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31 ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA Nº 0281 -2013/GOB.REG.HVCA/CEP CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES – HUANCAVELICA” SEGUNDA CONVOCATORIA GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA BASES ADMINISTRATIVAS ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 0281 - 2013/GOB.REHVCA/CEP SEGUNDA CONVOCATORIA VALOR REFERENCIAL S/. 34,000.00 CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES – HUANCAVELICA”

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ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA Nº 0281 -2013/GOB.REG.HVCA/CEPCONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA

DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES – HUANCAVELICA”SEGUNDA CONVOCATORIA

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

BASES ADMINISTRATIVASADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 0281

-2013/GOB.REHVCA/CEP SEGUNDA CONVOCATORIA

VALOR REFERENCIAL S/. 34,000.00COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE

HUANCAVELICA, JUNIO DE 2013

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN LETRINAS EN

EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES –

HUANCAVELICA”

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SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

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CAPÍTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1. BASE LEGAL

- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.- Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

Estado, en adelante el Reglamento.- Directivas del OSCE.- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.- Código Civil.- Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.- Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción

de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2. CONVOCATORIA

Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integrada las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.

La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.

IMPORTANTE:

Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

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1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo de dos (2) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 y 57 del Reglamento.

1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

La decisión que tome el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los Artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no podrá exceder de dos (2) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.

De haberse presentado observaciones, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.

IMPORTANTE:

No se absolverán consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6. ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE

El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE.

Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y

3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

El Comité Especial, o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.

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La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.

1.7. INTEGRACIÓN DE LAS BASES

Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.

Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

El Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:

1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.

2. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.

3. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

Corresponde al Comité Especial o al órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento.

De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.8. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN

Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.

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En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.

Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)

En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.

1.9. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS1

En caso la presentación de propuestas se realice en ACTO PÚBLICO, debe tenerse en consideración lo siguiente:

La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.

El acto se inicia cuando el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

IMPORTANTE:

En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.

1 De acuerdo con lo establecido en el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación de Menor Cuantía puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases.

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En el caso que el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.

En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos –siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas–, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.

En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.

Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.

En caso la presentación de propuestas se realice en ACTO PRIVADO, debe tenerse en consideración lo siguiente:

Los participantes presentarán sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en el lugar, el día y horario señalados en la sección específica de las Bases, bajo responsabilidad del Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda.

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Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.IMPORTANTE:

En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que pueda presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.

1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:

La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

IMPORTANTE:

Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.2

1.11. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:

Propuesta Técnica : 100 puntosPropuesta Económica : 100 puntos

1.11.1. EVALUACIÓN TÉCNICA

En caso se hubiese previsto la presentación de propuestas en ACTO PÚBLICO, en la evaluación debe tenerse en consideración lo siguiente:

Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan

2 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre.

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dichos requerimientos no serán admitidas.

Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial, o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, tendrá la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

En caso se hubiese previsto la presentación de propuestas en ACTO PRIVADO, en la evaluación debe tenerse en consideración lo siguiente:

Se procederá a la apertura de las propuestas técnicas presentadas y se verificará que contengan los documentos de presentación obligatoria y cumplan con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos –siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas– se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.

IMPORTANTE:

En tanto OSCE no comunique a través de su portal institucional la implementación del mecanismo de notificación electrónica en el SEACE para la Entidad, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, deberá notificar al postor el requerimiento de subsanación de la propuesta técnica en forma personal, conforme a lo dispuesto por la Décima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento.

En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se tendrá por no admitida. El Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, incluirá el motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que se publicará en el SEACE, debiendo devolver los sobres que contienen la propuesta técnica y económica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro.

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Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, tendrá la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

En caso de la descalificación de la propuesta, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, incluirá el motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que publicará en el SEACE.

1.11.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA

Si la propuesta económica excede el valor referencial o es menor al noventa por ciento (90%) del mismo, será devuelta por el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, y se tendrá por no admitida, en aplicación del artículo 33 de la Ley y el artículo 39 del Reglamento.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPEOi

Donde:i = PropuestaPi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajoPMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

IMPORTANTE:

En caso se convoque el proceso bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.

Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo

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financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.

1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PÚBLICO, debe tenerse en consideración lo siguiente:

En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última.

El Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido en las bases.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.

IMPORTANTE:

En el caso de contratación de servicios ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignará una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas técnica y económica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestará el servicio objeto del proceso de selección o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio será el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP.3

El Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.

Al terminar el acto público se levantará un acta, el cual será suscrito por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, y por los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

3 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: www.rnp.gob.pe.

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En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PRIVADO debe tenerse en consideración lo siguiente:

El Comité especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido en las bases.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.

IMPORTANTE:

En el caso de contratación de servicios ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignará una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas técnica y económica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestará el servicio objeto del proceso de selección o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio será el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP. 4

El Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.

Al terminar el acto se levantará un acta, la cual será suscrita por todos los miembros del Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, así como por los veedores, de ser el caso.

El otorgamiento de la Buena Pro se publicará y se entenderá notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, bajo responsabilidad del Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo.

1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.

4 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: www.rnp.gob.pe.

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CAPÍTULO IISOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 RECURSO DE APELACIÓN

A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.

El recurso de apelación se presenta ante la Entidad que convocó el proceso de selección y es resuelto por el Titular de la Entidad o el funcionario a quien se le haya delegado dicha facultad.

Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

2.2 PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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CAPÍTULO IIIDEL CONTRATO

3.1 DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.

En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 148 del Reglamento.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI). Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los

documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.

3.2 VIGENCIA DEL CONTRATOEn aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta el consentimiento de la liquidación final y se efectúe el pago correspondiente.

3.3 ADELANTOSLa Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el artículo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases.

En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.

3.4 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio de consultoría y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.

De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del

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monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

3.5 CONFORMIDAD DEL SERVICIO

La conformidad del servicio es responsabilidad del órgano de administración o, en su caso, del órgano establecido en las Bases, sin perjuicio de lo que se disponga en las normas de organización interna de la Entidad.

Adicionalmente, la conformidad requiere un informe del funcionario responsable del área usuaria, quien deberá verificar el cumplimiento de las condiciones contractuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento.

De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

3.6 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

El procedimiento para la liquidación del contrato de consultoría de obra que deberá observarse, es el que se encuentra descrito en el artículo 179 del Reglamento.

3.7 PAGOS

La Entidad deberá efectuar el pago a favor del contratista en la forma y oportunidad establecida en las Bases o en el contrato, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos ejecutados, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

El pago comprende la cancelación del saldo resultante de la liquidación del contrato, de ser el caso.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

3.8 DISPOSICIONES FINALESTodos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

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CAPÍTULO IGENERALIDADES

1.1. . ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre : GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

RUC Nº : 20486020882

Domicilio legal : JR. TORRE TAGLE Nº 336 DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA

Teléfono/Fax: : 067 – 452891 Anexo 1127

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación del servicio de: CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES – HUANCAVELICA”.

1.3. VALOR REFERENCIAL5

El valor referencial asciende a S/.34,000.00 (TREINTA Y CUATRO MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de JUNIO. Los límites máximos y mínimos del valor referencial total ascienden a:

90 % DEL VALOR REFERENCIAL VALOR REFERENCIAL

S/. 30,600.00

(TREINTA MIL SEISCIENTOS CON 00/100)

S/. 34,000.00

(TREINTA Y CUATRO MIL CON 00/100)

Las propuestas que excedan el valor referencial y aquellas que fueren inferiores al noventa por ciento (90%) del mismo serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas.

1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

El expediente de contratación fue aprobado mediante Memorándum Nº 1480 -2013/GOB.REG.HVCA/GGR-ORA, el 04 de junio de 2013.

1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

(5) Recursos determinados, correspondiente al Ejercicio Fiscal del año 2013

1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN

5 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

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El presente proceso se rige por el sistema A SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El servicio de consultoría de obra a contratar está definido en los Requerimiento Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.

1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El servicio de consultoría de obra materia de la presente convocatoria se prestará en el plazo de sesenta (60) días calendarios a partir del día siguiente de suscrito el contrato. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.

1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES

El costo es de S/ 7.00 Nuevos Soles

1.10. BASE LEGAL

Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y demás normas señaladas en la Sección General, Capítulo I numeral 1.2, de las presente Base.Las referidas norma incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

Ley Nº 29952 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal 2012.

Ley Nº 29873 Ley que modifica el decreto legislativo 1017 Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en

adelante la Ley. Directivas del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Código Civil. Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.

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CAPÍTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN 6

ETAPAS DEL PROCESO FECHAS

Convocatoria 04 de Junio de 2013

Registro de Participantes

Del 05 de Junio al 12 de Junio de 2013 (08:30-17:30 Horas)

Oficina de Logística – Quinto Piso del Gobierno Regional de Huancavelica, sito en

el Jr. Torre Tagle Nº 336 Cercado de Huancavelica.

Presentación de consultas y observaciones

Del 05 al 06 de Junio 2013

Absolución de consultas y observaciones El 10 de Junio de 2013

Integración de Bases El 11 de Junio de 2013

Presentación de Propuestas

El 14 de Junio de 2013 (08:30-17:30 Horas) En la Unidad de Procesos – Quinto Piso del Gobierno Regional de Huancavelica, sito en

el Jr. Torre Tagle Nº 336 Cercado de Huancavelica.

Calificación y Evaluación de Propuestas(ACTO PRIVADO)

El 17 de Junio de 2013

Otorgamiento de Buena Pro(A TRAVÉS DEL SEACE)

El 17 de Junio de 2013

IMPORTANTE :

Debe tenerse presente que en un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, entre la convocatoria y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo seis (6) días hábiles.

2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de los participantes es gratuito y se realizará en el Área de Procesos 5to piso -Oficina de Logística sito en Jr. Torre Tagle Nº 336 - Cercado de Huancavelica, en las fechas señaladas en el cronograma, en horario de 08:30 am a 17:30 pm horas.

En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectúo el registro, así como el día y hora de dicha recepción.

2.3. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES6 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma

de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

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Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de la, Unidad de Proceso Quinto Piso, sito en Jr. Torre Tagle Nº 336 - Cercado de Huancavelica, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 17:30 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA Nº 0281 - 2013/GOB.REG.HVCA/CEP – SEGUNDA CONVOCATORIA, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrónico: [email protected] o yulycs14@ hotmail.com

2.4. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS7

ACTO PRIVADO:

Los participantes presentarán sus propuestas en sobre cerrado, en la en la ventanilla de la Oficina de Proceso Quinto Piso, sito en Jr. Torre Tagle Nº 336 - Cercado de Huancavelica, en la fecha y horario señalados en el cronograma, bajo responsabilidad del Comité Especial o del órgano encargado de las contrataciones, según corresponda.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial o al órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, la ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA Nº 0281 - 2013/GOB.REG.HVCA/CEP – SEGUNDA CONVOCATORIA, conforme al siguiente detalle:

SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

7 De acuerdo con lo establecido en el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Aadjudicación de Menor Ccuantía puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases.

SeñoresGOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICAJr. Torre Tagle Nº 336 - Cercado de HuancavelicaAtt.: Comité Especial Permanente

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA Nº 0281 - 2013/GOB.REG.HVCA/CEP Denominación de la convocatoria: CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES – HUANCAVELICA”

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

SeñoresGOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICAJr. Torre Tagle Nº 336 - Cercado de HuancavelicaAtt.: Comité Especial Permanente

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA Nº 0281 - 2013/GOB.REG.HVCA/CEP Denominación de la convocatoria: CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES – HUANCAVELICA”.

SOBRE N° 1: PROPUESTA ECONÓMICA[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

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2.5.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA

Se presentará en un original y dos copias.

El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos8, la siguiente documentación:

Documentación de presentación obligatoria:

a) Declaración jurada de datos del postor.Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1).

b)Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección9 (Anexo Nº 2). La declaración jurada deberá estar acompañada de todos los documentos solicitados en el capítulo III de las bases.

c) Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3).En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.

d)Promesa de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4)

La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.

Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

e) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio (Anexo Nº 5). IMPORTANTE:

La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.

Documentación de presentación facultativa:

a) Certificado de inscripción o reinscripción en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso10.

8 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

9 El Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento, en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.

10 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del

Reglamento.

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b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad11.

c) Factor experiencia en la actividad: Copia simple de contratos y su respectiva conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor en la actividad.

d) Factor experiencia en la especialidad: Copia simple de contratos y su respectiva conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en la especialidad.

e) Factor experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto: Para acreditar el factor experiencia del personal profesional propuesto, se presentará copia simple de: contratos de trabajo, constancias o certificados.

f) Factor mejora a las condiciones previstas: Se acreditará mediante la presentación de una declaración jurada.

IMPORTANTE:

En el caso de la ejecución de servicios de consultoría de obras que se presten fuera de las provincias de Lima y Callao podrá presentarse una solicitud de bonificación por servicios ejecutados en la provincia o provincias colindantes, según Anexo Nº 09.

IMPORTANTE:

En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada.

2.5.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA12

El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:

Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo Nº 8).

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

11 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.

12 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.

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IMPORTANTE:

La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro de los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento.

En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.

2.6. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL

Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor iPTi = Puntaje por evaluación técnica del postor iPEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

Se aplicarán las siguientes ponderaciones:

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica. = 0.70c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica. = 0.30

Donde: c1 + c2 = 1.00

IMPORTANTE:

En el caso de contratación de servicios que se presten fuera de las provincias de Lima y Callao debe consignarse lo siguiente:

“En caso se hubiese presentado dentro de la propuesta técnica la solicitud de bonificación por servicios ejecutados en la provincia o provincias colindantes (Anexo Nº 09), se asignará una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas técnica y económica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestará el servicio objeto del proceso de selección o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio será el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP.”

2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:

A. PERSONA NATURAL a. Declaración jurada de no estar inhabilitado para contratar con el Estadob. Código de cuenta interbancario (CCI)c. Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los

documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.

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d. Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.e. Copia de DNI del contratistaf. Copia del RUC del contratistag. Certificado de habilidad profesional (original).

B. PERSONA JURIDICA a) Declaración jurada de no estar inhabilitado para contratar con el Estado b) Código de cuenta interbancario (CCI).c) Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los

documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.

d) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contratoe) Copia de DNI del Representante Legal.f) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.g) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente

actualizado.h) Copia del RUC de la empresai) Certificado de habilidad profesional del profesional propuesto (original).

C. CONSORCIOEn caso de consorcios por cada integrante se presentara los documentos solicitados considerando si es persona natural y/o jurídica, incluyendo a toda la documentación para la presentación.

a) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes.b) Código de cuenta interbancario (CCI). presentará solo la persona y/o empresa

que estará encargada de realizar la facturación

2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción del contrato dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.

La citada documentación deberá ser presentada en la ventanilla de la Oficina de Proceso Quinto Piso, sito en Jr. Torre Tagle Nº 336 - Cercado de Huancavelica.

2.9. FORMA DE PAGO

La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en de la siguiente manera:

1er. Pago: Equivalente al veinte por ciento (20%) del Monto del Contrato, contra presentación de la Primera Etapa aprobada por La Entidad, Unidad de Infraestructura.

2do. Pago: Equivalente al treinta por ciento (30%) del Monto del Contrato, a la presentación del expediente técnico definitivo, previa aprobación de las etapas precedentes.

3do. Pago: Equivalente al cincuenta por ciento (50%) del Monto del Contrato, a la aprobación del Expediente Técnico, mediante Acto Resolutivo.

De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:

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- Recepción y conformidad será emitida por la DIRECCIÓN REGIONAL DE VIVIENDA CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO.

- Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada.

- Comprobante de pago recibos por honorarios.

2.10. PLAZO PARA EL PAGO

La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.

2.11. REAJUSTE DE LOS PAGOS

Se realizara de acuerdo a lo previsto en el numeral 3 del Artículo 49 del Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado.

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CAPÍTULO IIIREQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

ELABORACION DE EXPEDIENTE TECNICO: “CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACION DE LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN

JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES - HUANCAVELICA”

1. ASPECTOS GENERALES:1.1 Denominación del Expediente Técnico:

“CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACION DE LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES - HUANCAVELICA”, considerando la intervención en las localidades de Mitoccasa, Palestina, Huisiorcco, Pitinpata, Perccapampa, Colpapampa y Jatumpata del centro poblado de San Juan de Dios.

1.2 Componente de la Inversión:

Consultoría de Obra / Estudio Definitivo - Elaboración de Expediente Técnico de Obra.

2. INTRODUCCIÓN:El Gobierno Regional de Huancavelica, es un organismo de gobierno que afronta un gran reto en la gestión del desarrollo del Departamento de Huancavelica, de acuerdo a su lineamiento de Política dictados por el Sector y los alcances del Plan Estratégico Sectorial de carácter Multianual 2011-2014; así también con los Planes de Desarrollo Regional concertado del Gobierno Regional de Huancavelica.

El Gobierno Regional de Huancavelica a través de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, como órgano responsable de la elaboración de estudios definitivos de proyectos programados en el Ejercicio Presupuestal del presente año, se ha planteado elaborar el expediente técnico definitivo del proyecto: “CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACION DE LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES - HUANCAVELICA”, con la intervención en las localidades de Mitoccasa, Palestina, Huisiorcco, Pitinpata, Perccapampa, Colpapampa y Jatumpata del Centro Poblado de San Juan de Dios con la finalidad de brindar una óptima calidad de vida de la población a través de un conjunto de acciones orientadas a mejorar los servicios básicos de agua potable y saneamiento apropiado para cada localidad, garantizando el bienestar de la población.

La Dirección Regional de Vivienda, construcción y Saneamiento, con la finalidad de mejorar la Administración y Calidad de los Expedientes Técnicos ha formulado los términos de referencia donde se detalla claramente las exigencias, requisitos y plazos para la formulación, evaluación y aprobación del Expediente Técnico.

3. OBJETO DE LA CONSULTORIAEl objeto del es contratar a la persona natural o jurídica encargada de la elaboración del Expediente Técnico del proyecto: CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA

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POTABLE E INSTALACION DE LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES - HUANCAVELICA, los trabajos de gabinete, cuya información de campo y alcance está determinado en base al desarrollo del Proyecto.

El objetivo de la Consultoría materia de los Términos de Referencia, es la obtención del Expediente Técnico definitivo, sustentado en base a estudios básicos necesarios para el proyecto, los cuales estarán sujetos al proyecto de Pre-inversión y a las normatividades existentes en el Reglamento Nacional de Edificaciones, Obras de Saneamiento

El Consultor será responsable de todos los trabajos y estudios que realice en cumplimiento a los documentos contractuales y los presentes Términos de Referencia

El Expediente Técnico sustentado en base a estudios básicos, deben permitir la correcta ejecución de la obra CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACION DE LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES - HUANCAVELICA

Objetivos Específicos:

a. Tomar conocimiento puntual de las características y condiciones físicas, económicas, Técnicas, normativas, Estructurales climatológicas, topográficas, geológicas, etc., de las localidades a intervenir; Mitoccasa, Palestina, Huisiorcco, Pitinpata, Perccapampa, Colpapampa y Jatumpata del centro poblado de San Juan de Dios;

b. Definir las características técnicas de diseño Estructural, hidráulico, instalaciones Sanitarias, instalaciones especiales; del proyecto señalado.

c. Definir las especificaciones de construcción del proyecto indicado.d. Establecer el costo de la obra proyectada, así como el plazo mínimo de ejecución de la misma.e. El Expediente Técnico deberá ser elaborado de manera tal que, al momento de ejecutar la

Obra, no se haga necesaria la aprobación de partidas adicionales, o rectificaciones por omisiones, errores, falta de previsión o planificación; salvo casos extremos e imprevisibles, bajo exclusiva responsabilidad de El Consultor.

4. UBICACIÓN DEL PROYECTO:La ubicación del proyecto donde se efectuará la Consultoría de Obra, se encuentra en:

Ubicación:

Localidades : Mitoccasa, Palestina, Huisiorcco, Pitinpata, Perccapampa, Colpapampa y Jatumpata

Centro Poblado : San Juan de Dios

Distrito : Lircay

Provincia : Angaraes

Región : Huancavelica

5. GENERALIDADES DE LA ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO5.1 Sistema de Contratación:

A suma Alzada (contrata)

5.2 Entidad Contratante:

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Gobierno Regional de Huancavelica Sede Central, a la que se le denominará, para efectos de los presentes Términos de Referencia, como “La entidad”.

Gobierno Regional de Huancavelica Sede Central, oficina en el Jr. Torre Tagle Nº 336. Teléfono 452891

5.3 Modalidad de Ejecución Contractual:Con Financiamiento del Gobierno Regional de Huancavelica Sede Central

5.4 Plazo de Ejecución:60 DÍAS CALENDARIOS.

5.5 Fuente de Financiamiento:5 Recursos Determinados.

5.6 Valor Referencial:El presupuesto base para la Elaboración del Expediente Técnico: CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACION DE LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES - HUANCAVELICA, con un valor referencial de: TREINTA Y CUATRO MIL con 00 / 100 Nuevos Soles (S/. 34,000.00), Incluido el IGV.

5.7 Coordinación y Supervisión:La Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, será el encargado de supervisar los trabajos de la Consultoría, que implementará para el efecto un Equipo de Profesionales, que serán los encargados de efectuar el seguimiento de las actividades desarrolladas por la Consultoría, independientemente del proceso de revisión puntual del anteproyecto y proyecto, a fin de asegurar la calidad del servicio, cumplimiento de los términos de referencia y la oportunidad del mismo, de acuerdo al cronograma aprobado.

5.8 Característica del Servicio:Consultoría Externa; coordinación permanente con la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Comisión Regional de Evaluación de Expedientes Técnicos (CREET).

5.9 MARCO LEGAL, REGLAMENTARIO Y NORMATIVO DE LA CONSULTORIALa formulación del estudio a nivel de Perfil, además de los Lineamientos de Política Sectorial y el Marco de Modernización del Estado tuvo en cuenta las Normas vigentes vinculadas al presente estudio, y que se seguirá en la etapa de Expediente Técnico la siguiente Normatividad Técnica:

Reglamento Nacional de Edificaciones. Específicamente lo que se refiere a Obras de Saneamiento.

R.M. Nº 108-2011-VIVIENDA y su modificatoria RM Nº 201-2012-VIVIENDA Ley Nº 26338 – Ley General de servicios de saneamiento básico y sus

modificatorias. Ley Nº 27293 – Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y sus

modificatorias Ley Nº 28522 y Ley Nº 28802. Decreto Supremo Nº 102 – 2007 – EF – Aprueba el Reglamento de la Ley Nº

27293. Ley Nº 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría

General de la República. Resolución de Contraloría Nº 320-2006-CG Aprueban Normas Técnicas de

control Interno para el Sector Público

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Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG. Normas que regulan la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa

Resolución Directoral Nº 003 – 2011-EF/68.01 que aprueba la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública N 001 – 2011-EF/68.01

Decreto Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Decreto supremo Nº 083-2004-PCM Texto Único Ordenado de la Ley de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Decreto supremo Nº 084-2004-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y

Adquisiciones del Estado. Directiva General Nº 006-2009/GOB.REG.HVCA/GRPPyAT-SGDIIyE “Normas Y

Procedimientos para la formulación de Expedientes Técnicos de los proyectos de Inversión, a ejecutarse bajo la modalidad de Administración Directa y/o Encargo por el Gobierno Regional de Huancavelica”

5.10 Citas y Referencias: Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado,

en adelante la “Ley”. Bajo el mismo concepto, la mención al término “Reglamento” se entenderá como

referida al Reglamento de la citada Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nro. 184-2008-EF, incluidas sus ampliatorias y modificatorias.

El término “El Postor”, hace referencia a la persona, natural o jurídica, que, legalmente capacitada, participa en el proceso selectivo para la contratación del servicio de consultoría que se regirá a través de los presentes Términos de Referencia.

La mención a los términos “El Consultor” o “El Contratista”, harán referencia directa a la persona, natural, jurídica, Consorcio o el que haga sus veces de jefe de proyecto según lo establecido en los presentes Términos de Referencia.

La expresión “Términos de Referencia”; hace referencia directa al presente documento.

La expresión al término “La Entidad”, hace referencia directa al Gobierno Regional de Huancavelica Sede Central.

6. REQUISITOS MÍNIMOS PARA EL REPONSABLE DE ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO:6.1 Del Postor

a. Para el desarrollo de la presente Consultoría se requerirán los servicios de una empresa consultora (persona jurídica) o de un profesional independiente (persona natural), con inscripción vigente en el Registro nacional de proveedores en el capítulo de Consultores de Obras del que administra el OSCE. El certificado de inscripción de El Postor debe estar vigente a la fecha de presentación de propuestas y a la fecha de suscripción del contrato.

b. El Postor presentara un plan de trabajo calendarizado debidamente estructurado para la elaboración del expediente Técnico, el mismo que formara parte del contrato y será coherente con el plazo de su oferta.

6.2 Del Equipo Profesionala. Todo el equipo profesional que labore en la Consultoría deberá ser colegiado,

encontrándose hábil para el ejercicio profesional, según lo exige la Ley Nro.16053, Ley del Ejercicio Profesional de Ingenieros, se precisa que los postores presentaran los certificados de habilitación del equipo profesional para la suscripción del contrato.

b. El personal profesional requerido para la prestación del Servicio; debe considerarse para cada tipo de especialidad, así como los requisitos mínimos que deben cumplir cada uno de ellos, los cuales son:

Jefe de proyecto (Ingeniero Civil o Sanitario).o Ingeniero Civil o Sanitario titulado y colegiado; acreditar con copia simple de

título profesional y certificado de colegiatura.

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o Con habilidad profesional vigente, acreditar con copia simple o declaración jurada.

o Experiencia Profesional no menor a cinco (5) años, el cual acreditara con contratos y conformidad del servicio prestado.

o Con estudios en elaboración de expedientes técnico de saneamiento básico; acreditar con copia simple.

o Contar con experiencia en elaboración de expedientes técnicos, mínimo 05 estudios a nivel de expedientes técnicos de proyectos de saneamiento básico, el cual acreditara con contratos y/o ordenes de servicio.

1 Ing. Civil, Sanitario o Ambiental responsable de Estudios de Impacto Ambientalo Ingeniero Civil, Sanitario o Ambiental titulado y colegiado; acreditar con copia

simple de título profesional y certificado de colegiatura.o Con habilidad profesional vigente, acreditar con copia simple o declaración

jurada.o Con estudios en gestión ambiental; acreditar con copia simple de certificado o

constancia de egresado.o Experiencia Profesional mínima de dos (2) años y 3 servicios prestados en

elaboración de estudios de impacto ambiental, acreditados con contrato y/o órdenes de servicio.

1 Ing. Civil o Geólogo, responsable de Mecánica de Suelos.o Ingeniero Civil o Geólogo titulado y colegiado; acreditar con copia simple de

título profesional y certificado de colegiatura.o Con habilidad profesional vigente, acreditar con copia simple o declaración

jurada.o Con estudios en mecánica de suelos o geotecnia; acreditar con copia simple

de certificado o constancia de egresado.o Experiencia Profesional mínima de dos (2) años; y 3 servicios prestados en

cálculo y/o diseño de cimentaciones, el cual se acreditara con contratos y/o órdenes de servicio.

1 Ing. Civil, Arquitecto o Técnico Construcción Civil responsable de Costos y Presupuestos.o Ingeniero, Arquitecto o Técnico en construcción civil titulado, acreditar con

copia simple de título.o Con estudios en costos y presupuesto; acreditar con copia simple de

certificados.o Experiencia Profesional mínima de dos (2) años; y de 3 servicios prestados

en elaboración de costos y presupuestos, el cual acreditara con contratos y/o órdenes de servicio.

6.3Del Equipo Equipamiento Mínimo:El Postor, deberá contar con equipamiento mínimo que facilite el desarrollo del servicio, el cual deberá de acreditar la tenencia con comprobante compra y/o compromiso de alquiler de dichos equipos, para la firma del contrato deberá presentar una declaración jurada, sin perjuicio que se verifique dicha disponibilidad previa a la suscripción del contrato.

Camioneta 4 x 4. Impresora de gran formato – Ploter. Equipo de cómputo, mínimo Pentium IV. Estación Total. Cámara digital.

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10. CONSIDERACIONES FINALES

a)El Consultor deberá desarrollar el trabajo en estrecha coordinación con la Entidad y su oficina técnica correspondiente asignada para este fin, según cronogramas establecidos.

b)Los gastos que ocasione la participación de profesionales especialistas y del personal técnico de apoyo (digitalizadores, dibujantes, etc.), así como los estudios necesarios, estarán a cargo del Consultor.

c) La responsabilidad del Consultor, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, rige durante la fase de convocatoria y la ejecución de la obra, en la que deberá absolver las consultas inherentes al Expediente Técnico y aún después de ejecutada la obra; es decir, es responsable por las fallas del Expediente Técnico en las que haya incurrido.

d)Los informes elaborados por el Consultor, que se deriven de la ejecución del presente contrato, tienen el carácter de reservados y son de uso exclusivo del Consultor, no pudiendo revelarse el contenido a personas distintas o entidades ajenas a estas instituciones, salvo con autorización expresa del Consultor. La presente reserva es extensiva a toda información de carácter administrativo, contable, financiero, comercial, laboral, etc., a que tenga acceso en virtud de los servicios que presta.

7. META FÍSICA DE LA CONSULTORÍA:Elaboración del Expediente Técnico de Obra: “CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACION DE LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES - HUANCAVELICA”; y la obtención del documento aprobatorio del Expediente Técnico por parte del Gobierno Regional de Huancavelica, vía acto resolutivo.

8. SERVICIOS BÁSICOS QUE PRESTARÁ EL CONSULTOR:El Consultor prestará a la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento los siguientes servicios, según grandes rubros:

1. Recopilación, evaluación y aprovechamiento de información base: Documentos, planos, mapas, normas, leyes, reglamentos, levantamientos, fotografía, etc.

2. Ejecución y/o contratación de los ensayos y pruebas hidráulicas requeridas y/o pruebas o estudios necesarios para la elaboración del expediente técnico.

3. Obtención y financiamiento de permisos, certificaciones y factibilidades de servicios básicos.4. Elaboración del levantamiento topográfico. Formulación de conclusiones y recomendaciones.5. Elaboración del estudio de mecánica de suelos. Formulación de conclusiones y

recomendaciones.6. Desarrollo de proyecto integral de construcción, en las especialidades de ingeniería que se

requiera de acuerdo al tipo de proyecto.7. Elaboración de especificaciones técnicas en las especialidades de ingeniería e hidráulica que

se requiera de acuerdo al tipo de proyecto.8. Elaboración de metrados en las especialidades de ingeniería que se requiera. 9. Formulación de costos y del presupuesto referencial de ejecución de la Obra.10.Elaboración de fórmulas Polinómicas de reajuste de precios.11.Determinación de plazo de ejecución de la Obra y elaboración de calendarios valorizados y

cronogramas de avance de Obra. PERT-CPM diagrama Gantt.12.Memorias descriptivas y de cálculo en las especialidades de ingeniería que se requiera de

acuerdo al tipo de proyecto.13.Absolución permanente de las consultas referidas a la documentación técnica que elabore o

presente como parte del mismo.

9. INFORMACIÓN QUE BRINDARA EL ORGANO MONITOR EN LA INSTANCIA RESPECTIVA.

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a. La Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento suministrará a El Consultor, una copia simple de los siguientes documentos:1. Estudio de Pre inversión a Nivel de Perfil del Proyecto de Inversión Pública materia de los

presentes Términos de Referencia.2. Diseño de Membrete 3. Diseño Oficial del Cartel de Obra. (Ceñido a la directiva aprobada por el Gobierno Regional

de Huancavelica)4. Cuadros y Formatos.

b. La Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento proporcionara la información del tipo de ejecución del proyecto a fin de calcular los costos de gastos generales.

c. El Consultor evaluará toda la información que le facilite la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sin embargo, será el único responsable por la forma como aplique dicha información para la obtención de las conclusiones y recomendaciones que efectúe como resultado del Servicio.

10. RESPONSABILIDADES DEL CONSULTOR:Sin exclusión de las obligaciones que correspondan a El Consultor, conforme a los dispositivos legales y reglamentarios vigentes, y que son inherentes al Servicio contratado, éste se obliga y compromete a cumplir con lo siguiente:

a. Informarse oportunamente sobre la normatividad técnica y reglamentaria vigente, aplicable al objeto de la Consultoría.

b. Prestar los servicios contratados de conformidad con lo exigido en los presentes Términos de Referencia.

c. Visitar la localidad y el terreno que será materia de aplicación de la Consultoría.d. Tomar conocimiento de los alcances del Estudio de Pre inversión aprobada, efectuando

oportunamente ante El órgano revisor en la instancia respectiva, las observaciones o consultas que correspondan.

e. Efectuar los trabajos de campo que sean necesarios para verificar el estado y características topográficas, geográficas, climáticas y de servicios básicos, análisis de impacto ambiental, todos correspondientes a la localidad y al terreno sobre el que se ejecuta el proyecto.

f. Presentar el Proyecto ante la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento.g. Determinar las características y la capacidad portante del terreno, mediante la ejecución del

Estudio de Mecánica de Suelos, el cual se incluye como parte de la Consultoría.h. Garantizar la participación del personal profesional mínimo que se exige en el presente

documento, así como de los servicios, equipos y personal técnico y auxiliar que garanticen la buena y oportuna ejecución del Servicio.

i. Es de su exclusiva responsabilidad, cumplir con los plazos parciales y con el plazo total programado para los Servicios comprendidos en la Consultoría.

j. Asumir la responsabilidad, total y exclusiva, por la calidad de los Servicios que preste, para lo cual mantendrá coordinación permanente con la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento sobre los trabajos que ejecuten sus proyectistas.

k. El Consultor será legalmente responsable, en el campo administrativo, civil y penal; por los resultados que obtenga y que puedan producir fallas en la Obra que recomiende ejecutar como producto de los estudios efectuados.

l. Aplicar la reglamentación, directivas, ordenanzas municipales, parámetros urbanísticos y edificatorios, normas técnicas y demás documentos que sean de cumplimiento obligatorio para el desarrollo de la Consultoría, así como para sustentar adecuadamente la documentación técnica que formulará para la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. De ser necesario, el Consultor brindará las máximas facilidades para el cumplimiento de sus funciones al Coordinador de la Consultoría que designará la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, así como al Equipo Revisor que, eventualmente, tendrá a su cargo la revisión de los documentos que vaya elaborando El Consultor.

m. El Contrato establecerá las demás responsabilidades y obligaciones esenciales de El Consultor; las que se complementarán con los aquí listados.

n. El Consultor es responsable por la precisión de los metrados del Proyecto, los cuales deben estar dentro de un rango razonable de los metrados reales de obra, definido por un diferencial del orden de más o menos 2% de los metrados reales

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o. El Consultor será responsable de los errores u omisiones, defecto o fallas que se podrían encontrar en el Expediente Técnico, durante la etapa de ejecución de la obra y del costo de los presupuestos adicionales originados como consecuencia de estas deficiencias, por lo que queda entendido que la revisión y aprobación del Expediente Técnico por parte de la Entidad contratante no lo exime de su responsabilidad.

p. En consecuencia, corresponderá al Consultor el absolver oportunamente todas las consultas que tengan relación con el Estudio que elaboró.

q. La descripción de los alcances de los servicios, que se hace a continuación, no es limitativa, y servirán para la formulación del Expediente Técnico.

r. El Consultor seleccionado, será el responsable por un adecuado planeamiento, programación, conducción de estudios básicos, diseños y, en general, por la calidad técnica de todo el estudio que deberá ser ejecutado en concordancia con los estándares actuales de diseño en todas las especialidades de Ingeniería relacionadas con el estudio.

s. El Consultor será directamente responsable de la calidad de los servicios que preste y de la idoneidad del personal a su cargo, así como del cumplimiento de la programación, logro oportuno de las metas previstas y adopción de las previsiones necesarias para el fiel cumplimiento del Contrato.

t. Para fines del servicio, el Consultor deberá contar con el personal de apoyo, los cuales contarán con las instalaciones necesarias, medios de transporte y comunicación para cumplir eficientemente sus obligaciones.

11. CONDICIONES GENERALES PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA:a. El Consultor deberá presentar un programa de asignación del personal profesional y técnico

que participará en el Servicio, incluyendo un organigrama donde se especifique las funciones y responsabilidades correspondientes de cada uno de ellos. Dicho programa se entregará dentro de los Cinco (05) días naturales posteriores a la firma del Contrato.

b. El Consultor deberá garantizar la participación de personal profesional, técnico y auxiliar calificado y experimentado en labores similares a la que se contrata. El personal colegiado, deberá demostrar encontrarse hábil para el ejercicio profesional en las especialidades, ingeniería civil, ingeniería sanitaria e ingeniería ambiental, según lo exige la Ley Nro. 16053, Ley del Ejercicio Profesional de Arquitectos e Ingenieros y el Reglamento de la Ley Nº 28258. Tal condición será acreditada con la presentación periódica de la Boleta, Certificado y/o Constancia que emitirá el Colegio Profesional correspondiente (Original o copia legalizada).

c. El Consultor podrá efectuar modificaciones y/o reemplazos entre su personal, por causa fortuita o fuerza mayor. No obstante, requerirá de la aprobación que le otorgará El órgano revisor en la instancia respectiva para formalizar dicho reemplazo. El incumplimiento de dicha obligación constituye causal de resolución contractual atribuible a El Consultor, por incumplimiento.

12. ETAPAS DE LA CONSULTORÍA:La prestación del Servicio se efectuará en dos (03) etapas de cumplimiento obligatorio, las que, en términos generales, corresponden a:

12.1 PRIMERA ETAPA.- ESTUDIOS PRELIMINARES Y ANTEPROYECTO.

Este capítulo tiene por finalidad hacer conocer a La Entidad la propuesta para la Obra prevista en base a estudios preliminares; según la concepción asumida por El Consultor, hasta obtener la conformidad de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Contenido y Desarrollo:

a. Las tareas y/o documentación de Primera Etapa que se lista a continuación, no son limitativas ni excluyentes. En tal sentido, El Consultor podrá, sobre la base de su experiencia y responsabilidad profesional y contractual, recomendar la inclusión o desarrollo de algún trabajo o documento técnico que permita mejorar,

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precisar o complementar el Servicio y el objeto del mismo. Sin embargo, no podrá dejar de cumplir con lo siguiente: El Estudio Topográfico, establecido en el ítem d) del numeral 23 Plano en planta de la línea de conducción. Plano general del sistema de agua potable. Plano del semicatastro con numeración de vivienda y padrón de beneficiarios

según la numeración de vivienda, de cada una de las localidades a intervenir. El Informe de “Evaluación de Factibilidad del Sistema de Agua Potable e

Instalación de Letrinas” Estudio de mecánica de suelos. Acta de conformación del consejo directivo de la junta administradora de

servicios de saneamiento JASS. Acta de existencia de recursos hídricos, con los respectivos aforos. Tramite o resultado de los análisis físico, químico y bacteriológico, Tramite de licencia de uso de agua con fines de estudios emitida por el ALA Compromisos de operación y mantenimiento suscrito por la municipalidad

distrital, autoridades y beneficiarios de la localidad. Compromiso de participación durante los talleres de capacitación y educación

sanitaria, suscrito por autoridades y beneficiarios de la localidad. Compromiso de cofinanciamiento del 10% ~ 20% suscrito por la municipalidad

distrital. Compromiso de cofinanciamiento del 10% ~ 20% suscrito por autoridades y

población beneficiaria Acta de reunión donde aprueban la tipología del sistema de eliminación de

excretas. Actas de donaciones y/o testimonio de donación de terreno para la construcción

de los diversos componentes de los sistemas; captación (manantial), reservorio, pase aéreo, cámara distribuidora de caudales, cámara rompe presiones, etc.

Padrón de beneficiario con su respectiva carga familiarb. Con la finalidad de verificar que el proyecto esté desarrollado en base a los

parámetros bajo los cuales fue otorgada la declaración de viabilidad, se deberá presentar un Cuadro Comparativo de las Metas Físicas y Financieras establecidas en el Estudio de Pre inversión con las Metas Físicas y Financieras Propuestas en el expediente técnico.

c. Conformidad de la primera etapa por parte de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Gobierno Regional de Huancavelica. La presentación de esta conformidad es de carácter obligatorio para continuar la 2da Etapa, caso contrario, se considerará incompleta la documentación presentada.

12.2 SEGUNDA ETAPA.- PRESENTACIÓN DEL PROYECTO DEFINITIVO.

Este capítulo tiene por finalidad la presentación del contenido del numeral 23 desde el ítem a) hasta el ítem K); Estudio de Mecánica de Suelos, Memoria de cálculo hidráulico, Memoria de cálculo estructural, resultado de los análisis de agua, la autorización del uso de agua emitida por la administración local del Agua, Estudio de gestión de riesgos, Estudio de Impacto Ambiental y presentación de los Planos del Proyecto, entre otros.

Contenido y Desarrollo:

Esta Segunda Etapa estará conformada por:

Resumen Ejecutivo. Índice General Memoria Descriptiva, Ingeniería de proyecto

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Diseño de componentes hidráulico y estructural Memoria de cálculo hidráulico Memoria de cálculo estructural Estudio Mecánica de suelos Estudio de gestión de Riesgos. Estudio y Evaluación del Impacto Ambiental. Planos del Proyecto Definitivo.

12.3 TERCERA ETAPA.- INFORME FINAL

Esta última Etapa tiene por finalidad la presentación del Expediente Técnico materia del contrato, el cual deberá estar de acuerdo a los términos de referencia, Etapa I y Etapa II aprobados, Proyectos Definitivos Aprobados por las empresas prestadoras de servicio y/o Juntas administradoras de servicio de saneamiento de las áreas de intervención según corresponda, debiéndose integrar las correcciones a las observaciones que se hubieran realizado, todos estos documentos deberán ser presentados sin enmendaduras, ni borrones, en calidad óptima de presentación, según el contenido mínimo establecido en el numeral 23. Además para esta etapa deberá ya contar con la conformidad de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la aprobación de la CREET de la primera y segunda etapa.

13. OPORTUNIDAD DE PRESENTACION, EVALUACION Y APROBACION DE CADA UNA DE LAS ETAPAS DE LA CONSULTORÍA:Durante el proceso de formulación del estudio, El Consultor efectuará Tres (03) entregas oficiales y obligatorias, que corresponderán a cada una de las etapas que se definen en el Numeral 14° de los presentes Términos de Referencia, y que corresponden a:

13.1 OPORTUNIDAD DE PRESENTACION:

a. Para cada una de las Etapas (Primera, Segunda y Tercera) del Servicio de Consultoría de Obras, El Consultor presentará en calidad de “borrador” a la (La Entidad), la documentación indicada en el numeral 12 de los presentes Términos de Referencia, debidamente sellada y firmada por cada profesional responsable de su elaboración, Jefe del Proyecto y el Representante Legal del Consultor. Los sellos deben ser legibles y contener el número de colegiatura correspondiente.

b. Dicha documentación deberá ser presentada adicionalmente en Discos Compactos (CD) con los archivos digitalizados de la información correspondiente a dicha etapa con los formatos y software requeridos: Textos en Word, todos los cálculos en Excel, Planos en AutoCAD. Los CD’s deberán estar debidamente rotulados.

c. El Consultor deberá presentar los informes correspondientes en los siguientes plazos:Primera Etapa: Presentado dentro de un plazo máximo de 20 días calendarios contados a partir del inicio del plazo contractual.

Segunda Etapa: Presentado dentro de un plazo máximo de 20 días calendarios contados a partir del día siguiente de la aprobación de la primera etapa.

Tercera Etapa: Presentado dentro de un plazo máximo de 20 días calendarios contados a partir del día siguiente de la aprobación de la segunda etapa.

d. Todo retraso en la entrega total de la documentación establecida en el numeral 12 de los presentes Términos de Referencia para primera y segunda Etapa, que exceda el plazo otorgado, se considerará como mora para efecto de la penalidad

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respectiva, de ser el caso; según lo señalado en el Art. 165º del Reglamento de contrataciones del Estado.

e. Toda la documentación que se formule en cualquiera de las Etapas se elaborará cumpliendo los alcances, contenidos, formatos y anexos otorgados por La Entidad.

f. No se considerará como entrega oficial, cuando El Consultor efectúe la presentación incompleta de los documentos exigidos en cada etapa. En este caso, y para todo efecto, se considerará como no efectuada la entrega.

14. REVISIÓN Y EVALUACION:a. La Entidad revisará los volúmenes correspondientes a cada una de las Etapas

(Primera, Segunda y Tercera) del Servicio de Consultoría, en un plazo referencial de cinco (05) días naturales computados desde el día siguiente a la fecha en que fue recibida la documentación Completa. De existir observaciones, éstas serán notificadas a través del correo electrónico establecido en el contrato respectivo a El Consultor para su respectiva subsanación, debiéndose presentar El Consultor a recoger las hojas de observaciones adjunto el expediente técnico observado, en un plazo no mayor de 48 horas de notificado a través del correo electrónico establecido en el contrato respectivo.

b. El Plazo que se tomen en revisar, evaluar, dar conformidad y/o aprobar la entidad a las Etapas correspondientes no deberá afectar al desarrollo del Servicio de Consultoría, por tanto, el Consultor debe cumplir con presentarlos en la oportunidad establecida en el numeral 13 de los presentes Términos de Referencia.

c. El consultor dispondrá desde 24 horas hasta 72 horas para la subsanación de las observaciones, dependiendo de la complejidad de las observaciones.

d. Todo retraso en la entrega de los documentos corregidos que exceda el plazo indicado, se considerará como mora para efecto de la penalidad respectiva, cuya penalidad diaria se calculará de acuerdo a lo señalado en el artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones. El Consultor adjuntará al Expediente corregido, el expediente observado, a efectos de facilitar el control de las correcciones efectuadas

e. El Consultor no contará con plazo adicional para levantar observaciones no subsanadas, o que se deriven de correcciones fallidas. En este caso, la penalidad por mora se computará desde el mismo día en que se reciba el Pliego de Observaciones No Subsanadas.

15. APROBACIÓN:a. La Entidad, luego de verificar el cumplimiento de cada una de las Etapas, procederá

a otorgar la aprobación de la Etapa correspondiente a la Consultoría de Obra.b. La notificación de la aprobación de cada una de las Etapas le será cursada por

escrito al Consultor. La aprobación y conformidad definitiva se otorgará, con la aprobación del Expediente Técnico por parte de la Entidad y aprobación del Informe Final de la Tercera Etapa.

c. No será procedente la aprobación parcial para ninguna de las Etapas. Es decir que el Consultor deberá cumplir con presentar para cada una de las Etapas todos los volúmenes indicados y requeridos, caso contrario su presentación será incompleta y no se podrá dar por concluida la Etapa correspondiente, debiéndose aplicar al Consultor la penalidad correspondiente.

d. El Consultor, dentro de los Cinco (05) días naturales siguientes a la aprobación de cada una de las Etapas (Primera, Segunda y Tercera), hará entrega a La Entidad de lo siguiente:

- Un (01) ejemplar original completo, compatibilizado e integrado, de cada uno de los documentos indicados en el Numeral 14 de los presentes Términos de Referencia.

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Para documentos en formato A4 se empleará papel bond extra blanco alcalino de 80 gramos y para formatos A1 se empleará papel bond extra blanco de 90 gramos. Todos los ejemplares estarán debidamente suscritos y sellados por los profesionales responsables, Jefe del Proyecto y por el Representante Legal de El Consultor. Se presentarán en Pioneres A-4 de tres anillos y tapa plastificada rígida. Los expedientes deberán ser debidamente rotulados con carátula frontal y en el lomo.

- Dos (02) copias simples (Fotocopia) completa de cada uno de los volúmenes originales. Se presentarán en Pioneres A-4 de tres anillos y tapa plastificada rígida. Los expedientes deberán ser debidamente rotulados con carátula frontal y en el lomo, e identificado como “COPIA”. Deben constar las firmas correspondientes.

e. Asimismo, otorgada la aprobación de la Etapa correspondiente, El Consultor, dentro de los Cinco (05) días siguientes a dicho acto, hará entrega a La Entidad de lo siguiente:

- Tres (01) Discos Compactos (CD) con los archivos digitalizados de la información correspondiente a dicha etapa con los formatos y software requeridos en el anexo 04. Los CD’s deberán estar debidamente rotulados.

- La documentación digitalizada que presentará El Consultor, deberá incluir todas las modificaciones que se hayan suscitado durante el proceso de desarrollo de la Consultoría. En tal sentido, deberá rectificar, implementar, consolidar y compatibilizar dichos archivos con los documentos impresos, de manera tal que conforme un archivo integrado y completo.

f. También, una vez que se obtenga la aprobación de la Tercera Etapa, El Consultor, dentro de los Cinco (05) días siguientes a dicho acto, hará entrega a La Entidad de lo siguiente:

- Tres (03) Discos Compactos (CD) con los archivos digitalizados de la información correspondiente a la Primera Etapa, Segunda Etapa y Tercera Etapa con cada una de las hojas debidamente escaneadas y foliadas (según orden establecido en el Anexo 01) que contengan los sellos y firmas del Representante Legal del Consultor, Jefe del proyecto y el Profesional Responsable de su elaboración.

16. RESPONSABILIDAD POR EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD VIGENTE:a. El Consultor es el único responsable por la calidad y contenido técnico de la

documentación que elabore, proyecte, solicite, obtenga, procese, analice o incorpore al Expediente Técnico que entregará a La Entidad. Dicha responsabilidad es intransferible, e ineludible.

b. La Entidad rechazará, en cualquier momento, etapa, o circunstancia en que se encuentre el Servicio contratado; toda aquella documentación técnica que elabore El Consultor cuando ésta no se encuentre en concordancia con cualquier Norma Técnica, Reglamento, Directiva o Parámetro Normativo vigente que regule la ejecución o diseño respectivo.

c. Sobre la base de lo expuesto, El Consultor está obligado a conocer la normatividad y reglamentación vigente con todas sus ampliaciones y complementarias, tanto en el ámbito nacional, regional o local; y que sea aplicable al objeto de la Consultoría. Su incumplimiento será considerado como causal de resolución del Contrato atribuible a El Consultor.

d. En este orden de ideas, cuando se determine que la documentación técnica que haya elaborado, ya sea total o parcialmente, incumple la normatividad vigente; El Consultor se obliga y compromete a rectificarla a su costo, incluso en aquellos casos en que por omisión, error o desconocimiento, ésta haya sido aprobada por La Entidad. Dicha responsabilidad no podrá ser, en ninguna circunstancia, negada por El Consultor, quien tampoco podrá excusarse aduciendo contar con la aprobación del Coordinador

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y/o Revisor. El plazo que amerite dichas rectificaciones, será similar al asignado para subsanar las observaciones de la etapa a la que correspondió la elaboración de tal documentación. Superado dicho plazo, El Consultor incurre en mora, siéndole aplicable la penalidad prevista.

17. PARÁMETROS NORMATIVOS Y TÉCNICOS QUE DEBERÁ APLICAR EL CONSULTOR:La documentación técnica que elaborará y presentará El Consultor, estará sujeta obligatoriamente al cumplimiento de las siguientes normas, reglamentos y procedimientos. Su cumplimiento se considera obligación esencial del Consultor:

1. Reglamento Nacional de Edificaciones:a. Norma Técnica Nacional E.010, E.020, E.030.b. Norma Técnica Nacional de Edificación E.050: Suelos y Cimentaciones. Aplicable al Estudio

de Mecánica de Suelos.c. Norma Técnica Nacional de Edificación E.060: Concreto Armado. Aplicable al Cálculo y

Diseño de las Estructuras y demás elementos de concreto armado.d. Norma Técnica Nacional de Edificación E.090: Estructuras Metálicas. Aplicable al Cálculo y

Diseño de estructuras metálicase. Norma Técnica ITINTEC, ASTM, ACIf. Reglamento del Régimen de Fórmulas Polinómicas (D.S. Nro. 011-79-VC). Aplicable en la

elaboración de las fórmulas Polinómicas de reajuste de precios.El Consultor asumirá solidariamente la responsabilidad que le corresponda al profesional responsable de la elaboración de aquellos documentos técnicos que puedan ser motivo de observación por parte de los organismos de fiscalización del Estado, por no haber sido formulados en atención a las normas vigentes.Todos los documentos serán redactados en idioma castellano, usándose el sistema métrico decimal, ajustándose, además; a las Normas Técnicas emitidas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección a la Propiedad Intelectual – INDECOPI (Ex - INTINTEC); según corresponda.

18. FORMATOS DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS TÉCNICOS DE LA CONSULTORÍA:El cumplimiento de los formatos y normas de presentación de los documentos técnicos, se constituyen para El Consultor en obligación esencial, siendo requisito de primer orden en las entregas parciales, o en la entrega final, estando establecidos los formatos (otorgados por La Entidad.)

19. COMPUTO DE PLAZOS:19.1 Generalidades:

a. El plazo de elaboración del Expediente Técnico Definitivo, se realizara en 60 días Calendarios.

b. Según lo indicado en el Artículo 151° (computo de plazos) del Reglamento de la Ley, los plazos de ejecución del servicio se computan en días calendarios.

c. Las solicitudes de ampliación del Plazo de Ejecución del Servicio, se gestionan según lo indicado en el Artículo 175° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del estado.

19.2 Inicio del Plazo de Ejecución del Servicio:

El Plazo de Ejecución del Servicio se computa a partir del día siguiente de la entrega del estudio de pre inversión, para lo cual el Consultor bajo responsabilidad lo solicitara a la Entidad a través de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento al día siguiente de suscrito el contrato.

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20. FORMA DE PAGO:20.1 Valorizaciones o Pagos a Cuenta:

a. El abono de los honorarios de El Consultor se efectuará contra prestación aprobada y según la disponibilidad presupuestal de La Entidad.

b. Los honorarios de El Consultor, se abonarán mediante Valorizaciones (Pagos a cuenta), que se efectuarán de la siguiente manera: 1er. Pago: Equivalente al veinte por ciento (20%) del Monto del Contrato,

contra presentación de la Primera Etapa aprobada por La Entidad, Unidad de Infraestructura.

2do. Pago: Equivalente al treinta por ciento (30%) del Monto del Contrato, a la presentación del expediente técnico definitivo, previa aprobación de las etapas precedentes.

3do. Pago: Equivalente al cincuenta por ciento (50%) del Monto del Contrato, a la aprobación del Expediente Técnico, mediante Acto Resolutivo.

c. Para efectos del trámite de la Contraprestación pactada, El Consultor deberá remitir, en cada oportunidad, una solicitud de pago la cual deberá ser presentada dentro de los dos días siguientes de haberle comunicado la Entidad su conformidad a la Etapa respectiva de pago, adjuntando copia del documento con el cual La Entidad le comunicó la aprobación de la etapa correspondiente; así como su Recibo por Honorarios Profesionales o Factura, según corresponda.

d. La Entidad abonará el Pago de la Contraprestación a más tardar dentro de los Diez días dentro del plazo establecido en el Artículo 181° del Reglamento. La demora por parte de El Consultor en la presentación de la solicitud de pago y/o demora en la presentación del Recibo de Honorarios o Factura dentro del plazo establecido y que origine demora en el pago por parte de la Entidad, no generará derecho al Consultor por concepto de interés.

e. No procederá el pago a El Consultor si la etapa correspondiente presentada por éste no ha sido aprobada por La Entidad.

21. CONTROL, SUPERVISIÓN Y REVISIÓN:21.1 Control:

a. El Consultor estará sujeto a fiscalización permanente por parte de los funcionarios que designe La Entidad, quienes verificarán el cumplimiento de los avances de la Consultoría y de los compromisos contractuales asumidos.

b. La Entidad designará un Coordinador, el que será acreditado de su propio plantel profesional (Ingeniero Civil); así como, eventualmente, un Equipo Revisor, que podrá ser contratado o de su propio plantel profesional; a quienes El Consultor brindará todas las facilidades del caso para el cumplimiento de sus funciones.

c. El Coordinador estará encargado del seguimiento, control, coordinación y revisión básica de los documentos formulados por El Consultor. Controlará el cumplimiento de los alcances, plazos y compromisos contractuales asumidos por ambas partes. También tendrá a su cargo, informar sobre la procedencia de pago de las valorizaciones del Servicio; gestionando los documentos administrativos que se requiera.

d. La Entidad, en aplicación de su derecho de fiscalizar y supervisar el desarrollo del objeto del Contrato, podrá convocar a El Consultor, en las oportunidades que crea necesario, para efectuar coordinaciones y revisiones al avance obtenido en la Consultoría; así como para que informe o asesore en asuntos concernientes a la Consultoría que se contrata.

e. Son competentes para evaluar, revisar y pronunciarse sobre el contenido técnico de los informes que presente El Consultor: la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Coordinador del CREET y el Equipo Evaluador.

f. El Consultor deberá levantar la totalidad de las observaciones que pudiera formularle La Entidad, dentro de los plazos límites establecidos en el presente documento.

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g. No procederá la aprobación de los documentos presentados por El Consultor si éste no ha efectivizado la entrega de la etapa completa, incluida la subsanación de las observaciones formuladas. Esta aprobación tendrá carácter de preliminar. La aprobación y conformidad definitiva se otorgará con la aprobación del tercer informe vía acto resolutivo.

h. El Consultor deberá garantizar que las actividades y documentos técnicos derivados de estos Términos de Referencia, serán asumidos directamente por los profesionales que presente a La Entidad como parte de su equipo técnico.

i. La calidad del Servicio prestado es de exclusiva responsabilidad de El Consultor. En tal sentido, no podrá negarse a la rectificación y/o subsanación de las observaciones técnicas sustentadas y justificadas que le formule La Entidad, todas las veces que sea necesario; sin corresponderle por ello, reconocimiento de mayores gastos.

21.2 Coordinación y Seguimiento:a. El Consultor, bajo su exclusiva responsabilidad, deberá efectuar continuas

reuniones con El Coordinador, a efectos de uniformizar los criterios técnicos que servirán de base para el desarrollo de los diferentes rubros y etapas del estudio.

b. Las coordinaciones están orientadas a minimizar las eventuales observaciones que pudieran presentarse al momento de efectuar la revisión oficial de los documentos técnicos por parte de La Entidad.

c. Durante el desarrollo del Estudio Definitivo “CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACION DE LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES - HUANCAVELICA”las recomendaciones que le formulen los profesionales de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Coordinador de la CREET y el Equipo Evaluador; o algún asesor externo convocado por La Entidad.

d. La Entidad es la última instancia facultada a pronunciarse sobre la consistencia técnica y formal de los estudios, ensayos, evaluaciones, y demás documentos formulados por El Consultor. En tal sentido, El Consultor no podrá negarse a subsanar las observaciones que la Entidad le formule a cualquier etapa del Servicio prestado, aduciendo haber sido aprobado previamente por otro funcionario o instancia técnica de La Entidad.

e. La Entidad, en protección de los intereses del Estado, se reserva el pleno derecho de rechazar el Expediente Técnico elaborado por El Consultor, sí dicho documento no contase con la calidad y consistencia técnica requerida.

f. La Entidad se reserva el derecho de requerir a El Consultor información complementaria a la elaborada y presentada por éste, cuando ésta presente inconsistencia técnica, o resulte ser incoherente, incongruente, ilógica o poco clara. El Consultor no podrá negarse a su cumplimiento. Dicha exigencia no implica ampliación de plazo, ni reconocimiento o pago de prestaciones adicionales.

22. EXTENSIÓN DEL COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR:a. El Consultor y su equipo profesional, asume con La Entidad el compromiso

permanente de absolver y/o subsanar oportunamente, cualquier observación o consulta referida al Expediente Técnico que elaborará para ésta, y que pueda provenir de los Postores o de La Entidad durante el proceso de adjudicación, de parte de La Entidad, correspondiente durante el trámite de obtención autorizaciones y/o licencias, de parte del Supervisor o Constructor durante la ejecución de la Obra; o de los órganos de fiscalización y control del Estado, o de la propia Entidad, en las oportunidades que éstas últimas lo estimen necesario.

b. El Consultor se compromete expresamente a subsanar y/o rectificar, a su propio peculio, los documentos que integran el Expediente Técnico y el Proyecto Definitivo

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ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA Nº 0281 -2013/GOB.REG.HVCA/CEPCONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA

DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES – HUANCAVELICA”SEGUNDA CONVOCATORIA

“CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACION DE LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES - HUANCAVELICA”, sí estos son observados durante el trámite de obtención de autorizaciones y/o Licencias.

c. El Consultor asume estos compromisos bajo responsabilidad, para cuyo cumplimiento La Entidad podrá requerirlo para subsanar observaciones, ya sea por escrito, a través de reuniones de coordinación o mediante su presencia en la Obra; y en las oportunidades que sean necesarias. El Consultor no podrá negarse a cumplir dicha obligación bajo excusa alguna, salvo casos fortuitos o fuerza mayor debidamente comprobada.

d. El compromiso que asume El Consultor, implica tanto la absolución de las consultas en forma escrita, o en forma personal; ya sea en las oficinas de La Entidad o en lugar donde se ejecute la Obra.

e. El Consultor asume solidariamente con los profesionales que participaron en la elaboración del estudio, la responsabilidad por el contenido de la documentación técnica que lo integra.

f. El consultor se comprometa a subsanar observaciones cuando: se presenten variaciones en las metas previstas del estudio de pre inversión, con la consiguiente reformulación de los formatos 15 y 16 del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).

g. El consultor una vez realizado el estudio de campo (insitu) donde se observe cambios sustanciales en las metas físicas y presupuestales que superen la sensibilidad del estudio de pre inversión; inmediatamente deberá comunicar al área usuaria, bajo su entera responsabilidad mencionados cambios, para realizar las consultas con la unidad formuladora del estudio de pre inversión.

23. CONTENIDO MINIMO DEL EXPEDIENTE TECNICO:El Expediente Técnico debe ser desarrollado concordante con la parte correspondiente del perfil de inversión Viabilizado, estará a su disposición en las oficinas de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

De acuerdo a los lineamientos establecidos se deberá de tener en consideración el contenido mínimo siguiente:

a) Resumen Ejecutivo.b) Índice Generalc) Memoria Descriptiva, indicando la ubicación del proyecto, los antecedentes, la

descripción de la infraestructura existente, el objetivo del proyecto, la descripción de la obra a ejecutar indicando los materiales predominantes, la meta física, la meta financiera, la población beneficiada, el aporte de la población (si lo hubiera), el plazo de ejecución y la modalidad de ejecución.c.1. Nombre del proyectoc.2. Antecedentes

Código SNIP

Responsable de la formulación:

Órgano que otorga la viabilidad:

Copia de ficha SNIP:

c.3. Ubicación del proyectoc.4. Vías de comunicación y tiempo de llegada a la comunidad c.5. Descripción de las características físicas de la zona de estudios

Clima y temperatura

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Topografía y relieve

Altitud y vegetación.

c.6. Datos socio económicos de la zona de estudiosPoblación actual

Servicios de salud

Servicios de educación

Vivienda

Tendencias migratorias

Actividades económicas.

c.7. Consideraciones del Proyecto Descripción de la situación actual del abastecimiento.

Resumen de la problemática

Justificación

Objetivos del Proyecto

Descripción de la propuesta de abastecimiento

Metas

c.8. Mapa de la Zona y Plano de Ubicaciónc.9. Valor referencial de Ejecución.c.10. Fuente de Financiamiento.c.11. Modalidad de Ejecución.c.12. Plazo de Ejecución.

d) Estudio Topográfico, que comprenda toda la zona donde se desarrollara el proyecto, en el terreno deberá dejar hitos monumentados, fácilmente ubicables, para efectos de replanteo posterior. Dicho estudio se efectuará utilizando el equipo topográfico usual y a partir de los datos obtenidos en campo, se confecciona el Plano Topográfico con coordenadas, considerando curvas de nivel con equidistancias cada 1.00 metros entre curvas, de acuerdo con la topografía del terreno, y a una escala adecuada pudiendo ser 1:1000 ó 1:2000, el cual será el documento base que deberán presentarse en el expediente, y en el que debe figurar entre otros lo siguiente:

d.1. Ubicación de caminos, carreteras, ríos, quebradas (indicando direcciones).d.2. Ubicación del Norte Magnético para la orientación respectiva

e) Ingeniería de proyecto, diseños hidráulicos sanitarios: de los procesos e interconexiones entre procesos, los cuales comprenden planos de planta, cortes perfiles hidráulicos y demás detalles constructivos. Estudios Preliminares.

Fuente de abastecimiento.

Calidad de la fuente de agua.

Aforo de la fuente de agua.

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Consideraciones básicas de diseño.Población actual.

Densidad poblacional.

Periodo de diseño.

Tasa de crecimiento poblacional.

Población futura.

Dotación.

Caudal promedio de demanda anual.

Variaciones de consumo

f) Diseño de componentes hidráulico y estructural, del sistema de agua potable y eliminación de excretas (captación, planta de tratamiento de agua potable con todos los componentes necesarios, válvulas de aire, válvulas de purga, cámara rompe presión, reservorio, cámara de distribución de caudales, lavadero, etc.)

g) Memoria de cálculo hidráulicoEn el proyecto, la parte correspondiente a su concepción, definido por su planteamiento hidráulico, tiene principal importancia, debido a que es allí donde se determinan las estrategias de funcionamiento del sistema (captación, conducción, reservorio, cámaras rompe presión), por lo tanto, para desarrollar el planteamiento hidráulico del proyecto se tiene que implementar los diseños de la infraestructura identificada en la etapa de campo; para el desarrollo de los diseños de las obras proyectadas, el caudal es un parámetro clave en el dimensionamiento de las mismas y que está asociado a la disponibilidad del recurso hídrico (hidrología); de manera que cuando se trata de la planificación del proyecto, la formación y experiencia del diseñador tiene mucha importancia.

h) Memoria de cálculo estructuralComprende la identificación y descripción del Sistema estructural, elementos estructurales de la infraestructura a construir, remodelar o mejorar, dependiendo del tipo de proyecto en estudio; se deberá sustentar con: 1° Definir el tipo de sistema estructural aplicado y dimensionamiento de cada elemento estructural de la infraestructura a construir cumpliendo con la normas y reglamento con modificatorias y complementarias vigentes, 2° Sustento de Metrados de Cargas que se les imponga a cada elemento estructural según los requerimientos funcionales de la infraestructura para su puesta en servicio, 3° Metodología de Análisis, Cálculo y Diseño para cada elemento estructural tales son: Zapatas, Cimentaciones superficiales y/o profundas, Losas de concreto, Muros, cruces aéreos, diseño de reservorios, pozos sépticos, y otros según corresponda el tipo de proyecto a elaborar. 4° Determinación y sustento de los resultados obtenidos del análisis y diseño del sistema estructural tales como determinación de desplazamientos en estructuras, dimensiones definidas de cada elemento estructural, distribución de aceros y refuerzos según corresponda al tipo de proyecto a elaborar, con las conclusiones y recomendaciones del caso.

i) Estudio Mecánica de suelos (perfiles estratigráficos del área de estudio)Investigación del suelo mediante calicatas y análisis de suelos, para determinar la calidad del terreno en los lugares de ubicación de las obras lineales, en la zona donde

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se proyectará el reservorio, captación y otros. Investigación de las condiciones sísmicas del área del proyecto y su influencia en las obras, precisando las precau-ciones que deberán tomarse en el diseño de las estructuras, examinar las características técnicas de las formaciones rocosas y de otros depósitos con el fin de utilizarlos en las obras del proyecto (agregados para concreto, etc.).

j) Estudio de gestión de Riesgos.El estudio de gestión de riesgos deberá utilizar matrices, administrativas, organizaciones destrezas y capacidades operativas para ejecutar políticas y fortalecer las capacidades de afrontamiento con el fin de reducir el impacto adverso de las amenazas naturales y la posibilidad de que ocurra un desastre, a fin de reducir su vulnerabilidad ante los desastres y por ende las pérdidas de vida humana, material o económica

k) Estudio y Evaluación del Impacto Ambiental. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) deberá identificar los potenciales impactos positivos y negativos que generará el proyecto en sus diferentes etapas: diseño, construcción, operación y mantenimiento; proporcionando los lineamientos a seguir para la mitigación de los impactos negativos que podrían darse.

Una evaluación preliminar con las características del proyecto; con los antecedentes de los aspectos ambientales que conforman su área de influencia; con los posibles impactos ambientales que pudieran producirse; y con las medidas de prevención; mitigación o corrección previstas.

Una propuesta de clasificación del proyecto. Una propuesta de Términos de Referencia para el estudio de impacto

ambiental respectivo. Certificado de compatibilidad de uso de acuerdo a zonificación expedido por

la Autoridad competente. Resumen ejecutivo (descripción del proyecto, línea base del lugar donde se

ejecutará el proyecto, descripción y evaluación de los principales impactos, resumen del Plan de Manejo Ambiental y los programas que lo conforman, principales conclusiones y recomendaciones).

Introducción (generalidades, antecedentes, objetivos del Estudio de Impacto Ambiental, ubicación geográfica).

Marco Legal e Institucional (se describirá los reglamentos y las normas pertinentes que rigen la calidad del ambiente, la salud y la seguridad, la protección de áreas frágiles, la protección de especies en peligro de extinción, la ubicación, el control del uso de la tierra, etc., a nivel internacional, nacional, regional y local).

Descripción General de la Línea Base (Aspectos físicos: superficie, clima, hidrología, geomorfología, geología, sismicidad, clasificación de Uso Mayor de Suelo, Zonas de vida/Entorno ecológico, Aspectos Biológicos: flora y fauna, Aspectos Socioeconómicos: población, educación, salud, servicios, actividad económica, actividad socio-cultural).

Vulnerabilidad del área del proyecto Descripción del proyecto (información general, sistema de agua potable y

sistema de eliminación de excretas, planos de ubicación). Identificación y evaluación de impactos ambientales (se puede utilizar

metodologías como: matriz tipo Leopold, diagrama causa – efecto, hojas de campo/lista de chequeo, además, es conveniente indicar los impactos que se producirán por la no ejecución del proyecto).

Plan de Manejo Ambiental (programa de mitigación, programa de monitoreo, programa de inversiones)

Participación ciudadana

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Plan de contingencias Plan de abandono y cierre Conclusiones y recomendaciones Anexos: Plano de ubicación de los componentes del proyecto, señalando área de

estudio y área de influencia. Planos referidos a la ubicación de los recursos naturales y/o zonas protegidas Matrices de evaluación ambiental Costos Ambientales Panel Fotográfico

l) Especificaciones Técnicas, Todas las partidas del presupuesto deberán tener sus especificaciones

técnicas y estos deberán conservar la misma correlación numérica del presupuesto. Cada una de las especificaciones deberá de contener; descripción de los

trabajos a ejecutar, los métodos de construcción, la calidad de los materiales, sistema de control de calidad métodos de medición y condiciones de pago, las que servirán para cumplir con la correcta ejecución de los trabajos y las acciones propias de la Supervisión o Inspección.

Se debe incluir las especificaciones de calidad de los materia les de construcción y otras especificaciones de los elementos constructivos, acordes con las normas técnicas de edificación (estructuras). La calidad de las tuberías y accesorios utilizados en la instalación de plantas de tratamiento de agua potable, deberá especificarse en concordancia con las Normas Técnicas Peruanas, relativas a Tuberías y Accesorios

m) Planilla de Metrados, debidamente sustentados por cada partida, con los gráficos y/o croquis explicativos que el caso requiera con su respectiva unidad.

n) Resumen de Presupuesto.

o) Presupuesto de Obra, El Consultor elaborará para cada una de las partidas conformantes del Valor Referencial, el Análisis de los costos comprenderá los costos directos e indirectos por separado, dividiéndolos en moneda nacional y extranjera, según su procedencia detallando las partidas y en estricto acuerdo entre la Planilla de Metrados, los Análisis de Costos Unitarios, incluyéndose los porcentajes los Gastos Generales, de Utilidad y de Impuestos, dependiendo del tipo de ejecución de la obra.

p) Análisis de Costos Unitarios, El consultor elaborara los análisis de los costos unitarios por partidas, teniendo en cuenta las características particulares de la obra; se detallaran los los requerimientos de cantidades de los insumos de mano de obra, materiales, equipos, etc.la distancia a las canteras de materiales de construcción, su costo de explotación; el costo de otros materiales y su transporte; maquinarias y equipos a ser instalados en la obra incluyendo fletes, impuestos, seguros y, en general, todos los costos que se indican en las actividades de la construcción y montaje; no aceptándose ninguna partida con carácter global o estimada ni con estimaciones genéricas. Asimismo los precios correspondientes a cada insumo serán obtenidos por cotizaciones del mercado local de la construcción, y los jornales calculados de acuerdo a ley.

q) Relación de insumos y recursos, incluirá la cantidad y características y potencia de los equipos, materiales y mano de obra.

r) Desagregado de Gastos Generales, disgregándose detalladamente los gastos directos y los gastos indirectos.

s) Presupuesto Analítico, se desarrollara por cada una de las especialidades.

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t) Formula polinómica, que se elaborara deduciéndolas de la estructura de costos del proyecto y se presentarán en forma clara, precisa y coherente, debiendo ceñirse a lo dispuesto por Decreto Supremo Nº 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.

u) Cronograma de Ejecución de Obra, de utilización de equipos y materiales, de desembolsosEl Consultor deberá formular el cronograma de ejecución de obra analizado, considerando las restricciones que puedan existir para el normal desenvolvimiento de las obras, El cronograma se elaborará empleando el método PERT-CPM y el software MS Project para el diagrama Gantt, identificando las actividades o partidas que se hallen en la ruta crítica del proyecto; se presentará también un diagrama de barras para cada una de las tareas y etapas del proyecto, Asimismo presentará un programa de utilización de equipos y materiales, concordado con el cronograma PERT-CPM Se elaborará un cronograma o calendario de desembolsos, teniendo en cuenta el adelanto que se otorga al inicio de las obras y las fechas probables para que la ENTIDAD efectúe los pagos.

- Cronograma referencial de ejecución física de la obra, desarrollado en base a los diagramas PERT o CPM, y que detallará la secuencia de ejecución y duración de cada partida, el plazo total de ejecución y subsanación de observaciones.

- Cronograma referencial de ejecución financiera de la obra, elaborado de acuerdo con el Cronograma General de Ejecución de Obra.

- Cronograma de adquisición de materiales, elaborado de acuerdo con el Cronograma General de Ejecución de Obra.

v) Calculo de flete terrestre, el Consultor determinará el costo que tendrá trasladar desde el lugar donde se adquiere los materiales o maquinarias hasta el almacén de la obra o hasta donde llegue el vehículo que lo transporte.

w) Calculo de flete rural, el Consultor determinará el costo que tendrá trasladar hasta donde se ejecutara la infraestructura a través de acémilas, porque no hay acceso vehicular.

x) Cuadro de cotizaciones, 03 cotizaciones localesy) Planos de Ejecución de Obra, que mostrarán e escala normalizada, en forma legible

y con detalle todos los trabajos por ejecutar, indicando tipo y calidad de los materiales a utilizar y los procedimientos a seguir en concordancia con las especificaciones técnicas. Los planos deberán llevar la firma y sello de de los profesionales responsables según especialidad; estas serán a nivel de ejecución de obra; dentro de los cuales, sin carácter limitante debe incluirse, ubicación de las unidades de tratamiento e instalaciones existentes:

Sistema de Agua PotablePlano de ubicación y localización.

Plano de planta general del sistema de agua potable, indicando coordenadas y altitud de cada componente del sistema (captación, válvulas de aire, válvulas de purga, cámara rompe presión, reservorio, cámara de distribución de caudales, lavadero, etc.).

Plano de perfil longitudinal de la línea de conducción, gradiente hidráulico, pendientes, tipo de material, con secciones cada km.

Plano topográfico del sistema de agua potable.

Plano semi-catastral.

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Plano conexiones domiciliarias.

Diagrama de presiones

Plano de detalles y estructuras de componentes del sistema de agua potable (captación, válvulas de aire, válvulas de purga, cámara rompe presión, reservorio, cámara de distribución de caudales, lavadero, etc.)

Eliminación de excretas (Sistema de Alcantarillado – letrinas)Plano semi-catastral donde indicara la ubicación de las letrinas.

Plano de detalles y estructuras de letrinas según tipo de letrina

z) Expediente Social.1.1 Memoria Descriptiva1.2 Acciones a realizar

a) Antes de la obraObjetivos

Indicador

Acciones de promoción

Acciones de capacitación a JASS en O&M

Acciones de Educación Sanitaria para la higiene

b) Durante la obraObjetivos

Indicador

Acciones de promoción

Acciones de capacitación a JASS en O&M

Acciones de Educación Sanitaria para la higiene

c) Después de la obraObjetivos

Indicador

Acciones de promoción

Acciones de capacitación a JASS en O&M

Acciones de Educación Sanitaria para la higiene

1.3 Consideraciones administrativas.1.4 Metrado.1.5 Análisis de costos de costos unitarios.1.6 Presupuesto.1.7 Relación de insumos.1.8 Cronograma de Ejecución de la ejecución.1.9 Especificaciones técnicas.1.10 Anexos

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Guía del participante del participante

Guía para la organización y trabajo de JASS

Formatos para la Administración, Operación y Mantenimiento.

Formatos para la Educación Sanitaria.

aa) Panel fotográfico, de visita al lugar mostrando las partes más importantes del proyecto. En cualquier etapa del desarrollo del proyecto, su revisión puede dar lugar a observaciones, que necesariamente deben ser absueltas por el Consultor, no procediendo reclamo alguno por concepto de pagos pendientes, en tanto no sean absueltas apropiadamente.

bb) Anexos: Acta de conformación del consejo directivo de la junta administradora de

servicios de saneamiento JASS. Acta de existencia de recursos hídricos. Resultado de los análisis físico, químico y bacteriológico Autorización de uso de agua con fines de estudios emitida por el ALA Compromiso de operación y mantenimiento suscrito por la municipalidad

distrital, autoridades y beneficiarios de la localidad. Compromiso de participación durante los talleres de capacitación y educación

sanitaria, suscrito por autoridades y beneficiarios de la localidad. Compromiso de cofinanciamiento del 10% ~ 20% suscrito por la municipalidad

distrital. Compromiso de cofinanciamiento del 10% ~ 20% suscrito por autoridades y

población beneficiaria Copia legalizada de acta de reunión donde aprueban la tipología del sistema de

eliminación de excretas. Actas de donaciones y/o testimonio de donación de terreno para la

construcción de los diversos componentes de los sistemas; captación (manantial), reservorio, pase aéreo, cámara distribuidora de caudales, cámara rompe presiones, etc.

Manual de operación y mantenimiento. Padrón de beneficiario con su respectiva carga familia

cc) Contenido mínimo de los Estudios Complementarios Requeridos.Se deberá evaluar la calidad y cantidad del agua obtenida del análisis físico-químico y bacteriológico y asignar la tecnología apropiada para el sistema, considerando los recursos reales con que cuenta la entidad encargada de la operación y mantenimiento del sistema integral.

El presente estudio deberá presentarse con la conformidad de la entidad encargada de la operación y mantenimiento de del sistema proyectado.

CAPÍTULO IV

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CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA

EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)

Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial o del órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.

De acuerdo con el artículo 46 del Reglamento, las Bases deben consignar el siguiente factor de evaluación:

FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN13

A. EXPERIENCIA DEL POSTOR

A.1. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD 15 puntosCriterio:Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso, durante un periodo de QUINCE (15) AÑOS a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a DOS (2) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN.

Acreditación:La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con VOUCHER DE DEPÓSITO DEL PAGO EN ENTIDAD DEL SISTEMA BANCARIO Y FINANCIERO NACIONAL Y/O REPORTE DE ESTADO DE CUENTA, correspondientes a un máximo de diez (10) servicios.

En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor en la actividad.

En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago.

En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se

M = Monto facturado acumulado por el postor por la

prestación de servicios de consultoría correspondientes a la

actividad objeto del proceso

M >= 2 veces el valor referencial:

15 puntos

M < 2 veces el valor referencial y >= 1 veces el valor referencial:

10 puntos

13 De acuerdo con el artículo 46 del Reglamento, para la determinación de los puntajes de cada factor de evaluación, deberá considerarse los márgenes aquí establecidos. En ningún caso, podrá establecerse puntajes que excedan dichos márgenes.

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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.

Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal de consorcio o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor en la especialidad.

El servicio prestado para acreditar la experiencia en la especialidad sirve para acreditar la experiencia en la actividad.

IMPORTANTE:

Deberá acreditarse la experiencia en la actividad con contratos o comprobantes de pago referidos a la elaboración de expediente técnico sin distinguir el tipo de especialidad prevista en el artículo 268 del Reglamento.

A.2. EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD 20 puntosCriterio:Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a servicios iguales o similares al objeto del proceso, durante un periodo A DIEZ (10) AÑOS a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a CONSIGNAR FACTURACIÓN NO MAYOR A UNA (1) VEZ EL VALOR REFERENCIAL.

Se considerará servicio a la (ELABORACIÓN DE EXPEDIENTES TÉCNICOS EN SANEAMIENTO BÁSICO)

Acreditación:La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se

M = Monto facturado acumuladopor el postor por la

prestación de servicios deconsultoría iguales o

similares al objeto de laconvocatoria

M >= 1 vez el valor referencial:20 puntos

M < 1 vez el valor referencial y >= 0.5 vez el valor referencial:

15 puntos

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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

acredite documental y fehacientemente, con VOUCHER DE DEPÓSITO DEL PAGO EN ENTIDAD DEL SISTEMA BANCARIO Y FINANCIERO NACIONAL Y/O REPORTE DE ESTADO DE CUENTA, correspondientes a un máximo de diez (10) servicios iguales o similares al objeto del proceso.

En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en la especialidad.

En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago.

En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.

Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal de consorcio o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en la especialidad.

B. EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROPUESTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

40 puntos

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DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES – HUANCAVELICA”SEGUNDA CONVOCATORIA

FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

B.1. EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROPUESTO

JEFE DE PROYECTO

Criterio:Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto en (ELABORACIÓN DE EXPEDIENTES TÉCNICOS EN SANEAMIENTO BÁSICO).

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.

Acreditación:Mediante la presentación de copia simple de contratos de trabajo, constancias o certificados.

En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, también podrá utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestación del servicio de consultoría, de ser el caso.

03 proyectos adicionales a lo solicitado en los TDR 40 puntos02 proyectos adicionales a lo solicitado en los TDR 30 puntos01 proyecto adicional a lo solicitado en los TDR 20 puntos

14

C. MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS15 25 puntos

Criterio:Conocimiento del proyectoSe otorgará el puntaje máximo al postor que demuestre conocimiento de estudios e investigaciones previas, identifique las facilidades y dificultades en el desarrollo del servicio y proponga medidas de solución, de acuerdo a los siguientes criterios:

Identifica tres (03) o más dificultades con medidas de solución Identifica dos (02) dificultades con medidas de solución

Enriquecimiento de Términos de Referencia

Se otorgará el puntaje máximo al postor que realice aportes, mejoras y/o sugerencias a los términos de referencia de las Bases, de acuerdo a los siguientes criterios:

Presenta de 03 o más aportes, mejoras o sugerencia Presenta 02 aportes, mejoras o sugerencia

Se considerara como Aporte de los términos de referencia al aumento de Ítems o puntos inherentes a las funciones y obligaciones del Consultor: (incremento de Funciones y obligaciones ya descrito en los términos de referencia).Se considerara como Mejora o enriquecimiento de los términos de referencia al aumento de la calidad del servicio con

12.5 Puntos

8 Puntos

12.5 Puntos8 Puntos

14 El Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango.

15 Las Bases podrán establecer aquellos aspectos que serán considerados como mejoras, debiéndose precisar a qué tipo de mejoras se le otorgará puntaje.

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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

respecto a las funciones y obligaciones del Consultor ya descritas en los términos de referencia.

Acreditación:Se acreditará mediante la presentación de una declaración jurada.

PUNTAJE TOTAL 100 puntos16

IMPORTANTE: Los factores de evaluación no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los

requerimientos técnicos mínimos. Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un puntaje

técnico mínimo de ochenta (80) puntos.

CAPÍTULO VPROFORMA DEL CONTRATO

IMPORTANTE:

Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podrá efectuarse la inclusión de cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo.

Conste por el presente documento, la contratación del servicio de consultoría de obra PARA LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES – HUANCAVELICA”, que celebra de una parte GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTESCon fecha [………………..], el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA Nº 0281 -2013/GOB.REG.HVCA/CEP – SEGUNDA CONVOCATORIA para la contratación del servicio de consultoría de obra para la ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES – HUANCAVELICA”, a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe, constan en los documentos integrantes del presente contrato.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto la CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA

16 Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación, incluyendo los opcionales.

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PARA LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES – HUANCAVELICA”, conforme a los Términos de Referencia.

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUALEl monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], incluye IGV.17

Este monto comprende el costo del servicio de consultoría, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.

CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO 18 LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en nuevos soles, de la siguiente manera:

1er. Pago: Equivalente al veinte por ciento (20%) del Monto del Contrato, contra presentación de la Primera Etapa aprobada por La Entidad, Unidad de Infraestructura.

2do. Pago: Equivalente al treinta por ciento (30%) del Monto del Contrato, a la presentación del expediente técnico definitivo, previa aprobación de las etapas precedentes.

3do. Pago: Equivalente al cincuenta por ciento (50%) del Monto del Contrato, a la aprobación del Expediente Técnico, mediante Acto Resolutivo..

Luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, así como lo establecido en la liquidación del contrato.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos ejecutados, a fin que LA ENTIDAD cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓNEl plazo de ejecución del presente contrato es por sesenta (60) días calendarios, el mismo que se computa desde el día siguiente de suscrito el contrato.

CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATOEl presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora 19 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.

17 Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 8) en su propuesta técnica.

18 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.

19 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.

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CLÁUSULA SEPTIMA: CONFORMIDAD DEL SERVICIOLa conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por la DIRECCIÓN REGIONAL DE VIVIENDA CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO.

De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.CLÁUSULA OCTAVA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTAEL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA NOVENA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOSLa conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.

El plazo máximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de siete (07) años.

CLÁUSULA DÉCIMA: PENALIDADESSi EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x MontoF x Plazo en días

Donde:F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.

Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.

Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final (de ser el caso).

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.

La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.

CLÁUSULA UNDÉCIMA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

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Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA DÉCIMO DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.

Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: MARCO LEGAL DEL CONTRATOSólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE CONSULTORÍA DE OBRALa liquidación del contrato de consultoría de obra se sujetará a lo establecido en el artículo 179 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 20 Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144, 170, 175, 176, 177, 179 y 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado.

Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

El laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.

LOS PROCESOS DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, QUE SE LLEVEN A CABO CONFORME A LA PRESENTE CLÁUSULA, DEBERÁN REALIZARSE OBLIGATORIAMENTE EN LA JURISDICCIÓN DEL DEPARTAMENTO DE JUNÍN.

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICACualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUALLas partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:

20 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.

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DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [ ]DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]

La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

FORMATOS Y ANEXOS

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FORMATO N° 01

REGISTRO DE PARTICIPANTES

TIPO DE PROCESO AL QUE SE PRESENTA DENOMINACION DEL PROCESO

Licitación Pública ( )Concurso Público ( )Adjudicación Directa Publica ( )Adjudicación Directa Selectiva ( )Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0281-2012/GOB.REG.HVCA/CEP-SEGUNDA CONVOCATORIA

(X)

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES – HUANCAVELICA”

DATOS DEL PARTICIPANTE:

(1) Nombre o Razón Social:

(2) Domicilio Legal:

(3) R. U. C Nº (4) Nº Teléfono Fijo (5) Nº Fax

Celular/Rpm

(6) Correo(s) Electrónico(s) valido para Notificaciones (dicha información será bajo su entera responsabilidad):

El que suscribe, Sr(a): ______________________, identificado con DNI Nº_________________, representante Legal de la empresa ________________________________________________, que para efecto del presente proceso de selección, solicito ser notificado al correo electrónico consignado en el cuadro precedente, comprometiéndome a mantenerlo activo durante el período que dure dicho proceso.

Huancavelica, _______de de 2013

……………..…………….….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor

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ANEXO Nº 1

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL PERMANENTEADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº 0281-2013/GOB.REG.HVCA/CEPSEGUNDA CONVOCATORIAPresente.-

Estimados Señores:

El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social :Domicilio Legal :Correo Electrónico Valido para Notificaciones RUC : Teléfono : Fax :

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……...........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 2

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL PERMANENTEADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº 0281-2013/GOB.REG.HVCA/CEPSEGUNDA CONVOCATORIAPresente.-

De nuestra consideración:

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el Servicio de Consultoría de Obra para LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES – HUANCAVELICA”, de conformidad con los Términos de Referencia, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…….………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

IMPORTANTE:

Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.

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ANEXO Nº 3

DECLARACIÓN JURADA(ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL PERMANENTEADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº 0281-2013/GOB.REG.HVCA/CEPSEGUNDA CONVOCATORIAPresente.-

De nuestra consideración:

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:

1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.

3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.

4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 4

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL PERMANENTEADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº 0281-2013/GOB.REG.HVCA/CEPSEGUNDA CONVOCATORIAPresente.-

De nuestra consideración,

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº 0281-2013/GOB.REG.HVCA/CEP, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

TOTAL: 100%

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

..…………………………………. …………………………………..Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2

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ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA Nº 0281 -2013/GOB.REG.HVCA/CEPCONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA

DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES – HUANCAVELICA”SEGUNDA CONVOCATORIA

ANEXO Nº 5

DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL PERMANENTEADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº 0281-2013/GOB.REG.HVCA/CEPSEGUNDA CONVOCATORIAPresente.-

De nuestra consideración,

Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a prestar el Servicio de Consultoría de Obra: para LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES – HUANCAVELICA”, en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

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DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES – HUANCAVELICA”SEGUNDA CONVOCATORIA

ANEXO Nº 6

EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL PERMANENTEADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº 0281-2013/GOB.REG.HVCA/CEPSEGUNDA CONVOCATORIAPresente.-Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD:

Nº CLIENTE OBJETO DEL SERVICIO

N° CONTRATO / COMPROBANTE DE

PAGO FECHA21 MONEDA IMPORTE TIPO DE CAMBIO

VENTA22MONTO FACTURADO

ACUMULADO23

12345678910

TOTAL[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

21 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

22 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

23 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.

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DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES – HUANCAVELICA”SEGUNDA CONVOCATORIA

ANEXO Nº 7EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL PERMANENTEADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº 0281-2013/GOB.REG.HVCA/CEPSEGUNDA CONVOCATORIAPresente.-

Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD:

Nº CLIENTE OBJETO DEL SERVICIO

N° CONTRATO / COMPROBANTE DE

PAGO FECHA24 MONEDA IMPORTE TIPO DE CAMBIO

VENTA25MONTO FACTURADO

ACUMULADO26

123456789

10TOTAL[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

24 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

25 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

26 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.

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ANEXO Nº 8

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA(MODELO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL PERMANENTEADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº 0281-2013/GOB.REG.HVCA/CEPSEGUNDA CONVOCATORIAPresente.-

De nuestra consideración,

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:

CONCEPTO COSTO TOTAL [CONSIGNAR MONEDA]

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO: “CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN LETRINAS EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE DIOS, DISTRITO DE LIRCAY, PROVINCIA DE ANGARAES – HUANCAVELICA”

TOTAL

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

IMPORTANTE:

En caso de tratarse de una convocatoria bajo el sistema de precios unitarios, deberá requerirse que el postor consigne en la propuesta económica los precios unitarios y subtotales de su oferta.

Cuando el proceso se convoque a suma alzada, únicamente deberá requerirse que la propuesta económica contenga el monto total de la oferta, sin perjuicio de solicitar que el postor adjudicado presente la estructura de costos o detalle de precios unitarios para la formalización del contrato, lo que deberá ser precisado en el numeral 2.7 de la sección específica.

En caso de convocarse el proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.

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ANEXO Nº 09

SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR SERVICIOS EJECUTADOS FUERA DE LIMA Y CALLAO

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL PERMANENTEADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº 0281-2013/GOB.REG.HVCA/CEPSEGUNDA CONVOCATORIAPresente.-

De nuestra consideración,

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], solicito la asignación de la bonificación del diez por ciento (10%) sobre el puntaje total, debido a que mi representada se encuentra domiciliada en [CONSIGNAR DOMICILIO DEL POSTOR], la que está ubicada en la provincia [CONSIGNAR PROVINCIA O PROVINCIA COLINDANTE AL LUGAR EN EL QUE SE EJECUTARÁ EL SERVICIO, LA QUE PODRÁ PERTENECER O NO AL MISMO DEPARTAMENTO O REGIÓN]

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Para asignar la bonificación, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, verificará el domicilio consignado por el postor en el Registro Nacional de Proveedores (RNP).

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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FORMATO N° 2

CARTA DE AUTORIZACION ABONO EN CCI

Señores:Gobierno Regional de Huancavelica

Asunto: Autorización para el pago con abonos en cuenta

Por medio del presente me dirijo a Uds., para manifestar mi número de Cuenta Interbancario (CCI) de Empresa…………………. (indicar el nombre o razón social del proveedor) que represento es el N° …………………………………………(Código de Cuenta Interbancario - 20 dígitos), agradeciéndole se sirva disponer lo conveniente, de manera que los pagos a nombre de mi representada sean abonados en la cuenta que corresponde a la indicada CCI en el Banco………………….

Asimismo, dejo constancia que la factura a ser emitida por el suscrito, una vez cumplida o atendida, quedará cancelada para todos sus efectos, mediante la sola acreditación del importe de la referida factura a favor de la cuenta en la entidad bancaria a que se refiere el primer párrafo de la presente.

Atentamente,

……………………………………………………………….Firma del proveedor o de su representante legal.Debidamente acreditado ante el Gob. Reg. Hvca.

Dirección : ……………………………………………..Teléfono y Fax : …………………………………………….e-mail : …………………………………………….

Huancavelica,……………………………