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AUDITORA AMBIENTAL A LA ZONA DE INFLUENCIA DEL CAMPO PETROLERO CICUCO-BOQUETE (DEPARTAMENTO DE BOLVAR)

CGR-CDMA Abril 2001

AUDITORA AMBIENTAL A LA ZONA DE INFLUENCIA DEL CAMPO PETROLERO CICUCO-BOQUETE (DEPARTAMENTO DE BOLVAR)

Contralor General de la Repblica Vicecontralor Contralor Delegado para el Medio Ambiente Director Estudios Sectoriales Director Vigilancia Fiscal Lder de Comisin Equipo Auditores Asesora Departamento Nacional de Planeacin

Carlos Ossa Escobar Jos Flix Lafaurie Francisco Jos Ruiz Marmolejo Nstor Ortz Prez Francisco A. Ramrez Rivera Lucero Pea Pineda Miguel Pinzn Salcedo Daissy Durn Nez Nicols Chamat Luna Jaime Alberto Moreno Gutirrez

TABLA DE CONTENIDO

Pgina1 1.1 ASPECTOS GENERALES ..........................................................................................................................15 ANTECEDENTES............................................................................................................................................ 15

1.1.12 3 3.1 3.2 3.3 3.4 3.5 3.6 4 4.1 4.2 5 5.1 5.2 5.3

Descripcin del Proceso de Produccin.........................................................................15GESTIN INSTITUCIONAL EN TORNO A LA PROBLEMTICA AMBIENTAL DEL CAMPO..............................................................................................................................................................18 EVALUACIN DE LA GESTIN INSTITUCIONAL.......................................................................25 INDERENA........................................................................................................................................................ 27 MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE................................................................................................... 28 CORPORACIN AUTNOMA REGIONAL DEL SUR DE BOLVAR -CSB-................................ 31 EMPRESA COLOMBIANA DE PETRLEOS -ECOPETROL- ........................................................... 32 INSTITUTO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA -INPA- ..................................................... 38 FONDO DE COFINANCIACION PARA LA INVERSIN RURAL -DRI-........................................ 39 ESTADO DE LOS RECURSOS .................................................................................................................40 RECURSO HDRICO ...................................................................................................................................... 40 RECURSO SUELO Y SUBSECTOR AGRCOLA ................................................................................... 44 VALORACIN ECONMICA DE LOS COSTOS AMBIENTALES ...........................................47 OBJETIVO ......................................................................................................................................................... 47 JUSTIFICACIN.............................................................................................................................................. 47 METODOLOGA ............................................................................................................................................. 48

5.3.1 Levantamiento y anlisis de la informacin ...................................................................48 5.3.1.1 Anlisis de Corte Transversal....................................................................................48 5.3.1.2 Anlisis Longitudinal.................................................................................................585.4VALORACI N ECONMICA............................................................................................................................... 59

5.4.1 5.4.2 5.4.3 5.4.4 5.4.5 5.4.6 5.4.7 5.4.8 5.4.9 5.4.106 7

Marco Conceptual .......................................................................................................59 Valoracin Econmica de la Calidad Ambiental............................................................64 Valoracin Econmica................................................................................................65 Modelos de Regresin No Lineales...............................................................................67 Resultados del Modelo .................................................................................................70 Anlisis Estadstico de los Resultados del Modelo. ........................................................71 Clculo del Excedente del Productor .............................................................................73 Prdida de Excedente para el Productor Afectado ..........................................................74 Cuantificacin de los Costos Ambientales .....................................................................74 Interpretacin de Resultados .........................................................................................76CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES .......................................................................................78 MATRIZ DE LA PROBLEMTICA AMBIENTAL DEL REA DE INFLUENCIA DEL CAMPO CICUCO-BOQUETE. ..................................................................................................................82

NDICE DE TABLAS PginaTABLA NO. 1 INVERSIN AMBIENTAL DE ECOPETROL EN EL CAMPO CICUCO-BOQUETE, DE ACUERDO CON LAS EXIGENCIAS DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES TABLA NO. 2 RESULTADOS DE LOS ANLISIS A LAS AGUAS RESIDUALES TABLA NO. 3 CLCULO DE CARGAS CONTAMINANTES TABLA NO. 4 USO ACTUAL DEL SUELO TABLA NO 5. SITIOS DE MUESTREO PARA EL ANLISIS DE AGUAS Y LODOS TABLA NO. 6 COSTOS MEDIOS UNITARIOS TABLA NO. 7 PROYECCIONES POBLACIONALES TABLA NO. 8 CLCULO DE LA PRDIDA DEL EXCEDENTE DEL PRODUCTOR 21 33 42 44 50 54 58 75

RESUMEN EJECUTIVO AUDITORIA AMBIENTAL A LA ZONA DE INFLUENCIA DEL CAMPO PETROLERO CICUCO-BOQUETE (DEPARTAMENTO DE BOLIVAR) El deterioro socioambiental generado en la zona de influencia, responde a una serie de factores como la construccin de la infraestructura del campo de explotacin, los derrames de petrleo, el aporte de contaminacin del Ro Magdalena, la utilizacin indiscriminada de agroqumicos, la ausencia del servicio de alcantarillado en los Municipios aledaos y la mala disposicin de residuos slidos domsticos y a la ampliacin de la frontera agrcola. La falta de compromiso institucional y la deficiente gestin por parte de las entidades encargadas del uso, manejo y administracin de los recursos naturales con presencia en la zona de influencia, han generado unos costos ambientales de $969.777.311.744, equivalentes a la disminucin del excedente del productor. Transcurridos ms de 10 aos, desde que fue abierto formalmente el expediente sobre la problemtica ambiental de la regin, por parte del INDERENA, tanto esta entidad como el Ministerio del Medio Ambiente y la CSB, no han adelantado un adecuado seguimiento y control a las acciones y medidas impuestas; por lo tanto, estas ltimas no han respondido a los objetivos iniciales de mitigacin y restauracin, y el deterioro ambiental se viene generando progresivamente. En el caso especfico del Relleno Sanitario, el Ministerio del Medio Ambiente no verific que esta obra cumpliera con lo dispuesto en el Auto 049 de enero de 1997, expedido por esta misma autoridad, el cual le exiga a ECOPETROL su entrega al Municipio en "ptimas condiciones de funcionamiento". Obra que represent una prdida de $185 millones, pues no cumpli con las especificaciones y los objetivos propuestos y se encuentra en abandono.

En el proceso de produccin del campo petrolero Cicuco-Boquete, las actividades de proteccin ambiental evidencian un comportamiento paralelo al desarrollo de la normatividad y al proceso de concientizacin, que se ha presentado en el contexto nacional e internacional, en el cual se identifican dos escenarios: El primero se ubica entre los aos 1956 y 1975, desde la exploracin y explotacin hasta la reversin del campo a la Nacin por parte de la empresa concesionaria COLPET. En este perodo se generaron los mayores impactos sobre los ecosistemas debido a las tcnicas y procedimientos que se utilizaron durante la fase de exploracin, los cuales no fueron ejecutados ni monitoreados de acuerdo a las obligaciones contractuales y legales existentes. Durante este lapso, cerca de veinte aos, la concesionaria gener residuos slidos y lquidos, industriales y domsticos, emitidos al ambiente sin ningn tipo de tratamiento, dada la inexistencia de una poltica estatal ambiental que conciliara el desarrollo econmico con el uso racional de los recursos naturales e involucrara normas y estndares de calidad ambiental. Tampoco hubo conciencia por parte de la empresa COLPET, acerca de los posibles efectos que le causara a las generaciones futuras el deterioro y destruccin de los ecosistemas de la zona de influencia.

El segundo escenario se enmarca a partir de 1976, cuando la estatal petrolera, ECOPETROL, comienza la explotacin del campo el cual fue recibido a satisfaccin sin exigirle al concesionario actividades o procesos de recuperacin y restauracin de las reas afectadas durante su explotacin. De otra parte, a pesar de existir autoridad ambiental e instrumentos jurdicos, con los Decretos 2104 de 1983 y el 1594 de 1984, para exigirle a ECOPETROL el uso racional de los recursos naturales, se presenta un amplio perodo en el que el INDERENA, Seccional Bolvar, no hace pronunciamiento alguno. Slo en 1988, como respuesta a denuncias de la comunidad, el Instituto comienza a ejercer su funcin como autoridad ambiental y administradora de los recursos naturales y abre el expediente No.163 de 1988 a nombre de ECOPETROL, por informacin sobre daos ambientales en el Campo Cicuco, y comienza a exigir requisitos de calidad ambiental en las caracterizaciones de agua y aire, y a solicitarle a la empresa estatal obras de mitigacin para la zona afectada. El INDERENA y, posteriormente, el Ministerio del Medio Ambiente, no emitieron concepto oportuno sobre las especificaciones tcnicas de diseo y construccin de las obras civiles requeridas a ECOPETROL a fin de garantizar la efectividad de las mismas y el cumplimiento del objetivo para el cual fueron requeridas. La falta de oportunidad en las actuaciones del INDERENA prolong las acciones que generaron deterioro ambiental y aplazaron las obras de mitigacin que deba emprender ECOPETROL; lo anterior, ocasion que la empresa iniciara las obras de mitigacin slo a partir de 1991, cuando construy, parcialmente, el sistema de tratamiento de aguas residuales industriales, separador API, y algunas obras civiles de interconexin hidrulica. El Ministerio inicia su gestin de manera decisiva al suspender las actividades del campo en 1994, por los daos causados al complejo de cinagas, algunos de ellos irreparables; no obstante, levanta la suspensin mediante acta de compromiso y pasa por alto su funcin principal como autoridad ambiental de velar por un ambiente sano, de acuerdo con lo preceptuado en la Constitucin Nacional. Prueba de ello es que no adelanta la investigacin ordenada en la Resolucin 245 del 5 de Agosto de 1994 y, por el contrario, permite la dilacin de acciones de mitigacin y/o compensacin, ya que algunos requerimientos hechos en 1995 vuelve a solicitarlos en 1997. De otra parte, el Ministerio ha desconocido su obligacin de establecer tcnicamente las metodologas de valoracin de los costos econmicos del deterioro y de la conservacin del medio ambiente y de los recursos naturales renovables, incumpliendo con el numeral 43 del Artculo 5 de la Ley 99 de 1993; de igual manera, se ha abstenido de denunciar ante las autoridades competentes los hechos que atenten contra la proteccin ambiental y el manejo adecuado de los recursos naturales, con el propsito de iniciar las investigaciones de carcter penal, sin perjuicio de adelantar acciones para la imposicin de sanciones y medidas preventivas. Esta situacin se ha presentado a pesar de las solicitudes hechas por la poblacin afectada, en el sentido de requerir al Ministerio para la realizacin del Estudio de Impacto Ambiental, con el propsito de determinar la magnitud de los daos causados por las actividades petroleras. Slo en 1999, mediante la Resolucin 0964 del 12 de noviembre, el Ministerio del Medio Ambiente acta decididamente y formula un pliego de cargos a ECOPETROL y le establece el cumplimiento de sus obligaciones. Entre tanto, el INPA, a pesar de haber participado en varias reuniones de concertacin, por medio de la Direccin Regional Atlntico, y de haber firmado las actas donde se comprometi a liderar el

convenio interinstitucional para el fomento de la pesca artesanal y de la acuicultura en la zona, ha adelantado mnimas acciones para darle cumplimiento a lo pactado y no ha ejercido eficaz presencia institucional en la zona de explotacin petrolera, con el fin de adelantar un control efectivo sobre las tallas, las artes y aparejos de pesca, para verificar si cumplen con las normas reglamentarias; sobre todo si se considera la presin indebida que se realiza sobre el recurso, con el empleo de elementos como el trasmallo que no permiten la seleccin adecuada por tamaos de especies. En cuanto a la Corporacin del Sur de Bolvar -CSB-, sta no se ha pronunciado sobre los resultados de las caracterizaciones de aguas residuales que enva ECOPETROL peridicamente, a pesar que no cumplen con la norma especfica de vertimiento, en cuanto a porcentajes de remocin de la DBO5 y DQO, pH, Temperatura ySlidos Suspendidos, ni con el tipo de caracterizacin exigida por la norma de vertimiento especfico, ya que los anlisis se han realizado a muestras simples y puntuales de un solo da, lo cual no permite obtener una evaluacin real y consistente sobre la calidad del vertimiento ni sobre la eficiencia del Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales -STAR- del Campo Cicuco. Tampoco realiza actividades mensuales de seguimiento y control sobre los vertimientos lquidos, como lo establece el artculo dcimo de la Resolucin 486 del 11 de diciembre/96, en la que se otorga el permiso definitivo al campo petrolero. El resultado de los anlisis, reportados por ECOPETROL, toma como punto de referencia directa al Decreto 1594/84, y no tiene en cuenta las exigencias especficas de vertimiento establecidas en las resoluciones por medio de las cuales se otorg el permiso de vertimientos. Por ejemplo, declara que cumple con el porcentaje de remocin en carga de DBO5 y DQO, porque es superior al 20% de acuerdo con el Decreto1594/84, cuando las resoluciones anteriormente mencionadas, le establecen un mnimo de remocin del 80% para estos parmetros; similar situacin se presenta con el pH, Temperatura y Slidos Suspendidos. As mismo, ha venido incumpliendo lo establecido en estas resoluciones, en cuanto al tipo de muestras que deben ser analizadas y a la manera como deben ser reportados los resultados. Segn las citadas resoluciones las muestras deben ser compuestas diarias, tomadas durante cinco das de produccin normal y el reporte de resultados debe ser por da para cada parmetro, el promedio por parmetro y las cargas diarias; pero ECOPETROL reporta resultados de anlisis a muestras simples de un solo da. ECOPETROL ha realizado inversiones en obras civiles, como los Box Culvert, cuyo objetivo es restaurar la intercomunicacin de los cuerpos de agua separados por los carreteables abiertos en la zona; pese a esto, la infraestructura construida no responde a las caractersticas hidrulicas del complejo cenagoso, ocasionando represamiento de material vegetal en las cinagas en poca de inundacin, o la interrupcin de los cuerpos de agua en poca de estiaje . La empresa tambin implement la construccin del Relleno Sanitario "Paraso Verde", en cumplimiento de la Resolucin 0174 de Agosto/93, como obra de compensacin para las comunidades asentadas en el rea de influencia de la explotacin petrolera. La obra por un valor aproximado de $185000.000, fue entregada el 2 de julio de 1996, mediante acta firmada por el Jefe del Departamento de Produccin Cicuco y el alcalde municipal, el que manifiesta recibir las citadas obras a su entera satisfaccin. Sin embargo, en la visita de campo se observ que, en lugar de ser una medida de compensacin para que la comunidad se beneficiara con una adecuada disposicin de residuos slidos, ha generado pasivos ambie ntales por las condiciones freticas del suelo, aspecto ltimo que no fue tenido en cuenta por la firma consultora, no obstante haber advertido este hecho en uno de los sondeos de exploracin efectuado, al igual que tampoco tuvo en cuenta los registros histricos pluvimetricos de la zona.

Las omisiones que se presentaron en el proceso de diseo, aprobacin y construccin del Relleno Sanitario, generaron prdidas econmicas y deterioro del erario pblico porque la obra no cumpli con el objeto y fines sealados. El INDERENA dio aprobacin inicial al diseo del relleno y despus, el Ministerio del Medio Ambiente emiti concepto tcnico desfavorable sobre este diseo y el sitio de ubicacin, aunque permiti que la obra se ejecutara hasta el final, sin hacer requerimientos de ajustes, para que la infraestructura respondiera a las necesidades de la poblacin, u ordenar la suspensin de la misma; ECOPETROL, por su parte, fall en la interventora realizada, tanto en el diseo inicial como en la etapa de construccin, y entreg el relleno al Municipio sin las adecuadas condiciones de funcionamiento, pasando por alto lo exigido en el Auto 049 del 30 de enero/97. En cuanto a la infraestructura del campo se refiere, debe realizarse una evaluacin de los 31 pozos en abandono temporal, dados los problemas que pueden generarse al presentar condiciones como robo de tubera, manipulacin de las vlvulas de seguridad y derrames por diferentes factores. De los 65 pozos del campo slo 16 se encuentran activos, por lo que sera conveniente realizar una evaluacin de la tubera a recoger y almacenarla para que no se continen presentando robos de la misma, como ha venido sucediendo. Ninguno de los pozos, tanto los que estn ubicados en las zonas urbanas (protegidos por una malla que los asla del entorno) como en las reas rurales, poseen contrapozo de seguridad, medida de control que ayudara a evitar que el hidrocarburo derramado, por cualquier circunstancia, contamine el suelo y/o llegue a los cuerpos de agua cercanos, con sus consecuentes impactos negativos sobre la fauna y la flora. La valoracin parcial de los costos ambientales generados por la extraccin del petrleo en el campo CicucoBoquete, se puede establecer a travs de la cuantificacin de la disminucin en el beneficio econmico por uso del recurso pesquero, que sufre la poblacin dependiente de esta actividad, como resultado del paulatino deterioro del recurso hdrico en las reas de influencia directa del campo petrolero. De acuerdo con la muestra seleccionada, se estima que la diferencia en cantidad de peces extrados entre reas no afectadas y afectadas alcanza proporciones de 2.24 veces ms en las cinagas fuera del rea de influencia del campo, considerando la mediana muestral; en trminos de costos medios de produccin incluido el tiempo de trabajo, esta diferencia es de 2.54 veces mayor en las reas contaminadas, lo que revela las diferencias significativas que existen en el esfuerzo de pesca, lo cual sumado a la merma ostensible en la captura da una idea de la incidencia que la afectacin por la extraccin petrolera genera sobre el recurso pesquero para las comunidades asentadas en el rea y con mnimas opciones de generacin de ingresos y alimentacin. Los costos ambientales estimados, para el caso de la explotacin del recurso pesquero en la Isla de Mompox, se cuantifican como la disminucin en el excedente del productor por incremento en los costos medios de produccin y disminucin en los volmenes de captura, evaluado a lo largo de tiempo de la explotacin petrolera; as, el valor de los costos ambientales estimados para los 528 meses considerados, es de $969.777.311.744 (a pesos de 1999), con un rango de confianza superior al 95%. Es de esperar que con la implementacin de las acciones de manejo ambiental1 tendientes a restaurar la capacidad pisccola, por parte de ECOPETROL y de las diferentes entidades del Estado que tienen responsabilidad sectorial y presencia en la zona (Ministerio del Medio Ambiente,1

Contempladas en el plan de manejo ambiental aprobado por el Ministerio del Medio Ambiente

Ministerio de Obras Pblicas, Ministerio de Agricultura, CSB, INPA, SENA, SRI, Red de Solidaridad, Gobernacin, Alcaldas Municipales, entre otras), pueda recuperarse la riqueza acucola derivada de las particulares condiciones del rea cenagosa. Aunque no sera una compensacin al dao causado sino que es la forma de evitar, a futuro, seguir configurando el deterioro progresivo del ecosistema de soporte de la actividad pesquera. Todas las irregularidades sealadas a lo largo del informe, tanto fiscales como disciplinarios, se trasladaran a la Contralora Delegada de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdiccin Coactiva y a la Procuradura General respectivamente, con el objeto de establecer las responsabilidades a que haya lugar.

Doctor JUAN MAYR MALDONADO Ministro del Medio Ambiente Ciudad Respetado seor Ministro: La Contralora General de la Repblica, en cumplimiento de su misin constitucional y legal, en especial lo decretado en el artculo 267 de la Constitucin Poltica y en el 8 de la Ley 42 de 1993, y el Departamento Nacional de Planeacin, a solicitud de los alcaldes de los Municipios de Cicuco y Talaigua Nuevo en el Departamento de Bolvar, realiz una Auditora Ambiental a la zona de influencia del Campo Petrolero Cicuco-Boquete (Departamento de Bolvar), la cual incluy la cuantificacin del impacto por el uso y deterioro de los recursos naturales, mediante la metodologa de costos inducidos, tcnica prdida de productividad. Dentro del proceso de evaluacin se determin que la falta de compromiso institucional y la deficiente gestin por parte de las entidades encargadas del uso, manejo y administracin de los recursos naturales, con presencia en la zona de influencia, han generado unos costos ambientales estimados en $969.777.311.744 , equivalente a la disminucin del excedente del productor en la unidad familiar En el proceso de produccin del campo petrolero Cicuco-Boquete, las actividades de proteccin ambiental evidencian un comportamiento paralelo al desarrollo de la normatividad y al proceso de concientizacin que se ha presentado en el contexto nacional e internacional, en el cual se identifican dos escenarios. El primero se ubica entre los aos 1956 y 1975, desde la exploracin y explotacin hasta la reversin del campo a la Nacin por parte de la empresa concesionaria COLPET. En este perodo se generaron los mayores impactos sobre los ecosistemas debido a las tcnicas y procedimientos que se utilizaron durante la fase de exploracin los cuales no fueron ejecutados ni monitoreados de acuerdo a las obligaciones contractuales y legales existentes. Durante este lapso, cerca de veinte aos, la concesionaria gener residuos slidos y lquidos, industriales y domsticos, emitidos al ambiente sin ningn tipo de tratamiento, dada la inexistencia de una poltica estatal ambiental que conciliara el desarrollo econmico con el uso racional de los recursos naturales e involucrara normas y estndares de calidad ambiental. Tampoco hubo conciencia por parte de la empresa COLPET, acerca de los posibles efectos que le causara a las generaciones futuras el deterioro y destruccin de los ecosistemas de la zona de influencia. El segundo escenario se enmarca a partir de 1976, cuando la estatal petrolera, ECOPETROL, comienza la explotacin del campo el cual fue recibido a satisfaccin sin exigirle al concesionario actividades o procesos de recuperacin y restauracin de las reas afectadas durante su explotacin. De otra parte, a pesar de existir autoridad ambiental e instrumentos jurdicos, con los Decretos 2104 de 1983 y el 1594 de 1984, para exigirle a ECOPETROL el uso racional de los recursos naturales, se presenta un amplio perodo en que el INDERENA, Seccional Bolvar, no hace pronunciamiento alguno. Slo en 1988, como respuesta a denuncias de la comunidad, el Instituto comienza a ejercer su funcin como autoridad ambiental y administradora de los recursos naturales

y abre el expediente No.163 a nombre de ECOPETROL, por informacin sobre daos ambientales en el Campo Cicuco, y comienza a exigir requisitos de calidad ambiental en las caracterizaciones de agua y aire, y a solicitarle a la empresa estatal obras de mitigacin para la zona afectada. El INDERENA y, posteriormente, el Ministerio del Medio Ambiente, no emitieron concepto oportuno sobre las especificaciones tcnicas de diseo y construccin de las obras civiles requeridas a ECOPETROL a fin de garantizar la efectividad de las mismas y el cumplimiento del objetivo para el cual fueron requeridas. La falta de oportunidad en las actuaciones del INDERENA prolong las acciones que generaron deterioro ambiental y aplazaron las obras de mitigacin que deba emprender ECOPETROL; lo anterior, ocasion que la empresa iniciara las obras de mitigacin slo a partir de 1991, cuando construy, parcialmente, el sistema de tratamiento de aguas residuales industriales, separador API, y algunas obras civiles de interconexin hidrulica. El Ministerio inicia su gestin de manera decisiva al suspender las actividades del campo en 1994, por los daos causados al complejo de cinagas, algunos de ellos irreparables; no obstante, levanta la suspensin mediante acta de compromiso y pasa por alto su funcin principal como autoridad ambiental de velar por un ambiente sano, de acuerdo con lo preceptuado en la Constitucin Nacional. Prueba de ello es que no adelanta la investigacin ordenada en la Resolucin 245 del 5 de Agosto de 1994 y, por el contrario, permite la dilacin de acciones de mitigacin y/o compensacin, ya que algunos requerimientos hechos en 1995 vuelve a solicitarlos en 1997. De otra parte, el Ministerio ha desconocido su obligacin de establecer tcnicamente las metodologas de valoracin de los costos econmicos del deterioro y de la conservacin del medio ambiente y de los recursos naturales renovables, incumpliendo con el numeral 43 del Artculo 5 de la Ley 99 de 1993; de igual manera, se ha abstenido de denunciar ante las autoridades competentes los hechos que atenten contra la proteccin ambiental y el manejo adecuado de los recursos naturales, con el propsito de iniciar las investigaciones de carcter penal, sin perjuicio de adelantar acciones para la imposicin de sanciones y medidas preventivas. Esta situacin se ha presentado a pesar de las solicitudes hechas por la poblacin afectada, en el sentido de requerir al Ministerio para la realizacin del Estudio de Impacto Ambiental, con el propsito de determinar la magnitud de los daos causados por las actividades petroleras. Slo en 1999, mediante la Resolucin 0964 del 12 de noviembre, el Ministerio del Medio Ambiente acta decididamente y formula un pliego de cargos a ECOPETROL y le establece el cumplimiento de sus obligaciones. Entre tanto, el INPA, a pesar de haber participado en varias reuniones de concertacin, por medio de la Direccin Regional Atlntico, y de haber firmado las actas donde se comprometi a liderar el convenio interinstitucional para el fomento de la pesca artesanal y de la acuicultura en la zona, ha adelantado mnimas acciones para darle cumplimiento a lo pactado y no ha ejercido eficaz presencia institucional en la zona de explotacin petrolera, con el fin de adelantar un control efectivo sobre las tallas, las artes y aparejos de pesca, para verificar si cumplen con las normas reglamentarias; sobre todo si se considera la presin indebida que se realiza sobre el recurso, con el empleo de elementos como el trasmallo que no permiten la seleccin adecuada por tamaos de especies. En cuanto a la Corporacin Autnoma Regional del Sur de Bolvar -CSB-, no se ha pronunciado sobre los resultados de las caracterizaciones de aguas residuales que enva ECOPETROL peridicamente, a pesar que no cumplen con la norma especfica de vertimiento, en cuanto a

porcentajes de remocin de la DBO5 y DQO, pH, Temperatura y Slidos Suspendidos, ni con el tipo de caracterizacin exigida por la norma de vertimiento especfico, ya que los anlisis se han realizado a muestras simples y puntuales de un solo da, lo cual no permite obtener una evaluacin real y consistente sobre la calidad del vertimiento ni sobre la eficiencia del Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales -STAR- del Campo Cicuco. Tampoco realiza actividades mensuales de seguimiento y control sobre los vertimientos lquidos, como lo establece el artculo dcimo de la Resolucin 486 del 11 de diciembre/96, en la que se otorga el permiso definitivo al campo petrolero. El resultado de los anlisis, reportados por ECOPETROL, toma como punto de referencia directa al Decreto 1594/84, y no tiene en cuenta las exigencias especficas de vertimiento establecidas en las resoluciones por medio de las cuales se otorg el permiso de vertimientos. Por ejemplo, declara que cumple con el porcentaje de remocin en carga de DBO5 y DQO, porque es superior al 20% de acuerdo con el Decreto1594/84, cuando las resoluciones anteriormente mencionadas, le establecen un mnimo de remocin del 80% para estos parmetros; similar situacin se presenta con el pH, Temperatura y Slidos Suspendidos. As mismo, ha venido incumpliendo lo establecido en estas resoluciones, en cuanto al tipo de muestras que deben ser analizadas y a la manera como deben ser reportados los resultados. Segn las citadas resoluciones las muestras deben ser compuestas diarias, tomadas durante cinco das de produccin normal y el reporte de resultados debe ser por da para cada parmetro, el promedio por parmetro y las cargas diarias; pero ECOPETROL reporta resultados de anlisis a muestras simples de un solo da. ECOPETROL ha realizado inversiones en obras civiles, como los Box Culvert, cuyo objetivo es restaurar la intercomunic acin de los cuerpos de agua separados por los carreteables abiertos en la zona; pese a esto, la infraestructura construida no responde a las caractersticas hidrulicas del complejo cenagoso, ocasionando represamiento de material vegetal en las cinagas en poca de inundacin, o la interrupcin de los cuerpos de agua en poca de estiaje . La empresa tambin implement la construccin del Relleno Sanitario "Paraso Verde", en cumplimiento de la Resolucin 0174 de Agosto/93, como obra de compensacin para las comunidades asentadas en el rea de influencia de la explotacin petrolera. La obra por un valor aproximado de $185000.000, fue entregada el 2 de julio de 1996, mediante acta firmada por el Jefe del Departamento de Produccin Cicuco y el alcalde municipal, el que manifiesta recibir las citadas obras a su entera satisfaccin. Sin embargo, en la visita de campo se observ que, en lugar de ser una medida de compensacin para que la comunidad se beneficiara con una adecuada disposicin de residuos slidos, ha generado pasivos ambientales por las condiciones freticas del suelo, aspecto ltimo que no fue tenido en cuenta por la firma consultora, no obstante haber advertido este hecho en uno de los sondeos de exploracin efectuado, al igual que tampoco tuvo en cuenta los registros histricos pluvimetricos de la zona. Las omisiones que se presentaron en el proceso de diseo, aprobacin y construccin del Relleno Sanitario, generaron prdidas econmicas y deterioro del erario pblico porque la obra no cumpli con el objeto y fines sealados. El INDERENA dio aprobacin inicial al diseo del relleno y despus, el Ministerio del Medio Ambiente emiti concepto tcnico desfavorable sobre este diseo y el sitio de ubicacin, aunque permiti que la obra se ejecutara hasta el final, sin hacer requerimientos de ajustes, para que la infraestructura respondiera a las necesidades de la poblacin, u ordenar la suspensin de la misma; ECOPETROL, por su parte, fall en la interventora realizada, tanto en el diseo inicial como en la etapa de construccin, y entreg el relleno al

Municipio sin las adecuadas condiciones de funcionamiento, pasando por alto lo exigido en el Auto 049 del 30 de enero/97. En cuanto a la infraestructura del campo se refiere, debe realizarse una evaluacin de los 31 pozos en abandono temporal, dados los problemas que pueden generarse al presentar condiciones como robo de tubera, manipulacin de las vlvulas de seguridad y derrames por diferentes factores. De los 65 pozos del campo slo 16 se encuentran activos, por lo que sera conveniente realizar una evaluacin de la tubera a recoger y almacenarla para que no se continen presentando robos de la misma, como ha venido sucediendo. Ninguno de los pozos, tanto los que estn ubicados en las zonas urbanas (protegidos por una malla que los asla del entorno) como en las reas rurales, poseen contrapozo de seguridad, medida de control que ayudara a evitar que el hidrocarburo derramado, por cualquier circunstancia, contamine el suelo y/o llegue a los cuerpos de agua cercanos, con sus consecuentes impactos negativos sobre la fauna y la flora. La valoracin parcial de los costos ambientales generados por la extraccin del petrleo en el campo CicucoBoquete, se puede establecer a travs de la cuantificacin de la disminucin en el beneficio econmico por uso del recurso pesquero, que sufre la poblacin dependiente de esta actividad, como resultado del paulatino deterioro del recurso hdrico en las reas de influencia directa del campo petrolero. De acuerdo con la muestra seleccionada, se estima que la diferencia en cantidad de peces extrados entre reas no afectadas y afectadas alcanza proporciones de 2.24 veces ms en las cinagas fuera del rea de influencia del campo, considerando la mediana muestral; en trminos de costos medios de produccin incluido el tiempo de trabajo, esta diferencia es de 2.54 veces mayor en las reas contaminadas, lo que revela las diferencias significativas que existen en el esfuerzo de pesca, lo cual sumado a la merma ostensible en la captura da una idea de la incidencia que la afectacin por la extraccin petrolera genera sobre el recurso pesquero para las comunidades asentadas en el rea y con mnimas opciones de generacin de ingresos y alimentacin. Los costos ambientales, para el caso de la explotacin del recurso pesquero en la Isla de Mompox, se cuantifican como la disminucin en el excedente del productor por incremento en los costos medios de produccin y disminucin en los volmenes de captura, evaluado a lo largo de tie mpo de la explotacin petrolera; as, el valor de los costos ambientales para los 528 meses considerados, fue estimada en $969.777.311.744 (a pesos de 1999), con un rango de confianza superior al 95%. Es de esperar que con la implementacin de las acciones de manejo ambiental2 tendientes a restaurar la capacidad pisccola, por parte de ECOPETROL y de las diferentes entidades del Estado que tienen presencia en la zona (Ministerio del Medio Ambiente, Ministerio de Obras Pblicas, Ministerio de Agricultura, CSB, INPA, SENA, SRI, Red de Solidaridad, Gobernacin, Alcaldas Municipales, entre otras), pueda recuperarse la riqueza acucola derivada de las particulares condiciones del rea cenagosa. Aunque no sera una compensacin al dao causado sino que es la forma de evitar, a futuro, seguir configurando el deterioro progresivo del ecosistema de soporte de la actividad pesquera. Todas las irregularidades sealadas a lo largo del informe, tanto fiscales como disciplinarios, se trasladaran a la Contralora Delegada de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdiccin Coactiva y

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Contempladas en el plan de manejo ambiental aprobado por el Ministerio del Medio Ambiente

a la Procuradura General respectivamente, con el objeto de establecer las responsabilidades a que haya lugar. Santa Fe de Bogot, D.C.,

FRANCISCO JOSE RUIZ MARMOLEJO Contralor Dele gado para el Medio Ambiente

1 1.1 ANTECEDENTES

ASPECTOS GENERALES

El campo de explotacin petrolera se encuentra localizado en la Isla Margarita o de Mompox y tiene como rea de influencia 50.000 hectreas en los Municipios de Cicuco3 , Talaigua Nuevo y Mompox, en el Departamento de Bolvar. El desarrollo de la actividad petrolera en el rea se inicia en el ao 1956, cuando a la Compaa Colombian Petroleum Company -COLPET- le fue otorgada la concesin4 Cicuco-Violo. Entre los aos 1960 y 1962 se construye la planta de gas y el gasoducto Cicuco-Barranquilla. Al terminarse los 20 aos de la concesin, el campo petrolero pasa a ser administrado por ECOPETROL, la reversin ocurre el 1 de diciembre de 1975; en 1976 empez su administracin por parte de Distrito Norte de ECOPETROL y a partir de Julio de 1991 pasa a la Gerencia de Produccin de dicha entidad. La infraestructura de produccin de ECOPETROL en la Isla de Mompox est conformada por los campos Cicuco-Boquete, Zenn, Momposina, Violo y Boquilla, con un total de 65 pozos perforados, distribuidos as: En produccin se encuentran 16 pozos, Cicuco 2, 3, 4, 8, 18 y 22; Boquete 2, 4, 7, 8, 9, 11, 19, 20 y 23, y el Momposina 1; en abandono temporal 33 pozos, Cicuco 1, 5, 6, 7, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 23, 26 y 28; Boquete 1, 3, 5, 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18; Boquilla 1 y 3; Violo 1A, 2 y 3, y Zenn 1 y 2; y en abandono definitivo con tapones de cemento estn 16 pozos, Cicuco 9, 10, 17, 24, 25 y 27; Boquete 6, 21, 22 y 24; Boquilla 2D, 4, 5 y 6D; Violo 1 y Zenn 3. En el ao 2000, el Ministerio de Minas autoriz a la empresa para abandonar los pozos Cicuco 1, 5, 6, 7, 11, 16, 17 y 28 y el Boquete 5, de 27 que ECOPETROL le solicit (agosto/2000); abandono que debi ejecutarse hacia la tercera semana de noviembre del mismo ao. La produccin de los campos Cicuco y Boquete fue de 509.156 bbls de petrleo en el primer ao (1957), mantenindose en ascenso hasta 1960, fecha en la cual alcanza su punto mximo con 8154.706 bbls. A partir de dicho ao la produccin tiene un comportamiento descendente, a una tasa promedio anual cercana al 13%, hasta llegar en 1998 a una produccin anual de 203.976 bbls, aproximadamente, siendo el que ms aporta el campo Cicuco con el 85%. 1.1.1 Descripcin del Proceso de Produccin

La extraccin del crudo y el gas se realiza por levantamiento artificial utilizando el mtodo de Gas Lift, en el cual se inyecta gas a la columna de crudo con el fin de disminuir su densidad hacindola ms liviana y facilitando as el flujo hasta la superficie.

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Ente territorial creado el 13 de diciembre de 1994, mediante ordenanza No. 030/94, segregado del Municipio de Talaigua Nuevo, 4 Los contra tos petroleros anteriores al Decreto-Ley 2310 de 1974 se conocen como Contratos de Concesin; a partir de este ao, los contratos petroleros se constituyen en Contratos de Asociacin.

La lnea de conduccin se inicia desde los pozos de extraccin hacia la estacin de recoleccin de la zona industrial de Cicuco (para el crudo) y en la planta compresora de gas (para el gas); all es tratado y llevado a la estacin Chicagua y, por ltimo, es enviado al oleoducto Ayacucho-Coveas. Previamente a ser recibida en la estacin de Cicuco, los pozos de Boquete conducen su produccin a la batera Boquete, ubicada al suroriente del rea industrial de Cicuco. En esta estacin el crudo se separa y posteriormente se transporta por una lnea de 4 y 12 km de longitud, el gas se conduce por una lnea de 12 para obtener Etano, GLP (gas licuado de petrleo) y gasolina natural. El lquido es bombeado hacia los tanques de recoleccin de 5000 bbls, ubicados en esta rea industrial, donde se presenta un proceso de separacin por gravedad formndose un colchn de agua en el fondo de los tanques, el que drena peridicamente hacia el sistema de tratamiento de aguas residuales industriales para, finalmente, ser descargada al Cao Chicagua. Este sistema est conformado por: un separador API, una piscina de oxidacin, cinco bio-reactores, un filtro de grava e inyectores de aire. El separador API tiene como funcin primordial extraer la pelcula de aceite que flota en el agua, mediante un proceso de separacin gravitacional, la cual es llevada a los tanques de almacenamiento. El efluente generado en este proceso es conducido hacia la piscina de oxidacin, pasando previamente por los bio-reactores en donde se degradan los fenoles y aceites residuales, al final el agua proveniente de la piscina de oxidacin es descargada al cao Chicagua.

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Produccin Anual Campo Cicuco-Boquete8,100,000 7,800,000 7,500,000 7,200,000 6,900,000 6,600,000 6,300,000 6,000,000 5,700,000 5,400,000 5,100,000 4,800,000 4,500,000bbls

4,200,000 3,900,000 3,600,000 3,300,000 3,000,000 2,700,000 2,400,000 2,100,000 1,800,000 1,500,000 1,200,000 900,000 600,000 300,000 058 60 62 64 66 68 70 72 74 76 78 80 82 84 86 88 90 92 94 A o 96

Petroleo Agua Gas

2,300,000,000 2,250,000,000 2,200,000,000 2,150,000,000 2,100,000,000 2,050,000,000 2,000,000,000 1,950,000,000 1,900,000,000 1,850,000,000 1,800,000,000 1,750,000,000 1,700,000,000 1,650,000,000 1,600,000,000 1,550,000,000 1,500,000,000 1,450,000,000 1,400,000,000 1,350,000,000 1,300,000,000 1,250,000,000 1,200,000,000 1,150,000,000 1,100,000,000 1,050,000,000 1,000,000,000 950,000,000 900,000,000 850,000,000 800,000,000 750,000,000 700,000,000 650,000,000 600,000,000 550,000,000 500,000,000 450,000,000 400,000,000 350,000,000 300,000,000 250,000,000 200,000,000 150,000,000 100,000,000 50,000,000 0

Mscf

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GESTIN INSTITUCIONAL EN TORNO A LA PROBLEMTICA AMBIENTAL DEL CAMPO

La problemtica ambiental presentada en la zona de influencia del Campo Cicuco-Boquete, fue determinada desde hace aproximadamente 11 aos, debido a las denuncias hechas por la comunidad aledaa ante el extinto INDERENA, autoridad ambiental de la poca, y con las cuales se adela nt un litigio a ECOPETROL por los derrames de hidrocarburos. En dichos procesos han participado la mayora de las entidades estatales del orden nacional con presencia en la zona; la comunidad, a travs de las asociaciones de pescadores, y la empresa petrolera como directamente involucrada. Es as como, en 1988, el Instituto Colombiano de Recursos Naturales -INDERENA-, abre el expediente No.163 a nombre de ECOPETROL, como consecuencia de las denuncias interpuestas por la Accin Comunal del Corregimiento de El Vesubio, Municipio de Talaigua Nuevo, Departamento de Bolvar, sealando la forma como ECOPETROL est haciendo la explotacin de petrleo en el rea causando graves problemas ecolgicos5 , y ordena visita de inspeccin ocular al sitio, con base en la cual se emite el concepto tcnico No. 042 del 19 de Abril/89, que concluye: La actividad petrolera ha afectado a dos recursos principalmente: el agua y la pesca. Esto se ve reflejado en el bajo nivel de vida de los pobladores de la zona de El Vesubio. Existen zonas contaminadas por hidrocarburos, sobre los playones y en los bajos inundables prximos a los pozos. No existe tratamiento adecuado de las aguas de produccin en la batera del campo Cicuco, razn por la cual se producen vertimientos a bajos pantanosos con altas cargas contaminantes que no han sido evaluadas. No existen estudios ambientales que permitan establecer los impactos que el proyecto ha venido causando sobre la fauna de la zona, en particular sobre la poblacin de Icotea. No se conocen l s patrones naturales de drenaje de las cinagas, por lo que no se puede o establecer los efectos que las obras de infraestructura del campo hayan causado sobre la dinmica de las aguas y los peces en las diversas pocas del ao. No se ha respondido adecuadamente a las expectativas de la poblacin, generadas por el proyecto, por lo que se presentan tensiones entre las comunidades y ECOPETROL. Durante 1980 se realizaron labores de prospeccin ssmica en la Isla de Mompox por parte de la Western Geophsical, que no fueron declaradas ante el INDERENA, desconociendo la legislacin ambiental existente y segn lo expresado por los pobladores del Vesubio, como por autoridades de Talaigua Nuevo, causaron graves daos al recurso ctico de estos cuerpos de agua y mortandad en gran parte de la poblacin. Los daos no fueron evaluados y la comunidad no fue indemnizada.

El INDERENA, mediante Resolucin 0776 del 10 de julio /89, ampara el anterior concepto y requiere a ECOPETROL para que realice la limpieza de las zonas afectadas por la contaminacin con hidrocarburos, y adopte, en el trmino de seis meses a la ejecutoria de la resolucin, medidas inmediatas con el fin de eliminar el vertimiento de hidrocarburos al ambiente, as mismo deba adjuntar un Plan de Contingencia, un Plan de cumplimiento y un cronograma de ejecucin de obras, para el tratamiento de las aguas de produccin; de igual forma, un programa de recuperacin5

Oficio remitido por la comunidad al INDERENA

de drenajes naturales, un programa de recuperacin del recurso en las cinagas afectadas y un programa de preservacin, conservacin y manejo de la tortuga Icotea, todo ello enmarcado dentro del Plan de Manejo Ambiental -PMA-. ECOPETROL presenta, el 19 de julio/89, recurso de reposicin a la anterior Resolucin y el INDERENA, por medio de la Resolucin 0232 del 9 de Marzo/90, niega el recurso y confirma lo dispuesto e impone plazo de treinta das para el informe de avance sobre estudios ambientales. Mediante oficio del 28 de mayo/91 ECOPETROL hace entrega a la Secretara General del INDERENA de: Plan de Contingencia y Plan de Manejo Ambiental -PMA- del Campo Cicuco, y del estudio sobre la Evaluacin de la disminucin de la poblacin de la tortuga Icotea en el rea comprendida entre Magangu y Mompox. En mayo y junio de 1993, el Instituto hace una visita al campo para hacerle seguimiento a las obligaciones impuestas en las Resoluciones 0776 de julio/1989 y 0232 de marzo/1990; con base en esta inspeccin, emite el Concepto Tcnico 062 del 13 de agosto/93 donde realiza un diagnstico de la contaminacin de los cuerpos de agua de la zona y evala el cumplimiento de las obligaciones. Mediante Resolucin 0174 del 17 de agosto/93, el INDERENA ampara el anterior concepto, aprueba el Plan de Manejo Ambiental para el Campo Cicuco-Boquete, otorga permiso provisional de vertimientos y lo condiciona a la presentacin de: planos, diseos de ingeniera bsica y memorias de clculo del relleno sanitario; estudio ecolgico sobre las cinagas La Borda, Arenal, Los Ponches y El Mechn; la caracterizacin de las aguas residuales de produccin del campo antes y despus de los sistemas de tratamiento implementados y de un programa de mantenimiento de la tubera de conduccin. Adems, establece en el Artculo 4, numerales d y e, que los anlisis debern realizarse a muestras compuestas diarias tomadas durante cinco das consecutivos de produccin normal de la empresa, reportando los resultados de cada da, el promedio por parmetro y las cargas diarias, antes y despus de los sistemas de tratamiento implementados, de igual manera indica los parmetros mnimos de la caracterizacin y la norma de vertimiento que se debe cumplir. El anterior requerimiento se ratifica en la Resolucin 066/95 del INDERENA, en la que se prorroga el Permiso Provisional y en la Resolucin 486/96 de la CSB, que concede el permiso definitivo de vertimiento. A partir del 8 de abril de 1994, el INDERENA le entrega el expediente al Ministerio del Medio Ambiente, que realiza su primera actuacin el 5 de agosto del mismo ao, mediante la Resolucin 0245, la cual suspende actividades, ordena abrir investigacin a ECOPETROL por daos irreparables causados a los complejos cenagosos e impone unas obligaciones. Algunas de ellas fueron: ECOPETROL deber realizar estudios ecolgicos e hidrolgicos de las cinagas y presentar los trminos de referencia en 15 das Obras de adecuacin de la estacin 2 y Boquete Realizar seguimiento a los estudios y obras de manejo y recuperacin ambiental del campo Cicuco y las cinagas que lo rodean

La medida de suspensin fue levantada en atencin al acta del 8 de septiembre/94, en la cual ECOPETROL se compromete al cumplimiento de lo exigido en la Resolucin 0245.19

En febrero 12 de 1995 el Ministerio realiza una visita de inspeccin al campo, emite el concepto tcnico 020 el 10 de abril/95 y expide el Auto 376 del 8 de junio/95 donde le exige a ECOPETROL, entre otros, los siguientes: Realizar un diagnstico de todas las lneas de transferencia que incluya: estado actual, posibles contingencias y plan de reposicin, mantenimiento y levantamiento con su respectivo cronograma de actividades. Presentar, para su aprobacin, el plan de segregacin de residuos slidos domsticos del campamento Cicuco. Enviar informe mensual sobre el avance del plan de recuperacin de la cinaga El Mechn. Realizar anlisis mensuales del vertimiento de aguas de produccin y hacer un muestreo del Cao Chicagua, aguas arriba y aguas abajo, y enviar resultados al Ministerio. Organizar talleres de estudio de la problemtica ambiental de las cinagas con todas las entidades afectadas y remitir los resultados al Ministerio.

ECOPETROL presenta recurso de reposicin el 20 de junio/95 contra el anterior Auto y el Ministerio del Medio Ambiente, mediante Auto 719 del 20 de octubre/95, resuelve este recurso y ampla algunos plazos impuestos en los requerimientos del Auto 376/95. Los das 23, 24 y 25 de abril/96, se realiza una visita a la zona para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en los anteriores autos, evaluar el estado ambiental del campo y el acatamie nto de las obligaciones impuestas. De esta inspeccin se emiti el Concepto Tcnico 119 del 26 de agosto/96, avalado mediante Auto 049 del 30 de enero/97, donde el Ministerio del Medio Ambiente dispone, entre otros, lo siguiente: Requerir a ECOPETROL, en un trmino no mayor a 60 das, para que presente un diagnstico de toda la tubera de transferencia de tubera de crudo del campo Cicuco-Boquete, donde involucre tecnologa apropiada. Enviar, en un plazo de un (1) mes, los resultados de los talleres con la s entidades territoriales y dems con injerencia en el manejo ambiental de la zona. Entregar el relleno sanitario al Municipio de Cicuco en ptimas condiciones de funcionamiento. Requiere a ECOPETROL para que contine realizando labores de mantenimiento d reas e intervenidas y monitoreo de aguas residuales industriales.

ECOPETROL, en respuesta a los requerimientos de las autoridades ambientales, ha realizado algunas inversiones las cuales se presentan en la Tabla No. 1 Adicionalmente, como poltica empresarial, ECOPETROL, mediante la creacin, en 1987, de la Direccin de Imagen Externa y Relaciones con la Comunidad, hoy Direccin de Relaciones Externas, dise un proyecto socioambiental consistente en el desarrollo y formulacin de estrategias sociales que minimicen los impactos negativos de las operaciones de la empresa...6 y conduzcan al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del rea de influencia del campo Cicuco. En desarrollo de este proyecto, ECOPETROL ha ejecutado programas ambientales, de educacin, de recreacin y cultura, salubridad y apoyo institucional, a travs de convenios. Entre stos cabe destacar:6

Informe social 1987-1996, Direccin de Relaciones Externas, A. Prez y D. Vsquez 20

TABLA No. 1 INVERSIN AMBIENTAL DE ECOPETROL EN EL CAMPO CICUCOBOQUETE, DE ACUERDO CON LAS EXIGENCIAS DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES ACTIVIDAD COSTO (M$) * Estudio sobre la evaluacin de la disminucin de la poblacin de la tortuga Icotea 14.00 Construccin puente vehicular y peatonal a la entrada del Cao El Pelao y suministro de equipo para limpieza del cao 236.00 Construccin de red contra incendios para el campo y seguridad industrial 80.00 Cambio de 4 km de tubera de conduccin 90.11 Construccin de obras de intercomunicacin de cuerpos de agua (Cinagas La Borda y Arenal) 58.93 Construccin de dique en tierra y levantamiento de batera Boquete, construccin jarilln Cinaga El Mechn y cerramiento batera 2 81.11 Relleno sanitario manual para el Campo Cicuco (Punta CartagenaEl Limn) 2.50 Conexin Cao El Negrito-Cinaga La Borda 18.00 Construccin Box Culvert de 2x2 m, en concreto reforzado, en el Cao Las Pias (La Bodega-El Limn) 5.96 Construccin de un sistema de tratamiento de aguas negras y grises del campamento del ejrcito 10.80 Construccin de un sistema anaerobio mltiple con eliminacin final de aguas residuales domsticas del Campo Cicuco a la cinaga La Borda * Sistema de tratamiento de aguas asociadas a la produccin 39.97 Estudio ecolgico e hidrolgico cinagas rea de influencia d el Campo Cicuco y Boquete * Evaluacin de emisiones atmosfricas y calidad del aire * Licencias de funcionamiento parte agua, aire y residuos slidos 100.00 Mantenimiento total de plantas y equipo de proceso Planta de Gas 25.00 Recuperacin Cinaga El Mechn 7.00 Actualizacin y elaboracin del Plan de Contingencia 2.00 Actualizacin Panorama de Riesgo 116.40 Puesta en servicio separador API y Piscina de Oxidacin 28.00 Monitoreo de aguas de produccin 10.00 Mantenimiento tanques de Cicuco 2.60 Cambio de tuberas y accesorios de reposicin 15 km 16.60 Mantenimiento de tuberas de produccin 355.00 Construccin Oleoducto Cicuco-Boquete en lnea de 4" (10.5 km) 849.00 Construccin de Gasoducto Cicuco-Boquete en lnea de 8" (11 km) Primera vigencia Fuente: Informe social ECOPETROL, 1987-1996 * Datos no reportados21

AO 1991 1993 1993/94 1993/94 1994 1994 1994 1994 1994 1994 1994

1994 1994 1994 1994 1994 1995 1995 1995 1995 1995 1995 1995 1995 1997/98 1997/98

Programa de fomento y desarrollo de la acuicultura Se adelant mediante convenio suscrito a cinco aos, en junio de 1992, entre ECOPETROL, la Cooperativa de Pescadores del Sur de Bolvar -Coopesbol- y el DRI, por valor total de $194000.000, y un aporte de $71800.000 por parte de ECOPETROL. Los propsitos del convenio conducan a mejorar y optimizar los ingresos de los pescadores artesanales, estimular el uso rentable de las cinagas para prevenir su desecamiento y crear condiciones para la produccin de peces de distintas especies, que contribuyan al desarrollo de la piscicultura comercial y el repoblamiento de especies. Se estim que el nmero de beneficiarios directos del proyecto era de 136 familias. El proyecto se desarroll utilizando la infraestructura del Centro de Servicio a la Pesca Artesanal, CESPA, de Magangu, que posea 19 estanques pisccolas y un sitio adecuado para almacenamiento y conservacin del producto. Las principales actividades en la ejecucin del convenio fueron: desarrollo de estudio socioeconmico de la zona; reconocimiento y estudio de cuerpos de agua, que estableci la existencia de pocos sitios en condiciones adecuadas para el cultivo de peces; construccin de jaulas casas flotantes y pasarelas en cada punto para realizar ensayos de cra de peces; capacitacin tcnica en piscicultura y organizacin comunitaria y alfabetizacin a los campesinos de la regin y creacin de un fondo rotatorio de crdito para pesca. Otras actividades han sido: Programa de alfabetizacin para adultos. Programa de mujeres campesinas y asociacin de agricultores de El Limn y Punta Cartagena Programa para cultivadores de yuca Programa de Mejoramiento de Vivienda Atencin en salud a bajos costos Proyecto pedaggico para los profesores de Punta Cartagena y El Limn

Pese a lo anterior, la alcalda de Talaigua Nuevo, en enero de 2001, en respuesta a solicitud del Ministerio, le comunica que la inversin social de ECOPETROL en el municipio ha sido, prcticamente, nula y en lo ambiental las acciones ejecutadas por la empresa no son ptimas ni adecuadas. De otra parte, en el transcurso del proceso se han efectuado reuniones de concertacin entre ECOPETROL, las comunidades asentadas en la zona y entidades como la Procuradura Delegada para Asuntos Agrarios y Ambientales; el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -INPA-; el Fondo de Cofinanciacin para la Inversin Rural DRI; el Instituto de Hidrologa, Meteorologa y Adecuacin de Tierras -HIMAT-; el Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA- Regional Bolvar; el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA-; el INDERENA; el Ministerio del Medio Ambiente; el Ministerio de Agricultura; la Corporacin Autnoma Regional del Sur de Bolvar -CSB- y las alcaldas municipales de Talaigua Nuevo y Cicuco; de estos encuentros se levantaron actas, en donde las anteriores entidades se comprometieron a adelantar programas, proyectos y actividades tendientes a la recuperacin y mitigacin de los sitios afectados por la explotacin petrolera, y a realizar seguimiento de las obligaciones impuestas.22

Es as como en el acta de la segunda reunin de verificacin y seguimiento a la problemtica ambiental y al fomento de la pesca y acuicultura en la Isla de Mompox, adelantada el 20 y 21 de agosto de 1993, se establecen los siguientes compromisos: ECOPETROL, el Ministerio de Obras Pblicas y Transporte -MOPT-, a travs del Distrito No. 3 y la alcalda de Talaigua Nuevo se comprometen a cumplir los trminos del borrador del convenio para el prstamo de la mquina tipo dragalina por parte del HIMAT, para el dragado y limpieza de caos naturales en el complejo cenagoso aledao a las comunidades de El Limn, Punta Cartagena y San Javier. El INDERENA har seguimiento a lo dispuesto en la Resolucin 174 de agosto/93 y realizar el curso de educacin ambiental y manejo de cuenca. El INPA presenta el convenio interinstitucional para el fomento de la pesca artesanal y acuicultura en la Isla de Mompox, el cual incluye la construccin del Centro de Produccin de Alevinos y Servicio a la Pesca Artesanal y la realizacin de seminarios-talleres sobre la actividad pesquera. Igualmente, en coordinacin con las alcaldas, elaborar y presentar propuestas de proyectos alternativos dirigidos a los trasmalleros, con el propsito de concientizarlos sobre los perjuicios derivados del uso de artes y aparejos de pesca ilcitos. El Ministerio de Agricultura se compromete a realizar las correcciones al convenio y tenerlo listo en los siguientes tres (3) das, con el propsito de inscribirlo en el Banco de Proyectos de Planeacin Nacional; as mismo, financiar el taller de capacitacin ambiental y manejo de cuencas. La alcalda se compromete a realizar las apropiaciones necesarias para cofinanciar los proyectos y prestar el apoyo logstico para su ejecucin y seguimiento. El INCORA realizar los procesos de deslinde y clarificacin de propiedad d los baldos del e Municipio de Talaigua Nuevo. En el acta de conclusiones de la tercera reunin de verificacin y seguimiento a la problemtica ambiental de la pesca y la acuicultura en la Isla de Mompox, convocada por el Procurador Agrario Nacional, y efectuada los das 8 y 9 de noviembre de 1993, las entidades se comprometen: El SENA continuar con los programas de capacitacin en las reas tcnicas, empresarial y organizativa, a travs de seminarios-talleres dirigidos a los pescadores artesanales. ECOPETROL se compromete a cumplir con los requerimientos de las autoridades ambientales y apoyar proyectos de infraestructura y desarrollo que beneficien a las comunidades afectadas. El HIMAT presenta un informe tcnico y de recomendaciones del trabajo que d esarrollar la paladraga, para rectificar y adecuar los caos que alimentan el complejo cenagoso que circunda el corregimiento de El Limn en el Municipio de Talaigua Nuevo y anuncia el envo de esta mquina para los siguientes das. La alcalda de Margarita, por intermedio del alcalde, expresa su inters de participar en el convenio interinstitucional de la pesca y acuicultura en la Isla de Mompox y manifiesta que est en condiciones de aportar, en 1994, labor de maquinaria en su jurisdiccin, para la adecuacin de cinagas y construccin de estanques.23

A pesar de haber convocado la reunin, la Procuradura Agraria no se hizo presente en la misma; pese a que, de acuerdo con quejas de la comunidad, existen graves problemas de construccin de terraplenes que desecan las cinagas, y encerramiento de miles de hectreas de playones. El 9 de noviembre de 1993 se firma el acta de compromiso en la cual se determinan los sitios definitivos en donde la paladraga del HIMAT, tipo dragalina, efectuar trabajos de recuperacin del complejo cenagoso de los corregimientos de El Limn, Punta Cartagena y San Javier, por un lapso de treinta (30) das hbiles. Estas labores se realizarn, especialmente en los caos El Pelao, Las Pias, Negrito y Guacamayal, con el fin de garantizar el flujo permanente del agua en el complejo de cinagas. En el acta del sexto encuentro sobre seguimiento, control y evaluacin, efectuado los das 15 y 16 de septiembre de 1994, las entidades reportan los avances de los compromisos adquiridos. En esta misma acta, la Asociacin de Pescadores de los Corregimientos de El Limn, Punta Cartagena y San Javier -APLIPUCSAJ-, solicita al Ministerio del Medio Ambiente realizar los estudios de impacto ambiental, social y cultural de la zona, con el fin de determinar la magnitud de los daos causados por las petroleras durante ms de 38 aos de explotacin y exigir a los responsables el pago por el deterioro del ambiente y los recursos naturales en la regin, a travs de un plan de gestin social concertado con las comunidades afectadas. ECOPETROL puso objeciones al texto del acta, puesto que consider que lo escrito atentaba contra la verdad y el esfuerzo realizado por la empresa para mejorar los sistemas de recoleccin del crudo derramado y por cumplir con los requerimientos impuestos por el INDERENA y el Ministerio del Medio Ambiente. En febrero 12 de 1995, se redacta el acta de visita a las instalaciones del campo, cuya finalidad era verificar el avance de lo establecido en el acta de septiembre y el cumplimiento de las obligaciones impuestas; la empresa se comprometi a: entregar los estudios ecolgicos e hidrolgicos de las cinagas de la zona de influencia del campo petrolero, a ms tardar el 30 de octubre de 1995, y a realizar la caracterizacin de las aguas despus de iniciado el vertimiento. El 5 de febrero de 1999, se firma el acta de conclusiones de la reunin de concertacin adelantada entre representantes de ECOPETROL; el alcalde, concejales y la comunidad de Cicuco, y lderes y concejales de Tala igua Nuevo, cuyo objeto fue analizar y unificar criterios con respecto a versiones sobre la suspensin de la produccin del Campo Cicuco-Boquete, por peticin que el Procurador Agrario Regional, hara al Ministerio del Medio Ambiente. En esta reunin se aprueba como puntos importantes la conformacin de un Comit de Control Ambiental de la Isla de Mompox y se declara no estar de acuerdo con la suspensin de la produccin del campo.

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EVALUACIN DE LA GESTIN INSTITUCIONAL

De la identificacin de las acciones institucionales adelantadas por las entidades encargadas de la administracin, manejo y conservacin de los recursos naturales en el rea de influencia del Campo Petrolero Cicuco-Boquete, observamos que, en el proceso de produccin de petrleos, las actividades de proteccin ambiental evidencian un comportamiento paralelo al desarrollo de la normatividad y al proceso de concientizacin que en este campo se ha presentado en el contexto nacional e internacional. En este orden de ideas, podemos identificar dos escenarios: El primero, desde el ao 1956 en que se inician las actividades de exploracin y explotacin, hasta 1975 cuando se revierte el campo a la nacin por parte de la empresa concesionaria COLPET. En este perodo, se generan los mayores impactos sobre los ecosistemas debido a que las tcnicas y procedimientos que se utilizaron durante la fase de exploracin no fueron ejecutados conforme a las obligaciones contractuales7 ni monitoreados por parte del Ministerio de Minas y energa o quien hiciera sus veces. Las actividades iniciales como la geologa de superficie y la prospeccin ssmica, no contaban para ese entonces con las exigencias de calidad, cantidad y ubicacin de las cargas de material explosivo, con el fin de evitar la afectacin de cuerpos de agua o de los delicados ecosistemas de la regin. Por tratarse de un terreno altamente anegadizo, durante la etapa de adecuacin del mismo se realizaron dos actividades que generaron impactos importantes al entorno natural: la primera se relaciona con la construccin de las plataformas de perforacin, labor que se debi programar en poca de estiaje para trasladar el material de relleno, modificndose de esta forma el paisaje y permitiendo l formacin de depresiones en a reas que antes no eran inundables; posteriormente, algunas de ellas fueron utilizadas para disposicin final de residuos aceitosos y slidos domsticos. La segunda se refiere a la etapa de construccin, tanto de los carreteables de acceso a los pozos como de la infraestructura en general del campo, lo cual origin la interrupcin de los interfluvios del complejo cenagoso, con la consecuente variacin de Foto No. 1 Va de acceso a Batera Boquete, totalmente los espejos de agua y alteracin del descole inundada natural, adems de la deforestacin8 en cerca 9 10 del 86% y 93% de la cobertura vegetal en el rea de influencia de la construccin en los Municipios de Cicuco y Talaigua Nuevo, respectivamente. Estos cambios influyeron en la7

Exista un modelo de contratacin que rigi para todos los contratos de concesin de petrleos que entre las obligaciones del contratista estableca: .... el contratista no podr contaminas de petrleo ninguna de las cinagas, esteros, arroyos fuentes, y dems depsitos de agua que sean criaderos de peces ni podr impedir ni estorbar la pesca 8 Sin desconocer otros posibles factores que han ocasionado dicha disminucin del rea boscosa. Area tomada del anlisis aerofotogrfico; para 1948, a escala 1:20.000, el rea boscosa representaba 2.07 Has y para 1993, a escala 1:41.000, esta rea disminuye a 0,29 Has. 10 En 1947, a escala 1:20.000, el rea boscosa ocupaba 3.75 Has y en 1976, escala 1.57.600, pas a 0.23 Has. 25

disminucin de la oxigenacin de los cuerpos de agua, con afectacin de flora y fauna, y alteracin de la hidrodinmica en la zona. Durante la etapa de perforacin exploratoria se generaron materiales de desecho como: los recortes de perforacin (partes de roca de los estratos o capas perforadas) que se encontraban impregnados por el lodo de perforacin, y por los fluidos de las zonas que se atravesaron en la perforacin (agua de formacin y crudo). Los lodos de perforacin, recortes y dems residuos aceitosos, as como las aguas de produccin, fueron dispuestos sin ningn tipo de tratamiento sobre la zona de donde se haba sacado el material de prstamo, crendose una cinaga artificial, conocida como El Mechn, segn lo consignado en el expediente. Posterior a la perforacin de los pozos se realiz la limpieza de las reas de plataformas (aproximadamente 1 Km2 ), actividad donde se generaron residuos aceitosos que pudieron haber impregnado la flora y el suelo, y contaminado los cuerpos de agua del rea de influencia, sin que se pueda determinar el tratamiento y disposicin final que se les dio a estos remanentes. Una vez realizadas las pruebas de produccin de los pozos, se adecuaron los "rboles de navidad"11 y se conectaron con la tubera de conduccin (de gas y de crudo con agua de formacin12 ) hacia las bateras de separacin y almacenamiento. Como resultado del proceso de separacin (de gas, crudo y agua) se generaron aguas residuales industriales que fueron vertidas a los cuerpos de agua, especialmente a la cinaga El Mechn, sin ningn tipo de tratamiento; al igual que los residuos aceitosos provenientes del funcionamiento y mantenimiento de los equipos de las bateras. El perodo de perforacin y adecuacin de las lneas de conduccin hacia las bateras, concentr en el campamento un alto nivel de mano de obra, que gener aumentos proporcionales de residuos domsticos, los cuales eran vertidos directamente a la cinaga La Borda. En trminos generales, puede deducirse que durante cerca de veinte aos la concesionaria gener residuos slidos y lquidos, industriales y domsticos (ver Tabla 3), emitidos al ambiente sin ningn tipo de tratamiento dada la inexistencia de una poltica estatal ambiental que conciliara el desarrollo econmico con el uso racional de los recursos naturales e involucrara estndares de calidad ambiental. Tampoco hubo conciencia, por parte de la empresa COLPET, acerca de los posibles efectos que le causara a las generaciones futuras el deterioro y destruccin de los ecosistemas de la zona de influencia. El segundo escenario se enmarca a partir de 1976, cuando la estatal petrolera, ECOPETROL, comienza la explotacin del campo el cual fue recibido a satisfaccin sin exigirle al concesionario actividades o procesos de recuperacin y restauracin de las reas afectadas. Incluso, puede establecerse dos o tres aos antes, en los que se introducen criterios de desarrollo sostenible e inicia la implementacin del marco normativo ambiental colombiano como resultado de la globalizacin de los problemas ambientales, causados por actividades antrpicas, y se decide involucrar los recursos naturales y el ambiente como aspecto primordial en la toma de decisiones sobre la viabilidad de los proyectos de desarrollo; esto genera en el pas un cambio de concepcin que se materializa, primero, en la promulgacin de la Ley 23/73, reglamentada en el Cdigo Nacional de11 12

Se denomina as a la estructura del cabezal de los pozos Agua asociada al crudo o propia del yacimiento 26

los Recursos Naturales Renovables y de Proteccin al Medio Ambiente; el Decreto-Ley 2811 de 1974 y sus Decretos reglamentarios; posteriormente, se expide la Ley 99 de 1993, por medio de la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el sector encargado de la gestin ambiental y se organiza el Sistema Nacional Ambiental, y toda la normatividad que la legaliza. No obstante lo anterior y a pesar de existir autoridad ambiental e instrumentos jurdicos (Decretos 1594 de 1984, 2104 de 1983) para exigirle a ECOPETROL el uso racional de los recursos naturales, se presenta un amplio perodo en el que el INDERENA, Seccional Bolvar, no hace pronunciamiento alguno. Slo en 1988, como respuesta a denuncias de la comunidad, el Instituto comienza a ejercer su funcin como autoridad ambiental y administradora de los recursos naturales y abre el expediente No.163 de 1988, a nombre de ECOPETROL, por informacin sobre daos ambientales en el Campo Cicuco y comienza a exigir requisitos de calidad ambiental en las caracterizaciones de agua y aire, y a solicitarle a la empresa estatal obras de mitigacin para la zona afectada. 3.1 INDERENA

A lo largo del proceso, el Instituto no observ el principio d economa consignado en el Cdigo e Contencioso Administrativo, puesto que entre uno y otro pronunciamiento concedi lapsos muy amplios. Como ejemplo podemos citar: En 1989, mediante Resolucin 776, el Instituto requiere a ECOPETROL para que presente un Plan de Manejo donde se engloben las exigencias ambientales realizadas, pero la empresa lo present en mayo de 1991 dado que la respuesta al recurso de reposicin que ECOPETROL haba interpuesto ante este acto resolutivo se demor 229 das. No obstante lo anterior, dicho plan fue aprobado en agosto de 1993, cuando ya haba comenzado a ejecutarse y, por lo tanto, el INDERENA tuvo que realizar nuevos requerimientos en la resolucin de aprobacin. En 1993 se orden la apertura de investigacin contra ECOPETROL, por presunta violacin de las normas sobre proteccin de los recursos naturales renovables y el ambiente; dicha investigacin no se realiz. A pesar de evidenciar gran deterioro al ambiente, segn lo consignado en los informes tcnicos, slo en Agosto de 1993 el INDERENA, realiza seguimiento a los requerimientos establecidos en las Resoluciones 776 de 1989 y 232 de 1990. El INDERENA no emiti concepto oportuno sobre las especificaciones tcnicas de diseo y construccin de las obras civiles requeridas a ECOPETROL a fin de garantizar la efectividad de las mismas y el cumplimiento del objetivo para el cual fueron requeridas; en el caso de los Box Culvert, la empresa petrolera implement un sistema de drenaje que no respondi a las necesidades del complejo cenagoso, dados los represamientos de material vegetal que se presentan en poca de inundacin o la interrupcin de los cuerpos de agua en poca de estiaje. Sin embargo, con posterioridad a su ejecucin, el INDERENA manifiesta que las estructuras de interconexin hidrulica construidas son insuficientes. El INDERENA tampoco se pronunci sobre los estudios solicitados (Icotea, Relleno Sanitario, Diseo de obras requeridas) perdindose as la contribucin que stos pudieran generar en materia de uso, manejo y conservacin de los recursos naturales, al igual que en la inversin presupuestal realizada por la empresa.27

La consecuencia directa de la falta de oportunidad en las actuaciones del INDERENA fue la prolongacin de las acciones que generaron deterioro ambiental, y el aplazamiento de las obras de mitigacin que deba emprender ECOPETROL. Lo anterior ocasion que esta empresa empezara a ejecutar obras de mitigacin slo desde 1991, cuando construy, parcialmente, el sistema de tratamiento de aguas residuales industriales, separador API, y algunas obras civiles de interconexin hidrulica. En 1994 el INDERENA - Regional Bolvar -, en respuesta a una solicitud de ECOPETROL sobre la concesin de aguas subterrneas y licencia de explotacin para un pozo de aguas subterrneas, le comunica a la empresa que, desde junio de 1994, cedi sus funciones a la Corporacin Autnoma del Sur de Bolvar -CSB- y que la informacin de los pozos ya fue entregada a la CSB; sin embargo, en forma inexplicable, la Regional, mediante Resolucin 066 de mayo 31/95, prorroga por seis (6) meses el permiso provisional de vertimientos para las aguas residuales de la actividad industrial del Campo Cicuco. Con respecto a los informes tcnicos, en su mayora son descriptivos y no dimensionaron el dao ambiental causado; por lo tanto, no permitieron establecer una lnea base del estado de los recursos naturales a fin de evaluar la gestin ambiental de ECOPETROL y la efectividad de las obras solicitadas a ste. INDERENA aprob los diseos de ingeniera bsica del relleno sanitario a pesar que el terreno en el cual se ejecut la obra no cumpla con las condiciones geotcnicas necesarias para este tipo de obras. Situacin que gener un desgaste administrativo y un detrimento al patrimonio n atural y econmico, tanto de la zona como de ECOPETROL. 3.2 MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE

En lo referente a la gestin del Ministerio del Medio Ambiente a partir de 1994, fecha en la que recibe el expediente del INDERENA, podemos anotar: Si bien es cierto que el Ministerio inicia su gestin de manera decisiva, al suspender las actividades del campo en 1994 por los daos causados al complejo de cinagas, algunos de ellos irreparables, levanta la suspensin mediante acta de compromiso y pasa por alto su funci n principal como autoridad ambiental de velar por un ambiente sano, segn lo ordenado en la Constitucin. A pesar de haber dictaminado lo anterior, el Ministerio no abri investigacin alguna segn lo ordenado en la Resolucin 245 del 5 de Agosto de 1994 y, por el contrario, ha permitido la dilacin de acciones de mitigacin y/o compensacin, ya que algunos requerimientos hechos en 1995 vuelve a solicitarlos en 1997. El Ministerio no se pronunci sobre los estudios solicitados a ECOPETROL: el Estudio Hidrolgico y Ecolgico de Cinagas del ao 1996, contratado con la Universidad del Magdalena; evaluacin de la disminucin en la poblacin de tortuga Icotea, lo que produjo, adems de un gasto a la empresa, el que se desaprovecharan los resultados y las recomendaciones sobre el manejo ambiental que se le debe dar al complejo cenagoso. En el concepto tcnico No. 119 de agosto/96, avalado por el Auto No. 049 de enero/97, el Ministerio advirti sobre la mala ubicacin del relleno sanitario, el mal diseo de la piscina de28

lixiviados y otros problemas presentados; de igual manera, requiri a ECOPETROL para que entregase el relleno en ptimas condiciones de funcionamiento. Sin embargo, no hizo exigencias tcnicas especficas de estos aspectos ni de la reubicacin del mismo; adicionalmente, esta actuacin fue posterior a la fecha de entrega del relleno, ocurrida el 2 de julio de 1996. Se ha buscado implementar, como proyecto alternativo, la construccin de un estanque pisccola, con asesora de la Secretara de Agricultura de Bolvar y del INPA. La poblacin afectada ha acudido al Ministerio del Medio Ambiente como entidad rectora de los asuntos ambientales en el pas. En el acta del 15 y 16 de septiembre de 1994, la Asociacin de Pescadores de los Corregimientos de El Limn, Punta Cartagena y San Javier -APLIPUCSAJsolicita a este organismo la realizacin del Estudio de Impacto Ambiental para determinar la magnitud de los daos causados por las actividades petroleras, peticin que no fue atendida ni hubo pronunciamiento al respecto por parte del Ministerio. En igual forma se ha pronunciado el Departamento Ambiental de Cicuco -DAC-, en comunicaciones enviadas al Ministerio, donde reporta la problemtica ambiental de la zona y la mayor afectacin sobre el recurso pesquero; reporte que acompaa con videos demostrativos. Posteriormente, en 1998, el Subdirector de Licencias Ambientales, en respuesta al Director de la Fundacin para el Desarrollo de los Departamentos de la Costa Atlntica, manifiesta que, de acuerdo con la ley, no es competencia del Ministerio la cuantificacin de los daos ambientales ocasionados por ECOPETROL; sin embargo, desconoce que el mismo Ministerio est obligado, segn el numeral 43 del Artculo 5 de la Ley 99 de 1993, a establecer tcnicamente las metodologas de valoracin de los costos econmicos del deterioro y de la conservacin del medio ambiente y de los recursos naturales renovables, funcin que hasta el momento no ha realizado. De igual manera, el artculo 84 de la citada ley, confiere al Ministerio la facultad de denunciar ante las autoridades competentes los hechos que atenten contra la proteccin ambiental y el manejo adecuado de los recursos naturales, con el propsito de iniciar las investigaciones de carcter penal, sin perjuicio de adelantar acciones para la imposicin de sanciones y medidas preventivas. Mediante la Resolucin 0964 del 12 de Noviembre de 1999, el Ministerio del Medio Ambiente resuelve el recurso de reposicin que ECOPETROL interpuso contra la Resolucin 0719 del 30 de agosto de 1999, en la cual se formula un pliego de cargos y establece el cumplimiento de obligaciones a la empresa estatal. En la parte resolutiva de la primera resolucin, el Ministerio confirma el pliego de cargos contra ECOPETROL y repone los artculos segundo, tercero y cuarto de la Resolucin 0719, en cuanto a precisar y modificar las obligaciones impuestas a la empresa petrolera estatal. Sobre estas ltimas es necesario realizar las siguientes observaciones: En el artculo segundo, numeral 2 e Ministerio requiere a ECOPETROL para que realice l "anlisis fsico-qumicos y de calidad del agua mensuales de las aguas residuales domsticas tratadas, cuyos resultados debern ser presentados a este Ministerio y a la CSB, semestralmente"; adicionalmente, "debe implementar un sistema alternativo ms eficiente" para el tratamiento de estas aguas residuales. No se entiende porqu el Ministerio, sin tener conocimiento de los resultados de los anlisis fsico-qumicos solicitados que le permitan evaluar la eficiencia del tratamiento, impone la implementacin de un sistema alternativo "ms eficiente" el cual ocasionara un gasto injustificado a la empresa. En primer lugar, el29

Ministerio se excede al imponer a ECOPETROL que instale una alternativa "ms eficiente" para el tratamiento de las aguas residuales domsticas, puesto que de la lectura de la resolucin se establece que el sistema actual es eficiente, se supone que frente al cumplimiento de la respectiva norma de vertimiento, y, por lo tanto, dicho requerimiento carecera de fundamento. Lo lgico es esperar el reporte de los resultados de los anlisis solicitados para evaluar la eficiencia del sistema de tratamiento actual y, con base en ellos, adoptar una decisin razonable. Para cumplir con el reporte de caracterizacin, ECOPETROL, en agosto de 2000, informa al Ministerio que le presentar los resultados de dos muestreos, como efectivamente lo hizo en octubre del mismo ao al entregarle el informe semestral. En el numeral 10 del mismo artculo impone a ECOPETROL "que deber identificar las reas o zonas que potencialmente el desarrollo de programas pisccolas", (sic). El Ministerio debera buscar la manera para que esta actividad fuera desarrollada por el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -INPA-, entidad que, adems de tener esa funcin, cuenta con el personal y la capacidad tcnica y cientfica para que el resultado de la identificacin y determinacin de las reas aptas sea confiable, y tenga el aval legal de la entidad encargada de la administracin e investigacin del recurso pesquero. Por otra parte, le permitira al Instituto hacer presencia en la zona, la cual hasta el momento ha sido escasa. Una vez el INPA realice la identificacin respectiva se procedera a darle cumplimiento a las otras actividades establecidas en el numeral 10 del artculo 2. ECOPETROL no cumpli con la exigencia dentro del plazo establecido y el Ministerio, mediante Auto 367 de julio 17 de 2000, nuevamente requiere a la empresa para que cumpla con esta solicitud en los 3 das siguientes a la notificacin de este acto. En septiembre de 2000, ECOPETROL inform al Ministerio sobre la concertacin del proyecto Recuperacin de la pesca artesanal en el Magdalena Medio, el cual se inici en octubre del mismo ao con la limpieza y recuperacin de caos y cinagas en Cicuco y Talaigua Nuevo. Respecto a este proyecto las Asociaciones de Pescadores de Cicuco se quejaron ante el Ministro del Medio Ambiente, debido, segn la denuncia, a que ECOPETROL desconoci la concertacin realizada con la comunidad, en mayo de 2000, donde las acciones principales a ejecutar son la construccin de un centro de acopio para pescado y la estacin pisccola, y no como insiste la empresa estatal en la limpieza de caos y cinagas como programa prioritario, a pesar que esta actividad se contempla como exigencia, de obligatorio cumplimiento, en el numeral 4 del artculo 2 de la Resolucin 052 de febrero 18 de 2000, expedida por la CSB. El Ministerio expidi el Auto 367, en julio de 2000, donde hace requerimientos a ECOPETROL con relacin al seguimiento sobre el cumplimiento de la Resolucin 0719 de 1999, modificada por la Resolucin 0964 del mismo ao; en este Auto, la autoridad ambiental exige a la empresa, nuevamente, ejecutar las acciones contempladas en las resoluciones mencionadas. Empero, ECOPETROL ya haba cumplido con algunas de estas obligaciones, lo que le recuerda al Ministerio en comunicacin de agosto/2000, y como se verific, por parte de esta auditora, en la documentacin que reposa en el expediente 157.

30

Estas exigencias de la mxima autoridad ambiental sobre requerimientos que ya le haba hecho a ECOPETROL, sugiere falta de cumplimiento de la empresa y de control y seguimiento por parte del Ministerio. Diez aos despus de haberse dictaminado por el INDERENA, mediante Auto 042/89, que no existen estudios ambientales que permitan establecer los impactos que el proyecto de explotacin petrolera ha venido causando sobre la fauna de la zona, en particular sobre la poblacin de Icotea, y que no se conocen los patrones naturales de drenaje de las cinagas, por lo que no se puede establecer los efectos que las obras de infraestructura del campo hayan causado sobre la dinmica de las aguas y los peces en las diversas pocas del ao, el Ministerio del Medio Ambiente, a travs de la Resolucin 0964/99, requiere a ECOPETROL para que elabore un estudio que permita identificar todas las obras que han incidido en la dinmica hdrica de los sistemas de humedales de su influencia directa, el cual fue entregado por la empresa en junio de 2000 CORPORACIN AUTNOMA REGIONAL DEL SUR DE BOLVAR -CSB-

3.3

De la gestin adelantada por la CSB, se evaluaron como puntos principales los siguientes: ECOPETROL ha dado cumplimiento a las exigencias del envo peridico de las caracterizaciones de los vertimientos de aguas industriales y del Cao Chicagua, cuerpo utilizado como receptor final, de acuerdo con las Resoluciones 0174/93, 230/94, 066/95, emanadas del INDERENA, y la 486/96 de la CSB; estos resultados se han consignado en informes mensuales desde agosto/96 hasta diciembre/97 y dos semestrales del ao 1998, presentados en septiembre y diciembre. Analizada la documentacin suministrada por parte de la Corporacin, se observa que no ha habido pronunciamiento sobre el resultado de las caracterizaciones, a pesar que ECOPETROL no cumple con la norma especfica de vertimiento, en cuanto a porcentajes de remocin del DBO5 y DQO, pH, Temperatura y Slidos Suspendidos; ni con el tipo de caracterizacin exigida, ya que los anlisis se han realizado a muestras simples y puntuales de un solo da, lo cual no permite obtener una evaluacin real y consistente sobre la calidad del vertimiento ni sobre la eficiencia del Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales -STAR-, del Campo Cicuco. La Corporacin tampoco realiza actividades mensuales de seguimiento y control sobre los vertimientos lquidos, como lo establece el artculo dcimo de la Resolucin 486 del 11 de diciembre/96, en la que se otorga el permiso definitivo al Campo Cicuco. En el ltimo monitoreo, realizado el 29 de julio de 1999, la CSB permiti continuar con el proceso aunque, en el acta respectiva, reconoce que el muestreo debe realizarse en das de produccin normal y a muestras compuestas, como se establece en la norma de vertimiento otorgada. El campo haba suspendido su operacin durante cuatro das, debido a la falta de energa, y por lo tanto, el sistema de tratamiento tampoco estaba funcionando, razn por la cual los anlisis reflejaran una situacin atpica que no permitira evaluar la calidad del vertimiento ni la eficiencia real del STAR. As mismo, la CSB no tuvo en cuenta el principio de rigor subsidiario consagrado en el artculo 63 de la Ley 99 de 1993, al firmar, en enero de 2000 con ECOPETROL, un acta de acuerdo sobre la gestin ambiental del Campo Cicuco-Boquete, en donde se autoriza a la empresa para realizar caracterizaciones cada tres meses y no cada dos, como lo exigi el Ministerio del Medio Ambiente en la Resolucin 0964 de noviembre de 1999.31

La gestin institucional de la CSB, con referencia a las caracterizaciones de aguas, no ha contribuido al mejoramiento en la calidad del efluente, dado que recibe los informes y est presente al momento de la toma de muestras, con el fin de garantizar que se cumpla con las especificaciones y procedimientos, pero no se pronuncia sobre los resultados finales ni requiere a ECOPETROL para el cumplimiento de la norma estipulada, lo que debilita sus facultades como mxima autoridad ambiental en esa jurisdiccin. Se evidencia, en la documentacin revisada del expediente Cicuco-Boquete, falta de coordinacin entre las acciones adelantadas por la Corporacin y el Ministerio, tal como lo sugiere el Subdirector de Licencias Ambientales en comunicacin enviada a la CSB, donde le informa sobre el inicio de investigacin contra ECOPETROL por el manejo ambiental del campo y solicita el envo de los actos administrativos expedidos por esa Corporacin, con el fin de actuar de manera coordinada. Es conveniente que se mejore la articulacin entre las dos autoridades ambientales para evitar duplicidad de requerimientos, como pudo constatarse en algunos de los autos y resoluciones que expiden (Resolucin 115/2000 de CSB y Auto 376/95 del Ministerio), y tardanza o negligencia en el cumplimiento de las obligaciones por parte de ECOPETROL. A pesar que el Ministerio solicit a la CSB, en junio 30 de 2000, concepto tcnico sobre el Estudio de la dinmica hdrica y monitoreo de sedimentos en humedales del Campo CicucoBoquete, presentado por ECOPETROL, y le reitera la solicitud en agosto del mismo ao, la Corporacin tan slo en septiembre 20 de 2000, va fax, remiti al Ministerio el anlisis requerido. Esta situacin evidencia la falta de eficiencia en la gestin de la Corporacin y conlleva a demoras en el cumplimiento de las obligaciones que se imponen a la empresa petrolera.

3.4

EMPRESA COLOMBIANA DE PETRLEOS -ECOPETROL-

La evaluacin de las acciones y actividades desarrolladas por la estatal petrolera, en el marco de la s obligaciones impuestas, para mitigar o compensar las afectaciones negativas sobre el medio ambiente y los recursos naturales, nos permite concluir que: La implementacin y acondicionamiento del Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales -STARdur cerca de 10 aos a partir de la fecha del requerimiento, 10 de julio de 1989. Primero, se construy la unidad API en 1991, posteriormente la piscina de oxidacin en 1994 y, finalmente, la instalacin de los biorreactores para la degradacin de fenoles en 1998. La construccin por etapas del STAR, dilat el cumplimiento de la norma de vertimientos lo que ocasion mayor afectacin a los cuerpos de agua. En la Tabla No. 2 se puede apreciar el mejoramiento en la calidad del vertimiento como consecuencia de la construccin e implementacin del Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales Industriales STAR1, aunque parmetros como Fenoles, Bario y NTK an estn por encima de los valores mximos permitidos en la norma de vertimiento (Decreto 1594/84, Resoluciones 0174/93, 066/95 y 486/96). En el caso de los Fenoles se espera que la eficiencia de los biorreactores se estabilice, y pueda garantizarse que est por debajo del Valor Mximo Permisible (0.2 mg/L); no obstante, en la evaluacin del primer monitoreo de esta agua (comunicacin de ECOPETROL al Ministerio en mayo/2000), se encontr alta concentracin de Fenoles en el vertimiento (0.38 mg/L). Los ltimos resultados de eficiencia en la remocin de DBO5 y DQO, 25% y 49%, respectivamente, son inferiores al 80% estable cido en el permiso de vertimiento.32

TABLA No. 2 RESULTADOS DE LOS ANLISIS