bloque ii - vaillant.es · hipermercado multi-tienda y centros de ocio, ... cualquier sustitución...

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Bloque II Motivadores de la evolución del sector Gorka Goiri 6 de Marzo de 2014 Eficiencia energética y nuevo etiquetado

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Bloque IIMotivadores de la evolución del sector

Gorka Goiri 6 de Marzo de 2014

Eficiencia energética y nuevo etiquetado

Objetivo europeo: 20-20-20

Mejora de eficiencia energéticaAumento en la utilización de Energías RenovablesReducción de las emisiones de gases de efecto invernadero (CO2)

… hasta el año 2020Los objetivos condicionan fuertemente las legislaciones europeas,

aunque se adaptan a los países según su situación

20 %

20 %20 %

Directivas europeas y reglamentos

Aparatos

Impl

emen

-ta

ciónEtiquetado

(2013)

Legi

slac

ión

euro

peaErP - PuE

Energy using Products Directive

Directiva de productosque usan energía

Est

anda

ri-za

ción

Normas CEN de producto**

Edificios

Calificación energética de los edificios

EPBDEnergy Performance of Buildings Directive

Directiva de eficiencia energética

de los edificios

Normas CEN de sistemas*

*) eficiencia total de los edificios **) datos de producto harmonizados ymétodos de prueba

Distribución

Planes nacionales

ESDEnergy end-use

efficiency and energy services Directive

Directiva de eficiencia energética

en el uso final y servicios energéticos

En fase de implementación

Normas CEN sobre gestión energética***

***) servicios energéticos y gestión

– La EPBD como directiva europea 2010/31/UE que sepublicó el 18 de junio de 2010 implicará que a finalesde 2020 todos los nuevos edificios serán de energía yemisiones de CO2 casi cero (y sus necesidades deenergía deben ser cubiertas de manera muy significativa apartir de fuentes renovables, incluida la energíaproducida in situ o cerca). Esta obligatoriedad será afinales de 2018 para los edificios oficiales nuevos

– Código Técnico de la Edificación. 314/2006 de 7 demarzo. Se publica un nuevo HE el 12 de septiembre de2013

– Reglamento de Instalaciones Térmicas en laEdificación. RD 1027/2007 del 13 de julio. Últimamodificación RD 238/2013 del 5 de abril ycorrecciones `posteriores.

– Real Decreto 235/2013, de 5 de abril: certificaciónenergética de los edificios. Tanto nuevos como existentes.

La normativa, las buenas prácticas… la sociedad avanza en la línea del consumo sostenible como única opción de futuro.

Marco normativo europeo

Normativa española derivada de la EPBDEdificios

Calificación energética de los edificios

EPBDEnergy Performance of Buildings Directive

Directiva de eficiencia energética

de los edificios

Normas CEN de sistemas*

*) eficiencia total de los edificios

– Único documento del CTE que se actualiza

– Se reduce su tamaño en más de un 40%.

– Se añade un documento el HE0. Se reducen el HE1 (limitación dela demanda energética) y el HE4 (contribución solar mínima deagua caliente sanitaria)

– En lo relativo al nuevo Documento Básico HEO: y HE1– Limitación del consumo energético de energía primaria no

renovable destinado a calefacción, refrigeración y ACS. Se impone un valor límite por superficie útil en función de la zona climática de invierno.

– La calificación energética para el indicador consumo energético de energía primaria debe ser de una eficiencia igual o superior a la clase B.

– La transmitancia térmica de los cerramientos, huecos y particiones interiores es más exigente

– El documento básico HE2 sigue haciendo referencia directa al RITE

CTE – Código Técnico de Edificación

Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía»

– En el Documento Básico HE3 (Iluminación):– Los valores de eficiencia energética límite son más exigen-tes e

incluyen la iluminación general y la iluminación de acento, pero no las instalaciones de iluminación de escapa-rates y zonas expositivas. Por ejemplo en el caso de centros comerciales el VEEI limite pasa de 8 a 6.

– Se deberán instalar sistemas de aprovechamiento de la luz natural, que regulen proporcionalmente y de manera auto-mática por sensor de luminosidad el nivel de iluminación

– En el Documento Básico HE4 (Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria)– Se modifica la demanda de agua caliente sanitaria que sirve para

determinar la contribución de energía solar térmica, – Las exigencias no dependen de la energía auxiliar utilizada– Se indica de forma explícita la posibilidad de sustituir la

energía solar térmica por otra energía renovable siempre que se reduzcan las emisiones de CO2 y la energía primaria

CTE – Código Técnico de Edificación

Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía»

– HE 5 contribución fotovoltaica mínima– Se exige contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica

para edificios de nueva construcción edificios existentes que se reformen íntegramente, o en los que se produzca un cambio de uso característico del mismo.

– Cuando se superen los 5.000 m2 construidos en los Hipermercado Multi-tienda y centros de ocio, Nave de almacenamiento y distribución, Instalaciones deportivas cubiertas, Hospitales, clínicas y residencias asistidas, Pabellones de recintos feriales o en ampliaciones de los mismos que superen los 5.000 m2

– En la revisión anual del plan de mantenimiento preventivo se añaden– Comprobación de la instalación de puesta a tierra,– Comprobación de la estructura soporte de los módulos

CTE – Código Técnico de Edificación

Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía»

– Cualquier sustitución de un equipo por otro se considera reposición o reforma. El mayor problema del RITE anterior era decidir si una sustitución o reposición de un generador por otro era o no reforma.

– Se aclara la definición de los generadores (calentadores a gas, acumuladores, calderas…), de cara a evitar malentendidos como ocurría anteriormente con calentador y caldera.

– En obra nueva todas las calderas deben ser obligatoriamente de condensación (incluso las de potencias superiores a 70 kW) y es también obligatorio instalar o bien termostatos modulantes o bien sonda exterior.

– Si en reposición se instala una caldera con evacuación de los gases de la combustión a la fachada de un edificio colectivo, tiene que ser de condensación o de bajo NOx (clase 5 en ambos casos). Sí será posible salir a fachada en viviendas unifamiliares con una caldera estanca convencional, siempre y cuando cumpla los rendimientos mínimos.

RITE – Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios

Publicación de modificaciones sobre el del 2007

– Se permiten reposiciones con calderas estancas convencionales solamente en los siguientes casos: – Calderas del tipo B3x (tiro forzado a chimenea colectiva con la

entrada de aire en configuración concéntrica hasta la chimenea). – En viviendas unifamiliares siempre que se cumpla con los

rendimientos mínimos.– En instalaciones con chimeneas individuales siempre que se

respete la eficiencia mínima.– Se prohíbe la instalación de calderas a gas atmosféricas de

menos de 70 kW de potencia nominal, salvo en salas de calderas (y siempre que cumplan la eficiencia mínima).

– Se han modificado las periodicidades de las revisiones de las calderas de menos de 70 kW

– En obra nueva se prohíbe la instalación de calentadores a gas atmosféricos.

RITE – Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios

Publicación de modificaciones sobre el del 2007

La Directiva ErP – PuE ("productos que utilizan energía“), el ecodiseño y el ecoetiquetado son medidas que expresan la voluntad política para mejorar la sostenibilidad actuando sobre los productos que consumen energía.Apoya los objetivos de sostenibilidad más importantes de la UE, los "objetivos 2020": 20% menos de gases de efecto invernadero, 20% de energía procedente de fuentes renovables y un 20% más de eficiencia energética.Las normas de diseño ecológico deben cumplirse también por los fabricantes de la industria de HVAC. Con el fin de obtener el certificado CE tendrán que diseñar productos que ahorran recursos y son energéticamente eficientes. La directiva ErP – PuEse aplica por igual a todos los países de la Unión Europea.Con el fin de proteger a los consumidores, la UE ha aprobado una directiva también sobre el etiquetado (ELD). Por lo tanto, los productos relacionados con la energía tendrán que mostrar una etiqueta de eficiencia energética.

Vista general de las Normativas europeas de regulación de productosfabricados o importados en la UE

11

ErP - PuE (Directiva de Productos que utilizan

Energía)

Requerimientos de Ecodiseño

Requerimientosconstructivos para

obtener la marca CE (junto a otras

especificaciones)

Directiva de EtiquetadoEnergético

Requerimientos en el consumo de energía paraobtener el etiquetado de

eficiencia energética(A+++ a G)

ErP - PuE (Directiva de Productos que utilizan Energía)

Categorías de Productos= LOTs

El directiva ErP – PuE constituye el marco reglamentario general.

Para cada categoría de producto (cada LOT), la UE generará reglamentos independientes, con indicaciones y requerimientos detallados. Entre los LOT conocidos ya en vigor están entre otros, frigoríficos, lavadoras, lavavajillas, televisores, etc.

12

Ejemplos de LOT’s de la directiva ErP - PuE

13

LOT 1: Calderas inclusomixtas (gas, oil, electric)(en vigor desde09/2013)

LOT 2: Calentadores y Acumuladores(gas, oil, electric)(en vigor desde09/2013)

LOT 6: Equiposelectrónicos ON-OFF(en vigor desde01/01/2013)

LOT 10: Aireacondicionado y ventilación ≤ 12 kW

LOT 11: Motores, Ventiladores y Bombas de recirculación(en vigor desde01/01/2013)

LOT 15: Calderas y estufas de combustibles sólidos

LOT 20: Acondicionadoresindividuales de calefacción

Directiva de Etiquetado energético (ELD)

La Directiva ELD es un reglamento que exige la etiqueta energética obligatoria para los productos que utilizan energía.Para el 2015, la mayor parte de los productos HAVC deberán llevar la etiqueta. La etiqueta está pensada para orientar al consumidor en la selección del producto ecológico.La etiqueta energética clasifica la eficiencia de los equipos para poder realizar una comparación entre ellos.La eficiencia de un producto se determina según un método de cálculo establecido y se mide porcentualmente.

NO CONFUNDIR ErP y ELD, son dos directivas diferentes.

La nueva directiva energética

14

Periodos de aplicación de la directiva ErP en LOT 1 y 2

15

Septiembre 2013:

Se publica la Directiva ErP en el BOUE

Los próximos 2 años

son un periodo transitorio

o voluntario (fase de comunicación) Periodo Transitorio

Publica-ción

Oficial

Comienzo de la fase

obligatoria

2013 2014 2015

• Las reglas de Ecodiseño y etiquetado energético se aplican desde este momento.

• Durante los dos primeros años, sin embargo (periodo transitorio) el cumplimiento de estas normas es voluntario y los productos no conformes se pueden vender todavía a los minoristas.

Criterios de Ecodiseño para los LOT 1 y 2

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Producto Eficiencia NOx Nivel Sonoro(dB (A))

Calentadores(gas and oil)

Calentadores(Eléctricos)

Bombas de CalorACS (eléctricos)

Bombas de CalorACS (gas y oil)

Acumuladores

Producto Eficiencia NOx Nivel Sonoro(dB (A))

Calderas(gas and oil)

Cogeneración(gas and oil)

Bombas de Calor(electric)

Bombas de Calor(gas and oil)

Calderas Eléctricas

Para recibir el etiquetado CE, los nuevos productos comercializados deberán cumplir los requisitos mínimos de eficiencia energética, las emisiones de NOx y los niveles de ruido. Productos poco eficientes energéticamente se irán eliminando gradualmente.

LOT 1 Calefacción LOT 2 Agua Caliente Sanitaria

ErP – PuE = Requirimientos de Ecodiseño para Productos que usan Energía

Aparatos

Etiquetado(2013)

ErP - PuEEnergy using Products

DirectiveDirectiva de productos

que usan energía

Normas CEN de producto**

**) datos de producto harmonizados ymétodos de prueba

En fase de implementación

Calderas hasta 400kWSistemas con calderas y

otros equipos hasta70 kW

Regulación de Etiquetadoenergético

Requerimientos para el etiquetado de eficiencia

energética

Regulación sobreEcodiseñoEficiencia y/o

requerimientos de Ecodiseño

LOT 1 Calderas y Sistemas de calefacción

Ámbito de aplicación: Ecodiseño 0 - 400 kWEtiquetado 0 - 70 kW

– Calderas (incluso Mixtas)(Gas, Elec., Oil)

Bombas de Calor(Elec. Gas, Oil)

Bombas de Calor (BT)(Elec., Gas, Oil)

Cogeneración(Gas, Oil)

Packs(Conjuntos)

Componentes

Sól

o

ecoTEC turboTEC atmoTEC ecoCRAFT atmoVIT ecoVIT

geoTHERM geoTHERM geoTHERM

ecoPOWER ecoPOWER ecoPOWER

CalorMATIC allSTORecoVIT

turboMAGecoTEC+

09/2013

• ErP : Publicación y Entrada en vigor• ELD: Publicación y Entrada en vigor

09/2014

• ErP: Periodo Transitorio• ELD: Periodo Transitorio

26/09/2015

• ErP: Obligación del 1er escalón de requerimientos de eficiencia y nivel sonoro (sólo HP)• ELD: Uso Obligatorio del etiquetado hasta A++ y otras obligaciones en comunicación

26/09/2017

• ErP: Obligación del 2º escalón de requerimientos de eficiencia y nivel sonoro (sólo para HP, E-boiler, mCHP)

26/09/2018

• ErP: Introducción del requerimiento de NOx de 56 mg/kWh para calderas de gas (sólocalefacción o mixtas)

26/09/2019• ELD: Uso Obligatorio del etiquetado hasta A+++

Detalles y Calendario del LOT 1

Primera Fase: Obligatoria26.09.2015-25.09.2019

A++ - G

Segunda Fase:Obligatoria26.09.2019 –1ª Revisión

A+++ - D

LOT 1 Escalas de Etiquetado de Producto

Calderas de Condensación a Gas

Calderas Mixtas mCHPCalefacción

Bombas de calorCalefacción

LOT 1 Etiquetado de producto

Calderas de condensación

mCHP

Bombas de calor Tierra/AguaBombas de calor Agua/Agua

Gas Electricidad

GHP

Diferentes niveles de eficiencia para diferentestecnologías

Bombas de calor Aire/Agua

A+++

A++

A+

A

B

C

D

Calderas No Condensación

Cálculo de Conjuntos - Sistemas (Sets)

Acumulador

Caldera de Condensación

Solar

Controlador

Pot. térmica nominal≤ 6 kW

Pot. térmica nominal> 6 kW and ≤ 12 kW

Pot. térmica nominal> 12 kW and ≤ 30 kW

Pot. térmica nominal> 30 kW and ≤ 70 kW

Interiores Exteriores Interiores Exteriores Interiores Exteriores Interiores Exteriores

60 dB 65 dB 65 dB 70 dB 70 dB 78 dB 80 dB 88 dB

Nivel sonoro de Bombas de calor

Emisiones de NOx

• 56 mg/kWhCalderas a Gas

geoTHERM / aroTHERM

ecoTEC atmoTEC

ErP Consecuencias en calderas

Calderas de NO Condensacióna excepción de B1*

Calderas de gasóleo NO Condensación

Calderas de gas High NOx(Se admite la excepción de B1, pero se deben respetar las emisiones de NOx ≤ 56 mg/kWh)

26.09.2015

26.09.2018

* Excepción: calderas atmosféricas (tipo B1) conectadas a una chimenea comunitaria ya existenteen un edificio comunitario ≤ 10 kW (sólo calefacción), ≤ 30 kW (calderas mixtas)

NO PERMITIDAS EN ESPAÑA DESDE EL RITE 2007

ErP – PuE = Requirimientos de Ecodiseño para Productos que usan Energía

Aparatos

Etiquetado(2013)

ErP - PuEEnergy using Products

DirectiveDirectiva de productos

que usan energía

Normas CEN de producto**

**) datos de producto harmonizados ymétodos de prueba

En fase de implementación

LOT 2 A.C.S. y Acumulación

Alcance:Calderas hasta 400kW y

depósitos de 2000L

Alcance:Calentadores70kW y

depósitos 500L

Regulación sobreEtiquetadoenergético

Descripción de los requerimientos para el

etiquetado

Regulación sobreEcodiseñoEficiencia y/o

requerimientos de Ecodiseño

Ámbito aplicación: Ecodiseño 0 - 400 kW / 2000 L Etiquetado 0 - 70 kW / 500 L

Calentadores

Bombas de calor para ACS

ACS solar

geoTHERM

Acumulación

Packs(Conjuntos)

atmoMAG Xi VED VEH VEH

actoSTOR

uniSTOR auroSTOR

auroTHERM

actoSTOR actoSTOR allSTOR actoSTOR actoSTOR

Solar for Domestic Hot Water

turboMAG FC

< 70

kW

/500

l

< 4

00 k

W/2

000l

0-50

0/

0-20

00L

09/2013

• ErP : Publicación y entrada en vigor • ELD: Publicación y entrada en vigor

09/2014

• ErP: Periodo transitorio• ELD: Periodo transitorio

26/09/2015

• ErP: Obligación del 1er escalón de requerimientos de eficiencia y nivel sonoro (solo HP) • ELD: Uso obligatorio del etiquetado A y otras obligaciones en comunicación

26/09/2017

• ErP: Obligación del 2º escalón de requerimientos de eficiencia• ELD: Uso obligatorio del etiquetado de producto A+ / etiquetado de packs A+++

26/09/2018

• ErP: Obligación del 3º escalón de mínima eficiencia (solo para XXL-4XL) y requerimientosNOx de 56 mg/kWh para calentadores

Detalles y Calendario del LOT 2

Primer fase: obligatoria26.09.2015-25.09.2017

A - G

Segunda fase:obligatoria26.09.2017 –1ª revisión

A+ - F

LOT 2 Escalas de Etiquetado de producto

Calderas convencionales

Bomba de calor Acumuladorespara

almacenamientoagua caliente

LOT 2 Etiquetado de producto

Solar para ACS

LOT 2 Perfiles de carga

55°C

24,52319,07011,6555,8452,1002,1000,345

3XS XXS XS S M L XL XXL

2 2 4 5 6 10 10 16

25°C 25°C 35°C 55°C

55°C

55°C

55°C

55°C

2,100Qref en kWh/d

Perfiles de carga

(L/min)

Etiquetado de packs (conjuntos) LOT 2

Ejemplos:

+ +

Packs con Calderas

Captadores Solares

Calderas

Solar para ACS

3XS 2XS XS S M L XL XXL 3XL 4XL

A+ 44 44 53 55 100 115 123 131 138 146

A 35 35 38 38 65 75 80 85 90 95

B 32 32 35 35 39 50 55 60 64 64

C 29 29 32 32 36 37 37 37 37 38

D 26 26 29 29 33 34 35 36 36 36

E 22 23 26 26 30 30 30 32 32 32

F 19 20 23 23 27 27 27 28 28 28

G ≤ 19 ≤ 20 ≤23 ≤23 ≤27 ≤27 ≤27 ≤28 ≤28 ≤28

Criterios de eficiencia de Ecodiseño LOT 2

límite “smart”

límite “smart”

Pot. térmica nominal≤ 6 kW

Pot. térmica nominal> 6 kW y ≤ 12 kW

Pot. térmica nominal> 12 kW y ≤ 30 kW

Pot. térmica nominal> 30 kW y ≤ 70 kW

interiores exteriores interiores exteriores interiores exteriores interiores exteriores

60 dB 65 dB 65 dB 70 dB 70 dB 78 dB 80 dB 88 dB

LOT 2 Nivel sonoro de Bombas de calor

Emisiones de NOx

• 56 mg/kWh Calentadores

VGH

Clase de eficiencia estacional

Pérdidas Stand by “S” en W, con volumen de acumulación “V” en litros

A+ S > 5.5 + 3.16 * V0,4

A 5.5 + 3.16 * V0,4 ≤ S < 8.5 + 4.25 * V0,4

B 8.5 + 4.25 * V0,4 ≤ S < 12 + 5.93 * V0,4

C 12 + 5.93 * V0,4 ≤ S < 16.66 + 8.33 * V0,4

D 16.66 + 8.33 * V0,4 ≤ S < 21 + 10.33 * V0,4

E 21 + 10.33 * V0,4 ≤ S < 26 + 13.66 * V0,4

F 26 + 13.66 * V0,4 ≤ S < 31 + 16.66 * V0,4

G S < 31 + 16.66 * V0,4

LOT 2 Requerimientos de los Acumuladores

Conclusiones

Se incrementarán los requerimientos

Los requerimientos de Ecodiseño se incrementarán en los próximos años.Los productos que no cumplan estos requerimientos de la ErP – PuE no recibirán la etiquetaCE y por tanto no se podrán comercializar en la UE.El etiquetado energético no tiene influencia para el marcado CE. Es sólo una informaciónpara el usuario.

36

Esto no se ha acabado

Ahora os toca trabajar a vosotros…

38

– Generador de etiqueta de sistema

– Generador de etiqueta de producto

39

Sistema de calefacción

Sistema de a.c.s.

Sistema de calefacción y a.c.s.

40

Selección del generador principal

Controles

Contribución solar

41

Selección de la caldera

42

Resultado del cálculo y Generación de la

etiqueta

43

Cálculo detalladopara Calefacción

44

Cálculo detalladopara A.C.S.

45

Otros artículos.

46

Nuestros Cálculos

¡GRACIAS POR SU ATENCIÓN!