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Bioética

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Instituto Universitario CediiapMaestra en Dificultades de AprendizajeSeminario: BioticaFecha: 9 de mayo de 2015Docente: Dra. Vernica NietoEstudiante: Roxana NezConsigna del trabajo: Analice el artculo 14 de la Declaracin Universal de Biotica y Derechos Humanos de UNESCO a la luz del concepto de Dignidad y la ticaPrincipialista. Comente los aportes de la Biotica Latinoamericana a dicha declaracin. Fecha de entrega: 15 junio de 2015

ndice Introduccin

Dignidad y tica principialista

Aportes de Biotica Latinoamericana. Carta de Buenos Aires

Conclusiones

Bibliografa

Anexo: Artculo 14 de la Declaracin Universal de Biotica y Derechos Humanos;

Introduccin La UNESCO, organizacin filial de la ONU para el fomento de la educacin y la cultura, aprob por unanimidad en su Sesin Plenaria del 19 de octubre de 2005, la Declaracin Universal sobre Biotica y Derechos Humanos. Con esta, ya son tres las declaraciones universales en torno a la Biotica, que ha hecho este organismo internacional.Por primera vez en la historia de la Biotica, los Estados Miembros se comprometan, y con ello a la comunidad internacional, a respetar y aplicar los principios fundamentales de la Biotica reunidos en un nico texto. Al abordar los problemas ticos planteados por la medicina, las ciencias de la vida y las tecnologas conexas en sus vertientes relacionadas con el ser humano, la Declaracin, como se infiere del propio ttulo, fundamenta los principios en ella consagrados en las normas que rigen el respeto de la dignidad de la persona, los derechos humanos y las libertades fundamentales. Por el hecho de inscribir la Biotica en los derechos humanos internacionales y de garantizar el respeto por la vida de las personas, la Declaracin reconoce la interrelacin existente entre la tica y los derechos humanos en el terreno concreto de la Biotica. Junto con la Declaracin, la Conferencia General de la UNESCO aprob una resolucin en la que instaba a los Estados Miembros a hacer todo lo posible para poner en prctica los principios enunciados en la Declaracin e invitaba a adoptar las medidas apropiadas para velar por la aplicacin del texto, lo que comprende darle una difusin lo ms amplia posible.La idea es brindar al ser humano, dondequiera que se encuentre, la posibilidad de beneficiarse de los progresos de la ciencia y la tecnologa dentro del respeto de los derechos y las libertades fundamentales de la persona.El artculo 14 de la Declaracin dice textualmente y cito:Artculo 14 Responsabilidad social y salud

1. La promocin de la salud y el desarrollo social para sus pueblos es un cometido esencial de los gobiernos, que comparten todos los sectores de la sociedad.

2. Teniendo en cuenta que el goce del grado mximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distincin de raza, religin, ideologa poltica o condicin econmica o social, los progresos de la ciencia y la tecnologa deberan fomentar:

a) el acceso a una atencin mdica de calidad y a los medicamentos esenciales, especialmente para la salud de las mujeres y los nios, ya que la salud es esencial para la vida misma y debe considerarse un bien social y humano;

b) el acceso a una alimentacin y un agua adecuadas;

c) la mejora de las condiciones de vida y del medio ambiente;

d) la supresin de la marginacin y exclusin de personas por cualquier motivo; y

e) la reduccin de la pobreza y el analfabetismo[footnoteRef:1]. [1: Declaracin Universal de Biotica y Derechos Humanos de UNESCO, cap.14]

El compromiso con los gobiernos respecto a la atencin de salud de sus pueblos parece estar en primer lugar pero bsicamente en el discurso, en la realidad cotidiana las personas que desean un servicio de salud medianamente aceptable debe recurrir a instituciones privadas de salud que cobran por sus servicios, incluso con la ltima reforma del sistema de salud uruguayo, los aportes son en forma de porcentaje y es debitado pero tampoco es un derecho que se cumpla por el solo hecho del humanitarismo sino que en un sistema impositivo que regula vacos con aportes de otros consumidores.Al ser la salud un sistema manejado por empresas cae aquello de que por ser un derecho humano no habr distincin por la condicin social, si los sectores ms vulnerables de la sociedad no tienen derecho a ser atendidos en tiempo y forma o en caso de que s se les ofrezca la cobertura por subsidios o algn otro beneficio asistencialista, no tienen el capital monetario para pago de rdenes de atencin o de medicamentos.El siguiente extracto del programa que present la reforma de la saludo en el pas est excluyendo a todos los que no puedan aportar con sus ingresos para que se los tenga en cuenta. Y por supuesto que la atencin sanitaria ser para los sectores ms empobrecidos y perifricos en los hospitales pblicos.Por un lado aportarn al FNS, de manera obligatoria, todos los residentes del pas mayores de 18 aos, aportando un porcentaje de sus ingresos con un mnimo no imponible y a partir de dicho valor tasas progresionales, es decir crecientes segn el tamao de la familia y el nivel de los ingresos. En el caso de los hijos menores de 18 aos, stos se adscribirn a la afiliacin del padre que aporte mayores ingresos al Fondo[footnoteRef:2]. [2: http://www.smu.org.uy/sindicales/documentos/snis/snis.pdf]

Tampoco hasta ahora se puede hablar de que estn contemplados los otros tems ya que no se redujo el empobrecimiento y el alfabetismo est disminuido en zonas de contexto crtico.Para que el ser humano pueda ejercer sus derechos y libertades respecto a la saludo y la vida en plenitud ser necesario el conocimiento de conceptos como Dignidad y tica evaluando cul debe ser la postura de Latinoamrica respecto de los mismos.

Dignidad y tica principialistaEn primer lugar se expondr el significado de dignidad y tica tomado del Diccionario de la Real Academia Espaola. Dignidad es: Cualidad de digno (Merecedor de algo). Excelencia, realce. Gravedad y decoro de las personas en la manera de comportarse. Cargo o empleo honorfico y de autoridad.En las catedrales y colegiatas, prebenda que corresponde a un oficio honorfico y preeminente, como el deanato, el arcedianato.Persona que posee una de estas prebendas.Prebenda del arzobispo u obispo.Las rentas de la dignidad. En las rdenes militares de caballera, cargo de maestre, trece, comendador mayor, clavero[footnoteRef:3]. [3: Real Academia Espaola, Diccionario de la Lengua Espaola.]

tica es:Perteneciente o relativo a latica. Recto, conforme a la moral. Persona que estudia o ensea moral. Parte de la filosofa que trata de la moral y de las obligaciones del hombre. Conjunto de normas morales que rigen la conducta humana.tica profesional[footnoteRef:4]. [4: Real Academia Espaola, Diccionario de la Lengua Espaola.]

Si se hiciera el sencillo ejercicio de buscar cules son las palabras claves en estas definiciones, quedaran las siguientes, respecto a dignidad: Merecedor de algo. Excelencia. Manera de comportarse. Empleo honorfico. Y respecto a tica: Recto. Moral. Conjunto de normas. Conducta humana. Realmente cuesta hacerse a la idea de que esas definiciones abarcan a la totalidad de los sectores de la sociedad de ninguno de los pases de Amrica Latina.Pero para completar de analizar el pensamiento de la dignidad se trabajar con otra definicin de ese concepto abstracto que es la Dignidad:

la dignidad significa la atribucin de valor intrnseco que convierte al ser humano en un fin en s mismo, en valor, lo cierto es que este principio no permite ir ms all.se apela a dos nociones: la autonoma individual y la universalidad la radical igualdad de todos los seres humanoslo que interesa de la dignidad es sobre todo su funcin, ofrecer una barrera para algo esencial en el mbito que interesa a la Biotica evitar el dao moralradical que supone usar (y a fortiori abusar) de los seres humanos[footnoteRef:5] [5: Casado, M; Sobre la dignidad y los principios, Anlisis de la Declaracin Universal sobre Biotica y Derechos Humanos UNESCO, Ctedra Unesco de Barcelona. ]