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ASPECTOS GENERALES DE LA DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS BIOLOGICOS DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS BIOLOGICOS

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ASPECTOS GENERALES DE LA

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS Y

PRODUCTOS BIOLOGICOS

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS Y

PRODUCTOS BIOLOGICOS

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS BIOLÓGICOS

Decreto 2078 de 2012"Por el cual se establece la estructura del Instituto Nacional de Vigilancia de

Medicamentos y Alimentos –INVIMA y se determinan las funciones de sus dependencias"

7. Proponer a la Dirección General la adopción de los procesos y

procedimientos para la expedición de los registros sanitarios de los

medicamentos, productos fitoterapéuticos, suplementos dietarios,

productos biológicos y demás afines a su naturaleza y al

procesamiento, notificación y comunicación de los actos

administrativos e información que de ellos se derive.

8. Dirigir, organizar, operar, disponer y controlar, en coordinación

con las otras Direcciones los registros sanitarios de los productos

medicamentos, productos fitoterapéuticos, suplementos dietarios,

productos biológicos y demás afines a su naturaleza, así como los

servicios de información asociados a éstos.

9. Apoyar a la Comisión Revisora en el desarrollo de las actividades

que ésta adelante, relacionadas con los medicamentos, productos

fitoterapéuticos, suplementos dietarios, productos biológicos y

demás afines a su naturaleza.

10. Expedir los actos administrativos relacionados con los asuntos

de su competencia, o los que le sean delegados.

11. Proponer a la Dirección General las normas técnicas que se

requiera adoptar por parte del Ministerio de Salud y Protección

Social para la evaluación, producción, comercialización, vigilancia

de los productos, garantía de la calidad, buenas prácticas,

procedimientos de vigilancia y control sanitario, en materia de su

competencia.

12. Adelantar y hacer seguimiento a los programas de pre y post

comercialización.

FUNCIONES DE LA DIRECCION DE MEDICAMENTOS

Y PRODUCTOS BIOLOGICOS

1. Analizar y proponer a la Dirección General la definición de

estrategias e instrumentos para la ejecución adecuada de las

políticas y para la aplicación de las disposiciones legales vigentes

en materia de vigilancia y control de los medicamentos, productos

fitoterapéuticos, suplementos dietarios, productos biológicos y

demás afines a su naturaleza.

2. Proponer a la Dirección General los lineamientos y criterios

técnicos del modelo de inspección, vigilancia y control bajo el

enfoque de gestión de riesgo y coordinar y responder por su

implementación técnica, en lo de competencia de la dependencia.

3. Adelantar la valoración y análisis del riesgo en las actividades de

competencia de la dependencia y elaborar los informes

correspondientes a la decisión de intervención y tratamiento del

mismo, comunicando los resultados y acciones a seguir a la

Dirección General de la Entidad y a las demás instancias que ésta

determine.

4. Difundir lineamientos técnicos de cada uno de los programas

responsabilidad de la Dirección, con el fin de llevar a cabo su

implementación por la Dirección de Operaciones Sanitarias

5. Realizar la supervisión a la implementación de las acciones

adoptadas como resultado del informe de la decisión de

intervención y tratamiento del riesgo en materia de su competencia

y coordinar con la Dirección de Operaciones Sanitarias la aplicación

de las medidas sanitarias de seguridad a que haya lugar.

6. Evaluar y vigilar las tecnologías farmacéuticas y farmacológicas

en el marco del Sistema Nacional de Tecnologías en Salud.

20. Analizar y proponer el fortalecimiento del sistema de información

relacionado con la evaluación, producción, comercialización,

vigilancia de los productos, garantía de la calidad, programas de

buenas prácticas, programas pre y post comercialización,

procedimientos de vigilancia y control sanitario de los

medicamentos, productos fitoterapéuticos, suplementos dietarios,

productos biológicos y demás afines a su naturaleza.

21. Realizar el control de la publicidad y vigilar el cumplimiento de

las normas vigentes en esta materia, para los medicamentos,

productos fitoterapéuticos, suplementos dietarios, productos

biológicos y demás afines a su naturaleza.

22. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de

Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el

ámbito de su competencia

23. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la

naturaleza de la dependencia.

FUNCIONES DE LA DIRECCION DE MEDICAMENTOS

Y PRODUCTOS BIOLOGICOS

13. Asesorar, capacitar y prestar asistencia técnica a los entes

territoriales, en la materia de competencia del área.

14. Asesorar y apoyar técnicamente, en coordinación con la Oficina

de Laboratorios y Control de Calidad, a la Dirección General en la

formulación de políticas, directrices, programas, planes y proyectos

relacionados con los laboratorios del INVIMA y de la Red de

Laboratorios, de acuerdo con las competencias del Instituto.

15. Participar, en coordinación con la Oficina de Laboratorios y

Control de Calidad, en la formulación y divulgación de las normas

científicas y técnicas que sean aplicables al fortalecimiento de la

Red de Laboratorios.

16. Realizar las solicitudes de análisis de los productos de

competencia de esta Dirección, para que sean gestionados y

practicados por los laboratorios del INVIMA.

17. Realizar actividades permanentes de información y coordinación

con los productores y comercializadores y de educación sanitaria

con los consumidores, expendedores y la población en general

sobre cuidados en el manejo y uso de los medicamentos, productos

fitoterapéuticos, suplementos dietarios, productos biológicos y

demás afines a su naturaleza.

18. Absolver consultas y emitir conceptos técnicos referidos a los

asuntos de competencia de la dependencia.

19. Apoyar a la Dirección General, en coordinación con la Oficina de

Asuntos Internacionales, en la formulación, preparación y desarrollo

de planes, programas y proyectos de cooperación técnica

internacional y participación en foros internacionales, que faciliten el

acceso a los mercados internacionales.

Decreto 2078 de 2012

Articulo 19°"Por el cual se establece la estructura del Instituto Nacional de

Vigilancia de Medicamentos y Alimentos –INVIMA y se determinan

las funciones de sus dependencias"

ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL

PRODUCTOS COMPETENCIA

*DMPB

Medicamentos incluyendo

Gases Medicinales

Sangre y Componentes

Sanguíneos

Medicamentos Homeopáticos Fitoterapéutico

Productos Biológicos

Suplementos Dietarios

* DMPB: Dirección de Medicamentos y Productos Biológicos

CONFORMACION DE GRUPOS INTERNOS

DE LA DMPB

Conformación de Grupos Internos de Trabajo establecidos en la Resolución No. 2016000350 del 08 de Enero de 2016.

DIRECCION DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS BIOLÓGICOS

GRUPO DE APOYO DE LAS

SALAS ESPECIALIZADAS DE LA COMISIÓN

REVISORA

GRUPO REGISTROS

SANITARIOS DE MEDICAMENTOS

Y PRODUCTOS BIOLOGICOS

GRUPO DE PUBLICIDAD

GRUPO DE REGISTROS

SANITARIOS DE FITOTERAPÉUTICO HOMEOPÁTICOS Y

SUPLEMENTOS DIETARIOS

GRUPO TECNICO DE

MEDICAMENTOS

GRUPO DE INVESTIGACION

CLINICA

GRUPO DE ARTICULACIÓN Y APOYO TÉCNICO

GRUPO DE APOYO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCIÓN

GRUPO DE FARMACO

VIGILANCIA

AGENCIAS REGULADORAS

NACIONALES DE REFERENCIA

REGIONAL DE LAS AMÉRICAS ARNr

Mejores agencias de vigilancia y regulación de medicamentos de la región

ESTABLECIMIENTOS

COMPETENCIA DMPB

ESTABLECIMIENTOS

Fabricantes

Importadores

Servicios Farmacéuticos y Radiofarmacias

Comercializadores

Bancos de Sangre

IPS

GRUPO DE APOYO DE LAS

SALAS ESPECIALIZADAS DE LA

COMISIÓN REVISORA

ESTRUCTURA GENERAL

Salas Especializadas

Comisión Revisora

SEMPB, SEMH, SEPN

Grupo de Apoyo a Salas

Pre-evaluación

Trámites

SEMPB

Apoyo

Logístico

SEMPB

SEMH

SEPN

SALAS ESPECIALIZADAS

COMISION REVISORA

Conocimiento

Científico y

Regulatorio

Válido

Información

Soporte

Interesado

SEGURIDAD EFICACIA

Es la característica de un medicamento según la

cual puede usarse sin mayores posibilidades de

causar efectos tóxicos no deseables. La

seguridad de un medicamento es una

característica relativa.

Aptitud de un medicamento para producir los efectos

propuestos determinada por métodos científicos.

SALAS ESPECIALIZADAS DE LA DIRECCIÓN DE

MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS BIOLÓGICOS

Sala especializada de Medicamentos y

Productos biológicos - SEMPB

Sala especializada de Productos

Fitoterapéuticos y Suplementos dietarios -

SEPFSD

Sala especializada de Medicamentos

Homeopáticos - SEMH

REGISTROS SANITARIOS DE

MEDICAMENTOS Y

PRODUCTOS BIOLÓGICOS

GRUPO DE REGISTRO

SANITARIOS DMPB

Estudia los trámites de expedición de Registros Sanitarios

y trámites asociados, para emitir actos administrativos que

cumplan con términos legales, oportunidad y calidad

QUE ES UN REGISTRO

SANITARIO ??

Documento público expedido por el INVIMA o la autoridad delegada, previo el

procedimiento tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos técnico

legales establecidos en el presente Decreto, el cual faculta a una persona

natural o jurídica para producir, comercializar, importar, exportar, envasar,

procesar y/o expender los medicamentos cosméticos, preparaciones

farmacéuticas a base de recursos naturales, productos de aseo, higiene y

limpieza y otros productos de uso doméstico.

GRUPO DE PUBLICIDAD DE LA

DMPB

El uso indebido, el exceso en el consumo y/o la incorrecta administración de Medicamentos, Productos Fitoterapéuticos, Homeopáticos y Suplementos Dietarios pueden traer como

consecuencia efectos indeseables para la salud del consumidor.

El mecanismo en que éstos se adquieren y consumen depende en gran medida de la forma como se publicitan y es por esta razón que es indispensable la Vigilancia y Control de la

publicidad de los Medicamentos.

VIGILANCIA Y CONTROL DE LA

PUBLICIDAD

PRODUCTO AUTORIZACIÓN DE

PUBLICIDAD

NORMATIVIDAD DONDE SE PUBLICITAN

MEDICAMENTOS

CON FÓRMULA

MÉDICA

NO REQUIERE DECRETO 677 DE 1995

PUBLICACIONES DE

CARÁCTER CIENTÍFICO O

TÉCNICO, DIRIGIDOS AL

CUERPO MÉDICO Y

ODONTOLÓGICO

MEDICAMENTOS

DE VENTA LIBRE REQUIERE RESOLUCION 4320 DE

2004

MEDIOS MASIVOS DE

COMUNICACIÓN

MEDICAMENTOS

HOMEOPÁTICOS

DE VENTA LIBRE

REQUIERE DECRETO 1861 DE 2006

RESOLUCION 4320 DE

2004

MEDIOS MASIVOS DE

COMUNICACIÓN

PRODUCTOS

FITOTERAPÉUTICO

S DE VENTA LBRE

REQUIERE DECRETO2266 DE 2004

RESOLUCIÓN 4320 DE

2004

MEDIOS MASIVOS DE

COMUNICACIÓN

SUPLEMENTOS

DIETARIOS REQUIERE DECRETO 3249 DE 2006

MEDIOS MASIVOS DE

COMUNICACIÓN

OBLIGATORIEDAD DE APROBACIÓN

PREVIA DE PUBLICIDAD

DECRETO 2078 DE 2012 ARTÍCULO 19° NUMERAL 21:

“Realizar el control de la publicidad y vigilar el cumplimiento de las normas vigentes en esta materia, para los

medicamentos, productos fitoterapéuticos, suplementos dietarios, productos biológicos y demás afines a su naturaleza”.

El INVIMA, como Agencia

Sanitaria Nacional de Referencia

Registro de pautas de

Publicidad de los Medios Masivos

de Comunicación Regional y Nacional

Productos Competencia del Instituto

Por su Cobertura e Inmediatez

Con el objeto de determinar la cantidad y la calidad de

información que recibe la

comunidad

Respecto a Temas

Sanitarios

Visualizar el grado de aceptación que tiene

las acciones de la Entidad en los Medios y en la

Opinión Pública

Para medir efectividad de las acciones frente a los

Medios

Para la toma de decisiones

JUSTIFICACIÓN

GRUPO DE REGISTROS

SANITARIOS DE

FITOTERAPEUTICOS,

HOMEOPATICOS Y SUPLEMENTOS

DIETARIOS

FUNCIONES GRUPO DE FITOTERAPEUTICOS,

MEDICAMENTOS HOMEOPATICOS Y

SUPLEMENTOS DIETARIOS

Gestionar las actividades

relacionadas con el estudio de los

registros sanitarios y de más trámites

asociados al mismo.

Fortalecer el sistema de

información relacionado con

los registros sanitarios

Proyectar y emitir los actos administrativos y los conceptos

técnicos relacionados

PRODUCTOS FITOTERAPEUTICOS

Decreto 2266 de 2004

Decreto 3553 de 2004

SUPLEMENTOS DIETARIOS

Decreto 3249 de 2006

Decreto 3863 de 2008

MEDICAMENTOS HOMEOPATICOS

(Elaborados en laboratorios

Farmacéuticos )

Decreto 3554 de 2004

Decreto 1861 de 2006

PRODUCTO FITOTERAPÉUTICO

PRODUCTO MEDICINAL empacado y etiquetado, cuyas sustancias activas provienen de material de la planta medicinal o asociaciones de estas, presentado en estado bruto o en forma farmacéutica que se utiliza con fines terapéuticos.

También puede contener extractos, tinturas o aceites

No podrá contener en su formulación principios activos aislados y químicamente definidos.

Incluyendo talofitas (hongos-líquenes y algas)

Actividad terapéutica atribuida y comprobada por conocimiento tradicional, estudios o literatura científica, evaluación clínica.

Sin riesgos para la salud ni el ambiente

SUPLEMENTOS DIETARIOS

Producto cuyo propósito es adicionar la dieta normal y que es

fuente concentrada de nutrientes y otras sustancias con efecto

fisiológico o nutricional.

No puede contener sustancias con actividad terapéutica o

indicación alguna.

No puede contener sustancias aceptadas con fines terapéuticos

No presentarse como Medicamento, Alimento, Fitoterapèutico.

Promocionar hábitos de vida saludable.

MEDICAMENTOS HOMEOPÁTICOS

Con el objeto de prevenir la

enfermedad, aliviar, curar, tratar y/o rehabilitar un

paciente.

Preparados farmacéuticos

Obtenidos por técnicas

homeopáticas descritas en las

farmacopeas oficiales aceptadas Magistrales /

Oficinales

Complejos

Simples

PRODUCTOS FITOTERAPEUTICOS

• VIGENCIA: 10 años

• CLASIFICACION: PREPARACIONES FARMACEUTICAS CON BASE EN PLANTAS MEDICINALES: PRODUCTOS FITOTERAPEUTICOS/PRODUCTOS FITOTERAPÉUTICOS TRADICIONALES

• MODALIDADES: FABRICAR Y VENDER/FABRICAR Y EXPORTAR/IMPORTAR Y VENDER/IMPORTAR, ACONDICIONAR Y VENDER

• CERTIFICACION BPM: 5 AÑOS

MEDICAMENTOS HOMEPATICOS

• VIGENCIA: 10 años

• CLASIFICACION: HOMEOPATICOS SIMPLES/HOMEOPATICOS COMPLEJOS

• MODALIDADES: FABRICAR Y VENDER/FABRICAR Y EXPORTAR/IMPORTAR Y VENDER/IMPORTAR, ACONDICIONAR Y VENDER

• CERTIFICACION BPM: 5 AÑOS

SUPLEMENTOS DIETARIOS

• Vigencia: 10 años

• MODALIDADES: FABRICAR Y VENDER/IMPORTAR Y VENDER/IMPORTAR, EMPACAR Y VENDER

• CERTIFICACION BPM: 5 años

• AUTORIZACION DE FABRICACION EN AREAS COMUNES DE MEDICAMENTOS Y FITOTERAPEUTICOS/EQUIVALENCIA DE DOCUMENTACION PRODUCTOS IMPORTADOS

GRUPO TECNICO DE

MEDICAMENTOS

FUNCIONES DEL GRUPO TÉCNICO.

Adelantar la respectiva gestión del riesgo a fin de

que se ejecuten las actividades de intervención por

parte de la Dirección de Operaciones Sanitarias.

Realizar visitas de certificación nacionales e

internacionales en BPM, BPE, BPC, BPL y demás

de acuerdo con la Normatividad Sanitaria vigente.

Participar en la propuesta de reglamentos técnicos

y normalización relacionadas con la evaluación,

producción, comercialización, vigilancia y Buenas

Prácticas para los productos competencia de la

DMPB.

FUNCIONES DEL GRUPO TÉCNICO.

BPM

BPL

BPE

BPA

BPCBPMg

GRUPO INVESTIGACION

CLINICA

¿QUÉ Y CÓMO LO HACEMOS?

Verificar el cumplimiento de las Buenas Practicas Clínicas en las

instituciones interesadas en desarrollar estudios clínicos (EC) con

medicamentos, para lo cual expide un certificado.

Evaluar y conceptuar sobre los estudios clínicos con medicamentos

en seres humanos a realizarse en Colombia, así como los documentos

relacionados con el desarrollo de los mismos.

Realizar seguimiento a las instituciones que conducen investigación

clínica con medicamentos.

QUÉ SON LAS BUENAS PRÁCTICAS

CLÍNICAS ?

Estándar internacional de calidad ética y científica

para el diseño, conducción, realización, monitoreo,

auditoría, registro, análisis y reporte de estudios

clínicos que involucran para su desarrollo la

participación de seres humanos

GRUPO DE

FARMACOVIGILANCIA

FARMACOVIGILANCIA

• Detección

• Evaluación

• Prevención

El Programa

Nacional de

Farmacovigilancia,

se encarga del

tramite de

información sobre

la seguridad de los

medicamentos

comercializados en

Colombia

Detectar los problemas relacionados con eluso de medicamentos.

Contribuir con la evaluación del perfil deseguridad de los medicamentos.

Fomentar el uso de los medicamentosen forma segura, racional y eficaz.

Promover la farmacovigilancia y sucomunicación a público .

OBJETIVOS DE LA

FARMACOVIGILANCIA

DE MUESTRA LA CALIDAD

El programa DeMuestra La Calidad

es una iniciativa de la Dirección

General del Instituto Nacional de

Vigilancia de Medicamentos y

Alimentos -Invima y del Ministerio

de Salud y Protección Social,

formulado en el año 2004 y liderado

hasta el año 2012 por la

Subdirección de Medicamentos. A

partir del año 2013, luego de la

restructuración del Invima, por parte

de la Dirección de Medicamentos y

Productos Biológicos (DMPB). La

creación del programa DeMuestra

La Calidad se relacionó con la

necesidad de consolidar el modelo

de vigilancia integral, continuo y

sostenible, de la calidad de los

productos competencia del Invima

en concordancia con lo preceptuado

por el Decreto 1290 de 1994.

Programa demuestra la calidad

¿QUE ES EL PROGRAMA

DEMUESTRA LA CALIDAD?

Es un programa nacional para la

verificación de la calidad de

medicamentos que se consumen en

todo el país, y que se encuentran

disponibles en establecimientos

farmacéuticos para su consumo, a los

cuales se les realizan análisis de

control de calidad con el fin de verificar

el cumplimiento en sus especificaciones

físicas, químicas y microbiológicas.

Fuente: INVIMA, Dirección de Medicamentos y Productos Biológicos, Informe Programa DeMuestra La Calidad 2004 -2013, Bogotá

CONPES 155 Política farmacéutica nacional,

GRUPO DE ARTICULACION Y

APOYO TECNICO

OBJETIVO GENERAL

Articular y apoyar el cumplimiento y la ejecución de las actividades misionales, funciones y programas a cargo de los

diferentes grupos de la Dirección.

Liderar la unificación de criterios.

Organizar, disponer y controlar el Sistema Nacional de Registros.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

Proponer estrategias e instrumentos para la ejecución adecuada de las políticas de

vigilancia y control de los productos de su competencia.

Asesorar, capacitar y apoyar la asistencia técnica a los entes del Estado tendientes a

unificar criterios y divulgar las normas sanitarias vigentes, de conformidad con los

procedimientos y funciones del INVIMA.

Absolver consultas y emitir conceptos técnicos

GRUPO DE APOYO

ADMINISTRATIVO

APOYO EN LA

Articulación y organización de la gestión documental en la DMPB.

Gestion y ejecución de las actividades administrativas a cargo de la DMPB.

Consolidación y seguimiento del Plan Operativo Anual de la DMPB.

APOYO EN LA

Gestión, consolidación y seguimiento del Plan Presupuestal de la DMPB.

Seguimiento a la atención oportuna de la correspondencia, PQRS a cargo de la

DMPB.

Gestión precontractual, estudios económicos, previos y necesidades de la

DMPB.

www.invima.gov.coDIRECCION DE MEDICAMENTOS Y

PRODUCTOS BIOLOGICOSCarrera 10 No 64-28 Bogotá D.C., Colombia.

Teléfono: (1) 2948700 Ext. 71035

GRACIAS

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