bases combustible calderas setiembre

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ADP Nº1516C00006 (ADP 006-2015-ESSALUD–RAAN) POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA ADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA N°006-2015-ESSALUD-GRAAN (ANCASH) ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA CALDERAS, INCINERADOR Y GRUPO ELECTRÓGENO DEL HIII- CHIMBOTE DE LA RED ASISTENCIAL ANCASH POR 12 MESES PRIMERA CONVOCATORIA PAC: 529 Adquisición de Combustible para Calderas, Incinerador y Grupo Electrógeno del HIII-Chimbote de la RAAN Pág. 1

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ADP Nº1516C00006 (ADP 006-2015-ESSALUD–RAAN) POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA

ADJUDICACION DIRECTA PÚBLICAPOR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA

N°006-2015-ESSALUD-GRAAN (ANCASH)

ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA CALDERAS, INCINERADOR Y GRUPO ELECTRÓGENO DEL HIII-CHIMBOTE DE LA RED ASISTENCIAL ANCASH POR

12 MESES

PRIMERA CONVOCATORIA

PAC: 529

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ADP Nº1516C00006 (ADP 006-2015-ESSALUD–RAAN) POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA

BASES ADMINISTRATIVASADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA

N° 006-2015-ESSALUD-RAAN“ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA CALDERAS, INCINERADOR Y GRUPO ELECTRÓGENO DEL HIII CHIMBOTE DE LA RED ASISTENCIAL

ANCASH POR 12 MESES”

CAPÍTULO IGENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre : Seguro Social de Salud - Red Asistencial Ancash

RUC Nº : 20131257750

Domicilio legal : Av. Circunvalación Nro. 119 Urb. Laderas del Norte – Chimbote

Teléfono/Fax: : 043-483830

Correo electrónico : [email protected]

Tipo de Proceso : Adjudicación Directa Pública

Modalidad Selección : Subasta Inversa Electrónica

1.2. DESCRIPCIÓN BÁSICA DEL OBJETO DEL PROCESOEl presente proceso de selección tiene por objeto la contratación del suministro de Combustible Diesel B5 para Calderas, Incinerador y Grupo Electrógeno del Hospital III Chimbote de la Red Asistencial Ancash para el período de 12 meses.

ITEM DENOMINACIÓN COMERCIAL UNIDAD DE

MEDIDA CANTIDAD

01 PETRÓLEO DIESEL B5 GLN 36,000

1.3. CÓDIGO DE ACUERDO AL LISTADO DE BIENES COMUNES

1.4. VALOR REFERENCIALEl valor referencial asciende a S/.362,880.00 (Trescientos Sesenta y Dos mil Ochocientos Ochenta con 00/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley, transportes, inspecciones, pruebas, así como cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien. El valor referencial ha sido calculado al mes de JULIO-2015

Ítem Descripción U

M Cant.Precio ref.

unitario por ítem(S/.)

Valor ref. total por ítem

(S/.)

1 DIESEL B5 GL 36,000 10.08 362,880.00

TOTAL 362,880.00

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CODIGO DENOMINACION COMERCIAL

DENOMINACION TECNICA

DOCUMENTO DE APROBACION

1510150500146101 DIESEL B5 DIESEL B5 Resolución Nº 102-

2013-OSCE/PRE

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Los precios unitarios podrán ser reajustados en la misma cantidad en que se acredite el incremento o disminución del precio en planta del combustible sin aditivar fijados por el proveedor mayorista (PETROPERU ó RELAPASA) con documentos oficiales de éste. Incluyéndose las medidas económicas dictadas por el Gobierno Central que altere el valor unitario original, entendiéndose el incremento o decremento de los precios del combustible.

La empresa contratada deberá comunicar por escrito a la División de Adquisiciones de la Red Asistencial Ancash y a la Jefatura de la División de Ingeniería Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial Ancash, el nuevo precio del combustible, adjuntando documentos oficiales de PETROPERU O RELAPASA.

El incremento ó decremento serán reajustados sobre el monto de lo adjudicado.

1.5. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓNEl expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución N°041-DA-OADM-GRAAN-ESSALUD-2015 de fecha 03 de Agosto del 2015.

1.6. FUENTE DE FINANCIAMIENTORecursos Determinados. Contribuciones a Fondos.

1.7. SISTEMA DE CONTRATACIÓNEl presente proceso se rige por el sistema de PRECIOS UNITARIOS, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.8. PLAZO DE LAS ENTREGASLa primera entrega del combustible se efectuará a partir del día siguiente de suscrito el contrato y emisión de la Orden de Compra.

Las siguientes entregas se realizarán de acuerdo al consumo y a las necesidades de la flota vehicular reservándose la Entidad los periodos de entrega.

1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASESTeniendo un costo aproximado de S/. 3.50 (Tres con 50/100 Nuevos Soles).

1.10. BASE LEGAL Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Ley Nº 26842, Ley General de Salud. Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social. Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, su Reglamento (D.S. 002-99-TR) y modificatorias (D.S. 002-2004-TR). Ley N° 28006, Ley que garantiza la intangibilidad de los Fondos y Reservas de la Seguridad Social y Restituye la Autonomía Administrativa, Económica, Financiera y Presupuestal de EsSalud. Ley N° 28015, Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña y Microempresa, su Reglamento y modificatorias. Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley N° 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. Ley N° 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. Decreto Legislativo N° 1017, Aprueba la Ley de Contrataciones del Estado. (Modificada por Ley 29873-2012). Decreto Supremo N° 184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias. Decreto Supremo N° 010-2010-TR, Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Seguro Social de Salud – ESSALUD. Decreto Supremo N° 030-98-EM, Aprueba el Reglamento de Comercialización de Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, y sus normas complementarias. Resolución Ministerial N° 165-2008-MEM/DM, Establecen disposiciones relativas a la calidad y métodos de ensayo para medir las propiedades de los combustibles Diesel B2, Diesel B5 y Diesel B20. Directiva N° 015-2012-OSCE/CD, Aplicación de la Modalidad Especial de Selección por Subasta Inversa.

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Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

CAPÍTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

ETAPA FECHA

CONVOCATORIA 14 de Setiembre del 2,015REGISTRO DE PARTICIPANTES, REGISTRO Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Del 15 de Setiembre del 2015Al 23 de Setiembre del 2015

APERTURA DE PROPUESTAS Y PERIODO DE LANCES

24 de Setiembre del 2015 (De 08:00 a 14:00 horas)

OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO 25 de Setiembre del 2015

2.2 CONVOCATORIA

La convocatoria de la Adjudicaciòn Directa Pùblica bajo la Modalidad de Subasta Inversa Electrónica, se efectuará a través de su publicación en el SEACE, oportunidad en la que se publicará las Bases Administrativas, bajo sanción de nulidad.

2.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES

Para registrarse como participante, el proveedor deberá:

a) Ingresar al SEACE el usuario y contraseña contenidos en el Certificado SEACE, emitido al momento de efectuar su inscripción en el RNP.

b) Declarar la aceptación de las condiciones de uso del Sistema para participar en el proceso de selección por subasta inversa electrónica. Para tales efectos, y con carácter de declaración jurada, deberá aceptar el formulario que le mostrará el Sistema en el SEACE, conteniendo las siguientes estipulaciones :

Tener conocimiento que el formulario tiene carácter de declaración jurada, Conocer lo estipulado en la Ley y el Reglamento en lo referente a la participación en

procesos de selección a través del SEACE. Conocer la normativa aplicable al proceso. Asumir la responsabilidad por la información y documentación remitida en formato digital

a través del SEACE.

c) Ingresar nuevamente su usuario y contraseña para ser verificado por el Sistema.

2.4 REGISTRO DE PROPUESTAS

Los participantes registrarán sus propuestas a través del SEACE, luego de su registro como participante, de acuerdo con las características, formatos y demás condiciones que sean establecidas en las bases.

Para el registro de Propuestas los participantes deberán cumplir lo siguiente:

En los procesos según relación de ítems, el registro se realizará por cada ítem en el que desea participar, mediante el formulario que se debe completar para tales efectos.

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Los datos que se deben ingresar en la propuesta son los siguientes:

a) Documentos de Habilitación:El participante deberá añadir los archivos conteniendo los documentos de habilitación solicitados en las bases. Dichos documentos deberán contar con sello y rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin. En caso de que el postor sea una persona natural, bastará que este o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos. El participante deberá verificar antes del envío, bajo su responsabilidad y la del postor, que el archivo pueda ser descargado y su contenido sea legible.

b) Propuesta Económica:La propuesta económica se registrará en función al valor referencial total del proceso o del ítem al cual se presenta la propuesta, según corresponda, y será utilizada por el Sistema para dar inicio al Periodo de Lances en Línea.

Solo en los procesos convocados bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el participante deberá adjuntar obligatoriamente un archivo que contenga el detalle de precios unitarios. Dicho documento digitalizado contará con el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin. En caso de que le postor sea una persona natural, bastará que este o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos. El participante deberá de verificar antes del envío, bajo responsabilidad y la del postor, que el archivo pueda ser descargado y su contenido legible.

El participante deberá registrar los datos de su representante legal en el formulario correspondiente. De presentarse en consorcio, deberá consignarse los datos del consorcio, incluyendo los del representante legal común.

El participante podrá realizar modificaciones a la propuesta que registra sólo hasta antes de haber confirmado su presentación.

2.5 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Una vez finalizado el registro de la propuesta, el participante podrá presentarla a través del Sistema. Par tal efecto, previamente deberá aceptar con carácter de declaración jurada que:

Se cumple con las condiciones estipuladas en el acápite i), literal a) numeral 1 del artículo 42 del Reglamento.

Los bienes o servicios ofrecidos cumplen con las características técnicas y de calidad indicadas en la ficha técnica, así como todas las condiciones solicitadas en las bases.

No ha sobornado ni ejercido presión sobre ningún funcionario con relación al respectivo proceso de selección.

Se cuenta con la totalidad de documentación solicitada en las bases para el sobre de habilitación.

A continuación, el Sistema procederá a solicitarle la confirmación de la presentación de la propuesta para, de hacerse así, generar el respectivo aviso electrónico en la ficha del proceso, indicando que la propuesta ha sido presentada.

En los procesos según relación de ítems, la presentación de propuestas se efectuará en una sola oportunidad y por todo los ítems registrados.

En aquellos casos en que la información contenida en los documentos digitalizados no coincida con lo declarado a través del SEACE, prevalecerá la información registrada en el SEACE.

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2.6 DOCUMENTOS DE HABILITACIÓN

Los postores deberán presentar como parte de su propuesta en el sistema un archivo del tipo aceptado por el sistema, con la siguiente documentación:

a) Declaración Jurada de datos del postor. (Anexo Nº 1).Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

b) Declaración Jurada de cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos y condiciones para el suministro. (Anexo Nº 2)

c) Declaración Jurada de acuerdo al artículo 42 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. (Anexo Nº 3).

En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.

d) Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4).

La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.

Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

e) Constancia de Autorización e Inscripción vigente en el Registro de Hidrocarburos de la Dirección General de Hidrocarburos para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos, de acuerdo a lo indicado en el Art. 5 del D.S. N° 030-98-EM del 02 de Agosto de 1998 “Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros Productos Derivados de los Hidrocarburos”; y,el Art. 78 del D.S. N° 045-2001-EM del 22 de julio del 2001 “Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos”, emitido por OSINERGMIN de acuerdo al D.S. N° 004-2010-EM del 3 de febrero del 2010 y regulado por R.C.D. OSINERGMIN N° 191-2011-OS/CD del 18 de octubre del 2011 “Reglamento del Registro de Hidrocarburos de OSINERGMIN, que autoriza al postor comercializar el combustible objeto de la convocatoria, vigente a la fecha de presentación de propuestas.

Nota: Los requisitos antes señalados se deben mantener vigentes incluso hasta la culminación de las entregas del producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista tramitar oportunamente la renovación de dichos documentos y entregar una copia a la Entidad Convocante.

La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la descalificación de la propuesta.

2.7 APERTURA DE PROPUESTAS Y PERÍODO DE LANCES

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La etapa de Apertura de Propuestas y Período de Lances consta de los siguientes ciclos consecutivos:

a. Apertura de Propuestas.El Sistema realizará la apertura de propuestas en la fecha y hora señalada en el calendario del proceso.

El Sistema procesará la información de las propuestas económicas por ítem, según corresponda, y verificará el registro de dos (2) propuestas económicas, como mínimo, para continuar con el siguiente ciclo de Mejora de Precios.

b. Mejora de Precios mediante Lances en Línea.La Mejora de Precios permitirá que los postores mejoren los precios de sus propuestas económicas a través de lances sucesivos a ser realizados en línea. Las Bases no fijarán decremento mínimo alguno. La Mejora de Precios se desarrollará conforme al siguiente procedimiento:

En la fecha y hora indicadas en el calendario del proceso, el postor accederá al SEACE, ingresando su usuario y contraseña.

El postor ingresará a la ficha del proceso de selección y seguidamente accederá a la opción Mejora de Precios.

El postor visualizará su monto ofertado y el mejor monto ofertado hasta ese momento, para hacer efectiva su participación en la Mejora de Precios mediante lances en línea.

El postor podrá mejorar el monto de la propuesta económica de menor precio hasta ese momento y/o mejorar su propia propuesta económica durante el periodo establecido para los lances en línea, según lo previsto en el calendario del proceso.

El postor no está obligado a enviar lances inferiores al menor precio vigente a ese momento, pero sus lances deberán ser siempre inferiores a su último precio ofertado.

Cinco (5) minutos antes de la finalización del horario indicado en el calendario del proceso para efectuar los lances en línea, el Sistema enviará una alerta indicando el inicio del cierre aleatorio. La duración del cierre será determinada por el Sistema en forma aleatoria, pudiendo variar entre uno (1) a treinta (30) minutos, tiempo durante el cual los postores podrán enviar sus últimos lances. Cerrado este ciclo no se admitirán más lances en el proceso.

2.8 DETERMINACIÓN DE ORDEN DE PRELACIÓN

Una vez culminada la etapa de Apertura de Propuestas y Período de Lances, el Sistema procesará los lances recibidos del ítem o ítems del proceso de selección, ordenando a los postores por cada ítem según el monto de su último lance, estableciendo el orden de prelación de los postores, generando el Acta con el detalle del desarrollo de la etapa de Apertura de Propuestas y Periodo de Lances, la cual quedará registrada en el Sistema y publicada automáticamente en la respectiva ficha del proceso.

En caso de empate, el Sistema efectuará automáticamente un sorteo para establecer que postor ocupa el primer lugar en el orden de prelación.

2.9 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

Una vez publicada el acta referida en el numeral anterior, el Comité Especial deberá verificar que los postores que han obtenido el primer y segundo lugar hayan presentado la documentación exigida por las bases como parte de los documentos de habilitación. A través del sistema se

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podrá acceder a esa documentación. En caso existieran defectos de forma, como errores u omisiones en los documentos presentados que no alteren el alcance del sobre de habilitación, o se haya omitido la presentación de algún documento emitido por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro y otros de naturaleza análoga, el Comité Especial notificará a través del Sistema al postor para que proceda a la subsanación respectiva, para lo cual podrá otorgar un plazo entre uno (1) o dos (2) días, quedando suspendido el Otorgamiento del Buena Pro: Dicho plazo se computa desde el día siguiente de notificado el requerimiento al postor a través del Sistema. La presentación de los documentos a ser subsanados se realiza por el mismo medio.

En caso que dicha documentación reúna las condiciones requeridas por las bases, el Comité Especial otorgará la Buena Pro al postor que ocupó el primer lugar. En caso que no reúna tales condiciones, se procederá a descalificarla y revisar las demás propuestas respetando el orden de prelación.

Para otorgar la Buena Pro a la propuesta de menor precio que reúna las condiciones exigidas en las Bases, el Comité Especial deberá verificar la existencia, como mínimo de dos (2) propuestas válidas, de lo contrario declarará desierto el proceso de selección.

De corroborarse que la declaración jurada a que se refiere el numeral 2.5 de las Bases no se ajusta a la realidad, la Entidad deberá comunicar dicha situación al Tribunal de Contrataciones del Estado para el inicio del procedimiento sancionador correspondiente.

2.10 ACTA DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

El Comité Especial elaborará el Acta del Otorgamiento de la Buena Pro con el resultado de la evaluación de los postores por cada ítem y con el sustento debido en los casos en que los postores sean descalificados. En el acta deberá dejarse constancia si el Comité Especial otorgó un plazo para que los postores subsanen su sobre de habilitación, con indicación de los documentos omitidos y si los postores cumplieron con realizar la subsanación requerida. Dicha acta debe ser publicada en le SEACE el mismo día de otorgada la Buena Pro.

2.11 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:

a) Copia de DNI del Representante Legal.b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.c) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente

actualizado.d) Copia del RUC de la empresa.e) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.f) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. CARTA FIANZA.g) Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. CARTA FIANZA. h) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.i) Código de cuenta interbancario (CCI). j) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.k) Correo electrónico para notificar la orden de compra, en el caso que habiendo sido

convocado el proceso por relación de ítems, el valor referencial del ítem adjudicado corresponda al proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, de ser el caso.

IMPORTANTE:En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio.

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2.12 PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo dentro del cual el postor ganador y la Entidad deberán realizar las acciones correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas en el numeral 1 del artículo 148 del Reglamento.

La citada documentación deberá ser presentada en la División de Adquisiciones de la Red Asistencial Ancash, sito en la Av. Circunvalación N° 119, Urb. Laderas del Norte, Chimbote.

2.13 FORMA DE PAGO Y FÓRMULA DE REAJUSTE

Forma de Pago:

Deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en forma mensual durante el periodo de doce (12) meses en función de la dotación asignada y la conformidad correspondiente del suministro del combustible.

De acuerdo con el artículo 176° del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:

- Recepción y conformidad de la División de Ingeniería Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial Ancash o quien haga sus veces.

- Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada, según corresponda.

- Cuadro detallado del consumo realizado durante el mes.- Comprobante de pago: Factura (Original, SUNAT y copia).- Copia de Orden de Compra.- Guía de Remisión.- Notas Contables, su hubiera (Original, SUNAT y copia).

Fórmula de Reajuste:De conformidad con el artículo 49º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, en los casos de tracto sucesivo o de ejecución periódica o continuada de bienes y servicios, pactados en moneda nacional, las bases podrán considerar fórmulas de reajuste de los pagos que corresponden al contratista, conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor que establece el Instituto de Estadística e Informática (INEI), correspondiente al mes en que debe efectuar el pago.

Todo incremento o disminución de precios que el productor fija a su lista de precios será necesariamente aplicado en el mismo porcentaje al precio unitario del producto que corresponda.Se entenderá como productor a la empresa productora de combustible que abastecerá al postor, la cual debe de ser declarada al momento de suscripción del contrato; adjunta su lista de precios de fábrica vigente al momento de la presentación de su oferta, en documentos oficiales de esa empresa productora.

Luego de suscrito el contrato, toda modificación en los precios ex planta deberá ser comunicada por escrito a ESSALUD, con atención a la Oficina de Administración y de la División de Adquisiciones de la Red Asistencial Ancash, dentro de las veinticuatro (24) horas de haberse producido dicha variación adjuntando la nueva lista de precios de planta del productor con el cual se abastezca, para que se efectué la corrección correspondiente con el coeficiente de reajuste (k).

Si los precios del productor disminuyen, el postor está obligado a comunicar la nueva lista de precios de planta de su proveedor en el plazo indicado en el punto anterior. La omisión de esta comunicación podrá ser considerada como un incumplimiento injustificado de obligaciones contractuales esenciales y de acuerdo a lo estipulado en el Art. 167º del Reglamento. Ser causal de resolución del contrato por causas imputables al CONTRATISTA.

Si durante la ejecución del contrato la empresa ganadora de la Buena Pro, decidiera cambiar la empresa de la cual se abastece de combustible, deberá de informar de este cambio a ESSALUD,

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con atención a la Dirección de Administración, adjuntando la nueva lista de precios de Planta del productor del cual se comenzará a abastecer. Para efectos del cálculo de Coeficiente de Reajuste (k) siempre se considerará como Vo el precio del Productor de la empresa proveedora declarada al momento de la firma del contrato.

La validez de las modificaciones del precio de venta será establecida estrictamente desde la fecha y hora en que se efectué la modificación

K = Va --------

Vo

Donde:

K = Coeficiente de reajuste.Va = Precio Planta de su empresa proveedora * al momento de consumoVo = Precio Planta de su empresa proveedora * al momento de presentar la oferta económica

El coeficiente se aplicará de la siguiente manera para reajustar el Precio al momento del pago:

Pa = Po*k

Pa = Precio unitario actualizado al momento del consumoPo = Precio unitario de su oferta económicaK = Coeficiente de reajuste

La empresa proveedora variará según lo que declare el postor respectivo. Todos los precios incluyen IGV y demás impuestos aplicables.

El precio final a obtenerse después de aplicado el coeficiente de reajuste (k) será redondeado por redondeo simple. Se aceptará que el precio unitario por reajuste tenga hasta tres decimales; sin embargo, al momento de realizar el pago total de cada orden de compra se redondeará a dos decimales.

2.14 CONDICIONES DE PAGO

El pago se realizará en Nuevos Soles, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente (Numeral 2.13), de acuerdo a lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.15 RECURSO DE APELACIÓN

El Recurso de Apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.

Se deberá adjuntar la Garantía por interposición de recurso de apelación a favor del OSCE, por una suma equivalente al 3% del valor referencial del proceso de selección impugnado; en ningún caso, la garantía será menor al cincuenta por ciento (50%) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente.

Dicha garantía puede ser:

a. Depósito en CuentaCuenta OSCE – Banco de la Nación N° 00-068-198194

b. Carta FianzaÉsta deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática a solo requerimiento del OSCE; con un plazo de vigencia mínima de 30 días calendario siendo obligación del impugnante su renovación oportuna; el monto garantizado debe ser expresado en letras y números (Redondeo a dos decimales); emitida por empresas bajo el ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs. En caso de

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consorcio, deberá señalar de manera expresa el nombre de todos y cada uno de los integrantes del consorcio.

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

La Solución de Controversias durante el proceso de selección se realizará conforme a lo establecido en el Capítulo XII del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Lo resuelto en el recurso de apelación agota la vía administrativa.

En todo lo no previsto en las presentes Bases se regula por las disposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y supletoriamente por el Código Civil y demás dispositivos legales pertinentes.

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CAPÍTULO IIIESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

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CAPÍTULO IVPROFORMA DEL CONTRATO

Conste por el presente documento, la contratación del Suministro de Combustible para Caleras y Equipos del Hospital III Chimbote de la Red Asistencial Ancash, que celebra de una parte ESSALUD Red Asistencial Ancash, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº 20131257750, con domicilio legal en la Av. Circunvalación N° 119 de la Urb. Laderas del Norte del Distrito de Chimbote, representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTESCon fecha …………………, el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la Adjudicación Directa Pública Nº POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA N°006-2015-ESSALUD-RAAN, para la contratación de … (indicar objeto de contratación), a …(Indicar nombre del ganador de la Buena Pro), cuyos detalles, importes unitarios (en caso de corresponder) y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto la Adquisición de Combustible para Calderas, Incinerador y Grupo Electrógeno del Hospital III Chimbote de la Red Asistencial Ancash por 12 meses, conforme a las Especificaciones Técnicas.

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUALEl monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.

ITEM DESCRIPCION CANTIDAD UM PRECIO UNITARIO (S/.)

MONTO TOTAL (S/.)

xxxxxxxxxx

TOTAL XXXXXXXXX

Este monto comprende el costo de los bienes, transporte hasta el punto de entrega, seguro e impuesto, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.El monto del contrato será aquel consignado en la propuesta económica. Dicho precio, cuya estructura será variable y estará sujeto a reajuste conforme a lo establecido en el inciso 1 del Art. 49 del Reglamento de la Ley de Contrataciones.El CONTRATISTA deberá adjuntar a su factura, el documento emitido por su proveedor mayorista referente al reajuste en los precios, no considerándose el aumento de precios de otro mayorista.El Alza o Disminución del Precio de Combustible, deberá regir a partir de la fecha que el contratista efectúe la renovación de su stock y no desde la fecha de publicación de la nueva lista de precios.El CONTRATISTA deberá adjuntar al listado de precio de planta, copia de la factura o guía de remisión que le expide a su proveedor de combustible (planta abastecedora).

CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGOLA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [NUEVOS SOLES], en forma semanal, durante UN (01) año o doce (12) meses, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

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Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos. LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse.

CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓNEl plazo de ejecución del presente contrato se extenderá desde ………... hasta …………., el mismo que se computa desde el día siguiente de la suscripción del contrato.

CLÁUSULA SÉXTA: GARANTÍASEL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la CARTA FIANZA [INDICAR EL NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

Garantía por el monto diferencial de la propuesta: S/. ………………, de ser el caso, a través de la carta fianza, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

Esta(s) garantía(s) es (son) emitida(s) por una empresa bajo el ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

CLÁUSULA SETIMA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓNLA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA OCTAVA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓNLa conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por la División de Ingeniería Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial Ancash.

De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

CLÁUSULA NOVENA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTAEl CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA DECIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOSLa conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a

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reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.

El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de UN (1) año.

CLÁUSULA UNDECIMA : PENALIDADES Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x MontoF x Plazo en días

Donde:

F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días.

Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.

Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.

La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.

CLÁUSULA DUODECIMA : RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA : RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecunarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA : RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.

Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.

CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA : MARCO LEGAL DEL CONTRATO Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.

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CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA : SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144, 170, 175, 176, 177 y 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado.

Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.

CLÁUSULA DÉCIMO SÉPTIMA : FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA : DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUALLas partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:

DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [...........................]

DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]

La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

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FORMATOS Y ANEXOS

ANEXO Nº 1

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA Nº 1516C00006Presente.-

Estimados Señores:

El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social :

Domicilio Legal :

RUC : Teléfono : Fax :

Correo electrónico:

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……...........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de Consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 2

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA Nº 1516C00006Presente.-

De nuestra consideración:

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con las Especificaciones Técnicas, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…….………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

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ANEXO Nº 3

DECLARACIÓN JURADA (ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA Nº 1516C00006Presente.-

De nuestra consideración:

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:

1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.

3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.

4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de Consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 4

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA Nº 1516C00006Presente.-

De nuestra consideración,

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO], responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de Consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del Consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

TOTAL: 100%

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

..…………………………………. …………………………………..Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2

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ANEXO Nº 5

DECLARACIÓN JURADA QUE CUENTA CON SISTEMA CONTROL INDIVIDUAL DE GALONAJE

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA Nº 1516C00006Presente.-

Estimados Señores:

El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], DECLARO BAJO JURAMENTO lo siguiente:

Que, la empresa que represento cuenta con ……………………………… para el control de consumo individual de ………………………

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

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……...........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda