asamblea legislativa

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Asamblea Legislativa ¿Por qué se llama “Salón Azul” de la Asamblea Legislativa? A inicios del siglo XIX, en 1906, la Asamblea Legislativa se instala oficialmente en el Salón Azul del Palacio Nacional, en San Salvador. Este salón recibe su nombre debido al color con el que estaban pintadas sus paredes. Cada salón estaba ubicado en los cuatro puntos cardinales y servían de punto de encuentro y diálogo para los tres órganos del Estado. De los 104 salones, habían cuatro principales: el Rojo que servía para eventos diplomáticos; el Amarillo era la oficina del presidente, el Rosado para la Corte Suprema de Justicia, y el Azul para la Asamblea Legislativa. En el antiguo Salón Azul, en el Palacio aún es posible ver el piso alto en el que periodistas y ciudadanos privilegiados asistían para enterarse de las resoluciones de los diputados. Fue hasta noviembre de 1975 que la Asamblea se ubicó en su actual sede, llamado el Palacio Legislativo, en el Centro de Gobierno. Fue el presidente de la Junta Directiva que gobernaba al país en ese tiempo, quien decidió trasladar el nombre de Salón Azul al espacio específico donde se desarrollarían las sesiones plenarias. Para el terremoto de 2001, el Salón Azul de la Asamblea Legislativa sufrió daños, por lo que tuvo que establecerse un salón azul provisional mientras se reconstruía el original. Después de cuatro años del terremoto, el Salón Azul de la Asamblea se reinauguró en 2005. Este nuevo edificio ya contaba con instalaciones más modernas con vidrio blindado, y un sistema electrónico para el conteo de votos, pantallas gigantes y otros salones secundarios para reuniones de última hora. Dónde esta ubicado: en Palacio Legislativo, Centro de Gobierno, San Salvador. Tel. 2281-9000. Que es La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, es uno de los tres órganos fundamentales del Estado, su elección es mediante voto popular, con atribuciones y competencias indelegables, establecidas por la Constitución de la República y desarrollada en su Reglamento Interior. Su principal función es legislar: decretar, interpretar auténticamente, reformar y derogar las leyes secundarias. Es responsable también de decretar impuestos, el Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Administración Pública; elegir a los Presidentes y los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Tribunal Supremo Electoral y de la Corte de Cuentas de la República, asícomo al Procurador General de la República, al Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos y a los miembros del Consejo Nacional de la Judicatura. Estas y otras funciones están contenidas en el Art. 131 de la Constitución. ¿Que regula dentro de la Asamblea Legislativa a dicho Organo ? El Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa (RIAL) regula la organización, el funcionamiento interno y los procedimientos parlamentarios, para la realización de las funciones que la Constitución le señala a la Asamblea Legislativa. Diputados La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador es un cuerpo colegiado, actualmente conformado por 84 Diputadas y Diputados, los cuales han sido elegidos por los ciudadanos a través del voto. La Constitución, en su art. 126, establece como requisitos para optar al cargo de Diputada y Diputado: “ser mayor de 25 años, salvadoreño por nacimiento, hijo de padre o madre salvadoreño, de notoria honradez e instrucción y no haber perdido los derechos de ciudadano en los cinco años anteriores a la elección”. ¿Cómo se eligen a las Diputadas y Diputados? Las Diputadas y Diputados se eligen cada tres años, mediante el voto libre, directo, igualitario y secreto, en elecciones populares, que organiza el Tribunal Supremo Electoral (TSE) y bajo el sistema de representación proporcional. De acuerdo al art. 76 de la Constitución: "El cuerpo electoral está formado por todos los ciudadanos capaces de emitir voto", con esta base el TSE elabora el "Registro Electoral", el cual está constituido por todos los ciudadanos salvadoreños mayores de dieciocho años, en pleno ejercicio de sus derechos y deberes políticos. ¿Qué hace una Diputada y Diputado? Participa en las Comisiones Legislativas a las que pertenece, para estudiar y dictaminar sobre los asuntos que son sometidos a la consideración de la comisión.

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Page 1: Asamblea Legislativa

Asamblea Legislativa

¿Por qué se llama “Salón Azul” de la Asamblea Legislativa?

A inicios del siglo XIX, en 1906, la Asamblea Legislativa se instala oficialmente en el Salón Azul del Palacio Nacional, en San

Salvador. Este salón recibe su nombre debido al color con el que estaban pintadas sus paredes. Cada salón estaba ubicado en los cuatro

puntos cardinales y servían de punto de encuentro y diálogo para los tres órganos del Estado. De los 104 salones, habían cuatro

principales: el Rojo que servía para eventos diplomáticos; el Amarillo era la oficina del presidente, el Rosado para la Corte Suprema de Justicia, y el Azul para la Asamblea Legislativa.

En el antiguo Salón Azul, en el Palacio aún es posible ver el piso alto en el que periodistas y ciudadanos privilegiados asistían para

enterarse de las resoluciones de los diputados.

Fue hasta noviembre de 1975 que la Asamblea se ubicó en su actual sede, llamado el Palacio Legislativo, en el Centro de Gobierno.

Fue el presidente de la Junta Directiva que gobernaba al país en ese tiempo, quien decidió trasladar el nombre de Salón Azul al

espacio específico donde se desarrollarían las sesiones plenarias.

Para el terremoto de 2001, el Salón Azul de la Asamblea Legislativa sufrió daños, por lo que tuvo que establecerse un salón azul

provisional mientras se reconstruía el original.

Después de cuatro años del terremoto, el Salón Azul de la Asamblea se reinauguró en 2005. Este nuevo edificio ya contaba con

instalaciones más modernas con vidrio blindado, y un sistema electrónico para el conteo de votos, pantallas gigantes y otros salones

secundarios para reuniones de última hora.

Dónde esta ubicado: en Palacio Legislativo, Centro de Gobierno, San Salvador. Tel. 2281-9000.

Que es La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, es uno de los tres órganos fundamentales del Estado, su elección es

mediante voto popular, con atribuciones y competencias indelegables, establecidas por la Constitución de la República y desarrollada

en su Reglamento Interior. Su principal función es legislar: decretar, interpretar auténticamente, reformar y derogar las leyes

secundarias.

Es responsable también de decretar impuestos, el Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Administración Pública; elegir a los

Presidentes y los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Tribunal Supremo Electoral y de la Corte de Cuentas de la

República, así como al Procurador General de la República, al Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos y a los miembros

del Consejo Nacional de la Judicatura. Estas y otras funciones están contenidas en el Art. 131 de la Constitución.

¿Que regula dentro de la Asamblea Legislativa a dicho Organo ?

El Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa (RIAL) regula la organización, el funcionamiento interno y los procedimientos

parlamentarios, para la realización de las funciones que la Constitución le señala a la Asamblea Legislativa.

Diputados

La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador es un cuerpo colegiado, actualmente conformado por 84 Diputadas y

Diputados, los cuales han sido elegidos por los ciudadanos a través del voto.

La Constitución, en su art. 126, establece como requisitos para optar al cargo de Diputada y Diputado: “ser mayor de 25 años,

salvadoreño por nacimiento, hijo de padre o madre salvadoreño, de notoria honradez e instrucción y no haber perdido los derechos de

ciudadano en los cinco años anteriores a la elección”.

¿Cómo se eligen a las Diputadas y Diputados?

Las Diputadas y Diputados se eligen cada tres años, mediante el voto libre, directo, igualitario y secreto, en elecciones populares, que

organiza el Tribunal Supremo Electoral (TSE) y bajo el sistema de representación proporcional. De acuerdo al art. 76 de la

Constitución: "El cuerpo electoral está formado por todos los ciudadanos capaces de emitir voto", con esta base el TSE elabora el

"Registro Electoral", el cual está constituido por todos los ciudadanos salvadoreños mayores de dieciocho años, en pleno ejercicio de

sus derechos y deberes políticos.

¿Qué hace una Diputada y Diputado?

Participa en las Comisiones Legislativas a las que pertenece, para estudiar y dictaminar sobre los asuntos que son sometidos a la

consideración de la comisión.

Page 2: Asamblea Legislativa

Participa en las Sesiones Plenarias, donde se conocen los proyectos de ley, los dictámenes que emiten las comisiones y demás

solicitudes que ingresan a la Asamblea, para que una vez discutidos, puedan ser aprobados o denegados.

Realiza su trabajo político a nivel local y nacional, buscando el óptimo acercamiento con los ciudadanos.

Atiende a las personas y organizaciones representantes de los diversos sectores sociales del país, para conocer sus peticiones.

Representa a la Asamblea en misiones oficiales, tanto dentro como fuera del país.

Participa en actos oficiales.

¿Qué facultades tiene una Diputada y Diputado?

Dar iniciativa de ley a las propuestas que estime convenientes, conforme a las atribuciones de la Asamblea, establecidas en la

Constitución.

Aprobar o rechazar con su voto los proyectos de leyes, decretos, acuerdos o resoluciones que conozcan las Comisiones o la Asamblea,

en su caso.

Abstenerse de votar en los casos que considere necesario.

¿Cuáles son las responsabilidades de una Diputada y Diputado?

Como todo ciudadano, la Diputada y Diputado es responsable ante la ley por cualquier acto que cometa; sin embargo, la Constitución le garantiza ciertos derechos procesales y lo libera de toda responsabilidad legal por las opiniones o votos que emita.

¿Qué limitaciones tiene el cargo de una Diputada y Diputado?

Al igual que todos los funcionarios públicos, la Diputada o el Diputado no tiene más atribuciones que las establecidas en la

Constitución y el Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa (RIAL), esto significa que tienen limitaciones en su cargo y no

pueden realizar otras funciones; por ejemplo, no pueden conceder empleos, autorizar créditos, otorgar visas, conceder franquicias, etc.,

aunque sí pueden gestionar ante los funcionarios competentes para lograr mejoras en las comunidades, en el ámbito social, económico

o político del país.

¿Para qué son electos las Diputadas y Diputados suplentes?

Por cada Diputada o Diputado propietario, también se elige un suplente para que sustituya al propietario, en caso de ausencia, renuncia

o enfermedad.

El ordinal cuarto del art. 131 de la Constitución de la República, establece que corresponde a la Asamblea Legislativa: "Llamar a los

Diputados suplentes en caso de muerte, renuncia, nulidad de elección, permiso temporal o imposibilidad de concurrir de los

Propietarios".

El art. 129 de la Constitución determina que los Diputados suplentes pueden desempeñar empleos o cargos públicos, sin que su

aceptación y ejercicio produzca la pérdida de su calidad.

El artículo 85 de nuestra Constitución establece: “El Gobierno es republicano, democrático y representativo. El sistema político es

pluralista y se expresa por medio de los partidos políticos, que son el único instrumento para el ejercicio de la representación del

pueblo dentro del Gobierno. Las normas, organización y funcionamiento se sujetarán a los principios de la democracia representativa”.

Las Diputadas y los Diputados “representan al pueblo entero y no están ligados por ningún mandato imperativo. Son inviolables, y no

tendrán responsabilidad en tiempo alguno por las opiniones o votos que emitan” (art. 125 Cn.).

Son electos en forma proporcional al número de habitantes de cada uno de los departamentos de donde proceden. A San Salvador por

tener el mayor índice poblacional le corresponden 25 diputados, seguido por La Libertad con 8, Santa Ana 7, San Miguel y Sonsonate 6, Usulután 5, La Paz, Ahuachapán y La Unión 4 y Chalatenango, Cuscatlán, Morazán, San Vicente y Cabañas con 3.

Comisiones Legislativas

¿Que son?

Page 3: Asamblea Legislativa

Son grupos de trabajo, conformados por Diputados y Diputadas propietarios, con el propósito de estudiar, analizar y aprobar, o

rechazar, las diferentes iniciativas de ley que se presentan a la Asamblea Legislativa.

Están integradas por el número de miembros que determina la Junta Directiva, con base en la proporcionalidad de la composición de

la Asamblea. Deben escuchar en audiencia a los interesados en los proyectos legislativos o a los afectados por ellos.

De acuerdo al Art. 38 del Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa, las Comisiones Legislativas pueden ser:

o Permanentes: Son grupos de trabajo establecidos en el Art. 39 del Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa, las cuales se conforman con Diputados nombrados por la Junta Directiva.

o Transitorias: Se constituyen por un acuerdo de la Junta Directiva, para el correspondiente período legislativo.

o Ad-hoc : Se establecen por acuerdo de la Junta Directiva, para un trabajo concreto.

o Especiales: Son nombradas por la Asamblea Legislativa en Pleno, para la investigación de asuntos de interés nacional y

adoptar los acuerdos o recomendaciones que se consideren necesarios.

Comisiones Permanente

Son grupos de trabajo creados para analizar temas específicos. Estas comisiones conservan su vigencia de un período legislativo a otro,

sin necesidad de que sean ratificadas por la siguiente legislatura y se encuentran listadas en el artículo 39 del Reglamento Interior de la

Asamblea Legislativa (RIAL).

¿Como funcionan las Comisiones?

Según el Art. 40 del Reglamento Interior de La Asamblea Legislativa:

"Al inicio de labores, las comisiones elegirán de entre sus miembros, una presidencia, una secretaría y una relatoría; los demás

miembros tendrán la calidad de vocales: todo se pondrá en conocimiento de la Junta Directiva. Sus resoluciones serán tomadas

también por la mayoría de sus miembros; acordarán las normas internas de su actuación, procurando armonizar el estudio adecuado de

los expedientes con su despacho rápido. Con ese fin, llevarán un registro de entrada y salida de los expedientes en su conocimiento.

Asimismo, las comisiones elaborarán un Acta o una Ayuda Memoria de lo tratado en las sesiones. Presentarán a la Asamblea, cada

tres meses, un informe claro y sucinto sobre el trabajo realizado".

La mayoría de los miembros de la comisión deberá estar presente para poder sesionar."

¿Cuándo se reúnen?

Según el Art, 48 del Reglamento Interior de La Asamblea Legislativa:

"Las comisiones sesionarán según la convocatoria que realice la Presidencia de la Asamblea, en la Sesión Plenaria correspondiente y,

de manera extraordinaria, cuando después de la reunión a que ha sido convocada, así lo acuerde ésta.

El incumplimiento de estas responsabilidades dará lugar a las sanciones administrativas que imponga la Junta Directiva."

Junta Directiva

Integrada por una Presidencia, Vicepresidencias y Secretarías.

Se conforma procurando la participación de todos los grupos parlamentarios, con base a los criterios de pluralidad y proporcionalidad,

de conformidad al Protocolo de Entendimientos.

La Junta Directiva está obligada a cumplir y hacer cumplir las funciones que le designa tanto la Constitución de la República, como el

Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa (RIAL) y las leyes secundarias.

Conformación de la actual Junta Directiva 2015

Lorena Guadalupe Peña Mendoza Presidencia

Guillermo Antonio Gallegos Navarrete Primera Vicepresidencia

Ana Vilma Albanez de Escobar Segunda Vicepresidencia

Page 4: Asamblea Legislativa

José Serafín Orantes Rodríguez Tercera Vicepresidencia

Norman Noel Quijano González Cuarta Vicepresidencia

Santiago Flores Alfaro Quinta Vicepresidencia

Guillermo Francisco Mata Bennett Primera Secretaría

David Ernesto Reyes Molina Segunda Secretaría

Mario Alberto Tenorio Guerrero Tercera Secretaría

Reynaldo Antonio López Cardoza Cuarta Secretaría

Jackeline Noemí Rivera Á valos Quinta Secretaría

Jorge Alberto Escobar Bernal Sexta Secretaría

Abilio Orestes Rodríguez Menjívar Séptima Secretaría

José Francisco Merino López Octava Secretaría

Atribuciones, de conformidad al Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa, hacer clic si quiere conocer a cerca del tema.

o Atribuciones de la Junta Directiva

o Atribuciones de la Presidencia

o Atribuciones de las Vicepresidencias

o Atribuciones de las Secretarías