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Guía útil para expatriados en Argentina. Aspectos laborales, familiares, información del país.TRANSCRIPT
Bienvenido
GUÍA DE ACOGIDA PARA EL EXPATRIADO
COLOMBIA
Bienvenido
GUÍA DE ACOGIDA PARA EL EXPATRIADO
Argentina
GUÍA DE ACOGIDA PARA EL EXPATRIADO. Argentina 2
ÍNDICE
0 Aspectos a la llegada 3
0.1 Aeropuertos principales / Formas de acceso al centro ciudad ............................................ 3 0.1.1 medios de transporte colectivos .......................................................................... 5 0.1.2 compañías de taxi ............................................................................................... 5
0.2 Compañías aéreas y principales rutas nacionales .............................................................. 6
1 Aspectos laborales 8
1.1. Requisitos de entrada ......................................................................................................... 8 1.1.1 Estancia máxima sin visado ................................................................................. 8 1.1.2 Tipos de visado .................................................................................................... 9 1.1.3 Solicitud de residencia sin visado ........................................................................ 9 1.1.4 Embajadas de España y consulados .................................................................11
1.2 Obligaciones fiscales y contributivas ................................................................................12 1.2.1 convenio de doble imposición ...........................................................................12 1.2.2 obligaciones contributivas con la seguridad social. Fondos de pensiones .......13
1.3 Sanidad .............................................................................................................................13 1.3.1 vacunas ..............................................................................................................13 1.3.2 prestaciones sanitarias locales ..........................................................................13
2 Aspectos familiares 17
2.1 Legislación aplicable a la actividad profesional del cónyuge y otros familiares ................17 2.2 Escolarización ...................................................................................................................18
2.2.1 Escolarización en la red pública local ................................................................18 2.2.2 Escolarización en la enseñanza privada. Ciudad de Buenos Aires.
Información práctica ...........................................................................................18
3 Información práctica 20
3.1Datos relevantes sobre el país ...........................................................................................20 3.1.1 Clima ..................................................................................................................20 3.1.2 Oficinas de información turística. Direcciones y teléfonos ................................20 3.1.3 Jornada y calendario laboral ..............................................................................21
3.1.3.1 Horario de trabajo de Empresas, Bancos, Comercios y Administración pública ........................................................................22
3.1.3.2 Vacaciones y festividades .....................................................................22
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0 Aspectos a la llegada
La capital de Argentina es la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La mayor parte de la población del
país está concentrada en esta ciudad y sus alrededores, donde se desarrolla la mayoría de las
actividades económicas y culturales. Otros núcleos urbanos de importancia son la ciudad de Rosario,
en la Pcia. de Santa Fe; la ciudad de Córdoba, capital de la Pcia. del mismo nombre y la ciudad de
Mendoza, capital de la Pcia. de Mendoza.
0.1 Acceso a la ciudad autónoma de Buenos Aires
Vía aérea.
La ciudad cuenta con dos aeropuertos:
1. Aeroparque Metropolitano Jorge Newbery: los turistas que llegan del interior del país o en algunos
vuelos de los países limítrofes llegan al aeroparque, ubicado sobre la costa de la ciudad, a cinco
minutos del centro.
2. Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini: los visitantes del resto del mundo son recibidos en este
aeropuerto, que se encuentra en la localidad de Ezeiza, ubicada a 30 km aproximadamente de la
Ciudad de Buenos Aires, a unos 20 minutos del centro por autopista. Después de la llegada de los
vuelos internacionales a este aeropuerto, los pasajeros deben trasladarse al Aeroparque Metropolitano
Jorge Newbery, si quieren realizar vuelos internos a otras ciudades del país.
Para los traslados desde el Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini (Ezeiza) a la ciudad es
recomendable contratar un servicio de taxis, remises (coches con chofer que se contratan para
traslados) o autobuses, de las compañías que tienen ventanilla de atención apenas se atraviesa la
aduana, antes de la salida donde se encuentra el público que espera a los pasajeros. Se recomienda
evitar la contratación de cualquier servicio de traslados que se ofrezca fuera de estas oficinas de
atención.
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Para más datos sobre estos aeropuertos y el resto de los aeropuertos en Argentina se sugiere el sitio
www.aa2000.com.ar
Vía fluvial.
Buenos Aires está conectada por vía fluvial con la República Oriental del Uruguay. Diariamente se
realizan viajes desde Colonia y Montevideo. Existen conexiones frecuentes por ferries que unen ambas
costas. Más allá de estos trayectos con varios horarios durante el día, no existen barcos que ingresen
regularmente trasportando pasajeros de otros países, a excepción de los cruceros turísticos, en
determinadas épocas del año.
Toda la información sobre los traslados en barco entre Uruguay y Argentina se encuentra en la webs:
www.buquebus.com
http://www.seacatcolonia.com.ar
http://www.coloniaexpress.com/ar
http://cacciolaviajes.com/arg/destinos/carmelo
Rosario, Córdoba y Mendoza:
Para accesos a Rosario, Córdoba y Mendoza, recomendamos consultar las siguientes web:
http://www.aeropuertorosario.com/
http://www.omnilineas.com.ar/bus/retiro/rosario/
http://www.cordobaglobal.com.ar/transportes/transportes_cordoba_global.htm
http://www.turismo.mendoza.gov.ar/
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0.1.1 . Medios de transporte colectivos.
http://www.turismo.buenosaires.gob.ar/es/agrupador-noticias/moverse-por-la-ciudad
Para traslados por la Ciudad de Buenos Aires se pueden utilizar:
• el metro (llamado localmente “subte”), cuya red cuenta con 6 líneas que convergen en el centro
y su extensión no excede en ningún caso los límites de la ciudad. http://www.metrovias.com.ar/
• autobuses (llamados localmente “colectivos”). 200 líneas efectúan diversos recorridos
cubriendo toda la superficie de la ciudad y su periferia (también llamada “Conurbano
Bonaerense” o “Gran Buenos Aires”). http://www.xcolectivo.com.ar/ A fin de viajar en los
autobuses (colectivos) es necesario contar con monedas para las máquinas que dentro de los
vehículos expenden los billetes o la tarjeta SUBE (sistema único de boleto electrónico), que
puede adquirirse en el Correo, algunos kioskos y otros puntos de venta http://www.sube.gob.ar/
• trenes (utilizados principalmente para conectar Buenos Aires con sus alrededores). Salvo
aquellos que conectan la ciudad con la zona norte del Gran Buenos Aires (líneas ex Mitre y ex
Belgrano), no es conveniente utilizar este medio de transporte, por el deterioro del servicio
sufrido en los últimos años y problemas de inseguridad.
http://www.argentina.gob.ar/informacion/transporte/204-ferrocarriles.php;
Para trasladarse por Rosario, Córdoba y Mendoza, conviene utilizar taxis, debido a que la extensión de
las ciudades no es tan grande. Para el caso de Rosario y Córdoba, la información sobre transportes
públicos puede encontrarse en las siguientes web:
http://www.rosario.gov.ar/sitio/servicios/transporte/recorridos.jsp
http://www.cordoba.gov.ar/cordobaciudad/principal2/default.asp?ir=7
0.1.2. Compañías de taxi
En Buenos Aires, el inicio del viaje tiene un costo fijo de 14,3$, y luego cada 200m de recorrido
se pagan 1,43$. El tiempo que el vehiculo se encuentra detenido durante el trayecto (en semáforos,
etc) se va acumulando y se pagan 1,43$ por minuto. Entre las 22 y las 6h rige una tarifa nocturna con
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un incremento del 20% en el valor del viaje. En cuanto a los remises depende de cada compañía, pero
un valor de referencia aproximado es de 10$ el kilómetro.
Alo 4855-0455
Del Plata S.R.L 4505-1111
Premium 4374-6666
Paris 4308-0001
Pídalo S.A . 4956-1200
Porteño S.R.L . 4566-5777
Taxi Ya S.R.L . 4904-1010
0.2. COMPAÑÍAS AÉREAS Y PRINCIPALES RUTAS NACIONALES
La línea aérea principal y la única que cubre la totalidad de las rutas aéreas internacionales y nacionales
es Aerolíneas Argentinas, que opera para algunos trayectos internos bajo el nombre de Austral.
http://www.aerolineas.com.ar/home.asp
El siguiente cuadro describe las principales rutas aéreas nacionales.
Desde Buenos Aires Tiempo (en horas)
Bahía Blanca 1.15 Salta 2.15
Comodoro Rivadavia 2.27 San Carlos de Bariloche 2.20
Córdoba 1.15 San Fdo. del Valle de Catamarca 1.55
Corrientes 1.25 San Juan 1.50
El Calafate 3.23 San Luis 1.30
Formosa 1.30 San Martín de los Andes 2.20
La Rioja 1.30 San Miguel de Tucumán 1.55
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Mar del Plata 0.55 San Rafael 1.30
Mendoza 1.50 San Salvador de Jujuy 2.15
Neuquén 1.53 Santa Fe 0.58
Posadas 1.28 Santa Rosa 1.19
Puerto Iguazú 1.45 Santiago del Estero 1.40
Resistencia 1.27 Trelew 2
Río Gallegos 3.14 Ushuaia 3.40
Río Grande 3.30 Viedma 1.30
Rosario 0.52
Desde Córdoba
Jujuy 1.30 Salta 1.10
Mendoza 1 San Carlos de Bariloche 2.15
Puerto Iguazú 2 San Miguel de Tucumán 1.05
Desde San Carlos de Bariloche
El Calafate 1.45
Esquel 0.40
San Martín de los Andes 0.25
Trelew 1.15
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1 Aspectos laborales
1.1. REQUISITOS DE ENTRADA
1.1.3. Estancia máxima sin visado El plazo máximo de permanencia como turista es de noventa días, que podrá extenderse por única vez
presentándose en cualquiera de las delegaciones de la Dirección Nacional de Migraciones, antes de
que expire el plazo originalmente concedido.
1.1.2. Tipos de visado
1.1.2.1 Visado de turismo
Para ingresar a la República Argentina, los ciudadanos con pasaporte español no requieren visa. Sin
embargo, es obligatorio para ingresar en el país, presentar un billete de ida y vuelta con fecha de retorno
inferior a los 3 meses concedidos como turista.
1.1.2.2 Visado y Permiso de trabajo (ciudadanos no pertenecientes a países
Mercosur o asociados: Chile, Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú).
Trabajador migrante: quien ingrese al país para dedicarse al ejercicio de alguna actividad lícita,
remunerada, con autorización para permanecer en el país por un máximo de 3 años, prorrogables, con
permiso para trabajar bajo relación de dependencia. A partir de los 3 años puede solicitarse la
residencia permanente.
El empleador requeriente (inscrito en el Registro de Requerientes) o su apoderado inicia el trámite ante
la Dirección Nacional de Migraciones (acreditando inscripción en la AFIP, Administración Federal de
Ingresos Públicos, últimos 6 pagos previsionales o impositivos, en caso de personas físicas, estados
contables, habilitación comercial, título de propiedad o contrato de alquiler y datos de solicitud de la
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persona a contratar, oferta de contrato, detalle de prestaciones que desarrollará y motivos para
contratarla, con documentación probatoria de los motivos y la experiencia profesional del ingresante.
Será requisito el pago de una tasa migratoria de $ 600.
Por este trámite la Dirección Nacional de Migraciones emite un Permiso de Ingreso que debe ser
presentado por los ingresantes ante el consulado argentino con jurisdicción sobre su habitual lugar de
residencia.
Con dicho permiso, se gestiona ante el consulado la visa para poder ingresar al país, en la categoría
migratoria autorizada. Una vez tramitada la visa y producido el ingreso al país de los extranjeros,
quedan automáticamente radicados, debiendo tramitar – en caso de corresponder – su DNI ante el
Registro Nacional de las Personas, en el plazo de sesenta (60) días hábiles de producido el ingreso.
Toda la documentación deberá presentarse en original y copia simple o con copia certificada por
escribano (si el escribano no es de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la firma de éste deberá
encontrarse legalizada por el Colegio de escribanos de la provincia que corresponda). Toda
documentación emitida en el exterior deberá presentarse visada por el Consulado Argentino del país
emisor o con sello de Apostilla de la Convención de La Haya.
1.1.3. Solicitud de residencia sin visado
La legislación Argentina permite el cambio de estatus migratorio dentro del territorio de la República
Argentina. Es decir es posible ingresar como turista y dentro del plazo de 3 meses, realizar el tramite
ante la dirección Nacional de Migraciones para cambiar la categoría, a trabajador migrante, por
ejemplo,. Esta vía es mas recomendable que la solicitud del visado a fin de evitar todos los tramites
descritos en el punto precedente por vía consular. El turnos para el tramite, se puede obtener en la web
http://www.migraciones.gov.ar/accesible/?turno_online
Diversos supuestos de residencia temporaria o transitoria:
http://www.migraciones.gov.ar/accesible/indexN.php?nomercosur_permanente
http://www.migraciones.gov.ar/accesible/indexN.php?nomercosur_temporaria
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Los ciudadanos de países del Mercosur o estados asociados (Chile, Bolivia, Colombia, Ecuador y
Perú), podrán obtener la residencia temporaria con el único requisito de acreditar su nacionalidad y
certificado de no poseer antecedentes penales.
1.1.3.1. Residencia temporaria para Trabajador Migrante.
Los trabajadores migrantes que sean ciudadanos de países No Mercosur o Asociados, que soliciten la
residencia transitoria, deberán presentar ante la Dirección Nacional de Migraciones la siguiente
documentación:
• Pasaporte
• Certificado de antecedentes penales argentinos
• Certificado de antecedentes penales en España (con Apostilla de la Haya)
• Sello de ingreso al país en el Pasaporte
• Certificado de domicilio en Argentina (solicitar en Comisaría de la zona de residencia)
• Pre-contrato laboral
• Constancia de inscripción del empleador ante la AFIP (Administración Federal de Ingresos
Públicos)
• Constancia de inscripción del empleador en el Registro Único de Requirentes (trámite que debe
realizar el empleador por ante la Dirección Nacional de Migraciones).
• Pago de tasa de radicación de $ 600.
1.1.3.2. Residencia temporaria para inversionista
En caso de inversionistas, que realicen una inversión productiva, comercial o de servicios de interés
para el país, por un mínimo de $ 1.500.000 de pesos, a los requisitos anteriores, en lugar del pre-
contrato laboral, se le proyecto de inversión, debiendo acreditar el origen y legalidad de los fondos, y
su ingreso al país, por medio de instituciones bancarias o financieras autorizadas por el Banco Central.
El Ministerio de Industria y Turismo analizará el proyecto, plazo de ejecución y elaborará un dictamen
no vinculante y podrá incorporar por Resolución fundada nuevos parámetros para la evaluación.
1.1.3.3. Residencia temporaria para becarios
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Los becarios tramitan la residencia transitoria encuadrado dentro del régimen especial de la ley 25.871
art.24 inc. H. Deben presentar la misma documentación que la señalada en el punto anterior para
trabajadores migrantes pero en lugar del precontrato deben presentar su decreto de nombramiento
certificado por la apostilla de la haya.
1.1.4 Embajadas de España y consulados.
EMBAJADA DE ESPAÑA EN BUENOS AIRES
Mariscal Ramón Castilla, 2720. CP1425
Tel: 4802 6031/32, 4802 6611, 4801 9882 y 4801 8282.
Fax: 4802 0719 y 4807 3701
Web: www.mae.es/embajadas/buenosaires/es/home
E-mail: [email protected]
CONSULADO GENERAL EN CÓRDOBA
Bulevar Chacabuco, 875.- 5000 Córdoba.
Teléfonos: ,469 74 90, 468 13 57, 469 25 36.
Teléfono emergencia consular: 155 930 169.
Fax: 469 16 02.
Web: www.mae.es/consulados/cordoba/es/home
E-mail: [email protected]
CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA EN BUENOS AIRES:
Dirección: Guido, 1770.- C1016AAF Buenos Aires
Tel.: 54 11 4814 9100
Fax: 4811 0079.
E-mail:[email protected] [email protected]
CONSULADO GENERAL EN MENDOZA
Agustín Álvarez, 455.- 5500 Mendoza.
Teléfonos: 425 39 47, 425 84 83, 459 09 15 y 459 09 16.
Fax: 438 01 25.
Web: www.mae.es/Consulados/Mendoza/es/Home
E-mail: [email protected] y [email protected]
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CONSULADO GENERAL EN BAHÍA BLANCA
L.M. Drago, 64/70.- 8000 Bahía Blanca.
Teléfonos: 452 25 49 y 452 33 47.
Fax: 451 33 30.
Web: www.mae.es/consulados/bahiablanca
E-mail: [email protected]
CONSULADO GENERAL EN ROSARIO
Santa Fe, 768/774.- 2000 Rosario (Provincia de Santa Fe).
Apartado Postal: Casilla de Correos 485.
Teléfonos: 447 01 00 y 449 22 25.
Teléfono emergencia consular: 0054 9 341 6 329 829
Fax: 447 02 00.
Web: www.mae.es/consulados/rosario/es/home
E-mail: [email protected] y [email protected] y [email protected]
Los ciudadanos españoles en el extranjero deberán inscribirse en el Registro de Matrícula en la Oficina
Consular de Carrera o en la Sección Consular de la Misión Diplomática que corresponda a la
circunscripción donde se encuentren. Esta inscripción acreditará su condición de residente en el
extranjero a todos los efectos legales. El padre o la madre deberán solicitar la inscripción de sus hijos
menores de edad sujetos a su patria potestad, si se hallan en su compañía. La misma obligación
incumbe a los tutores respecto de sus pupilos.
1.2 OBLIGACIONES FISCALES Y CONTRIBUTIVAS
1.2.1 Convenio para evitar la doble imposición y pr evenir la evasión fiscal.
En junio de 2012 fue denunciado por Argentina de manera unilateral el convenio que había suscrito con
España para evitar la doble imposición que regía desde 1994. El mismo dejó de tener efecto el 31 de
diciembre de 2012. Después de un proceso de negociación, se firmó un nuevo convenio. El nuevo texto
supone una mejora y actualización del anterior. Fue publicada en el BOE el 14/1/2014, evitando así
que las empresas españolas con inversiones en Argentina se puedan quedar sin la cobertura durante
este periodo de tiempo.
El nuevo convenio abarca un conjunto amplio de hechos imponibles: rentas inmobiliarias, beneficios
empresariales, navegación marítima y aérea, empresas asociadas, dividendos, intereses, cánones o
regalías, ganancias de capital, rentas por servicios personales independientes, remuneraciones por
GUÍA DE ACOGIDA PARA EL EXPATRIADO. Argentina 13
servicios personales dependientes, retribuciones de directores y consejeros, rentas de artistas y
deportistas, pensiones, remuneraciones por funciones públicas, percepciones de profesores y
estudiantes, otras rentas, y el patrimonio.
1.2.2. Obligaciones contributivas con la seguridad social.
El Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y Argentina se firmó el 28 de enero de 1997
y entró en vigor el 1 de diciembre de 2004. Está publicado en el Boletín Oficial del Estado de 10 de
diciembre de 2004. Su puede encontrar en:
http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/normativa/095130.pdf
En Argentina, los trabajadores aportan al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que
administra el Estado y que constituye el 11% de aportes sobre el sueldo. Con la sanción de la Ley
26.425 en noviembre de 2008, de la que surgió el citado SIPA en sustitución del régimen anterior, se
estatizó el sector privado de pensiones adhiriéndose esos fondos al Fondo de Garantía de
Sustentabilidad (FGS). Para mayor información consultar la web www.anses.gov.ar
1.3 SANIDAD
1.3.1 Vacunas
1.3.1.1 Recomendadas:
Además de las que se aplican en Euskadi, ninguna.
1.3.1.2. Obligatorias:
Además de las que se aplican en Euskadi, ninguna.
1.3.2 Prestaciones sanitarias locales
1.3.2.1 Sanidad pública.
GUÍA DE ACOGIDA PARA EL EXPATRIADO. Argentina 14
Cualquiera sea la situación legal del inmigrante en Argentina, la ley le otorga el derecho a la salud
pública y asistencia médica. En Argentina, la palabra “hospital” se utiliza para mencionar a las
instituciones gubernamentales (a excepción de los hospitales fundados por algunas colectividades,
como el “Hospital Italiano”, el “Hospital Británico”, “Hospital Español” u “Hospital Alemán”, entre otros,
que son centros de salud privados y que también ofrecen su propia cobertura prepaga de salud)
mientras que los términos Clínica o Sanatorio se refieren a centros privados de internación. En caso de
riesgo de vida, conviene dirigirse a la institución más cercana. Si alguien sufre un accidente en la vía
pública, la ambulancia lo llevará al hospital público de la zona debido a que hay más especialistas
disponibles en cualquier horario, expertos para intervenir en situaciones traumáticas. Si necesitara
tratamiento por un período prolongado, una vez que su salud se encuentra estabilizada lo trasladarían,
a una institución cubierta por su seguro médico, en caso de tenerlo. De todos modos, antes de retirarse
de la institución de salud, la persona deberá abonar los servicios recibidos como paciente externo.
Cualquier extranjero puede acceder a ser atendido en la red de hospitales públicos, que si bien no
siempre cuentan con equipos con las últimas innovaciones, sí ofrecen la atención de profesionales
altamente cualificados. Si su seguro no cubre el tratamiento, tendrá que pagar antes de abandonar el
hospital, o en el plazo de un mes.
Uno de los hospitales públicos de la ciudad más recomendados, por su equipamiento y ubicación
geográfica es el Hospital Fernández (Cerviño 3356, Buenos Aires, Tel.: (+ 54 11) 4808 2600). Para
obtener una lista completa de los hospitales en la Ciudad de Buenos Aires, debe consultarse el
siguiente link:
http://www.buenosaires.gov.ar/areas/salud/sistemas_salud/index.php?idtema=1&idbarrio=&idcgp=&id
tipo=&texto=&redir=0
Para un elenco de los hospitales de cada provincia, se sugiere buscar el Ministerio de Salud
correspondiente, en la siguiente web: http://www.msal.gov.ar/
Teléfono de Ambulancias/ Urgencias: 107
1.3.2.2 Sanidad privada: principales compañías locales, nivel de servicio,
procedimiento de uso, precios de referencia.
GUÍA DE ACOGIDA PARA EL EXPATRIADO. Argentina 15
Todo trabajador en relación de dependencia cuenta con un sistema de “Obra Social” (en total existen
aproximadamente 300), cada una de las cuales se encuentra administrada por el sindicato
correspondiente a la actividad del trabajador. El empleado y la empresa pagan cada uno una cuota fija
mensual y en algunos casos el asegurado debe pagar ciertos aranceles al momento de recibir la
prestación.
Por otra parte, hay prestadores privados que ofrecen cobertura a través de sistemas de medicina
prepaga. Los trabajadores autónomos, o aquellos en relación de dependencia que prefieran acceder a
un sistema de cobertura más completo, en las clínicas privadas más prestigiosas, pagan una suma
mensual y pueden acceder a todos aquellos profesionales y centros de atención e internación que
figuran en la cartilla del prestador contratado. Los costos varían según la empresa y el tipo de cobertura,
pero una póliza de calidad media puede estimarse en torno a los $1000 mensuales en adelante. Con
estas coberturas, al igual que en el caso de las “obras sociales” también se obtienen descuentos en los
medicamentos.
Las empresas más reconocidas que ofrecen servicios de medicina prepaga son:
OSDE (www.osdebinario.com.ar) SWISS MEDICAL (www.swissmedical.com.ar)
MEDICUS (www.medicus.com.ar) CEMIC (www.cemic.edu.ar)
GALENO (www.e-galeno.com.ar) Hospital Italiano (www.hospitalitaliano.org.ar)
Hospital Alemán (www.hospitalaleman.com.ar) Hospital Británico (www.hospitalbritanico.org.ar)
Para obtener información sobre las clínicas y centros de salud privados, consultar la siguiente web: http://www.confeclisa.com/.
Las clínicas privadas más reconocidas en la Ciudad de Buenos Aires son:
GUÍA DE ACOGIDA PARA EL EXPATRIADO. Argentina 16
SANATORIO DE LA TRINIDAD
Cerviño 4720. Tel 4127-5500
www.trinidadpalermo.com.ar/
INSTITUTO ARGENTINO DEL DIAGNÓSTICO
M.T. de Alvear 2400. Tel. 4963 9500.
www.iadt.com
HOSPITAL ALEMAN
Av. Pueyrredón 1640. Tel. 4821 1700.
www.hospitalaleman.com.ar/
CLÍNICA Y MATERNIDAD SUIZO ARGENTINA
Av. Pueyrredón 1461. Tel. 5239-6000
www.cymsa.com.ar
HOSPITAL BRITANICO
Perdriel 74. Tel. 4304-1081/90
www.hospitalbritanico.org.ar/
FLENI
Montañeses 2325. Tel. 5777-3200
www.fleni.org.ar
SANATORIO MATER DEI
San Martín de Tours 2952. Tel. 4809-5555.) www.sanatoriomaterdei.com.ar
HOSPITAL ITALIANO
Gascón 450. Tel 4959-0200
www.hospitalitaliano.org.ar
CEMIC
Av. Las Heras 2900. Tel 4808-8200
www.cemic.edu.ar
GUÍA DE ACOGIDA PARA EL EXPATRIADO. Argentina 17
2 Aspectos familiares
2.1 LEGISLACIÓN APLICABLE A LA ACTIVIDAD PROFESIONAL DEL CÓNYUGE O ACOMPAÑANTE Y OTROS FAMIILARES
Para obtener el permiso de ingreso a la República Argentina de una persona extranjera que es padre,
cónyuge o hijo/a menor de 18 años o discapacitado de residentes permanentes o temporarios, se debe
presentar ante la Dirección Nacional de Migraciones, la acreditación de identidad, el certificado de
antecedentes penales en España y Argentina, la acreditación del vínculo familiar alegado y el
documento que acredite la condición de residente temporario o permanente del llamante. Tiene un
costo de 600€
La Dirección Nacional de Migraciones emite un Permiso de Ingreso que debe ser presentado por los
ingresantes ante el consulado argentino con jurisdicción sobre su habitual lugar de residencia. Con
dicho permiso, se gestiona ante el consulado la visa para poder ingresar al país, en la categoría
migratoria autorizada.
Una vez tramitada la visa y producido el ingreso al país de los extranjeros, quedan automáticamente
radicados, pudiendo trabajar y tramitar –en caso de corresponder – su DNI ante el Registro Nacional
de las Personas.
Al igual que en los casos de residencia por trabajadores migrantes, también puede realizarse este
trámite directamente ante la Dirección Nacional de Migraciones, una vez ingresado el familiar a territorio
argentino, con estatus de turista.
2.2 ESCOLARIZACIÓN
Cualquiera sea la situación legal del inmigrante en Argentina, la ley le otorga el derecho a la
escolarización. En ningún caso la irregularidad migratoria de un extranjero impedirá su admisión como
alumno en un establecimiento educativo, ya sea este público o privado; nacional, provincial o municipal;
GUÍA DE ACOGIDA PARA EL EXPATRIADO. Argentina 18
primario, secundario, terciario o universitario. Las autoridades de los establecimientos educativos
deberán brindar orientación y asesoramiento respecto de los trámites correspondientes a los efectos
de subsanar la irregularidad migratoria.
2.2.1 Escolarización en la red pública local
La Educación Inicial constituye una unidad pedagógica y comprende a los/as niños/as desde los 45
días hasta los 5 años de edad inclusive.
La Educación Primaria es obligatoria y comienza a partir de los seis años. Sus contenidos y
organización es una competencia privativa de cada provincia.
La Educación Secundaria es obligatoria, comienza a los 13 y finaliza a los 17 años. Para profundizar
los diversos aspectos del sistema educativo por provincias, consultar la web
http://www.me.gov.ar/ministerios.html
2.2.2 Escolarización en la enseñanza privada.
Entre los colegios privados en Buenos Aires pertenecientes a las diversas colectividades, podemos
citar:
• Euskal Echea (http://www.euskalechea.esc.edu.ar/)
• Cristoforo Colombo (http://www.colcco.esc.edu.ar/)
• Colegio Goethe (http://www.goethe.edu.ar/)
• ORT (http://www.ort.edu.ar/)
• Liceo Francés (http://www.lyceemermoz.edu.ar/)
Entre los demás colegios privados se pueden mencionar los siguientes:
• Colegio De La Salle (www.delasalle.esc.edu.ar/)
• El Salvador (http://www.colegiodelsalvador.esc.edu.ar/)
GUÍA DE ACOGIDA PARA EL EXPATRIADO. Argentina 19
• Santo Tomás de Aquino
(http://www2.uca.edu.ar/esp/sec-colegio/esp/page.php?subsec=institucional&page=contacto)
• Champagnat (http://www.colegiochampagnat.com.ar/lm.htm)
• Ward (http://www.ward.edu.ar/)
• Marin (http://www.marin.edu.ar/)
• Pio IX (http://www.casapioix.org.ar/)
• Guadalupe (http://www.guadalupe.com.ar/)
• Marianista (http://www.marianista.edu.ar/)
• San José (http://www.colegiosanjose.edu.ar/)
• Lange Ley (http://www.langeley.esc.edu.ar/inicio.htm)
GUÍA DE ACOGIDA PARA EL EXPATRIADO. Argentina 20
3 Información práctica
3.1 DATOS RELEVANTES SOBRE EL PAÍS
3.1.1 Clima
Los principales tipos de clima de la Argentina son cuatro: cálido, templado, árido y frío. La extensión
del territorio y los accidentes del relieve determinan la existencia de una enorme variedad en cada uno
de los tipos citados. A fin de conocer el clima y pronóstico de cada ciudad, se recomienda consultar
www.worldweather.com.
El clima en la Ciudad de Buenos Aires es templado y muy húmedo. En verano las
temperaturas máximas pueden ascender a más de 35° y en invierno, las temperaturas mínimas pueden
llegar a aproximadamente 0°, pero en general no descienden más allá de los 5°.
3.1.2 Oficinas de información turística. Direccione s y teléfonos.
En la Ciudad de Buenos Aires
Subsecretaría de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires
Florida: Florida 100. Lu a Vi de 9 a 19 hs
Puerto Madero: Alicia Moreau de Justo 200 Dique 4. Lu a Do de 10 a 20 hs
Recoleta: Quintana 596. Lu a Do de 11 a 19 hs
Retiro: Av. Antártida Argentina. Terminal de Ómnibus, loc. 83. Lu a Sa 7.30 a 13 hs
San Telmo: Defensa 1250. As a Do de 10 a 18 hs
Teléfono de atención gratuita (desde Argentina): 0800 999 283887
http://www.bue.gov.ar/home/
En la ciudad de Rosario
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EUR (Ente Turístico Rosario)
E-mail: [email protected]
Teléfono: (+54 341) 4802230 / 31
Dirección: Buenos Aires y Av. Belgrano
http://www.rosarioturismo.com/
En la ciudad de Córdoba
Oficinas de Informes Turísticos de la Municipalidad.
Cabildo: Independencia esq. Pje. Santa Catalina – Tel.: 434-1200. Lu a Do de 8 a 20 hs.
Terminal de Ómnibus: Bv. Perón 380 Tel.: 433-1982 y 87 PB. Lu a Do de 7 a 21 hs.
Patio Olmos Shopping: Bv. San Juan esq. Vélez Sársfield - PB. Tel.: 570-4100. Lu a Do de 10 a 22 hs.
http://www.cordoba.gov.ar/cordobaciudad/principal2/default.asp?ir=2
En la ciudad de Mendoza
SUBSECRETARÍA DE TURISMO
San Martín 1143 – (5500) Ciudad - Mendoza
Teléfono 0261 420 2800
http://www.turismo.mendoza.gov.ar/
3.1.3 Jornada y calendario laboral La jornada máxima, según la ley laboral es de 8 horas diarias o 48 semanales. El horario de almuerzo
no se incluye dentro de la jornada. Los convenios colectivos sindicales modifican este máximo legal y
es así como la jornada máxima laboral varía según la actividad, resultando ser, habitualmente, bastante
menor a la señalada.
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3.1.3.1 Horario de trabajo de Empresas, Bancos, Comercios y Administración
pública.
• Empresas y oficinas comerciales: el horario habitual es de 09.00 a 18.00 (en algunas puede
haber pausa en el almuerzo de 13 a 14 horas)
• Bancos: de lunes a viernes, de 10.00 a 15.00 horas
• Comercios: en las grandes ciudades, de 09.00 a 20.00 horas, aunque en el interior suelen
cerrar al mediodía. Los sábados, el horario es de 09.00 a 13.00 horas. Los centros comerciales
atienden durante toda la semana, incluidos sábados y domingos, en el horario de 10.00 a 22.00
horas.
• Administración pública: depende de cada organismo. En general de 9 a 18 horas, salvo el Poder
Judicial, que atiende al público de 7.30 a 13.30 horas.
3.1.3.2 Vacaciones y festividades
Periodo Anual de Vacaciones: de diciembre a marzo, cada empleado suele tomarse sus vacaciones
dentro de ese período, en fecha a acordar con su empleador. El plazo de vacaciones varía según la
antigüedad de cada trabajador, pero generalmente es de 15 días. Los organismos públicos no cierran
durante el verano, salvo el Poder Judicial, que cierra la atención al público durante todo el mes de enero
y quince días en el mes de julio. Los meses de enero y febrero son los meses donde más gente se
toma vacaciones.
Días Festivos: Festivos inamovibles
Fecha Conmemoración
1° de Enero
Febrero
Año Nuevo
2 días de Carnaval
24 de Marzo Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (Aniversario Golpe Militar
de 1976)
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2 de Abril Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
Marzo/Abril Viernes Santo Festividad Cristiana
1° de Mayo Día del Trabajador
25 de Mayo
20 de Junio
Primer Gobierno Patrio
Fallecimiento del general Manuel Belgrano
9 de Julio Día de la Independencia
8 de Diciembre Inmaculada Concepción de María
25 de Diciembre Navidad
Festivos Trasladables
Fecha Conmemoración
17 de Agosto (**) Fallecimiento del General José de San Martín
12 de Octubre (*) Día de la Raza
23 de Noviembre(*)
(*) Estos días festivos cuando coinciden en martes y miércoles se trasladan al lunes anterior y cuando coinciden en jueves y
viernes se trasladan al lunes posterior.
(**) Estos días festivos se trasladan al tercer lunes del mes respectivo.