bloque ii - vaillant.es · hipermercado multi-tienda y centros de ocio, ... cualquier sustitución...
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Bloque IIMotivadores de la evolución del sector
Gorka Goiri 6 de Marzo de 2014
Eficiencia energética y nuevo etiquetado
Objetivo europeo: 20-20-20
Mejora de eficiencia energéticaAumento en la utilización de Energías RenovablesReducción de las emisiones de gases de efecto invernadero (CO2)
… hasta el año 2020Los objetivos condicionan fuertemente las legislaciones europeas,
aunque se adaptan a los países según su situación
20 %
20 %20 %
Directivas europeas y reglamentos
Aparatos
Impl
emen
-ta
ciónEtiquetado
(2013)
Legi
slac
ión
euro
peaErP - PuE
Energy using Products Directive
Directiva de productosque usan energía
Est
anda
ri-za
ción
Normas CEN de producto**
Edificios
Calificación energética de los edificios
EPBDEnergy Performance of Buildings Directive
Directiva de eficiencia energética
de los edificios
Normas CEN de sistemas*
*) eficiencia total de los edificios **) datos de producto harmonizados ymétodos de prueba
Distribución
Planes nacionales
ESDEnergy end-use
efficiency and energy services Directive
Directiva de eficiencia energética
en el uso final y servicios energéticos
En fase de implementación
Normas CEN sobre gestión energética***
***) servicios energéticos y gestión
– La EPBD como directiva europea 2010/31/UE que sepublicó el 18 de junio de 2010 implicará que a finalesde 2020 todos los nuevos edificios serán de energía yemisiones de CO2 casi cero (y sus necesidades deenergía deben ser cubiertas de manera muy significativa apartir de fuentes renovables, incluida la energíaproducida in situ o cerca). Esta obligatoriedad será afinales de 2018 para los edificios oficiales nuevos
– Código Técnico de la Edificación. 314/2006 de 7 demarzo. Se publica un nuevo HE el 12 de septiembre de2013
– Reglamento de Instalaciones Térmicas en laEdificación. RD 1027/2007 del 13 de julio. Últimamodificación RD 238/2013 del 5 de abril ycorrecciones `posteriores.
– Real Decreto 235/2013, de 5 de abril: certificaciónenergética de los edificios. Tanto nuevos como existentes.
La normativa, las buenas prácticas… la sociedad avanza en la línea del consumo sostenible como única opción de futuro.
Marco normativo europeo
Normativa española derivada de la EPBDEdificios
Calificación energética de los edificios
EPBDEnergy Performance of Buildings Directive
Directiva de eficiencia energética
de los edificios
Normas CEN de sistemas*
*) eficiencia total de los edificios
– Único documento del CTE que se actualiza
– Se reduce su tamaño en más de un 40%.
– Se añade un documento el HE0. Se reducen el HE1 (limitación dela demanda energética) y el HE4 (contribución solar mínima deagua caliente sanitaria)
– En lo relativo al nuevo Documento Básico HEO: y HE1– Limitación del consumo energético de energía primaria no
renovable destinado a calefacción, refrigeración y ACS. Se impone un valor límite por superficie útil en función de la zona climática de invierno.
– La calificación energética para el indicador consumo energético de energía primaria debe ser de una eficiencia igual o superior a la clase B.
– La transmitancia térmica de los cerramientos, huecos y particiones interiores es más exigente
– El documento básico HE2 sigue haciendo referencia directa al RITE
CTE – Código Técnico de Edificación
Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía»
– En el Documento Básico HE3 (Iluminación):– Los valores de eficiencia energética límite son más exigen-tes e
incluyen la iluminación general y la iluminación de acento, pero no las instalaciones de iluminación de escapa-rates y zonas expositivas. Por ejemplo en el caso de centros comerciales el VEEI limite pasa de 8 a 6.
– Se deberán instalar sistemas de aprovechamiento de la luz natural, que regulen proporcionalmente y de manera auto-mática por sensor de luminosidad el nivel de iluminación
– En el Documento Básico HE4 (Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria)– Se modifica la demanda de agua caliente sanitaria que sirve para
determinar la contribución de energía solar térmica, – Las exigencias no dependen de la energía auxiliar utilizada– Se indica de forma explícita la posibilidad de sustituir la
energía solar térmica por otra energía renovable siempre que se reduzcan las emisiones de CO2 y la energía primaria
CTE – Código Técnico de Edificación
Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía»
– HE 5 contribución fotovoltaica mínima– Se exige contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica
para edificios de nueva construcción edificios existentes que se reformen íntegramente, o en los que se produzca un cambio de uso característico del mismo.
– Cuando se superen los 5.000 m2 construidos en los Hipermercado Multi-tienda y centros de ocio, Nave de almacenamiento y distribución, Instalaciones deportivas cubiertas, Hospitales, clínicas y residencias asistidas, Pabellones de recintos feriales o en ampliaciones de los mismos que superen los 5.000 m2
– En la revisión anual del plan de mantenimiento preventivo se añaden– Comprobación de la instalación de puesta a tierra,– Comprobación de la estructura soporte de los módulos
CTE – Código Técnico de Edificación
Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía»
– Cualquier sustitución de un equipo por otro se considera reposición o reforma. El mayor problema del RITE anterior era decidir si una sustitución o reposición de un generador por otro era o no reforma.
– Se aclara la definición de los generadores (calentadores a gas, acumuladores, calderas…), de cara a evitar malentendidos como ocurría anteriormente con calentador y caldera.
– En obra nueva todas las calderas deben ser obligatoriamente de condensación (incluso las de potencias superiores a 70 kW) y es también obligatorio instalar o bien termostatos modulantes o bien sonda exterior.
– Si en reposición se instala una caldera con evacuación de los gases de la combustión a la fachada de un edificio colectivo, tiene que ser de condensación o de bajo NOx (clase 5 en ambos casos). Sí será posible salir a fachada en viviendas unifamiliares con una caldera estanca convencional, siempre y cuando cumpla los rendimientos mínimos.
RITE – Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios
Publicación de modificaciones sobre el del 2007
– Se permiten reposiciones con calderas estancas convencionales solamente en los siguientes casos: – Calderas del tipo B3x (tiro forzado a chimenea colectiva con la
entrada de aire en configuración concéntrica hasta la chimenea). – En viviendas unifamiliares siempre que se cumpla con los
rendimientos mínimos.– En instalaciones con chimeneas individuales siempre que se
respete la eficiencia mínima.– Se prohíbe la instalación de calderas a gas atmosféricas de
menos de 70 kW de potencia nominal, salvo en salas de calderas (y siempre que cumplan la eficiencia mínima).
– Se han modificado las periodicidades de las revisiones de las calderas de menos de 70 kW
– En obra nueva se prohíbe la instalación de calentadores a gas atmosféricos.
RITE – Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios
Publicación de modificaciones sobre el del 2007
La Directiva ErP – PuE ("productos que utilizan energía“), el ecodiseño y el ecoetiquetado son medidas que expresan la voluntad política para mejorar la sostenibilidad actuando sobre los productos que consumen energía.Apoya los objetivos de sostenibilidad más importantes de la UE, los "objetivos 2020": 20% menos de gases de efecto invernadero, 20% de energía procedente de fuentes renovables y un 20% más de eficiencia energética.Las normas de diseño ecológico deben cumplirse también por los fabricantes de la industria de HVAC. Con el fin de obtener el certificado CE tendrán que diseñar productos que ahorran recursos y son energéticamente eficientes. La directiva ErP – PuEse aplica por igual a todos los países de la Unión Europea.Con el fin de proteger a los consumidores, la UE ha aprobado una directiva también sobre el etiquetado (ELD). Por lo tanto, los productos relacionados con la energía tendrán que mostrar una etiqueta de eficiencia energética.
Vista general de las Normativas europeas de regulación de productosfabricados o importados en la UE
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ErP - PuE (Directiva de Productos que utilizan
Energía)
Requerimientos de Ecodiseño
Requerimientosconstructivos para
obtener la marca CE (junto a otras
especificaciones)
Directiva de EtiquetadoEnergético
Requerimientos en el consumo de energía paraobtener el etiquetado de
eficiencia energética(A+++ a G)
ErP - PuE (Directiva de Productos que utilizan Energía)
Categorías de Productos= LOTs
El directiva ErP – PuE constituye el marco reglamentario general.
Para cada categoría de producto (cada LOT), la UE generará reglamentos independientes, con indicaciones y requerimientos detallados. Entre los LOT conocidos ya en vigor están entre otros, frigoríficos, lavadoras, lavavajillas, televisores, etc.
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Ejemplos de LOT’s de la directiva ErP - PuE
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LOT 1: Calderas inclusomixtas (gas, oil, electric)(en vigor desde09/2013)
LOT 2: Calentadores y Acumuladores(gas, oil, electric)(en vigor desde09/2013)
LOT 6: Equiposelectrónicos ON-OFF(en vigor desde01/01/2013)
LOT 10: Aireacondicionado y ventilación ≤ 12 kW
LOT 11: Motores, Ventiladores y Bombas de recirculación(en vigor desde01/01/2013)
LOT 15: Calderas y estufas de combustibles sólidos
LOT 20: Acondicionadoresindividuales de calefacción
Directiva de Etiquetado energético (ELD)
La Directiva ELD es un reglamento que exige la etiqueta energética obligatoria para los productos que utilizan energía.Para el 2015, la mayor parte de los productos HAVC deberán llevar la etiqueta. La etiqueta está pensada para orientar al consumidor en la selección del producto ecológico.La etiqueta energética clasifica la eficiencia de los equipos para poder realizar una comparación entre ellos.La eficiencia de un producto se determina según un método de cálculo establecido y se mide porcentualmente.
NO CONFUNDIR ErP y ELD, son dos directivas diferentes.
La nueva directiva energética
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Periodos de aplicación de la directiva ErP en LOT 1 y 2
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Septiembre 2013:
Se publica la Directiva ErP en el BOUE
Los próximos 2 años
son un periodo transitorio
o voluntario (fase de comunicación) Periodo Transitorio
Publica-ción
Oficial
Comienzo de la fase
obligatoria
2013 2014 2015
• Las reglas de Ecodiseño y etiquetado energético se aplican desde este momento.
• Durante los dos primeros años, sin embargo (periodo transitorio) el cumplimiento de estas normas es voluntario y los productos no conformes se pueden vender todavía a los minoristas.
Criterios de Ecodiseño para los LOT 1 y 2
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Producto Eficiencia NOx Nivel Sonoro(dB (A))
Calentadores(gas and oil)
Calentadores(Eléctricos)
Bombas de CalorACS (eléctricos)
Bombas de CalorACS (gas y oil)
Acumuladores
Producto Eficiencia NOx Nivel Sonoro(dB (A))
Calderas(gas and oil)
Cogeneración(gas and oil)
Bombas de Calor(electric)
Bombas de Calor(gas and oil)
Calderas Eléctricas
Para recibir el etiquetado CE, los nuevos productos comercializados deberán cumplir los requisitos mínimos de eficiencia energética, las emisiones de NOx y los niveles de ruido. Productos poco eficientes energéticamente se irán eliminando gradualmente.
LOT 1 Calefacción LOT 2 Agua Caliente Sanitaria
ErP – PuE = Requirimientos de Ecodiseño para Productos que usan Energía
Aparatos
Etiquetado(2013)
ErP - PuEEnergy using Products
DirectiveDirectiva de productos
que usan energía
Normas CEN de producto**
**) datos de producto harmonizados ymétodos de prueba
En fase de implementación
Calderas hasta 400kWSistemas con calderas y
otros equipos hasta70 kW
Regulación de Etiquetadoenergético
Requerimientos para el etiquetado de eficiencia
energética
Regulación sobreEcodiseñoEficiencia y/o
requerimientos de Ecodiseño
LOT 1 Calderas y Sistemas de calefacción
Ámbito de aplicación: Ecodiseño 0 - 400 kWEtiquetado 0 - 70 kW
– Calderas (incluso Mixtas)(Gas, Elec., Oil)
Bombas de Calor(Elec. Gas, Oil)
Bombas de Calor (BT)(Elec., Gas, Oil)
Cogeneración(Gas, Oil)
Packs(Conjuntos)
Componentes
Sól
o
ecoTEC turboTEC atmoTEC ecoCRAFT atmoVIT ecoVIT
geoTHERM geoTHERM geoTHERM
ecoPOWER ecoPOWER ecoPOWER
CalorMATIC allSTORecoVIT
turboMAGecoTEC+
09/2013
• ErP : Publicación y Entrada en vigor• ELD: Publicación y Entrada en vigor
09/2014
• ErP: Periodo Transitorio• ELD: Periodo Transitorio
26/09/2015
• ErP: Obligación del 1er escalón de requerimientos de eficiencia y nivel sonoro (sólo HP)• ELD: Uso Obligatorio del etiquetado hasta A++ y otras obligaciones en comunicación
26/09/2017
• ErP: Obligación del 2º escalón de requerimientos de eficiencia y nivel sonoro (sólo para HP, E-boiler, mCHP)
26/09/2018
• ErP: Introducción del requerimiento de NOx de 56 mg/kWh para calderas de gas (sólocalefacción o mixtas)
26/09/2019• ELD: Uso Obligatorio del etiquetado hasta A+++
Detalles y Calendario del LOT 1
Primera Fase: Obligatoria26.09.2015-25.09.2019
A++ - G
Segunda Fase:Obligatoria26.09.2019 –1ª Revisión
A+++ - D
LOT 1 Escalas de Etiquetado de Producto
Calderas de Condensación a Gas
Calderas de condensación
mCHP
Bombas de calor Tierra/AguaBombas de calor Agua/Agua
Gas Electricidad
GHP
Diferentes niveles de eficiencia para diferentestecnologías
Bombas de calor Aire/Agua
A+++
A++
A+
A
B
C
D
Calderas No Condensación
Pot. térmica nominal≤ 6 kW
Pot. térmica nominal> 6 kW and ≤ 12 kW
Pot. térmica nominal> 12 kW and ≤ 30 kW
Pot. térmica nominal> 30 kW and ≤ 70 kW
Interiores Exteriores Interiores Exteriores Interiores Exteriores Interiores Exteriores
60 dB 65 dB 65 dB 70 dB 70 dB 78 dB 80 dB 88 dB
Nivel sonoro de Bombas de calor
Emisiones de NOx
• 56 mg/kWhCalderas a Gas
geoTHERM / aroTHERM
ecoTEC atmoTEC
ErP Consecuencias en calderas
Calderas de NO Condensacióna excepción de B1*
Calderas de gasóleo NO Condensación
Calderas de gas High NOx(Se admite la excepción de B1, pero se deben respetar las emisiones de NOx ≤ 56 mg/kWh)
26.09.2015
26.09.2018
* Excepción: calderas atmosféricas (tipo B1) conectadas a una chimenea comunitaria ya existenteen un edificio comunitario ≤ 10 kW (sólo calefacción), ≤ 30 kW (calderas mixtas)
NO PERMITIDAS EN ESPAÑA DESDE EL RITE 2007
ErP – PuE = Requirimientos de Ecodiseño para Productos que usan Energía
Aparatos
Etiquetado(2013)
ErP - PuEEnergy using Products
DirectiveDirectiva de productos
que usan energía
Normas CEN de producto**
**) datos de producto harmonizados ymétodos de prueba
En fase de implementación
LOT 2 A.C.S. y Acumulación
Alcance:Calderas hasta 400kW y
depósitos de 2000L
Alcance:Calentadores70kW y
depósitos 500L
Regulación sobreEtiquetadoenergético
Descripción de los requerimientos para el
etiquetado
Regulación sobreEcodiseñoEficiencia y/o
requerimientos de Ecodiseño
Ámbito aplicación: Ecodiseño 0 - 400 kW / 2000 L Etiquetado 0 - 70 kW / 500 L
Calentadores
Bombas de calor para ACS
ACS solar
geoTHERM
Acumulación
Packs(Conjuntos)
atmoMAG Xi VED VEH VEH
actoSTOR
uniSTOR auroSTOR
auroTHERM
actoSTOR actoSTOR allSTOR actoSTOR actoSTOR
Solar for Domestic Hot Water
turboMAG FC
< 70
kW
/500
l
< 4
00 k
W/2
000l
0-50
0/
0-20
00L
09/2013
• ErP : Publicación y entrada en vigor • ELD: Publicación y entrada en vigor
09/2014
• ErP: Periodo transitorio• ELD: Periodo transitorio
26/09/2015
• ErP: Obligación del 1er escalón de requerimientos de eficiencia y nivel sonoro (solo HP) • ELD: Uso obligatorio del etiquetado A y otras obligaciones en comunicación
26/09/2017
• ErP: Obligación del 2º escalón de requerimientos de eficiencia• ELD: Uso obligatorio del etiquetado de producto A+ / etiquetado de packs A+++
26/09/2018
• ErP: Obligación del 3º escalón de mínima eficiencia (solo para XXL-4XL) y requerimientosNOx de 56 mg/kWh para calentadores
Detalles y Calendario del LOT 2
Primer fase: obligatoria26.09.2015-25.09.2017
A - G
Segunda fase:obligatoria26.09.2017 –1ª revisión
A+ - F
LOT 2 Escalas de Etiquetado de producto
Calderas convencionales
Bomba de calor Acumuladorespara
almacenamientoagua caliente
LOT 2 Etiquetado de producto
Solar para ACS
LOT 2 Perfiles de carga
55°C
24,52319,07011,6555,8452,1002,1000,345
3XS XXS XS S M L XL XXL
2 2 4 5 6 10 10 16
25°C 25°C 35°C 55°C
55°C
55°C
55°C
55°C
2,100Qref en kWh/d
Perfiles de carga
(L/min)
Etiquetado de packs (conjuntos) LOT 2
Ejemplos:
+ +
Packs con Calderas
Captadores Solares
Calderas
Solar para ACS
3XS 2XS XS S M L XL XXL 3XL 4XL
A+ 44 44 53 55 100 115 123 131 138 146
A 35 35 38 38 65 75 80 85 90 95
B 32 32 35 35 39 50 55 60 64 64
C 29 29 32 32 36 37 37 37 37 38
D 26 26 29 29 33 34 35 36 36 36
E 22 23 26 26 30 30 30 32 32 32
F 19 20 23 23 27 27 27 28 28 28
G ≤ 19 ≤ 20 ≤23 ≤23 ≤27 ≤27 ≤27 ≤28 ≤28 ≤28
Criterios de eficiencia de Ecodiseño LOT 2
límite “smart”
límite “smart”
Pot. térmica nominal≤ 6 kW
Pot. térmica nominal> 6 kW y ≤ 12 kW
Pot. térmica nominal> 12 kW y ≤ 30 kW
Pot. térmica nominal> 30 kW y ≤ 70 kW
interiores exteriores interiores exteriores interiores exteriores interiores exteriores
60 dB 65 dB 65 dB 70 dB 70 dB 78 dB 80 dB 88 dB
LOT 2 Nivel sonoro de Bombas de calor
Emisiones de NOx
• 56 mg/kWh Calentadores
VGH
Clase de eficiencia estacional
Pérdidas Stand by “S” en W, con volumen de acumulación “V” en litros
A+ S > 5.5 + 3.16 * V0,4
A 5.5 + 3.16 * V0,4 ≤ S < 8.5 + 4.25 * V0,4
B 8.5 + 4.25 * V0,4 ≤ S < 12 + 5.93 * V0,4
C 12 + 5.93 * V0,4 ≤ S < 16.66 + 8.33 * V0,4
D 16.66 + 8.33 * V0,4 ≤ S < 21 + 10.33 * V0,4
E 21 + 10.33 * V0,4 ≤ S < 26 + 13.66 * V0,4
F 26 + 13.66 * V0,4 ≤ S < 31 + 16.66 * V0,4
G S < 31 + 16.66 * V0,4
LOT 2 Requerimientos de los Acumuladores
Conclusiones
Se incrementarán los requerimientos
Los requerimientos de Ecodiseño se incrementarán en los próximos años.Los productos que no cumplan estos requerimientos de la ErP – PuE no recibirán la etiquetaCE y por tanto no se podrán comercializar en la UE.El etiquetado energético no tiene influencia para el marcado CE. Es sólo una informaciónpara el usuario.
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