articulos 1-7

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CAPÍTULO I INTRODUCCIÓN  Art. 1-defini ciones a. Todos los días se consideran hábiles se cont aran de for ma corrida. Los día s inhábi les son los sábados, domingos y asuetos legales. b. proc eso elec toral : es el conju nto de acti idad es, decisione s y actos !ue se real i"an con el objetio de elegir los cargos de la #unta $irectia y Tribunal de honor. c. acto el ector al: es l a fase del p roces o elect oral, para la elecci% n de los car gos contemplados. &ste es reali"ado en un día !ue da inicio a las ':(( con una sesi%n e)traordinaria de la Asamblea *eneral, termina con la declaraci%n oficial de los resultados a las 1':((. d. +ayo ría absoluta : la planil la ganad ora deberá obtener l a mitad más un o de los otos álidos emitidos. e. entro de otaci%n: es el lu gar físi co desig nado por el tr ibunal electo ral par a efectuar el acto electoral. f. recinto del centr o de ot aci%n : espac io cerrado do nde se c olca l as mesas electoral es y se reali"a la Asamblea *eneral &)traordinaria. g. ormati o: conjun to de norma s, regl as y demás disp osiciones emi tidas y fi jadas por el Tribunal &lectoral. h. ede e ntral: instalacion es donde funci ona las ofic inas cent rales del o legi o de /ngenier os de *uatemala. i. omi t0 at rocin ador: 2rgan i"ac iones d e carác ter t empora l int egrad as, co n un mín imo de cincuenta colegiados actios, para postular y respaldar a los candidatos !ue conforman cada planilla.  j. andidatos: colegiado actio !ue llene re!uisitos necesarios. CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES  Art. 3- Aplicaci %n: e regulan todas las elecciones del olegio de /ngenieros de *uatemala.  Art. 4 5 $el ufragio:

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7/23/2019 articulos 1-7

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CAPÍTULO I

INTRODUCCIÓN

 Art. 1-definiciones

a. Todos los días se consideran hábiles se contaran de forma corrida. Los días inhábiles son

los sábados, domingos y asuetos legales.

b. proceso electoral: es el conjunto de actiidades, decisiones y actos !ue se reali"an con el

objetio de elegir los cargos de la #unta $irectia y Tribunal de honor.

c. acto electoral: es la fase del proceso electoral, para la elecci%n de los cargos

contemplados. &ste es reali"ado en un día !ue da inicio a las ':(( con una sesi%n

e)traordinaria de la Asamblea *eneral, termina con la declaraci%n oficial de los resultados

a las 1':((.

d. +ayoría absoluta: la planilla ganadora deberá obtener la mitad más uno de los otos

álidos emitidos.

e. entro de otaci%n: es el lugar físico designado por el tribunal electoral para efectuar el

acto electoral.

f. recinto del centro de otaci%n: espacio cerrado donde se colca las mesas electorales y se

reali"a la Asamblea *eneral &)traordinaria.

g. ormatio: conjunto de normas, reglas y demás disposiciones emitidas y fijadas por el

Tribunal &lectoral.

h. ede entral: instalaciones donde funciona las oficinas centrales del olegio de /ngenieros

de *uatemala.

i. omit0 atrocinador: 2rgani"aciones de carácter temporal integradas, con un mínimo de

cincuenta colegiados actios, para postular y respaldar a los candidatos !ue conforman

cada planilla.

 j. andidatos: colegiado actio !ue llene re!uisitos necesarios.

CAPÍTULO II

DISPOSICIONES GENERALES

 Art. 3- Aplicaci%n:

e regulan todas las elecciones del olegio de /ngenieros de *uatemala.

 Art. 4 5 $el ufragio:

7/23/2019 articulos 1-7

http://slidepdf.com/reader/full/articulos-1-7 2/2

&l oto es libre, igualitario, secreto, uniersal, 6nico y personal. Tienen derecho a ejercer oto los

colegiados actios.

CAPÍTULO III

DEL TRIBUNAL ELECTORAL

 Art. 7- de su integraci%n:

Todo lo relatio a la integraci%n, período, re!uisitos de sus miembros y pla"os, se rige por la Ley de

olegiaci%n rofesional 2bligatoria.

 Artículo 8. 9acantes.

 Al ocurrir una acante esta será cubierta por suplentes, !ue asumirán como miembro titular. e

conocara a Asamblea *eneral para elegir a nueos suplentes. Al haber ausencia temporal, el

suplente lo sustituirá mientras dure su ausencia.

 Artículo . $e las sesiones y !u%rum.

 &l Tribunal &lectoral celebrará las sesiones !ue considere necesarias, debiendo registral el acta de

cada sesi%n. erán dirigidas por el residente. ara celebrar sesi%n se re!uiere de cuatro ;7<

miembros entre titulares y suplentes. Las decisiones se deben tomar por mayoría absoluta= en caso

de empate, el residente tendrá derecho a doble oto.

 Artículo >. riacidad.

 Las sesiones del Tribunal &lectoral, serán priadas. $urante los procesos electorales, los fiscales

o delegados ;as< de los omit0s atrocinadores<, podrán asistir a las sesiones, con o" pero sin

oto. odrán asistir a las sesiones, personas interesadas en el asunto de !ue se trate. Los

documentos generados son p6blicos.