aportación de justificantes de gastos, y se déalguno de estos supuestos.

 1.º Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el

tráfico mercantil sean ilegibles.2.º Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el

tráfico mercantil no guarden relación con la actividad o proyectosubvencionado.

3.º Los documentos justificativos de los gastos realizadosconsistan en autofacturas.

4.º Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en eltráfico mercantil hayan sido estampillados a nombre de otrocofinanciador y se pretenda imputar a la subvención concedida unporcentaje del gasto que resulte incompatible con el reflejado en laestampilla.

5.º Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en eltráfico mercantil no acrediten el emisor o bien no se hubieran emitido anombre de la entidad beneficiaria.

6.º Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en eltráfico mercantil no indiquen el concepto del gasto realizado.

7.º Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en eltráfico mercantil sean copias y en las mismas no conste la estampilla odichas copias no hubieran sido compulsadas.

8.º No se acredite el pago de las facturas o documentos de valorprobatorio equivalente en el tráfico mercantil.

 - Cuando el importe de la subvención se calcule como un

porcentaje en función de los resultados obtenidos respecto al objetivode la actividad o proyecto y de su ejecución y de su evaluaciónresultara un resultado inferior al previsto inicialmente en el Anexo II seprocederá al reintegro en función de los resultados obtenidos respectoa los previstos.

- Cuando los rendimientos financieros que se requieren por losfondos librados a las entidades beneficiarias no se hayan aplicado a laactividad subvencionada.

3. Según el artículo 42 de la OBRS, el procedimiento de reintegrose regirá por lo dispuesto en la LGS y en el RGS, siendo el órganocompetente para exigir el reintegro el concedente de la subvención,mediante la resolución del procedimiento regulado en la citada ley.

El órgano competente para iniciar y resolver el procedimiento dereintegro deberá dar traslado a la Intervención General de lasresoluciones que adopte respecto de la incoación, medidas cautelaresy finalización del procedimiento.

4. No se iniciará el reintegro cuando el importe a reintegrar seinferior a 6 euros, asimismo, si una vez iniciado el procedimiento dereintegro se procediera a la estimación de las alegaciones presentadaspor la entidad interesada de tal manera que el importe final a reintegrarfuera inferior a la cantidad anteriormente establecida, la resolución delprocedimiento indicara que no procede su exigencia al beneficiario porrazón de su importe.

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ARTÍCULO 26. Devolución voluntaria. De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la OBRS,

las entidades beneficiarias de la subvención, podrán realizarvoluntariamente la devolución de la totalidad de la cuantía o de partede ella mediante su ingreso, en concepto de "devolución voluntaria desubvención", en la siguiente cuenta de titularidad del Ayuntamiento deMadrid: Banco Santander, IBAN ES36 0049 1892 6729 1326 3285.En el ingreso se deberá identificar el número del expedienteadministrativo y el proyecto concreto subvencionado.

El órgano competente adoptara, en este caso, la correspondienteresolución con el cálculo de los intereses de demora producidos hastaese momento.

La entidad deberá comunicar a la Dirección General de Familia,In fancia, Educación y Juventud la devoluc ión voluntar iainmediatamente t ras su rea l izac ión.

 ARTÍCULO 27. Procedimiento de evaluación de resultados. Conforme a lo establecido en la Instrucción 2/15 relativa a los

criterios y los procedimientos para la evaluación de subvenciones ypago por resultados en el Ayuntamiento de Madrid el importe finalefectivo de la subvención dependerá del grado de consecución de losresultados inicialmente previstos. A estos efectos, la entidadbeneficiaria de la subvención deberá presentar, en el momento de lajustificación, una memoria en la que exponga los resultados obtenidosen los indicadores de evaluación del proyecto respecto a las metasinicialmente previstas. El porcentaje de cumplimiento de éstas seutilizará como criterio para el reintegro, en su caso, de parte de la

subvención percibida. Esta memoria reflejará el resultado finalobtenido, en relación con lo presentado en el Anexo II y lo establecidoen el artículo 8 de esta convocatoria.

Con el fin de evaluar el grado de cumplimiento de cada objetivooperativo, se establecerán de manera ponderada aquellos indicadores,definidos en el artículo 3 de la convocatoria, que permitan medir yverificar el resultado obtenido. A cada indicador se le asignará unporcentaje en función del objetivo operativo en que se encuentre. Lasuma de todos los porcentajes de los indicadores, deberácorresponderse con el porcentaje global de ese objetivo operativo.

En conclusión, la cuantía de la subvención concedida se dividiráentre el número de objetivos operativos (ponderados previamente porla entidad), asignando la cantidad correspondiente a cada uno deellos. Cada indicador se ponderará en relación al objetivo operativo enel que esté incluido y la suma de todos los indicadores de cadaobjetivo debe ser igual al porcentaje asignado a ese objetivo.

Si tras la evaluación de los resultados se determinara que elproyecto no ha conseguido el 100% de los resultados previstos,procederá el inicio de procedimiento de reintegro con independenciade la justificación económica, de los indicadores no cumplidos en elporcentaje que le corresponda. No obstante, un porcentaje de lasubvención (10% ) no se verá afectado por los resultados obtenidos enla evaluación, al considerarse como costes que soporta la entidad porla puesta en marcha del proyecto o de alguna de sus actividades y porla evaluación de los mismos.

 Madrid, a 16 de marzo de 2017.- La Delegada del Área de

Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, Marta HiguerasGarrobo.

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INSTANCIA GENERAL

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN

Espacio reservado para la etiqueta con los datos del Registro

Nº Ref.: _________________

A cumplimentar por el Ayuntamiento Año 20 ___

1 DATOS DE LA CONVOCATORIA

Denominación de la convocatoria: ___________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

Dirección General: _______________________________________________________________________________

2 DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE

NIF:____________________ Siglas: _________ Nombre: ________________________________________________ Dirección en el municipio de Madrid:

Tipo vía:_________ Domicilio: _________________________________________ N.º: ______ Portal: _____ Esc.:____ Planta: ____ Puerta: ____ C.P.: ___________ Municipio: ________________________Provincia: _________________ Teléfono(s): _________________/__________________ Fax: _____________________________________________

Correo electrónico: ____________________________________ Web: ______________________________________

3 DATOS DEL/DE LA REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO/A

DNI, NIF, NIE: _____________________ Nombre: ______________________________________________________ Primer apellido: _________________________________ Segundo apellido:__________________________________ Cargo: _________________________________________Teléfono(s):___________________/____________________

Correo electrónico: _______________________________________________________________________________

4 DATOS DE LA AGRUPACIÓN DE ENTIDADES (rellenar sólo en c aso de agrupación de entidades)

Datos de la entidad representante de la agrupación: NIF:____________________ Siglas: _________ Nombre: ________________________________________________ Registro ________________________________Fecha de inscripción:____/____/_______ N.º socios:______________ Tipo vía:_________ Domicilio: _________________________________________ N.º: ______ Portal: _____ Esc.:____

Planta: ____ Puerta: ____ C.P.: ___________ Municipio: ________________________Provincia: _________________ Teléfono(s): _________________/__________________ Fax: _____________________________________________ Correo electrónico: ____________________________________ Web: ______________________________________

Datos del/de la representante de la agrupación: DNI, NIF, NIE: _____________________ Nombre: ______________________________________________________ Primer apellido: _________________________________ Segundo apellido:__________________________________

Cargo: _________________________________________Teléfono(s):___________________/____________________ Correo electrónico: _______________________________________________________________________________ Datos del resto de entidades que participan en la a grupación: Entidad 1 . NIF:____________________ Siglas: _________ Nombre: _______________________________________ Registro ________________________________Fecha de inscripción:____/____/_______ N.º socios:______________ Tipo vía:_________ Domicilio: _________________________________________ N.º: ______ Portal: _____ Esc.:____

Planta: ____ Puerta: ____ C.P.: ___________ Municipio: ________________________Provincia: _________________ Teléfono(s): _________________/__________________ Fax: _____________________________________________ Correo electrónico: ____________________________________ Web: ______________________________________

Entidad 2 . NIF ____________________ Siglas: _________ Nombre: _______________________________________ Registro ________________________________Fecha de inscripción:____/____/_______ N.º socios:______________ Tipo vía:_________ Domicilio: _________________________________________ N.º: ______ Portal: _____ Esc.:____

Planta: ____ Puerta: ____ C.P.: ___________ Municipio: ________________________Provincia: _________________ Teléfono(s): _________________/__________________ Fax: _____________________________________________ Correo electrónico: ____________________________________ Web: ______________________________________

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SOLICITUD DE SUBVENCIÓN

Entidad 3 . NIF ____________________ Siglas: _________ Nombre: _______________________________________

Registro ________________________________Fecha de inscripción:____/____/_______ N.º socios:______________ Tipo vía:_________ Domicilio: _________________________________________ N.º: ______ Portal: _____ Esc.:____ Planta: ____ Puerta: ____ C.P.: ___________ Municipio: ________________________Provincia: _________________

Teléfono(s): _________________/__________________ Fax: _____________________________________________ Correo electrónico: ____________________________________ Web: ______________________________________

5 DATOS BANCARIOS

Entidad de crédito:____________________________ Dirección: ___________________________________________

C.P.: _________ Localidad:__________________________________________ Provincia: ______________________

IBAN E S

País N.º control

Entidad Sucursal Número de la cuenta

6 PROYECTO Y CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN SOLICITADA

Proyecto para el que solicita subvención: _____________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

Coste total del proyecto: ____________________________________________ Cuantía solicitada: _______________€

7 DOCUMENTACIÓN A APORTAR

Anexo I: Memoria de la entidad solicitante.

Anexo II: Memoria del proyecto.

Copia del documento público o del certificado del secretario de la entidad que acredite la capacidad legal de la persona firmante de la solicitud como representante de la entidad.

Copias simples de los estatutos en los que consten las normas por las que se regula su actividad debidamente inscritos en su caso, en el registro público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate.

Las agrupaciones de entidades deberán presentar la solicitud suscrita por el o la representante legal de la entidad que actúe como representante de la agrupación y la documentación administrativa referida a cada una de las entidades de la agrupación. Además, deberán presentar un documento suscrito por cada una de las entidades en el que se comprometan, si resultasen beneficiarios de la subvención, a constituirse formalmente en agrupación y a nombrar un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que corresponden a la misma, así como a no disolver la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la LGS. En dicho documento deberán figurar los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro y el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos.

8 DECLARACIONES

En el caso que la entidad hubiera aportado previamente la documentación recogida en el apartado anterior y teniendo en cuenta las condiciones establecidas en el art. 4 de la convocatoria, la/s persona/s abajo firmante/s declara/n bajo su responsabilidad que la/s entidad/es solicitante/s:

Está/n al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de carácter local, estatal y con la Seguridad Social.

Se halla/n al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones y no está/n incursa/s en el resto de de prohibiciones, conforme al artículo 13, apartado 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

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SOLICITUD DE SUBVENCIÓN

La entidad solicitante, ¿ha sido beneficiaria de subvenciones del Ayuntamiento de Madrid en otras convocatorias?

No Sí

En caso afirmativo en el apartado anterior , declaración de quién ostente la representación legal de la entidad haciendo constar, bajo su responsabilidad, no tener pendiente de justificación fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, con independencia de que el requerimiento del artículo 70.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se hubiera realizado o no.

Declaración responsable del representante de la entidad en la que se especifiquen los documentos presentados, su fecha de presentación anterior y la dependencia donde se entregaron. Las entidades solicitantes acreditarán en la declaración responsable que los documentos, así como los hechos y circunstancias que consten en los mismos, se mantienen vigentes y no han sufrido modificaciones en la fecha de presentación de la solicitud (en el caso de agrupaciones de entidades deberá presentar este certificado por cada una de las entidades agrupadas) *

(*) IMPORTANTE: Se informa que la Dirección General podrá recabar, cuando se estime necesario, los datos imprescindibles para la tramitación de la solicitud que obren en poder del Ayuntamiento de Madrid a los efectos oportunos.

Manifiesta bajo su responsabilidad que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente y en la convocatoria para ser beneficiarios de dicha subvención, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo en el que disfrute de la condición de beneficiarios.

Don / Doña ___________________________________________________________________, representante legal de la entidad solicitante______________________________________________________, certifica la veracidad de todos los datos obrantes en la presente solicitud.

En________________________, a _____ de _________________ de 20____

(1) En caso de agrupación de entidades, deberá ser suscrito por el o la representante legal de la entidad que actúe como representante de la agrupación.

Firma del o de la representante legal(1):

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SOLICITUD DE SUBVENCIÓN

Instrucciones

Este formulario deberá presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Madrid:

a) Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento, https://sede.madrid.es. En este caso deberá

utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

b) Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en

el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones

Públicas.

Puede informarse llamando al teléfono 010 Línea Madrid o al 915 298 210 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid.

El logotipo, que se utilizará únicamente para la difusión de los proyectos subvencionados por el Área de Gobierno de

Equidad, Derechos Sociales y Empleo (en ningún caso para otro efecto), deberá reproducirse de acuerdo a las

indicaciones dadas por la Dirección General concedente y de acuerdo con el manual de identidad corporativa municipal.

(1) Cuando se aporte la documentación de la acreditación de la representación certificada por el Secretario de la

Entidad de manera digitalizada en las Oficinas de Registro o a través del registro electrónico las copias electrónicas

obtenidas tendrán valor de documentación original.

CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA

INSTRUCCIONES GENERALES

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MEMORIA DE LA ENTIDAD SOLICITANTE

Anexo I

Nº Ref.: _________________

A cumplimentar por el Ayuntamiento

CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES 2017 A ENTIDADES E INSTITUC IONES DE CARÁCTER SOCIAL SIN ÁNIMO DE LUCRO QUE DESARROLLEN PROYECTOS DE ____________ _____________________________ DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ______________________________________ EN EL MUNICIPIO DE MADRID

1 DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE O RESPONSABLE/INTER LOCUTORA DE LA AGRUPACIÓN DE ENTIDADES

NIF:_______________________ Siglas:__________________Número de socios_______________________________

Nombre: _______________________________________________________________________________________

Registro:____________________Fecha de inscripción:______________Fecha de constitución____________________

¿La entidad tiene la declaración de utilidad pública municipal?__________Fecha: ____/____/_____

2 MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA, PATRONATO U ÓRGANO SIMILAR DE LA ENTIDAD/AGRUPACIÓN

SEXO CARGO NOMBRE Y APELLIDOS

MUJER HOMBRE

FECHA DE NOMBRAMIENTO

MODO DE ELECCIÓN

____/____/_____

____/____/_____

____/____/_____

____/____/_____

____/____/_____

____/____/_____

____/____/_____

____/____/_____

____/____/_____

TOTAL

3 FINES, ÁMBITO DE ACTUACIÓN E IMPLANTACIÓN DE LA ENTIDAD O AGRUPACIÓN SOLICITANTE

¿Pertenece a una confederación o federación? No Sí. En caso afirmativo facilite la siguiente información de la

confederación o federación:

NIF: _______________________ Siglas: _____________________________________________________________

Nombre de la confederación o federación: _____________________________________________________________

RELACIÓN DE FEDERACIONES Y ASOCIACIONES INTEGRADAS EN LA ENTIDAD SOLICITANTE

NIF Nombre y siglas Ámbito Fecha constitución

____/____/_____ ____/____/_____ ____/____/_____ ____/____/_____

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MEMORIA DE LA ENTIDAD SOLICITANTE. Anexo I

RELACIÓN DE ORGANIZACIONES QUE INTEGRAN LA AGRUPACIÓN DE EN TIDADES

NIF Nombre y siglas Ámbito Fecha constitución

____/____/_____ ____/____/_____ ____/____/_____ ____/____/_____

Fines de la entidad o agrupación de entidades: _________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

Ámbito territorial de la entidad solicitante, según sus estatutos:_____________________________________________

______________________________________________________________________________________________

Ámbito de actuación en el municipio de Madrid de la entidad solicitante:______________________________________

______________________________________________________________________________________________

Fecha de inicio de actividad efectiva y funcional en el municipio de Madrid ____/_____/_______

Colectivo al que dirige su atención:___________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

La entidad ha realizado proyectos al menos durante dos años: Municipio de Madrid Otros

EXPERIENCIA ANTERIOR EN PROYECTOS CON ESTE COLECTIVO DE ATENCIÓN

AÑO DENOMINACIÓN DEL PROYECTO COLECTIVO ÁMBITO DE ACTUACIÓN

NÚMERO DE BENEFICIARIOS COSTE

___________ €

___________ €

___________ €

___________ €

___________ €

___________ €

___________ €

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MEMORIA DE LA ENTIDAD SOLICITANTE. Anexo I

4 INMUEBLES DE LA ENTIDAD O AGRUPACIÓN SOLICITANTE

INMUEBLES

Tipo de vía

Domicilio N.º Portal Esc. Planta Puerta Titularidad

inmueble (propio, alquilado o cedido)

5 SISTEMAS DE EVALUACIÓN Y CALIDAD (acompañe documentación acreditativa)

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

6 PERSONAL, PARTICIPACIÓN SOCIAL Y VOLUNTARIADO DE LA ENTIDA D O AGRUPACIÓN SOLICITANTE

PERSONAL CONTRATADO SEXO

Categoría o cualificación profesional MUJER HOMBRE

Número Horas

trabajadas al año

TOTAL

VOLUNTARIOS SEXO Cualificación o

experiencia Funciones MUJERES HOMBRES

Número Horas

dedicadas al año

TOTAL

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MEMORIA DE LA ENTIDAD SOLICITANTE. Anexo I

7 PRESUPUESTO Y FINANCIACIÓN DE LA ENTIDAD O DE LA AGRUPACIÓN EN EL AÑO ANTERIOR

INGRESOS

FINANCIACIÓN PROPIA CUANTÍA Cuotas de socios _______________€

Otros ingresos _______________€ Total (A) _______________€

SUBVENCIONES RECIBIDAS EL AÑO ANTERIOR ÓRGANO CONCEDENTE CUANTÍA

_______________€ _______________€ _______________€ _______________€ _______________€ _______________€ _______________€

Total (B) _______________€

OTRAS FUENTES DE FINANCIACIÓN PROCEDENCIA CUANTÍA _______________€ _______________€ _______________€ _______________€ _______________€ _______________€ _______________€

Total (C) _______________€ TOTAL INGRESOS (A) + (B) + (C) _______________€

GASTOS

GASTOS CORRIENTES CUANTÍA

Personal _______________€

Mantenimiento _______________€

Actividades _______________€

Otros gastos _______________€

Total gastos corrientes _______________€

INVERSIONES CUANTÍA

_______________€

_______________€

_______________€

Total gastos inversiones _______________€

TOTAL GASTOS _______________€

RESUMEN DE RESULTADOS DEL AÑO ANTERIOR (Ingresos - Gastos) _______________€

BOAM núm. 7.884 10 de abril de 2017

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MEMORIA DE LA ENTIDAD SOLICITANTE. Anexo I

8 PREVISIÓN DE LA ENTIDAD O AGRUPACIÓN PARA LOS AÑOS EN QUE SE DES ARROLLE EL PROYECTO

INGRESOS CUANTÍA Financiación propia ___________________€

Subvenciones ___________________€ Otras fuentes de financiación ___________________€

Total ingresos ___________________€

GASTOS CUANTÍA Personal ___________________€

Mantenimiento ___________________€ Actividades ___________________€

Otros gastos ___________________€ Total gastos corrientes ___________________€

INVERSIONES CUANTÍA ___________________€ ___________________€ ___________________€

Total gastos inversiones ___________________€ TOTAL GASTOS ___________________€

RESUMEN DE RESULTADOS PREVISTOS DEL AÑO EN CURSO (Ingresos - Gasto s) ___________________€

9. INDICADORES DE IGUALDAD Señalar si la entidad cuenta con un Plan de Igualdad, cuales son los parámetros de igualdad implantados en la entidad respecto de las relaciones de trabajo, permisos de paternidad y maternidad disfrutados, medidas para favorecer la conciliación corresponsable, si se fomenta con valores de igualdad la presencia equilibrada y la diversidad, si en los estatutos de la entidad figura el favorecimiento de la igualdad entre mujeres y hombres, si dispone de certificado o distintivo o justificante de colaboración en Igualdad entre Mujeres y Hombres. ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

10 CONTRIBUCIONES A LAS POLÍTICAS DE IGUALDAD MUNICIPALES

Carta Europea para la Igualdad de Mujeres y Hombres, Estrategia municipal para la Igualdad, Planes Estratégicos de

subvenciones ___________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

11. COLABORACIÓN CON EL DEPARTAMENTO DE JUVENTUD

(rellenar solo para las solicitudes dirigidas a la Convocatoria de Juventud)

La entidad tiene perfil en redes sociales (marque la casilla correspondiente): No Si

En caso afirmativo, ¿es seguidora de los perfiles del Departamento de Juventud? No Si

En caso afirmativo, indique cuáles: Google + Twitter Facebook

Indicar el nombre que tiene la entidad en las distintas Redes Sociales_____________________________

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MEMORIA DE LA ENTIDAD SOLICITANTE. Anexo I

Don o Doña ___________________________________________________________________, representante legal de la entidad o entidades solicitantes, y certifica la veracidad de todos los datos obrantes en el presente anexo.

En_______________________, a _____ de _________________ de 20______ (1)

En caso de agrupación de entidades, deberá ser suscrito por el o la representante legal de la entidad que actúe como representante de la agrupación.

Firma del o de la representante legal(1):

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MEMORIA EXPLICATIVA DEL PROYECTO

Anexo II

Nº Ref.: _________________

A cumplimentar por el Ayuntamiento

CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES 2017 A ENTIDADES E INSTITUC IONES DE CARÁCTER SOCIAL SIN ÁNIMO DE LUCRO QUE DESARROLLEN PROYECTOS DE ____________ _____________________________ DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ______________________________________ EN EL MUNICIPIO DE MADRID

1 DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE O DE LA ENTIDAD INT ERLOCUTORA DE LA AGRUPACIÓN

NIF: _______________________ Siglas: _____________________________________________________________ Nombre: _______________________________________________________________________________________

2 DENOMINACIÓN DEL PROYECTO ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ 3 RESPONSABLE DEL PROYECTO

NIF: _______________________ Nombre y apellidos: ___________________________________________________ Teléfono:__________________________Correo electrónico:_______________________________________________

4 PERIODO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO

Periodo previsto. De: ____/____/_______ a:____/____/_______

5 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

6 JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO Justificación de la necesidad social detectada y fuentes de información utilizadas:______________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ Aspectos innovadores del proyecto: __________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ Explique como va a aplicar la perspectiva de género: (si realiza acciones de sensibilización y formación en materia de

igualdad, acciones que contemplen medidas específicas a favor de las mujeres y que tengan en cuenta necesidades

especiales por estar en una situación de especial vulnerabilidad por las desigualdades de género etc…) ____________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

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MEMORIA EXPLICATIVA DEL PROYECTO (Anexo II)

(

7 DESTINATARIOS

N.º participantes directos:____________Nº Mujeres_________ Nº Hombres_________Nº de Familias__________

Indique si el proyecto incluye personas con diversidad funcional_____________________________________________

Criterios para la selección de los participantes: _________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

Cantidad que debe aportar cada participante para acogerse al proyecto: ____________________________________ € Criterios para la aportación económica de los participantes: _______________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

8 LOCALIZACIÓN Y ZONA DE INFLUENCIA Marque a continuación la opción u opciones que procedan:

Barajas Ciudad Lineal Moratalaz Tetuán

Carabanchel Fuencarral - El Pardo Puente de Vallecas Usera

Centro Hortaleza Retiro Vicálvaro

Todos

(en el caso de actuar en todo el municipio)

Chamartín Latina Salamanca Villa de Vallecas

Arganzuela Chamberí Moncloa - Aravaca San Blas Villaverde

Barrios: ________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

Local o locales donde se desarrolla el proyecto y horario: _________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

9 LÍNEA DE ACTUACIÓN Y OBJETIVO ESPECÍFICO Línea de actuación (Deberá elegir una sola de las señaladas en la convocatoria)

______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

Objetivo específico que se pretenden alcanzar con el proyecto: ____________________________________________

______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

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MEMORIA EXPLICATIVA DEL PROYECTO (Anexo II)

OBJETIVOS OPERATIVOS PREVISTOS (*)

OBJETIVO 1

Ponderación: %

ACTIVIDAD 1.1

Indicadores de actividad

Unidad de medida (1)

Forma de cálculo (2) Meta(3) Ponderación (4) Periodicidad Fuente de

información (5) Cargo

responsable

Indicador 1

Indicador 2

Indicador 3

ACTIVIDAD 1.2

Unidad de medida

Forma de cálculo Meta Ponderación Periodicidad Fuente de

información Cargo

responsable

Indicador 4

Indicador 5

Indicador 6

ACTIVIDAD 1.3

Unidad de medida

Forma de cálculo Meta Ponderación Periodicidad Fuente de

información Cargo

responsable

Indicador 7

Indicador 8

Indicador 9

Indicadores de resultados

Unidad de medida

Forma de cálculo Meta Ponderación Periodicidad Fuente de

información Cargo

responsable

Indicador 10

Indicador 11

Indicador 12

OBJETIVOS OPERATIVOS PREVISTOS

(*) Los objetivos operativos deberán estar ponderados y la suma de los mismos llegar al 100%. Para evaluarlos, se deberán incluir tanto indicadores de

actividad como de resultados. (1) Señale si se trata de número, porcentaje o escala por ejemplo, nº de participantes, plazas, actividades, talleres, atenciones, actuaciones, comidas,

acompañamientos, inserciones, itinerarios, entidades o seguimientos, escalas numéricas o de categorías y en cualquiera de estos casos, indique el número inicial del que se parte.

(2) Señale regla matemática que se ha seguido para hallar la meta. Ej.: sumatorio, media aritmética, etc. (3) Resultado que se pretende conseguir a la finalización del proyecto en relación al número de partida indicado en la unidad de medida. (4) Véase artículo 27 de la convocatoria de subvenciones (5) Señale en qué documentos se recogen estos datos. que permitan medir los resultados obtenidos.

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MEMORIA EXPLICATIVA DEL PROYECTO (Anexo II)

OBJETIVO 2

Ponderación: %

ACTIVIDAD 2.1

Indicadores de actividad

Unidad de medida (1)

Forma de cálculo (2) Meta(3) Ponderación (4) Periodicidad

Fuente de información

(5)

Cargo responsable

Indicador 13

Indicador 14

Indicador 15

ACTIVIDAD 2.2

Unidad de medida

Forma de cálculo Meta Ponderación Periodicidad Fuente de

información Cargo

responsable

Indicador 16

Indicador 17

Indicador 18

ACTIVIDAD 2.3

Unidad de medida

Forma de cálculo Meta Ponderación Periodicidad Fuente de

información Cargo

responsable

Indicador 19

Indicador 20

Indicador 21

(1) Señale si se trata de nº de participantes, plazas, actividades, talleres, atenciones, actuaciones, comidas, acompañamientos,

inserciones, itinerarios, entidades o seguimientos…y en cualquiera de estos casos, indique el número inicial del que se parte. (2) Señale regla matemática que se ha seguido para hallar la meta. Ej.: sumatorio, media aritmética, etc. (3) Resultado que se pretende conseguir a la finalización del proyecto en relación al número de partida indicado en la unidad de medida. (4) Véase artículo 27 de la convocatoria de subvenciones (5) Señale en qué documentos se recogen estos datos. Ej.: memoria de la entidad, listado de participantes y asistencia, las

acreditaciones efectivas en las actividades previstas y cualesquiera otras que permitan medir los resultados obtenidos.

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MEMORIA EXPLICATIVA DEL PROYECTO (Anexo II)

Indicadores de resultados

Unidad de medida

Forma de cálculo Meta Ponderación Periodicidad Fuente de

información Cargo

responsable

Indicador 22

Indicador 23

Indicador 24

OBJETIVOS OPERATIVOS PREVISTOS

OBJETIVO 3

Ponderación: %

ACTIVIDAD 3.1

Indicadores de actividad

Unidad de medida (1)

Forma de cálculo (2) Meta(3) Ponderación (4) Periodicidad Fuente de

información (5) Cargo

responsable

Indicador 25

Indicador 26

Indicador 27

ACTIVIDAD 3.2

Unidad de medida

Forma de cálculo Meta Ponderación Periodicidad Fuente de

información Cargo

responsable

Indicador 28

Indicador 29

Indicador 30

ACTIVIDAD 3.3

(1) Señale si se trata de n.º de participantes, plazas, actividades, talleres, atenciones, actuaciones, comidas, acompañamientos,

inserciones, itinerarios, entidades o seguimientos…y en cualquiera de estos casos, indique el número inicial del que se parte. (2) Señale regla matemática que se ha seguido para hallar la meta. Ej.: sumatorio, media aritmética, etc. (3) Resultado que se pretende conseguir a la finalización del proyecto en relación al número de partida indicado en la unidad de medida.

(4) Véase artículo 27 de la convocatoria de subvenciones (5) Señale en qué documentos se recogen estos datos. Ej.: memoria de la entidad, listado de participantes y asistencia, las

acreditaciones efectivas en las actividades previstas y cualesquiera otras que permitan medir los resultados obtenidos.

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MEMORIA EXPLICATIVA DEL PROYECTO (Anexo II)

Unidad de medida

Forma de cálculo Meta Ponderación Periodicidad Fuente de

información Cargo

responsable

Indicador 31

Indicador 32

Indicador 33

Indicadores de

resultados Unidad de

medida Forma de cálculo Meta Ponderación Periodicidad Fuente de

información Cargo

responsable

Indicador 34

Indicador 35

Indicador 36

10 ACTIVIDADES

ACTIVIDADES QUE INCLUYE EL PROYECTO Y CALENDARIO PREVISTO

Año 20_____ (marque X en los meses correspondientes ) Actividades (6)

ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC Responsables

1.1:

1.2:

1.3:

2.1:

2.2:

2.3:

3.1:

3.2:

3.3:

AGRUPACIÓN DE ENTIDADES: ACTIVIDADES ASUMIDAS POR CADA ENTIDAD

Entidad Actividad Fecha inicio Fecha término

N.º participantes Importe asumido

___/___/____ ___/___/____ _____________ €

___/___/____ ___/___/____ _____________ €

___/___/____ ___/___/____ _____________ €

___/___/____ ___/___/____ _____________ €

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MEMORIA EXPLICATIVA DEL PROYECTO (Anexo II)

Descripción detallada de cada una de las actividades especificando contenido, periodicidad, duración, número de participantes (6):

1.1: ___________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

1.2: ___________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ 1.3: ___________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

2.1: ___________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

2.2: ___________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ 2.3. ___________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

3.1: ___________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

3.2: ___________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ 3.3: ___________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

(6)La numeración y denominación de las actividades reflejadas en este cuadro, deben coincidir con las expuestas en el apartado anterior.

11 METODOLOGÍA Y ORGANIZACIÓN

Describir como se va a desarrollar el proyecto: señalar los protocolos de actuación establecidos, el reparto de

responsabilidad de las tareas, la coordinación interna, la comunicación interna y externa, los cauces de participación de los destinatarios _________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

Coordinación con servicios municipales: N.º reuniones Periodicidad

SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES

OTROS

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MEMORIA EXPLICATIVA DEL PROYECTO (Anexo II)

12 RECURSOS NECESARIOS, PRESUPUESTO Y FINANCIACIÓN

CONCEPTO (personal, mantenimiento, actividades, dietas)

CUANTÍA SOLICITADA AL AYUNTAMIENTO COFINANCIACIÓN FINANCIACIÓN

PROPIA COSTE TOTAL

Personal ______________€ ______________€ ______________€ ______________€

Mantenimiento ______________€ ______________€ ______________€ ______________€

Actividades ______________€ ______________€ ______________€ ______________€ GA

STO

S

CO

RR

IEN

TES

Otros ______________€ ______________€ ______________€ ______________€

Total gastos corrientes (A) ______________€ ______________€ ______________€ ______________€

Total

Gastos estructurales o Indirectos (B)

______________€ ______________€ ______________€

Total gastos corrientes (A) + Gastos estructurales o

Indirectos (B) ______________€ ______________€ ______________€ ______________€

Recursos humanos:

SEXO CATEGORÍA O CUALIFICACIÓN

PROFESIONAL (indique si es fijo o temporal)

MUJER HOMBRE

N.º TOTAL

DEDICACIÓN TOTAL EN

HORAS

RETRIBUCIÓN BRUTA TOTAL

SEGURIDAD SOCIAL A CARGO DE LA ENTIDAD

TOTAL GASTOS DE PERSONAL

___________€ ___________€ ___________€ ___________€ ___________€ ___________€ ___________€ ___________€ ___________€ ___________€ ___________€ ___________€ ___________€ ___________€ ___________€ ___________€ ___________€ ___________€ ___________€ ___________€ ___________€

Total ___________€ ___________€ ___________€

Personal voluntario que colabora en el proyecto:

Sexo Cualificación o experiencia Mujer Hombre

N.º total Funciones Dedicación en horas

Total Total horas

Recursos técnicos: ______________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

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MEMORIA EXPLICATIVA DEL PROYECTO (Anexo II)

En el caso de tener prevista la subcontratación de alguna de las actividades que constituyen el contenido principal del proyecto, indíquelo, así como la causa que lo motiva: (véase el artículo 19 de la convocatoria) ____________________

______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ Coste previsto de la subcontratación: ________________________________________________________________ €.

Subvenciones anteriores: El proyecto ¿ha sido subvencionado el año anterior por el Ayuntamiento? No Sí.

En caso afirmativo, indique los siguientes datos: Convocatoria: ___________________________________________________________________________________ Cuantía de la subvención:_____________________________€. Fecha finalización de la actuación: ____/____/ ______

El proyecto ¿ha sido subvencionado en años anteriores por la Administración General del Estado o por otras administraciones públicas? No Sí. En caso afirmativo, indique los siguientes datos:

AÑO ÓRGANO CONDECENTE CUANTÍA

____________€

____________€

____________€

____________€

____________€

13 AYUDAS Y COLABORACIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO

Acuerdos de colaboración suscritos o que se prevea suscribir con otras administraciones públicas para la ejecución del

proyecto (adjunte documentación acreditativa): _________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

Otras ayudas y colaboraciones previstas:______________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________

Don o Doña ___________________________________________________________________, representante legal de

la entidad o entidades solicitantes, y certifica la veracidad de todos los datos obrantes en el presente anexo.

En_______________________, a _____ de _________________ de 20______ (7)

En caso de agrupación de entidades, deberá ser suscrito por el o la representante legal de la entidad que actúe como representante de la agrupación.

Firma del o de la representante legal(7):

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