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BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE LAS EMPRESAS QUE SE ENCARGARÁN DE LA EJECUCIÓN DEL "PROGRAMA DE VIGILANCIA y CONTROL DE LA PESCA Y DESEMBARQUE EN EL ÁMBITO MARÍTIMO" Febrero de 2008 MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN

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BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE LAS EMPRESAS QUE SE ENCARGARÁN DE LA EJECUCIÓN DEL "PROGRAMA DE VIGILANCIA y CONTROL DE LA PESCA Y DESEMBARQUE EN EL ÁMBITO MARÍTIMO"

Febrero de 2008

MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN

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BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE LAS EMPRESAS QUE SE ENCARGARÁN DE LA EJECUCIÓN DEL "PROGRAMA DE VIGILANCIA y CONTROL DE LA PESCA Y DESEMBARQUE EN EL ÁMBITO MARÍTIMO"

I. ASPECTOS GENERALES

1.1 Antecedente 1.2 Entidad encargada del proceso de selección 1.3 Objeto 1.4 Modalidad 1.5 Contraprestación del servicio 1.6 Duración del servicio 1.7 Valor referencial 1.8 Requisitos para ser postor 1.9 Calendario del proceso de selección.

II. BASE LEGAL III. CONVOCATORIA, CONSULTAS Y ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Convocatoria Venta de las Bases Consultas y absolución de consultas IV. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Presentación de documentos Forma y acto de presentación de las propuestas V. CONTENIDO DE LOS SOBRES

5.1 Propuesta Técnica (Sobre 1) 5.1.1 Información del postor 5.1.2 Plan General de Trabajo 5.1.3 Infraestructura y equipamiento

5.2 Propuesta Económica (Sobre 2) VI. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

6.1 Evaluación de la Propuesta Técnica 6.1.1 Información del postor. 6.1.2 Plan General de Trabajo 6.1.3 Infraestructura y equipamiento

6.2 Evaluación de la Propuesta Económica 6.3 Determinación del puntaje total

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VII. COMUNICACIÓN DE LOS RESULTADOS FINALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN.

VIII. DE LA POSTERGACIÓN Y DECLARATORIA DE DESIERTO DEL

PROCESO DE SELECCIÓN IX. SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO Y CONTRATOS. X. PLAZOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA. XI. INFORMACION REFERENCIAL A SER PROPORCIONADA A

SOLICITUD DE LOS POSTORES. XII. SUSPENSIÓN, RESOLUCIÓN Y RENUNCIA ANEXO I DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICA DE LAS ZONAS “A” y “B”. ANEXO II CUADROS DE ESTRUCTURA DE COSTOS DEL PROGRAMA. ANEXO III CONVENIO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE

CONTROL Y VIGILANCIA EN CADA ZONA. APÉNDICE I.- FACTURACIÓN A LOS ESTABLECIMIENTOS

INDUSTRIALES PESQUEROS.

ANEXO IV TÉRMINOS DE REFERENCIA

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I. ASPECTOS GENERALES

1.1. Antecedente

El “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” se creó por Decreto Supremo No. 027-2003-PRODUCE, con el propósito de combatir la pesca ilegal y no declarada de los recursos hidrobiológicos del ámbito marítimo, con el uso de embarcaciones que no cuentan con permiso de pesca o que contando con dicho derecho administrativo capturan recursos no autorizados, así como aquellos que teniendo permiso de pesca descargan un volumen mayor, al autorizado. Fue modificado por los Decretos Supremos No. 027-2005-PRODUCE, No. 029-2005-PRODUCE y No. 004-2006-PRODUCE, estableciéndose con la Resolución Ministerial No. 071-2006-PRODUCE, los plazos de ejecución del Programa vigente. La ejecución del Programa se inició el 17 de enero del 2004, por un período de dos (02) años, a cargo de la empresa SGS del Perú SAC, de acuerdo al Convenio de Ejecución del Programa suscrito con fecha 12 de diciembre de 2003, como resultado del proceso de selección correspondiente. Actualmente, la misma empresa continúa ejecutando el Programa en virtud al Convenio de Ejecución del Programa, suscrito el 29 de junio del 2006 con el Ministerio de la Producción, cuya vigencia original, hasta el 17 de enero de 2008, ha sido extendida hasta el 30 de junio de 2008, según la adenda al Convenio suscrita entre el Ministerio de la Producción y SGS del Perú SAC con fecha 15 de enero de 2008, conforme al artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 382-2007-PRODUCE. Mediante el artículo 1° de la Resolución Ministerial No. 382-2007-PRODUCE, se constituye la Comisión encargada de elaborar las Bases, convocar y conducir el presente proceso de selección.

1.2. Entidad encargada del proceso de selección

Comisión constituida por el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 382-2007-PRODUCE, en la cual participan representantes del Ministerio de la Producción y del sector privado.

1.3. Objeto

Seleccionar las empresas o consorcios que se encargarán de la ejecución del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo", en las siguientes zonas

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geográficas, por el período señalado en el numeral 1.6 de las presentes Bases: Zona A: Desde Paita a Huacho Zona B: Desde Chancay (*) a Ilo (*) Al sur de la latitud 11°30’ S.

1.4. Modalidad

El postor que participe en este proceso, podrá presentar sus propuestas para una o ambas zonas por separado, debiendo indicarlo expresamente en los sobres de las propuestas técnica y económica que presente. Las propuestas para las Zonas A y B, cuya distribución geográfica se detalla en el Anexo I de las presentes Bases, se presentan en la misma fecha, conforme se indica en el cronograma detallado en el numeral 1.9 de estas Bases. El proceso de selección se llevará a cabo en dos etapas consecutivas. En la primera etapa, se evaluarán las propuestas técnica y económica para la Zona A, concluyendo con la selección de la empresa ejecutora del Programa en dicha zona; y, en una segunda etapa, se abrirán y evaluarán los sobres de las propuestas técnica y económica para la Zona B, con excepción de los sobres de las propuestas que hubiere presentado la empresa que resultó seleccionada para la Zona A, los mismos que le serán devueltos sin abrir. En ningún caso, una misma empresa o un mismo consorcio, podrá resultar seleccionado para ejecutar el Programa en ambas zonas geográficas. Para efectos del presente proceso de selección, una empresa consorciada no podrá formar parte de otro consorcio diferente. Las empresas que forman parte de consorcios, no podrán presentarse en este proceso de selección en forma individual.

1.5. Contraprestación del Servicio

El pago a las empresas seleccionadas por la prestación del servicio derivado de la ejecución del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo" en ambas Zonas, será asumido íntegramente por los titulares de las licencias de operación de los Establecimientos Industriales Pesqueros (EIP) de cada Zona. El Titular de la Licencia de Operación del EIP es responsable del pago, independientemente que la planta hubiere sido arrendada a terceros o que tuviere contrato de servicios con terceros.

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La forma de facturación se detalla en el Apéndice I del Anexo IV de estas Bases.

1.6. Duración del servicio

El servicio de vigilancia y control que brindará la empresa seleccionada para cada Zona, será del 1 de julio del 2008 al 17 de enero del 2011.

Antes del inicio de la ejecución del Programa, las empresas seleccionadas tendrán un período de implementación, cuyo lapso se establece en Cronograma del Proceso de Selección (Numeral 1.9), al término del cual están obligadas a asegurar la disponibilidad de oficinas, recursos humanos, equipamiento y materiales, necesarios para asegurar el inicio oportuno y continuado del Programa en cada Zona, para cuyo efecto deberán presentar dentro de su propuesta técnica, un calendario de implementación, el mismo que será de obligatorio cumplimiento.

1.7. Valor Referencial

El valor total referencial del Programa para las Zonas A y B, para el período al que se refiere el numeral anterior, es: Zona A: US $ 7,384.736,00 (SIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TRENTA Y SEIS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), sin IGV. Dicho valor se desagrega de la siguiente manera: a) US $ 1,004.736,00 (UN MILLON CUATRO MIL SETECIENTOS

TREINTA Y SEIS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), por el período del 1 de julio 2008 y el 17 de enero de 2009.

b) US $ 3,190.000,00 (TRES MILLONES CIENTO NOVENTA MIL

CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), por el período del 18 de enero de 2009 al 17 de enero de 2010.

c) US $ 3,190.000,00 (TRES MILLONES CIENTO NOVENTA MIL

CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), por el período del 18 de enero de 2010 al 17 de enero de 2011.

Zona B: US $ 6,319.264,00 (SEIS MILLONES TRESCIENTOS DIEZ Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), sin IGV. Dicho valor se desagrega de la siguiente manera: a) US $ 895.264,00 (OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL

DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 00/100 DOLARES

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AMERICANOS), por el período del 1 de julio 2008 y el 17 de enero de 2009.

b) US $ 2,712.000,00 (DOS MILLONES SETECIENTOS DOCE MIL

CON 00/100 DOLARES AMERICANOS) por el período del 18 de enero de 2009 al 17 de enero de 2010.

c) US $ 2,712.000,00 (DOS MILLONES SETECIENTOS DOCE MIL

CON 00/100 DOLARES AMERICANOS) por el período del 18 de enero de 2010 al 17 de enero de 2011.

1.8. Requisitos para ser postor

Serán considerados postores en este proceso de selección las personas jurídicas, consorcios constituidos en el país, así como sucursales establecidas en el país, cuyas actividades empresariales principales comprendan la certificación de bienes o servicios, o la supervisión de actividades productivas.

Los interesados deben adquirir las presentes Bases e inscribirse en el registro correspondiente en la Oficina de Administración Documentaria y Archivo del Ministerio de la Producción. Los consorcios deben constituirse con, al menos, una empresa inscrita en el registro correspondiente, debiendo todas las empresas integrantes del consorcio tener como actividad empresarial principal la certificación de bienes o servicios o la supervisión de actividades en algún sector productivo. En el caso de consorcios, la calificación de cada rubro señalado en el numeral 6.1.1 “Información del Postor”, considerará el más alto puntaje obtenido en dicho rubro entre las empresas consorciadas. Las empresas o sucursales que participen en este proceso de selección, ya sea en forma individual o formando parte de un consorcio, deben haber prestado servicios de certificación o supervisión en algún sector productivo en los últimos tres años y no tener iniciado procedimiento de declaratoria de insolvencia u otro de similar naturaleza concursal, ni haber sido declarados insolventes o en quiebra. Así mismo, no estar incluido en el Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado del CONSUCODE.

1.9. Calendario del proceso de selección.

El calendario del proceso de selección es como sigue:

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II) BASE LEGAL

a) Decreto Ley N° 25977. Ley General de Pesca. b) Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley 267444. c) Decreto Supremo N° 012-2001-PE. Reglamento de la Ley

General de Pesca. d) Decreto Supremo N° 016-2007-PRODUCE. Reglamento de

Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC). e) Resolución Ministerial N° 257-2002-PE. Norma de Muestreo de

Recursos Hidrobiológicos . f) Decreto Supremo N° 027-2003-PRODUCE. Aprueba el

“Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ámbito Marítimo”

g) Decreto Supremo N° 027-2005-PRODUCE. Constituye Comisión de Selección de la Empresa que se encargará de ejecutar el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ámbito Marítimo”.

h) Decreto Supremo No. 029-2005-PRODUCE, que modifica el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarques en el Ámbito Marítimo”.

i) Decreto Supremo 004-2006-PRODUCE, que otorga facultades al Ministerio de la Producción para modificar por resolución ministerial los plazos del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarques en el Ámbito Marítimo” y del Convenio suscrito con SGS del Perú SAC.

j) Resolución Ministerial 071-2006-PRODUCE, que modifica el plazo del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarques en el Ámbito Marítimo” del 20 de julio del 2006 hasta el 17 de enero del 2008, y modifica el Convenio vigente con SGS del Perú SAC extendiéndolo hasta el 19 de julio del 2006

k) Resolución Ministerial No. 382-2007-PRODUCE, que constituye la Comisión encargada de elaborar las Bases, convocar y conducir el proceso de selección de las empresas que presten servicios de ejecución del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarques en el Ámbito Marítimo”, correspondiente al período del 1de julio de 2008 al 17 de enero de 2011.

ACTIVIDADES FECHAS1 Entrega de Bases e Inscripción de empresas Del Lunes 11 de Febrero al Viernes 15 de Febrero2 Presentación de Consultas Del Martes 12 de Febrero al Viernes 22 de Febrero3 Absolución de Consultas Viernes 29 de Febrero

4 Presentación de propuestas técnica y económica (Sobres 1 y 2) para las Zonas A y B; y apertura del Sobre 1 para la Zona A Viernes 14 de Marzo

5 Evaluación Propuesta Técnica (Sobre 1) para la Zona A. Del Lunes 17 al Miércoles 26 de Marzo6 Comunicación Resultados Sobre 1 para la Zona A Jueves 27 de Marzo7 Apertura y Evaluación Propuesta Económica (Sobre 2) Zona A Viernes 28 de Marzo8 Comunicación Resultados finales para la Zona A Lunes 31 de Marzo9 Apertura del Sobre 1 para la Zona B Martes 1 de Abril

10 Evaluación Propuesta Técnica (Sobre 1) para la Zona B. Del Miércoles 2 al Martes 8 de Abril 11 Comunicación Resultados Sobre 1 para la Zona B Miércoles 9 de Abril12 Apertura y Evaluación Propuesta Económica (Sobre 2) Zona B Jueves 10 de Abril13 Comunicación Resultados finales para la Zona B Viernes 11 de Abril14 Suscripción del Convenio de Ejecución del Programa. Hasta el 21 de abril 15 Período de implementación del Programa Del Lunes 21 de Abril al Lunes 30 de Junio16 Inicio Ejecución del Programa Martes 1 de Julio 2008

CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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III) CONVOCATORIA, CONSULTAS Y ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS

3.1 Convocatoria

La convocatoria es pública y se realizará a través de la publicación, por un día, del aviso correspondiente en el diario oficial “El Peruano” y en un diario de circulación nacional, así como su publicación en el portal del Ministerio de la Producción.

Las prórrogas o postergaciones de las etapas del proceso de selección se aprobarán mediante Resolución Ministerial y serán publicadas en el portal del Ministerio de la Producción.

3.2 Venta de las Bases

La inscripción y venta de las Bases para el presente proceso de selección se efectuará en la Oficina de Administración Documentaria y Archivo del Ministerio de la Producción, sito en la Calle UNO Oeste, N° 060, Urb. Córpac, San Isidro, Lima, de acuerdo a las fechas previstas en el cronograma del Proceso de Selección (Numeral 1.9). Las Bases contienen los Términos de Referencia.

3.3 Consultas y absolución de consultas

Las consultas sobre las Bases del presente proceso de selección serán presentadas ante la Oficina de Administración Documentaria y Archivo del Ministerio de la Producción, hasta la fecha especificada en el cronograma del proceso de selección. Las consultas deben dirigirse al Viceministro de Pesquería, en su condición de Presidente de la Comisión constituida por Resolución Ministerial No. 382-2007-PRODUCE.

Las consultas serán absueltas por escrito y puestas a disposición de todos los postores en la Oficina de Administración Documentaria y Archivo del Ministerio de la Producción, en la fecha establecida en el calendario del proceso de selección.

Las absoluciones y aclaraciones pasarán a formar parte de las Bases, según corresponda, para todos los efectos del proceso de selección, así como para la suscripción y ejecución del contrato y convenios a suscribir por la empresa seleccionada.

Los postores que no hayan realizado consulta alguna, así como aquellos que no recojan la absolución a las consultas, tácitamente se someten a su contenido y aceptan como válidas las precisiones y aclaraciones expresadas, sin lugar a interponer reclamo o impugnación de la interpretación que, de ellas, efectúe la Comisión.

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Es competencia de la Comisión la interpretación de las Bases y de los Términos de Referencia contenidos en ellas.

IV. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS

Para cada una de las Zonas, los postores presentarán sus propuestas cumpliendo obligatoriamente los requisitos que a continuación se detallan:

4.1 Presentación de documentos

Las propuestas deberán ajustarse obligatoriamente a lo establecido en las Bases, caso contrario, se tendrán como no presentadas. El contenido de las propuestas y todo tipo de información que presenten los postores, se redactarán en idioma castellano. En el caso de participar empresas extranjeras consorciadas con empresas nacionales, presentarán sus propuestas en castellano, pudiendo presentar en inglés la información complementaria y los estados financieros. La propuesta económica deberá estar expresada en Dólares Americanos, así como los cuadros de estructura de costos que la sustenten.

Toda información y documentos que se presenten, se presumen ciertos y exactos, bajo responsabilidad exclusiva de los postores.

Las propuestas y documentos que se adjunten, deberán estar firmados por el Representante Legal del postor.

Las páginas de las propuestas, deberán estar correctamente foliadas y no deberán presentar borraduras, enmendaduras, ni correcciones.

Tanto la propuesta técnica como la económica se presentarán en original y dos (2) copias.

4.2 Forma y Acto de presentación de las propuestas

Las propuestas se presentarán en dos (02) sobres cerrados y sellados, identificándose de la siguiente manera:

Sobre 1 : Propuesta Técnica, Zona….. Sobre 2 : Propuesta Económica, Zona…..

Los Sobres 1 y 2, correspondientes a las Zonas A y B, se presentarán en un solo acto público ante la Comisión constituida por la Resolución Ministerial No. 382-2007-PRODUCE, en la fecha establecida en el calendario de las presentes Bases a las 10:00 am (hora exacta), ante Notario Público, en el Ministerio de la Producción,

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sito en Calle UNO Oeste N° 060, Urbanización Córpac, San isidro, Lima.

Ambos sobres deben estar dirigidos al Viceministro de Pesquería en su calidad de Presidente de la Comisión .

En dicho acto público, la Comisión sólo abrirá los Sobres 1 de la Zona A, verificando si contienen la documentación mínima requerida, según se detalla en el numeral 5.1, caso contrario, se le devolverá al postor sus Sobres 1 y 2, teniéndose como no presentado, y por lo tanto, fuera del proceso de selección. Los Sobres 2 de la Zona A, cerrados y lacrados se mantendrán bajo custodia del Notario Público, levantándose el acta correspondiente. Si existieran defectos de forma en la propuesta técnica, tales como omisiones o errores subsanables que no modifiquen su alcance, la Comisión otorgará un plazo de 24 horas desde la notificación o firma del acta del acto público, donde debe registrarse esas incidencias, para que el postor los subsane, en cuyo caso su propuesta continuará vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del defecto. Si no se cumple con la subsanación dentro del plazo otorgado se tendrá como presentada. No cabe subsanación alguna por omisiones o errores en la presentación de la propuesta económica. Las propuestas económicas (Sobre 2) de la Zona A serán abiertas en acto público, en presencia de la Comisión y ante Notario Público y los postores, a las 10:00 hrs. (hora exacta) en el Ministerio de la Producción, en la fecha establecida en el Cronograma del Proceso de Selección, ante Notario Público y los postores. Para la apertura de los Sobres 1 y 2 de la Zona B, se seguirá el mismo procedimiento que el seguido para la Zona A, conforme a las fechas establecidas en el calendario del presente proceso de selección. En caso que la empresa o consorcio seleccionado para la Zona A, hubiere presentado propuestas también para la Zona B, se le devolverá los Sobres 1 y 2, sin abrir.

V. CONTENIDO DE LOS SOBRES

5.1 Propuesta Técnica (Sobre 1).

La propuesta técnica debe contener como mínimo la siguiente documentación : 5.1.1 Información del postor

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a) Carta dirigida al presidente de la Comisión, firmada por el representante legal de la empresa o consorcio, acreditando a la persona que entregará las propuestas en representación de la empresa o consorcio, adjuntando copia del DNI.

b) Declaración jurada de datos de la empresa o consorcio (nombre o razón social, domicilio, RUC, representante legal y nombre de los accionistas).

c) Copia simple de la Escritura de Constitución Social de la empresa o consorcio, inscrita en los Registros Públicos. En caso de tratarse de consorcios nuevos, constituidos para participar en el presente proceso de selección, debe acreditarse, al momento de la postulación al proceso de selección, una promesa formal de consorcio, y sólo en caso de serle otorgada la buena pro, deberá acreditar la formalización del mismo mediante la suscripción de un contrato de consorcio con firmas legalizadas, sin que necesariamente deba constituirse como una persona jurídica independiente, en términos de la Ley General de Sociedades.

d) Copia simple de los poderes del Representante(s) Legal(es) de la empresa o consorcio en el país, debidamente inscritos.

e) Declaración jurada simple en la que manifieste que conoce,

acepta y se somete a las Bases, condiciones y procedimientos de este proceso de selección; que es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta para efectos de este proceso de selección; y, que se compromete a mantener su oferta durante este proceso y suscribir el Convenio en caso de resultar seleccionado.

f) Declaración jurada de no tener iniciado procedimiento de

declaratoria de insolvencia u otro de similar naturaleza concursal, ni haber sido declarados insolventes o en quiebra en los últimos tres años. Así mismo, de no estar incluido en el Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado del CONSUCODE.

g) Relación de empresas y entidades a las que prestaron

servicios en algún sector productivo nacional o extranjero en los últimos tres años

h) Currículum vitae documentado de la empresa o consorcio, señalando su infraestructura y equipamiento, así como acreditando una facturación promedio anual de los últimos tres años, no menor de $ 3,000,000.00. En caso de consorcios, al menos una de las empresas consorciadas debe cumplir con el requisito de la facturación mínima. No se computará la suma de la facturación de las empresas consorciadas. Así mismo

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deberá adjuntarse la información correspondiente a los 5 principales convenios o contratos de servicios ejecutados en algún sector productivo en los últimos tres años, detallando las empresas y entidades a las que prestó servicios. Se deberá adjuntar copia de la parte pertinente de los contratos o convenios, detallando el monto total de contratación, la facturación, así como la conformidad del servicio.

Documentos que acreditan factores de evaluación:

a) Estados Financieros auditados por auditores externos de los años 2005 y 2006. Los Estados Financieros del año 2007 podrán presentarse sin auditar. Sin embargo, las empresas que resulten seleccionadas, deberán presentar los Estados Financieros del año 2007 auditados, a más tardar 30 días antes del inicio de la ejecución del Programa.

La Comisión podrá pedir información complementaria a empresas y entidades especializadas en evaluación de riesgo, así como realizar visitas a las instalaciones de las empresas postoras, para lo cual, los postores se comprometen a brindar las facilidades del caso.

5.1.2 Plan General de Trabajo

El Plan General de Trabajo, debe asegurar el cumplimiento de las Términos de Referencia, conteniendo como mínimo los siguientes aspectos:

a) Capacidad de planeamiento, dirección, supervisión y experiencia del profesional asignado por la empresa, a tiempo completo y dedicación exclusiva, para encargarse de la gestión del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarques en el Ámbito Marítimo”. (adjuntar currículum vitae).

b) Estructura organizativa del Programa (organigrama) y el Cuadro de Asignación de Personal a nivel de cada Oficina Central, Regional y Local el mismo que debe incluir al personal adicional necesario para cubrir los períodos de descanso del personal de inspectores, imprevistos y emergencias.

c) Calendario del período de implementación del Programa

(incluir un diagrama de Gantt).

d) Programa de rotación diaria de los inspectores en cada puesto de vigilancia y control dentro de la localidad, y rotación trimestral de un 30% de los inspectores a otra localidad. Así mismo, un programa de rotación semestral de supervisores a otra localidad.

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e) Programa de control interno de procesos en el área operativa.

f) Programa anual de auditoría externa operativa y financiera.

g) Programa de capacitación, detallando sus alcances,

periodicidad, evaluación y experiencia del personal a cargo del programa

5.1.3 Infraestructura y equipamiento.

La propuesta deberá mostrar en detalle la infraestructura y el equipamiento que la empresa o consorcio, pondrá a disposición del Programa, conforme a las cantidades mínimas planteadas en los Términos de Referencia (oficinas, equipamiento de oficinas, vestuario y equipamiento para los inspectores, enlaces de comunicaciones, equipamiento de cómputo y medios de transporte).

5.2 Propuesta Económica (Sobre 2)

La propuesta económica deberá presentarse de acuerdo a los formatos del Anexo II, considerando el período a que se refiere en el numeral 1.6 de las Bases.

Las propuestas económicas que excedan en más del diez por ciento (10%) y las que fueran inferiores al noventa por ciento (90%) del valor total referencial para cada Zona, conforme al detalle siguiente, serán devueltas por la Comisión, teniéndolas por no presentadas y en consecuencia fuera del proceso :

ZONA VALOR TOTAL REFERENCIAL

US $

LÍMITE SUPERIOR

US $

LÍMITE INFERIOR

US $ Zona “A” 7,384.736,00 8.123.209,60 6.646.262.40 Zona “B” 6,319.264,00 6.951.190.40 5.687.337,60

Los postores deberán presentar con la propuesta económica, una garantía de “seriedad de la oferta”, consistente en una carta fianza incondicional, solidaria, irrevocable, sin beneficio de excusión y de realización automática, emitida por una entidad del sistema financiero nacional a nombre del Ministerio de la Producción, por un valor equivalente al 2% respecto de los siguientes valores anuales referenciales de cada Zona : Zona A : US $ 3,190.000,00 (TRES MILLONES CIENTO NOVENTA MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS) Zona B : US $ 2,712.000,00 (DOS MILLONES SETECIENTOS DOCE MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS)

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Dichas garantías tendrán una vigencia hasta treinta (30) días después de la fecha prevista para el inicio del período de implementación del Programa, según el cronograma del proceso. Los postores que no cumplan con presentar la garantía de “seriedad de oferta”, quedarán eliminados del proceso.

Los postores que no resulten seleccionados podrán retirar sus garantías de “seriedad de la oferta” de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Producción por el representante legal de la empresa o por quien éste designe, a través de un poder simple, con firma legalizada ante Notario y fotocopia del Documento de Identidad Nacional del representante legal y de la persona que retira el documento, en su caso.

VI. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

6.1 Evaluación de la Propuesta Técnica

La Comisión calificará la propuesta técnica con el siguiente puntaje: Componente Puntaje

• Información del postor: 30 puntos • Plan de General Trabajo: 40 puntos • Infraestructura y equipamiento del Programa: 30 puntos

Total 100 puntos

La forma de aplicar el puntaje a cada uno de los componentes de la propuesta técnica será la siguiente:

6.1 .1 Información del postor (30 puntos)

a) Situación financiera de la empresa (20 puntos)

Sobre la base de la información del balance del último ejercicio de cada postor, serán evaluados los siguientes conceptos utilizando los criterios que se indican a continuación:

(i) Índice de Liquidez (puntaje máximo 8 puntos) = Activo

Corriente/ Pasivo Corriente (hasta tres decimales)

El postor con el mayor índice de liquidez obtendrá 8 puntos y así sucesivamente, 6, 4 y 2 puntos para los postores cuyos índices de liquidez obtengan el segundo, tercer y cuarto lugar. A partir del quinto lugar se calificará con 0 puntos.

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(ii) Capital de Trabajo (puntaje máximo 12 puntos) = Activo Corriente - Pasivo Corriente (hasta tres decimales)

El postor con el mayor Capital de Trabajo obtendrá 12 puntos y así sucesivamente, 9, 6 y 3 puntos para los postores cuyos Capitales de Trabajo obtengan el segundo, tercer y cuarto lugar. A partir del quinto lugar se calificará con 0 puntos.

b) Situación Patrimonial (10 puntos)

El postor con el más alto patrimonio neto expresado en el Balance correspondiente al año 2007 obtendrá 10 puntos y así sucesivamente, 8, 5 y 2 puntos, para los postores cuyos patrimonios netos obtengan el segundo, tercer y cuarto lugar. A partir del quinto lugar se calificará con 0 puntos.

6.1.2 Plan General de Trabajo (40 puntos)

a) Capacidad de planeamiento, dirección, supervisión y

experiencia, del profesional asignado por la empresa para encargarse de la gestión del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarques en el Ámbito Marítimo”. (factor de ponderación 0.5)

b) Estructura organizativa del Programa, detallada por

regiones, áreas y localidades (factor de ponderación 0.2).

c) Flexibilidad prevista en los cuadros de personal para

cubrir eventualidades, asegurando el funcionamiento continuado del Programa (factor de ponderación 0.1).

d) Frecuencia y contenido del programa de capacitación y

evaluación en todos los niveles de la organización y experiencia del personal a cargo (factor de ponderación 0.1).

e) Programa de control interno de procesos y programa de

auditoría externa operativa y financiera, que definan áreas críticas (factor de ponderación 0.1).

Cada aspecto tendrá una calificación de acuerdo a la siguiente escala :

Asignación Puntaje Muy bueno 4

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Bueno 3 Regular 2 Deficiente 0

El puntaje para el Plan General de Trabajo se obtendrá aplicando los factores de ponderación de la siguiente forma:

(Puntaje a x 0.5 + puntaje b x 0.2 + puntaje c x 0.1 + puntaje d x 0.1 + puntaje e x 0.1) x 10

6.1.3 Infraestructura y equipamiento (30 puntos)

a) Capacidad de enlace de comunicaciones adicional a

la prevista en los Términos de Referencia para asegurar el enlace permanente entre Jefes de Oficina, supervisores e inspectores (factor de ponderación 0.4).

b) Medios de transporte terrestres y/o marítimos adicionales que mejoren la oportuna cobertura geográfica del Programa y la movilidad del personal (factor de ponderación 0.3).

c) Oficinas adicionales a las previstas en los Términos de Referencia, para mejorar el nivel de cobertura territorial del programa en la Zona (factor de ponderación 0.3).

Cada aspecto tendrá un puntaje de 0 a 6, de acuerdo a la siguiente escala :

Asignación Puntaje Muy bueno 6 Bueno 4 Regular 2 Deficiente 0

El puntaje para infraestructura y equipamiento se obtendrá aplicando los factores de ponderación de la siguiente forma:

(Puntaje a x 0.4 + puntaje b x 0.3 + puntaje c x 0.3 +) x 5

Para acceder a la evaluación de las propuestas económicas, las propuestas técnicas de cada Zona deberán alcanzar el puntaje mínimo de setenta (70) puntos. Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas y rechazadas en esta etapa, procediéndose asimismo a devolver la propuesta económica (Sobre 2) sin abrir.

6.2 Evaluación de la propuesta económica

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La evaluación de la propuesta económica consistirá en asignar el puntaje máximo a la oferta económica de menor costo, siempre que no esté por debajo del 90 % del valor total referencial ni 10% por encima del mismo. Al resto de propuestas se les asignará puntaje según la siguiente función:

Pi = (Om x PMPE/Oi)

Donde: Pi : Puntaje de la oferta económica i Oi : Oferta económica i Om : Oferta económica de monto o precio más bajo PMPE : Puntaje Máximo de la Oferta Económica i : Propuesta

La evaluación económica se efectuará tomando como base un puntaje máximo de cien (100) puntos.

6.3 Determinación del puntaje total

Una vez calificadas las propuestas mediante la evaluación técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 x PTi + c2 x PEi

Donde:

PTPi : Puntaje Total del postor i PTi : Puntaje por Evaluación Técnica del postor i PEi : Puntaje por Evaluación Económica del postor i c1 : Coeficiente de ponderación para la evaluación

técnica = 0.60 c2 : Coeficiente de ponderación para la evaluación

económica = 0.40

La propuesta evaluada como la mejor para cada Zona será la que obtenga el mayor puntaje total, y consecuentemente la seleccionada como ganadora en el presente proceso.

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VII. COMUNICACIÓN DE LOS RESULTADOS FINALES DEL PROCESO DE

SELECCIÓN Los resultados finales del proceso de selección para cada zona serán comunicados por escrito a todos los postores y publicados en el portal del Ministerio de la Producción en las fechas previstas en el calendario del proceso de selección. En caso que un consorcio resulte seleccionado, deberá permanecer consorciado hasta 45 días después de la finalización del período de ejecución del Programa.

VIII. DE LA POSTERGACIÓN Y DECLARATORIA DE DESIERTO DEL

PROCESO DE SELECCIÓN

El presente proceso de selección sólo podrá postergarse cuando surjan causas de fuerza mayor o caso fortuito, o por necesidades del PRODUCE debidamente sustentadas. La postergación deberá ser comunicada por escrito a los postores. El proceso de selección para cada Zona será declarado desierto en el caso que no hayan postores o que ninguno de los postores alcanzara el puntaje mínimo establecido en la evaluación de la propuesta técnica (Sobre 1). En cualquier estado del proceso de selección, hasta antes del otorgamiento de la buena pro, la Comisión, podrá cancelarlo por razones justificadas, procediendo a convocar un nuevo proceso, sin asumir ninguna responsabilidad para con los postores.

IX. SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO Y CONTRATOS

En un plazo no mayor de diez (10) días calendario, siguientes a la

comunicación oficial a las empresas seleccionadas para hacerse cargo de la ejecución del Programa, deberán suscribir un Convenio de Ejecución del Programa con el Ministerio de la Producción, cuyo modelo se presenta como Anexo III de estas Bases. De no ser así, el postor que quedó en primer lugar para cada Zona perderá la buena pro, procediendo el Ministerio de la Producción a ejecutar la fianza de “seriedad de la oferta” y a llamar al postor de la misma Zona que quedó en segundo lugar en el puntaje final del proceso de selección, siempre y cuando el mismo no haya sido seleccionado como ejecutor del Programa en la otra Zona, en cuyo caso se convocará al que quedó en tercer lugar. De presentarse las situaciones anteriores, el Convenio deberá ser suscrito en un plazo de diez (10) días hábiles; en caso de no cumplirse con la suscripción del citado Convenio dentro del plazo previsto, el Ministerio de la Producción ejecutará la

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fianza de “seriedad de la oferta” de dicho postor y declarará desierto el proceso para esa Zona.

Las empresas o consorcios seleccionados deberán suscribir los

contratos correspondientes a la prestación del servicio con los establecimientos industriales pesqueros.

Las empresas o consorcios seleccionados, deberán reemplazar, al

momento de la suscripción del Convenio, la garantía de “seriedad de la oferta” por una garantía de “Fiel Cumplimiento del Período de Implementación del Programa”, la cual deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable, sin beneficio de excusión y de realización automática, emitida por una entidad del sistema financiero nacional, ascendente a 4% respecto del valor anual referencial del Programa para la zona correspondiente, según los montos señalados en el tercer párrafo del numeral 5.2, con vigencia al 30 de julio de 2008.

Asimismo, a la fecha de inicio de las operaciones del Programa, las

empresas o consorcios, sustituirán la garantía de “fiel cumplimiento del período de implementación del Programa”, por la de “fiel Cumplimiento de la Ejecución del Programa”, equivalente al 8% respecto del valor anual referencial del Programa para la zona correspondiente, según los montos señalados en el tercer párrafo del numeral 5.2, la cual deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable, sin beneficio de excusión y de realización automática, emitida por una entidad del sistema financiero nacional, con una vigencia hasta el 17 de Febrero de 2011.

Si a la culminación de la vigencia del Programa, el nuevo proceso de

selección no hubiera concluido con la correspondiente adjudicación, la empresa a cargo de la ejecución del Programa se obliga a asegurar la continuidad del mismo en la Zona respectiva, bajo las mismas condiciones, hasta que el nuevo proceso concluya con la adjudicación y entrada en operación de la empresa seleccionada.

En caso de consorcios, las garantías serán asumidas solidariamente

por las empresas consorciadas. X. PLAZOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA

10.1 Una vez suscritos los Convenios de Ejecución del Programa, las empresas o consorcios seleccionados para cada Zona deberán dar inicio al proceso de implementación del Programa, para tenerlo completamente operativo y probado antes del 23 de junio del 2008.

10.2 Dentro del plazo de treinta (30) días calendario posteriores a la firma

de los Convenios de Ejecución del Programa, las empresas o consorcios deberán presentar un resumen curricular de los principales funcionarios a cargo de la gerencia y administración del

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Programa, así mismo, presentarán los currículum vitae del personal de inspectores, muestreadores y de supervisores, a quienes, el Ministerio de la Producción, a través de la DIGSECOVI, deberá extender las credenciales que les permitirá desempeñar sus labores de inspección y supervisión, debiéndose adjuntar, para cada uno de ellos, los documentos que a continuación se detallan:

- Fotocopia del contrato de trabajo - Fotocopia del Documento Nacional de Identidad - Dos fotos tamaño carné - Grado o Título profesional ó Técnico - Certificados de Trabajo - Certificado de antecedentes policiales en original. - Acreditación del pago de un seguro complementario de trabajo

de riesgo para cada inspector.

10.3 De acuerdo a la programación que establezca el Ministerio de la Producción, con anticipación al inicio de las operaciones de ambas empresas o consorcios se realizará un Taller de Capacitación para todo el personal participante en el Programa, con la finalidad de coordinar aspectos normativos, funcionales y operativos del Programa. Las empresas o consorcios seleccionados serán responsables de los costos involucrados en el traslado y manutención de su personal durante el Taller.

10.4 Durante el período de implementación, las empresas o consorcios

seleccionados estarán sometidas a visitas de supervisión, para verificar los avances en materia de contratación de personal, sistemas de comunicación, ropa de seguridad, equipos de cómputo, base de datos, correo electrónico, fax, telefonía en oficinas y vehículos, conforme al cronograma de implementación presentado en su propuesta técnica. En cada visita se levantará un acta, donde se dejará constancia de los avances verificados y las observaciones correspondientes.

10.5 Las empresas o consorcios seleccionados deberán comunicar por

escrito a la DIGSECOVI, a más tardar el 16 de junio del 2008, el directorio conteniendo los teléfonos, direcciones, fax y correos electrónicos de las oficinas regionales y zonales en todo el litoral, así como la lista nominal de inspectores, muestreadores y supervisores.

XI. INFORMACION REFERENCIAL A SER PROPORCIONADA A

SOLICITUD DE LOS POSTORES

El PRODUCE brindará, a solicitud de las empresas postoras, información complementaria a través de las siguientes Direcciones Generales:

11.1 Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero

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a) Información sobre embarcaciones pesqueras industriales. b) Información sobre el ordenamiento pesquero. c) Información sobre los establecimientos industriales pesqueros.

11.2 Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia –

DINSECOVI

a) Normas sobre infracciones y sanciones pesqueras. b) Información relacionada con las instrucciones para los

inspectores. c) Modelos de los formatos señalados en los Términos de

Referencia.

XII. SUSPENSIÓN, RESOLUCIÓN Y RENUNCIA

a) Suspensión: Opera la suspensión del Convenio en aquellas circunstancias en que el Ministerio de la Producción compruebe una causal de caso fortuito o de fuerza mayor, debidamente acreditados, que hagan excesivamente onerosa la contraprestación a cargo de los establecimientos industriales pesqueros.

Para determinar la excesiva onerosidad de la prestación, se tendrá en cuenta que los valores referenciales del Programa se han basado en una captura anual promedio no menor de 3,440,000 t. en la Zona A y 2,440,000 t. en la Zona B. En estos casos, la suspensión otorgada se extenderá hasta que los hechos que configuran el caso fortuito o la fuerza mayor, sean superados, salvo que éstos se extiendan por más de 180 días calendario, en cuyo caso podrá procederse a la resolución del contrato. La suspensión del Programa será comunicada por el Ministerio de la Producción con una anticipación de 30 días.

b) Resolución: Opera la resolución del Convenio en los siguientes

casos:

b.1) por causal de caso fortuito o de fuerza mayor, debidamente acreditados, que hagan excesivamente onerosa la contraprestación a cargo de los establecimientos industriales pesqueros.

La resolución del Convenio por esta causal se sujeta a las consideraciones previstas para la suspensión a que alude el literal precedente.

b.2) Por incumplimiento en los plazos de implementación del

Programa, el Ministerio de la Producción procederá a

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ejecutar la garantía de “fiel cumplimiento del período de implementación” pudiendo convocar al postor que quedó en segundo lugar en el proceso de selección para dicha Zona, salvo que dicho postor haya sido seleccionado para ejecutar el Programa en la otra Zona, y suscribir el correspondiente Convenio.

b.3) Por incumplimiento injustificado de las obligaciones

asumidas en el Convenio por la empresa a cargo de la ejecución del Programa en una Zona, el Ministerio de la Producción podrá resolver el Convenio de Ejecución del Programa.

En tal caso, el Ministerio de la Producción deberá requerir

de manera previa a la empresa a fin de que cumpla con atender la obligación a su cargo en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles. Si dentro del plazo otorgado, no se denota el cumplimiento de la obligación imputada, el Ministerio se encuentra facultado a resolver el Convenio suscrito.

b.4) En caso se hubiera ejecutado íntegramente la garantía de

fiel cumplimiento de ejecución del Programa, el Ministerio de la Producción podrá resolver el Convenio de Ejecución del Programa.

c) En caso de renuncia unilateral al Programa por parte de una de las

empresas seleccionadas, se deberá comunicar al Ministerio de la Producción por escrito vía carta notarial, con al menos ciento veinte (120) días calendario de anticipación, quedando facultado el Ministerio de la Producción a ejecutar la garantía del “fiel cumpli-miento de ejecución del Programa”.

En caso de abandono del Programa, o no comunicación conforme lo señalado anteriormente, el Ministerio de la Producción, adicionalmente, y sin perjuicio de la ejecución de la indicada garantía, quedará facultado para iniciar las acciones judiciales que correspondan.

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ANEXO I

ZONA Sucursal LocalidadPAITABAYOVARSECHURA

Total PAITARAZURISALAVERRY

A Total CHICAMACHIMBOTECOISHCOSANTACOMAND. NOELCULEBRASHUARMEYSAMANCO

Total CHIMBOTESUPECARQUINHUACHOVEGUETA

Total HUACHOCHANCAY CHANCAYTotal CHANCAYCALLAO CALLAO

B Total CALLAOPARACAST. DE MORA

Total PISCOPACOCHAI L OMATARANIMOLLENDOOCOÑAATICO

Total ILO

DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICA DE LAS ZONAS A Y B

PISCO

ILO

PAITA

CHICAMA

CHIMBOTE

HUACHO

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ANEXO II

US$ %

Costos del Personal (Remuneraciones, horas extras, seguros, beneficios sociales y viáticos)

CARGO(1) CANTIDAD REMUNERACIÓN TOTAL $Jefe del PoryectoAsistentesResponsable de logísticaResponsable del Área OperativaResponsable del Área FinancieraJefes de Oficina RegionalSupervisores de ÁreaInspectoresMuestreadoresAsistentes Jefes de Oficina RegionalOtros Cargos (especificar)2 Supervisores contratados para el PRODUCE (2)

(1) El cargo es de carácter indicativo.(2) Cada empresa contratará a un Supervisor, durante las temporadas de pesca en el centro - norte.. Incluye honorarios, pasajes y viáticos considerando 5 viajes a diferentes partes del litoral, durante aproximadamente 1 semana en abril, mayo, junio, noviembre y diciembre.(3) En el centro - norte, los períodos de pesca incluyen intermitentemente días de suspensión temporal de las actividades extractivas. Generalmente, los días de pesca efectivos al año son 60, distribuidos entre los meses de abril a julio y octubre a diciembre. Las suspensones temporales totalizan aproximadamente 80 días al año.(4) La veda en el centro - norte se da generalmente en los meses de enero a marzo y de agosto a setiembre.(5) Se incluíran tambien los gastos generados por los dos Supervisores del Programa.

Costo total por mes de temporada de pesca (3)

Costo total por mes de veda (4)

Viáticos y pasajes (5)

Costo total anual del personal operativo

COSTO TOTAL ANTES DE UTILIDAD

UTILIDAD

COSTO TOTAL DEL PROGRAMA

COSTOS DE PERSONAL

Autoseguro para cubrir penalidadesOtros (especificar)

Total

Otros (especificar)Total

COSTOS FINANCIEROSCostos Financieros

ESTRUCTURA DE COSTOS DEL PROGRAMA POR PERIODO(RESUMEN GENERAL)

ConceptoCOSTOS DE OPERACIÓN

Auditoría interna (Control de calidad)Auditoría externaGastos Administrativos (alquileres, correspondencia, internet, servicios bases de datos, etc)Fondo Contingente (Imprevistos)

Costo de comunicaciones (fija y móvil)Costos de inversiónMuebles y materiales de oficina Vestuario y materiales para inspectores

Seguro Complementario de Trabajo de RiesgoCapacitaciónIncentivos para trabajadoresCosto de transporte (Aereo, terrestre y marítimo)

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CONCEPTO CANTIDAD UNIDADMEDIDA

VALORUNITARIO $ VALOR TOTAL

Materiales para impresoras y fotocopiadorasMuebles de oficina.Papel y útiles de escritorioFormulario e impresosFotocheksOtros (especificar)

TOTAL MUEBLES Y MATERIALES

EQUIPOS CANTIDAD UnidadMedida

VALORUNITARIO $ VALOR TOTAL

CELULARESCELULARES SATELITALESBATERIA-CELULARES SATELITALESCARGADOR-CELULARES SATELITALESRADIOSEQUIPO BASE-RADIOREPETIDORAS-RADIOACTIVACIONOTROS

EQUIPOS CANTIDAD UnidadMedida UNITARIO $ VALOR TOTAL

MAMELUCOSCASCOSCASACASBOTINESCHALECOS SALVAVIDASTABLEROMALETINESLINTERNASINSTRUMENTOS Y UTENSILIOS PARA MUESTREOOTROS

COSTO DE MUEBLES Y MATERIALES DE OFICINA

INVERSIONES DE OPERACIÓNComunicaciones

TOTAL COMUNICACIONES

EQUIPOS PARA INSPECTORES

TOTAL

EQUIPOS CANTIDAD UnidadMedida

VALORUNITARIO $ VALOR TOTAL

SERVIDORESCOMPUTADORASIMPRESORASESTABILIZADORESOTROS (ESPECIFICAR)

VEHICULOS CANTIDAD UnidadMedida

VALORUNITARIO $ VALOR TOTAL

CAMIONETAS DE DOBLE CABINA

TOTAL

TOTAL INVERSIONES

VEHICULOS

EQUIPOS DE COMPUTO

TOTAL

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ANEXO III

CONVENIO PARA LA EJECUCIÓN DEL “PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE LA PESCA Y EL DESEMBARQUE EN EL ÁMBITO MARÍTIMO” ENTRE EL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Y LA

EMPRESA/CONSORCIO SELECCIONADO

Conste por el presente documento, el Convenio para la Ejecución del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ámbito Marítimo”, que celebran de una parte, el Ministerio de la Producción, con domicilio en Calle Uno Oeste N° 060, Urb. Corpac – San Isidro – Lima, con RUC Nº …………, debidamente representado por el señor Viceministro de Pesquería, ................................., identificado con DNI Nº …………, designado mediante Resolución Suprema N° .................., quien en lo sucesivo se denominará PRODUCE; y de la otra parte la empresa/consorcio ......................................, con domicilio en ..................., debidamente representado por ......................................., identificado con ..............., y debidamente autorizado mediante Acuerdo de Directorio de fecha ........, a quien en adelante se le denominará LA EMPRESA/EL CONSORCIO; en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGAL 1.1 Ley N° 27789, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la

Producción; 1.2 Decreto Supremo N° 002-2002-PRODUCE, Reglamento de

Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y modificatoria;

1.3 Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca; 1.4 Decreto Supremo N° 012-2001-PE, Reglamento de la Ley General de

Pesca; 1.5 Decreto Supremo N° 006-2002-PE, Medidas sobre construcciones

ilegales de embarcaciones pesqueras, actividades extractivas sin permiso de pesca e incremento ilegal de capacidades de bodega;

1.6 Decreto Supremo N° 016-2007-PRODUCE. Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC).

1.7 Decreto Supremo N° 027-2003-PRODUCE, “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”;

1.8 Decreto Supremo N° 027-2005-PRODUCE, amplía indefinidamente el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”;

1.9 Decreto Supremo N° 029-2005-PRODUCE, Modifica el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”.

1.10 Decreto Supremo N° 004-2006-PRODUCE, nombra la nueva Comisión encargada de convocar, evaluar y seleccionara a la empresa que se hará cargo de la ejecución del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, dando facultades al

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Ministerio para modificar los plazos del Convenio con resolución ministerial.

1.11 Resolución Ministerial No. 071-2006-PRODUCE, modificando los plazos de vigencia del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” y extendiendo el actual Convenio con SGS del Perú SAC.

1.12 Mediante Resolución Ministerial No. 382-2007-PRODUCE, se constituye la Comisión encargada de elaborar las Bases, convocar y conducir el proceso de selección de las empresas que presten servicios de ejecución del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarques en el Ámbito Marítimo”, correspondiente al período del 1 de julio de 2008 al 17 de enero de 2011.

CLÁUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES 2.1 Mediante Decreto Supremo N° 027-2003-PRODUCE, se creó el “Programa

de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, cuyo objetivo general es combatir la pesca ilegal de recursos hidrobiológicos del ámbito marítimo, con el uso de embarcaciones que no cuentan con permiso de pesca o que contando con dicho derecho administrativo capturan recursos no autorizados, así como aquellos que teniendo permiso de pesca descargan un volumen mayor al autorizado.

2.2 Por Decreto Supremo N° 027-2005-PRODUCE, se amplió indefinidamente

el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, constituyéndose una Comisión encargada de convocar, elaborar los términos de referencia y conducir el proceso de selección de la empresa que se encargará de ejecutar el referido programa para un nuevo período.

2.3 Mediante Decreto Supremo N° 029-2005-PRODUCE, se modificó el

“Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” introduciendo actividades adicionales relacionadas con el control de la tolerancia de ejemplares juveniles, la verificación del código de identificación del sistema de seguimiento satelital instalado en las embarcaciones pesqueras y el control del cumplimiento de las especificaciones técnicas y metrológicas de los instrumentos de pesaje de las plantas de harina de pescado.

2.4 Mediante Decreto Supremo N° 004-2006-PRODUCE, se nombra la nueva

Comisión encargada de convocar, evaluar y seleccionara a la empresa que se hará cargo de la ejecución del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, dando facultades al Ministerio para modificar los plazos del Convenio con resolución ministerial.

2.5 Mediante Resolución Ministerial No. 071-2006-PRODUCE, se modifica los

plazos de vigencia del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, se extiende el Convenio con SGS del Perú SAC y se aprueba la Segunda Adenda a al Convenio suscrito con SGS del Perú S.A.C..

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2.6 Mediante Resolución Ministerial No. 382-2007-PRODUCE, se delega al

Viceministro de Pesquería la suscripción de la Adenda al Convenio de Ejecución del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarques en el Ámbito Marítimo”, correspondiente al período del 18 de enero al 30 de junio de 2008.

CLÁUSULA TERCERA: OBJETO DEL CONVENIO Por el presente Convenio, LA EMPRESA/EL CONSORCIO se obliga ante el PRODUCE, a cumplir las disposiciones contenidas en el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, así como en las Bases del proceso de selección de la empresa que se encargará de la ejecución de este Programa en la Zona …. CLÁUSULA CUARTA: DE LA VIGENCIA El presente Convenio tendrá vigencia del 1 de julio de 2008 al 17 de enero del 2011. CLÁUSULA QUINTA: COSTO DEL PROGRAMA El costo total del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” para la Zona ….., será de US$.................., sin incluir el Impuesto General a las Ventas, el cual será facturado por tonelada métrica descargada, conforme al detalle que en Apéndice 1 forma parte integrante del presente Convenio. CLÁUSULA SEXTA: CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO Los servicios para el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, serán realizados por LA EMPRESA/EL CONSORCIO, de acuerdo a lo establecido en los Decretos Supremos Nº 027-2003-PRODUCE, Nº 029-2005-PRODUCE y Nº 004-2006-PRODUCE y la Resolución Ministerial 071-2006-PRODUCE y demás modificatorias, así como a las Bases aprobadas para el proceso de selección materia del presente Convenio. PRODUCE, a través de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, proporcionará la relación de los establecimientos industriales pesqueros de consumo humano indirecto, a los que se prestará los servicios del Programa, previa suscripción del Convenio de fiel y cabal cumplimiento con la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia (DIGSECOVI). CLÁUSULA SÉTIMA: COMPROMISOS DE LAS PARTES LA EMPRESA/EL CONSORCIO, se obliga ante PRODUCE, a cumplir cabalmente en la Zona ….las disposiciones contenidas en el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”,

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aprobado mediante el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, Decreto Supremo Nº 029-2005-PRODUCE, Nº 004-2006-PRODUCE y normas complementarias y modificatorias. Así mismo, si al culminar el período de Ejecución del Programa, el nuevo proceso de selección no hubiera concluido con la correspondiente adjudicación, LA EMPRESA/EL CONSORCIO se obliga a asegurar la continuidad del mismo en la Zona respectiva por un período mínimo de 6 meses, o hasta que se realice un nuevo proceso de selección. PRODUCE se compromete a la formación de un Comité de Trabajo conformado por éste, la Sociedad Nacional de Pesquería y LA EMPRESA/EL CONSORCIO, para evaluar y realizar el seguimiento al desarrollo del Programa de Vigilancia y Control y el desarrollo de los Convenios y Contratos, a efectos de proponer las modificaciones que pudieren resultar necesarias para el mejor desenvolvimiento del Programa de Vigilancia y Control. CLÁUSULA OCTAVA: CONDICIONES DE CRÉDITO Y MOROSIDAD LA EMPRESA/EL CONSORCIO otorga a los titulares de las EIP un plazo de diez (10) días contados a partir de la fecha de emisión de la factura para su pago. En el hipotético caso que se presentara un atraso mayor a 05 días, LA EMPRESA/EL CONSORCIO comunicará por escrito a PRODUCE para que éste proceda a la suspensión de la licencia al Establecimiento Industrial Pesquero (EIP), hasta que ésta se ponga al día en sus obligaciones con LA EMPRESA/EL CONSORCIO. CLÁUSULA NOVENA: PENALIDADES PRODUCE, aplicará a LA EMPRESA/EL CONSORCIO las Penalidades establecidas en los Términos de Referencia anexos a las Bases del proceso de selección. sin perjuicio de lo establecido en el Código Civil. CLÁUSULA DÉCIMA: SUSPENSIÓN, RESOLUCIÓN Y RENUNCIA DEL CONVENIO Se adoptarán las causales de Suspensión, Resolución y Renuncia del Convenio, establecidas en las Bases aprobadas para el proceso de selección materia del presente Convenio, sin perjuicio de lo establecido en el Código Civil CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: COMPETENCIA TERRITORIAL Las controversias que se generen con motivo de la celebración y ejecución del presente Convenio, se someterán a proceso arbitral, debiendo someterse a las reglas y jurisdicción de la Cámara de Comercio de Lima, a través de la designación de un Tribunal Arbitral.

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CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: NOTIFICACIONES Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes, con motivo de la ejecución del presente Convenio, ambas partes señalan como sus respectivos domicilios los indicados en la parte introductoria del presente instrumento. El cambio de domicilio de cualquiera de las partes, surtirá efecto desde la fecha cierta de notificación o comunicación del caso mediante carta enviada por la vía notarial. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY En todo lo no previsto por las partes en el presente Convenio, éstas se someten a las disposiciones contenidas en el Código Civil y demás normas del sistema jurídico que resulten aplicables. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: ESTIPULACIONES FINALES Ante la eventualidad de que se susciten hechos que constituyan caso fortuito o fuerza mayor, que puedan alterar la ejecución del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, ambas partes se comprometen a revisar las disposiciones del presente Convenio, en cuanto fuera pertinente. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: CONSECUENCIA DE LA RESOLUCIÓN Y RENUNCIA DEL CONVENIO En casos de resolución o renuncia del Convenio, así como abandono del Programa por parte de LA EMPRESA, se procederá de acuerdo a lo establecido en las Bases aprobadas para el proceso de selección materia del presente Convenio. El presente Convenio se celebra y suscribe en dos ejemplares de igual contenido y valor para constancia de las partes intervenidas, en la ciudad de Lima a los ………….............. días del mes de ………………. de 2008. ___________________________ _________________________ PRODUCE LA EMPRESA/EL CONSORCIO

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Apéndice 1 al ANEXO III

FACTURACION A LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES

PESQUEROS En cada Zona, la facturación se efectuará cada quince (15) días. El titular del Establecimiento Industrial Pesquero tiene un plazo de diez (10) días calendario para efectuar el pago correspondiente. De acuerdo a la duración del servicio establecida en el numeral 1.6 de las Bases, la facturación, considerará los siguientes tres períodos: el primero, desde el 1 de julio de 2008 hasta el 17 de enero del 2009, el segundo, desde el 18 de enero del 2009 hasta el 17 de enero del 2010 y el tercero, desde el 18 de enero de 2010 hasta el 117 de enero de 2011. LA EMPRESA/EL CONSORCIO encargada de la ejecución del Programa en cada Zona, facturará: 1. Un dólar con veinte centavos (US $ 1.20) por tonelada de materia prima

descargada en las plantas de harina y aceite de pescado, hasta cubrir el costo total del primer período equivalente a US $ ………………………………………….

2. Una vez facturado el costo total del período, LA EMPRESA/EL CONSORCIO, facturará por cada tonelada descargada en los EIP, el monto de un dólar con 00/100 centavos (US $ 1.00), exonerándose a aquellos titulares de EIP que hubieran pagado en exceso, hasta completar el monto excedido.

Liquidación al término de cada período El monto total a facturar, que deberán pagar los titulares de los EIP de cada Zona al final de cada período, será el resultado de multiplicar el volumen total de la materia prima descargada en cada EIP por el factor de costo total por tonelada. El factor de costo total por tonelada en cada período, para cada Zona, es el resultado de dividir el costo total del período entre el volumen total de la materia prima descargada en los EIP de la misma Zona en dicho período. Al final de cada año se procederá a recalcular los pagos que debe efectivamente pagar cada EIP de cada Zona, según el volumen de materia prima descargada en sus plantas de harina y aceite de pescado, de acuerdo al factor de costo total por tonelada. Del resultado obtenido, LA EMPRESA/EL CONSORCIO, se compromete a devolver el importe correspondiente, en caso exista un saldo a favor del EIP.

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Así también, de existir un saldo a cubrir por parte de los EIP, LA EMPRESA/EL CONSORCIO procederá a efectuar la facturación correspondiente en el término de cinco (05) días hábiles a cada EIP que se encuentre en dicho supuesto. Los montos previstos en el presente Apéndice de Convenio, no incluyen el pago del Impuesto General a las Ventas – IGV.

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ANEXO IV

TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA SELECCIÓN DE LAS EMPRESAS QUE EJECUTARÁN EL “PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE LA

PESCA Y EL DESEMBARQUE EN EL ÁMBITO MARÍTIMO”

CONTENIDO I. PUESTOS DE VIGILANCIA Y CONTROL

1.1 Funciones de la vigilancia y control en los puntos de descarga 1.2 Funciones de la vigilancia y control en los establecimientos

industriales pesqueros 1.3 Funciones de supervisión 1.4 Puestos de vigilancia y control

II. PROCEDIMIENTOS DE INSPECCIÓN Y LEVANTAMIENTO DE

INFRACCIONES III. BASE DE DATOS Y SOFTWARE IV. ASPECTOS DEL PERSONAL.

4.1 Requerimientos de personal 4.2 Personal mínimo para Oficinas Regionales y Locales 4.3 Perfil del personal directivo 4.4 Perfil del personal de supervisores 4.5 Perfil del personal de inspectores 4.6 Capacitación

V. REQUERIMIENTOS DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO VI. COORDINACIONES CON LAS AUTORIDADES PESQUERA Y

MARÍTIMA VII. EVALUACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL PROGRAMA. VIII. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DEL CALENDARIO DE

IMPLEMENTACION DEL PROGRAMA IX. PENALIDADES Y CAUSALES DE EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA

9.1 Faltas y penalidades 9.2 Causales de ejecución de la Garantía

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APÉNDICE I.- Número mínimo de inspectores, muestreadores y supervisores – Zona “A” APÉNDICE II.- Número mínimo de inspectores, muestreadores y supervisores – Zona “B” APÉNDICE III.- Puestos mínimos de vigilancia en veda - Zona “A”. APÉNDICE IV.- Puestos mínimos de vigilancia en veda - Zona “B”. APÉNDICE V.- Personal administrativo mínimo para oficinas – Zona “A”. APÉNDICE VI.- Personal administrativo mínimo para oficinas – Zona “B”. APÉNDICE VII.- Número mínimo requerido de equipos y vehículos – Zona “A”.

APÉNDICE VIII.- Número mínimo requerido de equipos y vehículos – Zona “B”.

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I. PUESTOS DE VIGILANCIA Y CONTROL

Funciones de vigilancia y control en los puntos de descarga La inspección en los puestos de vigilancia y control de los puntos de descarga: "chatas", muelles o desembarcaderos, se realizan durante los días efectivos de pesca, las 24 horas del día, en dos turnos, y comprenden las siguientes actividades:

a) Efectuar la vigilancia y control permanente de la descarga de

materia prima destinada a las plantas de harina y aceite de pescado, mediante la inspección en la zona de descarga.

b) Verificar la vigencia de los permisos de pesca de las

embarcaciones que efectúan descargas en los establecimientos industriales con licencia de procesamiento de harina y aceite de pescado o en zonas de desembarque cuya pesca es destinada a dicha actividad productiva, conforme a los listados que diariamente publique el Ministerio de la Producción en su Portal Institucional.

c) Verificar la correcta identificación de las embarcaciones

pesqueras industriales, conforme a las disposiciones legales vigentes.

d) Verificar el código de identificación del SISESAT cuando la

embarcación ingrese a descargar, así como y constatar su operatividad a través de las luces indicadoras, y en forma aleatoria con el Centro de Control Principal del SISESAT, confirmando la posición de la embarcación.

e) Verificar el estado de los precintos de seguridad de los equipos

del SISESAT, supervisando su instalación, remoción o sustitución, a cargo de las empresas proveedoras del servicio del SISESAT, elaborando las actas y reportes de ocurrencias correspondientes.

f) Llenar adecuadamente los formatos de las Actas de Inspección

de la E/P, levantar los Reportes de Ocurrencia a que hubiere lugar, consignando con precisión la infracción en que se hubiere incurrido y efectuar la notificación correspondiente.

g) La inspección de las descargas deberá comprender a todas las

embarcaciones pesqueras industriales, en todos los puntos de descarga de las plantas de harina y aceite de pescado –“chatas”, muelles y desembarcaderos-, ubicadas en el litoral, las 24 horas del día durante las temporadas de pesca.

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El inspector en los puntos de descarga deberá llenar los siguientes formatos: - Acta varias (de inspección a la E/P, de decomiso, de recepción-entrega, de remoción/instalación de precintos de seguridad, etc.). - Reporte de Ocurrencia y notificación. Funciones de la vigilancia y control en los Establecimientos

Industriales Pesqueros (EIP)

La inspección en los establecimientos industriales pesqueros se debe realizar durante los días de pesca efectiva, de veda y durante suspensiones temporales, las 24 horas del día, en dos turnos, y comprende las siguientes actividades:

a) Llenar adecuadamente los formatos de las Actas de Inspección

del EIP, con los volúmenes de recursos hidrobiológicos recibidos diariamente, levantar los Reportes de Ocurrencia a que hubiere lugar, consignando con precisión la infracción en que se hubiere incurrido y efectuar la notificación correspondiente.

b) Verificar que el volumen total descargado no exceda la capacidad

de bodega establecida en el permiso de pesca de la E/P. c) Efectuar aleatoriamente muestreos de los recursos

hidrobiológicos que se reciban en el establecimiento industrial pesquero, con el objeto de determinar porcentajes de ejemplares juveniles y de pesca incidental, de acuerdo a la metodología establecida en la Resolución Ministerial N° 257-2002-PE y modificatorias. Esta función debe ser realizada por el personal designado para muestreos y, excepcionalmente, por los inspectores de tolvas, según su disponibilidad de tiempo.

d) Verificar el correcto funcionamiento de las tolvas electrónicas y la

vigencia del Certificado de Calibración de dichos equipos emitido por empresas autorizadas por el INDECOPI, así como el control de los dispositivos de verificación del pesaje.

e) Verificar la correcta impresión de los reportes de pesaje emitidos

por los instrumentos electrónicos de pesaje, respecto al nombre de las embarcaciones, matrícula, especies y volúmenes de descarga consignados por el EIP.

f) Verificar el cumplimiento de los requisitos técnicos y metrológicos

contemplados en la Resolución Ministerial N° 358-2004-PRODUCE y modificatorias; así como elaborar las Actas de Remoción de Precintos de Seguridad de los instrumentos de pesaje.

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g) Vigilar que los residuos o descartes provenientes de las plantas para consumo humano directo con destino a las plantas de consumo humano indirecto, no contengan recursos hidrobiológicos enteros o trozados que se encuentren en buen estado (aptos para consumo humano),

En épocas de veda la vigilancia en los EIP re realizará manteniendo un número mínimo de inspectores, conforme se establece en los Apéndices III y IV, los cuales cumplirán un programa de vigilancia de los establecimientos industriales pesqueros, las 24 horas del día, en dos turnos. El inspector encargado de la vigilancia y control de los establecimientos industriales pesqueros deberá llenar los siguientes formatos: - Actas varias (de inspección EIP, de decomiso, de entrega-recepción, de remoción/instalación de sellos y precintos de seguridad a los instrumentos electrónicos de pesaje - Reporte de Ocurrencias y notificación. - Parte de Muestreo (formato). La empresa seleccionada para cada Zona deberá hacer imprimir por cada establecimiento industrial pesquero, los formatos antes mencionados y aquellos a que se refiere el punto 1.1, cuidando que los mismos estén prenumerados en forma secuencial. Los formatos, tanto del puesto de descarga como del puesto de pesaje de la materia prima, deberán estar impresos en papel fotocopiativo, en original y tres copias, con numeración correlativa por planta, con un código que permita identificar a la planta y la localidad. Una copia deberá quedar en el talonario para efectos de control posterior. La empresa a cargo de la ejecución del Programa en cada Zona, deberá proveer a los inspectores y muestreadores cuadernos de borrador con hojas prenumeradas, para que realicen sus anotaciones durante las actividades de control y vigilancia.

1.3 Funciones de Supervisión.

a. Verificar el cumplimiento de las actividades asignadas a los inspectores a su cargo ubicados en los puestos de vigilancia y control de los puntos de descarga y de los establecimientos industriales pesqueros; así como a los muestreadores.

b. Verificar que los talonarios de los formatos impresos mantengan

una copia del formato llenado, así como el original y las copias de los formatos anulados constatando el motivo de la anulación. Verificar que los cuadernos de borrador tengan sus páginas completas y prenumeradas.

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c. Controlar la asistencia de los inspectores a su cargo, a sus puestos de trabajo y el cumplimiento del programa de rotación de inspectores en la localidad.

d. Controlar que los inspectores y muestreadores asistan con su

credencial, indumentaria, vestuario, teléfono y en buenas condiciones físicas.

e. Dirigir y supervisar el trabajo de los encargados de muestreo.

f. Asistir técnicamente y en forma oportuna al inspector y al

muestreador cuando éstos lo requieran.

g. Coordinar con las Capitanías de Puerto, Oficinas de la Autoridad Portuaria Nacional y las Direcciones Regionales de la Producción de la jurisdicción asuntos relativos a la presencia de embarcaciones pesqueras presuntamente ilegales y otros vinculados a sus funciones.

h. Apoyar administrativamente a la Jefatura Regional en la revisión de

los formatos llenados, previo al procesamiento de datos.

i. Llenar en cada EIP el cuaderno de registro de visitas de los supervisores del Programa.

j. Reportar sus actividades directamente al Jefe Regional.

k. Informar a quien corresponda de la existencia de indicios

razonables de algún ilícito penal.

l. Reportar cualquier incidencia producida en la ejecución de sus funciones.

1.4 Puestos de Vigilancia y Control (personal operativo)

La empresa seleccionada deberá atender durante las 24 horas del día en temporadas de pesca (en turnos de 12 horas) en todos los puntos de descargas (“chatas” o muelles) y puntos de pesaje de la materia prima (tolvas de pesaje), incluyendo a los supervisores y personal de muestreo, conforme al detalle que se muestra en los Apéndices I y II “Número mínimo de inspectores y supervisores a nivel nacional en temporada de pesca. Durante las épocas de veda, se reducirá en cada Zona el número de inspectores al mínimo establecido en los Apéndices III y IV.

II. PROCEDIMIENTOS DE INSPECCIÓN Y LEVANTAMIENTO DE

INFRACCIONES

Las acciones de vigilancia y control a que se hace referencia en el presente documento se encuentran enmarcadas en las disposiciones

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contenidas en el Reglamento de Inspecciones y Sanciones de las Actividades Pesqueras y Acuícolas (RISPAC), aprobado por Decreto Supremo N° 016-2007-PRODUCE. Los procedimientos administrativos sancionadores derivados de las infracciones detectadas por las empresas seleccionadas, serán conducidos por la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia.

III. BASE DE DATOS Y SOFTWARE

3.1 Base de Datos Actualmente produce cuenta con información proveniente del programa Control Pesca, información que es actualizada 24 horas posteriores a las inspecciones realizadas y cuyo mayor detalle se encuentra en los servidores de la empresa contratante. Por otro lado el proceso actual contempla que el Ministerio debe remitir desde sus servidores hacia los servidores de la empresa contratante, hasta 3 veces por día la información detallada en el párrafo sub-siguiente con la finalidad de que la empresa contratante cuente con los datos recientemente actualizados. En vista de ello determinamos que las empresas seleccionadas deben consultar y almacenar en línea desde y hacia la base de datos del Ministerio la información que obtengan producto de las inspecciones y que se encuentra detallada en el párrafo siguiente, para lo cual el Ministerio les entregará la estructura de la base de datos correspondiente.

La base de datos del Ministerio contendrá información actualizada de los permisos de pesca, capacidades máximas de bodega, situación de las licencias de operación, así como, el contenido de las actas de inspección practicadas a las embarcaciones pesqueras industriales y a los establecimientos industriales pesqueros, los reportes de ocurrencias levantados, las notificaciones, los decomisos, las actas de remoción de precintos de seguridad, los partes de muestreo, los listados reembarcaciones con descargas mayores a los rangos establecidos respecto a la capacidad autorizada en el permiso de pesca, las actas anuladas y el motivo de la anulación, entre otros.

Los inspectores de las empresas seleccionadas deberán ingresar en la base de datos del Ministerio la información en el mismo momento en que esta es tomada. Así mismo la empresa que realiza el Control Pesca debe acceder directamente a la base de datos del Ministerio para la lectura de la información mencionada en el párrafo anterior y no a través de información procesada en otros servidores. Para ello la modalidad de comunicación será de acuerdo a la arquitectura que se presenta en el Apéndice IX.

3.2 Software

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Las empresas seleccionadas deberán contar con un software para dispositivos móviles que les permita la actualización y lectura de la información detallada en la base de datos del Ministerio de la Producción. El software móvil desarrollado deberá tener las siguientes características : a) Desarrollada en lenguaje J2ME por cada una de las empresas

encargadas del Programa de Control de Desembarques. b) Permitirá el envío directo de la información desde el lugar de

descarga, sin intermediarios. c) Actualización en línea de la base de datos del Ministerio de la

Producción, así como informes diarios sobre las tallas registradas y la presencia de pesca incidental.

d) Conectarse con la base de datos del Ministerio de la Producción para consultar en línea la información referida a los permisos de pesca, impedimento de zarpe y las características de la embarcación pesquera.

e) Registrar cada uno de los eventos que puedan ocurrir durante una inspección, incluyendo los mecanismos de control que permitan al Ministerio de la Producción hacer cualquier tipo de auditoría sobre la información registrada.

f) Registrar la información de cada una de las localidades definidas en la base de datos centralizada del Ministerio de la Producción.

Adicionalmente si las empresas, así lo estima conveniente, podrán desarrollar una aplicación en ambiente WEB con fines de consulta de la información registrada en la base de datos del Ministerio. Al concluirse la vigencia del convenio, las empresas que hayan estado a cargo del programa deberán hacer entrega al Ministerio de la Producción del software para aplicaciones móviles desarrollado con las últimas actualizaciones que se hayan realizado.

IV. ASPECTOS DEL PERSONAL

4.1 Requerimientos de personal La ejecución del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ámbito Marítimo”, requiere de personal directivo, profesionales y técnicos para realizar labores gerenciales, de inspección, de supervisión y de gestión administrativa.

La empresa seleccionada deberá establecer la estructura organizativa del Programa en función de las siguientes categorías de personal, como mínimo: Jefe del Programa de la Zona, Jefes Regionales, Supervisores, Inspectores en puntos de descarga, Inspectores en tolvas de pesaje en los EIP, Personal de Muestreo y Personal administrativo y logístico El número total de personal de inspectores deberá responder a las necesidades de vigilancia y control durante las 24 horas al día, en dos turnos de 12 horas c/u durante las temporadas de pesca. Esto supone que

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el personal de inspectores debe trabajar en períodos nocturnos, fines de semanas y días festivos. Todo el personal deberá trabajar a dedicación exclusiva para el Programa. Los inspectores, deberán ser rotados diariamente en cada puesto de vigilancia y control, y trimestralmente en un 30% a otra localidad. Igualmente, los supervisores deberán ser rotados a otra localidad dentro de la Región cada seis meses. En las épocas de veda biológica, la empresa seleccionada mantendrá el mínimo de inspectores por localidad, tal como se establece en las Bases. Durante las suspensiones temporales de las actividades extractivas en las temporadas de pesca en el litoral centro - norte, la empresa está obligada a mantener a todos los inspectores en los puestos de control y vigilancia de las plantas de harina y aceite de pescado.

La remuneración neta de los inspectores por hora trabajada no será menor de S/. 4.00 (CUATRO CON 00/100 NUEVOS SOLES), asimismo, el importe por concepto de viáticos diarios no será menor a S/. 12.00 (DOCE Y 00/100 NUEVOS SOLES). Para el ejercicio de sus labores, los inspectores de la empresa seleccionada deberán ser registrados y acreditados por la DIGSECOVI, siendo requisito indispensable no haber sido sancionados en caso de haberse desempeñado anteriormente como inspectores pesqueros en la DIGSECOVI o en las Direcciones Regionales de la Producción.

4.2 Personal administrativo mínimo para Oficinas Regionales y Locales

En los Apéndice V y VI se presenta el personal mínimo necesario para el funcionamiento administrativo de las Oficinas Regionales y Locales, de las Zonas A y B, respectivamente. 4.3 Perfil del personal directivo

Es el personal profesional con experiencia y carrera afín a los servicios que prestará la empresa seleccionada, comprende al Jefe del Programa y a los Jefes Regionales. Se les exige experiencia mínima en el sector pesquero de cinco y tres años, respectivamente.

4.4 Perfil del personal de supervisores

Es el personal especializado, profesional en carreras afines con la actividad pesquera, con experiencia y conocimientos en inspección y supervisión de actividades pesqueras. Experiencia mínima dos años en labores de supervisión o actividades pesqueras.

4.5 Perfil del personal de inspectores

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Es el personal especializado, con título, grado de bachiller, egresado o técnico, en carreras afines con la actividad pesquera, con experiencia mínima de 1 año en actividades pesqueras. 4.6 Capacitación Las empresas seleccionadas deberán prepara programas periódicos de capacitación en todos los niveles de la organización en cada Zona, con la finalidad de capacitar al personal en aspectos relacionados con la normatividad pesquera, funciones de la Autoridad Marítima, tecnología existente y supervivencia en la mar, entre otros. Los programas de capacitación deben incluir la evaluación del personal.

V. REQUERIMIENTOS DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO

5.1 Infraestructura La implementación del Programa requiere como mínimo la siguiente infraestructura : Para la Zona A: a) Oficinas centrales en Lima o Callao. b) Oficinas Regionales en Paita, Chicama, Chimbote, c) Oficinas Locales en Sechura, Huarmey, Casma, Samanco. Para la Zona B: a) Oficinas centrales en Lima o Callao. b) Oficinas Regionales en Callao, Pisco e Ilo. b) Oficinas Locales en Huacho, Supe, Chancay, Tambo de Mora, Atico y Mollendo.

5.2 Equipamiento informático y de comunicaciones

a) Red de telecomunicaciones a nivel de cada zona, que permita

interconectar ininterrumpidamente a todos los inspectores, supervisores, muestreadores y personal administrativo con el servidor central del Ministerio de la Producción para la actualización y consulta de la información.

b) Los dispositivos móviles para la consulta y registro de la información deberán contar con soporte de protocolo WAP y Java principalmente; además de tener los equipos una memoria: 64 Mb y ancho de banda; 10 Kbps como mínimo.

c) Servidor de aplicaciones capaz de mantener conectados en línea a todas las oficinas y puestos de vigilancia del programa con el servidor central del Ministerio de la Producción para la consulta de la información.

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d) El mínimo requerimiento de informática y comunicaciones requerido para cada Zona se detalla en los Apéndices VII y VIII.

e) Las computadoras deberán contar como mínimo con un procesador Intel Pentium IV de 3.0 Ghz y con 512 Mb de memoria RAM, para soportar el software descrito anteriormente de una forma eficiente.

f) Las impresoras deberán ser preferentemente tipo láser. g) Los equipos de comunicación del personal de campo, deberán estar

interconectados a la base de datos del Programa para cada Zona, de forma que permita visualizar información actualizada relativa a la embarcación, nombre, matrícula, vigencia del permiso de pesca, número de serie del equipo del sistema satelital de a bordo, capacidad de bodega, entre otros .

h) Facilidades de comunicación entre la sede central de las empresas encargadas de la ejecución del Programa y sus oficinas, con el PRODUCE y las Direcciones Regionales y Zonales con competencia pesquera y los usuarios, así como con la Autoridad Marítima y la Autoridad Portuaria Nacional, especialmente en zonas alejadas como Parachique, Puerto Rico, Chicama, Tambo de Mora, Atico y la Planchada.

Las empresas seleccionadas para la ejecución del Programa en las Zonas A y B, deben incluir el soporte de mantenimiento para el equipamiento descrito, así como también el material consumible consistente en cartuchos de tinta y tonner. 5.3 Equipamiento, vehículos e implementos. a) Las cantidades mínimas se detallan en los Apéndices VII y VIII. b) Las cámaras fotográficas deben ser digitales. c) Implementos de trabajo y de seguridad para el personal de

inspección (mamelucos, casco de seguridad, chalecos salvavidas, botas antideslizantes, anteojos de seguridad, protector auditivo, casaca y linterna). El vestuario debe contar con el logotipo de la empresa seleccionada.

d) Materiales e implementos para realizar muestreos. e) Los vehículos deben ser camionetas pick-up de doble cabina, con

una antigüedad máxima de tres años, con logotipo de la empresa seleccionada.

f) Asegurar el servicio de transporte marítimo para los inspectores y supervisores entre las chatas y tierra especialmente en las localidades en las que no existe servicio normal de lanchas fleteras y desembarcadero artesanal disponible en las inmediaciones (caso de Coishco, Zona del 27 de Octubre en Chimbote e Ilo).

g) Materiales de oficina y formatos impresos de control y vigilancia.

VI. COORDINACIONES CON LAS AUTORIDADES PESQUERA Y MARÍTIMA

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Este proceso comprende la acción de informar a la Dirección Regional de Producción (en adelante DIREPRO) correspondiente y a la Capitanía de Puerto u Oficina de la Autoridad Portuaria Nacional, según el caso, sobre la presencia en los puntos de descarga, de embarcaciones pesqueras industriales que presuntamente hubieren suplantando a otras embarcaciones pesqueras o no se encuentren en los listados oficiales que son publicados diariamente en el Portal Institucional. En tal caso, deberán adoptar las medidas tendentes a reforzar las actividades de vigilancia y control de la pesca ilegal prevista en el Decreto Supremo N° 006-2002-PE y normas ampliatorias, así como de los Decretos Supremos Nº 027-2003-PRODUCE, y Nº 029-2005-PRODUCE, y Nº 004-2006-PRODUCE y demás normas conexas.

VII. EVALUACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL PROGRAMA

Un Comité de Trabajo integrado por representantes del Ministerio de la Producción, la SNP y la empresa seleccionada, se encargará de evaluar y efectuar el seguimiento del desarrollo del Programa de Vigilancia y Control a efectos de proponer las modificaciones que pudieren resultar necesarias para su mejor desenvolvimiento. La DIGSECOVI supervisará a la empresa en las labores de vigilancia y control que realice en el marco del “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” y el cumplimiento de las obligaciones asumidas por ella, de acuerdo al Convenio. Adicionalmente, el Comité de Trabajo, tendrá a su disposición, durante cinco meses al año, dos supervisores con unos honorarios netos mensuales equivalentes a $ 2,000.00 (DOS MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS) para cada uno, con cargo al presupuesto de las empresas seleccionadas. Dichos supervisores serán propuestos por el Comité de Trabajo y presentarán sus informes a través de la DIGSECOVI. La supervisión en cada Zona, también comprende auditorías operativas y contables externas, para verificar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por la empresa, para verificar el correcto cumplimiento del Programa. Las empresas auditoras serán seleccionadas por el Comité de Trabajo, debiendo las empresas a cargo de la ejecución del Programa en cada Zona, asumir los costos derivados de dichas auditorías externas. A efectos de facilitar las tareas de las auditorías, las empresas encargadas de la ejecución del Programa en cada Zona, deberán establecer dentro de su contabilidad, un centro de costos específico para el Programa.

VIII. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DEL CALENDARIO DE

IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA

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8.1 El incumplimiento del plazo de implementación previsto en el calendario de la propuesta técnica de las empresas que resulten ganadoras, generará una penalidad equivalente a 18 UIT por cada día de atraso, la que se aplicará con cargo a la Garantía de Fiel Cumplimiento de la Implementación del Programa. La penalidad se calculará sobre la base del valor de la UIT del ejercicio fiscal.

8.2 En caso de un atraso mayor cinco (05) días calendario, el Ministerio

de la Producción podrá resolver el Convenio, sin perjuicio de la ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de la Implementación del Programa. Para estos efectos, se definirá como atraso, el número de días que se demora la empresa seleccionada en completar la infraestructura, equipamiento y/o personal, a partir del 24 de junio del 2008.

8.3 En caso de que no se resolviese el convenio después de

transcurridos los cinco (05) calendario de atraso, se continuará la aplicación de la penalidad diaria mencionada, hasta agotar el monto de la Garantía de Fiel Cumplimiento de la Implementación del Programa. Agotada la Garantía sin que se haya concluido la implementación el Ministerio de la Producción resolverá el convenio y procederá conforme se establece en el numeral siguiente (8.4).

8.4 En caso de resolverse el Convenio por incumplimiento en los plazos

de implementación del programa, el Ministerio de la Producción podrá convocar al postor que quedó en segundo lugar en el proceso de selección, procediendo a suscribir el correspondiente Convenio.

IX. PENALIDADES Y CAUSALES DE EJECUCIÓN DE GARANTÍA

9.1 Faltas y Penalidades

a) Constituyen faltas graves de las empresas encargadas de la ejecución del Programa en las dos Zonas, sujetas a una penalidad equivalente al 2 % del valor de la Garantía de “Fiel Cumplimiento de la ejecución del Programa” a que se refiere el último párrafo del numeral 9.5 de las Bases, cuando cualquier inspector contratado por la empresa seleccionada, incurra en cualquiera de los siguientes hechos:

a.1 Omitir información sobre las descargas y/o identificación de la embarcación. a.2 Alterar información sobre las descargas y/o identificación de la embarcación. Para todos los efectos se entenderá que las actas de inspección o reportes de ocurrencias constituyen medios probatorios y que la empresa encargada de las labores de vigilancia y control es responsable respecto a su veracidad.

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b) Constituyen faltas penalizadas a la empresa, las siguientes

situaciones : b.1 Utilizar como inspector a una persona no acreditada (10 UIT) b.2 No dar cumplimiento a las funciones establecidas en el convenio

y cartillas de instrucciones para los inspectores (3 UIT).

c) Constituyen faltas de los inspectores por las que es penalizada la empresa, las siguientes situaciones :

c.1 Cuando el inspector esté ausente de su puesto. (5 UIT) c.2 Cuando el inspector se encuentre en estado etílico o bajo la

influencia de estupefacientes u otras sustancias psicotrópicas durante su turno. (5 UIT)

c.3 Cuando el inspector es sorprendido durmiendo o distraído incumpliendo sus funciones durante su turno. (2 UIT) c.4 Cuando el inspector se presente sin su equipo de comunicación 1 UIT) c.5 Cuando el inspector se presenta a realizar sus labores de

control y vigilancia desembarque sin su acreditación. (1/2 UIT) c.6 Cuando el inspector se presente sin su vestimenta de trabajo y

seguridad. (1/2 UIT)

Los inspectores de la empresa que participa en el Programa y que incurran en algunas de las situaciones señaladas en los literales c.1 a c.6 del numeral 9.1, deberán ser retirados del Programa sin perjuicio de la aplicación de la penalidad establecida.

9.2 Causales de Ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de

Ejecución del Programa

a) Incurrir en más de diez (10) veces por año en las faltas tipificadas en los literales a1) y a2) del numeral 9.1.

b) La falta de pago de las penalidades impuestas dentro de un plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la empresa encargada de la ejecución del Programa.

c) Por incumplimiento del Convenio.

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48

Apéndice I

ZONA LOCALIDAD N° EMPRESA TOLVAS / BALANZA

Inspectores TOLVAS

CHATASPTOS. DE

DESCARGA (ABSORV.)

Inspectores CHATAS

MUELLEPTOS. DE

DESCARGA (ABSORV.)

Inspectores MUELLE

EIP sin Tolva (Med.)

Inspectores MEDITERRA

NEO

INSPECTOR

ES X DOS TURNOS

TOTAL POR LOCALIDAD

TOTAL POR REGIÓN

Inspectores REEMPLAZO

Muestreadores

TOTAL SUPERVI-

SORES

TOTAL PERSONAL DE CAMPO

X DOS TURNOS

PAITA BAYOVAR 1 CORPORACION PESQUERA INCA S.A. 4 4 0 0 0 1 4 4 0 0 8 2 1 16BAYOVAR 2 EMPRESA PESQUERA PUERTO RICO S.A.C. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4 12SECHURA 3 CONSERVERA GARRIDO S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4 1SECHURA 4 CORPORACION PESQUERA COISHCO S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4 2 2 16SECHURA 5 PRODUCTOS MARINOS DEL PACIFICO SUR S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4 12

PAITA 6 AUSTRAL GROUP S.A.A. 2 2 0 0 0 1 2 2 0 0 4PAITA 7 DEL MAR S.A. (COPEINCA) 2 2 2 2 4 0 0 0 0 0 6PAITA 8 PESQUERA HAYDUK S.A. 2 2 0 0 0 1 2 2 0 0 4 4 2 1 31

TIERRA COLORADA 9 TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. (EX-SIPESA) 2 2 1 1 2 1 1 2 0 0 6TIERRA COLORADA 10 CORPORACION DEL MAR S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4 24 48

CHICAMA RAZURI 1 ALEXANDRA S.A.C 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4RAZURI 2 CORPORACION PESQUERA INCA S.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4RAZURI 3 TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. (EX-SIPESA) 3 2 2 3 4 0 0 0 0 0 6RAZURI 4 PESQUERA EXALMAR S.A. 3 2 2 3 4 0 0 0 0 0 6RAZURI 5 PESQUERA HAYDUK S.A. 3 2 2 3 4 0 0 0 0 0 6RAZURI 6 PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A. 3 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4 7 4 1 64RAZURI 7 PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARAN S.A.C. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4RAZURI 8 COMPAÑÍA PESQUERA DEL PACIFICO CENTRO S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4RAZURI 9 TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4RAZURI 10 CORPORACION DEL MAR S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4

SALAVERRY 11 ASESORIA PESQUERA E.I.R.L. (Med) 0 0 0 0 0 0 0 0 1 2 2SALAVERRY MUELLE SALAVERRY 1 2 0 0 0 1 1 2 0 0 4 52 52

CHIMBOTE CHIMBOTE NORTE 1 ACTIVIDADES PESQUERAS S.A. (Med) 0 0 0 0 0 0 0 0 1 2 2CHIMBOTE NORTE 2 INVERSIONES RIGEL S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4CHIMBOTE NORTE 3 PESQUERA MARU S.A.C. 1 2 0 0 0 1 1 2 0 0 4CHIMBOTE NORTE 4 CONSERVAS SANTA ADELA S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4CHIMBOTE NORTE 5 TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. (EX-SIPESA) 2 2 1 2 2 1 1 2 0 0 6 5 2 1 38CHIMBOTE NORTE 6 PESQUERA EL PILAR S.A. 1 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4CHIMBOTE NORTE 7 DON RAUL S.A.C (Med ) 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0CHIMBOTE NORTE MUELLE GILDEMEISTER 1 2 0 0 0 1 3 4 0 0 6 30

CHIMBOTE CENTRO 8 PESQUERA EXALMAR S.A. 3 2 2 4 4 0 0 0 0 0 6CHIMBOTE CENTRO 9 CORPORACION PFB-CENTINELA S.A.C. 2 4 2 4 4 0 0 0 0 0 8CHIMBOTE CENTRO 10 CORPORACION INDUSTRIAL MILAGROS DEL MAR (Med) 0 0 0 0 0 0 0 0 1 2 2CHIMBOTE CENTRO 11 TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4 6 2 1 43CHIMBOTE CENTRO 12 CORPORACION PESQUERA NEWTON S.A.C. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4CHIMBOTE CENTRO 13 PESCA PERU CHIMBOTE NORTE S.A. 3 2 0 0 0 1 3 4 0 0 6CHIMBOTE CENTRO 14 PESQUERA JADA S.A 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4 34

CHIMBOTE SUR 15 COMPAÑÍA PESQUERA DEL PACIFICO CENTRO S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4CHIMBOTE SUR 16 CORPORACION FISH PROTEIN S.A. 4 2 0 0 0 1 4 4 0 0 6CHIMBOTE SUR 17 CRIDANI S.A.C. 2 2 0 0 0 1 2 2 0 0 4CHIMBOTE SUR 18 PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A. 3 2 0 0 0 1 3 4 0 0 6 6 2 1 47CHIMBOTE SUR 19 PRODUCTOS MARINOS DEL PACIFICO SUR S.A. 2 2 0 0 0 1 2 2 0 0 4CHIMBOTE SUR 20 VLACAR S.A.C. 3 4 1 2 4 1 1 2 0 0 10CHIMBOTE SUR 21 PESQUERA LILA S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4 38

COISCHO 22 PESQUERA CANTABRIA S.A 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4COISHCO 23 AUSTRAL GROUP S.A.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4COISHCO 24 CORPORACION PESQUERA COISHCO S.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4COISHCO 25 PESQUERA HAYDUK S.A. 3 4 2 3 4 0 0 0 0 0 8

SANTA 26 RECURSOS DEL MAR S.A.C. (Med) 0 0 0 0 0 0 0 0 1 2 2 5 2 1 38SANTA 27 CORPORACION VIRGO S.R.L (Med) 0 0 0 0 0 0 0 0 1 2 2SANTA 28 PESCA PERU PISCO NORTE S.A.C. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4SANTA 29 NATURAL PROTEIN TECHNOLOGIES S.A.C. (Med) 0 0 0 0 0 0 0 0 1 2 2 30 132

CULEBRAS 31 PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4HUARMEY 32 CFG INVESTMENT S.A.C. (EX-ALEXANDRA) 2 4 1 2 2 0 0 0 0 0 6 3 2 1 24HUARMEY 33 AUSTRAL GROUP S.A.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4HUARMEY 34 PESCA PERU HUARMEY S.A. (COPEINCA) 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4 18

COMAND.NOEL 30 CORPORACION PESQUERA INCA S.A. 2 2 2 2 4 0 0 0 0 0 6 6 0 1 7SAMANCO 35 PESQUERA DIAMANTE S.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4 1 1 1 11SAMANCO 36 TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4 8 32

HUACHO CARQUIN 1 PESQUERA LIBERTAD S.A.C. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4CARQUIN 2 PESQUERA EXALMAR S.A. 2 2 2 2 4 0 0 0 0 0 6VEGUETA 3 TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. (EX-SIPESA) 2 2 2 2 4 0 0 0 0 0 6 6 2 1 35VEGUETA 4 PESQUERA HAYDUK S.A. 3 2 2 3 4 0 0 0 0 0 6HUACHO 5 PESQUERA INDUSTRIAL MARITIMA S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4 26

SUPE 6 COMPAÑÍA PESQUERA DEL PACIFICO CENTRO S.A. 2 2 2 2 4 0 0 0 0 0 6SUPE 7 CONSERVERA GARRIDO S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4SUPE 8 NEGOCIACION PESQUERA DEL SUR S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4 5 2 1 34SUPE 9 PESQUERA 2020 S.A.C. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4SUPE 10 PESQUERA DIAMANTE S.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4SUPE 11 TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4 26 52

TOTAL 117 136 64 93 130 14 30 38 7 12 316 316 316 52 25 11 404

NUMERO MÍNIMO DE INSPECTORES, SUPERVISORES Y MUESTREADORES EN DOS TURNOS ZONA "A"

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49

Apéndice II

ZONA LOCALIDAD N° EMPRESA TOLVAS / BALANZA

Inspectores TOLVAS

CHATASPTOS. DE

DESCARGA (ABSORV.)

Inspectores CHATAS

MUELLEPTOS. DE

DESCARGA (ABSORV.)

Inspectores MUELLE

EIP sin Tolva (Med.)

Inspectores MEDITERRA

NEO

INSPECTOR

ES X DOS TURNOS

TOTAL POR LOCALIDAD

TOTAL POR REGIÓN

Inspectores REEMPLAZ

O

Muestreadores

TOTAL SUPERVI-

SORES

TOTAL PERSONAL DE CAMPO

X DOS TURNOS

CHANCAY CHANCAY 1 ALEXANDRA S.A.C 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4CHANCAY 2 AUSTRAL GROUP S.A.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4CHANCAY 3 EMPRESA PESQUERA SAN FERMIN S.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4CHANCAY 4 EPESCA S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4 5 2 1 38CHANCAY 5 PESQUERA NEMESIS S.A.C. 2 2 2 2 4 0 0 0 0 0 6CHANCAY 6 PESQUERA POLAR S.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4CHANCAY 7 PACIFIC FISHING BUSINESS S.A.C. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4 30

CALLAO CALLAO 1 CORPORACIÓN DEL MAR S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4CALLAO 2 MAQUIMAR S.A. 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0CALLAO 3 TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. (EX-SIPESA) 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4CALLAO 4 PESQUERA CAPRICORNIO S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4 4 2 1 27CALLAO 5 PESQUERA DIAMANTE S.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4CALLAO 6 TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4 20 50

PISCO PARACAS 1 AUSTRAL GROUP S.A.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4PARACAS 2 EPESCA S.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4PARACAS 3 TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. TASA SUR (EX-SIPESA) 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4PARACAS 4 CONSORCIO MALLA S.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4PARACAS 5 PESQUERA DIAMANTE S.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4 6 2 1 37PARACAS 6 SAN FERNANDO S.A. (Med) 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0PARACAS 7 PRISCO S.A.C. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4PARACAS 8 TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. TASA NORTE 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4 28

TAMBO DE MORA 9 COMPAÑÍA PESQUERA DEL PACIFICO CENTRO S.A. 2 2 2 2 4 0 0 0 0 0 6TAMBO DE MORA 10 CORPORACIÓN DEL MAR S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4TAMBO DE MORA 11 PESQUERA JADRANKA S.A.C. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4TAMBO DE MORA 12 PESQUERA ALEJANDRIA S.A.C. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4 5 2 1 40TAMBO DE MORA 13 PESCA PERU TAMBO DE MORA NORTE S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4TAMBO DE MORA 14 PESQUERA CENTINELA S.A. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4TAMBO DE MORA 15 PESQUERA EXALMAR S.A. 2 2 2 2 4 0 0 0 0 0 6 32 60

ILO ATICO 1 TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. (EX-SIPESA) 2 2 2 2 4 0 0 0 0 0 6 1 2 1 14LA PLANCHADA 2 CFG INVESTMENT S.A.C. (EX-ALEXANDRA) 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4 10

ILO 3 ARMADORES PESQUEROS S.A. 2 2 2 2 4 0 0 0 0 0 6ILO 4 PESQUERA HAYDUK S.A. 3 2 2 3 4 0 0 0 0 0 6ILO 5 PESQUERA RUBI S.A. 3 2 2 3 4 0 0 0 0 0 6 6 2 1 39ILO 6 PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4

PACOCHA 7 AUSTRAL GROUP S.A.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4PACOCHA 8 NEGOCIOS ATENEA S.A.C. 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4 30

ISLAY 9 TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. (EX-SIPESA) 3 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4MOLLENDO 10 TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. (EX-SIPESA) 1 2 1 1 2 0 0 0 0 0 4 3 2 1 18MOLLENDO 11 PESQUERA DIAMANTE S.A. 2 2 1 2 2 0 0 0 0 0 4MOLLENDO 12 SAN FERNANDO S.A. (Med) 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 12 52

TOTAL 65 74 44 64 88 0 0 0 3 0 162 162 162 30 14 7 213

NUMERO DE INSPECTORES, SUPERVISORES Y MUESTREADORES EN DOS TURNOS ZONA "B"

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50

Apéndice III

Paita 3Sechura/Bayovar 3

Total Paita 6Total Chicama 8Chimbote Norte 4Chimbote Centro 4

Chimbote Sur 5Coishco 4Casma 1

Samanco 1Huarmey 3

Total Chimbote 22Huacho 5

Supe 4Total Huacho 9

Total 45

PUESTOS DE VIGILANCIA EN VEDA ZONA "A"

Zona / Localidad N° de puestos en veda

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51

Apéndice IV

Total Chancay 4Total Callao 3

Pisco 4Tambo de Mora 4

Total Pisco 8Atico 0

Mollendo 0Ilo 0

Total Ilo 0

Total 15

PUESTOS DE VIGILANCIA EN VEDA - ZONA "B"

Zona / Localidad N° de puestos en veda

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52

Apéndice V

Sede Localidad Jefe de Control de Descargas Coordinadores Jefe Oficina

RegionalVerificador y

Digitador

Paita 2Sechura 2

Chicama Chicama 1 4Chimbote 7Huarmey 1Huacho 3Supe 2

1 3 4 2129

Total

PERSONAL ADMINISTRATIVO MÍNIMO PARA OFICINAS ZONA "A"

Paita

1 3

1

Chimbote 1

Huacho 1

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53

Apéndice VI

Sede Localidad Jefe de Control de Descargas Coordinadores Jefe Oficina

RegionalVerificador y

Digitador

Chancay Chancay 3Callao Callao 3

Pisco 4T. Mora 1

Atico 2Mollendo 1

Ilo 31 3 3 17

24Total

Pisco 1

Atico 1

PERSONAL ADMINISTRATIVO MÍNIMO PARA OFICINAS ZONA "B"

1 3

1

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54

Apéndice VII

Oficina Celulares Radios Computadoras Impresoras Fotocopiadora Fax Cámaras VehículosChancay 20 2 1 1 2 -Callao 19 2 1 1 1 1Pisco 42 2 1 1 2 2Atico 3 1 1 1 1Mollendo 12 1 1 1 1 1Ilo 22 3 1 1 1 1Oficina Central* 13 5 9 1 1 1

Apoyo a PRODUCE, DIREPROS y DICAPI*

25 8 3 1 - - -

Total 156 0 24 18 1 6 9 7

PC´S8 (*)

19

(*) Una LAPTOP

1TOTAL 25 3

FOTOCOPIADORA1

COORD. PROGRAMA 2 1CAPITANÍA ILO 1

CAPITANÍA MOLLENDO 1CAPITANÍA PISCO 1COMOPERGUARD 1DIREPRO TACNA 1

DIRERPO MOQUEGUA 2DIREPRO AREQUIPA 3

DIREPRO ICA 3DIREPRO LIMA 2

DNEPP 1SISESAT 2

DIGSECOVI 5 2

NÚMERO MÍNIMO REQUERIDO DE EQUIPOS Y VEHÍCULOS - ZONA "A"

* Se asume que la oficina central estará establecida en el Callao.

EQUIPOS EN APOYO AL PRODUCE, DIREPROS Y DICAPIOFICINA CELULARES IMPRESORAS

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55

Apéndice VIII

Oficina Celulares Radios Computadoras Impresoras Fotocopiadoras Fax Cámaras VehículosPaita 16 1 1 1 2 1Sechura 25 2 1 1 2 1Chicama 29 8 2 1 1 4 1Chimbote 91 4 2 1 12 2Huarmey 8 1 1 1 -Huacho 16 2 1 1 2 1Supe 15 1 1 1 1 -Oficina Central* 13 5 9 1 1 1

Apoyo a PRODUCE, DIREPROS y DICAPI*

30 8 3 1 - - -

Total 243 8 26 20 1 7 25 7

PC´S8 (*)

1

9

(*) Una LAPTOP

1TOTAL 30 3

FOTOCOPIADORA1

CAPITANÍA HUACHO 1CAPITANÍA SUPE 1

CAPITANÍA CHIMBOTE 2CAPITANÍA PIMENTEL 0

CAPITANÍA SALAVERRY 2CAPITANÍA PAITA 2

CAPITANÍA TUMBES 0DIREPRO ANCASH 4

DIREPRO LA LIBERTAD 2DIREPRO PIURA 4

DIREPRO TUMBES 2COORD. PROGRAMA 1 1

COMOPERGUARD 1DNEPP 1

SISESAT 2DIGSECOVI 5 2

NÚMERO MÍNIMO REQUERIDO DE EQUIPOS Y VEHÍCULOS - ZONA "B"

* Se asume que la oficina central estará establecida en el Callao.

EQUIPOS EN APOYO AL PRODUCE, DIREPROS Y DICAPIOFICINA CELULARES IMPRESORAS

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56

Apéndice IX

J2ME Java 2 Micro Edition (Lenguaje de programación para aplicaciones móviles) SSL Secure Socket Layer (Nivel de conexión segura) Mb Mega Bytes Kbps Kilo bytes por segundo

Operador Móvil

Internet

WWW

Red Operador Móvil

Firewall (Seguridad)

Red Proveedor ISP

Integración

BD del Programa

Usuario Móvil

TCP/IP + Protocolo + SSL J2ME + Protocolo + SSL BDs de

PRODUCE Eps, Eips, Especies, Puertos

Usuario Oficina