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AUDITORIA DE RETENCION EN LA FUENTE

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Page 1: Auditoria de Retencione en La Fuente

AUDITORIA DE RETENCION EN LA FUENTE

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Concepto general de retención en la fuenteContrario el concepto popular, la retención en la fuente no es ningún impuesto, sino que es el simple cobro anticipado de un impuesto, que bien puede ser el impuesto de renta, a las ventas o de industria y comercio.La retención en la fuente por ser un pago anticipado de un impuesto, ésta se puede descontar en la respectiva declaración, ya sea de Iva, de Renta o de Ica.

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ELEMENTOS DE LA RETENCION EN FUENTE

La retención en la fuente comprende elementos como el sujeto pasivo, que es la persona a la que se le debe retener, el agente de retención que es la persona obligada a practicar la retención, el concepto de retención que es el hecho económico que se realiza y está sometido a retención, la tarifa que es el porcentaje que se aplica a la base de retención, y la base de retención es el valor o monto sujeto a retención.

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CLASES DE RETENCION EN LA FUENTE

Existe la retención en la fuente por renta, la retención en la fuente por Iva o mas conocida como reteiva y la retención en la fuente por Ica, también conocida como reteica

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Concepto Base Uvt Base pesos Tarifa

Venta de Bienes Raíces 0 100% 1%

Contratos de construcción y urbanización 0 100% 1%

Compra de combustible 0 100% 0.10%

Consultoría en obras públicas 0 100% 2%

Intereses o rendimientos financieros 0 100% 7%

Honorarios y comisiones * 0 100% 10%/11%

Arrendamiento de bienes muebles 0 100% 4%

Contratos de consultoría y administración delegada 0 100% 6%

Compras 27 703,000 3,5%

Principales conceptos y tarifas de retención para el 2012

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Servicios en general ** 4 104,000 4%/6%

Por emolumentos eclesiásticos *** 27 703,000 3,5%/4%

Servicios de transporte de carga 4 104,000 1%Servicios de transporte nacional de pasajeros 27 703,000 3.50%

Servicios temporales 4 104,000 1% Servicios de aseo y vigilancia 4 104,000 2%

Arrendamiento de bienes raíces 27 703,000 3.50%Loterías, Rifas, Apuestas y similares 48 1,250,000 20%

Servicios de hoteles y restaurantes 4 104,000 3.50%

Principales conceptos y tarifas de retención para el 2012

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VARIABLES A TENER EN CUENTA PARA LA AUDITORIA DE RETENCION EN LA FUENTE

1. TARIFAS DE RETENCION2. CALENDARIO TRIBUTARIO3. FIRMAS DE LAS DECLARACIONES(Firma Digital)4. OBLIGACION DE RETENER5. CONOCIMIENTO DE LA PERSONA QUE PRACTICA LAS

RETENCIONES6. CONTABILIZACION DE LA RETENCION

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Retención en la fuente por Iva.

Al igual que en el Impuesto a la renta y el Impuesto de industria y comercio, en el Impuesto a las ventas también existe la figura de la Retención en la fuente. Esta figura se conoce comúnmente como Reteiva.

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La retención en la fuente por Iva consiste en que el comprador, al momento de causar o pagar la compra, retiene al vendedor el 50% del valor del Iva (Artículo 437-2 del estatuto tributario). Ejemplo: La empresa A compra a la Empresa B, mercancías por valor de $1.000.000 + Iva. El valor del Iva, a la tarifa general es de $160.000. La empresa A, de esos $160.000 de Iva, solo pagará a la empresa B el valor de $80.000, que corresponde al 50% del valor total del Iva, el restante 50% la empresa B lo retiene, lo declara y lo paga en junto con las demás retenciones en la fuente que haya practicado en el respectivo mes.

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La retención en la fuente por Iva se practica siempre y cuando el hecho u operación económica supere la base mínima, que para servicios es de 4 UVT y para compras es de 27 UVT.

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Contabilización de la retención en la fuente por Iva.Siguiendo con el ejemplo, la empresa A, que es la que retiene deberá contabilizar el valor retenido a la empresa B como un crédito a la cuenta 236701 (Impuesto a las ventas retenido).La empresa B, a quien la empresa A le practicó la retención, deberá contabilizar esa retención por Iva como un debito a la cuenta 135517 (Impuesto a las ventas retenido).La empresa A, debe declarar esa retención en el mes en el cual la practicó (Declaración de retención en la fuente), y la empresa B, debe incluir esa retención practicada en la declaración de Iva del respectivo bimestre.

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Agentes de retención en el impuesto a las ventas.Concepto de agente de retención.

Agente de retención es aquella Persona natural o Persona jurídica, obligada a practicar la respectiva retención en la fuente cuando a ello hubiere lugar. Por regla general, los Agentes de retención son quienes compran o adquieren un producto o servicio. Quienes hacen el pago. El agente de retención es quien además de retener, debe declarar, consignar las retenciones y expedir los respectivos certificados de retención.

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Quienes son agentes de retención en le impuesto a las ventas.La ley ha establecido que las siguientes personas deben actuar como agentes de retención en el Impuesto a las ventas:“Actuarán como agentes retenedores del impuesto sobre las ventas en la adquisición de bienes y servicios gravados:1. Las siguientes entidades estatales:La Nación, los departamentos, el distrito capital, y los distritos especiales, las áreas metropolitanas, las asociaciones de municipios y los municipios; los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta en las que el Estado tenga participación superior al cincuenta por ciento (50%),

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así como las entidades descentralizadas indirectas y directas y las demás personas jurídicas en las que exista dicha participación pública mayoritaria cualquiera sea la denominación que ellas adopten, en todos los órdenes y niveles y en general los organismos o dependencias del Estado a los que la ley otorgue capacidad para celebrar contratos.2. Quienes se encuentren catalogados como grandes contribuyentes por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, sean o no responsables del IVA, y los que mediante resolución de la DIAN se designen como agentes de retención en el impuesto sobre las ventas.3) Quienes contraten con personas o entidades sin residencia o domicilio en el país la prestación de servicios gravados en el territorio Nacional, con relación a los mismos.

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4) Los responsables del régimen común, cuando adquieran bienes corporales muebles o servicios gravados, de personas que pertenezcan al régimen simplificado.5) Las entidades emisoras de tarjetas crédito y débito y sus asociaciones, en el momento del correspondiente pago o abono en cuenta a las personas o establecimientos afiliados. El valor del impuesto no hará parte de la base para determinar las comisionespercibidas por la utilización de las tarjetas débito y crédito.Cuando los pagos o abonos en cuenta en favor de las personas o establecimientos afiliados a los sistemas de tarjetas de crédito o débito, se realicen por intermedio de las entidades adquirentes o pagadoras, la retención en la fuente deberá ser practicada por dichas entidades.

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6. La Unidad Administrativa de Aeronáutica Civil, por el 100% del impuesto sobre las ventas que se cause en la venta de aerodinos.PARÁGRAFO 1o. La venta de bienes o prestación de servicios que se realicen entre agentes de retención del impuesto sobre las ventas de que tratan los numerales 1, 2 y 5 de este artículo no se regirá por lo previsto en este artículo.PARÁGRAFO 2o. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá mediante resolución retirar la calidad de agente de retención del impuesto sobre las ventas a los Grandes Contribuyentes que se encuentren en concordato, liquidación obligatoria, toma de posesión o en negociación de acuerdo de reestructuración, sin afectar por ello su calidad de gran contribuyente”. (Art. 437-2, Estatuto tributario).

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Casos en que no se practica retención en la fuente por Iva.1. Cuando la operación económica no supera los topes mínimos de 4 UVT para servicios y de 27 UVT para compras.2. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre responsables del Régimen común.3. Cuando el que compra es Régimen común y el que vende es un Gran contribuyente o una Entidad estatal.4. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre una Entidad estatal y un Gran contribuyente.5. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre Entidades estatales.6. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre Grandes contribuyentes.

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El Régimen común, los Grandes contribuyentes y las Entidades estatales responsables del Impuesto a las ventas, que adquieran productos o servicios gravados con Iva al Régimen simplificado, deberán retener el 50%. Cuando la adquisición la hagan a una persona no domiciliada en el país, la retención será del 100% del Iva.Las Entidades estatales y los Grandes contribuyentes que no sean responsables del Impuesto a las ventas, no deben asumir el Iva en las adquisiciones al Régimen simplificado. (El Iva operaciones con el Régimen simplificado se asume mediante el mecanismo de retención).

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Las Entidades estatales y los Grandes contribuyentes que no sean responsables del Impuesto a las ventas, en el caso que adquieran productos o servicios a personas no residentes o no domiciliados en el país deben asumir el 100% del Iva mediante el mecanismo de retención.

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CONCEPTO Y DEFINICIÓN DE AUTORRETENCIÓNLa autorretención es la figura que consiste en que el mismo sujeto pasivo de la Retención en la fuente (el vendedor del producto o servicio) es quien se practica la respectiva retención; no le retienen sino que se autorretiene.Recordemos que la retención en la fuente es un mecanismo de recaudado anticipado de un impuesto. Que la retención en la fuente la practica la persona que hace el pago, el comprador del producto o servicio quien es conocido como agente 

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de retención (Vea: Agentes de retención), y consiste en retenerle al vendedor parte del valor facturado a título de un impuesto determinado.En la figura de la Autorretención, no es el agente de retención quien practica la retención sino el mismo sujeto pasivo de la retención. Es el mismo vendedor quien debe proceder a retenerse el valor correspondiente, declararlo y pagarlo en la declaración mensual de retención en la fuente.

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OBJETIVO DE LA AUTORRETENCIÓNExisten empresas que tienen un sinnúmero de clientes, clientes que son agentes de retención, lo cuales necesariamente deberán practicar la respectiva retención y certificarla. Este proceso, cuando existen infinidad de clientes resulta engorroso y complicado. Será supremamente difícil para una empresa solicitar certificados de retención a un gran número de clientes.En respuesta a esta situación, se creó la figura de Autorretención, como una solución para aquellas empresas que tiene ingresos altos o numerosos clientes.

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QUIENES SON AUTORRETENEDORESSon autorretenedores los contribuyentes que hayan sido autorizados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales como tales. Por lo general, por sus características los Grandes contribuyentes son autorretenedores, aunque no necesariamente, puesto que puede ser que algunas empresas catalogadas como grandes contribuyentes no sean autorretenedores, y algunas empresas no catalogadas como grandes contribuyentes sean autorretenedores.En todo caso, le corresponde a cada contribuyente catalogado como autorretenedor, especificar en las facturas que emita, su calidad de autorretenedor.

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Retenciones en la fuente a título del impuesto de industria y comercio son deducibles del impuesto sobre la renta

El impuesto de industria y comercio es recaudado en forma acelerada y anticipada por medio del mecanismo de la retención en la fuente, generando un grupo de personas que les han practicado retención de ICA y que no están obligadas a declarar u omitieron la obligación formal de hacerlo, sin embargo cuando declaren por concepto del impuesto sobre la renta, deberán tener en cuenta las retenciones de ICA para efecto de determinar la base gravable.

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En la determinación de la base gravable del impuesto sobre la renta, se deben restar las deducciones de los ingresos fiscales; por expresa disposición del artículo 115 delEstatuto Tributario, es deducible el 100% del impuesto de industria y comercio, que efectivamente se haya pagado durante el año o período gravable, siempre y cuando tengan relación de causalidad con la actividad económica del contribuyente.Se puede advertir, que cuando la norma se refiere a que el impuesto de industria y comercio, que se puede deducir para la determinación de la base gravable del impuesto sobre la renta sea el efectivamente pagado, se debe tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 803 del Estatuto Tributario:

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Fecha en que se entiende pagado el impuesto.

Se tendrá como fecha de         pago   del          impuesto, respecto de cada contribuyente, aquélla en que los valores imputables   hayan ingresado a las oficinas de Impuestos   Nacionales o a los    Bancos autorizados, aún en los casos en que se hayan          recibido inicialmente como simples depósitos, buenas cuentas,         retenciones             en la             fuente, o que resulten como saldos a su favor por      cualquier       concepto.

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La fecha del pago de las retenciones en la fuente por parte del agente retenedor, se entenderá pagado el impuesto de industria y comercio, así no se haya presentado la respectiva declaración; es decir si por ejemplo unapersona natural le practicaron retención de ICA y esta no presento la declaración de impuesto de industria y comercio, sea porque no estaba obligada u omitió la obligación, podrá deducir el 100% de las retenciones en la fuente efectivamente pagadas por el agente retenedor, para efecto de determinar la base gravable del impuesto sobre la renta.

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