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1 BASES GENERALES Y ESPECIFICAS PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE PLAZAS DE PLANTILLA DEL ORGANISMO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTURTZI SERANTES KULTUR ARETOA. BASES GENERALES 1.- Objeto de las Bases. 1. Es objeto de estas Bases el establecimiento de los aspectos generales que, en ejecución de la Oferta de Empleo Público, complementan las diferentes convocatorias de pruebas selectivas para el ingreso en las escalas y subescalas de funcionarios y funcionarias del Organismo Autónomo Municipal de Santurtzi Serantes Kultur Aretoa. 2. Sin perjuicio de la aplicación general de las presentes Bases, el sistema selectivo, el turno, requisitos específicos, exámenes y el resto de normas particulares se regirán preferentemente por las Bases Específicas reguladoras de cada una de las convocatorias. 3. De las plazas convocadas, se reservarán para su provisión por el turno de personal minusválido y de promoción interna las que en cada caso figuren en las Bases Específicas 2.- Requisitos. 1. Para la admisión y participación en las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas, en los términos del art. 56.1.d) del Estatuto Básico del Empleado Público. e) Aquellos otros que específicamente se fijen para cada proceso selectivo, según lo previsto en las Bases Específicas de cada convocatoria.

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Page 1: BASES GENERALES Y ESPECIFICASBASES GENERALES Y ESPECIFICAS PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE PLAZAS DE PLANTILLA DEL ORGANISMO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTURTZI SERANTES KULTUR ARETOA

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BASES GENERALES Y ESPECIFICAS PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE PLAZAS DE PLANTILLA DEL ORGANISMO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTURTZI SERANTES KULTUR ARETOA.

BASES GENERALES

1.- Objeto de las Bases.

1. Es objeto de estas Bases el establecimiento de los aspectos generales que, en ejecución de la Oferta de Empleo Público, complementan las diferentes convocatorias de pruebas selectivas para el ingreso en las escalas y subescalas de funcionarios y funcionarias del Organismo Autónomo Municipal de Santurtzi Serantes Kultur Aretoa.

2. Sin perjuicio de la aplicación general de las presentes Bases, el

sistema selectivo, el turno, requisitos específicos, exámenes y el resto de normas particulares se regirán preferentemente por las Bases Específicas reguladoras de cada una de las convocatorias.

3. De las plazas convocadas, se reservarán para su provisión por el turno de personal minusválido y de promoción interna las que en cada caso figuren en las Bases Específicas

2.- Requisitos.

1. Para la admisión y participación en las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art.

57 del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad

máxima de jubilación forzosa. c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del

servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas, en los términos del art. 56.1.d) del Estatuto Básico del Empleado Público.

e) Aquellos otros que específicamente se fijen para cada proceso

selectivo, según lo previsto en las Bases Específicas de cada convocatoria.

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2. Todos los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse al momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso de selección y hasta el momento de la contratación o toma de posesión como personal funcionario de carrera, con las salvedades previstas en las Bases Específicas.

3.- Condiciones de participación y protección de datos 1. La Participación en el proceso selectivo es voluntaria e implicará la prestación de consentimiento a realizar, en su caso, pruebas psicotécnicas y de personalidad, aceptando que el resultado de esas pruebas sea utilizado como un factor más de valoración, de conformidad con lo previsto en las presentes Bases. 2. La participación en cualquier proceso selectivo objeto de las presentes Bases supone el consentimiento por parte de la persona aspirante, del tratamiento de sus datos de carácter personal recogidos en la solicitud y referidos a nombre y apellidos, DNI y nivel de formación, para su publicación en Boletines, Tablón de Anuncios, página Web y en general, cualquier medio que se utilice para la comunicación de los resultados parciales o definitivos del proceso selectivo, así como para la verificación, por parte del IVAP u organismo competente, de la acreditación del nivel de conocimiento del Euskera.

4.- Solicitudes.

1. Las solicitudes para participar en los correspondientes procesos selectivos se podrán presentar en el modelo normalizado que se facilitará gratuitamente en el Registro General del Serantes Kultur Aretoa.

2. Las instancias se presentarán en el Registro General del Serantes

Kultur Aretoa o en los lugares previstos en el art. 38.4 de la Ley 30/92 de Procedimiento Administrativo Común. Si las instancias se remiten a través del servicio de Correos habrán de presentarse en sobre abierto, para que sean selladas y fechadas por el citado servicio antes de ser certificadas.

3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales,

contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

4. Las personas aspirantes deberán adjuntar a la solicitud fotocopia del

Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la documentación acreditativa de los méritos susceptibles de valoración, según lo indicado en el apartado 9.3.b) de estas Bases.

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5. Se señalarán en la solicitud los siguientes datos: - Nombre y apellidos. - Medio preferente, domicilio o lugar que se señale a efectos de

notificaciones. - Número de teléfono para contactar. - Plaza a la que se aspira. En el caso de solicitar la participación en

convocatorias de acceso restringido, se indicará el turno que corresponda: personal minusválido, promoción interna o plaza con perfil lingüístico preceptivo.

- Firma. 6. Con fines de programación, se indicará en la solicitud si se desea o no

realizar el examen voluntario para la demostración del conocimiento de euskera. La documentación acreditativa original del conocimiento de euskera se presentará, con anterioridad a la fecha de celebración del correspondiente ejercicio, en el Registro General del Serantes Kultur Aretoa para su cotejo y traslado inmediato al expediente del proceso selectivo.

7. Las personas afectadas por discapacidades podrán hacer constar

este hecho y solicitar las adaptaciones técnicas que, en su caso, consideren necesarias para la realización de las pruebas selectivas, mediante escrito presentado junto con la solicitud de admisión.

5.- Publicidad. 1. La designación de las personas que formarán parte del Tribunal

calificador, el lugar, fecha y hora de constitución del mismo y de realización del primer ejercicio se publicarán en el Boletín Oficial de Bizkaia.

2. La publicación del anuncio de celebración del segundo y sucesivos

ejercicios, en su caso, se efectuará por el Tribunal de Selección en el Tablón de Anuncios del Serantes Kultur Aretoa con setenta y dos horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación del mismo.

Asimismo, el resultado y las calificaciones de los ejercicios aprobados y

las valoraciones de los méritos se publicarán por el Tribunal en el Tablón de Anuncios del Serantes Kultur Aretoa.

3. La información publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia y en el

Tablón de anuncios estará igualmente disponible, con efectos únicamente informativos, en la página web del Serantes Kultur Aretoa.

6.- Admisión de aspirantes.

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1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, mediante Resolución del Presidente del Serantes Kultur Aretoa se aprobará la relación de personas admitidas y excluidas, señalando las causas de exclusión y los casos en que proceda la subsanación de errores u omisiones existentes en la solicitud. La citada resolución se publicará en el Boletín Oficial de Bizkaia.

2. El plazo para solicitar la subsanación de errores u omisiones, a través

de los lugares señalados en el apartado 4.2, será de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la anterior resolución en el Boletín Oficial de Bizkaia. Posteriormente, La Presidencia del Serantes Kultur Aretoa dictará nueva resolución aprobando la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, resolución que se publicará en el Boletín Oficial de Bizkaia.

3. No podrá ser objeto de subsanación la presentación de la instancia

fuera de plazo ni la existencia de errores u omisiones en la documentación acreditativa de los méritos.

5. La admisión no supone la adquisición del derecho a no ser

excluidos/as durante la tramitación del proceso, independientemente de la realización o no de todas las pruebas, cuando como consecuencia de la verificación de los datos o documentación aportada, se observe que no se posee la totalidad de los requisitos exigidos para la admisión y participación en el proceso selectivo. En tal caso, el Tribunal actuante elevará la correspondiente propuesta de exclusión para que, previa audiencia de la persona interesada, la Presidencia del Serantes Kultur Aretoa dicte la resolución oportuna.

7.- Desarrollo del proceso selectivo.

1. Se convocará para cada ejercicio en llamamiento único, quedando

excluidas aquellas personas que no comparezcan a realizarlo. 2. Se deberá acudir a cada uno de los ejercicios de las respectivas

pruebas con el Documento Nacional de Identidad o, en su defecto, cualquier otro documento oficial que acredite suficientemente su identidad a juicio del Tribunal. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a para que acredite la identidad.

3. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los

ejercicios que deban realizarse por escrito, salvo que se decida su lectura en sesión pública, sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes, utilizando al efecto, impresos normalizados. El Tribunal excluirá a las personas en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer su identidad.

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4. El orden de actuación, cuando sea necesario para la realización de la prueba, se iniciará alfabéticamente previo sorteo que se celebrará por el Tribunal antes de la realización de la prueba.

8.- Tribunales Calificadores.

1. Mediante Resolución del Presidente del Serantes Kultur Aretoa se concretará la designación de miembros del Tribunal de selección, así como el lugar, la fecha y la hora de constitución del Tribunal y de realización del primer ejercicio.

2. La composición del Tribunal se ajustará a las siguientes reglas: a) El Tribunal tendrá carácter colegiado y estará formado por un/a (1)

Presidente/a, un/a (1) Secretario/a y cuatro (4) Vocales. b) Su designación se ajustará a los principios de imparcialidad y

profesionalidad de sus miembros e, igualmente, se tenderá a la paridad entre mujer y hombre. Al menos la mitad de miembros con derecho a voto deberán poseer una titulación correspondiente a la misma área de conocimientos que la exigida para el ingreso y la totalidad de igual o superior nivel académico.

c) La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no

pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. d) El personal de elección o de designación política, el personal

funcionario interino y el eventual no podrán formar parte del Tribunal. 5. El Tribunal podrá decidir la incorporación a sus trabajos de asesores

que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas en todas o algunas de las pruebas del proceso selectivo.

6. Para la válida actuación del Tribunal se requerirá la asistencia de

quienes ostenten la Presidencia y Secretaria, o de quienes les sustituyan, y de la mitad al menos de los/las vocales. Los acuerdos serán adoptados por el voto favorable de la mayoría de miembros presentes del Tribunal, resolviendo en caso de empate el voto de calidad de la Presidencia. El procedimiento de actuación del Tribunal, en todo lo no previsto en estas Bases, se ajustará a lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

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7. Quienes formen parte de los Tribunales deberán abstenerse, notificándolo a la Presidencia del Serantes Kultur Aretoa, y las persona aspirantes podrán promover su recusación, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. Asimismo, queda expresamente prohibida la designación y la actuación como miembros del Tribunal y que colaboradores o asesores, a las personas que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria correspondiente, en cuyo caso, deberá procederse de igual manera que en los supuestos de abstención.

8. El Tribunal calificador será el único capacitado para resolver cuantas

dudas y cuestiones se presenten en torno a la interpretación de las Bases de la convocatoria y para tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de proceso selectivo, en todo aquello que no esté previsto en la normativa legal aplicable o en las propias Bases.

9. Los acuerdos del Tribunal podrán ser impugnados por las personas

interesadas en la forma y plazos señalados en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

9.- Procedimiento de selección y calificación de los ejercicios.

1. La selección se llevará a cabo mediante los sistemas de oposición, concurso o concurso–oposición, según lo previsto en las Bases Específicas de cada convocatoria.

2. En los procesos selectivos podrá establecerse, como una fase más del procedimiento, la superación de cursos de formación y periodos de prácticas, de acuerdo con lo previsto en las Bases Específicas.

3. Si el procedimiento de selección incluyera una fase de concurso, sin perjuicio de las especialidades previstas en las Bases Específicas para cada uno de los procesos, se observarán las siguientes reglas:

a) Se presentarán, dentro del plazo de presentación de instancias, los documentos acreditativos de los méritos. Únicamente se admitirá como acreditación válida la presentación de documentos originales o copias compulsadas, teniéndose por no acreditados los méritos correspondientes en caso contrario.

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b) No serán valorados aquellos méritos que no se encuentren debidamente justificados en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias o que se basen exclusivamente en afirmaciones vertidas por la persona solicitante ni aquellos documentos que no contengan los datos que, según el baremo correspondiente, sean necesarios para valorar los méritos a que se refieran.

c) No serán objeto de valoración, en ningún caso, los cursos de

formación previstos como fases de procesos de selección para el acceso a la condición de personal funcionario, los cursos que formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación académica ni los cursos cuyo contenido sea idéntico a otros ya valorados.

d) Los méritos se valorarán tomando como referencia máxima la fecha

de finalización del plazo de presentación de instancias. 4. A los efectos de acreditación de los perfiles lingüísticos, su

convalidación y régimen de equivalencias se regirá por lo dispuesto en el Decreto 86/97, de 15 de abril (BOPV de 17 de abril de 1997), Decreto 263/98, de 6 de octubre (BOPV de 23 de octubre de 1998) o normativa que resulte vigente en el momento de la valoración.

El examen de Euskera, será común para todos los aspirantes y se planificará, organizará y desarrollará de conformidad con el sistema de convocatorias unificadas del I.V.A.P.

10.- Resultado del proceso.

1. La suma de los puntos obtenidos en cada una de las diferentes fases puntuables del proceso selectivo determinará el orden de clasificación. En caso de empate, éste se dirimirá a través de la realización de una prueba suplementaria que determine al efecto el Tribunal.

2. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios las calificaciones definitivas de las personas aprobadas, ordenando los mismos de mayor a menor puntuación total alcanzada y con indicación expresa de las personas seleccionadas, cuyo número no podrá exceder del de plazas convocadas, excepto cuando así lo prevea la propia convocatoria.

3. El Tribunal, remitirá a la Presidencia del Serantes Kultur Aretoa la

relación de personas aprobadas, por orden de puntuación, con propuesta expresa de nombramiento o contratación a favor de las personas seleccionadas, teniendo dicha propuesta carácter vinculante.

11.- Presentación de documentos.

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1. En el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a

aquel en que se hiciera público en el Tablón de anuncios del Serantes Kultur Aretoa el resultado del proceso, las personas seleccionadas deberán presentar a través del Registro del Organismo Autónomo los siguientes documentos:

a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad. b) Declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado/a para el

ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, en los términos del art. 56.1.d) del Estatuto Básico del Empleado Público, de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo I de estas Bases.

c) Certificado médico que acredite la capacidad funcional para el

desempeño de las tareas. Quienes tengan la condición de minusválidos deberán presentar certificación de aptitud para el desempeño de las funciones de la plaza correspondiente, expedida por el órgano competente de la Administración.

d) Justificación documental, debidamente compulsada, de los títulos u

otros requisitos que específicamente se fijen para cada proceso selectivo.

2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados anteriormente, podrá acreditarse el cumplimiento de las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.

3. Quienes tuvieran la condición de personal funcionario público estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro de Personal del Organismo Público del que dependiesen para acreditar su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

4. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no

presentasen la documentación o, del examen de la misma, se observara que carecen de alguno de los requisitos señalados en estas Bases, no podrá llevarse a cabo su contratación o nombramiento como personal funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidades en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial. En tal caso serán sustituidos siguiendo el orden de puntuación del resultado del proceso selectivo, previa presentación de los documentos citados en el apartado 11.1 anterior.

12.- Nombramiento y toma de posesión.

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1. La personal seleccionada que cumpla con las previsiones del

apartado 11 será objeto de nombramiento o contratación, debiendo tomar posesión del cargo, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que le sea notificado el nombramiento.

3. Se entenderá que la personal interesada renuncia al cargo si no toma

posesión en los plazos o términos señalados sin causa justificada, en cuyo caso se aplicará lo dispuesto en el apartado 11.4 de estas Bases.

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BASES ESPECÍFICAS

BASES ESPECÍFICAS DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL ORGANISMO AUTONOMO SERANTES KULTUR ARETOA.

1. Plaza vacante a cubrir.

1.1. Denominación: Auxiliar Administrativo/a. 1.2. Descripción: plaza incluida en la escala de Administración General,

subescala Auxiliar. 1.3. Grupo de clasificación C2. 1.4. Número de plazas: se convoca un total de 1 plaza. 1.5. Turno de acceso: para el acceso a la citada plaza tendrán

preferencia las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33%. No obstante, la plaza se ofrecerá por el turno de acceso libre en el supuesto de ningún aspirante con la indicada discapacidad supere el proceso selectivo, por no haber obtenido la puntuación mínima exigida para la superación de las correspondientes pruebas.

1.6. Perfil lingüístico: perfil lingüístico 2 preceptivo. 1.7. Funciones básicas: Serán funciones de la persona que ocupe la

plaza las que en cada momento establezca la estructura organizativa del Organismo Autónomo y, entre otras, las siguientes: Realizar tareas de mecanografía, despacho y gestión de correspondencia, cálculos aritméticos sencillos, utilización de máquinas, aparatos y programas informáticos, fax y fotocopiadoras; realizar tareas de archivo y control de documentos y correspondencia; confección de documentos, resoluciones o similares; tramitación de expedientes administrativos bajo directrices; atención e información a usuarios y en general realización de tareas administrativas bajo la supervisión de sus superiores.

2. Requisitos específicos.

2.1. Para la admisión y participación en las pruebas selectivas, además de los requisitos señalados en las Bases Generales, las personas aspirantes deberán estar en posesión, o haber abonado los derechos para su expedición, de la titulación de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado/a Escolar o Formación Profesional de primer grado o equivalente.

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2.2. Quienes participen por el turno reservado a personas minusválidas deberán tener reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33%. Las personas seleccionadas por este turno, además del resto de documentación prevista con carácter general, deberán presentar la documentación acreditativa del citado grado de discapacidad mediante certificación expedida por el órgano competente de la Administración (IMSERSO, Departamento competente de la Diputación Foral de Vizcaya o equivalente) y de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

3. Sistema de acceso. 3.1. La selección se realizará mediante el sistema de concurso-

oposición. 3.2. FASE DE CONCURSO: Se valorarán exclusivamente los siguientes

méritos, siempre que hayan sido debidamente justificados dentro del plazo de presentación de instancias y según el baremo y las puntuaciones máximas que se indican a continuación:

Los servicios prestados en las Administraciones Públicas hasta un

máximo de 10 puntos, según el siguiente baremo: Prestación de servicios en las Administraciones Públicas como Auxiliar

Administrativo/a, tanto como funcionario/a de carrera, funcionario/a interino/a, funcionario/a en prácticas o en régimen laboral fijo o temporal: 0,03 puntos por cada mes o fracción igual o superior a quince días. La puntuación se entenderá para jornadas completas, aplicándose un índice corrector proporcional en el caso de jornadas parciales, a cuyo efecto, el certificado correspondiente deberá indicar los datos y el porcentaje relativos a la jornada de trabajo.

La acreditación de los servicios prestados en la Administración Pública

se realizará mediante el correspondiente certificado expedido por el órgano competente. No se computarán los servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

En todo caso, la certificación deberá especificar los extremos señalados

en el párrafo anterior, relativos a periodos trabajados, porcentaje de jornada y plaza.

3.3. FASE DE OPOSICION: la oposición estará formada por los siguientes ejercicios:

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A) PRIMER EJERCICIO, OBLIGATORIO Y ELIMINATORIO: consistirá en la contestación a un cuestionario de 70 preguntas con 4 respuestas alternativas sobre las materias generales del programa adjunto. El Tribunal podrá añadir preguntas de reserva.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 30 puntos, debiendo

obtener cada aspirante un mínimo de 15 puntos para superarlo y aprobarlo, obteniendo en caso contrario la calificación de “no apto”. El tiempo de ejecución del ejercicio se determinará por el Tribunal en función de las características del mismo.

Cada respuesta correcta se calificará con 1 punto sobre 70 puntos

totales. Las respuestas incorrectas restarán 0,33 puntos sobre 70. Cada pregunta sin contestar o con más de una respuesta señalada como correcta o con tachaduras no válidas se calificará con cero puntos.

El Tribunal decidirá, a la vista de las puntuaciones obtenidas sobre 70

puntos totales y de manera previa a la identificación de los opositores, la puntuación considerada “aprobado” sobre 70, y después efectuará la traslación correspondiente para determinar la puntuación definitiva sobre 30 puntos.

B) SEGUNDO EJERCICIO, OBLIGATORIO Y ELIMINATORIO:

consistirá en la realización por escrito de una prueba con dos partes: - La parte teórica estará relacionada con cualquiera de las materias

comprendidas en la parte específica del programa adjunto. - La parte práctica estará relacionada con la realización de trámites

correspondientes a los procedimientos administrativos y/o con el funcionamiento de los órganos de las entidades locales.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 50 puntos, a razón de

25 puntos cada una de las partes, debiendo obtener cada aspirante en cada una de ellas un mínimo de 15 puntos para superar y aprobar el ejercicio, obteniendo en caso contrario la calificación de “no apto/a”. El tiempo de ejecución del ejercicio se determinará por el Tribunal en función de las características del mismo.

Se valorará el conocimiento y comprensión de la materia, la formación

general, la capacidad de síntesis, la claridad expositiva y la forma de presentación o expresión. Como resultado de la valoración de los criterios citados, se determinará la puntuación del ejercicio, que será igual a la media de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal con derecho a voto

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C) TERCER EJERCICIO, OBLIGATORIO Y ELIMINATORIO: consistirá en la realización de una prueba práctica planteada por el Tribunal, relacionada con la utilización del sistema operativo Windows así como de cualquiera de los siguientes programas: Word, Access y Excel.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 10 puntos, debiendo

obtener cada aspirante un mínimo de 6 puntos para superar y aprobar el ejercicio, obteniendo en caso contrario la calificación de “no apto”. El tiempo de ejecución del ejercicio se determinará por el Tribunal en función de las características del mismo.

En este ejercicio se tendrá en cuenta la utilización correcta de las

aplicaciones informáticas y la forma de presentación. Como resultado de la valoración de los criterios citados, se determinará la puntuación del ejercicio, que será igual a la media de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal con derecho a voto.

Podrán renunciar a la realización de la prueba, obteniendo la puntuación

máxima prevista, aquellos aspirantes que, con anterioridad a la realización del ejercicio, acreditaran la posesión de la IT Txartela en los tres módulos siguientes: Microsoft Word 2000 o versión superior avanzados, Microsoft Excel 2000 o versión superior avanzados y Microsoft Access 2000 o versión superior avanzados

D) CUARTO EJERCICIO: CONOCIMIENTOS DE EUSKERA:

Para el acceso a las plaza, el ejercicio será obligatorio y eliminatorio, y

consistirá en acreditar el conocimiento de Euskera a nivel de perfil lingüístico 2 mediante la realización de una prueba que se calificará como apto/a o no apto/a. Aquellas personas que tuvieran acreditado documentalmente el cumplimiento del perfil lingüístico 2 o superiores y equivalentes, según el sistema legal de convalidación, estarán exentos de la realización de la prueba y obtendrán la calificación de “apto/a”.

Si entre la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y

la de celebración de las pruebas de acreditación de perfiles lingüísticos de esta convocatoria se celebraran pruebas de acreditación de perfiles lingüísticos convocadas, los obtenidos en estas últimas convocatorias serán considerados como válidos a los efectos de este concurso, a fin de no duplicar la realización de pruebas.

3.4.- PERIODO DE PRÁCTICAS: La persona que obtenga la mejor calificación global, deberá superar un período de prácticas que no podrá exceder de 12 meses.

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Quien acceda al curso y período de prácticas, una vez presentada la documentación a que se refiere el apartado 11 de las Bases generales aplicables a la presente convocatoria, se le nombrará personal funcionario en prácticas. Esta fase se calificará como “apto/a” en cualquier momento del periodo de prácticas o como “no apto/a” a la finalización de cada uno de los trimestres en que se divide el periodo de prácticas.

La calificación se realizará por el responsable del periodo de prácticas que al efecto designe el Serantes Kultur Aretoa mediante la emisión de un informe motivado sobre la capacidad y condiciones de cada aspirante, junto con la correspondiente propuesta de nombramiento a favor de los aspirantes que hayan superado el referido periodo de prácticas.

El informe comprenderá, como mínimo, una valoración sobre los

siguientes aspectos: capacidad de análisis, capacidad para tomar decisiones, sentido de organización, sentido de responsabilidad, adaptabilidad y disposición para el trabajo en equipo así como conocimiento del trabajo.

La no superación de esta fase determinará la automática exclusión del proceso de selección y la perdida de cuantos derechos pudieran asistir a la persona aspirante para su nombramiento como personal funcionario de carrera.

TEMARIO

PARTE GENERAL

Tema 1. La Constitución española de 1978: significado de las ideas recogidas en el Título Preliminar. Derechos y deberes fundamentales.

Tema 2. Organización institucional del Estado: Gobierno, Cortes Generales y Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.

Tema 3. Organización territorial del Estado. Estado autonómico: bases constitucionales y sistema de competencias.

Tema 4. Estatuto de Autonomía del País Vasco: título preliminar, poderes del País Vasco, hacienda y patrimonio.

Tema 5. La Unión Europea: Antecedentes y naturaleza política de la Unión Europea. Instituciones y normas de la U.E..

PARTE ESPECÍFICA

Tema 6. Fuentes del derecho, en especial, la potestad reglamentaria y el

reglamento. La potestad reglamentaria en la esfera local: ordenanzas, reglamentos y bandos.

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Tema 7. La Administración pública: clases, principios y potestades. Tema 8. El acto administrativo: significado, clases y requisitos.

Instrucciones y órdenes de servicio. Tema 9. Procedimiento administrativo: significado, principios y fases. Tema 10. El Administrado: concepto y clases. Los interesados en el

procedimiento administrativo. Los derechos de los ciudadanos y el régimen de la actividad de las Administraciones Públicas.

Tema 11.Eficacia y ejecución de los actos administrativos. Tema 12. La dimensión temporal del procedimiento y la obligación de

resolver. Tema 13. La invalidez del acto administrativo. Revisión de los actos

administrativos. Revisión en vía administrativa, reclamaciones previas y control judicial.

Tema 14. Principios de la potestad sancionadora. Tema 15. Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora:

principios, fases y características principales. Tema 16. Régimen Local Español. Principios constitucionales y

regulación jurídica. Clases de entes locales. Tema 17. El municipio: concepto, potestades y elementos. Tema 18. La intervención de la Administración Pública en la actividad de

los particulares: significado y formas. Tema 19. Intervención de los Municipios en la actividad privada, con

especial referencia a las licencias Administrativas. Tema 20. Formas de gestión del servicio público local. Tema 21. Contratos administrativos: clases de contratos y características

principales del procedimiento de contratación. Tema 22. El presupuesto municipal: concepto, principios, estructura y

contenido. Procedimiento de aprobación. Tema 23. Hacienda municipal: clases de ingresos de los municipios.

Clases de bienes de las Entidades Locales. Tema 24. Clases de personal al servicio de las Administraciones

Públicas. Clasificación profesional.

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BASES ESPECÍFICAS

BASES ESPECÍFICAS DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE TECNICO DE COMUNICACION VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL ORGANISMO AUTONOMO SERANTES KULTUR ARETOA.

1. Plaza vacante a cubrir.

1.1. Denominación: Técnico/a de Comunicación. 1.2. Descripción: plaza incluida en la escala de Administración Especial,

subescala Técnica. 1.3. Grupo de clasificación C1. 1.4. Número de plazas: se convoca un total de 1 plaza por el turno de

promoción interna. 1.5. Perfil lingüístico 2 preceptivo 1.6. Funciones básicas: Serán funciones de la persona que ocupe la

plaza las que en cada momento establezca la estructura organizativa del Organismo Autónomo y, entre otras, las siguientes: Organizar y gestionar toda la comunicación y publicidad del Serantes Kultur Aretoa relativa a la programación de actividades; gestionar la estrategia de captación de públicos; la esponsorización y mecenazgo para las actividades programadas; la gestión del alquiler y cesión de salas del Organismo Autónomo y el auxilio a la programación.

2. Requisitos específicos.

Para la admisión y participación en las pruebas selectivas, además de

los requisitos señalados en las Bases Generales, los funcionarios y funcionarias aspirantes deberán reunir las siguientes condiciones:

a) Ser funcionario/a de carrera del Organismo Autónomo “Serantes

Kultur Aretoa” en plazas del mismo Grupo o del Grupo inmediatamente inferior. b) Hallarse en situación de servicio activo o servicios especiales en el

Grupo o Escala de procedencia. c) Haber completado dos años de servicio como funcionario/a de carrera

en la plaza de procedencia. d) Estar en posesión, o haber abonado los derechos para su expedición,

de cualquiera de las siguientes titulaciones: Bachiller Superior o equivalente. 3. Sistema de acceso

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3.1. La selección se realizará mediante el sistema de concurso-oposición.

3.2. FASE DE CONCURSO: se valorarán exclusivamente los siguientes

méritos, siempre que hayan sido debidamente justificados dentro del plazo de presentación de instancias y según el baremo y las puntuaciones máximas que se indican a continuación:

a) Los servicios prestados en las Administraciones Públicas tanto como

funcionario/a de carrera, funcionario/a interino/a, funcionario/a en prácticas o en régimen laboral fijo o temporal, se valorarán con un máximo de 6 puntos, según el siguiente criterio: 0,03 puntos por cada mes o fracción igual o superior a quince días. La puntuación se entenderá para jornadas completas, aplicándose un índice corrector proporcional en el caso de jornadas parciales, a cuyo efecto, el certificado correspondiente deberá indicar los datos y el porcentaje relativos a la jornada.

En todo caso, la certificación deberá especificar los extremos señalados

en el párrafo a) anterior, relativos a periodos trabajados, porcentaje de jornada y plaza.

b) Titulaciones académicas o cursos de formación relevantes para la

plaza a cubrir hasta un máximo de 4 puntos según el siguiente Baremo: Licenciaturas 1 punto; Diplomaturas, Masters y Cursos de Postgrado, 0,50 puntos; Cursos, seminarios y jornadas relacionadas con la comunicación, el periodismo, la publicidad y la gestión cultural, 0,30 puntos por cada uno de ellos con duración igual o superior a 10 horas.

3.3. FASE DE OPOSICION: la oposición estará formada por los

siguientes ejercicios:

A) PRIMER EJERCICIO, OBLIGATORIO Y ELIMINATORIO: consistirá en la realización por escrito de una prueba teórica relacionada con cualquiera de las materias comprendidas en el programa adjunto.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 30 puntos, debiendo

obtener cada aspirante un mínimo de 15 puntos para superar y aprobar el ejercicio, obteniendo en caso contrario la calificación de “no apto/a”. El tiempo de ejecución del ejercicio se determinará por el Tribunal en función de las características del mismo.

B) SEGUNDO EJERCICIO, OBLIGATORIO Y ELIMINATORIO:

Consistirá en la realización por escrito de un caso práctico relacionado con las funciones de la plaza cuya puntuación máxima será de 30 puntos, debiendo obtener cada aspirante un mínimo de 15 puntos para superar y aprobar el ejercicio, obteniendo en caso contrario la calificación de “no apto/a”. El tiempo

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de ejecución del ejercicio se determinará por el tribunal en función de las características del mismo.

En ambos ejercicios se valorará el conocimiento y comprensión de la

materia, la formación general, la capacidad de síntesis, la claridad expositiva y la forma de presentación o expresión. Como resultado de la valoración de los criterios citados, se determinará la puntuación del ejercicio, que será igual a la media de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal con derecho a voto.

C) TERCER EJERCICIO: CONOCIMIENTOS DE EUSKERA:

Para el acceso a la plaza, el ejercicio será obligatorio y eliminatorio, y

consistirá en acreditar el conocimiento de euskera a nivel de perfil lingüístico 2 mediante la realización de una prueba que se calificará como apto/a o no apto/a. Aquellas personas que tuvieran acreditado documentalmente el cumplimiento del perfil lingüístico 2 o superiores y equivalentes, según el sistema legal de convalidación, estarán exentos de la realización de la prueba y obtendrán la calificación de “apto/a”.

Si entre la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y

la de celebración de las pruebas de acreditación de perfiles lingüísticos de esta convocatoria se celebraran pruebas de acreditación de perfiles lingüísticos convocadas, los obtenidos en estas últimas convocatorias serán considerados como válidos a los efectos de este concurso, a fin de no duplicar la realización de pruebas.

TEMARIO Tema 1- Ocio, cultura y estilos de vida Tema 2- Cultura y ciudad Tema 3- La Política Cultural. Decálogo de la Política Cultural Tema 4- El Plan Estratégico de Comunicación Tema 5- La identidad e Imagen corporativa Tema 6- La comunicación interna en las organizaciones Tema 7- La comunicación en situaciones de crisis Tema 8- La comunicación digital Tema 9- la comunicación cultural en el ámbito local Tema 10- El Gabinete de Prensa Tema 11- La relación con los Medios de Comunicación Tema 12- El protocolo en la organización de actos institucionales Tema 14- La publicidad

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Tema 15- La gestión del Marketing Cultural Tema 16- Los eventos y la comunicación Tema 17- Las políticas públicas de creación de demanda cultural Tema 18- La fidelización de audiencias Tema 19- Las diferentes categorías de públicos Tema 20- La consolidación y la captación de público Tema 21- Los Derechos de Propiedad Intelectual Tema 22- La contratación artística en la administración pública Tema 23- El Mecenazgo y el Patrocinio Tema 24- La Administración Pública y asociacionismo Tema 25- La gestión de los espacios culturales de proximidad Tema 26- Los Servicios Públicos de Artes Escénicas Tema 27- Espacios escénicos y comunicación Tema 29- Industria cinematográfica y comunicación Tema 30- Fiestas Patronales y comunicación Tema 31- El tejido asociativo de Santurtzi Tema 32- La actividad cultural en Santurtzi

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BASES ESPECÍFICAS

BASES ESPECÍFICAS DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE TECNICO DE PROGRAMACION VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL ORGANISMO AUTONOMO SERANTES KULTUR ARETOA.

1. Plaza vacante a cubrir.

1.1. Denominación: Técnico/a de Programación. 1.2. Descripción: plaza incluida en la escala de Administración Especial,

subescala Técnica. 1.3. Grupo de clasificación C1. 1.4. Número de plazas: se convoca un total de 1 plaza por el turno de

acceso libre. 1.5. Perfil lingüístico 3 preceptivo 1.6. Funciones Básicas: Serán funciones de la persona que ocupe la

plaza las que en cada momento establezca la estructura organizativa del Organismo Autónomo y, entre otras, las siguientes:

-Programar, organizar, coordinar, supervisar y evaluar las actividades culturales y festivas promovidas por el SKA.

-Búsqueda de actividades culturales de interés para el Municipio. -Proponer contrataciones artísticas y búsqueda de proveedores para la

realización de actividades. -Recoger la demanda de la población y dinamizar el tejido asociativo

local. -Realizar tareas de apoyo administrativo en el ámbito de los cometidos

anteriormente indicados, como seguimiento de expedientes, elaboración de informes y tramitación de facturas.

-Cualesquiera otras tareas encomendadas acordes con la calificación requerida para el puesto.

2. Requisitos específicos.

Para la admisión y participación en las pruebas selectivas, además de

los requisitos señalados en las Bases Generales, las personas aspirantes deberán estar en posesión de alguno de los títulos siguientes:

-Título de Técnico Superior en Animación Socio Cultural (F.P.

Grado superior) -Título de Animador/a Socio Cultural reconocido por la Comunidad

Autónoma competente (en el País Vasco de conformidad con la Orden de 30 de agosto de 1988 del Departamento de Cultura y Turismo) y Título de Bachiller Superior o equivalente.

-Título de Bachiller Superior junto con master, curso de postgrado o diploma en alguna de las siguientes especialidades: Gestión Cultural,

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Animación Sociocultural, Educación de Adultos o Políticas de Igualdad, con una duración mínima en cualquiera de ellos de 150 horas, debidamente acreditadas mediante diploma o certificado de asistencia.

3. Sistema de acceso 3.1. La selección se realizará mediante el sistema de concurso-

oposición. 3.2. FASE DE CONCURSO: se valorarán exclusivamente los siguientes

méritos, siempre que hayan sido debidamente justificados dentro del plazo de presentación de instancias y según el baremo y las puntuaciones máximas que se indican a continuación:

a) Experiencia profesional: Se valorará con un máximo de 5 puntos los

servicios prestados por cuenta ajena, en régimen administrativo o laboral en administraciones públicas desempeñando funciones similares a las de la plaza, según el siguiente baremo: 1 punto por cada año o fracción igual o superior a 6 meses de servicio

b) Titulaciones académicas que guarden relación directa con las

funciones de la plaza a cubrir hasta un máximo de 1,50 puntos, según el siguiente Baremo: Título superior 1 punto; Títulos de grado medio/diplomatura, Masteres y Postgrados 0,50 puntos.

No se valorarán en este apartado las titulaciones acreditadas como

requisitos específicos para la admisión en el proceso selectivo. c) Cursos en materias relacionadas con las funciones de la plaza hasta

un máximo de 1 punto según el siguiente baremo: -Cursos de duración igual o superior a 15 horas y menos de 30 horas

0,10 puntos por cada curso. -Cursos de duración igual o superior a 30 horas y menos de 50 horas

0,50 puntos por cada curso. -Cursos superiores a 50 horas, 0,50 puntos por curso. Se valorarán aquellos cursos que hayan sido impartidos por centros

oficiales y concertados que se acrediten debidamente mediante diploma o certificado de aptitud en los que debe constar las horas lectivas correspondientes a cada uno de ellos.

No se valorarán los cursos que se hayan tenido en cuenta como

requisito específico para la admisión en el proceso selectivo

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3.3. FASE DE OPOSICION: la oposición estará formada por los siguientes ejercicios:

A) PRIMER EJERCICIO, OBLIGATORIO Y ELIMINATORIO: consistirá en la contestación a un cuestionario de preguntas tipo test, con respuestas alternativas sobre las materias generales del programa adjunto. El Tribunal podrá añadir preguntas de reserva.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 5 puntos, debiendo

obtener cada aspirante un mínimo de 2,5 puntos para superarlo y aprobarlo, obteniendo en caso contrario la calificación de “no apto”. El tiempo de ejecución del ejercicio se determinará por el Tribunal en función de las características del mismo.

B) SEGUNDO EJERCICIO, OBLIGATORIO Y ELIMINATORIO:

Consistirá en la realización por escrito de una prueba teórica relacionada con cualquiera de las materias específicas del programa adjunto.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 30 puntos, debiendo

obtener cada aspirante un mínimo de 15 puntos para superar y aprobar el ejercicio, obteniendo en caso contrario la calificación de “no apto/a”. El tiempo de ejecución del ejercicio se determinará por el Tribunal en función de las características del mismo.

Se valorará la formación, la claridad y orden de las ideas, la facilidad de

exposición escrita, la aportación personal del/de la aspirante y su capacidad de síntesis.

C) TEST PSICOTECNICO, OBLIGATORIO: consistirá en la realización

de las siguientes pruebas:

- Prueba dirigida a la evaluación del nivel de inteligencia, capacidad de abstracción y concreción, capacidad verbal-nemotécnica y razonamiento numérico. La puntuación máxima de este ejercicio será de 10 puntos.

- Prueba psicotécnica dirigida a determinar las actitudes de las personas para el desempeño del puesto. La puntuación máxima de este ejercicio será de 10 puntos.

- Prueba de personalidad encaminada a evaluar los rasgos de personalidad general, factores psicopatológicos y nivel de ajuste de la personalidad al perfil de idoneidad para el desempeño de las funciones propias de la plaza. La puntuación máxima de este ejercicio será de 10 puntos.

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D) TERCER EJERCICIO, OBLIGATORIO Y ELIMINATORIO: Consistirá en la realización por escrito de un caso práctico relacionado con las funciones de la plaza cuya puntuación máxima será de 30 puntos, debiendo obtener cada aspirante un mínimo de 15 puntos para superar y aprobar el ejercicio, obteniendo en caso contrario la calificación de “no apto/a”. El tiempo de ejecución del ejercicio se determinará por el tribunal en función de las características del mismo.

En el ejercicio se valorará el conocimiento y comprensión de la materia,

la formación general, la capacidad de síntesis, la claridad expositiva y la forma de presentación o expresión.

E) CUARTO EJERCICIO: CONOCIMIENTOS DE EUSKERA:

Para el acceso a las plaza, el ejercicio será obligatorio y eliminatorio, y

consistirá en acreditar el conocimiento de Euskera a nivel de perfil lingüístico 3 mediante la realización de una prueba que se calificará como apto/a o no apto/a. Aquellas personas que tuvieran acreditado documentalmente el cumplimiento del perfil lingüístico 3 o superiores y equivalentes, según el sistema legal de convalidación, estarán exentos de la realización de la prueba y obtendrán la calificación de “apto/a”.

Si entre la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y

la de celebración de las pruebas de acreditación de perfiles lingüísticos de esta convocatoria se celebraran pruebas de acreditación de perfiles lingüísticos convocadas, los obtenidos en estas últimas convocatorias serán considerados como válidos a los efectos de este concurso, a fin de no duplicar la realización de pruebas.

TEMARIO

PARTE GENERAL

Tema 1- La Constitución Española de 1978. Principios generales. Organización territorial del Estado Tema 2- El Estatuto de Autonomía. Su título preliminar. Competencias de la Comunidad Autónoma Vasca

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Tema 3- El Municipio. Historia. Clases de entes locales en el Derecho Español Tema 4- Competencias Locales. Especial referencia a la vertebración del sistema competencial en materia cultural en el País Vasco Tema 5- Órganos de gobierno y Administración del Municipio Tema 5- El Procedimiento Administrativo común. Principios generales, naturaleza y fases. Tema 6- El Acto Administrativo. Requisitos y clases. Causas de nulidad y anulabilidad. La revisión de oficio y la revocación de los actos administrativos Tema 7- La Función Pública Local y su organización. Derechos y deberes de los funcionaros/as públicos/as Tema 8- Las formas de gestión de los Servicios Municipales Tema 9- Los contratos administrativos en la esfera local. Clases. Sistemas de contratación Tema 10- Recursos de las Haciendas Locales. Clases. El gasto: Fases para su gestión. El presupuesto de las entidades locales

PARTE ESPECÍFICA

Tema 1- La cultura: Definición y evolución histórica Tema 2- Ocio, cultura y estilos de vida Tema 3- La Política Cultural Tema 4- Cultura y ciudad Tema 5- Modelos de intervención de los poderes públicos en materia de cultura Tema 6-Definición de programas culturales por objetivos, su gestión y seguimiento Tema 7- La evaluación de los programas culturales: fundamentos y modelos Tema 8- Los agentes culturales en la dinamización cultural local Tema 9- Modelos de participación de la ciudadanía en la cultura Tema 10- El asociacionismo cultural: problemas y perspectivas de futuro Tema 11- Diversidad cultural e identidad cultural Tema12- Los equipamientos culturales de proximidad: fundamentos y organización Tema 13- Los estudios de viabilidad en el diseño de un equipamiento cultural Tema 14- La cultura en la sociedad del conocimiento: retos y oportunidades Tema 15- El patrimonio cultural: Tipos y políticas locales para su conservación y difusión

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Tema 16- La cultura popular y tradicional: su papel en la acción sociocultural local Tema 17- La fiesta como espacio cultural en el municipio Tema 18- La organización de actividades culturales al aire libre Tema 19- Planificación, diseño y producción de exposiciones temporales Tema 20- Los circuitos de distribución y exhibición teatral en España y el País Vasco Tema 21- La promoción de las artes Escénicas en el ámbito local Tema 22- La promoción de las Artes Visuales en el ámbito local Tema 23- La captación de públicos en las actividades culturales Tema 24- El papel de los eventos culturales en el marco de una política cultural local Tema 25- Las Industrias culturales y la política cultural municipal Tema 26- La producción de actividades culturales: análisis de costes y gestión de recursos materiales y humanos Tema 27- Actividades culturales y su comunicación Tema 28- La fijación de precios en las actividades culturales municipales Tema 29- La contratación artística en la administración pública Tema 30- El patrocinio de las actividades culturales Tema 31- La propiedad intelectual: concepto e implicación en la política cultural municipal Tema 32- Recursos culturales de Santurtzi