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Número de documento PROY-NRF-318-PEMEX-2014 SUBCOMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN DE PEMEX-REFINACIÓN 27 de marzo de 2014 Página 1 de 18 COMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS BARRERAS DE SEGURIDAD INTRÍNSECA CON AISLAMIENTO GALVÁNICO

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Número de documento

PROY-NRF-318-PEMEX-2014

SUBCOMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN DE PEMEX-REFINACIÓN

27 de marzo de 2014

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COMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

BARRERAS DE SEGURIDAD INTRÍNSECA

CON AISLAMIENTO GALVÁNICO

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HOJA DE APROBACIÓN

Esta Norma de Referencia se aprobó en el Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios en la sesión

XXXXXXXXXX, celebrada el XXXXXXXXXXXX.

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CONTENIDO

CAPÍTULO PÁGINA 0. INTRODUCCIÓN .................................................................................................................................. 4 1. OBJETIVO ............................................................................................................................................ 5 2. ALCANCE ............................................................................................................................................. 5 3. CAMPO DE APLICACIÓN ................................................................................................................... 5 4. ACTUALIZACIÓN ................................................................................................................................ 5 5. REFERENCIAS .................................................................................................................................... 6 6. DEFINICIONES .................................................................................................................................... 7 7. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS .......................................................................................................... 9 8. DESARROLLO ..................................................................................................................................... 10

8.1 Condiciones de diseño ............................................................................................................. 10

8.2 Fabricación ................................................................................................................................. 12

8.3 Inspección y pruebas ................................................................................................................ 12

8.4 Almacenamiento y transporte .................................................................................................. 13

8.5 Documentación que debe entregar el proveedor o contratista ............................................ 13

9. RESPONSABILIDADES ..................................................................................................................... 14 10. CONCORDANCIA CON NORMAS MEXICANAS O INTERNACIONALES .................................. 14 11. BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................................................... 15 12. ANEXOS ............................................................................................................................................... 16

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0. INTRODUCCION En los procesos de producción de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, los instrumentos para medición y control se instalan en áreas clasificadas como peligrosas, cuando hay presencia de materiales inflamables. Cuando se seleccione la técnica de protección con circuitos intrínsecamente seguros para cumplir con el área clasificada, éstos deben estar compuestos por instrumentos que consumen corrientes en niveles de energía que no pueden iniciar la ignición, barreras que restrinjan la corriente y tensión y el cable de conexión. Dado que no existe una Norma Mexicana o una Internacional que establezca los requerimientos de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios para la adquisición de las barreras de seguridad intrínseca con aislamiento galvánico, se emite la siguiente Norma de Referencia tomando en cuenta los siguientes aspectos: Esta Norma de Referencia se realizó teniendo como sustento: Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento. Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento. Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos. Estatutos Orgánicos de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Guía para la Emisión de Normas de Referencia de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios CNPMOS-001, Rev. 1, 30 de septiembre de 2004. Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, 17 de mayo de 2012. Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios vigentes 12 de marzo 2012. Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del 27 de junio de 2011. Acuerdo de la Secretaría de la Función Pública mediante el cual establece los lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público de fecha 9 de septiembre de 2010. En la elaboración de esta Norma de Referencia participaron las entidades, instituciones y empresas que se indican a continuación: Petróleos Mexicanos Pemex Exploración y Producción Pemex Gas y Petroquímica Básica Pemex Petroquímica Pemex Refinación Cooper Crouse-Hinds, S.A. de C.V. (MTL Instruments) Emerson Process Managment S.A. de C.V. IEI S.A. ISA México Festo Pneumatic, S.A. Pepperl+Fuchs México, S.A. de C.V. PR Electronics Rockwell Automation de México, S.A. de C.V.

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STAHL Turck México S. de R.L. de C.V. Yokogawa de México, S.A. de C.V. 1. OBJETIVO Establecer los requisitos técnicos y documentales para la adquisición de barreras de seguridad intrínseca con aislamiento galvánico. 2. ALCANCE Esta norma de referencia establece los requisitos que deben cumplir los proveedores o contratistas, para el diseño, materiales, instalación, pruebas y documentación en la adquisición de las barreras de seguridad intrínseca con aislamiento galvánico, para ser utilizadas en las instalaciones industriales y/o centros de proceso de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Esta Norma de Referencia aplica para barreras de seguridad intrínseca con aislamiento galvánico; están excluidas las barreras de seguridad de diodos. Se incluye en el alcance de esta Norma de Referencia el análisis del circuito de seguridad intrínseca, cuando PEMEX lo solicite. En esta Norma de Referencia se incluyen los requisitos de las barreras de seguridad intrínseca de aislamiento galvánico para buses de campo. No está contemplada en la Norma de Referencia la seguridad intrínseca para las fuentes de alimentación de estos buses de campo. 3. CAMPO DE APLICACIÓN Esta Norma de Referencia es de aplicación general y observancia obligatoria en la adquisición de barreras de seguridad intrínseca con aislamiento galvánico, que lleven a cabo los centros de trabajo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Por lo que debe incluirse en los procedimientos de adquisición: licitación pública, invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa, como parte de los requisitos que debe cumplir el licitante, proveedor o contratista. 4. ACTUALIZACIÓN Esta Norma de Referencia se debe revisar y en su caso modificar al menos cada 5 años o antes si las sugerencias y recomendaciones de cambio lo ameritan. Las sugerencias para la revisión y actualización de esta Norma de Referencia deben enviarse al Secretario del Subcomité Técnico de Normalización de Pemex Refinación, quien debe programar y realizar la actualización de acuerdo a la procedencia de las mismas y en su caso, inscribirla dentro del Programa Anual de Normalización

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de Petróleos Mexicanos, a través del Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Las propuestas y sugerencias de cambio deben elaborarse en el formato CNPMOS-001-A01 de la guía CNPMOS-001 Rev. 1 y dirigirse por escrito al: Subcomité Técnico de Normalización de PEMEX Refinación. Bahía de San Hipólita No. 56, P.B. Colonia Petróleos Mexicanos, C.P. 11311, México D.F. Conmutador: (55)1944-2500 Extensión: 861-20131. Correo electrónico: [email protected]. 5. REFERENCIAS 5.1 NOM-001-SEDE-2012 Instalaciones Eléctricas (utilización). 5.2 NOM-008-SCFI-2002 Sistema General de Unidades de Medida. 5.3 NMX-CC-9001-IMNC-2008 Sistema de Gestión de la Calidad – Requisitos. 5.4 NMX-J-529-ANCE-2012 Grados de protección proporcionados por los envolventes (Código IP) (Degress of protection provided by enclosures (IP Code)). Esta norma coincide totalmente con la Norma Internacional IEC 60529 Degrees of protection provided by enclosures (IP Code). 5.5 IEC 60079-0:2011 Explosive atmospheres – Part 0: Equipment – General requirements, Edition 6.0 2011-06 (Atmósferas explosivas – Requerimientos generals, edición 6.0 2011-06). 5.6 IEC 60079-11:2011 Explosive atmospheres – Part 11: Equipment protection by intrinsic safety "i", Edition 6.0 2011-06 (Atmósferas explosivas – Protección de equipos para seguridad intrínseca “i”, Edición 6.0 del 2011-06). 5.7 IEC 60079-14:2007 Explosive atmospheres – Part 14: Electrical installations design, selection and erection, Edition 4.0, 2007-12 (Atmósferas explosivas – Parte 14: Diseño, selección y construcción de instalaciones eléctricas, edición 4.0, 2007-12). 5.8 IEC 60079-25:2010 Explosive atmospheres – Part 25: Intrinsically safe electrical systems, Edition 2.0, 2010-02 (Atmósferas explosivas – Parte 25: Sistemas eléctricos de seguridad intrínseca, edición 2.0, 2010-02). 5.9 IEC 60529:2013 Degrees of protection provided by enclosures (IP code) (Grados de protección para envolventes (código IP)). 5.10 IEC 61000-6-2: 2005 Electromagnetical Compatibility (EMC). Part 6; Generic Standards. Section 2: Inmunity for industrial environments. (Compatibilidad Electromagnética (EMC) – Parte 6: Normas genéricas – Sección 2: Inmunidad en entornos industriales). 5.11 IEC 61000-6-4:2011 Electromagnetic Compatibility (EMC). Part 6; Generic Standards. Section 2: Emission standard for industrial environments. (Compatibilidad Electromagnética (EMC) – Parte 6: Normas genéricas – Sección 2: Norma de emisión en entornos industriales).

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5.12 IEC 61158-2:2010 Industrial communication networks – Fieldbus specifications – Part 2: Physical layer specification and service definition, Edition 5.0 2010-07 (Redes de comunicación industriales – Especificaciones de los buses de campo – Parte 2: especificación de la capa física y definición del servicio, edición 5.0 2010-07). 5.13 IEC 61508-2:2010 Functional safety of electrical/electronic/programmable electronic safety-related systems – Part 2: Requirements for electrical/electronic/programmable electronic safety-related systems – Edition 2.0; 2010-04 (Seguridad funcional de sistemas eléctricos/electrónicos/electrónicos programables-relativos a la seguridad – Parte 2: Requerimientos para sistemas eléctricos/electrónicos/electrónicos programables relativos a la seguridad – Edición 2.0; 2010-04). 5.14 ISO-9001-2008 Quality management systems – Requirements (Sistemas de Gestión de la Calidad-Requisitos). 5.15 NRF-036-PEMEX-2010 Clasificación de áreas peligrosas y selección de equipo eléctrico. 5.16 NRF-048-PEMEX-2007 Diseño de Instalaciones Eléctricas. 5.17 NRF-105-PEMEX-2012 Sistemas digitales de monitoreo y control. 5.18 NRF-111-PEMEX-2012 Equipos de medición y servicios de metrología. 5.19 NRF-181-PEMEX- 2010 Sistemas eléctricos en plataformas marinas. 5.20 NRF-296-PEMEX-2013 Embalaje y marcado de equipo y materiales para su transporte a las instalaciones terrestres y costa afuera. 6. DEFINICIONES Para los propósitos de esta Norma de Referencia aplican las definiciones siguientes: 6.1. Aparato asociado: son equipos eléctricos/electrónicos que contienen dos tipos de circuitos, intrínsecamente seguros y no intrínsecamente seguros, y son construidos de tal forma que los circuitos intrínsecamente seguros no pueden ser afectados por los no intrínsecamente seguros. 6.2. Aislamiento galvánico: arreglo dentro de un aparato que permite la transferencia de señal o la alimentación entre dos circuitos sin ninguna conexión eléctrica directa entre los dos. 6.3. Aparato intrínsecamente seguro: equipo eléctrico en el que todos sus circuitos son intrínsecamente seguros. 6.4. Aparato sencillo o simple: componente eléctrico o combinación de componentes de construcción simple con parámetros eléctricos bien definidos y que es compatible con la seguridad intrínseca del circuito en el cual es usado. Se considera que es un aparato simple lo siguiente:

a) componentes pasivos que no disipan más de 1,3 watts; por ejemplo, interruptores, cajas de conexión,

resistencias y dispositivos semiconductores simples; b) fuentes de almacenamiento de energía que consisten de los componentes individuales en circuitos

simples con parámetros bien definidos; por ejemplo, condensadores o inductores cuyos valores se deben considerar cuando se determine la seguridad general (total) del sistema; y

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c) fuentes o generadores de energía; por ejemplo, termopares y fotoceldas que no generen más de 1,5 V, 100 mA y 25 mW.

6.5. Barreras de seguridad intrínseca: circuito diseñado para limitar la energía disponible (voltaje y corriente) al circuito protegido en lugares peligrosos (clasificados), bajo condiciones específicas de falla. 6.6. Barreras de seguridad intrínseca con aislamiento galvánico: son dispositivos que disponen de un arreglo que permite la transferencia de señal o alimentación entre dos circuitos sin conexión eléctrica directa entre las dos y frecuentemente utiliza elementos magnéticos (transformador o relevador) u optoacoplados. 6.7. Barreras de seguridad de diodos: ensamble de diodos en derivación o cadenas de diodos (incluyendo diodos Zener), protegidos por fusibles o resistencias o una combinación de éstos. Fabricados como un aparato individual y no como parte de un aparato más grande. 6.8. Certificado: documento que garantiza la conformidad de un producto, proceso, sistema, persona o servicio a las normas o lineamientos o recomendaciones de organismos dedicados a la normalización, nacionales o internacionales. 6.9. Circuito intrínsecamente seguro: es un circuito, en el cual una chispa o efecto térmico es incapaz de causar la ignición de una mezcla de material combustible o inflamable presente en condiciones normales de operación específicas o prestablecidas. Éste consiste de un aparato asociado instalado en un área segura o en una División 2 o Zona 2 o Clase I/Zona 2, el cual se conecta mediante cables a un aparato simple o intrínsecamente seguro instalado en una División 1 o Zona 0 o Clase I/Zona 0 o Clase I/Zona 1 o en una División 2 o Zona 2 o Clase I/Zona 2. 6.10. Concepto de entidad: método usado para determinar las combinaciones aceptables de aparatos intrínsecamente seguros y aparatos asociados, esto es a través del uso de parámetros asignados de seguridad intrínseca para su conexión en las instalaciones. 6.11. Dibujo de control: dibujo o cualquier otro documento preparado por el fabricante de seguridad intrínseca o aparatos asociados, detallando los parámetros eléctricos permitidos para la interconexión a otros circuitos o aparatos. 6.12. Máxima capacitancia externa (Co): capacitancia máxima en un circuito de seguridad intrínseca que se puede conectar a los dispositivos de conexión del aparato sin invalidar el tipo de protección. 6.13. Máxima capacitancia interna (Ci): capacitancia máxima interna equivalente del aparato que se puede medir en los dispositivos de conexión del aparato. 6.14. Máxima corriente de entrada (Ii o I máx.): corriente máxima (Pico de ca o cd) que puede ser aplicado a los dispositivos de conexión del aparato intrínsecamente seguro, sin invalidar este tipo de protección. 6.15. Máxima corriente de salida (Io): corriente máxima (Pico de ca o cd) en un circuito de seguridad intrínseca que puede ser conectado a los dispositivos de conexión del aparato. 6.16. Máxima inductancia interna (Li): inductancia máxima equivalente interna del aparato que es considerada a ser conectada a los dispositivos de conexión del aparato. 6.17. Máxima inductancia externa (Lo): inductancia máxima en un circuito de seguridad intrínseca que puede ser conectado a los dispositivos de conexión del aparato sin invalidar el tipo de protección.

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6.18. Máxima potencia de entrada (Pi): potencia máxima de entrada de un circuito intrínsecamente seguro externo que puede ser aplicado a los dispositivos de conexión del aparato intrínsecamente seguro sin invalidar el tipo de protección. 6.19. Máxima potencia de salida (Po): potencia eléctrica máxima en un circuito de seguridad intrínseca que puede ser tomada desde los dispositivos de conexión del aparato. 6.20. Máxima relación de inductancia externa y resistencia (Lo/Ro): relación máxima entre la inductancia máxima y la resistencia en un circuito de seguridad intrínseca que puede ser conectado a los dispositivos de conexión del aparato asociado sin invalidar la seguridad intrínseca. 6.21. Máximo voltaje a la entrada (Ui o V máx.): voltaje máximo de entrada que puede ser aplicado a los dispositivos de conexión del aparato, sin invalidar este tipo de protección. 6.22. Máximo voltaje de salida (Uo): voltaje máximo de salida que puede aparecer en las conexiones del aparato de seguridad intrínseca a cualquier voltaje aplicado hasta el voltaje máximo. 6.23. Seguridad intrínseca (i): tipo de protección basada en la restricción de la energía eléctrica dentro de los equipos y del cableado de interconexión expuesto a la atmósfera explosiva a un nivel debajo del que puede provocar la ignición ya sea por chispas o efectos de calentamiento. 6.24. Sistema de seguridad intrínseca: un sistema de seguridad intrínseca se compone de por lo menos un aparato simple o intrínsecamente seguro, el cable de interconexión y un aparato asociado. En el cual se debe verificar que la combinación de los parámetros de entidad de éstos cumpla con los requerimientos del método de protección. 7. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS ATEX ATmosphères EXplosives (Atmósferas explosivas). Barreras Barreras de seguridad intrínseca con aislamiento galvánico. ca Corriente alterna. cd Corriente directa. CSA Canadian Standards Association (Asociación Canadiense de Normalización). DTI Diagrama de tuberías e instrumentación. FISCO Fieldbus Intrinsically Safe Concept (Concepto de seguridad intrínseca de Fieldbus). FM Factory Mutual. IEC International Electrotechnical Commission (Comisión Electrotécnica Internacional). LFMN Ley Federal sobre Metrología y Normalización. NMX Norma Mexicana.

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NOM Norma Oficial Mexicana. NRF Norma de Referencia. PEMEX Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. SIL Safety Integrity Level (NIS Nivel de integridad de seguridad). TÜV Technischer Überwachungsverein (inspección técnica). UL Underwriters Laboratories (Laboratorios de certificación). Para los efectos de esta Norma de Referencia con relación a símbolos y abreviaturas de las unidades de medida, se debe aplicar NOM-008-SCFI-2002. 8. DESARROLLO El proveedor o contratista debe cumplir con todos los requisitos de esta Norma de Referencia. 8.1 Condiciones de diseño 8.1.1 Generalidades 8.1.1.1 Las barreras deben cumplir con esta Norma de Referencia. 8.1.1.2 Las barreras deben contribuir a que los circuitos intrínsecamente seguros cumplan con lo especificado en A.1 del Anexo A de la IEC 60079-11:2011. 8.1.1.3 Los requerimientos para inmunidad y emisiones relacionados a la compatibilidad electromagnética (EMC) deben cumplir con las normas IEC 61000-6-2:2005 e IEC 61000-6-4:2011. 8.1.1.4 En aquellos contratos que incluyan la ingeniería, la procura y la construcción (IPC), el contratista debe subcontratar los servicios de una tercería especializada para realizar el análisis del circuito de seguridad intrínseca y especificar las barreras, como se solicita en el Anexo 12.2 de esta Norma de Referencia. 8.1.1.5 El nivel de protección de las berreras debe ser el solicitado en el Anexo 12.1 de esta Norma de Referencia. 8.1.1.6 Las barreras deben cumplir con la clasificación de área que se indique en el Anexo 12.1 de esta Norma de Referencia como lo especifica la NRF-036-PEMEX-2010, IEC 60079-0:2011 o NFPA-70:2014. 8.1.2 Especificación 8.1.2.1 El suministro eléctrico a las barreras debe ser como se especifica en el Anexo 12.1 de esta Norma de Referencia. 8.1.2.2 Las barreras deben cumplir con lo que establecen las normas IEC 60079-25:2010 y la ANSI/ISA-RP12.06-01-2003.

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8.1.2.3 Las barreras deben proporcionar una alimentación flotante con respecto a tierra y suministrar la misma señal al aparato intrínsecamente seguro o simple, mediante un transformador de aislamiento. 8.1.2.4 El transformador de las barreras debe proporcionar aislamiento galvánico entre la entrada y la salida, de manera que consigue una alimentación o señal a campo "flotante" y evitar los picos, transitorios y ruido electromagnético de alta frecuencia. 8.1.2.5 Todo el circuito de las barreras, debe ser flotante con respecto a tierra y no debe existir la posibilidad de que la corriente de falla recorra el circuito de limitación de energía. 8.1.2.6 Las barreras se deben utilizar con sensores e instrumentos no aislados de tierra, resistir un elevado nivel de ruido y no tener problemas asociados a las corrientes de retorno. 8.1.2.7 Las barreras deben tener certificado de conformidad en el que se indique su marcado para usarse como aislamiento en circuitos de seguridad intrínseca, emitido por un laboratorio que cumpla con la LFMN. 8.1.2.8 Cuando se indique en el Anexo 12.1 de esta Norma de Referencia que las barreras se deben suministrar con el SIL solicitado en este Anexo, se debe entregar copia del Certificado vigente de cumplimento de este SIL conforme a la IEC-61508-2:2010 o edición anterior. Además se debe entregar un manual de mantenimiento para la verificación y pruebas de las barreras de seguridad, en el que se indique el intervalo de tiempo de prueba y procedimiento para conservar la integridad del nivel de integridad del instrumento. 8.1.2.9 El grado de protección de la envolvente de la barrera debe cumplir con la norma NMX-J-529-ANCE-2012 o IEC 60529:2013 y con lo solicitado en la hoja de especificaciones del Anexo 12.1 de esta Norma de Referencia. 8.1.2.10 Las barreras deben soportar una temperatura de operación de -20 °C a 60 °C o mayor. 8.1.2.11 Las barreras para el manejo de señales del tipo discreto (on/off) deben tener la función de detección de falla (circuito abierto o circuito cerrado). Esta función debe estar disponible para su señalización en el sistema de control. 8.1.2.12 Las barreras deben tener indicaciones de los siguientes estados de operación: barrera de seguridad energizada y señal activa/inactiva, en lo que aplique. Esta indicación debe ser mediante luces tipo diodo emisor de luz (LED). 8.1.2.13 Cuando se especifique por PEMEX en el Anexo 12.1 de esta Norma de Referencia, se deben suministrar los gabinetes y cumplir con los requisitos siguientes: a) deben contener y soportar en forma segura las barreras. b) deben cumplir con los requisitos de 8.1.7.4.5.1 y 8.1.7.4.5.2 de la NRF-105-PEMEX-2012. c) para los gabinetes se debe asegurar la continuidad eléctrica entre las paredes, paneles y puertas, así como

su conexión a la red de tierras eléctrica y la red de tierras de instrumentos. d) los gabinetes deben incluir la barra de tierra eléctrica aislada y la barra de tierras de instrumentos aislada y

todos los accesorios requeridos. Todas las terminales de las redes de tierras deben ser identificadas, tanto en campo como en cada gabinete, para su conexión con la red de tierras correspondiente. Se deben suministrar todos los accesorios y materiales (cable, tubería conduit, entre otros) para las conexiones del gabinete.

e) se deben incluir todos los accesorios para su instalación (rieles, separadores, canaletas, entre otros). Además, se deben instalar clemas para cubrir el 20% adicional a la cantidad de interfaces instaladas.

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f) en los gabinetes, toda la instalación de interconexiones, cableado, tuberías, su soportería (incluyendo bastidores y bases de interconexión) y sus identificaciones entre los diferentes puntos, debe cumplir con las NRF-048-PEMEX-2007 y/o NRF-181-PEMEX-2010, así como con el artículo 504 de la NOM-001-SEDE-2012 y/o las normas IEC 60079-14:2007 e IEC 60079-25:2010 o ANSI/ISA-RP12.06-01-2003.

8.1.2.14 Las barreras deben estar protegidas en su electrónica para el nivel de severidad ambiental especificado en la hoja de especificaciones del anexo 12.1 de esta Norma de Referencia. 8.1.2.15 Para el caso de las barreras de los buses de campo se debe cumplir con lo siguiente: a) deben servir como aislamiento galvánico entre la seguridad intrínseca y no intrínseca de los buses de

campo; b) deben realizar las siguientes tareas:

i. garantizar la seguridad intrínseca en las salidas; ii. asegurar el aislamiento galvánico entre el segmento no intrínsecamente seguro del bus de

campo(troncal) y el segmento de bus de campo de seguridad intrínseca (salidas); iii. conexión del troncal con un terminador de bus de campo, si la barrera es la última estación en el troncal

un terminador de bus de campo que pueda activar y desactivar, éste debe estar integrado en la barrera para este propósito.

iv. alimentación de los dispositivos de campo conectados a las salidas; y v. limitar la corriente de cortocircuito en cada salida.

c) se deben conectar a un dispositivo de campo mediante una conexión no intrínsecamente segura al troncal

del bus de campo con una capa física de acuerdo a la IEC 61158-2:2010; d) se deben instalar cerca de la instrumentación de campo; 8.2 Fabricación 8.2.1 La construcción de las barreras deben cumplir con la IEC 60079-11:2011 o ANSI/ISA-60079-11:2012 o UL 60079-11:2013. 8.2.2 La identificación de la barrera y de sus accesorios de instalación, cuando así se requiera, deben cumplir con lo que se específica en el numeral 12 de la IEC-60079-11:2011 o ANSI/ISA-60079-0:2013 o UL 60079-0:2013 o NOM-001-SEDE-2012. 8.2.3 Las etiquetas requeridas por esta sección deben ser adecuadas para el ambiente donde se instalen, considerando la exposición a productos químicos y a la luz solar, así como cumplir con lo siguiente: a) terminales: los circuitos intrínsecamente seguros deben identificarse en las terminales y empalmes, de modo

que se evite la interferencia no intencional con los circuitos durante las pruebas y mantenimiento. b) alambrado: las canalizaciones, charolas portacables, y otros métodos de alambrado para sistemas

intrínsecamente seguros, deben identificarse 8.3 Inspección y pruebas 8.3.1 Previo a la entrega-recepción de las barreras de seguridad intrínsecas por parte del proveedor o contratista, se debe llevar a cabo una inspección y verificación documental de todos los componentes que forman parte de dicho instrumento.

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8.3.2 Las barreras se deben probar completamente ensambladas en fábrica. 8.3.3 Las barreras deben probarse como lo establece la IEC 60079-11:2011 o ANSI/ISA-60079-11:2012 o UL 60079-11:2013. Así también, las barreras deben probarse como lo establece la FM para los siguientes conceptos:

a) Prueba de caída; b) Prueba de envoltura a prueba de polvo; y c) Prueba de temperatura para ambiente inerte con polvo.

8.4 Almacenamiento y transporte El proveedor o contratista debe cumplir con los requisitos de almacenamiento, transporte y distribución que se establecen a continuación: 8.4.1 Debe proteger y empaquetar las barreras, completamente ensambladas con sus accesorios, en una sola pieza para su embarque y/o transporte al centro de trabajo de PEMEX. 8.4.2 Se debe cumplir con lo que se indica en la NRF-296-PEMEX-2013. 8.5 Documentación que debe entregar el proveedor o contratista 8.5.1 La información que el proveedor o contratista debe entregar a PEMEX para revisión y aceptación debe estar en idioma español y en el sistema general de unidades de medida oficiales de acuerdo con la NOM-008-SCFI-2002 y debe identificarse con los datos indicados en el numeral 8.4.1.2 de la NRF-111-PEMEX-2012. 8.5.2 Documentación que el licitante debe entregar con su propuesta 8.5.2.1 Presentar de manera legible y ordenada, la descripción detallada del alcance de su propuesta de acuerdo a los requisitos y especificaciones de esta Norma de Referencia. 8.5.2.2 El Anexo 12.1 de esta Norma de Referencia, complementada con los datos correspondientes al diseño, cálculo y selección de las barreras y cable (cuando aplique). 8.5.2.3 Los certificados de seguridad intrínseca se deben entregar a PEMEX, mismos que deben ser emitidos por un laboratorio acreditado de acuerdo con la LFMN, tales como: UL o FM o CSA o ATEX. 8.5.2.4 Adicionalmente, se debe cumplir con lo indicado en el numeral 8.4.2 de la NRF-111-PEMEX-2012. 8.5.2.5 El proveedor o contratista debe entregar una carta emitida por el fabricante de las barreras, en la que se comprometa a responder plenamente ante la ocurrencia de fallas en operación de éstas durante el período de garantía que marque el contrato. 8.5.3 Documentación que el proveedor o contratista debe entregar después de colocado el contrato 8.5.3.1 La documentación escrita y electrónica, conforme se especifique en esta Norma de Referencia, en las bases de licitación y contrato, debe incluir su simbología y cumplir con lo siguiente: a) dibujos mostrando dimensiones con detalles de montaje y peso;

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b) diagrama de bloques indicando las partes que integran las barreras; c) dibujos del fabricante que indiquen todos los detalles de montaje e instalación y localización; d) diagramas de alambrado e interconexión eléctrica; e) hoja de especificaciones del Anexo 12.1 de esta Norma de Referencia revisada y completada por el

proveedor o contratista; f) descripción completa del arreglo del circuito de seguridad intrínseca; g) memoria de cálculo; y h) dibujo de control. 8.5.3.2 Los certificados indicados en los numerales 8.1.2.7 y 8.1.2.8 de esta Norma de Referencia. 8.5.3.3 Los instructivos, manuales y catálogos de las barreras, deben incluir todos los dibujos y hoja de especificaciones como se construyó en su última revisión, así como el número de catálogo, número de partes, instrucciones para el almacenamiento, instalación, ajustes de configuración, operación, mantenimiento (preventivo y correctivo), relación de causas de falla y solución. 8.5.3.4 La documentación y registros que se generen en los trabajos que competen a esta Norma de Referencia, antes y durante el desarrollo de los mismos (procedimientos, manuales, constancias, pruebas, certificados, responsivas, planos, bitácoras, diagramas, isométricos, imágenes, memorias de cálculo, estudios y correspondencia), se deben entregar a PEMEX en hojas membretadas de la empresa, en idioma español y conforme a la NOM-008-SCFI-2002. 8.5.3.5 Al momento de la entrega-recepción de las barreras en sitio, el proveedor o contratista debe entregar, en idioma español o inglés, los reportes o informes de todas las pruebas realizadas en fábrica y las que se hayan indicado en la hoja de especificaciones del Anexo 12.1 de esta Norma de Referencia. 8.5.3.6 Adicionalmente, se debe cumplir con lo indicado en el numeral 8.4.3 de la NRF-111-PEMEX-2012. 9. RESPONSABILIDADES 9.1 Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios 9.1.1 Vigilar el cumplimiento de esta Norma de Referencia para la adquisición de las barreras de seguridad intrínseca con aislamiento galvánico en Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 9.2 Proveedor o contratista 9.2.1 Cumplir con todos los requisitos especificados en esta Norma de Referencia. 9.2.2 Cumplir según corresponda con la NMX-CC-9001-IMNC-2008 o ISO-9001-2008; los artículos 55 párrafo 4, 56 y 68, inciso III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y artículos 31 y 32 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. 10. CONCORDANCIA CON NORMAS MEXICANAS O INTERNACIONALES Esta Norma de Referencia no tiene concordancia.

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11. BIBLIOGRAFÍA 11.1 ANSI/ISA-RP12.06.01-2003 Recommended Practice for Wiring Methods for Hazardous (Classified) Locations Instrumentation Part 1: Intrinsic Safety (Prácticas recomendadas para métodos de cableado de la instrumentación para áreas peligrosas (clasificadas) Parte 1: Seguridad intrínseca) 11.2 ANSI/ISA-S71.04:2013 Environmental Conditions for Process Measurement and Control Systems: Airborne Contaminants. Approved 16 August 2013 (Condiciones ambientales para sistemas de medición y control de procesos: Los contaminantes del aire. Aprobada 16 de agosto de 2013). 11.3 ANSI/ISA-60079-0:2013 Explosive Atmospheres – Part 0: Equipment – General Requirements (26 July 2013) (Atmósferas explosivas – Parte 0: Equipos – Requerimientos generales (26 de julio de 2013)). 11.4 ANSI/ISA-60079-11:2012 Explosive Atmospheres – Part 11: Equipment protection by intrinsic safety “i” (6th Edition) (Atmósferas explosivas – Parte 11: Protección de equipos por seguridad intrínseca “i” (6° edición)). 11.5 NFPA 70:2014 National Electrical Code Edition 2014(Código eléctrico nacional, edición 2014). 11.6 UL 60079-11:2013 Explosive Atmospheres – Part 11: Equipment protection by intrinsic safety “i” (Atmósferas explosivas – Parte 11: Protección de equipos por seguridad intrínseca “i”). 11.7 UL 60079-0:2013 Explosive Atmospheres – Part 0: Equipment - General Requirements (Atmósferas explosivas – Parte 0: Equipo - Requerimientos generales).

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12. ANEXOS 12.1 Hoja de especificaciones para barreras de seguridad intrínseca con aislamiento galvánico

HOJA DE ESPECIFICACIONES BARRERAS DE SEGURIDAD

INTRÍNSECAS

HOJA 1 DE 2

ESPEC. No. REV:

REVISIÓN No. POR FECHA

CONTRATO FECHA

PROYECTO:

INSTALACIÓN: POR REVISÓ APRO.

LOCALIZACIÓN:

SERVICIO:

1. GENERAL

2. ▲ Número de identificación instrumento

3. ▲ DTI

4. ▲ Clave del instrumento

5. ▲ Convertidor de señal

6. ▲ Clasificación de área (NRF-036-PEMEX-2010)

7. CONDICIONES AMBIENTALES

8. ▲ Presión atmosférica

9. ▲ Temperatura ambiente

10. ▲ Humedad relativa

11. INSTRUMENTO

12. ▲ Señal de entrada del instrumento

13. ▲ Comunicación

Fieldbus Profibus Hart Otro __________

Fieldbus Profibus Hart Otro __________

Fieldbus Profibus Hart Otro _________

14. ▲ Aparato intrínsecamente seguro: TAG y descripción

15. ▲ Aparato simple: TAG y descripción

16. ▲ Grado de protección de envolvente (IP conforme la NMX-J-529-ANCE-2012 o IEC 60529:2013)

17. ▲ Clasificación de Temperatura

18. ▲ Certificación de los aparatos intrínsecamente seguro para instalarse en área clasificada

19. ▲ Fabricante y número de serie del instrumento intrínsecamente seguro

20. ▲ Voltaje de entrada Ui o Vmax

21. ▲ Corriente del instrumento Ii o Imax

22. ▲ Potencia del instrumento Pi

23. ▲ Nivel de NIS(SIL)/Certificación conforme a IEC-61508-2:2010

24. ▲ Temperatura ambiente

25. ▲ Tierra

26. CABLE

27. Longitud del cable (m)

28. ▲ Capacitancia Ci

29. ▲ Inductancia Li

30. ▲ Tierra

31. BARRERAS DE SEGURIDAD INTRÍNSECAS

32. SUMINISTRO ELÉCTRICO

33. ▲ Tipo de montaje para el suministro eléctrico: Riel Bus Tablero terminal

Riel Bus Tablero terminal

Riel Bus Tablero terminal

34. ▲ Voltaje de entrada Vcd

35. ▲ Voltaje de entrada Vca

36. Consumo de energía mW

NOTAS: Símbolo ▲: Para adquisición directa, los datos deben ser proporcionados por PEMEX; Para proyectos tipo IPC (Ingeniería, Procura y Construcción), los datos deben ser proporcionados por el proveedor o contratista Símbolo: Datos que pueden llegar a ser proporcionados por PEMEX, en caso contrario, deben ser proporcionados por el proveedor o contratista Símbolo: Datos que deben ser proporcionados por el proveedor o, contratista Para el caso de barreras de más de un canal se debe llenar una columna de especificaciones por canal.

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HOJA DE ESPECIFICACIONES BARRERAS DE SEGURIDAD

INTRÍNSECAS

HOJA 2 DE 2

ESPEC. No. REV:

REVISIÓN No. POR FECHA

CONTRATO FECHA

PROYECTO:

INSTALACIÓN: POR REVISÓ APRO.

LOCALIZACIÓN:

SERVICIO:

37. ESPECIFICACIONES

38. ▲ Nivel de protección requerido ia ib ic

ia ib ic

ia ib ic

39. Clasificación de área

40. Grado de protección de envolvente (IP conforme la NMX-J-529-ANCE-2012 o IEC 60529:2013)

41. Voltaje Uo

42. Corriente Io

43. Potencia Po

44. Capacitancia Co

45. Inductancia Lo

46. Relación Lo/Ro

47. Tierra

48. Número de canales

49. ▲ Nivel de NIS(SIL)/Certificación conforme a IEC-61508-2:2010

Si SIL:_______ No

Si SIL:_______ No

Si SIL:_______ No

50. ▲ Montaje en gabinetes Si No

Si No

Si No

51. ▲ Nivel de severidad ambiental (ANSI/ISA-S71.04-2013)

G1 G2 G3 GX

G1 G2 G3 GX

G1 G2 G3 GX

52. ▲ Tipo de conexión Tornillo Resorte

Tornillo Resorte

Tornillo Resorte

53.

54.

55.

56.

57.

58.

59.

60.

61.

62.

63.

64.

65.

66.

NOTAS: Símbolo ▲: Para adquisición directa, los datos deben ser proporcionados por PEMEX; Para proyectos tipo IPC (Ingeniería, Procura y Construcción), llave en mano o licitación pública los datos deben ser proporcionados por el proveedor o contratista Símbolo: Datos que pueden llegar a ser proporcionados por PEMEX, en caso contrario, deben ser proporcionados por el proveedor o contratista Símbolo: Datos que deben ser proporcionados por el proveedor o, contratista Para el caso de barreras de más de un canal se debe llenar una columna de especificaciones por canal.

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12.2 Análisis de un circuito de seguridad intrínseca 12.2.1 El análisis de los sistemas de seguridad intrínseca (lazos intrínsecamente seguros) debe cumplir con lo siguiente:

a) se debe realizar por una entidad (tercería) diferente al proveedor o contratista del sistema de control y al proveedor de los dispositivos o equipos asociados a los lazos de seguridad intrínseca;

b) la tercería debe comprobar su competencia con las acreditaciones correspondientes y experiencia en desarrollos de análisis de sistemas intrínsecamente seguros en proyectos que incluyan en forma parcial o total este método de protección;

c) el análisis se debe basar en los parámetros de entidad del aparato de seguridad intrínseca, el aparato asociado y el cable; esto es, con el objeto de verificar el cumplimiento del método de protección y la determinación de la máxima longitud permitida del cable de interconexión;

d) se debe emitir y entregar una memoria de cálculo como base de desarrollo de la verificación y validación del método de protección; y

e) la tercería debe demostrar su competencia por medio de las acreditaciones de UL, FM o TUV y cuando aplique por un Fieldbus Center vigente al momento de la validación que indiquen claramente que tienen la capacidad de realizar este tipo de actividades.

12.2.2 Se debe analizar y verificar que los certificados de cumplimiento de los aparatos asociados, y de los dispositivos intrínsecamente seguros sean del mismo ámbito normativo. Esto es lo siguiente:

a) para clasificaciones de área por el método de Divisiones, los certificados de cumplimiento deben ser: UL, FM, CSA o el aceptado por este método de clasificación;

b) para el caso de clasificaciones como Clase/Zona, los certificados de cumplimiento deben ser: UL, FM, CSA o el aceptado por este método de clasificación; y

c) para el caso de clasificaciones como Zona 0, 1 ó 2, los certificados de cumplimiento deben ser ATEX o el aceptado por este método de clasificación.

12.2.3 Como consecuencia del análisis, el proveedor o contratista debe elaborar un documento que debe incluir lo indicado en el capítulo 13 de la IEC 60079-11:2011 y lo siguiente:

a) definición del entorno, clasificación de área: Clase, Clase/Zona o Zona donde se instalarán los equipos y cables.

b) referencias: Certificados de los equipos y condiciones de utilización; c) esquemas eléctricos, esquemas detallados de los circuitos de seguridad intrínseca y con los

componentes de cada uno; d) parámetros de entidad, de cada aparato integrante del circuito; e) cables, tipo de cable utilizado, rigidez, armadura, parámetros importantes (inductancia, capacitancia,

resistencia, entre otros); y f) confirmación por parte del fabricante de que los aparatos sencillos o simples son dispositivos de

construcción simple y que no almacenan o generan energía por arriba de los valores preestablecidos. 12.2.4 Los puntos de conexión a los cables de circuitos con seguridad intrínseca se deben identificar en azul y deben estar separados de otros puntos de conexión sin seguridad intrínseca. 12.2.5 Se deben separar los cables de conexión de señales intrínsecamente seguras de las conexiones no intrínsecamente seguras.