artículo 177 bis

Upload: ross-rosy-sanc

Post on 06-Jul-2018

213 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 8/17/2019 Artículo 177 Bis

    1/1

    Artículo 177 Bis. A quien utilice un vehículo automotor no ofcial con balizaje,

    colores o equipamiento originales, alsifcados o con apariencia tal que se

    asemeje a los de uso eclusivo para vehículos de instituciones de seguridad

    p!blica o del servicio p!blico de emergencia" se le impondr# una pena de dos a

    seis a$os de prisi%n & multa de doscientos a cuatrocientos días de salario

    mínimo general vigente en la zona geogr#fca que corresponda. 'a penaprevista en este artículo se incrementar# hasta una mitad de la que

    corresponda si el vehículo se utiliz% para cometer alg!n delito, sin perjuicio de

    las penas que correspondan por la comisi%n del delito diverso. (uando en el

    delito cometido est) implicado un servidor p!blico se impondr# de cuatro a

    ocho a$os de prisi%n & multa de trescientos a seiscientos días de salario

    mínimo general vigente en la zona geogr#fca que corresponda, así como

    inhabilitaci%n para desempa$ar alg!n

    *el estudio particular derivamos la pertinencia de incorporar, a propuesta de

    diversos +rupos arlamentarios, las adecuaciones siguientes-

    Artículo 177 Bis. A quien utilice en un vehículo automotor no ofcial e rodante

    particular selequeeutiliee con balizaje, distintivo ofcial, l#mpara estrebo de

    luz azu1 & roja, sirena o torreta de luz teja, colores o equipamiento

    originales, alsifcados o con apariencia tal que se asemeje a los cualquier otro

    accesorio de uso eclusivo para vehículos de instituciones de seguridad p!blica

    o del servicio p!blico de emergencia" se le impondr# una pena de dos a seis

    a$os de prisi%n & multa de doscientos a cuatrocientos días de salario mínimo

    general vigente en la zona geogr#fca que corresponda. 'a pena /0+2*3. 0l

    presente *ecreto entrar# en vigor al los ciento veinte días naturales siguientes

    al día siguiente de su publicaci%n en el peri%dico ofcial 4+aceta del +obierno4.

     506(063. 0l 0jecutivo 0statal deber# epedir las disposiciones administrativas

    que establezcan las características del balizamiento, sellos, insignias,

    matrículas edistintivos ofciales, así como del e. e.. e .e. *eerete