aspectos generales de titulos valores

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DERECHO TITULOS VALORES

Dra. Mariela Casanova Claros

EL DERECHO MERCANTIL COMO CATEGORIA HISTORICA

Nace y posteriormente subsiste como Derecho Especial frente al Derecho Civil

1ro. Porque como disciplina no ha existido siempre. Se produce en un momento histrico determinado. 2do. Nace como rama del Derecho Privado al lado del Derecho Civil por circunstancias y exigencias histricas. 3ro. Su transformacin es el resultado de una serie de factores econmicos y polticos-sociales.

CORRIENTES DEL DERECHO MERCANTILI. EL DERECHO SUBJETIVO MERCANTIL PREDOMINANTEMENTE

II.III.

EL DERECHO MERCANTIL PREDOMINANTEMENTE OBJETIVOYUXTAPOSICIN DE LAS DOS TENDENCIAS

EL DERECHO MERCANTIL PREDOMINANTEMENTE SUBJETIVO Surge como ordenamiento especial - en la poca medieval - con la cada del Imperio Romano - por un conjunto de factores econmicos, poltico-sociales y jurdicos Para una actividad profesional de una clase de ciudadanos: - los comerciantes/mercaderes

derecho popular, libre de tecnicismo y abstracciones abierto siempre a la fuerza renovadora de los usos creados por los propios comerciantes a medida que necesitaban nuevos cauces jurdicos para desarrollar la actividad econmica a la que se dedicaban.

FACTORES ECONMICOS Y POLTICOS SOCIALES1. En la edad medida : comercio y actividad industrial y artesana Consumo - cambio produccin

2. Con el Renacimiento hasta la Revolucin Francesa (sistema comunal) Surge una nueva ideologa poltico-social-monarca dicta la normas y leyes que regulan el comercio para fomentar la unidad poltica.Pasa de Derecho consuetudinario a Legislado.

FACTORES ESTRICTAMENTE JURDICOS la insuficiencia del ordenamiento comn la influencia de los gremios y de las jurisdicciones especiales para el comercio

EL DERECHO MERCANTIL PREDOMINANTEMENTE OBJETIVOESTRUCTURA ECONOMICA Y POLTICO-SOCIAL 1. A mediados del S XVIII y principios del S XIX: capitalismo industrial y financiero (reemplaza al capitalismo comercial) 2. El Cdigo de Comercio Francs de 1807 y el Acto objetivo de Comercio.

YUXTAPOSICIN DE LAS DOS TENDENCIAS(Mitad del S XIX hasta nuestros das como realidad econmica actual) FACTORES ECONOMICOS Y POLTICO-SOCIAL La actividad econmica de las empresas est dominada por la especializacin, racionalizacin y la concentracin industrial. Aparece la empresa de grandes proporciones y la produccin industrial en masa. ............y con ella..............

El Derecho Mercantil como Derecho de los actos jurdicos realizados en masa.......conclusin masiva de contratos con el exterior.

El Derecho Mercantil como Derecho de la empresa.

DERECHO MERCANTIL ACTUAL Como consecuencia del proceso de generalizacin del D. Mercantil se ha producido: - la generalizacin del Derecho Mercantil o la Comercializacin del D. Civil.

Efectos: 1. Emigracin de normas e instituciones nuevas al Cdigo Civil. 2. Difusin del espritu comercial a todas las clases sociales

SE OBSERVA ADEMAS.................. que el D. Mercantil se estructura en torno a 3 elementos: El empresario La empresa La actividad externa y el conjunto de ambos.

ELEMENTOS INTEGRADORES DE LA EMPRESA Y SIGNOS DISTINTIVOSPara hacer posible la explotacin econmica en masa por un empresario por medio de una empresa y satisfacer las exigencias de esa actividad surgen las siguientes instituciones:

1. El establecimiento 2. la clientela 3. el nombre comercial 4. el rtulo, la ensea o emblema 5. la marca

1. El establecimiento domicilio del empresario comercial donde tiene el centro de sus operaciones distinto a la residencia habitual de l. 2. Clientela una parte de la doctrina la considera como elemento del establecimiento y otra, como cualidad de ste. Otra, que no puede concebirse establecimiento sin clientela.

3. El nombre comercial los que utilizan las empresas para identificarse y singularizarse (signo).

4. El rtulo, la ensea o emblema es tambin un signo distintivo de la empresa. Identificador del local donde se ejerce el comercio y sirve para llamar la atencin de una manera externa (para no confundir un establecimiento con otro- histricamente).5. La marca signo distintivo que sirve para distinguir en el mercado productos o servicios de una empresa, de los productos o servicios de otra empresa

CONCEPTO DE DERECHO COMERCIAL1.D. De excepcin aplicable slo a comerciantes 2.D. De los actos de comercio 3.D. De los actos de Comercio realizados en masa 4.D. De las empresas 5.Disciplina reguladora de la economa organizada.

ACTOS DE COMERCIODefinicin:El regido por las leyes mercantiles, juzgado por los tribunales comerciales y realizado por un comerciante. Caractersticas: - Habitualidad - Profesionalidad - nimo de lucro - Finalidad de cambio o circulacin de la riqueza

CONTRATO DE COMERCIODerecho de la contratacin mercantil, se rige por la legislacin mercantil por ser comerciante al menos uno de los que intervienen o por tratarse de actos de comercio caracterizados por el lucro y profesionalismo.

CLASIFICACIONCategoras: Por los elementos a considerar: 1.elemento personal, comerciante o empresario---subjetivo. 2.en base al elemento real del acto de comercio --- objetivo

Por la naturaleza de la operacin: 1. a la explotacin de industrial mercantiles organizadas --- propias 2. a la explotacin realizada ocasionalmente por comerciantes o no comerciantes --- impropias Por su rol 1. la realizacin de actos de comercio principales --principales 2. la realizacin de actos complementarios a los principales ------ accesorios

ACTOS DE COMERCIO EN EL CODIGO DE COMERCIO PERUANOArt. 2: - actos contenidos en l. - los que estn o no especificados en el Cdigo (Nat.. Anloga) En consecuencia: Para determinar la Nat.. Merc. Considera la Nat. De los actos y OPS Merc.. Cualquiera sea el estado o profesin de quienes lo celebran sin importar la persona sea o no comerciante.

El Cdigo Peruano hace distincin entre Actos de Comercio y Contratos de Comercio. Sustento: Art. 2 y Art. 50 Actos de Comercio: regidos por Cdigo Usos del Comercio D. Comn Contratos de Comercio: Cdigo Leyes especiales Reglas Grales.de D.Comn

Autonoma del Derecho Mercantilresponde a la necesidad de que existan reglas jurdicas ms simples y al mismo tiempo ms rigurosas que las del derecho civil, dada la celeridad y multiplicidad de las relaciones de cambio, el enlace de ms operaciones con otras, la naturaleza de ciertos bienes como los ttulos de crdito o los ttulos valores, relaciones societarias, operaciones de banca y bolsa, seguros, transporte, etc. Pero no puede escapar de la influencia del Derecho Civil o comn al que se le reconoce como su fuente supletoria.

Contribucin del D. MercantilSe afirma en la doctrina que la mayor contribucin del Derecho Mercantil a la evolucin de la economa moderna se produce por medio de los ttulos valores.

Importancia de la ContribucinSu importancia, se comprende pensando en que: 1. En los ttulos valores (acciones y obligaciones) se materializan las grandes fortunas personales, se ejercen el control econmico por los grupos financieros, se hace posible el recurso de mercado de capitales. 2. Por medio de los ttulos valores (letras de cambio y cheques) se realizan las operaciones de los Bancos que intervienen y median en el crdito. 3. Los ttulo valores (cartas porte y conocimiento de embarque) son instrumentos jurdicos esenciales para el transporte de mercancas y que posibilitan las ventas internacionales.

TITULOS VALORESDefinicin: Los valores materializados o desmaterializados representados por anotaciones en cuenta que representen o incorporen derechos patrimoniales, siempre que estn destinados a la circulacin y renan los requisitos formales esenciales que, por imperio de la ley, les corresponda segn su naturaleza.