bioética y normalización

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I CONGRESO URUGUAYO DE FILOSOFIA “Bioética y normalización: los desafío de la ética de la investigación biomédica”. Silvia Rivera Introducción Desde su nacimiento en los inicios de los años setenta la bioética se ha destacado por presentar importantes desafíos a la reflexión y a la acción. En un primer momento, el desafío epistémico de construir un nuevo dominio de saber en la intersección de múltiples discursos y miradas impulsó un interesante debate acerca del status epistemológico de la bioética y también acerca de la definición de su objeto de estudio y su metodología. Se trata de un desafío que se potencia cuando surge la necesidad de incluir la ética de la investigación –cuyo nacimiento se remonta a la redacción del Código de Nuremberg en 1947- en el marco de la bioética emergente. Pero sin duda enfrentamos en estos días un nuevo desafío, no ya epistémico sino político: el desafío de construir políticas de investigación nacionales y regionales capaces de regular los conflictos que surgen en el marco de una nueva modalidad de gestión de la investigación biomédica conocida como “investigación multicéntrica” y que consiste en probar fármacos patrocinados por la industria en las clases más desfavorecidas de los países pobres para luego venderlas a costos inaccesibles para las poblaciones que asumieron los riesgos de los ensayos. La ausencia de legislaciones nacionales en muchos países del Cono Sur –incluyendo la Argentina- complica aún más la cuestión. Y si bien en los últimos meses se han presentado proyectos en este sentido, estos se sustentan en un cientificismo que bajo el supuesto de una ciencia universal y neutral limita el ejercicio bioético a un mecanismo de gestión burocrática que empobrece su potencial emancipador. A partir de aquí es el objetivo de este trabajo desplegar los desafíos señalados para redefinir a la bioética y también la ética de la investigación, que es hoy su capítulo más destacado, recuperando el potencial emancipador de este práctica deliberativa que se ha empobrecido a causa de un particular ejercicio de “violencia ética”. La construcción de la bioética como nuevo campo disciplinar La ética de la investigación es una disciplina –o mejor aún interdisciplina- que acredita como fecha de inicio el año de 1947, con la célebre consagración del Código de Nuremberg que enfatiza de modo especial la necesidad de contar con el consentimiento informado de los sujetos de experimentación. Durante la Segunda

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Page 1: Bioética y normalización

I CONGRESO URUGUAYO DE FILOSOFIA

“Bioética y normalización: los desafío de la ética de la investigación biomédica”.

Silvia Rivera

Introducción Desde su nacimiento en los inicios de los años setenta la bioética se ha

destacado por presentar importantes desafíos a la reflexión y a la acción. En un primer

momento, el desafío epistémico de construir un nuevo dominio de saber en la

intersección de múltiples discursos y miradas impulsó un interesante debate acerca del

status epistemológico de la bioética y también acerca de la definición de su objeto de

estudio y su metodología. Se trata de un desafío que se potencia cuando surge la

necesidad de incluir la ética de la investigación –cuyo nacimiento se remonta a la

redacción del Código de Nuremberg en 1947- en el marco de la bioética emergente.

Pero sin duda enfrentamos en estos días un nuevo desafío, no ya epistémico sino

político: el desafío de construir políticas de investigación nacionales y regionales

capaces de regular los conflictos que surgen en el marco de una nueva modalidad de

gestión de la investigación biomédica conocida como “investigación multicéntrica” y

que consiste en probar fármacos patrocinados por la industria en las clases más

desfavorecidas de los países pobres para luego venderlas a costos inaccesibles para

las poblaciones que asumieron los riesgos de los ensayos. La ausencia de

legislaciones nacionales en muchos países del Cono Sur –incluyendo la Argentina-

complica aún más la cuestión. Y si bien en los últimos meses se han presentado

proyectos en este sentido, estos se sustentan en un cientificismo que bajo el supuesto

de una ciencia universal y neutral limita el ejercicio bioético a un mecanismo de

gestión burocrática que empobrece su potencial emancipador. A partir de aquí es el

objetivo de este trabajo desplegar los desafíos señalados para redefinir a la bioética y

también la ética de la investigación, que es hoy su capítulo más destacado,

recuperando el potencial emancipador de este práctica deliberativa que se ha

empobrecido a causa de un particular ejercicio de “violencia ética”.

La construcción de la bioética como nuevo campo disciplinar La ética de la investigación es una disciplina –o mejor aún interdisciplina- que

acredita como fecha de inicio el año de 1947, con la célebre consagración del Código

de Nuremberg que enfatiza de modo especial la necesidad de contar con el

consentimiento informado de los sujetos de experimentación. Durante la Segunda

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Guerra Mundial se cometieron abusos, revelados en los juicios sobre crímenes de

guerra, que fueron presentados bajo el rótulo de “experimentación biomédica”.

Precisamente, el horror de los abusos -por una suerte de efecto reparador y

compensatorio- revistió de un manto de sacralidad al código a pesar que su

perspectiva se manifiesta hoy en extremos insuficiente, en especial por la complejidad

que presenta la gestión de la investigación y la multiplicidad de actores involucrados.

Sin embargo, y a pesar de sus límites, este primer documento sobre ética de la

investigación sigue siendo un referente a la hora de evaluar el rumbo que en los

últimos años ha tomado esta nueva área del saber: la ética de la investigación

biomédica.

Tal como se reconoce en el documento del Consejo de Organizaciones

Internacionales de las Ciencias Médicas (CIOMS) de 1993:

Surgió entonces la ética de la investigación en seres humanos, orientada a impedir

toda repetición por parte de los médicos a dichos ataques a los derechos y al

bienestar de las personas. El Código de Nuremberg, publicado en 1947, estableció las

normas para llevar a cabo experimentos en seres humanos, dando especial énfasis

al consentimiento voluntario de la personas.1

Está claro que realizar investigaciones sin conocimiento de los sujetos

involucrados implica un flagrante avasallamiento a los derechos humanos. En este

sentido, todas las medidas relacionadas con el resguardo de la autonomía y libre

determinación de las personas son, sin duda, no sólo necesarias sino imprescindibles.

La pregunta es si además de imprescindibles son también suficientes. Una

ética de la investigación que coloque todo su énfasis en el consentimiento informado y

en el “protección” de los “derechos” de los “sujetos” será inevitablemente una

propuesta ética de “mínima”. Sin embargo, antes de avanzar por este camino es

necesario destacar que hasta los años setenta la ética de la investigación se erige en

campo cerrado sobre sí mismo que, apuntalado por declaraciones internacionales –

que siguen el modelo del Código de Nuremberg- se mantienen al margen de

discusiones que puedan poner en cuestión su propio estatus epistémico. Se trata de

tiempos en que la investigación es gestionada casi exclusivamente por los estados

que todavía cumplen un rol central en el manejo de cuestiones económico-sociales

pero también científico-tecnológicas. Las cosas cambian en las décadas del ochenta y

especialmente del noventa con el crecimiento de la financiación privada en el área de 1 Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas (CIOMS) Pautas éticas internacionales para la investigación y experimentación en seres humanos, Ginebra, 1993, p. 5.

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la investigación biomédica y la consiguiente tercerización de los ensayos clínicos que

comienzan a llegar masivamente a los países en desarrollo. Esta nueva modalidad de

gestión requiere una configuración de la ética de la investigación acorde a la

racionalidad empresarial que domina el proceso de producción de conocimiento.

Ética aplicada, bioética y ética de la investigación En 1983 Nicholas Rescher publica su libro “The applied turn” intentando dar

cuenta de una transformación del pensamiento que destaca la capacidad de la filosofía

para convertirse en orientadora de la acción.2 La tradicional ética filosófica -concebida

ya desde Aristóteles como “filosofía práctica” dedicada a la fundamentación y crítica de

las pautas morales- también se inscribe en este giro. Surge entonces la “ética

aplicada”, con el objetivo de regular los conflictos concretos que emergen en el marco

de las diferentes prácticas profesionales. Es así como vemos emerger a la ética

aplicada al manejo de la información en el periodismo, a la gestión empresarial y a la

administración de la justicia, entre otras.

La bioética nace como una de las ramas de la ética aplicada que se distingue,

entre otras cosas, porque es la de más larga tradición y más completo desarrollo. Pero

se distingue además por contar con una figura específica para su ejercicio: los

Comités de Ética, en algún momento también llamados comités hospitalarios, quizás

para destacar la franca inserción institucional de la bioética. Los Comités de Ética son

grupos interdisciplinarios dedicados a la reflexión y deliberación, que funcionan en

instituciones dedicadas a la atención de la salud, tanto públicas como privadas. En la

República Argentina, es obligatorio que estas instituciones cuenten con un comité de

ética, tal como lo indica la ley 24.742, sancionada por la Cámara de Diputados en

noviembre de 1996, que también identifica las funciones fundamentales que distinguen

a los comités: la función docente, la función consultiva o de orientación en el proceso

de toma de decisiones,3 y la función de asesoramiento a las autoridades en relación a

posibles políticas institucionales.

La bioética se consolida rápidamente, tanto en su aspecto teórico como en el

práctico. Sobre la base de un marco de categorías relativamente sencillo, articulado en

función de cuatro principios básicos -beneficencia, no maleficencia, autonomía y

justicia- se intenta regular los conflictos que se presentan en el proceso de atención de

la salud. Los principios de beneficencia y no maleficencia, suelen presentarse como

dos caras de una misma moneda, en tanto la obligación de lograr los máximos 2 Cf. Rescher, N. (Ed.), The applied turn in contemporary philosophy, Ohio, Bowling Green University, 1983. 3 Cf. Rivera, S. “El desafío de los comités hospitalarios de ética”. En Cuaderno de Trabajo del Centro de Investigaciones Eticas Nº 2, Lanús, Ediciones de la UNLa, 1º Reimpresión, Julio de 2003.

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beneficios supone reducir al mínimo los daños posibles.4 El principio de autonomía

incorpora el respeto a la autodeterminación de las personas, con especial referencia a

la protección de quienes por motivos permanentes o transitorios ven su autonomía

menoscabada o disminuida. El principio de justicia, por su parte, hace referencia a la

obligación de dar a cada persona lo que le corresponde, en relación a la distribución

equitativa de los costos y beneficios de la atención de la salud.

Una ética basada en principios o normas se inscribe en el modelo llamado

“deontológico”. Como afirma Ricardo Maliandi, la deontología es una de las vías de

acceso a la ética, aquella que enfatiza el deber de orientar nuestras acciones –

acciones profesionales en el caso de la ética aplicada- de acuerdo a prescripciones

básicas que deben ser respetadas.5 Sin embargo, existe la posibilidad de aproximarse

a la cuestión ética desde otra perspectiva: la de los valores, llamada también

“axiológica”. La perspectiva de los valores prioriza los objetivos apreciados por una

comunidad o grupo, es decir aquello que en cada caso es considerado bueno, justo,

pertinente, valioso. Pero está claro que no es esta la opción de la bioética oficial o

hegemónica, que se inclina a la adopción de un marco formal y universal para

construir la trama linguístico-concpetual de este nuevo campo de saber que surge en

el cruce o intersección de disciplinas diversas.

Ahora bien, a partir del ya celebre libro de Beauchamps y Childress6 los

principios de la bioética pasan a ocupar el lugar de supuestos que se colocan al

margen de toda duda razonable, de modo tal que la atención se concentra mucho más

en el análisis de casos a la luz de estos principios que en la revisión crítica del marco

teórico aceptado. Por su parte, la conceptualización de situaciones complejas en

términos de “casos” impulsa una no siempre justa asimilación de los principios a las

leyes físicas que de un modo automático rigen los casos que en ellas se subsumen.

La reconfiguración del saber anunciada por Reyscher continúa con la

expansión de los citados “principios de la bioética” más allá del campo específico de

la tarea asistencial, para avanzar sobre el proceso de investigación o producción de

conocimiento. Las Pautas Éticas Internacionales del de Organizaciones

Internacionales de las Ciencias Médicas (CIMOS) de 1993, son una clara muestra de

esto, en tanto afirman que:

4 El hecho de que en estos dos principios sean presentados de un modo complemetario, reduce para algunos autores el número de normas básicas, que en vez de cuatro pasan a ser tres. 5 Cf. Maliandi, R. Etica: conceptos y problemas, Bs. As., Biblos, 1991. 6 Beauchamp, T. y Childress, J. Principles of Biomedical Ethics, New York, Oxford University Press, 1994.

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Toda investigación o experimentación realizada en seres humanos debe hacerse de

acuerdo a tres principios éticos básicos, a saber, respeto a las personas, a la búsqueda

del bien y a la justicia.7

La señalada ampliación de la ética de los principios al campo de la

investigación biomédica facilita una operación de inclusión: la ética de la investigación

se integra al campo de la bioética, como uno de sus capítulos. Esto quiere decir que

aquellos que se presentan como expertos en bioética son, a su vez, quienes reclaman

el derecho a definir las pautas éticas de las investigaciones. Los Comités de Ética, por

su parte, generan Subcomités especialmente dedicados a la revisión de protocolos,

que en ocasiones se independizan pero que también pueden sostenerse como parte

del comité institucional.8

Sin embargo otras consecuencias se siguen de la señalada inclusión de la ética

de la investigación en el campo de influencia de la bioética. La primera de ellas nos

remite al sesgo deontológico –es decir principalista y centrado en el deber- que pasa a

impregnar las reflexiones sobre las pautas éticas de las investigaciones. En segundo

lugar se encuentra el hecho de que la preocupación por la corrección formal se

traduce en el tono procedimental que suele impregnar el funcionamiento de los

Comités de Ética de la Investigación, que con frecuencia limitan su tarea a una

revisión estandarizada de los protocolos. Esta revisión tiene como ejes al remanido

“consentimiento informado”, la evaluación de la relación costo-beneficio, la protección

de los sujetos vulnerables y en la detección de posibles conflictos de intereses.

El desafío de la reconfiguración del saber A partir de aquí, el giro señalado por Rescher genera una cadena de

inclusiones que remiten a la ética como el continente mayor de estos nuevos saberes

“aplicados”. Es decir que de la ética teórica “descendemos” en una suerte de bajada

controlada desde el cielo de las normas puras hacia las éticas aplicadas, entre ellas la

bioética y –dentro de la bioética- a la ética aplicada a la investigación como el eslabón

último de la cadena deductiva que hereda la verdad de sus axiomas primeros. Pero es 7 Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas (CIOMS), Pautas Eticas Internacionales para la Investigación y Experimentación en Seres Humanos, Ginebra, 1993. Cabe destacar que las pautas del CIOMS enfatiza la relevancia de la reflexión ética no sólo para las ciencias médicas, sino también en el campo de las ciencias sociales. 8 En efecto, asistimos cotidianamente a un curioso desplazamiento que se efectiviza en el interior de los comités. La clásica función consultiva o asistencial de los comités se ve con frecuencia postergada por una multitud de protocolos de investigación que deben ser revisados en tiempos acordes a la premura de los patrocinantes o centros internacionales de referencia. En ocasiones, esto desencadena un desdoblamiento del comité, que crea entonces una subcomisión de revisión de protocolos, manteniendo -esta última- vínculos filiales diversos con el comité que le dio origen. En otras ocasiones, se decide implementar una nueva figura, conocida como “Comité Independiente para la Investigación Clínica”.

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importante destacar que se trata de una inclusión que sesga el desarrollo de la ética

de la investigación, que renuncia a revisar los supuestos epistemológicos y políticos

presentes ya en la teoría y la práctica de la bioética.9

La reflexión epistemológica queda entonces fuera de juego, a partir de esta

hábil operación de distribución de saberes que aleja del foco de la crítica la idea

misma de ciencia que damos por supuesta y que sin duda corresponde a la llamada

“concepción heredada” en filosofía de la ciencia:10 la ciencia como conocimiento

objetivo, con un desarrollo necesario y reductible a su lógica interna, pero sobre todo

como un conocimiento experto que se concibe en términos de absoluta universalidad.

Una universalidad que “deslocaliza” la investigación científica y hace posible su

regulación ética a partir de declaraciones internacionales que focalizan la protección

de los “sujetos” de acuerdo a la lógica del “contrato”, asumiendo que el único interés

que guía a la investigación es el puro interés epistémico que busca la verdad.11. El

artículo 7 de Helsinki 2008 dice así:

El propósito principal de la investigación médica en seres humanos es comprender las

causas, evolución y efectos de las enfermedades y mejorar las intervenciones

preventivas, diagnósticas y terapéuticas.12

El desafío queda planteado: la necesidad de la revisión y transformación de la

normalización y disciplinamiento de los dominios de saber que se aparte de

reduccionismos teoricistas y positivista para poder, a partir de aquí, reinsertar a la ética

de la investigación en el campo de la filosofía de la ciencia. Pero no de una filosofía de

la ciencia acorde a la tradición heredada, sino una filosofía de la ciencia ampliada a lo

axiológico y lo político.

Política científica y gestión de la investigación Por su parte, y en franca complicidad con la bioética deontológico y

procedimental, la gestión que regula los mecanismos de producción de la investigación

científica se construye sobre supuestos cientificistas, ajustándose al modelo 9 Entiendo a la política científica como capítulo posible de una epistemología ampliada, que trascienda los márgenes estrechos de la lógica y la metodología para avanzar en las condiciones de posibilidad sociales, históricas, de la producción de conocimiento. 10 Cf. Putnam, Hilary “What theories are not”. En: Nagel, Suppes y Tarsky (Comp.) Logic, Methodology and Philosophy of science, Stanford University Press, 1962. Trad. Castellana de Olivé, L. y Pérez Ransanz (Eds.) Filosofía de la ciencia: teoría y obervaciónm México, Siglo XXI, 1989, pp 312-329. 11 Es precisamente la moderna lógica del contrato la que sustenta una de las figuras más prestigiosas de la ética aplicada a la investigación: la del consentimiento informado de los sujetos de experimentación 12 Este artículo fue modificado en la última versión, ya que en la anterior sólo se leía que el propósito de la investigación médica en seres humanos es “mejorar los procedimientos, preventivos, diagnósticos y terapéuticos”. Cf. Declaración de Helsinki de la Asociación Médica Mundial, Edimburgo, 2000, art. 6

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“universal” adoptando el formato denominado multicéntrico”. Dada la validez universal

de la ciencia, las hipótesis y objetivos pueden generarse en un punto del planeta pero

contrastarse a través de experimentos que se realizan en cualquier otro lugar, o mejor

dicho en muchos otros. 13 Esto permite que nuevas drogas generadas a partir de

investigaciones realizadas en los departamentos de innovación de las empresas

farmacéuticas trasnacionales sean probadas en países pobres y desprevenidos. En

los pobres de países pobres: esos pretendidos “sujetos de la investigación” que son

denominados con curiosos eufemismos a lo largo de la Declaración de Helsinki:

humanos, personas, pacientes, individuos potenciales, poblaciones vulnerables, entre

otros. Pero en ningún caso estos eufemismos logran disimular que se trata de seres

concebidos como “objetos”, cuyos cuerpos se utilizan para extraer un saber que se

traducirá en ganancias con escasos o nulos beneficio para quienes funcionan como

cobayos, ya que toda recompensa, se dice, podría manchar la nobleza que supone

inmolarse por el progreso de la ciencia, al tiempo que abriría la puerta al abuso de

personas vulnerables.

Se trata sin duda de un proceso de franca explotación que requiere para su

desarrolla de la normalización tanto de los sujetos-objeto que participan en los

ensayos clínicos produciéndolos como “vulnerables” - es decir como seres que lo

único que pueden esperar por su déficit estructural es ser “protegidos” por los

investigadores y los comités de ética- como de los propios investigadores y miembros

de los comités de ética. La normalización de las subjetividades de unos y otros es

condición necesaria para el funcionamiento del modelo de gestión multicéntrica de la

investigación y se concreta a través de disciplinamientos sutiles o no tanto.

El desafío de la “desnormalización” Controlar el funcinamiento de los comités de ética, en este caso de ética de la

investigación, es una de las estrategias de la normalización bioética. Porque la

normalización de los comités conduce a la normalización de sus integrantes, pero

también a la normalización de esos otros sujetos que asumen diferentes roles en el

proceso de investigación, ya como investigadores principales, becarios, técnicos o aún

-y muy especialmente- de quienes denominados “sujetos de investigación” son en

verdad cuerpos-objetos reclutados en nombre de la ciencia y el capital global. En

última instancia, conduce a la normalización de la población en su conjunto

manifestando peligrosa faceta de ”violencia ética” según palabras de Judith Butler.

13 De este modo el ensayo resulta más barato para los inversores y, en caso de probarse la efectividad del producto, la patente se obtiene en un tiempo menor porque el “n” requerido por los organismos de control de drogas y procedimientos se consigue en menor tiempo.

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A partir de aquí se entiende el profuso interés por la ética de la investigación

manifestado por autoridades de turno. La Resolución Nº 0962 del Ministerio de Salud

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires del 17 de marzo de 2009, anuncia la

implementación de un Programa Central de Bioética, sin partida presupuestaria, que

tiene dos objetivos principales: por una parte “la normalización, registro, acreditación,

auditoría y normatización de los Comités de Ética” y por la otra la separación absoluta

de la ética de la investigación y la ética asistencial.

Atendiendo al primero de los objetivos, cabe recordar que “normalizar” quiere

decir ajustar a la norma. Para “normalizar” alguien debe haber primero definido que se

considerará “normal”. Ahora bien: ¿quién o quiénes han establecido la norma? ¿a

través de qué mecanismos o procedimientos lo han hecho? ¿dónde se consignan los

parámetros de normalidad para los Comités? Estas son las preguntas que todos, como

ciudadanos, debemos formular. Porque una ética normalizada no es ética y la

autonomía de los Comités es condición necesaria para su funcionamiento. Sin duda el

potencial de la ética puede resultar incómodo y un recurso para domesticarlo es

burocratizar el trabajo de los Comités de Ética, confinándolos al espacio limitado de

una bioética construida a la medida del “status quo” social.

En segundo lugar, y a partir de la indicación de que “resulta de vital importancia

diferenciar entre Comités de Ética en Investigación y Comités de Ética Clínica ya que

sus funciones, y por ende la conformación y pericia de los integrantes de ambos

comités, son muy distintas” se imponen la siguiente pregunta: ¿para quién o quiénes

esta separación es de vital importancia? No para la comunidad de influencia de los

centros de atención de salud, que debería beneficiarse de la transferencia de los

resultados de las investigaciones a la atención cotidiana. La función clásica de los

Comités de Ética en Investigación es la revisión de protocolos y esta revisión no se

limita a cuestiones formales, sino que incluye la ponderación de los aportes valiosos

para la comunidad que pueden seguirse de las investigaciones. Sin embargo, de la

complejidad técnica de un protocolo (que sólo entienden los expertos) no se sigue la

misma complejidad para comprender si es bueno, justo y de valor comunitario realizar

esa investigación en una comunidad dada. Por tal motivo no queda claro en absoluto

lo de las competencias “muy distintas” que se reclaman para los miembros de ambos

Comités, a menos que se reduzca la ética de la investigación a su expresión mínima,

por completo funcional a la gestión mercantilista de la investigación: la detección de

vicios burdos en la selección de sujetos, la información ofrecida, el balance riesgo-

beneficio, entre varios otros. Por el contrario, en una ética de máxima, tanto filósofos y

profesionales del área de las ciencias sociales como miembros de la comunidad

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pueden, escapando a la violencia de la “normalización”, participar activamente en la

revisión de protocolos, junto con investigadores en el área biomédica.

Aún más, esta participación lejos de limitarse a la revisión de protocolos debe

avanzar en la construcción de lineamientos políticos que definan la agenda de

investigación en función de requerimientos de la población local y no de la empresa

global.

Bibliografía:

• Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas (CIOMS). 1993. Pautas éticas internacionales para la investigación y experimentación en seres humanos. Ginebra.

• Asociación Médica Mundial. 2008. Principios éticos para la investigación médica en seres humanos, Helsinki.

• Decreto 1163/09 “Requisitos y procedimientos para proyectos de investigación que se efectúen en Hospitales de la C.A.B.A.”, del 30 de diciembre de 2009 y publicada en el Boletín Oficial (C.A.B.A.)

• Foucault, M. 1992. El orden del discurso, Bs. As., Tusquets Editores. • Ley 3301 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Bs. As. el

26 de noviembre de 2009 y promulgada el 11 de enero de 2010 • Maliandi, R. 1991. Etica, Conceptos y Problemas, Bs. As., Biblos. • Pardo, R. 1997. “El giro hermenéutico en las ciencias sociales”. En: Díaz, E.

(Comp.) La ciencia y el imaginario social, Bs. As. Biblos. • Resolución Nº 0962 del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires del 17 de marzo de 2009. • RANCE, S. y SALINAS, M., 2000. Investigando con ética: aportes para la

reflexión-acción, La Paz, CIEPP y Population Council. • RIVERA, S. y MARGETIC, A. 2004. “Nuevas formas de explotación económica

del cuerpo. El modelo hegemónico de la investigación biomédica”. En. VVAA Trabajo, Riqueza, Inclusión, Río Cuarto, Ediciones Icala.

• Vara, A. M. 2008. “Globalización e investigaciones biomédicas. Los ensayos clínicos en la Argentina como política científica “por default”. En: Perspectivas metodológicas Nº 8, publicación anual del Departamento de Humanidades y Artes de la Universidad Nacional de Lanús.

• Varsavsky, O. 1975. Ciencia, Política y Cientificismo, Bs. As. Centro Editor de América Latina.

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