bases técnicas concurso semilla expansión

20
C O R  O P Hoy se resolvió lo que sigue: GERENCIA DE EMPREND IMIENTO JMF/ CORFO oFÍcIÑA DE PARTES 03110. 14 001447 - SANTIAGO APRUEBA BASES TÉCNICAS Y SUS ANEXOS DEL CONCURSO SEMILLA EXPANSIÓN . VISTO: ¡EXENTA Tr DE 1 a Resolución (A) N°379, de 2012, que aprobó el Reglamento del Comité de Emprendimiento, modificada por Resolución (A) N°40, de 2014, ambas de la Vicepresidencia Ejecutiva de Corfo. 2. Que, el Reglamento individualizado precedentemente, establece en su numeral 7° letra a), que es atribución del Comité sesionando en Subcomité, aprobar la creación, el objetivo general, los resultados esperados, y los montos y porcentajes máximos financiables de los Programas, Convocatorias, Concursos y Líneas de Financiamiento de postulación permanente. Asimismo, en su numeral 8° letra n), introducida por la mencionada Resolución (A) N°40, de 2014, de Corlo, dispone que corresponde al Gerente de Emprendimiento, aprobar el texto definitivo, las modificaciones y los textos refundidos, coordinados y/o sistematizados de las Bases de los Programas, Convocatorias, Concursos y Líneas de Financiamiento de postulación permanente, creados por el Comité o por alguno de los Subcomités. 3. El Acuerdo N°198, adoptado en la Sesión N°16, de 25 de septiembre de 2014, del Primer Subcomité, del Comité de Emprendimiento de Corlo, puesto en ejecución mediante Resolución (E) N°1.414, de 2014, de la Gerencia de Emprendimiento de Corlo. 4. Las facultades otorgadas al Gerente de Emprendimiento en el Reglamento citado en el Visto primero; y lo dispuesto en la Resolución N°1.600, de 2008, de Contralorí a General de la República. RESUELVO: 1° PRUÉBANSE las siguientes Bases Técnicas y sus Anexos, del Concurso EMILLA EXPANSIÓN , cuyo tenor es el siguiente: 1

Upload: gonzalo-diaz-franulic

Post on 04-Feb-2018

217 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 1/20

C

O R

 

O P

Hoy se resolvió lo que sigue:

GERENCIA DE EMPREND IMIENTO

JMF/

CORFO

oFÍcIÑA

DE

PARTES

0 3 1 1 0 . 1 4 0 0 1 4 4 7 -

SANTIAGO

APRUEBA BASES TÉCNICAS Y SUS

ANEXOS DEL CONCURSO SEMILLA

EXPANSIÓN .

VISTO:

¡EXENTA Tr

D E

1

a Resolución (A) N°379, de 2012, que aprobó el Reglamento del Comité de

Emprendimiento, modificada por Resolución (A) N°40, de 2014, ambas de la

Vicepresidencia Ejecutiva de Corfo.

2.

Que, el Reglamento individualizado precedentemente, establece en su numeral 7°

letra a), que es atribución del Comité sesionando en Subcomité, aprobar la creación,

el objetivo general, los resultados esperados, y los montos y porcentajes máximos

financiables de los Programas, Convocatorias, Concursos y Líneas de

Financiamiento de postulación permanente. Asimismo, en su numeral 8° letra n),

introducida por la mencionada Resolución (A) N°40, de 2014, de Corlo, dispone que

corresponde al Gerente de Emprendimiento, aprobar el texto definitivo, las

modificaciones y los textos refundidos, coordinados y/o sistematizados de las Bases

de los Programas, Convocatorias, Concursos y Líneas de Financiamiento de

postulación permanente, creados por el Comité o por alguno de los Subcomités.

3.

El Acuerdo N°198, adoptado en la Sesión N°16, de 25 de septiembre de 2014, del

Primer Subcomité, del Comité de Emprendimiento de Corlo, puesto en ejecución

mediante Resolución (E) N°1.414, de 2014, de la Gerencia de Emprendimiento de

Corlo.

4.

Las facultades otorgadas al Gerente de Emprendimiento en el Reglamento citado en

el Visto primero; y lo dispuesto en la Resolución N°1.600, de 2008, de Contraloría

General de la República.

RESUELVO:

PRUÉBANSE

las siguientes Bases Técnicas y sus Anexos, del Concurso

SEMILLA EXPANSIÓN ,

cuyo tenor es el siguiente:

1

Page 2: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 2/20

CO

R

F

Oi

1

ANTECEDENTES.

En etapas de crecimiento de un negocio, los emprendimientos dinámicos necesitan

recursos para la consolidación de sus operaciones, pues crecen a tasas aceleradas que

genera mayor demanda por mano de obra, equipos y capital de trabajo. Sin embargo,

dado el nivel de riesgo asociado, la dificultad de mostrar un historial de ventas y una

posición financiera débil del emprendedor y la empresa, el mercado formal muchas veces

no está dispuesto a financiar esta etapa de los emprendimientos. Esto es particularmente

relevante porque debilita al emprendimiento en su estructura como ne gocio, exponiéndolo

a una quiebra por alto dinamismo, es decir, se puede producir una muerte selectiva de

empresas de alto crecimiento.

Por otra parte, una posición asimétrica en la negociación de valorización de la

participación entre emprendedores e inversionistas privados, no permite a los fundadores

acceder a socios a un valor justo. Ante la ausencia de fuentes de financiamiento,

finalmente, los planes de crecimiento pueden reducirse no alcanzando un óptimo de

impacto del emprendimiento, ni en su valoración privada como tampoco en la valoración

social.

Por estos motivos, Codo, pone a disposición el Concurso denominado

Semilla

Expansión ,

con el objeto de otorgar apoyo para el crecimiento y consolidación de

emprendimientos dinámicos, de forma de evitar tanto la muerte de empresas dinámicas

como la reducción de su tasa de crecimiento, y así generar más impacto económico en

Chile.

Este instrumento permitirá mejorar el poder de negociación de los emprendimientos en

sus perspectivas de crecimiento, solucionando los r iesgos de las denominadas trampas

de liquidez .

2

OBJETIVO.

El objetivo general de este Concurso es otorgar cofinanciamiento para apoyar el

crecimiento y consolidación de emprendimientos dinámicos que hayan finalizado las

etapas de creación y puesta en marcha, de manera de profundizar en los impactos

económicos de estos emprendimientos a nivel nacional.

Los objetivos específicos del C oncurso son:

-

Crear nuevos empleos en Chile.

-

Estimular crecimientos significativos en las ventas de los emprendimientos.

-

Activar subsectores económicos especializados por medio del emprendimiento

dinámico.

-

P otenciar proyectos para que logren crecer en su dimensión dom éstica y global.

-

Internacionalizar las operaciones de los em prendimientos.

3. RESULTADOS ESPERADOS.

Al término de la ejecución del proyecto se espera que a lo menos los emprendimientos

apoyados hayan alcanzado alguno de los siguientes resultados:

2

Page 3: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 3/20

CORFOP

Lograr un crecimiento en al menos un 30% en las ventas.

Generar al menos 5 contrataciones en Chile.

Apalancar capital privado.

Iniciar y/o incrementar exportaciones y/o iniciar operaciones en el extranjero en al

menos 2 países distintos de Chile.

4. QUIÉNES PUEDEN POSTULAR.

Se podrá postular en forma directa o a través de una Entidad Patrocinadora, de aquellas

que están incorporadas en la nómina de Entidades Patrocinadoras que lleva la Gerencia

de Emprendimiento de Corlo, disponible en la página web http://www.corfo.cl/programas-

y

-

concursos/programas/concurso 

capital

- semilla

. Si postulare directamente, la persona

jurídica interesada tendrá la calidad de Beneficiario; en cambio si postulare por medio de

una Entidad Patrocinadora, ésta asumirá el rol de Beneficiario y la persona jurídica

interesada tendrá el carácter de Beneficiario Atendido.

Cada postulante podrá decidir libremente si requiere o no una Entidad Patrocinadora para

desarrollar su proyecto.

4.1 Postulación en forma directa.

En este caso, los proyectos sólo considerarán la participación de un (1) Beneficiario, de

aquellos definidos en el numeral 3.5., de las Bases Administrativas Generales del Comité

de Emprendimiento y sus Subcomités, que podrá ser una

persona jurídica,

con fines de

lucro, constituida en Chile, que tenga interés en consolidar en Chile sus operaciones, y

que cumpla con los siguientes requisitos:

No tenga iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos por un

período superior a

48 (cuarenta y ocho) meses,

contados hacia atrás desde la fecha

de postulación del proyecto. Excepcionalmente, podrá considerarse a aquella persona

jurídica que cuente con iniciación de actividades por un plazo mayor al señalado, y en

que la emisión de la primera factura, boleta de ventas o servicios o guía de despacho

en un giro relacionado directamente con el objetivo del proyecto haya sido realizada en

un plazo menor al anteriormente señalado. Para acreditar lo anterior, deberá

acompañar durante la postulación una declaración jurada firmada por su representante,

de acuerdo al formato establecido en el Anexo N°1, cuyo acompañamiento, será

verificado durante el análisis de pertinencia.

Demostrar ventas relacionadas al objetivo del proyecto y/o aportes de capital para el

desarrollo del proyecto, durante los últimos doce meses anteriores a la fecha de

postulación del proyecto. Para acreditar lo anterior, deberá acompañar en la

postulación: una declaración jurada firmada por el representante, de acuerdo al formato

disponible en el Anexo N°2 de estas Bases, y/o el convenio o contrato entre el

Inversionista, o el Fondo de Inversión, y la persona jurídica postulante, en el que se

pacte la inversión que efectúa y sus condiciones de entrega. En el caso de aquellas

personas jurídicas que ya han recibido inversión, deberán acreditar dicho aporte, de

acuerdo a la información señalada en la ficha de acreditación, disponible en el Anexo

N°3, cuyo acompañamiento será verificado durante el análisis de pertinencia.

Sus ventas netas no deben exceder de

$500.000.000.

 

(quinientos millones de

pesos)

durante los últimos 12 meses anteriores a la fecha de postulación, por lo que

deberá acompañar una declaración jurada firmada por el representante del

beneficiario, de acuerdo al formato establecido en el Anexo N°

4,

cuyo

acompañamiento será verificado durante el análisis de pertinencia.

3

Page 4: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 4/20

C O R F

00

En cualquier caso, todos los cambios en la propiedad de las personas jurídicas que

postulen como Beneficiarios, deberán ser informados a la Gerencia de Emprendimiento

de Corfo. En caso de incumplimiento de esta obligación, Corlo podrá poner término

anticipado al proyecto.

4.2 Postulación a través de una Entidad Patrocinadora.

En este caso los proyectos contarán con la participación de un Beneficiario y de un

Beneficiario Atendido, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.5., de las Bases

Administrativas Generales del Comité de Emprendimiento y sus Subcomités.

El Beneficiario será la Entidad Patrocinadora y deberá corresponder a una (1) persona

jurídica constituida en Chile, con o sin fines de lucro, y cumplir con los requisitos

establecidos en el Reglamento de Entidades Patrocinadoras , el cual se encuentra

incorporado como Anexo en las Bases Técnicas del Programa Capital Semilla, aprobadas

por Resolución (E) N°844, de 14 de mayo de 2014, del Gerente de Emprendimiento de

Codo. Asimismo, en atención a lo establecido en el mencionado Reglamento, podrán

actuar como Entidades Patrocinadoras, aquellas Incubadoras de Negocios, que

correspondan a Beneficiarios con proyectos vigentes de la Línea de Financiamiento

Operación de Incubadoras , del Comité InnovaChile, o del Programa Nacional de

Incubadoras de Negocios de Corlo.

El Beneficiario Atendido, deberá ser una persona jurídica con fines de lucro, constituida en

Chile, que tenga interés en consolidar en Chile sus operaciones, y que cumpla con los

requisitos establecidos en el numeral 4.1 anterior.

5.

PLAZO DE EJECUCIÓN.

Los proyectos presentados tendrán un plazo máximo de ejecución de hasta 12 (doce)

meses, dependiendo del plan de actividades y resultados que cada postulante presente.

Este plazo podrá ser prorrogado hasta un máximo de 18 meses totales, en casos

debidamente justificados.

En un período máximo de 6 (seis) meses, contados desde la total tramitación del último

acto administrativo que apruebe el Convenio de Subsidio entre Corlo y el Beneficiario,

éste deberá presentar un informe de avance en el cual dé cuenta de las actividades y

resultados obtenidos hasta el mes anterior, la rendición de cuentas del período a informar,

y además deberá contener lo señalado en el numeral 11. de las presentes Bases.

6. MONTO DEL SUBSIDIO.

Por cada postulación, Corlo podrá otorgar un subsidio, no reembolsable, de hasta el 70%

del costo total del proyecto, y por un monto máximo de hasta

$100.000.000.- (cien

millones de pesos).

Por lo tanto, el Beneficiario y/o el Beneficiario Atendido, cuando

corresponda, deberá(n) realizar un aporte de al menos el 30% del costo total del proyecto,

el que deberá ser exclusivamente en efectivo o pecuniario.

Los recursos asignados serán transferidos a título de anticipo.

4

Page 5: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 5/20

•1111111•11111

C O

R

F

El cofinanciamiento máximo a solicitar por los beneficiarios dependerá de los siguientes

escenarios:

• Hasta

$60.000.000.- (sesenta m illones d e pesos)

en los casos en que la postulante

acredite ventas o levantamiento de capital privado en el último año contado hacia atrás

desde la fecha de postulación.

Hasta

$100.000.000.- (cien millones de pesos)

si

la postulante acredita ventas y

levantamiento de capital privado en el último año contado hacia atrás desde la fecha de

postulación.

Para efectos de este Concurso, el Beneficiario deberá hacer entrega de al menos un

informe de avance y un informe final.

7. ACTIVIDADES FINANCIABLES.

Los proyectos que se presenten podrán contemplar las siguientes actividades

financiables, las que deben estar destinadas exclusivamente al cumplimiento de los

objetivos del mismo:

Ejecución del plan de expansión, el que deberá ser detallado en la postulación.

Ejecución del plan de inversiones, el que deberá ser detallado en la postulación.

Estudios conducentes a certificaciones y normas de calidad.

Traída de expertos.

Prospección comercial, actividades de exploración y búsqueda de nuevos clientes, por

ejemplo: participación en ferias comerciales, rondas de negocios, visitas a clientes para

la apertura de nuevos mercados, tanto nacionales como internacionales.

Actividades de difusión comercial.

Actividades necesarias para el incremento de ventas.

Arrendamiento de inmuebles, con o sin instalaciones y adecuación o remodelación de

infraestructura, y que esté justificado como necesario para el crecimiento del

emprendimiento.

Empaquetamiento comercial de productos o servicios (diseño de envase, fabricación

de manuales, diseño de marca, fabricación de muestras, etc.).

Adquisición de activos considerados críticos para el crecimiento y consolidación del

emprendimiento.

En caso que fuere necesario destinar recursos a actividades distintas a las contempladas

precedentemente, el Beneficiario deberá solicitar la aprobación por parte de la Gerencia

de Emprendimiento de Corfo, con anterioridad a la ejecución del gasto.

8. ACTIVIDADES NO FINANCIABLES.

No se podrá financiar con recursos provenientes del subsidio ni serán considerados como

aporte del postulante, lo siguiente:

a. Publicaciones académicas, ni actividades de investigación tales como Tesis de

Pregrado, Magíster, Doctorado o Post Doctorado. Tampoco se financiará el estudio,

formación o capacitación en materias que no se relacionen directamente con el

producto o servicio que el emprendedor pondrá en el mercado a través del proyecto

que postule.

5

Page 6: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 6/20

  =~ ~

C O

R F

0

0

b.

Deudas, dividendos o recuperaciones de capital, adquisición de acciones, derechos

de sociedades, bonos y otros valores mobiliarios.

c.

Adquisición de vehículos, cualquiera sea el título translaticio de dominio oneroso.

d.

Adquisición de inmuebles, cualquiera sea el título translaticio de dominio oneroso.

e.

Tributos, tasas portuarias, aranceles o equivalentes e impuestos recuperables

durante la ejecución del proyecto, de conformidad con la naturaleza jurídica del

Beneficiario, o Beneficiario Atendido en caso de postulación a través de una Entidad

Patrocinadora, y las normas tributarias que le resulten aplicables. Es decir, si de

conformidad con el D.L.

825, de 1974, el Beneficiario o Beneficiario Atendido,

según corresponda, desarrollare actividades afectas al Impuesto al Valor Agregado -

I.V.A., deberá rendir sólo el valor neto de las facturas, en atención a que tiene

derecho a recuperar su crédito fiscal rebajándolo de su débito fiscal. Por el contrario,

si las actividades que desarrollare no estuvieren gravadas con I.V.A., podrá rendir el

valor total de las facturas.

f.

Construcción de obras civiles y edificios; salvo cuando se tratare de adecuación o

remodelación de infraestructura.

g.

Asesorías para la administración del proyecto con Corfo.

9. CONTENIDO DE LA PROPUESTA.

Las propuestas deben contener la metodología y actividades que permitan el

cumplimiento de los objetivos y resultados del proyecto, debiendo presentar la información

solicitada en el formulario de postulación que se pondrá a disposición durante el período

en que esté abierto el concurso.

Los contenidos mínimos de la propuesta se describen a continuación:

Antecedentes que correspondan para la verificación del cumplimiento de los

requisitos establecidos en el numeral 4.

Antecedentes y descripción del equipo a cargo del proyecto. Trayectoria del

Beneficiario o Beneficiario Atendido, en caso de postulación a través de una Entidad

Patrocinadora.

Descripción general de las tecnologías que se utilizarán para expandir el negocio.

Descripción general de las proyecciones de crecimiento del negocio, medidas en

función de las ventas y supuestos considerados.

Aspectos relacionados con la propiedad intelectual e industrial, si los hubiese.

Descripción de cualquier otro colaborador relevante vinculado con la expansión del

emprendimiento, tales como universidades, fondos de capital de riesgo, entidades

internacionales, centros tecnológicos u otros.

Plan de Expansión detallado y Plan de Inversiones propuesto.

Programa de trabajo, breve descripción del plan de actividades y resultados

esperados.

Presupuesto detallado para el desarrollo de las actividades, según formato requerido.

Video de máximo 3 minutos, el cual deberá incorporarse a la postulación mediante un

link.

El video debe contener la siguiente información:

-

Equipo emprendedor: dar cuenta de la experiencia y capacidades; de las redes de

contacto y alianzas comerciales o estratégicas; y de las competencias que se

desean agregar (nuevos empleos) durante la expansión.

-

Impacto del emprendimiento: describir las tecnologías utilizadas; y las

características esenciales del plan de expansión que se propone para el

emprendimiento.

6

Page 7: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 7/20

C O R F

OIÍ

- Plan de trabajo: mencionar las actividades a desarrollar durante la ejecución del

proyecto y los resultados que se espera obtener.

10.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS.

La escala de notas para la evaluación respecto de los criterios será de 1 a 5. Un proyecto

sólo podrá ser propuesto para aprobación si obtiene al menos nota 3 respecto a cada uno

de los criterios de evaluación.

El detalle de los criterios y su respectiva ponderación en la evaluación del proyecto es la

siguiente:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

Tecnología e impacto del emprendimiento en su medio:

se

2 5 %

evaluará el plan de negocios y expansión propuesto a partir

del estado alcanzado por el emprendimiento, así como los

potenciales impactos que tendría el emprendimiento en el

medio en el cual incida. Se considerará la sofisticación que

generen las tecnologías presentes

Actividades

esultados

sperados:

e

valuará

a

5 0 %

coherencia entre el estado actual del emprendimiento,

as

actividades a desarrollar durante la ejecución del proyecto y

los resultados que se espera obtener, tanto para el informe de

avance como al término del plazo de ejecución (informe final).

Se evaluará la coherencia estratégica de las decisiones de

inversión propuestas.

Equipo de trabajo y colaboradores:

se evaluará la idoneidad

2 5 %

de los emprendedores y colaboradores actuales y nuevas

contrataciones, considerando la experiencia y capacidad

técnica del equipo actual para la ejecución del proyecto; el

porcentaje de dedicación de los emprendedores al proyecto; la

permanencia histórica de los emprendedores en el

emprendimiento; sus redes de contacto y alianzas comerciales

o estratégicas; la cantidad de nuevos empleos a crear y su

justificación en el marco del plan de negocios; y el perfil

profesional de las personas que se espera contratar.

TOTAL

100%

11.

CONTENIDO DEL INFORME DE AVANCE.

El informe de avance se entregará en un plazo máximo de

6

(seis) meses contados desde

la total tramitación del último acto administrativo que apruebe el Convenio de Subsidio

celebrado entre Corfo y el Beneficiario. Este Informe deberá contener aspectos técnicos y

financieros del proyecto, resultados obtenidos, hasta el mes anterior a la fecha de

presentación.

La rendición financiera deberá incluir los gastos realizados durante el período

comprendido desde el inicio del proyecto y hasta el mes anterior a la fecha de entrega del

informe. Éste deberá ceñirse a lo dispuesto en la Resolución N°759, de 2003, de la

Contraloría General de la República, o la norma que la modifique y/o reemplace.

7

Page 8: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 8/20

C O

R F O P

El informe técnico en tanto, deberá contener las actividades desarrolladas durante el

mismo período y la obtención o estado de avance de los resultados.

Además, el informe deberá contener el plan de actividades a desarrollar en el período de

ejecución siguiente. En caso de ser necesario, el informe debe incorporar los cambios en

este plan de actividades respecto de la postulación inicial, tomando en consideración los

resultados obtenidos en el tiempo de ejecución transcurrido. Un formato para la

presentación de este informe estará disponible en el sitio web de Corfo.

En caso de Entidades Patrocinadoras que sean servicios públicos, adicionalmente

deberán enviar a Corlo un Informe Mensual de Inversión de los recursos, de acuerdo a lo

prescrito en el numeral 5.2, de la Resolución N°759, de 2003, de la Contraloría General

de la República, o la norma que la sustituya o reemplace.

Si un proyecto no cumple con alguno de los contenidos descritos anteriormente y luego de

analizar los antecedentes presentados, la Gerencia de Emprendimiento, podrá poner

término anticipado al Convenio de Subsidio y solicitar la devolución de los fondos

correspondientes.

12. RELACIÓN ENTRE EL BENEFICIARIO ATENDIDO Y LA ENTIDAD

PATROCINADORA (EN CASO DE POSTULACIÓN CON ESTE MECANISMO).

En caso de postulación a través de una Entidad Patrocinadora, Corlo no tendrá injerencia

alguna en la selección que ésta realice de un proyecto para ser postulado al presente

instrumento, así como tampoco respecto de los acuerdos particulares entre el Beneficiario

(Entidad Patrocinadora) y Beneficiario Atendido, salvo respecto de lo establecido en las

presentes Bases.

El Beneficiario Atendido tendrá libertad para cambiar de Entidad Patrocinadora durante

los seis primeros meses de ejecución del proyecto. A partir del séptimo mes, sólo podrá

cambiar, previo acuerdo entre la Entidad Patrocinadora de origen y la nueva Entidad

Patrocinadora elegida, respecto a los eventuales desembolsos de la cuenta Overhead.

Dicho acuerdo debe ser informado a Corlo junto con la comunicación sobre el cambio de

Entidad Patrocinadora. En caso que no existiere acuerdo entre las Entidades

Patrocinadoras, el monto por Overhead a otorgar a cada uno se determinará en

proporción al tiempo de apoyo al proyecto, con un mínimo de 30%. Este procedimiento se

aplicará sólo para el cálculo del monto de Overhead a que se tenga derecho respecto de

la supervisión, seguimiento y administración del proyecto. En todo caso, el Beneficiario

Atendido sólo podrá cambiar una vez de Entidad Patrocinadora.

Si un Beneficiario Atendido se desvincula de una Entidad Patrocinadora, sin solicitar el

cambio a otra, la Entidad Patrocinadora sólo podrá acreditar el cumplimiento de las metas

para recibir pagos por concepto de Overhead, hasta la fecha de la desvinculación;

procediéndose a dar por terminado anticipadamente el Convenio de Subsidio.

Participación de la Entidad Patrocinadora.

La Entidad Patrocinadora no podrá adquirir participación patrimonial en la persona jurídica

correspondiente al Beneficiario Atendido, ni podrá celebrar contratos de opción de compra

de acciones o derechos. La infracción de lo señalado será considerada como

incumplimiento grave de las obligaciones de la Entidad Patrocinadora con Corlo.

8

Page 9: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 9/20

C

O R F

13. PAGO POR OVERHEAD A LA ENTIDAD PATROCINADORA.

La Entidad Patrocinadora, para el caso de postulación a través de ésta, recibirá por

concepto de Overhead, pagos en base a la supervisión, seguimiento y administración del

proyecto, previa evaluación de Corto y pagos en base a los resultados obtenidos por el

proyecto apoyado, y el cumplimiento de metas.

Los pagos en base a la supervisión, seguimiento y administración del proyecto, previa

evaluación de Codo, será de hasta $500.000.- (quinientos mil pesos) mensuales, con un

tope por proyecto de hasta $6.000.000.- (seis millones de pesos).

Los pagos en base a los resultados obtenidos por el proyecto apoyado, y el cumplimiento

de las metas, será de hasta $9.000.000.- (nueve millones de pesos) totales, y se

calcularán sobre la base del cumplimiento de las siguientes metas:

-

Crecimiento de ventas.

-

Capital levantado.

13.1. Plazos.

a.

Plazo para la acreditación de las metas.

La Entidad Patrocinadora tendrá un plazo de hasta

48 cuarenta y ocho) meses

contados desde la total tramitación de la Resolución que pone en ejecución el acuerdo

que adjudica el proyecto y otorga el subsidio para acreditar el cumplimiento de la totalidad

de las metas logradas durante su ejecución.

b

Plazo para el cumplimiento de las metas.

El plazo para el cumplimiento de las metas asociadas al proyecto será de hasta

36

(treinta y seis) meses,

contados desde la total tramitación de la Resolución que pone en

ejecución el acuerdo que adjudica el proyecto y otorga el subsidio.

13.2. Fórmulas de cálculo por cumplimiento de metas.

Para el cálculo de los pagos por Overhead se aplicarán los siguientes criterios y metas a

cumplir respecto del proyecto apoyado:

Meta 1: Crecimiento en ventas.

El proyecto logra acreditar las siguientes condiciones

copulativas:

a.

Alcanza un crecimiento porcentual de ventas superior al 50% equivalente anual, en

un período mínimo de 12 meses. Es decir, en un período de por lo menos 12 meses,

debe acreditarse un crecimiento en ventas que sea equivalente a un crecimiento del

50% en un año.

b.

El porcentaje de aumento de ventas se calcula sobre el monto de venta acumulado

durante los 12 meses previos a la fecha de cierre de las postulaciones a la

respectiva convocatoria.

9

Page 10: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 10/20

 

C O R F

00

c.

as condiciones a) y b) deben ocurrir antes de 36 meses contados desde la total

tramitación de la Resolución que pone en ejecución el acuerdo que adjudica el

proyecto y otorga el subsidio.

El pago asociado se calculará en base a la siguiente fórmula:

A v — 0 . 5 )

P

2MM +

2 . 5 M M

1.5

Donde, P= Pago

Av = % de aumento de ventas por sobre el monto de ventas

acumulado al momento del cumplimiento de la Meta 1.

Av E [>50%; 200%]

$4

5 M M

2 5MM

50%

00%

Lo anterior se acredita mediante la presentación de las declaraciones mensuales y pago

simultáneo de impuestos (Formulario 29 del SII) y mediante la copia del libro auxiliar de

compras y ventas del período informado.

Meta 2: El Proyecto logra acreditar la captación de recursos de capital,

provenientes

de inversionistas, que no sean personas relacionadas con el Beneficiario, de acuerdo a lo

establecido en el artículo 100, de la Ley

18.045; y que no sea parte del personal, o

miembros del Directorio de la Entidad Patrocinadora.

El pago asociado se calculará en base a la siguiente fórmula:

P

k — 30MM)

x 2MM 2.5MM

1 2 0 M M

Donde,

= Pago

k= Capital Invertido

k E [30MM; 150MM]

1

0

Page 11: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 11/20

• •

C O R F O P

$4.5MM

$2 5MM

$30MM

150MM

Donde,

= Pago

k= Capital Invertido

k E [30MM; 150MM]

Lo anterior se acredita mediante la presentación de:

-

Convenio o contrato entre

el

Inversionista, o el Fondo de Inversión, y el (la)

emprendedor(a), en el que se pacte la inversión que efectúa y sus condiciones de

entrega. (Ej. suscripción de acciones, deuda convertible, etc.).

-

Modificación a los estatutos sociales (acta o escritura, pública o protocolizada,

inscripciones y publicaciones) en la que conste el aumento de capital, siendo esta

documentación excluyente para efectos de acreditar el aumento formal del capital

social.

-

Escritura de constitución de la sociedad y sus modificaciones, si correspondiere.

-

Cartola de cuenta corriente, y documentos comerciales (cheques, vale vistas, etc.) que

fundamenten los depósitos y/o los comprobantes de transferencias electrónicas

(realizadas o recibidas) en que aparezca el nombre de quien transfiere, o recibos de

dinero emitidos por el (la) emprendedor(a).

14.

REPOSITORIO INSTITUCIONAL DE CORFO (RIC).

Para efectos del Repositorio Institucional de Corfo (RIC), se deberá realizar una

declaración por parte del Beneficiario o Beneficiario Atendido, en caso de postulación a

través de una Entidad Patrocinadora, conforme al formato del Anexo N°5, al momento de

la entrega de los informes de avance y/o final, o en su defecto declarándolo directamente

en el Sistema de Gestión de Proyectos (SGP), si esta función se encontrare disponible. El

Beneficiario o Beneficiario Atendido, según corresponda, será siempre el responsable de

la entrega oportuna de la información solicitada en el referido Anexo. Sin perjuicio de la

publicación de la información contenida en dicho Anexo, los informes de avance y/o final,

en conformidad a la normativa vigente, serán publicados íntegramente en el Repositorio

Institucional de Corfo (RIC), transcurrido el término de un año contado desde su

respectiva aprobación.

15 . NOTIFICACIONES.

En virtud de lo dispuesto en la Ley N°19.880 artículo 30, letra a) y artículo 19, inciso

primero, el Beneficiario, en la plataforma de postulación en línea podrá autorizar y

11

Page 12: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 12/20

C O R F

00

consentir expresamente para que los actos administrativos dictados por Corfo

relacionados con el Proyecto, le sean notificados mediante el envío de una copia, al

correo electrónico informado en su postulación. En estos casos, la notificación surtirá

efectos a partir de la fecha y hora en que el beneficiario tenga acceso al acto

administrativo, esto es, que el mismo quede disponible en la bandeja de entrada del

correo electrónico informado. El Beneficiario se obliga a mantener actualizado el correo

electrónico informado, y cualquier cambio de éste, deberá s er comunicado a C orlo.

1 6.

CONSULTAS.

Las consultas serán recibidas a través del correo electrónico semillaexpansió[email protected]

 

hasta 3 (tres) días hábiles antes del término del plazo de postulación al Concu rso.

Además, Corlo pondrá a disposición de los postulantes en el sitio web de Corlo

www.corfo.cl

 

un docume nto de preguntas y respuestas frecuentes.

1 7.

APLICACIÓN DE LAS BASES A DMINISTRATIVAS GENERA LES.

En cuanto a los aspectos administrativos, tales como los procesos y trámites que deberán

cumplirse desde la etapa de orientación de los postulantes y/o la postulación misma,

hasta el término del Convenio de Subsidio celebrado entre Corto y el Beneficiario, será

aplicable lo dispuesto en la R esolución (A) N° 9, de 18 de enero de 2013, de la Gerencia

de Emprendimiento, que aprobó las Bases Administrativas Generales para los

Instrumentos del Comité de Emprendimiento y sus Subcomités, considerando las

siguientes reglas e speciales:

a.

El presente instrumento se pone a disposición de los interesados en la mo dalidad de

Concurso, cuyo período de postulación será informado mediante publicación, de

acuerdo a lo dispuesto e n el nume ral 3.1., de las Bases Adm inistrativas Generales.

b.

En cuanto a la modalidad de postulación, esto es, Postulación Directa o a través de

una Entidad Patrocinadora, se deberá tener en cuenta que, cuando la postulación

sea directa, la persona jurídica postulante tendrá la calidad de Ben eficiario en los

términos definidos en las presentes Bases y en las Bases Administrativas

Generales. En tanto, cuando la postulación sea a través de una Entidad

Patrocinadora, la persona jurídica postulante tendrá la calidad de Beneficiario

Atendido y la Entidad P atrocinadora tendrá la calidad de Bene ficiario conforme a

lo dispuesto en las B ases Adm inistrativas Ge nerales.

c.

El Primer Subcomité del Comité de Emprendimiento de Corlo, será el órgano

encargado de decidir acerca de la aprobación o rechazo de los proyectos

presentados, previa evaluación de la Gerencia de Emprendimiento de C orlo.

d.

Los antecedentes legales para la postulación requeridos en el numeral 3.6., de las

Bases Administrativas Generales, deben ser acompañados respecto de quienes

postulan en c alidad de B eneficiarios y Be neficiarios Atendidos, según corresponda.

e.

Los antecedentes legales relativos a la formalización del Convenio de Subsidio,

requeridos en el numeral 7., de las Bases Administrativas Generales, deberán ser

acompañ ados respecto del B eneficiario.

1 2

Page 13: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 13/20

CORFOP

f.

plican a este instrumento las siguientes Cuentas Presupuestarias, con los topes

que se indican en cada caso:

1.

R ecursos Humanos

2.

Gastos de O peración.

3.

Gastos de Inversión: no podrá presupuestarse con cargo a Corfo más del 40%

del monto del subsidio otorgado.

4.

Gastos de Administración: sólo respecto de gastos del B eneficiario Atendido o del

Beneficiario en caso de postulación directa.

5 .

O verhead: se pagará a la Entidad Pa trocinadora, de acuerdo a lo establecido en

el numeral 13., de las presentes Base s.

g.

urante el análisis de pertinencia del proyecto, se verificará:

1.

El acom pañamiento de las declaraciones juradas, firmadas por e l representante

del Beneficiario o Beneficiario Atendido en caso de postulación a través de una

Entidad Patrocinadora, para determinar el cumplimiento de lo establecido en el

numeral 4., de las presentes Bases.

2.

En caso de postulación a través de una Entidad Patrocinadora, el

acompañamiento del contrato suscrito entre el Beneficiario (Entidad

P atrocinadora) y el Beneficiario Atendido.

h.

erá posible solicitar durante el análisis de pertinencia, mediante correo electrónico,

aclaraciones y/o antecedentes adicionales o complementarios a los enviados

durante la postulación. Tal información deberá ser remitida dentro del plazo de 5

días hábiles desde su requerimiento.

i.

n relación a lo establecido en el numeral 10.7 de las Bases Administrativas

Generales, respecto a la posibilidad de introducir modificaciones al proyecto, se

establece un número máximo de 2 solicitudes de reprogramación de actividades a

realizar durante el período de ejecución del proyecto o de extensión de plazo del

mismo, siempre y cuando no se sobrepase el plazo máximo de ejecución

establecido en el nume ral 5. de las presentes Bases.

J

urante la formalización de los proyectos que resulten adjudicados, se podrá

solicitar antecedentes que respalden las declaraciones juradas enviadas en la

postulación, por ejemplo Formulario N°29 del Sil y/o libro de compras y ventas,

primera factura o boleta, entre otros. En caso de inconsistencia de estos

antecedentes y la información entregada en la postulación, Corlo podrá dar por

desistida la postulación o da r término anticipado al C onvenio, según co rresponda.

13

Page 14: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 14/20

C O F 00

ANEXO N° 1.

DECLARACIÓN JURADA SOBRE ANTIGÜEDAD Y ACTIVIDADES RELACIONADAS.

De berá ser llenada por el la) o los as) representante s) legal es) del Beneficiar io, o del

Beneficiario Atendido en caso de postulación a través de una Entidad Patrocinadora)

Nombre de quién suscribe),

cédula de identidad

de q uién suscribe),

en su calidad de

representante de

razón social o nombre de la persona jurídica),

RUT N°

RUT de la

persona

urídica),

mbos

omiciliados,

ara

stos fectos,

en

vengo en declarar bajo juramento lo siguiente

marcar

la s) altemativa s) que corresponda):

La entidad a la cual represento no presenta iniciación de actividades por un

período superior a 48 (cuarenta y ocho) meses, contados hacia atrás desde la

fecha de postulación del proyecto.

La entidad a la cual represento, presenta iniciación de actividades por un

período superior a 48 (cuarenta y ocho) meses contados hacia atrás desde la

fecha de postulación a Corfo; sin embargo, el giro no está relacionado con el

objetivo del proyecto.

La entidad a la cual represento, presenta iniciación de actividades por un

período superior a 48 (cuarenta y ocho) meses contados hacia atrás desde la

fecha de postulación del proyecto; sin embargo, la emisión de la primera

factura, boleta de ventas o servicios o guía de despacho en un giro

relacionado directamente con el objetivo del proyecto ha sido realizada en un

plazo menor al anteriormente señalado.

Otorgada en

ciudad)

a

fecha)

NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL BENEFICIARIO O BENEFICIARIO

ATENDIDO

4

Page 15: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 15/20

C O R F

Oi

ANEXO N ° 2

DECLARACIÓN JURADA SOBRE VENTAS RELACIONADAS AL OBJETIVO

Deberá ser llenada por el la) o los as) representante s) legal es) del Beneficiario, o del

Beneficiario Atendido en caso de postulación a través de una Entidad Patrocinadora)

Yo

cédula de identidad N°

n

u alidad

e

epresentante

e

, RUT N°

 

ambos domiciliados, para estos efectos, en

vengo en

declarar bajo juramento lo siguiente:

La entidad a la cual represento, presenta ventas relacionadas al objetivo del proyecto

denomnado , durante los 12 doce) meses anteriores

a

la

fecha de postulación.

Lo anterior se puede verificar con la información contenida en los Formularios N°29 del Sll

y/o en libro de compras y ventas de la empresa del período indicado.

O torgada en

ciudad)

a

fecha)

NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL BENEFICIARIO O BENEFICIARIO

ATENDIDO

15

Page 16: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 16/20

CORFO

.

ANEXO N° 3.

FICHA ACREDITACION DE APORTE CAPITAL

P ara acreditar los aportes de capital se deberá adiuntar:

- Convenio o contrato entre el Inversionista o el Fondo de Inversión, y el (la)

emprendedor(a), en el que se pacte la inversión que efectúa y sus condiciones de

entrega. (Ej. suscripción de acciones, deuda convertible, etc.).

-

Modificación a los estatutos sociales (acta o escritura, pública o protocolizada,

inscripciones y publicaciones, formularios electrónicos del Registro de Empresas y

Sociedades) en la que conste el aumento de capital, siendo esta documentación

excluyente para efectos de acreditar el aumento formal del capital social.

-

Escritura de constitución de la sociedad y sus modificaciones, si correspondiere, o

formularios electrónicos del Registro de Empresa y Sociedades.

-

Cartola de cuenta corriente, y documentos comerciales o contables (cheques, vales

vista, etc.) que acrediten los depósitos y/o los comprobantes de transferencias

electrónicas (realizadas o recibidas) en que aparezca el nombre de quien transfiere,

o recibos de dinero emitidos por el (la) emprendedor(a).

16

Page 17: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 17/20

CO FOP

ANE XO N ° 4.

DECLARACIÓN JURADA SOBRE MONTO DE VENTAS

Deberá ser llenada por el la) o los as) representante s) legal es) del Beneficiario, o del

Beneficiario Atendido en caso de postulación a través de una Entidad Patrocinadora)

Yo

cédula de identidad N°

en

u

alidad

e

epresentante

e

, RUT N°

..,

ambos domiciliados, para estos efectos, en

vengo en

declarar bajo juramento lo siguiente:

La

entidad a la cual represento, presenta un monto de ventas acumuladas durante los 12

doce) meses anteriores a la fecha de postulación del proyecto equivalente

a:

Lo anterior se puede verificar con la información contenida en los Formularios N°29 del Sll

y/o en libro de compras y ventas de la empresa del período indicado.

Otorgada en

ciudad)

a

fecha)

NOMBR E Y FIRMA DEL REPRESENTA NTE DEL BENEFICIARIO O B ENEFICIARIO

ATENDIDO

17

Page 18: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 18/20

C O R F

Oi

ANEXO N° 5.

ACTIVIDADES Y RESULTADOS DEL PROYECTO

Deberá ser llenado por el representante del Beneficiario, o del Beneficiario Atendido en

caso de postulación a través de una Entidad Patrocinadora)

I.- Resumen Ejecutivo

ANTECEDENTES PROYECTO

Código

Nombre

Beneficiario

Beneficiario Atendido

RESUMEN DEL PROYECTO PÚBLICO)

II

ACTIVIDADES DEL

PROYECTO

PÚBLICAS

Actividad

escripción

III,- ACTIVIDADES DEL PROYECTO NO PÚBLICAS

Actividad

escripción

18

Page 19: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 19/20

Producto y/o

Resultado

Descripción

Producto y/o

Resultado

Descripción

C O R F

00

IV.- RESULTADOS DEL PROYECTO PÚ BLICOS

V RESULTADOS DEL

PROYECTO

NO PÚBLICOS

El Representante declara que los datos entregados son veraces, y que en relación a

aquella información señalada como pública:

1.

Su publicidad, comunicación o conocimiento, no le afecta a él ni a sus socios, ni a los

accionistas de la sociedad que representa, en sus derechos como personas,

particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de sus vidas privadas

o derechos de carácter comercial o económico, en conformidad a la Ley N°20.285,

sobre Acceso a la Información Pública.

2.

Su publicidad, comunicación o conocimiento, no afecta, la existencia, alcance ni

ejercicio de sus derechos, actuales y/o futuros, sobre propiedad industrial, en

conformidad al DFL N° 3, de 9 de marzo de 2006, que fija el texto refundido,

coordinado y sistematizado de la Ley N°19.039, sobre Propiedad Industrial.

3.

Su publicidad, comunicación o conocimiento, no afecta, la existencia, alcance ni

ejercicio de sus derechos, actuales y/o futuros, sobre propiedad intelectual, en

conformidad a la Ley N°17.336, sobre Propiedad Intelectual.

4.

Consiente expresamente en su tratamiento, en conformidad a

la

Ley N°19.628,

sobre Vida Privada de las Personas.

NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL BENEFICIARIO O BENEFICIARIO

ATENDIDO

19

Page 20: Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

7/21/2019 Bases Técnicas Concurso Semilla Expansión

http://slidepdf.com/reader/full/bases-tecnicas-concurso-semilla-expansion 20/20

C O R

F 09

ublíquese

el aviso correspondiente, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral

3.1., de la R esolución (A)

9, de 18 de enero de 2013, del Gerente de Emprendimiento,

que aprobó las Bases Administrativas Generales para los instrumentos del Comité de

Emprendimiento y sus S ubcomités, en un diario de circulación nacional, y pónganse esta

Resolución y sus Anexos aprobados, a disposición de los interesados en el sitio web de

C O R F O , www.corfo.cl

 

una vez que la presente Resolución se encuentre totalmente

tramitada.

Anótese y comuníquese.

INTI NÚÑEZ URSIC, Gerente de Emprendimiento.

MARÍA JOSÉ GATICA LÓPEZ, Secretario General.

Lo que transcribo a usted para su conocimiento.

CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN

MARÍA JOSÉ GATICA LOPEZ

Secreta nerat-

20