balotario procesal civil

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Programa de Actualización Programa de Actualización en Derecho en Derecho DERECHO PROCESAL DERECHO PROCESAL CIVIL CIVIL César A. de la Cuba César A. de la Cuba Chirinos Chirinos Docente universitario Docente universitario

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Balotas Procesal Civil

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Programa de Actualización en Programa de Actualización en DerechoDerecho

DERECHO PROCESAL DERECHO PROCESAL CIVILCIVIL

César A. de la Cuba César A. de la Cuba ChirinosChirinos

Docente universitarioDocente universitario

REPASO FINALREPASO FINAL

EL PROCESOEL PROCESO

““Es el conjunto de actos coordinados que Es el conjunto de actos coordinados que se realizan ante un funcionario se realizan ante un funcionario jurisdiccional para obtener la aplicación de jurisdiccional para obtener la aplicación de la ley en un caso concreto o la declaración la ley en un caso concreto o la declaración o defensa de determinados derechoso defensa de determinados derechos” ” (Davis Echandia).(Davis Echandia).

La FINALIDAD de todo proceso es resolver La FINALIDAD de todo proceso es resolver un conflicto de intereses.un conflicto de intereses.

LOS SISTEMAS PROCESALESLOS SISTEMAS PROCESALES

A) A) DISPOSITIVO O PRIVATISTICODISPOSITIVO O PRIVATISTICO EstáEstá relacionado con el antiguo proceso civil. En este relacionado con el antiguo proceso civil. En este

sistema, sistema, el dominio del proceso está reservado el dominio del proceso está reservado a las a las partespartes. . Corresponde exclusivamente a ellas el Corresponde exclusivamente a ellas el ejercicio de la acción, ellas fijan la cuestión litigiosa ejercicio de la acción, ellas fijan la cuestión litigiosa y establecen los medios probatorios que respaldan y establecen los medios probatorios que respaldan sus pretensiones procesales.sus pretensiones procesales.

De acuerdo con esto, los principios procesales de De acuerdo con esto, los principios procesales de este sistema se desarrollan fundamentalmente en este sistema se desarrollan fundamentalmente en función al interés privado de las partes (principio de función al interés privado de las partes (principio de iniciativa de las partes, principio de congruencia, iniciativa de las partes, principio de congruencia, etc.). El juez desempeña un papel pasivo.etc.). El juez desempeña un papel pasivo.

LOS SISTEMAS PROCESALES: EL LOS SISTEMAS PROCESALES: EL SISTEMA INQUISITIVOSISTEMA INQUISITIVO

B) B) EL SISTEMA INQUISITIVO O EL SISTEMA INQUISITIVO O PUBLICISTICOPUBLICISTICOEn este sistema el dominio del En este sistema el dominio del proceso está a cargo del proceso está a cargo del EstadoEstado. El . El proceso ya no sólo es entendido como proceso ya no sólo es entendido como un mecanismo de solución de un mecanismo de solución de conflictos intersubjetivos, sino se conflictos intersubjetivos, sino se convierte en el medio para alcanzar la convierte en el medio para alcanzar la paz social en justicia.paz social en justicia.

LOS SISTEMAS PROCESALES: EL LOS SISTEMAS PROCESALES: EL SISTEMA INQUISITIVOSISTEMA INQUISITIVO

El papel del juez se hace activo sin que se El papel del juez se hace activo sin que se debilite la importancia de la actividad de debilite la importancia de la actividad de las partes. En armonía con este principio las partes. En armonía con este principio se desarrollan los principios de dirección se desarrollan los principios de dirección del proceso, impulso de oficio, del proceso, impulso de oficio, inmediación, concentración, socialización, inmediación, concentración, socialización, entre otros.entre otros.

El juez como director del proceso, se El juez como director del proceso, se encarga de oficio de averiguar los hechos encarga de oficio de averiguar los hechos en su afán de llegar a la verdaden su afán de llegar a la verdad

LOS SISTEMAS LOS SISTEMAS PROCESALESPROCESALES

No existe ordenamiento procesal alguno No existe ordenamiento procesal alguno que acoja a uno de estos sistemas y que acoja a uno de estos sistemas y excluya al otro, sino que siempre hay una excluya al otro, sino que siempre hay una coexistencia, coexistencia, aunque con un mayor peso aunque con un mayor peso especifico de uno con relación al otro.especifico de uno con relación al otro.

Nuestro Código Procesal Civil adopta Nuestro Código Procesal Civil adopta sistema mixto debido a la influencia de sistema mixto debido a la influencia de ambos sistemas, aunque con un mayor ambos sistemas, aunque con un mayor peso en el sistema inquisitivo.peso en el sistema inquisitivo.

LOS PRINCIPIOS DEL LOS PRINCIPIOS DEL PROCESO CIVILPROCESO CIVIL

Los principios son postulados que nos permiten interpretar y aplicar las normas procesales. Los principios procesales son parte de los generales del derecho. Los principios procesales sirven para poner de manifiesto el sistema procesal por el que el legislador ha optado. De este modo se materializa.

LOS PRINCIPIOS DEL LOS PRINCIPIOS DEL PROCESO CIVILPROCESO CIVIL

A) DIRECCIÓN E IMPUSO PROCESAL CHIOVENDA señala que el Juez no puede mantener

la actitud pasiva que tuvo en el proceso de otros tiempos, sino que debe estar provisto de autoridad.

En aplicación de este principio, el Juez se convierte en director del proceso, provisto de una serie de facultades para dejar de ser un “convidado de piedra”. Es por ello que este principio consiste en otorgar al Juez la aptitud necesaria para conducir autónomamente el proceso sin necesidad de la intervención de las partes para la consecución de sus fines.

LOS PRINCIPIOS DEL LOS PRINCIPIOS DEL PROCESO CIVILPROCESO CIVIL

B) FINES DEL PROCESO E INTEGRACIÓN DE LA NORMA El proceso tiene como fin inmediato la solución de

conflictos intersubjetivos, cuya solución inevitablemente debe concluir a la concreción de un fin más relevante que es obtener la paz social en justicia. Éste es el objetivo más elevado que persigue el Estado a través del órgano jurisdiccional.

El principio de integración, consiste en la posibilidad que tiene el Juez de cubrir los vacíos y defectos de la ley procesal, recurriendo a los principios generales del derecho procesal, a la doctrina y a la jurisprudencia

LOS PRINCIPIOS DEL LOS PRINCIPIOS DEL PROCESO CIVILPROCESO CIVIL

C) JUEZ Y DERECHO (IURA NOVIT CURIA)El Juez tiene el deber de conocer el derecho y de aplicar la norma jurídica que corresponda a la situación concreta, aún cuando las partes la hayan invocado erróneamente o no la hayan invocado.El fundamento es la presunción de que el juez tiene mejor conocimiento del derecho que las partes. También implica tácitamente la libertad del Juez para encuadrar los hechos alegados y probados por las partes dentro de la normatividad que le sea aplicable.El límite de este principio se encuentra en el hecho de que el Juez no puede resolver “ultra petita”, más allá del petitorio, ni “extra petita”; es decir no puede fundar su decisión en hechos distintos o en aquéllos que no hayan sido alegados por las partes en el proceso.

LOS PRINCIPIOS DEL LOS PRINCIPIOS DEL PROCESO CIVILPROCESO CIVIL

D) PRINCIPIO DE CELERIDADSe refiere a que los actos procesales deberán realizarse en el menor tiempo posible respetando las normas del Debido Proceso; es la expresión más concreta del ahorro de tiempo en forma razonable, acorde con los principios procesales y la normatividad procesal; se expresa en instituciones como la perentoriedad de los plazos, el impulso de oficio, etc.

I) LA JURISDICCIONI) LA JURISDICCION

El vocablo jurisdicción deriva del latín El vocablo jurisdicción deriva del latín ius ius decire decire que significa “decir derecho”.que significa “decir derecho”.

Se entiende por jurisdicción al poder del Se entiende por jurisdicción al poder del Estado para realizar el proceso, por los Estado para realizar el proceso, por los órganos encargados al efecto.órganos encargados al efecto.

La jurisdicción en el ámbito procesal es un La jurisdicción en el ámbito procesal es un poder-deber que de forma conjunta e poder-deber que de forma conjunta e indisoluble faculta al Estado para que a indisoluble faculta al Estado para que a través del Órgano Jurisdiccional pueda través del Órgano Jurisdiccional pueda administrar justicia.administrar justicia.

I) LA JURISDICCIONI) LA JURISDICCION

PODER: PODER: Facultad que está reservada al Estado, Facultad que está reservada al Estado, quien tiene la exclusividad en la solución de quien tiene la exclusividad en la solución de conflictos.conflictos.

DEBER: DEBER: El Estado bajo ninguna circunstancia El Estado bajo ninguna circunstancia debe renunciar a la facultad de resolver conflictos debe renunciar a la facultad de resolver conflictos de intereses, pues es su DEBER, otorgando de intereses, pues es su DEBER, otorgando jurisdicción ante un pedido de un particular.jurisdicción ante un pedido de un particular.

Entonces la jurisdicción es el poder-deber que Entonces la jurisdicción es el poder-deber que tiene el Estado, quien a través de sus jueces tiene el Estado, quien a través de sus jueces administra justicia, resolviendo de esta forma los administra justicia, resolviendo de esta forma los conflictos de intereses que se ponen a su conflictos de intereses que se ponen a su consideración.consideración.

I) LA JURISDICCIONI) LA JURISDICCION

LOS ELEMENTOS DE LA JURISDICCIÓNLOS ELEMENTOS DE LA JURISDICCIÓNA) LA NOTIOA) LA NOTIOB) LA VOCATIOB) LA VOCATIOC) LA COERTIOC) LA COERTIOD) LA IUDICIUMD) LA IUDICIUME) LA EXECUTIOE) LA EXECUTIO

LOS ELEMENTOS DE LA LOS ELEMENTOS DE LA JURISDICCIÓNJURISDICCIÓN

A) LA NOTIO: A) LA NOTIO: Está referida a la facultad que se Está referida a la facultad que se otorga al Estado para conocer y resolver el otorga al Estado para conocer y resolver el conflicto de intereses propuestos para su conflicto de intereses propuestos para su solución, este derecho en otras palabras es el que solución, este derecho en otras palabras es el que le otorga el derecho a conocer determinado le otorga el derecho a conocer determinado asunto.asunto.

B) LA VOCATIO: Este elemento es del que se vale B) LA VOCATIO: Este elemento es del que se vale el Juez para compelir a las partes en conflicto a el Juez para compelir a las partes en conflicto a comparecer al proceso, estableciéndose así las comparecer al proceso, estableciéndose así las llamadas cargas procesales (rebeldía y llamadas cargas procesales (rebeldía y abandono).abandono).

LOS ELEMENTOS DE LA LOS ELEMENTOS DE LA JURISDICCIÓNJURISDICCIÓN

C) C) LA COERTIO: El juez puede hacer uso de LA COERTIO: El juez puede hacer uso de la fuerza para hacer cumplir sus la fuerza para hacer cumplir sus mandatos. Ej. multas, apremios, etc.mandatos. Ej. multas, apremios, etc.

D) LA IUDICIUM: Le otorga al juez la D) LA IUDICIUM: Le otorga al juez la facultad y el deber de emitir sentencia, facultad y el deber de emitir sentencia, con la calidad de cosa juzgada.con la calidad de cosa juzgada.

E) LA EXECUTIO: Se le da el poder al Juez E) LA EXECUTIO: Se le da el poder al Juez para ejecutar sus propias decisiones.para ejecutar sus propias decisiones.

II) EL DERECHO DE ACCIONII) EL DERECHO DE ACCION

El derecho de acción es un derecho fundamental, regulado por la Ley Procesal pero reconocido por la Carta Magna.

Es pues, a través de este derecho de acción inherente a todo sujeto de derecho, que se exige al Estado el otorgamiento de tutela jurisdiccional efectiva para solucionar un conflicto de intereses.

II) EL DERECHO DE ACCIONII) EL DERECHO DE ACCION

Para Monroy Gálvez, el derecho de acción es aquel derecho de naturaleza constitucional, inherente a todo sujeto que lo faculta a exigir al Estado tutela jurisdiccional para un caso concreto.

III) EL DERECHO DE III) EL DERECHO DE CONTRADICCIONCONTRADICCION

DAVIS ECHANDIA, el derecho de DAVIS ECHANDIA, el derecho de contradicción tiene un origen claramente contradicción tiene un origen claramente constitucional y se basa en varios de los constitucional y se basa en varios de los principios fundamentales del derecho principios fundamentales del derecho procesal: el de igualdad de las partes en el procesal: el de igualdad de las partes en el proceso, el de la necesidad de oir a la proceso, el de la necesidad de oir a la persona contra la cual va a surtir la persona contra la cual va a surtir la decisión, el de imparcialidad de los decisión, el de imparcialidad de los funcionarios judiciales, el de contradicción, funcionarios judiciales, el de contradicción, el de impugnación y el del respecto a la el de impugnación y el del respecto a la libertad individual.libertad individual.

IV) EL DERECHO AL DEBIDO IV) EL DERECHO AL DEBIDO PROCESOPROCESO

En sus inicios el concepto de debido proceso estaba En sus inicios el concepto de debido proceso estaba casi restringido a ser una mera garantía procesal, con casi restringido a ser una mera garantía procesal, con ‘el se intentaba frenar las arbitrariedades judiciales ‘el se intentaba frenar las arbitrariedades judiciales como por ejemplo las detenciones arbitrarias, como por ejemplo las detenciones arbitrarias, confiscación de bienes, de allí que se admita que confiscación de bienes, de allí que se admita que nadie pueda ser privado de su vida, patrimonio y nadie pueda ser privado de su vida, patrimonio y libertad sin libertad sin debido proceso legal, debido proceso legal, la doctrina y la la doctrina y la jurisprudencia se encargaron de desarrollar este jurisprudencia se encargaron de desarrollar este concepto, para llevarlo a constituirse en un derecho concepto, para llevarlo a constituirse en un derecho constitucional, fundamental y humano del cual no constitucional, fundamental y humano del cual no debe estar desprovisto ningún sujeto de derecho en debe estar desprovisto ningún sujeto de derecho en

la sociedad contemporáneala sociedad contemporánea..

IV) EL DERECHO AL DEBIDO IV) EL DERECHO AL DEBIDO PROCESOPROCESO

Cuando al Estado se le exige el otorgamiento de Cuando al Estado se le exige el otorgamiento de tutela jurisdiccional (vía el derecho de acción y tutela jurisdiccional (vía el derecho de acción y contradicción) se le exige también que esta tutela contradicción) se le exige también que esta tutela sea otorgada en el proceso con garantías mínimas, sea otorgada en el proceso con garantías mínimas, esto significa que el Estado no solo debe avocarse esto significa que el Estado no solo debe avocarse a resolver el conflicto de intereses (a través de la a resolver el conflicto de intereses (a través de la sentencia) sino que a esta decisión debe llegarse sentencia) sino que a esta decisión debe llegarse después de haberle otorgado a las partes garantías después de haberle otorgado a las partes garantías mínimas para que puedan obtener de manera mínimas para que puedan obtener de manera satisfactoria la tutela que exigen del Estado, esta satisfactoria la tutela que exigen del Estado, esta decisión debe estar enmarcada dentro del contexto decisión debe estar enmarcada dentro del contexto de una decisión justa y no arbitraria.de una decisión justa y no arbitraria.

IV) EL DERECHO AL DEBIDO IV) EL DERECHO AL DEBIDO PROCESOPROCESO

La doctrina ha señalado que el derecho al debido La doctrina ha señalado que el derecho al debido proceso tiene dos vertientes, la primera DE proceso tiene dos vertientes, la primera DE ORDEN PROCESAL que incluye las garantías ORDEN PROCESAL que incluye las garantías mínimas que el sujeto de derecho como parte mínimas que el sujeto de derecho como parte debe tener en el proceso, aquí tenemos el debe tener en el proceso, aquí tenemos el derecho al Juez Natural, el derecho a probar, derecho al Juez Natural, el derecho a probar, derecho a impugnar, derecho a doble instancia, derecho a impugnar, derecho a doble instancia, derecho a ser oído, derecho de defensa. derecho a ser oído, derecho de defensa.

La otra vertiente de la institución está referida al La otra vertiente de la institución está referida al derecho a exigir una decisión justa (aspecto derecho a exigir una decisión justa (aspecto sustantivo).sustantivo).

IV) EL DERECHO AL DEBIDO PROCESOIV) EL DERECHO AL DEBIDO PROCESO

DERECHO AL PLAZO RAZONABLE: Este principio establece que las partes en el proceso no pueden esperar que las decisiones judiciales se dicten acorde al libre arbitrio del juez, sino que los actos procesales deben ser realizados en un plazo razonable, entendido este como el menor tiempo posible que debe tomarse el juez para resolver cualquier situación en el proceso. Este principio esta relacionado a los principios de celeridad y de economía procesal.

Hay factores que impiden no ver reflejado este derecho, como lo es la excesiva carga procesal, la complejidad del asunto a resolver, la falta de participación de las partes, etc.

IV) EL DERECHO AL DEBIDO PROCESOIV) EL DERECHO AL DEBIDO PROCESO

DERECHO A LA PRUEBA: Este derecho abre la posibilidad de que las partes en un proceso, al afirmar o negar un hecho deben tener la oportunidad de probarlo, de ahí que nuestro ordenamiento y en particular el derecho procesal desarrolla la carga de la prueba siempre sobre los hombros de quien afirma o niega un hecho, con algunas excepciones como en el derecho procesal laboral.

V) EL DERECHO A LA TUTELA V) EL DERECHO A LA TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVAJURISDICCIONAL EFECTIVA

La Tutela Jurisdiccional Efectiva es la garantía que tiene toda persona de que el Estado le conceda amparo o protección legal para satisfacer alguna pretensión.

“Es el derecho que tiene toda persona a que se le haga justicia” (GUASP)

V) EL DERECHO A LA TUTELA V) EL DERECHO A LA TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVAJURISDICCIONAL EFECTIVA

Es efectiva, puesto que de nada servirían excelentes resoluciones judiciales que no se llevarán a la práctica.

Este derecho contiene: El libre acceso a la jurisdicción y al proceso en las

instancias reconocidas. La prohibición constitucional de la indefensión. El derecho a obtener una resolución fundada en

Derecho que ponga fin al proceso. El derecho a que la tutela jurisdiccional sea efectiva.

LOS PRESUPUESTOS PROCESALESLOS PRESUPUESTOS PROCESALES

LOS PRESUPUESTOS PROCESALESLOS PRESUPUESTOS PROCESALES (de (de forma)forma)

El creador de la Teoría de los Presupuestos El creador de la Teoría de los Presupuestos Procesales fue OSCAR VON BULOW, quien los Procesales fue OSCAR VON BULOW, quien los propuso como antecedentes necesarios para propuso como antecedentes necesarios para que el juicio tenga existencia y validez formal.que el juicio tenga existencia y validez formal.

Se les conoce en doctrina como Se les conoce en doctrina como presupuestos presupuestos procesalesprocesales de forma de forma del proceso.del proceso. Su Su existencia en el proceso generan la posibilidad existencia en el proceso generan la posibilidad de una relación procesal válida, lo contrario –de una relación procesal válida, lo contrario –su ausencia o deficiencia- ocasiona la invalidez su ausencia o deficiencia- ocasiona la invalidez del proceso. Es necesario pues que los del proceso. Es necesario pues que los presupuestos procesales preexistan para que presupuestos procesales preexistan para que se genere un proceso válido.se genere un proceso válido.

LOS PRESUPUESTOS PROCESALESLOS PRESUPUESTOS PROCESALES

Demanda y sus formalidadesDemanda y sus formalidades

Competencia del JuezCompetencia del Juez

Capacidad ProcesalCapacidad Procesal

LOS PRESUPUESTOS PROCESALES

A) A) Demanda y sus formalidadesDemanda y sus formalidades

La demanda como acto jurídico La demanda como acto jurídico procesal debe cumplir con todos los procesal debe cumplir con todos los requisitos de forma (acompañar requisitos de forma (acompañar anexos, señalar domicilio procesal..) anexos, señalar domicilio procesal..) y de fondo (conexión lógica entre los y de fondo (conexión lógica entre los hechos y el petitorio). Arts. 424, 425 hechos y el petitorio). Arts. 424, 425 y 427.y 427.

LOS PRESUPUESTOS PROCESALES

B) B) Capacidad procesal de las partesCapacidad procesal de las partes, , es la aptitud para ejecutar actos es la aptitud para ejecutar actos procesal válidos por parte de los procesal válidos por parte de los elementos activos de la relación elementos activos de la relación procesal. Es la capacidad para procesal. Es la capacidad para comparecer personalmente, por si comparecer personalmente, por si mismo en el proceso.mismo en el proceso.

C) C) La Competencia del JuezLa Competencia del Juez. Es juez . Es juez competente el señalado expresamente competente el señalado expresamente por ley para resolver el conflictopor ley para resolver el conflicto

LAS CONDICIONES DE LA ACCIÓN

Son los elementos indispensables del Son los elementos indispensables del proceso que van a permitir al juez expedir proceso que van a permitir al juez expedir un pronunciamiento válido sobre el fondo de un pronunciamiento válido sobre el fondo de la controversia. la controversia.   Las condiciones de la acción son:Las condiciones de la acción son:

› Voluntad de la LeyVoluntad de la Ley› Interés para ObrarInterés para Obrar› Legitimidad para ObrarLegitimidad para Obrar

LAS CONDICIONES DE LA ACCIÓN

A) A) Voluntad de la LeyVoluntad de la Ley

Se determina por la existencia de un Se determina por la existencia de un ordenamiento jurídico sustantivo que ordenamiento jurídico sustantivo que contiene y reconoce los derechos contiene y reconoce los derechos fundamentales de las personas y que fundamentales de las personas y que motivan la defensa de los mismos (La motivan la defensa de los mismos (La Constitución, Código Civil y normas Constitución, Código Civil y normas complementarias). La voluntad de la ley complementarias). La voluntad de la ley determina que la pretensión deba estar determina que la pretensión deba estar amparada por el derecho objetivo.amparada por el derecho objetivo.

LAS CONDICIONES DE LA ACCIÓNLAS CONDICIONES DE LA ACCIÓN

B) B) Interés para ObrarInterés para Obrar: : Es la necesidad Es la necesidad del demandante de obtener del proceso la del demandante de obtener del proceso la protección de su interés material. protección de su interés material. Davis Echandia la define como el interés Davis Echandia la define como el interés sustancial, subjetivo, concreto, serio y sustancial, subjetivo, concreto, serio y actual que deben tener el demandante y actual que deben tener el demandante y el demandado y los intervinientes para el demandado y los intervinientes para ser titular del derecho procesal a exigir ser titular del derecho procesal a exigir del juez una sentencia de fondo o merito del juez una sentencia de fondo o merito que resuelva las pretensiones u que resuelva las pretensiones u oposiciones.oposiciones.

LAS CONDICIONES DE LA ACCIÓN

C) C) Legitimidad para Obrar:Legitimidad para Obrar: Es la Es la adecuación correcta de los sujetos que adecuación correcta de los sujetos que participan en la relación en la relación participan en la relación en la relación jurídica sustantiva a los que van a participar jurídica sustantiva a los que van a participar en la relación jurídica procesal.en la relación jurídica procesal.

Busca establecer un criterio de identidad, de Busca establecer un criterio de identidad, de correspondencia entre los sujetos de la correspondencia entre los sujetos de la relación procesal con los que participaron en relación procesal con los que participaron en la relación materialla relación material..

LAS CONDICIONES DE LA ACCIÓN

Hay circunstancias en que esta Hay circunstancias en que esta legitimidad la invoca quien no es titular legitimidad la invoca quien no es titular del derecho sino aquel que tiene un del derecho sino aquel que tiene un interés jurídico relevante para hacerlo interés jurídico relevante para hacerlo (defensa de intereses difusos).(defensa de intereses difusos).

CLASES DE LEGITIMIDAD PARA OBRARCLASES DE LEGITIMIDAD PARA OBRAR› Ordinaria: Ordinaria: Cuando la R J Procesal está Cuando la R J Procesal está

conformada por los sujetos que conformaron conformada por los sujetos que conformaron la R J Material.la R J Material.

› Derivada: Derivada: Cuando la titularidad del derecho Cuando la titularidad del derecho fue transmitida por acto intervivos o mortis fue transmitida por acto intervivos o mortis causa.causa.

SANEAMIENTO PROCESAL

Todo proceso judicial tiene cinco Todo proceso judicial tiene cinco etapas bien definidas:etapas bien definidas:

1.1.PostulatoriaPostulatoria

2.2.ProbatoriaProbatoria

3.3.DecisoriaDecisoria

4.4.ImpugnatoriaImpugnatoria

5.5.EjecutoriaEjecutoria

SANEAMIENTO PROCESAL

Es un reexamen de la relación jurídica Es un reexamen de la relación jurídica procesal. Busca subsanar defectos de la procesal. Busca subsanar defectos de la relación jurídica procesal (admisibilidad) relación jurídica procesal (admisibilidad) o declarar vicios insubsanables.o declarar vicios insubsanables.Elimina cualquier vicio y deja al proceso Elimina cualquier vicio y deja al proceso expedito para llevar a cabo la etapa de expedito para llevar a cabo la etapa de fijación de puntos controvertidos y fijación de puntos controvertidos y probatoria.probatoria.

CARGA DE LA PRUEBACARGA DE LA PRUEBA

Conducta que va en interés propio Conducta que va en interés propio de las partes. El interesado puede de las partes. El interesado puede concretar la conducta o no. concretar la conducta o no.

Conducta impuesta a uno o a Conducta impuesta a uno o a ambos litigantes, para que ambos litigantes, para que acrediten la verdad de los hechos acrediten la verdad de los hechos afirmados por ellos.afirmados por ellos.

La omisión de la conducta acarrea La omisión de la conducta acarrea consecuencias desfavorables.consecuencias desfavorables.

CARGA DE LA PRUEBACARGA DE LA PRUEBA

¿Quién tiene la carga de la prueba?¿Quién tiene la carga de la prueba?Quien afirma hechos que sustentan Quien afirma hechos que sustentan

su pretensión o a quien los su pretensión o a quien los contradice alegando nuevos contradice alegando nuevos

hechos.hechos.

La aparente contradicción entre la La aparente contradicción entre la carga de la prueba y las pruebas carga de la prueba y las pruebas

de oficio (sistema procesal mixto).de oficio (sistema procesal mixto).

VALORACIÓN DE LA PRUEBAVALORACIÓN DE LA PRUEBA

Operación intelectual que Operación intelectual que realiza el Juez para medir o realiza el Juez para medir o determinar la fuerza o valor determinar la fuerza o valor probatorio de los medios de probatorio de los medios de prueba.prueba.

FINALIDAD DE LA PRUEBA

- Acreditar los hechos expuestos por las partes. Establecer la verdad.

- Producir convicción en el Juez sobre los puntos controvertidos.

- Fundamentar las decisiones.

PRUEBA DE OFICIO- Cuando los medios probatorios ofrecidos

por las partes sean insuficientes para formar convicción, el Juez, en decisión motivada e inimpugnable, puede ordenar la actuación de los medios probatorios adicionales que considere convenientes.

- Excepcionalmente, el Juez puede ordenar la comparecencia de un menor de edad con discernimiento a la audiencia de pruebas o a una especial.

IMPUGNACIÓNIMPUGNACIÓN

El medio impugnatorio es el instrumento o mecanismo que la ley concede a las partes o terceros legitimados para solicitar al Juez, que el mismo u otro de jerarquía superior, realice un nuevo examen de un acto procesal o de todo el proceso, a fin de que se anule o revoque total o parcialmente, por encontrarse presuntamente afectado de vicio o error.

La impugnación está dirigida a suprimir el vicio o error que afecta a los actos procesales a fin de lograr su corrección y restablecer su legalidad, a través de la correspondiente revisión por el mismo órgano jurisdiccional o por el superior jerárquico, eliminándose de esta forma el agravio ocasionado al impugnante.

El vicio o defecto supone una trasgresión del ordenamiento jurídico por lo que la impugnación se dirige a la correcta actuación de la ley.

6. 6. Medios Impugnatorios: ClasesMedios Impugnatorios: Clases

a) Remedios Son medios impugnatorios de las partes

o terceros legitimados que se dirigen a cuestionar actos procesales no contenidos en resoluciones judiciales.

Los remedios se interponen dentro de tercer día de conocido el agravio, salvo disposición legal distinta y lo resuelve el mismo órgano jurisdiccional.

b) b) RecursosRecursos

Son medios impugnatorios de las partes o terceros legitimados que se interponen exclusivamente contra las resoluciones judiciales.

A través de los recursos se solicita que el mismo órgano jurisdiccional o el Superior jerárquico reexamine la resolución cuestionada, a fin de que sea revocada o anulada total o parcialmente por encontrarse presuntamente afectada por vicio o error.

MEDIOS IMPUGNATIVOSMEDIOS IMPUGNATIVOS

Elementos: Agravio Vicio o error Clases:- Reposición- Apelación- Casación- Queja

Recurso de ApelaciónRecurso de Apelación

Apelar significa recurrir al Juez o Tribunal superior a fin de que revoque, enmiende o anule la decisión que se supone injusta, dada por el Juez inferior.

A decir del maestro Couture, “La apelación o alzada, es el recurso concedido a un litigante que ha sufrido agravio por la sentencia del Juez inferior, para reclamar de ella y obtener su revocación por el Juez superior”.

La apelación es un medio impugnatorio recursivo, ordinario y vertical que se interpone por quien se considera agraviado con una resolución judicial (auto o sentencia) que adolece de vicio o error, y está dirigida a lograr que el superior jerárquico revise y proceda a anular o revocar total o parcialmente la resolución impugnada, dictando otra resolución en su lugar u ordenando al Juez que expida una nueva resolución de acuerdo a los fundamentos de la decisión del órgano revisor.

Es un recurso ordinario porque no se exigen causales especiales para su interposición o admisión, como sería en el caso del recurso de casación. Es vertical pues constituye un recurso de alzada que es resuelto por el órgano jurisdiccional superior.

La apelación es el medio impugnatorio, por excelencia, que permite acceder a la segunda instancia.

RECURSO DE CASACIÓNRECURSO DE CASACIÓN

Recurso extraordinario con plena finalidad jurídica.

Tiene por fines la adecuada aplicación del derecho objetivo al caso concreto y la uniformidad de la jurisprudencia nacional por la Corte Suprema de Justicia.

El recurso de casación se sustenta en la infracción normativa que incida directamente sobre la decisión contenida en la resolución impugnada o en el apartamiento inmotivado del precedente judicial.

LA NULIDAD PROCESAL

CONCEPTO: Estado de anormalidad de un acto procesal debido a la ausencia o presencia defectuosa de requisitos que condicionan su existencia regular, determinando la posibilidad de ser declarado judicialmente nulo.

Concepto asumido en la Casación Nº 842-2000-Callao.

PRINCIPIOS DE LA NULIDAD PROCESAL

PRINCIPIO DE ESPECIFICIDAD O LEGALIDAD

“No hay nulidad sin ley específica que lo establezca”

Base Legal: Artículo 171º del CPC.Ejemplos: Artículos 36º, 108º, 122º, 465º, 743º del CPC.

PRINCIPIO DE CONVALIDACIÓN“En principio, toda nulidad se convalida con el consentimiento”

Artículo 172º del CPC (tres primeros párrafos).

INTERÉS PARA PEDIR NULIDAD“Quien formula nulidad tiene que acreditar estar perjudicado con el acto procesal viciado y, en su caso, precisar la defensa que no pudo realizar como consecuencia directa del acto procesal cuestionado. Asimismo, acreditará interés propio y específico con relación a su pedido”.

Artículo 174º del CPC (cuarto párrafo).

MEDIDA CAUTELARMEDIDA CAUTELAR

CONCEPTOCONCEPTO Etimológicamente, la palabra medida, en Etimológicamente, la palabra medida, en

la acepción que nos atañe, significa la acepción que nos atañe, significa prevención, disposición; prevención a su prevención, disposición; prevención a su vez, equivale a conjunto de precauciones y vez, equivale a conjunto de precauciones y medidas tomadas para evitar un medidas tomadas para evitar un riesgo.riesgo.

En el campo jurídico, se entiende como En el campo jurídico, se entiende como tales a aquellas medidas que el legislador tales a aquellas medidas que el legislador ha dictado con el objeto de que la parte ha dictado con el objeto de que la parte vencedora no quede burlada en su vencedora no quede burlada en su derecho.derecho.

CONCEPTOCONCEPTO

Es el instrumento a través del cual se Es el instrumento a través del cual se busca asegurar el cumplimiento de la busca asegurar el cumplimiento de la decisión definitiva. Tiene por objeto prever decisión definitiva. Tiene por objeto prever la eficacia de la sentencia, busca proteger la eficacia de la sentencia, busca proteger el derecho de la parte demandante, que el derecho de la parte demandante, que por diversas razones considera que su por diversas razones considera que su derecho se encuentra en peligro.derecho se encuentra en peligro.

FINALIDADFINALIDAD::

Garantizar la eficacia de la sentencia.Garantizar la eficacia de la sentencia.

PRESUPUESTOS PARA SU PRESUPUESTOS PARA SU CONCESIÓNCONCESIÓN

Verosimilitud del derecho invocado (de Verosimilitud del derecho invocado (de fundabilidad de la pretensión principal).fundabilidad de la pretensión principal).

Peligro en la demora (de la prestación Peligro en la demora (de la prestación jurisdiccional) o cualquier otra razón jurisdiccional) o cualquier otra razón justificable.justificable.

Adecuación de la medida cautelarAdecuación de la medida cautelar

CONTRACAUTELACONTRACAUTELA

(REQUISITO DE EJECUCIÓN)(REQUISITO DE EJECUCIÓN)

Garantía que debe constituir el Garantía que debe constituir el peticionante de la medida peticionante de la medida cautelar, a efectos de resarcir los cautelar, a efectos de resarcir los posibles daños y perjuicios que posibles daños y perjuicios que se pueda ocasionar al afectado se pueda ocasionar al afectado con la ejecución de la medida con la ejecución de la medida cautelar. cautelar.

Clases de contracautelaClases de contracautela

ClasesClases::

-Real (hipoteca)-Real (hipoteca)

-Personal (fianza, caución juratoria)-Personal (fianza, caución juratoria)

Graduación-Modificación-CambioGraduación-Modificación-Cambio

de la medida cautelarde la medida cautelar: Lo realiza : Lo realiza el Juez del proceso.el Juez del proceso.

CARACTERÍSTICASCARACTERÍSTICAS

Sin contradictorioSin contradictorio Autónoma: trámite independiente.Autónoma: trámite independiente. Instrumental: se instrumentaliza en Instrumental: se instrumentaliza en

función a la pretensión principal que función a la pretensión principal que se discute en el proceso.se discute en el proceso.

VariableVariable ProvisionalProvisional Jurisdiccionalidad: dictadas por Juez.Jurisdiccionalidad: dictadas por Juez.

MEDIDAS CAUTELARES EN EL MEDIDAS CAUTELARES EN EL CÓDIGO PROCESAL CIVILCÓDIGO PROCESAL CIVIL

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