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BASE JURÍDICA. Art. 6 TUE: Nexo de unión entre: Derecho Comunitario Convenio Europeo de Derechos Humanos Tradiciones constitucionales comunes Art. 53 CDF: Reenvío al CEDH como elemento para configurar el estándar más elevado - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: BASE JURÍDICA

EL CONVENIO EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS EN EL DERECHO DE LA UNIÓN

Teresa Freixes

Catèdra Jean Monnet Dret Constitucional Europeu

Page 2: BASE JURÍDICA

BASE JURÍDICABASE JURÍDICA

1.1. Art. 6 TUE: Nexo de unión entre:Art. 6 TUE: Nexo de unión entre: Derecho ComunitarioDerecho Comunitario Convenio Europeo de Derechos HumanosConvenio Europeo de Derechos Humanos Tradiciones constitucionales comunesTradiciones constitucionales comunes

2.2. Art. 53 CDF: Reenvío al CEDH como Art. 53 CDF: Reenvío al CEDH como elemento para configurar el estándar elemento para configurar el estándar más elevadomás elevado

3.3. Art. I-9.2 Constitución Europea: La Art. I-9.2 Constitución Europea: La Unión (con personalidad jurídica) Unión (con personalidad jurídica) adherirá al Convenio Europeo de adherirá al Convenio Europeo de Derechos HumanosDerechos Humanos

Page 3: BASE JURÍDICA

PRACTICA JURÍDICAPRACTICA JURÍDICA

1.1. El Tribunal de Justicia utiliza el El Tribunal de Justicia utiliza el CEDH como estándar mínimoCEDH como estándar mínimo

2.2. El Tribunal de Justicia utiliza la El Tribunal de Justicia utiliza la jurisprudencia del TEDH jurisprudencia del TEDH

3.3. Comité de coordinación entre Comité de coordinación entre TJCE y TEDHTJCE y TEDH

Page 4: BASE JURÍDICA

EL CEDH EN EL TRIBUNAL DE EL CEDH EN EL TRIBUNAL DE JUSTICIAJUSTICIA

1.1. Principio de no retroactividad Principio de no retroactividad (art. 7 CEDH) en STJCE 63/83. No (art. 7 CEDH) en STJCE 63/83. No admite validación “a posteriori” de admite validación “a posteriori” de normas penales retroactivas.normas penales retroactivas.

2.2. Derecho de propiedad (Protocolo Derecho de propiedad (Protocolo I) en STJCE 44/79. I) en STJCE 44/79.

3.3. Derecho al proceso equitativo Derecho al proceso equitativo (arts. 6 y 13 CEDH) en STJCE (arts. 6 y 13 CEDH) en STJCE 222/84).222/84).

Page 5: BASE JURÍDICA

EL TEDH EN EL TRIBUNAL DE EL TEDH EN EL TRIBUNAL DE JUSTICIAJUSTICIA

1.1. STEDH Borgers v. Bélgica en STJCE STEDH Borgers v. Bélgica en STJCE Comafrica v. Comisión, 12 julio 2001 Comafrica v. Comisión, 12 julio 2001 (proceso equitativo)(proceso equitativo)

2.2. STEDH Funke en STJCE STEDH Funke en STJCE Mannesmannrören-Werle v. Comisión, 20 Mannesmannrören-Werle v. Comisión, 20 febrero 2001 (derecho a no febrero 2001 (derecho a no autoinculparse)autoinculparse)

3.3. STJCE Consejo v. Hautala, 10 julio 2001 STJCE Consejo v. Hautala, 10 julio 2001 (afirma que no utiliza TEDH porque no (afirma que no utiliza TEDH porque no hay precedentes sobre asuntos similares)hay precedentes sobre asuntos similares)

Page 6: BASE JURÍDICA

ADHESIÓN DE LA UNION AL ADHESIÓN DE LA UNION AL CONVENIOCONVENIO

1.1. Dictamen del TJCE: No es posible Dictamen del TJCE: No es posible adherir a la Unión en el estado actual adherir a la Unión en el estado actual del Derecho Comunitario (Dictamen del Derecho Comunitario (Dictamen 2/94, de 28 marzo 1996)2/94, de 28 marzo 1996)

2.2. Posición Consejo de Europa: Prepara Posición Consejo de Europa: Prepara nuevo Protocolo para posibilitar la nuevo Protocolo para posibilitar la adhesiónadhesión

3.3. Solución Constitución Europea: Solución Constitución Europea: Personalidad jurídica de la Unión y Personalidad jurídica de la Unión y adhesión al CEDH como obligación adhesión al CEDH como obligación constitucionalconstitucional

Page 7: BASE JURÍDICA

CUESTIONES PENDIENTESCUESTIONES PENDIENTES

1.1. Procedimiento ante el Tribunal de Justicia: Procedimiento ante el Tribunal de Justicia: Recursos ordinarios. Nuevas posibilidades con Recursos ordinarios. Nuevas posibilidades con los “tribunales especializados” de la los “tribunales especializados” de la Constitución Europea.Constitución Europea.

2.2. Control del TEDH sobre la Unión: Es posible Control del TEDH sobre la Unión: Es posible el control indirecto mediante demandas el control indirecto mediante demandas contra todos los Estados (Asunto Segui, en contra todos los Estados (Asunto Segui, en 2002, inadmitido por no agotamiento 2002, inadmitido por no agotamiento recursos internos). Total tras ratificación recursos internos). Total tras ratificación Convenio por la Unión.Convenio por la Unión.

3.3. Determinación jurisdicción competente: Determinación jurisdicción competente: Acuerdo colaboración. Ámbito de aplicación. Acuerdo colaboración. Ámbito de aplicación. Estado del procedimiento. Mejores Estado del procedimiento. Mejores posibilidadesposibilidades