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  ExpeUEW7 EXPEUEW7  BANCO DE PREGUNTAS UNIFICADO  AE6-2 PARALELO: AE6-2 SEMESTRE: Marzo 2015  Agosto 2015 DOCENTE:  Ing. Marco Vinicio Lasso Pinto MATERIA: Sistema Financiero y Mercado de Valores UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Carrera de Administración de Empresas

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  • ExpeUEW7 EXPEUEW7

    BANCO DE PREGUNTAS UNIFICADO

    AE6-2

    PARALELO: AE6-2

    SEMESTRE: Marzo 2015 Agosto 2015

    DOCENTE: Ing. Marco Vinicio Lasso Pinto

    MATERIA: Sistema Financiero y Mercado de Valores

    UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

    FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS

    Carrera de Administracin de Empresas

  • GRUPO NO. 3 1

    GRUPO 1

    ESQUEMA RESPUESTA MLTIPLE

    BASE DE PREGUNTA 1 Concepto de Sistema

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Disposicin de componentes interrelacionados para formar un todo

    B Ingresos y egresos

    C Conjunto de reglas o principios sobre una materia enlazados entre s.

    D Refiere a resultados, costos, ganancias y prdidas (solvencia)

    E Todos los anteriores

    RESPUESTA A, C Diapositiva 8

    Sistema1: Conjunto de reglas o principios sobre una materia enlazados entre s Disposicin de componentes interrelacionados para formar un todo

    BASE DE PREGUNTA 2 Se denominan como activos financieros

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Bancos comerciales

    B Manejo de las finanzas, entendindose por tales, los bienes o caudales

    C Instituciones, mercados y medios de un pas determinado cuyo objetivo y finalidad principal es la de canalizar el ahorro

    D A, C

    E Ttulos o anotaciones contables que emiten las unidades econmicas de gastos

    RESPUESTA E Diapositiva 10

    Se denominan como activos financieros a aquellos ttulos o anotaciones contables que emiten las unidades econmicas de gastos y que en cierta manera se constituyen en el medio para mantener la riqueza para quienes la poseen y un pasivo para quienes lo generan.

    BASE DE PREGUNTA 3 La misin excluyente que deber cumplir el sistema financiero de una economa de mercado

    ser:

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Clave de fondos de las instituciones financieras son los individuos, las empresas y los gobiernos

    B Ser captar aquel excedente de los ahorristas (familias) y canalizarlo hacia los prestatarios, ya sean pblicos o privados.

    C Controlar las finanzas

    D Ninguna de la anteriores

    Con formato: Resaltar

  • GRUPO NO. 3 2

    RESPUESTA B Diapositiva 9 La misin excluyente que deber cumplir el sistema financiero de una economa de mercado ser captar aquel excedente de los ahorristas (familias) y canalizarlo hacia los prestatarios, ya sean pblicos o privados.

    BASE DE PREGUNTA 4

    Mercados financieros son:

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Los proveedores y solicitantes clave de fondos de las instituciones financieras son los individuos, las empresas y los gobiernos.

    B Estos no suman a la riqueza general de un pas ya que no se encuentran contenidos en el producto interior bruto

    C Canalizan los ahorros de los individuos, las empresas y los gobiernos hacia prstamos o inversiones.

    D Aquellos organismos en los cuales se produce el intercambio de activos financieros

    E

    RESPUESTA D Diapositiva 10

    Los mercados financieros son aquellos organismos en los cuales se produce el intercambio de activos financieros y adems se determinarn sus precios. En tanto, el contacto entre los diferentes agentes que operan en este tipo de mercados no necesariamente deber hacerse en un espacio fsico, sino que se pueden hacer a travs de diversas modalidades tales como la va telefnica, telemtica, subastas por internet, entre otros.

    BASE DE PREGUNTA 5 Los Inversionistas Institucionales son:

    A Compaa de seguros y Reaseguros

    B La superintendencia de Compaas

    C Mutualistas de ahorro y crdito para la vivienda

    D Exclusivamente las entidades financieras

    E Todas las anteriores

    RESPUESTA A y C Diapositiva 11 (COMFIN / LMdeV Art. 74)

    Se entender por Inversionistas Institucionales del sistema financiero pblicas o privadas a las mutualistas de ahorro y crdito para la vivienda, las cooperativas de ahorro y crdito que realicen intermediacin financiera con el pblico, compaas de seguros y reaseguros, a las corporaciones de garanta y retro garanta, a las sociedades administradoras de fondos y fideicomisos y, toda otra persona jurdica y entidades que el C.N.V.

    Con formato: Resaltar

    Con formato: Resaltar

  • GRUPO NO. 3 3

    BASE DE PREGUNTA 6 Las sociedades de auditora externa y el personal a su cargo que efecte trabajos de auditora externa estarn facultados para examinar:

    A Todos los libros, registros, documentos y antecedentes de la entidad auditada, incluso los de sus subsidiarias

    B Exclusivamente los registros y documentos de la entidad auditada, pero no de sus subsidiarias.

    C Ninguna de las AnterioresToda la informacin, documentos y libros facilitada por las subsidiarias.

    D Ninguna de las Anteriores Toda la informacin, documentos y libros facilitada por las subsidiarias.

    RESPUESTA A y C Diapositiva 15? (COMFIN / LMdeV Art. 199)

    Las sociedades de auditora externa y el personal a su cargo que efecte trabajos de auditora externa estarn facultados para examinar todos los libros, registros, documentos y antecedentes de la entidad auditada, incluso los de sus subsidiarias, debiendo stas y aqullas otorgarles todas las facilidades necesarias para el desempeo de su labor.

    BASE DE PREGUNTA 7 Los objetivos de la intermediacin financiera son:

    A Vigilancia y controlar las funciones de Banca Central

    B Transferencias de recursos de las unidades superavitarias a las deficitarias

    C Homogenizacin de plazos de acuerdo a las necesidades de los participantes en el proceso

    D Diversificacin del riesgo

    E Traspaso de la posesin de mercancas y servicios

    RESPUESTA B, C y D Diapositiva 17

    En general la intermediacin financiera cumple con los siguientes objetivos dentro de un sistema econmico:

    Transferencias de recursos de las unidades superavitarias a las deficitarias

    Homogenizacin de plazos de acuerdo a las necesidades de los participantes en el proceso

    Mayor eficiencia y costos menores en el proceso de transferencia de

    recursos

    Diversificacin del riesgo

    Ofrecimiento de servicios complementarios a las necesidades directas de

    inversin y/o financiamiento que pueda tener un participe.

    Con formato: Resaltar

    Comentario [MLP1]: Referencia de la diapositiva no confirmada

    Con formato: Resaltar

    Comentario [MLP2]: Referencia errnea

  • GRUPO NO. 3 4

    ESQUEMA VERDADERO FALSO

    BASE DE PREGUNTA 8

    Lo financiero es lo referente a lo econmico que se refiere a resultados, costos, ganancias y prdidas (solvencia)

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION DE LAS OPCIONES DE

    RESPUESTA

    Falso: Diapositiva 8 Lo financiero se refiere al movimiento de fondos: ingresos y egresos (liquidez)

    BASE DE PREGUNTA 9

    Sistema financiero Conjunto de instituciones, mercados y medios de un pas determinado cuyo objetivo y finalidad principal es la de canalizar el ahorro que generan los prestamistas hacia los prestatarios.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION DE LAS OPCIONES DE

    RESPUESTA

    Verdadero: Diapositiva 9 Conjunto de instituciones, mercados y medios de un pas determinado cuyo objetivo y finalidad principal es la de canalizar el ahorro que generan los prestamistas hacia los prestatarios. Esta intermediacin es llevada a cabo por aquellas instituciones que integran el sistema financiero y se la considera como elemental para poder llevar a cabo la transformacin de los activos financieros que emiten los inversores en activos financieros indirectos.

    BASE DE PREGUNTA 10

    Instituciones Financieras Sirven como intermediarios para canalizar los ahorros de solo los individuos. Muchas instituciones pagan directa o indirectamente intereses sobre fondos depositados por los ahorradores; otras ofrecen servicios a cambio de una comisin

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION DE LAS OPCIONES DE

    RESPUESTA

    Falso: Diapositiva 11 Sirven como intermediarios para canalizar los ahorros de los individuos, las empresas y los gobiernos hacia prstamos o inversiones. Muchas instituciones pagan directa o indirectamente intereses sobre fondos depositados por los ahorradores; otras ofrecen servicios a cambio de una comisin.

    Con formato: Resaltar

    Con formato: Fuente: Negrita

    Con formato: Resaltar

    Con formato: Resaltar

    Con formato: Fuente: Negrita

    Con formato: Fuente: Negrita,Subrayado

  • GRUPO NO. 3 5

    BASE DE PREGUNTA 11

    Demanda: Es la cantidad y calidad de bienes y servicios que pueden ser adquiridos en los diferentes precios del mercado por un consumidor o por el conjunto de consumidores.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION DE LAS OPCIONES DE

    RESPUESTA

    Verdadero: Diapositiva 12 Entendindose como Demanda a la cantidad y calidad de bienes y servicios que pueden ser adquiridos en los diferentes precios del mercado por un consumidor (demanda individual) o por el conjunto de consumidores (demanda total o de mercado)

    BASE DE PREGUNTA 12

    Mercado secundario: Es aquel en que los compradores y el emisor participan directamente o a travs de intermediarios, en la compraventa de valores de renta fija o variable y determinacin de los precios ofrecidos al pblico por primera vez.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION DE LAS OPCIONES DE

    RESPUESTA

    Falso: Diapositiva 13 (COMFIN / LMdeV Arts. 29 ) Mercado secundario, comprende las operaciones o negociaciones que se realizan con posterioridad a la primera colocacin; por lo tanto, los recursos provenientes de aquellas, los reciben sus vendedores.

    BASE DE PREGUNTA 13

    Las casas de valores negociarn en el mercado de valores a travs de operadores inscritos en el Catastro Pblico del Sistema Financiero, quienes actuarn bajo responsabilidad solidaria con sus respectivas casas de valores. Los representantes legales, dependientes y operadores de una casa de valores podrn serlo simultneamente de otra casa de valores.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION DE LAS OPCIONES DE

    RESPUESTA

    Falso: Diapositiva 14 (COMFIN / LMdeV Arts. 57 )

    Las casas de valores negociarn en el mercado de valores a travs de operadores inscritos en el Catastro Pblico del Mercado de Valores, quienes actuarn bajo responsabilidad solidaria con sus respectivas casas. Los representantes legales, dependientes y operadores de una casa de valores no podrn serlo simultneamente de otra casa de valores. .

    GRUPO 2

    BANCO DE PREGUNTAS DIAPOSITIVAS 18-25

    RESPUESTA MLTIPLE

    BASE DE PREGUNTA 1 En el Sistema Financiero es el conjunto de instituciones que tiene como objetivo canalizar el ahorro de las personas, por tanto permite:

    A Captar los recursos del pblico

    Con formato: Resaltar

    Comentario [MLP3]: Referencias de la diapositiva no confirmada

    Con formato: Resaltar

    Comentario [MLP4]: Referencias de la diapositiva no confirmada

    Comentario [MLP5]: Pregunta general, difusa

    Comentario [MLP6]: Referencias de la diapositiva no confirmada

    Con formato: Resaltar

  • GRUPO NO. 3 6

    LISTADO DE ELEMENTOS

    B A proveedores y solicitantes de fondos realizar transacciones a largo plazo.

    C El control de la Superintendencia de Bancos, constituyndose los bancos en el mayor y ms importante participante del mercado.

    D El desarrollo de la actividad econmica (producir y consumir) es decir que los fondos lleguen desde las personas que tienen recursos monetarios excedentes hacia las personas que necesitan estos recursos.

    E Mantener la riqueza para quienes la poseen y un pasivo para quienes lo generan.

    RESPUESTA

    D (Diapositiva 19) Un sistema financiero es el conjunto de instituciones que tiene como objetivo canalizar el ahorro de las personas. Esta canalizacin de recursos permite el desarrollo de la actividad econmica (producir y consumir) haciendo que los fondos lleguen desde las personas que tienen recursos monetarios excedentes hacia las personas que necesitan estos recursos.

    BASE DE PREGUNTA 2 Las entidades que se encuentran bajo el control de la superintendencia de bancos son:

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Instituciones financieras privadas (bancos, sociedades financieras, cooperativas y mutualistas) e Instituciones financieras pblicas.

    B Instituciones de servicios financieros

    C Compaas de seguros y compaas auxiliares del sistema financiero.

    D A y C

    E Todas las anteriores.

    RESPUESTA

    Todas las anteriores (Diapositiva 19) El sistema financiero ecuatoriano se encuentra compuesto por instituciones financieras privadas (bancos, sociedades financieras, cooperativas y mutualistas); instituciones financieras pblicas; instituciones de servicios financieros, compaas de seguros y compaas auxiliares del sistema financiero, entidades que se encuentran bajo el control de la Superintendencia de Bancos.

    BASE DE PREGUNTA 3 En una economa desarrollada las entidades financieras se encargan de:

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Cuidar el dinero que es entregado por los clientes y por el otro utilizar parte del dinero entregado para dar prstamos.

    B Apoyarse los unos a los otros para solventar las necesidades financieras.

    C Distribuir los fondos que reciben de los ahorradores entre las personas necesitadas de crditos.

    D Todas las anteriores

    E Ninguna de las anteriores

    RESPUESTA D (Diapositiva 20) En una economa desarrollada las entidades financieras se encargan de distribuir los fondos que reciben de los ahorradores entre las personas necesitadas de crditos

    BASE DE PREGUNTA 4 Sociedad Financiera es una Institucin que tiene como objetivo fundamental:

    LISTADO DE

    A Intervenir en el mercado de capitales.

    B Generar un clima de confianza entre la poblacin para seguir generando riqueza.

    Con formato: Resaltar

    Con formato: Resaltar

    Con formato: Resaltar

  • GRUPO NO. 3 7

    ELEMENTOS C Otorgar crditos para financiar la produccin, la construccin, la adquisicin y la venta de bienes a mediano y largo plazo.

    D Todas las anteriores.

    E Ninguna de las anteriores.

    RESPUESTA D (Diapositiva 20) Sociedad Financiera: Institucin que tiene como objetivo fundamental intervenir en el mercado de capitales y otorgar crditos para financiar la produccin, la construccin, la adquisicin y la venta de bienes a mediano y largo plazo.

    BASE DE PREGUNTA 5 Que se entiende por Rriesgo financiero es:

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Es cuando existe un hecho adverso

    B La probabilidad de ocurrencia de un evento inesperado que tenga consecuencias financieras negativas para una organizacin o una persona.

    C La prevalencia de un acontecimiento negativo

    D Ninguno de los anteriores

    E Todos los anteriores

    RESPUESTA B DIAPOSITIVA 22 Se puede definir un riesgo financiero como a la probabilidad de ocurrencia de un evento inesperado que tenga consecuencias financieras negativas para una organizacin o una persona.

    BASE DE PREGUNTA 6 SELECCIONE LOS TIPOS DE RIESGO

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Riesgo de Mercado, Riesgo de inters, Riesgo de precio, Riesgo cambiario

    B Riesgo de Mercado. Riesgo de Crdito, Riesgo de liquidez

    C Riesgo de inters, riesgo de precio, riesgo cambiario

    D Riesgo Legal, Riesgo Sistmico

    E Ninguna de las anteriores

    RESPUESTA B, D DIAPOSITIVA 22 Y 23 Riesgo de Mercado: El riesgo que se asocia a variaciones dentro de los mercados financieros (acciones, certificados de depsitos, etc.), es decir, constituye un riesgo externo a la entidad financiera, entre los cuales se distinguen: Riesgo cambiario: Consecuencia de que existan cambios en los tipos de cambios de monedas diferentes a la moneda local del pas. Riesgo de inters: Sucede cuando existen variaciones tanto positivas como negativas en las tasas de inters de algn producto financiero Riesgo de precio: Riesgo de que el valor de un portafolio o un activo de inversin se reduzca en el futuro. Riesgo de Crdito: Probabilidad que una de las partes obligadas a pagar un crdito no lo haga. Es decir es la probabilidad de incumplimiento de pago. Riesgo de liquidez: Se refiere al hecho de que una de las partes de un contrato financiero no pueda obtener la liquidez necesaria para asumir sus obligaciones a pesar de disponer de los activos (que no puede vender con la suficiente rapidez y al precio adecuado) y la voluntad de hacerlo. Riesgo Legal: Riesgo de prdida debido a la no exigibilidad de acuerdos contractuales, procesos legales o sentencias adversas. Tambin es derivado de cambios en la normativa fiscal, se produce por la posibilidad de que desaparezcan determinadas ventajas fiscales que gozan algunos activos. Riesgo Sistmico: Riesgo comn para todo el mercado y que afecta a todos los participantes

    Con formato: Resaltar

    Tabla con formato

    Comentario [MLP7]: PREGUNTA MUY GENERAL

    Con formato: Sin Resaltar

    Con formato: Sin Resaltar

    Tabla con formato

  • GRUPO NO. 3 8

    BASE DE PREGUNTA 7 EN EL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL SE COMPONE DE:

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Sector primario y secundario

    B Sector pblico y sector privado

    C Sector empresarial y comercial

    D Sector popular y solidario

    E Ninguna de las anteriores

    RESPUESTA B, D Constitucin de la Repblica de ecuador

    Art. 309.- El sistema financiero nacional se compone de los sectores pblico, privado, y del popular y solidario, que intermedian recursos del pblico. Cada uno de estos sectores contar con normas y entidades de control especficas y diferenciadas, que se encargarn de preservar su seguridad, estabilidad, transparencia y solidez. Estas entidades sern autnomas. Los directivos de las entidades de control sern responsables administrativa, civil y penalmente por sus decisiones.

    BASE DE PREGUNTA 8 CUL ES LA RESPONSABILDIDAD DEL ESTADO?

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Fomentar su democratizacin mediante la formulacin de polticas y regulaciones

    B Intervenir en el sistema bancario privado

    C Facilitar el acceso a las actividades financieras

    D Supervisar a la banca privada

    E Ninguna de las anteriores

    RESPUESTA A , C Seccin 2

    Responsabilidad del Estado Artculo 147.- Responsabilidad. Es responsabilidad del Estado facilitar el acceso a las actividades financieras, fomentando su democratizacin mediante la formulacin de polticas y regulaciones.

    ESQUEMA VERDADERO FALSO

    BASE DE PREGUNTA 9 Las Cooperativas de Ahorro y Crdito es la unin de un grupo de personas que tienen como finalidad ayudarse los unos a los otros, para alcanzar sus necesidades financieras. La cooperativa est formada por clientes.

    RESPUESTA Y ARGUMENTACIN DE

    LAS OPCIONES DE RESPUESTA

    Falso: Diapositiva 21 La cooperativa est formada por clientes La cooperativa no est formada por clientes sino por socios, ya que cada persona posee una pequea participacin dentro de esta

    BASE DE PREGUNTA 10

    Las Mutualistas son es la unin de personas que tienen como fin el apoyarse los unos a los otros para solventar las necesidades financieras, generalmente invierten en el

    Con formato: Resaltar

    Con formato: Tachado

    Comentario [MLP8]: ESTA ALTERNATIVA NO TIENE RELACIN CON LA PREGUNTA

    Comentario [MLP9]: NO SE INDICA LA DIAPOSITIVA BASE

    Con formato: Resaltar

    Comentario [MLP10]: NO SE INDICA LA DIAPOSITIVA BASE

    Con formato: Resaltar

    Con formato: Resaltar

  • GRUPO NO. 3 9

    mercado inmobiliario y estn formadas por socios.

    RESPUESTA Y ARGUMENTACIN DE

    LAS OPCIONES DE RESPUESTA

    Verdadero: Diapositiva 21 Mutualistas: La unin de personas que tienen como fin el apoyarse los unos a los otros para solventar las necesidades financieras. Generalmente las mutualistas invierten en el mercado inmobiliario. Al igual que las cooperativas de ahorro y crdito estn formadas por socios

    BASE DE PREGUNTA 11

    Una situacin de estabilidad financiera podra definirse como aquella en que el sistema financiero opera de manera eficiente y constante, sin embargo no se genera un clima de confianza entre la poblacin para seguir generando riqueza.

    RESPUESTA Y ARGUMENTACIN DE

    LAS OPCIONES DE RESPUESTA

    Falso: Diapositiva 20 Sin embargo no se genera un clima de confianza entre la poblacin para seguir generando riqueza. Una situacin de estabilidad financiera podra definirse como aquella en que el sistema financiero opera de manera eficiente y constante. En una economa desarrollada las entidades financieras se encargan de distribuir los fondos que reciben de los ahorradores entre las personas necesitadas de crditos. De esta manera se mantiene una economa saludable pero sobre todas las cosas se genera un clima de confianza entre la poblacin para seguir generando riqueza

    BASE DE PREGUNTA 12

    En el mbito legal del sistema financiero ecuatoriano segn nuestra constitucin las actividades financieras son un servicio de orden privado que puede realizarse cuando el estado los haya autorizado de acuerdo a las leyes respectivas.

    RESPUESTA Y ARGUMENTACIN DE

    LAS OPCIONES DE RESPUESTA

    Falso: Diapositiva 18 Son un servicio de orden privado MARCO LEGAL Es el conjunto de leyes, reglamentos, decretos, normas y resoluciones que regulan la actividad financiera. Segn nuestra constitucin las actividades financieras son un servicio de orden pblico que puede realizarse cuando el estado los haya autorizado de acuerdo a las leyes respectivas. La finalidad principal es cuidar o preservar los depsitos del pblico y atender las necesidades de financiamiento de los sectores de desarrollo del pas fortaleciendo la inversin productiva nacional y el consumo social ambientalmente responsable. El marco legal del sistema financiero ecuatoriano est conformado por: - La Constitucin Poltica del Ecuador - Cdigo Orgnico Monetario y Financiero. -La codificacin de resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y la Junta Bancaria.

    BASE DE PREGUNTA 13

    La actividad financiera es el conjunto de operaciones y servicios que se efectan entre oferentes, demandantes y usuarios, para facilitar la circulacin de dinero y realizar intermediacin financiera

    RESPUESTA Y ARGUMENTACION DE

    LAS OPCIONES DE RESPUESTA

    VERDADERO TTULO II SISTEMA FINANCIERO

    NACIONAL CAPTULO 1 Actividades

    financieras

    Con formato: Resaltar

    Comentario [MLP11]: Pregunta confusa

    Comentario [MLP12]: Preguntas fciles, obvias

  • GRUPO NO. 3 10

    Seccin 1 De las actividades financieras y su autorizacin

    Artculo 143.- Actividad financiera. Para efectos de este Cdigo, actividad financiera es el conjunto de operaciones y servicios que se efectan entre oferentes, demandantes y usuarios, para facilitar la circulacin de dinero y realizar intermediacin financiera; tienen entre sus finalidades preservar los depsitos y atender los requerimientos de financiamiento para la consecucin de los objetivos de desarrollo del pas. Las actividades financieras son un servicio de orden pblico, reguladas y controladas por el Estado, que pueden ser prestadas por las entidades que conforman el sistema financiero nacional, previa autorizacin de los organismos de control, en el marco de la normativa que expida la Junta de Poltica y Regulacin Monetaria y Financiera.

    BASE DE PREGUNTA 14

    Los sectores estratgicos, de decisin y control exclusivo del Estado, son aquellos que por su trascendencia y magnitud tienen decisiva influencia econmica, social, poltica o ambiental, y debern orientarse al pleno desarrollo de los derechos y al inters social

    RESPUESTA Y ARGUMENTACION DE

    LAS OPCIONES DE RESPUESTA

    VERDADERO Constitucin de la Repblica de ecuador

    Art. 313.- El Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores estratgicos, de conformidad con los principios de sostenibilidad ambiental, precaucin, prevencin y eficiencia.

    Los sectores estratgicos, de decisin y control exclusivo del Estado, son aquellos que por su trascendencia y magnitud tienen decisiva influencia econmica, social, poltica o ambiental, y debern orientarse al pleno desarrollo de los derechos y al inters social.

    Se consideran sectores estratgicos la energa en todas sus formas, las telecomunicaciones, los recursos naturales no renovables, el transporte y la refinacin de hidrocarburos, la biodiversidad y el patrimonio gentico, el espectro radioelctrico, el agua, y los dems que determine la ley.

    BASE DE PREGUNTA 15

    EL Sistema de garanta crediticia tiene por objeto afianzar obligaciones crediticias de las personas que no estn en capacidad de concretar proyectos con el sistema financiero nacional por falta de garantas, tales como primeros emprendedores, madres solteras, personas en movilidad humana, con discapacidad, jvenes y otras personas pertenecientes a grupos de atencin prioritaria.

    RESPUESTA Y ARGUMENTACION DE

    LAS OPCIONES DE RESPUESTA

    VERDADERO COMFIN

    Artculo 149.- Sistema de garanta crediticia. Crase el sistema de garanta crediticia como un mecanismo que tiene por objeto afianzar obligaciones crediticias de las personas que no estn en capacidad de concretar proyectos con el sistema financiero nacional por falta de garantas, tales como primeros emprendedores, madres solteras, personas en movilidad humana, con discapacidad, jvenes y otras personas pertenecientes a grupos de atencin prioritaria. El sistema de garanta crediticia tambin podr afianzar las inversiones en valores emitidos al amparo de la ley de mercado de valores, de empresas que apuntalen el cambio de la matriz productiva.

    La garanta crediticia podr ser otorgada por personas jurdicas de derecho

    Comentario [MLP13]: No hay referencias sobre la fuente.

    Con formato: Resaltar

    Comentario [MLP14]: No se indica la diapositiva

    Con formato: Resaltar

  • GRUPO NO. 3 11

    pblico y privado. La Junta de Poltica y Regulacin Monetaria y Financiera regular el sistema de garanta crediticia y determinar la institucin pblica a cargo de su gestin. El sistema de garanta crediticia estar bajo el control de la Superintendencia de Bancos.

    GRUPO 3

    BANCO DE PREGUNTA DE MERCADO DE VALORES

    (diapositivas 26-35)

    1. BASE DE PREGUNTA

    El catlogo de cuentas es el ndice o instructivo, donde,

    ordenada y sistemticamente, se detallarn todas las cuentas

    aplicables en la contabilidad de una negociacin o empresa,

    proporcionando los nombres y, en su caso los nmeros de las

    cuentas.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACIN

    DE LAS OPCIONES

    DE RESPUESTA

    Verdadero: diapositiva 26

    Es el ndice o instructivo, donde, ordenada y sistemticamente,

    se detallarn todas las cuentas aplicables en la contabilidad de

    una negociacin o empresa, proporcionando los nombres y, en

    su caso los nmeros de las cuentas

    2. BASE DE PREGUNTA

    Cual de los siguientes Entre los catlogos de cuentas no

    pertenecen a de las instituciones financieras, quienes no

    pertenecen:

    LISTADO DE

    ELEMENTOS

    A Catlogo de fondos de insolvencia

    B Catlogo de fondos de liquidez

    C Catlogo de seguros pblicos

    D Catlogo de los fondos complementarios previsionales

    cerrados

    E Ninguna de las anteriores

    Comentario [MLP15]: NO SE INDICA LA DIAPOSITIVA BASE

    Comentario [MLP16]: Preguntas obvias

    Con formato: Resaltar

  • GRUPO NO. 3 12

    RESPUESTA

    A, C Diapositiva 27

    Catlogos de cuentas de las instituciones financieras

    Catlogos que dispone la Superintendencia de Bancos:

    Catlogo nico de Cuenta Sistema Financieros

    Catlogo de Seguros Privados

    Catlogo de Seguridad Social

    Catlogo de los Fondos Complementarios Previsionales

    Cerrados

    Catlogo del Fondo de Liquidez

    Catlogo de Cuentas del Sistema del Seguro de Depsitos

    Catlogo de Cuentas del Banco del IESS

    Catlogo de Cuentas de los Burs de Informacin Crediticia

    3. BASE DE PREGUNTA

    Solvencia y patrimonio tcnico: El patrimonio tcnico total de

    las entidades financieras deber cubrir como mnimo la suma

    de los requerimientos de capital por riesgo de crdito, riesgo de

    mercado, riesgo operacional y otros en que incurran en la

    ejecucin de actividades financieras de acuerdo con las

    regulaciones que emita la superintendencia de compaas del

    Ecuador

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACIN

    DE LAS OPCIONES

    DE RESPUESTA

    Falso Diapositiva 28

    COMFIN

    Art. 190 El patrimonio tcnico total de las entidades

    financieras deber cubrir como mnimo la suma de los

    requerimientos de capital por riesgo de crdito, riesgo de

    mercado, riesgo operacional y otros en que incurran en la

    ejecucin de actividades financieras de acuerdo con las

    regulaciones que emita la Junta de Poltica y Regulacin

    Monetaria y Financiera.

    Con formato: Resaltar

  • GRUPO NO. 3 13

    4. BASE DE PREGUNTA

    Composicin del patrimonio tcnico. El patrimonio tcnico est

    constituido por:

    LISTADO DE

    ELEMENTOS

    A Activos netos de instituciones financieras del exterior

    B Pasivos contingentesDe utilidades no distribuidas

    C El fondo irrepartible de reserva legal

    D La suma del capital suscrito y pagado

    E Ninguna de las anteriores

    RESPUESTA C, D Diapositiva 28

    COMFIN

    Art. 191.- Composicin del patrimonio tcnico. El patrimonio

    tcnico estar constituido, entre otros, por:

    1. La suma del capital suscrito y pagado; 2. Reservas; 3. El total de las utilidades o excedentes del ejercicio

    corriente una vez cumplidas las obligaciones laborales y

    tributarias;

    4. El fondo irrepartible de reserva legal; 5. Las utilidades acumuladas de ejercicios anteriores; 6. Aportes a futuras capitalizaciones; y, 7. Obligaciones convertibles sin garanta especfica, de

    acuerdo con las regulaciones que expida la Junta.

    5. BASE DE PREGUNTA

    Objetivo del Comit de Basilea: el objetivo primordial del

    Comit de Basilea es fortalecer las tasas de inters del sistema

    financiero para fomentar la mejora y la convergencia de las

    prcticas y normativas de supervisin bancaria, buscando

    perfeccionar las herramientas de fiscalizacin internacional, a

    travs de acercamientos y de estndares comunes.

    RESPUESTA Y Falso: diapositiva 28

    Con formato: Resaltar

    Con formato: Resaltar

  • GRUPO NO. 3 14

    ARGUMENTACIN

    DE LAS OPCIONES

    DE RESPUESTA

    Comit de Supervisin Bancaria de Basilea es la organizacin

    mundial que rene a las autoridades de supervisin bancaria,

    cuya funcin es fortalecer la solidez de los sistemas financieros.

    6. BASE DE PREGUNTA

    De la Supervisin - Supervisin correctiva.- cConsiste en la

    supervisin que se aplica a las entidades financieras y

    comerciales determinadas por el organismo de control

    correspondiente como de perfil de riesgo medio, entendindose

    como tales a aquellas entidades cuya condicin econmico -

    financiera, calidad de gobierno corporativo o cooperativo, o de

    gestin de riesgos, entre otras condiciones que determine el

    organismo de control, evidencian fortalezas de moderadas a

    significativas.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACIN

    DE LAS OPCIONES

    DE RESPUESTA

    Falso: diapositiva 32

    COMFIN Seccin 12

    Art. 282.- Supervisin correctiva.

    Consiste en la supervisin que se aplica a las entidades

    financieras determinadas por el organismo de control

    correspondiente como de perfil de riesgo medio, entendindose

    como tales a aquellas entidades cuya condicin econmico -

    financiera, calidad de gobierno corporativo o cooperativo, o de

    gestin de riesgos, entre otras condiciones que determine el

    organismo de control, evidencian debilidades de moderadas a

    significativas frente al tamao y complejidad de sus

    operaciones y que ameritan un estricto seguimiento de las

    recomendaciones del supervisor.

    7. BASE DE PREGUNTA

    Funciones de la Junta de Poltica y Regulacin Monetaria y

    Financiera:

    Con formato: Resaltar

    Comentario [MLP17]: Pregunta confusa, DEBERAN SER MAS CONCRETAS

    Con formato: Resaltar

  • GRUPO NO. 3 15

    LISTADO DE

    ELEMENTOS

    A Regular la creacin, constitucin, organizacin, operacin

    y liquidacin de las entidades financieras, de seguros y de

    valores.

    B Administrar el sistema nacional de pagos.

    C Emitir valores

    D Formular y dirigir las polticas monetaria, crediticia,

    cambiaria y financiera, incluyendo la poltica de seguros y

    de valores.

    E Ninguna de las anteriores

    RESPUESTA

    A y D Diapositiva 32

    COMFIN

    Seccin 1

    De la Junta de Poltica y Regulacin Monetaria y Financiera

    Artculo 14.- Funciones. La Junta tiene las siguientes

    funciones:

    1. Formular y dirigir las polticas monetaria, crediticia,

    cambiaria y financiera, incluyendo la poltica de seguros y de

    valores;

    2. Regular mediante normas la implementacin de las polticas

    monetaria, crediticia, cambiaria y financiera, incluyendo la

    poltica de seguros y de valores, y vigilar su aplicacin;

    3. Regular mediante normas las actividades financieras que

    ejercen las entidades del sistema financiero nacional y las

    actividades de las entidades de seguros y valores;

    4. Regular la creacin, constitucin, organizacin, operacin y

    liquidacin de las entidades financieras, de seguros y de

    valores;

    5. Conocer sobre los resultados del control efectuado por las

    superintendencias referidas en este Cdigo, de la supervisin y

    vigilancia a cargo del Banco Central del Ecuador y sobre los

  • GRUPO NO. 3 16

    informes que presente la Corporacin de Seguro de Depsitos,

    Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados, en el mbito

    de sus competencias.

    8. BASE DE PREGUNTA

    Competencia de las superintendencias

    La competencia para sancionar las infracciones de las

    entidades del sector financiero popular y solidario, sus

    administradores, funcionarios o empleados, auditores interno y

    externo, firmas calificadoras de riesgo, peritos valuadores y

    otros que efecten servicios de apoyo a la supervisin,

    corresponde a la Superintendencia de Compaas, Valores y

    Seguros.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACIN

    DE LAS OPCIONES

    DE RESPUESTA

    Falso: diapositiva 32

    COMFIN Seccin 11 De las infracciones y sanciones

    Artculo 276.- Competencia de las superintendencias.

    La competencia para sancionar las infracciones de las entidades

    financieras de los sectores pblico y privado, sus accionistas,

    administradores, funcionarios o empleados, auditores interno y

    externo, firmas calificadoras de riesgo, peritos valuadores y

    otros que efecten servicios de apoyo a la supervisin,

    corresponde a la Superintendencia de Bancos.

    La competencia para sancionar las infracciones de las entidades

    del sector financiero popular y solidario, sus administradores,

    funcionarios o empleados, auditores interno y externo, firmas

    calificadoras de riesgo, peritos valuadores y otros que efecten

    servicios de apoyo a la supervisin, corresponde a la

    Superintendencia de la Economa Popular y Solidaria.

    La competencia para sancionar las infracciones de las entidades

    Con formato: Resaltar

  • GRUPO NO. 3 17

    no financieras que otorgan crdito, sus administradores,

    funcionarios o empleados y otros que efecten servicios de

    apoyo a la supervisin, corresponde a la Superintendencia de

    Compaas, Valores y Seguros y a la Superintendencia de

    Economa Popular y Solidaria, segn el caso.

    9. BASE DE PREGUNTA

    Supervisin auxiliar.- Los organismos de integracin y otras

    entidades especializadas solo podrn colaborar con la

    superintendencia en la realizacin de una actividad especfica

    de supervisin, cumpliendo las condiciones y disposiciones que

    dicte la superintendencia para el efecto.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACIN

    DE LAS OPCIONES

    DE RESPUESTA

    Falso: diapositiva 32

    COMFIN

    Artculo 456.- Supervisin auxiliar.

    Los organismos de integracin y otras entidades especializadas

    podrn colaborar con la superintendencia en la realizacin de

    una o varias actividades especficas de supervisin, cumpliendo

    las condiciones y disposiciones que dicte la superintendencia

    para el efecto. Los supervisores auxiliares sern responsables

    administrativa, civil y penalmente por la supervisin que

    efecten.

    10. BASE DE PREGUNT

    A

    Riesgos financieros son - Riesgos que asumen los

    intermediarios:

    LISTADO DE

    ELEMENTOS

    A Riego de tasa de inters

    B Riesgo financiero

    C Riesgo de crdito

    D Riesgo asumibles

    Comentario [MLP18]: ES MUY GENERAL

    Con formato: Resaltar

  • GRUPO NO. 3 18

    E Ninguna de las anteriores

    RESPUESTA A,C Diapositiva 33

    RIESGOS QUE ASUMEN LOS INTERMEDIARIOS

    Riesgo de crdito

    Riesgo de operacin: posibilidad de ocurrencia de prdidas

    financieras, originadas por fallas o insuficiencias de procesos,

    personas, sistemas internos, tecnologa, y en la presencia de

    eventos externos imprevistos

    Riesgo de tasa de inters

    Riesgo de tipo de cambio

    Riesgo de suficiencia patrimonial:

    Aquel que implica una disminucin o prdida, total o parcial,

    del patrimonio del asegurado como consecuencia de un evento

    que puede afectarle.

    Riesgo de solvencia o liquidez

    11. BASE DE PREGUNTA

    Las Metodologas de Anlisis y Supervisin Financiera se

    componen de:

    LISTADO DE

    ELEMENTOS

    A

    Investigacin cientfica, una exposicin doctrinal

    B Mtodo cuantitativo y cualitativo

    C Accin de inspeccionar, controlar actividades y trabajos de

    manera satisfactorias.

    D Todas las anteriores

    E Ninguna de las anteriores

    RESPUESTA A, C Diapositiva 29

    Metodologa conjunto de procedimientos racionales utilizados

    para alcanzar una gama de objetivos que rigen una

    Comentario [MLP19]: Esto se refiere en general a la metodologa

  • GRUPO NO. 3 19

    investigacin cientfica, una exposicin doctrinal o tareas que

    requieran habilidades, conocimientos o cuidados especficos.

    La supervisin implica la accin de inspeccionar, controlar, ya

    sea un trabajo o un tipo de actividad se desplieguen sean

    ejecutados de manera satisfactoria

    12. BASE DE PREGUNTA

    El Sistema Financiero es imprescindible para el desarrollo y el

    crecimiento de una economa. Su labor radica

    LISTADO DE

    ELEMENTOS

    A

    En la intermediacin entre el ahorro y el crdito

    B

    Asignar eficiente de los recursos financieros

    C Garantizar el buen funcionamiento y la solvencia

    de las entidades

    D Dar confianza al flujo de recursos entre ahorradores e

    inversores

    E Todas las anteriores

    F Ninguna de las anteriores

    RESPUESTA E Diapositiva 30

    EL Sistema financiero es imprescindible para el desarrollo y el

    crecimiento de una economa. Su importancia radica en su

    labor en la intermediacin entre el ahorro y el crdito, en la

    asignacin eficiente de los recursos financieros, la provisin de

    medios de pago y en su contribucin a la diversificacin de

    riesgos.

    La trascendencia de esta labor y la peculiaridad de una

    Con formato: Resaltar

  • GRUPO NO. 3 20

    actividad que descansa en la confianza explican que el sistema

    financiero sea objeto de un rgimen de regulacin y

    supervisin especfico, ms intenso que el que existe en otros

    sectores.

    La vigilancia del sistema financiero busca garantizar el buen

    funcionamiento y la solvencia de las entidades, incluso en

    situaciones adversas, para dar confianza al flujo de recursos

    entre ahorradores e inversores.

    13. BASE DE PREGUNTA

    SEGN EL CODIGO ORGANICO MONETARIO Y

    FINANCIERO EL FUERO DEL CORTE ES

    LISTADO DE

    ELEMENTOS

    A Los miembros de la Junta gozarn de Fuero de Corte

    Nacional de Justicia por los actos y decisiones

    administrativas tomadas en el ejercicio de sus funciones.

    B Es una institucin jurdico procesal por la cual, atenta la

    funcin pblica que desempea o desempe una persona

    debe ser juzgada frente a una infraccin penal

    C Establece competencia privativa o sea exclusiva el asignado

    como juez para conocer el delito cometido por un

    funcionario

    RESPUESTA A Diapositiva 31

    Artculo 20.- Fuero. Los miembros de la Junta gozarn de

    Fuero de Corte Nacional de Justicia por los actos y decisiones

    administrativas tomadas en el ejercicio de sus funciones.

    Comentario [MLP20]: Est mal planteada la pregunta

  • GRUPO NO. 3 21

    14. BASE DE PREGUNTA

    In situ

    LISTADO DE

    ELEMENTOS

    A Tanto fuera como dentro del sitio

    B Fuera del sitio o lugar

    C In situ es una expresin latina que significa en el sitio o

    en el lugar,1 2 y que es generalmente utilizada para

    designar un fenmeno observado en el lugar, o una

    manipulacin realizada en el lugar.

    RESPUESTA C Diapositiva 31

    In situ es una expresin latina que significa en el sitio o en

    el lugar,1 2 y que es generalmente utilizada para designar un

    fenmeno observado en el lugar, o una manipulacin realizada

    en el lugar.

    15. BASE DE PREGUNTA

    Los tTrabajos de apoyo a la supervisin son :

    Son entre otros: auditores internos, auditores externos, peritos

    valuadores, consorcios evaluadores, las respectivas

    superintendencias y calificadoras de riesgo.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACIN

    DE LAS OPCIONES

    DE RESPUESTA

    Falso: diapositiva 31

    Trabajos de apoyo a la supervisin:

    Son entre otros: auditores internos, auditores externos, peritos

    valuadores y calificadoras de riesgo.

    Comentario [MLP21]: Pregunta muy simple

    Con formato: Resaltar

  • GRUPO NO. 3 22

    GRUPO 4

    PREGUNTA No. 1

    RESPUESTA A,B,C Diapositiva 38

    Art. 9.- De las atribuciones del Consejo Nacional de Valores o la (Junta de Regulacin del Mercado de Valores).-

    Impulsar el desarrollo del mercado de valores, mediante el establecimiento de polticas y mecanismos de fomento y capacitacin sobre el mismo;

    Promocionar la apertura de capitales y de financiamiento a travs del mercado de valores, as como la utilizacin de nuevos instrumentos que se puedan negociar en este mercado;

    Regular las inscripciones en el Catastro Pblico del Mercado de Valores y su mantenimiento;

    Entre otras...

    PREGUNTA No-2 BASE DE PREGUNTA 2. Cules son los partcipes en el mercado de valores ecuatoriano?

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Mutualistas B

    Administradoras de Fondos C

    Auditores Externos D

    Casas de Valores E Todos los anteriores

    RESPUESTA B,C,D Diapositiva 39

    Partcipes del Mercado de Valores ecuatoriano: Administradoras de Fondos Auditores Externos Bolsas de Valores Calificadoras de Riesgos Casas de Valores Depsito de Valores

    BASE DE PREGUNTA 1. Las atribuciones de la Junta de Regulacin del Mercado de Valores son:

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Impulsar el desarrollo del mercado de valores. B Promocionar la apertura de capitales y de financiamiento a travs del

    mercado de valores. C Regular las inscripciones en el Catastro Pblico del Mercado de Valores y

    su mantenimiento. D Establecer financiamientos anuales hacia las casas de valores para su

    correcto funcionamiento E Todos los anteriores

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    Con formato: Fuente: Color defuente: Automtico, Espaol(Argentina)

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  • GRUPO NO. 3 23

    Emisores de Valores Fondos de Valores

    PREGUNTA No. 3

    BASE DE PREGUNTA

    3. Estructura del Mercado de Valores Ecuatoriano

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Mercado de valores B Mercado primario C Mercado de dinero D Ninguna de las anteriores E Todos los anteriores

    RESPUESTA D Diapositiva 38

    La estructura del mercado de valores ecuatoriano se encuentra dividida en los segmentos, estructura terica que involucra los mercados financieros y la otra son los partcipes del mercado de valores ecuatoriano como; administradoras de fondos, calificadoras de riesgo, casas de valores, etc.

    PREGUNTA No. 4 BASE DE PREGUNTA 4. Las transacciones en instrumentos de deuda a corto plazo, o

    valores negociables, se llevan a cabo en el mercado del dinero (a nivel internacional se denomina

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Mercado primario B Mercado de capitales C Mercado de eurodivisas D Bolsa de valores E Ninguna de las anteriores

    RESPUESTA C, Diapositiva 38

    Las transacciones en instrumentos de deuda a corto plazo, o valores negociables, se llevan a cabo en el mercado del dinero (a nivel internacional se denomina mercado de eurodivisas).

    PREGUNTA No. 5

    BASE DE PREGUNTA Cul o cules Los organismos Internacionales de los que Ecuador forma parte, recomiendan la adopcin de medidas efectivas para luchar contra el lavado de activos son:

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A ONU B UNICEF C OEA D MERCOSUR E GAFISUD

    RESPUESTA Respuesta: A,C,E (Ley de Prevencin, deteccin, y Erradicacin del Delito

    de Lavado de Activos y Financiamientos de Delitos, Pag.1)

    Que organismos internacionales, como la ONU, la OEA y el GAFISUD, de los

    Con formato: Color de fuente:Automtico

    Con formato: Fuente: Color defuente: Automtico, Espaol(Argentina)

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    Comentario [MLP22]: La respuesta no responde a la pregunta

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  • GRUPO NO. 3 24

    que el Ecuador forma parte, recomiendan la adopcin de medidas efectivas para luchar contra el lavado de activos

    PREGUNTA No. 6

    BASE DE PREGUNTA Moody's Corporation es la sociedad matriz de Moody's Investors Service, una agencia de calificacin de riesgo que realiza:

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A La investigacin financiera internacional B El anlisis de las entidades comerciales y gubernamentales C La prevencin del lavado de activos D Califica la solvencia de los prestatarios, mediante una escala de

    calificaciones E Critica al Sistema Financiero internacional

    RESPUESTA Respuesta: A,B,D (HTTPS://es.wikipedia.org/wiki/Moody%27s)

    Moody's Corporation es la sociedad matriz de Moody's Investors Service, una agencia de calificacin de riesgo que realiza la investigacin financiera internacional y el anlisis de las entidades comerciales y gubernamentales. La empresa tambin califica la solvencia de los prestatarios mediante una escala de calificaciones estandarizadas. La compaa tiene una participacin del 40% en el mercado mundial de calificacin crediticia, as como su principal rival, Standard & Poor's.

    PREGUNTA No. 7

    BASE DE PREGUNTA Calificadoras de riesgo. La solvencia y la capacidad de las entidades del sistema financiero nacional para administrar los riesgos con terceros y cumplir sus obligaciones con el pblico ser calificada sobre la base de parmetros mnimos que incluyan una escala uniforme de calificacin de riesgo por sectores financieros, de acuerdo con las normas que al respecto emita la

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Superintendencia de Companias, Valores y Seguros B Mercado de Valores C Junta de Poltica y Regulacin Monetaria y Financiera D Calificadoras de Riesgo E Corporacin del Seguro de Depsitos y Fondo de Liquidez

    RESPUESTA Respuesta: C (COMFIN Art. 237)

    Artculo 237.- Calificadoras de riesgo. La solvencia y la capacidad de las entidades del sistema financiero nacional para administrar los riesgos con terceros y cumplir sus obligaciones con el pblico ser calificada sobre la base de parmetros mnimos que incluyan una escala uniforme de calificacin de riesgo por sectores financieros, de acuerdo con las normas que al respecto emita la Junta de Poltica y Regulacin Monetaria y Financiera.

    Con formato: Color de fuente:Automtico, Resaltar

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    Cdigo de campo cambiado

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    Cdigo de campo cambiado

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico, Resaltar

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  • GRUPO NO. 3 25

    PREGUNTA No. 8 BASE DE PREGUNTA Lavado de activos:

    Es el proceso por el cual los bienes y ganancias monetarias de origen delictivo e ilcito, se invierten, integran o transforman en un sistema poltico legal con apariencia de haber sido obtenidos de forma lcita y procurando ocultar su verdadera procedencia, as como su real propiedad y el ejercicio de su dominio y control.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION DE LAS OPCIONES DE

    RESPUESTA

    Falso: Diapositiva 41 Lavado de activos: Es el proceso por el cual los bienes y ganancias monetarias de origen delictivo e ilcito, se invierten, integran o transforman en un sistema poltico sistema econmico financiero legal

    PREGUNTA No.9

    BASE DE PREGUNTA Mercados Financieros:

    Son foros en los que proveedores y solicitantes de fondos realizan transacciones de manera indirecta. Mientras que los prstamos de las instituciones se realizan con el conocimiento de los proveedores de fondos (los ahorradores), los proveedores de los mercados financieros saben a quienes prestan sus fondos o dnde se invierten.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION DE LAS OPCIONES DE

    RESPUESTA

    Falso: Diapositiva 38 Son foros en los que proveedores y solicitantes de fondos realizan transacciones de manera indirecta (directa). Mientras que los prstamos de las instituciones se realizan sin (con) el conocimiento de los proveedores de fondos (los ahorradores), los proveedores de los mercados financieros saben a quienes prestan sus fondos o dnde se invierten.

    PREGUNTA No. 10

    BASE DE PREGUNTA La Disposicin Dcimo Novena de la vigente Ley de Mercado de Valores establece; sustityase la denominacin Superintendencia de Compaas por Superintendencia de Compaas y Valores

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION DE LAS OPCIONES DE

    RESPUESTA

    Verdadero:Diapositiva 38 La DisposicinDcimo Novena de la vigente Ley de Mercado de Valores, dispone la sustitucin en todas las normas vigentes la denominacin Consejo Nacional de Valores o C.N.V. por Junta de Regulacin del Mercado de Valores o Junta de Regulacin del Mercado de Valores De la misma manera en todas las normas vigentes sustityase la denominacin Superintendencia de Compaas por Superintendencia de Compaas y Valores, sin que se modifique su naturaleza ni funciones.

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    Comentario [MLP23]: Pregunta muy fcil o mal estructurada

    Con formato: Color de fuente:Automtico, Espaol (Argentina)

  • GRUPO NO. 3 26

    PREGUNTA No. 11

    BASE DE PREGUNTA Art. 5.- Toda persona que ingrese o salga del pas con dinero en efectivo, por un monto igual o superior a diez mil dlares de los Estados Unidos de Amrica o su equivalente en otras monedas, tiene la obligacin de declararlo ante las autoridades aduaneras, sin perjuicio de otras obligaciones tributarias establecidas en el ordenamiento jurdico. Este control de carcter permanente ser realizado, en las reas fronterizas terrestres, puertos martimos y fluviales, aeropuertos y distritos aduaneros, por un grupo operativo conformado por funcionarios de la Corporacin de Transporte Ecuatoriano, la el Superintendencia de Economa Popular y Solidaria, y la Polica Nacional del Ecuador.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION DE LAS OPCIONES DE

    RESPUESTA

    FALSO: Ley de Prevencin, deteccin, y Erradicacin del Delito de Lavado de Activos y Financiamientos de Delitos. (Art.5) Art. 5.- Toda persona que ingrese o salga del pas con dinero en efectivo, por un monto igual o superior a diez mil dlares de los Estados Unidos de Amrica o su equivalente en otras monedas, tiene la obligacin de declararlo ante las autoridades aduaneras, sin perjuicio de otras obligaciones tributarias establecidas en el ordenamiento jurdico. Este control de carcter permanente ser realizado, en las reas fronterizas terrestres, puertos martimos y fluviales, aeropuertos y distritos aduaneros, por un grupo operativo conformado por funcionarios de la Corporacin de Transporte Ecuatoriano, el Superintendencia de Economa Popular y Solidaria, (Corporacin Aduanera Ecuatoriana, el Servicio de Rentas Internas) y la Polica Nacional del Ecuador.

    PREGUNTA No. 12

    BASE DE PREGUNTA La representacin legal, judicial y extrajudicial del Consejo Nacional Contra el Lavado de Activos la ejercer la Directora o Director General de la Unidad de Anlisis Financiero (UAF).

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION DE LAS OPCIONES DE

    RESPUESTA

    VERDADERO: Ley de Prevencin, deteccin, y Erradicacin del Delito de Lavado de Activos y Financiamientos de Delitos. (Art.6) Art. 6.- El Consejo Nacional Contra el Lavado de Activos, con sede en Quito, Distrito Metropolitano, con personera jurdica de derecho pblico, est integrado por el Directorio y la Unidad de Anlisis Financiero (UAF). La representacin legal, judicial y extrajudicial del Consejo Nacional Contra el Lavado de Activos la ejercer la Directora o Director General de la Unidad de Anlisis Financiero (UAF).

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  • GRUPO NO. 3 27

    PREGUNTA No. 13

    BASE DE PREGUNTA Art. 9.- La Unidad de Anlisis Financiero (UAF) es el rgano operativo del Consejo Participacin Ciudadana. Est conformada por la Direccin General, la Subdireccin y los departamentos tcnicos especializados, cuyas funciones y atribuciones estarn determinadas en el Estatuto Orgnico por Procesos

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION DE LAS OPCIONES DE

    RESPUESTA

    FALSO: Ley de Prevencin, deteccin, y Erradicacin del Delito de Lavado de Activos y Financiamientos de Delitos. (Art.9) Art. 9.- La Unidad de Anlisis Financiero (UAF) es el rgano operativo del Consejo Participacin Ciudadana, (Consejo Nacional Contra el Lavado de Activos). Est conformada por la Direccin General, la Subdireccin y los departamentos tcnicos especializados, cuyas funciones y atribuciones estarn determinadas en el Estatuto Orgnico por Procesos

    PREGUNTA No. 14

    BASE DE PREGUNTA Standard & Poor's (S&P) es una agencia de calificacin de riesgo, divisin de la

    empresa McGraw-Hill, dedicada a la elaboracin y publicacin peridica de

    calificacin de riesgos de acciones y bonos, que fija la posicin de solvencia de

    los mismos.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION DE LAS OPCIONES DE

    RESPUESTA

    VERDADERO: https://es.wikipedia.org/wiki/Standard_%26_Poor%27s Standard & Poor's (S&P) es una agencia de calificacin de riesgo, divisin de

    la empresa McGraw-Hill, dedicada a la elaboracin y publicacin peridica de

    calificacin de riesgos de acciones y bonos, que fija la posicin de solvencia de

    los mismos. Comparte oligopolio con Moody's y Fitch Group.

    PREGUNTA No. 15

    BASE DE PREGUNTA El 15 septiembre 2008 quebr Lehman Brothers, uno de los mayores bancos

    de INVERSIN del mundo. Es considerado el pistoletazo de salida oficial para

    el mayor crack financiero desde 1929

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION DE LAS

    OPCIONES DE RESPUESTA

    VERDADERO: http://cincodias.com/cincodias/2013/09/13/mercados/1379094055_871125.html El 15 septiembre 2008 quebr Lehman Brothers, uno de los mayores bancos de

    INVERSIN del mundo. Es considerado el pistoletazo de salida oficial para el mayor

    crack financiero desde 1929. El Tesoro de EE UU tuvo que acudir al rescate de las

    entidades hipotecarias semipblicas Fannie Mae y Freddie Mac apenas una semana

    antes. Y la Reserva Federal haba salvado en marzo a Bear Stearns de otro

    descalabro. Pero no hubo dinero pblico para Lehman y su bancarrota, la mayor de

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico, Resaltar

    Con formato: Color de fuente:Automtico

    Con formato: Fuente: Sin subrayado,Color de fuente: Automtico, Espaol(Argentina)

    Con formato: Color de fuente:Automtico, Espaol (Argentina)

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico, Resaltar

    Con formato: Color de fuente:Automtico

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico

    Cdigo de campo cambiado

    Con formato: Color de fuente:Automtico

    Con formato: Color de fuente:Automtico

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico

    Cdigo de campo cambiado

    Con formato: Color de fuente:Automtico

    Con formato: Color de fuente:Automtico

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico

    Cdigo de campo cambiado

    Con formato: Color de fuente:Automtico

    Con formato ...

    Con formato ...

    Cdigo de campo cambiado

    Con formato ...

    Con formato ...

    Con formato ...

    Con formato ...

    Con formato ...

    Con formato ...

    Con formato ...

    Cdigo de campo cambiado

    Con formato ...

    Con formato ...

    Con formato ...

    Con formato ...

  • GRUPO NO. 3 28

    la historia con un pasivo de 430.000 millones de euros.

    GRUPO 5

    REACTIVOS DE SISTEMA FINANCIERO Y MERCADO DE VALORES

    SELECCIN MULTIPLE

    1)

    2)

    BASE DE PREGUNTA Los principios que inspiran las disposiciones del Cdigo Orgnico Monetario y Financiero son entre otros:

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A La inclusin y equidad

    B El ejercicio de la soberana monetaria y financiera y la insercin

    estratgica internacional

    C La prevalencia del ser humano por sobre el capital

    D El fortalecimiento del riesgo

    E Todos los anteriores

    RESPUESTA A,B,C Diapositiva 46

    Artculo 4.- Principios. Los principios que inspiran las disposiciones del

    Cdigo Orgnico Monetario y Financiero son:

    1. La prevalencia del ser humano por sobre el capital;

    2. La subordinacin del mbito monetario, financiero, de valores y seguros

    como instrumento al servicio de la economa real;

    3. El ejercicio de la soberana monetaria y financiera y la insercin

    estratgica internacional;

    4. La inclusin y equidad;

    5. El fortalecimiento de la confianza; y,

    6. La proteccin de los derechos ciudadanos.

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico, Resaltar

  • GRUPO NO. 3 29

    BASE DE PREGUNTA Algunos de los principios rectores del mercado de valores que orientan la

    actuacin de la Junta de Poltica y Regulacin Monetaria y Financiera, de la

    Superintendencia de Compaas y Valores y de los participantes son:

    LISTADO DE

    ELEMENTOS

    A La fe pblica

    B La libre competencia

    C Informacin simtrica, clara, veraz, completa y oportuna

    D Todos los anteriores

    E A y D

    RESPUESTA D Diapositiva 47

    Art. ...- Principios rectores del mercado de valores.- Los principios rectores del

    mercado de valores

    que orientan la actuacin de la Junta de Poltica y Regulacin Monetaria y Financiera, de la Superintendencia de Compaas y Valores y de los participantes son: 1. La fe pblica; 2. Proteccin del inversionista; 3. Transparencia y publicidad; 4. Informacin simtrica, clara, veraz, completa y oportuna; 5. La libre competencia; 6. Tratamiento igualitario a los participantes del mercado de valores; 7. La aplicacin de buenas prcticas corporativas. 8. Respeto y fortalecimiento de la potestad normativa de la Junta de Poltica y Regulacin Monetaria y Financiera, con sujecin a la Constitucin de la Repblica, las polticas pblicas del Mercado de Valores y la Ley; y, 9. Promover el financiamiento e inversin en el rgimen de desarrollo nacional y un mercado Democrtico, productivo, eficiente y solidario. Los principios expresados en este artculo debern interpretarse siempre en el sentido que ms favorezca al inversionista. Nota: Artculo agregado por Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 249 de 20 de Mayo del 2014.

    3) BASE DE

    PREGUNTA

    Los participantes del mercado de valores en ejercicio de sus actividades, estn

    obligados a:

    LISTADO DE

    ELEMENTOS

    A Advertir a los clientes o a quien corresponda, sobre los conflictos de inters que se

    podran presentar en el desarrollo de la actividad

    B El ejercicio de la soberana monetaria y financiera y la insercin estratgica

    internacional

    C Abstenerse de adquirir valores para s mismo o para sus empresas vinculadas,

    cuando los clientes los hayan solicitado en condiciones idnticas o mejores

    D Evitar la polifuncionalidad del personal de la empresa en reas que puedan

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico, Resaltar

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico, Resaltar

  • GRUPO NO. 3 30

    ocasionar conflicto de inters

    E Todos los anteriores

    RESPUESTA A, C, D Diapositiva 49

    TITULO... CONFLICTOS DE INTERES

    Art. ...- Obligaciones de los participantes del mercado de valores.- Los participantes del

    mercado de valores en ejercicio de sus actividades, estn obligados a:

    1.- Dar a sus clientes, contratantes o cualquier persona con la que de alguna manera mantengan una relacin jurdica o comercial y a sus lneas de negocios, un tratamiento justo y equitativo, frente a la presencia de un conflicto de inters. De no ser posible este tratamiento, deben abstenerse de realizar la operacin o la prestacin del servicio; 2.- Advertir a los clientes o a quien corresponda, sobre los conflictos de inters que se podran presentar en el desarrollo de la actividad; 3.- Evitar la polifuncionalidad del personal de la empresa en reas que puedan ocasionar conflicto de inters; 4.- Mantener un registro de las personas autorizadas a actuar a nombre del participante y de las personas con la que ste tiene vnculos de consanguinidad hasta el segundo grado y de afinidad hasta el primer grado; 5.- Abstenerse de adquirir valores para s mismo o para sus empresas vinculadas, cuando los clientes los hayan solicitado en condiciones idnticas o mejores; 6.- Abstenerse de ofrecer a un cliente, contratantes o cualquier persona con la que de alguna manera mantenga una relacin jurdica o comercial, ventajas, incentivos, compensaciones o indemnizaciones de cualquier tipo, en perjuicio de otros o de la transparencia del mercado; y, 7.- Evitar actuar anticipadamente por cuenta propia o de sus empresas vinculadas, o inducir la actuacin de un cliente, cuando el precio pueda verse afectado por una orden de otro de sus clientes.

    4)

    BASE DE

    PREGUNTA

    Si hablamos de una situacin en la que un participante del mercado de Valores, en razn de su actividad, encuentre en contraposicin sus intereses o los de sus vinculados, con los de sus clientes, contratantes o cualquier persona con la que de alguna manera mantenga una relacin jurdica o comercial estaramos diciendo que es un:

    LISTADO DE

    ELEMENTOS

    A Intervencin

    B Conflicto de intereses

    C Independencia de la administracin

    D Obligaciones de los participantes del mercado de valores

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico, Resaltar

  • GRUPO NO. 3 31

    E Todos los anteriores

    RESPUESTA B Diapositiva 49

    TITULO... CONFLICTOS DE INTERES

    Art. ...- Conflictos de inters.- El conflicto de inters es la situacin en la que un participante del mercado de Valores, en razn de su actividad, encuentre en contraposicin sus intereses o los de sus vinculados, con los de sus clientes, contratantes o cualquier persona con la que de alguna manera mantenga una relacin jurdica o comercial.

    5)

    6)

    BASE DE LA PREGUNTA

    De acuerdo al Cdigo Orgnico Monetario Y Financiero. Los miembros con plenos poderes que Cmo se encuentra conformanda la Junta de Poltica y Regulacin Monetaria y Financiera son:?

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A. Representantes de las Compaas Annimas, Compaas Comandita Simple por Acciones, Compaas de Economa Mixta.

    B. Titulares de los ministerios de Estado responsables de la poltica econmica, de la produccin, de las finanzas pblicas, el titular de la planificacin del Estado y un delegado del Presidente de la Repblica y respectivos participantes.

    C. Titulares de las Superintendencia de Bancos, Superintendencia de Compaas Valores y Seguros.

    D. Todos los anterioresA y C

    F. Ninguno de los anteriores

    RESPUESTA

    D B Diapositiva 51 COMFIN Artculo 13.- Conformacin. La Junta estar conformada con plenos derechos por los titulares de los ministerios de Estado responsables de la poltica econmica, de la produccin, de las finanzas pblicas, el titular de la planificacin del Estado y un delegado del Presidente de la Repblica. Participarn en las deliberaciones de la Junta, con voz pero sin voto, el Superintendente de Bancos, el Superintendente de Compaas, Valores y Seguros, el Superintendente de Economa Popular y Solidaria, el Gerente General del Banco Central del Ecuador y el Presidente del Directorio de la Corporacin de Seguro de depsitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados.

    BASE DE LA PREGUNTA

    Son funciones de la Junta de Poltica y Regulacin Monetaria y Financiera.

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A. Presentar al Presidente de la Repblica propuestas de modificacin de la legislacin monetaria, crediticia, cambiaria, financiera, de seguros y valores.

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico, Resaltar

  • GRUPO NO. 3 32

    VERDADERO Y FALSO

    7)

    BASE DE PREGUNTA Se considera valor al derecho o conjunto de derechos de contenido

    esencialmente econmico, negociables en el mercado de valores,

    excluyendo, acciones, obligaciones, bonos, cdulas, cuotas de fondos de

    inversin colectivos, contratos de negociacin a futuro o a trmino,

    permutas financieras, opciones de compra o venta, valores de contenido

    crediticio de participacin y mixto que provengan de procesos de

    B. Representacin en el directorio de los accionistas minoritarios

    C. Regular y supervisar, en el mbito de su competencia, las operadores de los participantes velar por que ese cumplan las disposiciones de la ley.

    D. Formular y dirigir las polticas monetaria, crediticia, cambiaria y financiera, incluyendo la poltica de seguros y de valores.

    E. A y D

    F. Toda las anteriores

    RESPUESTA

    A y DD Diapositiva 51 COMFIN Artculo 14.- Funciones de la Junta: 1. Formular y dirigir las polticas monetaria, crediticia, cambiaria y financiera, incluyendo la poltica de seguros y de valores; 4. Regular la creacin, constitucin, organizacin, operacin y liquidacin de las entidades financieras, de seguros y de valores; 10. Presentar al Presidente de la Repblica propuestas de modificacin de la legislacin monetaria, crediticia, cambiaria, financiera, de seguros y valores;

    Comentario [MLP24]: Respuesta mal redactada

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico, Resaltar

  • GRUPO NO. 3 33

    titularizacin y otros que determine el Consejo Nacional de Valores.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION

    DE LAS OPCIONES

    DE RESPUESTA

    Falso: Diapositiva 47

    Art. 2.- Concepto de valor.- Para efectos de esta Ley, se considera valor al derecho o conjunto de derechos de contenido esencialmente econmico, negociables en el mercado de valores, incluyendo, entre otros, acciones, obligaciones, bonos, cdulas, cuotas de fondos de inversin colectivos, contratos de negociacin a futuro o a trmino, permutas financieras, opciones de compra o venta, valores de contenido crediticio de participacin y mixto que provengan de procesos de titularizacin y otros que determine el Consejo Nacional de Valores. Si los valores constan en un soporte cartular pueden emitirse nominativos, a la orden o al portador. Si son nominativos circularn por cesin cambiaria inscrita en el registro del emisor; si son a la orden por endoso; si son al portador por su simple entrega.

    8)

    BASE DE PREGUNTA Mercado extraburstil es el conformado por ofertas, demandas y

    negociaciones de valores inscritos en el Catastro Pblico del Mercado de

    Valores, en las bolsas de valores y en el Registro Especial Burstil (REB),

    realizadas por los intermediarios de valores autorizados, de acuerdo con lo

    establecido en la presente Ley.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION

    DE LAS OPCIONES

    DE RESPUESTA

    Falso: Diapositiva 47

    Art. 3.LMV -Mercado extraburstil es el mercado primario que se genera

    entre la institucin financiera y el

    inversor sin la intervencin de un intermediario de valores, con valores

    genricos o de giro ordinario de su negocio, emitidos por instituciones

    financieras, inscritos en el Catastro Pblico del Mercado de Valores y en las

    bolsas de valores..

    9)

    BASE DE PREGUNTA La intermediacin de valores es el conjunto de actividades, actos y

    contratos que se los realiza en los mercados burstil y extraburstil, con el

    objeto de vincular las ofertas y las demandas para efectuar la compra o

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico, Resaltar

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico, Resaltar

  • GRUPO NO. 3 34

    venta de valores.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION

    DE LAS OPCIONES

    DE RESPUESTA

    Verdadero Diapositiva 47

    LMV Art. 4.- De la intermediacin de valores y de los intermediarios.- La

    intermediacin de valores es el conjunto de actividades, actos y contratos

    que se los realiza en los mercados burstil y extraburstil, con el objeto de

    vincular las ofertas y las demandas para efectuar la compra o venta de

    valores. Son intermediarios de valores nicamente las casas de valores, las

    que podrn negociar en dichos mercados por cuenta de terceros o por

    cuenta propia, de acuerdo a las normas que expida el Consejo Nacional de

    Valores (C.N.V.).

    10)

    BASE DE

    PREGUNTA

    De acuerdo a lo tipificado en la Ley de Mercado de Valores se considera empresas vinculadas al conjunto de entidades que, aunque jurdicamente independientes, presentan vnculos de tal naturaleza en su propiedad, administracin, responsabilidad crediticia o resultados que hacen presumir que la actuacin econmica y financiera de estas empresas est guiada por los intereses comunes, o que existen riesgos financieros comunes en los crditos que se les otorgan o respecto de los valores que emitan.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION

    DE LAS OPCIONES

    DE RESPUESTA

    Verdadero: Diapositiva 48

    Este es artculo 191 del Cdigo Orgnico Monetario y Financiero. Libro II

    Ley de Mercados. Relacionado al concepto de las empresas vinculadas.

    11) BASE DE

    PREGUNTA

    Podrn ser representantes legales, directores, administradores de una casa de valores o de una administradora de fondos y fideicomisos, quienes ejerzan funciones en otras entidades del grupo econmico al que pertenezca la casa de valores o la administradora de fondos y fideicomisos.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION

    DE LAS OPCIONES

    DE RESPUESTA

    Falso: Diapositiva 49

    Art. ...- Independencia de la administracin.- No podrn ser representantes legales, directores, administradores de una casa de valores o de una administradora de fondos y fideicomisos, quienes ejerzan funciones en otras entidades del grupo econmico al que pertenezca la casa de valores o la administradora de fondos y fideicomisos.

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico, Resaltar

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico, Resaltar

  • GRUPO NO. 3 35

    12) BASE DE

    PREGUNTA

    La publicidad, propaganda o difusin que por cualquier medio hagan los emisores, intermediarios de valores, bolsas de valores y otras instituciones no sern reguladas por esta Ley, y podrn contener declaraciones, alusiones o representaciones que puedan inducir a error, equvocos, o confusin al pblico sobre los valores de oferta pblica o sus emisores.

    RESPUESTA Y

    ARGUMENTACION

    DE LAS OPCIONES

    DE RESPUESTA

    Falso: Diapositiva 49

    TITULO XXIV DISPOSICIONES GENERALES SEXTA.- De la publicidad.- La publicidad, propaganda o difusin que por cualquier medio hagan los emisores, intermediarios de valores, bolsas de valores y otras instituciones reguladas por esta Ley, no podrn contener declaraciones, alusiones o representaciones que puedan inducir a error, equvocos, o confusin al pblico sobre los valores de oferta pblica o sus emisores.

    13)

    BASE DE PREGUNTA

    Fuero: Los miembros de la Junta gozarn de Fuero de Corte Nacional de Justicia por los actos y decisiones administrativas tomadas fuera del ejercicio de sus funciones.

    RESPUESTA Y ARGUMENTACION DE LAS OPCIONES

    DE RESPUESTA

    Falso: Diapositiva 51 COMFIN ART. 21. Los miembros de la Junta gozarn de Fuero de Corte Nacional de Justicia por los actos y decisiones administrativas tomadas fuera del ejercicio de sus funciones.

    14)

    BASE DE

    PREGUNTA

    El Consejo Consultivo es la instancia de carcter consultivo para la retroalimentacin de la poltica privada. Esta instancia tendr representacin de la sociedad civil; de los sectores productivos; de los sectores popular y solidario y privado del sistema financiero nacional, cuya eleccin, participacin y requisitos de las personas y organizaciones sern determinados en la normativa que expida la Junta.

    RESPUESTA Y ARGUMENTACION DE LAS OPCIONES

    DE RESPUESTA

    Falso: Diapositiva 52 COMFIN ART. 18. El Consejo Consultivo es la instancia de carcter consultivo para la retroalimentacin de la poltica privada. Esta instancia tendr representacin de la sociedad civil; de los sectores productivos; de los sectores popular y solidario y privado del sistema financiero nacional, cuya eleccin, participacin y requisitos de las personas y organizaciones sern determinados en la normativa que expida la Junta.

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    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico, Resaltar

    Comentario [MLP25]: PREGUNTA MUY GENERAL

  • GRUPO NO. 3 36

    15)

    BASE DE

    PREGUNTA

    La Superintendencia de Compaas tiene personalidad jurdica y su primera autoridad y representante legal es el Superintendente de Compaas. La Superintendencia de Compaas ejercer la vigilancia y control: a) De las compaas nacionales annimas, en comandita por acciones y de economa mixta, en general; b) De las empresas extranjeras que ejerzan sus actividades en el Ecuador, cualquiera que fuere su especie; c) De las compaas de responsabilidad limitada; y, d) De las bolsas de valores y dems entes, en los trminos de la Ley de Mercado de Valores.

    RESPUESTA Y ARGUMENTACION DE LAS OPCIONES

    DE RESPUESTA

    Verdadero: Diapositiva 52 LEY DE COMPAIAS ART. 431. La Superintendencia de Compaas tiene personalidad jurdica y su primera autoridad y representante legal es el Superintendente de Compaas. La Superintendencia de Compaas ejercer la vigilancia y control: a) De las compaas nacionales annimas, en comandita por acciones y de economa mixta, en general; b) De las empresas extranjeras que ejerzan sus actividades en el Ecuador, cualquiera que fuere su especie; c) De las compaas de responsabilidad limitada; y, d) De las bolsas de valores y dems entes, en los trminos de la Ley de Mercado de Valores.

    GRUPO 6

    Esquema de respuesta mltiple:

    1)

    BASE DE PREGUNTA La Superintendencia podr suspender mediante resolucin fundamentada la inscripcin de los participantes o valores sujetos a inscripcin en el Catastro Pblico del Mercado de Valores cuando:

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Por causas supervinientes a un participante, valor, acto o contrato, objeto de registro, se le imposibilitare temporalmente cumplir la funcin que le responde

    B La inscripcin fue obtenida no ajustndose a los requisitos o procedimientos establecidos en esta Ley

    C El valor no mantenga los requisitos que hicieron posible su inscripcin

    D Por causa de incumplimiento de esta Ley, sus normas complementarias y de autorregulacin y dems normas que expida el C.N.V.

    E Ninguna de las anteriores

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    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico, Resaltar

  • GRUPO NO. 3 37

    RESPUESTA A, D Diapositiva 53

    COMFIN/LMdeV Artculo 22.- De la suspensin de la inscripcin.- La Superintendencia podr suspender mediante resolucin fundamentada la inscripcin de los participantes o valores sujetos a inscripcin en el Catastro Pblico del Mercado de Valores cuando: 1. Por causas supervinientes a un participante, valor, acto o contrato, objeto de registro, se le imposibilitare temporalmente cumplir la funcin que le corresponde; 2. Dejare de cumplir con uno o varios de los requisitos para la inscripcin; 3. A juicio del C.N.V. as lo requiera la proteccin de los derechos o intereses de los inversionistas, de terceros o del pblico en general; y, 4. Por causa de incumplimiento de esta Ley, sus normas complementarias y de autorregulacin y dems normas que expida el C.N.V.

    2)

    BASE DE PREGUNTA Son causales de intervencin de la Superintendencia de Compaas y Valores a los Entes del Mercado las siguientes:

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Cuando existan irregularidades producto de inobservancias a la Ley, reglamentos y dems normas complementarias y secundarias que las rigen, inclusive sus estatutos, reglamentos internos y manuales operativos

    B Cuando existan irregularidades que pudieren ocasionar perjuicios a los clientes, inversionistas, socios o accionistas, comitentes, partcipes, constituyentes, beneficiarios de fideicomisos, originadores o terceros, sea que tales irregularidades hayan sido detectadas de oficio o a consecuencia de una denuncia

    C Si se comprobare ante una denuncia de parte interesada o de oficio, que en la contabilidad de los entes regulados por esta Ley se ha ocultado informacin sobre activos o pasivos, o se ha incurrido en falsedades u otras infracciones, y que estos hechos pudieran generar perjuicios a los clientes, inversionistas, socios o accionistas, comitentes, partcipes, constituyentes, beneficiarios de fideicomisos, originadores o terceros

    D Si la Superintendencia de Compaas y Valores requiere informacin a un ente regulado por esta Ley, y este no remitiere la informacin requerida en los trminos solicitados

    E Todas las anteriores

    RESPUESTA E Diapositiva 54

    COMFIN/ML de V - Pagina 86 Artculo Innumerado 1 Son causales de intervencin las siguientes: 1.- Cuando existan irregularidades producto de inobservancias a la Ley, reglamentos y dems normas complementarias y secundarias que las rigen, inclusive sus estatutos, reglamentos internos y manuales operativos; 2.- Cuando existan irregularidades que pudieren ocasionar perjuicios a los clientes, inversionistas, socios o accionistas, comitentes, partcipes, constituyentes, beneficiarios de fideicomisos, originadores o terceros, sea que tales irregularidades hayan sido detectadas de oficio o a consecuencia de una denuncia; 3.- Si se comprobare ante una denuncia de parte interesada o de oficio, que en la contabilidad de los entes regulados por esta Ley se ha ocultado informacin sobre activos o pasivos, o se ha incurrido en falsedades u otras infracciones, y que estos hechos pudieran generar perjuicios a los clientes, inversionistas, socios o accionistas, comitentes, partcipes, constituyentes, beneficiarios de fideicomisos, originadores o terceros; 4.- Si la Superintendencia de Compaas y Valores requiere informacin a un ente regulado por esta Ley, y este no remitiere la informacin requerida en los trminos solicitados

    3)

    BASE DE PREGUNTA La inscripcin de valores emitidos por el Estado y las entidades del sector pblico, en ejercicio de las facultades concedidas por sus propias leyes, ser automtica y de carcter general, bastando para el efecto el sustento legal que autorice cada emisin y una descripcin de las caractersticas esenciales de dichos valores. Se excepta de la inscripcin los siguientes ttulos: detallada en el artculo precedente:

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Los Ttulos del Mercado de Valores

    B Los Ttulos de la Superintendencia de Compaas y Valores y Seguros

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico, Resaltar

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico, Resaltar

  • GRUPO NO. 3 38

    C Los Ttulos del Banco Central del Ecuador TBC

    D Ninguna de las anteriores

    E Todas las anteriores

    RESPUESTA C Diapositiva 53

    COMFIN/LMdeV Artculo 21.- De la inscripcin de valores del sector pblico.- La inscripcin de valores emitidos por el Estado y las entidades del sector pblico, en ejercicio de las facultades concedidas por sus propias leyes, ser automtica y de carcter general, bastando para el efecto el sustento legal que autorice cada emisin y una descripcin de las caractersticas esenciales de dichos valores. Se excepta de la inscripcin detallada en el artculo precedente los Ttulos del Banco Central del Ecuador TBC.

    4)

    BASE DE PREGUNTA Clasificacin de los Ffondos de inversin son:

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Fondos globales

    B Fondos administrativos

    C Fondos colectivos

    D Fondos Mixtos

    E Fondos Cotizados

    F Todos los anteriores

    G C y D

    RESPUESTA B, C, E Diapositiva 55 COMFIN/LMdeV Ley de Mercado de Valores Art. 76.- Clasificacin de los fondos de inversin: Clases de fondos.- Los fondos de inversin, se clasifican en: a) Fondos administrados son aquellos que admiten la incorporacin, en cualquier momento de aportantes, as

    como el retiro de uno o varios, por lo que el monto del patrimonio y el valor de sus respectivas unidades es variable. En este caso, la administradora actuar por cuenta y riesgo de sus aportantes o partcipes.

    b) b) Fondos colectivos son aquellos que tienen como finalidad invertir en valores de proyectos productivos especficos. El fondo estar constituido por los aportes hechos por los constituyentes dentro de un proceso de oferta pblica, cuyas cuotas de participacin no son rescatables, incrementndose el nmero de sus cuotas como resultado de su suscripcin y pago, durante su respectivo perodo de colocacin y, reducindose su monto slo con ocasin de una reduccin parcial de ellas, ofrecida a todos los aportantes, o en razn de su liquidacin. Estos fondos y su administrador se sometern a las normas del fideicomiso mercantil. Las cuotas de estos fondos, que debern someterse a calificacin de riesgo, sern libremente negociables.

    c) c) Fondos cotizados: Son aquellos fondos que no podrn invertir en proyectos, sino exclusivamente en valores admitidos a cotizacin burstil. Estos fondos podrn replicar la misma composicin de un ndice burstil. La Junta de Poltica y Regulacin Monetaria y Financiera establecer las normas para la constitucin de los fondos cotizados y la negociacin y registro de sus cuotas, que constituyen valores negociables en el mercado de valores.

    Conforme a los tipos de fondos antes mencionados, se podrn organizar distintas clases de fondos para inversiones especficas, tales como educacionales, de vivienda, de pensiones, de cesanta y otros que autorice el C.N.V.

    5)

    Con formato: Sin subrayado, Color defuente: Automtico, Resaltar

  • GRUPO NO. 3 39

    BASE DE PREGUNTA Para la integracin del Directorio de la Bolsa de Valores debern tomarse en cuenta las siguientes disposiciones:

    LISTADO DE ELEMENTOS

    A Revelacin al directorio de acuerdos de actuacin conjunta establecidos entre accionistas, miembros del directorio y principales administradores

    B Representacin en el directorio de los accionistas minoritarios;

    C Que los miembros de los directorios y las personas que efectivamente vayan a dirigir las actividades y las operaciones del mercado, tengan una reconocida honorabilidad empresarial o profesional y cuenten con conocimientos y experiencia adecuados en materias relacionadas con el mercado de valores

    D Alternabilidad de los miembros del directorio, los cuales podrn ser reelegidos por una sola vez consecutiva;

    E Todos los anteriores

    RESPUESTA E Diapositiva 56

    COMFIN/LMdeV Artculo 47.- Para la integracin del Directorio de la Bolsa de Valores debern tomarse en cuenta las siguientes disposiciones: 1. Revelacin al directorio de acuerdos de actuacin conjunta establecidos entre accionistas, miembros del directorio y principales administradores; 2. Representacin en el directorio de los accionistas minoritarios; 3. Alternabilidad de los miembros del directorio, los cuales podrn ser reelegidos por una sola vez consecutiva; 4. En caso de existir conflictos de inters de uno o algunos directores, con los asuntos sometidos a consideracin del Directorio, estos